administraciÓn de obras y proyectos ii

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Breve documento con criterios generales para la administracion de obras en Mexico.

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Page 1: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II
Page 2: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

ADMINISTRACIÓN DE OBRAS Y PROYECTOS II / ARQ. TELMO AZORIN BERNARDEZ / LED RICARDO ALCALA CENTENOLa Administración también conocida como Administración de empresas es la ciencia social, técnica y arte que se ocupa de la planificación, organización, dirección y control de los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, el conocimiento, etc) de la organización, con el fin de obtener el máximo beneficio posible; este beneficio puede ser económico o social, dependiendo esto de los fines que persiga la organización.

Descomponiendo la definición tenemos:

Planificar: Es el proceso que comienza con la visión del Nro 1 de la organización; la misión de la organización; fijar objetivos, las Estrategias y políticas organizacionales, usando como herramienta el Mapa estratégico; todo esto teniendo en cuenta las fortalezas/debilidades de la organización y las oportunidades/amenazas del contexto. Definir lo que será la obra en todos sus aspectos

Organizar: Responde a las preguntas de, Quien? va a realizar la tarea, implica diseñar el organigrama de la organización definiendo responsabilidades y obligaciones; Como? se va a realizar la tarea; Cuando? se va a realizar; mediante el diseño de Proceso de negocio, Cursogramas que establecen la forma en que se deben realizar las tareas y en que secuencia temporal; en definitiva organizar es coordinar y sincronizar.

Dirigir: Es la influencia, persuasión que se ejerce por medio del Liderazgo sobre los individuos para la consecución de los objetivos fijados; basado esto en la toma de decisiones usando modelos lógicos y también intuitivos de Toma de decisiones.

Controlar: Es la medición del desempeño de lo ejecutado, comparándolo con los objetivos y metas fijados; se detectan los desvíos y se toman las medidas necesarias para corregirlos. El control se realiza a nivel estratégico, nivel táctico y a nivel operativo; la organización entera es evaluada, mediante un sistema de Control de gestión; por otro lado también se contratan auditorías externas, donde se analizan y controlan las diferentes áreas funcionales de la organización.

El objeto de estudio de la Administración son las organizaciones; por lo tanto es aplicable a Empresas privadas y públicas; Instituciones públicas y Organismos estatales, y a las distintas instituciones privadas. Por ejemplo: Iglesias; Universidades; Gobiernos y organismos municipales, provinciales, nacionales; Hospitales; Fundaciones, etc; y a todos los tipos de empresas privadas; e incluso las familias y hogares.

Cualidad de la Obra:

Ubicación Tamaño’

Forma

Proyecto

Accesibilidad

Circulaciones interiores

Page 3: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

Planos

Arquitectonico (diseño urbano y obras exteriores)

Plataformas y movimiento de tierras (plantas y cortes)

Topográfico(levantamiento topográfico del terreno)

Arquitectonicos

Planta de localización Plano general de trazo

Planta de conjunto

Plantas arquitectónicas Version 1 Planos Mudos

Planta arquitectónica de azoteas

Plantas arquitectónicas Version 2 Planos Finales

Cortes versión 1 Planos Mudos

Cortes versión 2 Planos Finales

Fachadas

Cortes por fachada

Detalles constructivos

Plantas y cortes de detalle

Planta de plafones y falsos plafones

Acabados (plantas, cortes y fachadas)

Carpintería (plantas y/o alzados y/o detalles)

Herrería y ventanearía(plantas y/o alzados y/o detalles)

Mobiliario y equipo(plantas y/o alzados y/o detalles)

Jardinería(plantas)

Señalización(plantas)

Albañilería

Plantas

Page 4: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

Cortes

Estructurales

Planta de cimentación Superestructura plantas

Platas de losas de entrepisos y azoteas

Instalación hidráulica

Planta de conjunto Plantas

Cortes

Contra incendio

Instalación sanitaria

Planos de conjunto Plantas

Cortes sanitarios

Instalación eléctrica

Plano de conjunto Plantas

Cuadro de cargas y diagrama unifilar

Instalación de gas

Plano de conjunto

Plantas

Instalación de teléfono (plantas)

Aire acondicionado (plantas)

Instalaciones especiales

Plano de conjunto Plantas

Especificaciones

Deben referirse primero al material y equipo que se empleara Procedimiento de ejecución

Page 5: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

Pruebas, tolerancias, y normas del trabajo ejecutado

Formas de medición de pago

Presupuestos

El trabajo desarrollado en el presupuesto de un proyecto es un ejercicio delicado y sensible financieramente, requerido en el ejercicio de todo proceso de licitación, y causal en muchos casos del factor de diferencia que permite ganar el derecho a desarrollar un proyecto. De la precisión de los costos, rendimientos, y demás factores que están involucrados en la elaboración del presupuesto de un proyecto, depende el éxito financiero del mismo, y la obtención de ganancias y utilidades que son gran parte de las motivaciones para la ejecución del mismo.

Para obtener el valor final, se debe partir por determinar las tareas que comprenderán el proyecto. Para ello se debe hacer el análisis de los planos y de las características propias del proyecto que impliquen un uso de recursos (mano de obra e insumos) y por consiguiente un costo para el mismo.

Luego de determinar los ítems que comprenderán el proyecto, se procede a cuantificar (medir) los mismos, en base a los planos (cantidades físicas) y a la experiencia y estimaciones de las actividades intangibles (mano de obra). Cada cantidad está expresada en una unidad de medida (longitud, área, volumen, peso, tiempo, y demás), apropiada para cuantificarla en planos, así como para medirla y pagarla durante la ejecución del proyecto.

En la mayoría de los proyectos, se efectúan estas mediciones en planos que reflejan de manera esquemática y medible los diversos componentes de los mismos. Cada plano se encuentra trazado en una determinada escala, la cual debe ser convertida a la unidad de medida en escala 1:1 (uno a uno) multiplicando la magnitud medida (longitud) por el factor de escala correspondiente en el cual se midió. Estas unidades de medida en planos corresponden a unidades y longitudes; de igual manera, en base a estas unidades y a las especificaciones de diversos materiales y de diversos elementos, se pueden determinar algunas magnitudes expresadas en peso.

En algunos proyectos, existen algunos elementos cuya magnitud no es física y debe expresarse en tiempo (horas, días, meses, años), y corresponde a los criterios particulares más apropiados la estimación de dichas cantidades.

En base a las magnitudes de longitudes, se pueden determinar otras magnitudes expresadas como áreas y como volúmenes, dependiendo de la forma como sea más apropiado cuantificar cada elemento .

Una vez se determinan las cantidades de los ítems, se procede a efectuar el cálculo de los costos de cada unidad de medida de los mismos, ($/unidad_medida), elaborando los correspondientes Análisis de Precios Unitarios en base a los insumos (recursos físicos y de mano de obra) necesarios y que componen los mismos.

Se puede ver de manera simple a los Análisis de Precios Unitarios como las recetas individuales para la elaboración de cada elemento del presupuesto del proyecto. Cada elemento para ser producido (construido), requiere de la mezcla con una determinada metodología y pasos, de diversos insumos (físicos y no físicos) que son necesarios para llevarlo a cabo.

Page 6: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

Entre los insumos no físicos se cuenta el trabajo de la mano de obra, así como el trabajo de la maquinaria y de los equipos, que aunque no quedarán embebidos como parte integral física del elemento, si se requieren de manera particular durante su proceso de fabricación para obtener el resultado final del mismo.

Cada Análisis de Precio Unitario es calculado en costo directo (sin afectaciones) para cada unidad de medida de cada elemento, de forma tal que este valor (costo directo) multiplicado por la cantidad de cada elemento pueda determinar el costo directo de cada elemento.

Una vez se determinan los insumos que componen cada elemento, se procede a determinar la cantidad de cada uno de los mismos requerida para elaborar una (1) unidad de medida del respectivo elemento, constituyendo esta cantidad requerida el rendimiento del insumo en el Analisis del Precio Unitario.

En la casi totalidad de los insumos de los Analisis de Precios Unitarios, se debe tener en cuenta un factor porcentual de desperdicio respecto a la cantidad requerida antes explicada, para efectos de los casi siempre inevitables imprevistos e imprecisiones que acompañan la fabricación de cada ítem del proyecto.

El valor de la cantidad antes mencionado, incrementado por el factor porcentual de desperdicio respectivo, da como resultado la cantidad real requerida para cada insumo del APU (Análisis de Precio Unitario).

Cantidad_Real_Insumo_APU=Cantidad_Insumo_APU*(100%+Factor_Porcentual_Insumo_APU)

En el caso de los insumos físicos la unidad de la cantidad corresponde a (Unidad_Medida_Insumo/Unidad_Medida_APU).

Se determina el costo directo total individual de cada insumo que compone el APU, mediante el producto de la cantidad real requerida, antes mencionada, por el costo directo de cada unidad de medida del insumo respectivo. El costo del insumo corresponde a (Costo_Directo_Insumo/Unidad_Medida_Insumo)

Costo_Directo_Total_Insumo_APU=Cantidad_Real_Insumo_APU*Costo_Directo_Insumo_APU

La unidad de este costo directo total de lo cada insumo del APU, corresponde a la misma unidad del APU (Costo_Directo_Insumo/Unidad_Medida_APU), es decir, unidades de moneda sobre unidades de medida del APU, en base al siguiente producto de fracciones de unidades antes mencionadas.

(Unidad_Medida_Insumo/Unidad_Medida_APU)*(Costo_Directo_Insumo/Unidad_Medida_APU)==Costo_Directo_Insumo/Unidad_Medida_APU

El costo directo total de cada APU se obtiene de la suma de los costos directos totales de cada insumo que lo compone. En muy pocos casos (casi nunca) se hace uso de valores negativos de insumos que descuentan costos al APU.

Costo_Directo_Total_APU=SUMA[Costo_Directo_Total_Insumo_APU]

Page 7: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

En cada APU se dispone la agrupación de los insumos en cada una de las cinco (5) categorías, correspondientes a Materiales, Equipos, Mano de Obra, Sub-Contratos, y Transportes. En el APU se efectúa la sub-totalización de los costos directos totales para cada categoría.

Existe la posibilidad de hacer uso como parte de los componentes de los APUs denominados "principales" antes mencionados, de otros APUs que son denominados "básicos", y cuyo costo directo calculado con la anterior metodología es utilizado para el costo directo total de dicho componente en el cálculo del APU que lo incluya; de los componentes individuales agrupados en las respectivas categorías de los APUs básicos, se determinan los costos directos totales que componen cada categoría correspondiente del APU principal que lo utiliza, sumados por supuesto, a los costos directos totales de los insumos que también componen el APU principal. El valor de la cantidad (rendimiento o tenor) del APU básico, puede ser también incrementado por el factor porcentual de desperdicio respectivo, dando como resultado la cantidad real requerida para cada APU básico del APU principal.

Cantidad_Real_APU_Basico_De_APU_Principal=Cantidad_APU_Basico_De_APU_Principal**(100%+Factor_Porcentual_Insumo_APU)

Costo_Directo_Total_APU_Basico_De_APU_Principal=Cantidad_Real_APU_Basico_De_APU_Principal**Costo_Directo_Total_APU_Básico_De_APU_Principal

En algunos casos particulares, se efectúa el cálculo del costo total del APU efectuando el producto del costo directo del APU por los porcentajes de afectación que apliquen al mismo en cada ítem del proyecto que lo utilice, de acuerdo a lo que es explicado en la sección de presupuestos.

Costo_Total_APU_Item_Particular=Costo_Directo_Total_APU_Item_Particular**(100%+Porcentaje_Afectacion_Item_Particular)

 

CÁLCULO DE RENDIMIENTOS

Como ha sido explicado con anterioridad, para el cálculo de los costos de cada insumo que componen cada APU, se debe incluir como parte del cálculo la cantidad (rendimiento, tenor) que se requiere del insumo para fabricar una unidad de medida del APU correspondiente.

Este cálculo parte generalmente de los planos generales de plantas, cortes, alzados, y detalles, del aspecto respectivo al cual corresponde el APU (urbanismo, estructura, arquitectura, instalaciones hidráulicas y sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones de equipos y servicios especiales, y demás aspectos propios del proyecto), así como se tiene en cuenta las especificaciones técnicas de los profesionales que concibieron cada aspecto detallado del proyecto, tanto en características técnica como en las características operativas de fabricación.

Se determina mediante mediciones físicas en los planos y en las especificaciones técnicas del proyecto, así como en estimaciones propias de inversión en tiempo de los recursos de mano de obra, maquinaria y equipos.

Page 8: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

Se efectúa la medición de la cantidad de recursos (físicos) que son necesario invertir tanto como componentes de cada unidad de medida del ítem a fabricar, como los elementos (recursos físicos y de tiempo) que son necesarios y son utilizados en el proceso de fabricación (elaboración, construcción) de cada unidad de medida del ítem.

El costo de los insumos es determinado mediante cotizaciones solicitadas a los proveedores de productos y contratistas de servicios respectivos; en base a las propuestas presentadas por los proveedores y contratistas respectivos, se procede a efectuar los respectivos cuadros comparativos para elegir la mejor propuesta tanto en condiciones técnicas como financieras.

En algunos casos particulares, el costo unitario (valor unitario) de determinados ítems es precisado de manera global como un valor fijo que no precisa el cálculo mediante APU, valor que es expresado directamente como costo unitario ($/unidad_medida) del ítem particular del presupuesto.

Con posterioridad a obtener para cada ítem los costos de cada unidad de medida ($/unidad_medida), se procede a obtener el costo directo ($) de cada ítem efectuando el producto entre la cantidad (unidad_medida) y el valor unitario ($/unidad_medida).

Costo_Directo_Item=Cantidad_Item*Valor_Unitario_Costo_Directo_Item

Se obtiene el costo directo total del proyecto mediante la suma de los costos directos de cada ítem particular.

Costo_Directo_Total_Proyecto=SUMA[Costo_Directo_Item]

Generalmente los ítems se agrupan en capítulos, subcapítulos y demás niveles inferiores, que consolidan la información que tiene relación entre sí. De igual manera, en ocasiones, dependiendo del estilo de cada profesional, se procede a determinar los capítulos en base a una secuencia lógica de construcción, lo cual facilita considerablemente el proceso de programación de la ejecución del proyecto. En ciertos casos se llega incluso a manejar ítems que corresponden a unidades muy pequeñas de construcción (etapas de construcción), lo cual facilita y perfecciona mucho más el control de ejecución (programación) del proyecto, y hace más real el flujo de caja de ejecución del mismo. Para los anteriores niveles de agrupación, se obtienen los subtotales correspondientes de costo directo, los cuales son muy útiles para el control individual de cada parte del proyecto.

Una vez se obtiene el costo directo del proyecto, se procede a determinar el costo total del mismo, afectando este valor por unos porcentajes de administración, imprevistos, y utilidades, (A.I.U.), así como por un impuesto de IVA (impuesto de valor agregado) sobre las utilidades, (I.U.), siendo manejado así en el medio Mexicano.

Costo_Total_Proyecto=Costo_Directo_Total_Proyecto**(100%+Porcentaje_Administracion+Porcentaje_Imprevistos+Porcentaje_Utilidades++IVA_Sobre_Utilidades*Porcentaje_Utilidades)

En el caso que se requiera obtener los costos totales de cada ítem del proyecto, se procede a efectuar la misma operación anterior sobre los costos directos de cada ítem del proyecto.

Costo_Total_Item=Costo_Directo_Item**(100%

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+Porcentaje_Administracion+Porcentaje_Imprevistos+Porcentaje_Utilidades++IVA_Sobre_Utilidades*Porcentaje_Utilidades)

Costo_Total_Proyecto=SUMA[Costo_Total_Item]

La suma de los costos totales de los ítems debe coincidir con el costo total del proyecto calculado con anterioridad. En los casos que estas operaciones matemáticas sean afectadas por redondeos, el valor generalmente se afecta por la suma sucesiva de redondeos diferentes, llegando a ser un poco mayor o menor al costo total del proyecto obtenido mediante el costo directo total del mismo.

En algunas ocasiones, determinados ítems del proyecto serán afectados en su valor por criterios diferentes a los anteriores, ante lo cual se debe fraccionar el presupuesto en varias secciones, y a efectuar el cálculo del costo total de cada sección con cada criterio particular, procediendo a obtener el costo total del proyecto mediante la suma de los costos totales de cada sección que lo compone.

Costo_Directo_Total_Seccion=SUMA[Costo_Directo_Item_Seccion]

Costo_Total_Seccion=Costo_Directo_Total_Seccion*(100%+Porcentaje_Afectacion_Seccion)

Costo_Total_Proyecto=SUMA[Costo_Total_Seccion]

Para obtener los costos totales de cada ítem de cada sección, se procede a afectar el costo directo de cada ítem por el porcentaje de afectación que se maneja en cada sección, pudiéndose calcular el costo total del proyecto mediante la suma de los costos totales de los ítems de cada sección, debiendo coincidir con el valor antes calculado. En el evento que se apliquen redondeos a las operaciones matemáticas, el valor de la suma de los ítems individuales que componen la totalidad del proyecto se puede ver afectada un poco por el redondeo mayor o menor de cada operación en particular.

Costo_Total_Item_Seccion=Costo_Directo_Item_Seccion*(100%+Porcentaje_Afectacion_Seccion)

Costo_Total_Proyecto=SUMA[Costo_Total_Item_Seccion]

 

FLUJO DE FONDOS

En base a los costos directos y a los costos totales de los ítems del presupuesto del proyecto, y en base también a la distribución de los mismos en el tiempo dada por la programación del proyecto, se puede efectuar el cálculo del flujo de fondos, determinado para períodos de tiempo constantes (semanas, meses, y demás), con el cual se determina el flujo de fondos de los capítulos del proyecto, así como a la totalidad del proyecto..

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Tiempo

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22EXC A 30 30 30EXC B 30 30 30 30EXC C 30 30 30 30 30 30EXC D 30 30 30 30 30CON A 15 15 15 15CON B 15 15 15 15 15CON C 15 15 15 15 15 15 15CON D 15 15 15 15 15 15MON E 5 5 5MON F 5 5 5 5MON G 5 5 5MON H 5 5 5 5MON I 5 5 5 5 5

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SE NECESITA SABER LO SIGUIENTE PARA CONOCER LOS TIEMPOS EN UN CALENDARIO:

VOLUMEN DE OBRA RENDIMIENTO EQUIPOS BASICOS

CUADRILLA Y SU OBJETIVO

CANTIDAD DE EQUIPOS BASICOS A EMPLEAR

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RUTA CRITICA

PROCEDIMIENTO REPRESENTADO POR UNA RED

REGLAS PARA CONSTRUIR UNA RED

1. TODA RED TIENE 1 SOLO EVENTO DE INICIO Y 1 SOLO EVENTO FINAL

2.

“A LA ACTIVIDAD B LE PRECEDE LA ACTIVIDAD A”

3.

“A LA ACT B LE PRECEDE LA ACT A”

“A LA ACT C LE PRECEDE LA ACT A”

4.

“A LA ACT E LE PRECEDEN LAS ACT C Y D”

ACT A

ACT B

ACT A

ACT C

ACT B

ACT E

ACT D

ACT C

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HT=HOLGURA TOTAL (TODO EL TIEMPO QUE PUEDE POSPONERSE LA TERMINACION DE UNA ACTIVIDAD SIN IMPEDIR LA DURACION TOTAL DE LA OBRA)

HT=TMT-TMP=IMT-IMP

HL=HOLGURA LIBRE= TODO EL TIEMPO QUE PUEDE POSPONERSE LA TERMINACION DE UNA ACTIVIDAD SIN IMPEDIR LA INICIACION MAS PROXIMA (IMP) DE NINGUNA DE LAS ACTIVIDADES QUE LE SIGUEN

HL=IMP ACT SIG – IMP-D

HL=IMP ACT SIG – (IMP+D)

METODOS:

PERT ( PROGRAM EVALUATION OF ROUTHE TECHNIC)

CPM (CRITICAL PASS METHOD) DUPONT

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REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PERMISOS Y LICENCIAS DE CONSTRUCCION.

ZONAS RESIDENCIALES

* COPIA DE LICENCIA DE USO DE SUELO

* COPIA DEL ALINEAMIENTO

* COPIA DEL NUMERO OFICIAL

* COPIA DEL ÚLTIMO RECIBO DEL AGUA

* COPIA DEL IMPUESTO PREDIAL 2008.

* COPIA DE CARTA DE NO ADEUDO AL COMITÉ DE ACCION CIUDADANA

* COPIA DE ESCRITURA: PRESENTAR ORIGINAL

* COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR DEL PROPIETARIO

* 3 COPIAS HELIOGRAFICAS DEL PROYECTO DE LA OBRA EN PLANO A ESCALA Y ACOTADOS

A) PLANTA DE DISTRIBUCION, LOCALIZACION DE POZO DE ABSORCION DE AGUAS PLUVIALES (SEPARAR LAS DESCARGAS DE AGUAS NEGRAS Y AGUAS PLUVIALES).

B) CORTE SANITARIO

C) FACHADA

D) SUPERFICIE DE CONSTRUCCION

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E) LOCALIZACION DE LA CONSTRUCCION DEL PREDIO

F) PLANOS ESTRUCTURALES

G) PARA CONSTRUCCIONES MENORES DE 50M2 PRESENTAR CROQUIS DE LA OBRA (DEBIDAMENTE ACOTADO)

* COPIA DE LA MEMORIA DE CÁLCULO

* BITACORA DE OBRA

* PLANOS FIRMADOS POR PERITO Y PROPIETARIO

* ES NECESARIO AUTORIZACIÓN DE OTRAS DEPENDENCIAS CUANDO LA OBRA SE UBIQUE EN:

EN CASO DE ZONA FEDERAL, ZANJONES, RIOS, AREAS VERDES, ETC. (COMISION NACIONAL DEL AGUA)

EN AREAS NATURALES FUERA DE LA CIUDAD, USOS DIFERENTES AL HABITACIONAL Y OTROS QUE REQUIERAN DICTAMEN DE IMPACTO AMBIENTAL (INADES)

* PRESENTAR COPIA DE LA AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO (I.N.A.H.)

* PARA CONSTRUCIONES MENORES DE 50M2 SOLO PRESENTAR REQUISISTOS MARCADOS.

NOTA: SERA OBLIGACION DEL PERITO Y PROPIETARIO DAR AVISO POR ESCRITO A LA TERMINACION DE LA OBRA PARA OTORGAR LA CONSTANCIA DE

HABITABILIDAD Y OCUPACION DEL INMUEBLE AL DEPARTAMENTO DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION DEL AYUNTAMIENTO

REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PERMISOS Y LICENCIAS DE CONTRUCCION

ZONAS POPULARES

COPIA DE LICENCIA DE USO DE SUELO

COPIA DEL ALINEAMIENTO

COPIA DEL NUMERO OFICIAL

COPIA DE CARTA DE NO ADEUDO A LA COLONIA

COPIA DEL ULTIMO RECIBO DEL AGUA O CONTRATO

COPIA DEL IMPUESTO PREDIAL 2008

COPIA DE ESCRITURA O FINIQUITO DE PROPIEDAD

CROQUIS SI LA CONSTRUCCIÓN ES MENOR DE 50.00 M2

Page 21: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

3 PLANOS SI LA CONSTRUCCIÓN ES MAS DE 55.00 M2 CON SUPERFICIE A CONSTRUIR

MEMORIA DE CALCULO, BITÁCORA DE OBRA Y PLANOS FIRMADOS POR PERITO.

REQUISITOS PARA DICTAMEN DE OCUPACION DE TERRENO POR

CONSTRUCCIÓN

COPIA DEL PREDIAL 2008.

MANIFESTACIÓN DE LACONSTRUCCION

REQUISITOS PARA HABITABILIDAD DE VIVIENDA

COPIA DEL PREDIAL 2008.

COPIA DE LA MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIÓN

COPIA DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCION

REQUISITOS PARA NÚMERO OFICIAL

COPIA DEL ULTIMO PREDIAL.

COPIA DE CARTA DE NO ADEUDO A LA COLONIA

REQUISITOS PARA SUBDIVISION DE PREDIO

SOLICITUD ELABORADA, DIRIGIDA AL C.P. J. JESÚS BETANCOURT DELGADO, DIRECTOR DE

DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA.

COPIA DEL ULTIMO PREDIAL

COPIA DE ESCRITURA O DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD

COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR DE PROPIETARIO

CROQUIS O PLANO DE SUBDIVISIÓN, CON SUPERFICIE TOTAL Y SUPERFICIE QUE SE

PRETENDE SUBDIVIDIR.

REQUISITOS PARA FUSION DE PREDIO

SOLICITUD ELABORADA, DIRIGIDA AL DIRECTOR DE

DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA.

COPIA DE PREDIAL DE CADA UNO DE LOS PREDIOS

Page 22: AdministraciÓn de Obras y Proyectos II

COPIA DE LAS ESCRITURAS O DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD DE CADA UNO DE

LOS PREDIOS.

COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR DE PROPIETARIO.

REQUISITOS PARA ALINEAMIENTO Y USO DE SUELO

COPIA DE PREDIAL

COPIA DE ESCRITURA O DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD

COPIA DE LA CREDENCIAL DE ELECTOR DEL PROPIETARIO

REQUISITO PARA OBTENER EL REGISTRO COMO PERITO DE OBRA

EN EL H. AYUNTAMIENTO.

· SOLICITUD DIRIGIDA AL DIRECTOR DE

DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA.

· TITULO Y CEDULA PROFESIONAL

· ACREDITAR 5 AÑOS EN EL EJERCICIO PROFESIONAL

· ACREDITAR COMO MIEMBRO ACTIVO DEL COLEGIO A QUE PERTENECE

· RELIZAR EL PAGO CORRESPONDIENTE PARA SU INSCRIPCION

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas

Título CuartoDe los ContratosCapítulo PrimeroDe la Contratación

Artículo 45.- Para los efectos de esta Ley, los contratos de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas podrán ser de tres tipos:

I. Sobre la base de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al contratista se hará por unidad de concepto de trabajo terminado;

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II. A precio alzado, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total fijo que deba cubrirse al contratista será por los trabajos totalmente terminados y ejecutados en el plazo establecido.

Las proposiciones que presenten los contratistas para la celebración de estos contratos, tanto en sus aspectos técnicos como económicos, deberán estar desglosadas por lo menos en cinco actividades principales, y

III. Mixtos, cuando contengan una parte de los trabajos sobre la base de precios unitarios y otra, a precio alzado.

Las dependencias y entidades podrán incorporar en las bases de licitación las modalidades de contratación que tiendan a garantizar al Estado las mejores condiciones en la ejecución de los trabajos, siempre que con ello no desvirtúen el tipo de contrato que se haya licitado.

Los trabajos cuya ejecución comprenda más de un ejercicio fiscal deberán formularse en un solo contrato, por la vigencia que resulte necesaria para la ejecución de los trabajos, sujetos a la autorización presupuestaria en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Artículo 46.- Los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas contendrán, como mínimo, lo siguiente:

I. La autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del contrato y sus anexos;

II. La indicación del procedimiento conforme al cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato;

III. El precio a pagar por los trabajos objeto del contrato. En el caso de contratos mixtos, la parte y su monto que será sobre la base de precios unitarios y la que corresponda a precio alzado;

IV. El plazo de ejecución de los trabajos determinado en días naturales, indicando la fecha de inicio y conclusión de los mismos, así como los plazos para verificar la terminación de los trabajos y la elaboración del finiquito referido en el artículo 64 de esta Ley, este último plazo no podrá exceder de sesenta días naturales, los cuales deben ser establecidos de acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos;

V. Porcentajes, número y fechas de las exhibiciones y amortización de los anticipos que se otorguen;

VI. Forma o términos y porcentajes de garantizar la correcta inversión de los anticipos y el cumplimiento del contrato;

VII. Plazos, forma y lugar de pago de las estimaciones de trabajos ejecutados y, cuando corresponda, de los ajustes de costos;

VIII. Penas convencionales por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a los contratistas, determinadas únicamente en función de los trabajos no ejecutados conforme al programa convenido, las que en ningún caso podrán ser

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superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento. Las dependencias y entidades deberán fijar en el contrato, los términos, condiciones y el procedimiento, para aplicar las penas convencionales, debiendo exponer en el finiquito correspondiente las razones de su aplicación;

IX. Términos en que el contratista, en su caso, reintegrará las cantidades que, en cualquier forma, hubiere recibido en exceso por la contratación o durante la ejecución de los trabajos, para lo cual se utilizará el procedimiento establecido en el artículo 55 de este ordenamiento;

X. Procedimiento de ajuste de costos que deberá ser el determinado desde las bases de la licitación por la dependencia o entidad, el cual deberá regir durante la vigencia del contrato;

XI. Causales y procedimiento mediante los cuales la dependencia o entidad podrá dar por rescindido el contrato en los términos del artículo 61 de esta Ley;

XII. La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar, debiendo acompañar como parte integrante del contrato, en el caso de las obras, los proyectos, planos, especificaciones, normas de calidad, programas y presupuestos; tratándose de servicios, los términos de referencia, y

XIII. Los procedimientos mediante los cuales las partes, entre sí, resolverán las discrepancias futuras y previsibles, exclusivamente sobre problemas específicos de carácter técnico y administrativo que, de ninguna manera, impliquen una audiencia de conciliación.

Para los efectos de esta Ley, las bases de licitación, el contrato, sus anexos y la bitácora de los trabajos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en las bases de licitación.

En la formalización de los contratos, podrán utilizarse los medios de comunicación electrónica que al efecto autorice la Secretaría de la Función Pública.

En la elaboración, control y seguimiento de la bitácora, se podrán utilizar medios remotos de comunicación electrónica.

Artículo 47.- La adjudicación del contrato obligará a la dependencia o entidad y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo en la fecha que se haya establecido en las bases de la licitación, la cual no podrá exceder de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II del artículo 48 de esta Ley.

Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, en la fecha o plazo establecido en el párrafo anterior, la dependencia o entidad podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el estado, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 38 de esta Ley, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la

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diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.

Tratándose de una evaluación de puntos y porcentajes, el contrato podrá adjudicarse a la que le siga en calificación y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación.

Si la dependencia o entidad no firmare el contrato respectivo o cambia las condiciones de las bases de licitación que motivaron el fallo correspondiente, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a ejecutar los trabajos. En este supuesto, la dependencia o entidad, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su propuesta, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate.

El contratista a quien se adjudique el contrato, no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa del titular del área responsable de la ejecución de los trabajos en la dependencia o entidad de que se trate, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. Esta autorización previa no se requerirá cuando la dependencia o entidad señale específicamente en las bases de la licitación, las partes de los trabajos que podrán ser objeto de subcontratación. En todo caso, el contratista seguirá siendo el único responsable de la ejecución de los trabajos ante la dependencia o entidad.

Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona, con excepción de los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la dependencia o entidad de que se trate.

Artículo 48.- Los contratistas que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar:

I. Los anticipos que, en su caso, reciban. Estas garantías deberán constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos, y

II. El cumplimiento de los contratos. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo.

Para los efectos de este artículo, los titulares de las dependencias o los órganos de gobierno de las entidades fijarán las bases, la forma y el porcentaje a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse. En los casos señalados en los artículos 42, fracciones IX y X, y 43 de esta Ley, el servidor público facultado para firmar el contrato, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar a los contratistas de presentar la garantía del cumplimiento.