concreciÓn del currÍculo de bachillerato · desarrollar el hábito lector, las capacidades de...

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CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO Aprobado por el Claustro de profesores y profesoras del centro en la reunión celebrada el 28 de octubre de 2019 En Sotrondio, a 28 de octubre de 2019 LA DIRECTORA, Fdo.: María Esther Pérez Vázquez

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Page 1: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO

DE

BACHILLERATO

Aprobado por el Claustro de profesores y profesoras del centro en la reunión celebrada

el 28 de octubre de 2019

En Sotrondio, a 28 de octubre de 2019

LA DIRECTORA,

Fdo.: María Esther Pérez Vázquez

Page 2: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

1. Introducción 3

2. Adecuación de los objetivos generales de etapa al contexto y características del alumnado 3

3. Criterios generales para la concreción del horario y el desarrollo del currículo 5

3.1 Materias de libre configuración autonómica propuestas por el centro 8

3.2 Procedimientos para acreditar conocimientos cuando no se hayan cursado unas

determinadas materias con anterioridad 10

4. Organización de las modalidades del Bachillerato 10

5. Decisiones sobre métodos pedagógicos y didácticos 12

5.1 Competencias clave 12

5.2 Metodología 12

5.3 Lectura, expresión oral y TIC 14

6. Criterios generales sobre la elección de materiales curriculares 17

7. Directrices generales sobre evaluación del alumnado 19

7.1 Características de la evaluación 19

7.2 Referentes de la evaluación 19

7.3 Instrumentos de evaluación 19

7.4 Garantías para una evaluación objetiva 20

7.5 Procedimientos para realizar la evaluación 20

7.6 Resultados de la evaluación 21

7.7 Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por absentismo 22

7.8 Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por abandono de materia 22

8. Criterios de promoción y permanencia 23

9. Criterios de titulación 24

9.1 Criterios para la participación en la evaluación final 24

9.2 Evaluación final de Bachillerato 25

9.3 Título de Bachillerato 26

10. Directrices y decisiones referidas a la Atención a la Diversidad 26

10.1 Principios de la Atención a la Diversidad 26

10.3 Medidas de Atención a la Diversidad 27

11. Las directrices generales para elaborar las actividades para la recuperación y

para la evaluación de las materias pendientes. 27

12. Criterios para la elaboración de los planes y programas de orientación y acción tutorial 28

13. Directrices generales para la evaluación de la docencia 29

14. Directrices generales para la elaboración de las programaciones docentes 30

Anexo I. Condiciones mínimas que han de cumplir los trabajos o informes presentados por

los alumnos 32

Anexo II. Plan específico para alumnos que permanezcan un año más en el mismo curso 36

Anexo III. Continuidad entre materias de Bachillerato 38

Page 3: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

3

1. INTRODUCCIÓN

En el curso 2018-2019, tras la entrada en vigor del RD 562/2017, de 2 de junio, por el

que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Ecuación

Secundaria Obligatoria y de Bachiller se hace preciso modificar la concreción curricular

elaborada en el curso 2015-2016 para adecuarla a las situación normativa del sistema

educativo actual; en concreto, fue preciso adecuarla en los términos de evaluación y

titulación del alumnado. Asimismo esta concreción es el resultado de las actuaciones

previstas en el plan de mejora elaborado tras la Supervisión de procesos educativos

llevada a cabo por el Servicio de Inspección en el curso 2017-2018 y que fueron

llevadas a cabo durante el curso 2018-2019.

Así a través de los miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica, sin obviar

las obligaciones que la legislación vigente recoge para este órgano de coordinación

docente, se acordaron por unanimidad elaborar la Concreción del currículo para la etapa

con dos premisas:

- Hacer partícipes de los debates a todo el Claustro a través de las reuniones de los

departamentos, por lo que todos los jefes de departamento informarán semanalmente a

sus compañeros y compañeras de los asuntos tratados y devolverán a la comisión las

propuestas que pudiesen surgir.

- Tomar las decisiones de forma consensuada, de modo que sólo se utilicen las

votaciones cuando el consenso no sea posible.

Esto supone, en definitiva, ir dando pasos más cortos pero asumidos por el profesorado

para que este documento sea un marco de referencia de nuestra práctica docente.

Los referentes normativos de esta Concreción del currículo son la Ley Orgánica 2/2006,

de 3 de mayo, de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora

de la calidad educativa; el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se

establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato;

el Decreto 42/2015, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación y se establece el

currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias; las Instrucciones para la

implantación en el año académico 2015-2016 de la Educación Secundaria Obligatoria y

del Bachillerato en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado

de Asturias, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de

diciembre, para la mejora de la calidad educativa, de 2 de junio de 2015; Resolución de

26 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el

proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de bachillerato y se establecen el

procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos

oficiales de evaluación; el RD 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las

condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria

Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016,

de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de

implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad

educativa; y la Resolución de 4 de junio de 2018, de la Consejería de Educación y

Cultura, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de

Bachillerato.

Page 4: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

4

2. ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA AL CONTEXTO

SOCIOECONÓMICO

El Bachillerato, tal y como establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora

de la calidad educativa, tiene como finalidad proporcionar a los alumnos y las alumnas

la formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les

permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con

responsabilidad y competencia. Asimismo les capacitará para acceder a la educación

superior.

Para poder cumplir con esta finalidad, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de

diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria

Obligatoria y del Bachillerato, establece en su artículo 25 los objetivos a alcanzar, tal y

como recoge y amplia el artículo 4 del Real Decreto 42/2015, de 10 de junio, por el que

se regula la ordenación y se establece el currículo del Bachillerato en el Principado de

Asturias. Por otra parte, el PEC realiza un análisis del contexto del centro, y establece

unos objetivos prioritarios que deben guiar pedagógica y organizativamente nuestra

actividad docente.

Así, de acuerdo con la mencionada normativa, el Bachillerato contribuirá a

desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:

a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una

conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española

así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la

construcción de una sociedad justa y equitativa.

b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma

responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver

pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y

mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones

existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y

la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia

personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias

para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo

personal.

e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su

caso, comprender y expresarse con corrección en la lengua asturiana.

f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las Tecnologías de la Información y la

Comunicación.

h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus

antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de

forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.

i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar

las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.

Page 5: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

5

j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y

de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la

ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la

sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.

k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad,

iniciativa, trabajo en equipo, autoconfianza y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como

fuentes de formación y enriquecimiento cultural.

m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y

social.

n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

ñ) Conocer, valorar y respetar el patrimonio natural, cultural, histórico, lingüístico y

artístico del Principado de Asturias para participar de forma cooperativa y solidaria

en su desarrollo y mejora.

o) Fomentar hábitos orientados a la consecución de una vida saludable.

Todos los objetivos deben ser recogidos y asumidos entre el conjunto de las distintas

materias que integran el currículo del Bachillerato, para que el alumnado pueda

desarrollar dichas capacidades.

Para conseguir el logro de esos objetivos, todas las programaciones de los

departamentos establecerán los procedimientos para contribuir a:

Estimular la capacidad de trabajo en equipo.

Potenciar las técnicas de indagación e investigación.

Incorporar el uso de las nuevas tecnologías de la información (TIC).

Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la

capacidad para hablar en público.

Aplicar y transferir lo aprendido a la vida real.

Consolidar y completar la autonomía de nuestro alumnado no sólo en aspectos

cognitivos, sino también en su desarrollo social y personal.

3. CRITERIOS GENERALES PARA LA CONCRECIÓN DEL HORARIO Y PARA EL

DESARROLLO DEL CURRÍCULO DE ACUERDO CON LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL

CENTRO Y DE SU ALUMNADO

El artículo 16 del Decreto 42/2015 establece que las características generales de la

concreción del horario de los centros sostenidos con fondos públicos en los siguientes

términos:

1. El calendario escolar de los centros sostenidos con fondos públicos comprenderá

175 días lectivos. En el cómputo del calendario escolar se incluirán los días

dedicados a la evaluación final del Bachillerato.

2. Sin menoscabo del carácter global e integrador de la etapa, el horario asignado a

las distintas materias debe entenderse como el tiempo necesario para el trabajo

en cada una de ellas.

Page 6: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

6

3. El horario lectivo en Bachillerato será de 31 sesiones semanales, incluido el

horario destinado a tutoría.

En el punto 4 del mencionado artículo se establece que la duración de cada sesión

lectiva debe tener una duración de entre 55 y 60 minutos. En nuestro centro, en el

ejercicio de nuestra autonomía, se establece con carácter general la siguiente

organización horaria con sesiones de 55 minutos:

Periodo Horario

1ª sesión 8.25-9.20

2ª sesión 9.20-10.15

Recreo 10.15-10.30

3ª sesión 10.30-11.25

4ª sesión 11.25-12.20

Recreo 12.20-12.35

5ª sesión 12.35-13.30

6ª sesión 13.30-14.25

7ª sesión 14.25-15.20

Las mencionadas 31 sesiones semanales se reparten tal y como se establece en el anexo

IV del Decreto 42/2015 en materias generales del bloque de asignaturas troncales,

específicas y materias de libre configuración del Bachillerato de la forma siguiente,

estableciéndose, de forma general, el miércoles como día de la 7ª hora necesaria para

alcanzar las 31 horas semanales:

Page 7: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

7

1º Bachillerato

Tipo Materias Sesiones

lectivas A

sig

na

tura

s tr

on

cale

s

Ma

teria

s

gen

era

les

Filosofía 3

Lengua Castellana y Literatura I 3

Primera Lengua Extranjera I 3

Matemáticas I 4

Ma

teria

s

de

op

ció

n

Ele

gir

2 Biología y Geología 4

Dibujo Técnico I 4

Física y Química 4

Asi

gn

atu

ras

esp

ecíf

ica

s

Obligatoria Educación Física 2

Ele

gir

mín

imo

2

y m

áxi

mo

3

Tecnología Industrial I 4

7 (4+3

o

3+3+1)

Anatomía Aplicada 4

Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4

Cultura Científica 3

Segunda Lengua Extranjera I 3

Tecnologías de la Información y la Comunicación I 3

Religión 1

Asignaturas libre

configuración

Lengua Asturiana y Literatura I 1

Materia propuesta por el centro 1

Tutoría 1

Total sesiones lectivas 31

Tipo

Materias Sesiones

lectivas

Asi

gn

atu

ras

tro

nca

les

Ma

teria

s

gen

era

les

Filosofía 3

Lengua Castellana y Literatura I 3

Primera Lengua Extranjera I 3

Latín I (itinerario Humanidades) / Matemáticas

aplicadas a las CCSS I (itinerario Ciencias Sociales) 4

Ma

teria

s d

e

op

ció

n

Ele

gir

2

Economía 4

Griego I 4

Historia del Mundo Contemporáneo 4

Literatura Universal 4

Asi

gn

atu

ras

esp

ecíf

ica

s

Obligatoria Educación Física 2

Ele

gir

mín

imo

2

y m

áxi

mo

3 Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4

7 (4+3

o

3+3+1)

Cultura Científica 3

Segunda Lengua Extranjera I 3

Tecnologías de la Información y la Comunicación I 3

Religión 1

Asignaturas libre

configuración

Lengua Asturiana y Literatura I 1

Materia propuesta por el centro 1

Tutoría 1

Total sesiones lectivas 31

Cie

nc

ias

Hu

ma

nid

ad

es

y C

CS

S

Page 8: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

8

2º Bachillerato

Tipo Materias Sesiones

lectivas A

sig

na

tura

s tr

on

cale

s

Ma

teria

s

gen

era

les Historia de España 3

Lengua Castellana y Literatura II 4

Primera Lengua Extranjera II 4

Matemáticas II 4 M

ate

ria

s d

e

op

ció

n

Ele

gir

2

Biología 4

Dibujo Técnico II 4

Física 4

Geología 4

Química 4

Asi

gn

atu

ras

esp

ecíf

ica

s

Obligatoria Historia de la Filosofía 3

Ele

gir

mín

imo

2

y m

áxi

mo

3

Tecnología Industrial II 4

4 (4

o

3+1)

Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente 4

Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4

Imagen y Sonido 3

Psicología 3

Segunda Lengua Extranjera II 3

Tecnologías de la Información y la Comunicación II 1

Asignaturas libre

configuración

Lengua Asturiana y Literatura II 1

Proyecto de Investigación II 1

Materia propuesta por el centro 1

Tutoría 1

Total sesiones lectivas 31

Tipo Materias Sesiones

lectivas

Asi

gn

atu

ras

tro

nca

les

Ma

teria

s

gen

era

les

Historia de España 3

Lengua Castellana y Literatura II 4

Primera Lengua Extranjera II 4

Latín II (itinerario Humanidades) / Matemáticas

aplicadas a las CCSS II (itinerario Ciencias Sociales) 4

Ma

teria

s

de

op

ció

n

Ele

gir

2 Economía de la Empresa 4

Geografía 4

Griego II 4

Historia del Arte 4

Asi

gn

atu

ras

esp

ecíf

ica

s

Obligatoria Historia de la Filosofía 3

Ele

gir

mín

imo

2

y m

áxi

mo

3

Historia de la Música y de la Danza 4

4 (4

o

3+1)

Fundamentos de Administración y Gestión 4

Materia del bloque de asignaturas troncales no cursada 4

Imagen y Sonido 3

Psicología 3

Segunda Lengua Extranjera II 3

Tecnologías de la Información y la Comunicación II 1

Asignaturas libre

configuración

Lengua Asturiana y Literatura II 1

Proyecto de Investigación II 1

Materia propuesta por el centro 1

Tutoría 1

Total sesiones lectivas 31

Hu

ma

nid

ad

es

y C

CS

S

Cie

nc

ias

Page 9: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

9

Optatividad

1º de Bachillerato

Modalidad

Oferta común

Oferta de modalidad Específicas

Libre

configuración

Ciencias

Cultura Científica

Tecnologías de la

Información y la

Comunicación

Segunda Lengua

Extranjera: Francés

Religión

Lengua

Asturiana y

Literatura I

Proyecto de

Investigación I

Materia

propuesta por el

centro

Tecnología Industrial I

Anatomía Aplicada

Materia del bloque de

asignaturas troncales no

cursada

Humanidades

y Ciencias

Sociales

Materia del bloque de

asignaturas troncales no

cursada

2º de Bachillerato

Modalidad

Oferta común

Oferta de modalidad Específicas

Libre

configuración

Ciencias

Imagen y Sonido

Psicología

Tecnologías de la

Información y la

Comunicación

Segunda Lengua

Extranjera: Francés

Lengua

Asturiana y

Literatura II

Proyecto de

Investigación II

Materia

propuesta por el

centro

Tecnología Industrial II

Ciencias de la Tierra y

del Medio Ambiente

Materia del bloque de

asignaturas troncales no

cursada

Humanidades

y Ciencias

Sociales

Historia de la Música y la

Danza

Fundamentos de

Administración y Gestión

Materia del bloque de

asignaturas troncales no

cursada

3.1 Materias de libre configuración autonómica propuestas por el centro

Dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, los centros

podrán proponer una asignatura distinta de las establecidas en el Decreto 42/2015,

previa autorización de la Consejería competente en materia. Las condiciones y el

proceso está regulado en los artículos de la Resolución del 4 de junio de 2018, que

se expresan a continuación. Este proceso fue llevado a cabo en nuestro centro el

curso 2018-2019 resultado propuesta y aprobada por la Dirección general

competente en esta materia la asignatura de “Introducción al cine” para primer curso

de Bachillerato.

Page 10: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

10

Artículo 4.—Materias de libre configuración autonómica propuestas por los centros

docentes.

1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 8 del Decreto 42/2015, de 10 de

junio, los centros docentes podrán solicitar autorización para incluir una materia

propia dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, en cada

uno de los cursos y en cada modalidad, sin perjuicio de que el alumnado

matriculado en una modalidad pueda elegir cursar como materia de libre

configuración una materia autorizada para otra modalidad de Bachillerato, siempre

que la organización de la oferta por parte del centro lo permita.

2. Las materias solicitadas podrán ser distintas en cada régimen del Bachillerato:

diurno, nocturno o a distancia.

3. El currículo y la programación docente de estas materias se incluirá en la

Programación General Anual del centro y se ajustará en su diseño a lo dispuesto en

los artículos 9, 10 y 34 del decreto 42/2015, de 10 de junio, no pudiendo coincidir su

denominación ni sus contenidos con otras materias de la etapa.

4. Corresponderá al departamento de coordinación didáctica o al departamento de

orientación, o al personal autorizado para desarrollar funciones de orientación

educativa en centros privados, y al profesorado proponente la elaboración del

currículo y la programación docente de la materia o materias.

Artículo 5.— Procedimiento para la autorización de materias de libre configuración

autonómica.

1. Los centros docentes que deseen incluir en su oferta educativa materias de libre

configuración distintas de las establecidas en el Decreto 42/2015, de 10 de junio,

deberán presentar su solicitud antes del 15 de mayo del año correspondiente ante la

Dirección General competente en materia de ordenación académica, según el

modelo establecido en el anexo I.

2. En la solicitud se hará constar, por parte de la persona titular de la dirección del

centro, lo siguiente:

a) Denominación de la materia propuesta e indicación del curso y modalidad

en que se ofertará.

b) Fecha de aprobación de la propuesta por parte del Claustro del profesorado

del centro docente.

c) Certificación del Director o la Directora del centro docente en la que se

acredite que la incorporación de la materia o materias propuestas a la oferta

educativa del centro es sostenible y asumible con los recursos humanos y materiales

de que dispone y que, por tanto, no implica aumento de plantilla, ni aumento de

horas en pago delegado, ni merma en el horario susceptible de ser dedicado a la

atención a la diversidad.

d) Certificación del Director o Directora del centro en la que se acredite que

el profesorado reúne los requisitos para impartir la materia, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 94 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3. La Dirección General competente en materia de ordenación académica resolverá

sobre la autorización de incorporación de la materia o materias a la oferta educativa

del centro docente antes del 30 de junio, y procederá a comunicar a la Dirección

General competente en materia de planificación educativa la relación de materias

que hayan sido autorizadas a los efectos de su incorporación en la aplicación

corporativa SAUCE.

Page 11: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

11

4. Los centros docentes que deseen sustituir alguna de las materias de libre

configuración autonómica autorizadas en años académicos anteriores por otras

materias deberán hacerlo constar en su solicitud de autorización de nuevas materias.

En nuestro centro se presentó en CCP y se llevó al Claustro la oferta de la

materia de libre configuración autonómica Proyecto de Investigación I y II. En el

caso de esta materia, se regirá por lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución de 4

de junio de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regulan

aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de Bachillerato.

Artículo 6.—Materias de libre configuración autonómica Proyecto de Investigación

I y II.

1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 8 del Decreto 42/2015, de 10 de

junio, los centros docentes ofertarán en el primer y segundo curso del Bachillerato

las materias de libre configuración Proyecto de Investigación I y Proyecto de

Investigación II. La oferta de estas materias no requerirá de autorización previa por

parte de la Consejería competente en materia de educación.

2. El currículo y la programación docente de estas materias se ajustarán a lo

dispuesto en los artículos 9, 10 y 34 del decreto 42/2015, de 10 de junio, y se

incluirán en la Programación General Anual del centro.

En su elaboración se tendrán en cuenta las orientaciones publicadas por la Dirección

General competente en materia de ordenación académica en el portal educastur.

3. La materia Proyecto de Investigación II no está sometida a prelación pudiendo ser

cursada y superada por el alumnado sin necesidad de cursar ni superar previamente

la materia Proyecto de investigación I.

4. Las materias Proyecto de Investigación I y II podrán ser impartidas por

profesorado de cualquier especialidad, sin perjuicio de los requisitos exigidos para

impartir docencia en la etapa.

3.1.2. Procedimiento para la propuesta de materias propias del centro por

los departamentos

1. En sesión de CCP del mes de marzo la dirección del centro trasladará las

instrucciones necesarias para que los departamentos didácticos puedan

realizar propuestas de materias propias del centro para el curso siguiente,

incluyendo la posible continuidad de las actuales, si las hubiera y se

valorasen de forma positiva.

2. En la fecha marcada en las instrucciones los departamentos interesados

presentarán por escrito una propuesta con el siguiente formato:

- Título de la materia;

- Departamento/s que la propone/n;

- Curso al que va dirigida;

- Profesorado que la impartirá y su cualificación;

- Breve justificación de su inclusión en la oferta del centro;

- Breve descripción de la materia.

3. A la vista de las propuestas, la CCP informará positivamente de la o las

materias seleccionadas para proceder a la aprobación de la propuesta por

el Claustro y posterior remisión a la Consejería de Educación dentro del

calendario establecido por la misma.

Page 12: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

12

3.1.3. Criterios para la elección de materias entre varias propuestas para un

mismo curso

1. Se priorizará la continuidad de las asignaturas, siempre que haya una

valoración positiva de las mismas por parte del claustro.

2. Se valorará positivamente el enfoque práctico de la materia.

3. Se valorará positivamente el enfoque por competencias clave.

4. Se valorarán positivamente las propuestas interdepartamentales.

5. Se valorará positivamente el enfoque de atención a la diversidad.

3.2. Procedimiento para acreditar conocimientos cuando no se hayan cursado

unas determinadas materias con anterioridad

Cambio de idioma en Primera y segunda lengua extranjera.

El artículo 10 de la Resolución mencionada de 4 de junio de 2018 estable en su

punto 1 que el alumnado podrá cambiar, al promocionar al segundo curso de

Bachillerato, o en el caso de repetición completa o parcial del segundo curso, el idioma

que haya cursado en la materia troncal Primera Lengua Extranjera o en la materia

específica Segunda Lengua Extranjera. Los idiomas cursados en estas materias en un

mismo año académico deberán ser distintos.

Asimismo, en el punto dos se señala que el cambio de idioma en cualquiera de las

dos materias deberá ser solicitado por escrito ante la persona titular de la dirección del

centro docente por el alumno o la alumna, si es mayor de edad, o, en caso contrario, por

su padre, madre, tutor o tutora legal, antes del inicio de las actividades lectivas,

preferentemente durante el plazo de matrícula.

De conformidad a lo expresado en el artículo 3, en el que se señala que los centros

docentes establecerán en su concreción curricular el procedimiento para que el

alumnado que desee cambiar de idioma pueda acreditar, en su caso, que posee los

conocimientos necesarios para poder seguir con aprovechamiento la materia Primera

Lengua Extranjera y/o Segunda Lengua Extranjera en el idioma solicitado.

Dicho procedimiento podrá contemplar la realización de una prueba conforme a los

criterios que figuren en la concreción curricular de la etapa, que será organizada,

diseñada y aplicada por el profesorado responsable de la materia.

En nuestro están establecidas dos vías de acreditación:

1. Certificación por parte de institución oficial de los conocimientos necesarios

para superar la materia en el curso inmediatamente anterior al que desea

cursar.

2. Superación de la prueba extraordinaria de septiembre de la materia en el

curso inmediatamente anterior al que desea cursar.

Además en el artículo 4 se recoge que el alumno o alumna que cambie de idioma no

deberá superar en el nuevo idioma las materias Primera Lengua Extranjera o Segunda

Lengua Extranjera superadas en el primer curso. En el caso de que tenga alguna de estas

materias pendientes de superación, deberá seguir el correspondiente programa de

recuperación en el idioma que abandona.

Page 13: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

13

Si tuviese pendiente de superación la materia Primera Lengua Extranjera cursada en el

idioma no impartido en el nuevo centro, deberá seguir el programa de recuperación

correspondiente al idioma elegido en el segundo curso de Bachillerato.

4. ORGANIZACIÓN DE LAS MODALIDADES DEL BACHILLERATO

4.1. Estructura

Según lo establecido en apartado 4 de los artículos 7 y 8 del Decreto 42/2015 para

cada uno de los cursos de bachillerato se deberán cursar las siguientes materias:

- Para primer curso de bachillerato: Los alumnos y alumnas deberán cursar,

dentro de su modalidad, todas las materias generales troncales, dos materias

troncales de opción, la materia específica obligatoria y un mínimo de dos y un

máximo de tres entre las materias pertenecientes al bloque de asignaturas

específicas. El alumnado podrá cursar una materia de libre configuración

autonómica siempre que el número total de sesiones lectivas de materias

específicas y de libre configuración no sea superior al fijado para dichas

materias en el anexo IV del Decreto.

- Para segundo curso de bachillerato: Los alumnos y alumnas deberán cursar,

dentro de su modalidad, todas las materias generales troncales, dos materias

troncales de opción, y, entre las materias del bloque de asignaturas específicas,

Historia de la Filosofía, y un mínimo de una y un máximo de dos entre las

materias pertenecientes al bloque de asignaturas específicas. El alumnado podrá

cursar una materia de libre configuración autonómica siempre que el número

total de sesiones lectivas de materias específicas y de libre configuración no sea

superior al fijado para dichas materias en el anexo IV del Decreto.

4.2. Itinerarios

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley

Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa,

establece en su punto 6 de los artículos 34bis y 34ter, que las Administraciones

educativas y, en su caso, los centros podrán elaborar itinerarios para orientar a los

alumnos y alumnas en la elección de las materias troncales de opción

En Resolución de 4 de junio de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por

la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de

Bachillerato, en su artículo 7 establece la constitución de itinerarios:

1. El alumnado compondrá su itinerario educativo eligiendo una modalidad del

Bachillerato, teniendo en cuenta la oferta que el centro docente establezca de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 del Decreto 42/2015, de 10 de junio.

Dicho itinerario educativo estará integrado, sin perjuicio de lo establecido en los

artículos 8 y 9, por las siguientes materias:

a) Cuatro materias troncales generales en los cursos primero y segundo, entre las que

figurarán las propias de la modalidad en la que finalice las enseñanzas de Bachillerato o,

en el caso de la modalidad de Humanidades y Ciencias sociales, las propias del

itinerario elegido.

b) Dos materias troncales de opción propias de la modalidad elegida en cada uno de los

cursos.

Page 14: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

14

c) La materia específica obligatoria, común a todas las modalidades, en cada uno de los

dos cursos de la etapa.

d) Dos materias específicas en primer curso y una materia específica en segundo a elegir

entre las ofertadas por el centro para la modalidad cursada. A estos efectos, puede ser

elegida como materia específica en cada uno de los dos cursos una de las materias

troncales de opción no cursadas propias de su modalidad.

De acuerdo con lo dispuesto en el anexo IV del Decreto 42/2015, de 10 de junio,

cuando las dos materias específicas elegidas en el primer curso sumen un total de seis

períodos lectivos se deberá cursar, además, otra materia que tenga asignado un solo

período de carga lectiva, pudiendo ser esta específica o de libre configuración

autonómica.

Si la materia específica elegida en el segundo curso tiene una carga de tres períodos

lectivos, se cursará además una de las materias de libre configuración autonómica.

2. los centros docentes proporcionarán la orientación educativa necesaria al alumnado

para la elección de su itinerario formativo, teniendo en cuenta sus intereses y la

organización del Bachillerato en el centro docente.

Artículo 8.—Cambio en el itinerario educativo dentro de la modalidad.

1. El alumno o la alumna podrá matricularse dentro de su modalidad de una materia de

segundo curso sin haber cursado la materia de primero con la que tiene establecida

continuidad, siempre que curse la materia de primero con la que se vincula, que tendrá

consideración de materia pendiente, si bien no será computable a efectos de modificar

las condiciones en las que ha promocionado al segundo curso.

2. Siempre que la organización del centro docente lo permita, el alumno o la alumna

asistirá a las clases correspondientes de la materia del primer curso. En caso contrario,

la atención a este alumnado se realizará de forma análoga a la ofrecida al alumnado que

cursa materias pendientes de primero, debiendo seguir el correspondiente programa de

recuperación.

3. Quienes promocionen a segundo curso con todas las materias superadas podrán

solicitar la autorización para no cursar la materia de primer curso que tenga prelación

sobre la de segundo, conforme a lo establecido en la disposición adicional cuarta de la

resolución de 26 de mayo de 2016.

4. Los alumnos y alumnas que promocionen de primero a segundo con una o dos

materias pendientes de superación, en el momento de formalización de la matrícula,

podrán cambiar estas por otras del mismo bloque dentro de la misma modalidad, sin

otras limitaciones que las contempladas con carácter general para la constitución de

grupos. Estas materias sustituirán, a todos los efectos, a las materias cursadas y no

superadas del curso anterior.

5. La materia que se sustituya como consecuencia de un cambio en el itinerario

educativo del alumno o la alumna no será tenida en cuenta a los efectos del cálculo de la

nota media del bachillerato. En todo caso, el alumnado deberá completar el itinerario

educativo al que se hace referencia en el artículo 7.

Artículo 9.—Cambio de modalidad.

1. El alumnado que repita el primer curso del Bachillerato podrá matricularse en la

modalidad que desee con independencia de la modalidad que haya cursado con

anterioridad, debiendo cursar todas las materias del primer curso de la nueva modalidad.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Decreto 42/2015, de 10 de junio,

el alumno o la alumna que haya cursado el primer curso de bachillerato en una

Page 15: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

15

determinada modalidad, y cumpla los requisitos de promoción, podrá cursar el segundo

curso en una modalidad distinta, atendiendo a las siguientes condiciones de matrícula:

a) se cursarán todas las materias de segundo curso de la nueva modalidad.

b) se cursará la materia troncal general del primer curso propia de la nueva modalidad,

que tendrá consideración de materia pendiente.

Esta materia sustituirá, a todos los efectos, a la materia troncal general propia de la

modalidad que se abandona.

c) las materias de primer curso pendientes de superación propias de la modalidad que se

abandona serán sustituidas, a todos los efectos, por materias del mismo bloque de la

nueva modalidad.

d) Las materias troncales de opción o específicas de primer curso superadas en la

modalidad que se abandona podrán ser computadas como materias de la nueva

modalidad, si el alumno o alumna así lo solicita. En caso contrario, se cursarán las

materias correspondientes de la nueva modalidad que sustituirán a las de la modalidad

abandonada a todos los efectos.

e) Se podrá computar como materia específica de primero una materia troncal de opción

superada en la modalidad que se abandona, siempre que el alumno o alumna curse en su

lugar una materia troncal de opción de la nueva modalidad.

f) En la aplicación de lo establecido en los apartados c) y d) de este artículo deberá

tenerse en cuenta la continuidad entre materias a la que se hace referencia en el artículo

26.4 del decreto 42/2015, de 10 de junio.

3. En los casos en que, por motivo de la organización del centro, el alumnado de

segundo curso no pueda asistir a las clases de las materias de primero que deba cursar

como consecuencia del cambio de modalidad, las materias de primer curso se tratarán

de forma análoga a las materias pendientes, debiendo seguir el correspondiente

programa de recuperación. En todo caso, en la aplicación corporativa SAUCE estas

materias constarán como pendientes.

De esta manera, se podrían establecer los siguientes itinerarios en relación a las

familias del conocimiento establecidas por la Universidad de Oviedo, considerando

asimismo las ponderaciones que la misma fija para el cálculo de la nota de acceso a la

universidad.

HUMANIDADES

- Estudios lingüísticos y Filosofía

o 1º Bach.: Latín I; Griego I o Literatura Universal

o 2º Bach.: Latín II; Griego II o Historia del Arte

- Estudios de Geografía, Historia, Historia del Arte

o 1º Bach.: Historia del Mundo Contemporáneo, Literatura

Universal o Economía

o 2º Bach.: Historia del Arte, Geografía

CIENCIAS

- 1º Bach.: Física y Química, Biología y Geología

- 2º Bach.: Física, Biología

CIENCIAS DE LA SALUD

- 1º Bach.: Biología y Geología, Física y Química

- 2º Bach.: Biología, Química

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Page 16: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

16

- 1º Bach.: Economía, Historia del Mundo Contemporáneo

- 2º Bach.: Economía de la Empresa, Geografía

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

- 1º Bach.: Física y Química, Dibujo Técnico I

- 2º Bach.: Física, Dibujo Técnico II

Page 17: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

17

5. DECISIONES SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS Y DIDÁCTICOS Y SU CONTRIBUCIÓN A

LA CONSECUCIÓN DE LAS COMPETENCIAS DEL CURRÍCULO Y LAS DIRECTRICES

GENERALES PARA INCORPORAR EN LAS PROGRAMACIONES DOCENTES ACTIVIDADES

QUE ESTIMULEN EL INTERÉS Y EL HÁBITO POR LA LECTURA Y LA CAPACIDAD DE

EXPRESARSE CORRECTAMENTE EN PÚBLICO, ASÍ COMO EL USO DE LAS TECNOLOGÍAS

DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN

5.1. COMPETENCIAS CLAVE

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto 1105/2014, de

26 de diciembre, las competencias del currículo serán las siguientes:

a) Comunicación lingüística.

b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

c) Competencia digital.

d) Aprender a aprender.

e) Competencias sociales y cívicas.

f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

g) Conciencia y expresiones culturales.

Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el

currículo, los departamentos deberán diseñar actividades de aprendizaje integradas

que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una

competencia al mismo tiempo.

Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística,

Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

5.2. METODOLOGÍA

Los principios metodológicos de carácter general, que son válidos para todas las

materias de esta etapa y en los que nos hemos basado para fijar unos acuerdos de

actuación conjunta son:

Utilizar una metodología activa y participativa.

Favorecer la capacidad del alumno/a para aprender por sí mismo y para

aplicar los métodos de investigación apropiados.

Presentar oralmente y por escrito los contenidos de forma correcta, con una

estructura clara de sus relaciones.

Realizar trabajos de investigación monográficos o interdisciplinares.

Favorecer la capacidad para trabajar en equipo.

Fomentar el principio de igualdad efectiva entre hombres y mujeres así como

la resolución pacífica de los conflictos.

Utilizar las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en los

procesos de enseñanza-aprendizaje

Reforzar los aspectos prácticos, profesionalizadores y que favorezcan la

continuación de estudios posteriores.

Considerar la perspectiva de la igualdad de género en la práctica docente.

Fomentar el hábito lector entre los alumnos/as.

Page 18: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

18

Favorecer el trabajo en equipo del profesorado, permitiendo un enfoque

multidisciplinar de los aprendizajes y garantizando la coordinación de los

integrantes de los equipos docentes.

Desde las materias, y teniendo en cuenta las peculiaridades de cada una de ellas, se

llega a una serie de acuerdos que concretan los anteriores principios pedagógicos y

que van a orientar la programación y la práctica docente:

1. Se fomentará el trabajo individual y en grupo, fundamentalmente en clase.

Asimismo, para facilitar el trabajo autónomo, debemos enseñar a nuestros/as

alumnos/as a pensar por sí mismos. Algunos de los criterios aplicables a la hora

de medir el trabajo individual podrían ser:

Tenacidad, entendida como un desarrollo no mecánico de las actividades.

Regularidad en la ejecución de las tareas.

Corrección de errores.

Responsabilidad.

Organización en el trabajo.

2. Se desarrollará la capacidad de trabajar en equipo. La realización de

actividades en las que se precise de la cooperación y de la coordinación dentro

del grupo contribuye al desarrollo de la madurez personal e intelectual del

alumnado. Para realizar un correcto trabajo de grupo, tarea no siempre fácil,

podemos establecer unas mínimas pautas de organización del mismo que

podemos resumir en:

Distribución del trabajo entre los diferentes miembros del grupo, bien de

forma autónoma bien con la colaboración del profesor/a.

Trabajo individual de cada alumno/a y elaboración de propuestas que se

presentarán al grupo.

Puesta en común.

Realización del trabajo final y exposición del mismo al resto de la clase.

3. La metodología reflejada en las programaciones docentes promoverá la

participación de los alumnos/as, alejándose de un modelo exclusivamente

basado en la exposición de contenidos por parte del profesor/a. El profesorado

proporcionará al alumnado oportunidades para poner en práctica los nuevos

conocimientos a fin de que pueda comprobar el interés y la utilidad de lo

aprendido, en función de su aplicación a la vida cotidiana o por ser necesario

para aprendizajes posteriores.

4. Se promoverá la realización de actividades y trabajos monográficos e/o

interdisciplinares, en los que, a partir de unas pautas orientativas del profesor/a,

el alumno/a:

Utilice fuentes de información externas y variadas.

Use críticamente las mismas.

Transforme la información en conocimiento, a través de la

reorganización de la información y del establecimiento de conclusiones

personales.

Page 19: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

19

5. Los trabajos e informes del alumnado deben cumplir unas condiciones mínimas

en todas las materias, sin perjuicio de otros requisitos suplementarios que se

establezcan en las programaciones docentes (se incluyen como Anexo 1).

6. Se fomentará la utilización de técnicas de investigación. Aparte de la

especificidad de fuentes y técnicas propias de cada materia, los métodos de

indagación e investigación pueden ser trabajados siguiendo un procedimiento

básico que se concreta en los siguientes pasos:

Planteamiento del tema objeto de trabajo.

Consulta de las fuentes de información necesarias.

Tratamiento de la información obtenida.

Establecimiento de conclusiones.

Puesta en común y debate de dichas conclusiones.

7. Se facilitará el acceso del alumnado a los materiales didácticos disponibles en

el Centro y se potenciarán las actividades extraescolares, utilizando los

recursos del entorno.

8. Se reflejarán en las programaciones docentes las medidas de atención a la

diversidad destinadas, en su caso, al alumnado con necesidades educativas

especiales y al de altas capacidades intelectuales.

9. Se desarrollarán actividades que fomenten actitudes favorables a la igualdad de

género. Nos referimos no solo a la temática y a los contenidos de las

actividades, sino también a que el propio desarrollo de las mismas favorezca la

puesta en práctica de roles en plano de igualdad por parte de los/as alumnos/as.

Una aplicación de este principio puede realizarse cuando se lleven a cabo

actividades en equipo.

10. Se desarrollarán actividades que impliquen la utilización de las TIC en la

búsqueda, selección, tratamiento y exposición de la información, tanto dentro

como fuera del aula.

11. Se dedicará en cada materia un tiempo a la lectura, en aspectos relacionados

con los contenidos pero no específicamente curriculares, con la periodicidad y

características que se establezcan en las programaciones docentes, pero

cumpliendo al menos el siguiente tiempo establecido en el PLEI del centro:

Las materias de 1 o 2 horas semanales dedicarán al menos 1 hora al

trimestre a la lectura, repartida entre las sesiones de docencia de la

manera que consideren más adecuada.

Las materias de 3 o más horas semanales se comprometen a dedicar un

tiempo semanal de lectura de al menos 10 minutos.

Las programaciones docentes deben concretar, tal y como viene establecido en el

PLEI, la importancia que se da a la ortografía y el peso que se le otorga dentro de

los criterios de calificación de cada materia.

5.3. LECTURA, EXPRESIÓN ORAL Y TIC

Page 20: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

20

Toda la comunidad educativa debe implicarse en el desarrollo de la competencia

lectora, así como en trabajar habilidades a la hora de expresarse en público, y en el

manejo de las tecnologías de la información y la comunicación. Partimos del

convencimiento de que es tarea de todos/as convertir la lectura en una estrategia

metodológica para la mejora del aprendizaje. La correcta competencia lectora por

parte del alumnado supone una poderosa herramienta para mejorar los resultados

académicos, al tiempo que permite alcanzar objetivos educativos relacionados con la

formación de ciudadanos/as más críticos/as e informados/as.

Es necesario poner en marcha actuaciones coordinadas entre los distintos

departamentos, en aras a rentabilizar esfuerzos y recursos. El trabajo de promover y

desarrollar la lectura en y desde los centros educativos debe ser un objetivo común,

que se perseguirá creando ambientes y momentos propicios, y oportunidades

lectoras y escritoras que permitan al alumnado trabajar aspectos básicos para su

aprendizaje desde las distintas materias del Currículo de Bachillerato. Es

incuestionable que la comprensión lectora es un requisito fundamental, en todas las

materias del Currículo, para comprender y asimilar eficaz y críticamente la

información contenida en los textos. Asimismo, en una sociedad caracterizada por la

sobreabundancia de información y de datos, la lectura comprensiva resulta

indispensable a la hora de convertir esa información en conocimiento.

Para formar lectores/as competentes es necesario llevar a cabo intervenciones

sistematizadas en el aula y en la biblioteca escolar, siendo necesario establecer

acuerdos básicos que permitan contar con un marco común de actuación en el

Centro. Este marco general se concretará en las programaciones docentes de los

departamentos, así como en actividades de carácter interdisciplinar. Las actuaciones

que se pongan en práctica no pueden ser fruto de la improvisación o de iniciativas

puntuales, sino que han de poseer una continuidad en el tiempo y una progresividad

en los dos niveles de Bachillerato.

Insistimos en que, además de la lectura formativa, más relacionada con

contenidos académicos, hemos de fomentar la lectura como placer, con el objetivo

de desarrollar hábitos cotidianos. Intentar que la lectura sea un acto voluntario y

placentero debe ser un presupuesto compartido por el profesorado de la etapa. De

este modo, exponemos a continuación las líneas generales que asumimos para

insertar la lectura en todas las materias de Bachillerato.

5.2.1. Sobre el interés y el hábito de lectura.

Las directrices generales que se establecen para incorporar en las programaciones

actividades que estimulen el interés y el hábito de lectura son las siguientes:

Crear oportunidades lectoras en todas las materias, potenciando la lectura de

textos de distinta naturaleza (artículos científicos, prensa, libros de

ficción…) tanto en el aula como fuera de ella, de modo que permitan aunar

el trabajo de contenidos de la materia con la mejora del hábito lector.

Promover metodologías activas y participativas a través de actividades de

lectura, escritura e investigación, desarrollando el interés por la lectura como

fuente básica para la comprensión del mundo que rodea al alumnado.

Potenciar la dimensión estética de la lectura, asociada a la capacidad de

valorar un texto bien escrito y estructurado. Para ello el profesorado

planteará textos variados, seleccionados teniendo en cuenta su calidad

literaria.

Page 21: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

21

Poner especial énfasis desde todas las materias en la precisión y el rigor a la

hora de expresar los conceptos específicos trabajados en cada uno de los

niveles de Bachillerato.

Utilizar distintas lecturas en cada materia como medio para trabajar

contenidos específicos.

Usar textos variados, de diferentes tipologías, mostrando perspectivas

opuestas de un mismo asunto, en aras a desarrollar el análisis crítico.

Trabajar los textos en el aula de forma sistemática siguiendo unos principios

comunes: comprender globalmente el texto, recuperar información del

mismo, interpretarlo (extraer significados), reflexionar sobre su contenido,

evaluarlo (relacionar el contenido con los conocimientos e ideas previas) y

reflexionar sobre la forma del texto, su utilidad y las intenciones del/la

autor/a.

Valorar la correcta expresión, ortografía y redacción de los contenidos.

Elaborar un repertorio de vocabulario específico de cada materia.

Proponer lecturas directa o indirectamente relacionadas con la materia,

animando al alumnado a leer por placer, sin que sea necesariamente una

actividad evaluable y obligatoria.

Colaborar desde los distintos departamentos en la elaboración de guías de

lectura adaptadas a Bachillerato, que se harán llegar a las familias al final de

cada trimestre. Contendrán información acerca de libros, revistas, páginas

web, o cualquier otro material que pueda servir para dinamizar la lectura

entre nuestros/as alumnos/as y su entorno familiar.

Fomentar la producción de textos escritos directa o indirectamente

relacionados con los contenidos de cada materia.

Promover el trabajo y las actividades de investigación, favoreciendo la

utilización de diferentes fuentes de información.

Fomentar la capacidad del alumnado para analizar distintos tipos de

documentos de contenido científico, potenciando el método de extraer de

ellos las ideas esenciales y reorganizarlas en forma de contenidos propios.

Plantear trabajos con un enfoque multidisciplinar, siempre que sea posible,

de modo que posibiliten la búsqueda de información variada, empleando

distintas fuentes y colaborando con otros departamentos didácticos en la

consecución de objetivos comunes relacionados con la lectura, la escritura y

la investigación.

Favorecer el uso de la lectura en el tiempo de ocio, incorporando en el aula

informaciones sobre novedades editoriales, presentaciones de libros, o

cualquier actividad que se desarrolle en el entorno más próximo.

Valorar adecuadamente las actitudes positivas y los buenos hábitos lectores

del alumnado.

5.2.2 Sobre la capacidad de expresarse correctamente en público.

Directrices generales para incorporar en las programaciones actividades que

estimulen la capacidad de expresarse correctamente en público:

Establecer que el alumnado tenga que realizar, al menos una vez por curso

en cada materia, una exposición oral, planteando tareas o trabajos cuyos

resultados se deban comunicar a los/as compañeros/as. Se cuidará

Page 22: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

22

especialmente la propiedad idiomática y el correcto empleo de los posibles

registros.

Promover el uso de los fondos bibliográficos del centro, planteando

actividades que precisen su consulta y manejo: investigar, leer, escribir y

compartir los conocimientos adquiridos con su trabajo, a través de

exposiciones orales al grupo.

Hacer que el alumnado participe activamente en el desarrollo de las clases,

exponiendo oralmente el significado de términos específicos de la materia.

Fomentar la progresiva utilización de un lenguaje preciso y adecuado en

cada una de las materias, potenciando las intervenciones orales del alumnado

en el aula.

Plantear debates en el aula acerca de contenidos curriculares, de modo que

el alumnado mejore su capacidad de comunicación oral.

Estimular la presentación oral de ideas, temas, trabajos y ejercicios de

manera lógica y estructurada.

Potenciar el empleo de estrategias de comunicación efectivas a través de: la

valoración, el análisis y la refutación de las opiniones de los/as demás, así

como la argumentación y el debate de ideas de manera reflexiva.

Promover el respeto hacia las intervenciones de los/as compañeros/as en el

aula, creando un ambiente de trabajo formativo y productivo.

5.2.3. Sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

Las directrices generales para incorporar en las programaciones actividades que

estimulen el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación:

Promover un uso adecuado de Internet como recurso didáctico en las

diferentes materias que integran el Currículo de Bachillerato.

Realizar rastreos de fuentes bibliográficas en Internet y trabajar la utilización

correcta uso correcto de la información a la hora de hacer trabajos de

investigación.

Estimular la presentación de trabajos utilizando como apoyo algún soporte

multimedia.

Incidir en la importancia de usar adecuadamente las tecnologías de la

información y de la comunicación, elaborando trabajos cuya elaboración

final sea personal, de modo que permitan comprobar su autonomía.

Potenciar el uso de la pizarra digital para el desarrollo de las clases en

diferentes materias.

Utilizar la página web del Centro como herramienta educativa, y como

elemento de referencia en el trabajo de los distintos departamentos.

Potenciar el uso de las diferentes TIC en la actividad diaria del aula.

Ver películas o fragmentos de las mismas que puedan servir como recurso

educativo en las diferentes materias que integran la etapa.

6. CRITERIOS GENERALES SOBRE LA ELECCIÓN DE MATERIALES CURRICULARES QUE

SE VAYAN A UTILIZAR, INCLUIDOS, EN SU CASO LOS LIBROS DE TEXTO

El artículo 35 del Decreto 42/2015 establece en su punto 1 que en el ejercicio de la

autonomía pedagógica, los centros docentes acordarán los materiales curriculares que se

Page 23: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

23

utilizarán en los diferentes cursos de la etapa. Así pues, corresponde al centro decidir

una serie de criterios comunes a tener en cuenta a la hora de seleccionar los materiales

curriculares que se van a utilizar.

Los distintos Departamentos seleccionarán aquellos materiales, libros de texto, libros de

consulta más adaptados a su currículo. En todo caso, consideramos conveniente tener

presente los siguientes aspectos:

- Los materiales curriculares serán diversificados con objeto de adaptarse a las

características del alumnado, intentado integrar la realidad y el contexto en

las aulas. En este sentido, incluiremos los recursos del entorno, los soportes

audiovisuales, las nuevas tecnologías, los medios de comunicación...

- La diversidad de recursos permitirá el desarrollo de un uso creativo y crítico

de los mismos, entendiéndolos siempre como mediadores didácticos al

servicio de la consecución de las finalidades educativas y la implantación y

desarrollo de las capacidades generales de la etapa.

- La selección de los materiales curriculares será adoptada por los diversos

Departamentos teniendo presentes un conjunto de criterios coherentes con el

modelo didáctico descrito en esta concreción curricular.

Dichos criterios girarán en torno a:

- Grado de adecuación a las finalidades educativas, Proyecto de Centro y

peculiaridades del mismo.

- Manifestación clara de los objetivos y competencias a desarrollar.

- Coordinación y correspondencia entre contenidos, finalidades, estándares de

aprendizaje y desarrollo de competencias propias de su nivel.

- Consideración de los aspectos epistemológicos en relación con la progresión

de los contenidos y competencias, según dicta la lógica interna de cada

materia.

- Selección de contenidos en función de los estándares de aprendizaje

evaluables.

- La selección de contenidos debe estar adecuada al nivel de desarrollo y

maduración del alumnado.

- Claridad en la información y las explicaciones de los conceptos.

- Partir de los conocimientos previos de los alumnos/as y propiciar un

aprendizaje significativo.

- Despertar la motivación y el interés hacia el estudio y potenciar el uso de las

técnicas de trabajo intelectual.

- Presentar actividades de refuerzo y de ampliación, así como diferentes

variedades de actividades intentando contemplar la atención a la diversidad.

- Dar informaciones exactas, actuales y científicamente rigurosas.

Page 24: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

24

- Asimismo, como establece el punto 2 del artículo, deberán reflejar y

fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes

constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el presente decreto, en la Ley Orgánica

1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la

Violencia de Género, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la

igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley del Principado de

Asturias 2/2011, de 11 de marzo para la igualdad de mujeres y hombres y la

erradicación de la violencia de género, a los que ha de ajustarse toda la

actividad educativa.

En todo caso, tal y como se expone en el punto 3 del mencionado artículo 35, los libros

de texto adoptados para un determinado curso no podrán sustituirse por otros durante un

período mínimo de cinco años. Excepcionalmente y por razones debidamente

justificadas, los libros de texto podrán sustituirse antes de los cinco años, previa

autorización de la Consejería competente en materia educativa. Para ello, la dirección

del centro informará al Consejo Escolar y remitirá la propuesta realizada y el

correspondiente informe a la Consejería.

7. DIRECTRICES GENERALES SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS, LOS INSTRUMENTOS Y LOS

PROCEDIMIENTOS DE LA EVALUACIÓN.

La evaluación debe servir no sólo para evaluar los progresos de los alumnos sino

también para orientar y guiar el proceso de enseñanza-aprendizaje, estableciéndose en

consecuencia una estrecha relación entre intervención y evaluación educativa.

7.1. Características de la evaluación

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Bachillerato, que será

realizada por el profesorado, será continua en cuanto que estará inmersa en el proceso

de enseñanza y aprendizaje del alumnado, con la finalidad de detectar las dificultades en

el momento que se producen, analizar las causas y, de esta manera, adoptar las medidas

necesarias que permitan al alumnado mejorar su proceso de aprendizaje; formativa y

orientadora; y diferenciada según las distintas materias y será un instrumento para la

mejora tanto de los procesos de aprendizaje como de enseñanza, de acuerdo con los

indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la aplicación y desarrollo de la

programación docente.

.7.2. Referentes de la evaluación

Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y

el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las

materias son los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados en cada

uno de los cursos así como los estándares de aprendizaje evaluables de la etapa.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de

las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades

del alumnado con necesidades educativas especiales. Estas adaptaciones en ningún

caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

7.3 . Procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación

Se atenderá a lo recogido en el artículo 5 de la Resolución de 22 de abril de 2016 sobre

procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación:

Page 25: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

25

1. El profesorado aplicará la evaluación sistemática y continuada del proceso de

aprendizaje de cada alumno y alumna a lo largo del período lectivo del curso para

recoger información fidedigna, cualitativa y cuantitativa en cada una de las materias.

2. Los procedimientos, instrumentos de evaluación y los criterios de calificación del

aprendizaje del alumnado se recogerán en la programación docente de cada materia

de acuerdo con los criterios de evaluación y con los indicadores que los completan

en cada uno de los cursos, y con las directrices fijadas en la concreción curricular.

3. El profesorado, a partir del análisis del currículo de cada materia, seleccionará

procedimientos e instrumentos de evaluación variados y coherentes con el

contenido, la naturaleza, la finalidad y la metodología implícita en cada uno de los

criterios de evaluación y sus correspondientes indicadores.

4. Asimismo, el profesorado incorporará estrategias que permitan la participación

del alumnado en la evaluación de sus logros, como la autoevaluación, la evaluación

entre iguales o la coevaluación, para favorecer el aprendizaje desde la reflexión y

valoración del alumnado sobre sus propias dificultades y fortalezas y desde la

colaboración con el profesorado en la regulación del proceso de enseñanza-

aprendizaje.

5. Para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que cuente con

informe de evaluación psicopedagógica realizado por los servicios especializados de

orientación educativa, se garantizará la coherencia entre las adaptaciones

metodológicas realizadas en los procesos de enseñanza-aprendizaje y los

procedimientos e instrumentos de evaluación.

Utilizaremos como instrumentos de evaluación los siguientes, atendiendo siempre a

los referentes de la evaluación que son los criterios de evaluación y sus indicadores,

así como los estándares de aprendizaje evaluables:

- Cuaderno de trabajo del alumno/a. Tendrá las características de organización,

presentación y valoración que establezca cada materia. En todo caso, se evitará

establecer un único cuaderno para cada materia.

- Intervenciones del alumnado en clase, favoreciendo la evaluación oral y la

incorporación de los debates como instrumento del desarrollo curricular.

- Actividades de aplicación de los contenidos, con las características que también

establecerá cada programación docente.

- Observación de los hábitos en el manejo del material didáctico y la utilización

correcta de las tecnologías TIC para que se constituyan en herramientas TAC

clave en el proceso de enseñanza-aprendizaje de nuestro alumnado.

- Autoevaluación y evaluación entre iguales que se incluirá en todas las materias.

- Trabajos de investigación, que podrán concretarse en portafolios y e-portolios.

- Pruebas de comprobación del grado de adquisición de los contenidos, que

incluyan aspectos relacionados con las destrezas y habilidades, y con los

valores. En todo caso, se establece el porcentaje máximo de este instrumento en

la calificación de la materia en un 90%.

7.4. Garantías para una evaluación objetiva

Page 26: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

26

Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y a las alumnas a que su

dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, los

centros docentes informarán sobre los objetivos y competencias de la etapa y darán a

conocer los contenidos, los criterios de evaluación y los indicadores a ellos asociados

en cada uno de los cursos, así como los estándares de aprendizaje evaluables, de las

distintas materias. Cada profesor se encargará de comunicar esta información a sus

grupos y recogerá en una ficha las firmas de conformidad de los alumnos, incluyendo

la fecha en que dicha información fue transmitida.

Los alumnos y las alumnas o los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales

podrán solicitar del profesorado cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de

las valoraciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos y de

las alumnas, así como sobre las calificaciones o decisiones finales que se adopten

como resultado de dicho proceso y tendrán acceso a los documentos oficiales de

evaluación y a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus

hijos, hijas, tutelados o tuteladas, pudiendo obtener copia de los mismos.

Los alumnos y las alumnas o los padres, las madres, los tutores y las tutoras legales

serán informados sobre el derecho que les asiste para formular reclamaciones en los

términos establecidos en la normativa vigente. Asimismo los centros docentes

informarán sobre el procedimiento que la Consejería competente en materia

educativa establece en los artículos 16 y 17 de la Resolución de 26 de mayo de

2016.

7.5. Procedimientos para realizar la evaluación

El proceso de evaluación de los/as alumnos/as será continuo y diferenciado según las

distintas materias y se llevará a cabo teniendo en cuenta los distintos elementos del

currículo. La aplicación del proceso de evaluación continua requiere la asistencia

regular del alumno o alumna a las clases y la realización de actividades programadas

para las distintas materias del currículo. En caso de no poder aplicarse, según los

criterios de absentismo establecidos en el RRI, los criterios de calificación serán

modificados, tal y como se concrete en las programaciones docentes. Para facilitar la

elaboración de los informes individualizados posteriores las sesiones de evaluación, se

ve la conveniencia de diseñar y utilizar hojas de registro (cuaderno del profesor/a)

adaptadas para reflejar la información recogida por el profesorado a través de los

instrumentos citados en el punto 3. El equipo docente, constituido en cada caso por el

profesorado del alumno o la alumna, con la coordinación del tutor o la tutora y el

asesoramiento, en su caso, del o de la especialista en psicopedagogía del Departamento

de Orientación del centro docente, actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de

evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, en el marco de lo

que establece el Decreto 42/2015 y Resolución de 26 de mayo de 2016. Dicho equipo

docente se reunirá periódicamente en sesiones de evaluación una vez al trimestre para

realizar el seguimiento y evaluación tanto de los aprendizajes del alumnado como de los

procesos de enseñanza y su propia práctica docente. En ellas se evaluará tanto la marcha

general del grupo como, individualizadamente, la asistencia, la convivencia y el

rendimiento académico, incluido el de las materias pendientes en su caso. Asimismo se

valorarán las medidas de atención a la diversidad adoptadas y se decidirán las

modificaciones oportunas si fuera necesario. Entre otros objetivos esta evaluación

permitirá adoptar, tanto por parte de las familias como de los equipos docentes y el

Page 27: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

27

centro en general, las medidas oportunas para corregir en su caso los problemas

detectados.

El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha

logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las

competencias correspondientes, de acuerdo con los criterios de evaluación y los

indicadores a ellos asociados en cada uno de los cursos así como los estándares de

aprendizaje evaluables de la etapa según aparecen establecidos en las programaciones

docentes. Así, en las sesiones de Evaluación final ordinaria y Evaluación final

extraordinaria de Bachillerato, para establecer la calificación final de las materias se

seguirá el siguiente procedimiento:

• El/la profesor/a de cada materia valorará si el/la alumno/a ha superado los objetivos de

la materia, tomando como referente evaluación y los indicadores a ellos asociados así

como los estándares de aprendizaje evaluables de la etapa según lo establecido en la

programación docente. • Seguidamente, el/la tutor/a informará de la evolución del

alumno/a en el conjunto de las materias a lo largo del curso, utilizando la información

recogida en las anteriores sesiones de evaluación. • A continuación el equipo docente

dará su opinión sobre la madurez académica del alumno/a, para lo cual se seguirán los

siguientes criterios:

a) En cualquier curso, se considerará que el/la alumno/a que ha superado todas las

materias ha alcanzado la madurez académica necesaria

b) Se considerará que el alumnos/a que tenga evaluación negativa en 1 o 2

materias en 1º de Bachillerato ha alcanzado la madurez académica necesaria

para estar en disposición de alcanzar los objetivos generales del Bachillerato.

c) Cuando el/la alumno/a tenga evaluación negativa en 3 o más materias en 1º de

Bachillerato, se considera que no ha logrado la madurez académica necesaria

que le permita estar en disposición de alcanzar los objetivos generales del

Bachillerato.

d) En lo que respecta a 2º, cuando el/la alumno/a tenga evaluación negativa en una

materia, se valorará positivamente su madurez académica si cumple los

siguientes requisitos:

- Que haya tenido una asistencia regular a las clases, haya trabajado con

regularidad especialmente presentando los trabajos propuestos en tiempo y

forma, y se haya presentado a todos los exámenes.

- No tener calificación inferior a 3 en la materia suspensa.

e) Se considerará que el/la alumno/a que tenga evaluación negativa en 2 o más

materias no cumple los objetivos de Bachillerato y por consiguiente no ha

alcanzado la madurez académica necesaria.

• En el caso de 2º de Bachillerato, se valorará las posibilidades de progreso del

alumno/a en estudios superiores.

• Por último, el/la profesor/a de cada materia determinará la calificación final.

Tras la Evaluación final ordinaria, el/la profesor/a de cada materia elaborará un plan de

actividades de recuperación de los estándares de aprendizaje no alcanzados por cada

estudiante, según los criterios establecidos en las respectivas programaciones docentes.

El objetivo es preparar y orientar al alumno/a para la realización de la Prueba

extraordinaria de septiembre, o junio en el caso de 2º de Bachillerato. El departamento

podrá cuantificar el porcentaje de valoración de dichas actividades en la calificación

final de la Prueba extraordinaria. El/la alumno/a será informado/a por escrito, tras la

Evaluación final ordinaria, de las actividades de recuperación propuestas y del modelo

de la Prueba extraordinaria de septiembre. Ésta última podrá ajustarse a diferentes

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modelos, como pruebas escritas u orales, realización de trabajos o presentación de tareas

incluidas en el plan de actividades de recuperación. En cualquier caso, las características

de las mismas se determinarán en las respectivas programaciones docentes.

Tras la celebración de la sesión de Evaluación final ordinaria y de la Evaluación final

extraordinaria, el/la tutor/a elaborará un acta de la reunión donde queden reflejados los

acuerdos adoptados, detallando los que se refieren a la evaluación en el conjunto de

materias, evolución en el rendimiento académico a lo largo del curso, madurez

académica en relación a los objetivos del Bachillerato, determinación de las

calificaciones finales, decisión sobre la promoción, y los acuerdos sobre la información

que se transmitirá a cada estudiante y a su familia sobre el resultado del proceso de

aprendizaje seguido. Así, se informará por escrito a cada estudiante y a su familia, en

caso de ser menor de edad o de haber autorizado al centro para informar a su familia

tras la mayoría de edad, sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido. Para

facilitar el rendimiento académico del alumno/a, la evaluación parcial o final de las

materias pendientes se realizará con antelación a la de las materias del curso en que esté

matriculado el alumno/a. Para ello, aproximadamente 2 semanas antes de la evaluación,

el tutor/a dispondrá del resultado de la evaluación de las materias pendientes.

Al final de la etapa, el tutor o la tutora les informará por escrito sobre el grado de

adquisición de las competencias y de los objetivos de la etapa, además del nivel

obtenido en la evaluación final de etapa.

7.6. Resultados de la evaluación

De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 24 del Decreto

42/2015, en Bachillerato los resultados de la evaluación se expresarán mediante

calificaciones numéricas, sin emplear decimales, en una escala de cero a diez, que irá

acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI),

Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias:

Insuficiente: 0, 1, 2, 3 o 4.

Suficiente: 5.

Bien: 6.

Notable: 7 u 8.

Sobresaliente: 9 o 10.

Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias se consignará No

Presentado (NP).

La nota media de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas

obtenidas en cada una de las materias, redondeada a la centésima más próxima y en

caso de equidistancia a la superior. La situación No Presentado (NP) equivaldrá a la

calificación numérica mínima establecida para la etapa, salvo que exista una

calificación numérica obtenida para la misma materia en prueba ordinaria, en cuyo

caso se tendrá en cuenta dicha calificación.

Se podrá otorgar Matrícula de Honor a los alumnos y las alumnas que hayan

demostrado un rendimiento académico excelente al final de la etapa o en la

evaluación final de Bachillerato, de acuerdo con el procedimiento establecido por la

Consejería de Educación en la Resolución de 26 de mayo de 2016 en su artículo 26.

Se entiende que la concesión de las mismas se realizará por orden descendente en la

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29

nota media del 2º curso de Bachillerato, con una proporción de una MH cada 20

alumnos o fracción de 20.

7.7. Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por absentismo

Cuando en una evaluación se llegue al límite de ausencias injustificadas en una

materia establecido en el Plan de Prevención del Abandono Escolar se notificará al

alumno y/o familia que la siguiente falta injustificada que se produzca en dicha

materia traerá como consecuencia la modificación de los sistemas de calificación,

siguiendo para ello los criterios establecidos al efecto en la programación docente, y

que en todo caso implicará la realización de una única prueba de evaluación de los

contenidos al final de cada evaluación y la entrega de todos los ejercicios, actividades

y/o tareas que se hubieran tenido que realizar durante la correspondiente evaluación.

Por otra parte, cuando se produzcan, o se piensa que se van a producir, enfermedades

de larga duración que impidan la asistencia continuada a clase, el/la profesor/a

preparará un Plan de Trabajo Individualizado con vistas a garantizar una adecuada

atención académica, del que se informará por escrito al alumno/a y a los tutores

legales, incluyendo los instrumentos y procedimientos de evaluación.

7.8. Imposibilidad de realizar una evaluación objetiva por abandono de

asignatura

Se entiende que hay abandono cuando no se cumple alguna de estas condiciones:

- Asistir regularmente a clase.

- Llevar habitualmente a clase los materiales necesarios para trabajar.

- Trabajar en casa y en clase de forma regular, y presentar habitualmente los

trabajos propuestos en tiempo y forma.

- Presentarse a la mayoría de las pruebas escritas y realizarlas mínimamente.

En este sentido, en cuanto se considere que hay abandono en alguna materia y que esta

situación, de no modificarse, podría determinar la no promoción o titulación, el

profesor/a, previo aviso al tutor/a y a jefatura de Estudios, deberá comunicarlo al

alumno/a y a las familias para adoptar las medidas necesarias, sin perjuicio del derecho

a evaluación extraordinaria que asiste al alumno/a.

8. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y PERMANENCIA

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.5 de la presente Concreción Curricular, el

equipo docente deberá tomar una decisión colegiada en relación a la promoción y

permanencia de cada alumno/a tras la realización de las sesiones de evaluación final

ordinaria y extraordinaria, en su caso. Atendiendo a lo establecido en el artículo 26 del

Decreto 42/2015, para promocionar de 1º a 2º curso, el/la alumno/a promocionará

cuando haya superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos

materias, como máximo. A estos efectos, solo se computarán las materias troncales

generales y de opción cursadas, la materia específica obligatoria y las dos materias

específicas elegidas con mayor peso horario.

Los alumnos que suspendan 3 o más materias deberán repetir el curso, teniendo en

cuenta que, tal y como se indica en el apartado 2 del artículo 26 sobre promoción y

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permanencia del alumnado del Decreto 42/2015, los alumnos podrán repetir cada uno de

los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo (salvo informe favorable del

equipo docente para una segunda repetición), estableciéndose la permanencia máxima

cursando Bachillerato en régimen ordinario en cuatro años.

Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias, deberán

matricularse de las materias pendientes del curso anterior y deberán realizar las

consiguientes actividades de recuperación de las mismas, según se concreta en las

programaciones docentes.

La superación de las materias de segundo curso que se indican en el anexo III de la

presente concreción curricular, estará condicionada a la superación de las

correspondientes materias de primer curso indicadas en dicho anexo por implicar

continuidad.

No obstante, el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber

cursado la correspondiente materia de primer curso siempre que el profesorado que la

imparta considere que el alumno o la alumna reúne las condiciones necesarias para

poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo. En caso contrario, deberá

cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, si

bien no será computable a efectos de modificar las condiciones en las que ha

promocionado a segundo.

Tal y como se establece en el punto 3 del artículo anteriormente mencionado, el

alumnado que al término del segundo curso tuviera evaluación negativa en algunas

materias podrá matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias

superadas u optar por repetir el curso completo.

9. CRITERIOS DE TITULACIÓN

El Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la

obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de

Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre,

de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley

Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, estable en

su artículo 3.1 que para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación

positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. La calificación final de

la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una

de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a 10 con dos

decimales, redondeada a la centésima. En el título deberá constar la modalidad por

la que el alumno o alumna hubiera cursado el Bachillerato, así como la calificación

final de la etapa.

10. LAS DIRECTRICES Y DECISIONES REFERIDAS A LA ATENCIÓN A LA

DIVERSIDAD DEL ALUMNADO

10.1 Principios de la atención a la diversidad

Las propuestas que se proponen deberán ser revisadas como consecuencia del

desarrollo normativo de la LOMCE en la Comunidad Autónoma.

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31

Se entiende por atención a la diversidad el conjunto de actuaciones educativas

dirigidas a dar respuesta educativa a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de

aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y

de salud del alumnado.

La atención a la diversidad tenderá a que todo el alumnado alcance los objetivos y

competencias establecidos para el Bachillerato y se regirá por los principios de

calidad, equidad e igualdad de oportunidades, normalización, integración e inclusión

escolar, igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación, flexibilidad,

accesibilidad y diseño universal y cooperación de la comunidad educativa.

Las medidas de atención a la diversidad estarán orientadas a responder a las

necesidades educativas concretas del alumnado de forma flexible y reversible, y no

podrán suponer discriminación alguna que le impida alcanzar los objetivos de la

etapa y desarrollar al máximo sus capacidades así como obtener la titulación

correspondiente.

10.2 Medidas de atención a la diversidad

Medidas de carácter ordinario:

Tendrán como objetivo favorecer la convivencia, la formación y la plena

participación del alumnado en el aprendizaje y se organizarán sobre la base

del trabajo conjunto y coordinado de los distintos profesionales.

El profesorado adoptará medidas de carácter ordinario, adecuando su

programación didáctica a las necesidades del alumnado, adaptando

actividades, metodología o temporalización que faciliten la prevención de

dificultades de aprendizaje y favorezcan el éxito escolar del alumnado.

Medidas de carácter singular que se podrán contemplar:

a) Programa de recuperación para el alumnado que promociona al segundo

curso con materias pendientes.

b) Adaptaciones de acceso al currículo y metodológicas para el alumnado

con necesidad específica de apoyo educativo.

c) Distribución del Bachillerato en bloques de materias para el alumnado con

necesidades educativas especiales, que podrá cursar el conjunto de materias

de cada uno de los cursos del Bachillerato fragmentándolo en bloques

anuales, con una permanencia máxima en la etapa en régimen escolarizado

diurno de seis años.

d) Exención, parcial o total, de alguna materia para el alumnado con

necesidades educativas especiales cuando circunstancias excepcionales y

debidamente acreditadas así lo aconsejen.

e) Enriquecimiento y/o ampliación del currículo de Bachillerato, así como

flexibilización de la duración de la etapa para el alumnado con altas

capacidades intelectuales.

Page 32: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

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11. LAS DIRECTRICES GENERALES PARA ELABORAR LAS

ACTIVIDADES PARA LA RECUPERACIÓN Y PARA LA EVALUACIÓN DE

LAS MATERIAS PENDIENTES.

Tal y como se indica en el artículo 26 del Decreto 42/2015, se establecerá un Programa

de recuperación para el alumnado que promociona a segundo curso con materias

pendientes de 1º de Bachillerato o de tratamiento análogo debido a cambios de

modalidad o a cursar materias sometidas a prelación.

El Programa de recuperación, del que se informará a comienzos de curso al alumnado y

a sus familias o a quienes ejerzan la tutoría legal del mismo (según Anexo 2), estará

integrado por:

El plan de trabajo y las actividades de recuperación que se deben realizar.

El sistema de evaluación que se seguirá: procedimiento de entrega y

presentación de actividades, porcentajes de valoración de actividades y pruebas,

tipo de pruebas, etc.

Los criterios de evaluación, indicadores de los mismos y estándares de

aprendizaje.

Las fechas aproximadas en que se realizarán las pruebas de evaluación, teniendo

en cuenta que las Juntas de evaluación parcial de estas materias se podrán

anticipar hasta en 2 semanas respecto a las Juntas de evaluación parcial de 2º de

Bachillerato.

El profesorado que realizará el seguimiento, aplicación, evaluación y

calificación de la materia no superada.

Las sesiones lectivas específicas que se destinarán a la aplicación del Programa

de recuperación, si fuera posible.

Cuando debido a causas organizativas no puedan establecerse un período lectivo

específico, el/la Jefe/a de departamento se encargará de la elaboración del Programa de

recuperación de la materia que constará, además de lo indicado en el apartado anterior,

de:

El lugar y fecha de la reunión con los/as alumnos/as para informarles del

Programa de recuperación.

Relación de los contenidos a evaluar, divididos por evaluaciones.

Las fechas y procedimiento para realizar la supervisión de las actividades

realizadas.

12. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE

ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL

La función tutorial se desarrolla a lo largo de los dos cursos del Bachillerato en una hora

semanal. Los/as alumnos/as de primero que cursen asignaturas de segundo tienen la

obligación de asistir a las tutorías de primero.

El/la tutor/a de un grupo será designado/a por la Dirección del centro entre el

profesorado que imparta docencia y su función será coordinar tanto la evaluación como

los procesos de enseñanza y de aprendizaje, así como la función de orientación personal

del alumnado, con la colaboración del Departamento de Orientación. La orientación

Page 33: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

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educativa y profesional tendrá como finalidad que el alumnado alcance al final del

Bachillerato la madurez necesaria para realizar las opciones académicas y profesionales

más acordes con sus capacidades e intereses.

En la elaboración del Plan de orientación y acción tutorial (PAT), que elabora el

Departamento de orientación a principios de curso, se tendrán en cuenta las siguientes

cuestiones:

Las aportaciones de los/as tutores/as, Jefatura de estudios y Orientación

aportadas en la Memoria final de curso.

Consensuar en las primeras reuniones de coordinación entre los/as tutores/as de

cada nivel, Departamento de orientación y Jefatura de estudios, los objetivos del

PAT propuestos para este curso académico.

Contribuir desde dichos objetivos al desarrollo de los proyectos y programas

pedagógicos existentes en el centro.

Fomentar la socialización, convivencia, integración, asistencia y participación

del alumnado y de las familias en la vida del centro. Los equipos docentes

colaborarán para prevenir el abandono escolar y los problemas de aprendizaje

que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria

para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus responsabilidades.

A tales efectos se habilitarán, dentro del periodo de permanencia del profesorado

en el centro docente, horarios específicos para las reuniones de coordinación.

Priorizar la orientación académica y profesional. La acción tutorial y el

asesoramiento específico en orientación personal, académica y profesional

tendrá un papel relevante en cada uno de los cursos para orientar la elección, en

su caso, de las materias de modalidad y optativas, en los procesos de transición a

los estudios superiores o al mundo laboral al concluir la etapa. Dicha orientación

profesional favorecerá la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y fomentará

la superación de cualquier tipo de discriminación o estereotipo sexista. La

orientación educativa garantizará, especialmente en el segundo curso de

Bachillerato, un adecuado asesoramiento al alumno o a la alumna que favorezca

su continuidad en estudios superiores, informándole de las distintas opciones

existentes en el sistema educativo. En el caso de que opte por no continuar

estudios, se garantizará una orientación profesional sobre el tránsito al mundo

laboral.

Incorporar la evaluación continua del desarrollo del PAT en las reuniones

semanales con tutores y Jefatura de estudios así como una evaluación final de

dicho plan por nivel y curso, que se incorporará a la Memoria del Departamento

de orientación.

La evaluación continua del PAT implica que él mismo sea flexible y sujeto a

modificaciones en función de las necesidades e intereses de cada grupo.

En todo caso, el tutor o la tutora mantendrá una relación fluida y continua con los

padres, las madres, los tutores y las tutoras legales de cada alumno o alumna, con el fin

de facilitar el ejercicio de los derechos a estar informados sobre el progreso del

aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos, hijas, tutelados y tuteladas, y a

ser oídos en aquellas decisiones que afecten a su orientación académica y profesional,

según se establece en el artículo 4.1 d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,

reguladora del Derecho a la Educación. En caso de que el alumno o la alumna sea

mayor de edad, dicho derecho recae sobre ellos mismos, y deberán dar previamente su

autorización para trasladar la información a terceras personas.

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13. EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y LA PRÁCTICA DOCENTE.

El profesorado evaluará tanto el aprendizaje del alumnado como los procesos de

enseñanza y su práctica docente en relación con el logro de los objetivos del currículo

así como esta misma Concreción del currículo del centro, las programaciones docentes

y el desarrollo del currículo en relación con su adecuación a las necesidades y

características específicas del alumnado de nuestro centro, y el logro de objetivos. Los

instrumentos que permitirán esta evaluación serán:

Una encuesta al alumnado sobre el proceso de enseñanza, que cada

departamento incluirá en la programación.

El análisis de los resultados académicos y de las mejoras obtenidas en función

de las adaptaciones realizadas, reflejado en el Informe de departamento

realizado tras la 1ª y 2ª evaluaciones, tras la Evaluación final ordinaria de junio,

y después de la Evaluación extraordinaria de septiembre.

Las encuestas a la comunidad educativa que se realizarán una vez finalizado el

curso ordinario, y que formarán parte de la Memoria final.

14. DIRECTRICES GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES

DOCENTES

El artículo 34 del Decreto 42/2015 establece en su punto 2 los elementos mínimos que

han de contener las programaciones docentes, elementos algunos de ellos puntualizados

en las Orientación para la elaboración de las concreciones del currículo y las

programaciones docentes de las enseñanzas de ESO y Bachillerato LOMCE que el

Servicio de Inspección de la Consejería de Educación emitió el 10 de octubre de 2015:

a) La organización, secuenciación y temporalización de los contenidos del currículo

y de los criterios de evaluación asociados en cada uno de los cursos. Los criterios

de evaluación con sus indicadores deben estar asociados a los contenidos que se

contemplan para la consecución de los aprendizajes definidos en los citados

criterios y, una vez organizados y secuenciados, establecer la temporalización

prevista.

b) La contribución de la materia al logro de las competencias clave establecidas

para la etapa. En los currículos de cada una de las materias, en el apartado de

metodología didáctica, se describe la contribución de la materia a las

competencias establecidas en el currículo. De acuerdo con los métodos

pedagógicos y de trabajo que utilicemos en cada materia, concretaremos la

contribución de la misma a las competencias curriculares.

c) Los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación del

aprendizaje del alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación de la

materia y los indicadores que los complementan en cada uno de los cursos, y con

las directrices fijadas en la concreción curricular. Son herramientas para valorar

los criterios de evaluación y sus indicadores y establecen lo que se espera que el

alumno/a deba saber, saber hacer, saber trabajar, saber comprender, expresar en

público, trabajar en equipo, etc., de acuerdo con lo prescrito en los

correspondientes indicadores de los criterios de evaluación.

d) La metodología, los recursos didácticos y los materiales curriculares. Deben

tener en cuenta lo establecido en el apartado correspondiente de la presente

Page 35: CONCRECIÓN DEL CURRÍCULO DE BACHILLERATO · Desarrollar el hábito lector, las capacidades de expresión oral y escrita, y la ... En el punto 4 del mencionado artículo se establece

35

Concreción del currículo de Bachillerato, además de las recomendaciones

metodológicas establecidas en la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se

describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de

evaluación. Asimismo, la publicación de la Consejería de Educación del Principado de

Asturias Currículo Bachillerato y relaciones entre sus elementos, basada en el

Decreto 42/2015 contiene recomendaciones metodológicas para cada una de las

materias que componen el currículo de la etapa.

e) Las medidas de atención a la diversidad y, en su caso, las adaptaciones

curriculares para el alumnado con necesidades educativas especiales o con altas

capacidades intelectuales. De acuerdo con las directrices y decisiones referidas a

la atención a la diversidad establecidas en la presente concreción del Currículo y

con el programa de atención a la diversidad del centro, se incluirán en la

programación de cada materia y cada curso aquellas medidas de carácter

ordinario y /o de carácter singular contempladas en el artículo 18 del Decreto

42/2015, y que sean de aplicación teniendo en cuenta el alumnado del

correspondiente grupo y materia.

f) Las actividades para la recuperación y para la evaluación de las materias

pendientes, de acuerdo con las directrices establecidas en la presente concreción

curricular.

g) Las actividades que estimulen el interés por la lectura y la capacidad de

expresarse correctamente en público, así como el uso de las tecnologías de la

información y la comunicación.

h) Las actividades complementarias y, en su caso, extraescolares, propuestas de

acuerdo con lo establecido en la programación general anual del centro.

i) Indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la aplicación y desarrollo

de la programación docente.

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ANEXO I: CONDICIONES MÍNIMAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS TRABAJOS O INFORMES

PRESENTADOS POR EL ALUMNADO EN BACHILLERATO

1. Los trabajos se presentarán en formato impreso o escritos a mano con letra cuidada

y que se pueda leer fácilmente.

2. El trabajo irá grapado y paginado a partir de la portada, donde aparecerá el título del

trabajo, la unidad didáctica a la que corresponda, el nombre del alumno/a, su curso y

grupo, y la materia correspondiente.

3. Contendrá un índice con todos los apartados y subapartados y la página en la que

empiezan.

4. Se reflejarán las fuentes de información consultadas: bibliográficas, multimedia,

Internet, etc. en la última página del trabajo bajo el epígrafe Bibliografía siguiendo

las siguientes normas de estilo: los títulos de las obras irán en cursiva, o subrayados

si el trabajo es manuscrito; las comillas se reservarán para los artículos; las

direcciones de las páginas web se consignarán de forma que lleven directamente al

documento consultado y se especificará el nombre del autor si se conoce. Los

registros deben ir ordenados alfabéticamente.

5. No se copiará literalmente la información de las fuentes consultadas, especialmente

la procedente de Internet. El/la alumno/a deberá expresarse de forma personal. En

caso de detectarse plagio, el trabajo será puntuado con un 0.

6. La extensión máxima y mínima del informe o trabajo será la que el/la profesor/a

indique.

7. Para que el trabajo se considere bien realizado debe estar completo, con buena

presentación y ortografía, bien organizado y con un desarrollo de los contenidos

acorde a lo que el/la profesor/a haya indicado. Y muy especialmente, tienen que ser

trabajos personales, fruto del esfuerzo y la reflexión del alumno/a.

8. A continuación se presenta un modelo orientativo que incluye portada, índice,

apartados numerados y bibliografía con ejemplos de citación.

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Nombre:

Curso y grupo:

Materia:

Título unidad:

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ÍNDICE

1. Apartado 1 3

2. Apartado 2 4

2.1. Subapartado 1 del apartado 2 4

2.2. Subapartado 2 del apartado 2 6

3. Apartado 3 7

4. Bibliografía 8

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1. Apartado 1

2. Apartado 2

2.1. Subapartado 1

2.2. Subapartado 2

3. Apartado 3

4. Bibliografía

Apellido(s), Nombre. Título libro o revista. Editorial, año de publicación.

Apellido(s), Nombre. “Título del artículo”. Título libro o revista, páginas. Año de publicación.

[Apellido(s), Nombre]. “Título de la página web”. http://www.paginaweb.com/direccion. Fecha de

consulta.

Título película. Director. Estudio, año. Formato.

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ANEXO II: PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE MATERIAS PENDIENTES DE 1º DE BACHILLERATO

PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE MATERIAS PENDIENTES

Alumno/a:

Materia:

Curso:

Profesor/a:

PLAN DE TRABAJO

(Incluyendo sesiones lectivas que se dedicarán, materiales a utilizar o especificando cuando se realizará la entrega

de materiales de trabajo en caso de ser diferentes a libro de texto)

FECHAS APROXIMADAS DE LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN

1ª evaluación

Entrega de actividades:

Fecha de examen:

Fecha de evaluación:

2ª evaluación

Entrega de actividades:

Fecha de examen:

Fecha de evaluación:

3ª evaluación

Entrega de actividades:

Fecha de examen:

Fecha de evaluación:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN

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----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Alumno/a: ________________________________________ del curso _______________________

recibí del profesor/a ___________________________________ el Programa de refuerzo de materias pendientes de

la materia ___________________________ del curso académico 20___ - 20___

En __________________, a _____ de _______________ de 20___

Firma del alumno Firma del padre, madre o tutor/a legal

Fdo.:________________________ Fdo.: ___________________________

CONTENIDOS

PRIMERA EVALUACIÓN SEGUNDA EVALUACIÓN TERCERA EVALUACIÓN

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ANEXO III: CONTINUIDAD ENTRE MATERIAS DE BACHILLERATO

1º de Bachillerato 2º de Bachillerato Lengua Castellana y Literatura I Lengua Castellana y Literatura II

Matemáticas I Matemáticas II

Primera Lengua Extranjera I Primera Lengua Extranjera II

Dibujo Técnico I Dibujo Técnico II

Latín I Latín II

Griego I Griego II

Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II

Segunda Lengua Extranjera I Segunda Lengua Extranjera II

Tecnología Industrial I Tecnología Industrial II

Tecnologías de las Información y de la Comunicación I Tecnologías de las Información y de la Comunicación II

Física y Química Física

Química

Biología y Geología Biología

Geología