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BASES GENERALES CONCURSO DE PROMOCIÓN DE LA PLANTA DE PROFESIONALES Y DIRECTIVOS AÑO 2014
I.- ANTECEDENTES GENERALES.
Las siguientes bases regularán el llamado a concurso interno del año 2014 para la promoción de los (as) funcionarios (as) titulares afectos a la ley N° 18.834/89, pertenecientes a la Planta de Profesionales y Directivos del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este proceso se rige esencialmente por lo señalado en el Art. 81° del Decreto Ley Nº 2.763/79, que se introdujo a través de la ley N° 20.209/07. Los cargos con grados de inicio de la planta, seguirán siendo regulados por las reglas generales establecidas en la Ley Nº 18.834.
Las bases y condiciones en que se efectúa este concurso, son obligatorias para la autoridad que llama a concurso y deben aplicarse sin discriminación a todos los postulantes. II.- FUENTES LEGALES DEL CONCURSO.
Artículo 81º de la Ley Nº 19.937.
Decreto Supremo N° 69 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
D.F.L. Nº 35 de 2008 del Ministerio de Salud, que fija la Planta de personal para el Servicio de Salud Metropolitano Norte y establece los requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos.
Artículo 53º de la Ley Nº 18.834.
Ley N° 19.653 sobre Probidad Administrativa. III.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ACTIVIDADES FECHAS Aprobación de Bases mediante resolución 10 de marzo 2014 Entrega de Bases a postulantes 11 de marzo al 31 de marzo Recepción de antecedentes 11 de marzo al 31 marzo Constitución del Comité de Selección 3 de abril Análisis y evaluación de antecedentes 3 de abril al 14 de abril Publicación resultados preliminares 15 de abril al 29 de abril Recepción de apelaciones 30 de abril al 7 de mayo Resolución de apelaciones 8 de mayo al 12 de mayo Publicación resultados definitivos 13 de mayo al 20 de mayo Ofrecimiento y Aceptación de Grados 22 de mayo al 4 de junio Emisión de Resolución de Promoción 5 de junio al 6 de junio
Asunción del Cargo A la Fecha de Resolución que dispone el nombramiento
Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas Subdepartamento de Gestión de las Personas IC.BFV/IC.JST/jst
FOLIO Nº______________/ Nº Interno ____________/
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IV.- CARGOS VACANTES A PROMOCIONAR
Los (as) funcionarios (as), en un solo acto deberán postular a los cargos de los cuales cumplan con los requisitos legales, sin especificar grados determinados.
1) PLANTAS DIRECTIVOS
Grado EUS vacante
Nº Cargos Grados que pueden participar según art. 81º del Ley 19.937
06 1 07 - 08º - 09 09 1 10º - 11º - 12º 10 2 11º - 12º - 13º
TOTAL 4
2) PLANTA PROFESIONALES
Grado EUS vacante
Nº Cargos Grados que pueden participar según art. 81º del Ley 19.937
7º 1 8º al 10º 8º 4 9º al 11º 9º 8 10º al 12º
10º 8 11º al 13º 11º 1 12º al 14º 12º 3 13 al 15º 13º 1 14º al 16º 14º 17 15º al 17º
TOTAL 43 Los cargos que queden vacantes en el período de vigencia de las presentes Bases, se
promocionarán en el siguiente Concurso de Promoción.
V.- REQUISITOS EXIGIBLES DE LOS CARGOS A PROMOCIONAR
1) Requisitos Generales de los cargos llamados a Concurso:
a) Los funcionarios, en un solo acto, deberán postular a la Planta respecto de la cual cumplan con los requisitos legales, sin especificar grados determinados dentro de ella.
b) En este Concurso podrán participar los funcionarios titulares de la Planta de Directivos de Carrera y de la Planta de Profesionales Ley Nº 18.834 regidos por el D.F.L Nº 35/ 2008 que se ubiquen en los grados inferiores según lo señalado en la tabla de cargos vacantes que se indican en el punto anterior, siempre que cumplan además con los siguientes requisitos:
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PLANTA DE DIRECTIVOS:
Cargo
Grado
Requisitos
Directivo
6 al 10 y 12
Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años, en el sector público o privado.
Directivo 14 y 17
i) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente o,
ii) Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por este y acreditar una experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior no inferior a tres años, en el sector público o privado.
PLANTA DE PROFESIONALES:
Cargo Grado
Requisitos
Profesional
5 al 7
i) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años, en el sector público o privado; o,
ii) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años, en el sector público o privado.
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Cargo Grado
Requisitos
Profesional
8 al 11
i) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a un año, en el sector público o privado; o,
ii) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años, en el sector público o privado.
Profesional 12 al 17
Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
3) Inhabilidades para participar en este proceso:
No podrán postular en el concurso interno de promoción los funcionarios (as) que:
1) No hubiesen sido calificados en lista 1 ó 2 de Mérito o buena en el periodo inmediatamente anterior.
2) No hubiesen sido calificados en dos periodos consecutivos. Exceptuase lo dispuesto en la Ley N° 19.296, respecto de los funcionarios que sean Directores de alguna asociación de funcionarios (as) u otras determinadas por Ley o Reglamentos.
3) Hubiesen sido objeto de la medida disciplinaria de censura, mas de una vez en los doce meses anteriores al 31 de Diciembre 2013
4) Hubiesen sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores al 31 de Diciembre 2013
VI.- DE LAS REGLAS GENERALES QUE RIGEN ESTE PROCESO:
1) Los (as) funcionarios (as) deberán cumplir con los demás requisitos establecidos en las presentes Bases de este concurso.
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2) Las certificaciones, formularios o documentos solicitados, deben ser presentados en original o dejar fotocopias simples de los mismos. El funcionario administrativo receptor las cotejará y luego devolverá los documentos originales a los interesados, entendiéndose que ha efectuado tal cotejo por el solo hecho de estampar en la fotocopia el timbre de recepción, la fecha, su nombre y firma.
3) Se adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la objetividad, transparencia,
no discriminación e igualdad de condiciones para con los postulantes. No podrán producirse distinciones, exclusiones o aplicarse preferencias basadas en motivos de etnia, color, sexo, estado civil, sindicación, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades ante el empleo.
4) Con todo, las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en calificaciones
exigidas, es decir, requisitos específicos para un determinado cargo, no serán consideradas discriminación.
VII.- PROCEDIMIENTO DE POSTULACIÓN:
1) Las Bases estarán disponibles en las Oficinas de Recursos Humanos de los Establecimientos dependientes de este Servicio de Salud: Complejo Hospitalario San José, Hospital Roberto del Río, Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, Instituto Nacional del Cáncer”, Hospital de Til Til y en el Subdepartamento de Gestión de las Personas del Servicio de Salud Metropolitano Norte, ubicado en calle Maruri N° 272, 4° piso, Comuna de Independencia, a contar del 10 de marzo de 2014, y en formato digital en la página web del Servicio de Salud Metropolitano Norte y en las de cada Establecimiento.
2) En el caso que el postulante estuviese impedido de presentar personalmente su
postulación, podrá hacerlo a través de una persona debidamente autorizada, mediante un poder simple.
3) Los (as) interesados (as) o personas autorizadas, deberán presentar, debidamente
ordenados, conforme a los factores de evaluación: i. Formulario de Postulación (Anexo 1 y 2),
ii. Relación años de Servicios y otros certificados que acrediten tiempo servido en otras Instituciones públicas.
iii. Certificado de Antigüedad en los Servicios de Salud Metropolitano Norte y antecesores legales.
iv. Cursos de Formación Educacional y/o Capacitación, v. Última calificación obtenida,
vi. Certificados que acrediten funciones de Administración, participación en Comités, etc. (Anexo 3)
Al momento de entregar los antecedentes, deberán presentarse 2 copias del formulario
de postulación señalando claramente los documentos que el postulante acredita
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para el desarrollo del concurso. Una de estas copias se timbrará y se entregará al postulante, lo cual certificará los antecedentes presentados. La copia con los antecedentes quedará en poder de la Comisión. Además debe señalar claramente a los cargos que postula
IMPORTANTE: Los antecedentes deberán entregarse sólo bajo el orden descrito según
hojas anexas Nºs. 1, 2 y 3. 4) Todos los certificados y antecedentes presentados deberán ser originales o copias
autorizadas por el Ministro de Fe con la firma, nombre, fecha y timbre de recepción del funcionario (a) designado por las distintas Subdirecciones de Recursos Humanos para este efecto.
5) La recepción de antecedentes solo se efectuará en el Subdepartamento de Ciclo
de Vida Laboral del Servicio de Salud Metropolitano Norte, calle Maruri N° 272, 4° piso, Comuna de Independencia, hasta el día 31 de marzo en horario de Oficina de 8:30 a 17:00 Horas.
6) Vencido el plazo de postulación, los postulantes no podrán agregar nuevos
antecedentes ni retirar los documentos, salvo que se desistan de la postulación. VIII.- PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN: 1.- De la Comisión de Selección
a) El Comité de Selección estará constituido conforme a lo establecido en el Art. 21º de la Ley Nº 18.834, es decir, por las 5 mayores jerarquías con excepción del Jefe de Servicio, más el jefe de personal o quien haga sus veces y un representante de FENPRUSS con derecho a voz
b) En el Caso de ausencia por causa legal o reglamentaria de algún integrante de la
Comisión de Selección, asumirá el funcionario que siga en la jerarquía en orden decreciente.
c) El Comité de Selección podrá funcionar siempre que concurran más del 50% de sus integrantes, sin incluir al Secretario de la Comisión, quien siempre lo integrará. Los acuerdos del Comité se adoptarán por simple mayoría y se dejará constancia de ellos en un Acta. Los empates los dirimirá el Presidente de la Comisión.
d) No podrá integra este Comité las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos,
adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y 2° de afinidad inclusive, con uno o más de los postulantes.
e) Este Comité podrá solicitar las opiniones técnicas que estime necesarias a las
personas o entidades que tenga competencia en la materia consultada.
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f) Serán funciones del Comité de Selección: 1. Verificar si los postulantes cumplen con los requisitos exigidos en las presentes
bases, debiendo levantar acta con la nomina de los postulantes aceptados y/o rechazados y cualquier situación relevante relativa al concurso. Asimismo, disponer la notificación de las personas que se hubieren rechazado, indicando la causa de ello y devolviendo los antecedentes presentados.
2. Rechazar las postulaciones que se encuentren sujetas a alguna de las inhabilidades indicadas en estas bases o que no cumplan con los requisitos generales y específicos establecidos en las Bases de Concurso, para cada cargo y/o grado postulado.
3. Acordar los criterios complementarios en los rubros que se deberá calificar en conciencia, los que deberán quedar fijados en la primera sesión.
4. Evaluar los antecedentes de los postulantes y asignar los puntajes correspondientes.
5. Verificar la autenticidad de los documentos y la fidelidad de los antecedentes presentados por los postulantes, en los casos que se estime necesario.
6. Confeccionar y publicar un listado provisorio de puntaje. 7. Confeccionar y publicar listado definitivo de puntaje. 8. Remitir listado de puntaje provisorio y definitivo, además de las actas por cada
sesión de trabajo, al Director de Servicio.
g) Las actas y todos los antecedentes del concurso quedarán bajo la custodia de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas.
h) Los nombres y cargos del Comité de selección se informarán mediante resolución al
momento de la constitución de este, 3 de abril, según cronograma de actividades.
2.- De la forma en que se ejecutará la Promoción.
a) En el concurso será promovido al cargo vacante el (la) funcionario (a) que obtenga
el mayor puntaje y reúna los requisitos exigidos en el DFL. 35/08. b) La provisión de los cargos vacantes se hará mediante un proceso de
multiconcursabilidad, debido a que los (las) funcionarios (as) podrán postular a uno o más grados. Procediéndose a efectuar la provisión de los cargos vacantes de cada grado en orden decreciente, conforme al puntaje obtenido por los postulantes.
c) Las vacantes que se produzcan por efecto de la provisión de los cargos, conforme
al párrafo anterior, se proveerán de ser posible, en acto seguido, como parte del mismo concurso y siguiendo, iguales reglas.
d) En caso de producirse empate, los (as) funcionarios (as) serán designados
conforme al resultado de la última calificación obtenida, y en el evento de
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mantenerse la igualdad, decidirá el Director del Servicio de Salud, utilizando los siguientes criterios: 1. Antigüedad en la planta profesional y/o directivo en el Sistema de Salud o
antecesores legales, en calidad de planta o a contrata, expresada en años, meses y días, al 31 de Diciembre 2013
2. Antigüedad en la planta profesional y/o directivo del Servicio de Salud Metropolitano Norte, en calidad de planta o a contrata expresado en años, meses y días, al 31 de Diciembre 2013
3. Antigüedad en la planta profesional y/o directivo de la Administración del Estado, expresada en años, meses y días, al 31 de Diciembre 2013
4. Antigüedad en el grado profesional y/o directivo de la Administración del Estado, expresada en años, meses y días, al 31 de Diciembre 2013
5. Promedio de las dos últimas calificaciones, considerando dos decimales. e) El concurso podrá ser declarado total o parcialmente desierto por falta de
postulantes idóneos. Se entiende que existe tal circunstancia, cuando ninguno de los postulantes alcanza el puntaje mínimo definido para este concurso, respecto del cargo a proveer.
IX.- DE LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJES A LOS FACTORES Y DE LOS PUNTAJES MÍNIMOS EXIGIDOS: 1.- Del rango de los puntajes y de los puntajes máximos y mínimos a obtener en la evaluación de los antecedentes:
a) El rango del puntaje va desde 0 puntos (que es el puntaje más bajo de la escala), al puntaje máximo de 100 para cada Factor a evaluar.
b) El puntaje mínimo para ser considerado postulante idóneo será de 30 puntos ponderada de todos los factores; mientras que el puntaje máximo asignable serán 100 puntos ponderados.
Factores Puntaje (Máx) Ponderación a. Capacitación Pertinente 100 puntos. 25 %
b. Evaluación de Desempeño 100 puntos. 25 %
c. Experiencia Calificada 100 puntos. 25 %
d. Aptitud para el Cargo 100 puntos. 25 % X.- EVALUACIÓN
A.-FACTOR DE CAPACITACIÓN PERTINENTE Puntaje Máximo: 100/ Ponderación: 25%
En este Factor se considerará la cantidad de horas pedagógicas de Capacitación pertinente con y sin evaluación, que el postulante haya efectuado durante los últimos 3 años hasta el 31 de Diciembre 2013 (a partir de la fecha del Certificado correspondiente).
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Serán consideradas como pertinentes, todas aquellas que se relacionen directamente con la función del cargo en el cual concursa y que se encuentren respaldadas en los Programas Anuales de Capacitación (PAC) de formación, perfeccionamiento o capacitación. Para ello se considerarán los certificados otorgados por el Servicio, Universidades e Instituciones Públicas y Privadas debidamente acreditadas, los que deberán ser originales o copias validadas por el Ministro de fe designado por la Subdirección de Recursos Humanos de cada Establecimiento.
Las certificaciones deberán ser emitidas por los Jefes de Recursos Humanos, Jefes de Capacitación y de Personal de los Establecimientos y/o de la Dirección de Servicio para la acreditación de:
a) Asistencia a Cursos, Congresos, Talleres, Seminarios, Diplomados, etc., cuando el certificado no indique o registre horas: se considerarán 4 horas pedagógicas por día de asistencia.
b) Asistencia a Cursos, Congresos, Talleres, Seminarios, Diplomados, etc., en que el certificado sí registre horas: se considerarán las horas pedagógicas señaladas en el documento que presente el funcionario.
La Tabla de puntuación es la siguiente:
Cantidad de Horas
puntaje
Cantidad de Horas
puntaje
44 - 47 45
88 y mas 100
40 - 43 40
84 - 87 95
36 - 39 35
80 - 83 90
32 - 35 30
76 - 79 85
28 - 31 25
72 - 75 80
24 - 27 20
68 - 71 75
20 - 23 15
64 - 67 70
16 - 19 10
60 - 63 65
12 - 15 5
56 - 59 60
0-11 2
52 - 55 55
48 - 51 50
Los Certificados que NO especifiquen horas, ni número de días de duración, no serán
considerados y aquellos que especifiquen horas cronológicas u otras, serán homologadas a horas pedagógicas (1 hora pedagógica equivale a 45 minutos cronológicos)
La pertinencia de la capacitación cuando no esté debidamente especificada, será determinada por la Comisión.
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B.-FACTOR DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO Puntaje Máximo: 100/ Ponderación: 25% En este Factor se evaluará con el puntaje obtenido en el último proceso calificatorio en que
haya sido calificado el funcionario, el cual no puede exceder a dos años.
La evaluación del proceso calificatorio se acreditará mediante certificación de las unidades de Recursos Humanos o notificación al interesado. La tabla es la siguiente:
Ultima calificación Nota
70 100 69 90 68 80 67 70 66 60 65 50 64 45 63 40 62 35
60 – 61 30 55 – 59 25 50 – 54 20
Menor 54 0
C.-FACTOR DE EXPERIENCIA CALIFICADA Puntaje Máximo: 100/ Ponderación: 25%
Este Factor evaluará los años de servicio cronológicos completos en calidad de titular, interino, suplente o a contrata, que los funcionarios tengan en las siguientes Instituciones: Instituto de Salud Pública de Chile, Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de los Servicios de Salud regidos por la Ley Nº 18.834 y el Decreto Ley Nº 249 de 1974, con un máximo de 100 puntos.
El puntaje se otorgará en el siguiente orden de prioridad, conforme a los puntos que se
asignan en cada caso, el que se expresará hasta con dos decimales, de acuerdo a la siguiente tabla:
ANTIGÜEDAD EN EL GRADO (50%) DE LA PLANTA PROFESIONALES Y/O DIRECTIVA
RANGO DE AÑOS PUNTAJE
Menor o igual 1 año 5
Mayor a 1 año y menor o igual a 2 años 10
Mayor a 2 año y menor o igual a 3 años 20
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ANTIGÜEDAD EN EL GRADO (50%) DE LA PLANTA PROFESIONALES Y/O DIRECTIVA
Mayor a 3 año y menor o igual a 4 años 30
Mayor a 4 año y menor o igual a 5 años 40
Mayor a 5 año y menor o igual a 6 años 50
Mayor a 6 año y menor o igual a 7 años 60
Mayor a 7 año y menor o igual a 8 años 70
Mayor a 8 año y menor o igual a 9 años 80
Mayor a 9 año y menor o igual a 10 años 90
Mayor a 10 años 100
ANTIGÜEDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD (30%) PROFESIONALES Y/O DIRECTIVA
RANGO DE AÑOS PUNTAJE
Mayor a 1 año y menor o igual a 2 años 10
Mayor a 2 años y menor o igual a 4 años 15
Mayor a 4 años y menor o igual a 6 años 20
Mayor a 6 años y menor o igual a 8 años 25
Mayor a 8 años y menor o igual a 10 años 30
Mayor a 10 años y menor o igual a 12 años 35
Mayor a 12 años y menor o igual a 14 años 40
Mayor a 14 años y menor o igual a 16 años 45
Mayor a 16 años y menor o igual a 18 años 50
Mayor a 18 años y menor o igual a 20 años 55
Mayor a 20 años y menor o igual a 22 años 60
Mayor a 22 años y menor o igual a 24 años 65
Mayor a 24 años y menor o igual a 26 años 70
Mayor a 26 años y menor o igual a 28 años 75
Mayor a 28 años y menor o igual a 30 años 80
Mayor a 30 años y menor o igual a 32 años 85
Mayor a 32 años y menor o igual a 33 años 90
Mayor a 33 años 100
ANTIGÜEDAD EN LA ADMINISTRACION DEL ESTADO (20%)
RANGO DE AÑOS PUNTAJE
Mayor a 1 año y menor o igual a 2 años 5
Mayor a 2 años y menor o igual a 4 años 10
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ANTIGÜEDAD EN LA ADMINISTRACION DEL ESTADO (20%)
Mayor a 4 años y menor o igual a 6 años 14
Mayor a 6 años y menor o igual a 8 años 18
Mayor a 8 años y menor o igual a 10 años 22
Mayor a 10 años y menor o igual a 12 años 26
Mayor a 12 años y menor o igual a 14 años 30
Mayor a 14 años y menor o igual a 16 años 34
Mayor a 16 años y menor o igual a 18 años 38
Mayor a 18 años y menor o igual a 20 años 42
Mayor a 20 años y menor o igual a 22 años 46
Mayor a 22 años y menor o igual a 24 años 50
Mayor a 24 años y menor o igual a 26 años 54
Mayor a 26 años y menor o igual a 28 años 58
Mayor a 28 años y menor o igual a 30 años 62
Mayor a 30 años y menor o igual a 32 años 66
Mayor a 32 años y menor o igual a 34 años 70
Mayor a 34 años y menor o igual a 36 años 74
Mayor a 36 años y menor o igual a 38 años 78
Mayor a 38 años y menor o igual a 40 años 82
Mayor a 40 años y menor o igual a 42 años 86
Mayor a 42 años y menor o igual a 44 años 90
Mayor a 44 años 100 El puntaje de este factor se determinará sumando el resultado obtenido al aplicar los puntajes ponderados establecidos en las tablas precedentes.
Los tiempos servidos en periodos discontinuos se sumarán y computarán como año completo. Obtenido el tiempo total, el periodo remanente superior a seis meses se entenderá como un año completo, los períodos de 15 o más días se contabilizarán como un mes, los menores se desestimarán.
D.-FACTOR APTITUD PARA EL CARGO Puntaje Máximo: 100/ Ponderación: 25%
Se entenderá como tal, aquel factor que mida las competencias desarrolladas, tales como iniciativa, capacidad de trabajo en equipo, liderazgo, orientación al logro, capacidad de manejar conflictos y experticia técnica, durante el periodo comprendido entre los años el 1 de Enero del 2010 al 31 de Diciembre 2013. De acuerdo a lo siguientes criterios:
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a. 55 puntos, considerando que los postulantes poseen un nivel de desarrollo de
competencias en el desempeño de sus cargos profesionales, en el entendido que el funcionario profesional desempeña funciones profesionales.
b. 15 puntos por NO tener anotaciones de demérito ni medidas disciplinarias. c. 30 puntos máximo, por participación en alguna de las actividades detalladas a
continuación, las que deben ser debidamente acreditada a través de Resolución, Certificados de Recursos Humanos y/o Oficinas de Personal de los Establecimientos o Jefaturas y Universidades en convenio con los Establecimientos Hospitalarios.
i. 10 puntos por cada certificación, por participación en Comités, Comisiones o grupos de trabajo formales, en establecimientos dependientes del Servicio, otros Servicios de Salud, MINSAL con un máximo de 30 puntos
ii. 10 puntos por desempeño, de funciones de responsabilidad sin reconocimiento remuneracional tales como: jefatura de turno, coordinación, subrogancia.
iii. 10 puntos por colaboración como Docente en capacitación interna, de pre y post grado al interior del establecimiento
iv. 10 puntos por participación en el diseño y/o ejecución de programas específicos.
v. 10 puntos por participación en actividades comunitarias o de la Red en representación de la institución.
vi. 10 Puntos máximo por Magister o Doctorado en calidad de Profesional y/o Directivo
vii. 10 Puntos máximo por diplomado 5 años a contar del 31 de Diciembre 2008 y hasta el 31 de Diciembre 2013
viii. 10 puntos por participación en trabajos científicos, a contar del 31 de Diciembre del 2008 y hasta el 31 de Diciembre 2013, se verificara con copia de la publicación donde aparezca el nombre:
Como autor se considerarán 10 horas pedagógicas por trabajo presentado.
Como coautor se considerarán 4 horas pedagógicas por trabajo presentado.
Como Colaborador ix. 10 puntos por tener anotación de merito
XI- DE LA PONDERACIÓN DE LOS ANTECEDENTES:
De los acuerdos del Comité, así como de los puntajes en cada rubro y en total, con sus fundamentos, se dejará constancia en actas.
La copia de las actas, así como de todos los antecedentes del concurso, quedarán bajo la custodia del Subdepartamento de Gestión de las Personas del Servicio.
Con el resultado de la evaluación, el Comité deberá elaborar una nómina con el puntaje obtenido por los postulantes, ordenados en forma decreciente.
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XII.- DE LA NOTIFICACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.
Al término de la evaluación de los antecedentes por parte del Comité de Selección, el resultado del puntaje obtenido y del lugar de ubicación en la nómina será publicada en lugares visibles por parte de las Subdirecciones de Recursos Humanos de los Establecimiento y en las respectivas páginas web. XIII.- DE LAS APELACIONES.
Las apelaciones deberán ser entregadas en la Oficina de Partes de la Dirección de Servicio o en carta dirigida al Director del Servicio de Salud Metropolitano Norte, dentro del plazo de 5 días hábiles señalados en el cronograma, donde debe señalar claramente el Factor y las razones de su apelación. No pueden adjuntar ni hacer valer antecedentes nuevos que no hayan sido presentados por el postulante en el concurso.
El Director del Servicio, resolverá sobre dichas apelaciones dentro de los cinco días hábiles señalados en el Cronograma de Actividades. XIV.- DE LA ETAPA FINAL Una vez resueltas las apelaciones, se hará un nuevo proceso de ordenamiento, el cual se publicará de acuerdo a lo señalado en el Cronograma establecido en las Bases. Con esta información, se ofrecerán los cargos a los postulantes con mayor puntaje y que reúnan los requisitos para el cargo, los cuales tendrán cinco días hábiles para aceptarlos. La fecha de asunción del cargo será desde la fecha de la Resolución que dispone el Nombramiento.
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ANTECEDENTES PRESENTADOS PARA POSTULACIÓN (EN DUPLICADO)
RUT POSTULANTE: ____________________ PLANTA(S) QUE POSTULA: PROFESIONAL
DIRECTIVO
LISTADO DE DOCUMENTOS ADJUNTOS
FIRMA POSTULANTE
FECHA DE ENTREGA
NOMBRE Y FIRMA RECEPCION
FECHA DE RECEPCIÓN
DETALLAR DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA
DEBE SER LLENADO POR EL POSTULANTE
SITUACIÓN SEÑALAR CON UN SI, EN CASO QUE LOS
DOCUMENTOS ESTEN ADJUNTOS Y NO CUANDO NO LO ESTAN, ESTO DEBE SER LLENADO POR SSMN
AL MOMENTO DE LA RECEPCIÓN
ANEXO 1
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FORMULARIO DE POSTULACION
Fecha de Postulación: _____/_______________/_______
ANTECEDENTES PERSONALES
Nombre completo del Postulante: _______________________________________________________________
R.U.T: _______________________________________________________________
Fecha de Nacimiento: _______________________________________________________________
Nacionalidad: _______________________________________________________________
Domicilio: _______________________________________________________________
Teléfono: Fijo / Celular _______________________________________________________________
e-mail: _______________________________________________________________
FORMACIÓN EDUCACIONAL
Titulo _______________________________________________________________
Nº de Semestres _______________________________________________________________
Instituto / Universidad _______________________________________________________________
Fecha de Titulo (DD/MM/AAAA) _______________________________________________________________
ANTECEDENTES FUNCIONARIOS
Cargo _______________________________________________________________
Grado _______________________________________________________________
Establecimiento _______________________________________________________________
Cargo(s) que Postula _______________________________________________________________
______________________ Firma Postulante
ANEXO 2
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CERTIFICACIONES APTITUD PARA EL CARGO. Debe registrar actividades realizadas, tales como: participación en Comités, Comisiones o grupos de trabajo, etc., debidamente acreditada a través de Resoluciones, Certificados según establecen las bases.
ACTIVIDAD INSTITUCIÓN Nº Y FECHA RESOLUCIÓN
*Se adjuntan los respaldos correspondientes.
______________________
ANEXO 3
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