anexo protocolo de atención de apoderados

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ANEXO DEL REGLAMENTO INTERNO : PROTOCOLO DE CITACIÓN DE APODERADOS (AS) I. RESPONSABLES E INSTANCIAS DE ENVÍO DE CITACIÓN DE APODERADOS Quiénes pueden enviar citaciones para atender a apoderados, siendo responsables directos de esta atención, son: Equipo Directivo, Inspectoría, Profesor (a) Jefe, Profesor (a) de Subsector y Equipo Multiprofesional de Apoyo (psicólogo, psicopedagoga y fonoaudióloga). Respecto a las instancias en las que se puede citar a apoderados, se determina lo siguiente: - De acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Convivencia, específicamente, en los protocolos de actuación, o según corresponda, de acuerdo a la comisión de faltas, por compromisos o en su defecto por motivos de reforzamiento positivo de la conducta del (de la) estudiante. En estos casos se procede a la citación según lo estipulado en este documento. - Según necesidad determinada por Equipo Directivo y/o Equipo Multiprofesional. - De acuerdo a necesidad u obligación (ver punto II del presente documento) de profesores (as) jefes y/o de subsector. II. OBLIGATORIEDAD DE CITACIONES DE APODERADOS Los profesores jefes deberán citar, mínimo 2 veces a cada apoderado al semestre, para informarlos acerca de la situación de su pupilo (a) en los ámbitos académicos y conductual. Para tal efecto, se procederá de la siguiente manera: - Los (las) profesores (as) jefes dispondrán de un día a la semana (una hora y cuarenta y cinco minutos) para citar a apoderados. Para lo cual, tendrán por contrato estipulado este horario. - A lo mínimo por citación deberán convocar a tres apoderados. - La entrevista se realizará en la sala de clases. Los paradocentes recibirán y estarán informando a los apoderados el lugar en que se lleve a cabo este proceso. - Existirán distintos tipos (formatos) de citación según quién convoque (se adjuntan formatos). - Los (las) profesores (as) jefes citarán con un máximo de dos días de anticipación a los estudiantes para la semana que corresponde. Estos últimos, deberán enviar la citación por medio de una comunicación, a través de los (las) alumnos (as), registrando en un documento la firma de éstos como medio de registro de la recepción de la citación (ver documentos adjuntos). Cabe destacar que el Reglamento de Convivencia en su Capítulo III, punto 2.2.7, estipula este deber del apoderado. - De no asistir el apoderado, y de enviar comunicación escrita en libreta de comunicaciones excusándose de su inasistencia, se fijará fecha para la citación, volviéndose a citar, considerando sus tiempos a propósito de su justificación. - De no asistir el apoderado, y de no enviar excusas escritas en la libreta de comunicaciones , se enviará nueva citación, por parte de Inspectoría. De no asisitir a esta segunda citación, se enviará una tercera. En esta tercera citación, se especificará que el (la) estudiante no podrá ingresar a la sala de clases hasta que el (la) apoderado (a) asista y cumpla su responsabilidad. Deberá mantenerse, el (la) alumno (a) en Biblioteca, con actividades pertinentes a la asignatura y horario que le corresponda (responsabilidad de Inspectoría General).

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Page 1: Anexo protocolo de atención de apoderados

ANEXO DEL REGLAMENTO INTERNO:PROTOCOLO DE CITACIÓN DE APODERADOS (AS)

I. RESPONSABLES E INSTANCIAS DE ENVÍO DE CITACIÓN DE APODERADOS

Quiénes pueden enviar citaciones para atender a apoderados, siendo responsables directos de esta atención, son: Equipo Directivo, Inspectoría, Profesor (a) Jefe, Profesor (a) de Subsector y Equipo Multiprofesional de Apoyo (psicólogo, psicopedagoga y fonoaudióloga).

Respecto a las instancias en las que se puede citar a apoderados, se determina lo siguiente:

- De acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Convivencia, específicamente, en los protocolos de actuación, o según corresponda, de acuerdo a la comisión de faltas, por compromisos o en su defecto por motivos de reforzamiento positivo de la conducta del (de la) estudiante. En estos casos se procede a la citación según lo estipulado en este documento.

- Según necesidad determinada por Equipo Directivo y/o Equipo Multiprofesional.

- De acuerdo a necesidad u obligación (ver punto II del presente documento) de profesores (as) jefes y/o de subsector.

II. OBLIGATORIEDAD DE CITACIONES DE APODERADOS

Los profesores jefes deberán citar, mínimo 2 veces a cada apoderado al semestre, para informarlos acerca de la situación de su pupilo (a) en los ámbitos académicos y conductual. Para tal efecto, se procederá de la siguiente manera:

- Los (las) profesores (as) jefes dispondrán de un día a la semana (una hora y cuarenta y cinco minutos) para citar a apoderados. Para lo cual, tendrán por contrato estipulado este horario.

- A lo mínimo por citación deberán convocar a tres apoderados.

- La entrevista se realizará en la sala de clases. Los paradocentes recibirán y estarán informando a los apoderados el lugar en que se lleve a cabo este proceso.

- Existirán distintos tipos (formatos) de citación según quién convoque (se adjuntan formatos).

- Los (las) profesores (as) jefes citarán con un máximo de dos días de anticipación a los estudiantes para la semana que corresponde. Estos últimos, deberán enviar la citación por medio de una comunicación, a través de los (las) alumnos (as), registrando en un documento la firma de éstos como medio de registro de la recepción de la citación (ver documentos adjuntos). Cabe destacar que el Reglamento de Convivencia en su Capítulo III, punto 2.2.7, estipula este deber del apoderado.

- De no asistir el apoderado, y de enviar comunicación escrita en libreta de comunicaciones excusándose de su inasistencia, se fijará fecha para la citación, volviéndose a citar, considerando sus tiempos a propósito de su justificación.

- De no asistir el apoderado, y de no enviar excusas escritas en la libreta de comunicaciones , se enviará nueva citación, por parte de Inspectoría. De no asisitir a esta segunda citación, se enviará una tercera. En esta tercera citación, se especificará que el (la) estudiante no podrá ingresar a la sala de clases hasta que el (la) apoderado (a) asista y cumpla su responsabilidad. Deberá mantenerse, el (la) alumno (a) en Biblioteca, con actividades pertinentes a la asignatura y horario que le corresponda (responsabilidad de Inspectoría General).

Page 2: Anexo protocolo de atención de apoderados

III. CITACIÓN A REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DE APODERADOS (AS)

En los casos de citación a reuniones ordinarias, mensuales de apoderados (as), se procederá de la siguiente forma:

- La reunión se realizará en un horario permanente durante la segunda semana de cada mes, que se fijará anualmente, en el mes de marzo; sin perjuicio, que se realice alguna modificación, de orden extraordinario, de parte del Equipo Directivo.

- La realización de la comunicación de citación a reunión ordinaria será responsabilidad de Inspectoría General. Se utiliza preferentemente el sistema de papinotas.

- El (la) profesor (a) jefe debe cerciorarse de que la comunicación haya sido entregada a los apoderados, revisando la colilla firmada del comunicativo, o en su defecto, construyendo algún mecanismo de información al respecto, o bien, a través del registro de envío de comunicaciones del papinotas.

- Una vez terminada al reunión, en un plazo no superior a las 24 hrs., los (las) profesores (as) jefes deberán entregar la lista de asistencia a Inspectoría General.

- El (la) profesor (a) que tenga clase con el curso, a la primera hora del día siguiente a la reunión, deberá revisar las justificaciones de inasistencia e informará a Inspectoría General, para así, citar a los apoderados que no asistieron, para el día siguiente.

- Los apoderados insistentes serán atendidos por su profesor jefe, previa citación, o en casos especiales por Inspectoría General.

- De no asistir el apoderado, y de enviar comunicación escrita en libreta de comunicaciones excusándose de su inasistencia, se fijará fecha para la citación.

- De no asistir el apoderado, y de no enviar excusas escritas en la libreta de comunicaciones , se enviará citación para entrevista, y de no asistir, se enviará una tercera, refiriendo que el (la) estudiante no podrá ingresar a clases de no asistir.

En los casos de citación a reuniones extraordinarias, según necesidad, se procederá de la siguiente forma:

- El equipo Directivo, el (la) profesor (a) jefe o algún docente (previa autorización de dirección), podrán enviar comunicación (a contra firma) para citar a reunión extraordinaria. La citación deberá ir con colilla de recepción de citación, la que debe ser devuelta firmada al emisor del documento, o bien, podrá ser enviada por papinotas.

- El procedimiento posterior idem al anterior (reuniones ordinarias).

NOTA: Recordar que toda vez que aparezca “Inspectoría”, también, podrá hacer referencia a otro equipo que dirección pueda determinar para cumplir tales funciones (tal como se estipula en las modificaciones al reglamento interno, dispuestas en la circular 2, entregada a los apoderados en la reunión de marzo del 2015; y en la página web del colegio).