aspectos legales y tributarios

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Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo” Escuela de Comercio y Negocios Internacionales Organización de Sistemas Administrativos ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA A lo largo de nuestra historia, uno de los principales aportes a nuestra economía nacional ha sido y sigue siendo efectuado por diferentes empresas que operan en el país y a su vez resulta ser un factor clave para el desarrollo y crecimiento de éste. Es así que, cuando se hace mención a empresa es trasladarse a inicios del siglo XVIII durante el periodo de transición hacia la industrialización, en consecuencia de la Primera Revolución Industrial; donde se deja atrás lo artesanal y se empieza un nuevo desarrollo modificando las estructuras y por ello ahora se considera que las empresas constituyen una de las más complejas y admirables instituciones sociales que la creatividad y el ingenio humano hayan construido 1 debido a su gran importancia que tiene en la sociedad de hoy en día, habiendo sido diferente en el pasado, cambiando en el presente y con la posibilidad que tenga cambios en el futuro, marcando de esta manera su diversidad y la variedad de impactos e influencias que pueda presentar con el transcurrir del tiempo. En nuestra sociedad el término de empresa es de uso diario y a su vez se le designa muchas definiciones que en manera global una empresa es una organización legalmente constituida que puede tener como propietario a una o varias personas naturales o jurídicas y con el concurso de recursos humanos, materiales, económicos y financiero, tiene como finalidad producir bienes, comercializar o prestar servicios, y cuyo objetivo fundamental es la obtención de utilidad (lucro, renta, remanente, beneficio o superávit), e incrementarlo en forma efectiva en el 1 Chiavenato Idalberto, “Administración: Proceso, Teoría y Práctica” 3° edic. pp.42

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Aspectos Legales y Tributarios

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Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo” – Escuela de Comercio y Negocios InternacionalesOrganización de Sistemas Administrativos

ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA

A lo largo de nuestra historia, uno de los principales aportes a nuestra economía nacional ha sido y sigue siendo efectuado por diferentes empresas que operan en el país y a su vez resulta ser un factor clave para el desarrollo y crecimiento de éste.

Es así que, cuando se hace mención a empresa es trasladarse a inicios del siglo XVIII durante el periodo de transición hacia la industrialización, en consecuencia de la Primera Revolución Industrial; donde se deja atrás lo artesanal y se empieza un nuevo desarrollo modificando las estructuras y por ello ahora se considera que las empresas constituyen una de las más complejas y admirables instituciones sociales que la creatividad y el ingenio humano hayan construido 1 debido a su gran importancia que tiene en la sociedad de hoy en día, habiendo sido diferente en el pasado, cambiando en el presente y con la posibilidad que tenga cambios en el futuro, marcando de esta manera su diversidad y la variedad de impactos e influencias que pueda presentar con el transcurrir del tiempo.

En nuestra sociedad el término de empresa es de uso diario y a su vez se le designa muchas definiciones que en manera global una empresa es una organización legalmente constituida que puede tener como propietario a una o varias personas naturales o jurídicas y con el concurso de recursos humanos, materiales, económicos y financiero, tiene como finalidad producir bienes, comercializar o prestar servicios, y cuyo objetivo fundamental es la obtención de utilidad (lucro, renta, remanente, beneficio o superávit), e incrementarlo en forma efectiva en el transcurso del tiempo,2 teniendo consigo al momento de emprender un negocio, múltiples opciones para la formalización empresarial que resulta ser el proceso por el cual un negocio es reconocido como tal por el Estado peruano 3 y al tener una idea clara del negocio a desarrollar, sabiendo el sector del cual va a permanecer, se analiza si se desea constituir una empresa como persona natural o como persona jurídica, en ambos casos presentan ventajas y desventajas que están de acuerdo a las posibilidades de cada emprendedor, como se muestra a continuación:

1 Chiavenato Idalberto, “Administración: Proceso, Teoría y Práctica” 3° edic. pp.422 Ruiz M. Darwin, “Organización y Administración de Empresas” 2° edic. (2000). pp. 243 Crecemype para la gestión de negocios: “Crece tu empresa – formalización”. Pag.04

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Como Persona Natural:

Esta modalidad es para toda persona que decide formar una empresa asumiendo a título personal todos los derechos y obligaciones por haber, ejerciendo cualquier actividad económica, ser el conductor de su propio negocio y el responsable de su manejo. Bajo este tipo de persona natural se encuentran en su mayoría, los negocios comerciales como: las bodegas, restaurantes, librerías, entres otros.

Ventajas:

• La formalización es sencilla, obteniendo el RUC (Registro Único al Contribuyente) ante la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) y no se requiere efectuar gastos para la constitución de la empresa como gastos notariales, aportes de capital u otros.

• Son mínimos los documentos que se les exige llevar y es dependiendo al régimen tributario al cual se acoja siendo el más sencillo el Nuevo Régimen Único Simplificado y, de considerarlo necesario, existe la opción de acceder al Régimen del Impuesto a la Renta Especial. Asimismo, optar por el Régimen General a la Renta.

Desventajas:

• Bajo esta modalidad la responsabilidad es ilimitada por lo tanto si se incumple las obligaciones asumidas con los acreedores, se tendrá que responder con el patrimonio personal (propiedades, vehículos y otros bienes).

• Las posibilidades de acceder a créditos son mínimas y se reducen tan solo al capital que pueda tener a su disposición la empresa, y en algunos casos pagando intereses altos.

Como Persona Jurídica:

Es una organización que puede fundar una persona natural; varias personas naturales o varias personas jurídicas. La persona jurídica, a diferencia de la persona natural no tiene existencia física y debe ser representada por una o más personas naturales. Tampoco depende de la vida de sus fundadores, por ello se considera que se constituye como un centro unitario autónomo.

La responsabilidad del titular (en el caso de una empresa unipersonal) o de los socios (en el caso de un modelo societario) se extenderá únicamente a su participación dentro del capital de la empresa, que ejerce los derechos a la vez cumple con las obligaciones.

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Ventajas:

• Presenta una responsabilidad limitada, es decir si la empresa no puede cumplir con alguna deuda, solo le compite responder su obligación con el patrimonio de la empresa mas no con los propietarios.

• Existe mayor disponibilidad de capital de acuerdo al aporte que pueden realizar los socios y a su vez aumenta también el acceso a préstamos y en algunos casos a compras públicas.

Desventajas:

• Su formalización no es sencilla, debido a que implica muchos trámites para su constitución, por ende los pasos a seguir son en ocasiones demandan mucho tiempo.

• En esta modalidad el proceso para un cambio de giro o de liquidación es aún más compleja a seguir, puesto que su constitución es amplia.

CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS

Por su actividad

o Industria Primaria:

Empresas del Sector Primario o también denominado extractivo, debido que el elemento básico de la actividad se obtiene directamente de la naturaleza: agricultura, ganadería, caza, pesca, extracción de áridos, agua, minerales, petróleo, energía eólica, etc.

Es aquella que centra su actividad productiva en la transformación de recursos naturales en productos de consumo; ya sean productos de consumo final o materias primas para otros procesos productivos. 4 Se conoce como sector agro-extractivo, comprende la agricultura, la ganadería, la minería, la pesca, etc. Entre ellas tenemos: Extractivas que son las que se dedican a la extracción de recursos naturales, ya sea renovables o no renovable y las agropecuarias como su nombre lo indica su función es la explotación de la agricultura y la ganadería.

En los países desarrollados la industria primaria utiliza una pequeña parte de la mano de obra, en cambio, en los países subdesarrollados, este sector suele ser el más importante (cuantitativamente).

4 Zuani Rafael Elio. «Introducción a la Administración de Organizaciones», Segunda Edición (2003), pp. 82

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o Industria Secundaria:

Empresas del Sector Secundario o Industrial se refiere a aquellas que realizan algún proceso de transformación de la materia prima. Abarca actividades tan diversas como la construcción, la óptica, la maderera, la textil, etc.

Más conocida como industria manufacturera, está compuesta por aquellas empresas cuya corriente de entrada las constituyen las materias primas que entrega la industria primaria. Las empresas manufactureras son aquellas que transforman las materias primas en productos terminados y pueden ser productoras de bienes de consumo final o de producción.

o Industria de Servicios o Industria Terciaria:

Empresas del Sector Terciario o de Servicios: Incluye a las empresas cuyo principal elemento es la capacidad humana para realizar trabajos físicos o intelectuales. Comprende también una gran variedad de empresas, como las de transporte, bancos, comercio, seguros, hotelería, asesorías, educación, restaurantes, etc.5

Es la encargada de satisfacer las necesidades de la comunidad que no se expresan en bienes físicos. Su producción consiste en actividades; es el caso del comercio en general (tiendas, supermercados, centros comerciales); bancos y financieras; servicios de comunicaciones (prensa, radio, televisión, telefonía); empresas de prolongada, de consultoría (legal, contable, organizacional, de ingeniería); de educación (escuelas, universidades); hospitales, etc.

Por su tamaño

En la clasificación de las empresas de acuerdo a su tamaño se consideran diferentes factores que presenta cada una de ellas, como:

a) La norma tributaria.- En este aspecto es el Estado quien tiene a su cargo la clasificación de las empresas considerando los regímenes, promoviendo con apoyo técnico y financiero de acuerdo a las necesidades sectoriales para equilibrar el crecimiento y desarrollo sostenido y obtener los máximos ingresos fiscales mediante el impuesto general a las ventas que es el rubro que favorece con mayor importancia el desarrollo integral de un país.6

b) Características.- Se considera factores muy particulares en cada una:

La cantidad de la producción.- el número de unidades de producidas puede sustentar un mayor poder económico.

5 Zuani Rafael Elio. «Introducción a la Administración de Organizaciones», Segunda Edición (2003), pp. 846 Ruiz M. Darwin, “Organización y Administración de Empresas” 2° edic. (2000). pp. 56

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El personal con que cuenta.- el número de trabajadores calificados entre los funcionarios, técnicos, empleados y obreros.

Monto de los activos fijos. Uso de la tecnología diferenciada, variedad de los productos que se fabrican o se

comercializan. El tiempo que se emplea para terminar con el ciclo de producción o las ventas

programadas.7

o Microempresa:

Una Microempresa, es considerada como una unidad económica constituida por una persona natural, conocida también como conductor, empresa unipersonal o persona natural con negocio o jurídica. Microempresa se refiere genéricamente a las unidades productivas de baja capitalización, que operan bajo riesgo propio en el mercado; por lo general, éstas surgen de la necesidad de sobrevivencia de sus propietarios. Por ejemplo un taller de mecánica con dos empleados que son el apoyo para el dueño.

Puede adoptar cualquier forma u organización o gestión empresarial (E.I.R.L., S.R.L., S.A.), y está dedicada a la extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. Además, la microempresa deberá cumplir con características como no superar las 150 UIT en ventas anuales y no superar los 10 trabajadores en promedio al año.

o Pequeña Empresa:

La pequeña empresa es una entidad independiente, creada bajo las condiciones de ser rentable, cuya venta anual en valores no excede un determinado tope y el número de personas que la conforma no excede un determinado límite, y como toda empresa, tiene aspiraciones, realizaciones, bienes materiales y capacidades técnicas y financieras, lo cual le permite dedicarse a la producción, transformación y/o prestación de servicios para satisfacer determinadas necesidades y deseos existentes en la sociedad.

En este tipo de empresa puede observarse una mayor división y especialización del trabajo; en consecuencia, el número de empleados es mayor, la inversión y los rendimientos obtenidos ya son considerables. Puede tener hasta 100 trabajadores y no ha de producir más de 1700 UIT. Su información contable es más amplia. Ejemplos: una distribuidora de electrodomésticos con diez empleados.

o Gran Empresa:

Al referirse a una gran empresa es hablar de la mayor organización, posee personal técnico especializado para cada actividad. En este tipo de empresa se observa una gran división y especialización del trabajo con mano de obra altamente calificada, y la inversión y las utilidades

7 Ruiz M. Darwin, “Organización y Administración de Empresas” 2° edic. (2000). pp. 57

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obtenidas son de mayor cantidad. La información contable que se maneja en el desarrollo de las actividades mercantiles también es mayor y se lleva en forma sistematizada. Ejemplos: Coca cola

Por su procedencia de capital

o Empresa Privada:

Son aquellas empresas que se constituyen con la finalidad de buscar un lucro en el mercado en el cual han decidido desarrollarse, ya que para ellos lo primordial es maximizar sus ganancias y minimizar sus pérdidas tiempos. A la vez este tipo de empresa tiene que estar a la vanguardia de todos los cambios y necesidades que se presenten en el mercado, al no hacerlo ésta tiende a desaparecer.

Por ello, la definición de la empresa privada se relaciona con la búsqueda y obtención de un beneficio económico mediante la satisfacción de algunas necesidades de orden general o social... si la producción de la empresa no está respondiendo a una necesidad más o menos generalizada o social cuando esta necesidad desaparece, la empresa pierde su razón de ser, y tiene que cerrar.8

o Empresa Pública:

La empresa pública se define como toda organización o institución que es propiedad de la Administración Pública o está bajo el control de las mismas; lo que presupone el derecho a designar a la alta dirección y a tomar decisiones relevantes para la marcha de la empresa.

Es una empresa creada, en algunos casos, para el logro de un conjunto de objetivos que se dicen ser públicos, lo que la hace someterse a un sistema de responsabilidades y controles públicos, pero además, como empresa que actúa en el mercado, debe buscar maximizar el beneficio y/o minimizar sus costos, lo cual pudiera entrar en conflicto con los supuestos objetivos públicos. Con base en los criterios establecidos por la contabilidad nacional, puede diferenciarse en distintas formas de presentación de las empresas públicas, como:

- Servicios comerciales del Estado, que carecen de responsabilidad jurídica propia e independiente del Estado.

- Organismos públicos autónomos comerciales, industriales financieros y análogos, que realizan alguna actividad económica o administran bienes públicos.

8 Reyes P. Martín, “Administración de empresas, teoría y práctica”. (Primera parte) pp. 82-83

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Ante esto se considera a las empresas estatales como personas jurídicas de derecho público de propiedad del Estado, con duración indefinida que tienen por finalidad ejecutar las políticas del gobierno de turno que en presentación del Estado deben desarrollar y controlar las operaciones y el mantenimiento de las actividades productivas y de servicios considerados estratégicos para preservar la seguridad nacional, seguridad patria.

La Junta Empresarial Equivale a la Junta General de Accionistas de una empresa privada, con la diferencia que los miembros de la Junta son designados por el Estado que deben poseer la experiencia suficiente y ser expertos en actividades empresariales para que se encuentren en condiciones de competir con las empresas del sector privado, si no de otra forma no se justifica la existencia de dichas empresas.9

o Empresa Mixta:

Son aquellas instituciones privadas, en la cual el estado participa como socio para poder mantener un control de las instituciones empresas privadas, es por eso que son constituidas como sociedades anónimas en la cual el estado participa como socio de terceros en el capital social y por consiguiente en el Directorio y Gestión.10

Por su número de propietarios

o Forma Individual:

Empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.):

Este tipo de empresa está formada por una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal, con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de Pequeña Empresa, 11 siendo el capital de la empresa íntegramente suscrito y pagado al momento de la constitución de la empresa y la responsabilidad solo está limitada a su patrimonio. La empresa recibe una denominación de “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, o de las siglas “E.I.R.L.”, por ejemplo: Paz Soldán Pisco E.I.R.L.

Órganos de la empresa

• El Titular, es el órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades.

9 Ruiz M. Darwin, “Organización y Administración de Empresas” 2° edic. (2000). pp. 7910 Ruiz M. Darwin, “Organización y Administración de Empresas” 2° edic. (2000). pp. 8111 Ley de la Pequeña Empresa de Propiedad Privada. Ley N° 21621. Artículo N° 1

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• La Gerencia, es designada por el titular, tiene a su cargo la administración y representación de la empresa.

El titular puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos y se le denominará: “Titular – gerente”.

o Sociedades:

Quienes constituyen la Sociedad convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas12, y todo tipo de sociedad está sujeta a un régimen legal. La sociedad se constituye cuando menos por dos socios, que pueden ser personas naturales o jurídicas. Si la sociedad pierde la pluralidad mínima de socios y ella no se reconstituye en un plazo de seis meses, se disuelve de pleno derecho al término de ese plazo.

Además toda sociedad adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro y la mantiene hasta que se inscribe su extinción.13

Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada:

Para formar este tipo de sociedad se requiere un mínimo de dos socios y no puede exceder de veinte socios y los socios tienen preferencia para la adquisición de las aportaciones. El Capital Social está integrado por las aportaciones de los socios. Al constituirse la sociedad, el capital debe estar pagado en no del 25% de cada participación. Asimismo debe estar depositado en una entidad bancaria o financiera del sistema financiero nacional a nombre de la sociedad.

La responsabilidad de los socios, se encuentra delimitada por el aporte efectuado, es decir, no responden personalmente o con patrimonio por las deudas u obligaciones de la empresa. Además la voluntad de los socios que representen la mayoría del capital social regirá la vida de la sociedad. El estatuto determina la voluntad de los socios, pudiendo establecer cualquier medio que garantice su autenticidad. Se considera que es una alternativa típica para empresas familiares en la mayoría de los casos.

La Sociedad adoptará una denominación seguida de la indicación “Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada” o de su S.R.L.

Órganos de la empresa

• Junta General de Socios, representa a todos los socios empresa, es el órgano máximo.• Gerente, es el encargado de la administración y representación de la sociedad.• Sub-gerente, reemplaza al Gerente en caso de ausencia.

12 Ley General de Sociedades. Ley N° 26887. Artículo N° 113 Ley General de Sociedades. Ley N° 26887. Artículo N° 6

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Sociedad Anónima:

La sociedad anónima se constituye simultáneamente en un solo acto por los socios fundadores o en forma sucesiva mediante oferta a terceros contenida en el programa de fundación otorgado por los fundadores.

Sociedad Anónima Abierta

Conformada por un número mínimo de 2 accionistas, no tiene un número máximo de accionistas y es considerada como la modalidad ordinaria y la más tradicional. Su nacimiento es voluntario y usualmente surge de la voluntad de los futuros socios.

Es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el Capital Social se encuentra representado por títulos valores negociables. Posee un mecanismo jurídico propio y dinámico orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad, por ende se puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores. La Sociedad Anónima Abierta puede adoptar cualquier denominación con la indicación: “Sociedad Anónima Abierta” o las siglas “S.A.A.” o en algunos casos, tan sólo con “S.A.”

Órganos de la empresa

• Junta General de Accionistas, es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de accionistas. Su actividad se encuentra limitada por el estatuto. Cada acción da derecho a un voto.

• Directorio, órgano colegiado de existencia necesaria y obligatoria. Este órgano es elegido por la Junta General de Accionistas, conformada por un mínimo de 3 personas. Los miembros del Directorio pueden ser socios.

• Gerente, es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrativo de la empresa.

• Sub-gerente, reemplaza al Gerente en caso de ausencia.

Sociedad Anónima Cerrada

Entre sus características presenta que el número de accionistas no puede ser menor de dos y como máximo tendrá 20 accionistas. Se impone el derecho de adquisición preferente por los socios, salvo que el estatuto disponga lo contrario y se constituye por los fundadores al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo caso suscriben íntegramente las acciones.

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El Capital Social está representado por acciones nominativas y se conforma con los aportes (en bienes y/o en efectivo) de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales. Es un tipo de una persona jurídica de Responsabilidad Limitada por ello no puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores. La denominación adoptada debe incluir la indicación: “Sociedad Anónima Cerrada” o estar acompañada de su abreviatura “S.A.C.”.

Órganos de la empresa

• Junta General de Accionistas, Es el órgano supremo de la sociedad. Está integrada por el total de socios que conforman la empresa.

• Gerente, es la persona en quien recae la representación legal y de gestión de la sociedad. El Gerente convoca a la junta de accionistas.

• Sub-gerente, reemplaza al Gerente en caso de ausencia.

• Directorio, el nombramiento de un Directorio por la Junta es facultativo mas no obligatorio.

Por su carácter tributario

La tributación o pago de impuestos en nuestro país es de suma importancia, sobre todo cuando se ha tomado la decisión de ser una empresa formal se asume a la vez el compromiso con el Estado que consiste en hacer entrega cierta cantidad de dinero equivalente al desarrollo del negocio para contribuir con el financiamiento de las diferentes funciones y servicios públicos; a su vez para un mejor manejo y para los efectos del impuesto, las rentas afectas de fuente peruana se califican en las siguientes categorías:

a) Primera: Rentas producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes.b) Segunda: Rentas de otros capitales.c) Tercera: Rentas de comercio, la industria y otras expresamente consideradas por la Ley.d) Cuarta: Rentas del trabajo independiente.e) Quinta: Rentas del trabajo en relación de dependencia y otras rentas del trabajo

independiente expresamente señaladas por la ley.14

Asimismo, existen tres regímenes que se adaptan a las posibilidades de cada empresa y están a la disposición de cada empresa la elección que mejor le conviene, como lo son:

Nuevo Régimen Único Personas naturales

14 Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Decreto Supremo N°179-2004-EF (08.12.04). Artículo 22°

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Simplificado – Nuevo RUSRégimen General del

Impuesto a la Renta (RG)Personas naturales Personas jurídicas

Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)

Personas naturales Personas jurídicas

o Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS:

Es un régimen tributario que comprende a:

a) Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que exclusivamente obtengan rentas por la realización de actividades empresariales.

b) Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciben rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios.15

Es así que todo aquel que está sujeto a este régimen, su negocio debe estar constituido como persona natural y puede realizar actividades tanto empresariales como actividades de oficios y para ello no necesita emitir facturas, además se puede acoger a este tipo de régimen si se cumple con los requisitos siguientes:

• Las actividades deben realizarse en un solo local o sede productiva.

• El monto de tus ventas no debe superar los S/. 360,000 por año, ni tampoco el límite mensual de S/. 30,000 en el transcurso del año.

• El valor de tus activos fijos (maquinarias, muebles, instalaciones, etc.) no debe superar los S/. 70,000, sin considerar inmuebles ni vehículos.

Obligaciones tributarias en este régimen:

Tipo de comprobante de pago a emitir

Boleta de venta. Ticket o cinta emitidos por máquinas

registradoras que no dan derecho al crédito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gasto o costo con efectos tributarios.

Libros de contabilidad legalizados No estás obligado a llevarlos.

Tributos a los que estás afecto Pago de cuota mensual de acuerdo al

monto de los ingresos brutos y adquisiciones mensuales.

El pago de la cuota mensual y las

15 Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado. Ley N° 28079 - Decreto Legislativo N°937. Artículo 2°

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Medios para la declaración y pago ratificatorias se realizan sin formularios en las instituciones bancarias.

Además, existen diversas categorías presentes en este régimen y de acuerdo a los interesados y como se está desarrollando su negocio podrán adecuarse a:

CategoríasParámetros

Total Ingresos Brutos Mensuales hasta S/.

Total Adquisiciones Mensuales hasta S/. Cuota Mensual (S/.)

1 5 000 5 000 202 8 000 8 000 503 13 000 13 000 2004 20 000 20 000 4005 30 000 30 000 600

Este tipo de régimen es ideal para negocios que venden a consumidores finales como: bodegas, farmacias, panaderías; o les prestan servicios como: peluquerías, restaurantes; o realizando otros oficios como: gasfitería, electricista u otros comercios parecidos.

o Régimen General del Impuesto a la Renta (RG):

Es un régimen adecuado especialmente para las medianas y grandes empresas que generan ingresos por rentas de tercera categoría derivadas del comercio, la industria o la minería; de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; de la prestación de servicios comerciales, industriales o de índole similar. 16

En este Régimen están comprendidas también, las actividades desarrolladas por los notarios, las sociedades civiles, las entidades que se asocien y los agentes mediadores de comercio , rematadores, martilleros y cualquier otra actividad no permitida para los Regímenes del Nuevo RUS y el Régimen Especial del Impuesto a la Renta.

Obligaciones tributarias en este régimen:

Factura o boleta de venta. Ticket o cinta emitidos por máquinas registradoras

que no dan derecho al crédito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gasto o costo con efectos tributarios.

Guía de remisión – remitente y transportista.

16 Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Decreto Supremo N°179-2004-EF (08.12.04). Artículo 28°

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Tipo de comprobante de pago a emitir

Ticket o cinta emitidos por máquinas registradoras que sustentan gasto o costo y dan derecho a crédito fiscal.

Otros comprobantes autorizados por el Reglamento de comprobante de pago.

Libros de contabilidad legalizados

Si tu ingreso bruto anual no supera las 150 UIT (S/.540,000 según el valor de la UIT para el año 2010), deberás llevar:

Registro de ventas Registro de compras Libro de diario de formato simplificado En caso que tu ingreso bruto anual fuera mayor a

150 UIT, deberás llevar contabilidad completa.

Tributos a los que estás afecto

Impuesto a la Renta:Pagos a cuenta mensuales:• Sistema A: Coeficientes, para aquellos contribuyentes que tuvieron renta neta imponible en el ejercicio anterior.• Sistema B: 2% de los ingresos netos, para los contribuyentes que no tuvieron renta neta imponible o los que inicien actividades en el ejercicio. Declaración anual y pago de regularización: 30%

de la renta neta imponible. Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN):

0.4% por exceso de S/.1 millón del activo neto.• Impuesto General a las Ventas incluye el Impuesto de Promoción Municipal.• Otros tributos.• Retenciones del IGV y Renta (contribuyentes no domiciliados, rentas de 2da., 4ta. y 5ta. categoría).• Essalud (9%) y ONP (13%).

Medios para la declaración y pago

A través de los Programas de Declaración Telemática (PDT):

PDT IGV – RentaPDT Otras retencionesPDT Planilla Electrónica

Excepcionalmente, las personas naturales pueden presentar sus declaraciones en formularios impresos, siempre que no se encuentren obligados a usar el PDT.

o Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER):

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Bajo este régimen podrán acogerse las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas en el país, que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las siguientes actividades:

a) Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo.

b) Actividades de servicios, entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no señalada expresamente en el inciso anterior.17

Además se considera que éste es un régimen intermedio entre el Nuevo RUS y el Régimen General, que permite relacionarse en la compra-venta con otras empresas. En cualquiera de los casos, se puede acoger al RER si se está seguro que cumplirá con:

• Ingresos netos anuales o de adquisiciones no mayores a S/.525 000.

• Los activos, con excepción de predios y vehículos, no superen los S/.126 000.

• Tener no más de 10 trabajadores (en forma directa o indirecta) por turno de trabajo.

Obligaciones tributarias en este régimen:

Tipo de comprobante de pago a emitir

Factura o boleta de venta. Ticket o cinta emitidos por máquinas registradoras

que no dan derecho al crédito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gasto o costo con efectos tributarios.

Guía de remisión – remitente y transportista. Ticket o cinta emitidos por máquinas registradoras

que sustentan gasto o costo y dan derecho a crédito fiscal.

Otros comprobantes autorizados por el Reglamento de comprobante de pago.

Libros de contabilidad legalizados Registro de ventas. Registro de compras. Inventario y balances

Tributos a los que estás afecto

Impuesto a la Renta: pago de cuota mensual equivalente al 1.5% de los ingresos netos mensuales.

Impuesto General a las Ventas (IGV) incluye el IPM.

17 Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Decreto Supremo N°179-2004-EF (08.12.04). Artículo 117°

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Retenciones del IGV y Renta (contribuyentes no domiciliados, rentas de 2da. y 5ta. categoría).

Essalud (9%) y ONP (13%).

Medios para la declaración y pago

A través de los Programas de Declaración Telemática (PDT):

PDT IGV – RentaPDT Otras retencionesPDT Planilla Electrónica

Excepcionalmente, las personas naturales pueden presentar sus declaraciones en formularios impresos, siempre que no se encuentren obligados a usar el PDT.

Los contribuyentes del Régimen General podrán por optar por acogerse al Régimen Especial en cualquier mes del año y sólo una vez en el ejercicio gravable. Ello, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones tributarias generales mientras estuvieron incluidas en el Régimen General,18 teniendo presente lo siguiente:

• Si se inicia actividades en el transcurso del año, el acogimiento se realizará con la declaración y el pago oportuno (dentro de la fecha de vencimiento) de la cuota del impuesto a la renta que corresponda según la inscripción en el Registro Único del Contribuyente (RUC).

• Si el interesado proviene de otro Régimen Tributario (Régimen General del Impuesto a la Renta o del Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS), el acogimiento se realizará con la declaración y el pago oportuno (hasta la fecha de vencimiento) de la cuota del impuesto a la renta que corresponda según el mes en el cual haya efectuado el cambio a este nuevo régimen.

Actividades excluidas del RER:

Se encuentran excluidas al Régimen Especial de Renta (RER) las personas que se dedican a los siguientes tipos de actividades:

• Las que realizan actividades calificadas como contratos de construcción según las normas del Impuesto General a las Ventas, aún cuando no se encuentren gravadas con el referido Impuesto.

• Las que prestan servicio de transporte de carga con vehículos de capacidad mayor o igual a 02 TM (dos toneladas métricas) y/o el servicio de transporte terrestre de pasajeros.

• Las que organicen cualquier tipo de espectáculo público.

18 Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Decreto Supremo N°179-2004-EF (08.12.04). Artículo 121°

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• Las que se desempeñan como notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores, agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realicen actividades en la Bolsa de Productos, así como los agentes de aduana y los intermediarios de seguros.

• Las persona que son titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar y quienes son titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

• Las que realizan actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos y las que realizan venta de inmuebles.

• Las que brindan servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento. Además quienes realizan actividades como médicos, odontólogos, veterinarios, o como actividades jurídicas, de contabilidad, de informática o de asesoramiento empresarial.

ASPECTOS GENERALES DE MYPES

En la actualidad, el escenario que presenta las micro y pequeñas empresas en nuestro país, son quienes abastecen gran parte de nuestro sector laboral y productivo, y contribuye a la vez, al desarrollo económico, es por eso que en un inicio la Ley N° 28015: “Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa”, fue sin duda una de las más importante que ha expedido el Gobierno, en el cual regula los diferentes aspectos como laboral, administrativo, tributario y de seguridad social que presentan las MYPES. Además de esto, esta ley trae consigo la realidad que atraviesa cada sector económico, fortaleciendo en la medida posible a la formalización empresarial.

La Micro y Pequeña Empresa es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.19 Además la constitución de una MYPE resulta muy deseable socialmente, por la inversión que realiza donde se logre instalar. Esta inversión tiene tres elementos adicionales, como lo son:

* En primer lugar, generación de empleos directos, es decir dentro de la misma empresa y empleos indirectos que se generan gracias a la presencia de ésta, como por ejemplo, gracias a negocios como restaurantes, puestos de periódicos, venta de artesanías, construcciones metálicas.

* En segundo lugar, permite a través de la aplicación de la oferta, que se ofrezcan mejores productos a menores precios, es decir un mercado más competitivo.19 Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE. Articulo N° 5

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* En tercer lugar, hace posible que las personas tengan una actividad que les permita asumir retos y obtener logros, es decir desarrollarse a nivel personal-profesional a la vez.

Por ello presenta características únicas en su naturaleza, que las convierte en un sector importante para nuestra economía, como se aprecia en el siguiente cuadro:

MICROEMPRESA PEQUEÑA EMPRESA

Características

De uno (1) hasta diez (10) trabajadores inclusive.

Ventas anuales hasta el monto máximo de 150 UITs.

De uno (1) hasta cien (100) trabajadores inclusive.

Ventas anuales hasta el monto máximo de 1 700 UITs.

Beneficios laborales

Remuneración mínima vital

Jornada máxima

Descanso semanal

Feriados

Vacaciones: 15 días. Posibilidad de reducción de 15 a 7 días calendario.

Por jornada laboral: No se aplica la sobretasa de 35% en horario nocturno.

Remuneración mínima vital

Jornada máxima

Descanso semanal

Feriados

Vacaciones: 15 días. Posibilidad de reducción de 15 a 7 días calendario.

CTS: 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. Tope máximo de 90 remuneraciones diarias.

Dos gratificaciones al año: Fiestas patrias y navidad. Equivalentes a ½ remuneración cada una.

SCTR a cargo del empleador.

Seguro de vida a cargo del empleador.

Derechos colectivos.

Derecho a participar de las utilidades.

Por jornada laboral: No se aplica la sobretasa de 35% en horario nocturno.

Indemnización por despido arbitrario

Equivalente a 10 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios. Tope máximo de 90 remuneraciones diarias.

Equivalente a 20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios. Tope máximo de 120

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Las fracciones de año se abonan por dozavos.

remuneraciones diarias. Las fracciones de año se abonan por dozavos.

Seguro complementario de trabajo de Riesgo

No Sí

SaludAfiliados al Componente Semi-subsidiado del Seguro Integral de Salud

Asegurados regulares del Régimen Contributivo de ESSALUD.

Sistema pensionario

Podrán optar:

Ningún sistema SNP SPP Sistema de Pensiones Sociales

Obligatorio entre:

SNP o SPP

Exclusiones

Por vinculación: Grupos económicos, vinculación económica, división de unidades de producción.

Por tipo de actividad: Bares, discotecas, juegos de azar.

Por vinculación: Grupos económicos, vinculación económica, división de unidades de producción.

Por tipo de actividad: Bares, discotecas, juegos de azar.

Actividad agraria.

Reducción de tasas(-) 70% de los derechos de pago del TUPA del MTPE

(-) 70% de los derechos de pago del TUPA del MTPE

Fuente: Manual de la Micro y pequeña empresa – MYPE 20

Elaboración: Propia

CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA

Para hacer efectiva la constitución de una empresa, se sigue una serie de pasos como se presenta a continuación:

Reservación de la razón social en Registros Públicos (SUNARP). Previo pago por reserva del nombre y llenado de la Solicitud de Inscripción de Título.

La reserva es uno de los primeros trámites que se debe hacer para constituir la empresa, además de adoptar la modalidad o sociedad empresarial que conviene (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o S.A.C.).

Reservar el nombre, impide la inscripción de cualquier otra empresa adoptando una razón social o una denominación, completa o abreviada, igual o semejante a aquella que esté

20 Castillo G. Jorge, Bueno V. Antonio, “Manual de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE”. (2008). pp.15

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gozando del derecho de Reserva de Preferencia Registral.21 Para esto se tiene que realizar 3 operaciones:

A. Búsqueda en los índices:

Esta búsqueda sirve para saber si no hay un nombre o título igual, o parecido, al que se pondrá a la empresa. El resultado de la búsqueda se entrega en el día, tiene vigencia al momento de su expedición y no produce el cierre temporal del índice de denominación.

B. Solicitud de inscripción de título (en el formato de Reserva de Nombre):

Con esta solicitud reservo el nombre de la empresa frente a otras solicitudes que pidan una inscripción con un nombre similar. Para eso se llena el formato con el nombre de los socios, el domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicación de si es micro o pequeña empresa (MYPE), entre otros datos.

C. Obtención de la Reserva de Preferencia Registral:

Luego de solicitar la inscripción del nombre de la empresa, se espera la entrega de la reserva de nombre. Esto significa que el índice de denominación se bloquea por treinta (30) días naturales y nadie puede tomar dentro de ese plazo tal nombre.

Elaboración del Pacto Social, Estatuto.

El Pacto social contiene: Datos Generales de los socios fundadores Declaración de la voluntad de los socios para constituir la sociedad Los bienes que cada socio aporta Monto del capital y las participaciones en que se divide y número que se le asigna a cada

socio Forma como se paga el capital; el cual debe estar pagado en no menos del veinticinco por

ciento de cada participación y depositado en entidad bancaria o financiera del sistema financiero nacional a nombre de la sociedad.

Nombramiento y datos de identificación del o de los gerentes.

Los Estatutos contienen: Razón social, domicilio, duración y fecha de inicio de operaciones Monto del capital, numero de participaciones y valor nominal, monto pagado por cada una

de ellas Requisitos para modificar los estatutos

21 Guía de constitución y formalización de empresas. Pág. 15

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Formas de aprobar la gestión y resultado de cada ejercicio y normas de distribución de utilidades, su régimen de disolución y liquidación

Los demás pactos lícitos para la organización social

Elevación del Estatuto (Minuta) a Escritura Pública ante un notario.

La escritura pública es un documento en el que se hace constar un determinado hecho o derecho, contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes, es autorizado por un fedatario público (Notario), que da fe sobre la capacidad jurídica de los otorgantes, el contenido del mismo y la fecha en que se realizó 22. En resumen sirve para darle formalidad a la minuta o acto constitutivo y, posteriormente presentarla en Registros Públicos.

La Escritura Pública Consta de tres partes

Introducción: Comprende los datos del Notario y los Socios Minuta: Copia fiel del Pacto Social – Estatuto y otros anexos. Conclusiones.

Inscripción en SUNARP, donde se necesitan los siguientes requisitos:

Copia de escritura Pública de constitución de la sociedad Boletas de depósitos de los socios (Aporte en una entidad financiera) Copia de Documento de Identidad de los socios En cuanto a los bienes si son muebles, se debe presentar un inventario valorizado y

legalizado; y si son inmuebles se debe presentar una Escritura de Transferencia de la propiedad

Realizar el pago de derecho de inscripción, el cual consta de 3% del Capital pagado + 10% del cálculo anterior + 0.9% UIT.

Trámite del Registro Único de Contribuyentes (RUC) en la SUNAT.

Es un registro que contiene información del contribuyente. Por ejemplo, datos de identificación, actividades económicas, domicilio fiscal, así como los tributos a los que se encuentra afecto, entre otros datos.

Este registro se encuentra a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, entidad que tiene por finalidad administrar, fiscalizar y recaudar los tributos. El número de RUC que consta de once (11) dígitos. Para la inscripción en las oficinas de la SUNAT y obtención del RUC, se tiene en cuenta si se es persona natural o jurídica. Además de conocer el tipo de régimen del Impuesto a la Renta al cual se acogerá la empresa. Posterior a esto se realiza lo siguiente:

22 Guía de constitución y formalización de empresas. Pág. 15

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Llenar los formularios correspondientes de acuerdo al régimen a acogerse La SUNAT verifica la información llenada en los formularios SUNAT emite una ficha de RUC o comprobante de información Autorización de la impresión de comprobantes de pago

Legalización de Libros Contables

En la Ley del Impuesto a la Renta en el artículo N° 65 se establece llevar libros contables a fin de registrar las diversas operaciones comerciales que realiza una empresa; estos libros son:

Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Libro Caja, Libro de Compras, Libro de ventas, Libro de Planillas de Trabajadores, Libro de Actas y Libro Copiador de Actas y Telegramas

Los libros contables deben ser legalizados en cualquier Notaría Pública de legalización en constancia de un Notario Público, a su vez el Notario lleva un registro cronológico de las legalizaciones que realice un segundo libro concluido el libro anterior o presentar una certificación que muestre su pérdida.

Obtención de la licencia municipal

Es la autorización que otorga la municipalidad para poder desarrollar las distintas actividades económicas (comerciales, industriales o de prestación de servicios profesionales) propias del negocio, ya sea como persona natural o jurídica, entes colectivos, nacionales o extranjeras. Esta autorización previa, para funcionar u operar, constituye uno de los mecanismos de equilibrio entre el derecho que tengo a ejercer una actividad comercial privada y convivir adecuadamente con mi comunidad.23

Inscripción de los empleados

Esta inscripción se realiza ante el Ministerio de Trabajo, presentando los siguientes requisitos:

Ficha de Inscripción Número de RUC Libro de Planillas Licencia de la Municipalidad

Inscripción a ESSALUDLos empleadores deben inscribirse dentro de los 10 días hábiles contados desde el día

siguiente de la fecha de ingreso del primer trabajador, adjuntando lo siguiente: Libro de Planillas Copia de Ficha RUC

23 Guía de constitución y formalización de empresas. Pág. 119

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Copia de Escritura Pública

El Seguro Social de Salud - EsSalud es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es dar cobertura a los asegurados y sus derecho habientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, en un marco de equidad, solidaridad, eficiencia y facilidad de acceso a los servicios de salud.24

Autorizaciones o permisos especiales

Son permisos o requisitos que solicita la autoridad competente, según el giro del negocio; ello permite determinar el compromiso al momento de registrarse en las entidades públicas respectivas, donde se comprueba y se constata que se cumple con normas técnicas de salud, de seguridad, de infraestructura, etc. para que pueda operar el negocio sin poner en riesgo nada.

Para esto se tiene que comunicarse con las oficinas respectivas para tramitar la autorización, por ejemplo con:

a) Ministerio de Agricultura: para empresas de procesamiento de flora y fauna silvestre, beneficios de ganado y aves

b) MINCETUR: para hoteles, casinos, restaurantes

c) Ministerio de Educación: para academias, centros educativos

d) Ministerio de Energía y Minas: para grifos, empresas mineras artesanales

e) Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: para agencias de empleo, empresas de intermediación laboral

f) DIGESA: para registro sanitario de alimentos, juguetes y útiles de escritorio, empresas comercializadoras de residuos sólidos

g) DDIGEMID: para establecimientos farmacéuticos, químicos farmacéuticos

CHIAVENATO Idalberto “Administración Proceso, Teoría y Práctica” 3° edición. Editorial Mc. Graw Hill

RUIZ MARQUILLO Darwin “Organización y administración de empresas”

24 Guía de constitución y formalización de empresas. Pág. 57

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2° edición (2000). Trujillo - Perú

CASTILLO GUZMÁN JorgeBUENO VÁSQUEZ AntonioBENITES RAMÍREZ Junior

“Manual de la Micro y Pequeña Empresa - MYPE” 1° edición (2008). Ediciones Caballero Bustamante S.A.C. Lima – Perú

ZUANI RAFAEL Elio “Introducción a la Administración de Organizaciones”. Segunda Edición (2003), Editorial Maktub.

REYES PONCE Martin “Administración de empresas, teoría y práctica”Primera parte

MINISTERIO DE LA PRODUCCION

“Guía de constitución y formalización de empresas”(2009). Lima – Perú

Crecemype para la gestión de negocios

“Crece tu empresa – formalización”.

Ley de la Pequeña Empresa de Propiedad Privada. Ley N° 21621

Ley General de Sociedades. Ley N° 26887.

Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Decreto Supremo N°179-2004-EF

(08.12.04).

Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado. Ley N° 28079 - Decreto Legislativo N°937

Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y

Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE.

www.sunat.gob.pe www.crecemype.pe