asociaoo de puerto rico para disponer que se otorgue …

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ESTAOOLIBRE AS(X'lADODE PUERTO RICO LA FORTALEZA S~. JUAN, PlJERTO RICO Boletin Administrativo Nu.m.: OE-2007-21 ORDEN EJECUfIVA DEL GOBERNAOOR DEL ESTAOO LIBRE ASOCIAOO DE PUERTO RICO PARA DISPONER QUE SE OTORGUE UN pARAMETRO ADIOONAL DE PREFERENOA DE 5% A LOS PRODUCfOS MANUFACfURADOS POR EMPRESAS EN LAS CUALES TRABAJEN PERSONAS CON IMPEDIMENTOS FfsICOS 0 MENTALES EN PUERTO RICO PORCUANTO: Es pol1ticapublica de esta Administracion propiciar que !as personas con impedimentos puedan integrarse plenamente a nuestro quehacer poutico, social, cultural yeconomico de fonna que logren su independencia yautosuficiencia. POR CUANTO: En Puerto Rico existe un sinnllinero de empresas, particulannente en el sector manufacturero, que emplean personas con impedimentos y que cuentan con limitado capital. Estas empresas han alcanzado altos niveles de eficiencia,y las personas con impedinlentos que laboran en ellas han demostrado su capacidad para cumplir cabalmente con !as responsabilidades de su empleo. POR CUANTO: La Ley Nllin. 14 de 8 de enero de 2004, segtm enmendada, conocida como "Ley para la Inversion en la Industria Puertorriqueiia", nos provee una excelente oportunidad para incentivar este upo de empresa y as! proveerle a nuestros ciudadanos con impedimemos herramientas para Su desanollo yautosuficiep.cia. POR C'UANTO: La Ley para h Inversion en la Indmtria Puertorriqueiia, supra, establece mecanismos para que las empresas locale:s puedan tener lUl<l panicipacion efectiva en el mercado de compras del gobiemo y de esta fonna estimular el

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Page 1: ASOCIAOO DE PUERTO RICO PARA DISPONER QUE SE OTORGUE …

ESTAOOLIBRE AS(X'lADODE PUERTO RICOLA FORTALEZA

S~. JUAN, PlJERTO RICO

Boletin Administrativo Nu.m.: OE-2007-21

ORDEN EJECUfIVA DEL GOBERNAOOR DEL ESTAOO LIBREASOCIAOO DE PUERTO RICO PARA DISPONER QUE SE OTORGUEUN pARAMETRO ADIOONAL DE PREFERENOA DE 5% A LOSPRODUCfOS MANUFACfURADOS POR EMPRESAS EN LAS CUALESTRABAJEN PERSONAS CON IMPEDIMENTOS FfsICOS 0 MENTALESEN PUERTO RICO

PORCUANTO: Es pol1ticapublica de esta Administracion propiciar que !as

personas con impedimentos puedan integrarse plenamente

a nuestro quehacer poutico, social, cultural yeconomico de

fonna que logren su independencia yautosuficiencia.

POR CUANTO: En Puerto Rico existe un sinnllinero de empresas,

particulannente en el sector manufacturero, que emplean

personas con impedimentos y que cuentan con limitado

capital. Estas empresas han alcanzado altos niveles de

eficiencia,y las personas con impedinlentos que laboran en

ellas han demostrado su capacidad para cumplir

cabalmente con !as responsabilidades de su empleo.

POR CUANTO: La Ley Nllin. 14 de 8 de enero de 2004, segtm enmendada,

conocida como "Ley para la Inversion en la Industria

Puertorriqueiia", nos provee una excelente oportunidad

para incentivareste upo de empresa y as! proveerle a

nuestros ciudadanos con impedimemos herramientas para

Su desanollo yautosuficiep.cia.

POR C'UANTO: La Ley para h Inversion en la Indmtria Puertorriqueiia,

supra, establece mecanismos para que las empresas locale:s

puedan tener lUl<lpanicipacion efectiva en el mercado de

compras del gobiemo y de esta fonna estimular el

Page 2: ASOCIAOO DE PUERTO RICO PARA DISPONER QUE SE OTORGUE …

POR CUANTO:

POR CUANTO:

desanullo y fortalecimiento de la industria puertorriquena,

asl como la creacion de empleos. Entre esos mecanismos,

esra la asignacion de pacimetros de inversion a los

productos de empresas locales interesadas en venderle

aruculos y servicios al gobiemo. Esta Ley Ie impone al

Estado la obligacion de cumplir con unos pacimetros de

inversion establecidos al momento de hacer las compras

gubemamentales de bienes y servicios.

La Ley Nllin. 14, supra,crea la Junta para la Inversion de la

Industria Puertorriquena ("la Junta"), adscrita a la

Compallia de Fomento Industrial. La Junta es el

orgarusmo responsable de asignar los pacimetros de

inversion a los artlculos. Estos pacimetros de inversion

oscilanentre el dos por ciento (2%) yel diez por ciento

(10%) dependiendo del artlculo y la empresa, segtin la

clasificacionque establece la Ley. La Junta tiene, ademas,

la discrecion de conceder un cinco por ciento (5%)

adicional a los pacimetros de inversion establecidos en la

Ley para casos extraordinarios yen productos agncolas.

Esta Administracion considera importante que la Junta

considere como casa;extraordinaria,y por 10 tanto Ie pueda

conceder el referido parametro de 5% adicionala todo

producto manufacturado por empresas que al menos el

cincuenta por ciento (50%) de sus empleados sean

personas con impedimentos mentales 0 en empresa en que

trabajen un mlnimo de sesenta (60) empleados. De esta

forma, el gobiemo coopera con el progreso social y

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Page 3: ASOCIAOO DE PUERTO RICO PARA DISPONER QUE SE OTORGUE …

economico de las personas con impedimentos y garantiza

la continuidad de las empres as que las emplean.

POR TANTO: YO, ANIBAL ACEVEDO VILA, Gobemador del

Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud de los

poderes inherentes de mi cargo y de la autoridad que me

ha sido conferida por la Omstitucion y las leyes del Estado

Libre Asociado de Puerto Rico, por la presente dispongo

10 siguiente:

PRIMERO: Sera politica de esta Administracion promover que el

Gobiemo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

compre productos a empresas que emplean personas con

impedimentos flsicos 0 mentales.

SEGUNDO: La Junta para la Inversion en la Industria Puertorriquefia

consideraci como casos extraordinarios a los efectos del

Articulo 8 de la Ley Ntim. 14, supra,y por 10tanto podci

conceder un pacimetro de inversion adicional de cinco por

ciento (5%), a todo producto que cumpla con las

disposiciones de la Ley Ntim. 14, supra,y que ademas sea

una empresa que par 10 menos el cincuenta por ciento

(50%) de 105emp1eados que trabajen para la produccion de

esos artlculos sean personas con impedimentos, en

empresas en 1ascuales trabajen por 10 menos sesenta (60)

empleados.

TERCERO: Estas empresas debecin cumplir con todos los requisitos

dispuestos en la Ley Ntim. 14 de 8 de enero de 2004, Ley

para la Inversion en la Industria Puertorriquefia;con el

Reglamento 253, Reglamento para la Administracion de la

Ley de Inversion en la Industria Puertorriquefia; as! como

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Page 4: ASOCIAOO DE PUERTO RICO PARA DISPONER QUE SE OTORGUE …

con 105 terminos y condiciones para la venta de productos

al gobiemo de Puerto Rico.

CUARTO: Las entidades gubemamentales compra.cin productos

manufacturados por empresas que emplean personas con

impedimentos, seg{maqui se dispone, con el objetivo dual

de beneficiarse de productos y servicios de excelencia, a la

vez que contribuimos con el desarrollo de nuestra

poblacion con impedimentos.

QUINTO: La CDmparuade Fomento Industrial proveera a los Jefes de

Agencias, la !ista de empresas y arclculos elegibles para el

pacimetro de inversion adicional de cinco por ciento (5%)

que aqui se ordena.

SEXTO: Esta Orden Ejecutiva tendci vigencia inmediata.

EN 1ESTIMONIO DE La CUAL, expido la presente

bajo mi firma y hago estampar en ella el Gran Sello del

Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en la Gudad de

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Sanjuan, hoyd1~~de junio de 2007.

Promulgado de acuerdo con la ley,hoydla 27 de junio de 2007.

/f~~FERNANDO J.BONILLASecretario de Estado

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