consentimiento informado final

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ASIGNATURA:

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REALIZADO POR:

Quinto Curso “C”

CONSENTIMIENTO INFORMADO

El consentimiento voluntario delsujeto humano es absolutamenteesencial.

CÓDIGO DE NUREMBERG1947

En 1957 apareció por primera vez el términoconsentimiento informado, en un juicio entablado aun médico por daños derivados de una arteriografíatranslumbar.

JURISPRUDENCIA NORTEAMERICANA

Establece el consentimiento informado para participar en protocolos de investigación y fue revisado en varias ocasiones, siendo la última en Escocia año 2000

DECLARACIÓN DE HELSINKI 1964

Elaboran la carta de derechos del paciente donde se

incorpora el derecho a brindar su consentimiento informado a una propuesta de intervención médica

ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS DE NORTEAMERICA 1970

En 1976 reconoce el derecho a la información de losenfermos.

ASAMBLEA PARLAMENTARIA DEL CONSEJO DE EUROPA

• En 1986, en España se reconoce el derecho al consentimiento informado.

PRINCIPIOS ÉTICOS BÁSICOS

1. Respeto a las personas

2. Beneficencia

3. Justicia.

EN INFORME DE BELMONT1974 – 1978

La Comisión Nacional para la Protección de los seres humanos en estudios biomédicos y del

comportamiento

¿QUÉ NO ES EL C.I.?

Un formulario que exonera de

responsabilidades y protege al médico.

Un trámite administrativo más.

Un acto que altera la relación médico-paciente y genera

desconfianza.

¿ QUÉ ES EL C.I.?

Es un proceso basado en una doctrina surgida en la segunda mitad S. XX.

Que respeta la autonomía del paciente y protege sus DD.HH.

Que se realiza en un ámbito de mutua confianza.

Que horizontaliza la relación profesional

CONCEPTO

Es la aceptación de una intervención médica por

un paciente,

en forma libre, voluntaria y consciente,

después que el médico le ha informado de la

naturaleza de la intervención con sus riesgos y beneficios

y las alternativas posibles con sus

respectivos riesgos y beneficios.

El consentimiento informado trata de respetar la autonomía del paciente, y para que sea una acción

autónoma debe cumplir cuatro condiciones

INTENCIONALIDAD: Capacidad de obrar voluntariamente

CONOCIMIENTO PRECISO DE LA ACCIÓN TERAPÉUTICA:

El paciente debe conocer las circunstancias que afectan a sus decisiones

AUSENCIA DE CONTROL EXTERNO O COACCIÓN:

El paciente no debe sufrir manipulación

CONTROL INTERNO: El paciente debe poseer una personalidad suficientemente capaz para decidir

ELEMENTOS DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO

PROCESO continuo, comunicativo, deliberativo y prudencial que en ocasiones requiere apoyo escrito.

VOLUNTARIEDAD.

Proceso libre no coaccionado ni manipulado, para decidir de acuerdo a sus propios valores.

INFORMACIÓN SUFICIENTE.

La necesaria para tomar decisiones racionales.

Autonomía

Individualidad del paciente

Acción autónoma no forzada

Acceso a opciones reales

Información relevante

Lo que el paciente considera beneficioso

Lo que es beneficioso para los seres humanos

Fundamentos Éticos

Beneficencia

No Maleficencia

Alivio al servicio del paciente

No daña

Todos los individuos las mismas oportunidades

Dar a cada uno lo suyo

Fundamentos Éticos

Justicia

FUNCIONES

Promover la autonomía de los individuos.

Fomentar la racionalidad en la toma de decisiones médicas.

Proteger a los enfermos y sujetos de experimentación.

Evitar el fraude y la coacción.

Alentar la auto evaluación y el auto examen en los médicos.

CONDICIONES DEL PACIENTE PARA LA TOMA DE DECISIONES

Encontrarse libre para decidir de acuerdo a sus propios valores.

• Ser competente para tomar la decisión en cuestión, libre de coacción, intimidación , ó influencia o incentivo excesivo.

Disponer de una información suficiente.

•Comprender la información adecuadamente

DERECHOS DE LOS PACIENTES:

Recibir atención médica adecuada.

Recibir trato digo y respetuoso.

Recibir información suficiente, clara,

oportuna y veraz.

Decidir libremente sobre su

atención.

Otorgar o no su consentimiento

válidamente informado.

DERECHOS DE LOS PACIENTES:

Ser tratado con confidencialidad.

Contar con facilidades para obtener

una segunda opinión

Recibir atención médica en caso de

urgencia.

Contar con un expediente clínico.

Ser atendido cuando se esté

inconforme por la atención médica

recibida.

LIMITES

Es un derecho del paciente, pero no es ilimitado, el

paciente no puede imponer cualquier cosa que desee.

Existen restricciones a la capacidad de elección.

Los médicos no están obligados a realizar

intervenciones dañinas, o medicamentos inútiles.

La sociedad puede establecer limites por

razones de justicia distributiva, cuando son excesivamente costosas, aún cuando estuvieran

médicamente indicadas.

LIMITES

SITUACIONES EN QUE NO ES POSIBLE O RECOMENDABLE EL CONSENTIMIENTO

Privilegio terapéutico del médico

Urgencia

Pacientes incompetentes o sin capacidad para decidir

Renuncia expresa del paciente

Tratamientos exigidos por la ley

Posibilidad de corregir una alteración inesperada en el curso de otra intervención programada.

• No es sólo un requisito legal sino una obligación

moral.

• Es esencial que sea comprensible.

• Se debe tener en cuenta las influencias culturales.

• La información de apoyo es útil.

• Se pueden hacer pruebas preliminares.

• No hay coacción.

RESUMEN: CONSENTIMIENTO INFORMADO

CONCLUSIONES.

Debemos incorporar el Consentimiento Informado

al quehacer clínico habitual, no porque sea o será

una exigencia legal, sino porque constituye un

imperativo ético para una adecuada relación clínica

y un derecho humano de los pacientes. Asistir tal

derecho es indudablemente una garantía de calidad

asistencial.

GRACIAS…

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