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página 1 índice página 1 índice página 1 índice Año XVI - N° 3469 BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020 BOLETÍN DEL INSTITUTO RESOLUCIONES RESOL-2020-654-INSSJP-DE#INSSJP Desgna y asigna funciones titular. CPyPS - UGL X ...... pág.1 RESOL-2020-655-INSSJP-DE#INSSJP Autotiza LESGH. UGL XXV - La Rioja ............................... pág.2 RESOL-2020-656-INSSJP-DE#INSSJP Autoriza reducción de jornada laboral. UGL IX............. pág.3 RESOL-2020-657-INSSJP-DE#INSSJP Autoriza reducción de jornada laboral. UGL IX.............pág.4 RESOL-2020-659-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. AG Glew - UGL X ..pág.4 RESOL-2020-661-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CGEL - UGL VI ..... pág.6 RESOL-2020-663-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Ramallo-UGL XXXIpág.7 RESOL-2020-664-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. AG. Pergamino. UGL XXXI ..pág.8 RESOL-2020-670-INSSJP-DE#INSSJP Rectifica RESOL-2020-635-INSSJP-DE#INSSJP..............pág.10 RESOL-2020-671-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Guatrache. UGL XX.....pág.10 RESOL-2020-672-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Victorica. UGL XX..pág.11 RESOL-2020-674-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Catrilo-UGL XX. pág.13 RESOL-2020-675-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Gral Acha-UGLXX..pág.14 RESOL-2020-676-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Realico-UGL XX..... pág.15 RESOL-2020-678-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Gral Pico-UGL XX ..pág.17 RESOL-2020-680-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CA - UGL XVII..... pág.18 RESOL-2020-683-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. DA - GESP............ pág.19 RESOL-2020-684-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Maq. Savio-UGL XXXIIpág.21 RESOL-2020-685-INSSJP-DE#INSSJP Asigna funciones titular. CAP Eduardo Castex-UGLXX pág.22 RESOL-2020-687-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. Coord UGL A-VI ..pág.23 RESOL-2020-689-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. DA - GESP........... pág.24 RESOL-2020-654-INSSJP-DE#INSSJP BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-11740887- -INSSJP- GRRHH#INSSJP, la Resolución N° 678/DE/17 y, CONSIDERANDO: Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8). Que, asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, a la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8), las funciones de titular de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que, asimismo, corresponde dejar constancia que la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8), conforme lo DISPOSICIONES DI-2020-23-INSSJP-GAD#INSSJP Aprueba y adjudica LP Nº 92/19 ....................................... pág.26 DI-2020-71-INSSJP-GESP#INSSJP Aprueba y adjudica CDU Nº 04/2020 ........................... pág.27

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

RESOLUCIONES

RESOL-2020-654-INSSJP-DE#INSSJP Desgna y asigna funciones titular. CPyPS - UGL X ...... pág.1

RESOL-2020-655-INSSJP-DE#INSSJP Autotiza LESGH. UGL XXV - La Rioja ...............................pág.2

RESOL-2020-656-INSSJP-DE#INSSJP Autoriza reducción de jornada laboral. UGL IX .............pág.3

RESOL-2020-657-INSSJP-DE#INSSJP Autoriza reducción de jornada laboral. UGL IX .............pág.4

RESOL-2020-659-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. AG Glew - UGL X .. pág.4

RESOL-2020-661-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CGEL - UGL VI .....pág.6

RESOL-2020-663-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Ramallo-UGL XXXI pág.7

RESOL-2020-664-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. AG. Pergamino. UGL XXXI ..pág.8

RESOL-2020-670-INSSJP-DE#INSSJP Rectifica RESOL-2020-635-INSSJP-DE#INSSJP ..............pág.10

RESOL-2020-671-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Guatrache. UGL XX .....pág.10

RESOL-2020-672-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Victorica. UGL XX ..pág.11

RESOL-2020-674-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Catrilo-UGL XX .pág.13

RESOL-2020-675-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Gral Acha-UGLXX..pág.14

RESOL-2020-676-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Realico-UGL XX .....pág.15

RESOL-2020-678-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Gral Pico-UGL XX ..pág.17

RESOL-2020-680-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CA - UGL XVII ..... pág.18

RESOL-2020-683-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. DA - GESP ............ pág.19

RESOL-2020-684-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. CAP Maq. Savio-UGL XXXII pág.21

RESOL-2020-685-INSSJP-DE#INSSJP Asigna funciones titular. CAP Eduardo Castex-UGLXX pág.22

RESOL-2020-687-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. Coord UGL A-VI ..pág.23

RESOL-2020-689-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones titular. DA - GESP ........... pág.24

RESOL-2020-654-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-11740887- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8).Que, asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, a la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8), las funciones de titular de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8), conforme lo

DISPOSICIONES

DI-2020-23-INSSJP-GAD#INSSJP Aprueba y adjudica LP Nº 92/19 .......................................pág.26

DI-2020-71-INSSJP-GESP#INSSJP Aprueba y adjudica CDU Nº 04/2020 ........................... pág.27

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, a la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8), las funciones de titular de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo

I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038- INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que la señora Jessica Daiana LEYRO (CUIL N° 27-34712307-8), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que la designación que se propicia tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-654-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-655-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-03738827-INSSJP-UGLXXV#INSSJP, el Decreto Nº 1402/19 de la provincia de La Rioja, yCONSIDERANDO:Que mediante el artículo 1° del Decreto aludido en el Visto, se designó a partir del 1° de diciembre de 2019, al trabajador

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Marcelo Horacio REINOSO (Legajo Nº 53071 ADMTRB CH40SEM INI), de la Unidad de Gestión Local XXV - La Rioja, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, de la Secretaría General Técnico Operativa, como Coordinador General de Área de Articulación Institucional, Unidad de Gestión Integral de Fortalecimiento Institucional y Socio Comunitaria, dependiente de la Función Ejecutiva Provincial, del gobierno de la provincia de La Rioja.Que el artículo 69, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias, del Convenio Colectivo de Trabajo para las Trabajadoras y los Trabajadores del Instituto Nº 697/05 “E”, reglamenta respecto de las licencias sin goce de haberes para desempeñar cargos electivos o de representación política, y textualmente dice: “El personal que fuere designado para desempeñar un cargo electivo o de representación política en el orden nacional, provincial o municipal, tendrá derecho a usar licencia sin goce de haberes por el lapso que dure su mandato. Deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta (30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que fuera elegido o designado”.Que en razón de lo expresado en el párrafo precedente, se estima procedente autorizar, al empleado Marcelo Horacio REINOSO, a partir del 1° de diciembre de 2019 y mientras cumpla la función en la que fuera designado, el usufructo de licencia extraordinaria sin goce de haberes, conforme lo estatuido en el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo para las Trabajadoras y los Trabajadores del Instituto Nº 697/05 “E”.Que se deja constancia que el trabajador Marcelo Horacio REINOSO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Autorizar el usufructo de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 1° de diciembre de 2019, y hasta tanto cumpla la función como Coordinador General de Área de Articulación Institucional, Unidad de Gestión Integral de Fortalecimiento Institucional y Socio Comunitaria, dependiente de la Función Ejecutiva Provincial, del gobierno de la provincia de La Rioja, al trabajador Marcelo Horacio REINOSO (Legajo Nº 53071 ADMTRB CH40SEM INI), de la Unidad de Gestión Local XXV - La Rioja, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, de la Secretaría General Técnico Operativa, conforme lo establecido en el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo para las Trabajadoras y los Trabajadores del Instituto Nº 697/05 “E”.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el trabajador Marcelo Horacio REINOSO deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta (30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que fuera designado.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el trabajador Marcelo Horacio REINOSO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-655-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-656-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX -2020-04985060-INSSJP-UGLIX#INSSJP, la de la Resolución N° 808/DE/14, yCONSIDERANDO:Que la trabajadora Denise Estefanía, MARTINEZ (Legajo: N° 63644 ADMTRC CH40SEM INI), quien cumple tareas en el Equipo Mesa de Entradas Salidas y Despacho de la Unidad de Gestión Local IX – Rosario, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, conforme lo previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 1523/DE/05, solicita la reducción de su jornada laboral, a treinta y cinco (35) horas semanales de labor, por cuestiones de índole personal.Que la jornada laboral, de revista, equivalente a cuarenta (40) horas semanales de labor, fue autorizada mediante Resolución N° 808/DE/14.Que el artículo 19 Salario Básico o Salario Básico Proporcional, Capítulo I, Título III de la Retribución, Anexo I de la Resolución N° 1523/DE/05, en su parte pertinente dice: “En el supuesto que el trabajador, por su modalidad de prestación, no alcance a cumplir la cantidad de horas diarias y mensuales, se realizará una liquidación proporcional de las Unidades Retributivas (UR) que le correspondan, la que será denominada Salario Básico Proporcional”.Que ello así, cabe destacar que la reducción de la jornada de labor requerida por la trabajadora Denise Estefanía, MARTINEZ, corresponde con la consecuente merma salarial acorde a la jornada laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, la cual manifiesta conocer y aceptar.Que por último se deja constancia que la trabajadora Denise Estefanía, MARTINEZ, deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorizar, a su pedido, a partir de la fecha de notificación, la reducción de la jornada laboral, a treinta y cinco (35) horas semanales de labor, de la trabajadora Denise Estefanía, MARTINEZ (Legajo: N° 63644 ADMTRC CH40SEM INI) del Equipo Mesa de Entradas Salidas y Despacho de la Unidad de Gestión Local IX – Rosario, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, con la consecuente merma salarial que ello implica, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia la trabajadora Denise Estefanía, MARTINEZ, ha manifestado conocer y aceptar la merma salarial, producto de la reducción de su jornada laboral.ARTÍCULO 3°.- Disponer que la trabajadora Denise Estefanía, MARTINEZ deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archíveseRESOL-2020-656-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-657-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX -2020-05050268-INSSJP-UGLIX#INSSJP, la de la Resolución N° 453/DE/15, y CONSIDERANDO:Que el trabajador Ignacio Francisco BERARDI (Legajo: N° 63440 ADMTRC CH40SEM INI), quien cumple tareas en el Equipo Recursos Humanos de la Unidad de Gestión Local IX – Rosario, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, conforme lo previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 453/DE/15, solicita la reducción de su jornada laboral, a treinta y cinco (35) horas semanales de labor, por cuestiones de índole personal.Que la jornada laboral, de revista, equivalente a cuarenta (40) horas semanales de labor, fue autorizada mediante Resolución N° 453/DE/15.Que el artículo 19 Salario Básico o Salario Básico Proporcional, Capítulo I, Título III de la Retribución, Anexo I de la Resolución N° 453/DE/15, en su parte pertinente dice: “En el supuesto que el trabajador, por su modalidad de prestación, no alcance a

cumplir la cantidad de horas diarias y mensuales, se realizará una liquidación proporcional de las Unidades Retributivas (UR) que le correspondan, la que será denominada Salario Básico Proporcional”.Que ello así, cabe destacar que la reducción de la jornada de labor requerida por el trabajador Ignacio Francisco BERARDI, corresponde con la consecuente merma salarial acorde a la jornada laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, la cual manifiesta conocer y aceptar.Que por último se deja constancia que el trabajador Ignacio Francisco BERARDI, deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorizar, a su pedido, a partir de la fecha de notificación, la reducción de la jornada laboral, a treinta y cinco (35) horas semanales de labor, al trabajador Ignacio Francisco BERARDI (Legajo N° 63440 ADMTRC CH40SEM INI) del Equipo Recursos Humanos de la Unidad de Gestión Local IX – Rosario, Gerencia Operativa y Coordinación de Ugl, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, con la consecuente merma salarial que ello implica, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que el trabajador Ignacio Francisco BERARDI, ha manifestado conocer y aceptar la merma salarial, producto de la reducción de su jornada laboral.ARTÍCULO 3°.- Disponer que el trabajador Ignacio Francisco BERARDI deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archíveseRESOL-2020-657-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-659-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-11816641- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Natalia Nancy NAVARRETE (CUIL N° 27-31794735-1).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Glew, Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Natalia Nancy NAVARRETE (CUIL N° 27-31794735-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso h) y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Natalia Nancy NAVARRETE (CUIL N° 27-31794735-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.

Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Natalia Nancy NAVARRETE (CUIL N° 27-31794735-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Glew, Unidad de Gestión Local X – Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Natalia Nancy NAVARRETE (CUIL N° 27-31794735-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso h) y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, la señora Natalia Nancy NAVARRETE (CUIL N° 27-31794735-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-659-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-661-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-04796766- -INSSJP-SGTO#INSSJP, la Resolución N° 678/DE/17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VI – Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Adriel Eduardo LARRARTE (CUIL N° 20- 26966589-1).Que, asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, al señor Adriel Eduardo LARRARTE (CUIL N°

20-26966589-1), las funciones de titular de la Coordinación General Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local VI – Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el señor Adriel Eduardo LARRARTE (CUIL N° 20-26966589-1), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.La presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VI – Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Adriel Eduardo LARRARTE (CUIL N° 20-26966589-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, al señor Adriel Eduardo LARRARTE (CUIL N° 20- 26966589-1), las funciones de titular de la Coordinación General Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local VI – Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038- INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el señor Adriel Eduardo LARRARTE (CUIL N° 20-26966589-1), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que la designación que se propicia tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-661-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-663-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-11817936- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Ramallo, Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i) y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Ramallo, Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i) y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor,

acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-663-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-664-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-11816106- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los

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recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notif icación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Juan Ignacio IRIGOITIA (CUIL N° 20-34727789-5).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Pergamino, Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Ignacio IRIGOITIA (CUIL N° 20-34727789-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso h) y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Juan Ignacio IRIGOITIA (CUIL N° 20-34727789-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a

la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Ignacio IRIGOITIA (CUIL N° 20-34727789-5).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Pergamino, Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Ignacio IRIGOITIA (CUIL N° 20-34727789-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso h) y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Juan Ignacio IRIGOITIA (CUIL N° 20-34727789-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la

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documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-664-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-670-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente Nº EX – 2020-11654736-INSSJP-GRRHH#INSSJP, la RESOL -2020-635-INSSJP- DE#INSSJP, yCONSIDERANDO:Que resulta necesario rectificar la Resolución Nº RESOL -2020-635-INSSJP-DE#INSSJP, en lo que respecta a los datos personales de la señora Araceli RODRIGUEZ, toda vez que se ha deslizado un error material al consignar el número de CUIL.Por ellos y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 3º del Decreto PEN Nº 002/04y el artículo 1º del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Rect i f icar la Resolución Nº RESOL -2020-635-INSSJP-DE#INSSJP, donde dice CUIL Nº 27- 34258582-0, debe decir “CUIL Nº 27-33921884-1”ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-671-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-671-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12073006- -INSSJP-

GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Camila BRODSKY AGUIRREZABALA (CUIL N° 27- 38038841-9).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Guatrache, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Camila BRODSKY AGUIRREZABALA (CUIL N° 27-38038841-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con su correspondiente carga horaria de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Camila BRODSKY AGUIRREZABALA (CUIL N° 27-38038841-9), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes,

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Camila BRODSKY AGUIRREZABALA (CUIL N° 27-38038841-9).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Guatrache, Unidad de Gestión Local XX - La Pampa Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Camila BRODSKY AGUIRREZABALA (CUIL N° 27-38038841-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con su correspondiente carga horaria de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Camila BRODSKY AGUIRREZABALA (CUIL N° 27-38038841-9), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores

del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-671-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-672-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12033406--INSSJP-GRRHH#INSSJP, las Resoluciones N° 678/DE/17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en primer término en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósitode atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Victorica de la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Natalia Belén PEREZ (CUIL N° 27-29839462-1).Que atento encontrarse vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Victorica de la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, se estima procedente asignar a partir de la fecha de notificación, las aludidas funciones, a la señora Natalia Belén PEREZ (CUIL N° 27-29839462-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038- INSSJPDE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Natalia Belén PEREZ (CUIL N° 27-29839462-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará

automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Victorica de la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Natalia Belén PEREZ (CUIL N° 27-29839462-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Victorica de la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Natalia Belén PEREZ (CUIL N° 27-29839462-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJPDE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral de la señora Natalia Belén PEREZ (CUIL N° 27-29839462-1) procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-672-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-674-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12070619- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Diego Cesar DELFINO (CUIL N° 20-29373620-1).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Catrilo, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Diego Cesar DELFINO (CUIL N° 20- 29373620-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g),

artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artítuclo 4 dela RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Diego Cesar DELFINO (CUIL N° 20-29373620-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Diego Cesar DELFINO (CUIL N° 20-29373620-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Catrilo, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Diego Cesar DELFINO (CUIL N° 20-29373620-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artítuclo 4 dela RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Diego Cesar DELFINO (CUIL N° 20-29373620-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el

Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-674-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-675-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12066844- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Gilda Marina MENICUCHI (CUIL N° 27-28244328-2).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada General Acha, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Gilda Marina MENICUCHI (CUIL N° 27-28244328-2), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i) del artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Gilda Marina MENICUCHI (CUIL N° 27-28244328-2), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de

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antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Gilda Marina MENICUCHI (CUIL N° 27-28244328-2).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada General Acha, Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Gilda Marina MENICUCHI (CUIL N° 27-28244328-2), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i),artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales

de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Noelia Estefanía CASASSA (CUIL N° 27-33413007-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-675-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-676-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12066307- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los

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recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Alexis Saul GONZALEZ (CUIL N° 20-30005976-8).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Realico, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Alexis Saul GONZALEZ (CUIL N° 20- 30005976-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i) artículo 4 del RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Alexis Saul GONZALEZ (CUIL N° 20-30005976-8), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.

Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Alexis Saul GONZALEZ (CUIL N° 20-30005976-8).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Realico, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Alexis Saul GONZALEZ (CUIL N° 20-30005976- 8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i) artículo 4 del RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Alexis Saul GONZALEZ (CUIL N° 20-30005976-8), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la

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documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-676-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-678-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12065788- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Ariel Omar HERNANDEZ (CUIL N° 20-24743896-4).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada General Pico, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Ariel Omar HERNANDEZ (CUIL N° 20-24743896-4),

correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señora señor Ariel Omar HERNANDEZ (CUIL N° 20-24743896-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación,

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Año XVI - N° 3469

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en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Ariel Omar HERNANDEZ (CUIL N° 20-24743896-4).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada General Pico, Unidad de Gestión Local XX – La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Ariel Omar HERNANDEZ (CUIL N° 20- 24743896-4), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Ariel Omar HERNANDEZ (CUIL N° 20-24743896- 4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-678-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-680-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12094477- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XVII- Chubut, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa a la señora Victoria Soledad VASQUEZ (CUIL 27-33182830-6).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Coordinación Administrativo Contable, Unidad de Gestión Local XVII – Chubut, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la citada Coordinación, a la señora Victoria Soledad VASQUEZ (CUIL 27-33182830-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Victoria Soledad VASQUEZ (CUIL 27-33182830-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco(35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XVII - Chubut, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa a la señora Victoria Soledad VASQUEZ (CUIL 27- 33182830-6).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Coordinador Administrativo, Unidad de Gestión Local XVII – Chubut, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Victoria Soledad VASQUEZ (CUIL 27-33182830-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, y RESOL 2018- 1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo

a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral de la señora Victoria Soledad VASQUEZ (CUIL 27-33182830-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-680-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-683-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el EX-2020-10843075- -INSSJP-GRRHH#INSSJP, la Ley N° 27.169, los Decretos PEN Nº 1908/15 y527/2017, la Resolución N° 678/DE/17 y sus modificatorias, la RESOL-2019-700-INSSJPDE#INSSJP, la RESOL- 2019-874-INSSJP-DE#INSSJP, yCONSIDERANDO:Que mediante la Ley N° 27.169 el Congreso de la Nación declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de propiedad de la Asociación de Obras Sociales de Mar del

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BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Plata, ubicado en la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, junto con todas sus instalaciones, mobiliario y equipamiento.Que a través del artículo 1° del Decreto PEN N° 527/2017, se sustituyó el artículo 1º del Decreto Nº 1908 de fecha 16 de septiembre de 2015, designándose mediante el mismo a este Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados como sujeto expropiante del inmueble sito en la Avenida Juan B. Justo Nº 1776, entre las calles A. Fleming y Solís, de la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, de propiedad de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata, identificado según nomenclatura catastral: circunscripción VI; sección H; manzana 5-II-A; parcela 3-A, junto con todas sus instalaciones, mobiliario y equipamiento.Que este Instituto ha designado bajo la denominación Hospital “Dr. Bernardo A. Houssay” al inmueble alcanzado por la Ley 27.169 y sus Decretos reglamentarios N° 1908/2015 y N° 527/2017.Que mediante el ar tículo 1° de la RESOL-2019-874-INSSJPDE#INSSJP de fecha 06 de mayo de 2019, se incorporó la Dirección del Hospital Dr. Bernardo Houssay a la estructura orgánica funcional de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, con su respectivo organigrama conforme lo establecido en el Anexo I que pasó a formar parte integrante de la misma.Que asimismo por el artículo 3° del acto normativo citado en el considerando que antecede, se aprobó el personigrama correspondiente al personal asignado al Hospital “Dr. Bernardo Houssay” de la Ciudad de Mar del Plata en la Provincia de Buenos Aires, que se detalló en el Anexo II de la RESOL-2019-874-INSSJP-DE#INSSJP.Que en función de lo mencionado precedentemente, resulta necesario contar con los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales conforme el compromiso asumido.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir del dictado de la presente, para prestar servicios en el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, de la Licenciada Mónica Alejandra SANCHEZ (CUIL N° 23-20254623-4), con un haber bruto mensual de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 182.584,00).Que el haber bruto que percibirá la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD es el resultante de la aplicación analógica de las normas internas del Instituto referentes al encuadramiento laboral de sus empleados, correspondiendo por las tareas jerárquicas de coordinación, organización, planificación y control que cumplirá, asimilarlo al rango subgerencial.Que en tal contexto, encontrándose vacante la Dirección Administrativa, Dirección Hospital Dr. Bernardo Houssay, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, se estima oportuno asignar

la titularidad de la citada unidad orgánica, a partir del dictado de la presente, a la Licenciada Mónica Alejandra SANCHEZ (CUIL N° 23-20254623-4).Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la Licenciada Mónica Alejandra SANCHEZ (CUIL N° 23-20254623-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, las presentes designaciones tendrán principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.La presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del dictado de la presente, para prestar servicios en el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, a la Licenciada Mónica Alejandra SANCHEZ (CUIL N° 23-20254623-4), con un haber bruto mensual de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 182.584,00).ARTICULO 2°.- Asignar, a partir del dictado de la presente, a la Licenciada Mónica Alejandra SANCHEZ (CUIL N° 23-20254623-4), la titularidad de la Dirección Administrativa, Dirección Hospital Dr. Bernardo Houssay, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral de la

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BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Licenciada Mónica Alejandra SANCHEZ (CUIL N° 23- 20254623-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de las Trabajadoras y los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-683-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-684-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12065240- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local

XXXII - Lujan, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Ricardo Daniel MOREYRA (CUIL N° 20-22083675-5).Que asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Maquinista Savio, Unidad de Gestión Local XXXII - Lujan, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Ricardo Daniel MOREYRA (CUIL N° 20-22083675-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i) artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Ricardo Daniel MOREYRA (CUIL N° 20-22083675-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales

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BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXII - Lujan, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Ricardo Daniel MOREYRA (CUIL N° 20-22083675-5).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Maquinista Savio, Unidad de Gestión Local XXXII - Lujan, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Ricardo Daniel MOREYRA (CUIL N° 20-22083675-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Ricardo Daniel MOREYRA (CUIL N° 20- 22083675-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará

sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-684-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-685-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12068945--INSSJP-GRRHH#INSSJP, las Resoluciones N° 678/DE/17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en primer término en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósitode atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que atento lo manifestado se estima procedente asignar, a partir de la fecha de notificación, la titularidad del Centro de Atención Personalizada Eduardo Castex de la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la trabajadora Gabriela Lía VELAZQUEZ (Legajo N° 62002 PROFTRC CH35 SEM INI), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018- 1038-INSSJPDE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que asimismo se deja constancia que la trabajadora Gabriela Lía VELAZQUEZ, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del

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Año XVI - N° 3469

BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Eduardo Castex, Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la trabajadora Gabriela Lía VELAZQUEZ (Legajo N° 62002 PROFTRC CH35 SEM INI), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJPDE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÌCULO 2º.- Dejar establecido que la trabajadora Gabriela Lía VELAZQUEZ (Legajo N° 62002), deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a f in de ref lejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-685-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-687-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12162417- -INSSJP-G RRH H # INSS J P, l a Reso luc ión N ° 678 / DE /17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los

recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notif icación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Gerencia de Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, de la señora Vanina JANECK (CUIL N° 27-27955246-1).Que, asimismo resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, a la señora Vanina JANECK (CUIL N° 27-27955246-1), las funciones de titular de la Coordinación de UGL A - VI CABA, Subgerencia Operativa de UGL ZONA 1, Gerencia de Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL-2018-1038- INSSJPDE#INSSJP, dentro del Tramo y Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con su correspondiente carga horaria de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que la señora Vanina JANECK (CUIL N° 27-27955246-1), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.La presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Gerencia de Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, de la señora Vanina JANECK (CUIL N° 27- 27955246-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, a la señora Vanina JANECK (CUIL N° 27-27955246-1), las funciones de titular de la Coordinación de UGL A - VI CABA, Subgerencia Operativa de UGL Zona 1, Gerencia de Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL-2018-1038-INSSJPDE#INSSJP, dentro del Tramo y Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con su correspondiente carga horaria de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que la señora Vanina JANECK (CUIL N° 27-27955246-1), conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que la designación que se propicia tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha

de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-687-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-689-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-11532421- -INSSJP-GRRHH#INSSJP, la Ley N° 27.169, los Decretos PEN Nº1908/15 y 527/2017, la Resolución N° 678/DE/17 y sus modificatorias, la RESOL-2019-700-INSSJPDE#INSSJP, la RESOL-2019-874-INSSJP-DE#INSSJP, yCONSIDERANDO:Que mediante la Ley N° 27.169 el Congreso de la Nación declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de propiedad de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata, ubicado en la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, junto con todas sus instalaciones, mobiliario y equipamiento.Que a través del artículo 1° del Decreto PEN N° 527/2017, se sustituyó el artículo 1º del Decreto Nº 1908 de fecha 16 de septiembre de 2015, designándose mediante el mismo a este Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados como sujeto expropiante del inmueble sito en la Avenida Juan B. Justo Nº 1776, entre las calles A. Fleming y Solís, de la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, de propiedad de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata, identificado según nomenclatura catastral: circunscripción VI; sección H; manzana 5-II-A; parcela 3-A, junto con todas sus instalaciones, mobiliario y equipamiento.Que este Instituto ha designado bajo la denominación Hospital “Dr. Bernardo A. Houssay” al inmueble alcanzado por la Ley 27.169 y sus Decretos reglamentarios N° 1908/2015 y N° 527/2017.Que mediante el ar tículo 1° de la RESOL-2019-874-INSSJPDE#INSSJP de fecha 06 de mayo de 2019, se incorporó la Dirección del Hospital Dr. Bernardo Houssay a la estructura orgánica funcional de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, con su respectivo organigrama conforme lo establecido

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en el Anexo I que pasó a formar parte integrante de la misma.Que asimismo por el artículo 3° del acto normativo citado en el considerando que antecede, se aprobó el personigrama correspondiente al personal asignado al Hospital “Dr. Bernardo Houssay” de la Ciudad de Mar del Plata en la Provincia de Buenos Aires, que se detalló en el Anexo II de la RESOL-2019-874-INSSJP-DE#INSSJP. Que en función de lo mencionado precedentemente, resulta necesario contar con los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales conforme el compromiso asumido.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir del dictado de la presente, para prestar servicios en el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, de la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD (CUIL N° 27-25805939-0), con un haber bruto mensual de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($182.584,00).Que el haber bruto que percibirá la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD es el resultante de la aplicación analógica de las normas internas del Instituto referentes al encuadramiento laboral de sus empleados, correspondiendo por las tareas jerárquicas de coordinación, organización, planificación y control que cumplirá, asimilarlo al rango subgerencial.Que en tal contexto, encontrándose vacante la Dirección Asistencial de la Dirección del Hospital Dr. Bernardo Houssay, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, se estima oportuno asignar la titularidad de la citada unidad orgánica, a partir del dictado de la presente, a la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD (CUIL N° 27-25805939-0).Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD (CUIL N° 27-25805939-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, las presentes designaciones tendrán

principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.La presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del dictado de la presente, para prestar servicios en el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, a la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD (CUIL N° 27-25805939-0), con un haber bruto mensual de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 182.584,00).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir del dictado de la presente, a la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD (CUIL N° 27-25805939-0), la titularidad de la Dirección Asistencial, Dirección Hospital Dr. Bernardo Houssay, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral de la Doctora Silvina FABREGAS LENGARD (CUIL N° 27-25805939-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de las Trabajadoras y los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundar io y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-689-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

DI-2020-23-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO la Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, el Expediente Nº EX-2019-86363057- INSSJP-GPM#INSSJP, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la provisión y entrega de refuerza pañales para atender la demanda de los afiliados internados en el Cottolengo Don Orione, sito en la localidad de Claypole, Provincia de Buenos Aires, por el término de tres (3) meses renovable por hasta igual período.Que por Disposición Nº DI-2019-489-INSSJP-GAD#INSSJP, se autorizó el llamado a Licitación Privada con el mencionado objeto, en los términos establecidos por los artículos 24º inciso c) apartado c.1., 30° inciso a) apartado 2), 32° y 34° inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Licitación Privada Nº 92/19, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 08 de noviembre de 2019.Que con arreglo a lo previsto en el artículo 45º de la Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en la página web del Instituto, así como también fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que asimismo, la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera Sección) el día 01 de noviembre de 2019.Que según surge del Acta de Apertura se presentaron dos (2) oferentes: PAÑALES LIBERTY S.A. y BARRIER INSUMOS S.R.L.Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 14º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que rige la contratación, la Gerencia de Prestaciones Médicas, procedió a realizar la evaluación técnica

de las ofertas presentadas.Que por su parte, la Unidad Evaluación de Ofertas entendió conveniente dar intervención al Departamento Estudios Económicos, dependiente de la Gerencia Económico Financiera, a efectos de determinar la razonabilidad económica de las cotizaciones presentadas por los oferentes.Que habiendo detectado incumplimientos subsanables, la Unidad Evaluación de Ofertas procedió a comunicar al oferente BARRIER INSUMOS S.R.L., los distintos puntos que merecían aclaración y/o subsanación.Que recibida la información y habiéndose realizado el análisis formal y final, la Unidad Evaluación de Ofertas de la Coordinación de ésta Gerencia de Administración manifestó que la oferta presentada por la firma BARRIER INSUMOS S.R.L. se adecua a las previsiones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que corresponde declararla admisible.Que en relación a la oferta presentada por la firma PAÑALES LIBERTY S.A., la mencionada Unidad manifestó que no se adecua a las especificaciones contenidas en el Pliego que rige la contratación, por lo que corresponde declararla inadmisible.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Licitación Privada Nº 92/19 a la firma BARRIER INSUMOS S.R.L., por un monto total de HASTA PESOS UN MILLÓN NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON 40/100 ($ 1.097.150,40), conforme los valores detallados en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente.Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, Nº RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP y Nº RESOL-2019-1991-INSSJP- DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento realizado por la Licitación Privada Nº 92/19, para la provisión y entrega de refuerza pañales para atender la demanda de los afiliados internados en el Cottolengo Don Orione, sito en la localidad de Claypole, Provincia de Buenos Aires, por el término de tres (3) meses renovable por hasta igual período.ARTÍCULO 2º.- Declárase admisible la oferta presentada por la firma BARRIER INSUMOS S.R.L., en la Licitación Privada Nº 92/19, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3°.- Declárase inadmisible la oferta presentada por la firma PAÑALES LIBERTY S.A., en la Licitación Privada Nº 92/19, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 4°.- Adjudícase la Licitación Privada Nº 92/19 a

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

la firma BARRIER INSUMOS S.R.L., por un monto total de HASTA PESOS UN MILLÓN NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON 40/100 ($1.097.150,40), conforme los valores detallados en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente.ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 4º de la presente.ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a la firma BARRIER INSUMOS S.R.L. y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-23-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-71-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 21 FEB. 2020VISTO el Expediente Nº 0200-2020-0001504-7, vinculado con el T.I. Nº 0999-2020-0000804-8- y, CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 004/2020, para la Adquisición de Insumos Biomédicos, Rubro Gasas y Otros, para el Policlínico PAMI-II-Rosario, por el periodo de tres (3) meses.Que el Coordinador Administrativo de Policlínicos Rosario INSSJP, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Urgencia con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.2) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición Nº 1111/18/GAD.Que sobre la base de lo requerido, por la Coordinación Administrativa de Policlínicos-Rosario solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa, con el Nº 004 de CDU.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presentaron presupuestos las firmas: Distribuidora Mas S.R.L., y Droguería Aponor S.A.Que no se han presentado ofertas para el renglón Nº 3, por lo que corresponde declarar desierta la presente Contratación

Directa para dicho renglón.Que Comisión Evaluadora consideró que las ofertas presentadas por las firmas oferentes, por los renglones Nº 1, 2, 4 y 5, no resultan económicamente razonables, por lo que corresponde desestimarlas, por considerarse inconvenientes a los intereses del Instituto.Que contando con la aprobación del Coordinador Administrativo de Policlínicos PAMI-I-y-II-Rosario, y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Urgencia a la firma: Distribuidora Mas S.R.L.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 004/2020 a la firma que se describe en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de Pesos Diez Mil Trescientos Cincuenta y Uno, con 75/100 ($10.351,75).Que obra en las presentes actuaciones, constancia de la afectación preventiva de recursos- SOLPED Nº 780000506.Que la Coordinación Administrativa de los Policlínicos-Rosario, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTEDE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado para la Contratación Directa por Urgencia Nº 004/2020, correspondiente a la Adquisición de Insumos Biomédicos, Rubro Gasas y Otros, para el Policlínico PAMI-II-Rosario, por el periodo de tres (3) meses; en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.2) conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de éste Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición Nº 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2°.- Declárese desierto el renglón Nº 3, por no haberse presentado ofertas en la presente Contratación Directa.ARTÍCULO 3°.- Desestimar los renglones Nº 1, 2, 4 y 5, en la presente Contratación, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 4º.- Adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 004/2020, a la firma: Distribuidora Mas S.R.L., por un monto total de Pesos Diez Mil Trescientos Cincuenta y Uno, con 75/100 ($10.351,75), de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 5º.- Autorizar a efectuar el pago a la firma conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 4º de la presente.//Delegar en la Coordinación Administrativa de los Policlínicos PAMI-I- y PAMI-II-Rosario, la emisión y suscripción de la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su libramiento al solo

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BUENOS AIRES, Miércoles 26 de Febrero de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 4º de la presente.ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.

DI-2020-71-INSSJP-GESP#INSSJPPABLO ADRIAN PESCE - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

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Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 0053/DE/18

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Lic. Luana VOLNOVICH - Directora Ejecutiva

Lic. Jorge Martín RODRÍGUEZ ALBERTI -Subdirector Ejecutivo

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

[email protected] / [email protected]@pami.org.ar