clejklue e bufete c e acogoces

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1 ) omero & &Vociados -kg - 1- clejklue Ge Bufete c e Acogoces SEÑORES JUECES DE LA HONORABLE CORTE PROVINCIAL -- SALA ESPECIALIZADA DE LO PENAL DE CHIMBORAZO. Juez Ponente: Dr, Luis Enrique Dono Bazante. - ,•on fundamento en lo que a de Garantías Jurisdiccionales accionante, someto a Corte Provincial de la Sala neta de a Unidad judicial ao No. 06282 k la presente ACCION ARIA DE FRC» E:CC J ÓN, eleven ante la CORTE IONAL el prexrae proeeso con el fin de que, como de interpretación de da Constitución, se Pionuncle a los derechos con$titucionales, coni.eni ' ES Y APELLIDOS comr GENERALES PE LEY SON: SOCOY CHINLLI, con cédula d e ciudada! , de nacionalidad . a. Jo, de 38 años de edad, de Activo de las Fuerza, Armadas del Feuador, liado en las calles Primera Constituyente y Almagro de la U de Riobamba, provincia de Chimborazo. ?LINDO.- SEÑALAMIENTO DE LA JUDICATURA, SALA TRIBUNAL DE LA QUE EMANA LA DECISIÓN ATORIA DE DERECHOS CONSTITUCIONALES: 1 judicatura que emanó la decision violatoria de derechos cionales es la Sala Especializada de lo Penal de la Dir.: Av. José Veloz 33-08 y Av. Miguel Angel León [Edif. Puebla - Chávez] — 4to piso — Referencia: Frente a la puerta de garaje de la Fiscalia General del Estado. Telt: 0984277071 - (03) 2941-284 E-mail: [email protected] www,bufeteromero.com 201 LXTRA01 1 CONSTIT máxima tus LUIS ANGEL SOCOY CHIN dispone el artículo 58 de la Ley (. 1 ',5`i Control Constitucional, en imiento la resolución de la lanzada de lo Penal así conii ()fi Seft.: en el 0111L: 111. I?. HL! )0 1 55, para

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Page 1: clejklue e Bufete c e Acogoces

1)omero & &Vociados -kg - 1-clejklueGe

Bufete c e Acogoces

SEÑORES JUECES DE LA HONORABLE CORTE PROVINCIAL -- SALA ESPECIALIZADA DE LO PENAL DE CHIMBORAZO.

Juez Ponente: Dr, Luis Enrique Dono Bazante.

-,•on fundamento en lo que a de Garantías Jurisdiccionales

accionante, someto a Corte Provincial de la Sala neta de a Unidad judicial

ao No. 06282 k la presente ACCION

ARIA DE FRC» E:CC J ÓN, eleven ante la CORTE IONAL el prexrae proeeso con el fin de que, como

de interpretación de da Constitución, se Pionuncle a los derechos con$titucionales, coni.eni

' ES Y APELLIDOS comr

GENERALES PE LEY SON:

SOCOY CHINLLI, con cédula de ciudada! , de nacionalidad . a.

Jo, de 38 años de edad, de Activo de las Fuerza, Armadas del Feuador,

liado en las calles Primera Constituyente y Almagro de la U de Riobamba, provincia de Chimborazo.

?LINDO.- SEÑALAMIENTO DE LA JUDICATURA, SALA TRIBUNAL DE LA QUE EMANA LA DECISIÓN

ATORIA DE DERECHOS CONSTITUCIONALES:

1 judicatura que emanó la decision violatoria de derechos cionales es la Sala Especializada de lo Penal de la

Dir.: Av. José Veloz 33-08 y Av. Miguel Angel León [Edif. Puebla - Chávez] — 4to piso — Referencia: Frente a la puerta de garaje de la Fiscalia General del Estado. Telt: 0984277071 - (03) 2941-284 E-mail: [email protected]

www,bufeteromero.com

201 LXTRA011 CONSTIT máxima tus

LUIS ANGEL SOCOY CHIN dispone el artículo 58 de la Ley (.1 ',5`i

Control Constitucional, en imiento la resolución de la lanzada de lo Penal así conii

()fi Seft.: en el 0111L:111. I?. HL!

)0 1 55, para

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sed i en el Cantón NELSON

22. Así como Riobamba , RODRIGUE7 VASC

VIOL4 CISA DEL DERECHO EN LA DECISIÓN

CUARTO.- CONSTITU JUDICIAL:

efecto considero necesario mitida en Primera Instancia

de en el Cantón Riobamba así Especializada de lo Penal

las

Sepa iraSe pm' corno I con sede en el Cantón Riobamba, para luego identificar

DR. Luis ENRI DR. CARLOS DR. ANGEL PU1

ONOSO BAZ CO ABRE

LULEMA

(PONENTE), PINOZA,

STANCIA ZJE LA NTENCIA O IITORIA DA:

que presento esta ACCIÓN CCIÓN es la dictada el 18 de Mayo

- al Recurso de Apelación dentro de con el No. 06282 — 2018 —

Jueces de la Honorable Corte mborazo -- Sala Especializada de lo entra ejecutoriada por el ministerio . ,

Ó4 1t 30 de mayo del 2018 alas 11:13; así como a\tuncirJ11etoto de su Autoridad la sentencia

iciál Penal con sede en el Cantón sub judice

TERCERO. C AUTO ESTA E.

3.1. La

EXT del 201S la 00 Prov Penal de ley , tambi0J1 emitit

Honorable Corte Provincial de Justicia de Chimborazo, conformada por los señores JuECES:

disposiciones constitucionales que considero vulneradas: 2

Page 3: clejklue e Bufete c e Acogoces

SENTENCIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO PENAL CON SEDE EN EL CANTON RIOBAMBA:

"(..) Riobamba, vie. 3 de marzo del 2011 las 10h45, VISTOS: Una vez evacuada la a Uzgamiento, co • • de pronunciar sentencia por escrito, par mg o hace en e u ente sentido: PRIlIER0.- ANTECED leño • 1 ',n.o ' ; . .!, . * ' UTZ CH_AVEZ, presenta den z con de li • y «i2' I, señalando, que el día 2 de 20 Y, a eso 1 3S aproxime. 'mente, cuando se encontraba ( o e .2,.u. 1 tea dustrial icado en las calles Primera e "144 de Ri a ,a, llega el señor Luis ng e la/ puerta empz a insultarle verbi 1 e I ihaztrelmac al llegar a la pite de reso a la e rcr e cm -q dos puf' a t e la boca y na o 91 s te a r• • • ("virando su • • • Intención de re 'ar5. r 1 "ca, sintiendo un golpe en la cabeza lo que le pre• (a i s d de ja patadas por la espalda y las piernas, d a e , en I del ECU 911. A consecuencia de estas lesiones

enta , , T pacid d ea de tres días. N El señor Luis Ángel Socoy Cltbilli,lc ae a j ci. ntesta la denuncia, señalando casillero judicial P40 k n dr dones; y, además solicitan la práctica de varios el t e cr cticados en la audiencia de conciliación y juicio.

OS Y FUNDAMENTACIÓN EN LA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA DE IACIOIV: Con el objeto de dar cumplimiento

al.' a Constitución de la República de/Ecuador, Ar d egral Penal, se les pregunta a las partes, si cris 4 a. una conciliación y solución del conflicto rna la e n las panes señalan no existir posibilidad de acu lgu resamente su deseo de continuar con la audie c ( Z. 1. DE LA DENUNCIA: El señor Oswaldo Vin u Abogado defensor, Dr. Bécquer Carvajal Tto o 21 de diciembre de 2017, a partir de las I( e 1s ío» se encontraba en su taller, ubicado en las o i !magro de esta ciudad de Riobamba,

a OY CHINLLI LUIS ANGEL, quien

su lle n industrial, quienes ya tuvieron un pr ' 'W 'u --. por una c nstru están construyendo adyacente con Ull b ¡4 h a del swaldo Ruiz, luego empieza a gritar des a a serle epz contra de su integridad moral le dice ii ac y o Itsn a: Jo. puñ s en

ara egl • el uno inclusive le ocasiona graves nto", el ingeniero sale hasta la puerta

,(1,,vo.• ‘,. PI% . o q te ne s'ación en el tabique, el ingeniero al recibir os • o a t •a• y procede a refugiarse al interior del taller, después ingresan dos personas más uno de ellos con un fierro y le propina varios fierrazos en 1a humanidad del ingeniero, lo dejan inconsciente, es

-dn

3

Page 4: clejklue e Bufete c e Acogoces

auxiliado por un vecino del sector quien es trabajador de una zapatería, posterior una señora que se dedica a la venta de legumbres, esa es la teoría del caso que luego probaremos, en esta audiencia. Ab. Cristian Romero dice: dee

conformidad al Art, 614 del COIP, que nos I defensa técnica p Constitución presunción d técnica de la MMse de diciembre Ruiz, por p defensa golpea enten una que 11W

czg e

o agred ido l hechos q que jrni defen entyks claros chicla raz

uació non/al q

Sí" ha golpeado, mit:atado, desde la fecha que se conocen con

, longo, indio, ándate a tu comunidad, siendo ación, su autoridad, confirmará su estado de

DEMANDANTE,- Conforme el numeral 3 del o Integral Penal, presenta testigos: PRUEBA

DqC o médico de la Dra. Mónica Negrete o efectivamente encuentra una desviación del

e de la Dra. Daniela Criollo, seguidamente de u vez presento el alcance al informe suscrito por

ermina el señor Osvaldo Ruiz presenta una ra el trabajo. Ab. Cristian Romero: dijo, el IP, con respecto a la validez probatoria ntos únicamente servirán para supuestas ra posibles inconsistencias, la defensa de la n certificado otorgado por la Dra. Mónica stimonio ya que solo los documentos con prueba documental por no haber sido , Bécquer Carvajal: señor Juez, no he un informe de la Dra. Negrete, estoy crito por la Dra. Daniela Criollo y que

oy presentando como ayuda memoria bogados puedan hacer uso, ese es el mero voy a presentar el testimonio,

memoria, o cómo va a hacer uso del la Dra. Negrete es adjunto al que ha ra. Daniela Criollo ha indicado, que

e cuentemente incapacidad de tres días video presentada por la perito

Blanca Rosario an ari z a; de fecha 6 de marzo de 2018. Documentos de 69 a 74, informe de reconocimiento de los hechos presentado por el perito

crintinalística Sgos, Patricio Humberto Quishpi Mullo con cédula de 4

inc a ciar ayt pres Neg testi ing pr pres se j lo est

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ía el C do ar n p

ing sar eri o su

57, hab mi defei

a dic

del alegato de apertura, esta dido según el Art. 76.2 de la el principio constitucional de del abogado de la defensa

puestamente el 21 Jel señor Oswaldo

e deberá probar, la le ha agredido y etos, que hagan la existencia de

rá probar, ya s ante usted

el, quien ha

ab que

co le no p

Page 5: clejklue e Bufete c e Acogoces

-a (-- Ve). n k e" i141114D

ciudadanía 0602877847; cuyo informe ha sido presentado en el término que previene la ley y que tendrá que corroborar en función a las conclusiones a las que llegaron. PRUEBA TESTIMOIVIAL: TESTIMONIO CON JURAMENTO DE LA DRA. DAME JACQUELINE CRIOLLO

cédula de ciudad No. 0604288142, de 32 años nacida en A taPo, domiciliado en la ciudad de

rana y Cordob dico perito de la Fiscalía de del Dr. Bécquer e trabaja usted?,

• az., soy me.; co perito; 2.- ¿Qué sta„ n año eses; 3.-¿Cuántos 80 kxpenic. a mes; 4.- ¿Usted Idul Ruiz, que rclusiones pudo

pu'; determt

ZURITA, porta de edad, so/te Riobamba, e Chimborazo, Carvajal, 1. respuesta, tiempo vie peritaj realiz el llega que Pres tab on pariet he • su diámetro cuble • tras, a nivel de

sup os's de color morada la cual presentaba una e ro de diámetro, presentaba edema en el sector

de na de tres días para el trabajo; 5.- ¿Dra. Porqué se ce j jaaón e pudo haber sido producido?, respuesta, las

es odu rente manera puede ser con un objeto duro un o e ide I u mo se usaron; 6.- ¿Usted presentó un informe, el

ra e n¿, respuesta, es una ampliación del informe que del reconocimiento médico legal el paciente facial en consecuencia se concluyó tres días de ESTLWOIVIO CON JURAMEIVTO DEL O OUISEIYI MULLO.- portador de la

ce a a iii 'Ño j O C.3 77847, de 35 años de edad, unión libre, nac Vara /n ad de Riobamba, es perito de la Policía Na a dice: a las preguntas del Dr. Bécquer Ca decir a que se dedica usted?, respuesta, apa diferentes áreas de criminalística; 2.- 1) abaj en el departamento de criminalistica de Ri n concreto? res uesta realizo varias

videncias, reconocimiento del lugar de los 4.- ¿En este caso que actividad se le asig fui designado y posesionado para real del lugar de los hechos, para lo cual sta la calles Primera Constituyente

D s antes de llegara la intersección de las« -' -' t'nstit ent- 'ro sude observar ue allí existe

'1s a ta e c o, de un piso, allí se encuentra un dus • I • el objeto del reconocimiento,

e donde se realizaron los hechos existe, se encuentra ubicado en las calles Primera Constituyentey Diego de Almagro, el lugar se encuentra poblado, existen postes de alumbrado

na la neumi01? 4 -44112, os pod cm en

e Chir resp 4-C,5

7, respuesta, sentaba una

5

Page 6: clejklue e Bufete c e Acogoces

público, con lo que se concluye la diligencia: 5.- ¿Podría reconocer si el informe es suyo o no?. respuesta. si es mío y consta mi 6rma y rubrica. A las preguntas del Ab. Cristian Romero dice: I.- ¿Indíquenos por favor si ere el entorno ue usted realizo la ex e icia 1.• 'udc ubicar una mecánica

J,k so ha una construcción? o observar si existe una

construccío Y f .

pregunta - ovg o liirliba.:.-,...r., -,_,an s e'gstiVas, vio tose mi derecho

otro inmueb atUst.....nec

señor me dfo Ruiz.-( strado del audio de la

audiencia s ue men• onado i No se m permitió hacerle

a la a 70 nutro letra a) de la

,. ES ONIO CON Con tuc de a 's- • • 11.9 1 cuador)

U O CA LOSARI MIRA.NDA

PA t . o rdul de * 0604437o4 - de edad, de esta.. ct c d' tI ol Irádda en Guano,jada en la Av. Le.. Ido o B Policía Nacional, quien bajo juramento dijo: a 1 P u e er Carvajal; 1.-¿Usted es policía que función re z Nacional?, respuesta, soy policía, trabajo en de rta criminJi ti.',perito de audio y video; 2.- ¿En el caso que nos oc da -4 4,? spuesta, la diligencia de audio video de un disco co a # o desp az :oo sistema SAVE para realizar una pericia, me

pos

a I lesión me traslade a la pericia de la diligencia k ew ;nación contenía el disco compacto?, respuesta,

d sfi I as y media de la mañana conjuntamente con el se

C. ia4fii ro os a revisare! disco compacto objeto de la pericia,

el s of n1 z q el suceso objeto de la pericia se dio a eso de las as I 41:' 1 donde se puede observar que la cámara de seg s e e, s un ambiente tipo calle, a tres siluetas a pro e l• n, d :V fb.,, la cámara, se verifico a tres siluetas de sexo mas o, e a que levaba un chompa de color oscuro, una pers a e - • • mas lino que viste una gorra, otra persona que ves t o 4 d ra, el mismo que portaba un objeto de s s s a o varilla, posterior a ello a las 10;41:39 se a 1, eftoa e e de la cámara a una persona de sexo mas e n cho z ,..ntaltin una gorra, luego desaparece del en o c n se o lo o • mar las respectivas capturas de las imág to esta adj o& 1 informe; 4.- ¿Cuándo usted vio el video . :»c i fntr.ban acie fi iudadanos?, respuesta, los señores as cifPitida carera r enfoque de la cámara; 5.- ¿Puede

es itt recetó iba I iudadanos?, respuesta, pasaban en di h d as c s de est este. A las preguntas del Ab. Cristian

sha dicho que en total se ha observado nos por favor ¿en qué tiempos

pasan las tres personas y luego la otra persona?, respuesta, las tres personas pasan por el enfoque de la cámara a eso de las 10:41:21, pues se observan tres

ertenece. es siesta

6

Page 7: clejklue e Bufete c e Acogoces

s'S „chic 6°5'

el

CO

siluetas pasar por el enfoque de la cámara, posterior a eso pasa una persona de sexo masculino a las 10:41:39 aproximadamente por el enfoque de la cámara sale caminando; 3.- ¿A cuántos segundos de distancia pasan las tres personas de la otra persona?, respuesta, aproximadame existe un tiempo de unos 22

CON JURAME 'Q DEL SEÑOR HOLGUER

OREANO, cr ula de ciudadanía No.

dad, casado ec ro, nacido y domiciliado en a, de instrucción écquer Carvajal,

las calles Primera e se llama San Si; 3.- ¿Cómo lo hace once años 'a; 4.- ¿Usted

ra el señor su zapatería de

uiz?, respuesta, A unos tres metros no esta asa ahí algún evento?, respuesta, O sea ese día, en su bicicleta, en eso el señor Oswaldo estaba

mano, el señor (reconoce que está en la sala y lo estaban hablando no sé qué se estarían diciendo, ue se vaya con las manos, al señor procesado, (7e a mano al procesado), con el señor que esta con le dijo que se vaya, y el señor procesado estaba mano del señor Ruiz se fue con una soldadora Osvaldo Ruiz, y en veinte minutos regresa, y y k dice sal hijo de, sal ahora si hazte el al y cual, ahora si hazte el hombre, él estaba aldo, saltó empezó indicarle se vaya, en eso cara, el señor Ruiz procedió a meterse y en neme en una parada de bus, el señor Ruiz han agarrados una varilla y en eso le sea le comenzaron a agredir, yo salí que no k hagan así, y hasta a mí me un palo en eso los señores cogieron y se

o yéndose para arriba y ahí salieron le vio al señor Ruiz ese momento?, uro, estaba sangrando por la cabeza osos por la pierna, el tipo le dio,

ambulancia, después llegó la policía eguntarme porque yo ya me fui, ahí e reconocer o distinguir como vestían

uno de los sujetos estaba con una o vestido con una chompa media

azulita, el otro upo estaba con una camisa inedia delgadita el señor estaba vestido con una gorra negra y una chompa con unas franjas y un pantalón obscuro; 9.-¿Luego alguien más se acercó que pasó?, respuesta, Ahí ya se

7

fue los respu po des la le

segundos. TEST MARCELO 0604520155, Riobamba primaria, t responde: Constituye Franci conoc en la trab Jua la

e x q el ho casi el c eso se d COI

70

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ra 'Jansen esa

Page 8: clejklue e Bufete c e Acogoces

intervencto si Si efen

acercaron los demás vecinos , una vecina que trabaja por ahí, un señor de la Primera Constituyente que tiene una sastrería, todos los vecinos se acercaron a ver lo que pasaba. A las preguntas del Ab, Cristian Romero responde: 1.- ¿Mee

recuerda su nombre por favor?, respuesta, arcelo López; 2.- ¿Usted ha

instante que ncontraba al interior de su o?, respuesta, t. ¿Usted ha manifestado que

en el sector? sta, no vivo hace 11 años, - cin 1 • siu • ii - ¡jefe se lleva bien

al seno c y. , respu le conozco unos

noce si ?ido díst siones?, respuesta, °nes, pse ljz verdad; s. ¿Usted sabe quién

on la m ta y ha lado vive cesé los tre sujeto se fueron por la

• , r, él ;: o pri o sefli i ellos después

ONIO ODEL CHA VEZ a-c- édula de chi a o. 0602067043,

orlan o, nacido en Riobamba, domiciliado en y Almagro, es ingeniero mecánico, quien bajo

as del Dr. Bécquer Carvajal responde; 1,-¿Qué

I 21 d bre?, respuesta, Normalmente yo me dedico a la MS e es t n estaba en mi taller elaborando un estudio para

e z ajo a 1 30 se acerca el señor Socoy, estaba cerca de la P c t • y me dice en estas palabras, ve hijo de puta, ven

pame lárgate yo no quiero saber nada contigo ocupado, de un momento a otro de forma

si e uno en la boca, en la cara, yo tenía en mis rna s 'a defender, se me nubla la vista, retrocedo Pa do recobro la visión, veo la sombra de otras pers e en la cabeza quedando inconsciente, sentía que o la ambulancia, esa fue la situación que yo

rest ue él me diga sale arreglemos, estaría yo de, quiero que los daños y perjuicios me

pag o eto de esta situación, he perdido trabajos he sucedido; 2.- ¿Se encuentra aquí en esta a q espuesta, La persona que me agredió se encu e z , es co c. isa negra de cuadros a lado del Dr. De o or iónen s r y la dirección donde usted trabaja?, respu la oro e la ' - »rimera Constituyente y Diego de Alm

..,

t,; "' la fe ha q ron los hechos?, respuesta, fue el 21 de O , m o ¡icre las 10 y 30 de la mañana. Ha

Pe ¡•. risti' ti '- orne e, la señora secretaria sienta r te o o taiSei men que intervino el Dr. Cristian

manifestado que zapatería, est vive alreded trabajo en e conmigo; 4.-cuatro cinc Desconozco es el In la he Dieg el. OS de las ju

de A ST

A an lles

co Usted

fui

Carvajal que solicitó la o, que estuvo debidamente

anunciado.- certifico. (Magistrados la presente razón se la sienta debido a que el tiempo de evacuación de la prueba de la parte actora precluyó y se estaba

8

Page 9: clejklue e Bufete c e Acogoces

95 ‘.¿In te d 'hes

evacuando la prueba del compareciente, es decir se viola el principio de ',reclusión procesal) 2.4) PRUEBA DEL DEMANDADO: PRUEBA DOCUMENTAL. I.- Denuncia presentada en la fiscalía provincial del estado, mientras testigo dice fue en la parte de afue por la parte de robo y por la sustracción de a de oro y un relo Las copias certificadas de la

do Ruiz, mi do que ha ingresado a la ue la parte r a le han agredido, 3.- Se id .m...n.«nd$0,- Ihroge ngel Socoy, tiene

len le atacó a mi a la historia clínica

1 de diciembre de la Dra. Daniela

el numeral 3, ONIO DEL

I Art. 507, egrtil Penal: de 38

ad, divorciado, a oriano, de instrucción secundaria, miembro

n el grado se sargento. A las preguntas del Ab. 7nos señor Socoy si usted conoce al señor Ruiz?,

1 inesperado gusto de conocerle al señor RUIZ IO, gradas a la adquisición de un inmueble

u Constituyente y Diego de Almagro, en el mes de ha sido la relación con el señor Oswaldo Ruiz

respuesta, la relación la gresca, las riñas, la e de este señor awaldo Ruiz, ha sido desde

bo decir por qué le he conocido al señor Ruiz a, hice los trámites pertinentes para construir

2017, en donde estaba revocando mi casa dadores que operaban la maquinaria, ngresa la señora Elvia Ruíz, hermana del ropiedad de forma arbitraria, e indica de dios, el señor de la maquinaria se logró

acto seguido yo me encontraba como un n una camiseta me acerco a la señora de se retire que está en propiedad privada y

ó, nuevamente me acerco me retiro la yo soy el dueño de este predio, y le

bondad ella me responde, más que a, nosotros esperando que salga la

digo señora retírese, avanzo a escuchar de manera intempestiva y me agrede con la camiseta que estaba puesto y ajadores me socorren me auxilian, a

do eñor, soy divorciado pero tengo a mi esposa y tres niños, pensé que las cosas iban a calmar, conversando con mi esposo le digo, nosotros somos nuevos debemos comportarnos, esto no puede llegar a mayores con este señor de la mecánica, me voy a hacer las paces por

9

denuncia del mecánica, co ofició a la fi un traumatis defendido. 4 de mi dejé: 2017, Crío! del SE ntu

tido e 21 de e , co

'ciernbre an cle fo

o de a

18, él s 7 a 82 con agri sión, des sor,15.- Info

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Page 10: clejklue e Bufete c e Acogoces

otra « ¡caliza d seu mos d o rr o que 1 és et

cc

cuestiones de mi trabajo, al día siguiente no actué de manera legal, pensé que esto yo como propietario del inmueble quería de manera pacífica llevar una convivencia en paz y armonía, porque no conozco a nadie del barrio, ni al señale

de la zapatería, pasa el tiempo la señora se h ado cuando a la señora le ha

la puerta de mi c ción ha ingresado y les ha esticos de la señora, no estoy y mi fiattro, para mis hijos,

an trabajando y a de esa manera, o nada, con todas

ntraba haciendo !adornos y para llegar mis tres

OS conocemos -egreso a a dudad de

a- acer una instat diarica, salimos e la bicicleta, el medio de transporte de mi

un año en brazos, abro la puerta avanzo a ver ituyente, avanzo a ver que el señor Ruiz estaba

ores en la mecánica, en la vereda nosotros como circular, a lo que él me dice ve hijo de la gran or mi vereda, mi esposa se pasa y el señor Ruiz que se pasa a nuestra casa, ve indio ándate a tu la ciudad, aquí no mandan los indios, verás lo

er la vida imposible hasta que te vayas, le dije y ha, para que usted me ofenda de esa manera,

r la palabra cuando este señor Ruiz viene me ts cosas, con esas manos de grasa, mi esposa o lo único que hice señor Juez defender mi o, cojo mi bicicleta a rni esposa y nos vamos opiedad ahí se aparecen mis trabajadores,

cara y ahí ingresan mis tres amigos, me ñor juez en vista de que no es la primera u, sufrido, tanta discriminación de parte umillado, marginado, mi madre viste uesto un pie no he visto a mis padres, a

é a mis amigos que me agredieron, y de desde que compraste tu casa, dile en la fiscalía, le digo acompáñame, señor Ruíz, yo no le he hecho nada,

ante COMO mi compañero estaba ahí de mi propiedad, le debo algo, le he

e le he hecho, en ese momento mi jo r esto tenemos que arreglar en ese

momento me armo e va y digo señor Ruiz, yo no le he hecho nada, yo no puedo circular por aquí como mi compañero estaba ahí dice vamos a poner una denuncia en la fiscalía, acto seguido le digo él es mi abogado, sino no hablara

lo

dado la gana, h dicho a mis t de acuerdo me hizo la desde la terr dice no es estas a uso de darle amig por Rio con esp mi

no s OS

que sin a poisjtua "one

ones de

d.al se'ñorft,

están p

para quehacer iedad es mi in

s el ¡no ando no

21 de

orque se e l' l está pica cieibbre, me

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no iie me le e pro am pie me dice 7

vez de ana quie

d por lo ú q yo del d st

rij o Ja? dejo

5 jieia mpo esde s em

v s pon una e er es que q re, 'la en es mis; re4en.a le d o qu

me e dio d 20 a

Page 11: clejklue e Bufete c e Acogoces

así, el señor dijo esos abogadillos de pobres tú y tus abogados váyanse a la casa de la verga, en ese momento uno de mis amigos, uno de ellos son los que le lanza los dos puñetazos, más yo juro por mi patria por mis padres por la virgen por mis seres más sagrados nunca le puse un de 1 señor Ruíz, inmediatamente que el señor cae • o les cojo a mis a y digo no yo no quiero tener

y • nos fuimos a cción, y ahí dijeron ándate en ese momenmino normal como yo no he

a la policía, en doy me pasan y

a doler la cabeza, n mi familia con

o concluye no propiedad, la a de respeto a

cámaras de °piedad, dando

edo decir nada a la señora Ruiz, porque el otro digo por favor váyase y retírese me considero

o voy a dejar que me pisoteen, señor juez no día la señora Elvia Ruiz, se traslada a mi lugar de mis superiores y dice cosas falsas, yo nunca he

U yo he llegado a San Francisco y he dicho "soy so jamás ha pasado y dice que soy un ladrón y y un reloj valorados en 800 dólares y un reloj

sigue pide que me castigue y me sancionen n eso el señor Oswaldo Ruiz hace un oficio al Terrestre, ya se mete con mi familia con mi piden que me den la baja porque yo le he cosa que jamás ha sucedido y ya me están

nes para darme la baja de la institución, a o he circulado en el país, y jamás he tenido

está costando mi trabajo, mi carrera yo aga justicia, no es justo que los blancos el día de hoy en la actualidad, por mi

co z por lo que todos los días, me reclama da obstruye mi construcción, mediante

por favor retiren esa acometida, me la empresa el señor Oswaldo Ruiz,

dice el Ing. Suarez y que el señor es tengo paz y tranquilidad en mi

esposa a mis hijos. De alguna forma ue la ley la Constitución esta para o. A las preguntas del Dr. Bécquer

de los amigos que estaban con ustedes ese a., respuesta, ¿tan Chicaiza, fose Pinduisaca, y Roberto Yungan; 2.- ¿En la pelea que dijo que usted fue víctima intervinieron sus ayudantes de la construcción?, respuesta, NO; interviene el Ab. Cristian Romero, dijo, he

11

que

cont no p, del pro

este ten hal?

mas pro ble a la fiscalía, puesto un s segundos sa se van, me todos los d' mi esp termt seño mi seg órd señ Pe

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día la señora

Page 12: clejklue e Bufete c e Acogoces

presentado como prueba de mi parte la denuncia presentada en fiscalía, en donde consta todo lo manifestado por el señor Oswaldo Ruiz, y que procedo a dar lectura dice, que el 21 de diciembre del 2017, ha ingresado mi defendidos!

supuestamente con tres personas a agredirle c untamente con tres personas a agredirle tanto o firsicamente ade que la denuncia la pone por

el delito de ro que supuesta $ le ha sustraído una cadena

valorada en 6t ss.i s reloj valorado 59 dólares, también tengo una 71~zsgue el señor Socoy ca, contrq 'endo lo de antes,

que, señora fiscal, uncia por robo y bien observar el

de presenta un comienda un

bre; el Dr. experticias no

copia certific junto con ot que el señor, debo man daño certifi trau repo Béc si C'r hi

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mi e dice de re par los sal se

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te has creí' o uidio yo de7Puta, aquí los indios no le responde a los blancos, y yo pedí ayuda, y solicite ayuda, al escuchar eso como si nada entro a su mecánica, nos fuimos le dan agua, le dice que paso, vienen tres amigos para

12

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lizado el (no es válido p

tiento de una infracción; interviene el Ab. onsta en el proceso de fojas 76 a la 82 consta la

a que mi defendido tiene contusiones hematomas erpo, además del certificado expedido el 21 de encuentran los actos y diligencias realizados por

defendido, el día 21 de diciembre del 2017 se ea/izado por la Dra. Daniela Criollo, y otorga trabajo, se encuentra en la foja 1 a 20 del quer Carvajal dice: señor juez la Dra. Criollo

cerca de este examen y el para tomarla en el testimonio. TESTIMONIO CON

MARILYN ELIZABETH CEDEÑO dula de ciudadanía No. 1726890583, de 23 de instrucción primaria, de ocupación ama jan Romero dice: 1.-¿Conoce usted al señor o; 2. -Desde cuándo le conoce?, respuesta,

de julio de 2017, cuando estábamos la señora hermana del señor Ruiz,

dice que no se mueve esa pared, viene ..piedad, retírese, a la tercera ocasión le

d de salir, y sale el señor presente, y ce, que te toco, y coge y empieza a los trabajadores. 3.-¿Cómo fueron

tiesta, el 21 de diciembre del 2017 so con otra bicicleta, se encuentra el 1to de la gran puta, le dice ya basta y para cruzar, y dice este es el indio

propiedad esta es mi ciudad, que

ter

cono sde

o a la n n su pa

han

, en o que se

Page 13: clejklue e Bufete c e Acogoces

-15-70 41,44 3 emití°

instalar el eléctrico, como va ser que el_ vecino me haga a un lado, uno de ellos dice que estudia derecho, y le dice lárgate de aquí, y dice es mi abogado, le voy a denunciar por discriminación, y dice tú y tus abogados pueden irse a la casa de la verga, y le dice ándate que te has creído c k escupe, mi esposo sentado y

denuncia, mi esposa se va a nosotros hemos trabajado

a del ciudadano, la señora nte trabajadora y ndar en mi casa,

nora es demasiado señor Ruiz, usted

jal pregunta, 1.- en la cara; 2.-a, desconozco

propino el verol jean y el

y camisa jean; 4.-¿Con quién dejo a sus hijos uesta, mi primer hijo en la escuela, el segundo ¿jo lo tenía yo; 5.- ¿A qué hora era el suceso?,

madamente; 6.-¿Que estaba haciendo el señor a el señor estaba tomando unas medidas en la N JURAMENTO DEL SEÑOR LUIS

UCAY, portador de la cédula de ciudadanía No. edad, soltero, ecuatoriano, de instrucción b. Cristian Romero dice: I.- ¿Conoce al señor le conozco porque es mi jefe de trabajo; 2.-a construcción; 3.- ¿Le conoce al señor Ruiz?, n del 21 de diciembre de 2017; 4- ¿Qué paso

sta, doy mi testimonio de lo que vi, a eso señora Mari y el pequeño, nos brindó el

de la construcción y la señora Mari dice o, nosotros estábamos en el segundo piso

k vemos al señor Ruiz, le ha estado mos de bajar para auxiliarle, el señor 'edad, ya le cogimos y le dimos un vaso icistas, uno de ellos dice luchito, que te

o, uno de ellos dice eso no se puede la fiscalía, y el señor Luis Socoy construcción y se van a ver porque le

nico, a decir que porque razón le pego nde el señor Socoy le da un cachazo y voz a los cholos, en ese momento le

la@ atrás de él le lanza un puñete, ahí ro'hlemas apartémonos, y se _fueron de

la propieda , y en eso e 6T Luis Socoy, se detiene en la puerta de ingreso y un amigo le dice que vaya a poner una denuncia en la fiscalía ahorita mismo, y el señor Socoy se retira por la Ahnagro, yéndose a poner la denuncia en la

13

nos fuimos a la gritar, señor muchísimo p que es el pro gente /rumí! mis rnaestr grosera, e señor ¿En ¿Qui que pu otrt

res

e de o. am

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a a -todo

dein, anda a pone es nuestra pr

o sé cuál es el

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Page 14: clejklue e Bufete c e Acogoces

fiscalía, los tres señores electricistas estaban en la vereda de la puerta y cuando por ahí alguien dice ahí vienen la policía y los tres amigos se fueron saliendo a carrera a tras del señor Socoy, a las preguntas del Ab. Cristian Romero, dijo:]. ¿Usted veía que ya tenían inconvenientes c la hermana del señor Ruiz?, responde, el ser o ocoy tenía problerz a c2n la hermana por diferentes

situaciones, p , a por una basi o qu caía, hacia limpiar toda la

terraza que basura, y un ando estábamos picando la

construcción L s co se ., a , itp,y dice que están

haciendo no so, yo jzo e picand a onstnic , de ella, me lanza

una piedra en cabeza me hace ni c zibolito, y so que yo estaba en la construc o ro c s prez ntas,del Dr, t.., uer Carvajal dijo:

I.- ¿Pt '.1 1.: j?- • añahtes deí/c'ie Socoy, lanzo el puñ':é re o, 'de, tw. se p te, han sid anug ,- del pero 170 les

cono 2 Tu 1 co ',,---, .4 stido señor waldo Ruiz?,

resp sta, e o Ru •s ,.. isa jea jean; 3.- ¿A

cuá o o d st a -Cuando sucedía 'me?, responde,

est a pi:. 's 4 on quién estaba usted?, responde, con el otro ma. IV a a 5.- ¿Qué hicieron frente a la agresión de la que u ..:y respuesta, Nosotros no pudimos hacer nada es a 11 ')gunclogp o, dejando a un lado la construcción y él ya estaba el. .< • opied • 6. -En dónde estaba usted trabajando?, respuesta, etm, f' 'sç I:'i '!-.,aci o ala mitad; 7.-Hubo visibilidad desde el lugar d e 12 ,, visibilidad estuvimos en el segundo piso; 8.- ¿A

estaba usted?, respuesta, a diez u once pasos, la aves de que medio pudo usted observar lo

's d los ojos; la- ¿De qué manera le castigo o le pro "17 -'P bocoy?, respuesta, le dieron patadas abajo y pu el e o ,'ny e bre, la esposa se fue a pedir auxilio la señora pa o o « t er e mo para la dolorosa; II.- ¿En qué parte le pro g o R zz señor Socoy?, respuesta, estábamos en la esq 7 p e q e pirte de la cara. TESTIMONIO CON f * S NO PEDRO PABLO AZADOBAY C • 0 cédu de ciudadanía No. 0602267924, de 48 ,..i,.., año z

Dm' o a casado, nacido en la parroquia de San Ju

n , ,. .P ri, , • , ción albañil, a las preguntas del Ab.

a. Cris e le conoce al señor Socoy?, responde, le ii,g,' • I) , oe ,• ±-,.. con 's 4ngel e nozco desde el momento que entre a traba 'n e le ono r Oswaldo Ruiz?, responde, no le cono w Ido tz, s& e ando fijando quienes son y como son • q e cedió el día I diciembre de 2018?, responde, el 21 de din n sotros estáb o abajando en la construcción del señor So so dij el re e 'o M s y no paso unos segundos la señora

e le p 7., n a 'osp, y salimos al filo de la construcción

uánto de 1 uLxiliarle al señor Socoy?, responde, a partir de efif bajamos rasconstruccilm fue muy tarde para auxiliar, hay obstáculos, como maten'ales, es obstáculo el señor Socoy en la esquina con grasa y manchada la cara, procedimos dar los auxilios al señor Socoy, y llegan los

14

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26 - serÓ

vit amigos electricistas, uno de ellos ha sabido de las leyes le pregunta luchito, que te paso, el señor avisa todo lo que sucedió, y va el señor Socoy con todos los amigos a decir por qué motivo, el señor Ruiz te escupe, y le avanza a lanzar el puñete, y lo que vimos en la esquina eviterno rar a los señores, el otro señor decía váyase a la . onga la denuncia, or ya caminaba por la vía de la fiscalía, cu' Ç -sos ya estaban a do, vimos de la ventana del segundo piso « «nløde la esposa en '.. ' cleta, siempre andan en la bicicleta. 2. 7 OP . : ' -.1 «LOS erVIOSN el Art. 1 de la Constitución apabila' • d uador, s n iende lo chos para todos, el art. 66d. u de la epúblic el cuador, h bla del derecho a la integrida an lnera n d cho, tie- na pena, el COIP da el t o cua c . zei ont una c trrención, aquí ha qued.vo y • c año bu2. Ruiz no pudo auto pega 1- la ira. . e, , c. apact días para el trab p. 1 , ado que o Ruiz 'rt. 455 del C. i 'E., ,:. s n ili. d trénunciado, hetnt .. a declarar al útil tes o ec at' señor Holger López Marcano, en calidad de ay t e alza a ver cuándo el señor Socoy, se encontraba en c aldo Ruíz, el señor Socoy, regreso con tres a ada por ni d alle hasta la mecánica industrial, le pego dos

eres Soco os tros dos testigos con k varilla, si el señor Socoy i a e con su esposa en las bicicletas, indica que le ha d o 1 e d d que esta con ese calma, claramente indican aquí

ninguna circunstancia escucharon ningún erraza están observando de la verada, es por

pe tp; I nuncia un delito de racismo de odio, el 21 de diciérn dki e es o, se contradice con su denuncia, porque aquí da u p sa de mí defendido, y en la fiscalía dice que son tres e desconoce quiénes eran, esa prueba, para de aquí, lo mejor era que el señor se acoja al dere ando claramente que existe pelea entre los dos, los testigos porque tienen relación de dep 6. stitución de la República del Ecuador, co , pero ahora el debería probar que la

el señor Socoy, solicito el estado de culpst o S PC • LUIS ANGEL Ab. Cristian Romero dijo 5 ceso a orno lo dijo la defensa víctima de su caus It t hech a manesta que mi defendido le ha roba O do res u a ca reloj, que sumandos superarían los 100 a e ca os, en dond e e tualmente ingresan ami taller y sin 1 O 17 p oc en a agre n la prueba documental que se ha

cons est e a manifiesta que se le ha agredido °demos creer en una persona que

o cz• - «o uez que los hechos contravienen a las denuncrasiPTantea. as—jai; tres ocasiones, corno podemos creer a una persona que ante fiscalía dice una verdad, ante usted otra verdad, que en compañía de un falso testigo dice otra verdad generando más allá de toda duda razonable, si

15

ri

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nosotros nos ponemos a evaluar todo lo que ha pasado en esta audiencia de juzgamiento, en donde se presentó la abundante prueba documental y testimonial, en la cual usted de seguro llegara a decir que en ningún momentos., tenemos un delito de lesiones, aquí lo que is e es un delito de odio, de

discriminación, viene consumando anera reiterada en contra de

mi defendido /edad, con acto esiones verbales y fisicas que

son consecut de las Fuer e das si mi defendido recibiere

una sentena d e et,e "fr • eso es lo que está

buscando la 's ta vT&im. I COIP cribe ce , i ctas penalmente

relevantes, U dad, cidad ul • • baldad, or todo lo expuesto

señor Juez u resolvei• con orne a d o y que se servirá

ratifica 1 ?hl defe TERCERO.-

CO p 9" e It esente ca rrespondido a

este) gad ore o e s: •.- '.ada 1. los Arts. 402,

404 me II y 42 Integral la fecha de

acc e ( del Código • de la Función

u al eØB i VALIDEZ PROCESAL.- En la presente

ca cl ,59 , ra e ha respetado el debido proceso, contemplado en ión de la República del Ecuador, como el debido p eso lecid e 1. Arts. 1, 5; y, 569 del Código Orgánico Integral I" ecido atados internacionales ratificados por nuestro

u validez. QUINTO.- BASE JURIDICA: Es ridico constitucional y legal, aplicable, al caso : Normativa Constitucional.- a) El Art. 1 de la cuador es un Estado constitucional de derechos

que las personas, comunidades, pueblos, na c citares y gozarán de los derechos garantizados en ntos internacionales; el Art. 11, determina que e regirán por los siguientes principios: 1.

19r/ tifica que los derechos se podrán ejercer, pro vidual o colectiva ante las autoridades com z cumplimiento; 2. principio de igualdad, que son iguales y gozarán de los mismos dei; De aplicación directa e inmediata, que d e establecidos en la Constitución y en los inst el: ea. ale recta e inmediata aplicación por y ante cua a e -rvido ninistrativo o judicial, de oficio o a petict ncip o cción de derechos y garantías; que ning o 1 u íd a poez a re contenido de los derechos ni de las ga z z do les: 5. er n 'o de aplicación de la norma e in n s Ayo ezta e . u vi alela, que consiste que en materia de de a tía cons ' ucio le s servidoras y servidores públicos,

iciale , eb a e e icar la norma y la interpretación que efirti v , e! • principios de inalienabilidad,

irrenunaa e da', innvLizlii i ad, interdependencia, de igual jerarquía; 7. principio de no exclusión de los derechos de la dignidad de las personas; 8. principio de progresividad a través de las normas, la jurisprudencia y las

16

Page 17: clejklue e Bufete c e Acogoces

judicial, debe ga partes; garat ni sanciona tipificado en sanción no autoridad procedimie propor el de la p igua del pre

- 95 ugn SIC»

políticas públicas; y, 9. principio de ,respeto del Estado y hacer respetar los derechos. b) Art. 76 de la Constitución, que establece que en todo proceso en que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso, que incluye que a autoridad administrativa o

el cumplimiento de normas y los derechos de las

*ótz de inocencia da persona; a no ser juzgado omisión que, mento de cometerse, no esté

ni aplicar una o ante un juez o

propio de cada blecer la debida

s; a garantizar decuados para portuno y en

actuaciones e su elección; a

o la o ekte con

a ser trám

rosa; a dones

o y con lo en el

todos lo etralict abogada o a las razones o argumentos de los que se crea

os de las otras partes; presentar pruebas y co en su contra; a ser juzgado por una jueza o juez

potente; a obtener las resoluciones motivadas; a ones en todos los procedimientos en los que se ás el Art. 77, incluye como derecho a la defensa ado a declarar en contra de sí mismo, sobre u responsabilidad penal; aplicar las sanciones los casos, plazos, condiciones y requisitos

e 2, de la Carta Suprema, establece el derecho a ,a menta en el respeto a la Constitución y en la

vias, claras, públicas y aplicadas por las . 168 y .169, obligan a la administración de concentración, contradicción y dispositivo,

etapas e instancias en la sustanciación de de simplificación, uniformidad, eficacia,

ocesal, y hacer efectivas las garantías del a por la sola omisión de formalidades, a en un media para la realización de la ución, establecida en el Art. 425, que

ener en cuenta por los Jueces, en un • lo que equivale a que se debe velar odos los sujetos procesales, haciendo

tttución, para garantizar un equilibrio 1 caso que nos ocupa corresponde al conformidad con lo dispuesto por el

Penal, para luego de realizado un por las partes establecer si se ha

determina or.axistenciti material de la infracción, así como la responsabilidad penal de la persona acusada. En este sentido, es necesario determinar si en el caso de autos se ha establecido o no la existencia de prueba irrefutable acerca de

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17

Page 18: clejklue e Bufete c e Acogoces

la existencia del delito acusado, entendido éste como un acto típico, antijurídico y culpable, donde cada categoría dogmática tiene sus propios elementos que le dan contenido material al injusto, por lo que se debe empezar por el análisis dtake cada categoría dogmática en el orden sec R icial indicado: 1.- Acto.- El diccionario de la ademia de la Len-.spariola define al acto como

acción o ejerc tildad de hace ast smo la acción o resultado de

hacer El nra !berro Donna, abra de Derecho Penal, parte

general, ton, 7 p - I 6 eii. fr ..,,a4 ,4 . -," toes una acción a

la que se e gregai o carac is ¡cas o cados: tipicidad,

antijuricida d- y ad abilidad-ti e autor, de nodo que la acción constituye na de tod el sistema d teoría del delito. Dicho o-do os e U s del delito re tiene algo de conni O OS a ti (2 1171(7 acción man Por eso se dice que!'L,.'Cl dfiih%i. Y 1de "u lace" entre las disti as f de la e .it( 11 la pi-es ncontramos a ,: n a :,;., h ct re : Iprsocesado Luis • oy Chinlli, acto q l'e ha a ca lesiones al señor In. Oswaldo Ruiz Chávez.- 2.- pro;h1 en di como la adecuación del acto cometido a la

4 de,(( •(1 ace en la ley penal, lo cual se deriva del principio de2 gal ± o fo t con el autor Raúl Goldstein a la tipicidczd se la p e d , racterística del delito; la segunda en la definición j

ticto cidad. Los hechos cometidos por el hombre, para zi t c t eda osr una pena, deben estar descritos en la ley. Esa

arácter valorativo, constituye la tipicidad; de acción concreta que ha trazado el legislador, para la definición del hecho que se cataloga en

la l-' d Código Orgánico Integral Penal al referirse a la se ales describen los elementos de las conductas pen e lo elementos constitutivos del tipo objetivo: a) Sud- o .ont quien desarrolla, en todo o en parte, la cona' p In sena', o autor del hecho, que según el tipo penal acit e que uede ser sujeto activo del delito cualquier pers si 1 zón Al cargo, función o filiación, en el caso que nos e o E OCOY CHINT TI; b) Sujeto pasivo o i d .- 4,,,á Ira del presente proceso contravencional pene e • S4.c o as /va ot Oswaldo Ruiz Chávez; c) Bien jurídico prot I a o ay e no o a s n jurídico protegido por la legislación pena ..... .pe o a s inte rida •n d, d) Conducta.- Conforme señala el ma c o ñoz C nde a Teoría General del Delito en todo tipo i 11 e "es endi o comportamiento humano (acción u om z 'ti; co s tuye I nú tipo, es decir, su elemento más 'rn 7 4 , ucta ene generalmente por un verbo rector

u otr. a- 6 - 'tc.), que puede indicar una acción Gua e ige la realización de la acción sin

más, estamos ante os os de mera actividad (injuria, falso testimonio, etc.)...". En el caso que nos ocupa la conducta viene determinada por el verbo rector del tipo penal, que en este caso es herir golpear, requisitos previstos en la

18

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qj cela' ocir1 /40‘

-0) normativa correspondiente. De la prueba presentada en el proceso, de las versiones rendidas por parte del señor Holger Marcelo López Moreano, quien señalo que trabaja, en las calles Primera Constituyente y Diego de Almagro en una zapatería que se llama San Francisco, señor Juan Bars In& Oswaldo acusado esta una soldado no sé qué se manos, al s que se va hernia señor calle ta Os

CO

PI

rabaja hace 11 años para el anda que encuen zapatería de la mecánica del entra a tres me

len señalo: ese día, el señor u bicicleta, en

ñor Oswaldo estaba viendo staban hablando, ue se vaya con las

¡señor Ruiz le dijo ue durante eso el

se quedó solo el sado, cruza la • hijo de puta,

lk, el señor en eso el copo dos puñetes en

meterse y en eso estaban tres tipos, esperando el señor Ruiz se da la vuelta y uno de ellos

en eso le comenzaron a golpear esos tipos, o sea alió corriendo a decirles que no le peguen que no n golpearlo, que después de unos veinte minutos llegó la policía y fueron a su taller a preguntarle

lo que había pasado, identifica a los sujetos camiseta aman'lla, el otro señor era un gordito

azulita, el otro tipo estaba con una camisa ba vestido con una gorra negra y una chompa obscuro, que al señor Socoy le conozco unos

ordante con la admisión de responsabilidad a establecido que el señor Luis Socoy, le o Ruiz Chávez, lo que se determinó con el

line Criollo Zurita, médico perito, quien or Oswaldo Ruiz, que presentaba algunas

uierda presentaba una herida suturada por costras, a nivel de labio superior

la cual presentaba una herida suturada taba edema en el sector de la nariz, el

el paciente presentaba un edema en tres días de incapacidad para el atricio Humberto Quishpi Mullo,

onado para realizar la experticia del ra lo se ha trasladado hasta la calles o, a unos diez metros antes de llegar a

yente y Almagro, observa que allí nco, de un piso, que se encuentra

un taller necaruca industnal donde fue el objeto del reconocimiento, se determina la existencia del lugar donde se realizaron los hechos, ubicado en las calles Primera Constituyente y Diego de Almagro; el testimonio de la Cbop.

19

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que es or Rurz con cal

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oyled mi 4 cuadros,

nvacliendo vi' adota en u egrdsa el

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del prop: tes ti rea test de ha de mo la re trab qui rec

dicien esa

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1 a , a ta es ge 1y,

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Page 20: clejklue e Bufete c e Acogoces

Blanca Rosario Miranda, perito de criminalistica, quien realiza el peritaje de audio y video, señala que se observa a cuatro personas, tres de ellas salen a precipitada carrera, y la cuarta va caminando; testimonio de la señora Marilymv Cederlo Fernández, quien señalo que conoce a -or Oswaldo Ruiz, desde 26 de

julio de 2017, qu diciembre del 2017 • con una bicicleta y su esposo

con otra bicic or Ruiz le dice ces hijo de la gran puta, que

su esposo le • íí . ,roo que le hech señor Ruiz le dice este es el

indio verdt • •. • • • annuogillf. fistatnzsiedad esta es mi

ciudad, que . ido in o u los indt le responde a los blancos, y p A ''a, 1 escuch si ada en a su mecánica, que

vienen tres ira • , a vuienes oso les cuenta lo

sucedí e 1 der icho, qu I • ice que hay que recia ir, t•-,•••-r• e • que I sefior Ru dice gate de aquí, le dice n L ga • • - - 4rimin ;-.én, y di el señor Ruiz, tú y s a cado pue n la verga

• , m , e que te has creí cog e u ,,fesi do y nos fuimo íct construcción, no con e yi 1.f' • • 'no el golpe al señor Ruiz, señala que el señor Rii s l'Al do n • idas en la vereda, la misma que tiene muchas in mi ocoy no dilo que el señor Ruiz le había escupido et cal 'o de se Oswaldo Vinicio Ruiz Chávez, quien señalo que el d a h se acerca el señor Socoy, que estaba cerca de la P a • llar a L t ón, y le dice en estas palabras, ve hijo de puta, • v h I o ve discúlpame lárgate yo no quiero saber nada

toy ocupado, de un momento a otro de forma no en la boca, en la cara, que tenía en sus

i o • ows • q pedida defender, que se le nubla la vista, que retra c leí', cuando recobra la visión, ve la sombra de ot P amente en la cabeza quedando inconsciente, has 1 ql que la persona que le agredió se encuentra aqu e, u a140isa egra de cuadros a lado de su abogado, que la ( las calles Primera Constituyente y Diego de ) e on los hechos, fue el 21 de Diciembre de 20 ,a:C S la mañana, testimonio concordante con

arcelo López, y con lo establecido por la se a randa, al señalar la presencia de cuatro perse Mst,' o del ir u Fernando Asadobay, es contradictorio, señ • ' c a se o L Ls , *c. p que es su jefe de trabajo; que al señor Ruiz • .r la 'gres% cimbre de 2017, qué el día 21 de dicie 7, a ..o del 10' Socoy, la señora Mari y el pequeño les r z i u miii o q e salió de la construcción y la señora M u lis a xilio peg• • • 1 marido, que estaban en el segundo pis I n lado co , .t ci.nyle ven al señor Ruiz, le ha estado ge s 's So q • . rin de bajar para auxiliarle, el señor

a 1. o takd, que le cogieron y le dieron un vaso de agua y egan u;ü5S tres amigos electricistas, uno de ellos dice luchito, que te paso, y el señor Luis, le cuenta lo que paso, uno de ellos dice eso no se puede quedar así, que le dice que le denuncie en la fiscalía, que el señor Luis

20

Page 21: clejklue e Bufete c e Acogoces

- - veffInk ‘1111)eit

Socoy, acompañado de sus tres amigos, salen de la construcción y se van a ver porque le ha pegado, se acerca donde el señor mecánico, a decir que porque razón le pego al amigo, y uno de los señores se acerca donde el señor Socoy le da un cachazo y aquí dice los indios verdugos n an la voz a los cholos, que en ese momento le e '-cara, uno de los (re :os estaba atrás de él le lanza un puñete, ah dice 170 quiero • r ás problemas apartémonos, y que se fue , n•V!, ad, y en eso e Luis Socoy, se detiene en la puerta de i o lilltatmona,,i‘ a denuncia en la fiscalía aho o, y7«.) se por le al agro, yéndose a poner la de la calla, 1 tres señs es e ctricistas staban en la vereda de la puerk po

4 dice 1 in nen [a p. a y los tres amigos

han sal • a , ue o puede spe car quien de los acom a ';4‘ ie - 'sr 1-l' etej señalo ue es ba a unos diez paso 1 q gresio de la qu e víctima el seño Soco , lo • dins arnos en .

qué el señor Ru le c g l'O O, . re. abajo y puñete a señor Socoy,

• sol oi esp s e fize a pedir auxilio la señora, bajo por la tu r p osa, mientras el señor Pedro Pablo Azadobay

C ir pa lp Socoy le conoce desde el momento que entro a aiO or R le conoce, que no se anda fijando quienes son y

co 4, . r&?j d 2 kiembre de 2017, estaban trabajando en la co 7 I señ. .osy n eso les dio el refrigerio y se fue, y no paso unos s 1 1 •cno o auxilio que le pegan ami esposo, que salieron al

sucede, a partir de eso bajan de la construcción

x a ay obstáculos, como materiales, que el señor ni íz es n rasa y manchada la cara, que procedieron a

dar o ro Ss co , e llegan los amigos electricistas, que uno de el! de/1 1 rfs e are: ¡rta, luchito, que te paso, el señor avisa todo o q e S con todos los amigos a decir por qué motivo,

el s tz ,01 le a lanzar el puñete, y lo que vimos en la esq v te e los s, el otro señor decía váyase a la fiscalía pot 11 C. y aba por la vía de la fiscalía, cuando uno de ,t. t s de la ventana del segundo piso, en co -.,. e S n a sic» a, siempre andan en la bicicleta. 3.- Al o aoxin en su obra Derecho Penal, Parte Gen•7 t e la an t manifiesta: "Una conducta típica es ant y la ca s e st cación (como legítima defensa, estado de n e ,,. 'e 'c . de c ec • t o) que excluya la antijuridicidad. .; En v o justi cació n se puede hablar de "causas de exci 4 y o en I que o y una diferencia de significado." El a....4 d O ac rca • • ntijuridicidad señala: "Para que la co releva e se ii u :dica deberá amenazar o lesionar, sin

.1 jurid . • pr. ,, I r este Código." La antijunklicidad

básic.., a r antijuridicidad formal: Debiendo entenderla como • -sva or • e a acción, en la cual existe una contraposición entre la conducta realizada por el sujeto activo del delito y el ordenamiento jurídico. De acuerdo al autor Camilo Sampedro Arrubla, se la puede definir de la

21

Page 22: clejklue e Bufete c e Acogoces

siguiente manera: "Es formalmente antijurídica, penalmente hablando, la conducta que se realiza cuando está prohibida por el ordenamiento jurídico penal o se omite cuando es mandada por el mismo sin justa causa, siempre que

e

el resto del ordenamiento no la autorice. Ento para que una conducta pueda

ser tildada de an • formalmente debe radecir al derecho en general,

aparecer proh recito penal ( é' if • • en el caso de la omisión) y

no aparece, • ..* y , por una ca n'l • justificación." Del acervo

probatorio not ah!- 'di Mr • , justificación que

desvirtúe la dícida fo del acto a ado. ha verificado la

existencia na e las c usales ex lusión d la antijuridicidad

establecida ni ti. Códi Orgánico ral Penal; y, b)

Antiht nza a • 7 risa al bici ju'!co que se busca

protel• co f t O p n d con el pri cipio lesividad, debe

existi un o a • ír J O 'enalin e, y esu. daño debe ser

gra 4 uipa,'lid' 3gmátic ceptualizar

co el c o d- on on imiten declara id/como culpable

o 'ny o autor Miguel Córdoba Ángulo, en la obra relación con esta categoría dogmática indica:

se, desde una perspectiva meramente formal

coUO a n o e colidiciones necesarias que permiten justificar la sujeto que ha realizado una conducta típica, es, entonces, el fundamento de la pena." El

a u Pi C. g á o Integral Penal dispone "Para que una persona nalmente deberá ser imputable y actuar con d de su conducta. Esta categoría dogmática se

e a_ s , saber: a) La imputabilidad o capacidad de c I b co iñ.z onde en su obra Teoría General del Delito ace s é es in ica señala que: "esta se basa en que el autor de h• típico y antijurídico, tenga las facultades psi s en., as para poder ser motivado en sus actos por los at9i en crece de esta capacidad, bien por no tener la mad J 1 o su de trastornos mentales, no puede ser dec i en no puede ser responsable penalmente de SUS GT S q Psí o se típicos y antijurídicos..." No se ha de e o ido, que el señor Luis Ángel Socoy sea i cho a b1 conocimiento de la andjurídicidad del hec o. fI/a or N ... o Betancur, en su obra Lecciones de Dere l II a ens a que se dé por existente la conciencia de • d d suje conocer que está realizando el hecho en s • Tr a esto a de ello; pero también es preciso que sep f y qu com obrar es indebido." En el caso en cu se a ostrad a Iguna que el señor Luís Ángel Socoy, h de e 'ón, ya sea este vencible o invencible,

inad dano carezca del conocimiento de la antijur • a a e ec zo cometido; c) la exigibilidad de un comportamiento distinto: En relación con esta subcategoría de la culpabilidad Muñoz Conde, en su obra 'Derecho Penal Parte General", manifiesta que: "En la culpabilidad,

22

Page 23: clejklue e Bufete c e Acogoces

- 30ine141/44-

dicha idea obliga a comprobar; antes de formular el juicio completo de culpabilidad, si el autor, que con capacidad de culpabilidad y con conocimiento de la antijuridicidad de su hacer realizó un hecho típico y antijurídico, se encontraba en alguna situación tan extrema punto de vista d mismo orden "Es un deb emana una cumplimien adicional, encuentran un Es cualq objet exce aco pl

peligro sus bienes jurídicos individuales o de e causa, resulta claro que el señor Luís Ángel swaldo Ruiz Chávez a su taller de mecánica, en

co nsta en el testimonio rendido por el señor Luis S es de las tres personas que le acompañaron son,

, y Roberto Yungan, pero desconoce quién de filetes al señor Oswaldo Ruiz, hubiese sido

audiencia, se tendría tres testigos presenciales la señora Marilyn Cedeño Fernández, es peo al señor Oswaldo Ruiz Chávez, dice que o el señor Luis Socoy en su testimonio no uis Fernando Azadobay y Pedro Pablo el día y hora de los hechos, estaban en el desde ahí observaron que el señor Oswaldo

que no pudieron auxiliarle, señalan que en la cara al señor Luís Socoy, porque on quien le dio los dos puñetes al señor 15 a en el audio de la audiencia. Con las

haberse realizado un examen crítico, ntada, de conformidad con las reglas o a lo establecido en el artículo 457 nto se ha determinado la existencia

que un acto u omisión pueda ser «juridicidad y culpabilida4 una vez da uno de los principios señalados en

e blica del Ecuador, se ha respetado el o,o o en e do e nto de lo señalado por el artículo

169 de la no-r7ü suprema, esto es, que el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia, habiéndose vencido la presunción de inocencia establecida en el numeral 2 del artículo 76 de la Constitución de la República

23

p es 011 s el çunip

s de la pena, im Ramiro Gar danos cumplí

reje exigir condu ando una persona decide

anc en las r lu arel ora' eta que pu ncdntram

nerse, Jalvc datos. 1.4

no fiera aconsejable, desde el e una sanción pena." En el

ni, acerca del tema señala: andato de prohibición que

de exigencia del miento exigido,

ue los intereses se miento jurídico de

acatados por

casos de sus yoritaría ha

teas, es decir no cometer un ilícito,

an te(

con

"es de Sa

del e

pa le

CO

segu Ruiz vie

a pue vo de la ic jun ca,

tegra Pen ee.ig4ría. dog ática

eo es, /piel M'en a to

Page 24: clejklue e Bufete c e Acogoces

del Ecuador, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS IFYES DE LA REPÚBLICA, al haberse", comprobado conforme a derecho que el or LUIS ANGEL SOCOY

CHINLL1 ha ad conducta, a la infr n tipificada y sancionada por

el artículo 39 el Código Orgt ntegral Penal, en calidad de

AUTOR DI erdo a lo seña I._ el literal a, del numeral 1, rAtimeawaste SENTENCIA 1, E 5• 1 CHINLL I, de

0603386129, de 38 ctivo, instrucción

mp iéndole la pena , pen que la cumplirá

as en onflicto on la Ley de do por el artículo 70

Irier impone al cito 'LUIS ANGEL 'valente al veinte y cinco por ciento del salario

u a Jai o n general, valor que deberá ser depositado en la

a • de la Judicatura, pago que deberá ser realizado

de o enta j horas posteriores a ejecutoriarse la presente

se ea lib a ci lo dispuesto por el numeral I del artículo 62 de

h o de 1 y b en concordancia con lo dispuesto por el artículo

6 O 'laico I Penal, *l'ese al Consejo Nacional Electoral, la presente sentencia, a fin de comunicar la pctción del ciudadano LUIS ANGEL SOCOY

nte al de la pena privativa de la libertad que

le e a puesto en libertad.- De confbrmidad con lo

sen 11 'digo Orgánico Integral Penal, se dispone la

inte - . p‘ qn ciada, por lo tanto, el ciudadano LUIS

' .. lit a inhibido de la capacidad de disponer de

sus a»lo • • .0 causa de muerte. Por medio de Secretaría

°fiel s a o tes, con la disposición antes señalada. - Se

dis a a rrnidad con lo señalado en los artículos

78 s a .- • 78 del Código Orgánico Integral Penal,

el ' 4, a 1 • t. 1 LLI, cancelara a favor del señor

Osw , a ca ji salario básico unificado del trabajador

en b. 9° calidad de secretaria encargada del

desp P A E, O IC OTIFÍQUESE. —

GUNDA INSTANCIA SPECIALIZADA DE LO '. ,ANTON RIOBAMBA:

"(...) Riobamba, viernes 18 de mayo del 2018, las 12h15, VISTOS: INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL. El Tribunal que conoce el presente

24

del artículo CONDENA nacionalida años de ed secundi priva en e Rio del SO bi

Page 25: clejklue e Bufete c e Acogoces

proceso, se integra por los Dres. Carlos Cabrera Espinoza, Polibio Alulema del Salto y Enrique Donoso Bazante como ponente, Jueces Titulares de la Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo, conforme consta del acta de so isible de fi . I del cuaderno de segunda instancia CEDEN TES. En incipal, el Dr. Luis Nelson Rodríguez Vas a Unidad Ju , nal con sede en el cantón Riobamba, te tecedente la 'a presentada por Oswaldo

eso de las 10" a disivnimirot • - iWating. Vinicio Ruiz r " embre de 2017, a

c ndo s e 1 15 aba trt a ido en s • • ler de mecánica industrial, ub as al/es P i era Con nte y Ah agro de esta ciudad de Riobamb se ngel S ay hinlle 1 desde la puerta

zi de empieza )le v -1) e ve fijo hora si hazte el l'almea, s puñetes a la

so br viran su cuerpo con

mecánicr golpe en la

We sentía pata'; espalda y las landa del ECU 911; como consecuencia de

'dad fisica de tres días. Evacuada la audiencia sta en los Arts. 634. 3, 641 y 642.6 del Código

lance COIP), el prenombrado juez dicta sentencia nunciado, imponiéndole la pena de quince días

de v la 1 41, ulta del 25% del salario básico unificado del t a ihk ay n is n emás que la sentenciada entregue, por concepto

a, la suma de un salario básico unificado del r. d érdida de sus derechos de participación por un

tic po e a 't. a de libertad y su interdicción, decisión de la que, e 01 ta. ado interpone recurso de apelación, el que es conc ¡te a ov flhjeia de 162 a 163, razón por la que los autos son rem y ch • en estado de resolver, para hacerlo efectúa las nes. PRIMERO: JURISDICCIÓN Y CO:VI mp ente para conocer y resolver el caso, por su espea erri tirial, y además por lo dispuesto en el Art. 208 a Fu ción Judicial SEGUNDO: VALIDEZ PRO c a a culo de conformidad con los preceptos coi ca s Idén alguna que influya en la decisión, por . SU ah. z. TERCERO: PROCEDENCIA DEL REC CI AMENTACKIV. El recurso de apelac se al el Art. 642.9 en relación con el Art. 653.4 f P e p senta oportuno y respecto al que, en la corre -;y. en a est lada en los numerales 4y 5 del último artic ente, e or inI d'o de su defensor, Ab. Cristian Romero, al a su a ladón Presentaron el recurso de apelación por c den t dada sin que existan los elementos

existe a en el Art. 5, numeral 3 del COTE; esto es una a zi—da-razona e y entonces en convencimiento del juez no se plasma en la decisión, ya que no existe porque hay error en la forma de interpretar el caso, de conformidad con los Arts. 453, 454y 455 del COIP, no existe nexo causal en el

25

macho, altura la int cabe pier estas de p Org' dec

Page 26: clejklue e Bufete c e Acogoces

tipo penal de lesiones contemplado en el Art. 396.4 de dicho Código y en relación con el Art. 42.1 que se refiere a la autoría directa. En la audiencia se vulneraron el debido proceso y el derecho a la defensa; así, en el minuto 29 con .15 segundos., se pidió la ampliación y aclaración del testimo 4del perito Quishpe Mullo, que

en el interrogatorio çrmulan preguntas sugestivas, te objeta dicha .v u a por sugestiva y el juez pide es se vulnera eIzo a la defensa y por tanto ti

eba testimonial • anunció iscalía por robo y

n Atesto equ ocadamente dicha @le se le a • Por otra parte,

de qz supue a tima, el juez le

'ce iitte no, eta defensa del

su • solicita que se

pilo así el C4 orno consta .7

al3a ción; se para es la prueba del del denunciante. El principal argumento de la u cónyuge tienen una construcción junto al

le puestamente le molesta y adopta conductas ha b "coy y s nyuge en sus bicicletas con su hijo pequeño y

pas po d de ej»I. supuestamente su defendido le va a provocar; cab e a e e ik so en Fiscalía un proceso por discriminación y es R q

'.1e4' le le pidíó que le deje de molestar. Ruiz es el que

fue con tres personas y dice que va a Fiscalía, p 0 pe cara, por lo que uno de los acompañantes de e e n : quién fue; la prueba documental presentada no tJ.pf el p‘ lficarnente la historia clínica de Luis Socoy y el in kgvl, no se idió el testimonio de la perito médico legista, cuan, 40 ; •,Jo t a a como su defensor. Hay una venganza perso • • a s, fuerzas Armadas y se está tramitando su baja. es g 'O: . • or• • os por el juez y dice que Socoy debió llevar al ju e e ag 'sor no existe la convicción del juez; hay con o e e testigo Holguer López dijo que Socoy pasaba en la bi et e c • .. rectamente a agredirle, que Socoy estaba cerc I o e uras el testigo dice que estaba en media calle; ba oy, , u'- 9 lle y entró a agredir y Ruiz dice que fue en la el ju z e • e 'ay nexo causal del cometimiento del delito hdi Izo q o •s scupido, lo que es falso; la sentencia es in• o cita sq revo't ma se declare la nulidad procesal y se die azona ji su n representación de los derechos de la vícur b S Ca ro, q i n I inicio de la audiencia, de manera exp 'al s nada orno a zadora por Oswaldo Ruiz Chávez, p'-e... la Cla ni : • la audiencia de primer nivel no

roce&en •r 'ce bilidad o competencia que afinen la validez procesal y se pratE7111 el debido proceso, el derecho a la defensa y la seguridad jurídica. La sentencia se encuentra debidamente motivada; según el Art. 465 del COIP, se debe determinar la existencia de la infracción y la

26

era testigo de la vi pero el abogado que sea refon existe milidai concordante d en la denuncl denuncia. L precluid pregun 4 process o recept en la proc cond

ep

ora do

un era sus fa

porqu liares h el h

Page 27: clejklue e Bufete c e Acogoces

gredirle

responsabilidad, habiéndose determinado la culpabilidad de Luis Socoy de conformidad con el Art. 396.4 del indicado código; en base a pruebas se comprobó, existe el testimonio de la perito médico legista que determinó una incapacidad de tres días y que fueron product por un objeto contuso; existe

se técnt nive proc has?' agres contra escup peno pers Insis prim parlen denun de So bien mi de

pro

también el testin valora todos lo Hólguer Lópe 2017, a eso d Ruiz e identi golpes de pulí describe a cu varé/la; proceso parte, incot escup dice COM

red, 31 tes de

TOS

ten o pe

im o p y 11 pu no ti

ra; So n nces, I

por

v qu a te 5 e que,

e I est o ue Han abla ad a en I no

re id y no existe y el forme k

a a "s 017

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rito reconocedor resentados po esencial de lo

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A a no

teint egun se set

a

ue se ac o ocoy z as tres ers ,nas; la p or un ca ara y un

tm y no asta dejar

• ocesad golpeó

o en el segun o

gar Quihspe Mullo. El juez rtes; existe el testimonio de o el día 21 de diciembre del

' nica de Oswaldo dote y le da dos

to de audio y video ellas llevaba una iolado el debido

'ente. Por otra tradictorios e

Ruiz k ha segundo testigo

Socoy y que estaba con su esposa, mientras al ocoy; Socoy acepta que fue con sus amigos a la perito de audio y video dice que en el minuto

los nombres de sus amigos pero no se pidió sus agreden debieron comparecer; la defensa habla la puso la hermana de Ruiz y la misma no por Socoy por discriminación pero no dice que a

julio del 2016 y ahora dice que es el 21 de hos. Si no practicaron prueba oportuna y si no

o médico legista, es una falla de la defensa o solicita se ratifique la sentencia de primer

Cristian Romero señala que existe lealtad ndo dice que las tres personas le golpearon

el procesado; en las fotos se ve a los tres minutos antes; no se le permitió

s sugestivas; la víctima aceptó que si le ncia porque no han comparecido las tres ería incluso una coautoría entre cuatro

uta de Luis Socoy y Ruiz es el agresor. e escuche el audio de la audiencia de

n denunció el supuesto robo y no sus 'a de su defendido. La defensa del

se a pruebas respecto a la conducta Art. 396.4 del COIP, ha lesionado un alguna; es falso que haya salido 20

personas corren a las 10h41 y luego no existe sentencia alguna por

VE a o ocoy para que su conducta quede impune, por que a se ratifique la sentencia. En uso del derecho a la SO LC1

última palabra, la defensa del procesado sostiene que no existe discordancia de tiempo pero en las fotos hay diferencia de tiempo; existe duda razonable, hoy dice

27

Page 28: clejklue e Bufete c e Acogoces

que son dos personas y ya no tres y ellos deben responder por la agresión, no su defendido. Finalizados los debates se procedió a la deliberación y en mérito de los fiandamentos y alegaciones expuestas, la Sala pronunció su resolución en latir misma audiencia, conforme consta del acta re cava. CUARTO: TRAMITE DE PRIMER NI .-4-'. Presentada la defiqa, visible de fi. 7 y vra., a la que adjunta el ja 'o legal elabora pe perito médico legista de la

o Fiscalía Gene 4 • • • 'Ira. Daniela de fi. 2 a 5 y reconocida en firma legal, c. ,.(9 ',re- a . . +IN vgai !

g a a trámite por el

juez, compar e un o Luis n el Soco 'dinlli, a fi. 20, .5.

designando d ñail. do cas lero judi al dirección , correo electrónico para recibir es 4 o, ;den a de 22, el 1 titular convoca a audiendi tn .imic O , tt I arzol del 20 a 08h30, la que final .. 10h32 (.. ) rni o del 20:8, a SEPT O íd ONE DE SALA. En el prt nte aso, la i a i,

i a Luis inlli, es la contrttt c et "del Art. 396 de ees sancionada

, con a c e r nce a t cinta días de privación de libertad y que la comj 1, • v., riamente hiera o golpee a otro, causándole testo es rabajo que no excedan de tres días". Oswaldo

a pcs 10 tunda sostiene que el día 21 de diciembre del

201 contrarse trabajando en su taller de mecánica Viz o 2 4, , z, en

ind 9 do e a mera Constituyente y Almagro de esta ciudad de Rio a I n I -%.y Chinlle y desde la puerta empieza a insultarle

si hazte el macho aquí estoy", a lo que le ha ber nada contigo"; que am medida que iba

av é I a t é • e e encontraba el denunciado, seguía gritando y al 11.:a a a a mecánica, le lanza Socoy dos puñetes a la altu 4 *I 'ir' su cuerpo para refugiarse al interior de la meca . ..o r ol 1 e ab a, lo que le ha precipitado al suelo mientras sentí' I S O piw nas, despertándose posteriormente en una ambu • ncia de las lesiones causadas presenta una incap o 5 e iends la finalidad de la prueba llevar al juez al conv e I cir zstancias materia de la infracción y la respo si , 1 ll S iP s oc para decidir la causa, es necesario esta 6,1 . .• • 'ste certeza respecto a estos particulares; para 'mis lo u n elementos probatorios: En la audiencia de pr d o, se e 7 aimonio de la perito médico legista, Dra. I Crío- o , en ha sido designada y posesionada con u p a qu , com acto practique el reconocimiento médico legal d 70 R :z por arte , 9ra. María Esther Cahuana, fiscal de esta pe z que r ocido presentaba algunas lesiones, en regí. e r al 7 e a, un he rada de un centímetro de diámetro cu t 0 el abii una equimosis de color morado que

utura de c Imetro de diámetro, edema en el sector de la zuzriz,- as que e ocasionan una incapacidad de tres días para el trabajo; señala además que las excoriaciones se producen de diferente manera, puede ser con un objeto duro, un objeto liso, dependiendo de la causa o como se

28

Page 29: clejklue e Bufete c e Acogoces

- 33 1-141.(491/4 5 3/4tes'

usaron; presentó su informe y una ampliación y al momento del reconocimiento médico legal presentaba un edema en región facial. Al fundamentar su recurso, el defensor del procesado indica que ha presentado prueba documental,

especificamente, copias certificadas de su Insto ínica de la que consta que jEte

la Brigada de Cab a Blindada Galápagos, de la chas se consta enía varias lesiones pero que ada pese a que .• smas fueron ocasionadas por

454, inciso final - onnariv. oticías del delito,

alq ier otra c aración previa, se idad de " ordar y destacar

e q e no su itit • n al testimonio. ha;: en la tpecfr, i bien es cieno

ciernf que den o del proceso, econocii ,',:. —.gal de Luis

e elaborado po antela Criollo fensor admite que al anunciar la prueba, no de otro defensor y aun así, consta que la indica

eció a rendir su testimonio en la audiencia de regunta o repregunta se le formula respecto a la

Chinlli, cuando este era el momento oportuno lidad que rige a nuestro sistema procesal penal e comparecer a rendir testimonio a fin de que no tiene validez como prueba, con excepción de

lo ujer y miembros del núcleo familiar como lo dis e- a del COIP; en consecuencia, el error, omisión o negh a t c o ningún concepto puede pretenderse atribuir a la d /Ju i a. onsta además el testimonio del perito de recon e los os, Patricio Quishpi, quien individualiza el luga o correspondiendo a las calles Primera Cons e e a unos diez metros antes de llegar a la inters et o un mm -ble de una planta en donde funciona un taller n 'té c la esquina existe una construcción y un seño • del señor Ruiz. La defensa del pro debe declarar la nulidad pro do su derecho a la defensa al r a este perito, sus inte actas por el juez y se le ha dis lo que ha decidido no co el testimonio del perito

luga o que ha aportado es individual-fiar e ugar en donde se producen tos hechos; refiere que se trata de la calle Primera Constituyente,

29

pert juk di pan que

atendido en el Hos que consta que esta prueba no Osrvaldo Ruz del numeral 6 versiones de 1. podrán utt contraer En ni consta const Áng Zurib sin solio o

17 dich COp

ha rden

'liii,?

CtICÓ

rmes pe

'os '

o tr an do

r ula las ga ma

Page 30: clejklue e Bufete c e Acogoces

30

levante e reconocimiento se realizará

ara la investí ación lo ue han

una hechos or tanto nin ún anto incluso de existir al

stimonio del e i o se vuelve icar los o se puede sacri

ue se lo de ensa sor lo

incluso la denunciante como era unívoca coinciden en

endo en consecuencia de

II

uní ue

det dud

una inter valo

ue los testi os

ausa especifican que no procede

van ecto de porque no procede la ti :re la, motivación contemplada en el

e '3) cb:91 1 ón de la Republica así como también la garantía constitucional que establece que nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa del proceso,

unos diez metros antes de lle ar a la intersección con la

Die industrial

sector de l a

tanto tiene este nulidad

erito exist

,r,ducih un hecho

día la c

considerando

el e un

u ontravención del uez contravencional de manera clara cate órica

ro en donde existe un taller de mecánica ue no ha sido

os rocesale

encía se la del COM tal dili levante sara la investí ación

rocedimiento ex edito de

teria de discusión ni*"

ló icatnente dicha

oducido

onio de este ertninar la

a indicada

ue en ese

declarar

tcción

no de

Or

en

la

rea

Page 31: clejklue e Bufete c e Acogoces

ro cesado no ue aún el

4,41.0 It o previsto en el Art. 76 numero 7 letra a) ibídem) También sostiene

-,.. que una vez concluida la presentación de la prueba del denunciante cuando se evacua t la su a el suez dio

. t j ,dc timonio de go or ,IMIMInor or esta razón

también s45 che I al e ecto

cuanto a tanto i

ue en orma audiencia de ue ha sido

ni° se ha obatorio

erador de 17 ueba solicitada haberlo hecho

la trueba del uno de nulidad

recluía hubieran asado a la

aso a rece ue es ll

esta ale 'a o ortuna

Jus mi co

uz a aten rend den ei obli ación

ase de los de los discursos de cierre o a la

en el evento de ue

no excl razo ale violt res resolt como Ahora res,vo ciud atrás rna

e me ríd la e

p cesad R "z exis

onfl resent. nes

momento se daba aso ala una incluso este rocedimiento

rocesal sino como máximo la ue as: se hubieren actuado valor al uno tam oco esta

Igual magnitud se evidencia la clara 'a de la motivación ya que la Sala ones no proceden, sin motivar su

e se vulneran además derechos o a la tutela judicial efectiva) 'al de la infracción, en cuanto a la que, es indudable que entre los

miento que viene desde algún tiempo dad, por lo que incluso Socoy ha ncia por delito de odio en contra de

que generan que el día 21 de ras

incidente en el que asegura Luis Socoy fue agredido por Oswaldo Ruiz ocasionándole lesiones que no se han probado conforme a Derecho, luego de lo

suscite aparentemente un primer

31

Page 32: clejklue e Bufete c e Acogoces

que manifiesta que se dirigió a su inmueble en construcción, hasta donde, siempre según el testimonio del procesado, llegaron tres amigos suyos, a quienes les pidió que le acompañen hasta donde Ruiz para pedirle explicaciones sobre su comportamiento hacia él y que mientras se dr °liaba su reclamo, uno de sus

m'

amigos le lanza a "puñetazos" por lo ae al suelo, sin que el lo haya

hecho para ac 'rarse con sus s ariantes nuevamente a su

construcción resulta4 , e , _ Ruiz e a redido

ee" los nombres de 4,01who t~ v So qt su Juan Chicaiza induis ca berto Y , cu a - encia ni .5' micra

ha sido tus ta oco h rendí testimo os La defensa del

procesado h o a SU VOr f SU eón Marilyn Cederio,

quien co asev rTus' en cua w conoce quién de

los a co wge 1 olp • do 1 Ruiz, el e prev mente le había

escupí e s t'incide tes que e provoca éste

últim mando a,- 1 4irrer0 del' procesado

relat cr u n eg e; -Socoyregresó a re a Ruiz junto

con • n d • ue estaban atrás del procesado, le lanza un

puñ ue s) a ndole previamente Ruiz lanzado un escupitajo.

Así • • dobay Cutuipala, también obrero en la

coicicesad fil,, a la existencia de los dos incidentes y que para el

c e ar a Ruiz acompañado de tres amigos y entonces,

e esc vanza a lanzar el puñete, y lo que vimos en la

es osr4F..tos o es.. ."; nótese que este testigo no individualiza

( 1 a quién, a lo que se suma que estos dos hablan

de . t 4 trina que uno de sus acompañantes le profirió

dos s z s parte, Oswaldo Ruiz, al rendir su testimonio,

refier q c • d• . e tes sino uno, en el que Socoy, acompañado de

tres • • • e al y fisicamente, recibiendo inicialmente dos

golpe . • So • y cuando defensivamente se refiigió en su

taller b so bra de otras personas que le golpean en la

cabe: d .1 - o decl ación que es totalmente opuesta a la del

proces e ?lee que existió la agresión. Entonces, reviste

trasce •a I :-rthçit s testi fonio del único testigo que aparece como

prese o y .1‘ e t ro imparcial, nos reftrimos al ciudadano

Hól ez o, en trabaja en un taller de Zapatería

c ubica'-' , s i ra • 't n e y Diego de Almagro, a tres metros

del a c 4R íz, q e • s re • ue el día de los hechos observó que el e t e ífica la señalándole con la mano, al pasar

proces ,

en b. s at d nde táz y e hablando, sin saber de qué, Ruiz le

dijo yhnSz gnos anu• 1 s luego, cuando el procesado empezó a

insu le e 'a que e va • o que aquél le lanzó dos puñetes en la

cara l 4.7 :1i4Rqiz rocedi a i su taller y en eso tres individuos que

est de b •s con una varilla, le comenzaron a

o s que • • lo que incluso a él también han querido agredirle ;por lo que file al taller a ver un palo y entonces los sujetos se fueron por la calle Diego de Almagre hacia arriba; afirma conocer a los dos sujetos procesales; su testimonio aparece claro y sin contradicciones y en ningún

32

Page 33: clejklue e Bufete c e Acogoces

-35- gl) -1-56n5cti

atto momento procesal sus afirmaciones han sido impugnadas o contradichas por la defensa de Luis Socoy, por lo que la Sala lo considera válido y permite alcanzar la verdad de los hechos. Es indudable que los enfrentamientos se produjeron, así lo admite el misma procesado al rendir su test a nio, aunque afirma que fue él agredido y que 1 reclamarle, para .; •e se hizo acompañar de tres amigos suyos y do cedió a lanzan. • • ,olpes de puño a Ruiz, para luego sus aco 7 'én agredir/e, lo determina con el testimonio de Hólgtter L 4 el sa ihunel.osekion el rendido por Oswaldo Ruiz, • ndo in us mome ocoy pudo haber sido agredido % en este omento q e bien pt • • ejercer su legítimo derecho a la ctuación acción posterior y con la al • ser na ac. 'cio defensiva y pasa a con squite y r tal • autónomo e indepe liene cu ot r tan debe ser irochado. En defin ta S la iz vamente , sión fisica pro!' ida ce o --1111111 en pery swaldo Ruiz, encu o penal contravencional previsto en el Art. 396 int Integral Penal, configurándose así, con los

s, el nexo causal exigido por el Art. 455 del ind a los presuntos actos que pueden constituir un del": consta del proceso que se encuentra presentada

vincial y por tanto no merecen análisis alguno p0 O: DECISIÓN Por las consideraciones que

a derecho la decisión de primer nivel que ha o que, la Sala Especializada de lo Penal y wincial de Justicia de Chimborazo,

AD N NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DE DAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS

por unanimidad rechaza el Recurso de Apc • s ngel Socoy Chinlli, cuyo estado y más condi uencia, CONFIRMA en todas sus partes la ser el e • por 1 señor Juez de la Unidad Judicial Penal con s Dr. . uis Nelson Rodríguez. Ejecutoriada que sea 1 proceso a la Unidad Judicial de origen, a cas en las que se basa esta resolución,

cons Subrayado me pertenece)

Con rdtJdti4 mi .4 1 Eo ante violación de derechos co eiviao. partGo «e u o dades Judiciales que han resuelto la presente causa, es preciso determinar que con fecha Viernes 26 de Enero de 2018, a las 12:30, el señor OSWALDO

r•

33

Page 34: clejklue e Bufete c e Acogoces

VINICIO RUIZ CHAVEZ impone en contra del

compareciente LUIS ANGEL SOC OY CHINLLI un proceso

rt. 396 número 4 del n e - COIP - 1 , que

liza en la UNIDAD CANTÓN

Doc Luis Nelson ero: O 82 - 20 1 8

adq5 en 1 manidad del

CHA

52.

por contravenciones tipificado en

Código Orgánic al Penal en

por sorteo des 4Pt petencía JUDICIAL RIOBAMB o de -,.r el

Rodriguez V griade on e

- 001 e

-confor a Audiencia de onciliación y

o de 2018, a las 10h32, la cual se olaciones derechos constitucionales

ncia de primera instancia emitida por como en la que resolvió la Sala esto me permito realizar la siguiente

onal respecto de las sentencias

tucionales.

o

señor S

os en a

rI lo tas

Habié de pr Juicio desar expu la U Esp

viol

el Juez

5 3 S iend al Pe realizo perrni el co núm hacerse tomado la Sala se deb derec inte

portuno intente realizar preguntas 'cio Humberto Quishpi Mullo quien

lugar de los hechos no se me uciendo que las preguntas que

sugestivas cuando el Art. 502 ona claramente que "Podrán

contra examen". Lo cual no es actuación y además a esto

sa del procesado sostiene que por cuanto se ha violado su ainterrogar a este perito, sus el juez y se le ha dispuesto

1 La persona que voluntariamente hiera o golpee a otro, causándole lesiones o incapacidad para el trabajo, que no excedan

de tres días. 34

Page 35: clejklue e Bufete c e Acogoces

-36 - 3 hal,4 se'

reformularlas, por lo que ha decidido no contrainterrogar más; al si efecto, el testimonio de/perito reconocedor del lugar, lo único que ha

aportado es individualizar el lugar en d o y e se producen los hechos (...)" menciona el perito sim e ree 'ente a determinado el .0 lugar de la ejando de • e ei jla ponderación jurídica respecto al d a Cf424t9t1- 410,4 " erado con el análisis efec e la ala, e ‘ -sto s evidencia, la trascendent. 0 CM •e echo a cual toy sometido, wa i respecto 'ca.]

i

e dere tucionales la Especi • e lo Penal,

n la sentencia de primera instancia al Penal, ya que consta del audio de

de 01h03 rnin] que el Abogado de la no tener más prueba y el Juez de

palabra a mi abogado para que e a derecho y en aras de la lealtad el abogado de la contraparte se e la supuesta víctima señor UIZ CHAVEZ, y el Juez de e se evacue esta prueba, cuando a ya PRECLUYÓ, a lo que la al referirse a este aspecto en el minado "ANÁLISIS Y A SALA", menciona que el

ba as a r a red

clara

5.4 Es tan en la que es a/lid la A parte prim pr pro acuerç OSV‘k prime su MO

Sala E

el tie r anif

suya, e stimonio de Ruiz, lo que es ilegal d r cho y por tanto por esta razón tambí líklad procesal,• al efecto, esta ale

•• rl onnindonos en un Estado G. gli * forme lo establece el Art. 1 de la Constitución de la República del Ecuador, no se puede

numer CO compa presenta el

cept vó s

la

e que una vez concluida la nte y cuando se evacuaba la

35

Page 36: clejklue e Bufete c e Acogoces

aceptar se pase por alto el principio de la preclusión procesal, como

lo manifiesta la Corte Constitucional en la sentencia M° 031-

14SEP-CC, emitida dentro del cas ° 0868-10-EP, que*

manifiesta:

"(...) La progreso d retrotraer cumplido jurídi efec t de q pue que

ante onsolid

za J derec atieso a

Iss roces de nio

ramos que ya

posibilitar el ohibición de

los momentos la seguridad tela judicial n la certeza

y que no sir tu/minado y

Ten la im es la fase en seg ya qu debi derech que consta exposi orden 206 junio Funda Montevi

ecepto constitucional, da a entender on procesal y la finalidad de esta que aer el procedimiento así como las el retrotraer el procedimiento se

e vulneración del derecho a la 1 acceso a la tutela judicial efectiva mplimiento de actos procesales en rezcan de eficacia, siendo estos no me han sido garantizados, ya o consta como se vulneran

mi contra, fundamento mi incipio amparado en nuestro cionar la SENTENCIA IV.°

N.° 1592-12-EP de 30 de entación doctrinaria del libro , 4ta. Edición, Editorial B de f,

161 3

Tanto así que la cierre sucesivo d las normas] correctamen

o lo ases rgtpo ible olve s ta , dalas

agriad m

etapas existentes en un proceso, ocasionando que el nte, sino que además garantiza la observancia de

erteza que el ordenamiento jurídico será aplicado r ión de un proceso

3 it-

(..) la preclusiótt se deliiie generalmente como la pérdida extinción o consumación de una facultad procesal. Resulta, normalmente, de tres situaciones dfrentes: a) Por no haberse observado el orden u oportunidad dado por la ley para la realización de un acto; 19 Por haberse cumplido una actividad incompatible con el ejercido de otra; c) Por haberse ejercido válidamente, esa Acuitad (consumación propiamente dicha) ...Transcurrida la oportunidad, la

36

Page 37: clejklue e Bufete c e Acogoces

-31- 45 51efe tenia j

5.5. Es así que la Sentencia de Primera TESTIMONIO rendido por MARCELO L MOREA parte que ma ;.9 *ir "6 Os acusado (sic) señor Oswald • manifiesta estudio p Socoy, e estas p discúlp porqu me I justict encu

ve bit rg e

u une

ncio co

tes co Ins Espec deno LAS

Instancia, en base al señor HOLGER

exclusivamente en la dia, el acusado señor

e quedó solo el )" y lo que

aborando un erca el señor

me dice en le digo ve

saler nada c • esaparécete, momento a otro de forma sorpresivo

. Es decir el actor indujo a error a la ue en un primer acto tuvieron un ente lo que el señor Holger López

nte recuerda con claridad, aun mas agnítud la sentencia de Segunda sentencia emitida por la Sala specto del numeral "SEPTIMO"

CONSIDERACIONES DE

que ac firs7c Luí

,test-asce o u a arec

nos

uiz, al rendir su testimonio, refiere es sino uno, en el que Socoy,

acudió a agredirle verbal y dos golpes de puño de parte de se refigió en su taller (1

or probatorio el testimonio del ncial de los hechos y que es un

al ciudadano Entonces, reviste

etapa degrado se clausura y se pasa a la subsiguiente, tal como si una especie de compuerta se cerrara Iras los actos impidiendo su regreso"

37

Page 38: clejklue e Bufete c e Acogoces

trascendental valor probatorio el testimonio del único testigo que aparece como presencial de los hechos y que es un tercero bnparcial,

ciudadano. Hólguer y arcelo López Moreano7

aller de Zap ubicado en las calles agro, a tres metros del

de los hechos la audiencia

e acercó donde e dijo que se

1//y e citando e/ji roces

nos referimos al quien trabaja Primera Co taller mecá observó qu señalándol

o » quien a asar.

Ruiz y vaya insul dos tall

o empezó a ya,

por, I le lanzó

ue Ruiz proceí •ingresar a su s que estaban en una parada de bus y le comenzaron a golpear (...)".

De e de 1 su efec IUSP contra de ra estable Repúbl

5.6.

ja la falta de razonabilidad por parte mencionado por el testigo y por la

además la errónea valoración que así mis derechos constitucionales amplia identificación de diferentes es por eso que la sentencia carece la garantía de la motivación

7 letra 1) de la Constitución de la

5.7. Sepa que tución de la Republica Art.

94.- . p anifiesta que: "La acción

rotec erá contra sentencias o autos se por acción u omisión derechos

rec Cons e interpondrá ante la Corte ando se hayan agotado los

recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos 38

Page 39: clejklue e Bufete c e Acogoces

..3t jca°

que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado."

5.8. Además ca establece q anunciarse fundamen aplicac resol abs con res u cla a

co cu

e, la norm o reol

io decsián,

a —s Jf l

titucional claramente úblicos deben

jurídi

en que se a I la pe h99, de encía de su

nera que las arriente invocación

que mas sean rifes y cohe n lo que se

zones que permitan establecer con ica entre los antecedentes fácticos y

da, así como establecer de manera y lógica los fundamentos con los ón, algo que de la presente sentencia

Penal, no se evidencia ya que es y hechos, desvirtuando así la lógica a sentencia y en consecuencia la en tela de duda, la garantía on en la mencionada sentencia.

5.9. El Cons pro orden siguie inch púb reso

ado en el artículo 76 de la ha dispuesto que: "En todo

rechos y obligaciones de cualquier debido proceso que incluirá las

o de las personas a la defensa resoluciones de los poderes

o habrá motivación si en la o principios jurídicos en que se

fin e &ct la II m%su aplicación a los antecedentes oluciones o fallos que no se

encuentren debidamente motivados se considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados." esto

39

Page 40: clejklue e Bufete c e Acogoces

constituye un derecho de protección y un principio

demandada, asi como procesal, que deben sometidos a procesos

nes, gocen de y obtener de

eso exento de

constitucional elemental, siendo el conjunto de derechos y

garantías propias del accionado o p rácter sustant

que quien e clew,e,

las condicione cumplirse e en los cual las garantí los órgano arbitra

derec inistr.

defe vop un p

)

5.10. El t mot

> La s darl pret

ajas de la ala c

de las aspiraciones de las partes al nes por las cuales se actúa o no las

Cm del juez, por el fundamento olo a consultar, investigar o pensar

recho; y, in en 1

rudencia, y por lo tanto la unión

s legales. > P erm

en la

ris e os tex

as desventajas tenemos las

u autoridad, toda vez que al tivación, permite establecer

s méritos que el mismo tiene;

El mismo siguie

> Disrni produ la fo

e od tent

Idi a de

•1 se jue

sin embargo es preferible

que el juez tenga oportunidad de pensar, meditar, etc., con

40

Page 41: clejklue e Bufete c e Acogoces

- - 25- ttelnkaL

nueve

alguna dilación del proceso, al que tome cualquier decisión poniendo en peligro la misma justicia.

5.11 Respecto de firndamentac motivación este último abstractas, destina esas k p e defecalosa indOisió

motivación ffo manifiesta: "la específica a

o claves, que el do equívocas y formular

estado de dela Senten Editorial

o Mexico, Tribunal Electoral del ación, 2006, pag. 12). Acerca de esta . unsta expresa: "este desplazamiento de ica "privatista" del control ejercido por

crática" del control ejercido por el juez ca "democrática" del control que debe ueblo en cuyo nombre la sentencia se de Motivacion de la Sentencia

d-España, 2011, p.36I).

de que se trate y la no se satisface te expresiones

troá referidos, este Organismo en su 5.12. En sente 0401 fin lado, ésta y de cla gran

n ia e o U a de 1 en aje

o o ia mas

emitida dentro del caso N.o a decisión razonable es aquella tonales. La decisión lógica, por su as y la conclusión, así como entre rensible, por último debe gozar

su fiscalización por parte del artes en conflicto."

tencia N.O 020-13-SEP-CC, la explicación ordenada de

las razones que llevan a la autoridad en este caso, la autoridad judicial-, para adoptar determinara decisión. La motivación es la

41

Page 42: clejklue e Bufete c e Acogoces

mayor garantía de la juridicidad de la actuación pública en un Estado Constitucional de Derechos como el ecuatoriano; siendo precisa al señalar que: "De producirse una sente a inmotivada, en forrnir opuesta al sise ..-. # -,... zco constitucion egal, la sentencia resulta

arbitraria, n completa, o infundada, irrazonada,

contraria al tq. po sustantivo y

procesar

5.14. La Co 14-SE motiv del adm trav de raz col

clon comporta a stad e st

5 15

seri imp auto dete furia' Derec

a N.O 181- lavo que la

ad jurídica

--que evita n de actos

bitrarios o injustificados; de ahí que a las autoridades públicas tienen el deber

nes con la finalidad de evidenciar iones que adoptan se adecuan a preceptos

urisprudenciales."

n, la Corte Constitucional, en

C, manifestó que "La motivación

da de las razones que llevan a la o la autoridad judicial-, para adoptar a ot ación es la mayor garantía de la n púb sca en un Estado Constitucional de

5.16, Asim, s No. cont debi exp de

a Co r 4. as. e te cia pa di

e ot ad e r •. te del la . deb ac e

13-SEP CC, dentro del caso ó los elementos que deben las mismas se encuentren

siguiente sentido "{ ... } la ad judicial con respecto a la e forma:

• Razonable, es decir sea fundada en los principios

constitucionales; 42

Page 43: clejklue e Bufete c e Acogoces

-440 - ch.r-aeAk`l

• Lógica, lo cual implica una coherencia entre las premisas y la conclusión; y,

• Comprensi lenguaje".

5.17. La motiv recono juridi por Efe mot

fa dere fb con com púbh gara con razo

que el fal ce de claridad en el

sente según se ciohes en denamiento mento procesal y,

'gala fa CO titucional. os functo deber de

'dales o administrativas.

a por la Corte Constitucional del N°.024-13-SEP-CC, dentro del caso inó que: "Corresponde a los jueces

claro y articulado entre los fundamentos es suficiente mencionar los principios o es necesario determinar cómo y de qué

con las normas aplicables al caso ión no es solo un elemento formal, toda mantfestación de autoridad elemento sustancial que expresa la roces°, pues permite a las partes I juez y por tanto comprender las egado a un fallo determinado"

519. En e g stratura Constitucional se pro n: s que permiten entender la deb entro del fallo N°. 227-12- SE -P, de la siguiente forma:

le correctamente motivada es necesario que la autoridad que tome la decisión exponga las razones que el Derecho le ofrece para adoptarla. Dicha exposición debe

43

Page 44: clejklue e Bufete c e Acogoces

aquella fundad su lado, im como entre debe gozar parte del g En v argu suste imp ade lo

tal a sente a

y comprensible, así como se adecuan a los deseos de

a decisión razonable esa nales. El fallo lógico, por

as y la conclusión, así ompans.(ble, por último, ras a scalz:zación por

es en conflicto". ar que los ueces para anda más z, pues un

1 de la garantía de la motivación es , tanto a las partes involucradas en

ciedad entera, que el fallo alcanzado do en el marco del ordenamiento decidendum", que sus valoraciones y

onducentes a dicho ordenamiento, o o producto de alguna arbitrariedad, ón de la justicia.

hacérsela de manera razonable, lógica mostrar cómo los enunciados normativos solucionar los conflictos presentados.

sncipios cons •a entre las

adás p tido

to del ofici

1 5.20. La e' a sentencia N.O 287-16-SEP-CC

CA de agosto del 2016; precisó: espindía a la Sala argumentar si en 1..

el • o c vulneraciones a derechos

co tal como ha sido analizado se

desp ci ala erno único argumento que el

tema esp sunto de legalidad, sin que

se h jato re alegación de la accionante

de a to mi que impugnó vulneraron sus

den o4 i bi ac o (...) y la seguridad jurídica.

E scttidu4. Co tonal del Ecuador concluye & t: aliz ó el objetivo de la acción

de protección consagrado en el artículo 88 de la Constitución de la República, puesto que no analizó si los derechos

44

Page 45: clejklue e Bufete c e Acogoces

constitucionales de la accionante fueron vulnerados por parte de la institución demandada, lo cual generó que se vulnere el derecho constitucional a la segurida rídica (...)"

SEXTO.- INDIC ESAL QUE OCURRIÓ ERECHOS CONSTITUCIO

6, 1

Con f 1 :45 iI Jue de Primera Insta ez Ve conez acepta la Que lla —proceso con zolaciones a gara , posterior a ello el 18 de Mayo del 201 a de lo Penal de la Corte Provincial de la apelación interpuesta por el co idenciar del proceso la vulneración de interpretando de una manera

prensible los hechos, violándose la ga echo a la defensa, tutela judicial efectiva y se ue ratifica la sentencia dictada por el J n amplias violaciones constitucionales — y e lo Penal rechaza la apelación pres lente — violando en su sentencia difer ales en el caso concreto el de la lijo

SEPTIM0.-ACC IÓN CONSIDER LA SENTE APLICAC

UNDAMENTO DE LA LAMENTE EN LA

O O EQUIVOCADO DE NTA EN LA FALTA DE CIÓN DE LA LEY:

7.1. Magistra o que a presente ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN no se fundamenta en lo injusto de la sentencia,

45

Page 46: clejklue e Bufete c e Acogoces

sino que se centra precisamente en la violación de derechos

a nivel constitucional, como vulneración del

arantía de la motiv a tutela 'udicial urídica, derechos

stocados tanto por la BA así como

AL DE LA TIC1A DE

e echos del

consagrados derecho a la efectiva el IUSPOSITI UNIDAD por la SA CORTE CH1M

P 1A ADA O:INCIÁI E JU

tizi.r lo tía cOnsti

8.1. SO

SO1.

10S

U

por CO C H cons dere de

Que de lo has juic ga

s c nsti 1 tesar

bo s 4pifi.

ntecedentes expuestos, me permito itucional Declarar la vulneración de NTÍA DE LA MOTIVACIÓN, LA

ECTIVA EL DERECHO A LA

en la sentencia emitida tanto por la ANTÓN RIOBAMBA así como ZADA DE LO PENAL DE LA

DE JUSTICIA DE la cuales subyacen los derechos niendo en cuenta que estos

nuestro estado constitucional

el momento de la violación el compareciente es decir

Audiencia de conciliación y usa, pues en esta se violan

onstitución del Ecuador

46

Page 47: clejklue e Bufete c e Acogoces

gmail.com; clic-tal Ñica] usticia de

c,t_enenia jzie.>

NOVENO: NOTIFICACIONES:

9.1 Dentro de siguientes cromero@b notificacio nurgiles [casil No. Pich deb pre nec ele persip

DECIMO SE ENCUE PODER SE

O r Mi jura 230 Có Org Des Org

Por ser legal la tutela jud jurídica.

notificarme en los [e-mail]

cmjuri 3 0909, [

Sup los jud c donde se

ivas providencias que emanen del vulnerar el Derecho a la Defensa es

ifique a todas estas direcciones que las mismas son utilizadas por del grupo de defensa técnica.

UE MI ABOGADO DEFENSOR NO

A PROHIBICIÓN LEGAL PARA

u e o 57 de la

ch p

o o•mito c al y e

AB. Cristian h in mer

e a ep

G. Romero M, declara bajo en lo que deteírnina en el Art. lica del Ecuador, Art. 328 del n Judicial, Art.356 del Código

Territorial Autonomías y y 149 inciso 3ro de la Ley

o, en procura del Derecho a untamente con la seguridad

Por el peticionario su defensor debidamente autorizado. 47

Page 48: clejklue e Bufete c e Acogoces

48