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1 Pobreza, género y derechos en las políticas contra la pobreza Conectando el género y el clientelismo en los Programas de Transferencias Condicionadas Chris Gruenberg Colectivo para la Diversidad [email protected] Documento de trabajo preparado para la conferencia “Clientelismo Político, Políticas Sociales y la Calidad de la Democracia: Evidencia de América Latina, Lecciones de otras Regiones” Quito, Ecuador, Noviembre 5-6, 2010 *Este es un trabajo en progreso: todos los comentarios son muy bienvenidos* Reconocimientos: quiero agradecer el apoyo incondicional y los comentarios del equipo de profesionales del Grupo Faro, especialmente a Maribel Almeida y Orazio Bellettini.

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1

Pobreza, género y derechos en las políticas contra la pobreza

Conectando el género y el clientelismo en los Programas de Transferencias Condicionadas

Chris Gruenberg

Colectivo para la Diversidad

[email protected]

Documento de trabajo preparado para la conferencia “Clientelismo Político, Políticas Sociales y la Calidad de la Democracia:

Evidencia de América Latina, Lecciones de otras Regiones” Quito, Ecuador, Noviembre 5-6, 2010

*Este es un trabajo en progreso: todos los comentarios son muy bienvenidos*

Reconocimientos: quiero agradecer el apoyo incondicional y los comentarios del

equipo de profesionales del Grupo Faro, especialmente a Maribel Almeida y Orazio

Bellettini.

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2

Resumen

Hace exactamente 15 años el Informe de Desarrollo Humano empezó por primera vez a

medir las disparidades en la capacidad humana básica entre los sexos. La conclusión del

informe fue fulminante: “ninguna sociedad trata a sus mujeres tan bien como a sus

hombres”. El mismo informe concluía reclamando la necesaria y urgente intervención

del estado para modificar la desigualdad de género.1

Pero 15 años más tarde la evidencia empírica demuestra que a pesar de las masivas

reformas legales implementadas a favor de la equidad de género, la violencia contra las

mujeres, la misoginia, y el sexismo estructural siguen intactos2. Todo indicaría, como

lo señala la teoría feminista, que el estado es masculino: que la ley y las políticas

públicas ven y tratan a las mujeres como los varones ven y tratan a las mujeres.3

En este contexto social, los programas de transferencias en efectivo condicionadas se

focalizan especialmente en aquellas mujeres que cumplen con el papel social

reproductivo de madres. Estos nuevos programas neoliberales contra la pobreza han

conseguido feminizar aún más las responsabilidades y las obligaciones de las mujeres

frente a la pobreza, incrementando la interacción de las mujeres con la burocracia

estatal de los mismos programas, con los servicios públicos de salud y educación, con

el sistema bancario y con las ONGs.

El principal objetivo de este trabajo consiste en cuestionar el hecho de que los arreglos

institucionales que enmarcan la gestión de los programas de transferencias en efectivo

condicionadas en general, y del programa Bono de Desarrollo Humano (BDH) en

particular, podrían estar promoviendo antiguas y nuevas formas de clientelismo

basadas en la desigualdad de género.

Para concretarlo, el trabajo analiza desde una perspectiva feminista y de derechos

humanos en qué grado el diseño y la gestión del programa BDH garantizan las

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3

condiciones institucionales mínimas para que las mujeres puedan enfrentar y denunciar

el clientelismo.

¿El clientelismo tiene género?4

Durante los últimos 50 años el complejo fenómeno social del clientelismo5 ha sido

estudiado extensamente por la antropología, la sociología, la ciencia política y más

recientemente la economía6. Sin embargo, a pesar de las diferencias metodológicas y

conceptuales que dividen a estas disciplinas, la mayoría de los estudios coinciden en

definir el clientelismo como una relación de dominación, una forma de vínculo

selectivo y particularista entre una persona con mayor poder económico, estatus social

y/o acceso a recurso públicos (el patrón o mediador), quien aprovecha su influencia para

dar protección, servicios o favores a otras personas (el cliente) que los reciben

intercambiando asistencia, servicios personales, prestigio social o apoyo político.7

Para describir esta compleja relación de dominación Susan Stokes retoma y reproduce

el análisis marxista de las luchas de clases en donde oprimidos y opresores se enfrentan:

el amo y el esclavo, patricios y plebeyos, señores y siervos, maestros y oficiales8. Pero

Stokes, al igual que Marx, omite en su análisis las relaciones de género como

relaciones de dominación.

Para Marx, las mujeres son la excepción a todas las reglas del análisis sobre los seres

humanos en la sociedad. En su análisis las mujeres son definidas en términos

biológicos, junto a los niños como adultos incompletos9. Desde este punto de vista las

mujeres conforman un grupo natural y no una clase construida socialmente. Analizar a

las mujeres como grupo presocial invisibiliza el hecho político y económico de que

los varones sostienen y se benefician de un sistema de dominación basado en la

apropiación de la reproducción biológica y la producción económica de las mujeres.10

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4

De esta manera encontramos en la escasa atención dedicada a la dimensión del

género11 un segundo punto de convergencia entre las distintas disciplinas que

estudian el clientelismo. Desde este punto de vista la mayoría de los estudios

sostienen, al menos tácitamente, que todo lo que podría observarse y decirse sobre la

conexión entre el clientelismo y los varones, resultaría perfectamente generalizable a las

mujeres.

Pero en la vida social el clientelismo puede afectar de manera muy diferente a

varones y mujeres. Un dato de la realidad que ningún análisis puede omitir es la

mayor dependencia de las mujeres de los servicios públicos12. Debido a su rol de

género las mujeres son asignadas al papel de cuidar a otros, ampliando su

responsabilidad en la provisión del cuidado de la salud y la educación de los/las

niños/as, y regularmente también en la de los/las adultos/as mayores de la familia. Las

mujeres también necesitan cuidados especiales y consultas en los hospitales públicos

durante el embarazo y frente a la pandemia prevenible de los abortos inseguros13. Y

más recientemente, las mujeres han sido seleccionadas como receptoras de los

programas de transferencias en efectivo condicionadas. Estos nuevos programas

neoliberales contra la pobreza han conseguido, según Silvia Chant14, feminizar aún

más las responsabilidades y las obligaciones frente a la pobreza, incrementando la

carga de trabajo informal y la interacción de las mujeres con la burocracia estatal de

los servicios sociales.

En este contexto, uno de los principales objetivos de este trabajo consiste en enfatizar

la inclusión de esta evidencia en el estudio del clientelismo para mejorar la

comprensión sobre cómo el rol de género asignado socialmente a las mujeres las

expone cotidiana y rutinariamente a antiguas y nuevas formas de clientelismo.

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5

Feminismo y clientelismo

Es obvio que la ausencia de la perspectiva de género no es exclusiva de los estudios

sobre el clientelismo. La mayoría de los emprendimientos científicos y culturales

considerados y aceptados cómo válidos han sido llevados a cabo en esferas sociales

dominadas por los varones. En este contexto, las ciencias físicas y sociales se han

desarrollado desde una epistemología positivista, la cual ha sido influenciada por

fuerzas sociales y culturales caracterizadas por ser patriarcales, elitistas, heterosexistas y

racistas.15

Durante los últimos 30 años las diversas teorías y prácticas feministas han buscado

visibilizar, desnaturalizar y transformar las relaciones de poder opresivas impuestas a

las mujeres por el patriarcado. Para las teorías feministas, en general, una sociedad

patriarcal implica un sistema de dominio masculino y heterosexual16 sobre la esfera

pública y privada, utilizado para perpetuar los privilegios de los varones y la

subordinación de las mujeres. El patriarcado se basa en la desigualdad de género y hace

aparecer el poder y los privilegios de los varones como normales y naturales, antes que

construidos socialmente.

En esta misma línea, diversas autoras feministas han desarrollado robustas críticas en

contra del estado liberal de bienestar, las políticas internacionales para el desarrollo y

los programas de transferencias en efectivo condicionadas (TEC) en particular. Autoras

como Nancy Fraser17 y Catherine MacKinnon18 se han dedicado ha visibilizar y

cuestionar cómo el sesgo androcéntrico y el paternalismo burocrático del estado

moderno reproducen las desigualdades de género.

Para otras autoras feministas la inclusión de la perspectiva de género en las políticas

para el desarrollo de los últimos 20 años se ha basado en políticas que no han

cuestionado las causas sociales que producen y naturalizan las relaciones desiguales

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6

de poder entre varones y mujeres. En consecuencia, en el marco de esta retórica las

mujeres estarían siendo instrumentalizadas para mejorar la eficiencia de las políticas

para el desarrollo19. El efecto de esta instrumentalización ha implicado negarle a las

mujeres su agencia política y ha mantenido las relaciones de subordinación y de

poder intactas.20

Más recientemente, un nutrido grupo de autoras feministas21 han dirigido sus críticas

sobre el impacto de los programas TEC en la reproducción de los estereotipos de

género. En términos muy generales estas autoras coinciden en denunciar que los

programas TEC han sido diseñados a partir de presunciones normativas sexistas que

tienden a reforzar los roles de género del patriarcado y a naturalizar los privilegios de

los varones, exaltando el papel social asignado tradicionalmente a las mujeres como

cuidadoras y madres y excluyéndolas del ámbito público.

Estas mismas autoras agregan también que cuando estos programas han logrado incluir

la perspectiva de género, lo han hecho de manera selectiva e inocente. De forma

selectiva porque estos programas promueven la equidad de género priorizando la

asistencia de las niñas a la escuela, pero al mismo tiempo refuerzan el rol reproductivo

de las mujeres en el hogar. Y de manera inocente porque no cuestionan las estructuras

sociales que causan la subordinación de las mujeres, ni tienen en cuenta los obstáculos

económicos, políticos y culturales que les impiden el ejercicio de sus derechos humanos

frente a los servicios públicos.

Pero, paradójicamente, aunque los programas TEC sean asignados principalmente a

mujeres y condicionen su permanencia dentro del programa al cumplimiento de

obligaciones que implican automáticamente una mayor interacción con los servicios

públicos y la burocracia estatal, ninguna de estas autoras feministas ha incluido en sus

trabajos, al menos explícitamente, el análisis de las prácticas clientelares.

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7

Clientelismo y género: haciendo la conexión

Planteado el problema nuestro argumento es sencillo: existiría un doble punto ciego

en los estudios sobre el clientelismo y en los trabajos críticos del feminismo sobre los

programas de TEC. Mientras los primeros son ciegos a la dimensión de género, los

últimos tienden a subestimar el fenómeno del clientelismo. En consecuencia, este doble

punto ciego dejaría sin respuesta la siguiente pregunta central para nuestro trabajo:

¿qué efectos produce sobre los derechos de las mujeres la intersección de dos

sistemas de dominación como el clientelismo y las relaciones de género?

Creemos que las posibles respuestas a esta pregunta podrían tener implicancias

políticas concretas para criticar y mejorar el desempeño de los programas sociales

focalizados en mujeres y especialmente para alcanzar el respeto, la protección y la

realización de los derechos humanos de las mujeres que luchan cotidianamente para

salir de la pobreza.

Objetivos y metodología

El principal objetivo de este trabajo consiste en cuestionar el hecho de que los arreglos

institucionales que enmarcan el diseño y la gestión de los programas TEC en general, y

del programa BDH en particular, podrían estar promoviendo antiguas y nuevas formas

de clientelismo basadas en la desigualdad de género.

Para concretarlo, este trabajo analiza, de manera preliminar, en qué grado el diseño y

la gestión del programa Bono de Desarrollo Humano (BDH) garantizan las

condiciones institucionales mínimas para que las mujeres puedan enfrentar y denunciar

el clientelismo.

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8

El instrumento propuesto retoma y profundiza una metodología de evaluación utilizada

previamente por el Grupo Faro (GF) en 200522. En esa oportunidad el GF evaluó a

nueve programas sociales en base a 4 variables consideradas centrales para la

prevención y el control del clientelismo: 1) Acceso a la información; 2) Participación

ciudadana; 3) Mecanismos de reclamo23; 4) Alianzas con actores externos.

La novedad del instrumento en esta segunda etapa consiste en volver a analizar las

mismas 4 variables pero incluyendo la perspectiva de derechos humanos a través de

los estándares de 1) accesibilidad; 2) disponibilidad; 3) aceptabilidad; 4) adaptabilidad.

Dado que se trata de un análisis preliminar y un primer abordaje hemos decidido

testear la metodología sobre un solo programa. En este caso se trata del programa Bono

de Desarrollo Humano, el cual fue seleccionado entre varios programas por su

relevancia económica y social. También tuvimos en cuenta que el programa BDH se

focaliza mayormente en mujeres24 (con más de un 80% del padrón asignado a mujeres),

por lo cual el análisis se hará a través de un paradigma antipatriarcal.

Para concretarlo se utilizarán las principales fuentes de información secundarias

disponibles vinculadas a la evaluación del programa BDH (desde 2005 hasta la

actualidad) e informes y relatorías recientes del sistema internacional de derechos

humanos (desde 2007 hasta la actualidad). Como marco de referencia se analizarán

también las experiencias comparadas de otros programas TEC de la región, tomando en

cuenta principalmente las experiencia de Brasil (Bolsa de Familia), México (programa

Oportunidades) y Argentina ( programa Jefes y Jefas de Hogar). 25

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9

Las tres variables claves

La metodología desarrollada por el GF seleccionó específicamente estas variables

porque existe un amplio consenso en el debate académico y político26 sobre el valor de

la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas como derechos

que garantizan las condiciones y promueven incentivos positivos para mejorar la

provisión de servicios sociales y controlar la corrupción y el clientelismo. También

existe evidencia concluyente sobre la sinergia entre estos tres procesos institucionales,

con la transparencia promoviendo participación y rendición de cuentas, y la rendición

de cuentas promoviendo una mayor participación ciudadana.

Los estándares de derechos humanos

La práctica de los derechos humanos ha desarrollado instrumentos para evaluar el

cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales. Estos cuatro estándares

de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad son utilizados

sistemáticamente27 por el movimiento de derechos humanos para medir la cantidad y la

calidad de los servicios de salud, educación, vivienda, alimentación y agua potable,

entre otros.

Recurrimos a estos estándares porque también permiten evaluar con precisión el grado

de realización de los derechos a la participación, al acceso a la información pública y a

la rendición de cuentas. Por la misma razón, decidimos analizar por separado la cuarta

variable “Alianzas con actores externos” ya que se trata de una estrategia institucional

y no de un derecho.

En resumen los 4 estándares fijan los siguientes parámetros generales para evaluar la

cantidad y la calidad de los servicios sociales:

Disponibilidad: los servicios deben estar disponibles en cantidad suficiente para

satisfacer las necesidades de los grupos o la población en cuestión.

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10

Accesibilidad: los servicios deben estar distribuidos y ubicados de tal forma que la

población pueda usarlos sin discriminación. Esto implica que debe eliminarse cualquier

barrera física, geográfica o económica que pueda llegar a bloquear la realización de un

derecho.

Aceptabilidad: los servicios deben ser prestados de una forma que respete los valores,

normas y prácticas culturales de aquellos grupos que los demandan y usan. Deben ser

relevantes, culturalmente apropiados y de buena calidad.

Adaptabilidad: la forma y el contenido de los servicios deben adaptarse a las

necesidades y habilidades de cada individuo y de cada grupo, en diferentes contextos

sociales y culturales.

El paradigma antipatriarcal

Dado que el BDH se trata de un programa TEC focalizado principalmente en mujeres y

gestionado en un contexto patriarcal, decidimos incorporar una variable transversal

para complementar la perspectiva de derechos humanos con un análisis feminista que

permita una compresión más densa y profunda sobre la conexión entre las relaciones

clientelares y las relaciones de género.

Definimos a esta variable transversal como paradigma antipatriarcal, porque un

paradigma es una cosmovisión construida socialmente para guiar la investigación

teórica y la acción política sobre la realidad social. Un paradigma antipatriarcal

implica un nuevo marco interpretativo sobre la vida social de las mujeres para

rechazar el sistema de ideas y prácticas hegemónicas impuestas por los intereses

masculinos como naturales e inevitables.

Básicamente, este paradigma confirma la idea de que cualquier estrategia de resistencia

que aspire a desmantelar la casa del amo con sus propias herramientas será una

estrategia destinada a fracasar28. En el marco de este trabajo entendemos que la casa

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11

del amo es un reflejo del orden social denunciado por el Informe de Desarrollo

Humano de 1995 a través de la frase: “ninguna sociedad trata a sus mujeres tan bien

como a sus hombres”29. El principal mérito de esa conclusión consistió en exponer y

criticar la violencia y la discriminación contra la mujer como un fenómeno social

normalizado, como parte del funcionamiento rutinario de la sociedad; cuestionando al

mismo tiempo los privilegios masculinos, supuestamente intocables.

Las nuevas herramientas necesarias para desmantelar este orden social injusto implican

la autodeterminación de las mujeres para poder hablar por si mismas y fijar sus propias

agendas políticas. Las distintas teorías y prácticas del feminismo negro y chicano30, por

ejemplo, han desarrollado diversas herramientas para interpretar la realidad de las

mujeres visibilizando la interconexión entre la raza, la clase, el género y la sexualidad

para explicar mejor las diversas experiencias de opresión y las múltiples estrategias de

resistencia de las mujeres frente a la dominación masculina.

Además de incluir el análisis del fenómeno de la interconexión entre los diferentes

sistemas de discriminación, el paradigma antipatriarcal reconoce tres formas de

opresión que operan simultáneamente en la vida cotidiana de las mujeres: la opresión

económica como la explotación de las mujeres en cuanto a la transferencia de los

resultados de su trabajo para beneficio de los varones. En segundo lugar la opresión

política como la exclusión de las mujeres de los principales procesos e instituciones

(formales e informales) responsables de la redistribución del poder y la asignación de

recursos. Finalmente, la opresión ideológica como la producción y difusión de

estereotipos misóginos para justificar la dominación masculina y para lograr que la

cultura patriarcal hegemónica sea vista como algo natural e inevitable.

En definitiva, la combinación de los estándares de derechos humanos con el

paradigma antipatriarcal permite instalar explícitamente los diferentes puntos de vista

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12

de las mujeres, visibilizando sus demandas, capacidades, derechos y necesidades

particulares para participar, acceder a la información pública y exigirle al estado

que rinda cuentas frente al abuso de poder (ver cuadro1).

CUADRO 1. Las variables de transparencia, participación, y rendición de cuentas

según la perspectiva de DDHH y el paradigma antipatriarcal.

PARADIGMA ANTI-PATRIARCAL

Disponibilidad Accesibilidad Aceptabilidad Adaptabilidad Transparencia: Implica obligaciones legales y acciones políticas para garantizar el acceso de las mujeres a la información pública a través de la difusión activa de información pública y de responder en tiempo y forma a la demanda de información.

Los canales y mecanismos de difusión y acceso a la información deben estar disponibles en cantidad suficiente para satisfacer la demanda de información de las mujeres.

Los canales y mecanismos deben estar instalados y funcionar sin discriminar ni obstaculizar el acceso de las mujeres a la información pública.

La forma de acceder y el contenido de la información ofrecida debe ser relevante, culturalmente apropiado y de buena calidad. Se deben tomar acciones concretas para difundir información para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

La forma de recibir y buscar información debe adaptarse a las necesidades y habilidades particulares de cada mujer. El lenguaje y el contenido de la información pública debe adaptarse a problemas de baja literacidad y a distintas situaciones locales.

Participación: Implica obligaciones legales y acciones políticas para incluir a las mujeres en la toma de decisión sobre el diseño y la gestión de los programas sociales con distinto grado de alcance sobre las decisiones finales y sobre el control directo de la gestión de los servicios sociales.

Los canales y mecanismos participativos deben estar disponibles en cantidad suficiente como para promover la participación de las mujeres.

Los canales y mecanismos deben estar instalados y funcionar sin discriminar ni obstaculizar la participación de las mujeres. Se debe eliminar especialmente los obstáculos geográficos, físicos y económicos.

La forma de participar y el contenido de la agenda debe ser culturalmente apropiado, y debe reflejar las demandas e intereses de las mujeres. Los procesos participativos deben ser sensibles a la intersección de la raza, el género, la clase y la sexualidad y deben respetar las formas de participación preexistentes.

Las formas y el contenido de los procesos participativos deben adaptarse a las necesidades y habilidades particulares de las mujeres. Los forma de los procesos participativos deben incorporar y tener en cuenta la doble jornada de las mujeres y el cuidado de los hijos.

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13

Rendición de cuentas (RDC): Implica obligaciones legales y acciones políticas para recibir, investigar y sancionar por vía administrativa y/o judicial el abuso de poder y la violencia contra las mujeres.

La infraestructura y los procesos de RDC deben estar disponibles en cantidad suficiente como para garantizarle a las mujeres el acceso a la justicia.

La infraestructura y los procesos deben estar instalados y funcionar sin discriminar ni obstaculizar el acceso de las mujeres a la justicia, incluyendo especialmente a las mujeres discriminadas por su clase, raza, nacionalidad, etc.

La forma de acceder y de ser tratadas por las agencias de RDC debe ser culturalmente apropiado, debe evitar la revictimización de las mujeres y los estereotipos sexistas que justifican el abuso de poder y la violencia contra las mujeres.

El acceso y la operación de las agencias de RDC deben adaptarse a las necesidades de las mujeres frente a la violencia masculina en todas sus formas: psicológica, física, sexual y económica. Se debe proteger la confidencialidad de las mujeres denunciantes.

Fuente: elaboración propia.

Los programas TEC en unas pocas palabras

¿Por qué los programas TEC son tan populares? En una apretada síntesis se puede

afirmar que la popularidad de los programas TEC se apoya en una fuerte retórica a

favor de 5 ideas centrales : 31

• Menos discrecionalidad: para diferenciarse de los programas sociales

focalizados de finales de los ochenta y principios de los noventa reprochados

por corruptos y clientelares, los programas TEC seleccionan a las personas en

base a una rigurosa formula objetiva de pobreza, reduciendo la discrecionalidad

y eliminado la intermediación política durante el proceso de selección.

• Más transparencia: en la mayoría de los casos, la implementación de los

programas TEC han incorporado exigentes reglas de transparencia que incluyen,

según los casos, la publicación de la base de datos de titulares del programa, y

el acceso a la información sobre las evaluaciones de impacto, el presupuesto y

las reglas de operación.

• Más capital humano: en esencia, como su nombre lo indica, los programas

TEC asignan un subsidio en efectivo para cortar el ciclo intergeneracional de la

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14

pobreza, induciendo un cambio de conducta en las familias elegidas para que

inviertan ese dinero en capital humano: enviando a los hijos/as a la escuela y

asistiendo a los centros de salud. En la mayoría de los casos el subsidio es

asignado a las mujeres en su rol reproductivo.

• Más impacto: La mayoría de los programas TEC incluyen desde su origen una

política explícita de evaluación de impacto sobre sus resultados, como un

mecanismos para corregir problemas, mejorar su desempeño y rendir cuentas de

los resultados. Estas evaluaciones se basan en sofisticados métodos

cuantitativos y/o cualitativos y han permitido probar empíricamente resultados

positivos en salud, nutrición y escolaridad.

• Más derechos: hay un cambio en la continuidad del discurso paternalista que

consideraba a las personas como beneficiarias pasivas de ayuda estatal hacia un

discurso a favor de los derechos sociales de las personas consideradas como

titulares de los programa TEC.

Entonces… ¿por fin se acabó el clientelismo político?

La historia universal del clientelismo ha demostrado que se trata de una práctica

social y política extremadamente adaptativa, flexible y resiliente32. Sin embargo,

prevalece un silencio generalizado en el debate internacional sobre los riesgos

concretos del clientelismo en la implementación de los programas TEC33. Esta omisión

estaría respaldada por un sentimiento generalizado de optimismo basado en la idea de

que la selección objetiva de las titulares, los nuevos mecanismos de acceso a la

información y la evaluación rigurosamente científica podrían ser medidas

suficientes para restringir las prácticas clientelares.

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15

Sin embargo, una simple lista mental sobre la diversidad de procesos, instituciones y

actores implicados en la cadena de implementación de los programas TEC aportaría

buenas razones para relativizar esta creencia común. En general, la implementación

de estos programas se ha caracterizado por su inédita escala territorial y poblacional;

una fuerte gestión descentralizada; la entrega directa e individual de una suma de

dinero en efectivo a cada una de las personas seleccionadas (en la mayoría de los casos

mujeres); la necesidad de lograr un alto grado de coordinación intra/inter-

institucional; y la participación forzosamente articulada de los servicios públicos de

educación y salud, el sistema bancario y organizaciones de la sociedad civil.

Además, irónicamente, estos programas son implementados en países donde la

capacidad burocrática necesaria para enfrentar estos nuevos desafíos de la

administración pública resulta, en la mayoría de los casos, por lo menos limitada.

Aclarado este punto sostenemos que existen buenas razones para pensar que los

programas TEC están efectivamente mejor aislados y más protegidos del clientelismo

que la generación anterior de programas focalizados34. Sin embargo, este hecho no

debería implicar automáticamente que los programas TEC no puedan estar

generando nuevas formas de clientelismo.

Nada desaparece, todo se transforma: del inescrupuloso puntero político al

profesional de la salud.

Dado el papel protagónico de las mujeres como receptoras del subsidio y principales

responsables de las condicionalidades en salud y educación, toda la gestión de los

programas TEC está atravesada por la problemática de género. Las madres que son

seleccionadas por estos programas deben relacionarse automáticamente con un grupo

heterogéneo de funcionarios varones que ocupan diferentes cargos y funciones en el

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16

programa y en la burocracia estatal: operadores del programa, funcionarios

municipales, médicos, enfermeros, maestros, empleados bancarios, funcionarios de

ONG, etc.

La experiencia argentina, por ejemplo, permite exponer y hacer la conexión entre el

clientelismo y las relaciones de género. En el programa Jefes y Jefas de Hogar un 32%

sobre el total de las denuncias recibidas por clientelismo correspondieron a mujeres

que fueron víctimas de un varón, mientras sólo en un 6% de las denuncias los varones

fueron víctimas de una mujer (ver tabla 1).

TABLA 1: El clientelismo tiene género.

DENUNCIANTE DENUNCIADO Porcentaje (%)

Femenino Masculino 32

Femenino Femenino 24

Masculino Masculino 14

Femenino Institución(pública/privada) 10

Masculino Femenino 6

Masculino Masculino/femenino 6

Femenino Masculino/femenino 2

Masculino Institución 2

Masculino/femenino Masculino 2

Masculino/femenino Masculino/femenino 1

Masculino/femenino Femenino 1

Fuente: Gruenberg, Ch., Pereyra Iraolo, V., “El Clientelismo en la Gestión de Programas Sociales contra la Pobreza” (CIPPEC, 2009) documento de políticas públicas, Análisis N.60

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17

Estos datos se complementan con el descubrimiento de que las denuncias son contra

la participación forzada en eventos políticos, faenas, servicios personales y solicitud

de dinero, mediados generalmente por algún tipo de violencia de género psicológica,

física o sexual.35

Este hecho sugiere que en sociedades patriarcales donde inevitablemente las mujeres

ejercen menos poder que los varones, los programas TEC pueden estar transformando

las relaciones clientelares tradicionales en relaciones de dominación generizadas y

mediadas por diversos tipos de violencia masculina.

Por otro lado, la experiencia mexicana sirve para mostrar y explicar el proceso de

transformación de los sujetos clásicos del clientelismo. En México, el tradicional

cacique (caudillo o puntero político en Argentina, cabo electoral en Brasil y capitulero

en Perú) estaría siendo reemplazado por el médico y otros miembros de los servicios

de salud.

En el caso concreto del programa Oportunidades en México fue el sector salud quien

recibió el mayor porcentaje de denuncias (39%) vinculadas a distintas prácticas

clientelares ( solicitud de dinero, faenas, proselitismo y maltrato), seguido por las

beneficiarias que actúan como vocales (34%), el personal del programa Oportunidades

(10%), autoridades municipales (7%) y el sector educativo (5%), entre otros.36

Este descubrimiento sugiere que la transparencia y los estrictos mecanismos para la

selección objetiva de las mujeres que entran al programa probablemente estén

logrando eliminar la intermediación política y reducir la histórica discrecionalidad

que caracterizó durante mucho tiempo a las políticas sociales anteriores a los

programas TEC. Sin embargo, al mismo tiempo, el control de las condicionalidades en

salud y educación les ha otorgado a médicos, maestros y otros miembros de los

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18

servicios de salud y educación el poder para decidir sobre la permanencia de las

mujeres en el programa, produciendo como efecto no buscado nuevos espacios y

prácticas clientelares.

Desde este punto de vista se vuelve inevitable remarcar que en la vida social

ecuatoriana los centros de salud suelen ser espacios de abuso de poder, en donde las

mujeres son maltratadas, especialmente las mujeres indígenas y afrodescendientes.37

Sobre esta cuestión el análisis feminista puede ser usado como una poderosa

herramienta crítica para cuestionar la construcción social de la relación medico-

paciente, la que se basa en la dominación de género y la reproduce.

La ginecología y la obstetricia, en particular, son un campo de la medicina en la que el

sexismo y el control sobre el cuerpo de las mujeres se vuelve más explícito, tanto en las

relaciones de poder que establecen médicos y pacientes como en la medicalización

extrema de procesos como el embarazo, el parto, el aborto o la menopausia. En este

contexto el abuso de poder se normaliza y se transforman en algo natural las

prácticas médicas que niegan el acceso a la información para la toma de decisiones de

las mujeres o las intervenciones sin garantizar el consentimiento informado. 38

Por esta razón, diversas organizaciones médicas internacionales como la Organización

Panamericana de la Salud (OPS) y la Federación Internacional de Ginecología y

Obstetricia (FIGO) han señalado la necesidad de mejorar la calidad de la educación

médica en los ámbitos de la salud sexual y reproductiva y en la atención del aborto

inseguro, con el objetivo de considerar los determinantes socioeconómicos y culturales

de la salud de las mujeres; reconocer los factores que limitan la autonomía de las

mujeres; promover la equidad de género y construir un marco institucional de respeto a

los derechos sexuales y reproductivos. Sin embargo, estas reformas todavía no se han

podido concretar. 39

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19

Por otro lado, en cuanto al sector educativo, de acuerdo con un reciente informe del

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), las

escuelas en Ecuador también pueden ser espacios de dominación masculina, en donde

las adolescentes suelen ser víctimas del abuso y acoso sexual de los maestros.40

Así, es en este contexto social donde los programas TEC pretenden incentivar la

demanda de salud y educación a través de la presión de las madres sobre la oferta de

los servicios. Pero lo hacen idealizando la respuesta de los servicios públicos como

si fueran neutrales a las relaciones de género y libres de misoginia y racismo. En

consecuencia, el resultado final podría estar reproduciendo las relaciones de

dominación y exponiendo a las mujeres a más violencia de género.

La perspectiva de DDHH y el paradigma antipatriarcal en la gestión de los

programas TEC

-TRANSPARENCIA

El concepto de transparencia opera en el sistema de derechos humanos a través de la

combinación del contenido del derecho a la libertad de expresión y el derecho de acceso

a la información pública. Desde esta perspectiva una política de transparencia debería

articularse en dos planos normativos.

En un primer nivel normativo debería sancionarse y aplicarse un estricto régimen de

publicidad para los documentos administrativos que pudieran resultar claves para la

toma de decisión de las personas y para el ejercicio del control social sobre la gestión

pública.

En un segundo nivel debe sancionarse y aplicarse un régimen de derecho que garantice

la realización del derecho subjetivo de todos/as las ciudadanas a poder acceder a la

Page 20: Clientelismo-Cris.pdf

20

información pública sin necesidad de justificar la causa ni el interés y accediendo a

mecanismos efectivos para reclamar administrativa y judicialmente por su

incumplimiento.

Pero la transparencia estatal requiere de algo más que simples reglas formales. El

desafío de transparentar la gestión del Estado y de garantizarle a las personas el acceso

a la información pública implica que los gobiernos tomen una serie de medidas

concretas. La efectiva aplicación de la ley requiere de funcionarios públicos capacitados

e incentivados, de una sociedad civil conciente del derecho, de nuevos y efectivos

circuitos administrativos y de una agencia de aplicación especializada, independiente y

autónoma.

Finalmente, una vez sancionadas las normas e instalados los procedimientos, queda

pendiente el desafío institucional de garantizar el acceso a la información a los grupos

sociales excluidos. En México, por ejemplo, los datos oficiales confirman que el

sistema de acceso a la información pública es un dominio de especialistas, en el que

participa un limitado grupo de ciudadanos, en su mayoría varones blancos

metropolitanos.41

Pero este patrón de exclusión no se limita sólo a la experiencia mexicana. Un estudio

comparado de Justice Initiative en 14 países comprobó que la discriminación contra

grupos oprimidos42 afectó negativamente la cantidad de respuestas recibidas. Mientras

las ONG recibieron un 32 % de respuestas a sus pedidos de información, los grupos

oprimidos sólo recibieron respuestas positivas a un 11 % de sus pedidos. Estos

resultados confirman que mientras los Estados no tomen acciones positivas para

reducir estas desventajas estructurales, muchos grupos sociales van a ser excluidos de

los beneficios potenciales del derecho de acceso la información pública.

Disponibilidad: Ecuador cuenta desde 2004 con una Ley Orgánica de Acceso a la

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21

Información Pública (LOTAIP), la cual designa al Defensor del Pueblo como órgano de

aplicación. Desde entonces la ley se ha reglamentado, se han firmado convenios

institucionales y se han implementado numerosas estrategias de capacitación y

monitoreo con organizaciones de la sociedad civil.

Como consecuencia de la LOTAIP, el Ministerio de Inclusión Económica y Social

(MIES) debe cumplir una serie de obligaciones de transparencia que incluyen

información sobre el gasto presupuestario en general y sobre la gestión del Bono de

Desarrollo Humano en particular.

Accesibilidad: la accesibilidad en el ejercicio del derecho de acceso a la información

pública es un factor clave para incluir a los grupos sociales que viven en la pobreza. En

este sentido, el informe de la experta independiente encargada de la cuestión de los

derechos humanos y la extrema pobreza de Naciones Unidas43 reconoce como positivas

la medidas tomadas para garantizar el acceso a la información y eliminar las barreras

geográficas y económicas a través del uso intensivo de las nuevas tecnologías de la

comunicación, entre ellas principalmente la pagina Web del MIES, el centro telefónico

de llamados gratuitos y el uso del teléfono celular para difundir mensajes SMS sobre

información básica sobre fechas de habilitación de pago.

Sin embargo el mismo informe y otros estudios de campo44 reconocen que el uso de

estas tecnologías no es lo suficientemente inclusivo en el marco del programa BDH y

que además podría estar creando nuevas barreras vinculadas a la limitada alfabetización

digital.

Aceptabilidad: la aceptabilidad en el acceso a la información pública implica que la

forma y el contenido de la información debe ser aceptable por las mujeres que la

reclaman. En cuanto a la forma de acceder a la información es necesario expandir el

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22

uso de medios de comunicación como las radios comunitarias y otro medios alternativos

como el teatro popular. En cuanto al contenido de la información los informes

disponibles concuerdan en la necesidad de difundir información en lenguas indígenas y

que explique mejor el funcionamiento del programa, los criterios de elegibilidad, y

cómo funcionan los mecanismos de reclamo.45

Adaptabilidad: la adaptabilidad del programa BDH en cuanto al acceso a la

información implica que debe ser flexible y adaptarse a la necesidades y habilidades

específicas de las mujeres. La baja literacidad de muchas mujeres que participan del

BDH se presenta muchas veces como una barrera para acceder a la información a través

de Internet o procedimientos por escrito. Para estos casos las radios comunitarias y el

teatro como herramienta de educación popular pueden ser los medios elegidos para

facilitar la difusión y el acceso a la información.

-PARTICIPACION

Inspirada por la obra de Paulo Freire la participación para el desarrollo de los años ’60

y ‘70 era entendida como un camino para buscar y promover los cambios sociales

necesarios para la realización de la auto-determinación y el auto-gobierno de las

personas. Este tipo de prácticas participativas, lejos de tratarse de procesos enfocados

en el diseño y la provisión de servicios sociales, buscaban en cambio desafiar las

relaciones estructurales de poder y subordinación en términos de derechos y ciudadanía,

para incrementar el control sobre la distribución de los recursos públicos por parte de

los grupos sociales oprimidos.

A partir de los programas de ajuste estructural de los 80’s, el concepto de participación

se transformó en una palabra ubicua en todos los campos de políticas contra la

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23

pobreza. Pero en el marco institucional de las reformas neoliberales la participación se

transformó en un tipo de participación tecnocrática y domesticada.

En este contexto surgieron los principales métodos participativos utilizados para

mejorar la eficacia de las políticas sociales. La participación se transformó en un

mecanismo unidimensional, que comienza a formar parte del proceso lineal y racional

de programación y gerenciamiento de los proyectos de desarrollo para la reducción de la

pobreza.

Este matrimonio por conveniencia entre las reformas neoliberales y el enfoque

participativo ha funcionado, en la mayoría de los casos, como una estrategia para

despolitizar los procesos de participación y reforzar las relaciones desiguales de poder

existentes, especialmente las relaciones de género.

En este contexto, la aplicación rigurosa de los principios y estándares de derechos

humanos puede prevenir la manipulación de estos procesos participativos y garantizar

la inclusión de los grupos discriminados por su género, raza o clase.

Disponibilidad: la disponibilidad de un marco legal que promueva el derecho a

participar libre y autónomamente es una condición básica para que las mujeres no

sean manipuladas ni excluidas de los procesos participativos. La nueva Constitución

Política del Estado de Ecuador, vigente desde el 20 de octubre de 2008, creó el Consejo

de Participación Ciudadana y Control Social, un organismo autónomo para promover

la participación ciudadana, el control social y la lucha anticorrupción.

Sin embargo, esta disponibilidad a nivel nacional no se ha reflejado aún en el marco

institucional del programa BDH, el cual no ha incorporado todavía ninguna política

explícita para promover y organizar la participación de las mujeres en el control del

programa.46

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24

Sin embargo, al mismo tiempo, la ausencia de políticas y canales participativos

representa una oportunidad para aprender de los errores y de las buenas prácticas de

otros países. Por ejemplo, en los casos de México, Argentina y Brasil se hicieron

importantes esfuerzos institucionales para incluir y garantizar la participación de las

mujeres a través de diverso modelos institucionales de participación.

Accesibilidad: la accesibilidad es un factor clave para cualquier programa TEC con

cobertura nacional. En consecuencia, para eliminar cualquier tipo de barrera geográfica

o económica la participación debe organizarse localmente.

En este sentido, las experiencias de los programas TEC en México, Argentina y Brasil

ha consistido en crear mecanismos participativos locales en cada uno de los

municipios donde se iba a implementar el programa (Consejos Consultivos

Municipales en Argentina, Instancias de Control Social en Brasil y Comités de

Promoción Comunitaria en México). En el caso del programa Bolsa de Familia también

se optó por respetar y potenciar los mecanismo participativos preexistentes.

Si bien esta regla no se cumplió totalmente en ninguno de los tres casos, los

mecanismos participativos fueron instalados, por lo menos formalmente, en la gran

mayoría de los municipios cubiertos por los programas.

Aceptabilidad: la aceptación de las forma y los contenidos de los proceso

participativos es, sin duda, el principal desafío que enfrentan los programas TEC. En la

práctica, la aceptabilidad implica que la participación debe ser culturalmente relevante

e incluir las demandas y los intereses específicos de las mujeres.

En general, y en diferente grado, los tres programas TEC fracasaron en desarrollar

mecanismos de participación aceptables para las titulares del programa. En una apretada

síntesis se puede decir que los Consejos Consultivos Municipales en Argentina fueron

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25

cooptados por varones que representaban los intereses políticos de los gobiernos locales

y esto provocó la exclusión automática de la mayoría de las mujeres47 inscriptas en el

programa, lo que terminó generando como resultado un programa asignado

mayoritariamente a mujeres pero con mecanismos de control social gestionados por

varones.

Los Comités de Promoción Comunitaria en México, en cambio, están conformados

por las propias mujeres titulares del programa pero con funciones más administrativas

que de contraloría. Según el investigador Felipe Hevia este modelo de participación

terminó generando que los Comités de Promoción Comunitaria representen más al

programa frente a las titulares que viceversa.48

En Brasil, en cambio, las Instancias de Control Social tienen suficiente autonomía y

capacidad política de control, pero las mujeres titulares del programa no están presentes

o conforman una minoría entre funcionarios públicos, trabajadores del sector y

organizaciones sociales.49

En los tres casos, a pesar de las diferencias en el diseño, los resultados fueron similares:

los mecanismos participativos terminaron siendo inaceptables desde el punto de vista

de las mujeres como sujetos políticos con capacidad para controlar la gestión del

programa.

Finalmente, siendo México una nación pluricultural con 10 millones de indígenas y 68

grupos lingüísticos resulta un caso paradigmático que debería ser tenido en cuenta

por un país como Ecuador. En México, recientemente el programa Oportunidades ha

desarrollado un plan de acción para mejorar la aceptabilidad del programa a través de

un modelo alternativo de operación y gestión para la población indígena, el cual incluye

una estrategia participativa basada en el respeto y la valoración de las practicas y

tradiciones participativas locales de las mujeres indígenas.50

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26

Adaptabilidad: para que la participación social sea inclusiva debe adaptarse a las

necesidades y habilidades particulares de cada grupo. En este sentido, por ejemplo, la

forma de los procesos participativos en cuanto a la elección de los días de la semana y

los horarios para participar deben respetar y tener en cuenta la doble jornada de las

mujeres y el cuidado de los niños. En la práctica, por ejemplo, esto implica que los

procesos participativos deben involucrar y responsabilizar también a los varones de la

comunidad en el cuidado de los niños y/o que el programa disponga de servicios de

guardería gratuitos para permitir que las mujeres participen plenamente.

-RENDICIÓN DE CUENTAS

El concepto de rendición de cuentas se encuentra en el eje central de las políticas

sociales basadas en una perspectiva de derechos humanos. La teoría y práctica de

rendir cuentas implica la inclusión y el funcionamiento de controles que logren

supervisar y restringir la discriminación y el abuso de poder de los funcionarios

públicos a cargo de la gestión de los programas sociales. En este punto reside uno de

los mayores desafíos para un gobierno que decide avanzar en la realización de los

derechos humanos de las personas excluidas socialmente.

En teoría, los mecanismos formales de reclamo garantizan que las denuncias por

discriminación y clientelismo contra las titulares de programas TEC sean escuchadas y

atendidas de manera eficiente y oportuna. Para considerar a un derecho humano como

un derecho exigible, es necesario poder garantizar que la titular de ese derecho está en

condiciones de producir mediante una demanda o queja, el dictado de una sentencia o

decisión administrativa que imponga el cumplimiento de la obligación que constituye el

objeto de su derecho. La omisión del Estado de establecer de manera clara, formal y

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27

efectiva mecanismos de reclamo está directamente relacionada con las cuatro

obligaciones estatales de respetar, proteger, garantizar y promover los derechos

económicos, sociales y culturales.

Sin embargo, en la práctica, las instituciones formales de rendición de cuentas muestran

un fuerte sesgo contra las personas pobres51. En América Latina y en Ecuador este

patrón de exclusión tiende a combinarse estructuralmente con el sexismo y la

dominación masculina, afectando especialmente a las mujeres.52

Disponibilidad: en Ecuador, al igual que en la mayoría de los países donde se están

implementando los programas TEC, ya existe instalada una compleja infraestructura

de rendición de cuentas compuesta por distintas instituciones públicas de control

interno y externo.53

Estas instituciones presentan diversas formas en función de la ubicación institucional,

el grado de autonomía funcional, la fuente de financiamiento, las reglas para la

selección y nombramiento de sus responsables, y el grado de vinculación de sus

dictámenes, entre otras variables importantes de diseño institucional.

En América Latina la operación de estas instituciones públicas de control sobre los

programas sociales focalizados se ha caracterizado por una tendencia a ejercer un tipo

de control en donde predomina la fiscalización de procedimientos antes que de

resultados, priorizando el cumplimiento formal de normas legales y de regulaciones

financieras del gasto público.54

Pero el clientelismo ocurre en el extremo final de la cadena de implementación de los

programas TEC, más allá del alcance de este tipo de controles, donde los diversos

funcionarios públicos con autoridad formal sobre la gestión del programa toman

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28

contacto directo e interactúan individualmente con cada una de las mujeres

seleccionadas por el programa.

Para resolver este problema los programas TEC en Argentina, México y Brasil han

establecido acuerdos formales con diferentes agencias de control, como los ministerios

públicos y las contralorías generales, para recibir capacitación, ampliar la cobertura de

control y facilitar la recepción de denuncias de casos individuales.

Accesibilidad: el acceso de las mujeres a la justicia en Ecuador enfrenta serios

obstáculos estructurales. Según un informe de la Comisión Interamericana de Derechos

Humanos (CIDH) las mujeres indígenas y afrodescendientes ubicadas en zonas rurales

marginadas, que aún mantienen sus idiomas, tradiciones y costumbres, deben enfrentan

problemas de accesibilidad geográfica, de falta de comunicación con los operadores

judiciales en sus propios idiomas, de manejo del contexto, así como falta de recursos

económicos. 55

Para eliminar al menos las barreras económicas y geográficas, el programa BDH

instaló un centro de llamadas gratuitas para recibir denuncias de clientelismo desde

cualquier punto del país. Se trata del mismo sistema que ha sido implementado en

Brasil, Argentina y México, demostrando ser uno de los principales canales elegidos

por las mujeres para presentar denuncias.56 Pero si bien es cierto que estas medidas

han logrado que las mujeres proyecten directamente las denuncias por clientelismo,

por el otro lado la capacidad de estos sistemas para producir sanciones ha sido muy

limitada.

Aceptabilidad: el concepto de aceptabilidad enfatiza la necesidad de tener en cuenta los

valores culturales, los intereses y las demandas de las mujeres sin discriminarlas ni

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29

reproducir estereotipos sexistas. Sin embargo, según el informe de la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos57 (CIDH) en Ecuador existe un patrón de

impunidad sistemática en el procesamiento judicial de casos de violencia contra las

mujeres debido a que en la gran mayoría de estos casos no se produce una

investigación, sanción ni reparación efectiva.

El informe también destaca que las mujeres se sienten maltratadas por el sistema de

administración de la justicia, especialmente las mujeres indígenas y afrodescendientes,

debido a que están particularmente expuestas a varias formas de discriminación

combinadas, por ser mujeres, por su origen étnico o racial y/o por su condición socio-

económica.

En este contexto de discriminación judicial estructural, es necesario que los programas

TEC garanticen una serie de condiciones y prácticas institucionales para evitar que las

mujeres sientan que se están exponiendo de nuevo al peligro cuando hacen una

denuncia o que podrían ser revictimizadas por los funcionarios públicos

responsables de investigar la denuncia. Para esto es necesario que los programas TEC

logren cuatro objetivos específicos:

- Evitar que los funcionarios públicos locales sean el único canal para presentar la

denuncia.

- Evitar la denuncia cara a cara.

- Preservar la confidencialidad de la denunciante.

- Adaptarse a la baja literacidad.

Para cumplir con estos objetivos, en los casos de Argentina, Brasil y México se

instalaron centros de llamados con líneas telefónicas gratuitas. En cuanto a los dos

primeros objetivos, la gestión de centros de llamados desde los propios programas TEC

ha permitido que las denuncias puedan hacerse telefónicamente y presentarse ante

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30

una instancia estatal que no sea el propio gobierno local, el cual por lo general está

involucrado, por acción u omisión, en las prácticas clientelares.

Para lograr esto una opción es crear un sistema de denuncias “fuerte” a nivel central

como en el caso argentino o brasilero. La segunda opción es complementar una sistema

central con un sistema desconcentrado a nivel estadual como el caso mexicano,

permitiéndole a las denunciantes optar por presentar denuncias ante el gobierno central

o a través del sistema localizado en su propia provincia o estado, pero siempre lejos

del ámbito local.

En segundo lugar, como ocurre con otras técnicas de investigación en el campo de los

delitos contra administración pública, la protección de la confidencialidad e incluso la

recepción de denuncias anónimas son medidas necesarias para garantizar la seguridad

de la denunciante, generando en las mujeres la confianza y los incentivos necesarios

para realizar la denuncia sin temor a eventuales amenazas ni desquites por parte de los

denunciados. Para esto el sistema debe estar en condiciones de poder garantizarle a las

denunciantes que se protegerá la confidencialidad a lo largo de toda la investigación.

Finalmente, es importante destacar que el programa BDH ya incluye un centro de

llamados. Sin embargo, surge del reciente informe de la experta independiente

encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza de Naciones

Unidas58 y otros trabajos de campo59 que a través de esta línea no se habían recibido

aún ninguna denuncia de clientelismo en contra del programa BDH ni en contra de los

otros servicios públicos vinculados al programa.

El bajo número de denuncias debería ser interpretada con cuidado desde una

perspectiva epidemiológica60. En otras palabras, cuando la tasa de denuncias es muy

baja, la explicación más razonable podría estar asociada a la poca información

disponible sobre el funcionamiento del centro de llamados o a la falta de incentivos

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de las víctimas para denunciar, antes que a la extinción del clientelismo en la gestión

del BDH.

Según el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) existe

una necesidad concreta de promover una cultura judicial que tolere la diferencia y la

diversidad. En la práctica, esto implica incorporar en el marco jurídico el respeto a la

identidad cultural y étnica de las mujeres: su lengua y visión del mundo. Para esto es

necesario implementar sistemas de rendición de cuentas multilingue, crear servicios de

traducción gratuitos, imparciales, y culturalmente relevante.61

En este mismo sentido, el informe de la experta independiente encargada de la cuestión

de los derechos humanos y la extrema pobreza de Naciones Unidas remarcó que

existen pocos materiales explicativos del programa BDH en lenguas indígenas y

recomendó realizar encuestas de usuarias no sólo para contribuir con la eficiencia del

programa, sino también su adecuación cultural.62

Adaptabilidad: la flexibilidad de los sistemas de rendición de cuentas para adaptarse a

la necesidades y habilidades particulares de cada grupo social es una condición crítica

para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres.

Así, una eficaz gestión telefónica (gratuita) de las denuncias elimina automáticamente

la barrera de los trámites escritos y burocráticos que muchas veces desincentivan las

denuncias de las mujeres con un grado literacidad limitada.

Conclusión preliminar

El objetivo de este trabajo no pretende llegar a ninguna conclusión final ni definitiva

sobre la intersección entre las relaciones de género y el clientelismo, y los posibles

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32

efectos de esta intersección sobre los derechos de las mujeres en el marco institucional

del programa BDH.

Por el contrario, se trata de una primera aproximación al tema con la intención de

probar una nueva metodología de análisis y proponer una nueva agenda de

investigación más sensible a las diversas experiencias de las mujeres titulares del

programa BDH frente al clientelismo en contextos sociales patriarcales.

En términos muy generales podemos afirmar que el programa BDH ha respondido

razonablemente a los estándares de derechos humanos que miden cuantitativamente la

disponibilidad y la accesibilidad de las variables de transparencia, participación y

rendición de cuentas, siendo sin duda la participación la variable más débil y crítica del

BDH por su falta casi total de institucionalización.

En cambio, los estándares cualitativos de aceptabilidad y adaptabilidad presentan

mayores desafíos para las tres variables, evidenciando que la aceptabilidad y la

adaptabilidad del programa a las demandas, intereses, necesidades y diversidad cultural

de las mujeres sigue siendo una materia crítica para la realización de los derechos

humanos de las mujeres frente al clientelismo.

Los datos disponibles permiten pensar que existe la posibilidad de que el programa

BDH esté reproduciendo antiguas y promoviendo nuevas formas de clientelismo

basadas en la desigualdad de género. Pero esta afirmación requiere mayor análisis y de

nuevos estudios de campo sensibles a la intersección entre el clientelismo y las

relaciones de género.

Finalmente, creemos que la combinación de los estándares de derechos humanos con

el paradigma antipatriarcal cumplieron razonablemente con su objetivo, contribuyendo

a incluir y visibilizar en nuestro análisis las posibles y diferentes demandas,

capacidades, habilidades y necesidades particulares de las mujeres para participar,

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33

acceder a la información pública y exigirle al estado que rinda cuentas frente al abuso

de poder en el marco de la gestión del programa BDH. Con el deseo de seguir

desmantelando la casa del amo, hasta el final.

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CITAS

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1 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Informe sobre desarrollo Humano (PNUD, 1995):86. 2 CEPAL ¡Ni una más! El derecho a vivir una vida libre de violencia en America Latina y el Caribe (CEPAL 2007). Ina K. Warriner and Iqbal H. Shah, Preventing Unsafe Abortion and its Consequences Priorities for Research and Action (Guttmacher Institute, 2006). World Health Organization, Multi-country Study on Women's Health and Domestic Violence against Women (WHO, 2005). 3 Catherine MacKinnon, Hacia una teoría feminista del estado (Ediciones Cátedra, Universidad de Valencia, 1989), 288-289. 4 Para definir la noción de género seguimos rigurosamente el trabajo de Judith Butler (1990), para quien no existe la mujer como sexo o la mujer como categoría sexual. Butler sostiene que el sexo es una ficción. El género es el medio discursivo-cultural por el que la naturaleza sexuada o el sexo naturalizado es producido y establecido como prediscursivo, anterior a la cultura. Así, el género no es, sino que se va haciendo y se va dando un significado. El género sería una identidad débilmente constituida en el tiempo, una identidad construida en base a una repetición estilizada de actos performativos. Así, el género es una construcción que generalmente oculta su génesis. Existe un acuerdo colectivo para desarrollar, producir y sostener géneros polares como ficciones. Desde este punto de vista se puede descubrir cómo se construye el género y quiénes lo construyen. El objetivo político es claro: si se conocen las leyes de formación del género y el género femenino sufre la discriminación, para liberarlo, habría que destruir esas normas que lo han deformado. 5 En general, en la literatura y en el debate académico sobre el clientelismo predomina una idea del clientelismo como una práctica restringida a la movilización política antes y durante los procesos electorales, basada en el ofrecimiento de bienes materiales de primera necesidad focalizados selectivamente a personas que probablemente devuelvan el favor con su voto. En este trabajo definimos el clientelismo más ampliamente, de tal modo que incluye al clientelismo estrictamente político pero al mismo tiempo lo trasciende. El primero sería el género y el segundo la especie. 6 Stokes, S. “Political Clientelism”, en Boix, C. Stokes, S.,Handbook of Comparative Politics, (Oxford University Press, 2007) 7 Javier Auyero, La Política de los Pobres: Las Prácticas Clientelistas del Peronismo (Ediciones Manantial, 2001):38. Laura Masson, La Política en Femenino: Género y poder en la provincia de Buenos Aires (IDES, 2004). 8 Stokes, S. “Political Clientelism”, en Boix, C. Stokes, S.,Handbook of Comparative Politics, (Oxford University Press, 2007) 9 Catherine MacKinnon, Hacia una teoría feminista del estado (Ediciones Cátedra, Universidad de Valencia, 1989):51 10 Wittig, Monique, El Pensamiento Heterosexual (Editorial EGALES, 1992):26 11 Las principales excepciones a esta desatención general pueden encontrarse en: Javier Auyero, La Política de los Pobres: Las Prácticas Clientelistas del Peronismo (Ediciones Manantial, 2001):32-43. Leonard Wantchekon “Clientelism and Voting Behavior: Evidence from a Field Experiment in Benin” (New York University, 2002) 12 International Council for Human Rights Policy, Integrating Human Rights in the Anti-Corruption Agenda (ICHRP, 2010). Eleanor MacPherson “Invisible Agents: Women in Service Delivery Reforms”, en International Development Studies BulletinVolume 38 (January 2008) Number 6 . 13 David A Grimes (et al.) “Unsafe Abortion: the Preventable Pandemic” The Lancet (2006) Sexual and Reproductive Health Series, 4. 14 Chant, S. ‘“The Feminisation of Poverty” and “the Feminisation of Anti-poverty” Programmes: Room for Revision?’,Journal of Development Studies (2006) 44.2:16597 15 Hesse-Biber, S. and Yaiser, M. Feminist perspectives on social research (Oxford University Press, 2004):6-7 16 Ver Griffin, Penny. “Sexing the Economy in a Neo-liberal World Order: Neo-liberal Discourse and the (Re)Production of Heteronormative Heterosexuality.” British Journal of

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Politics and International Relations 9.2 (2007): 220–238. Wittig, Monique, El Pensamiento Heterosexual (Editorial EGALES, 1992). 17 Nancy Fraser, “After The Family Wage: Gender Equity and the Welfare State” Political Theory, vol.22, No 4 (Novembrer 1994): 591-618. 18 Catherine MacKinnon, Hacia una teoría feminista del estado (Ediciones Cátedra, Universidad de Valencia, 1989), 277-305. 19 Ann Shola Orloff and Bruno Palier 2009 “The Power of Gender. Perspectives: Feminist Influence on Policy Paradigms, Social Science, and Social Politics”. Social Politics 16 (2009):4. Jonson Jane 2009 “Lost in Translation: The Social Investment Perspective and Gender Equality” Social Politics 16 (2009):4:. Griffin Penny, 2009 Gendering the World Bank: Neoliberalism and the Gendered Foundations of Global Governance (Palgrave Macmillan, Feminims in development, 2009) 20 Joan Rowlands Questioning Empowerment. (OXFAM, 1996), 9-21. 21 Entre las principales autoras podemos mencionar: Maxine Molyneux “Change and Continuity in Social Protection in Latin America: Mothers at the Service of the State? UNRISD (2007), documento 1. Bradshaw, S., “From structural adjustment to social adjustment: a gendered analysis of Conditional Cash Transfer programmes in Mexico and Nicaragua”, Global Social Policy (2008) Vol. 8, No. 2, pp. 188-207. Lucy Luccisano,L “The Mexican Oportunidades Program: Questioning the Linking ofSecurity to Conditional Social Investments for Mothers and Children”, Canadian Journal ofLatin American and Caribbean Studies 31 (2006):53–86 . Martínez, Franzoni, Juliana y Koen Voorend “Transferencias condicionadas, regímenes de bienestar e igualdad de género: ¿blancos, negros o grises?” Center for Latin American Studies University of Miami, 2008.

22Véase Grupo FARO “Ni regalitos, ni chantajes. Acuerdo de uso transparente de fondos públicos en programas sociales” Ecuador: Grupo FARO, 2007.

23 En esta nueva versión del trabajo del Grupo FARO el indicador de “mecanismos de reclamo” será reemplazado por el de “rendición de cuentas”, ya que implica una serie de derechos y procesos más amplios que la simple existencia de mecanismos de reclamo, los cuales son necesarios pero no suficientes para garantizar el acceso a la justicia. 24 Véase www.pps.gov.ec 25 En rigor, el programa Jefes y Jefas de Hogar que analizamos para el caso de Argentina no sigue el prototipo ideal de TEC, ya que incluye una contraprestación laboral. De todos modos decidimos incluirlo en el análisis porque el programa no deja de compartir la mayoría de los otros arreglos institucionales de los prototipos de programas TEC. 26 Jonathan Fox, “Empowerment and Institutional Change: Mapping Virtuous Circles of State-Society Interaction” en Power, Rights, and Poverty. Concepts and Connections (The World Bank, 2005): 90. 27 Los principales campos de aplicación en los derechos económicos, sociales y culturales son los derechos a la educación, a una vivienda y una alimentación adecuadas. En su Observación general Nº 4, el Comité DESC se refiere a varios factores que influyen en el derecho a una vivienda de esas características: la "disponibilidad", la "asequibilidad", la "accesibilidad" y la "adecuación cultural". En su Observación general Nº 12, el Comité se refiere a varios elementos del derecho a una alimentación adecuada como la "disponibilidad", la "aceptabilidad" y la "accesibilidad". En su informe preliminar a la Comisión de Derechos Humanos, la Relatora Especial sobre el derecho a la educación menciona "cuatro características fundamentales que deben tener las escuelas primarias: la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la adaptabilidad" (E/CN.4/1999/49, párr. 50). 28 Audre Lorde, Sister Outsider (Crossing Press, 1984):112. 29 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Informe sobre desarrollo Humano (PNUD, 1995):86.

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30 Patricia Hill Collings, Black Feminist Thought: Knowledge, Consciosness, and the Politics of Empowerment y feminist perspectivas (Routledge, 2000), 252-253. Chela Sandoval, Methodology of the Oppressed (University of Minnesota Press 2000), 68-78. Audre Lorde, Sister Outsider (Trumansberg: Crossing Press, 1984),112. 31 Alberto Diaz Cayeros and Beatriz Magaloni, “Aiding Latin America’s Poor” Journal of Democracy Volume 20 ( October 2009), Number 4. 32 Roninger S. N. and Eisenstadt L. Patrons, Clients and Friends Interpersonal Relations and the Structure of Trust in Society (Cambridge University Press, 1984). Fox, J., “The Diffcult Transition from Clientelism to CitizenshiLessons from Mexico.” (World Politics, 1994) 46, no. 2. Schneider, A., and Zuniga/Hamlin, R., “Governance hybrids: Pro-Poor, Rights-Based Approaches in Rural Peru” (IDS Working Paper, 2005) 240 33 Las principales excepciones a esta desatención general pueden encontrarse en: Jonathan Fox Accountability Politics: Power and Voice in Rural Mexico (Oxford University Press 2007). Felipe Hevia “Mecanismos de Participación Ciudadana y Control Social en los Programas de Transferencia Condicionada de Renta en México y Brasil” No madas. Revista Cri tica de Ciencias Sociales y Juridicas 22 (2009), 2. Gruenberg, C., y Pereyra, V. “Sistemas de Rendición de Cuentas. De la Teoría Promisoria a la Práctica Concreta: los casos de México y Argentina”, en D. Gómez-Álvarez, Candados y contrapesos. La protección de programas, políticas y derechos sociales en México y América Latina (ITESO-PNUD, 2009), 19-103.U4 Anti-Corruption Resource Centre “Corruption Prevention Strategies in Cash Trasnfer Schemes” (CMI, 2010). 34 Alberto Diaz Cayeros and Beatriz Magaloni, “Aiding Latin America’s Poor” Journal of Democracy Volume 20 ( October 2009), Number 4. Maxine Molyneux “Change and Continuity in Social Protection in Latin America: Mothers at the Service of the State? UNRISD (2007), documento 1. 35 Análisis estadístico realizado en base a 4.891 denuncias de clientelismo ante una fiscalía pública especializada en delitos contra la seguridad social. Para un análisis completo ver: Gruenberg, Ch., Pereyra Iraolo, V., “El Clientelismo en la Gestión de Programa Sociales contra la Pobreza” (CIPPEC, 2009) documento de políticas públicas, Análisis N.60. 36 Análisis realizado en base a 90.587 denuncias recibidas entre 2005 y 2009. Véase Felipe Hevia y Christian Gruenberg “Continuidades y Reformas en el Sistema de Atención Ciudadana del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades” (Woodrow Wilson International Center fo Scholars 2010). Para un análisis completo sobre la metodología y los resultados ver:http://www.wilsoncenter.org/news/docs/Monograf%C3%ADa%20Hevia%20y%20Gruenberg1.pdf. 36Armas Dávila, Amparo “Redes de Institucionalización en Ecuador. Bono de Desarrollo humano” (CEPAL, 2005) 37 Armas Dávila, Amparo “Redes de Institucionalización en Ecuador. Bono de Desarrollo humano” (CEPAL, 2005) 38 El prototipo general de los programas TEC presta especial atención a las mujeres embarazadas titulares de estos programas. De esta manera, la salud sexual y reproductiva de las mujeres pasa a formar parte central de la operación de los programas TEC. 39 Roberto P. Castro y Mario P. Bronfman “Teoría Feminista y Sociología Médica: Bases para una Discusión” Cuaderno de Salud Pública (1993) 9 (3): 375-394 40 Comité para la E liminación de la Discriminación contra la Mujer, “Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: Ecuador” (CEDAW, 2008):8 41 Juan Pablo Guerrero “Openness + Transparency= Accountability? The Case of Mexico” Federal Institute for Access to Public Information (2008) presentation to the Organisation of Economic Co-operation and Development. 42 En el marco del estudio de Justice Initiative las personas que se auto-identificaban como miembros de un grupo discriminados eran miembros de grupos étnicos, raciales, religiosos, y socioeconómicos rutinariamente discriminados. Véase Open Society Justice Initiative

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“Transparency and Silence: A Survey of Access to Information Laws and Practices in 14 Countries” (Open Society Institute, 2006) 43 Consejo de Derechos Humanos, “Informe de la Experta independiente encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza” (Naciones Unidas, 2009) 44 Armas Dávila, Amparo “Redes de Institucionalización en Ecuador. Bono de Desarrollo humano” (CEPAL, 2005) 45 Ibid citas 40 y 39. Véase también Almeida Cortez, Maribel "El Bono de Desarrollo Humano en Ecuador: Encuentros y desencuentros" (FLACSO Ecuador, 2009) 46 Consejo de Derechos Humanos, “Informe de la Experta independiente encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza” (Naciones Unidas, 2009):22. Armas Dávila, Amparo “Redes de Institucionalización en Ecuador. Bono de Desarrollo humano” (CEPAL, 2005):60. 47 Gruenberg, Ch., “Entre el Clientelismo y la Ciudadanía: la Gestión de Programas Sociales en Argentina”, en Transparencia y Probidad Pública: Estudios de Caso de América Latina (Universidad de Chile, Facultad de Derecho, 2008). 48 Felipe Hevia “Mecanismos de Participación Ciudadana y Control Social en los Programas de Transferencia Condicionada de Renta en México y Brasil” Nómadas. Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas (2009) 22. 49 Ibid. 50 Proyecto de Apoyo para el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, “Evaluación social y plan de acción para la definición del modelo alternativo de la operación y gestión del programa oportunidades para población indígena” (2009) Véase: http://www.oportunidades.gob.mx/Portal/wb/Web/evaluacion_social_y_plan_de_accion_para_la_definic 51 Anderson, Michael R. (2003). “Access to justice and legal process: making legal institutions responsive to poor people”, (Institute of Development Studies, 2003), University of Sussex. 52 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Acceso a la Justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Ameritas” (CIDH, 2007) Naciones Unidas. 53 Kathy Lindert, Anja Linder, Jason Hobbs and Benedicte de la Briere, “The Nuts and Bolts of Brazil’s Bolsa Familia Program: Implementing Conditional Cash Transfers in a Decentralized Context” (World Bank, 2007). Felipe Hevia “Mecanismos de Participación Ciudadana y Control Social en los Programas de Transferencia Condicionada de Renta en México y Brasil” No madas. Revista Cri tica de Ciencias Sociales y Juri dicas 22 (2009), 2. Gruenberg Ch., et al, “Rendicio n de cuentas en la gestión de programas sociales desde la perspectiva de los derechos humanos” (Cippec, 2009) documento de trabajo N.32. 54 Edward Weisband and Alnoor Ebrahim, Global Accountabilities: Participation, Pluralism and Public Ethics (Cambridge University Press, 2007) 55 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Acceso a la Justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Ameritas” (CIDH, 2007) Naciones Unidas. 56 Kathy Lindert, Anja Linder, Jason Hobbs and Benedicte de la Briere, “The Nuts and Bolts of Brazil’s Bolsa Familia Program: Implementing Conditional Cash Transfers in a Decentralized Context” (World Bank, 2007). Felipe Hevia “Mecanismos de Participación Ciudadana y Control Social en los Programas de Transferencia Condicionada de Renta en México y Brasil” No madas. Revista Cri tica de Ciencias Sociales y Juri dicas 22 (2009), 2. Gruenberg, C., y Pereyra, V. “Sistemas de Rendición de Cuentas. De la Teoría Promisoria a la Práctica Concreta: los casos de México y Argentina”, en D. Gómez-Álvarez, Candados y contrapesos. La protección de programas, políticas y derechos sociales en México y América Latina (ITESO-PNUD, 2009), 19-103 57 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Acceso a la Justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Ameritas” (CIDH, 2007) Naciones Unidas. 58 Consejo de Derechos Humanos, “Informe de la Experta independiente encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza” (Naciones Unidas, 2009):22.

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59 Almeida Cortez, Maribel "El Bono de Desarrollo Humano en Ecuador: Encuentros y desencuentros" (FLACSO Ecuador, 2009) 60 Felipe Hevia “Mecanismos de Participación Ciudadana y Control Social en los Programas de Transferencia Condicionada de Renta en México y Brasil” No madas. Revista Cri tica de Ciencias Sociales y Juri dicas 22 (2009), 2. Jonathan Fox Accountability Politics: Power and Voice in Rural Mexico (Oxford University Press 2007):277. 61 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Acceso a la Justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Ameritas” (CIDH, 2007) Naciones Unidas 62 Consejo de Derechos Humanos, “Informe de la Experta independiente encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza” (Naciones Unidas, 2009)