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Escuela Academico Profesional de Derecho Curso : Introducción a la Ciencias Jurídicas Tema : Articulo Jurídico: Recursos Naturales y la Sociedad Docente : Dra. Kelly Melgarejo Morales Alumno : Pablo Santos Miranda Ciclo : I Barranca Perú

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Page 1: Articulo juridico pablo

Escuela Academico Profesional de Derecho

Curso : Introducción a la Ciencias Jurídicas

Tema : Articulo Jurídico: Recursos Naturales y la Sociedad

Docente : Dra. Kelly Melgarejo Morales

Alumno : Pablo Santos Miranda

Ciclo : I

Barranca Perú

Page 2: Articulo juridico pablo

El derecho a un medio ambiente equilibrado o

sano, es indiscutible que constituye un derecho

fundamental de la persona reconocido

constitucionalmente en la mayoría de los países

del mundo, por ello, debe ser estrictamente

respetado.

El avance científico y la tecnología y la justicia

ciega, han hecho que este derecho esté siendo vulnerado, porque el hombre de estos

tiempos con su vasto conocimiento, está en plena capacidad de destruir el medio

ambiente si así lo quisiera.

Al igual que otros derechos, el derecho a gozar de

un ambiente sano surge con la Declaración

Universal de los Derechos Humanos en 1948. Por su

parte, la Declaración de Lisboa de 1988 emitida

dentro del marco de la “Conferencia Internacional

sobre garantías del Derecho Humano al Ambiente”,

exhortó a reconocer el derecho que tiene una

persona a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y a la

vez sugirió a los estados crear mecanismos jurídicos que hagan posible que cada

individuo pueda ejercer y exigir sin impedimentos, el derecho a habitar en

un medio ambiente saludable para el desarrollo de su vida.

En la Constitución peruana de 1979, en su artículo 123 se reconoció expresamente

como un derecho ciudadano, al derecho a habitar en un ambiente saludable y

ecológicamente equilibrado. Más recientemente en 1993, se reconoce (actual

Constitución peruana), el derecho al medio ambiente sano como un derecho

fundamental de las personas en el artículo 2, inciso 22.

Entonces son derechos de las comunidades y/o personas exigir que no se violenten

todos estos espacios, que la salud y el bienestar de todos los que vivimos en las

ciudades esté garantizado antes que cualquier otro interés económico o de

desarrollo. Todos somos parte del medio ambiente y en la medida en que lo

hagamos nuestro y nos interesemos y participemos activamente empezaremos a ver

avances.

Conga y Espinar una Caso Mas

Page 3: Articulo juridico pablo

Los acontecimientos de Conga en Cajamarca y de Espinar en el Cusco son el

resultado de una combinatoria insólita: crecimiento económico basado en los

recursos no renovables en regiones con pobreza extrema, combinado con un proceso

de vulneración de derechos, la misma que en su gran parte lo hace las empresas

(Inversionistas) y peor aún si estos cumplen con irrisorios aportes (Canon Mineros)

al estado y los pueblos donde se encuentra esta inversión, lo más indignante es que

los que gobiernan estas regiones o pueblos no inviertan tal economía para el

desarrollo de sus pueblos, más ven sus interés propios (individual y grupal),

haciendo que los pobladores no tenga el derecho a una buena educación, salud y los

servicios básicos.

Por Ejemplo En primer tema que llama la atención es que, tanto el Presidente de

la Región Cajamarca como el Alcalde de la Provincia de Espinar, tienen en común

dos cosas: de un lado, tienen una baja capacidad de ejecución de sus presupuestos

de inversión, sobre todo en infraestructura básica y, de otro, tratan de que la

actividad minera en su ámbito de gobierno se paralice o en el menor de los casos

que dicha actividad funcione en los términos que ellos quisieran, es decir

aumentando la tributación o las donaciones de acuerdo a su criterio. Curioso que

quienes no pueden ejecutar sus propios presupuestos quieran dejar de tener.

Pareciera que el tema del medio ambiente y los ingresos no es el problema, sino el

de imponer o de ser escuchado su punto de vista, se trata pues de un tema de

poder, respondiendo a proyectos políticos que se aprovechan de una coyuntura que

ellos mismos la crean, para crecer políticamente o para promover sus candidaturas

o sus partidos políticos. No les importa poner en juego la vida de sus electores o

seguidores -por momentos pareciera que buscan muertes- a raíz del

exacerbamiento de los conflictos y del enfrentamiento con las fuerzas del orden,

olvidándose que de acuerdo a las Ley Nº 27972 en las municipalidades provinciales

y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local,

con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el

cumplimiento de sus fines.

Entonces: ¿Quién vulnera más el derecho de los pueblos, los extranjeros

(Inversionistas) o el mismo peruano (gobernantes), quienes fueron

elegidos en democracia y en derecho a ser elegidos representantes de

los ciudadanos?

Autor: Pablo Santos Miranda.