concreciÓn del currÍculo de bachillerato · desarrollar el hábito lector, las capacidades de...
TRANSCRIPT
![Page 1: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/1.jpg)
CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO
DE
BACHILLERATO
Aprobado por el Claustro de profesores y profesoras del centro en la reunión celebrada
el 28 de octubre de 2019
En Sotrondio, a 28 de octubre de 2019
LA DIRECTORA,
Fdo.: María Esther Pérez Vázquez
![Page 2: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/2.jpg)
1. Introducción 3
2. Adecuación de los objetivos generales de etapa al contexto y características del alumnado 3
3. Criterios generales para la concreción del horario y el desarrollo del currículo 5
3.1 Materias de libre configuración autonómica propuestas por el centro 8
3.2 Procedimientos para acreditar conocimientos cuando no se hayan cursado unas
determinadas materias con anterioridad 10
4. Organización de las modalidades del Bachillerato 10
5. Decisiones sobre métodos pedagógicos y didácticos 12
5.1 Competencias clave 12
5.2 Metodología 12
5.3 Lectura, expresión oral y TIC 14
6. Criterios generales sobre la elección de materiales curriculares 17
7. Directrices generales sobre evaluación del alumnado 19
7.1 Características de la evaluación 19
7.2 Referentes de la evaluación 19
7.3 Instrumentos de evaluación 19
7.4 Garantías para una evaluación objetiva 20
7.5 Procedimientos para realizar la evaluación 20
7.6 Resultados de la evaluación 21
7.7 Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por absentismo 22
7.8 Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por abandono de materia 22
8. Criterios de promoción y permanencia 23
9. Criterios de titulación 24
9.1 Criterios para la participación en la evaluación final 24
9.2 Evaluación final de Bachillerato 25
9.3 Título de Bachillerato 26
10. Directrices y decisiones referidas a la Atención a la Diversidad 26
10.1 Principios de la Atención a la Diversidad 26
10.3 Medidas de Atención a la Diversidad 27
11. Las directrices generales para elaborar las actividades para la recuperación y
para la evaluación de las materias pendientes. 27
12. Criterios para la elaboración de los planes y programas de orientación y acción tutorial 28
13. Directrices generales para la evaluación de la docencia 29
14. Directrices generales para la elaboración de las programaciones docentes 30
Anexo I. Condiciones mínimas que han de cumplir los trabajos o informes presentados por
los alumnos 32
Anexo II. Plan específico para alumnos que permanezcan un año más en el mismo curso 36
Anexo III. Continuidad entre materias de Bachillerato 38
![Page 3: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/3.jpg)
3
1. INTRODUCCIÓN
En el curso 2018-2019, tras la entrada en vigor del RD 562/2017, de 2 de junio, por el
que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Ecuación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller se hace preciso modificar la concreción curricular
elaborada en el curso 2015-2016 para adecuarla a las situación normativa del sistema
educativo actual; en concreto, fue preciso adecuarla en los términos de evaluación y
titulación del alumnado. Asimismo esta concreción es el resultado de las actuaciones
previstas en el plan de mejora elaborado tras la Supervisión de procesos educativos
llevada a cabo por el Servicio de Inspección en el curso 2017-2018 y que fueron
llevadas a cabo durante el curso 2018-2019.
Así a través de los miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica, sin obviar
las obligaciones que la legislación vigente recoge para este órgano de coordinación
docente, se acordaron por unanimidad elaborar la Concreción del currículo para la etapa
con dos premisas:
- Hacer partícipes de los debates a todo el Claustro a través de las reuniones de los
departamentos, por lo que todos los jefes de departamento informarán semanalmente a
sus compañeros y compañeras de los asuntos tratados y devolverán a la comisión las
propuestas que pudiesen surgir.
- Tomar las decisiones de forma consensuada, de modo que sólo se utilicen las
votaciones cuando el consenso no sea posible.
Esto supone, en definitiva, ir dando pasos más cortos pero asumidos por el profesorado
para que este documento sea un marco de referencia de nuestra práctica docente.
Los referentes normativos de esta Concreción del currículo son la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora
de la calidad educativa; el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato;
el Decreto 42/2015, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación y se establece el
currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias; las Instrucciones para la
implantación en el año académico 2015-2016 de la Educación Secundaria Obligatoria y
del Bachillerato en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado
de Asturias, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre, para la mejora de la calidad educativa, de 2 de junio de 2015; Resolución de
26 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el
proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de bachillerato y se establecen el
procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos
oficiales de evaluación; el RD 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las
condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016,
de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de
implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa; y la Resolución de 4 de junio de 2018, de la Consejería de Educación y
Cultura, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de
Bachillerato.
![Page 4: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/4.jpg)
4
2. ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA AL CONTEXTO
SOCIOECONÓMICO
El Bachillerato, tal y como establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora
de la calidad educativa, tiene como finalidad proporcionar a los alumnos y las alumnas
la formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les
permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con
responsabilidad y competencia. Asimismo les capacitará para acceder a la educación
superior.
Para poder cumplir con esta finalidad, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de
diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria
Obligatoria y del Bachillerato, establece en su artículo 25 los objetivos a alcanzar, tal y
como recoge y amplia el artículo 4 del Real Decreto 42/2015, de 10 de junio, por el que
se regula la ordenación y se establece el currículo del Bachillerato en el Principado de
Asturias. Por otra parte, el PEC realiza un análisis del contexto del centro, y establece
unos objetivos prioritarios que deben guiar pedagógica y organizativamente nuestra
actividad docente.
Así, de acuerdo con la mencionada normativa, el Bachillerato contribuirá a
desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:
a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una
conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española
así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la
construcción de una sociedad justa y equitativa.
b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma
responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver
pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.
c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y
mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones
existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y
la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia
personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.
d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias
para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo
personal.
e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su
caso, comprender y expresarse con corrección en la lengua asturiana.
f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.
g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las Tecnologías de la Información y la
Comunicación.
h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus
antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de
forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.
i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar
las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.
![Page 5: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/5.jpg)
5
j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y
de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la
ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la
sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.
k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad,
iniciativa, trabajo en equipo, autoconfianza y sentido crítico.
l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como
fuentes de formación y enriquecimiento cultural.
m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y
social.
n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.
ñ) Conocer, valorar y respetar el patrimonio natural, cultural, histórico, lingüístico y
artístico del Principado de Asturias para participar de forma cooperativa y solidaria
en su desarrollo y mejora.
o) Fomentar hábitos orientados a la consecución de una vida saludable.
Todos los objetivos deben ser recogidos y asumidos entre el conjunto de las distintas
materias que integran el currículo del Bachillerato, para que el alumnado pueda
desarrollar dichas capacidades.
Para conseguir el logro de esos objetivos, todas las programaciones de los
departamentos establecerán los procedimientos para contribuir a:
Estimular la capacidad de trabajo en equipo.
Potenciar las técnicas de indagación e investigación.
Incorporar el uso de las nuevas tecnologías de la información (TIC).
Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la
capacidad para hablar en público.
Aplicar y transferir lo aprendido a la vida real.
Consolidar y completar la autonomía de nuestro alumnado no sólo en aspectos
cognitivos, sino también en su desarrollo social y personal.
3. CRITERIOS GENERALES PARA LA CONCRECIÓN DEL HORARIO Y PARA EL
DESARROLLO DEL CURRÍCULO DE ACUERDO CON LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL
CENTRO Y DE SU ALUMNADO
El artículo 16 del Decreto 42/2015 establece que las características generales de la
concreción del horario de los centros sostenidos con fondos públicos en los siguientes
términos:
1. El calendario escolar de los centros sostenidos con fondos públicos comprenderá
175 días lectivos. En el cómputo del calendario escolar se incluirán los días
dedicados a la evaluación final del Bachillerato.
2. Sin menoscabo del carácter global e integrador de la etapa, el horario asignado a
las distintas materias debe entenderse como el tiempo necesario para el trabajo
en cada una de ellas.
![Page 6: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/6.jpg)
6
3. El horario lectivo en Bachillerato será de 31 sesiones semanales, incluido el
horario destinado a tutoría.
En el punto 4 del mencionado artículo se establece que la duración de cada sesión
lectiva debe tener una duración de entre 55 y 60 minutos. En nuestro centro, en el
ejercicio de nuestra autonomía, se establece con carácter general la siguiente
organización horaria con sesiones de 55 minutos:
Periodo Horario
1ª sesión 8.25-9.20
2ª sesión 9.20-10.15
Recreo 10.15-10.30
3ª sesión 10.30-11.25
4ª sesión 11.25-12.20
Recreo 12.20-12.35
5ª sesión 12.35-13.30
6ª sesión 13.30-14.25
7ª sesión 14.25-15.20
Las mencionadas 31 sesiones semanales se reparten tal y como se establece en el anexo
IV del Decreto 42/2015 en materias generales del bloque de asignaturas troncales,
específicas y materias de libre configuración del Bachillerato de la forma siguiente,
estableciéndose, de forma general, el miércoles como día de la 7ª hora necesaria para
alcanzar las 31 horas semanales:
![Page 7: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/7.jpg)
7
1º Bachillerato
Tipo Materias Sesiones
lectivas A
sig
na
tura
s tr
on
cale
s
Ma
teria
s
gen
era
les
Filosofía 3
Lengua Castellana y Literatura I 3
Primera Lengua Extranjera I 3
Matemáticas I 4
Ma
teria
s
de
op
ció
n
Ele
gir
2 Biología y Geología 4
Dibujo Técnico I 4
Física y Química 4
Asi
gn
atu
ras
esp
ecíf
ica
s
Obligatoria Educación Física 2
Ele
gir
mín
imo
2
y m
áxi
mo
3
Tecnología Industrial I 4
7 (4+3
o
3+3+1)
Anatomía Aplicada 4
Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4
Cultura Científica 3
Segunda Lengua Extranjera I 3
Tecnologías de la Información y la Comunicación I 3
Religión 1
Asignaturas libre
configuración
Lengua Asturiana y Literatura I 1
Materia propuesta por el centro 1
Tutoría 1
Total sesiones lectivas 31
Tipo
Materias Sesiones
lectivas
Asi
gn
atu
ras
tro
nca
les
Ma
teria
s
gen
era
les
Filosofía 3
Lengua Castellana y Literatura I 3
Primera Lengua Extranjera I 3
Latín I (itinerario Humanidades) / Matemáticas
aplicadas a las CCSS I (itinerario Ciencias Sociales) 4
Ma
teria
s d
e
op
ció
n
Ele
gir
2
Economía 4
Griego I 4
Historia del Mundo Contemporáneo 4
Literatura Universal 4
Asi
gn
atu
ras
esp
ecíf
ica
s
Obligatoria Educación Física 2
Ele
gir
mín
imo
2
y m
áxi
mo
3 Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4
7 (4+3
o
3+3+1)
Cultura Científica 3
Segunda Lengua Extranjera I 3
Tecnologías de la Información y la Comunicación I 3
Religión 1
Asignaturas libre
configuración
Lengua Asturiana y Literatura I 1
Materia propuesta por el centro 1
Tutoría 1
Total sesiones lectivas 31
Cie
nc
ias
Hu
ma
nid
ad
es
y C
CS
S
![Page 8: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/8.jpg)
8
2º Bachillerato
Tipo Materias Sesiones
lectivas A
sig
na
tura
s tr
on
cale
s
Ma
teria
s
gen
era
les Historia de España 3
Lengua Castellana y Literatura II 4
Primera Lengua Extranjera II 4
Matemáticas II 4 M
ate
ria
s d
e
op
ció
n
Ele
gir
2
Biología 4
Dibujo Técnico II 4
Física 4
Geología 4
Química 4
Asi
gn
atu
ras
esp
ecíf
ica
s
Obligatoria Historia de la Filosofía 3
Ele
gir
mín
imo
2
y m
áxi
mo
3
Tecnología Industrial II 4
4 (4
o
3+1)
Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente 4
Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4
Imagen y Sonido 3
Psicología 3
Segunda Lengua Extranjera II 3
Tecnologías de la Información y la Comunicación II 1
Asignaturas libre
configuración
Lengua Asturiana y Literatura II 1
Proyecto de Investigación II 1
Materia propuesta por el centro 1
Tutoría 1
Total sesiones lectivas 31
Tipo Materias Sesiones
lectivas
Asi
gn
atu
ras
tro
nca
les
Ma
teria
s
gen
era
les
Historia de España 3
Lengua Castellana y Literatura II 4
Primera Lengua Extranjera II 4
Latín II (itinerario Humanidades) / Matemáticas
aplicadas a las CCSS II (itinerario Ciencias Sociales) 4
Ma
teria
s
de
op
ció
n
Ele
gir
2 Economía de la Empresa 4
Geografía 4
Griego II 4
Historia del Arte 4
Asi
gn
atu
ras
esp
ecíf
ica
s
Obligatoria Historia de la Filosofía 3
Ele
gir
mín
imo
2
y m
áxi
mo
3
Historia de la Música y de la Danza 4
4 (4
o
3+1)
Fundamentos de Administración y Gestión 4
Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4
Imagen y Sonido 3
Psicología 3
Segunda Lengua Extranjera II 3
Tecnologías de la Información y la Comunicación II 1
Asignaturas libre
configuración
Lengua Asturiana y Literatura II 1
Proyecto de Investigación II 1
Materia propuesta por el centro 1
Tutoría 1
Total sesiones lectivas 31
Hu
ma
nid
ad
es
y C
CS
S
Cie
nc
ias
![Page 9: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/9.jpg)
9
Optatividad
1º de Bachillerato
Modalidad
Oferta común
Oferta de modalidad Específicas
Libre
configuración
Ciencias
Cultura Científica
Tecnologías de la
Información y la
Comunicación
Segunda Lengua
Extranjera: Francés
Religión
Lengua
Asturiana y
Literatura I
Proyecto de
Investigación I
Materia
propuesta por el
centro
Tecnología Industrial I
Anatomía Aplicada
Materia del bloque de
asignaturas troncales no
cursada
Humanidades
y Ciencias
Sociales
Materia del bloque de
asignaturas troncales no
cursada
2º de Bachillerato
Modalidad
Oferta común
Oferta de modalidad Específicas
Libre
configuración
Ciencias
Imagen y Sonido
Psicología
Tecnologías de la
Información y la
Comunicación
Segunda Lengua
Extranjera: Francés
Lengua
Asturiana y
Literatura II
Proyecto de
Investigación II
Materia
propuesta por el
centro
Tecnología Industrial II
Ciencias de la Tierra y
del Medio Ambiente
Materia del bloque de
asignaturas troncales no
cursada
Humanidades
y Ciencias
Sociales
Historia de la Música y la
Danza
Fundamentos de
Administración y Gestión
Materia del bloque de
asignaturas troncales no
cursada
3.1 Materias de libre configuración autonómica propuestas por el centro
Dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, los centros
podrán proponer una asignatura distinta de las establecidas en el Decreto 42/2015,
previa autorización de la Consejería competente en materia. Las condiciones y el
proceso está regulado en los artículos de la Resolución del 4 de junio de 2018, que
se expresan a continuación. Este proceso fue llevado a cabo en nuestro centro el
curso 2018-2019 resultado propuesta y aprobada por la Dirección general
competente en esta materia la asignatura de “Introducción al cine” para primer curso
de Bachillerato.
![Page 10: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/10.jpg)
10
Artículo 4.—Materias de libre configuración autonómica propuestas por los centros
docentes.
1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 8 del Decreto 42/2015, de 10 de
junio, los centros docentes podrán solicitar autorización para incluir una materia
propia dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, en cada
uno de los cursos y en cada modalidad, sin perjuicio de que el alumnado
matriculado en una modalidad pueda elegir cursar como materia de libre
configuración una materia autorizada para otra modalidad de Bachillerato, siempre
que la organización de la oferta por parte del centro lo permita.
2. Las materias solicitadas podrán ser distintas en cada régimen del Bachillerato:
diurno, nocturno o a distancia.
3. El currículo y la programación docente de estas materias se incluirá en la
Programación General Anual del centro y se ajustará en su diseño a lo dispuesto en
los artículos 9, 10 y 34 del decreto 42/2015, de 10 de junio, no pudiendo coincidir su
denominación ni sus contenidos con otras materias de la etapa.
4. Corresponderá al departamento de coordinación didáctica o al departamento de
orientación, o al personal autorizado para desarrollar funciones de orientación
educativa en centros privados, y al profesorado proponente la elaboración del
currículo y la programación docente de la materia o materias.
Artículo 5.— Procedimiento para la autorización de materias de libre configuración
autonómica.
1. Los centros docentes que deseen incluir en su oferta educativa materias de libre
configuración distintas de las establecidas en el Decreto 42/2015, de 10 de junio,
deberán presentar su solicitud antes del 15 de mayo del año correspondiente ante la
Dirección General competente en materia de ordenación académica, según el
modelo establecido en el anexo I.
2. En la solicitud se hará constar, por parte de la persona titular de la dirección del
centro, lo siguiente:
a) Denominación de la materia propuesta e indicación del curso y modalidad
en que se ofertará.
b) Fecha de aprobación de la propuesta por parte del Claustro del profesorado
del centro docente.
c) Certificación del Director o la Directora del centro docente en la que se
acredite que la incorporación de la materia o materias propuestas a la oferta
educativa del centro es sostenible y asumible con los recursos humanos y materiales
de que dispone y que, por tanto, no implica aumento de plantilla, ni aumento de
horas en pago delegado, ni merma en el horario susceptible de ser dedicado a la
atención a la diversidad.
d) Certificación del Director o Directora del centro en la que se acredite que
el profesorado reúne los requisitos para impartir la materia, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 94 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3. La Dirección General competente en materia de ordenación académica resolverá
sobre la autorización de incorporación de la materia o materias a la oferta educativa
del centro docente antes del 30 de junio, y procederá a comunicar a la Dirección
General competente en materia de planificación educativa la relación de materias
que hayan sido autorizadas a los efectos de su incorporación en la aplicación
corporativa SAUCE.
![Page 11: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/11.jpg)
11
4. Los centros docentes que deseen sustituir alguna de las materias de libre
configuración autonómica autorizadas en años académicos anteriores por otras
materias deberán hacerlo constar en su solicitud de autorización de nuevas materias.
En nuestro centro se presentó en CCP y se llevó al Claustro la oferta de la
materia de libre configuración autonómica Proyecto de Investigación I y II. En el
caso de esta materia, se regirá por lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución de 4
de junio de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regulan
aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de Bachillerato.
Artículo 6.—Materias de libre configuración autonómica Proyecto de Investigación
I y II.
1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 8 del Decreto 42/2015, de 10 de
junio, los centros docentes ofertarán en el primer y segundo curso del Bachillerato
las materias de libre configuración Proyecto de Investigación I y Proyecto de
Investigación II. La oferta de estas materias no requerirá de autorización previa por
parte de la Consejería competente en materia de educación.
2. El currículo y la programación docente de estas materias se ajustarán a lo
dispuesto en los artículos 9, 10 y 34 del decreto 42/2015, de 10 de junio, y se
incluirán en la Programación General Anual del centro.
En su elaboración se tendrán en cuenta las orientaciones publicadas por la Dirección
General competente en materia de ordenación académica en el portal educastur.
3. La materia Proyecto de Investigación II no está sometida a prelación pudiendo ser
cursada y superada por el alumnado sin necesidad de cursar ni superar previamente
la materia Proyecto de investigación I.
4. Las materias Proyecto de Investigación I y II podrán ser impartidas por
profesorado de cualquier especialidad, sin perjuicio de los requisitos exigidos para
impartir docencia en la etapa.
3.1.2. Procedimiento para la propuesta de materias propias del centro por
los departamentos
1. En sesión de CCP del mes de marzo la dirección del centro trasladará las
instrucciones necesarias para que los departamentos didácticos puedan
realizar propuestas de materias propias del centro para el curso siguiente,
incluyendo la posible continuidad de las actuales, si las hubiera y se
valorasen de forma positiva.
2. En la fecha marcada en las instrucciones los departamentos interesados
presentarán por escrito una propuesta con el siguiente formato:
- Título de la materia;
- Departamento/s que la propone/n;
- Curso al que va dirigida;
- Profesorado que la impartirá y su cualificación;
- Breve justificación de su inclusión en la oferta del centro;
- Breve descripción de la materia.
3. A la vista de las propuestas, la CCP informará positivamente de la o las
materias seleccionadas para proceder a la aprobación de la propuesta por
el Claustro y posterior remisión a la Consejería de Educación dentro del
calendario establecido por la misma.
![Page 12: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/12.jpg)
12
3.1.3. Criterios para la elección de materias entre varias propuestas para un
mismo curso
1. Se priorizará la continuidad de las asignaturas, siempre que haya una
valoración positiva de las mismas por parte del claustro.
2. Se valorará positivamente el enfoque práctico de la materia.
3. Se valorará positivamente el enfoque por competencias clave.
4. Se valorarán positivamente las propuestas interdepartamentales.
5. Se valorará positivamente el enfoque de atención a la diversidad.
3.2. Procedimiento para acreditar conocimientos cuando no se hayan cursado
unas determinadas materias con anterioridad
Cambio de idioma en Primera y segunda lengua extranjera.
El artículo 10 de la Resolución mencionada de 4 de junio de 2018 estable en su
punto 1 que el alumnado podrá cambiar, al promocionar al segundo curso de
Bachillerato, o en el caso de repetición completa o parcial del segundo curso, el idioma
que haya cursado en la materia troncal Primera Lengua Extranjera o en la materia
específica Segunda Lengua Extranjera. Los idiomas cursados en estas materias en un
mismo año académico deberán ser distintos.
Asimismo, en el punto dos se señala que el cambio de idioma en cualquiera de las
dos materias deberá ser solicitado por escrito ante la persona titular de la dirección del
centro docente por el alumno o la alumna, si es mayor de edad, o, en caso contrario, por
su padre, madre, tutor o tutora legal, antes del inicio de las actividades lectivas,
preferentemente durante el plazo de matrícula.
De conformidad a lo expresado en el artículo 3, en el que se señala que los centros
docentes establecerán en su concreción curricular el procedimiento para que el
alumnado que desee cambiar de idioma pueda acreditar, en su caso, que posee los
conocimientos necesarios para poder seguir con aprovechamiento la materia Primera
Lengua Extranjera y/o Segunda Lengua Extranjera en el idioma solicitado.
Dicho procedimiento podrá contemplar la realización de una prueba conforme a los
criterios que figuren en la concreción curricular de la etapa, que será organizada,
diseñada y aplicada por el profesorado responsable de la materia.
En nuestro están establecidas dos vías de acreditación:
1. Certificación por parte de institución oficial de los conocimientos necesarios
para superar la materia en el curso inmediatamente anterior al que desea
cursar.
2. Superación de la prueba extraordinaria de septiembre de la materia en el
curso inmediatamente anterior al que desea cursar.
Además en el artículo 4 se recoge que el alumno o alumna que cambie de idioma no
deberá superar en el nuevo idioma las materias Primera Lengua Extranjera o Segunda
Lengua Extranjera superadas en el primer curso. En el caso de que tenga alguna de estas
materias pendientes de superación, deberá seguir el correspondiente programa de
recuperación en el idioma que abandona.
![Page 13: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/13.jpg)
13
Si tuviese pendiente de superación la materia Primera Lengua Extranjera cursada en el
idioma no impartido en el nuevo centro, deberá seguir el programa de recuperación
correspondiente al idioma elegido en el segundo curso de Bachillerato.
4. ORGANIZACIÓN DE LAS MODALIDADES DEL BACHILLERATO
4.1. Estructura
Según lo establecido en apartado 4 de los artículos 7 y 8 del Decreto 42/2015 para
cada uno de los cursos de bachillerato se deberán cursar las siguientes materias:
- Para primer curso de bachillerato: Los alumnos y alumnas deberán cursar,
dentro de su modalidad, todas las materias generales troncales, dos materias
troncales de opción, la materia específica obligatoria y un mínimo de dos y un
máximo de tres entre las materias pertenecientes al bloque de asignaturas
específicas. El alumnado podrá cursar una materia de libre configuración
autonómica siempre que el número total de sesiones lectivas de materias
específicas y de libre configuración no sea superior al fijado para dichas
materias en el anexo IV del Decreto.
- Para segundo curso de bachillerato: Los alumnos y alumnas deberán cursar,
dentro de su modalidad, todas las materias generales troncales, dos materias
troncales de opción, y, entre las materias del bloque de asignaturas específicas,
Historia de la Filosofía, y un mínimo de una y un máximo de dos entre las
materias pertenecientes al bloque de asignaturas específicas. El alumnado podrá
cursar una materia de libre configuración autonómica siempre que el número
total de sesiones lectivas de materias específicas y de libre configuración no sea
superior al fijado para dichas materias en el anexo IV del Decreto.
4.2. Itinerarios
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa,
establece en su punto 6 de los artículos 34bis y 34ter, que las Administraciones
educativas y, en su caso, los centros podrán elaborar itinerarios para orientar a los
alumnos y alumnas en la elección de las materias troncales de opción
En Resolución de 4 de junio de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por
la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de
Bachillerato, en su artículo 7 establece la constitución de itinerarios:
1. El alumnado compondrá su itinerario educativo eligiendo una modalidad del
Bachillerato, teniendo en cuenta la oferta que el centro docente establezca de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 del Decreto 42/2015, de 10 de junio.
Dicho itinerario educativo estará integrado, sin perjuicio de lo establecido en los
artículos 8 y 9, por las siguientes materias:
a) Cuatro materias troncales generales en los cursos primero y segundo, entre las que
figurarán las propias de la modalidad en la que finalice las enseñanzas de Bachillerato o,
en el caso de la modalidad de Humanidades y Ciencias sociales, las propias del
itinerario elegido.
b) Dos materias troncales de opción propias de la modalidad elegida en cada uno de los
cursos.
![Page 14: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/14.jpg)
14
c) La materia específica obligatoria, común a todas las modalidades, en cada uno de los
dos cursos de la etapa.
d) Dos materias específicas en primer curso y una materia específica en segundo a elegir
entre las ofertadas por el centro para la modalidad cursada. A estos efectos, puede ser
elegida como materia específica en cada uno de los dos cursos una de las materias
troncales de opción no cursadas propias de su modalidad.
De acuerdo con lo dispuesto en el anexo IV del Decreto 42/2015, de 10 de junio,
cuando las dos materias específicas elegidas en el primer curso sumen un total de seis
períodos lectivos se deberá cursar, además, otra materia que tenga asignado un solo
período de carga lectiva, pudiendo ser esta específica o de libre configuración
autonómica.
Si la materia específica elegida en el segundo curso tiene una carga de tres períodos
lectivos, se cursará además una de las materias de libre configuración autonómica.
2. los centros docentes proporcionarán la orientación educativa necesaria al alumnado
para la elección de su itinerario formativo, teniendo en cuenta sus intereses y la
organización del Bachillerato en el centro docente.
Artículo 8.—Cambio en el itinerario educativo dentro de la modalidad.
1. El alumno o la alumna podrá matricularse dentro de su modalidad de una materia de
segundo curso sin haber cursado la materia de primero con la que tiene establecida
continuidad, siempre que curse la materia de primero con la que se vincula, que tendrá
consideración de materia pendiente, si bien no será computable a efectos de modificar
las condiciones en las que ha promocionado al segundo curso.
2. Siempre que la organización del centro docente lo permita, el alumno o la alumna
asistirá a las clases correspondientes de la materia del primer curso. En caso contrario,
la atención a este alumnado se realizará de forma análoga a la ofrecida al alumnado que
cursa materias pendientes de primero, debiendo seguir el correspondiente programa de
recuperación.
3. Quienes promocionen a segundo curso con todas las materias superadas podrán
solicitar la autorización para no cursar la materia de primer curso que tenga prelación
sobre la de segundo, conforme a lo establecido en la disposición adicional cuarta de la
resolución de 26 de mayo de 2016.
4. Los alumnos y alumnas que promocionen de primero a segundo con una o dos
materias pendientes de superación, en el momento de formalización de la matrícula,
podrán cambiar estas por otras del mismo bloque dentro de la misma modalidad, sin
otras limitaciones que las contempladas con carácter general para la constitución de
grupos. Estas materias sustituirán, a todos los efectos, a las materias cursadas y no
superadas del curso anterior.
5. La materia que se sustituya como consecuencia de un cambio en el itinerario
educativo del alumno o la alumna no será tenida en cuenta a los efectos del cálculo de la
nota media del bachillerato. En todo caso, el alumnado deberá completar el itinerario
educativo al que se hace referencia en el artículo 7.
Artículo 9.—Cambio de modalidad.
1. El alumnado que repita el primer curso del Bachillerato podrá matricularse en la
modalidad que desee con independencia de la modalidad que haya cursado con
anterioridad, debiendo cursar todas las materias del primer curso de la nueva modalidad.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Decreto 42/2015, de 10 de junio,
el alumno o la alumna que haya cursado el primer curso de bachillerato en una
![Page 15: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/15.jpg)
15
determinada modalidad, y cumpla los requisitos de promoción, podrá cursar el segundo
curso en una modalidad distinta, atendiendo a las siguientes condiciones de matrícula:
a) se cursarán todas las materias de segundo curso de la nueva modalidad.
b) se cursará la materia troncal general del primer curso propia de la nueva modalidad,
que tendrá consideración de materia pendiente.
Esta materia sustituirá, a todos los efectos, a la materia troncal general propia de la
modalidad que se abandona.
c) las materias de primer curso pendientes de superación propias de la modalidad que se
abandona serán sustituidas, a todos los efectos, por materias del mismo bloque de la
nueva modalidad.
d) Las materias troncales de opción o específicas de primer curso superadas en la
modalidad que se abandona podrán ser computadas como materias de la nueva
modalidad, si el alumno o alumna así lo solicita. En caso contrario, se cursarán las
materias correspondientes de la nueva modalidad que sustituirán a las de la modalidad
abandonada a todos los efectos.
e) Se podrá computar como materia específica de primero una materia troncal de opción
superada en la modalidad que se abandona, siempre que el alumno o alumna curse en su
lugar una materia troncal de opción de la nueva modalidad.
f) En la aplicación de lo establecido en los apartados c) y d) de este artículo deberá
tenerse en cuenta la continuidad entre materias a la que se hace referencia en el artículo
26.4 del decreto 42/2015, de 10 de junio.
3. En los casos en que, por motivo de la organización del centro, el alumnado de
segundo curso no pueda asistir a las clases de las materias de primero que deba cursar
como consecuencia del cambio de modalidad, las materias de primer curso se tratarán
de forma análoga a las materias pendientes, debiendo seguir el correspondiente
programa de recuperación. En todo caso, en la aplicación corporativa SAUCE estas
materias constarán como pendientes.
De esta manera, se podrían establecer los siguientes itinerarios en relación a las
familias del conocimiento establecidas por la Universidad de Oviedo, considerando
asimismo las ponderaciones que la misma fija para el cálculo de la nota de acceso a la
universidad.
HUMANIDADES
- Estudios lingüísticos y Filosofía
o 1º Bach.: Latín I; Griego I o Literatura Universal
o 2º Bach.: Latín II; Griego II o Historia del Arte
- Estudios de Geografía, Historia, Historia del Arte
o 1º Bach.: Historia del Mundo Contemporáneo, Literatura
Universal o Economía
o 2º Bach.: Historia del Arte, Geografía
CIENCIAS
- 1º Bach.: Física y Química, Biología y Geología
- 2º Bach.: Física, Biología
CIENCIAS DE LA SALUD
- 1º Bach.: Biología y Geología, Física y Química
- 2º Bach.: Biología, Química
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS
![Page 16: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/16.jpg)
16
- 1º Bach.: Economía, Historia del Mundo Contemporáneo
- 2º Bach.: Economía de la Empresa, Geografía
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
- 1º Bach.: Física y Química, Dibujo Técnico I
- 2º Bach.: Física, Dibujo Técnico II
![Page 17: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/17.jpg)
17
5. DECISIONES SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS Y DIDÁCTICOS Y SU CONTRIBUCIÓN A
LA CONSECUCIÓN DE LAS COMPETENCIAS DEL CURRÍCULO Y LAS DIRECTRICES
GENERALES PARA INCORPORAR EN LAS PROGRAMACIONES DOCENTES ACTIVIDADES
QUE ESTIMULEN EL INTERÉS Y EL HÁBITO POR LA LECTURA Y LA CAPACIDAD DE
EXPRESARSE CORRECTAMENTE EN PÚBLICO, ASÍ COMO EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN
5.1. COMPETENCIAS CLAVE
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto 1105/2014, de
26 de diciembre, las competencias del currículo serán las siguientes:
a) Comunicación lingüística.
b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
c) Competencia digital.
d) Aprender a aprender.
e) Competencias sociales y cívicas.
f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
g) Conciencia y expresiones culturales.
Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el
currículo, los departamentos deberán diseñar actividades de aprendizaje integradas
que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una
competencia al mismo tiempo.
Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística,
Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
5.2. METODOLOGÍA
Los principios metodológicos de carácter general, que son válidos para todas las
materias de esta etapa y en los que nos hemos basado para fijar unos acuerdos de
actuación conjunta son:
Utilizar una metodología activa y participativa.
Favorecer la capacidad del alumno/a para aprender por sí mismo y para
aplicar los métodos de investigación apropiados.
Presentar oralmente y por escrito los contenidos de forma correcta, con una
estructura clara de sus relaciones.
Realizar trabajos de investigación monográficos o interdisciplinares.
Favorecer la capacidad para trabajar en equipo.
Fomentar el principio de igualdad efectiva entre hombres y mujeres así como
la resolución pacífica de los conflictos.
Utilizar las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en los
procesos de enseñanza-aprendizaje
Reforzar los aspectos prácticos, profesionalizadores y que favorezcan la
continuación de estudios posteriores.
Considerar la perspectiva de la igualdad de género en la práctica docente.
Fomentar el hábito lector entre los alumnos/as.
![Page 18: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/18.jpg)
18
Favorecer el trabajo en equipo del profesorado, permitiendo un enfoque
multidisciplinar de los aprendizajes y garantizando la coordinación de los
integrantes de los equipos docentes.
Desde las materias, y teniendo en cuenta las peculiaridades de cada una de ellas, se
llega a una serie de acuerdos que concretan los anteriores principios pedagógicos y
que van a orientar la programación y la práctica docente:
1. Se fomentará el trabajo individual y en grupo, fundamentalmente en clase.
Asimismo, para facilitar el trabajo autónomo, debemos enseñar a nuestros/as
alumnos/as a pensar por sí mismos. Algunos de los criterios aplicables a la hora
de medir el trabajo individual podrían ser:
Tenacidad, entendida como un desarrollo no mecánico de las actividades.
Regularidad en la ejecución de las tareas.
Corrección de errores.
Responsabilidad.
Organización en el trabajo.
2. Se desarrollará la capacidad de trabajar en equipo. La realización de
actividades en las que se precise de la cooperación y de la coordinación dentro
del grupo contribuye al desarrollo de la madurez personal e intelectual del
alumnado. Para realizar un correcto trabajo de grupo, tarea no siempre fácil,
podemos establecer unas mínimas pautas de organización del mismo que
podemos resumir en:
Distribución del trabajo entre los diferentes miembros del grupo, bien de
forma autónoma bien con la colaboración del profesor/a.
Trabajo individual de cada alumno/a y elaboración de propuestas que se
presentarán al grupo.
Puesta en común.
Realización del trabajo final y exposición del mismo al resto de la clase.
3. La metodología reflejada en las programaciones docentes promoverá la
participación de los alumnos/as, alejándose de un modelo exclusivamente
basado en la exposición de contenidos por parte del profesor/a. El profesorado
proporcionará al alumnado oportunidades para poner en práctica los nuevos
conocimientos a fin de que pueda comprobar el interés y la utilidad de lo
aprendido, en función de su aplicación a la vida cotidiana o por ser necesario
para aprendizajes posteriores.
4. Se promoverá la realización de actividades y trabajos monográficos e/o
interdisciplinares, en los que, a partir de unas pautas orientativas del profesor/a,
el alumno/a:
Utilice fuentes de información externas y variadas.
Use críticamente las mismas.
Transforme la información en conocimiento, a través de la
reorganización de la información y del establecimiento de conclusiones
personales.
![Page 19: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/19.jpg)
19
5. Los trabajos e informes del alumnado deben cumplir unas condiciones mínimas
en todas las materias, sin perjuicio de otros requisitos suplementarios que se
establezcan en las programaciones docentes (se incluyen como Anexo 1).
6. Se fomentará la utilización de técnicas de investigación. Aparte de la
especificidad de fuentes y técnicas propias de cada materia, los métodos de
indagación e investigación pueden ser trabajados siguiendo un procedimiento
básico que se concreta en los siguientes pasos:
Planteamiento del tema objeto de trabajo.
Consulta de las fuentes de información necesarias.
Tratamiento de la información obtenida.
Establecimiento de conclusiones.
Puesta en común y debate de dichas conclusiones.
7. Se facilitará el acceso del alumnado a los materiales didácticos disponibles en
el Centro y se potenciarán las actividades extraescolares, utilizando los
recursos del entorno.
8. Se reflejarán en las programaciones docentes las medidas de atención a la
diversidad destinadas, en su caso, al alumnado con necesidades educativas
especiales y al de altas capacidades intelectuales.
9. Se desarrollarán actividades que fomenten actitudes favorables a la igualdad de
género. Nos referimos no solo a la temática y a los contenidos de las
actividades, sino también a que el propio desarrollo de las mismas favorezca la
puesta en práctica de roles en plano de igualdad por parte de los/as alumnos/as.
Una aplicación de este principio puede realizarse cuando se lleven a cabo
actividades en equipo.
10. Se desarrollarán actividades que impliquen la utilización de las TIC en la
búsqueda, selección, tratamiento y exposición de la información, tanto dentro
como fuera del aula.
11. Se dedicará en cada materia un tiempo a la lectura, en aspectos relacionados
con los contenidos pero no específicamente curriculares, con la periodicidad y
características que se establezcan en las programaciones docentes, pero
cumpliendo al menos el siguiente tiempo establecido en el PLEI del centro:
Las materias de 1 o 2 horas semanales dedicarán al menos 1 hora al
trimestre a la lectura, repartida entre las sesiones de docencia de la
manera que consideren más adecuada.
Las materias de 3 o más horas semanales se comprometen a dedicar un
tiempo semanal de lectura de al menos 10 minutos.
Las programaciones docentes deben concretar, tal y como viene establecido en el
PLEI, la importancia que se da a la ortografía y el peso que se le otorga dentro de
los criterios de calificación de cada materia.
5.3. LECTURA, EXPRESIÓN ORAL Y TIC
![Page 20: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/20.jpg)
20
Toda la comunidad educativa debe implicarse en el desarrollo de la competencia
lectora, así como en trabajar habilidades a la hora de expresarse en público, y en el
manejo de las tecnologías de la información y la comunicación. Partimos del
convencimiento de que es tarea de todos/as convertir la lectura en una estrategia
metodológica para la mejora del aprendizaje. La correcta competencia lectora por
parte del alumnado supone una poderosa herramienta para mejorar los resultados
académicos, al tiempo que permite alcanzar objetivos educativos relacionados con la
formación de ciudadanos/as más críticos/as e informados/as.
Es necesario poner en marcha actuaciones coordinadas entre los distintos
departamentos, en aras a rentabilizar esfuerzos y recursos. El trabajo de promover y
desarrollar la lectura en y desde los centros educativos debe ser un objetivo común,
que se perseguirá creando ambientes y momentos propicios, y oportunidades
lectoras y escritoras que permitan al alumnado trabajar aspectos básicos para su
aprendizaje desde las distintas materias del Currículo de Bachillerato. Es
incuestionable que la comprensión lectora es un requisito fundamental, en todas las
materias del Currículo, para comprender y asimilar eficaz y críticamente la
información contenida en los textos. Asimismo, en una sociedad caracterizada por la
sobreabundancia de información y de datos, la lectura comprensiva resulta
indispensable a la hora de convertir esa información en conocimiento.
Para formar lectores/as competentes es necesario llevar a cabo intervenciones
sistematizadas en el aula y en la biblioteca escolar, siendo necesario establecer
acuerdos básicos que permitan contar con un marco común de actuación en el
Centro. Este marco general se concretará en las programaciones docentes de los
departamentos, así como en actividades de carácter interdisciplinar. Las actuaciones
que se pongan en práctica no pueden ser fruto de la improvisación o de iniciativas
puntuales, sino que han de poseer una continuidad en el tiempo y una progresividad
en los dos niveles de Bachillerato.
Insistimos en que, además de la lectura formativa, más relacionada con
contenidos académicos, hemos de fomentar la lectura como placer, con el objetivo
de desarrollar hábitos cotidianos. Intentar que la lectura sea un acto voluntario y
placentero debe ser un presupuesto compartido por el profesorado de la etapa. De
este modo, exponemos a continuación las líneas generales que asumimos para
insertar la lectura en todas las materias de Bachillerato.
5.2.1. Sobre el interés y el hábito de lectura.
Las directrices generales que se establecen para incorporar en las programaciones
actividades que estimulen el interés y el hábito de lectura son las siguientes:
Crear oportunidades lectoras en todas las materias, potenciando la lectura de
textos de distinta naturaleza (artículos científicos, prensa, libros de
ficción…) tanto en el aula como fuera de ella, de modo que permitan aunar
el trabajo de contenidos de la materia con la mejora del hábito lector.
Promover metodologías activas y participativas a través de actividades de
lectura, escritura e investigación, desarrollando el interés por la lectura como
fuente básica para la comprensión del mundo que rodea al alumnado.
Potenciar la dimensión estética de la lectura, asociada a la capacidad de
valorar un texto bien escrito y estructurado. Para ello el profesorado
planteará textos variados, seleccionados teniendo en cuenta su calidad
literaria.
![Page 21: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/21.jpg)
21
Poner especial énfasis desde todas las materias en la precisión y el rigor a la
hora de expresar los conceptos específicos trabajados en cada uno de los
niveles de Bachillerato.
Utilizar distintas lecturas en cada materia como medio para trabajar
contenidos específicos.
Usar textos variados, de diferentes tipologías, mostrando perspectivas
opuestas de un mismo asunto, en aras a desarrollar el análisis crítico.
Trabajar los textos en el aula de forma sistemática siguiendo unos principios
comunes: comprender globalmente el texto, recuperar información del
mismo, interpretarlo (extraer significados), reflexionar sobre su contenido,
evaluarlo (relacionar el contenido con los conocimientos e ideas previas) y
reflexionar sobre la forma del texto, su utilidad y las intenciones del/la
autor/a.
Valorar la correcta expresión, ortografía y redacción de los contenidos.
Elaborar un repertorio de vocabulario específico de cada materia.
Proponer lecturas directa o indirectamente relacionadas con la materia,
animando al alumnado a leer por placer, sin que sea necesariamente una
actividad evaluable y obligatoria.
Colaborar desde los distintos departamentos en la elaboración de guías de
lectura adaptadas a Bachillerato, que se harán llegar a las familias al final de
cada trimestre. Contendrán información acerca de libros, revistas, páginas
web, o cualquier otro material que pueda servir para dinamizar la lectura
entre nuestros/as alumnos/as y su entorno familiar.
Fomentar la producción de textos escritos directa o indirectamente
relacionados con los contenidos de cada materia.
Promover el trabajo y las actividades de investigación, favoreciendo la
utilización de diferentes fuentes de información.
Fomentar la capacidad del alumnado para analizar distintos tipos de
documentos de contenido científico, potenciando el método de extraer de
ellos las ideas esenciales y reorganizarlas en forma de contenidos propios.
Plantear trabajos con un enfoque multidisciplinar, siempre que sea posible,
de modo que posibiliten la búsqueda de información variada, empleando
distintas fuentes y colaborando con otros departamentos didácticos en la
consecución de objetivos comunes relacionados con la lectura, la escritura y
la investigación.
Favorecer el uso de la lectura en el tiempo de ocio, incorporando en el aula
informaciones sobre novedades editoriales, presentaciones de libros, o
cualquier actividad que se desarrolle en el entorno más próximo.
Valorar adecuadamente las actitudes positivas y los buenos hábitos lectores
del alumnado.
5.2.2 Sobre la capacidad de expresarse correctamente en público.
Directrices generales para incorporar en las programaciones actividades que
estimulen la capacidad de expresarse correctamente en público:
Establecer que el alumnado tenga que realizar, al menos una vez por curso
en cada materia, una exposición oral, planteando tareas o trabajos cuyos
resultados se deban comunicar a los/as compañeros/as. Se cuidará
![Page 22: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/22.jpg)
22
especialmente la propiedad idiomática y el correcto empleo de los posibles
registros.
Promover el uso de los fondos bibliográficos del centro, planteando
actividades que precisen su consulta y manejo: investigar, leer, escribir y
compartir los conocimientos adquiridos con su trabajo, a través de
exposiciones orales al grupo.
Hacer que el alumnado participe activamente en el desarrollo de las clases,
exponiendo oralmente el significado de términos específicos de la materia.
Fomentar la progresiva utilización de un lenguaje preciso y adecuado en
cada una de las materias, potenciando las intervenciones orales del alumnado
en el aula.
Plantear debates en el aula acerca de contenidos curriculares, de modo que
el alumnado mejore su capacidad de comunicación oral.
Estimular la presentación oral de ideas, temas, trabajos y ejercicios de
manera lógica y estructurada.
Potenciar el empleo de estrategias de comunicación efectivas a través de: la
valoración, el análisis y la refutación de las opiniones de los/as demás, así
como la argumentación y el debate de ideas de manera reflexiva.
Promover el respeto hacia las intervenciones de los/as compañeros/as en el
aula, creando un ambiente de trabajo formativo y productivo.
5.2.3. Sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
Las directrices generales para incorporar en las programaciones actividades que
estimulen el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación:
Promover un uso adecuado de Internet como recurso didáctico en las
diferentes materias que integran el Currículo de Bachillerato.
Realizar rastreos de fuentes bibliográficas en Internet y trabajar la utilización
correcta uso correcto de la información a la hora de hacer trabajos de
investigación.
Estimular la presentación de trabajos utilizando como apoyo algún soporte
multimedia.
Incidir en la importancia de usar adecuadamente las tecnologías de la
información y de la comunicación, elaborando trabajos cuya elaboración
final sea personal, de modo que permitan comprobar su autonomía.
Potenciar el uso de la pizarra digital para el desarrollo de las clases en
diferentes materias.
Utilizar la página web del Centro como herramienta educativa, y como
elemento de referencia en el trabajo de los distintos departamentos.
Potenciar el uso de las diferentes TIC en la actividad diaria del aula.
Ver películas o fragmentos de las mismas que puedan servir como recurso
educativo en las diferentes materias que integran la etapa.
6. CRITERIOS GENERALES SOBRE LA ELECCIÓN DE MATERIALES CURRICULARES QUE
SE VAYAN A UTILIZAR, INCLUIDOS, EN SU CASO LOS LIBROS DE TEXTO
El artículo 35 del Decreto 42/2015 establece en su punto 1 que en el ejercicio de la
autonomía pedagógica, los centros docentes acordarán los materiales curriculares que se
![Page 23: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/23.jpg)
23
utilizarán en los diferentes cursos de la etapa. Así pues, corresponde al centro decidir
una serie de criterios comunes a tener en cuenta a la hora de seleccionar los materiales
curriculares que se van a utilizar.
Los distintos Departamentos seleccionarán aquellos materiales, libros de texto, libros de
consulta más adaptados a su currículo. En todo caso, consideramos conveniente tener
presente los siguientes aspectos:
- Los materiales curriculares serán diversificados con objeto de adaptarse a las
características del alumnado, intentado integrar la realidad y el contexto en
las aulas. En este sentido, incluiremos los recursos del entorno, los soportes
audiovisuales, las nuevas tecnologías, los medios de comunicación...
- La diversidad de recursos permitirá el desarrollo de un uso creativo y crítico
de los mismos, entendiéndolos siempre como mediadores didácticos al
servicio de la consecución de las finalidades educativas y la implantación y
desarrollo de las capacidades generales de la etapa.
- La selección de los materiales curriculares será adoptada por los diversos
Departamentos teniendo presentes un conjunto de criterios coherentes con el
modelo didáctico descrito en esta concreción curricular.
Dichos criterios girarán en torno a:
- Grado de adecuación a las finalidades educativas, Proyecto de Centro y
peculiaridades del mismo.
- Manifestación clara de los objetivos y competencias a desarrollar.
- Coordinación y correspondencia entre contenidos, finalidades, estándares de
aprendizaje y desarrollo de competencias propias de su nivel.
- Consideración de los aspectos epistemológicos en relación con la progresión
de los contenidos y competencias, según dicta la lógica interna de cada
materia.
- Selección de contenidos en función de los estándares de aprendizaje
evaluables.
- La selección de contenidos debe estar adecuada al nivel de desarrollo y
maduración del alumnado.
- Claridad en la información y las explicaciones de los conceptos.
- Partir de los conocimientos previos de los alumnos/as y propiciar un
aprendizaje significativo.
- Despertar la motivación y el interés hacia el estudio y potenciar el uso de las
técnicas de trabajo intelectual.
- Presentar actividades de refuerzo y de ampliación, así como diferentes
variedades de actividades intentando contemplar la atención a la diversidad.
- Dar informaciones exactas, actuales y científicamente rigurosas.
![Page 24: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/24.jpg)
24
- Asimismo, como establece el punto 2 del artículo, deberán reflejar y
fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes
constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el presente decreto, en la Ley Orgánica
1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley del Principado de
Asturias 2/2011, de 11 de marzo para la igualdad de mujeres y hombres y la
erradicación de la violencia de género, a los que ha de ajustarse toda la
actividad educativa.
En todo caso, tal y como se expone en el punto 3 del mencionado artículo 35, los libros
de texto adoptados para un determinado curso no podrán sustituirse por otros durante un
período mínimo de cinco años. Excepcionalmente y por razones debidamente
justificadas, los libros de texto podrán sustituirse antes de los cinco años, previa
autorización de la Consejería competente en materia educativa. Para ello, la dirección
del centro informará al Consejo Escolar y remitirá la propuesta realizada y el
correspondiente informe a la Consejería.
7. DIRECTRICES GENERALES SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS, LOS INSTRUMENTOS Y LOS
PROCEDIMIENTOS DE LA EVALUACIÓN.
La evaluación debe servir no sólo para evaluar los progresos de los alumnos sino
también para orientar y guiar el proceso de enseñanza-aprendizaje, estableciéndose en
consecuencia una estrecha relación entre intervención y evaluación educativa.
7.1. Características de la evaluación
La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Bachillerato, que será
realizada por el profesorado, será continua en cuanto que estará inmersa en el proceso
de enseñanza y aprendizaje del alumnado, con la finalidad de detectar las dificultades en
el momento que se producen, analizar las causas y, de esta manera, adoptar las medidas
necesarias que permitan al alumnado mejorar su proceso de aprendizaje; formativa y
orientadora; y diferenciada según las distintas materias y será un instrumento para la
mejora tanto de los procesos de aprendizaje como de enseñanza, de acuerdo con los
indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la aplicación y desarrollo de la
programación docente.
.7.2. Referentes de la evaluación
Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y
el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las
materias son los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados en cada
uno de los cursos así como los estándares de aprendizaje evaluables de la etapa.
Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de
las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades
del alumnado con necesidades educativas especiales. Estas adaptaciones en ningún
caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
7.3 . Procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación
Se atenderá a lo recogido en el artículo 5 de la Resolución de 22 de abril de 2016 sobre
procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación:
![Page 25: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/25.jpg)
25
1. El profesorado aplicará la evaluación sistemática y continuada del proceso de
aprendizaje de cada alumno y alumna a lo largo del período lectivo del curso para
recoger información fidedigna, cualitativa y cuantitativa en cada una de las materias.
2. Los procedimientos, instrumentos de evaluación y los criterios de calificación del
aprendizaje del alumnado se recogerán en la programación docente de cada materia
de acuerdo con los criterios de evaluación y con los indicadores que los completan
en cada uno de los cursos, y con las directrices fijadas en la concreción curricular.
3. El profesorado, a partir del análisis del currículo de cada materia, seleccionará
procedimientos e instrumentos de evaluación variados y coherentes con el
contenido, la naturaleza, la finalidad y la metodología implícita en cada uno de los
criterios de evaluación y sus correspondientes indicadores.
4. Asimismo, el profesorado incorporará estrategias que permitan la participación
del alumnado en la evaluación de sus logros, como la autoevaluación, la evaluación
entre iguales o la coevaluación, para favorecer el aprendizaje desde la reflexión y
valoración del alumnado sobre sus propias dificultades y fortalezas y desde la
colaboración con el profesorado en la regulación del proceso de enseñanza-
aprendizaje.
5. Para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que cuente con
informe de evaluación psicopedagógica realizado por los servicios especializados de
orientación educativa, se garantizará la coherencia entre las adaptaciones
metodológicas realizadas en los procesos de enseñanza-aprendizaje y los
procedimientos e instrumentos de evaluación.
Utilizaremos como instrumentos de evaluación los siguientes, atendiendo siempre a
los referentes de la evaluación que son los criterios de evaluación y sus indicadores,
así como los estándares de aprendizaje evaluables:
- Cuaderno de trabajo del alumno/a. Tendrá las características de organización,
presentación y valoración que establezca cada materia. En todo caso, se evitará
establecer un único cuaderno para cada materia.
- Intervenciones del alumnado en clase, favoreciendo la evaluación oral y la
incorporación de los debates como instrumento del desarrollo curricular.
- Actividades de aplicación de los contenidos, con las características que también
establecerá cada programación docente.
- Observación de los hábitos en el manejo del material didáctico y la utilización
correcta de las tecnologías TIC para que se constituyan en herramientas TAC
clave en el proceso de enseñanza-aprendizaje de nuestro alumnado.
- Autoevaluación y evaluación entre iguales que se incluirá en todas las materias.
- Trabajos de investigación, que podrán concretarse en portafolios y e-portolios.
- Pruebas de comprobación del grado de adquisición de los contenidos, que
incluyan aspectos relacionados con las destrezas y habilidades, y con los
valores. En todo caso, se establece el porcentaje máximo de este instrumento en
la calificación de la materia en un 90%.
7.4. Garantías para una evaluación objetiva
![Page 26: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/26.jpg)
26
Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y a las alumnas a que su
dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, los
centros docentes informarán sobre los objetivos y competencias de la etapa y darán a
conocer los contenidos, los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados
en cada uno de los cursos, así como los estándares de aprendizaje evaluables, de las
distintas materias. Cada profesor se encargará de comunicar esta información a sus
grupos y recogerá en una ficha las firmas de conformidad de los alumnos, incluyendo
la fecha en que dicha información fue transmitida.
Los alumnos y las alumnas o los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales
podrán solicitar del profesorado cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de
las valoraciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos y de
las alumnas, así como sobre las calificaciones o decisiones finales que se adopten
como resultado de dicho proceso y tendrán acceso a los documentos oficiales de
evaluación y a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus
hijos, hijas, tutelados o tuteladas, pudiendo obtener copia de los mismos.
Los alumnos y las alumnas o los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales
serán informados sobre el derecho que les asiste para formular reclamaciones en los
términos establecidos en la normativa vigente. Asimismo los centros docentes
informarán sobre el procedimiento que la Consejería competente en materia
educativa establece en los artículos 16 y 17 de la Resolución de 26 de mayo de
2016.
7.5. Procedimientos para realizar la evaluación
El proceso de evaluación de los/as alumnos/as será continuo y diferenciado según las
distintas materias y se llevará a cabo teniendo en cuenta los distintos elementos del
currículo. La aplicación del proceso de evaluación continua requiere la asistencia
regular del alumno o alumna a las clases y la realización de actividades programadas
para las distintas materias del currículo. En caso de no poder aplicarse, según los
criterios de absentismo establecidos en el RRI, los criterios de calificación serán
modificados, tal y como se concrete en las programaciones docentes. Para facilitar la
elaboración de los informes individualizados posteriores las sesiones de evaluación, se
ve la conveniencia de diseñar y utilizar hojas de registro (cuaderno del profesor/a)
adaptadas para reflejar la información recogida por el profesorado a través de los
instrumentos citados en el punto 3. El equipo docente, constituido en cada caso por el
profesorado del alumno o la alumna, con la coordinación del tutor o la tutora y el
asesoramiento, en su caso, del o de la especialista en psicopedagogía del Departamento
de Orientación del centro docente, actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de
evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, en el marco de lo
que establece el Decreto 42/2015 y Resolución de 26 de mayo de 2016. Dicho equipo
docente se reunirá periódicamente en sesiones de evaluación una vez al trimestre para
realizar el seguimiento y evaluación tanto de los aprendizajes del alumnado como de los
procesos de enseñanza y su propia práctica docente. En ellas se evaluará tanto la marcha
general del grupo como, individualizadamente, la asistencia, la convivencia y el
rendimiento académico, incluido el de las materias pendientes en su caso. Asimismo se
valorarán las medidas de atención a la diversidad adoptadas y se decidirán las
modificaciones oportunas si fuera necesario. Entre otros objetivos esta evaluación
permitirá adoptar, tanto por parte de las familias como de los equipos docentes y el
![Page 27: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/27.jpg)
27
centro en general, las medidas oportunas para corregir en su caso los problemas
detectados.
El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha
logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las
competencias correspondientes, de acuerdo con los criterios de evaluación y los
indicadores a ellos asociados en cada uno de los cursos así como los estándares de
aprendizaje evaluables de la etapa según aparecen establecidos en las programaciones
docentes. Así, en las sesiones de Evaluación final ordinaria y Evaluación final
extraordinaria de Bachillerato, para establecer la calificación final de las materias se
seguirá el siguiente procedimiento:
• El/la profesor/a de cada materia valorará si el/la alumno/a ha superado los objetivos de
la materia, tomando como referente evaluación y los indicadores a ellos asociados así
como los estándares de aprendizaje evaluables de la etapa según lo establecido en la
programación docente. • Seguidamente, el/la tutor/a informará de la evolución del
alumno/a en el conjunto de las materias a lo largo del curso, utilizando la información
recogida en las anteriores sesiones de evaluación. • A continuación el equipo docente
dará su opinión sobre la madurez académica del alumno/a, para lo cual se seguirán los
siguientes criterios:
a) En cualquier curso, se considerará que el/la alumno/a que ha superado todas las
materias ha alcanzado la madurez académica necesaria
b) Se considerará que el alumnos/a que tenga evaluación negativa en 1 o 2
materias en 1º de Bachillerato ha alcanzado la madurez académica necesaria
para estar en disposición de alcanzar los objetivos generales del Bachillerato.
c) Cuando el/la alumno/a tenga evaluación negativa en 3 o más materias en 1º de
Bachillerato, se considera que no ha logrado la madurez académica necesaria
que le permita estar en disposición de alcanzar los objetivos generales del
Bachillerato.
d) En lo que respecta a 2º, cuando el/la alumno/a tenga evaluación negativa en una
materia, se valorará positivamente su madurez académica si cumple los
siguientes requisitos:
- Que haya tenido una asistencia regular a las clases, haya trabajado con
regularidad especialmente presentando los trabajos propuestos en tiempo y
forma, y se haya presentado a todos los exámenes.
- No tener calificación inferior a 3 en la materia suspensa.
e) Se considerará que el/la alumno/a que tenga evaluación negativa en 2 o más
materias no cumple los objetivos de Bachillerato y por consiguiente no ha
alcanzado la madurez académica necesaria.
• En el caso de 2º de Bachillerato, se valorará las posibilidades de progreso del
alumno/a en estudios superiores.
• Por último, el/la profesor/a de cada materia determinará la calificación final.
Tras la Evaluación final ordinaria, el/la profesor/a de cada materia elaborará un plan de
actividades de recuperación de los estándares de aprendizaje no alcanzados por cada
estudiante, según los criterios establecidos en las respectivas programaciones docentes.
El objetivo es preparar y orientar al alumno/a para la realización de la Prueba
extraordinaria de septiembre, o junio en el caso de 2º de Bachillerato. El departamento
podrá cuantificar el porcentaje de valoración de dichas actividades en la calificación
final de la Prueba extraordinaria. El/la alumno/a será informado/a por escrito, tras la
Evaluación final ordinaria, de las actividades de recuperación propuestas y del modelo
de la Prueba extraordinaria de septiembre. Ésta última podrá ajustarse a diferentes
![Page 28: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/28.jpg)
28
modelos, como pruebas escritas u orales, realización de trabajos o presentación de tareas
incluidas en el plan de actividades de recuperación. En cualquier caso, las características
de las mismas se determinarán en las respectivas programaciones docentes.
Tras la celebración de la sesión de Evaluación final ordinaria y de la Evaluación final
extraordinaria, el/la tutor/a elaborará un acta de la reunión donde queden reflejados los
acuerdos adoptados, detallando los que se refieren a la evaluación en el conjunto de
materias, evolución en el rendimiento académico a lo largo del curso, madurez
académica en relación a los objetivos del Bachillerato, determinación de las
calificaciones finales, decisión sobre la promoción, y los acuerdos sobre la información
que se transmitirá a cada estudiante y a su familia sobre el resultado del proceso de
aprendizaje seguido. Así, se informará por escrito a cada estudiante y a su familia, en
caso de ser menor de edad o de haber autorizado al centro para informar a su familia
tras la mayoría de edad, sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido. Para
facilitar el rendimiento académico del alumno/a, la evaluación parcial o final de las
materias pendientes se realizará con antelación a la de las materias del curso en que esté
matriculado el alumno/a. Para ello, aproximadamente 2 semanas antes de la evaluación,
el tutor/a dispondrá del resultado de la evaluación de las materias pendientes.
Al final de la etapa, el tutor o la tutora les informará por escrito sobre el grado de
adquisición de las competencias y de los objetivos de la etapa, además del nivel
obtenido en la evaluación final de etapa.
7.6. Resultados de la evaluación
De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 24 del Decreto
42/2015, en Bachillerato los resultados de la evaluación se expresarán mediante
calificaciones numéricas, sin emplear decimales, en una escala de cero a diez, que irá
acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI),
Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias:
Insuficiente: 0, 1, 2, 3 o 4.
Suficiente: 5.
Bien: 6.
Notable: 7 u 8.
Sobresaliente: 9 o 10.
Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias se consignará No
Presentado (NP).
La nota media de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas
obtenidas en cada una de las materias, redondeada a la centésima más próxima y en
caso de equidistancia a la superior. La situación No Presentado (NP) equivaldrá a la
calificación numérica mínima establecida para la etapa, salvo que exista una
calificación numérica obtenida para la misma materia en prueba ordinaria, en cuyo
caso se tendrá en cuenta dicha calificación.
Se podrá otorgar Matrícula de Honor a los alumnos y las alumnas que hayan
demostrado un rendimiento académico excelente al final de la etapa o en la
evaluación final de Bachillerato, de acuerdo con el procedimiento establecido por la
Consejería de Educación en la Resolución de 26 de mayo de 2016 en su artículo 26.
Se entiende que la concesión de las mismas se realizará por orden descendente en la
![Page 29: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/29.jpg)
29
nota media del 2º curso de Bachillerato, con una proporción de una MH cada 20
alumnos o fracción de 20.
7.7. Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por absentismo
Cuando en una evaluación se llegue al límite de ausencias injustificadas en una
materia establecido en el Plan de Prevención del Abandono Escolar se notificará al
alumno y/o familia que la siguiente falta injustificada que se produzca en dicha
materia traerá como consecuencia la modificación de los sistemas de calificación,
siguiendo para ello los criterios establecidos al efecto en la programación docente, y
que en todo caso implicará la realización de una única prueba de evaluación de los
contenidos al final de cada evaluación y la entrega de todos los ejercicios, actividades
y/o tareas que se hubieran tenido que realizar durante la correspondiente evaluación.
Por otra parte, cuando se produzcan, o se piensa que se van a producir, enfermedades
de larga duración que impidan la asistencia continuada a clase, el/la profesor/a
preparará un Plan de Trabajo Individualizado con vistas a garantizar una adecuada
atención académica, del que se informará por escrito al alumno/a y a los tutores
legales, incluyendo los instrumentos y procedimientos de evaluación.
7.8. Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por abandono de
asignatura
Se entiende que hay abandono cuando no se cumple alguna de estas condiciones:
- Asistir regularmente a clase.
- Llevar habitualmente a clase los materiales necesarios para trabajar.
- Trabajar en casa y en clase de forma regular, y presentar habitualmente los
trabajos propuestos en tiempo y forma.
- Presentarse a la mayoría de las pruebas escritas y realizarlas mínimamente.
En este sentido, en cuanto se considere que hay abandono en alguna materia y que esta
situación, de no modificarse, podría determinar la no promoción o titulación, el
profesor/a, previo aviso al tutor/a y a jefatura de Estudios, deberá comunicarlo al
alumno/a y a las familias para adoptar las medidas necesarias, sin perjuicio del derecho
a evaluación extraordinaria que asiste al alumno/a.
8. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y PERMANENCIA
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.5 de la presente Concreción Curricular, el
equipo docente deberá tomar una decisión colegiada en relación a la promoción y
permanencia de cada alumno/a tras la realización de las sesiones de evaluación final
ordinaria y extraordinaria, en su caso. Atendiendo a lo establecido en el artículo 26 del
Decreto 42/2015, para promocionar de 1º a 2º curso, el/la alumno/a promocionará
cuando haya superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos
materias, como máximo. A estos efectos, solo se computarán las materias troncales
generales y de opción cursadas, la materia específica obligatoria y las dos materias
específicas elegidas con mayor peso horario.
Los alumnos que suspendan 3 o más materias deberán repetir el curso, teniendo en
cuenta que, tal y como se indica en el apartado 2 del artículo 26 sobre promoción y
![Page 30: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/30.jpg)
30
permanencia del alumnado del Decreto 42/2015, los alumnos podrán repetir cada uno de
los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo (salvo informe favorable del
equipo docente para una segunda repetición), estableciéndose la permanencia máxima
cursando Bachillerato en régimen ordinario en cuatro años.
Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias, deberán
matricularse de las materias pendientes del curso anterior y deberán realizar las
consiguientes actividades de recuperación de las mismas, según se concreta en las
programaciones docentes.
La superación de las materias de segundo curso que se indican en el anexo III de la
presente concreción curricular, estará condicionada a la superación de las
correspondientes materias de primer curso indicadas en dicho anexo por implicar
continuidad.
No obstante, el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber
cursado la correspondiente materia de primer curso siempre que el profesorado que la
imparta considere que el alumno o la alumna reúne las condiciones necesarias para
poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo. En caso contrario, deberá
cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, si
bien no será computable a efectos de modificar las condiciones en las que ha
promocionado a segundo.
Tal y como se establece en el punto 3 del artículo anteriormente mencionado, el
alumnado que al término del segundo curso tuviera evaluación negativa en algunas
materias podrá matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias
superadas u optar por repetir el curso completo.
9. CRITERIOS DE TITULACIÓN
El Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la
obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de
Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre,
de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, estable en
su artículo 3.1 que para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación
positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. La calificación final de
la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una
de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a 10 con dos
decimales, redondeada a la centésima. En el título deberá constar la modalidad por
la que el alumno o alumna hubiera cursado el Bachillerato, así como la calificación
final de la etapa.
10. LAS DIRECTRICES Y DECISIONES REFERIDAS A LA ATENCIÓN A LA
DIVERSIDAD DEL ALUMNADO
10.1 Principios de la atención a la diversidad
Las propuestas que se proponen deberán ser revisadas como consecuencia del
desarrollo normativo de la LOMCE en la Comunidad Autónoma.
![Page 31: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/31.jpg)
31
Se entiende por atención a la diversidad el conjunto de actuaciones educativas
dirigidas a dar respuesta educativa a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de
aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y
de salud del alumnado.
La atención a la diversidad tenderá a que todo el alumnado alcance los objetivos y
competencias establecidos para el Bachillerato y se regirá por los principios de
calidad, equidad e igualdad de oportunidades, normalización, integración e inclusión
escolar, igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación, flexibilidad,
accesibilidad y diseño universal y cooperación de la comunidad educativa.
Las medidas de atención a la diversidad estarán orientadas a responder a las
necesidades educativas concretas del alumnado de forma flexible y reversible, y no
podrán suponer discriminación alguna que le impida alcanzar los objetivos de la
etapa y desarrollar al máximo sus capacidades así como obtener la titulación
correspondiente.
10.2 Medidas de atención a la diversidad
Medidas de carácter ordinario:
Tendrán como objetivo favorecer la convivencia, la formación y la plena
participación del alumnado en el aprendizaje y se organizarán sobre la base
del trabajo conjunto y coordinado de los distintos profesionales.
El profesorado adoptará medidas de carácter ordinario, adecuando su
programación didáctica a las necesidades del alumnado, adaptando
actividades, metodología o temporalización que faciliten la prevención de
dificultades de aprendizaje y favorezcan el éxito escolar del alumnado.
Medidas de carácter singular que se podrán contemplar:
a) Programa de recuperación para el alumnado que promociona al segundo
curso con materias pendientes.
b) Adaptaciones de acceso al currículo y metodológicas para el alumnado
con necesidad específica de apoyo educativo.
c) Distribución del Bachillerato en bloques de materias para el alumnado con
necesidades educativas especiales, que podrá cursar el conjunto de materias
de cada uno de los cursos del Bachillerato fragmentándolo en bloques
anuales, con una permanencia máxima en la etapa en régimen escolarizado
diurno de seis años.
d) Exención, parcial o total, de alguna materia para el alumnado con
necesidades educativas especiales cuando circunstancias excepcionales y
debidamente acreditadas así lo aconsejen.
e) Enriquecimiento y/o ampliación del currículo de Bachillerato, así como
flexibilización de la duración de la etapa para el alumnado con altas
capacidades intelectuales.
![Page 32: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/32.jpg)
32
11. LAS DIRECTRICES GENERALES PARA ELABORAR LAS
ACTIVIDADES PARA LA RECUPERACIÓN Y PARA LA EVALUACIÓN DE
LAS MATERIAS PENDIENTES.
Tal y como se indica en el artículo 26 del Decreto 42/2015, se establecerá un Programa
de recuperación para el alumnado que promociona a segundo curso con materias
pendientes de 1º de Bachillerato o de tratamiento análogo debido a cambios de
modalidad o a cursar materias sometidas a prelación.
El Programa de recuperación, del que se informará a comienzos de curso al alumnado y
a sus familias o a quienes ejerzan la tutoría legal del mismo (según Anexo 2), estará
integrado por:
El plan de trabajo y las actividades de recuperación que se deben realizar.
El sistema de evaluación que se seguirá: procedimiento de entrega y
presentación de actividades, porcentajes de valoración de actividades y pruebas,
tipo de pruebas, etc.
Los criterios de evaluación, indicadores de los mismos y estándares de
aprendizaje.
Las fechas aproximadas en que se realizarán las pruebas de evaluación, teniendo
en cuenta que las Juntas de evaluación parcial de estas materias se podrán
anticipar hasta en 2 semanas respecto a las Juntas de evaluación parcial de 2º de
Bachillerato.
El profesorado que realizará el seguimiento, aplicación, evaluación y
calificación de la materia no superada.
Las sesiones lectivas específicas que se destinarán a la aplicación del Programa
de recuperación, si fuera posible.
Cuando debido a causas organizativas no puedan establecerse un período lectivo
específico, el/la Jefe/a de departamento se encargará de la elaboración del Programa de
recuperación de la materia que constará, además de lo indicado en el apartado anterior,
de:
El lugar y fecha de la reunión con los/as alumnos/as para informarles del
Programa de recuperación.
Relación de los contenidos a evaluar, divididos por evaluaciones.
Las fechas y procedimiento para realizar la supervisión de las actividades
realizadas.
12. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE
ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL
La función tutorial se desarrolla a lo largo de los dos cursos del Bachillerato en una hora
semanal. Los/as alumnos/as de primero que cursen asignaturas de segundo tienen la
obligación de asistir a las tutorías de primero.
El/la tutor/a de un grupo será designado/a por la Dirección del centro entre el
profesorado que imparta docencia y su función será coordinar tanto la evaluación como
los procesos de enseñanza y de aprendizaje, así como la función de orientación personal
del alumnado, con la colaboración del Departamento de Orientación. La orientación
![Page 33: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/33.jpg)
33
educativa y profesional tendrá como finalidad que el alumnado alcance al final del
Bachillerato la madurez necesaria para realizar las opciones académicas y profesionales
más acordes con sus capacidades e intereses.
En la elaboración del Plan de orientación y acción tutorial (PAT), que elabora el
Departamento de orientación a principios de curso, se tendrán en cuenta las siguientes
cuestiones:
Las aportaciones de los/as tutores/as, Jefatura de estudios y Orientación
aportadas en la Memoria final de curso.
Consensuar en las primeras reuniones de coordinación entre los/as tutores/as de
cada nivel, Departamento de orientación y Jefatura de estudios, los objetivos del
PAT propuestos para este curso académico.
Contribuir desde dichos objetivos al desarrollo de los proyectos y programas
pedagógicos existentes en el centro.
Fomentar la socialización, convivencia, integración, asistencia y participación
del alumnado y de las familias en la vida del centro. Los equipos docentes
colaborarán para prevenir el abandono escolar y los problemas de aprendizaje
que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria
para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus responsabilidades.
A tales efectos se habilitarán, dentro del periodo de permanencia del profesorado
en el centro docente, horarios específicos para las reuniones de coordinación.
Priorizar la orientación académica y profesional. La acción tutorial y el
asesoramiento específico en orientación personal, académica y profesional
tendrá un papel relevante en cada uno de los cursos para orientar la elección, en
su caso, de las materias de modalidad y optativas, en los procesos de transición a
los estudios superiores o al mundo laboral al concluir la etapa. Dicha orientación
profesional favorecerá la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y fomentará
la superación de cualquier tipo de discriminación o estereotipo sexista. La
orientación educativa garantizará, especialmente en el segundo curso de
Bachillerato, un adecuado asesoramiento al alumno o a la alumna que favorezca
su continuidad en estudios superiores, informándole de las distintas opciones
existentes en el sistema educativo. En el caso de que opte por no continuar
estudios, se garantizará una orientación profesional sobre el tránsito al mundo
laboral.
Incorporar la evaluación continua del desarrollo del PAT en las reuniones
semanales con tutores y Jefatura de estudios así como una evaluación final de
dicho plan por nivel y curso, que se incorporará a la Memoria del Departamento
de orientación.
La evaluación continua del PAT implica que él mismo sea flexible y sujeto a
modificaciones en función de las necesidades e intereses de cada grupo.
En todo caso, el tutor o la tutora mantendrá una relación fluida y continua con los
padres, las madres, los tutores y las tutoras legales de cada alumno o alumna, con el fin
de facilitar el ejercicio de los derechos a estar informados sobre el progreso del
aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos, hijas, tutelados y tuteladas, y a
ser oídos en aquellas decisiones que afecten a su orientación académica y profesional,
según se establece en el artículo 4.1 d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación. En caso de que el alumno o la alumna sea
mayor de edad, dicho derecho recae sobre ellos mismos, y deberán dar previamente su
autorización para trasladar la información a terceras personas.
![Page 34: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/34.jpg)
34
13. EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y LA PRÁCTICA DOCENTE.
El profesorado evaluará tanto el aprendizaje del alumnado como los procesos de
enseñanza y su práctica docente en relación con el logro de los objetivos del currículo
así como esta misma Concreción del currículo del centro, las programaciones docentes
y el desarrollo del currículo en relación con su adecuación a las necesidades y
características específicas del alumnado de nuestro centro, y el logro de objetivos. Los
instrumentos que permitirán esta evaluación serán:
Una encuesta al alumnado sobre el proceso de enseñanza, que cada
departamento incluirá en la programación.
El análisis de los resultados académicos y de las mejoras obtenidas en función
de las adaptaciones realizadas, reflejado en el Informe de departamento
realizado tras la 1ª y 2ª evaluaciones, tras la Evaluación final ordinaria de junio,
y después de la Evaluación extraordinaria de septiembre.
Las encuestas a la comunidad educativa que se realizarán una vez finalizado el
curso ordinario, y que formarán parte de la Memoria final.
14. DIRECTRICES GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES
DOCENTES
El artículo 34 del Decreto 42/2015 establece en su punto 2 los elementos mínimos que
han de contener las programaciones docentes, elementos algunos de ellos puntualizados
en las Orientación para la elaboración de las concreciones del currículo y las
programaciones docentes de las enseñanzas de ESO y Bachillerato LOMCE que el
Servicio de Inspección de la Consejería de Educación emitió el 10 de octubre de 2015:
a) La organización, secuenciación y temporalización de los contenidos del currículo
y de los criterios de evaluación asociados en cada uno de los cursos. Los criterios
de evaluación con sus indicadores deben estar asociados a los contenidos que se
contemplan para la consecución de los aprendizajes definidos en los citados
criterios y, una vez organizados y secuenciados, establecer la temporalización
prevista.
b) La contribución de la materia al logro de las competencias clave establecidas
para la etapa. En los currículos de cada una de las materias, en el apartado de
metodología didáctica, se describe la contribución de la materia a las
competencias establecidas en el currículo. De acuerdo con los métodos
pedagógicos y de trabajo que utilicemos en cada materia, concretaremos la
contribución de la misma a las competencias curriculares.
c) Los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación del
aprendizaje del alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación de la
materia y los indicadores que los complementan en cada uno de los cursos, y con
las directrices fijadas en la concreción curricular. Son herramientas para valorar
los criterios de evaluación y sus indicadores y establecen lo que se espera que el
alumno/a deba saber, saber hacer, saber trabajar, saber comprender, expresar en
público, trabajar en equipo, etc., de acuerdo con lo prescrito en los
correspondientes indicadores de los criterios de evaluación.
d) La metodología, los recursos didácticos y los materiales curriculares. Deben
tener en cuenta lo establecido en el apartado correspondiente de la presente
![Page 35: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/35.jpg)
35
Concreción del currículo de Bachillerato, además de las recomendaciones
metodológicas establecidas en la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se
describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de
evaluación. Asimismo, la publicación de la Consejería de Educación del Principado de
Asturias Currículo Bachillerato y relaciones entre sus elementos, basada en el
Decreto 42/2015 contiene recomendaciones metodológicas para cada una de las
materias que componen el currículo de la etapa.
e) Las medidas de atención a la diversidad y, en su caso, las adaptaciones
curriculares para el alumnado con necesidades educativas especiales o con altas
capacidades intelectuales. De acuerdo con las directrices y decisiones referidas a
la atención a la diversidad establecidas en la presente concreción del Currículo y
con el programa de atención a la diversidad del centro, se incluirán en la
programación de cada materia y cada curso aquellas medidas de carácter
ordinario y /o de carácter singular contempladas en el artículo 18 del Decreto
42/2015, y que sean de aplicación teniendo en cuenta el alumnado del
correspondiente grupo y materia.
f) Las actividades para la recuperación y para la evaluación de las materias
pendientes, de acuerdo con las directrices establecidas en la presente concreción
curricular.
g) Las actividades que estimulen el interés por la lectura y la capacidad de
expresarse correctamente en público, así como el uso de las tecnologías de la
información y la comunicación.
h) Las actividades complementarias y, en su caso, extraescolares, propuestas de
acuerdo con lo establecido en la programación general anual del centro.
i) Indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la aplicación y desarrollo
de la programación docente.
![Page 36: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/36.jpg)
ANEXO I: CONDICIONES MÍNIMAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS TRABAJOS O INFORMES
PRESENTADOS POR EL ALUMNADO EN BACHILLERATO
1. Los trabajos se presentarán en formato impreso o escritos a mano con letra cuidada
y que se pueda leer fácilmente.
2. El trabajo irá grapado y paginado a partir de la portada, donde aparecerá el título del
trabajo, la unidad didáctica a la que corresponda, el nombre del alumno/a, su curso y
grupo, y la materia correspondiente.
3. Contendrá un índice con todos los apartados y subapartados y la página en la que
empiezan.
4. Se reflejarán las fuentes de información consultadas: bibliográficas, multimedia,
Internet, etc. en la última página del trabajo bajo el epígrafe Bibliografía siguiendo
las siguientes normas de estilo: los títulos de las obras irán en cursiva, o subrayados
si el trabajo es manuscrito; las comillas se reservarán para los artículos; las
direcciones de las páginas web se consignarán de forma que lleven directamente al
documento consultado y se especificará el nombre del autor si se conoce. Los
registros deben ir ordenados alfabéticamente.
5. No se copiará literalmente la información de las fuentes consultadas, especialmente
la procedente de Internet. El/la alumno/a deberá expresarse de forma personal. En
caso de detectarse plagio, el trabajo será puntuado con un 0.
6. La extensión máxima y mínima del informe o trabajo será la que el/la profesor/a
indique.
7. Para que el trabajo se considere bien realizado debe estar completo, con buena
presentación y ortografía, bien organizado y con un desarrollo de los contenidos
acorde a lo que el/la profesor/a haya indicado. Y muy especialmente, tienen que ser
trabajos personales, fruto del esfuerzo y la reflexión del alumno/a.
8. A continuación se presenta un modelo orientativo que incluye portada, índice,
apartados numerados y bibliografía con ejemplos de citación.
![Page 37: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/37.jpg)
Nombre:
Curso y grupo:
Materia:
Título unidad:
![Page 38: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/38.jpg)
ÍNDICE
1. Apartado 1 3
2. Apartado 2 4
2.1. Subapartado 1 del apartado 2 4
2.2. Subapartado 2 del apartado 2 6
3. Apartado 3 7
4. Bibliografía 8
![Page 39: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/39.jpg)
1. Apartado 1
2. Apartado 2
2.1. Subapartado 1
2.2. Subapartado 2
3. Apartado 3
4. Bibliografía
Apellido(s), Nombre. Título libro o revista. Editorial, año de publicación.
Apellido(s), Nombre. “Título del artículo”. Título libro o revista, páginas. Año de publicación.
[Apellido(s), Nombre]. “Título de la página web”. http://www.paginaweb.com/direccion. Fecha de
consulta.
Título película. Director. Estudio, año. Formato.
![Page 40: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/40.jpg)
ANEXO II: PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE MATERIAS PENDIENTES DE 1º DE BACHILLERATO
PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE MATERIAS PENDIENTES
Alumno/a:
Materia:
Curso:
Profesor/a:
PLAN DE TRABAJO
(Incluyendo sesiones lectivas que se dedicarán, materiales a utilizar o especificando cuando se realizará la entrega
de materiales de trabajo en caso de ser diferentes a libro de texto)
FECHAS APROXIMADAS DE LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN
1ª evaluación
Entrega de actividades:
Fecha de examen:
Fecha de evaluación:
2ª evaluación
Entrega de actividades:
Fecha de examen:
Fecha de evaluación:
3ª evaluación
Entrega de actividades:
Fecha de examen:
Fecha de evaluación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
![Page 41: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/41.jpg)
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Alumno/a: ________________________________________ del curso _______________________
recibí del profesor/a ___________________________________ el Programa de refuerzo de materias pendientes de
la materia ___________________________ del curso académico 20___ - 20___
En __________________, a _____ de _______________ de 20___
Firma del alumno Firma del padre, madre o tutor/a legal
Fdo.:________________________ Fdo.: ___________________________
CONTENIDOS
PRIMERA EVALUACIÓN SEGUNDA EVALUACIÓN TERCERA EVALUACIÓN
![Page 42: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022071018/5fd17ce955a2a93e4d0075bd/html5/thumbnails/42.jpg)
ANEXO III: CONTINUIDAD ENTRE MATERIAS DE BACHILLERATO
1º de Bachillerato 2º de Bachillerato Lengua Castellana y Literatura I Lengua Castellana y Literatura II
Matemáticas I Matemáticas II
Primera Lengua Extranjera I Primera Lengua Extranjera II
Dibujo Técnico I Dibujo Técnico II
Latín I Latín II
Griego I Griego II
Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II
Segunda Lengua Extranjera I Segunda Lengua Extranjera II
Tecnología Industrial I Tecnología Industrial II
Tecnologías de las Información y de la Comunicación I Tecnologías de las Información y de la Comunicación II
Física y Química Física
Química
Biología y Geología Biología
Geología