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Año 2007 Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones MOPC CÓDIGO DE Buen Gobierno R E P U B L I C A D E L P A R A G U A Y MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES

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Año 2007

Ministerio de Obras Públicasy Comunicaciones

MOPC

CÓDIGO DE

BuenGobierno

REP

UB

L IC A

D E L P AR

AG

UA

Y

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICASY COMUNICACIONES

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El contenido de la presente publicación y las opiniones de sus autoresno necesariamente reflejan las opiniones de USAID o del Gobierno delos Estados Unidos.

Elaborado de manera participativa porlos directivos de la institución vinculadosal Programa Umbral Paraguay

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RESOLUCIÓN Nº 24

POR LA CUAL SE APRUEBAN E IMPLEMENTAN LAS POLÍTICASDE BUEN GOBIERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN DELMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES,COMO PARTE DEL PLAN PAÍS DEL PROGRAMA UMBRALPARA LA CUENTA DEL MILENIO.

Asunción, 14 de enero de 2008

VISTO: La presentación realizada por el Asesor, CoordinadorInstitucional del Plan País del Programa Umbral para la Cuentadel Milenio, implementado a través del Decreto N° 7.468 del8 de mayo de 2006, en la que solicita la aprobación de lasPolíticas de Buen Gobierno para la Administración de laInstitución; y

CONSIDERANDO: Que es competencia y responsabilidad delTitular de esta Cartera Ministerial, el gobierno, control ysupervisión de los Órganos y Direcciones de su dependencia,de conformidad a los Artículos 2º, 3º y 4º de la Ley N° 167/93“QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES EL DECRETO-LEYNº 5 DE FECHA 27 DE MARZO DE 1991 QUE ESTABLECE LAESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL MINISTERIODE OBRAS PÚBL ICAS Y COMUNICACIONES” .

Que el Artículo 42° de la misma norma legal, faculta al Ministeriode Obras Públicas y Comunicaciones a reglamentar laorganización y funciones de todas las unidades dependientesde la Cartera.

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POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales,

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES

R E S U E L V E:

Art. 1º Aprobar e implementar las Políticas de Buen Gobiernopara la Administración del Ministerio de Obras Públicas yComunicaciones, como parte del Plan País del Programa Umbralpara la Cuenta del Milenio, que se transcribe a continuación:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONESAño 2008

POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO

PRESENTACIÓN

El Estado Paraguayo constitucionalmente tiene la responsabilidadde promover el desarrollo económico mediante la utilizaciónracional y transparente de los recursos disponibles con el objetode impulsar un crecimiento ordenado y sostenido de la economía,creando fuentes de trabajo y garantizando el bienestar de lapoblación. En ese contexto, el Ministerio de Obras Públicas yComunicaciones (MOPC) es el organismo encargado de elaborar,proponer y ejecutar las políticas y disposiciones del PoderEjecutivo referente a las obras de infraestructura y serviciosbásicos para la integración y así apoyar el desarrollo económicodel país.

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Como fin básico de su política de servicios y de infraestructuras,el MOPC se propone, a través del conjunto de sus actuaciones,contribuir activamente a la consecución de los objetivosfundamentales de la política del Gobierno Nacional, considerandolos siguientes aspectos:

• Mejorar y ampliar la red vial del país.• Establecer y orientar políticas razonables relacionadas al uso

y manejo racional de los recursos energéticos, hídricos yminerales que contribuyan y promuevan el aprovechamientode los recursos naturales del país, con especial cuidado delmedioambiente.

• Crear condiciones administrativas necesarias para elcumplimiento de los objetivos del MOPC y velar por el manejoeficiente, transparente, prudente y responsable de las finanzasy de los bienes de la institución.

En el MOPC son condiciones imprescindibles para el impulsoy fortalecimiento de nuestra economía el respeto y aplicaciónde las políticas y directivas del Presidente de la República, cuyoobjetivo es un Paraguay embarcado en un proceso demodernización institucional, apuntando a un nuevo modelo deEstado que permita mejorar nuestra gestión con transparenciay eficacia y además lograr mayor competitividad en la economíaglobalizada.

Nuestro compromiso en el MOPC es trabajar para elengrandecimiento de la Nación, en un escenario deresponsabilidad, honestidad y transparencia, con eficienciaprofesional, para el logro efectivo del Plan de Gobierno, y enparticular el crecimiento de la Red Vial Nacional y la reactivacióndel Sector Hidrocarburos.

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Como parte de dicha política, esta Secretaría de Estado, en elámbito de su competencia, cuenta con planes estratégicosrelacionados al sector vial y energético que son pilares para eldesarrollo del país. En este sentido, el personal administrativoy técnico del MOPC deberá ajustarse a estos objetivos y principiospara la realización de sus actividades.

Nuestra “Estrategia Vial del Paraguay” es el resultado del análisisy diagnóstico realizados por el equipo técnico de estaadministración y de consultores extranjeros que recogieronopiniones de gobiernos departamentales, empresas y sociedadcivil del Paraguay a lo largo de estos últimos años.

La Estrategia Vial del MOPC tiene los siguientes objetivos generales:

• Completar la red principal del país en sus corredores internacionales y bioceánicos.• Mejorar la condición general de las redes viales que brindan

servicios a la producción y población, ampliando la extensiónde la red pavimentada y mejorando la calidad de circulaciónvial en la red no pavimentada.

• Implantar una nueva conducta de mantenimiento de todaslas redes viales que aseguren la calidad y seguridad del serviciovial, minimice el costo del transporte y facilite el acceso dela población a los servicios básicos.

• Asegurar el sustento fiscal de los programas que se desarrollen,es decir, que estos se correspondan con los recursospresupuestales disponibles para atender los requerimientosde la red.

• Mejorar la eficiencia de la aplicación de recursos, a losefectos de lograr mejores resultados con los recursosdisponibles.

• Implementar un programa de seguridad vial y mejora detravesías de las rutas nacionales en zonas urbanas de ciudades

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y pueblos, priorizando el factor humano y mejorando lacalidad de vida de nuestra población.

Además, dentro de la política vial del Gobierno Nacional, se hapriorizado y facilitado la participación de la sociedad en generalen la formulación de políticas públicas, asumiendo cada una delas partes los compromisos en un nuevo “Contrato Social Vial”.Estos actores involucrados, a quienes se les dará especial atencióna partir de esta nueva política vial, son:

• Sociedad: efectiva y positiva participación y control por parte de los usuarios.• Política: aprobación de leyes y recursos presupuestales necesarios.• Empresas: respuestas honestas y positivas ante el nuevo tiempo.• MOPC: mejora de la gestión e información transparente a los usuarios y demás actores.• Gobernaciones y Municipios: vocación por la coparticipación.

Por otra parte, en el área de Minas y Energía, el MOPC fijócomo objetivo el diseño y elaboración del “Plan Estratégico delSector Energético de la República del Paraguay (PESE)”, productofinal de un proyecto elaborado con la cooperación técnica yfinanciera internacional a través de la Ayuda a Programas dePreinversión y la participación de numerosas institucionespúblicas, empresas privadas y otros actores del sector energéticonacional.

Los objetivos estratégicos trazados en el PESE, entre otros, puedenresumirse en:

• Alcanzar la plena seguridad y calidad en el suministro deenergía, a partir de la ampliación de la matriz energética

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(hidrocarburos y energías renovables) y la modernización delos subsectores energéticos;

• Incrementar la eficiencia y ahorro energético a través de losprocesos de sustitución ínter energética y de la toma deconciencia sobre la necesidad de una utilización racional dela energía y esencialmente tener muy en cuenta el aspectoambiental;

• Extender la cobertura energética como una obligación dehacer llegar la energía a todos, tanto para su uso productivovinculado al desarrollo económico, como producto final quedebe formar parte de la “cesta de bienes” que confieren mayorbienestar a las familias;

• Integrar de manera más efectiva al Paraguay en el MERCOSUR,con vistas a una previsible política energética común y laracionalidad económica, teniendo en cuenta que se trata delmercado donde deberá competir el sistema energético deParaguay; y

• Desarrollar un marco regulatorio adecuado y adaptado a laspeculiaridades del Paraguay.

De igual modo, los funcionarios del MOPC deberán poner todosu empeño para cumplir con el nuevo Plan Estratégico Minero,herramienta técnica de singular importancia que cuenta con elrespaldo técnico internacional.

A través de la Comisión Nacional de Regulación yAprovechamiento Múltiple de la Cuenca del Río Pilcomayo, elMOPC hará prevalecer siempre la adopción de medidascorrectivas necesarias dentro de nuestra política de defensa ypromoción nacional e internacional que permita al país laregulación de las aguas en todo el curso del Río Pilcomayo, conla finalidad de lograr la utilización racional y compartida de losrecursos hídricos de dicha cuenca.

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El MOPC, en todos sus planes de trabajo, antepondrá lapreocupación por el medio ambiente como objetivo prioritario,entendiendo éste como la armonía adecuada entre el derechoal desarrollo socioeconómico del país y la responsable aplicaciónde una política que estimule minimizar los impactos ambientalesde los sectores vial y energético, comprometiéndose a cumplircon todas las disposiciones legales vigentes.

Para el logro de las metas de esta Institución, las autoridadesadministrativas competentes se ajustarán a las medidas de carácteradministrativo que nos permita fortalecer la capacitación de losrecursos humanos, la planificación presupuestaria y financiera.

Además, el MOPC apuntará siempre al mejoramiento de laestructura organizacional, los sistemas y procesos para aumentarla eficacia y eficiencia, generando mecanismos y herramientaspara la evaluación de resultados y control del cumplimiento delos objetivos, obteniendo y compartiendo información gerencialentre los directivos para la toma de decisiones.

El MOPC apuntará su accionar al aumento de la credibilidadinstitucional en el ámbito nacional e internacional, con la mejorade su eficiencia, su capacidad de rendir cuentas de lo realizadoante la sociedad, al aumento en la transparencia de sus gestionesy a la amplia difusión de sus actos administrativos a la ciudadaníaa través de los medios de comunicación a su alcance.

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CONTENIDO

GLOSARIO DE TÉRMINOS

TÍTULO IDE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LAINSTITUCIÓN

TÍTULO IIDE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LAADMINISTRACIÓN DE LA INSTITUCIÓNCapítulo primero: Políticas para la dirección de laInstituciónCapítulo segundo: Políticas de relación con los órganosde control externo

TÍTULO IIIDE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LAGESTIÓN DE LA INSTITUCIÓN

1. Políticas para el desarrollo administrativoCapítulo primero: Políticas para la Gestión ÉticaCapítulo segundo: Políticas de Gestión del Recurso HumanoCapítulo tercero: Políticas de Comunicación e InformaciónCapítulo cuarto: Políticas de Calidad

2. Políticas de responsabilidad socialCapítulo quinto: Políticas frente a la ComunidadCapítulo sexto: Políticas de responsabilidad frente al MedioAmbiente

3. Políticas frente a los otros grupos de interésCapítulo séptimo: Políticas sobre Conflictos de InteresesCapítulo octavo: Políticas con los ContratistasCapítulo noveno: Políticas con los Gremios Económicos

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4. Políticas frente al sistema de Control InternoCapítulo décimo: Políticas frente al Control InternoCapítulo décimo primero: Políticas sobre Riesgos

TÍTULO IVDE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS POLITÍCAS DE BUENGOBIERNOCapítulo primero: Comité de Buen GobiernoCapítulo segundo: De la Resolución de ControversiasCapítulo tercero: De los indicadores de Buen GobiernoCapítulo cuarto: De la adopción, vigencia, divulgacióny reforma de las Políticas de Buen Gobierno.

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GLOSARIO DE TÉRMINOS

Administrar: Gobernar, ejercer la autoridad o el mando sobreun territorio y sobre las personas que lo habitan. Dirigir unainstitución. Ordenar, disponer, organizar, en especial la haciendao los bienes.

Código de Ética: Documento de referencia para la práctica dela ética en el día a día de la Institución. Está conformado por losPrincipios y Valores que, en coherencia con las Políticas de BuenGobierno, todo servidor público de la Institución debe observaren el ejercicio de su función administrativa.

Comité de Buen Gobierno: Instancia encargada de ejercer laveeduría sobre el cumplimiento de las Políticas de Buen Gobiernoy facultada en el tema de la prevención y manejo de los Conflictosde Intereses dentro de la Institución.

Comité de Ética: Instancia encargada de promover y liderar elproceso de implantación de la gestión ética para Institucionesdel Estado, encauzado hacia la consolidación del ejercicio dela función pública en términos de eficacia, transparencia,integridad y servicio a la ciudadanía, por parte de todos losfuncionarios públicos de la Institución.

Conflicto de Intereses: Situación en virtud de la cual unfuncionario público, en razón de su actividad, se encuentra enuna posición en donde podría aprovechar para sí o para untercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas deconducta.

Gestionar: Hacer diligencias o acciones que garanticen laadministración eficiente de un negocio o proyecto que conduzcanal logro del objetivo propuesto.

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Gobernabilidad: Conjunto de condiciones que hacen factiblea un gobernante o director el ejercicio real del poder queformalmente se le ha entregado para el cumplimiento de losobjetivos y fines bajo la responsabilidad de su cargo. Estacapacidad de conducir al colectivo se origina en el grado delegitimación que los diversos grupos de interés conceden a ladirigencia y se juega en el reconocimiento de: a) Su competenciae idoneidad para administrar la Institución en el logro de losobjetivos estratégicos –eficiencia y eficacia-; b) El cumplimientode principios y valores éticos y la priorización del interés generalsobre el particular –integridad-; y c) La comunicación para hacervisibles la forma como se administra y los resultados obtenidos–transparencia–.

Gobierno Corporativo: Manera en que las Instituciones sondirigidas, mejorando su funcionamiento interno y externo,buscando eficiencia, transparencia e integridad para responderadecuadamente ante sus grupos de interés, asegurando uncomportamiento ético organizacional.

Grupos de Interés: Personas, grupos o instituciones sobre loscuales el ente público tiene influencia o son influenciados porél. Es sinónimo de “Públicos internos y externos”, o “Clientesinternos y externos”, o “partes interesadas”.

Informe de gestión: Deber ético de todo funcionario públicoque administre bienes públicos, de responder e informar por laadministración, el manejo y los rendimientos de fondos, bienesy/o recursos públicos asignados y los respectivos resultados, enel cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.

Políticas: Directrices, lineamientos u orientaciones por las cualesla alta dirección define el marco de actuación con el cual seorientará la actividad pública en un campo específico de sugestión, para el cumplimiento de los fines constitucionales e

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institucionales, de manera que se garantice la coherencia entresus prácticas y sus propósitos.

Políticas de Buen Gobierno: Disposiciones voluntarias deautorregulación de quienes ejercen el gobierno de las Instituciones,que a manera de compromiso ético buscan garantizar una gestióneficiente, íntegra y transparente en la administración pública.

Principios Éticos: Creencias básicas sobre la forma correctacomo debemos relacionarnos con los otros y con el mundo.

Riesgos: Posibilidad de ocurrencia de eventos tanto internoscomo externos que pueden afectar o impedir el logro de losobjetivos institucionales de una institución pública, entorpeciendoel desarrollo normal de sus funciones.

Transparencia: Forma de hacer visible la función pública,ejecutándola de acuerdo con las normas constitucionales ylegales, aceptando y facilitando que la gestión sea observada enforma directa por los grupos de interés; implica el deber deinformar a la ciudadanía de la gestión encomendada.

Valores Éticos: Formas de ser y de actuar de las personas queson altamente deseables como atributos o cualidades propias yde los demás, por cuanto posibilitan la construcción de unaconvivencia gratificante en el marco de la dignidad humana.Los valores éticos se refieren a formas de ser o de actuar parallevar a la práctica los principios éticos.

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TÍTULO I

DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 1º. Identificación y Naturaleza. El MOPC es unaInstitución Pública regida por la Ley N° 167/1993, por laConstitución Nacional y otras Leyes de la República del Paraguay.El MOPC tiene por misión elaborar, proponer y ejecutar laspolíticas y disposiciones del Poder Ejecutivo referente a lasinfraestructuras y servicios básicos para la integración y desarrolloeconómico del país. El MOPC tiene como objetivo principalfacilitar la infraestructura pública de su competencia y establecernormas al respecto que sean de utilidad a la producción,comercialización y consumo del país.

Artículo 2º. Compromiso con los objetivos misionales de laInstitución. El Ministro y su Equipo Directivo se comprometena orientar todas sus actuaciones en el ejercicio de la funciónpública hacia el logro de los objetivos institucionales que laConstitución y las Leyes han definido para el MOPC.

Artículo 3º. Principios Éticos. Los principios éticos del MOPCson:

1. El interés general prevalece sobre el interés particular.2. Los bienes públicos son sagrados.3. La principal finalidad del Estado es contribuir al mejoramiento

de los servicios y de las condiciones de vida de toda lapoblación.

4. La función primordial del servidor público es la de servira la ciudadanía.

5. La administración de recursos públicos implica informar ala ciudadanía sobre su utilización y los resultados de lagestión.

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6. Los ciudadanos tienen derecho a participar en lasdecisiones públicas que los afecten.

Artículo 4º. Valores Institucionales. Los valores éticos queinspiran y soportan la gestión del MOPC son:

• Transparencia• Integridad• Responsabilidad• Servicio• Respeto• Equidad

Artículo 5º. Grupos de Interés de la Institución. El MOPCreconoce como sus grupos de interés a la ciudadanía, loscontratistas, los organismos de control, las demás InstitucionesPúblicas, los funcionarios públicos, los gremios económicos ylas organizaciones sociales, así como los organismos financierosinternacionales y de todos aquellos que promueven la integraciónregional.

TÍTULO II

DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LAADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICASY COMUNICACIONES

CAPÍTULO PRIMERO:POLÍTICAS PARA LA DIRECCIÓN DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 6º. Directivos responsables de las Políticas de BuenGobierno. Se consideran Directivos con responsabilidad especialen la aplicación de las Políticas de Buen Gobierno al Ministroasí como a los Viceministros y a los Directores. Para la evaluacióny control de su actividad, están sometidos al control social,

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político, fiscal y disciplinario, (interno y externo) que evalúa eldesempeño garantizando la eficiencia y eficacia en la gestiónadministrativa.

Artículo 7º. Compromiso con los Fines del Estado. El MOPC,enmarcado en la función pública que cumple, tiene como finprincipal lo establecido por la Ley Nº 167/93 y demás cuerposlegales.

Para cumplir con tal cometido, el Ministro y su Equipo Directivose comprometen a administrar la Institución bajo los preceptosde la integridad y la transparencia, gestionar eficientemente losrecursos públicos, informar sobre la gestión, ser eficaces en larealización de sus fines, coordinar y colaborar con los demásentes públicos y responder efectivamente a las necesidades dela población. Para ello llevará a cabo las siguientes prácticas:

a. Establecer las políticas necesarias para cumplir los finesinstitucionales;

b. Asegurar que se cumplan las políticas trazadas;c. Cumplir las disposiciones constitucionales y legales;d. Ejecutar eficientemente su plan estratégico.

Artículo 8º. Compromisos con la gestión. El Ministro y su EquipoDirectivo se comprometen a destacarse por su competencia,integridad, transparencia y responsabilidad pública en el ejerciciode su cargo, guiando las acciones de la Institución hacia elcumplimiento de su misión en el contexto de los fines socialesdel Estado, formulando las políticas públicas o accionesestratégicas y siendo responsables por su ejecución.

Artículo 9º. Responsabilidad con el Acto de Delegación. Cuandoel Ministro o un miembro del Equipo Directivo deleguendeterminadas funciones, ello no les eximirá de las obligacionesque asumieron como servidores públicos. Los derechos y

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obligaciones del delegado serán establecidos por escrito,obligándose el delegante a mantenerse informado del desarrollode los actos delegados, impartir orientaciones generales sobreel ejercicio de las funciones delegadas así como también establecersistemas de control y evaluación periódica de las mismas.

CAPÍTULO SEGUNDO:POLÍTICAS DE RELACIÓN CON LOS ÓRGANOS DE CONTROLEXTERNO

Artículo 10º. Los órganos de control y vigilancia externos delMinisterio son la Contraloría General de la República, la AuditoríaGeneral del Poder Ejecutivo, el Congreso Nacional, el MinisterioPúblico, la ciudadanía y los medios de comunicación.

Artículo 11º. Políticas frente al Control Externo de la Institución.El Ministro y su Equipo Directivo se comprometen a mantenerrelaciones armónicas con los Órganos de Control externos citadosen el Art. 10º y a suministrarles la información que legalmenterequieran, en forma oportuna, completa y veraz para que puedandesempeñar eficazmente su labor. Igualmente se comprometena evaluar las acciones de mejoramiento institucional que losórganos de control recomienden en sus respectivos informes.

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TÍTULO III

DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA GESTIÓNDE LA INSTITUCIÓN

1. POLÍTICAS PARA EL DESARROLLOADMINISTRATIVO

CAPTULO PRIMERO:POLÍTICAS PARA LA GESTIÓN ÉTICA

Artículo 12º. Compromiso con la integridad. Los Directivos del MOPC manifiestan su clara disposición a autorregularse en elejercicio de la función pública que les corresponde, para lo cualse comprometen a encaminar sus actividades de conformidadcon los principios enunciados en la Constitución, las demásnormas vigentes, las Políticas de Buen Gobierno y el Código deÉtica, orientándose hacia una gestión íntegra, basada en principiosy valores éticos, frente a todos sus grupos de interés.

Artículo 13º. Compromiso para la promoción de prácticaséticas. El MOPC se compromete a promover prácticas éticascomo estrategia de lucha contra la corrupción, para lo cualcreará compromisos tendientes a lograr este objetivo por partede sus funcionarios y contratistas.

La Institución se compromete a emitir, promover y gestionar laadopción de políticas, prácticas y acciones éticas por parte detodo el conjunto de su funcionariado así como a sus proveedoresy contratistas, vinculando a la Contraloría General de la Repúblicay a la Sociedad Civil en las acciones pertinentes que se programenpara la consolidación de una gestión íntegra y transparente.

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En el desarrollo de esta política de promoción de prácticas éticas,la Institución vinculará a la ciudadanía por medio del apoyo alas contralorías ciudadanas para el control social de la gestión.

Artículo 14º. Acciones para la integridad y la transparencia. ElMOPC está en contra de toda práctica corrupta. Para prevenir,combatir e impedir estos fenómenos, adoptará como mínimolas siguientes medidas:

a. Guiar sus actuaciones orientadas por los principios éticos establecidos en el Código de Ética;b. Dar publicidad a la promulgación de normas éticas y advertir

sobre la determinación inquebrantable de cumplirlas en elgiro ordinario de sus actividades;

c. Garantizar que todos los procedimientos sean claros, equitativos, viables y transparentes;d. Denunciar las conductas irregulares de sus funcionarios,

tanto para que las Instituciones competentes conozcan delos hechos, como para que la sociedad esté al tanto delcomportamiento de sus servidores;

e. Capacitar a los funcionarios de todos los niveles en materiade ética pública y responsabilidad social;

f. Informar a la Ciudadanía y demás grupos de interés,garantizando la disposición al público de la informaciónno confidencial de la Institución;

g. Hacer de la contratación estatal un proceso basadoestrictamente en el cumplimiento de las leyes y normasvigentes; publicar la contratación de servicios y la adquisiciónde bienes de acuerdo con lo prescrito por la legislaciónvigente, el Código de Ética y estas Políticas de Buen Gobiernoy establecer mecanismos de seguimiento a los contratos.

Artículo 15º. Colaboración Interinstitucional en la promociónde prácticas éticas. El MOPC, a fin de combatir la corrupción,se compromete a mejorar los sistemas de comunicación e

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información, sosteniendo una comunicación fluida con otrasinstituciones públicas, privadas y gremiales y estableciendopactos éticos frente al desempeño de la función administrativay la contratación estatal, con el gran objetivo de construir cadenaséticas que vayan configurando unas buenas prácticas de integridad,transparencia y eficiencia en el ejercicio de la función pública.

Artículo 16º. Compromiso en la protección de la propiedadintelectual y derechos de autor. El MOPC velará por el respetode las normas sobre protección a la propiedad intelectual y losderechos de autor, estableciendo una política antipiratería. Enella la Institución se compromete a excluir de su seno el uso decualquier tipo de software o archivo de audio y video que nocuenten con la licencia respectiva.

CAPÍTULO SEGUNDOPOLÍTICAS DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO

Artículo 17º. Compromiso con la Protección y el Desarrollodel Talento Humano. El MOPC se compromete con el desarrollode las competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de susfuncionarios, determinando políticas y prácticas de gestiónhumana que deben incorporar los derechos y deberesconstitucionales para garantizar la justicia, equidad, imparcialidady transparencia al realizar los procesos de admisión,mantenimiento y desarrollo. En este sentido, la Instituciónpropenderá por la vinculación de los más capaces e idóneos.

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CAPÍTULO TERCEROPOLÍTICAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN

Artículo 18º. Compromiso con la Comunicación Pública. ElMOPC se compromete al respeto de la libertad de expresión yde prensa, de opinión de las personas y a no aplicar restriccionesen la difusión de la información generada a nivel institucional,tal como está consagrada en la Constitución Nacional. LaInstitución se compromete a asumir la comunicación y lainformación como bienes públicos, a conferirles un carácterestratégico y orientarlas hacia el fortalecimiento de la identidadinstitucional y a la expansión de la capacidad productiva de losmiembros de la Institución. El cumplimiento de sus accionescomunicativas se efectuará de acuerdo con las políticas decomunicación que se establezcan en coordinación con el EquipoDirectivo.

Artículo 19º. Compromiso con la Comunicación Institucional.La comunicación institucional estará orientada a la construccióndel sentido de pertenencia y al establecimiento de relacionesde diálogo y colaboración entre los funcionarios de la Institución,para ello, la Administración del MOPC establecerá procesos ymecanismos comunicativos que garanticen la interacción y laconstrucción de visiones comunes.

Artículo 20º. Compromiso de Confidencialidad. El MOPC secompromete a la no censura previa de la información institucional,pero con una clara recomendación a todos los funcionarios quemanejen información privilegiada que es reservada de laInstitución, de la no difusión y/o publicación a terceros sin antesrealizar las consultas correspondientes con el Equipo Directivo,a los efectos de precautelar los intereses generales de la población.Asimismo, ninguno de los grupos de interés podrá directa oindirectamente utilizar información privilegiada y confidencialde la Institución para sus propios intereses.

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Artículo 21º. Compromiso con la Circulación y Divulgación dela Información. El MOPC se compromete a establecer unapolítica de información hacia sus grupos de interés: gremios,medios de comunicación, sociedad, organizaciones civileslocales e inclusive internacionales. Con este fin se adoptaránmecanismos adecuados para que la información institucionalllegue a todos ellos de manera oportuna, actualizada, clara,veraz y confiable, bajo políticas efectivas de producción, manejoy circulación de la información, para lo cual se adoptarán losmecanismos de información a los cuales haya acceso, de acuerdocon las condiciones de la comunidad a la que va dirigida.

Artículo 22º. Compromiso con el Gobierno en Línea. El Ministroy su Equipo Directivo se comprometen a poner especial interésen la aplicación efectiva del gobierno en línea, a través de laimplantación de las acciones necesarias para implementar y/omantener actualizada la página WEB de la Institución, con lamás completa información sobre la marcha de la administraciónen cuanto a procesos y resultados de la contratación, estadosfinancieros, concursos para proveer cargos, plan estratégico,avances en el cumplimiento de metas y objetivos del planestratégico, indicadores de gestión, informes de gestión,licitaciones y contrataciones, servicios que la Institución prestaa la ciudadanía, forma de acceder a ellos y funcionamientogeneral de la Institución, entre otros.

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CAPÍTULO CUARTOPOLÍTICAS DE CALIDAD

Artículo 23º. Compromiso con la Calidad. El MOPC secompromete a orientar su gestión a la generación de bienes y/oservicios de calidad para la comunidad, para lo cual promoverála implantación de un Sistema de Gestión de Calidad basado enprocesos y orientado a la mejora continua de la gestióninstitucional.

2. POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CAPÍTULO QUINTOPOLÍTICAS FRENTE A LA COMUNIDAD

Artículo 24º. Compromiso con la Comunidad. El MOPC orientarátodas sus actuaciones hacia el bienestar social de la comunidad,para lo cual propenderá por el mejoramiento de la calidad devida de la población, especialmente de la más vulnerable,estimulando la participación ciudadana, estableciendo políticasde mejoramiento en inversión física de acuerdo con la estrategiade integración regional emanada del Gobierno Nacional.

Artículo 25º. Información y Comunicación con la Comunidad.Los estados e informes económicos, financieros, contables y degestión presentados por la institución a los respectivos entes deregulación y control, así como cualquier otra informaciónsustancial, serán dados a conocer a la población en general através de los medios de información necesarios, sin restricciones.Esos documentos estarán disponibles para la comunidad, quetiene derecho a informarse permanentemente de todos los hechosque ocurran dentro de la Institución y que no sean materia dereserva. De igual manera se publicarán los informes yrecomendaciones que los órganos de regulación y control

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presenten a la Institución respecto a su gestión y mejoramientocontinuo. Los medios de información que podrán utilizarse parael cumplimiento de estas metas son, entre otros: Oficina deAtención a la Ciudadanía, boletines informativos, revistas,volantes, trípticos, folletos o circulares, periódicos, emisorasradiales, canales de televisión, línea telefónica gratuita, correoelectrónico y página Web.

Artículo 26º. Informe a la Ciudadanía sobre avance del PlanEstratégico. El MOPC se compromete a emitir un informe sobrela gestión por lo menos una vez al año, con el objeto de informara la ciudadanía sobre el proceso de avance y cumplimiento delas metas contenidas en el plan estratégico de la institución yde la forma como se está ejecutando el presupuesto de la misma.El mecanismo preferente serán las audiencias públicas, conparticipación de la prensa, con el fin de que la actividad puedallegar a todos los ciudadanos interesados. Para el efecto secompromete a poner al alcance de los interesados la informaciónnecesaria como mínimo con quince (15) días de anticipacióna la realización de la audiencia, a través de la página Web.

Artículo 27º. Atención de Quejas y Reclamos. El MOPC instauraráuna Oficina de Atención a la Comunidad, en la cual ésta podrápresentar quejas, solicitudes, reclamaciones, consultas einformaciones referentes a la administración, a las que se lesdará oportunamente una respuesta. Esta oficina contará con unprocedimiento claro y público; en ella reposará un ejemplar delas Políticas de Buen Gobierno y del Código de Ética para suconsulta permanente por parte de todos los interesados.

Artículo 28º. Contraloría Social. El MOPC promoverá laparticipación de la ciudadanía, organizaciones sociales ycomunitarias, usuarios y beneficiarios, contralorías y comités devigilancia, entre otros, para prevenir, racionalizar, proponer,acompañar, vigilar y controlar la gestión pública, sus resultados

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y la prestación de los servicios suministrados por el Estado,garantizando la gestión al servicio de la comunidad. Así mismose compromete a facilitar de manera oportuna la informaciónrequerida por la ciudadanía para el ejercicio de la contraloríaciudadana.

CAPÍTULO SEXTOPOLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD FRENTE AL MEDIOAMBIENTE

Artículo 29º. Responsabilidad con el Medio Ambiente. El MOPCse compromete a promover y practicar una política desostenibilidad ambiental, de acuerdo a las normativas vigentes en materia medio ambientales, para lo cual realizará programasde protección de la diversidad de fauna y flora y del medioambiente en general. Con dicho fin, la institución se comprometea establecer lineamientos en esta materia que comprendan:mecanismos de educación y promoción medioambiental consus funcionarios y con las comunidades en el uso de tecnologíaslimpias, manejo de desechos y uso de recursos no renovables.

3. POLÍTICAS FRENTE A LOS OTROS GRUPOSDE INTERÉS

CAPÍTULO SÉPTIMOPOLÍTICAS SOBRE CONFLICTOS DE INTERESES

Artículo 30º. Compromiso frente a los Conflictos de Intereses.El MOPC se compromete a aplicar en forma permanente lossiguientes lineamientos que garantizan la prevención de losConflictos de Intereses.

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Artículo 31º. Prácticas que deben evitarse para la prevenciónde Conflictos de Intereses. El MOPC rechaza, condena y prohíbeque el Ministro y su Equipo de Directivos, miembros de comitésespeciales, funcionarios y todos aquellos vinculados con laInstitución incurran en cualquiera de las siguientes prácticas:

a. Recibir remuneración, dádivas o cualquier otro tipo decompensación en dinero o especie por parte de cualquierpersona jurídica o natural, en razón del trabajo o servicioprestado a la institución o a sus grupos de interés;

b. Otorgar compensaciones no autorizadas por las normaspertinentes;

c. Utilizar indebidamente información privilegiada oconfidencial para obtener provecho o salvaguardar interesesindividuales propios o de terceros;

d. Realizar proselitismo político o religioso aprovechando sucargo, posición o relaciones con la institución, no pudiendocomprometer recursos económicos para financiar campañaspolíticas;

e. Todas aquellas prácticas que atenten contra la integridady la transparencia de la gestión de la institución y en contradel buen uso de los recursos públicos;

f. Todo tráfico de influencias para privilegiar trámites;g. Utilizar los bienes del MOPC para actividades particulares.

Artículo 32º. Deberes del Equipo Humano Relacionados conlos Conflictos de Intereses. Sin perjuicio del establecimientode otros, los deberes de los funcionarios públicos del MOPCson:

a. Revelar a tiempo y por escrito a los entes competentescualquier posible conflicto de interés que crea tener;

b. Contribuir a la adecuada realización de las funcionesencomendadas a los órganos de control interno y externode la Institución;

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c. Guardar y proteger la información que la normatividadlegal haya definido como de carácter reservado de laInstitución;

d. Contribuir a que se le otorgue a todos los ciudadanos yhabitantes del territorio nacional un trato equitativo y aque se les garanticen sus derechos.

Artículo 33º. Prohibiciones para el Personal sobre Conflictosde Intereses. Sin perjuicio de la ampliación de estasprohibiciones, el personal del MOPC se abstendrá de utilizarlas siguientes prácticas en su accionar diario:

a. Utilizar indebidamente información privilegiada yconfidencial en contra de los intereses de la administración;

b. Realizar actividades que atenten contra los intereses dela administración;

c. Entregar dádivas a otros funcionarios públicos a cambiode cualquier tipo de beneficios;

d. Utilizar los recursos de la Institución para labores distintasde las relacionadas con su actividad ni encausarlos enprovecho personal o de terceros;

e. Aceptar, para sí o para terceros, donaciones en dinero oespecie por parte de proveedores, contratistas o cualquierpersona relacionada o no con la administración, o depersonas o instituciones con las que la Institución sostengarelaciones en razón de su actividad, que conlleve a generarcualquier clase de compromiso no autorizado.

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CAPÍTULO OCTAVOPOLÍTICAS CON LOS CONTRATISTASPOLÍTICAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Artículo 34º. Compromiso con la transparencia en laContratación Pública. El MOPC dará cumplimiento formal yreal a las normas sobre Contratación Pública, para lo cual secompromete a observar las disposiciones legales con prontitud,exactitud y diligencia, de modo que la información sobre lascondiciones y procesos contractuales sea entregada a losinteresados oportuna, suficiente y equitativamente y a que lasdecisiones para otorgar los contratos se tomen sin ningún tipode sesgos o preferencias, sino de manera exclusiva con base enel análisis objetivo de las propuestas presentadas por losparticipantes.

CAPÍTULO NOVENOPOLITICAS CON LOS GREMIOS ECONÓMICOS

Artículo 35º. Transparencia y corresponsabilidad. El MOPCfomentará pactos éticos entre los sectores privado y públicosobre contratación estatal. Adicionalmente, bajo el criterio decorresponsabilidad social, promoverá acciones con los gremiostendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la poblaciónmás vulnerable.

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4. POLÍTICAS FRENTE AL SISTEMA DE CONTROLINTERNO

CAPÍTULO DÉCIMOPOLÍTICAS FRENTE AL CONTROL INTERNO

Artículo 36º. Compromiso frente al Control Interno. El MOPCse compromete a implementar un Sistema de Control Internotomando como base el Modelo Estándar de Control Internopara Entidades Públicas del Paraguay (MECIP), para garantizarel cumplimiento de los objetivos de la Institución, promoviendode manera permanente por parte de todos los funcionariospúblicos la autorregulación, la autogestión, el autocontrol y elmejoramiento continuo.

CAPÍTULO UNDÉCIMOPOLÍTICAS SOBRE RIESGOS

Artículo 37º. Administración de Riesgos. El MOPC secompromete a adoptar una política de administración de losriesgos inherentes a su gestión. Para ello adoptará mecanismosque permitan identificar, valorar, revelar y administrar los riesgospropios de su actividad, acogiendo una autorregulaciónprudencial. La institución determinará su nivel de exposiciónconcreta a los impactos de cada uno de los riesgos para priorizarsu tratamiento y estructurará criterios orientadores en la tomade decisiones con respecto a los efectos de los eventos quepuedan afectar el cumplimiento de los objetivos de la institución.

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TÍTULO IV

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE BUENGOBIERNO

CAPÍTULO PRIMEROCOMITÉ DE BUEN GOBIERNO

Artículo 38º. Composición, Nominación y Período de losMiembros del Comité de Buen Gobierno. En el MOPC seinstaurará un Comité de Buen Gobierno compuesto de tresmiembros.

El Comité de Buen Gobierno estará constituido por unrepresentante de la comunidad empresarial contratante delMOPC y un representante de las agremiaciones de trabajadoresde la institución, más un representante ministerial nominadopor el Ministro.

Los miembros del Comité de Buen Gobierno no pueden ser partede ningún otro Comité en la entidad, durarán dos (2) años ensus funciones, podrán ser reelegidos por un período más pudiendoser reemplazados en cualquier momento por disposición de susrespectivos mandantes.

Se reunirán ordinariamente cada dos (2) meses yextraordinariamente cada vez que sean convocados por elMinistro.

Artículo 39º. Perfil de los Miembros del Comité de Buen Gobiernoy Cumplimiento de sus Funciones. Los miembros del Comité deBuen Gobierno reunirán como mínimo el siguiente perfil:

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a. Tener reconocida calidad moral y ética profesional;b. Gozar de buen nombre y reconocimiento por su idoneidad

profesional e integridad;c. Poseer conocimientos en áreas como la ética, el servicio

público o materias afines a las Políticas de Buen Gobierno.

El Ministro y su Equipo Directivo se comprometen a verificarque los miembros del Comité de Buen Gobierno esténcumpliendo sus responsabilidades con disciplina y rigurosidad.Este compromiso podrá ser delegado en un Directivo que seconsidere afín con la tarea, pero esta delegación administrativano conlleva que quien delega se desprenda de su responsabilidad.

Artículo 40º. Funciones y Atribuciones del Comité de BuenGobierno. En el desarrollo de sus tareas, el Comité de BuenGobierno tendrá las siguientes funciones:

a. Asegurar la difusión de las Políticas de Buen Gobierno yuna adecuada capacitación por parte de los colaboradoresinternos y grupos de interés de la Institución.

b. Monitorear y hacer seguimiento al desarrollo y cumplimientode las Políticas de Buen Gobierno.

c. Realizar seguimiento al comportamiento de losadministradores públicos para asegurar el cumplimientode las Políticas de Buen Gobierno.

d. Resolver controversias sobre interpretación del articuladode las Políticas de Buen Gobierno.

e. Informar por lo menos cada seis (6) meses al Ministro sobrelas tareas que le fueron encomendadas.

f. Elaborar su reglamento de operación.

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CAPÍTULO SEGUNDODE LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Artículo 41º. Resolución de Controversias. Cuando un ciudadanoo cualquier funcionario considere que se ha violado odesconocido lo establecido como Políticas de Buen Gobierno,podrá dirigirse al Comité de Buen Gobierno, radicando sureclamación en la Oficina de Atención a la Comunidad que asu vez la remitirá al Comité de Buen Gobierno, en donde luegose estudiará y responderá la misma.

El Comité de Buen Gobierno se encargará de definir elprocedimiento con el cual se resolverán los conflictos que surjande las Políticas de Buen Gobierno de acuerdo con el eventopresentado. Para la resolución y administración de unacontroversia derivada de la aplicación de las Políticas de BuenGobierno, se atenderán las normas constitucionales, legales yreglamentarias establecidas, los principios éticos asumidos porla institución y el espíritu contenido en las Políticas de BuenGobierno.

CAPÍTULO TERCERODE LOS INDICADORES DE BUEN GOBIERNO

Artículo 42º. Indicadores de Buen Gobierno. El MOPC secompromete a evaluar con una periodicidad anual el desempeñodel buen gobierno en la Institución, para lo cual utilizará lossiguientes índices:

a. Índice de Gestión Ética, para medir el estado de las prácticaséticas de la Institución con sus diferentes grupos de interés,utilizando para el efecto la metodología aplicada para laelaboración de la línea de base sobre el tema.

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b. Índice de Comunicación, para medir los resultados de lacomunicación de la Entidad mediante la aplicación de losinstrumentos de diagnóstico de la comunicación pública.

CAPÍTULO CUARTODE LA ADOPCIÓN, VIGENCIA, DIVULGACIÓN Y REFORMADE LAS POLITICAS DE BUEN GOBIERNO

Artículo 43º. Vigencia de las Políticas de Buen Gobierno.Entrarán en vigencia a partir de su aprobación por ResoluciónMinisterial y su publicación y difusión por los medioscorrespondientes del MOPC.

Artículo 44º. Divulgación de las Políticas de Buen Gobierno.Se divulgarán a los miembros de la Institución y a sus gruposde interés.

Artículo 45º. Reforma de las Políticas de Buen Gobierno. Podránser reformadas por decisión del Ministro, quien informará alComité de Buen Gobierno y a los grupos de interés los cambiosintroducidos a través de canales de comunicación adecuadosy eficaces.

Art. 2º. Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

ROGELIO R. BENÍTEZ VARGAS

Ministro

RRBV/ozg

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