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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE OPERACIONES SUBDIRECCION DE DISCIPLINA OPERATIVA, SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCION AMBIENTAL Clave: COMERI 145 Revisión: 02 Fecha: 28 de febrero de 2012 Hoja 1 de 42 LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN DE LOS PLANES DE RESPUESTA A EMERGENCIAS

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Planes de REspuesta a Emergencia 2012

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LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN DE LOS PLANES DE RESPUESTA A

EMERGENCIAS

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INDICE

CAPITULO PÁGINA

1.0 DISPOSICIONES GENERALES…………………………..……………………………………………...3

1.1 Objeto…………………………………………………………………………………………………..3

1.2 Ámbito de Aplicación……………………………………………………………………………........3

1.3 Definiciones……………………………………………………………………………………………3

1.4 Documentos de Referencia…………………………………………………………………………..7

2.0 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS………………………..…………………………..…………………...8

2.1 Responsabilidades..……………………………………………………………………………………8

2.2 Formulación del Plan de Respuesta a Emergencias……..………………………………….........10

2.3 Manejo de Crisis………………………………………………………………………………………..19

3.0 DISPOSICIONES FINALES…….………………………..…………………………..……………………23

3.1 Interpretación y Asesoría……..……………………………………………………………………....23

3.2 Supervisión y Control…………………………………..……..…………………………………........23

3.3 Periodo de Reserva……………………………………………………………………………………24

4.0 DISPOSICIONES TRANSITORIAS.…………………..…………………………..……………………...24

5.0 ANEXOS

ANEXO 1 Clasificación de Niveles de Emergencia…….…………………………………….….25

ANEXO 2 Organigrama Típico del Sistema de Comando de Incidentes…………………….. 26

ANEXO 3 Etapas del Ciclo de Planeación……………………………………………….……….27

ANEXO 4 Formatos SCI-201 del 1 al 4..………………………………………………………….29

ANEXO 5 Formato SCI-202…....…………………………………………………………………..33

ANEXO 6 Formato SCI-204……..…..…………………………………………………………... 34

ANEXO 7 Formatos SCI-205 y 205 a……………………………………………..……………... 36

ANEXO 8 Formato SCI-206………………………………………..……………………………... 38

ANEXO 9 Formato SCI-215 y 215 a………………………………………………………….….. 39

ANEXO 10 Cubierta del PAI………………………………………………………………………….41

ANEXO 11 Formato SCI-233..……………………………………………………………………….42

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1.0 DISPOSICIONES GENERALES.

1.1 Objeto.

Homologar la elaboración de los Planes de Respuesta a Emergencias en Centros de Trabajo e Instalaciones Industriales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, así como cumplir con los requerimientos del Programa para la Prevención de Accidentes de la SEMARNAT y las disposiciones en materia de Respuesta a Emergencias establecidas en los lineamientos de SENER en relación con la implementación de los sistemas de seguridad industrial. 1.2 Ámbito de Aplicación.

Los presentes lineamientos son de aplicación general y observancia obligatoria en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 1.3 Definiciones.

1.3.1 Accidente. Es aquel incidente que ocasiona afectaciones a los trabajadores, a la comunidad, al ambiente, al equipo y/o instalaciones, al proceso, transporte y distribución del producto y que debe ser reportado e investigado para establecer las medidas preventivas y/o correctivas, que deben ser adoptadas para evitar su recurrencia.

1.3.2 Activación de la Respuesta a Emergencias. Es la cadena de comunicaciones y acciones que se originan desde el momento que se detecta la situación de Emergencia y se da aviso al área designada, quién comunica a los niveles superiores para atender y activar el Plan de Respuesta a Emergencias. 1.3.3 Análisis de Riesgos de Ductos (ARD). Conjunto de metodologías para identificar, evaluar y controlar los riesgos asociados a la operación de un ducto. 1.3.4 Análisis de Riesgos de Proceso (ARP). Conjunto de metodologías que consisten en la identificación, análisis y evaluación sistemática de la probabilidad de la ocurrencia de daños asociados a los factores externos (fenómenos naturales y sociales), fallas en los sistemas de control, los sistemas mecánicos, factores humanos y fallas en los sistemas de administración, con la finalidad de controlar y/o minimizar las consecuencias al personal, a la población, al ambiente, a la producción y/o a las instalaciones.

1.3.5 Análisis de Riesgos de Seguridad Física (ARSF). Es la metodología que permite determinar la probabilidad de éxito del ataque de un adversario a una instalación, quien explotando sus vulnerabilidades busca causar el mayor daño posible.

1.3.6 Brigadas de Emergencias. Son los grupos de personas designadas y preparadas con propósitos específicos para atender coordinadamente las diferentes situaciones de Emergencia y forman parte del Comando en el Lugar del Incidente, de acuerdo al escenario que se presente como manifestación de la Emergencia. Las brigadas de Emergencia están integradas por la brigada contraincendio, la brigada de primeros auxilios, la brigada de búsqueda y rescate, la brigada de evacuación y la brigada de materiales peligrosos.

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1.3.7 Centro de Coordinación y Apoyo a Emergencias de Petróleos Mexicanos (CCAE). Espacio físico donde se concentran herramientas tecnológicas y personas para la recepción, confirmación y en su caso coordinación y apoyo de los eventos reportables, de acuerdo al anexo 2 de la Guía Técnica para el Reporte e Investigación Técnica y Análisis de los Incidentes que ocurran en las Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

1.3.8 Centro de Operación de Emergencias (COE). Lugar físico en el interior de las instalaciones o Centros de Trabajo y fuera de los perímetros de riesgo de los mismos y mencionados en el Plan de Respuesta a Emergencias, donde se debe desarrollar la logística de atención y combate de Emergencias.

1.3.9 Centros de Trabajo. Es una Instalación Industrial o conjunto de Instalaciones Industriales de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios que cuenta con la estructura organizativa que le permite funcionar como un lugar independiente de trabajo.

1.3.10 Centro Regional para la Atención de Emergencias (CRAE). Ubicación física fuera de las instalaciones o Centros de Trabajo, dotada de la infraestructura necesaria para llevar a cabo la ubicación, visualización y seguimiento de las acciones del Plan de Respuesta a Emergencias, designada en este último, desde el cual se desarrollará la logística de atención y combate de Emergencias.

1.3.11 Circuito de Ayuda Mutua (CAM). Es el conjunto de instalaciones o centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios que, en caso de Emergencia, pueden proporcionar ayuda con recursos humanos y materiales para el combate y control de la Emergencia a la Instalación Industrial afectada. Estos Circuitos deben de definirse con anticipación a la Emergencia e incluirse dentro del Plan de Respuesta a Emergencias específico de la Instalación Industrial o Centros de Trabajo.

1.3.12 Clasificación de la Emergencia. Es el resultado de la aplicación de una metodología de ARP, ARD y ARSF mediante la cual se ponderan las consecuencias de la Emergencia y su probabilidad de ocurrencia de los impactos desde los puntos de vista social, ambiental y económico, que son los aspectos considerados para clasificar las Emergencias, de acuerdo a un nivel previamente asignado, definido en el Anexo No. 1.

1.3.13 Comando en el Lugar del Incidente (CLI). Es el grupo de personas encargadas de atender directamente la Emergencia en el sitio de ocurrencia. Este grupo puede estar integrado por brigadistas, personal de contraincendio, personal operativo, personal técnico y contratistas, entre otros. El responsable del CLI es el Encargado de la Emergencia.

1.3.14 Comité Local de Ayuda Mutua (CLAM). Estos Comités están integrados por empresas privadas y empresas paraestatales ubicadas en una región o en un parque industrial. Surgen a finales de la década de 1970 con el objeto de intercambiar experiencias sobre seguridad industrial, salud laboral, accidentes e incidentes químicos ocurridos en sus instalaciones, con la finalidad de adoptar conjuntamente medidas preventivas para evitar su repetición, implementar mejores sistemas de control, así como preparar y ejecutar planes de respuesta más eficaces, en caso de Emergencia o contingencia. Tienen sustento en la Guía para la Elaboración del Programa para la Prevención de Accidentes de la SEMARNAT.

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1.3.15 Dependencia Federal. Es aquella institución pública subordinada en forma directa al Titular del Poder Ejecutivo Federal en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo que tiene encomendados.

1.3.16 Emergencia. Situación derivada de un accidente y/o incidente que puede resultar en efectos adversos a los trabajadores, la comunidad, el ambiente y/o las instalaciones y que por su naturaleza de riesgo, activa una serie de acciones para controlar o mitigar la magnitud de sus efectos.

1.3.17 Encargado de la Emergencia. Persona designada por la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo y con el conocimiento, experiencia y liderazgo para asumir las funciones de encargado en el sitio de ocurrencia de la Emergencia. Es el responsable de que las tareas asignadas se ejecuten y coordina con los responsables de mantenimiento, contraincendio y brigadas de Emergencia.

1.3.18 Evento. Suceso relacionado a las acciones del ser humano, al desempeño del equipo o con sucesos externos al Centro de Trabajo, que pueden causar interrupciones en la producción.

1.3.19 Grupo Regional para la Atención y Manejo de Emergencias (GRAME). Es el grupo de funcionarios de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, encargado de ejecutar las acciones previstas en el Plan de Emergencias Externo (PLANEX) en el ámbito regional y proporcionar el apoyo material y humano al personal de la Unidad de Respuesta a Emergencias (URE), coordinando sus actividades e información con las autoridades locales, estatales y federales sobre el desarrollo y previsiones de la Emergencia. En su caso participaran autoridades locales, organizaciones civiles y militares. Está conformado por el Grupo Directivo (integrado por la Máxima Autoridad de Cada Centro de Trabajo) y el Grupo Operativo (integrado por los encargados de SIPA de los Centros de Trabajo).

1.3.20 Incidente. Evento no deseado, que ocasiona o puede ocasionar afectaciones a los trabajadores, a la comunidad, al ambiente, al equipo y/o instalaciones, al proceso, transporte y distribución del producto y que debe ser reportado e investigado para establecer las medidas preventivas y/o correctivas, que deben ser adoptadas para evitar su recurrencia.

1.3.21 Instalación Industrial. Es el conjunto de estructuras, edificios, equipos, circuitos de tuberías de proceso y servicios auxiliares, sistemas instrumentados dispuestos para un proceso productivo específico De manera enunciativa mas no limitativa, tenemos: almacenamiento de productos, carga/descarga, sistema de desfogue, tratamiento de efluentes, transporte y distribución por ductos, polvorines, campamentos de estudios sismológicos, campos productores, sistemas de instalaciones relacionadas técnica y administrativamente, plataformas, muelles, embarcaciones, entre otros. Manejo de Crisis.

1.3.22 Manejo de Crisis. Es el Sistema Institucional para responder de manera ordenada y eficiente a la crisis que generan las emergencias mayores que se presenten en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, basado en un conjunto orgánico y articulado de estructuras formales y virtuales, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que se establecen con las organizaciones de los grupos colegiados internos y circuitos de ayuda mutua externos, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la atención de emergencias mayores que generan crisis y que pudieran afectar a la población, salud de los trabajadores, instalaciones, imagen de la institución o al ambiente y a lograr la continuidad operativa necesaria.

1.3.23 Máxima Autoridad del Centro de Trabajo. Servidor público responsable del Centro de Trabajo con mayor nivel jerárquico.

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1.3.24 Nivel de Emergencia. Es el valor del impacto asignado en función de sus consecuencias y se caracteriza por el costo social, ambiental y económico que tiene para Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios de acuerdo a la clasificación dada en el Anexo No. 1.

1.3.25 PEMEX. Se entiende con esta abreviatura a Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

1.3.26 Plan de Respuesta a Emergencias (PRE). Documento resultante del proceso de planeación que define responsables, acciones y recursos necesarios a ser aplicados coordinadamente para controlar o mitigar las consecuencias causadas por un accidente al personal, al ambiente, a las instalaciones, la comunidad o la imagen de la Institución.

1.3.27 Plan de Emergencias Externo (PLANEX). Es la parte del Plan de Respuesta a Emergencias que se refiere a la serie de instrucciones de ejecución inmediata y aplicación local, regional o nacional, que deben realizarse para inhibir o mitigar las consecuencias hacia el exterior de una Instalación Industrial o Centro de Trabajo, cuando en su interior ocurre una Emergencia y se considera que el entorno puede resultar afectado. Dichas instrucciones están predeterminadas y concertadas por los centros de trabajo con las autoridades externas y organizaciones privadas correspondientes.

1.3.28 Plan de Emergencias Interno (PLANEI). Sección del Plan de Respuesta a Emergencias que se refiere a la serie de instrucciones y acciones de ejecución inmediata a realizarse internamente en la Instalación Industrial, con la finalidad de inhibir o mitigar las consecuencias que puede provocar el accidente o la situación de Emergencia.

1.3.29 Programa para la Prevención de Accidentes (PPA´s) El PPA es un documento a través del cual una persona física o moral que realiza actividades consideradas como altamente riesgosas, describe las medidas y acciones de prevención contra los riesgos analizados en el Estudio de Riesgo Ambiental. Es implementado por la SEMARNAT desde 1989.

1.3.30 Protocolo para Reporte de Información Interna y Externa sobre Situaciones Anormales, Incidentes, Accidentes y/o Emergencias en Centros de Trabajo e Instalaciones de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales. Protocolo autorizado por la Subdirección de Disciplina Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental y ratificado por la Dirección General donde se establece la obligatoriedad de reportar toda situación anormal, incidente, accidente y/o Emergencia y simulacros al Centro de Coordinación y Apoyo a Emergencias de Petróleos Mexicanos (CCAE). 1.3.31 Riesgo. Peligros a los que se expone el personal. Probabilidad de que ocurra un accidente y sus consecuencias.

1.3.32 Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Es la dependencia de gobierno que tiene como propósito fundamental "fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales, y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable".

1.3.33 Seguridad Nacional. Acciones destinadas de manera inmediata y directa a proteger la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano. 1.3.34 Seguridad Industrial y Protección Ambiental (SIPA). Siglas con las que se identifica a las áreas responsables de la Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los Centros de Trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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1.3.35 Sistema de Comando de Incidentes (SCI). Modelo para manejo de Emergencias en sitio diseñado para que los usuarios adopten una estructura de organización integrada y compatible con la complejidad y las demandas de incidentes individuales ó múltiples, sin verse obstaculizado por límites jurisdiccionales.

1.3.36 Sistema de Información de Seguridad Industrial y Protección Ambiental (SISPANET). Sistema informático que permite captar, ordenar, procesar, reportar y analizar información proveniente de los Centros de Trabajo en lo referente a estados operacionales, incidentes, accidentes, protección ambiental y atención y manejo de Emergencias, http://155.1.4.2/sispa2/iniciodelsispa/sispa.html

1.3.37 Sistema de Instalaciones: Conjunto de instalaciones y líneas de transporte de hidrocarburos que interactúan en un proceso, que pueden ser agrupadas de acuerdo a los siguientes criterios:

Las Instalaciones Principales deberán incluir a las instalaciones de las que reciben producción, denominadas genéricamente como Satélites.

Ductos de transporte por medio de los cuales la Instalación Industrial principal se relaciona con las Instalaciones Industriales satélites.

1.3.38 Unidad de Respuesta a Emergencias (URE). Es la organización de los Centros de Trabajo formada por personal de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, la cual tiene como finalidad responder con acciones y funciones específicas a la atención de las Emergencias que ocurran al interior de los Centros de Trabajo o en sus Instalaciones Industriales.

1.4 Documentos de Referencia

1.4.1. Ley General de Protección Civil y su Reglamento.

1.4.2. Ley de Seguridad Nacional.

1.4.3. Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2000, del 8 de septiembre del 2000 “Condiciones de Seguridad – Prevención, Protección y Combate de Incendios en los Centros de Trabajo”.

1.4.4. Programa para la Prevención de Accidentes. SEMARNAT-07-13 revisión 04, 30 de abril 2008

1.4.5. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos, Capítulo 1 artículos 19, 20 y los que apliquen.

1.4.6. Lineamientos que deberán observar Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en relación con la implementación de sus sistemas de seguridad industrial – Publicados por la SENER en el Diario Oficial del 21 de enero de 2011.

1.4.7. COMERI-146 “Lineamientos para la Programación, Planeación, Ejecución, Evaluación y Control de los Simulacros de los Planes de Respuesta a Emergencias.”

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2.0 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 2.1 Responsabilidades. 2.1.1. Corresponde a la Subdirección de Disciplina Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental de la DCO, asesorar a las diferentes Unidades Administrativas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la elaboración de los Planes de Respuesta a Emergencias; así como auditar y dar seguimiento a la integración, vigencia y actualización, incluyendo el cumplimiento de los programas de entrenamiento, simulacros y ejercicios comprometidos en los mismos. 2.1.2. Así mismo, auxiliar a las Instalaciones en el manejo de las crisis y en la continuidad operativa. 2.1.3. Corresponde a los Subdirectores, Auditores y Gerentes de las ramas de SIPA de los Organismos Subsidiarios:

a) Emitir los documentos internos que correspondan a su Organismo Subsidiario, en materia de

Planes de Respuesta a Emergencias. b) Cuidar que estos cumplan con los requerimientos de este Lineamiento y los que adicionalmente

se requieran. c) Verificar que los Centros de Trabajo cuenten con los planes, procedimientos y recursos

necesarios para responder a las Emergencias, d) Auditar su efectividad, incluyendo el cumplimiento de los programas de entrenamiento,

simulacros y ejercicios comprometidos. e) Dar seguimiento a las Emergencias de su ámbito de responsabilidad, reportándolas con

oportunidad a la Subdirección de Disciplina Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental de la DCO a través del CCAE a la extensión del número único nacional de Emergencias 49166 del conmutador de PEMEX o correo electrónico [email protected] ó Bitácora CCAE del MS-Outlook.

f) Así mismo, el garantizar un manejo de las crisis de manera sistémica, así como auxiliar a los centros de trabajo, bajo su ámbito de competencia, en lograr la continuidad operativa en las Instalaciones y procesos operativos.

2.1.4. Corresponde a la Máxima Autoridad de cada Centro de Trabajo: a) Asegurar que el Centro de Trabajo cuente con un Plan de Respuesta a Emergencias y que se

actualice periódicamente cada 5 años o antes de haber cambios en las Instalaciones Industriales y/o en los procesos y/o en el análisis de riesgos.

b) Asegurar que el personal que integra la URE este apto y entrenado. c) Establecer la coordinación con autoridades locales y de otras instalaciones de Petróleos

Mexicanos y Organismos Subsidiarios a través del GRAME, en la región o zona, para proporcionarse ayuda mutua en la respuesta a Emergencias.

d) Firmar convenios de colaboración internos y con las Subsidiarias próximas a la Instalación Industrial o Centro de Trabajo y regionalmente, con objeto de establecer los CAM y el GRAME.

e) Mantener las Brigadas de Emergencia preparadas para una respuesta oportuna. f) Gestionar y asignar los recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo y

mantenimiento del Plan de Respuesta a Emergencias. g) Fungir como Coordinador de la Emergencia y designar al personal (titular y suplente) que integrará

la URE.

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h) Designar al personal (titular y suplente) que se integrará al Comando del Incidente. i) Garantizar un manejo de las crisis de manera sistémica, así como en lograr la continuidad

operativa de los procesos operativos. j) Elaborar el análisis de riesgos de la instalación.

2.1.5. Corresponde a la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo, como Coordinador de la Emergencia:

a) Coordinar las operaciones desde el COE. b) Organizar y dirigir la URE en estructura y funciones de acuerdo a lo previsto en el Plan de

Respuesta a Emergencias previamente establecido. c) Designar a su suplente.

2.1.6. Corresponde al Encargado de la Emergencia:

a) Asumir el mando en el lugar de la Emergencia. b) Dirigir las acciones de las brigadas que intervienen para la atención de la Emergencia. c) Mantener contacto permanente con el Coordinador de la Emergencia y el personal de la URE,

quienes estarán disponibles en el COE.

2.1.7. Corresponde al Notificador de Emergencias:

Recabar información y notificar sobre la existencia y evolución de una Emergencia, a las áreas internas del Centro de Trabajo como a los Centros de Trabajo que integran el CAM, así como al CCAE, y solicitar ayuda material y humana en caso necesario, bajo las instrucciones del Coordinador de la Emergencia.

2.1.8. Corresponde al personal del Centro de Trabajo:

Colaborar con las acciones determinadas dentro de los Planes de Respuesta a Emergencias de su Instalación Industrial o Centro de Trabajo y en su caso, atender las instrucciones del Coordinador y/o del Encargado de la Emergencia.

El personal que sea llamado a desempeñar una posición dentro de la organización de Emergencia tiene la obligación y el compromiso de participar con el mejor de sus esfuerzos, y recibir el entrenamiento correspondiente a la tarea que vaya a realizar. Durante una Emergencia, sólo personal apto y entrenado podrá participar en las actividades de control y combate de ésta.

Estas disposiciones están establecidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos apegándose a la Normatividad vigente.

2.1.9. Consecuencias por incumplimiento al Plan de Respuesta a Emergencias:

Las acciones de respuesta a las emergencias contenidas en los Planes de Respuesta a Emergencia consideran una planeación acorde con la magnitud y consecuencia de un evento no deseado, conforme a los escenarios emanados del análisis de riesgos de la Instalación, así como las acciones de respuesta adecuada para mitigar sus consecuencias. Por esta razón, deben ser seguidas invariablemente ya que no hacerlo incrementaría la magnitud de dichas consecuencias, así como el impacto a las personas, instalaciones, población, medio ambiente y continuidad del negocio.

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El personal de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios debe practicar estas acciones y conocer los procedimientos relacionados con estas acciones, realizando ejercicios y simulacros, conforme a lo establecido en el lineamiento COMERI-146.

2.2 Formulación de los Planes de Respuesta a Emergencias. Todo Centro de Trabajo, Instalación Industrial o Sistema de Instalaciones Industriales relacionadas técnica y administrativamente de PEMEX debe contar con un Plan de Respuesta a Emergencias, el cual se debe basar en el ARP, el ARD y el ARSF, según corresponda, y del cual emanan los riesgos mayores identificados en dicho Centro de Trabajo, así como los escenarios de consecuencias, las frecuencias estimadas respectivas y las medidas de control recomendadas.

Es en base al ARP, el ARD y el ARSF, según corresponda, que se deben identificar los escenarios de Emergencia en función de los cuales se implementarán las acciones a incluir en el Plan de Respuesta a Emergencias Interno de cada Centro de Trabajo. También se deben consideran para efectos de los escenarios de riesgo, las experiencias del personal y otras experiencias de eventos acontecidos en instalaciones similares.

Adicionalmente y dependiendo de la zona en la cual se localiza el Centro de Trabajo, se deben considerar escenarios de riesgo por efecto de:

Fenómenos Geológicos que incluyan sismos o terremotos, erupciones volcánicas, tsunamis o maremotos, deslizamientos de tierra, avalanchas o aludes, derrumbes y hundimientos.

Fenómenos Hidrometeorológicos que incluyan huracanes, inundaciones pluviales, fluviales, costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y electricidad; heladas, sequías y las ondas cálidas y gélidas.

Fenómenos Químico-Tecnológicos que se pudiesen generar por la acción violenta de diferentes sustancias derivadas de su interacción molecular o nuclear. Comprendiendo fenómenos destructivos tales como: incendios de todo tipo, explosiones, fugas tóxicas y radiaciones.

Fenómenos Sanitario-Ecológicos que pudiesen resultar derivados de la acción patógena de agentes biológicos que atacan a la población, a los animales y a las cosechas, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la contaminación del aire, agua, suelo y alimentos.

Fenómenos Socio-Organizativos ocasionados por motivo de errores humanos o por acciones premeditadas, que se dan en el marco de grandes concentraciones o movimientos masivos de población.

2.2.1 Estructura y Contenido del Plan de Respuesta a Emergencias (PRE). El Plan de Respuesta a Emergencias que se elabore debe basarse en tres secciones, las cuales se apegarán a la estructura mínima mostrada en la siguiente tabla:

PREVENCIÓN DE

ACCIDENTES

-Nombre o razón social del Centro de Trabajo -Actividad principal productiva -Clave Mexicana de Actividades Productivas del INEGI -Código Ambiental -Domicilio del Centro de Trabajo -Nombre y cargo del representante legal o datos del RUPA.

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-Dirección del promovente o representante legal para recibir notificaciones -Responsable de la información del Plan de Respuesta a Emergencias -Descripción de las características del entorno -Descripción de las características socio-económicas -Infraestructura, servicios de apoyo y zonas vulnerables -Listado de materiales peligrosos -Escenarios de Riesgo del ARP, el ARD y el ARSF del Centro de Trabajo -Sistemas de Seguridad -Medidas preventivas -Programa de actividades a realizar derivado del Estudio de Riesgo del Centro de Trabajo Nota: ver los requisitos de cumplimiento de cada punto y anexos en el Programa para la Prevención de Accidentes de SEMARNAT.

PLAN DE EMERGENCIA

INTERNO

-Unidad de Respuesta a Emergencias -Centro de Operaciones de Emergencias -Catálogo de escenarios de Emergencia -Procedimientos de Emergencias -Declaración de la Emergencia -Notificación de la Emergencia -Cese de la Emergencia -Condiciones seguras para reinicio de operaciones -Niveles de Emergencia -Brigadas de Emergencias -Recursos requeridos -Recursos disponibles -Rutas de evacuación -Vialidades -Comunicación de riesgos -Comunicación de simulacros -Comunicación del PRE -Uso de Procedimientos y Auditoría -Disposiciones generales

PLAN DE EMERGENCIA

EXTERNO

-Sistema de Comando de Incidentes -Ciclo de planeación -Consideraciones en el combate a la Emergencia -GRAME´s -CRAE -Centros de Acopio -Centros de Restitución de Instalaciones -Circuitos de Ayuda Mutua -Comités Locales de Ayuda Mutua -Procedimientos de comunicación -Coordinación con autoridades externas -Simulacros -Manejo de Crisis

2.2.2 PLANEI. El contenido debe considerar al menos, los siguientes aspectos: 2.2.2.1. URE. Todos los Centros de Trabajo deben designar a una URE para realizar las acciones de combate a las Emergencias mencionadas en el PLANEI. Para la integración de esta unidad se debe recurrir a la gente con mayor nivel jerárquico que desarrolle las funciones operativas, de mantenimiento, seguridad y de administración dentro del Centro de Trabajo, así como aquélla que pueda aportar su experiencia en el manejo y control de la Emergencia. La Máxima Autoridad del Centro de Trabajo nombrará a los integrantes de la URE y será el “Coordinador de la Emergencia” y líder de la URE. Deberá integrarse un directorio telefónico con los nombres y puestos de sus integrantes así como un organigrama donde se vea la interdependencia de cada puesto.

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2.2.2.2. Centro de Operaciones en Emergencias (COE). Debe predeterminarse un lugar dentro de las instalaciones del Centro de Trabajo fuera de los perímetros de riesgo, donde se convocará y reunirá la URE para manejar la respuesta a la Emergencia, el cual será designado como “Centro de Operación de Emergencias”, así mismo, los Centros de Trabajo deben designar un COE alterno y debe contar con la infraestructura y equipos requeridos para funcionar como tal. Dependiendo de la importancia, de los recursos disponibles y del resultado del ARP, el ARD y el ARSF, se debe contar con la siguiente infraestructura en el COE:

a) Red de comunicaciones interna, externa y/o sistema de voceo o alerta en general al interior de la Instalación Industrial o Centro de Trabajo. Se debe considerar una redundancia en la red de comunicación similar y de respaldo al sistema de comunicación existente.

b) Información actualizada de las plantas que componen la Instalación Industrial, así como de sus sistemas auxiliares o de control, como: sistemas de drenaje, sistema contra incendio, arreglo de planta, planos de construcción y localización de los inventarios de materiales peligrosos, entre otros.

c) Un área adecuada para cada ocupante (es deseable considerar 4 m2 aprox. incluyendo pasillos, mobiliario, y zonas comunes), conforme al personal trabajando en el COE, bajo el PRE.

d) Equipo de cómputo para realizar los cálculos y análisis necesarios para el monitoreo, así como equipo y material de oficina suficiente para la elaboración de informes y reportes, cuando las operaciones que se realizan en la Instalación Industrial, justifiquen el empleo de los mismos.

e) Sistema de comunicación directa con el Consejo de Protección Civil Local y Estatal, así como con el GRAME, al CCAE y acceso a la red corporativa de comunicaciones, para el despliegue oportuno de información a las autoridades de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.2.2.3 Catálogo de Escenarios de Emergencia para la Formulación del Plan. Las Emergencias postuladas en las que estarán basadas las acciones de los Planes de Respuesta a Emergencias deben ser tomadas primordialmente del ARP, el ARD y el ARSF, según corresponda, del Centros de Trabajo, Instalación Industrial o Sistema de Instalaciones Industriales, incluyendo escenarios de Instalaciones Industriales compartidas. También debe incluirse la experiencia del personal del Centro de Trabajo o bien, las experiencias industriales de eventos en Instalaciones Industriales similares. A partir de éstas se debe definir un Catálogo de Emergencias, el cual debe incorporarse al Plan de Respuesta a Emergencias específico, pre-asignándole el Nivel de Emergencia correspondiente de acuerdo con la Tabla de Clasificación de Emergencias del Anexo 1.

2.2.2.4 Procedimientos de Emergencia. Con base en el catálogo de escenarios de riesgo derivados del ARP, el ARD y el ARSF, se deben realizar los procedimientos de Emergencias correspondientes a cada uno de dichos escenarios, para cada una de las áreas involucradas en la atención de las Emergencias. Estos procedimientos deberán estar referenciados en el PRE y ser independientes de éste, a fin de poder realizar la verificación de cumplimiento del mismo durante los simulacros, haciendo los ciclos de trabajo de Disciplina Operativa. 2.2.2.5 Declaración de la Emergencia. La decisión de declarar un estado de Emergencia y la activación de la respuesta a la misma, debe ser definida en un procedimiento, de manera que no se sujete a la disponibilidad o presencia de una determinada persona en el turno de trabajo en el que

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ocurra la Emergencia, dicho documento debe ser aprobado por la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo y formar parte del PRE. 2.2.2.6 Notificación de la Emergencia. Todos los incidentes y accidentes que activen un nivel de Emergencia, deben reportarse por medio del Notificador de la Emergencia, de acuerdo a sus procedimientos específicos de uso. Esto ocurrirá después de haber activado el COE. La forma de reporte institucional al CCAE debe ser de acuerdo con el Protocolo vigente de cada Organismo Subsidiario y el “Protocolo para Reporte de Información Interna y Externa sobre Situaciones Anormales, Incidentes, Accidentes y/o Emergencias en Centros de Trabajo e Instalaciones de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales” y a través del SISPA o sistema equivalente. Durante la emergencia, se deben tener en cuenta todas y cada una de las notificaciones obligatorias a las autoridades gubernamentales, de acuerdo a los requerimientos específicos de cada una de ellas, así como la necesaria para la realización del análisis causa-raíz correspondiente. 2.2.2.7 Cese de la Emergencia. Se deben considerar procedimientos específicos para declarar el cese de la Emergencia. El criterio con base al cual se dará esta declaración, será cuando se tenga el control completo de las condiciones que dieron inicio a la situación de Emergencia, a juicio de los grupos involucrados para el combate y atención de la misma. Dicha declaración debe ser hecha bajo consenso de los grupos de Emergencia participantes y la Máxima Autoridad del Centros de Trabajo. En caso de haber población afectada, el cese de la Emergencia deberá ser comunicado al CCAE, a las autoridades de Protección Civil y éstas a su vez notificarlo a la población. 2.2.2.8 Condiciones Seguras para Reinicio de Operaciones. El Centro de Trabajo debe contar con procedimientos específicos, para verificar que las causas que generaron las condiciones de Emergencia, así como los daños derivados han sido atendidos, de forma tal que las instalaciones están en condiciones de seguridad para el reinicio de operaciones o actividades. 2.2.2.9 Niveles de Emergencia. Considerando la gran variedad de posibles incidentes o accidentes que se pueden presentar en la industria petrolera, las Emergencias se deben clasificar de acuerdo a las consecuencias máximas. Basta con que alguna de ellas se postule, para catalogar la Emergencia en dicho nivel, en caso de duda de asignación de una Emergencia entre dos niveles, se debe catalogar en el nivel de mayor gravedad. A cada una de estas clasificaciones se le denomina Nivel de Emergencia y se han definido cinco, tal como se indica en el Anexo 1. 2.2.2.10 Brigadas de Emergencias. Se deberán integrar tantas Brigadas de Emergencia como se identifiquen en el ARP, el ARD y el ARSF, para manejar las diferentes clases de Emergencias; de esta forma, el grupo que está relacionado con el material peligroso que se procesa en la Instalación Industrial es aconsejable que integre la brigada para manejo de materiales peligrosos; las amenazas a la seguridad deben manejarse por personal que colabore en el grupo de seguridad física de la instalación; las Emergencias médicas deben manejarse por personal del servicio médico de la instalación, clínica periférica u hospital regional, próxima a la Instalación Industrial o Centros de Trabajo (para el caso específico de las brigadas de primeros auxilios, ver la Guía Técnica del Elemento Respuesta Médica a Emergencias emitida por la DCO). El entrenamiento básico en respuesta a Emergencias deberá incluir los aspectos mencionados.

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2.2.2.11 Recursos requeridos para la atención de Emergencias en el PLANEI. Para cada uno de los escenarios de riesgo, deberá listarse y cuantificarse los recursos requeridos para la atención de la Emergencia. 2.2.2.12 Recursos y servicios disponibles para la atención de Emergencias en el PLANEI. El Centro de Trabajo deberá tener un listado con los volúmenes y cantidades de equipos y materiales disponibles para la atención de la Emergencia, así como de los servicios disponibles. Éstos no deberán ser menores que el mínimo requerido para atender el escenario más catastrófico. Este listado deberá actualizarse cada seis meses o cuando haya cambio en el inventario del Centro de Trabajo (por uso o adquisición de nuevos materiales y equipos) y comunicar a la DCO vía la Subdirección de Disciplina Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SDOSSPA). Todos los recursos deberán estar localizados en un plano. 2.2.2.13 Rutas de Evacuación. Deberán estar claramente definidas en un plano tanto las rutas de evacuación como los puntos de reunión. Los señalamientos deberán ser visibles aún en condiciones de obscuridad o niebla y estar disponibles a lo largo de la ruta de escape. Deberá desarrollarse un procedimiento de evacuación en el que se considere las acciones de conteo de personal y los formatos para tal caso. Deberá difundirse al personal del Centro de Trabajo, a visitantes y a personal de compañías que realicen trabajos en la Instalación Industrial. 2.2.2.14 Vialidades. Señalar en un plano a escala adecuada las principales vialidades para ser utilizadas como rutas de evacuación o rutas para recibir apoyo externo. 2.2.2.15 Comunicación de Riesgos. El Centro de Trabajo debe contar con estrategias de comunicación de los riesgos a los que está expuesta la población cercana al Centro de Trabajo y las medidas instrumentadas para su reducción. Estas estrategias deben también incluir al personal de oficinas, contratistas y visitantes. 2.2.2.16 Comunicación de Simulacros. El Centro de Trabajo debe contar con estrategias de comunicación de simulacros, cuando éstos tengan el potencial de causar alarma en la población cercana al Centro de Trabajo (por evacuación de personal, uso de alarmas, llegada de apoyo externo, entre otros). 2.2.2.17 Comunicación del Plan de Respuesta a Emergencias. El Plan de Respuesta a Emergencias y sus procedimientos asociados, deberán ser dados a conocer a todo el personal del Centro de Trabajo por lo menos una vez cada dos años, así como al personal de nuevo ingreso. 2.2.2.18 Uso de Procedimientos y su Auditoria. Las actividades del Plan de Respuesta a Emergencias deben realizarse por medio de una estructura de procedimientos, administrados y controlados, para cada situación que tiene probabilidad de ocurrencia, debiendo ser sometidas a verificación por un grupo auditor externo al Centro de Trabajo cada 5 años o cuando exista un cambio que lo amerite. 2.2.2.19 Disposiciones generales del PLANEI.

a) Formar y formalizar una URE para el Centro de Trabajo definiendo su organización, las actividades y responsabilidades que cada uno de sus integrantes debe desarrollar. Se deberá hacer la difusión del acta de integración correspondiente a las autoridades locales de Protección Civil.

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b) Efectuar la notificación de la Emergencia de manera detallada utilizando los sistemas institucionales establecidos. Además, desarrollar un procedimiento de notificación que debe incluir un directorio con los nombres de las personas, puestos y teléfonos de oficina, particulares, celulares y radio trunking, de todas aquellas personas a las que de acuerdo al PLANEI, deberá notificárseles la existencia de una Emergencia, incluyendo también al área o persona de SIPA que debe ser notificada. Deberá así mismo informarse al Centro de Coordinación y Apoyo a Emergencias de Petróleos Mexicanos, al número único nacional 49166 y/o por correo electrónico a [email protected] ó [email protected]. El directorio debe ser actualizado por lo menos cada 6 meses.

c) Determinar un sistema de alarmas y señales para advertir de situaciones peligrosas al personal del Centro de Trabajo. En base a esto desarrollar un procedimiento de alarmas, mismo que deberá ser difundido al personal, a visitantes y contratistas.

d) Establecer la forma y medios de comunicación del COE con los diversos lugares del Centro de Trabajo donde puede ocurrir la Emergencia y hacia el exterior de la Instalación Industrial.

e) Elaborar un programa de simulacros, entrenamiento y capacitación, auditorias y vigilancias de los procedimientos y acciones complementarias así como la evaluación de las diferentes acciones del PLANEI.

f) Elaborar un programa anual de capacitación del personal que integra la URE.

g) Elaborar un Plan de Comunicaciones, en caso de una Emergencia, el Centro de Trabajo deberá contar con un plan de comunicaciones ya sea telefónicas, por radio trunking y/o celular, para garantizar una comunicación efectiva de la Emergencia. Este plan podrá incluir la programación de canales especiales de radio que tengan privilegio sobre los canales normales y deberán probarse periódicamente.

h) Efectuar la Inspección, mantenimiento y prueba de equipos contraincendio a base de agua y espuma, conforme a los requisitos establecidos en la Guía para Inspección y Prueba de Equipos Contraincendio a Base de Agua y Espuma emitida por la Dirección Corporativa de Operaciones.

Para los demás materiales y equipos necesarios para responder a una emergencia, ver el punto 2.5 de los presentes lineamiento.

2.2.3 PLANEX. En esta parte del PRE, tiene una importancia relevante la participación de organizaciones externas a los Centros de Trabajo e instalaciones cuando un evento no deseado o Emergencia, salga de la capacidad de respuesta del Centro de Trabajo. Por ello es necesaria la protocolización de convenios de ayuda mutua entre los Centros de Trabajo o instalaciones de PEMEX en el área, así como con autoridades y organizaciones privadas externas si existen en la zona. Inicialmente la coordinación necesaria, apoyos y demás requerimientos del Centro de Trabajo o Instalación Industrial bajo Emergencia, debe ser realizada con el CAM y/o GRAME correspondiente y siguiendo los procedimientos y acuerdos previamente establecidos dentro del GRAME. 2.2.3.1 SCI. En el caso de que el control de una Emergencia, por su ubicación, naturaleza o afectaciones, tenga que coordinarse con una Dependencia Federal, y ésta esté organizada bajo el esquema del SCI, PEMEX adoptará este mismo esquema de organización, por ser un modelo que facilita las comunicaciones, la organización y la atención de la Emergencia y se adapta a Emergencias de

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diversa naturaleza (Ver formatos del 4 al 11). El SCI contempla cuatro secciones; las secciones de operación, planeación, logística y finanzas. Estas secciones deberán asignarse en el Centro de Trabajo (Ver Anexo No. 2) dependiendo de las funciones de cada área. La sección de finanzas estará asignada a las áreas financieras, mientras que las de logística recaen en servicios médicos, telecomunicaciones, administración y/o servicios generales. La sección de operaciones es aquella encargada de ejecutar las tareas de ataque a la Emergencia, mismas que pueden desempeñarlas las áreas de operación, seguridad, contraincendio y/o mantenimiento. La función de planeación recaerá en las áreas que desempeñen esta función en el Centro de Trabajo. En todos los casos deberá considerarse que deberán interactuar en la realización de estas funciones con sus contrapartes de las Dependencias Federales participantes. 2.2.3.2 Ciclo de Planeación. Para atender de manera organizada y efectiva una Emergencia, deben darse una serie de pasos lógicos que lleven al control total de la Emergencia desde el momento de la notificación. A estos pasos lógicos se les denomina “Ciclo de Planeación”. Los pasos del ciclo de planeación se describen en el Anexo No. 3 de este documento. 2.2.3.3 Consideraciones en el Combate a la Emergencia. Con la finalidad de evitar el mal uso y que exista falta de control de los recursos durante el combate a una Emergencia, tanto recursos materiales como humanos, deberán tenerse en cuenta los siguientes puntos:

Todo apoyo externo al Centro de Trabajo que llegue al lugar del incidente, ya sea humano o material, deberá ser registrado.

Los materiales y equipos disponibles para la Emergencia, incluyendo aquellos que lleguen como ayuda externa, deberán ser trasladados al área de espera, ya que es necesario asignar los recursos a tareas específicas enfocadas al logro de los objetivos planteados.

El personal de apoyo externo deberá acatar las disposiciones de seguridad y ponerse a disposición de las autoridades del Centro de Trabajo, en espera de ser asignado a una tarea.

Cada grupo de trabajo asignado a una tarea deberá contar con equipo de comunicación. Se designará un líder por cada 3 a 7 personas asignadas a una tarea, las cuales responderán

única y exclusivamente al líder asignado. El líder asignado será responsable de verificar que las personas a su cargo cuenten con

equipo de seguridad completo y adecuado a la tarea que van a realizar. Se deberá hacer uso de lenguaje claro y preciso durante las comunicaciones, ya sean por

radio, escritas o verbales. Deberá evitarse el uso de claves para comunicación.

2.2.3.4 GRAME. Se debe instalar en zonas geográficas en donde la concentración y/o importancia de las instalaciones petroleras lo amerite. El GRAME deberá interactuar en caso de Emergencia con autoridades locales y militares que tienen una función en la atención a Emergencias. La ubicación física del GRAME es el CRAE. El GRAME, para su funcionamiento, deberá considerar como mínimo los siguientes puntos a cumplir:

Acta constitutiva. Reglas de operación. Programa anual de reuniones (del Grupo Operativo y del Grupo Directivo). Programa anual de simulacros (ejercicios de gabinete, ejercicios de campo y ejercicios de

comunicaciones). Los simulacros deberán cumplir, por lo menos, con lo establecido en los Lineamientos para la Programación, Planeación, Evaluación y Control de los Ejercicios y/o

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Simulacros de los Planes de Respuesta a Emergencias, emitidos por la Dirección Corporativa de Operaciones.

Escenarios mayores de riesgo de cada Centro de Trabajo integrante. Clasificación de escenarios conforme al Anexo No. 1 de este Lineamiento. PRE de cada Centro de Trabajo actualizado. Directorio de integrantes (Grupo Directivo y Grupo Operativo, autoridades locales y CLAM. Se integrarán el número de CAM necesarios para cubrir la totalidad de instalaciones del

GRAME, por distribución geográfica. Los CAM deberán protocolizarse al igual que el GRAME. Censo de equipos y materiales actualizados por lo menos cada seis meses o cuando haya

variación en el inventario de los Centro de Trabajo. Actualización de materiales, equipos y brigadas en SISPA por cada Centro de Trabajo

perteneciente al GRAME por lo menos cada seis meses. Equipamiento del CRAE como se describe en 2.2.3.5. Programa de capacitación y entrenamiento integrado a nivel de GRAME (personal de brigadas,

personal directivo y operativo). Envío mensual de copia de las minutas y listas de asistencia a la Subdirección de Disciplina

Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SDOSSPA). Envío de copia del informe anual de actividades e informe de asistencia a la SDOSSPA.

2.2.3.5 CRAE. Debe contar con la infraestructura necesaria para la atención de Emergencias a nivel regional. Entre las condiciones preferenciales de este lugar debe contar con lo siguiente:

Ubicación en un lugar apropiadamente comunicado por vía terrestre y/o marítima cercana a las Instalaciones Industriales o Centros de Trabajo a los cuales da cobertura, y localizado fuera de las zonas de riesgo identificadas en la región.

Información estratégica de ingeniería, planos topográficos de la región, localización de instalaciones de riesgo, catálogo de escenarios de riesgo de cada instalación; localización de trayectorias de ductos, baterías de separación, estaciones de compresión, pozos de producción, entre otras, de las Instalaciones Industriales y Centros de Trabajo a los cuales da cobertura.

Espacio, material y equipo de oficina suficientes para elaborar reportes e informar sobre el control de la Emergencia, así como para albergar al personal que compone el GRAME y a las organizaciones de Protección Civil, instalaciones para desarrollar juntas y mesas de trabajo, así como un aula para capacitación de personal de Respuesta a Emergencias.

Red de comunicaciones con redundancia similar para teléfono, radio trunking, radio de banda civil, fax, servicio de copiado, encuadernación, micro, información meteorológica de la estación más cercana y acceso al SISPA.

2.2.3.6 Centros de Acopio. Los Centros de Acopio estarán vinculados directamente con los GRAMES y deberán contar con los materiales y equipos necesarios para atender una contingencia de nivel regional. Los materiales y equipos que deberá tener el Centro de Acopio estarán en función del tipo de Instalaciones a las que les dará servicio, productos manejados y los diferentes escenarios de riesgo involucrados. Los Centros de Acopio proporcionarán los recursos materiales a solicitud expresa de los miembros autorizados del GRAME.

2.2.3.7 Centros de Restitución de Instalaciones. Para responder de manera efectiva cuando algún ducto ha sido dañado y restituir el mismo para reanudar su operación normal en el menor tiempo y costo posible, es importante contar con Centros de Restitución de Instalaciones estratégicamente

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localizados en la República Mexicana con equipos y materiales necesarios y mantenidos adecuadamente, para ser utilizados en forma expedita. Los Centros de Acopio proporcionarán los recursos materiales a solicitud expresa de los miembros autorizados del GRAME (Ver las Reglas de Operación de los Centros de Acopio). 2.2.3.8 CAM. Este grupo debe quedar integrado por personal de las empresas afiliadas al CAM y en caso de escalamiento de la Emergencia se constituirá como el GRAME con la participación de la autoridad local o estatal. Para este punto se deben realizar las siguientes actividades:

a) Integrar los CAM que deberán estar claramente descritos en el PLANEX de cada Centro de Trabajo.

b) Protocolizar los CAM en un acta al igual que el GRAME.

c) Establecer la vinculación y responsabilidades del CAM con los organismos del Consejo Local y Estatal de Protección Civil. Directorio de personas que desempeñan una función dentro de la organización regional de Respuesta a Emergencias, así como de los servicios de auxilio y servicios a la población.

d) Informar sobre los diferentes inventarios de recursos de los CAM para atención de Emergencias.

e) Definir las acciones de evacuación y rescate de la población civil, agrupando por sectores las acciones previstas para la misma, identificación de zonas o puntos de albergue y reunión.

f) Informar a la población por los medios locales de mayor difusión: radio, televisión, prensa y voceo público.

g) Establecer procedimientos de comunicación al Ejecutivo Estatal, Secretaría de Gobernación y Petróleos Mexicanos a través del CCAE y SISPA o sistema de comunicación institucional equivalente.

h) Identificar los servicios involucrados en caso de Emergencia: servicios públicos, energía eléctrica, agua potable, entre otros, y las acciones a seguir en caso de una Emergencia.

i) Establecer los medios de comunicación directa con el COE del Centro de Trabajo donde ocurre la Emergencia, para recabar información sobre el desarrollo de la misma.

j) Identificar los procedimientos aplicables a la ejecución de las acciones del PLANEX, el programa de capacitación y al programa de ejercicios y simulacros.

k) Determinar los recursos necesarios para atender las acciones previstas en el PLANEX.

l) Llevar a cabo la activación de los CAM. Dependiendo del tipo de incidente y recursos del Centro de Trabajo afectado, podrá hacerse desde el nivel de Emergencia III o inferior, a criterio del titular del Centro de Trabajo, como se muestra en el anexo 1.

2.2.3.9 CLAM. Además de los CAM, los Centros de Trabajo podrán integrar los CLAM, con la finalidad de establecer planes de ayuda recíproca con empresas particulares, autoridades de Protección Civil, Cruz Roja, Administraciones Portuarias, Empresas Paraestatales, entre otras. 2.2.3.10 Procedimientos de Comunicación. A nivel del GRAME deberá desarrollarse un procedimiento de comunicación que incluya al GRAME y al CLAM. Este procedimiento deberá incluir

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directorios de números telefónicos, micro, radio trunking y celulares. Periódicamente deberán hacerse pruebas de comunicación rotando cada Centro de Trabajo como iniciador de la secuencia de comunicación al GRAME. 2.2.3.11 Coordinación con las Autoridades Externas. La Máxima Autoridad del Centro de Trabajo o quien éste designe, tiene la obligación de coordinarse con las autoridades civiles y militares así como con los Consejos de Protección Civil de su localidad, para la atención de Emergencias a nivel local y regional, cuando proceda. 2.2.3.12 Simulacros. Conforme a lo establecido en los Lineamientos para la Programación, Planeación, Evaluación y Control de los Ejercicios y/o Simulacros de los Planes de Respuesta a Emergencias, el Centro de Trabajo deberá considerar dentro de su programa de simulacros, los siguientes:

Simulacros con previo aviso. Simulacros sin previo aviso. Simulacros en diferentes turnos. Simulacros con la participación del CAM y/o GRAME. Simulacros con la comunidad.

2.3 Manejo de Crisis. En caso de presentarse una Emergencia que genere o tenga el potencial de generar una crisis para Petróleos Mexicanos, deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos: 2.3.1 Funciones de la URE para el Manejo de Crisis. Las siguientes funciones deberán ser llevadas a cabo por la URE durante el desarrollo de la crisis:

Coordinar localmente en el Centro de Trabajo afectado y con los posibles centros de trabajo involucrados en el evento, las acciones de atención a la crisis, para controlar y limitar sus efectos en la Instalación Industrial y/o el negocio.

Informar al CCAE sobre el desarrollo del evento, hasta su conclusión. Coordinar la asignación de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades

requeridas. Definir objetivos específicos, acciones y recursos, frecuencia de evaluación y rendición de

cuentas para la protección del personal, protección de la población, protección de las instalaciones, protección al medio ambiente, cumplimiento legal y la continuidad del negocio y comunicarlo a través de la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo, a su Gerencia o Subdirección correspondiente y a la Dirección General a través del personal asignado para fungir como enlace.

Mantener comunicación y coordinación con sus contrapartes en los centros de trabajo afectados e involucrados en la crisis.

Coordinar con la línea de mando de los centros de trabajo afectados e involucrados para mantener y establecer canales de comunicación con las autoridades gubernamentales (en sus diferentes poderes y niveles) y las partes interesadas (internas y externas) para la atención y control de la crisis.

Ejecutar las directrices a seguir para atender y dar respuesta a los medios de comunicación ó partes interesadas

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Llevar registro y control de los recursos humanos y materiales requeridos en las tareas de manejo de crisis a nivel local.

Coordinar y/o ejecutar acciones para apoyar el proceso de recuperación de la credibilidad, prestigio e imagen de la empresa a nivel local.

Garantizar la continuidad en las operaciones.

2.3.2 Funciones de los integrantes de la URE para el Manejo de Crisis. Líder de la URE.

Convocar, formalizar y encabezar la Unidad de Respuesta a Emergencias (URE). Definir los objetivos y acciones para la atención de la crisis según aplique. Comunicar los objetivos y acciones a seguir de acuerdo a las prioridades y secuencias

establecidas, considerando los puntos de vista del Comando en el Lugar del Incidente. Coordinar la ejecución del plan de acción para llevar a cabo las tareas para la atención de la

crisis localmente. Establecer el programa de reuniones para revisar avances y resultados de las acciones

tomadas. Mantener informadas a las autoridades gubernamentales, a personal de PEMEX y a otras

partes interesadas durante la atención de la crisis a nivel local. Difundir los boletines de prensa y comunicados internos autorizados. Determinar si las acciones tomadas por la URE y sus miembros están siendo efectivas. Informar a la Dirección General a través del personal de enlace asignado acerca del grado de

avance de las acciones para la atención de la crisis. Garantizar la continuidad en las operaciones. Ordenar la desmovilización de los recursos finalizada la crisis y llevar a cabo una evaluación

de la efectividad con la que ésta se atendió localmente. Conducir la revisión de los objetivos y acciones efectuadas, para ver si fueron las más

adecuadas, con fines de aprendizaje. Efectuar el Análisis Causa Raíz que ocasionó el evento.

Operación.

Nombrar y definir a los responsables de las operaciones para control de la crisis en el Centro de Trabajo afectado.

Ejecutar las tareas asignadas en lo concerniente a operaciones. Identificar y limitar las áreas impacto de la crisis local. Aplicar los recursos como sea necesario para ejecutar las tareas asignadas. Armar / desarmar equipos y asignar personal a las tareas asignadas. Rendir cuentas acerca de la ejecución de las tareas asignadas. Realizar cambios en las tareas asignadas conforme se considere conveniente y notificarlos a

los miembros de la URE. Colaborar para poder garantizar la continuidad en las operaciones. Desmovilizar o reposicionar escenarios, según se requiera. Llevar a cabo juntas de autocrítica, identificando fortalezas y áreas de mejora.

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Notificar a los miembros de la URE sobre el estado que guardan las acciones para la atención de la crisis local. Proporcionar al representante de Comunicación Social local, la información que requiera para la elaboración de boletines de prensa y comunicados internos.

Determinar y solicitar apoyo logístico de personal y/o equipo. Mantenimiento.

Ejecutar las tareas asignadas en lo referente a mantenimiento. Identificar y limitar las áreas de impacto de la crisis local. Llevar un control de los recursos faltantes, sobrantes y no disponibles, así como situaciones

peligrosas y eventos significativos y notificarlas a los miembros de la URE. Determinar y solicitar apoyo logístico de personal y/o equipo. Verificar en campo que se apliquen correctamente los recursos asignados y las mejores

prácticas a las diversas tareas para la atención a la crisis local. Colaborar en las acciones que permitan garantizar la continuidad en las operaciones.

Seguridad.

Reportar cualquier información acerca de actividades especiales o eventos no previstos a los miembros de la URE.

Monitorear y evaluar desde el punto de vista de seguridad las acciones del personal que participa en la atención y manejo de la crisis local.

Supervisar e implementar medidas de Emergencia para proteger la vida y mitigar posteriores daños al medio ambiente y estabilizar la situación.

Verificar en campo que se apliquen correctamente los recursos asignados y las mejores prácticas a las diversas tareas para la atención a la crisis local.

Integrar información de los miembros de la URE para evaluar el curso de la crisis, sus probables escenarios y consecuencias.

Identificar áreas sensibles y asesorar en la asignación de prioridades. Preparar y proponer a la URE las tácticas- acciones para la atención de la crisis local, en sus

diferentes escenarios probables. Proveer información a los miembros de la URE para continuar o actualizar los objetivos y

acciones. Recopilar y mantener actualizados los datos sobre la evolución de la crisis a nivel local.

Preparar reportes para la URE. Preparar diagnósticos periódicos de la evolución de la crisis local incluyendo extensión, destino

y efectos del evento. Colaborar en las acciones que permitan garantizar la continuidad en las operaciones. Llevar a cabo juntas de autocrítica, identificando fortalezas y áreas de mejora.

Áreas de Soporte. (Administración y Finanzas, Recursos Humanos)

Atender, desarrollar y ejecutar las acciones financieras –administrativas y de costos relacionados con la atención y manejo oportuno de la crisis local en el Centro de Trabajo afectado.

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Participar en las reuniones de seguimiento de la crisis local, de rendición de cuentas e informativas de la URE y aportar opciones financiero- administrativas, según se requiera.

Gestionar efectiva y oportunamente los recursos financiero - administrativo requeridos para la atención y manejo de la crisis local en el Centro de Trabajo afectado.

Informar a los miembros de la URE sobre el estatus de los recursos solicitados, erogados, comprometidos y pendientes por asignar, así como los pronósticos de suministro.

Adjudicar los contratos para apoyar en tiempo y forma las acciones de atención y manejo de la crisis local en el Centro de Trabajo afectado.

Informar al personal financiero–administrativo y/o involucrados, una vez declarado el fin de la crisis local en el Centro de Trabajo afectado, todos los asuntos pendientes relacionados a estas áreas y que requieren de atención y/o seguimiento.

Mantener actualizados los archivos del estado de la crisis local. Coordinar y dirigir todos los servicios en el lugar de la crisis. Identificar y proveer los requerimientos de instalaciones, servicios y materiales como parte del

apoyo oportuno a la atención de la crisis local en el Centro de Trabajo afectado. Llevar un registro de los suministros y servicios solicitados, colocados, por colocar, liberados,

en tránsito y recibidos. Liberar recursos. Supervisar la ejecución efectiva y oportuna de:

Los servicios requeridos durante la atención a la crisis local (servicios médicos, comunicaciones, transportes, alimentos, etc.).

Las operaciones de suministro e instalaciones durante la atención a la crisis local. Los requerimientos extraordinarios de recursos. La atención y el dar respuesta a partes afectadas.

Colaborar en las acciones que permitan garantizar la continuidad en las operaciones. 2.3.3 Funciones Especiales para el Manejo de Crisis. Además de las ya descritas, deberán considerarse las siguientes funciones necesarias para el manejo de la crisis: a) Vocero Oficial. Los Centros de Trabajo deberán contar con dos personas designadas para fungir como vocero oficial. Uno de ellos será la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo y el segundo, una persona designada por éste para realizar las funciones hasta en tanto se presente personal de Comunicación Social. El vocero oficial deberá apegarse a las disposiciones establecidas en la Guía para la Difusión de Información en Casos de Emergencia en los Centros de Trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. b) Ayudante Administrativo. Deberá ser nombrada por parte de la URE un ayudante administrativo que se encargue de realizar diversas coordinaciones y tareas, entre las cuales están:

Servir como punto de contacto con los organismos de asistencia con los que interactúa la URE y con autoridades locales.

Mantener actualizados directorios telefónicos y de correo electrónico de los miembros de la URE.

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Mantener un listado de los organismos locales de asistencia y cooperación, así como de los representantes de cada uno y su información de contacto.

Agilizar la gestión de actividades de coordinación de visitas de funcionarios de gobierno y partes interesadas.

Mantener equipada y lista para operar la sala del Centro de Operaciones de Emergencias (COE).

Levantar y distribuir las minutas y acuerdos de la URE. Verificar que todas las organizaciones, grupos o personas brinden que brinden asistencia a la

URE, estén debidamente acreditadas e identificadas. 2.4 Revisión y actualización de los Planes de Respuesta a Emergencia. Los Planes de Respuesta a Emergencias tendrán una vigencia acorde con la de los análisis de riesgos del centro de trabajo. Los análisis de riesgos de proceso deben actualizarse al menos cada cinco años, o bien cuando exista alguna de las siguientes situaciones: antes de que se realicen cambios a la tecnología de algún proceso, cuando se proyecte un proceso nuevo o bien, producto de una investigación de un incidente o accidente mayor. Por lo anterior, los Planes de Respuesta a Emergencias deben ser revisados cuando se actualicen los análisis de riesgos, o cuando ocurra un evento o emergencia y el escenario no esté debidamente contemplado o las acciones no resultaron acorde con lo establecido en el Plan y en los procedimientos correspondientes o como consecuencia del resultado del análisis causa – raíz. 2.5 Inspección, prueba y mantenimiento de los materiales, equipos, sistemas y dispositivos de Respuesta a Emergencia.

Cada centro de trabajo debe tener un programa anual para realizar la inspección, prueba y mantenimiento de los materiales, equipos, sistemas y dispositivos de Respuesta a Emergencia necesarios de utilizar para cada uno de los escenarios contenido en el PRE.

La periodicidad y procedimiento específico a seguir para realizar las inspecciones, pruebas y mantenimientos debe ser acorde con las instrucciones de los fabricantes y la normatividad técnica aplicable. Además de las ya descritas, deberán considerarse las siguientes DISPOSICIONES FINALES. 3.1 Interpretación y Asesoría.

Corresponderá a la Subdirección de Disciplina Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental de la DCO, la interpretación y asesoría para efectos técnicos y administrativos de los presentes lineamientos, considerando la opinión de las partes involucradas en las disposiciones descritas en esta normatividad. 3.2 Supervisión y Control.

La Subdirección de Disciplina Operativa, Seguridad, Salud y Protección Ambiental de la DCO, así como las Subdirecciones y Auditorias de Seguridad Industrial y Protección Ambiental y las áreas con esta función dentro de los Centros de Trabajo de los Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos en el ámbito de sus respectivas competencias son las encargadas de llevar el control y

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vigilancia de la aplicación de éstos lineamientos, para lo cual efectuarán las revisiones que consideren pertinentes.

3.3 Periodo de Reserva. La documentación que se genere derivado de la aplicación de estos lineamientos deberá ser guardada por un periodo mínimo de 5 años con fines de aprendizaje y como soporte para la actualización del Plan de Respuesta a Emergencias. 4.0 DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

4.1 Una vez aprobados por el Director Corporativo de Operaciones, los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día hábil siguiente de que sean difundidos a los servidores públicos de PEMEX y sus organismos subsidiarios, mediante su registro en el Sistema Normateca Institucional.

4.2 Los Planes de Respuesta a Emergencias vigentes en los centros de trabajo, conforme a su periodo de vigencia, deberán ser actualizados en base a estos lineamientos y ser enviados a la DCO vía la SDOSSPA para su incorporación en el sistema informático correspondiente.

4.3 Los presentes Lineamientos dejan sin efecto los Lineamientos para la Formulación de los Planes de Respuesta a Emergencias de fecha 15 de marzo de 2006.

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ANEXO 1. CLASIFICACIÓN DE NIVELES DE EMERGENCIA. NIVEL

NOMBRE

D E S C R I P C I Ó N D E L A S C O N S E C U E N C I A S

ACTIVACIÓN

I

Emergencia Interna Menor

Es la ocasionada por un incidente o accidente que afecta a la planta o la infraestructura de conducción o transporte, y reduce su producción o capacidad de transporte (situación denominada como AFECTACIÓN MENOR A PLANTA O LA INFRAESTRUCTURA DE CONDUCCION O TRANSPORTE) o cuando se presentan liberaciones contaminantes al medio ambiente visibles desde los límites de la Instalación Industrial o derecho de vía. Medio Ambiente: Liberación menor no reportable. Infraestructura Industrial: AFECTACIÖN MENOR A PLANTA O LA INFRAESTRUCTURA DE CONDUCCION O TRANSPORTE Terceros: No hay afectación Imagen: No hay cobertura de medios de comunicación

1) URE 2) PLANEI

II

Emergencia

Interna Mayor

Es la ocasionada por un incidente o accidente que afecta una planta o la infraestructura de conducción o transporte, y suspende la producción o capacidad de transporte (situación denominada AFECTACIÓN MAYOR A PLANTA O A LA INFRAESTRUCTURA DE CONDUCCION O TRANSPORTE) o cuando se presentan liberaciones contaminantes al medio ambiente que pueden rebasar los límites de la Instalación Industrial o del derecho de vía. Medio Ambiente: Liberación menor reportable. Infraestructura Industrial: AFECTACIÓN MAYOR A PLANTA O LA INFRAESTRUCTURA DE CONDUCCIÓN O TRANSPORTE. Terceros: No hay afectación Imagen: Cobertura de Medios de Comunicación

3) URE 4) PLANEI

III

Emergencia Local Menor

Es la ocasionada por un accidente que afecta a más de una planta del Centros de Trabajo o la infraestructura de conducción o transporte y suspende la producción o capacidad de transporte ((situación denominada AFECTACIÓN MAYOR AL CENTROS DE TRABAJO), cuando hay afectación a terceros en sus bienes p personas, o impacto ambiental potencial al área circunvecina. Medio Ambiente: Liberación masiva reportable. Infraestructura Industrial: AFECTACIÓN MAYOR AL CENTROS DE TRABAJO. Terceros: Si hay afectación. Imagen: Cobertura de Medios de Comunicación

5) URE 6) PLANEI 7) PLANEX 8) CAM 9) SINAPROC

IV

Emergencia Local Mayor

Es la ocasionada por un accidente que afecta catastróficamente al Centros de Trabajo (situación denominada como AFECTACIÓN CATASTRÓFICA AL CENTROS DE TRABAJO), cuando hay afectación a terceros en sus bienes o personas o impacto ambiental considerable en la localidad. Medio Ambiente: Impacto considerable en la zona de cobertura de la pluma o de la onda de presión en la localidad. Infraestructura Industrial: AFECTACIÓN CATASTRÓFICA AL CENTROS DE TRABAJO. Terceros: Si hay afectación. Imagen: Cobertura de Medios de Comunicación

9) URE 10) PLANEI 11) PLANEX 12) GRAME 13) SINAPROC

V

Emergencia Regional

Es la ocasionada por un accidente que afecta catastróficamente al Centros de Trabajo (situación denominada como AFECTACIÓN CATASTRÓFICA AL CENTROS DE TRABAJO), cuando hay afectación a terceros en sus bienes o personas o impacto ambiental considerable en la región. Medio Ambiente: Impacto considerable en la zona de cobertura de la pluma o de la onda de presión a la región. Infraestructura Industrial: AFECTACION CATASTROFICA AL CENTROS DE TRABAJO. Terceros: Si hay afectación. Imagen: Cobertura de Medios de Comunicación

13) URE 14) PLANEI 15) PLANEX 16) GRAME 17) SINAPROC

NOTA: la diferencia entre los niveles de Emergencia IV y V en el aspecto ambiental, está dada por la sensibilidad del entorno del Centro de Trabajo y las instalaciones involucradas, así como las consecuencias que la afectación pueda tener a terceros o al medio ambiente.

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ANEXO 2 ORGANIGRAMA TÍPICO DEL SISTEMA DE COMANDO DE INCIDENTES.

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ANEXO 3 ETAPAS DEL CICLO DE PLANEACIÓN

Notificación. Una vez iniciado el incidente, deberá notificarse de inmediato a las áreas responsables de atender la Emergencia, así como a la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo. En caso de ser una Emergencia mayor (Nivel III, IV ó V) se dará aviso de inmediato al CAM y/o al GRAME. Deberá elaborarse un procedimiento de notificación tanto para Emergencias internas como para Emergencias mayores.

Respuesta Inicial y evaluación. En todos los incidentes ocurre un periodo de respuesta inicial y evaluación. Las unidades de primera respuesta van al sitio de la Emergencia para analizar la situación, evaluar las consecuencias y tomar acciones iniciales de mitigación. La mayoría de los incidentes terminan en esta etapa. Se consideran respuestas de corto plazo y de poco alcance, que se resuelven con los recursos de las unidades de primera respuesta en pocas horas. En estas situaciones sólo es necesario generar el Formulario SCI-201.

Informe Inicial-Transferencia de Mando. En Emergencias que trascienden las respuestas de corto plazo, se activa el Sistema de Comando de Incidentes (SCI) en un Centro de Operaciones de Emergencias. En el proceso de transferencia de mando (el primer respondedor entrega el mando a una autoridad superior), se entrega el formulario SCI-201 que funciona como el Plan de Acción del Incidente para la respuesta inicial y continúa desarrollándose hasta que se produzca un nuevo Plan de Acción. La generación del nuevo plan de acción puede tomar varias horas e incluso ponerse en operación en el siguiente periodo operacional.

Reunión Inicial del Comando Unificado. Una vez reunidos los miembros del CAM o GRAME, intercambian opiniones y toman decisiones para guiar los esfuerzos operacionales antes de la reunión de Objetivos del Comando Unificado. La reunión debe ser breve y en ella se deben documentar todas las decisiones e instrucciones. Los resultados de esta reunión contribuirán a guiar las medidas de respuesta generales. Las decisiones deben ser documentadas como seguimiento al formulario SCI-201.

Reunión de objetivos. El CU fijará las prioridades de respuesta, identificará las limitaciones y obstáculos, formulará los objetivos del incidente. En las reuniones subsecuentes, se revisarán y actualizarán los resultados, según se requiera.

Reunión Táctica. Esta reunión genera la información sobre operaciones que se requieren para apoyar el Plan de Acción del Incidente (PAI), el Jefe de la Sección de Operaciones puede presentar la matriz de análisis del trabajo y presentará el proyecto de hoja de trabajo de Planificación de las Operaciones (SCI-215). El Jefe de la Sección de Operaciones también presentará y consolidará la organización propuesta para la Sección de Operaciones. El Oficial de Planeación presentará el proyecto de hoja de trabajo de Análisis de Peligros y Riesgos (Anexo 10). El Jefe de la Sección de Operaciones y el Jefe de la Sección de Planeación solicitarán contribuciones de los asistentes a fin de mejorar esos proyectos que serán sometidos a la Reunión de Planificación para su aprobación por parte de todo el personal.

Reunión de Planeación. En esta reunión se ofrece una panorámica del Plan Táctico encaminado a la aplicación de las orientaciones, prioridades y objetivos actuales del Comando.

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Se revisa el cumplimiento de todas las indicaciones, prioridades y objetivos. Se da un panorama del estado actual de las operaciones en curso. Se presenta el Plan de Acción del Incidente incluidas estrategias, tácticas, contingencias, recursos, organigrama y elementos generales de manejo, como son divisiones, grupos, entre otros.

Reunión de Información sobre Operaciones. En esta reunión se presenta el Plan de Acción del Incidente a los supervisores del turno entrante de la Sección de Operaciones. Luego de la sesión y durante el cambio de turno, los relevos y el Jefe de la Sección de Operaciones deben entrevistar a los supervisores salientes para verificar la eficacia del PAI. El supervisor de la División o Grupo pueden hacer ajustes de último minuto a las tácticas de su incumbencia. Asimismo, el supervisor puede reasignar recursos dentro de esa División o Grupo para adaptarlo a las condiciones cambiantes.

Ejecución del PAI y Evaluación de la Situación (Comienzo de un nuevo periodo operacional). La evaluación es un proceso continuo que ayuda a ajustar las operaciones en curso y a planificar las futuras operaciones. Después de la sesión de información y el cambio de turno, todos los Jefes de Sección del Comando revisarán cómo ha evolucionado la respuesta al incidente y harán recomendaciones al CU en preparación para la próxima Reunión de Objetivos del CU. Esa retroalimentación e información se copia de forma sostenida de diversas fuentes, incluidos Observadores en el Terreno, las sesiones de obtención de información con el personal de respuesta, los interesados, etc., El CU debe alentar al Comando a que dejen el Puesto de Mando del Incidente y vean por ellos mismos las zonas del incidente a las que están brindando apoyo.

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ANEXO 4 FORMATOS SCI-201 (1 AL 4) 1. Nombre del incidente

2. Preparado por Información del Incidente SCI-201 (1 de 4)

3. Mapa / Boceto (incluir los mapas elaborados aquí o adjuntados, mostrando el área total de las operaciones, el sitio del incidente/área, resultados de sobrevuelos, trayectorias, costas impactadas, o los gráficos que representan el estatus situacional y de respuesta.

INFORMACIÓN DEL INCIDENTE FECHA SCI-201 (pág. 1 de 4)

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1. Nombre del incidente

2. Preparado por Información del Incidente SCI-201 (2 de 4)

4. Objetivos iniciales del incidente

5. Resumen de las acciones actuales

Hora Acción / Nota

INFORMACIÓN DEL INCIDENTE FECHA SCI-201 (pág. 2 de 4)

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1. Nombre del incidente

2. Preparado por Información del Incidente SCI-201 (3 de 4)

6. Organización actual

Comando U ifi d

Sección de Operaciones Sección de Planeación Sección de Logística Sección de Planeación

Div. / Grupo

Div. / Grupo

Div. / Grupo

Div. / Grupo

Div. / Grupo

CIGR*

CFEE*

CEEE*

Oficial de Información

Oficial de Seguridad

Oficial de Enlace

*CIGR Coordinador del Incidente del Grupo Responsable * CFEE Coordinador Federal en Escena * CEEE Coordinador Estatal en Escena

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INFORMACIÓN DEL INCIDENTE FECHA SCI-201 (pág. 3 de 4) 1. Nombre del incidente

2. Preparado por Información del Incidente SCI-201 (4 de 4)

7. Resumen de Recursos Hora En Recurso Requerido Ordenada Identificador de los Recursos ETA Escena? Notas: (Localización/Asignación/Estatus)

INFORMACIÓN DEL INCIDENTE FECHA SCI-201 (pág. 4 de 4)

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ANEXO 5 FORMATO SCI-202

ANEXO 3 SCI-204

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ANEXO 6 FORMATO SCI-204

ANEXO 4 SCI-204a ANEXO 4

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Anexo 6 (cont.) FORMATO SCI-204a

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ANEXO 7 FORMATOS SCI-205

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FORMATO SCI-205a

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ANEXO 8 FORMATO SCI-206

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ANEXO 9 FORMATO SCI-215

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ANEXO 9 FORMATO SCI-215a

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ANEXO 10 FORMATO Cubierta del PAI

ANEXO 11 SCI-233

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ANEXO 11 FORMATO SCI-233