superior tribunal de justicia provincia de corrientes
Post on 06-Jan-2017
227 Views
Preview:
TRANSCRIPT
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
A C U E R D O N U M E R O D I E C I O C H O. En Corrientes, a los treinta días del
mes de junio del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas, estando reunidos y
constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la
Provincia, el señor Presidente Subrogante Dr. EDUARDO GILBERTO PANSERI, los
señores Ministros, Dres. FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN,
LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ y el señor Fiscal General Dr. CESAR PEDRO
SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO
CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y,
A C O R D A R O N
PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones:
I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto
Ley N° 26/00 LOAJ:
“N° 182 Corrientes, 22 de junio de 2016.
VISTO: La solicitud formulada por el Sr. Fiscal General en Expte. N° 63.104/16;
RESUELVO:
1) Declarar Feriado Judicial (Art. 104 del Decreto Ley N° 26/00) para la Asesoría
de Menores e Incapaces de Mercedes, los días 23 y 24 de junio del cte. año, a fin de
posibilitar el traslado de dicha dependencia al nuevo edificio ubicado en la calle Avda.
República Oriental de Uruguay N° 1552 de esa localidad.
2) Establecer que esos días se suspenderá la atención al público y el curso de los
términos judiciales, pero con la obligación de asistir a las audiencias fijadas con
anterioridad en todos los fueros y la del personal de concurrir en el horario habitual de
trabajo y/o el que le fije el superior jerárquico.
3) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo”.
“N° 185 Corrientes, 28 de junio de 2016.
VISTO: El Expte. E-2335-2016, caratulado: “CUERPO DE PSICOLOGÍA
FORENSE S/ SOLICITA AUTORIZACIÓN P/ REALIZACIÓN DE UN TALLER DE
PSICOHIGIENE DESTINADO A PSICÓLOGOS DE LA DELEGACIÓN DE CAPITAL - E/
PROYECTO DE LA CONSULTORA LABORAL "CA.PRO.SER"”, y;
CONSIDERANDO:
QUE el Cuerpo de Psicología Forense remite las actuaciones solicitando la
realización de un Taller de Psicohigiene destinado a los Psicólogos de la delegación de
Capital.
QUE el mismo se realizará en 4 (cuatro) encuentros de aproximadamente 1,15 hs.
(Una hora Quince Minutos) cada uno, con motivo del fallecimiento de la Licenciada Isabel
Castillo Odena quien cumpliera funciones en esa dependencia.
QUE, a fs. 01, obra proyecto y presupuesto elaborado por la Licenciada Rosa
Beatriz Moretti.
QUE, a fs. 04, obra Comprobante de Gasto Nº 2130 correspondiente a la reserva
del crédito para la presente erogación.
QUE existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin en Fuente
14 – Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica – Fondo Poder Judicial.
Por ello, lo normado en la Ley de Administración Financiera Nro. 5571 – art. 109 –
inc. 3 – ap. b, Ley Nro. 4484 – Fondo Poder Judicial, Acuerdo Extraordinario Nro. 16/02 –
RAF y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
1) APROBAR la realización del Taller de Psicohigiene destinado a los Psicólogos
de la delegación de Capital por un total de $7.200,00 (Pesos Siete Mil Doscientos).
2) AUTORIZAR a la Dirección General de Administración a realizar el gasto en el
presente Ejercicio Fiscal por $7.200,00 en la Partida 01-00-00-04-3.4.9., con afectación
definitiva de los créditos presupuestarios disponibles en Fuente 14 –Recursos del Tesoro
Provincial con Afectación Específica.
3) PROCEDER a su liquidación y oportuno pago por la Tesorería Jurisdiccional a
favor de la Licenciada Rosa Beatriz Moretti, afectando los saldos del Fondo del Poder
Judicial – Pagos.
4) Remitir a la Dirección General de Administración para su instrumentación.
5) Insertar, notificar y oportunamente archivar”.
Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Aprobarlas.
II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen
aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°:
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Resolución N° 180/2016 (Expte. E-2389-2016): Aprueba la Contratación Directa,
por la instalación de un puesto de red CAT 6 para el Juzgado de Menores N° 1, sito en el
Edificio Tribunales de esta ciudad y adjudica a la firma “SIE INGENIERÍA S.R.L.”, por la
suma de $ 12.000 (pesos doce mil).
Resolución N° 181/2016 (Expte. E-1928-2016): Aprueba la Contratación Directa,
por el servicio de adquisición de veintitrés (23) ejemplares del libro “La Aplicación del
Código Civil y Comercial de la Nación” – 2° parte – Año 2016 de la autora Kemelmajer de
Carlucci, que serán destinados a la Biblioteca Central y Bibliotecas del interior y adjudica
a la firma “RUBINZAL CULZONI S.A.”, por la suma de $ 20.286 (pesos veinte mil
doscientos ochenta y seis).
Resolución N° 183/2016 (Expte. E-2423-2016): Aprueba la Compra Directa, previo
concurso de precios, para la provisión de pedestales, astas y banderas de ceremonias de
Argentina y Corrientes, para la Asesoría de Menores de la localidad de Esquina y
adjudica a la firma “Librerías Red” de Ricardo Milano, por un total de $ 8.126,59 (pesos
ocho mil ciento veintiséis con cincuenta y nueve centavos).
Resolución N° 184/2016 (Expte. E-2155-2016): Aprueba la Compra Directa, previo
concurso de precios, para la contratación de la obra: Construcción de cerco perimetral en
terreno donado al Poder Judicial por el Municipio de San Luis del Palmar, sito en calle J.
J. Arce entre calles Bartolomé Mitre y Aviador Argüello de dicha localidad y adjudica a la
firma “ARQ. SILVA DE VILA, BEATRIZ NANCY”, por la suma de $ 36.817,91 (pesos
treinta y seis mil ochocientos diecisiete con noventa y un centavos).
Resolución N° 186/2016 (Expte. E-2297-2016): Aprueba la Contratación Directa,
para la provisión de siete (7) obras literarias: Guzmán “El análisis pericial caligráfico”;
Posada “Falsedad documental”; Flores, Carlos “Patología Forense”; Zajaczkowski, Raúl
“Investigación Homicidios”; Trezza “La data de la muerte” y Lastra, Gustavo “Derecho de
armas”, para la Biblioteca Central y adjudica a la firma: “Mario A. Viera de Viera S.H.”, por
un total de $ 4.360 (pesos cuatro mil trescientos sesenta).
Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Tener presente.
SEGUNDO: Visto: Los Expedientes referidos a los siguientes agentes: E-2588-2016
(Carlos Alberto HERVIER, M.I. N° 32.552.050, Fiscalía de Instrucción N° 2, Escribiente);
E-2589-2016 (MARINCIONI, Marina Victoria, M.I. N° 33.357.873, Asesoría de Menores e
Incapaces N° 1, Escribiente); quienes han cumplido el período de prueba en el ejercicio
de sus cargos, sin observación de sus superiores (Art. 19º del RIAJ); oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: Confirmarlos en el cargo y funciones para el que han sido
designados.
TERCERO: Visto: El Expte. E-2324-2016; en el que la Srta. Marcela Alejandra Ramírez,
quien figura en el orden de mérito Nº 346 de la lista de aspirantes para ingresar a la
Administración de Justicia en la Primera Circunscripción Judicial, solicita su inclusión en
la lista de la Tercera Circunscripción Judicial, alegando que concursó para la primera
circunscripción judicial, porque al momento del desarrollo del proceso de selección, se
encontraba estudiando para “Técnico Dental en el Instituto Superior Técnico de
Laboratorio Dental”, pero por cuestiones económicas y de integración familiar debió
regresar a Curuzú Cuatiá, su ciudad de origen; y CONSIDERANDO: Que los exámenes
previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el
escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de
las mismas etapas, como así también de sus contenidos y teniendo presente las razones
de integración familiar y laboral alegada por la peticionaria, circunstancias que este
Superior Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General;
SE RESUELVE: 1) Incluir a la Srta. Marcela Alejandra Ramírez en la lista de aspirantes a
ingresar a la Administración de Justicia en el escalafón administrativo de la Tercera
Circunscripción Judicial, al final del orden de mérito aprobado en el punto 9° del Acdo. Nº
29/14. 2) Excluirla de la lista de la Primera Circunscripción Judicial.
CUARTO: Visto: El Expte. E-2127-2016; en el que la Srta. Sonia Delicia Cima, quien
figura en el orden de mérito Nº 34 de la lista de aspirantes para ingresar a la
Administración de Justicia en la Segunda Circunscripción Judicial, solicita su inclusión en
la lista de la Tercera Circunscripción Judicial, alegando estar radicada actualmente con
su grupo familiar en la ciudad de Mercedes; CONSIDERANDO: Que los exámenes
previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el
escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de
las mismas etapas como así también de sus contenidos y teniendo presente las razones
de integración familiar alegada por la peticionaria, circunstancias que este Superior
Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
RESUELVE: 1) Incluir a la Srta. Sonia Delicia Cima, en la lista de aspirantes a ingresar a
la Administración de Justicia en el escalafón administrativo de la Tercera Circunscripción
Judicial, al final del orden de mérito aprobado en el punto 5° del Acdo. Nº 1/15. 2)
Excluirla de la lista de la Segunda Circunscripción Judicial.
QUINTO: Visto: El Expte. E-2506-2016; en el que el Sr. Gustavo Alberto Álvarez, quien
figura en el orden de mérito Nº 437 de la lista de aspirantes para ingresar a la
Administración de Justicia en la Primera Circunscripción Judicial, solicita su inclusión en
la lista de la Quinta Circunscripción Judicial; CONSIDERANDO: Que los exámenes
previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el
escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de
las mismas etapas como así también de sus contenidos y oído el Sr. Fiscal General; SE
RESUELVE: 1) Incluir al Sr. Gustavo Alberto Álvarez, en la lista de aspirantes a ingresar
a la Administración de Justicia en el escalafón administrativo de la Quinta Circunscripción
Judicial, al final del orden de mérito aprobado en el punto 11° del Acdo. Nº 29/14. 2)
Excluirlo de la lista de la Primera Circunscripción Judicial.
SEXTO: Visto: El Expte. E-2223-2016; en el que la Inspectoría de Justicia de Paz, eleva
el Acta labrada en ocasión de la inspección realizada al Juzgado de Paz de San Luis del
Palmar el día 24 de mayo del corriente año y habiendo tomado conocimiento los Señores
Ministros, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente y aprobar los
informes respectivos.
SEPTIMO: Visto: El Reglamento de Ingreso a la Función Judicial del Discapacitado,
aprobado por el Superior Tribunal de Justicia en el punto 17 del Acuerdo N° 13/10. Y
Considerando: Que, este Tribunal desde la aprobación del citado Reglamento se mostró
preocupado por la inserción laboral de las personas con discapacidad en la
Administración de Justicia Provincial, habiendo suscripto oportunamente un convenio de
colaboración con la Subsecretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Industria,
Trabajo y Comercio de la Provincia de Corrientes, con la finalidad de cumplir con lo
dispuesto en el art. 17 de la ley 4478 -Régimen de Protección Integral para personas
discapacitadas-, que expresamente establece: “El Estado Provincial, sus organismos
descentralizados o autárquicos, las empresas del Estado y las Municipalidades, quedan
obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para
el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento 4% de la totalidad de su
personal”, mientras que el Decreto Provincial N° 2495, reglamentario de la ley 4478,
establece con claridad que, cuando la ley dice Estado Provincial, debe entenderse como
los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Que, asimismo, no se puede dejar de señalar que nuestra Carta Magna Provincial
en su art. 44 dispone que, el Estado tiene a su cargo la protección integral de las
personas con discapacidad y deben proveer a su desarrollo e integración económica,
social y cultural, debiendo asegurarle y garantizarle a las personas con discapacidad, por
medio de acciones positivas, el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la
Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y leyes vigentes, sancionando todo
acto discriminatorio en perjuicio de los mismos.
Que, con el objeto de promover la inserción laboral del discapacitado en el ámbito
de la Justicia Provincial y dictar medidas positivas necesarias para el ejercicio de sus
derechos, se cree conveniente y oportuno, en el marco de las actuaciones en examen,
dictar una nueva reglamentación sobre el ingreso al Poder Judicial Provincial de las
personas con discapacidad, conciliando lo dispuesto en el art. 44 de la Constitución
Provincial, con lo normado en el art. 187 inc. 3) del mismo cuerpo normativo, en cuanto
establece que en el Poder Judicial, las designaciones en todos los casos deben hacerse
sobre la base de concurso para el ingreso a la función, consecuentemente, el régimen de
acceso al empleo judicial de las personas con discapacidad, debe contener pautas que
compensen las desventajas del aspirante y el análisis de los perfiles y puestos de trabajo
donde puedan desempeñarse sin obstáculo las personas con capacidades restringidas.
Por todo ello y oído el Señor Fiscal General, SE RESUELVE: 1°) Aprobar el
“Reglamento de Ingreso al Poder Judicial de la Provincia de Corrientes de Personas con
Discapacidad”, que como Anexo forma parte del presente. 2°) Aprobar los perfiles,
exigencias básicas y competencias para los Escalafones Administrativos (de
Superintendencia y Jurisdiccional) y para el Escalafón de Maestranza y Servicio,
confeccionado por la Dirección de Personal y Licencias, que como Anexo II forma parte
del presente, haciendo saber que para los demás Escalafones, atento a las
especialidades y particularidades de cada puesto, se elaborarán al momento de la
convocatoria. 3°) Dejar sin efecto el Reglamento aprobado en el punto 17° del Acuerdo
N° 13/10. 4°) Conformar una Comisión de Ejecución y Seguimiento del Reglamento,
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
conformado por: La Secretaría Administrativa, la Dirección de Personal y Licencias, la
Dirección de Arquitectura y los demás representantes que los Sres. Ministros y el Señor
Fiscal General designe.
OCTAVO: Visto: Los distintos planteos efectuados por los Señores Jueces, frente a las
cuestiones administrativas que se suscitan en el marco de una causa jurisdiccional. Y
Considerando: Que, los procesos jurisdiccionales no pueden quedar paralizados ante
planteos de naturaleza administrativa y teniendo presente que el sistema de gestión
IURIX, no prevé la posibilidad de tramitar un planteo administrativo con todas sus etapas,
oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1°) Hacer saber a los Tribunales que,
frente a un planteo de naturaleza administrativa en una causa jurisdiccional, deberá
formarse un expediente administrativo interno, con la copias y documentación pertinente
que se registrará en un libro que se habilitará a tal efecto, debiendo aplicarse la ley de
Procedimiento Administrativo Provincial, las normativas legales y reglamentarias de la
función administrativa del Poder Judicial, como así también los principios que informan el
Derecho Administrativo. 2°) Dar intervención a la Dirección General de Informática, para
que adopte las medidas necesarias, a fin de incorporar dentro del sistema de gestión, los
trámites administrativos que se plantean ante los distintos Tribunales, debiendo
oportunamente elevar la propuesta a este Superior Tribunal de Justicia, para su
aprobación, con el correspondiente instructivo de aplicación para la unificación del
trámite.
NOVENO: Visto: Las propuestas de los Señores Jueces de Instrucción y Correccional,
realizadas en el marco del Encuentro llevado a cabo en la ciudad de Mercedes, en el
corriente año, como así también, por los Tribunales Orales Penales de esta ciudad. Y
Considerando: La oportunidad y conveniencia de analizar la posibilidad de diferenciar
dentro de las actuaciones de un proceso penal, las actividades jurisdiccionales de
relevancia probatoria y decisoria dentro del expediente, de aquellas actuaciones
meramente administrativas de comunicación, notificación y otras. Por ello y oído el Señor
Fiscal General; SE RESUELVE: Autorizar al Juzgado de Instrucción N° 1 de esta ciudad
capital, con carácter de prueba piloto, a diferenciar en el marco de las causas en trámite
ante ese tribunal, el legajo jurisdiccional del legajo administrativo, compaginados en
forma separada, bajo el principio de celeridad, economía y sencillez de los trámites,
debiendo en el término de 120 días, elevar sus resultados al Superior Tribunal de
Justicia, a efectos de evaluar su aplicación a los demás tribunales del fuero penal.
DECIMO: Visto: Los Exptes. CA-293-2016 y CA-294-2016, a través del cual la Dra.
Marisa Esther Spagnolo de Godoy, en su calidad de Coordinadora del Programa “Justicia
y Sociedad Civil” comunica la reprogramación de las actividades que fueran aprobadas
por Acdos. N° 9/16 pto. 19° (a realizarse en la localidad de Esquina) y N° 13/16 pto. 15°
(a desarrollarse en la ciudad de Mocoretá), las que se desarrollarán los días 5 de agosto
y 29 de julio de 2016, respectivamente; oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener
presente, dar a publicidad por Secretaría y difusión en la página web del Poder Judicial,
con conocimiento del Área de Capacitación Judicial.
UNDECIMO: Visto: El Expte. E-1884-2016; referente a la solicitud de un Convenio de
Cooperación y Colaboración entre el Poder Judicial y la Asociación Interdisciplinaria de
Protección Familiar COETI, en el marco del Programa “Justicia y Sociedad Civil y oído el
Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Autorizar al Sr. Presidente a suscribir un Convenio
Marco de Cooperación Institucional y un Convenio de Colaboración vinculado con el
Programa “Justicia y Sociedad Civil” con la Asociación Interdisciplinaria de Protección
Familiar COETI, con las observaciones señaladas por el Sr. Ministro Dr. Fernando A. Niz.
DUODECIMO: Visto: El Expte. E-2624-2016; a través del cual el Colegio de Escribanos
de la Provincia de Corrientes, solicita se declare de interés el 85° Aniversario del Colegio
de Escribanos de la Provincia de Corrientes, a celebrarse el día 4 de julio del corriente
año, en la sede de su institución, sito en calle 9 de julio N° 1065/67 de la ciudad de
Corrientes; oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Declarar de Interés el 85°
Aniversario del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, conforme lo
peticionado.
DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-2621-2016; a través del cual el Área de
Capacitación Judicial, comunica la realización de la actividad TALLER “ASPECTOS
GENERALES DEL PROCESO” que presentara el Dr. Alejandro O. Aquino Britos, Juez
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Civil y Comercial N° 1 Subrogante de la ciudad de Goya. Por ello y oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: Tener presente y dar a publicidad por Secretaría.
DECIMO CUARTO: Visto: El Expte. E-2620-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “CAPACITACIÓN
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 3 Y CORRECCIONAL DE GOYA –PROCESO
CORRECCIONAL-” que presentara el Juzgado de Instrucción y Correccional N° 3 de la
ciudad de Goya y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad
por Secretaría.
DECIMO QUINTO: Visto: El Expte. E-2604-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “ANALISIS,
IDENTIFICACION Y TRATO A LAS PERSONAS EN SITUACION DE CRISIS,
ESPECIALMENTE A LAS MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO” que
presentara el Dr. José Osvaldo Ledesma, Juez de Paz de Berón de Astrada, oído el Sr.
Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.
DECIMO SEXTO: Visto: El Expte. E-2605-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “ENCUENTRO DE
PSIQUIATRAS, PSICOLOGOS Y TRABAJADORES SOCIALES FORENSES CON
JUECES CIVILES Y COMERCIALES CON COMPETENCIA EN PROCESOS DE
RESTRICCIÓN DE CAPACIDAD, ASESORES DE MENORES, DEFENSORES DE
POBRES Y AUSENTES” que presentara el Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses,
oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.
DECIMO SEPTIMO: Visto: El Expte. E-2603-2016; referente al pedido del Área de
Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “TALLER DE
CAPACITACION EN LENGUA GUARANI” que presentara el Centro Judicial de
Mediación, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por
Secretaría.
DECIMO OCTAVO: Visto: Las solicitudes de licencias:
1) Dra. Liliana María REINA, 4 días desde el 04/07/16 y 5 días desde el 25/07/16:
SE RESUELVE: Concederla (Art. 42º del R.I.).
2) Dra. Margarita Cristina RODRIGUEZ DE LEON, 3 días desde el 25/07/16: SE
RESUELVE: Concederla (Art. 42º del R.I.).
3) Dra. Mirta Susana TOLEDO, 5 días desde el 08/08 al 12/08/2016; SE
RESUELVE: Conceder 2 (dos) días por artículo 58 del RIAJ y 3 (tres) días por artículo 63
“in fine” del RIAJ –sin goce de haberes-.
4) Sra. Alicia Teresita ALTAMIRANO, 53 días desde el 07/04/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
5) Sra. Gladis Graciela OLGUIN, 21 días desde el 26/05/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 44º del R.I.).
6) Sr. Jorge ZIBELMAN, 30 días desde el 09/06/16: SE RESUELVE: Concederla
(Art. 44º del R.I.).
7) Dra. Ana Inés ALVIRA, 60 días desde el 23/05/16: SE RESUELVE: Concederla
(Art. 46º del R.I.).
8) Sra. María Alicia HERRERO, 10 días desde el 25/06/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 46º del R.I.).
9) Sra. Irma Rosa MATOSO, 7 días desde el 25/06/16: SE RESUELVE: Concederla
(Art. 46º del R.I.).
10) Sr. Carlos Alfredo GOMEZ, 26 días desde el 2/05/16: SE RESUELVE:
Concederla (Art. 45° del R.I.).
11) Visto: Las actuaciones sobre la licencia solicitada por el agente Carlos Alfredo
GOMEZ, a partir del 28/05/16 al 29/06/16. Y considerando: Los dictámenes del Instituto
Médico Forense y lo informado por la Dirección de Personal y Licencias, oído el Sr. Fiscal
General; SE RESUELVE: 1) No hacer lugar a la licencia peticionada. 2) Disponer que por
Secretaría se proceda a notificar los dictámenes médicos, como así también a intimar al
agente a que se reintegre a sus funciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.
69 del RIAJ, que en su parte pertinente y de aplicación al presente dice: “Si la causal
invocada por el personal judicial, como motivo para no concurrir al desempeño de sus funciones
fuese falsa…, se le impondrá un descuento sobre sus haberes igual al doble del tiempo que dure
su inasistencia, sin perjuicio de denegársele la licencia que pudiere solicitar y de aplicarse también
en este caso, lo dispuesto en el art. 70 de este Reglamento”, en función del Art. 50 del mismo
cuerpo normativo.
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
DECIMO NOVENO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No
habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo,
firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo.
Dr. EDUARDO GILBERTO PANSERI (Presidente Subrogante), los Dres. FERNANDO
AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ
(Ministros) y el Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, Dr. GUILLERMO
ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario Administrativo.
ES COPIA
ANEXO I (Acdo. N° 18/16, pto. 7°)
REGLAMENTO DE INGRESO AL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE
CORRIENTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Art. 1: Crear el Registro de Aspirantes con discapacidad para el ingreso al Poder Judicial
Provincial que, se encontrará a cargo de la Dirección de Personal y Licencias
dependiente del Superior Tribunal de Justicia, en el que podrán inscribirse las personas
con discapacidad que deseen concursar para acceder a un cargo dentro de la
Administración de Justicia Provincial y reúnan los requisitos de idoneidad requerido para
su ejercicio.
Art. 2: Los interesados que pretendan inscribirse en el Registro de Aspirantes con
discapacidad para el ingreso al Poder Judicial de la Provincia, deberán cumplimentar los
siguientes requisitos:
Ser ciudadano argentino en ejercicio.
Tener dieciocho años de edad.
Domicilio en la Provincia (no menor a un año si no hubiere nacido en ella –art. 4 inc. f)
R.I.)
Título Secundario completo.
Ser discapacitado, que deberá acreditarse con el correspondiente certificado
emitido por la autoridad Provincial competente.
Estar inscripto en el Padrón de Aspirantes con discapacidad para el Ingreso a la
Función Judicial de la Provincia de Corrientes, que estará a cargo del Área de
Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo Provincial o el organismo que en el
futuro lo reemplace.
Art. 3: CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL PADRON DE ASPIRANTES CON
DISCAPACIDAD PARA EL INGRESO AL PODER JUDICIAL: El postulante que pretenda
inscribirse en el Registro de Aspirantes con discapacidad para el ingreso a la
Administración de Justicia Provincial, deberá acreditar a través de la correspondiente
constancia, emitida por el Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Provincial o el órgano que en el futuro la reemplace que, la persona forma parte del
padrón de aspirante con discapacidad para el ingreso al Poder Judicial Provincial y
cuenta con capacidad para cubrir las competencias y habilidades en relación a los
perfiles de los puestos laborales dentro del servicio de justicia.
Art. 4: La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de 4 años, pasados los cuales
para renovarla deberá manifestar su voluntad de permanecer inscripto en el Registro,
presentando nuevamente certificado único de discapacidad y una nueva constancia del
Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo Provincial.
Art. 5: DEL PROCESO DE SELECCCIÓN:
a) Convocatoria:
El Superior Tribunal de Justicia, cuando lo considere oportuno llamará a concurso a los
inscriptos en el Registro, determinando quienes podrán participar de acuerdo a las
pruebas selectivas que se aplicarán en función de las distintas discapacidades y
exigencias de los puestos de trabajo y modalidad establecida.
b) Para el ingreso al Poder judicial deberá cumplirse con todos los requisitos de
registración, como así también, aprobar las pruebas selectivas correspondientes que se
establezcan para cada caso, aplicándose en todo lo que no fuere incompatible el
Régimen General de Concursos para el Ingreso a la Administración de Justicia Provincial.
c) Las pruebas selectivas que integrarán cada concurso, el criterio de puntuación, será
determinado por el Superior Tribunal de Justicia, de acuerdo a las características y
cualidades de las personas inscriptas y su adaptabilidad al perfil laboral requerido, con el
apoyo de las distintas áreas Técnicas y Profesionales del Poder Judicial Provincial y la
infraestructura necesaria para el desarrollo normal del concurso.
Art. 6: Designación: El Superior Tribunal de Justicia será el único órgano con
competencia para la designación de las personas con discapacidad en cualquier
dependencia o Tribunal que conforma la Administración de Justicia Provincial.
Art. 7: Inducción. Una vez designado el personal con discapacidad se pondrá en marcha
un proceso de inducción especial para su integración en el grupo de trabajo y adaptación
a las labores propias del puesto, con acompañamiento profesional especial en el caso de
ser necesario.
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
ANEXO II
(Acdo. N° 18/16 pto. 7°)
El Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Corrientes, o la oficina que haga sus veces, para emitir la constancia de Inscripción en el Padrón de Aspirantes al Ingreso al Poder Judicial –conforme Art. 3 del Reglamento de Ingreso al Poder Judicial de la Provincia de Personas con Discapacidad-, deberá expedirse sobre las tareas y sobre las exigencias básicas del puesto, los demás ítems de este documento se los consigna a título informativo de las características del perfil. Función Realiza toda actividad administrativa destinada a asistir al cumplimiento de la función judicial de un Juzgado o dependencia afín. Participa en la tramitación de los procesos, contribuyendo al despacho diario de los expedientes, dando trámite a las causas y manteniendo a la orden del día todos los requerimientos y actuaciones.
Tareas Las siguientes son las tareas comprendidas en las funciones de un Escribiente (Personal
Administrativo).
- Redactar escritos. - Atender al Público, evacuando consultas y dudas y brindando orientación a quien lo
solicita. - Controlar y cotejar datos. - Programar actividades propias y de la Dependencia. Coordinar diligencias - Clasificar según criterios de importancia - Confeccionar expedientes (caratular, agregar escritos, armar, foliar) - Cumplir plazos - Manejar herramientas informáticas. Tipear y carga de datos en PC. - Archivar y manejar documentación.
EXIGENCIAS BÁSICAS GENERALES
Respecto de las siguientes exigencias propias del puesto de trabajo deberá expedirse en el
detalle de la certificación.
PERFIL BÁSICO PARA UN ESCRIBIENTE (PERSONAL ADMINISTRATIVO) dentro del Reglamento de Ingreso de Personas con discapacidad
EXIGENCIAS BASICAS GENERALES OBSERVACIONES
Aprendizaje: Capacidad para incorporar conocimientos, aprender procesos o procedimientos con eficacia.
------------------------------------------------------
Memoria a corto y mediano plazo: capacidad para codificar, almacenar y recuperar información reciente y no tan reciente.
-------------------------------------------------------
Comprensión Verbal: capacidad para interpretar expresiones orales
Puede prescindirse para el caso de personas sordas o con disminución auditiva si puede comunicarse por escrito.
Comprensión escrita: capacidad para interpretar expresiones escritas
Puede suplirse mediante la utilización de herramientas especiales para el caso de no videntes.
Expresión Oral: capacidad para expresar ideas, situaciones, deseos, pensamientos etc. de manera entendible para todos de manera verbal
Puede suplirse por expresión escrita en algunas tareas.
Expresión escrita: capacidad de expresar ideas, pensamientos, situaciones mediante la escritura
Pueden utilizarse medios de expresión como braile y sistemas específicos para no videntes.
Capacidad para discernir prioridades establecer un orden en base a criterios.
------------------------------------------------------
Concentración: capacidad para sostener la atención
-------------------------------------------------------
Autonomía y Seguridad: capacidad para actuar con independencia, sin acompañamiento en las tareas que se le encomienden, con responsabilidad, resolviendo situaciones y tomando decisiones.
Especificar si requiere algún tipo de acompañamiento y de qué tipo
Trabajo a presión: Capacidad para soportar situaciones apremiantes que puedan ser generadoras de estrés, tensión y/o fatiga mental.
-----------------------------------------------------
Relaciones Interpersonales: Capacidad para iniciar y mantener relaciones con otras personas en un marco de cortesía y respeto
------------------------------------------------------
Confidencialidad: capacidad para comprender la importancia de tener la reserva necesaria para todo asunto del que tome conocimiento en ocasión de trabajo.
--------------------------------------------------
Destreza manual: capacidad para realizar escritura manual, manejo del teclado, confección de expedientes, foliado etc.
Especificar control de mandos y nivel fuerza
Ritmo de Trabajo: capacidad para mantener un ritmo -----------------------------------------------------
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
de trabajo constante sin perder eficiencia.
Desplazamiento: Capacidad Para caminar, y o desplazarse utilizando o no algún tipo de equipamiento
No requiere desplazamiento constante sino ocasional. Especificar si necesita algún equipamiento específico
Posición: capacidad para adoptar y mantener una postura determinada: SENTADO (para trabajar en escritorio) PARADO (para el mostrador en mesa de entrada para atención al público
Especificar si necesita algún equipamiento específico
COMPETENCIAS Las siguientes son las competencias propias del perfil de Escribiente (Personal Administrativo) que se exponen solo a título informativo del Perfil.
ANÁLISIS Y REDACCIÓN
JUDICIAL
Capacidad para redactar de manera clara y precisa escritos judiciales (cédulas, oficios, resoluciones, proveídos, etc.) aplicando correctamente la estructura propia de estos escritos.
COMUNICACIÓN EFICAZ
Capacidad para transmitir información, ideas y opiniones de forma clara y precisa y capacidad de escuchar, siendo receptivo a las ideas y opiniones de las personas en general, a fin de mantener canales abiertos y redes de contacto.
PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Capacidad para establecer eficazmente un orden apropiado de actuación personal o para terceros orientado al logro de objetivos.
CONOCIMIENTOS
TÉCNICOS NORMATIVOS
Capacidad para poseer, mantener actualizados y aplicar todos los conocimientos y experiencias específicas relacionadas con la normativa aplicable, que se requieran para el cumplimiento del trabajo.
INICIATIVA
Capacidad para buscar nuevas soluciones a problemas actuales o futuros anticipándose en base a un impulso personal y propio
CORTESÍA Y MODALES
Capacidad para desenvolverse en toda circunstancia de manera educada, con buenos modales y respeto tanto en la comunicación escrita como en la verbal y gestual
ÉTICA
Capacidad para mantenerse fiel a los cánones éticos y de resguardar la confidencialidad de todos los asuntos respecto de los cuales tome conocimiento y tengan vinculación con este Poder Judicial, absteniéndose de realizar actos incompatibles con la rectitud que exige el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
- El trabajo tiene lugar en el ámbito de oficina, con iluminación, ventilación y mobiliario adecuado a necesidades ergonómicas. - Implica una carga mental moderada por el nivel de concentración demandado y el volumen de información y precaución con que se maneja y por la exigencia de cumplimiento de plazos. - Implica una carga física estática que exige mantener la posición sentado y con atención visual gran parte de la jornada. - Carga horaria seis horas diarias y 30 semanales con disponibilidad full time. - Exige trabajo individual y trabajo en equipo
REQUISITOS
Formación Académica Estudios Secundarios completos
Experiencia No requiere
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
El Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Corrientes, o la oficina que haga sus veces, para emitir la constancia de Inscripción en el Padrón de Aspirantes al Ingreso al Poder Judicial -conforme Art. 3 del Reglamento de Ingreso al Poder Judicial de la Provincia de Personas con Discapacidad-, deberá expedirse sobre las tareas y sobre las exigencias básicas del puesto, los demás ítems de este documento se los consigna a título informativo de las características del perfil. Función Realiza toda actividad atinente a la limpieza, mantenimiento y orden de la Dependencia y
lugares comunes. Traslada, conserva y custodia documentación e insumos. Así como asiste a la
función administrativa en fotocopiado, preparación de documentos, diligenciamientos varios
internos y externos.
TAREAS
Las siguientes son las tareas comprendidas en las funciones de un Ayudante (Personal de
Maestranza).
- Realizar y mantener la limpieza y el orden de la Dependencia y lugares comunes así
como también de los utensilios y colectar y eliminar residuos.
- Realizar diligencias a las distintas dependencias del Poder Judicial así como también a
organismos externos.
- Realizar servicio de cafetería para las autoridades de la Dependencia
- Desplazar, mover, trasladar muebles
- Preparar y registrar los envíos de correo
- Sacar fotocopias
- Tareas simples de mantenimiento
- Oficios
PERFIL BÁSICO DE AYUDANTE (PERSONAL DE MAESTRANZA) dentro del Reglamento de Ingreso de Personas con discapacidad
EXIGENCIAS BÁSICAS GENERALES
Respecto de las siguientes exigencias propias del puesto de trabajo deberá expedirse en el
detalle de la certificación
EXIGENCIAS BÁSICAS GENERALES OBSERVACIONES
Memoria de Corto y mediano plazo: capacidad para codificar, recuperar y almacenar información
---------------------------------
Comprensión Verbal: capacidad para interpretar expresiones orales Ya sea por audición o por lectura de labios
Comprensión Escrita: capacidad para interpretar expresiones escritas
---------------------------------
Expresión Oral: capacidad para expresar ideas, situaciones, deseos, pensamientos de manera entendible para todos de manera verbal
Puede ser suplida por la expresión escrita o por otro medio
Expresión escrita: capacidad para expresar ideas, situaciones, deseos, pensamientos de manera entendible para todos de manera escrita
---------------------------------
Organización: capacidad para organizar y priorizar la propia tarea en coordinación con los compañeros de trabajo.
Relaciones Interpersonales capacidad para interactuar y mantener relaciones con otras personas en un marco de cortesía y respeto
---------------------------------
Autonomía y seguridad: capacidad para actuar con independencia y responsabilidad en las tareas que se le encomienden.
Especificar si requiere algún tipo de acompañamiento
Confidencialidad: capacidad para comprender la importancia de tener la reserva necesaria para todo asunto del que tome conocimiento en ocasión de trabajo.
--------------------------------
Visión: Capacidad para reconocer y/o distinguir colores y objetos con la vista
Especificar agudeza cercana, lejana, campo visual y demás especificaciones
Audición: capacidad para oír, reconocer o discriminar sonidos Especificar agudeza y demás características. Puede suplirse con lectura de labios o expresión escrita
Trabajo a Presión: capacidad de soportar situaciones apremiantes de exigencia que puedan generar tensión.
---------------------------------
Destreza física/ esfuerzo físico: capacidad para levantar, llevar, empujar, halar, manipular elementos.
Especificar control de mandos y nivel fuerza
Desplazamiento: Capacidad para caminar y/o desplazarse utilizando algún tipo de equipamiento
Especificar si necesita algún equipamiento específico
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
COMPETENCIAS Las siguientes son las competencias propias del perfil de Ayudante (Personal Administrativo) que se exponen solo a título informativo del Perfil.
COLABORACION Y ESPÍRITU
DE SERVICIO
Capacidad para brindar apoyo a compañeros, superiores, y toda otra persona con la que tome contacto en situación de trabajo. Estando atento y disponible a las necesidades que se puedan plantear y respondiendo con buena disposición y prontitud.
ORGANIZACIÓN
Capacidad para establecer eficazmente un orden apropiado de actuación personal o para terceros orientado al logro de objetivos, orientado al propio trabajo y al que exige coordinación con sus pares.
COMPROMISO
Capacidad para sentir como propios los objetivos de la Dependencia y cumplir con las obligaciones con dedicación
ADAPTABILIDAD A LOS
CAMBIOS DEL ENTORNO
Capacidad para comprender y evaluar posturas distintas de las propias y adaptarse a los nuevos modos de hacer de manera eficiente.
COMPROMISO CON LA CALIDAD DEL TRABAJO
Capacidad para asegurarse de que el trabajo realizado satisfaga la finalidad para la que fue dispuesto apuntando a la mejora continua.
DISCRECIÓN Y PRUDENCIA
Capacidad para mantenerse fiel a los cánones éticos y de resguardar la confidencialidad de todos los asuntos respecto de los cuales tome conocimiento y tengan vinculación con este Poder Judicial, absteniéndose de realizar actos incompatibles con la rectitud que exige el puesto.
TOLERANCIA A LA PRESION
EN EL TRABAJO
Capacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y conflicto.
RESPONSABILIDAD
Capacidad para comprometerse e involucrarse con el resultado de las tareas asignadas, respondiendo por los errores y asumiendo las consecuencias
BUEN MANEJO DE LAS
RELACIONES INTERPERSONALES
Capacidad para plantear y propiciar adecuadas relaciones interpersonales con toda persona con la que tome contacto en ocasión de trabajo
CORTESIA Y MODALES
Capacidad para desenvolverse de manera educada, con buenos modales y respeto tanto en la comunicación escrita como en la verbal y gestual.
CONDICIONES DE TRABAJO
- Una parte del trabajo tiene lugar en el ámbito de oficina con iluminación, ventilación y mobiliario adecuado a
necesidades ergonómicas y otra parte tiene lugar en la vía pública al momento de realizar las diligencias
expuesto a inclemencias climáticas inconvenientes del tránsito, apremio horario.
- Implica una carga mental baja por puesto que no implica manejo de gran volumen de información ni
concentración.
- Implica una carga física dinámica moderada que exige movilidad de miembros para la realización de las tareas
de limpieza y para realizar las diligencias en la vía pública.
- Carga horaria siete horas diarias y 35 semanales con disponibilidad full time.
- Exige trabajo individual y trabajo en equipo
REQUISITOS
Formación Académica Estudios Secundarios completos
Experiencia No requiere
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
COMUNICADOS DE SECRETARIA
1. PROGRAMA “JUSTICIA Y SOCIEDAD CIVIL”: COMUNICA: La reprogramación de
las siguientes actividades:
Capacitación “RESPONSABILIDAD. CONCEPTO. PRESUPUESTOS. MIRADA
DEL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. ALCANCE DE LA
RESPONSABILIDAD A LOS DOCENTES Y TITULARES DE
ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO” -2da.
Edición- (aprobada por Acdo. N° 13/16 pto. 15°), se realizará en la ciudad de
Mocoretá, el día 29 de julio de 2016.
Jornada - Taller sobre la problemática de “VIOLENCIA DE GENERO”
(aprobada por Acdo. N° 9/16 pto. 18°), se realizará en la ciudad de Esquina, el día 5
de agosto de 2016.
_______________________________________________________________________
2. AREA DE CAPACITACION JUDICIAL: COMUNICA: La realización de las siguientes
actividades:
a-“ANÁLISIS, IDENTIFICACIÓN Y TRATO A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE CRISIS, ESPECIALMENTE A LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”
COORDINADORES: DR. NÉSTOR OSCAR ANOCÍBAR, LIC. MARÍA ALEJANDRA MONTIEL, LIC. MARIO DANIEL DÍAZ, DR. JOSÉ OSVALDO LEDESMA.- INSTRUCTORES: DR. NÉSTOR OSCAR ANOCÍBAR, LIC. MARÍA ALEJANDRA MONTIEL, LIC. MARIO DANIEL DÍAZ.- DESTINATARIOS: Exclusivamente personal policial de las comisarías de los departamentos de Berón de Astrada y General Paz, Facilitadores Judiciales y Personal de los Juzgados de Paz de Berón de Astrada, Ita Ibaté y Caa Cati.- FECHA: Lunes 3, 17, 24 y 31 de Octubre y 7 de Noviembre.- HORARIO: A confirmar.- LUGAR: A confirmar, en la localidad de Berón de Astrada.- INSCRIPCIÓN: En el Juzgado de Paz de Berón de Astrada.-
b- CAPACITACION DEL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 1 - GOYA
“ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO”
COORDINADOR: DR. ALEJANDRO O. AQUINO BRITOS
INSTRUCTORES: DRES. ALICIA MELANA – ANALIA DIAZ COLODRERO – JORGE
ERNESTO ESCÓFANO – SILVINA COLONESE
PROGRAMA
MODULO 1: Demanda – Notificación 1. Presupuestos de admisibilidad de la demanda según el tipo de proceso:
Prescripción adquisitiva-interdictos-reivindicación-daños y perjuicios- informaciones sumarias- incapacidades- sucesorios- contencioso administrativo.
1.1 PRACTICO: ingresos de expedientes - redacción de primeras providencias – códigos de actuación según sistema IURIX.
2. Notificaciones en general: Notificación por nota o ministerio de la ley; notificación tácita; notificación por cédula, notificación por carta documento: Presupuestos. Aplicación de los arts. 40 y 41 del CPCC.
2.1. Control previo de recaudos formales de medios de notificación: cédula ley, carta documento, oficios, mandamientos, edictos. 2.2. Control previo de recaudos formales de documentos especiales: minutas e hijuelas. 2.3. PRÁCTICO: revisar expedientes, detectar tipos de notificación y controlar proyectos.
MODULO 2: Procedimiento Probatorio.
1. Introducción a la etapa probatoria: Audiencia preliminar. Apertura a prueba. 2. Audiencia preliminar: oportunidad, alcance y conveniencia. Art. 360 del CPCC.
Acuerdo: redacción del acuerdo. Homologación: Alcances y efectos. 3. Clausura de la etapa probatoria: informe de certificación de pruebas producidas.
Auto de clausura: pruebas pendientes de producción o declaración de caducidad de oficio.
4. Medidas para mejor proveer: Activismo o Garantismo.
2.1. PRÁCTICO: Formación de cuadernos de prueba y redacción del proveído de admisión, certificación de prueba y clausura del período probatorio. Códigos de actuación.
INICIO: Jueves 28 de Julio de 2016 a las 18:00 horas. DICTADO: 12 clases en total de una hora y media. LUGAR: Sede del Tribunal – Colón N° 671 –Goya- DESTINATARIOS: Personal del mismo juzgado. REGULARIDAD: 90% de asistencia.
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
EVALUACION: Escrita. Elaboración de un trabajo práctico en base a los temas desarrollados INSCRIPCION: en sede del Tribunal.
c- CAPACITACION DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 3 Y CORRECCIONAL -
GOYA
“PROCESO CORRECCIONAL”
COORDINADORA E INSTRUCTORA: DRA. TERESITA E. DUALIBE
PROGRAMA
1° MODULO: LA GESTION JUDICIAL:
Importancia en el Derecho Penal. Control previo a la apertura de instancia. Ingreso. Recepción. Requisitos de Procedencia. Verificación de cumplimiento del Art. 357 del CPP. Principio de Congruencia. Nulidades. Competencia. Registro: Detenidos-Elementos Secuestrados. Manejo del Sistema IURIX. Planilla/Informes Genéricos.
2° MODULO: SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA:
Requisitos de Admisibilidad. Análisis pormenorizado de cada caso en particular. Oportunidad para su planteo. Violencia de Género. Nuevas Disposiciones del STJC: Recurso/concesión. Audiencia Oral y Única a tenor del Art 76 bis del CP. Resolución (Denegatoria/de Concesión). Revocación (Debate-Sentencia). Extinción de la Acción Pena y sobreseimiento por cumplimiento
3° MODULO: VENCIMIENTO DEL TERMINO DE PRUEBA:
Análisis de Partes. Testigos de Cargo. Testigos Nuevos: Admisión y Rechazo. Revocación de Probation y Fijación de Nueva Fecha de debate. Decreto de fijación de Fecha de Audiencia de Debate. Citaciones y Notificaciones. Actos del Debate: apertura, cuestiones preliminares. Testimoniales. Recepción de Pruebas. Alegatos.
4° MODULO: PRESCRIPCION:
Extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo. Requisitos de admisibilidad. Análisis de cada caso en particular: delitos de Violencia de Género e Incumplimiento de Deberes de asistencia Familiar. Jurisprudencia Aplicable al caso. Computo de términos. INICIO: Martes 28 de Junio de 2016 de 17:00 a 19:00 horas. DICTADO: 8 clases en total. LUGAR: Sede de la Secretaría Correccional. DESTINATARIOS: Personal de la Secretaría Correccional. REGULARIDAD: 90% de asistencia.
EVALUACION: Teórico-Práctico. INSCRIPCION: en la misma Secretaría Correccional.
d. ENCUENTRO
- TALLER DE PRACTICAS -
PSIQUIATRAS DEL INSTITUTO MEDICO FORENSE CUERPO DE PSICOLOGIA FORENSE
CUERPO DE TRABAJADORES SOCIALES FORENSES
con
JUECES CIVILES Y COMERCIALES con competencia en procesos de restricción de capacidad
ASESORES DE MENORES DEFENSORES DE POBRES Y AUSENTES
CAPITAL
VIERNES 1 DE JULIO INDICADORES DE ABORDAJE A PERSONAS AFECTADAS EN SU CAPACIDAD
- Audiencia del art. 35 de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657- EXPOSITORES: Dr. ROBERTO ANTONIO GALIANA. –Vice- Decano del Instituto Médico Forense . Lic. ALEJANDRO GOLDFARB Jefe Coordinador del Cuerpo de Psicología Forensesl Lic. MIGUEL ALEJANDRO MARSALL Trabajador Social del Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses COORDINADORA: Dra. MARÍA JOSEFINA FERRECCIO. Secretaria del Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses. Poder Judicial. Provincia de Corrientes. HORA: Viernes 1 de Julio de 16:30 hs. a 20:00 hs. LUGAR: Capital- Aula 1 del Área de Capacitación – 9 de julio 1099 – 9° Piso.
e-CAPACITACION DEL CENTRO JUDICIAL DE MEDIACION - CAPITAL
“TALLER DE CAPACITACIÓN EN LENGUA GUARANÍ” COORDINADOR: DR. MIGUEL ANTONIO BENITEZ INSTRUCTOR: CAPACITADOR EN GUARANI: ROBERTO BENJAMIN CANDIA – Suboficial Mayor (R.O.) – Policia de Corrientes (INVITADO)
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
PROGRAMA
Nociones de Fonología y Morfología:
El alfabeto.
Vocales nasales y orales.
Consonantes orales, nasales y digramas.
Silabación. Estructura gráfica.
Áreas temáticas: Presentaciones y saludos.
Fórmulas de cortesía.
Los números
Los días de la semana -los meses - los años.
Las plantas.
Los animales.
El clima.
Valores y pautas de convivencia: conducta, normas, respeto y solidaridad.
Situaciones comunicativas: Presentarse. Agradecer, disculparse, pedir permiso, Averiguar. Ofrecer. Aceptar. Rechazar. Preguntar e informar. Pedir algo o alguna cosa en particular, preguntar por determinados lugares y /o direcciones específicas. INICIO: Miércoles 03 de agosto de 2016 de 18:00 a 20:00 horas. DICTADO: 10 clases en total. LUGAR: Salón Auditorio del Área de Capacitación del Poder Judicial. 9 de Julio N° 1099 – 9no piso. DESTINATARIOS: Personal del Centro Judicial de Mediación, de todas las áreas del Poder Judicial que estén vinculadas a la atención al público y Mediadores matriculados. REGULARIDAD: 90% de asistencia. EVALUACION: La evaluación comprenderá:
Instancias de auto-evaluación, típicamente de proceso, sobre parámetros compartidos, que implicará el cumplimiento de lecturas y la resolución de las consignas de trabajo.
Trabajos prácticos, individuales y grupales, que apuntarán a la aplicación práctica de lo desarrollado.
Una evaluación final presencial, individual y por escrito.
Teórico – Práctica.
Cuestionarios
Resolución de ejercicios y problemas
Intercambio orales: diálogos, puestas en común.
Examen final integrador
Participación e Interés del asistente.
INSCRIPCION: En Área de Capacitación, el 1° de Agosto desde las 7:00 horas, hasta cubrir cupo de 60 personas.
3. EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, HACE
SABER:
Que, por Resolución de la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos de
Corrientes N° 21 de fecha 27 de marzo de 2015, se le aplicó a la Escribana FIDELIA
AYALA ORTIZ, Titular del Registro Notarial N° 504, con asiento en la ciudad de Monte
Caseros, la sanción de tres meses de suspensión en el ejercicio de su profesión, la que
se hará efectiva desde el día 21 de junio de 2016 hasta las 24 horas del día 21 de
septiembre de 2016. (Expte. E-2619-2016).
4. CANCELACION DE MATRICULA DE PERITOS JUDICIALES:
Por Resolución del S.T.J. N° 333 de fecha 19 de abril de 2016, se procedió a la
CANCELACION de la matrícula de perito Médico de este Superior Tribunal de Justicia, a
la Dra. Lucía RUFFA, registrada bajo el N° 29, obrante al Folio 31, del Libro I. (Expte. N°
20.466/01).
5. BIBLIOTECA CENTRAL DEL PODER JUDICIAL: Comunica:
Ante la proximidad de la Feria Judicial, se recuerda la vigencia del art. 171 2da
parte del Reglamento Interno de Administración de Justicia, que se transcribe a
continuación: “Los Magistrados y Funcionarios que no hayan sido designados para
ejercer funciones durante la feria judicial, o que se ausenten de la ciudad, deberán
devolver las obras en su poder, aun cuando no haya vencido el plazo de préstamo. Se
Superior Tribunal de Justicia
Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
exceptúan de esta disposición los libros cedidos en préstamo permanente. Las obras
deberán ser devueltas a las Bibliotecas Judiciales, antes del 5 de julio próximo.”
top related