curso de derecho economico

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DERECHO ECONÓMICOINTRODUCCIÓN

Muchos Abogados creen que la Economía esel estudio de la Inflación, el desempleo, losciclos económicos y otros fenómenosmacroeconómicos o microeconómicosmisteriosos, alejados de los interesescotidianos del Sistema Legal. En realidad, elcampo de la Economía es mucho más amplio,y la Economía es hoy en día una herramientapoderosa para analizar un vasto conjunto decuestiones legales.

La idea de aplicar los conceptos económicos paraexaminar los efectos de las leyes e institucionesjurídicas es tan antigua como la propia cienciaeconómica. Sin embargo, la aparición del “AnálisisEconómico del Derecho”, como método deinvestigación dentro del análisis económico, es unfenómeno relativamente reciente. Concretamente,desde los años cincuenta (1950) comienzan a apareceruna serie de trabajos en los que se conectan laEconomía y el Derecho y que han dado lugar a unalínea de investigación con carácter propio en el ámbitodel análisis económico.

El primer trabajo especializado sobre AnálisisEconómico del Derecho, lo encontramos enla primera revista especializada sobre eltema la cual fue denominada “JOURNAL OFLAW AND ECONOMICS”. Es oportuno, señalarque las Revistas Especializadas de ReferenciaInternacional sobre AED. son The Journal ofLaw and Economics, The InternationalReview of Law and Economics, The Journalof Legal Studies, and the Journal of Law,Economics and Organizations.

El AED. se configura como laaplicación de la Teoría Económica ala formación, estructura y efectosde las Leyes e InstitucionesJurídicas.Así, es común ver que se resaltaque el AED. Es el fruto de unesfuerzo multidisciplinar deintegración de disciplinascientíficas.

Para el Análisis Económico del Derecho (AED),se debe entender a la Economía como LACIENCIA DE LA ELECCIÓN RACIONAL EN UNMUNDO DONDE LOS RECURSOS SONLIMITADOS EN RELACIÓN CON LASNECESIDADES HUMANAS.Así definida la Economía, su tarea consiste enexplorar las consecuencias del supuesto deque el Hombre es un Maximizador Racionalde sus fines en la vida, sus satisfacciones, loque se llama su “INTERÉS PROPIO”.

El concepto del hombrecomo un maximizadorracional de su interésPropio conlleva a que laspersonas respondan aciertos incentivos.

Así, la Economía se ha ganado,merecidamente, el apelativo de ser la “REYNADE LAS CIENCIAS SOCIALES“, tal galardón lo haobtenido por su capacidad de predecir laconducta humana. En general, los Beneficios,motivan a alguien a desarrollar conductas quelos generan (es decir llevan a las personas abuscarlos) y los Costos desalientan adesarrollar conductas que llevan a incurrir enellos (es decir llevan a las personas aevitarlos).

Por tanto, redactar una Ley, prepararuna Sentencia, una DecisiónAdministrativa, o simplemente redactarun Contrato, son actos respecto de loscuales los Abogados necesitamos sabercómo influirán en la conducta de losinteresados. Así, IDENTIFICAR LOSINCENTIVOS CORRECTOS, CONTRIBUIRÁCON ALCANZAR O NO LOS FINES QUENOS PROPONEMOS.

EL DERECHO ES UN SISTEMA DEREGULACIÓN DE LA CONDUCTAHUMANA, que busca orientar estaConducta, sobre la base deIncentivos que solemos llamar“Consecuencia Jurídica”. Así, resultade mucha utilidad contar con unametodología para predecir laconducta.

Bajo estos preceptos es que aparece el «AnálisisEconómico del Derecho - AED», como unaMETODOLOGÍA DE ANÁLISIS, que lo quepersigue es aplicar los métodos de la CienciaEconómica al Derecho. Y, lo que busca esestablecer los costos y los beneficios dedeterminadas conductas. En realidad lo que seconsigue con el AED es predecir conductas deseres humanos. Se parte del Principio de quelos Seres Humanos actúan en base a incentivosy que en consecuencia buscan lo que lesfavorece y evitan lo que les perjudica.

(Maximizar Beneficios Vs. Minimizar Costos).

El Estado es un Ente Abstracto queejerce el Poder Político por encargode la Nación, asumiendo una seriede roles, como es la Economía deun País; en el caso del Perú elArtículo 58 de la Constitución Políticaconsagra que el RégimenEconómico es el de una «EconomíaSocial de Mercado».

Así, los Estados adoptan los llamados SistemasEconómicos, y se adhieren a determinadoModelo, que lo encontramos en la llamadaConstitución Económica. Norbert Reich serefería a la Constitución Económica delEstado, al entenderla como: “El ordenamientopolítico y jurídico de un sistema económiconacional, que delimita los ámbitos de los sectoresprivado y público, estipula las reglas del juego a lasque deben someterse las personas en sus actividadeseconómicas y, fija algunas normas generales acercadel uso, el usufructo, el intercambio y la disposiciónde los derechos de propiedad sobre la riqueza”.

Como disciplina especializada, el DerechoEconómico toma un carácter universal que sibien hace referencia a situaciones económicasque le dan fundamento, abarca tambiénnormas jurídicas transcritas en lasConstituciones de los Estados, donde laEficacia y la Justicia son prioridades comoaspiración de un objetivo establecido, esto es,proteger, fomentar, mejorar la calidad devida y sus relaciones de las personas entre sí,y con el Estado.

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