comentarios al proyecto de una ley general de educación

6
Comentarios al Proyecto de una Ley General de Educación Fecha: Miércoles 09 de Mayo de 2007 Autor: Mons. Héctor Vargas Bastidas, sdb ELEMENTOS VALIOSOS QUE CONSTITUYEN UN AVANCE: La decisión de velar por el derecho que tienen todos los chilenos a una educación de calidad, y de ofrecerles equitativamente por tanto, independientemente de su condición socioeconómica, la posibilidad de acceder sin distinción al conocimiento y a la cultura; Una preocupación prioritaria y atención preferencial por los alumnos provenientes de los sectores más vulnerables, y cuya educación se desea apoyar con una adecuada compensación de las desventajas propias de su condición socio económica. Hay un esfuerzo por crecer en equidad e inclusión. Se busca de este modo una mejor comprensión del derecho a la educación, su salvaguarda y alcances. La elaboración de un currículo moderno y actualizado, orientado a recoger con velocidad los avances de la ciencia y del conocimiento como, asimismo, a adaptarse flexiblemente a los requerimientos variados de distintos tipos y segmentos de educandos, como la definición de los roles esperados de todos los actores, la idea de establecer estándares para medir objetivamente sus desempeños, y la creación de instancias externas que puedan acompañar y evaluar el logro de los mismos. Junto al reconocimiento de las formaciones diferenciadas científico humanista y técnico profesional, se reconoce la artística, abriéndose además en la E. Media la posibilidad de crear otras diferenciaciones. Estas señales de flexibilización del rígido currículo actual, son muy necesarias y habría que profundizarlas aún más, ya que ello favorece aprendizajes más pertinentes a las condiciones y talentos de los alumnos, incentivando la motivación, los rendimientos y la permanencia en el sistema. El esfuerzo por continuar atendiendo nuevos requerimientos de extensión de las coberturas educacionales, en especial, desde los primeros años de vida como en la educación de adultos y de poblaciones específicas. La sustitución de "enseñanza" por "educación", que busca concebirla ante todo como formación de personas, apoyando y encausando positivamente su desarrollo integral, con una mayor valoración del lugar que hoy ocupa el aprendizaje en educación. El reconocimiento del derecho preferente y primordial de los padres de familia a escoger el establecimiento educacional para sus hijos, como de igual forma, del derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, a tener sus Proyectos Educativos, a elaborar planes y programas propios, a contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar, garantizando el debido proceso en caso en que se contemplen sanciones, y acceder a subvención por parte del Estado. El deseo de promover y consolidar al interior de todas las escuelas, valiosos espacios de participación, en vistas a reconocer la organización de la Comunidad Educativa y en todos los estamentos que la conforman, un elemento esencial de comunión y animación de los proyectos educativos. La creación de un sistema nacional de evaluación que de noticia permanente de los progresos de los alumnos, docentes y establecimientos, favoreciendo la oportuna retroalimentación en los aspectos deficitarios. La preocupación por establecer nuevas exigencias para el reconocimiento oficial como Sostenedor, es sin duda necesaria, siempre y cuando éstas digan relación con aspectos que son esenciales para asegurar por sobre todas las cosas una educación de calidad.

Upload: others

Post on 18-Nov-2021

13 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Comentarios al Proyecto de una Ley General de Educación

Fecha: Miércoles 09 de Mayo de 2007Autor: Mons. Héctor Vargas Bastidas, sdb

ELEMENTOS VALIOSOS QUE CONSTITUYEN UN AVANCE:

La decisión de velar por el derecho que tienen todos los chilenos a una educación de calidad, y de ofrecerles equitativamente por tanto, independientemente de su condición socioeconómica, la posibilidad de acceder sin distinción al conocimiento y a la cultura;

Una preocupación prioritaria y atención preferencial por los alumnos provenientes de los sectores más vulnerables, y cuya educación se desea apoyar con una adecuada compensación de las desventajas propias de su condición socio económica. Hay un esfuerzo por crecer en equidad e inclusión. Se busca de este modo una mejor comprensión del derecho a la educación, su salvaguarda y alcances.

La elaboración de un currículo moderno y actualizado, orientado a recoger con velocidad los avances de la ciencia y del conocimiento como, asimismo, a adaptarse flexiblemente a los requerimientos variados de distintos tipos y segmentos de educandos, como la definición de los roles esperados de todos los actores, la idea de establecer estándares para medir objetivamente sus desempeños, y la creación de instancias externas que puedan acompañar y evaluar el logro de los mismos. Junto al reconocimiento de las formaciones diferenciadas científico humanista y técnico profesional, se reconoce la artística, abriéndose además en la E. Media la posibilidad de crear otras diferenciaciones. Estas señales de flexibilización del rígido currículo actual, son muy necesarias y habría que profundizarlas aún más, ya que ello favorece aprendizajes más pertinentes a las condiciones y talentos de los alumnos, incentivando la motivación, los rendimientos y la permanencia en el sistema.

El esfuerzo por continuar atendiendo nuevos requerimientos de extensión de las coberturas educacionales, en especial, desde los primeros años de vida como en la educación de adultos y de poblaciones específicas.

La sustitución de "enseñanza" por "educación", que busca concebirla ante todo como formación de personas, apoyando y encausando positivamente su desarrollo integral, con una mayor valoración del lugar que hoy ocupa el aprendizaje en educación.

El reconocimiento del derecho preferente y primordial de los padres de familia a escoger el establecimiento educacional para sus hijos, como de igual forma, del derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, a tener sus Proyectos Educativos, a elaborar planes y programas propios, a contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar, garantizando el debido proceso en caso en que se contemplen sanciones, y acceder a subvención por parte del Estado.

El deseo de promover y consolidar al interior de todas las escuelas, valiosos espacios de participación, en vistas a reconocer la organización de la Comunidad Educativa y en todos los estamentos que la conforman, un elemento esencial de comunión y animación de los proyectos educativos.

La creación de un sistema nacional de evaluación que de noticia permanente de los progresos de los alumnos, docentes y establecimientos, favoreciendo la oportuna retroalimentación en los aspectos deficitarios.

La preocupación por establecer nuevas exigencias para el reconocimiento oficial como Sostenedor, es sin duda necesaria, siempre y cuando éstas digan relación con aspectos que son esenciales para asegurar por sobre todas las cosas una educación de calidad.

Finalmente, la existencia, naturaleza y rol de un Consejo Nacional de Educación, de la más alta representatividad de la comunidad educativa, cultural, científica y tecnológica de la nación, aparece como algo necesario y positivo, más aún si se afirma que éste no responderá a intereses corporativos particulares, y siendo garante de la libertad de enseñanza, el derecho a la educación y del pluralismo.

PREOCUPACIONES EN TORNO AL PROYECTO

Acerca del concepto de Educación:

El Proyecto la define como "un proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, solidario, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas, enmarcados en el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, en nuestra identidad nacional y en el ejercicio de la tolerancia, de la paz y el respeto a la diversidad, capacitándolas para convivir y participar en forma responsable, democrática y activa en la sociedad" (art.2).

Sin embargo, el Proyecto de Ley al momento de hacer las propuestas concretas, esta finalidad casi desaparece, para dar paso en forma prioritaria al desarrollo de una serie de competencias y destrezas, relacionadas más bien con el conocimiento y dominio de las ciencias, el desarrollo de hábitos sociales y algunas preocupaciones respecto de sí mismos. Todo ello valioso y necesario, pero termina descuidando seriamente la globalidad de la realidad, y los desafíos formativos propios de niños y adolescentes, en plena vivencia de su proceso de desarrollo como persona. Los gozos, esperanzas, angustias, tristezas, búsquedas, interrogantes y utopías de nuestros alumnos, no aparecen como objetivos explicitados. A su vez, el acompañamiento gradual y sistemático de su formación en relación a un proyecto de vida personal presente y futuro, en donde desafíos vitales como son la educación al amor y la sexualidad, la formación de la conciencia moral y el desarrollo de la dimensión ético-social para una vida de compromiso social, político y solidario en su mundo, etc. tampoco están presentes. Educar requiere que a partir de los valores en que se fundamenta la verdad y dignidad de la persona humana, se establezcan los grandes principios antropológicos que iluminarán todo el proceso formativo. Es por ello que resulta preocupante constatar que valores que forman parte de la naturaleza educativa misma. No formen parte de lo que el Proyecto denomina como los "principios llamados a inspirar el sistema educativo".

Acerca del concepto de Calidad:

Se esperaría que a la hora de establecer los parámetros desde los cuales exigir calidad, éstos digan directa relación al menos- con el concepto de educación que el mismo proyecto establece. Sin embargo, observamos incoherencias muy serias, ya que el Proyecto, apenas definida la calidad como "el logro de una educación integral", inmediatamente agrega: "entendiendo que el objetivo es brindar una formación que abarque competencias, conocimientos y valores sustentados en la democracia y la solidaridad", (Antecedentes, 4) reduciendo ésta en modo sustantivo. Por otra parte, al establecer los requisitos mínimos de la educación parvularia, básica y media" (art. 27-29), éstos, definitivamente no logran en su conjunto desarrollar en la persona de los alumnos las características del concepto de educación señalado por el mismo proyecto.

De hecho, la dimensión espiritual, ética, moral, afectiva, e incluso social, están muy disminuidas y algunas hasta ausentes en los objetivos a lograr, manifestando una visión muy pobre del proceso educativo. Asimismo, y aún cuando la propuesta establece que la calidad "no sólo consiste en el logro de estándares de aprendizaje", (Antecedentes 4) son éstos en definitiva los que primarán al evaluar las escuelas, y no los contenidos valóricos de una educación integral, e incluso para sancionarlas con multas o pérdida del reconocimiento oficial. De este modo no termina de quedar claro, el concepto de "educación" y de "calidad".

Acerca de la libertad de enseñanza:

El Proyecto de Ley busca formar a los alumnos en principios tendientes "a consolidar una sociedad caracterizada por el pluralismo, la democracia, la tolerancia y abierta a la diversidad". Ello debiera implicar, consecuentemente, un modelo

que favorezca la libre oferta de una variedad muy grande de proyectos educativos alternativos, capaces de responder a este pluralismo y diversidad expresado en los distintos colectivos sociales que componen nuestro país. Es por ello que, personas o instituciones a partir de sus propias convicciones- tienen derecho a "abrir, organizar y gestionar establecimientos educacionales" (Contenidos, 2), y a transformar desde el marco curricular oficial, dichas convicciones en proyectos educativos determinados.

Cada uno de estos proyectos, consecuentemente, implican una particular visión y misión educacional, con un peculiar concepto acerca de la persona, de los valores morales y éticos que se deducen y por los cuales se opta, de la sociedad, de la historia y la cultura, de la ciencia y la tecnología, del arte y la economía, etc, y que plasman su propuesta curricular, las prácticas pedagógicas, las experiencias significativas y la convivencia escolar de la escuela. Cuánto más, si el proyecto es de un colegio confesional. De aquí se desprenden una serie de exigencias y condiciones que explican porqué no todos los provenientes de una sociedad plural, -más allá de su interés- reúnen las características y disposiciones necesarias para educarse indistintamente en cualquier establecimiento y proyecto educativo. Más aún, un porcentaje de ellos podrían incluso llegar a sentirse coaccionado, o violentado por las características y estilo de una determinada propuesta.

Por ello, al eliminarse toda forma de admisión al momento de postular, se corre el riesgo no sólo de coartar legítimos derechos y libertades de quienes ofrecen el servicio, sino de hacer inaplicables los proyectos educativos, obligando a buscar fórmulas que de algún modo puedan ajustarse más o menos a los todos por igual. De este modo, se podría iniciar una gradual unificación de todo el sistema escolar. Es bueno recordar a su vez, que todas las personas son iguales en dignidad, pero no idénticas, más bien únicas e irrepetibles, y por ende con necesidades formativas distintas. No se debe confundir por eso, selección con discriminación, ni equidad con igualdad. Asegurada la pluralidad de ofertas, le es posible a los padres de familia primeros y principales responsables de la educación de sus hijos- tener ante sí un abanico de proyectos educativos en donde según sus propios principios y valores, poder ejercer con toda libertad su derecho a elegir el tipo y estilo de educación que más anhelan para ellos. Los procesos de selección son justamente el medio para asegurar entre colegio y familia, la mutua comunión en los intereses, objetivos y formas.

Por otra parte, las categorías de sostenedores han sido fuertemente reducidas. En el futuro no pueden serlo Corporaciones y Fundaciones que tengan más de una finalidad corporativa; tampoco sociedades ni personas naturales. Pueden serlo, sin embargo, personas jurídicas de derecho público creadas por ley, descripción que desafortunadamente no se aplica a la personalidad jurídica de la Iglesia Católica, que no fue creada por una ley. Se impide, para cualquier caso, la transferencia o transmisión de la calidad de sostenedor. Al pensar en la calidad de la educación, no es fácil justificar la necesidad o la conveniencia de suprimir tantas categorías de sostenedores.

Acerca del derecho a una educación con equidad

Consideramos que el logro de un sistema educacional equitativo al que tanto aspiramos, se lleva a cabo cuando éste es capaz de asegurar a la totalidad de nuestros niños y jóvenes, una educación de calidad en cada escuela del país, cualquiera sea el lugar en donde se encuentre, la condición de sus destinatarios, su dependencia, modalidad, sistema de financiamiento y proyecto educativo. Esta ha de ser, sin duda, una opción y obligación de Estado.

Si deseamos promover auténtica equidad, entonces cada niño ha de tener a su disposición similar calidad de profesores, recursos, ambientes, especialistas, procesos educativos y un grado de autonomía de gestión curricular, económica y administrativa tal, que permita a cada centro responder con rapidez, adecuaciones y pertinencia, a las necesidades concretas de sus alumnos, especialmente la de los más vulnerables, dando así mayores garantías de un acompañamiento y educación integral. El Proyecto, sin embargo, más allá de afirmar que el Estado deberá velar para que exista igualdad de oportunidades en el acceso y derecho a una educación de calidad por medio de "medidas compensatorias y de discriminación positiva", éstas inexplicablemente, parecieran reducirse al tema de la selección de alumnos, acoger a las alumnas embarazadas y a eliminar sanciones por determinados incumplimientos académicos o económicos de las familias o alumnos

La necesidad de contar con estándares de calidad y lo valioso de su aporte, están fuera de discusión. Sin embargo,

preocupan las consecuencias para las comunidades de no lograrlos. Hay que hacer presente que el pleno logro de tales estándares no es responsabilidad única de los colegios, ni está en ellos la posibilidad de alcanzarlos totalmente. No hay que olvidar que se trabaja con seres humanos y no con máquinas programables a todo evento. De por medio están los condicionamientos y características propios de cada persona y su historia, del medio familiar y social, del influjo de los medios de comunicación y sus modelos culturales, y por sobre todo, el grado de libertad y también de la voluntad de cada sujeto.

La equidad se da, entonces, ¿cuando todos, y en un mismo tiempo, e idéntico proceso programado, alcanzan el pleno cumplimiento de ciertos indicadores exigidos externamente, ¿O cuando cada uno de acuerdo a su realidad y posibilidades, tiene lo necesario para ir avanzando progresivamente respecto de sí mismo. ¿No se debería velar más bien porque cada colegio cuente con todo lo necesario para ello, y asegurar en la evaluaciones que se estén haciendo todos los esfuerzos porque los alumnos alcancen mayores logros, y ofrecer los recursos para ello. El Proyecto, más allá de los alumnos con necesidades especiales, debería incluir algunos criterios básicos que orienten una forma equitativa de aplicación de los estándares.

Acerca del concepto y utilización de la Subvención escolar

El poder público, a quién corresponde amparar y defender las libertades de todos los ciudadanos, atendiendo a la justicia distributiva, debe procurar distribuir los subsidios públicos necesarios que permitan a los padres escoger con libertad absoluta, según su propia conciencia, y al margen de su condición social y económica, las escuelas para sus hijos. La subvención escolar, entonces, no es una dádiva graciosa que pueda darse o no por parte del Estado, sino un derecho que pertenece a todos los padres de familia sin excepción. Es pertinente recordar que los dineros públicos no son propiedad privada del Estado ni de los Gobiernos de turno, y menos para ser utilizados arbitraria y discriminatoriamente, ya que proviniendo de todos los chilenos en su condición de contribuyentes, son exigibles por todos ellos sin exclusión alguna, y en este caso, para educar a sus hijos en la forma que más deseen.

En consecuencia resulta muy cuestionable, que gradualmente y al margen de su naturaleza, la subvención esté siendo concebida y utilizada más bien como un medio para presionar e incluso amenazar a las comunidades educativas, con la finalidad que lleven a cabo una serie de exigencias que hablan más de un Estado gerente e interventor, que garante de la educación y subsidiario. La lógica del "como el Estado aporta los recursos, tiene todo el derecho a intervenir", que termina por imponer cada vez más su parecer en la gestión interna de las comunidades, con crecientes regulaciones, y bajo la amenaza de suprimir la subvención, es inaceptable. Se corre así el riesgo de limitar cada vez más la necesaria libertad de las escuelas, desperfilándolas en la originalidad de sus proyectos, y reduciendo una oferta auténticamente plural y alternativa. Distinto es un Estado responsable que supervisa la correcta utilización de los recursos y establece las justas sanciones si corresponden por su mal uso, y otra cosa, que entregue éstos a condición de intervenir cada vez más y con criterios tendientes a la unificación de todo el sistema, y en ámbitos siempre más amplios de la gestión interna del proyecto educativo. El actual Proyecto de Ley en algunas de sus disposiciones, lamentablemente aparece como un paso más en este sentido.

Acerca del Sector de Aprendizaje en Religión

El Proyecto, a la hora de definir la educación como un proceso de formación integral, proclama como parte esencial de ella el desarrollo espiritual. Es por esto que llama poderosamente la atención, la completa ausencia en las propuestas del ámbito religioso. La religiosidad (al margen de cualquier credo), no sólo es una dimensión que forma parte de la persona, sino que además, es sujeto de educación. Educar la religiosidad de los niños y adolescentes, es un imperativo de una educación auténticamente integral. En no pocas escuelas, ésta el la única instancia sistemática que tienen los alumnos para abrirse a la trascendencia, buscar las respuestas a los interrogantes más profundos de la existencia, educar la conciencia moral, desarrollar valores e iniciar la construcción de un proyecto de vida al servicio del bien común.

Por otra parte, no hay que olvidar que el 96% de la población chilena se manifiesta creyente y un 85% cristiana. (Cfr. Adimark). Sin embargo, y aún cuando los miles de Profesores de Religión que existen o se preparan en la educación

superior, deben cumplir idénticas exigencias de formación inicial y del ejercicio de la profesión docente que el resto de los maestros, éstos sufren una serie de discriminaciones incomprensibles en el desempeño de su labor, ya que sus notas al no ser reconocidas no influyen en la promoción, sus alumnos en las escuelas subvencionadas son los únicos que no cuentan con textos de estudio y material didáctico específico, es meramente optativa, y el hecho además que en no pocos casos es ubicada en los horarios más incómodos, termina desmotivando a los alumnos cuyas familias anhelan esta educación. Por otra parte la gran mayoría no tiene acceso al perfeccionamiento en las Municipalidades, su sector de aprendizaje no está contemplado en las ofertas y demandas de Chile Compra, no se les reconocen los trienios, y no acceden a bonos por perfeccionamiento. Confiamos que la frágil situación de este sector pueda ser justamente reconocida, en igualdad de condiciones con las demás asignaturas y docentes, en el presente Proyecto de Ley.

Acerca del Consejo Nacional de Educación:

No nos parece que la forma en que está pensada la nominación de los integrantes, sea efectivamente plural y ampliamente representativa. La influencia excesiva del Ejecutivo o de organismos de él dependientes, debe ser modificada. El Presidente de dicho organismo, por de pronto, ha de ser una persona que por su formación, sabiduría, prudencia y capacidad de diálogo, de efectiva garantías a todos.

ALGUNAS PROPUESTAS:

Finalmente, estimamos que el mejoramiento de la calidad educativa en nuestro sistema educativo, pasa necesariamente también por algunos temas que no aparecen, o no son abordados suficientemente:

Se requiere, en efecto, llevar a cabo un cambio importante hacia la descentralización de las escuelas municipales en general. Si ellas no cuentan con mayores espacios de autonomía y libertad para elaborar proyectos educativos más pertinentes, autogestionarse económica, curricular, administrativamente y tomar sus propias decisiones, difícilmente podrán ser más eficaces.

De algún modo, todos los diagnósticos señalan la urgencia de elaborar políticas globales que en forma orgánica, se hagan cargo de los desafíos del tema docente. Esto dice relación por ejemplo, con el respeto a su dignidad, características de su carrera profesional, reconocimiento económico, y exigencias de su formación inicial, necesarios para un salto en la calidad de nuestra educación. Lo anterior también implica una decidida revisión del actual Estatuto Docente.-

Si todas las evaluaciones señalan que la subvención ya es muy insuficiente, el criterio de otorgarla por asistencia, resulta aún más incomprensible y genera nuevas injusticias en el sistema. Esto afecta a todos los establecimientos por igual, ya que con gastos fijos deben enfrentar ingresos no asegurados. De este modo las escuelas son castigadas económicamente por variables completamente ajenas a la voluntad, como son las climáticas, de salud, traslados, etc. Cuánto más, entonces, las rurales y quienes atienden mayoritariamente a alumnos de condición vulnerable.

En el marco curricular actual, los Objetivos no son fundamentales y los contenidos no son mínimos, abarcando la mayor parte de los espacios curriculares. Esto no deja espacio suficiente para que cada colegio tenga un auténtico proyecto curricular propio. Una Ley de esta naturaleza debería asegurar espacios mínimos de libre disponibilidad. Ello estimularía la reflexión e investigación pedagógica de las comunidades educativas, favoreciendo en gran medida la creación y desarrollo de proyectos educativos innovadores y más pertinentes.

CONCLUSIÓN

Se quiere regular una materia de inconmensurable importancia, porque de la educación en sus diversas formas depende el desarrollo integral de todas las potencialidades que tienen los chilenos, como don del mismo Dios. El proceso educacional, en el amplio sentido de la palabra, marcará su historia, su felicidad y su aporte a la sociedad. Una visión restringida de la educación, de su calidad y de la libertad de enseñanza, por el contrario, restringirá los valores de los chilenos, como asimismo las dimensiones de nuestra convivencia y de la creatividad, el saber, el desarrollo y la paz entre nosotros; en último término, las dimensiones de nuestra vida y de nuestra cultura. Por eso, resulta más coherente

con el valor de la educación, no dejar el marco legal de la educación a merced de mayorías transitorias y a veces opuestas entre sí, capaces de cambiar velozmente una ley fundamental para Chile. Esta materia, de tanta incidencia en nuestra convivencia y en nuestra cultura, debe ser regulada por una ley constitucional, que no pueda ser modificada fácilmente, y cuente con el mayor respaldo ciudadano y con permanencia.

� Héctor Vargas Bastidas, sdbObispo de San Marcos de Arica

Presidente Área Educación de la Conferencia Episcopal de Chile