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Bloque I: Contextualización del proceso de enseñanza-aprendizaje b) El sistema educativo español. La etapa de Educación Infantil

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Page 1: Bloque I: Contextualización del proceso de enseñanza ... · –Niveles de concreción curricular El sistema educativo español ... LOMCE. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,

Bloque I:

Contextualización del proceso

de enseñanza-aprendizaje

b) El sistema educativo español.

La etapa de Educación Infantil

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Índice

Legislación – Niveles de concreción curricular

El sistema educativo español – Estructura.

La etapa educativa de infantil – Objetivos

– Áreas

– Funciones

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ESTRUCTURA LOMCE

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ESTRUCTURA LOMCE

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CALENDARIO DE APLICACIÓN LOMCE

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Legislación

LOMCE. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para

la mejora de la calidad educativa.

LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se

establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación

infantil.

DECRETO 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los

contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la

Comunidad de Castilla y León

DECRETO 122/2007, de 27 de diciembre, por el que se establece el

currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad

de Castilla y León.

ORDEN EDU/721/2008, de 5 de mayo, por la que se regula la

implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la

educación infantil en la Comunidad de Castilla y León. 9

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NIVEL 1

GOBIERNO

CENTRAL

Ámbito: estatal

COMUNIDAD

AUTÓNOMA

Ámbito: autonómico

Ley Orgánica de Educación (LOE-LOMCE) Real Decreto de Enseñanzas Mínimas

El gobierno central toma las decisiones comunes para todo el estado.

Decretos de Currículo Otras normas de desarrollo (órdenes, circulares, etc)

Los gobiernos autonómicos desarrollan su propia legislación, toman como base le legislación estatal

NIVEL 2

CENTRO

EDUCATIVO

Ámbito: centro

NIVEL 3

DOCENTE

Ámbito: aula

Proyecto Educativo de Centro En el que se adapta y aplica la legislación a

su realidad.

Programación Unidades Didácticas El docente adapta las directrices del centro a la

realidad del aula, grupo y curso.

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LOE. Art 3. Estructura

1. El sistema educativo se organiza en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de

enseñanza de forma que asegure la transición entre los mismos y, en su caso,

dentro de cada uno de ellos.

2. Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo son las siguientes:

a) Educación infantil.

b) Educación primaria.

c) Educación secundaria obligatoria.

d) Bachillerato.

e) Formación profesional.

f) Enseñanzas de idiomas.

g) Enseñanzas artísticas.

h) Enseñanzas deportivas.

i) Educación de personas adultas.

j) Enseñanza universitaria.

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DE RÉGIMEN ESPECIAL

• Enseñanzas Artísticas

• Enseñanzas de Idiomas

• Enseñanzas Deportivas

DE RÉGIMEN GENERAL

1. Educación infantil

2. Educación primaria

3. Educación Secundaria:

– Educación Secundaria Obligatoria

– Educación Secundaria Postobligatoria:

• Bachillerato

• F. P. de Grado Medio

• Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño de

Grado Medio

• Enseñanzas deportivas de Grado Medio

4. Educación superior:

– F. P. Grado Superior

– Enseñanzas artísticas superiores

– Enseñanzas de Artes Plásticas y

Diseño de Grado superior

– Enseñanzas deportivas de Grado

superior.

– Enseñanzas Universitarias

Art. 3 LOE

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La enseñanza básica comprende la Educación Primaria y

la Educación Secundaria Obligatoria.

La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

La enseñanza básica incluye diez años de escolaridad.

Se iniciará a los seis años de edad y se extenderá hasta

los dieciséis.

No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer

en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta

los dieciocho años de edad

Enseñanza básica Art. 4 LOE

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Educación Infantil

La educación infantil tiene carácter voluntario

Su finalidad es la de contribuir al desarrollo

físico, afectivo, social e intelectual de los niños.

La etapa de educación infantil se organiza en dos ciclos:

– El primero comprende hasta los tres años, y

– el segundo, desde los tres a los seis años de edad.

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Educación Primaria

LOE • La educación primaria comprende seis cursos académicos, que se cursarán

ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.

-Carácter gratuito y obligatorio

• Se organizará en tres ciclos de dos años cada uno

• Las áreas de esta etapa serán:

– Conocimiento del medio natural, social y cultural.

– Educación artística.

– Educación física.

– Lengua castellana

– Lengua extranjera.

– Matemáticas.

• En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, se añadirá la de educación para

la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la

igualdad entre hombres y mujeres.

• En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una

segunda lengua extranjera.

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LOMCE - ED. PRIMARIA

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Educación Secundaria Obligatoria

LOE

La etapa de educación secundaria obligatoria comprende

cuatro cursos, que se seguirán ordinariamente entre los

doce y los dieciséis años.

La finalidad de la educación secundaria obligatoria es:

– lograr que adquieran los elementos básicos de la cultura

– desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo

– prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para

su inserción laboral

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El Bachillerato tiene como finalidad:

– proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana

– conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones

sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.

– capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior

• El Bachillerato comprenderá dos cursos académicos.

Los alumnos podrán permanecer cursando el Bachillerato en

régimen ordinario durante cuatro años.

Bachillerato

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Podrán cursar la formación profesional:

– De grado medio quienes se hallen en posesión del título de

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

– De grado superior quienes se hallen en posesión del título

de Bachiller.

La formación profesional comprende el conjunto de acciones

formativas que:

-capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones

-el acceso al empleo

-la participación activa en la vida social, cultural y económica.

Formación Profesional

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA----LOMCE

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EDUCACIÓN INFANTIL

OBJETIVOS (Art.12 LOE)

a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de

acción y aprender a respetar las diferencias.

b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.

c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.

d) Desarrollar sus capacidades afectivas.

e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas

elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en

la resolución pacífica de conflictos.

f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y

formas de expresión.

g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura

y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

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ÁREAS DECRETO 12/2008 - DECRETO 122/2007

1-Conocimiento de sí mismo y autonomía personal.

2-Conocimiento del entorno.

3-Lenguajes: Comunicación y representación.

– Las áreas deberán concebirse con un criterio de globalidad.

Los contenidos educativos se abordarán por medio de actividades

globalizadas que tengan interés y significado para los niños.

– Las situaciones de rutinas de la vida diaria en los centros constituirá

el eje vertebrador de dichas actividades.

– Los métodos de trabajo se basarán en las experiencias, las actividades

y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, garantizando

el pleno respeto al ritmo de desarrollo de cada niño.

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FUNCIONES DE LA ED. INFANTIL

Función educativa: para contribuir al desarrollo integral del alumno

(físico, intelectual, social y afectivo).

Función preventiva: para evitar que afloren, a edades tempranas

posibles dificultades en el aprendizaje.

Función compensadora: los niños socialmente desfavorecidos

pueden sufrir un considerable retraso en su desarrollo que es

necesario compensar con su llegada a la escuela. El centro educativo

se perfila así como escenario idóneo para la compensación de estas

desigualdades.

Función integradora: facilita la integración de los niños con

necesidades educativas especiales. Más que fijarse en el déficit del

niño se ha de destacar el potencial educativo que toda persona posee.

Función socializadora: centrada en procurar la satisfacción de las

necesidades de los alumnos, dado que estos necesitan adquirir, desde

la infancia, la cultura de su comunidad y sus condiciones sociales

para desarrollar así la autonomía y conseguir su autorrealización.