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18/2015 2º llamado CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE CONFITERÍA, RESTAURANTE Y DE EVENTOS CULTURALES DEL MNBA Desde el día 18 y hasta el día 29 de Enero de 2016, en la Dirección Municipal de Determinación Tributaria – División Cementerio y Tasas Varias – Rivadavia 151 – Neuquén y Casa del Neuquén – Maipú 48 – C.A.B.A. Jueves, 4 de Febrero de 2016, a las 10:00 horas PESOS DIEZ MIL (10.000,00) Dirección de Compras y Contrataciones Av. Argentina y Roca, 1º Piso - Neuquén EXPEDIENTE O.E. 6881M2015

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Nº 18/2015 2º llamado

CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE CONFITERÍA, RESTAURANTE Y DE EVENTOS

CULTURALES DEL MNBA

Desde el día 18 y hasta el día 29 de Enero de 2016, en la Dirección Municipal de

Determinación Tributaria – División Cementerio y Tasas Varias – Rivadavia 151 –

Neuquén y Casa del Neuquén – Maipú 48 – C.A.B.A.

Jueves, 4 de Febrero de 2016, a las 10:00 horas

PESOS DIEZ MIL (10.000,00)

Dirección de Compras y Contrataciones

Av. Argentina y Roca, 1º Piso - Neuquén

EXPEDIENTE O.E. Nº 6881–M–2015

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LICITACION PÚBLICA Nº 18/2015 SEGUNDO LLAMADO Apertura: Jueves, 4 de Febrero de 2016 – Hora: 10:00

CLAUSULAS GENERALES Y PARTICULAES 1. OBJETO – ALCANCE – PLAZO - DEFINICIONES 1.1. Objeto y Alcance La Municipalidad de Neuquén llama a Licitación Pública para otorgar en concesión la explotación de la confitería, restaurante y de eventos culturales del Museo Nacional de Bellas Artes sede Neuquén, conforme las condiciones particulares y técnicas que se establecen en el presente pliego. Mientras dure el término de la concesión, el Concesionario será el único responsable de la explotación del comercio (Confitería y restaurante) y del mantenimiento y reposición de las instalaciones que conforman el área concesionada; quedando a su exclusiva responsabilidad que no podrá ceder, transferir, delegar ni endosar a terceros sin la autorización de la Autoridad de Aplicación. El Adjudicatario deberá prestar la actividad bajo las normas impartidas en este Pliego de Bases y Condiciones. La explotación comercial correrá por exclusiva cuenta y riesgo del Adjudicatario quien deberá afrontar todos los costos que ello implique, no encontrándose previsto por parte del Municipio la realización de aportes financieros de ningún tipo ni tampoco otorgar avales a favor del Adjudicatario. Los objetivos de esta licitación son:

1. Dar en concesión a una empresa especializada para la explotación de la confitería, restaurante y eventos culturales en el MNBA.

2. Adoptar para la prestación del servicio altos estándares de calidad, con el fin de lograr la satisfacción de los asistentes al Museo Nacional de Bellas Artes;

3. Contribuir al desarrollo turístico con un nivel de confort y atención al visitante acordes con nuestra Ciudad y Provincia; brindar zonas de recreación a nuestros ciudadanos.

4. Mantenimiento y reposición de los bienes que conforman la superficie entregada mediante concesión para la explotación comercial de la confitería y restaurante y eventos culturales en el Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Neuquen.

1.2. Plazo La concesión tendrá vigencia por el término de tres (3) años desde la suscripción del contrato respectivo y toma de posesión del espacio para ejercer la actividad comercial, con opción a dos (2) renovaciones por igual período, a pedido del concesionario, con noventa (90) días de antelación a la fecha de vencimiento del plazo. 1.3. Definiciones A los fines y efectos de esta Licitación serán aplicables las definiciones de los siguientes vocablos:

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Los siguientes términos utilizados en esta Licitación, tienen el significado que a continuación se indica: Acta de Iniciación de Servicios: Acto jurídico en virtud del cual el Adjudicatario se hace cargo materialmente de la Concesión de la explotación de la confitería, restaurante y eventos culturales y del efectivo inicio de los servicios, acto que deberá producirse simultáneamente con la firma del Contrato de Concesión, en el que se dejará constancia del inventario de bienes que se entregan al Concesionario. Adjudicación: El acto jurídico del Municipio por el que se adjudica la presente Licitación. Adjudicatario: El Oferente cuya propuesta haya sido adjudicada. Apoderado o Representante: Persona física designada por el Oferente con amplias facultades para considerar y resolver las cuestiones relativas a la Propuesta o al Contrato, con facultad para obligar al Oferente, Adjudicatario o Concesionario, acreditado mediante el instrumento público que certifique debidamente la representación. Autoridad de Aplicación: La Coordinación General del MNBA, dependiente de Intendencia, o el Ente que la reemplace en el futuro. Balance: el conjunto de estados contables que toda sociedad comercial debe confeccionar de acuerdo con la Ley de Sociedades Nº 19.550 por cada ejercicio comercial, aplicando las normas contables vigentes y contando con informe del auditor y de la sindicatura societaria de corresponder. A los fines de esta Licitación no se admitirán los Balances que tengan informe del auditor o de la sindicatura de tipo "adverso" o con "abstención de opinión". La Comisión tendrá la facultad de auditar por sí o a través de sus consultores técnicos cualquier cifra o aspecto de los Balances y proyecciones que presenten los Oferentes. Bienes Iniciales: Son todos los bienes que se detallan en el Anexo VI, al momento de la suscripción del Acta de Iniciación de Servicios por parte del Concesionario. Bienes Finales: Son todos los Bienes Iniciales más los bienes muebles e inmuebles que el Concesionario incorpore al servicio, más los repuestos y bienes de recambio que se hubieran incorporado en reemplazo de los bienes iniciales. Calificación de las Propuestas: Acto realizado por la Comisión de Preadjudicación en cumplimiento de sus atribuciones, mediante el cual se asigna un puntaje a cada Propuesta y se las enumera en un orden decreciente de puntaje en virtud de sus antecedentes y capacidad jurídica, económica y técnica incluida en el Sobre A, seleccionando a quienes cumplen con los requisitos mínimos exigidos en el presente Pliego para que la propuesta sea considerada admisible y pueden avanzar en el proceso de licitación con la apertura del Sobre B. Canon: El monto fijo ofrecido como contraprestación por el uso del espacio público. Circulares: Las notificaciones emitidas por el Municipio que signifiquen ampliación o aclaración de cualquier aspecto relacionado con la Licitación, por decisión propia o por consulta de alguno de los licitantes y oferentes. Comisión de Preadjudicación: La Comisión de Preadjudicación creada por el Ejecutivo Municipal para la evaluación de las propuestas y el ejercicio de las restantes atribuciones que se le asignen y las previstas en este Pliego. Concedente: Municipalidad de la Ciudad de Neuquén. Concesión: El conjunto de derechos y obligaciones del Concedente y del Concesionario, según lo previsto este Pliego. Concesionario: El Adjudicatario, una vez que suscriba con el Municipio el Contrato de Concesión a partir del cual será responsable por la prestación del mismo. Contrato de Concesión: Documento que formaliza el acuerdo de voluntades generador de obligaciones y derechos entre Concedente y Concesionario para la realización de la concesión y los documentos indicados en este pliego como integrantes del mismo, a suscribirse entre el Adjudicatario y el Concedente dentro de los quince (15) días hábiles de notificada la Adjudicación. Ejercicio cerrado y vencido: el ejercicio comercial según la fecha de cierre establecida en el estatuto social respecto del cual hubiera operado el vencimiento general para la presentación ante AFIP-DGI de

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la declaración jurada del impuesto a las ganancias a la fecha de presentación de la propuesta por el Oferente. MNBA: Museo Nacional de Bellas Artes de la Ciudad de Neuquén. Corresponde al inmueble de propiedad del Municipio ubicado en calles Mitre y Santa Cruz, en la Ciudad de Neuquén, Provincia de Neuquén. Inspección del servicio: Actividad técnico administrativa de supervisión y control de los servicios por parte de la Autoridad de Aplicación. Inspectores: Personas a las que la Autoridad de Aplicación les encomiende tareas de fiscalización y control de la explotación comercial objeto del presente Pliego. Licitante: Quien adquiere el Pliego de la presente Licitación. Municipio: Es el Órgano Ejecutivo de la Municipalidad de la ciudad de Neuquén. Plazos: Cuando en el presente Pliego se mencionan plazos en días, los mismos se entenderán como días hábiles administrativos para la administración pública de la Municipalidad de Neuquén, salvo que expresamente se indiquen como en días corridos. Cualquier notificación que se realice en día inhábil se considerará como realizada el día hábil inmediato siguiente. Pliego o Pliego de Bases y Condiciones: El conjunto de documentos, anexos y planos contenidos en el presente instrumento y las circulares que aclaren y/o modifiquen los mismos. Preadjudicación: Dictamen que determina los proponentes que se recomiendan para la adjudicación en virtud del puntaje asignado según la evaluación del Sobre B realizada por la Comisión de Preadjudicación. Preadjudicatario: El proponente cuya propuesta ha sido recomendada mediante dictamen de la Comisión de Preadjudicación en virtud del puntaje asignado según la evaluación del Sobre B. Oferente: La persona física o jurídica o conjunto de ellas que presente una Oferta en el marco de esta Licitación. Oferta: Declaración de voluntad unilateral e irrevocable efectuada por escrito por el Oferente en el procedimiento de esta Licitación. 2. BASES DEL LLAMADO 2.1. Adquisición del Pliego y Lugar de Consulta El Pliego de Bases y Condiciones se podrá adquirir en la Dirección Municipal de Gestión Tributaria, Sector Rentas Varias, sito en Rivadavia 153 piso 1º de la Ciudad de Neuquén – a partir del día Lunes 18 y hasta el día Jueves 29 de Enero de 2016, en el horario de 8:00 a 13:00 hs., y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en Casa del Neuquén, ubicada en calle Maipú 48, previo pago de pesos Diez Mil ($ 10.000).

Sin embargo, los pliegos se podrán adquirir con posterioridad a la fecha mencionada en el punto anterior, bajo estricta responsabilidad del adquirente sin derecho a efectuar consulta alguna. El Pliego podrá ser consultado por los interesados en la Dirección de Compras y Contrataciones del Palacio Municipal - Av. Argentina esq. Roca - 1º Piso - de la Ciudad de Neuquén – en el horario de 8:00 a 13:00 hs., y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en Casa del Neuquén – en el horario de 9:00 a 14:00 hs., ubicada en calle Maipú 48. Como así también en la página web de la Municipalidad de Neuquén: www.ciudaddeneuquen.gob.ar 2.2. Normativa aplicable a la Licitación Esta Licitación se regirá por el presente Pliego, sus Anexos, las Circulares y las demás normas del derecho municipal y provincial que le sean aplicables.

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La presente Licitación se regirá por la siguiente normativa, no implicando un orden de prelación:

1. El Pliego, Anexos y las Circulares emitidas. 2. La Ordenanza 1.728 de Procedimiento Administrativo 3. La carta Orgánica Municipal. 4. La Ordenanza Municipal 7838 y Decreto Municipal 425/14 5. Ley provincial 2141 y Decreto Provincial 2758/95 de aplicación supletoria y sus modificaciones. 6. Demás normas de Derecho Municipal y Provincial aplicables

El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a la totalidad de la legislación nacional, provincial y municipal de orden público vigente. 2.3. Aclaraciones al Pliego. Todo Licitante que hubiera adquirido el Pliego podrá solicitar por escrito al Municipio aclaraciones relacionadas con la interpretación del presente Pliego, hasta el día martes 2 de Febrero de 2016 a las 13 hs. Las mismas serán evacuadas hasta el día miércoles 3 de Febrero de 2016. Asimismo y hasta la misma fecha, la Municipalidad podrá realizar aclaraciones sin consulta.- Las aclaraciones y respuestas se llevarán a conocimiento de todos los adquirientes de los pliegos, pasando a formar parte de los mismos. 2.4. Reglas de Interpretación En caso de diferencia de redacción o contenido entre originales y copias de las presentaciones se juzgará como válido el material identificado como original, sin tomar en cuenta lo que conste en las copias. En caso que no se hubiera identificado un original o un único original, prevalecerá el ejemplar que defina como tal la Comisión. En caso de discrepancia entre importes expresados en número y letras, se juzgará como válido el importe en letras. Si cualquiera de los incisos o cláusulas del presente Pliego fuera declarado nulo o por cualquier motivo fuera inaplicable o ineficaz, su nulidad, inaplicabilidad o ineficacia no afectarán la validez de las restantes partes, incisos o cláusulas del Pliego, en tanto esa nulidad, inaplicabilidad o ineficacia no alteren su esencia o coherencia. Toda declaración o presentación efectuada por los Oferentes en la Licitación revestirá el carácter de Declaración Jurada. En consecuencia, toda falsedad o reticencia que se detecte en el período licitatorio será motivo de descalificación de la Oferta en forma automática. La Comisión se reserva la facultad de requerir la subsanación de errores evidentes u omisiones formales que pudiera contener la documentación presentada por el Oferente, así como la de solicitar información y/o documentación aclaratoria que considere necesaria, siempre que ello no altere las ofertas o complete omisiones sustanciales en que se hubiera incurrido en las mismas. 2.5. Autoridad de Aplicación: El Municipio determina que la Coordinación General del Museo Nacional de Bellas Artes dependiente de Intendencia, quien ejercerá las facultades de control, fiscalización, supervisión y auditoria en la operación del servicio, las instalaciones y bienes afectados a la locación como así también la realización de auditorias contables pertinentes .

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El Ejecutivo Municipal podrá cambiar en el futuro la precitada asignación de responsabilidad y asignarla a otra dependencia municipal, procediendo a notificar de tal circunstancia al Adjudicatario. 2.6. Efectos de la presentación de oferta: La presentación de la Oferta implica, sin que se admita prueba en contrario:

• El conocimiento y la aceptación de todas las condiciones, reglas, obligaciones y requisitos emergentes de la Licitación, establecidos en el Pliego respectivo y demás documentación licitatoria y del régimen jurídico imperativo a que queda sujeta la contratación.

• Su invariabilidad por el resto del proceso licitatorio.

• El conocimiento del Oferente del inmueble y equipamiento a suministrar, administrar y

mantener y de la actividad a ejercer.

• Que el Oferente se ha informado, ha visitado y recorrido las instalaciones habiendo valorado todas las alternativas que le permita presentar la Oferta más razonable para realizar la explotación en forma satisfactoria y eficiente.

3. OFERENTES 3.1. Condiciones para ser Oferentes Podrán ser Oferentes en esta Licitación las personas físicas o jurídicas, con plena capacidad jurídica a los efectos de esta Licitación que, habiendo adquirido el Pliego, reúnan las condiciones requeridas y se sometan a sus reglas. Los Oferentes podrán presentarse en forma individual o asociada. Se permitirá – pero no se exigirá en esta instancia – la constitución de una sociedad de objeto específico o una unión transitoria de empresas (UTE) para la explotación de la confitería. En este supuesto el plazo de duración de la UTE o sociedad a crearse no podrá ser inferior al plazo de la Concesión más la eventual extensión prevista en el segundo párrafo del punto 1.2. del presente. Pero sí, el proyecto de la misma para que el Municipio conozca las pautas que regirán en caso de resultar adjudicatario y pueda así presentar las objeciones que considere pertinente. Podrán ser Oferentes sociedades comerciales preexistentes por sí mismas pero no uniones transitorias de empresas preexistentes constituidas con otro fin. Sólo se admitirá una sola Oferta por Oferente y un Oferente no podrá participar directa ni indirectamente en más de una Oferta. Si una Oferta fuera presentada por dos (2) o más sociedades comerciales, éstas deberán unificar la personería otorgando al efecto poder especial al/los Representantes comunes con facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los Co -Oferentes en el trámite licitatorio y con validez a los efectos de la Adjudicación y suscripción del contrato. Cada uno de los Co-Oferentes queda obligado ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la oferta y la adjudicación, hasta la firma del contrato.

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Cualquier circunstancia que en el trámite de la presentación, de la licitación o en el curso de la ejecución de la concesión pudiera afectar a alguna de las empresas integradas en UTE, podrá ser considerada por el Municipio como extensiva a todo el grupo, a los fines de la aplicación de las cláusulas y disposiciones que rigen la contratación. El o los Adjudicatarios y las personas físicas o jurídicas que lo integren como partícipes, socios o accionistas serán responsables solidaria e ilimitadamente con el Adjudicatario por todas las obligaciones emergentes del contrato, por el plazo de duración del mismo, así como de cualquier daño infligido a terceros con motivo o en ocasión de la prestación y explotación de servicio concesionado. En el caso de que alguna de las sociedades que componen una UTE que fuera el Adjudicatario no pudiera cumplir con las obligaciones derivadas de esta responsabilidad, las restantes sociedades integrantes de dicha UTE asumen la responsabilidad no cubierta en forma ilimitada y solidaria. Los Estatutos del Adjudicatario deberán prever la obligación de no modificar durante todo el plazo de vigencia del contrato y su extensión más DOS (2) años, la cláusula que establece que no pueden variar los porcentajes de participación en el Capital Social sin contar con la autorización previa y expresa de la Municipalidad de Neuquén. Queda expresamente prohibida la transferencia de acciones que implique el reemplazo del Operador o la reducción de su participación mínima establecida, o cualquier otra modificación de la que resulte una variación en la atribución del control total y responsabilidad del operador en los aspectos técnicos operativos de los servicios, sin autorización expresa de la Municipalidad. La trasgresión a esta prohibición será causal automática de rescisión del contrato por causa imputable al concesionario. 3.2. Capacidad económico-financiera mínima y antecedentes comerciales exigidos a los Oferentes 3.2.1. Capacidad económico-financiera mínima Los Oferentes deberán acreditar en forma concurrente:

1. Una cifra de Ventas Netas mínima anual de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000), de acuerdo con el Balance del último ejercicio comercial cerrado y vencido.

2. Un Patrimonio Neto Mínimo de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000)

Para el cálculo de la capacidad económico – financiera mínima, se tomara el último balance cerrado. Las ofertas que no cumplan con estos requisitos en forma concurrente, serán consideradas como no admisibles. En caso que varias sociedades se presenten en UTE, se sumarán las cifras que acrediten cada una de ellas ponderándolas según su porcentaje de participación en el capital establecido en el compromiso de constitución de la UTE. 3.2.2. Antecedentes comerciales Los Oferentes para la explotación del servicio concesionado deberán acreditar de manera fehaciente antecedentes en la explotación de confiterías, restaurants, bares y/o actividades afines en la región de una superficie no menor a 50 metros cuadrados, durante un plazo superior a dos (2) años. Las ofertas que no cumplan con este requisito, serán consideradas como no admisibles.

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Se tendrá en cuenta a los efectos de la admisibilidad del oferente, el curriculum vitae del cheff o persona a cargo de la cocina. Además deberán informar con carácter de declaración jurada la existencia de reclamo, sumario, juicio, siniestro, rescisión contractual, multa, sanción, o cualquier otro tipo de antecedente negativo en el ejercicio de la actividad que se encuentre realizando o hubiera prestado en el pasado. En caso de que se presenten varias sociedades en conjunto, con la acreditación de antecedentes de al menos una de las sociedades es suficiente para dar cumplimiento a este punto. La admisibilidad es una conducta discrecional y definitiva de la Comisión de Preadjudicación y no está sujeta a recurso alguno, salvo respecto de violación a las formalidades del Acto o eventual violación al principio de igualdad de los participantes. 3.2.3. Propuesta de Explotación Los Oferentes deberán realizar una propuesta de explotación 3.3. Domicilio especial. Jurisdicción. Reclamación previa. Los Oferentes deberán constituir domicilio especial en la Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, para todos los efectos de la presente Licitación. Asimismo y en igual ocasión, deberán denunciar un número de teléfono donde reciban FAX y una dirección de correo electrónico habilitada a tal fin. Todas las cuestiones que se susciten en relación a la presente licitación y del contrato que como consecuencia de la misma se suscriba deberán debatirse ante los Tribunales del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, Primera Circunscripción, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles, inclusive el Fuero Federal. En forma previa a la promoción de cualquier demanda judicial, el Adjudicatario estará obligado a formular Reclamo Administrativo ante la Municipalidad tendiente a obtener el pronunciamiento del Órgano Ejecutivo, en los términos de la Ordenanza 1728. A todos los efectos del contrato se considerará como domicilio del Adjudicatario el fijado en la propuesta, que deberá situarse en la ciudad de Neuquén, bajo pena de inadmisibilidad. La Municipalidad de Neuquén fija su domicilio en Avenida Argentina y Roca de la ciudad de Neuquén, Teléfono: (0299) 4491200 interno 4156/4192/4104 y FAX: (0299) 4491200 interno 4118. Correo Electrónico: [email protected], [email protected] y [email protected] 3.4. Identificación Las sociedades Oferentes deberán adjuntar con sus ofertas la composición accionaria (nombre o razón social, domicilio, CUIT y porcentaje de capital y de los votos totales de cada accionista) las nóminas de los integrantes de sus directorios u órganos de dirección y administración y de fiscalización, mediante certificación contable (composición accionaria) y notarial (órganos de administración y fiscalización), con legalización de firmas por los respectivos consejos profesionales. Para las acciones que coticen en mercados bursátiles no se requerirá la información del nombre o razón social, domicilio, CUIT y porcentaje de capital y de los votos totales de cada accionista. 3.5. Representación

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La presentación de ofertas deberá ser efectuada por el representante legal del Oferente o por medio de apoderado, que firmará e insertará sello aclaratorio en todas las fojas de la oferta y documentación presentada. En todos los casos, el representante o apoderado deberá acreditar su personería mediante:

1. Testimonio notarial del contrato y estatuto social en vigencia, con la constancia de su debida inscripción y las modificaciones correspondientes.

2. Certificación notarial actualizada que acredite la integración del directorio u órgano de dirección

y administración y la distribución de cargos, así como de la autorización al representante legal para la presentación de la oferta por sí o mediante apoderado.

3. Si el Oferente actuara a través de apoderado, éste deberá acreditar su calidad de tal con el

testimonio de la escritura pública del poder, debidamente legalizada, sin que pueda acreditarse tal calidad por otros medios.

Si dos o más sociedades decidieran presentarse a la Licitación integrando una Unión Transitoria de Empresas (UTE), deberán agregar, además de la documentación exigida de cada una de las empresas integrantes, testimonio notarial o instrumento privado, certificado y legalizado del contrato de constitución de la Unión Transitoria de Empresas, no siendo necesario el cumplimiento del requisito registral mientras no se produjera la adjudicación definitiva de la Licitación y siendo luego exigible sólo respecto de las sociedades adjudicatarias. 3.6. Inhabilidades e incompatibilidades para participar en la Licitación No podrán ser Oferentes de esta Licitación: 1. Aquellas personas jurídicas inhabilitadas para contratar con el Estado Nacional, Provincial o

Municipal. 2. Las sociedades comerciales en concurso preventivo o quiebra

3. Las sociedades integradas directa o indirectamente, total o parcialmente por agentes de la

Administración Pública Municipal. 4. Los que a la fecha de la apertura de las ofertas se encuentren suspendidos o inhabilitados en el

Registro de Proveedores de la Municipalidad de Neuquén. 5. Los que mantengan a la fecha de presentación de las ofertas cualquier tipo de litigio, juicio, causa,

reclamo (inclusive de naturaleza tributaria), etc. en cualquier sede, etapa o instancia, ya sea como actor, demandado, apelante, etc. con el Municipio. Quienes estuvieran en alguna de estas situaciones deberán desistir y allanarse de manera incondicional a la acción y al derecho con anterioridad a la adjudicación.

6. Las personas mencionadas según lo dispuesto en el Art. 84º) del Anexo 1 del decreto Nº 425/2014. Todas estas causales de inhabilitación se extienden a las personas físicas, jurídicas que las integren en su capital, sus órganos de administración y fiscalización.

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4. RECEPCION DE LAS OFERTAS Las ofertas se recibirán hasta el día Jueves 4 de Febrero de 2016 a las 10 horas, en la Dirección de Compras y Contrataciones, 1º Piso del Palacio Municipal, calle Avda. Argentina y Roca de la Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, República Argentina. 5. CONTENIDO DE LAS OFERTAS 5.1. Aspectos formales de la presentación de las Ofertas Los Oferentes deberán presentar sus ofertas en un único sobre o paquete (en adelante denominado “Sobre de Oferta”) con el siguiente rótulo exterior:

MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN

Licitación Pública Nº 18/2015 SEGUNDO LLAMADO.-

Concesión de la Explotación de Confitería, Restaurante y de Eventos Culturales del Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Neuquén Apertura: 04/02/2016 a las 10:00 hs en la Dirección de Compras y Contrataciones, 1º Piso del Palacio Municipal, calle Avda. Argentina y Roca de la Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, República Argentina. El rótulo exterior no podrá contener ninguna referencia que identifique al Oferente. El Sobre de Oferta contendrá en su interior únicamente lo siguiente:

� Sobre “A”- DOCUMENTACION RESPALDATORIA Licitación Pública 18/2015 segundo llamado Concesión de la Explotación de Confitería, Restaurante y de Eventos Culturales del Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Neuquén – Expte. OE- 6881-M-15 Oferente: … � Sobre “B” –OFERTA ECONÓMICA Licitación Pública 18/2015 segundo llamado Concesión de la Explotación de Confitería, Restaurante y de Eventos Culturales del Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Neuquén - Expte. OE- 6881-M-15 Oferente: …

5.1.1. Contenido del Sobre “A” Todos los documentos que se incluyan en el Sobre “A” en todas y cada una de sus hojas deberán estar foliados Y firmados por el Representante con firma hológrafa y con su sello aclaratorio, quien dejará

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salvadas con su firma y sello toda enmienda, interlineado o raspadura que contuvieran los documentos incluidos. El Sobre “A” deberá contener: Original y copia de la documentación que se detalla a continuación:

1. El Formulario de Presentación del Oferente, cuyo modelo se incluye en el Anexo I de este Pliego, debidamente completado firmado y sellado por el Representante, y su firma certificada por Escribano y legalizada por el Colegio de Escribanos.

2. Recibo Oficial de adquisición del Pliego de Bases y Condiciones.

3. Pliego y de las Circulares emitidas debidamente firmadas en todas sus fojas, foliado y sellado

por el Representante, y su firma certificada ante escribano público y legalizada ante el Colegio de Escribanos, como prueba de conformidad y aceptación de las condiciones que rigen el presente proceso licitatorio.

4. Garantía de mantenimiento de oferta por todo el periodo de duración del procedimiento del

llamado a licitación de acuerdo a una de las modalidades establecidas en el apartado 7.2. del presente Pliego por la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00).-

5. Copia autenticada ante Escribano y legalizada del Contrato Social y Estatutos actualizados y

constancia de inscripción ante la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio y modificaciones correspondientes.

6. Documentación sobre la integración societaria solicitada en el apartado 3.4. precedente.

7. Documentos que acreditan la personería del Representante de acuerdo a lo establecido en el

apartado 3.5. precedente.

8. Proyecto de Acta Constitutiva y Estatutos de la sociedad comercial que los Oferentes proyectan crear, si así lo desean, para la prestación del servicio concesionado.

9. Contrato de Unión Transitoria de Empresas (UTE), si ésta fuera la forma jurídica elegida por los

Oferentes, con unificación de la representación, compromiso explícito de responsabilidad solidaria e ilimitada entre los partícipes, además de los restantes requisitos establecidos por la Ley 19.550. Deberá además agregarse copia certificada del acta del órgano de dirección y administración de cada integrante de la UTE en la que conste la autorización especial conferida para suscribir el precitado contrato de UTE. No se exigirá el cumplimiento del requisito registral mientras no se produjera la adjudicación definitiva de la Licitación.

10. Los antecedentes exigidos de acuerdo con el apartado 3.2.2. precedente, lo que deberá

acreditarse en forma fehaciente mediante documentación que deberá incluirse en la Oferta. Este requisito de documentar los antecedentes no podrá suplirse indicando simplemente las referencias o delegando en el Municipio la colección de las mismas, sin perjuicio del derecho que le asiste de realizar cuantas comprobaciones considere necesario.

11. Constancia de inscripción ante AFIP-DGI y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

(contribuyente puro o de convenio multilateral).

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12. Certificado de cumplimiento fiscal municipal vigente, o la solicitud del mismo. En caso de no ser

contribuyente de la Municipalidad de Neuquen presentar una certificación de la Dirección Municipal de Gestión Tributaria que acredite dicha condición. Previo a la adjudicación definitiva se deberá presentar con carácter obligatorio el Certificado de Cumplimiento Fiscal municipal y/o la mencionada certificación. También se debe presentar el Certificado de inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Neuquen y licencia comercial vigente.

13. Balance del último ejercicio comercial cerrado y vencido a la fecha de presentación de la

Oferta.

14. La Propuesta del Oferente de Explotación del servicio, de acuerdo con las pautas y requisitos del Anexo II del presente Pliego con todas las planillas complementarias.

15. Toda otra documentación o información que el Oferente considere pertinente para la

evaluación de sus antecedentes, capacidad económico-financiera, capacidad de trabajo y de la propuesta de ejecución de la explotación.

El sobre A no podrá contener ninguna planilla, ni hacer referencia alguna a la cotización incluida en el sobre B. 5.1.2. Contenido del Sobre “B” El Sobre “B” contendrá: Original y copia de:

• Formulario de Cotización, según modelo del Anexo IV del presente Pliego El oferente deberá cotizar un monto fijo en concepto de canon, el cual abonará mensualmente y no podrá ser inferior a Pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500,00). Dicho canon se ajustará anualmente a partir de la fecha de la firma del Contrato de Concesión, aplicando la variación del Índice de Precios al Consumidor emitido por la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos de la Provincia de Neuquén. A tal efecto, la Autoridad de Aplicación determinará el nuevo canon, y notificará en forma fehaciente al concesionario mediante el Libro de Observaciones.

Deberá expresar el monto ofrecido en letras y números. Cuando existiera discordancia entre ambas, sólo se tendrá en cuenta el valor expresado en letras.

5.2. Desestimación de las Ofertas 5.2.1. Sobre A “Documentación Respaldatoria” En el acto de apertura de las Ofertas no se desestimará ninguna de ellas. Con posterioridad en el proceso las únicas causas por las que el Municipio podrá desestimarlas son:

1. Por toda enmienda o raspadura no salvada al pie de la página y debidamente firmada y sellada por el Representante.

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2. Por apartarse de las disposiciones, condiciones y requisitos que rigen el presente trámite licitatorio.

3. Por que el Sobre “A” incluyera información o documentación correspondiente al Sobre “B”.

4. Porque se compruebe que una misma persona física o jurídica aparece en forma directa o

indirecta en dos (2) o más ofertas, o que existen acuerdos entre dos (2) o más oferentes. Quienes incurran en alguna de estas situaciones perderán la garantía de oferta y serán pasibles de las sanciones que correspondan.

5. Porque se aparten del Pliego o sean condicionales, formulen reservas o contengan omisiones

que impidan su comparación con las restantes.

6. Porque requieran garantías y/o aportes financieros estatales.

7. Garantía insuficiente que no sea subsanada antes de la adjudicación definitiva. El concepto de garantía insuficiente es solamente aplicable al monto y no a la forma de constitución de la misma.

8. Falta de la documentación solicitada en el Artículo 5.1.1 del presente Pliego General y que no

fuera presentada en su oportunidad como así también, toda otra documentación solicitada posteriormente por la Comisión de preadjudicación y que transcurrido el plazo otorgado el oferente no la hubiera presentado o lo hiciera en forma incompleta y/o insuficiente.

9. Porque no obtengan como mínimo 75 (setenta y cinco) puntos en la calificación del Sobre “A”.

10. Falta de garantía de la oferta en los términos establecidos en el presente pliego.

11. Falta de firma del o los proponentes en la totalidad de la documentación y pliegos.

12. Las personas que se encuentren incursas en alguna de las causales indicadas en el Artículo 3.6

13. Los balances presentados por sociedades que tengan informe del Auditor o de la sindicatura de tipo “adverso” o con “abstención de opinión”.

14. Por la falta de presentación del Certificado de Cumplimiento Fiscal Municipal o el Certificado de

Proveedor Municipal, de acuerdo a lo solicitado en el punto 5.1.1 sobre “A” inc. 12. Los defectos, carencias formales o errores evidentes, cuya corrección posterior no altere el contenido de la oferta o el tratamiento igualitario de los Oferentes, ocasionarán la desestimación de la oferta si no son satisfactoriamente subsanados mediante presentación por escrito del interesado previo a la adjudicación definitiva. La admisión inicial de una Oferta no será obstáculo para su posterior rechazo si se constataran luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos esenciales contenidos en el Pliego. El Municipio se reserva el derecho de rechazar las Ofertas sin que por ello de derecho alguno a favor de los Oferentes cuyas ofertas se rechazan. 5.2.2. Sobre “B” Oferta Económica.

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Las únicas causas por las que se podrá desestimar serán: a) Falta de firma del o los proponentes en la planilla de ofertas.- b) Toda enmienda o raspadura que no esté debidamente salvadas por el oferente.- c) Por apartarse de lo estipulado en las cláusulas Generales y Particulares que rigen el presente acto

licitatorio. 6. ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS Y PROCEDIMIENTO POSTERIOR 6.1. Apertura de las Ofertas El acto de apertura se llevará a cabo el día Jueves 4 de Febrero de 2016 a las 10:00 horas en la Dirección de Compras y Contrataciones, 1º Piso del Palacio Municipal, calle Avda. Argentina y Roca de la Ciudad de Neuquén. Los funcionarios que tengan a su cargo el Acto de Apertura procederán a abrir los sobres en el orden de recepción de los mismos. Por cada oferente se depositará el SOBRE “B” en una urna preparada al efecto, procediéndose a la apertura del SOBRE “A”, labrándose un acta donde se dejará constancia del número de recibo de adquisición del pliego, tipo de garantía de oferta, cantidad de fojas del original según foliatura del oferente y toda otra documentación de importancia. Luego de abierto el SOBRE “A”, se dará vista a todos los oferentes de la documentación presentada, pudiendo los oferentes realizar las observaciones que creyeren procedentes. Las observaciones deberán ser claras y concisas y solamente podrán estar referidas al acta de apertura, cuando se considere que los datos estipulados no se encuentren transcriptos convenientemente.- A continuación se procederá a cerrar y sellar la urna donde se depositaron todos los SOBRE “B”, invitándose a los presentes firmar la faja de seguridad que se le coloque y donde conste número de licitación, fecha y hora de apertura, guardándose hasta la fecha que se determine para la apertura del SOBRE “B”. Dejándose constancia de todo lo actuado en el acta, esta será leída y suscrita por los funcionarios actuantes y los oferentes asistentes.- 6.2. Vista e impugnaciones de la documentación del sobre “A”: Los oferentes podrán tomar vista de todos los sobres “A”, y presentar las observaciones e impugnaciones a cualquiera de las demás propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de apertura. A tal efecto el duplicado del SOBRE “A” de todas las ofertas, quedará a disposición de los oferentes por tal período en la Dirección de Compras y Contrataciones. En todos los casos los oferentes que pretendan impugnar las ofertas, deberán depositar en la Tesorería Municipal, sita en la Planta Baja del Palacio Municipal, la suma de pesos Cinco Mil ($ 5.000) por cada escrito de impugnación (uno por cada empresa a impugnar) en concepto de “GARANTIA DE IMPUGNACION” que solo le será devuelto si la impugnación le es favorable, en caso contrario dicha suma se imputará a Rentas Generales de la Municipalidad de Neuquén.- 6.3. Evaluación del sobre “A”:

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Finalizado el plazo establecido anteriormente, la documentación se girará a la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 88/2014 de la Secretaría de Economía y Hacienda, quien se abocará a su estudio.- En los casos que consideren pertinente la Comisión de Preadjudicación podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información ampliatoria a la documentación presentada en su oferta, como así también, exigirles el cumplimiento de algún requisito no esencial, lo que deberá ser evacuado dentro de los dos (2) días corridos a su notificación. Vencido dicho plazo y el oferente no cumpliera con lo solicitado o lo hiciera en forma incompleta la Comisión de Preadjudicación podrá sugerir rechazar la propuesta. Toda información requerida a los oferentes será presentada por éste con carácter de declaración jurada. La Municipalidad podrá disponer en cualquier tiempo la realización de inspecciones y auditorias con el objeto de confirmar su veracidad. Toda falsedad comprobada descalificará al oferente en cuestión, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la falta cometida. Las aclaraciones que se presenten no podrán variar el contenido de la propuesta. La Comisión considerará aptos para proseguir el proceso licitatorio a aquellos oferentes cuya documentación acredite suficiente capacidad económico- financiera y antecedentes comerciales para desarrollar los servicios licitados. La Comisión de Preadjudicación estudiará todas las ofertas emitiendo un informe de lo actuado debidamente fundado, expidiéndose formalmente sobre las impugnaciones si las hubiera y sobre la admisibilidad o rechazo de cada una de las propuestas presentadas, calificando las ofertas que continúan el proceso licitatorio otorgando a su exclusivo criterio un puntaje a cada ítem de acuerdo con el esquema previsto en el Anexo III del presente Pliego. El Dictamen de la Comisión de preadjudicación no obliga al Órgano Ejecutivo, ni crean derecho alguno a favor del oferente al que se le ha declarado la admisibilidad de su propuesta en esa instancia.- 6.4. Resolución de admisibilidad, calificación y/o rechazo de ofertas: Con lo actuado hasta ese momento, el Secretario de Economía y Hacienda, dictará una Resolución por la que se expedirá formalmente sobre las impugnaciones si las hubiera y declarará la admisibilidad o rechazo de cada una de las propuestas presentadas, otorgando el puntaje pertinente en caso de corresponder, fijando además, la fecha y hora de apertura del SOBRE “B”. La Dirección de Compras y Contrataciones, notificará a la totalidad de los oferentes del contenido de la Resolución sobre la admisibilidad o rechazo las propuestas y la fecha y hora de la apertura del SOBRE “B”.- Aquellos oferentes que se consideren incorrectamente excluidos quedarán facultados para interponer recurso administrativo de la medida adoptada dentro de un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación. No podrá ser recurrida la decisión adoptada respecto a la admisibilidad de otros oferentes.- El Órgano Ejecutivo Municipal resolverá si acepta el recurso administrativo de aquel oferente no admitido. En tal caso, declarará admisible la oferta o rechazará dicho recurso ordenando la devolución del SOBRE “B” a partir de la apertura de los sobres con la propuesta económica.- 6.5. Apertura del sobre “B”

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El día y hora estipulado, se abrirán los SOBRES “B”. En ese acto se informará sobre la Resolución de admisibilidad y/o rechazo de las propuestas, como así también de las ofertas que han presentado recurso administrativo de admisibilidad y su resultado. Acto seguido se abrirá la urna previamente haber constatado la inalterabilidad de la faja de seguridad firmada por los oferentes en su oportunidad y se procederá a abrir el SOBRE “B” a todas las propuestas aceptadas devolviéndose dicho sobre sin abrir a los oferentes cuyas propuestas no resultaron admisibles. En caso que estos últimos oferentes no se encontraran presentes, los sobres se depositarán nuevamente en la urna por el término de treinta (30) días corridos, quedando a disposición de los mismos. Cumplido dicho plazo se procederá a la destrucción de dichos sobres sin verificar su contenido, labrándose un acta para su constancia.- En el acta de apertura del SOBRE “B” se consignará el número de sobre asignado durante la apertura del SOBRE “A”, nombre del oferente, monto de la propuesta y cantidad de fojas incluidas en el sobre.- Luego de abierto el SOBRE “B”, se dará vista a todos los oferentes de la documentación presentada, pudiendo los oferentes realizar las observaciones que creyeren procedentes. Las observaciones deberán ser claras y concisas y solamente podrán estar referidas al acta de apertura, cuando se considere que los datos estipulados no se encuentren transcriptos convenientemente.- Dejándose constancia de todo lo actuado en el acta, esta será leída y suscrita por los funcionarios actuantes y los oferentes asistentes.- 6.6. Vista e impugnaciones de la documentación del sobre “B”: Todos los oferentes cuyas ofertas hubieran sido declaradas admisibles podrán impugnar a cualquiera de las demás propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de apertura del sobre “B”. A tal efecto el duplicado del SOBRE “B” de todas las ofertas, quedará a disposición de los oferentes por tal período en la Dirección de Compras y Contrataciones.- En caso de que el Oferente presente una impugnación respecto de la calificación, deberá cumplimentar el depósito de una Garantía de Impugnación, conforme lo estipulado en el Artículo 6.2.2 del Pliego, que solo le será devuelto si la impugnación le es favorable, en caso contrario dicha suma se imputará a Rentas Generales de la Municipalidad de Neuquén.- 6.7. Evaluación del sobre “B”: Finalizado el plazo establecido anteriormente, la documentación se girará nuevamente a la Comisión de Preadjudicación, la cual en los casos que considere pertinente, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información ampliatoria, que deberán ser evacuadas dentro de los tres (3) días corridos contados a partir del día siguiente a su notificación. Vencido dicho plazo y el oferente no cumpliera con lo solicitado o lo hiciera en forma incompleta, podrá sugerir rechazar la propuesta. La Comisión de Preadjudicación estudiará todas las ofertas emitiendo un informe de lo actuado debidamente fundado, expidiéndose formalmente sobre las impugnaciones si las hubiera y preadjudicando la oferta más conveniente a exclusivo juicio del Municipio. El Dictámen de la Comisión de preadjudicación no obliga al Órgano Ejecutivo, ni crean derecho alguno a favor del oferente al que se le ha declarado la admisibilidad de su propuesta en esa instancia.-

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La concurrencia o preselección de un solo oferente, no será obstáculo para la prosecución del trámite de licitación, si a juicio de la Municipalidad el mismo reúne las condiciones requeridas para la admisión de la propuesta. La adjudicación de los servicios se realizará en forma global por la totalidad de los servicios licitados, a un solo oferente. 6.8. Resolución de adjudicación Con lo actuado hasta ese momento, la Secretaría de Economía y Hacienda, dictará una Resolución por la que adjudicará a la oferta más conveniente a los intereses municipales o declarará desierto el proceso licitatorio.- La Dirección de Compras y Contrataciones, notificará a la totalidad de los oferentes del contenido de la Resolución. 6.9. Mantenimiento de las ofertas El mantenimiento de las ofertas será como mínimo de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha de apertura del sobre “A”. El Municipio se reserva el derecho de solicitar ampliación del plazo de mantenimiento de las ofertas. 6.10. Integración de la garantía En el término de los cinco (5) días hábiles de notificada la adjudicación, el Adjudicatario deberá integrar la garantía de ejecución del contrato, por una suma de Pesos CIEN MIL ($ 100.000) la que deberá constituirse únicamente en algunas de las formas previstas en el punto 7.2 del presente pliego. El adjudicatario podrá, en forma anual a partir de la vigencia del contrato, adecuar el monto total de la garantía en función del tiempo contractual que resta ejecutar. 7. CONTRATO 7.1. Firma del contrato El Contrato deberá suscribirse dentro de los quince (15) días corridos de notificada la adjudicación debiendo previamente integrar la garantía de ejecución del contrato a satisfacción del Municipio. Simultáneamente con la firma del mismo el Adjudicatario adquirirá la tenencia efectiva del espacio para la explotación comercial dentro del Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Neuquén. 7.2. Forma de constitución de la garantía de contrato La garantía podrá constituirse de cualquiera de las siguientes formas:

a) Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, en Planta Baja del Palacio Municipal sito en Avenida Argentina N° 308 de la Ciudad de Neuquén. En tal caso, deberá adjuntar la boleta de depósito ORIGINAL pertinente, en la que deberá constar el nombre del Oferente y la Licitación a que pertenece la garantía. El depósito así constituido no devengará interés alguno.

b) Fianza bancaria otorgada por entidad radicada en el país, constituyéndose en fiador solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 1583 del Código Civil y Comercial. No deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la ley y al contrato motivo de la misma, aun cuando

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no fueran pagados por el tomador los valores que demanden su costo. En tal caso, la documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser una certificación emitida por el banco involucrado con constancia de su domicilio y firma autorizada acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un Escribano Público. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los diez (10) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura de propuestas. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Avenida Argentina Nº 308 de la Ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre.

c) Seguro de Caución, mediante póliza aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con los anexos, condiciones generales y particulares y suplementos, respondiendo íntegramente a las disposiciones del Decreto Nacional N° 411/69, o con el texto ordenado según el mismo. Deberá contener expresa constancia que el asegurador se constituye en fiador solidario, liso, llano y principal pagador de la garantía prevista, con renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 1583 del Código Civil y Comercial, sin restricciones ni salvedades. Solo se admitirá póliza que contemple la cláusula de reajuste que para las pólizas de seguro de caución fuera aprobada por la Resolución General N° 17047/82 de la Superintendencia de Seguros de la Nación. El asegurador deberá, a los fines que hubiere lugar, fijar domicilio en la ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre. En tal caso, la documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser la póliza de seguro de caución en garantía ORIGINAL conteniendo los requisitos antes citados. Todos los documentos integrantes de la póliza deberán estar firmados por el mismo autorizante. Tal firma deberá ser acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un Escribano Público. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Avenida Argentina Nº 308 de la Ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre.

d) Cheques certificados contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice la Licitación, o giro postal o bancario.

7.3. De la iniciación del servicio El Adjudicatario deberá iniciar la prestación de la explotación comercial adjudicada dentro de un plazo no mayor a treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de la firma del contrato. La Autoridad de Aplicación certificará el cumplimiento de todas las condiciones necesarias para el inicio de los servicios y labrará un acta de inicio. Cuando el Adjudicatario sin causa justificada, no diere inicio a la ejecución de todos los servicios adjudicados dentro del plazo mencionado anteriormente, la Municipalidad podrá rescindir el contrato sin más trámite, aplicándosele las penalidades establecidas en el Artículo 7.7 del presente Pliego. 7.4. Forma de cobro El canon consistirá en el pago de la obligación del oferente de dar una suma de dinero fija, el mismo deberá ser integrado en forma mensual a mes vencido dentro de los primeros diez (10) días, a favor de la Municipalidad. Vencido el plazo de pago del canon y no habiendo el concesionario pagado el mismo, la Autoridad de Aplicación lo intimará al pago en forma fehaciente. Paralelamente, vencido el plazo por cada día de demora en el pago, la Autoridad de Aplicación fijará el valor de una multa, por cada día de retraso, cuyo monto diario no podrá exceder del cinco por mil (0,5%) del valor del canon impago. Pasados tres

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meses sin cobrar la retribución, la autoridad de Aplicación podrá considerar el hecho como gravísimo al efecto de las penalidades correspondientes. 7.5. Responsabilidad por daños y perjuicios

a) El Adjudicatario será responsable en todos los casos por los daños y perjuicios ocasionados por sus agentes y bienes a las personas o cosas con motivo de la prestación de los servicios, quedando entendido que en tales circunstancias no tendrá derecho para efectuar reclamación alguna a la Municipalidad.

b) En el caso que algún reclamo o demanda por daños ocasionados por el personal o los bienes del Adjudicatario, se dirigiera contra la Municipalidad y prosperara, el Adjudicatario se obliga a restituir a ésta todos los gastos y costos a que diera lugar, pudiendo hacerse efectivo de los créditos a su favor y/ o garantía de Contrato. En este último caso, el Adjudicatario deberá reponer su garantía dentro de los 5 (cinco) días de notificado, bajo apercibimiento de rescisión de contrato o mediante cualquier otra acción o forma que la Municipalidad juzgue conveniente.

7.6. Comunicación entre las partes

a) Escritas: Las Comunicaciones de cualquier índole que sea necesario efectuar entre el Municipio y el Adjudicatario serán por escrito a través de “ORDENES DE SERVICIO” y “NOTAS DE PEDIDO” respectivamente, cada una de las partes se compromete a responder a las mismas dentro de un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas.

b) Reuniones de trabajo: A solicitud de algunas de las partes, se realizarán reuniones de trabajo a efectos de coordinar actividades, inspecciones o cualquier otro aspecto relativo a la marcha del presente contrato. Los resultados de estas reuniones se documentarán a través de actas que deberán ser refrendadas por ambas partes.

7.7. Penalidades El Municipio, a través de la Autoridad de Aplicación, aplicará las siguientes sanciones frente al incumplimiento del Adjudicatario:

1. Sanciones por incumplimientos leves: del 1% (uno por ciento) al 5% (cinco por ciento) del monto del canon por cada incumplimiento.

Serán considerados incumplimientos leves: El no acatamiento a las observaciones registradas en el Libro de Observaciones y que no

encuadren en alguna de las categorías anteriores. 2. Sanciones por incumplimientos graves: del 6% (seis por ciento) al 10% (diez por ciento)

del monto del canon. Serán considerados incumplimientos graves: 1.- No concurrir a las reuniones de trabajo previamente convenidas y/o solicitadas por la

Municipalidad, por causa injustificada y/o sin previo aviso con una antelación no menor a 48 hs.;

2.- El incumplimiento a los requisitos establecidos en el Anexo II puntos 1, 2, 4, 5 y 8.

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3.- Ser declarado reincidente habitual por sentencia firme del Tribunal Municipal de Faltas, en causas inherentes a la explotación de la actividad que aquí se licita.

3. Sanciones por incumplimientos gravísimos: caducidad del contrato. Serán considerados:

1.-Los establecidos en el punto 7.8; 2.- El falseamiento de datos inherentes a los requisitos para ser oferente y/o a la oferta; 3.-El incumplimiento a órdenes o intimaciones efectuadas en legal tiempo y forma, por la Municipalidad, con apercibimiento de encuadrar el mismo en la presente categoría; 4.- El incumplimiento a lo relativo a las contrataciones de seguros; El efecto que trae aparejado el vicio gravísimo es la revocación del contrato por parte de la Municipalidad.

La enunciación precedente es meramente enunciativa y no taxativa. Las sanciones previstas en este pliego se aplicarán sin perjuicio de las que correspondieren por aplicación del Código de Faltas. La razonable ponderación de la gravedad del incumplimiento será juzgada por la Autoridad de Aplicación. 7.8. Caducidad del contrato Serán causales de caducidad del Contrato de Servicio con pérdida de garantía las siguientes:

a) Incumplimientos gravísimos del Adjudicatario. b) Transferencia o cesión del contrato. c) El abandono del área comercial adjudicada por parte del Adjudicatario se presumirá que

existe abandono cuando el Adjudicatario, sin causa justificada, dejara de ejercer durante más de cinco (5) días corridos.

d) Concurso preventivo o quiebra del Adjudicatario e) Disolución de la Sociedad. f) Las demás causas establecidas en este pliego.

Sin perjuicio de la pérdida de la garantía de contrato en todos los casos de rescisión determinados precedentemente, el Adjudicatario responderá por los daños y perjuicios que ocasione a la Municipalidad, a causa del nuevo contrato que celebre, a efectos de la continuación de la actividad comercial. 7.9. Personal El Adjudicatario realizará la explotación comercial con personal en relación de dependencia, no pudiendo subcontratar el mismo. En todos los casos el Adjudicatario será responsable del fiel cumplimiento de la totalidad de las normas laborales, salariales, previsionales, de salud y riesgos del trabajo y toda otra responsabilidad inherente a su personal, obligándose a mantener siempre indemne al Municipio frente a cualquier eventual reclamo por tales causas. 7.10. Seguros a contratar por el Adjudicatario El Adjudicatario deberá celebrar contratos de seguro por todo el plazo de duración del contrato que ampare el rubro:

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� Responsabilidad civil contra cualquier daño, pérdida o lesión que puede sobrevenir a bienes o personas a causa de la explotación comercial dentro del Museo Nacional de Bellas Artes de la Ciudad de Neuquen que mantenga indemne al Municipio por todo el lapso contractual. Suma mínima a asegurar $ 3.000.000 (pesos tres millones).-

� Incendio edificio $ 500.000 (quinientos mil).-

� Robo o hurto $ 300.000 (pesos trescientos mil).

También deberá contratar todos los demás seguros obligatorios (seguro de vida obligatorio del personal, ART, etc) y otros tales como seguros de accidentes individuales de los profesionales o técnicos autónomos que contrate, ya sea en forma permanente o prolongada como ocasional o esporádica. Cualquier omisión del Adjudicatario en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo relativas a la contratación de seguros será considerado como “incumplimiento gravísimo” facultando al Municipio a dictar la caducidad del contrato. 7.11. Incorporación de los bienes finales al patrimonio Municipal

Concluido el contrato por vencimiento del plazo contractual o rescindido el mismo por alguna de las causales previstas en este Pliego y en el contrato, pasaran a formar parte del patrimonio del Municipio sin cargo alguno, todos los Bienes Finales en su estado normal de mantenimiento y funcionamiento.

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ANEXO I

Formulario de presentación del oferente

Lugar y fecha: _______________________ Señores Municipalidad de Neuquén (1) ____________________________________ con domicilio legal en (2) _________________________________ y constituyendo domicilio especial en la Ciudad de Neuquén, Provincia de Neuquén, en (3) _________________ representada por el Sr. (4) ____________________________ en su carácter de (5) _________________ personería que acredita mediante el instrumento (6) __________________ que se adjunta, declara:

1. Que vienen a presentar formal oferta en la Licitación Publica Nº 18/2015 segundo llamado para la Explotación de la Confitería, restaurante y de eventos culturales en el Museo Nacional de Bellas Artes, sede ciudad de Neuquén.

2. Que a todos los efectos del procedimiento licitatorio al que se integra la oferta adjunta y a los de la

eventual contratación y ejecución del Contrato de Servicio, mi representada acepta y se somete a la jurisdicción originaria del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén, con renuncia expresa a todo otro fuero y jurisdicción.

3. Que no se encuentra en ninguna de las causales de inhabilitación ni presenta ningún impedimento para

presentar la presente Oferta, que no mantiene ningún tipo de reclamaciones administrativas y/o acciones judiciales, ni cualquier tipo de litigio, juicio, causa, reclamo (inclusive de naturaleza tributaria), etc. en cualquier sede, etapa o instancia, ya sea como actor, demandado, apelante, etc. con la Municipalidad de Neuquén o con la Provincia de Neuquén., o la Nación.

4. Que asume que el contenido de la Oferta tiene el carácter de declaración jurada y declara formalmente

que ha sido confeccionada sin omitir ni falsear dato alguno que deban contener y ser fiel expresión de la verdad y que, por lo tanto en caso de determinarse la existencia de documentos y/o información falsa u omisiones graves ello será suficiente causa para la desestimación de la oferta en forma automática y sin requerirse interpelación previa. En particular, pero no limitándose a ello, declara que no ha omitido informar ningún reclamo, sumario, juicio, siniestro, rescisión contractual, multa, sanción, ni cualquier otro tipo de antecedente negativo en la prestación de servicios que se encuentre prestando o hubiera prestado en el pasado.

5. Que ha visitado el lugar de explotación y realizado cuantas preguntas y consultas consideró necesario

realizar.

6. Que se faculta a (7)____________ para notificarse de cualquier comunicación, notificación o circular y a tomar vista del expediente licitatorio, solicitar y retirar fotocopias (a nuestro costo)

Saluda a Uds. atentamente, Referencias: (1) Denominación del Oferente. (2) Domicilio registrado en la I.G.J. o Registro Público de Comercio. (3) Domicilio en la Ciudad de Neuquén para recibir notificaciones – Incluir además teléfono, fax y correo electrónico. (4) Nombre y apellido completo y tipo y Nº de documento del Representante que firma el formulario. (5) Carácter en el que se presenta (Presidente, Apoderado, etc). (6) Instrumento legal autenticado y legalizado mediante el que se demuestra el carácter o personería del firmante. (7) Nombre y apellido completo, tipo y Nº de documento del autorizado.

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ANEXO II

PAUTAS

Este Anexo define las pautas mínimas, básicas y orientativas para que cada Oferente confeccione su Propuesta de explotación. 1. HORARIO DEL SERVICIO:

El Adjudicatario deberá prestar servicios al público, como mínimo, en el siguiente horario: Confitería: Horario de Invierno (del 15 de marzo al 14 de diciembre): de Martes a Sábados de 8 a 20 y Domingos y Feriados de 16 a 20 horas; Horario de Verano: (del 15 de diciembre al 14 de marzo): de Martes a Viernes de 8 a 21, Sábados de 8 a 14 y 18 a 22, y Domingos y Feriados de 18 a 22 hs. El Adjudicatario podrá ampliar estos horarios. El horario de aprovisionamiento será de 07.00 a 09.00 horas, todos los días. El transporte de la materia prima deberá respetar las normas vigentes en materia de salubridad e higiene según lo dispuesto por la Municipalidad de Neuquén. 2. ESPACIO FÍSICO:

El espacio físico asignado a la explotación está descrito en el croquis adjunto y cuenta con:

a) Un área cubierta aproximada de 101 mts2. Un grupo de dos (2) baños (Hombre-Mujer) y un baño para discapacitados, integrado por todos los sanitarios que corresponden a cada uno, según el género (masculino o femenino) con todos los accesorios inherentes al funcionamiento de los mismos, como así agua corriente fría y caliente y el espacio previsto para la instalación de la Confitería. Los baños son de uso compartido con el MNBA Neuquén. La provisión de equipos, máquinas, enseres necesarios para la explotación de la confitería, serán por cuenta del adjudicatario, así como el costo de las instalaciones necesarias para el equipamiento que se ha de instalar, para lo cual deberá presentar el proyecto de esas instalaciones para su aprobación. Además estará a su exclusivo cargo todos los gastos de mantenimiento, limpieza y vigilancia. En todos los casos deberá cumplirse con la reglamentación vigente y será supervisada el fiel cumplimiento de las mismas por la Autoridad de Aplicación.

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3. ALIMENTACIÓN:

Los alimentos deberán elaborarse diariamente. No se podrán expender bebidas alcohólicas a menores, debiéndose cumplir con todas las normas vigentes de seguridad. Se deberá garantizar un servicio permanente de cafetería Se podrá servir alimentos tipo snack bar y comidas ligeras, adoptando las medidas correspondientes para evitar la expansión de olores. Se deberá cumplir con las normas sanitarias referentes a manipulación de alimentos, temperaturas inherentes a la conservación de los mismos, como así las de refrigeración y calentado de la comida que se ofrezca El contenido de la carta / menú debe ser presentado para su verificación a la Autoridad de Aplicación.

4. LOCAL, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO:

El Adjudicatario deberá presentar una propuesta del uso del espacio. Tanto el equipamiento como el mobiliario interior serán provistos por el adjudicatario, quién presentará los catálogos con imágenes especificando los modelos y tipos para su aprobación por parte de la Autoridad de Aplicación. El proyecto integral deberá respetar el buen estado y conservación del edificio, no pudiendo modificarse la estructura del lugar asignado, su estilo y características arquitectónicas. Se entregará el local con el mobiliario y equipamientos descriptos en el Anexo VI “Inventario”, debiendo el adjudicatario dotar complementariamente las instalaciones del sector correspondientes a la confitería y a la cocina. Se podrán ejecutar mejoras con consentimiento de la Autoridad de Aplicación. Los servicios públicos básicos (luz y teléfono) estarán a cargo del adjudicatario. El adjudicatario deberá permitir el acceso al personal de mantenimiento, como asimismo a las personas que designe la Autoridad de Aplicación a fin de realizar inspecciones periódicas y hacer uso de los tableros seccionales de electricidad. La vajilla deberá ser de loza y de calidad acorde al servicio a prestar y deberá ser aprobada por la Autoridad de Aplicación para lo que se presentarán muestras de la misma (fotos), como así también de la mantelería y la carta/ menú. El espacio concesionado deberá ser mantenido en perfecto estado de uso y conservación y el costo del mismo será a cargo exclusivo del Concesionario. La autoridad de Aplicación tendrá la potestad de supervisar el fiel cumplimiento del presente. Los bienes que integran el espacio concesionado deberán conservarse en perfecto estado de uso, para ello el adjudicatario deberá realizar el mantenimiento necesario o en su caso será a su exclusivo costo efectuar el reemplazo de los mismos.

5. HIGIENE:

La higiene integral está a cargo del Adjudicatario; debe ser diaria y el mantenimiento de la misma permanente, al igual que la disposición de los residuos, que también deberá ser permanente y cumplir con la forma y horarios establecidos en la reglamentación vigente. 6. PUBLICIDAD

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El adjudicatario podrá explotar los espacios que se le conceden con publicidad propia o de terceros. Para ello deberá solicitar autorización previa a la Autoridad de Aplicación, quien deberá verificar que se cumpla la legislación vigente en la materia y que no se afecte negativamente la estética del complejo. 7. SEGURIDAD La seguridad del complejo y dentro del mismo será por cuenta del adjudicatario. La Autoridad de Aplicación podrá sugerir medidas de seguridad. Y podrá exigir las mismas cuando hubiere un peligro inminente a la integridad y/o salubridad de las personas. 8. SUPERVISIÓN: La tarea de fiscalización estará a cargo de la Autoridad de Aplicación respecto a: prestación del servicio, limpieza, funcionamiento, mantenimiento de instalaciones y demás elementos empleados en la prestación del servicio. La fiscalización de higiene, estado y calidad de los productos, la realizarán los organismos de control de la Dirección Municipal de Higiene Alimentaria dependiente del Municipio de la Ciudad de Neuquén. El adjudicatario deberá realizar periódicamente tareas de mantenimiento del local, para el perfecto funcionamiento de todas las instalaciones, siendo su obligación realizar las reparaciones y/o cambios que a criterio de la Dirección Municipal resulten necesarias. 9. LIBRO DE OBSERVACIONES:

Todas las comunicaciones entre el concesionario y la Autoridad de Aplicación se deberán efectuar por medio del Libro de Observaciones, el cual deberá encontrarse foliado y rubricado por ésta.

10. PERSONAL:

El Adjudicatario deberá contratar a su propio personal, siendo único responsable por cualquier consecuencia derivada de los contratos laborales. Asimismo, deberá presentar de conformidad con el Art. 30° de la Ley de Contrato de Trabajo, el Código Único de Identificación Laboral (CUIL), de cada uno de sus empleados, comprobante debidamente firmado del pago mensual de las cargas correspondientes al Sistema de Seguridad Social y una cobertura suficiente de los riesgos de trabajo (ART). El concesionario deberá presentar la nómina del personal, cumpliendo los requisitos del Ítem anterior al inicio de la explotación, a la Autoridad de Aplicación, y mantener la misma siempre actualizada, especificando función y horarios, no pudiendo en ningún caso cambiar la función sin previo aviso. Indumentaria y accesorios: La Autoridad de Aplicación aprobará los modelos a utilizar en cuanto a la indumentaria para Personal de atención al público y Personal de cocina. El concesionario deberá contar con un representante o encargado permanente.

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ANEXO III

Metodología de evaluación y calificación de las ofertas

1. Evaluación y calificación de las Ofertas contenidas en el Sobre “A” En el presente Anexo se establecen las pautas a seguir por la Comisión de Preadjudicación para calificar las Ofertas presentadas para la explotación del servicio concesionado por los Oferentes en el Sobre “A”. Cada Oferta obtendrá un “Puntaje Total Sobre “A” de acuerdo con la planilla de cálculo que se acompaña y que tendrá un máximo posible de cien (100) puntos. Las Ofertas que obtengan un puntaje menor que setenta y cinco (75) puntos serán desestimadas y al respectivo Oferente se le devolverá el Sobre “B” sin abrir. A continuación se establecen las pautas y parámetros orientativos a seguir: 1.1. Capacidad económica y financiera El Oferente que acredite los antecedentes en relación con los parámetros establecidos en el punto 3.2.1. del Pliego obtendrá el máximo puntaje. Las restantes ofertas recibirán un puntaje proporcionalmente menor. Estos requisitos los deberá presentar en forma concurrente. 1.2. Antecedentes comerciales El Oferente deberá acreditar de manera fehaciente antecedentes comerciales en algunas de las actividades establecidos en el punto 3.2.2. 1.3. Propuesta de Explotación La Oferta deberá contener la Propuesta de Explotación confeccionada por el Oferente de acuerdo con las pautas del Anexo II del presente Pliego. Dicha propuesta constituye un elemento esencial de la Oferta y la misma será sometida a la evaluación de la Comisión de Preadjudicación. La propuesta deberá ser presentada con el máximo grado de claridad, precisión, detalle y coherencia, explicando de manera pormenorizada según los requerimientos previstos en el Anexo II. 1.4. Metodología de Calificación de ofertas A continuación se expone el cuadro de calificación de las ofertas de acuerdo con las exigencias solicitadas en el sobre “A”.

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Parámetro Puntaje

Capacidad económica-financiera

1.1. Cifra de Ventas Netas igual o mayor a $ 300.000 (según último balance cerrado)

10

1.2. Patrimonio Neto igual o mayor a $ 250.000 (según último balance cerrado)

10

Subtotal 20

Antecedentes comerciales

2.1. Superficie mayor a 50 metros cuadrados 15

2.2. Plazo de explotación mayor a 2 años 20

Subtotal 35

Propuesta de Explotación

3.1. Proyecto de explotación 45

Subtotal 45

Puntaje Total Sobre "A" 100

El puntaje del sobre “A” a asignar a cada oferta surgirá del siguiente procedimiento: Para cada parámetro del 1.1. al 3.1. se otorgará el máximo puntaje a la oferta que presente el mejor valor (cuantitativo o cualitativo, según corresponda), y a las restantes ofertas uno menor que se determinará en relación proporcional al citado máximo puntaje. A tal fin, en los parámetros 1.1. a 1.2. el puntaje surgirá de multiplicar el puntaje máximo por el cociente entre el valor de cada oferta y el mejor valor. Por ejemplo, el puntaje del parámetro 1.1. de la Oferta Nº X surgirá de multiplicar 10 puntos por el cociente entre $ 300.000 (ventas Netas de la Oferta Nº x) y $ 500.000 (Ventas Netas de la mejor oferta), resultando un puntaje de 6. En cada uno de los parámetros 2.1. y 2.2. se procederá de la misma manera. En la propuesta de Explotación se asignará el máximo puntaje a la que merezca la mejor calificación por cada parámetro y a las restantes un puntaje inferior. Deberá incluir en la propuesta amplio grado de detalle de los bienes, a tal fin deberán adjuntar folletos. En caso de que varias sociedades se presenten en conjunto, se sumarán las cifras que acrediten cada una de ellas ponderándolas según su porcentaje de participación en el capital para la evaluación de los parámetros 1.1. a 1.2

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Para los parámetros 2.1. y 2.2. se considerará a los integrantes de las UTES que mejor antecedentes presenten. Los puntajes de cada parámetro y el puntaje total del sobre “A” se expresarán con tres decimales. A continuación se expone el cuadro de calificación de las ofertas de acuerdo con las exigencias solicitadas en el sobre “B”. El puntaje del sobre “B” a asignar a cada oferta surgirá del siguiente procedimiento: Al mayor monto ofrecido como canon, se otorgará un puntaje máximo de 100, y a las restantes ofertas uno menor que se determinará en relación proporcional al citado máximo puntaje. Por ejemplo, el puntaje del canon de la Oferta Nº X surgirá de multiplicar 100 puntos por el cociente entre $ 7.500 (canon ofrecido de la Oferta Nº X) y $ 10.000 (canon ofrecido de la mejor oferta), resultando un puntaje de 75 puntos. 2. Tabla de Puntaje Final

La tabla se compone (de izquierda a derecha) por las siguientes columnas:

���� A = Puntaje Obtenido en la evaluación del Sobre “A” ���� B = Puntaje obtenido por Canon mensual ofrecido en sobre “B” ���� Factor A = puntaje obtenido según la fórmula de cálculo del Factor A ���� Factor B = puntaje obtenido según la fórmula de cálculo del Factor B ���� Puntaje Final = Sumatoria de los puntajes obtenidos en cada uno de los

Factores A + B

En la planilla adjunta se explicitan las fórmulas de cálculo utilizadas para calcular el Factor A, y B y el Puntaje final. En el ejemplo numérico incluido en la planilla adjunta, la Oferta 2 es la que obtiene el mayor puntaje final con 88 puntos. Los valores de puntaje final se calcularán con cuatro decimales, redondeando el cuarto para abajo para valores de cero a cuatro y para arriba para valores de cinco a nueve. Cabe aclarar que los puntajes son a modo ejemplificativo. Tabla de Puntaje Final – Ejemplo

A B

Puntaje Obtenido Sobre "A"

Puntaje Obtenido Sobre "B"

Factor A (70%) Factor B (30%) Puntaje Final

Oferta 1 65 100 56,88 30 86,88 Oferta 2 80 60 70 18 88 Mejor oferta 80 100

Fórmula del Factor A = 0,70 por cada Puntaje del Sobre "A" dividido por Mejor Puntaje del Sobre "A"

por 100 Fórmula del Factor B = 0,30 por cada puntaje del Sobre "B" dividido por Mejor Puntaje del Sobre “B”

por 100 Fórmula Puntaje Final = Sumatoria de Factor A + Factor B

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ANEXO IV

Formulario de cotización

Lugar y fecha: __________ Señores Municipalidad de Neuquén (1) ____________________________________ con domicilio legal en (2) _________________________________ y constituyendo domicilio especial en la Ciudad de Neuquén, Provincia de Neuquén, en (3) _________________ representada por el Sr. (4) ____________________________ en su carácter de (5) _________________ personería que acredita mediante el instrumento (6) __________________ que se adjunta, declara: Que vienen a presentar formal cotización en la Licitación Pública Nº 18/2015 segundo llamado para la explotación del servicio de confitería, restaurante y eventos culturales del Museo Nacional de Bellas Artes, sede ciudad de Neuquén.

Concepto e importes en letras Importe/Mes

$ (en números) 1. Canon ofrecido

Importe: ….............................................. (en letras) por mes

$…..............

Saluda a Uds. atentamente,

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ANEXO V

Formulario de visita de Instalaciones

El (los) que suscribe(n) …………………………………………………………………………. en carácter de

Representante Oficial de ………………………………………………………., solicita (n) su admisión en la

presente Licitación Publica Nº 18/2015 segundo llamado, para la explotación del servicio de confitería,

restaurante y eventos culturales del Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Neuquén, con

carácter de Declaración Jurada expresamos haber visitado las Instalaciones ubicadas en el Museo

Nacional de Bellas Artes.

Neuquen, ……. de …………….., 2016 Firma oferente Firma Autoridad de Aplicación

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