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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA 18 DE ENERO DE 2019 No. 13 Tomo I
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Gobierno
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa, “Atención Prioritaria a personas
egresadas del Sistema de Justicia Penal 2019”, (Programa de Atención Prioritaria a Personas Liberadas y Pre-
liberadas 2019) 5
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa, “Apoyo para el Impulso Laboral de
personas egresadas del Sistema de Justicia Penal de la Ciudad de México 2019”, (Atención prioritaria a
Personas Liberadas en Situación de Vulnerabilidad 2019) 22
Secretaría de Cultura
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social, “Talleres de Artes y Oficios
Comunitarios 2019” 38
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social, “Colectivos Culturales
Comunitarios Ciudad de México 2019” 59
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social, “Promotores Culturales
Ciudad de México 2019” 90
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación
Aviso mediante el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social, “Educación para la
Autonomía Económica en PILARES, Ciudad de México 2019” 114
Aviso mediante el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa social, “Ciberescuelas en
PILARES, 2019” 139
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
Índice
Viene de la Pág. 1
Secretaria de Inclusión y Bienestar Social
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Atención Integral a Personas
Integrantes de las Poblaciones Callejeras (PAIPIPC) 2019” 167
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Comedores Públicos de la Ciudad de
México 2019” 184
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Comedores Comunitarios de la
Ciudad de México 2019” 199
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Financiamiento para la Asistencia e
Integración Social (PROFAIS) 2019” 219
Aviso por el que se dan a conocer las reglas de Operación del Programa “Coinversión para la Inclusión y el
Bienestar Social (COINBIS) 2019” 236
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del "Programa Mejoramiento Barrial y Comunitario
2019” 253
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Pensión Alimentaria para
Personas Adultas Mayores de 68 años, residentes en la Ciudad de México 2019” 289
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Uniformes Escolares Gratuitos 2019” 308
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Útiles Escolares Gratuitos 2019” 325
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Ciudad Hospitalaria y Movilidad
Humana 2019” 341
Secretaría de las Mujeres
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Coinversión para Igualdad de
la Ciudad de México” (Coinversión semujeres 2019) 357
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Red de Mujeres por la
Igualdad y la No Violencia de la Ciudad de México 2019” 377
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Seguro para el Fortalecimiento
de la Autonomía de las Mujeres en Situación de Violencia de Género” 400
Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del “Programa de Fortalecimiento y Apoyo a las
Comunidades Indígenas 2019” 417
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del “Programa de Fortalecimiento y Apoyo a
Pueblos Originarios de la Ciudad de México 2019” 434
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del “Programa para el Fortalecimiento de la
Autonomía y Empoderamiento Económico de las Mujeres de Comunidades y Pueblos Indígenas de la Ciudad
de México 2019” 461
Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo
Aviso por el cual, se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Fomento, Constitución y
Fortalecimiento de las Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México” (FOCOFESS 2019) 486
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Seguro de Desempleo”, para el
Ejercicio Fiscal 2019 519
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Fomento al Trabajo Digno, para el
Ejercicio Fiscal 2019” 555
Instituto del Deporte
Aviso por el cual, se da a conocer el enlace electrónico donde pueden ser consultadas las Reglas de Operación
del Programa Social “Estímulos Económicos a Deportistas Destacados Representativos de la Ciudad de México,
para el Ejercicio 2019” 592
Aviso por el cual, se da a conocer el enlace electrónico donde pueden ser consultadas las Reglas de Operación
del Programa Social “Ponte Pila, Deporte Comunitario, para el Ejercicio 2019” 593
Aviso por el cual, se da a conocer el enlace electrónico donde pueden ser consultadas las Reglas de Operación
del Programa Social “Estímulos Económicos a las Asociaciones Deportivas de la Ciudad de México, que
participan en la Olimpiada, Paralimpiada y Nacional Juvenil, para el Ejercicio 2019” 594
Procuraduría Social
Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa “Rescate Innovador y Participativo en
Unidades Habitacionales 2019” 595
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Alimentos Escolares 2019” 612
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Apoyo Económico a Personas con Discapacidad Permanente 2019” 613
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Apoyo Económico a Policías y Bomberos Pensionados de la CAPREPOL con Discapacidad
Permanente 2019” 614
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Atención a Personas con Discapacidad en Unidades Básicas de Rehabilitación 2019” 615
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Becas Escolares para Niñas y Niños en Condiciones de Vulnerabilidad Social (más becas, mejor
educación) 2019” 616
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Educación Garantizada de la Ciudad de México 2019” 617
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Apoyo a Madres Solas Residentes de la Ciudad de México (PAIMS) 2019” 618
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Niñas y Niños Talento 2019” 619
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación del
“Programa Hijas e Hijos Escolares 2019” 620
Instituto de Educación Media Superior
Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas las Reglas de Operación
del “Programa de Becas, para el Ejercicio Fiscal 2019” 621
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 377
SECRETARÍA DE LAS MUJERES
Mtra. Gabriela Rodríguez Ramírez, Secretaria de las Mujeres de la Ciudad de México, con fundamento en el artículo 1, 6, 9,
11, 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México, 1, 11, fracción I, 16, fracción XII, 20, fracción IX, 37, Fracción I
de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 97, 102, 102 Bis de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, 1, 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo de la Ciudad de
México, 32, 33 y 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, 50, 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal, 2, 4 y 14 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito
Federal; y
CONSIDERANDO
Que el Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, en su primera sesión ordinaria 2019, celebrada en
fecha 07 de enero de 2019, mediante Acuerdo COPLADE/SO/I/11/2019, aprobó por unanimidad y validó el Programa “Red
de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia, de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México.
Que el Gobierno de la Ciudad de México tiene el firme compromiso de garantizar como lo establece la Constitución Política
de la Ciudad de México, en su Art. 11 Ciudad Incluyente apartado C. Derechos de las Mujeres “Esta Constitución reconoce
la contribución fundamental de las mujeres en el desarrollo de la ciudad, promueve la igualdad sustantiva y la paridad de
género. Las autoridades adoptarán todas las medidas necesarias, temporales y permanentes, para erradicar la discriminación,
la desigualdad de género y toda forma de violencia contra las mujeres”; a través de la creación del Programa Red de
Mujeres por la Igualdad y la No Violencia en la Ciudad de México, cuyo fin es Promover procesos participativos y
organizativos de mujeres en la modalidad de multiplicadoras para el conocimiento, ejercicio y exigibilidad de sus derechos
y la apropiación de la ciudad, sus colonias, barrios, pueblos y unidades habitacionales desde una perspectiva de género,
incluyente y democrática que contribuya al fortalecimiento de su autonomía física, económica y política.
Por las anteriores consideraciones, la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México, emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “RED
DE MUJERES POR LA IGUALDAD Y LA NO VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MEXICO 2019”.
Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable
La Secretaría de las Mujeres, a través de la Dirección General Para Una Vida Libre de Violencia; de su Dirección de
Intervención Territorial, así como la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas de esta misma Secretaría, es
responsable del Programa “Red de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia de la Ciudad de México”.
Secretaría de las Mujeres
Dirección General para una Vida Libre de Violencia
Dirección de Intervención Territorial
Subdirección de Redes por la Igualdad
El Programa social basa su ejecución de forma directa desde la Secretaría de las Mujeres a través de la Subdirección de
Redes por la Igualdad de la Dirección de Intervención Territorial perteneciente a la Dirección General para una Vida Libre
de Violencia, asimismo se coordinará con las Secretarías de Inclusión y Bienestar Social, Secretaría del Trabajo y Fomento
al Empleo, Secretaría de Salud, Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, Secretaría de Cultura,
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, Consejería Jurídica y
de Servicios Legales, Procuraduría Social, Sistema de Transporte Público, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
de la Ciudad de México, las 16 Alcaldías, Instituto de la Juventud y todos aquellos entes que operen servicios en pro de la
salud física y emocional de las niñas y mujeres.
Áreas de la Secretaría de las Mujeres que intervendrán en el Programa Social:
Dirección General para una Vida Libre de Violencia:
Supervisión y aprobación general del programa social
Dirección de Intervención territorial:
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Apoya en el reclutamiento de las mujeres que quieran acceder al Programa Social
Apoya a la Subdirección de Redes por la Igualdad, para elegir a las mujeres que fungirán como Coordinadoras Zonales,
Impulsoras por la Igualdad y la no Violencia y Equipo Técnico.
Seguimiento del programa social
Subdirección de Redes por la Igualdad Coordina y opera el programa social en la Ciudad de México
Selecciona en coordinación con la Dirección de Intervención Territorial a las y los integrantes del equipo técnico que
brindará la capacitación a las redes de mujeres por Alcaldía, a las mujeres que fungirán como coordinadoras zonales y a las
Impulsoras por la Igualdad y la no Violencia.
Coordinará la capacitación que el equipo técnico, las mujeres coordinadoras zonales y las mujeres promotoras recibirán.
Dirección de Atención y Prevención a la Violencia, a través de la Unidades de Atención y Prevención. LUNAS:
Atiende los casos de mujeres que requieran atención integral para alcanzar su autonomía física, económica y política.
El Programa social que implementará la Secretaría de las Mujeres no tiene duplicidad en la Ciudad de México.
Existe una iniciativa de acción social que se implementó en la Delegación Tlalpan, la cual sólo tiene incidencia en dicho
ámbito territorial y cuyo proceso es independiente del proceso que se va a generar en la Ciudad de México.
II. Alineación Programática
La alineación programática del programa se plantea dentro del marco de los derechos reconocidos por la Constitución de
la Ciudad de México, alineada también a los principios de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y del eje
de gobierno de Igualdad y Derechos.
Constitución de la Ciudad de México:
Artículo 6 Ciudad de libertades y derechos
Derecho a la autodeterminación personal
Derecho a la integridad
Derechos sexuales
Derechos reproductivos
Derecho a defender los derechos humanos
Acceso a la justicia
Artículo 9 Ciudad solidaria
Derecho a la vida digna
Artículo 11 Ciudad incluyente
Grupos de atención prioritaria
Disposiciones comunes
Derechos de las mujeres
Derechos de las víctimas
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal:
Capítulo Primero Disposiciones Generales
Capítulo Séptimo De Los Programas De Desarrollo Social
Programa de Gobierno “Ciudad de la innovación y la Esperanza” 2018-2024
Eje Igualdad y Derechos
Tema Derechos Humanos
El Programa “Red de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia”; se rige por los Principios de la Ley de Acceso de las
Mujeres a Una Vida Libre de Violencia del D.F. ahora Ciudad de México.
I. El respeto a la dignidad humana de las mujeres;
II. La libertad y autonomía de las mujeres;
III. La no discriminación;
IV. La equidad de género; y
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V. La transversalidad de la perspectiva de género.
III. DIAGNÓSTICO
III.1. Antecedentes
El Programa social tiene como antecedente la actividad institucional que se operó en la Delegación Tlalpan en el 2016 el
cual tenía como propósito visibilizar y prevenir la violencia contra las mujeres, mediante un proceso de formación y
capacitación. Dicha experiencia permitió sentar las bases para potenciar el beneficio a otras zonas territoriales de la Ciudad
de México, que hoy en día requieren no solo la atención de las violencias existentes que se manifiestan y ejercen en contra
de las mujeres, sino también sembrar acciones preventivas que abonen al cambio de las relaciones entre mujeres y hombres
en pro de una vida libre de violencia y ejercicio de derechos.
La Red de Mujeres por la Igualdad en la Ciudad de México implementa en su diseño la conformación de una red de mujeres
por Alcaldía, considerando las zonas de mayor vulnerabilidad e inseguridad. Como estrategia se convocará a 200 mujeres
que fungirán como coordinadoras zonales y a 2,000 mujeres que fungirán como Impulsadoras de la Igualad y la No
Violencia.
Las 2,200 mujeres recibirán capacitación en paralelo a su acción territorial por un equipo técnico de pasantes, titulados o
con experiencia en el trabajo territorial que también fungirán como beneficiarios del Programa Social, a fin de avanzar no
sólo en la ampliación de la red, sino en el proceso de información, sensibilización y ejercicio de sus derechos humanos.
III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social
La violencia de género contra las mujeres y niñas continúa siendo en el siglo XXI, un enorme desafío para el Estado y la
sociedad en su conjunto. El reconocimiento jurídico del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia es
relativamente reciente. Hace apenas unas décadas, la violencia de género, que forma parte de las pautas culturales, no era
reconocida como violación a los derechos humanos de las mujeres. Es hasta la década de los noventa y principios del 2000
cuando se profundiza en los estudios sobre las múltiples causas de la violencia contra las mujeres, cuyo origen se encuentra
en el sistema patriarcal, caracterizado por las relaciones desiguales de poder entre mujeres y hombres. En términos
conceptuales la violencia contra las mujeres ha evolucionado de una noción centrada en el ámbito de lo privado, sin
posibilidad de incidencia externa, a un problema social y de derechos humanos, que tiene enorme repercusión en la salud y
la economía, entre otros aspectos, que sólo puede resolverse con la participación de la sociedad.
Conforme a la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016, En la Ciudad de México la
prevalencia de la violencia hacia las mujeres de 15 años y más tiene la siguiente incidencia por tipo de violencia: emocional
del 61.8 por ciento; física de 46 por ciento; sexual se eleva hasta el 63.2 por ciento; la patrimonial de 33.6 por ciento. La
incidencia de la violencia en general se ha elevado con respecto a los datos que se obtuvieron en la Encuesta Nacional sobre
la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011.
Los ámbitos de incidencia también muestran incrementos importantes. En la ENDIREH 2016 los resultados porcentuales
fueron. En la Escuela 32.1 por ciento, en el ámbito laboral 31.1 por ciento; en la comunidad 62.9 por ciento; en la familia
10.7 por ciento y con la pareja 54.4 por ciento.
Respecto a la violencia comunitaria, en 2016, en la Ciudad de México, 61.1% de las mujeres mayores de 15 años había sido
agredidas en espacios comunitarios a lo largo de su vida y 37% lo fue en los últimos 12 meses. Estas proporciones son
superiores a las registradas en el ámbito nacional, en el que las cifras son 38.72% y 23.3%, respectivamente.
Así mismo en respuesta a la solicitud de información realizada por parte de la CONAVIM, el gobierno de la Ciudad de
México remitió información estadística de la PGJCDMX y del C5CDMX sobre el delito de homicidio doloso de mujeres,
feminicidios, violencia familiar, lesiones, violación, otros delitos sexuales, tortura, secuestro y trata de personas.
De acuerdo con la información presentada por el gobierno de la Ciudad de México, en el periodo de enero de 2012 a
septiembre de 2017, se registraron 292 casos de feminicidios y 421 casos de homicidios dolosos contra mujeres.
Las delegaciones en las cuales se inició el mayor número de carpetas de investigación iniciadas por feminicidio y homicidio
doloso contra mujeres, en el periodo mencionado, son: Iztapalapa (62 casos), Gustavo A. Madero (32 casos), Cuauhtémoc
380 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
(27 casos), Tlalpan (25 casos), Coyoacán (22 casos), Álvaro Obregón (19 casos), Tláhuac (18 casos), Xochimilco (17 casos)
y Miguel Hidalgo (16 casos). Respecto al número de homicidios dolosos contra mujeres, el mayor número se concentra en
las mismas delegaciones, excepto en la delegación Azcapotzalco, donde se presentó un mayor número de homicidios
dolosos que de feminicidios.
La PGJCDMX reportó que las víctimas de feminicidio y homicidio doloso se encontraban en los siguientes rangos de edad:
el 44.2% tenían entre 18 y 30 años, 40.1% entre 31 y 60 años, 8.6% era menor de 17 años, 6.2% tenía más de 60 años y del
resto no se cuenta con el registro de su edad.
En relación con las personas victimarias, la PGJCDMX reportó que 52.8% tienen entre 18 y 30 años, 44.9% entre 31 y 60
años y el resto más de 60 años.
Por lo que hace a otros delitos cometidos en contra de mujeres, el gobierno de la Ciudad de México indicó que, de enero de
2012 a septiembre de 2017, se registraron 67,520 casos de violencia familiar; 10,832 casos de lesiones dolosas; 9,985 casos
de abuso sexual; 3,168 casos de violación; 586 casos de acoso sexual; 212 casos de tortura; 173 casos de trata de personas y
112 casos de secuestro.
Las siete delegaciones con mayor número de casos de violencia familiar, lesiones dolosas, abuso sexual, violación y acoso
sexual son: Iztapalapa, Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Álvaro Obregón, Iztacalco, Tlalpan y Coyoacán.
En cuanto al rango de edad de las víctimas de estos delitos, la PGJCDMX reportó que más de 70% de las víctimas de
violencia familiar tenía entre 18 y 60 años; más de 60% de las víctimas de violación se encuentra en este mismo rango de
edad, mientras que 32.4% de las víctimas eran menores de edad. Con relación al acoso y abuso sexual, la mayoría de las
víctimas se encuentra en el rango de edad de 30 a 60 años, y 36.4% de las víctimas era menor de edad.
El Consejo Nacional de Seguridad, a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ha
desarrollado el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED) el cual integra los datos de
personas no localizadas obtenidos a partir de las denuncias presentadas ante la autoridad ministerial correspondiente. Este
registro incluye únicamente a las personas que, a la fecha de corte, permanecen sin localizar, es decir, no contabiliza a las
personas que ya han sido localizadas. Por personas no localizadas se entiende todas aquellas personas cuyo paradero se
desconoce y esta circunstancia es hecha del conocimiento de la autoridad a través de una denuncia presentada ante la
misma. Según los datos del RNPED, en la Ciudad de México se tenían contabilizadas, hasta el 12 de septiembre de 2017,
301 mujeres no localizadas en el ámbito local y 162 reportadas ante la Procuraduría General de la República.
La Ciudad de México presenta avances importantes en los últimos años respecto al establecimiento de un marco
normativo que reconozca los derechos de las mujeres, así mismo ha implementado políticas, programas e instituciones
para cerrar la brecha de desigualdad entre mujeres y hombres. Sin embargo, persisten profundas brechas de
desigualdad en los ámbitos económico, político, social y cultural.
Ahora bien, la Ciudad de México es una de las entidades federativas más pobladas del país con un total de 8 918 653
habitantes lo que representa el 7.5% de la población a nivel nacional. De este total el 47.4 % (4 231 650) corresponde a los
hombres y el 52.6% (4 687 003) corresponde a las mujeres. Es decir, la mayor parte de la población de la ciudad son
mujeres lo que conlleva a la acción pública, entendiendo de fondo las causas que han derivado a que la violencia contra las
mujeres se acrecente.
Las causas de la violencia tienen varias vertientes, partiendo de la desigualdad de las relaciones de género, con raíces
culturales, sociales, económicas, políticas y personales, en donde el posible resultado son las diferentes formas de la
violencia sea por acción u omisión, basada en su género, ya sea que se cause daño o sufrimiento, psicológico, físico,
patrimonial, económico, sexual o la muerte.
Los efectos de la violencia contra las mujeres y niñas son individuales, sociales, culturales, económicos y políticos.
Individualmente lesionan la identidad, la autoestima y la autodeterminación; socialmente se dañan las relaciones entre
hombres y mujeres reproduciendo la desigualdad de estas; culturalmente se construyen estereotipos que refuerzan el
ejercicio de la violencia; económicamente se profundizan las diferencias económicas entre hombres y mujeres que ven
coartado su desempeño laboral y profesional; políticamente los gobiernos tienen que destinar políticas de atención al
fenómeno de la violencia. El programa social busca incidir en la atención social en las propias comunidades para generar
instrumentos de visibilización y prevención de la violencia hacia las mujeres. Así mismo, se busca que las mujeres se
conviertan en sujetos de acción, es decir que asuman su responsabilidad frente a su seguridad y sean capaces de exigir y
sumar a más mujeres en pro de una vida libre de violencia para ellas, su familia y su comunidad.
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 381
En la Constitución de la Ciudad de México en su artículo 3 se enmarcan los principios rectores: “1 La dignidad humana es
principio rector supremo y sustento de los derechos humanos. Se reconoce a toda persona la libertad y la Igualdad en
derechos. La protección de los derechos humanos es el fundamento de esta Constitución y toda actividad pública estará
guiada por el respeto y garantía a éstos., 2. Inciso a) “El respeto a los derechos humanos, la defensa del Estado democrático
y social, el diálogo, social, la cultura de la paz y la no violencia, el desarrollo económico sustentable y solidario con visión
metropolitana, la más justa distribución del ingreso, la dignificación del trabajo y el salario, la erradicación de la pobreza, el
respeto a la propiedad privada, la igualdad sustantiva, la no discriminación, la inclusión, la accesibilidad, el diseño
universal, la preservación del equilibrio ecológico, la protección al ambiente, la protección y conservación del patrimonio
cultural y natural”.
Del Título segundo, Carta de Derechos, capítulo 11, Ciudad Incluyente. Inciso A. Grupos de atención prioritaria La Ciudad
de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la
desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno
ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales.
B. Disposiciones comunes 1. Las autoridades de la Ciudad adoptarán las medidas necesarias para promover, respetar,
proteger y garantizar sus derechos, así como para eliminar progresivamente las barreras que impiden la realización plena de
los derechos de los grupos de atención prioritaria y alcanzar su inclusión efectiva en la sociedad. 2. La Ciudad garantizará:
b) El derecho a una vida libre de todo tipo de violencia o discriminación, motivada por su condición.
Como pudo observarse en las cifras que reportan las fuentes oficiales, la violencia en contra de las mujeres ha ido escalando
en diferentes dimensiones y ámbitos. El gobierno debe proteger a las mujeres de cualquier forma de violencia, así como
adoptar las medidas necesarias para impedir que las mujeres sufran violencia, tanto en el ámbito privado como el público, a
través de políticas orientadas a la prevención, erradicación y sanción de dicha violencia.
El Programa social busca incentivar la prevención de la violencia de forma directa con las mujeres habitantes o residentes
de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México; asimismo, se busca informar y sensibilizar a través de un proceso de formación
permanente, para atender y derivar interinstitucionalmente los casos de violencia que requieran atención integral.
Se fomentará el derecho a una vida libre de violencia, así como el conocimiento de los protocolos de atención existentes en
la Ciudad de México. Las mujeres beneficiarias del programa social serán portadoras y multiplicadoras del conocimiento y
actuación del ejercicio de sus derechos en sus colonias, barrios, pueblos o unidades habitacionales; a fin de ir sembrando
con otras mujeres, generando sinergias y alianzas en pro de una vida libre de violencia en lo individual y colectivo.
La ejecución de programas y acciones sociales similares indica que la estrategia de esta acción social es pertinente.
En 2004, la iniciativa de la Red Mujer y Hábitat, apoyada por UNIFEM, el Programa Ciudades sin Violencia hacia las
Mujeres tenía el propósito central de “fortalecer el ejercicio de los derechos ciudadanos de las mujeres en América Latina, y
reducir la violencia pública y privada que se ejerce contra ellas en las ciudades”. Con el antecedente de este programa surgió
en 2008, el Programa Global Ciudades y Espacios Públicos Seguros y Libres de Violencia contra Mujeres y Niñas de
UNIFEM. Son propuestas gubernamentales y de la sociedad civil para afrontar las problemáticas que afectan a las mujeres y
entre esas está la de la violencia.
La experiencia desarrollada es el Programa CDMX, Ciudad Segura y Amigable para Mujeres y Niñas, implementado por el
Gobierno de la Ciudad de México, desde 2015, que incluye entre sus componentes “3) Participa y contribuye a tu seguridad,
que tiene la finalidad de propiciar y/o fortalecer mecanismos de participación ciudadana para la seguridad de las mujeres y
niñas, que promuevan la identificación de lugares riesgosos y desarrollen propuestas para la seguridad comunitaria.
De la misma forma en el 2016 la Delegación Tlalpan llevó a cabo una actividad institucional denominada “Red de de
Mujeres contra la Violencia Tlalpan 2016”, el cual tenía el propósito de visibilizar y prevenir la violencia. Dicha iniciativa
permitió avanzar en la identificación de puntos con mayor incidencia en torno a la violencia de género.
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Los diversos programas, actividades institucionales y acciones sociales han permitido contribuir a la atención y prevención
del problema de la violencia hacia las mujeres. Sin embargo, como mencionamos en el diagnóstico. Se tiene que fortalecer
no sólo la información y capacitación hacia las mujeres; el problema es complejo y multifactorial de ahí que la intervención
en él requiere una visión en el cual sea incorporado la integralidad. Por ello el programa social abona a las experiencias
dadas, la articulación interinstitucional en el territorio a fin de brindar mayores elementos en materia de prevención a las
mujeres, así como acompañar en la atención directa de la autoridad correspondiente.
La línea base del programa social son 200,000 (doscientas mil) mujeres habitantes o residentes de las zonas clasificadas
como de bajo y muy bajo índice de desarrollo social e inseguridad en la Ciudad de México, según señala EVALUA CDMX,
2010. Como hemos mencionado, existe una iniciativa de nivel local realizada en la Delegación Tlalpan, cuya actividad
institucional se denomina “Red de mujeres por el empoderamiento contra la violencia hacia las mujeres y niñas de Tlalpan
2017”.
El Programa social retoma la experiencia vivida y el éxito obtenido, para generar un mayor impacto en la ciudad,
incorporando elementos nuevos susceptibles de ser evaluados.
III.3. Definición de la Población Objetivo de la Acción Social
La población potencial del programa social son 4,687,003 mujeres habitantes de la Ciudad de México, según la encuesta
interesal 2015 del INEGI; lo que corresponde al 52.6% de la población total.
La población objetivo del Programa social son 200,000 mujeres que habiten o residan en zonas de alta vulnerabilidad social
e inseguridad de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México y hombres jóvenes comprometidos en construir relaciones de
respeto y no violencia.
La población beneficiaria del programa social que se atenderá en el 2019 son 200 mujeres coordinadoras zonales y 2,000
mujeres como impulsoras de procesos, que habiten o residan en zonas de alta vulnerabilidad social e inseguridad de las 16
Alcaldías de la Ciudad de México; y un equipo técnico de 29 personas becarias que fungirán como capacitadores y
supervisores del proceso en territorio.
La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres que debido a
la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el
pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria a las mujeres, las
niñas y las adolescentes de identidad indígena, mayores, con discapacidad, LGBTTTI, migrantes, víctimas de violaciones a
los derechos humanos o de la comisión de delitos y afrodescendientes.
IV. Objetivos y Alcances
Objetivo General
Promover procesos participativos y organizativos de mujeres en la modalidad de multiplicadoras para el conocimiento,
ejercicio y exigibilidad de sus derechos y la apropiación de la ciudad, sus colonias, barrios, pueblos y unidades
habitacionales desde una perspectiva de género, incluyente y democrática que contribuya al fortalecimiento de su autonomía
física, económica y política.
El Programa Social se rige por la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de violencia del Distrito Federal, cuyo
objetivo es establecer los principios y criterios que, desde una perspectiva de género, orienten las políticas públicas para
reconocer, promover, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, así como establecer la
coordinación interinstitucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Las 2,200 mujeres beneficiarias directas, así como 28 personas del equipo técnico del programa social recibirán un apoyo
económico mensual que permitirá incidir en la generación de redes de mujeres en cada una de las Alcaldías de la Ciudad de
México. Se capacitarán y sensibilizarán en prevención de la violencia y protocolos de atención. Las beneficiarias son la red
principal que detonará la formación de grupos de mujeres en las diferentes zonas de la ciudad.
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 383
El Programa Social va dirigido a que las 2,200 mujeres que habitan o residen en colonias, barrios, pueblos o unidades
habitacionales de zonas de mayor vulnerabilidad social e inseguridad de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México,
organizarán prioritariamente a grupos de mujeres en red para la promoción de derechos humanos y la no violencia.
acompañadas por un equipo técnico de 29 personas becarias que fungirán como capacitadores y supervisores del proceso en
territorio.
Formar una red de 2,200 mujeres por la igualdad y la no violencia en colonias, barrios, pueblos y unidades habitacionales,
pertenecientes a zonas de mayor vulnerabilidad social e inseguridad de las 16 Alcaldías en la Ciudad de México; quienes
fungirán como multiplicadoras en la prevención de la violencia de género y el ejercicio de derechos.
Articular y fortalecer el tejido social comunitario para la prevención, detección, acompañamiento y derivación de casos de
violencia de mujeres, así como la promoción y fortalecimiento de sus derechos individuales y colectivos, con el apoyo de un
equipo técnico de becarios pasantes, profesionales o técnicos con experiencia en trabajo territorial y comunitario.
Generar un documento de sistematización de los diagnósticos participativos de las redes de mujeres por Alcaldía, para
identificar el tipo de violencias, sus manifestaciones y zonas de peligro.
Entregar un apoyo económico mensual a las 200 mujeres que conforman el equipo coordinador en las 16 Alcaldías de la
Ciudad de México.
Entregar un apoyo económico mensual a las 2,000 mujeres que fungen como mujeres inspiradoras por igualdad y la no
violencia en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
Entregar un apoyo económico al equipo técnico de 29 personas que fungirán como capacitadores y supervisores del
proceso.
Integrar una red de jóvenes por el buen trato y la no violencia
El Programa social aportará al ejercicio del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la promoción de la
igualdad de derechos, cohesión e integración social, así como a la libre manifestación de sus ideas, organización en torno a
ellas y la protección de datos personales; busca incidir en la reducción de la violencia que las mujeres viven de forma
cotidiana, así como fortalecer la seguridad en sus comunidades.
Cronograma de Actividades
Actividad Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov
mes
Aprobación
de reglas de
operación por
COPLADE
Convocatoria
Solicitud y
selección de
participantes
Capacitación
de
coordinadoras
zonales
Formación de
Promotoras
semillas
Evento 8 de
marzo
Diagnostico
participativo
384 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
Plan de acción
territorial
Evaluación
Elaboración
de informes
IV.2. Objetivos Específicos
Formar una red de 2,200 mujeres por la igualdad y la no violencia en colonias, barrios, pueblos y unidades habitacionales,
pertenecientes a zonas de mayor vulnerabilidad social e inseguridad de las 16 Alcaldías en la Ciudad de México; quienes
fungirán como multiplicadoras en la prevención de la violencia de género y el ejercicio de derechos, de marzo a diciembre
de 2019.
Acciones
Publicar la convocatoria en la página oficial de la Secretaría de las Mujeres, y en las Unidades de Atención y Prevención de
la Violencia (LUNAS) de las mujeres ubicadas en las 16 Alcaldías.
Recibir y seleccionar solicitudes de acuerdo con el perfil estipulado en la convocatoria.
Articular y fortalecer el tejido social comunitario para la prevención, detección, acompañamiento y derivación de casos de
violencia de mujeres, así como la promoción de sus derechos, con el apoyo de un equipo técnico de 29 becarios pasantes,
profesionales o técnicos con experiencia en trabajo territorial y comunitario, que operaran en las 16 Alcaldías de la Ciudad
de México, de marzo a diciembre de 2019.
Capacitar a las 2,200 mujeres de la red en perspectiva de género, prevención de la violencia, organización comunitaria,
salud emocional y corresponsabilidad en los cuidados; en las 16 alcaldías.
Detectar casos de violencia que requieran atención integral, para derivar y acompañar en el proceso de atención, a través de
las Unidades de Atención y Prevención de la Violencia (LUNAS) de la Secretaría de las Mujeres.
Implementar acciones para visibilizar y prevenir la violencia en zonas estratégicas de cada una de las Alcaldías.
Generar un diagnóstico participativo desde las redes de mujeres por Alcaldía, para detectar el tipo de violencias, sus
manifestaciones y zonas de peligro, de marzo a diciembre de 2019.
Acciones
Llevar a cabo un diagnóstico participativo con cada una de las redes de mujeres por Alcaldía, con el apoyo del equipo
técnico.
Generar un mapeo de inseguridad y problemática social, para promover la recuperación de los espacios denunciados por las
redes de mujeres, por Alcaldía.
La Red de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia, es la base que posibilitará llegar a más mujeres de las diferentes
zonas de alta vulnerabilidad social e inseguridad en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México. Los diferentes grupos de
mujeres obtendrán capacitación en temáticas como perspectiva de género, protocolos para la atención de la violencia,
corresponsabilidad en los cuidados, salud emocional, derechos humanos y organización comunitaria. Estos conocimientos
apoyan a ir transformando las relaciones de desigualdad entre sus pares y sus relaciones inmediatas con su familia y su
entorno comunitario.
A la par que se lleva la capacitación, las mujeres desarrollarán un diagnóstico participativo por cada grupo que posibilitará
plantear acciones de incidencia en el territorio para visibilizar los problemas que les aquejan en materia de violencia e
inseguridad.
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 385
Se busca que los grupos de mujeres hagan sinergia con las autoridades responsables de atender las diferentes problemáticas
a fin de fomentar la corresponsabilidad en la solución de los problemas o necesidades detectadas por los grupos de mujeres.
El Programa social coloca su énfasis en potenciar a las mujeres a fin de ir cerrando las brechas de desigualdad e ir
fomentando relaciones positivas entre todas y todos.
IV.3. Alcances
El Programa Red de Mujeres por la Igualdad y la no Violencia otorga una transferencia monetaria a las 2,200 mujeres que
conformarán la red principal en las diferentes colonias, barrios, pueblos o unidades habitacionales de las 16 Alcaldías de la
Ciudad de México que presente alta vulnerabilidad social e inseguridad social, a fin de garantizar el derecho a una vida libre
de violencia, la promoción de la equidad y cohesión e integración social.
El Programa otorga una transferencia monetaria a 29 profesionales titulados, pasantes o con estudios técnicos que cuenten
con experiencia en trabajo territorial o comunitario, que fungirán como capacitadores y supervisores de las acciones que se
realicen en cada una de las redes de mujeres que se formen por Alcaldía.
El Programa Social busca generar las condiciones que permitan la promoción, sensibilización y prevención en las violencias
que las mujeres viven en sus diferentes ámbitos. A través de un apoyo económico mensual que permitirá fomentar la libre
asociación y organización de los grupos de mujeres en torno a su derecho por una vida libre de violencia.
Se pretende, generar espacios de encuentro, análisis y discusión sobre temas de interés colectivo para las mujeres que
fortalezcan la cohesión social y el intercambio de experiencias y estrategias territoriales en sus comunidades, barrios,
pueblos, colonias y unidades habitacionales.
El empoderamiento de las mujeres desde una perspectiva de género y derechos humanos, es un proceso paulatino e integral,
que implica por un lado identificar las fortalezas y amenazas en lo individual y desde los contextos en que cada una de las
mujeres se desarrollan, por lo que el “Programa Social Red de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia”, permitirá
fortalecer procesos individuales y colectivos para fortalecer la acción comunitaria en la identificación y atención de los
diferentes tipos y modalidades de la violencia que viven las mujeres.
El proceso que el “Programa Social Red de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia” impulsa, permitirá el conocimiento
y la apropiación de derechos y libertades, incluye el desarrollo de mecanismos comunitarios de defensa desde la
participación ciudadana, el acceso a la justicia, la defensa de sus derechos, la corresponsabilidad en los cuidados, la
cohesión y afinamiento entre mujeres, así como el desarrollo de herramientas en distintos planos, tanto emocionales, físicos,
socio culturales y políticos, fortaleciendo su proceso de empoderamiento y autonomía, así como el resarcimiento del tejido
social, en aquellos puntos donde se dará su incidencia.
El Programa social busca como efectos a corto plazo conformar una red de 2,200 mujeres sensibilizadas y capacitadas en
pro de una vida libre de violencia y del ejercicio pleno de derechos.
El impacto esperado es conformar redes de mujeres por mujeres que promuevan en cada una de las alcaldías, sensibilizadas
y capacitadas en pro de una vida libre de violencia y del ejercicio pleno de derechos.
V. Metas Físicas
La meta de cobertura son 2,200 mujeres que conformarán núcleos de red en las 16 alcaldías de la Ciudad de México; así
como 29 personas pasantes o profesionales, estudios técnicos o experiencia en trabajo territorial que fungirán como
capacitadoras y supervisoras del proceso que seguirán las 2,200 mujeres de la red.
El Programa social se aplicará en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México en zonas de alta vulnerabilidad social e
inseguridad.
1) Una red de 200 mujeres conformadas como coordinadoras zonales que dirigirán los procesos de conformación en redes
de mujeres en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
386 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
2) Una Red de 2,000 mujeres conformadas como Inspiradoras por la Igualdad y la No Violencia en las 16 Alcaldías de la
Ciudad de México.
3) 200,000 mujeres beneficiadas con información para prevenir o impulsar procesos de atención de la violencia de género
en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
4) Un equipo técnico de 29 profesionales titulados, pasantes o con estudios técnicos que cuenten con experiencia en trabajo
territorial o comunitario, capacitadas para impulsar procesos de prevención y atención de la violencia de género y ejercicio
de derechos con las redes conformadas en cada una de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
5) 16 diagnósticos participativos con perspectiva de género elaborados por las redes de mujeres que identifiquen tipo de
violencias, sus manifestaciones, zonas de peligro; así como propuestas para su atención, disminución y erradicación.
6) Mujeres sensibilizadas, informadas y organizadas en hacer uso de su voz individual y colectivamente en pro de su
derecho a una vida libre de violencia y de derechos sociales incluyentes y democráticos en perspectiva de género, a fin de
fortalecer su autonomía física, económica y política de incidencia en el resarcimiento del tejido social de los lugares donde
habitan y transitan de las 16 alcaldías de la Ciudad de México.
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
$38,400,000.00 (treinta y ocho millones, cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
El monto total del presupuesto autorizado se distribuirá de la siguiente forma:
Equipo Operativo
200 mujeres Coordinadoras de Zona: $13´200,000.00 (trece millones, doscientos mil pesos 00/100 M.N.) que se entregarán
en 11 ministraciones mensuales de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) a cada una.
2,000 mujeres impulsoras: $22´000,000.00 (veintidós millones de pesos 00/100 M.N.), que se entregarán en 10
ministraciones mensuales de $ 1,000.00 (mil, pesos 00/100 M.N.) a cada una.
29 personas que fungirán como Equipo técnico: $3´190,000.00 (tres millones, ciento noventa mil pesos 00/100 M.N), que se
entregarán en 11 ministraciones mensuales de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N) a cada una.
VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
VII.1. Difusión
Los presentes lineamientos generales de operación se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en el
Sistema de Información del Desarrollo Social de la Ciudad de México. Entre la población, la actividad se dará a conocer por
medio de convocatoria que será publicada por los mismos medios, la página oficial de Internet de la Secretaría de las
Mujeres, y en cada una de la Unidades de Atención. LUNAS, en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
En caso de que se presente alguna modificación a los presentes lineamientos generales de operación, se hará pública a través
de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página oficial de la Secretaría de las Mujeres.
En el territorio, se difundirá el programa social por convocatoria adherida en las Unidades de Atención y Prevención a la
Violencia (LUNAS); de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México, adscritos a la Secretaría de las Mujeres y cuando se
desarrollen acciones derivadas de la intervención con los grupos de mujeres se difundirá por medio de carteles que las
mujeres realizarán como parte de su autonomía organizativa.
Las personas interesadas en solicitar información sobre el Programa social podrán acudir a las oficinas de Secretaría de las
Mujeres, en la Subdirección de Redes por la Igualdad de la Dirección de Intervención Territorial, perteneciente a la
Dirección General Para una Vida Libre de Violencia, ubicada en calle José María Izazaga # 148 colonia Centro, Alcaldía
Cuauhtémoc C.P. 06090, Ciudad de México. Teléfono 55122831 extensiones 154 y 146 de lunes a viernes 9:00 a 18:00 hrs.
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 387
La difusión del Programa social evitará siempre la identificación- a través de cualquier tipo de mecanismo personal,
simbólico, semiótico o de cualquier índole- de las intervenciones institucionales con partidos políticos, asociaciones,
sindicatos, o cualquier otro grupo ajeno al marco institucional.
La Información relativa al Programa Social es pública y puede ser consultada a través de las páginas de la Secretaría de las
Mujeres www.mujeres.cdmx.gob.mx
VII.2. Requisitos de Acceso
Las personas interesadas en participar como coordinadoras zonales en el programa social deberán cumplir los
siguientes requisitos.
Ser mujeres habitantes o residentes de la ciudad de México
Ser mayores de 18 años.
Acreditar estudios mínimos de secundaria
Tener experiencia en trabajo en campo y trato con personas, así como facilidad de trabajo en equipo.
No recibir apoyo económico en el marco de algún programa social o acción social implementada por la administración
pública federal o de la Ciudad de México.
No desempeñar algún empleo, cargo o comisión en la administración pública federal o de la Ciudad de México.
Tener disponibilidad de horario.
Cumplir con la entrega de informes mensuales, que serán solicitados por el Equipo Técnico.
Asistir a todos los talleres de capacitación
Firmar Carta Compromiso de Colaboración.
Las personas interesadas en participar como impulsoras de la Red por la Igualdad y la no Violencia, en el programa
social, deberán cumplir los siguientes requisitos.
Ser mujeres habitantes o residentes de las zonas seleccionadas de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México que muestran alta
vulnerabilidad social e inseguridad.
Ser mayores de 18 años.
Saber leer y escribir
Tener experiencia en trabajo en campo y trato con personas, así como facilidad de trabajo en equipo.
No recibir apoyo económico en el marco de algún programa social o acción social implementada por la administración
pública federal o de la Ciudad de México.
No desempeñar algún empleo, cargo o comisión en la administración pública federal o de la Ciudad de México.
Tener disponibilidad de horario.
Asistir a todos los talleres de capacitación
Alcanzar la meta de al menos 100 mujeres beneficiarias durante el año.
Firmar Carta Compromiso de Colaboración.
Las personas interesadas en participar como parte del Equipo Técnico en el Programa Social deberán cumplir los
siguientes requisitos:
Mujeres u Hombres habitantes o residentes de la ciudad de México
Ser mayores de 18 años.
Acreditar estudios de nivel técnico con experiencia, pasante o titulación en nivel Licenciatura, de las carreras Trabajo
Social, Pedagogía, Psicología, Sociología, Antropología, Filosofía o afines.
Tener experiencia en trabajo territorial o programas sociales y trato con personas, así como facilidad de trabajo en equipo.
No recibir apoyo económico en el marco de algún programa social o acción social implementada por la administración
pública federal o de la Ciudad de México.
No desempeñar algún empleo, cargo o comisión en la administración pública federal o de la Ciudad de México.
Tener disponibilidad de horario.
Cumplir con la entrega de informes mensuales, que serán solicitados por la Subdirección de Redes por la Igualdad.
Asistir a todos los talleres de capacitación
Firmar Carta Compromiso de Colaboración.
388 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
7.6. Documentación para las mujeres coordinadoras zonales y promotoras:
Solicitud de ingreso al programa social en el formato único de acceso al programa, debidamente requisitado y firmado por
la persona interesada
Copia de Identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
Copia Clave Única de Registro de Población (CURP).
Copia de comprobante de domicilio, expedido en los últimos tres meses (agua, predial, teléfono, gas, luz, contrato de
arrendamiento).
Formato de Manifestación bajo protesta de decir verdad de que no se desempeñan ningún empleo, cargo o comisión en la
administración pública de la Ciudad de México o de la administración pública federal.
Formato de Manifestación bajo protesta de decir verdad, de no ser beneficiario de ningún programa social o programa de
apoyo económico similar operado por la administración pública local o federal.
Breve semblanza de su experiencia de trabajo en campo
Copia de comprobante de estudios.
Carta compromiso firmada.
Documentación para el Equipo Técnico:
Solicitud de ingreso al programa social en el formato único de acceso al programa, debidamente requisitado y firmado por
la persona interesada.
Copia de Identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
Copia Clave Única de Registro de Población (CURP); en el caso de personas extranjeras deberán presentar cualquiera de los
siguientes formatos o su trámite homologo: FM-2 (Documento Migratorio de Inmigrante), FM-3 (Documento Migratorio de
No Inmigrante, NUE (Número Único de Extranjero), Resolución que determine el reconocimiento de la condición de
refugiado o Tarjeta de Residente Permanente; En el caso de las mujeres trans, deberán presentar su identificación oficial de
reasignación para la concordancia sexo–genérica.
Copia de comprobante de domicilio, expedido en los últimos tres meses (agua, predial, teléfono, gas, luz, contrato de
arrendamiento).
Formato de Manifestación bajo protesta de decir verdad de que no se desempeñan ningún empleo, cargo o comisión en la
administración pública de la Ciudad de México o de la administración pública federal.
Formato de Manifestación bajo protesta de decir verdad, de no ser beneficiario de ningún programa social, o de apoyo
económico similar operado por la administración pública local o federal.
Currículum Vitae extenso.
Copia de comprobante de estudios.
Carta compromiso firmada.
En caso de situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los requisitos y documentación a
presentar para la inclusión de las personas en el programa social pueden variar. En tal circunstancia, se emitirán
lineamientos específicos.
En el caso de que se presente una situación coyuntural de contingencia, desastre o emergencia para el caso de la población
migrante, se proporcionarán apoyos sociales humanitarios, para lo cual el programa establecerá las medidas
correspondientes dadas sus competencias
Los requisitos de acceso al programa social serán transparentes, neutrales, apartidistas, institucionales y congruentes con los
objetivos y la población beneficiaria definida por el diseño del programático, tomando en consideración los principios
generales de la política social de la Ciudad de México, particularmente el de universalidad.
VII.3. Procedimientos de Acceso
Se accederá mediante convocatoria que será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el SIDESO
(www.sideso.cdmx.gob.mx) y la página oficial de internet de la Secretaría de las Mujeres www.mujeres.cdmx.gob.mx
Asimismo, podrán acudir a las oficinas de la Subdirección de Redes por la Igualdad de la Dirección de Intervención
Territorial, perteneciente a la Dirección General Para una Vida Libre de Violencia, ubicadas en calle José María Izazaga #
148 colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06090, Ciudad de México. Teléfono 55122831 extensiones 154 y 146 de
lunes a viernes 9:00 a 18:00 hrs.
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 389
Así como en las Unidades de Atención y Prevención LUNAS; ubicadas en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México. La
ubicación se puede consultar en la página de la Secretaría de las Mujeres www.mujeres.cdmx.gob.mx.
Los criterios con base en los cuales la Subdirección de Redes por la Igualdad de la Dirección de Intervención Territorial
seleccionarán a las beneficiarias y aprobará la Dirección General Para la Vida Libre de Violencia que participen en el
programa social son los siguientes:
Cumplimiento de requisitos y documentación correspondiente, solicitadas en la convocatoria
Orden de prelación.
Idoneidad de perfil.
Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias del programa social son públicos y podrán
ser consultados en la Subdirección de Redes por la Igualdad de la Secretaría de las Mujeres y las Unidades de Atención a las
Mujeres, ubicadas en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
Se dará prioridad a las mujeres habitantes de las zonas clasificadas como de bajo y muy bajo índice de desarrollo social, alta
vulnerabilidad social e inseguridad.
Las personas interesadas en participar en el programa social deberán realizar su registro de la siguiente forma:
El registro, recepción de documentos y aplicación de entrevista de las personas interesadas en participar en el programa
social, ya sea como coordinadora zonal, promotora, o equipo técnico se realizará en las oficinas de la Subdirección de Redes
por la Igualdad ubicada en calle José María Izazaga # 148 colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06090, Ciudad de
México. Teléfono 55122831 extensiones 154 y 146.
En un horario de 9:00 a 15:00 hrs. de lunes a viernes, a partir de la publicación de las presentes reglas de operación.
Cuando las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se tomará como referencia el artículo 11 “Ciudad
Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México, el cual establece los grupos de atención prioritaria,
indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las
personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores
obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales.
Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres
Las personas seleccionadas como beneficiarias directas del Programa Social serán contactadas vía telefónica y correo
electrónico (quien lo tenga). Asimismo, se publicará la lista en cada una de las Unidades de Atención de la Mujer ubicadas
en las 16 Alcaldías de la Ciudad de México. Las mujeres podrán acudir de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 hrs.
La Secretaría de las Mujeres, vía la Subdirección de Redes por la Igualdad, entregará a las personas solicitantes un
comprobante del registro al programa social.
Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas
Beneficiarias, que conforme a lo establecido por la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter
público, siendo reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán
emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en
las Reglas de Operación del programa social.
En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las Reglas
de Operación.
Diseñar, establecer y difundir mecanismos efectivos y expeditos de apelación en caso de que la solicitud de recibir los
beneficios o apoyos del programa sea denegada
390 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
Se promueve el principio de simplicidad administrativa para que los requisitos y procedimientos de acceso sean
comprensibles, claros y sencillos reduciendo espacios de intermediación o discrecionalidad innecesarios, promoviendo la
aplicación directa de los recursos e instrumentos a movilizar.
Se promueve la digitalización de trámites y procedimientos a fin de facilitar los procesos y ofrecer vías alternativas y
complementarias a las presenciales de incorporación al Programa social Red de Mujeres por la Igualdad.
VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal
Requisitos de permanencia para todas las personas participantes
Entregar en tiempo y forma los documentos e informes que le sean solicitados por la Subdirección de Redes por la Igualdad.
Asistir a las capacitaciones programadas por la Subdirección de Redes por la Igualdad.
Asistir a las reuniones que convoque la Subdirección de Redes por la Igualdad.
Llevar a cabo las acciones o actividades que se consensuen en los grupos de mujeres en pro de una vida libre de violencia y
el ejercicio de derechos; como una práctica cotidiana.
Mantener una actitud positiva y proactiva para el logro de los objetivos grupales que se tracen durante el ejercicio del
Programa Social.
Capacidad de concretar objetivos y acciones acordadas en tiempo razonable.
Causales de baja para todas las personas participantes
No entregar los documentos e informes que le sean solicitados por la Subdirección de Redes por la Igualdad.
No asistir a las capacitaciones programadas por la Subdirección de Redes por la Igualdad.
No asistir a las reuniones que convoque la Subdirección de Redes por la Igualdad
No llevar a cabo las acciones o actividades que se consensuen en los grupos de mujeres en pro de una vida libre de violencia
y el ejercicio de derechos, así como la poca disponibilidad para la aportación y contribución en la concreción de objetivos
grupales.
Tener actitudes de ejercicio de violencia o generar conflictos en el grupo sin colocar por delante la resolución pacífica;
Utilizar este programa para fines ajenos a su objeto social;
Por renuncia voluntaria, en cuyo caso tendrá que hacer entrega de un documento donde exprese las causas, motivos o
circunstancias de dicha renuncia.
7.24. La documentación por presentar para demostrar la permanencia en el programa social es la siguiente:
Informe mensual de actividades por grupo conformado en red por Alcaldía, en forma digital que realizará el Equipo Técnico
asignado, el cual entregará a la Subdirección de Redes por la Igualdad, en las fechas programadas de 9:00 a 17:00 hrs.
Listas de asistencia a las capacitaciones, reuniones, acciones o actividades programadas; las cuales serán entregadas en
físico y digitalizadas por el Equipo Técnico asignado a cada una de las Alcaldías. Las cuáles serán entregadas al final de
cada capacitación en la Subdirección de Redes por la Igualdad, de 9:00 a 17:00 hrs.
Memoria fotográfica de cada capacitación, acción o actividad programada, recuperada por el Equipo Técnico asignado a
cada una de las Alcaldías. La cuál será entregada junto con las listas de asistencia en el mismo lugar y horario.
Informe de evaluación de cada capacitación implementada, el cual será realizado por el Equipo Técnico, con el apoyo de las
coordinadoras zonales asignadas a cada una de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México. El informe será entregado a la
Subdirección de Redes por la Igualdad de forma digital, de 9:00 a 17:00 hrs., en las fechas programadas según cada proceso
de capacitación implementado.
Las personas que NO CUMPLAN con los requisitos de permanencia serán reportadas por el Equipo Técnico a la
Subdirección de Redes por la Igualdad a fin de mantener de forma transparente la operación del Programa Social,
emitiéndose un informe del hecho a la Dirección de Intervención Territorial.
En caso de suspensión o baja definitiva del Programa Social por alguna de las causas señaladas, la persona podrá presentar
recurso de inconformidad correspondiente dirigido a la Subdirección de Redes por la Igualdad a fin de buscar la
conciliación pertinente en pro siempre del resguardo de los derechos y la transparencia.
VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 391
VIII.1. Operación
Para la entrega de los bienes y/o servicios a las y los beneficiarios se llevarán a cabo las siguientes actividades y gestiones.
La Secretaría de las Mujeres a través de la Subdirección de Redes por la Igualdad recibirán los documentos solicitados en
los requisitos de acceso del programa social.
Se realizará un control de solicitudes de acuerdo con las fechas y horario en las que fueron recibidas en cada uno de los
espacios considerados para ello.
La Subdirección de Redes por la Igualdad y la Dirección de Intervención Territorial de forma conjunta valorarán el
cumplimiento, e idoneidad en el perfil para formar parte de las coordinadoras zonales, promotoras por la no violencia y
equipo técnico; que contará con la aprobación de la Dirección General para la Vida Libre de Violencia.
Se notificará vía telefónica y por correo electrónico a las mujeres seleccionadas para participar en la Red de Mujeres por la
Igualdad y la No Violencia.
Se notificará vía telefónica y por correo electrónico a las y los pasantes o profesionales seleccionados para participar como
Equipo Técnico en la Red de Mujeres por la Igualdad y la No Violencia.
Las personas seleccionadas deberán presentarse en las oficinas de la Secretaría de las Mujeres, en la Subdirección de Redes
por la Igualdad ubicada en calle José María Izazaga # 148 colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06090, Ciudad de
México. Teléfono 55122831 extensiones 154 y 146 de lunes a viernes 9:00 a 18:00 hrs., para hacer entrega de los
documentos correspondientes solicitados en la convocatoria.
Las personas que no fueron seleccionadas en primera instancia y que cumplieron todos los requisitos de acceso, formarán
parte de una lista de espera que, en caso de alguna baja, posibilite su incorporación al programa social en sustitución de
integrante del Equipo Técnico, Coordinador Zonal o Impulsora según sea el caso.
Se generarán las órdenes de apoyo monetario concernientes a la lista de personas beneficiarias aprobadas para participar en
el programa social, en cuanto la Secretaria de Finanzas brinde su autorización para ello.
Las personas beneficiarias firmarán un recibo de entrega de apoyo monetario.
El Equipo técnico recibirá la siguiente capacitación que replicará con las coordinadoras zonales y las Impulsoras de la no
violencia:
Elaboración de Diagnósticos Participativo
Perspectiva de Género
Orientación comunitaria para la prevención de las violencias de género
Liderazgo y autonomía para las mujeres
Organización y gestión territorial
Salud emocional
Corresponsabilidad en los cuidados
El Equipo Técnico coordinará la realización de un diagnóstico por Alcaldía, a través de una metodología de participación-
acción, con cada uno de los grupos de mujeres conformados en las 16 Alcaldías; en el que visibilizará el tipo de violencias,
zonas de inseguridad y problemática social o necesidades que requieren ser atendidas de forma corresponsable con las
autoridades locales y de la Ciudad de México.
Generar acciones de visibilización de la no violencia, acordadas desde los grupos de mujeres conformadas en Red, en pro de
sus derechos y en corresponsabilidad con las autoridades locales.
Participación en la celebración macro del 8 de marzo del 2019 organizada por la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de
México.
Señalar las unidades administrativas responsables de la implementación del programa y los tiempos en que cada una de sus
etapas será realizada.
392 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
Etapa Responsable Tiempo
Publicación de la convocatoria Subdirección de Redes por la Igualdad Enero del 2019
Recepción de solicitudes y selección
de participantes conforme al perfil
estipulado.
Subdirección de Redes por la Igualdad A partir de la publicación de las reglas
de operación y hasta la primera 15 de
febrero
Capacitación del Equipo Técnico,
conformado por los 29 pasantes,
profesionales o técnicos o con
experiencia en trabajo territorial.
Dirección General de Igualdad
Sustantiva
A partir del 4 de febrero del 2019
Dirección General para una Vida
Libre de Violencia
Capacitación de coordinadoras
zonales y promotoras por la no
violencia en las 16 alcaldías
Equipo técnico A partir del 4 de marzo y hasta el mes
de octubre del 2019
Elaboración del diagnóstico
participativo por Alcaldía
Equipo técnico Del 1 de abril al 31 de mayo
Plan de acciones territoriales contra
la violencia comunitaria (Acciones
simbólicas)
Equipo técnico De junio a octubre del 2019, (o antes
si se cree conveniente y la dinámica
grupal lo exija)
Evaluación participativa del
proceso
Equipo técnico en conjunto con la
Subdirección de Redes por la Igualdad
Del 4 al 29 de noviembre
Elaboración de Informes mensuales
y final de proceso por Alcaldía
Equipo Técnico Al final de cada mes, en diciembre del
2019 el informe final.
Los datos personales de las personas beneficiarias del programa social, y la información adicional generada y administrada
se regirá, por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
De acuerdo con en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y artículo 60 de su Reglamento, todo
material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban en el Programa social, llevarán
impresa la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este
programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los
recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad
competente”.
Los formatos y los trámites por realizar en el Programa social son totalmente gratuitos.
Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e
información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de
género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,
relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para
mayor información y atención, en caso necesario.
Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin
embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos
electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el
principio de equidad en la contienda electoral.
La ejecución del programa social se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con fines
electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su
vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
VIII.2. Supervisión y Control
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 393
La Subdirección de Redes por la Igualdad de la Secretaría de las Mujeres llevará a cabo supervisión constante a través de la
entrega de los documentos probatorios del proceso de cada una de las redes de mujeres por Alcaldía. Así mismo acudirá a
territorio para verificar la realización de las acciones planeadas, así como para escuchar y atender las necesidades que los
diferentes grupos expresen, para coadyuvar en la atención de estas.
Se aplicarán encuestas de calidad de las capacitaciones, así como del trato y atención que se ha recibido durante el proceso
de participación en el programa social a fin de valorar los cambios pertinentes que la dinámica exige.
El sistema de monitoreo será a partir de las encuestas aplicadas y de un taller de evaluación cualitativa al final del proceso a
fin de rescatar pros y contras para la mejora del programa social.
Durante el proceso de intervención en el programa social se generará la posibilidad de escuchar a las beneficiarias y
beneficiarios.
La Secretaría de las Mujeres a través de la Subdirección de Redes por la Igualdad y la Dirección de Intervención Territorial,
emprenderá la revisión del diseño, procedimientos de intervención, objetivos e instrumentos adoptados conforme el sistema
de monitoreo, supervisión y control colocado. Ya que los avances o retrocesos que se visualicen durante la operación
permitirán generar la toma de decisiones más convenientes para mantener el programa social en su esencia.
El procedimiento será a través de la revisión de los informes diarios y mensuales que el Equipo Técnico hará llegar, así
como el producto de las supervisiones generadas en campo.
La Contraloría Social de la dependencia a cargo de instrumentar la política social en la Ciudad de México tendrá a su cargo
la supervisión y control de todos los programas sociales que operen en la Ciudad de México, a través de los mecanismos e
instrumentos que para tal fin establezca.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Las y los beneficiarios podrán interponer quejas con respecto a la aplicación del programa social por una acción u omisión
del personal responsable del mismo, o bien suspendidos, expulsados o dados de baja; de forma presencial o escrita ante la
Subdirección de Redes por la Igualdad, a fin de activar la escucha para la solución de forma expedita de la queja interpuesta.
La Secretaría de las Mujeres, recibirá las QUEJAS a través de la Subdirección de Redes por la Igualdad de la Dirección de
Intervención Territorial perteneciente a la Dirección General para una Vida Libre de Violencia, ubicada en calle José María
Izazaga # 148 colonia Centro, Mezanine Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06090, Ciudad de México. Teléfono 55122831
extensiones 207 y 210 de lunes a viernes 9:00 a 18:00, dentro de los 20 días siguientes en que haya sucedido el acto u
omisión que la motivó.
Las personas beneficiarias inconformes podrán acudir también a la Contraloría Interna de la Secretaría de las Mujeres,
ubicada en calle José María Izazaga # 148 colonia Centro, 7 piso, Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06090, Ciudad de México.
Teléfono 55122831 extensiones 702 y 703 de lunes a viernes 9:00 a 18:00 hrs.
En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas beneficiarias o
derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas sociales o por
incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar
su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la Procuraduría
Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Contraloría General
de la Ciudad de México.
Las y los beneficiarios podrán interponer también dichos trámites de forma electrónica a través del correo electrónico
direcció[email protected] y vía telefónica al número 55122831 extensiones 154 y 146 de
lunes a viernes 9:00 a 15:00 hrs.
El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica
INETEL (01800 433 2000).
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
394 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
Las personas que deseen acceder al disfrute de los beneficios del programa social, podrán consultar los requisitos, derechos,
obligaciones, procedimientos y plazos en las Unidades de Atención a la Mujer, LUNAS. De cada una de las 16 Alcaldías de
la Ciudad de México.
ALCALDIA Unidades de Atención y Prevención a la Violencia contra las Mujeres LUNAS
Dirección Telefono Dirección Telefono
Alvaro Obregón Prolongación Calle 4,
Col. Tolteca, dentro
del parque de la
juventud, Cp. 01150
52766887 Calle 22 y Av.
Hidalgo esq. Calle
17, Col. Preconcreto,
Cp. 01400
55932716
52766889 55938344
Azcapotzalco Av. 22 de febrero No.
421, Col. Barrio San
Marcos, Cp. 02260
53539762 Av. 22 de febrero No.
421, Col. Barrio San
Marcos, Cp. 02020
53536470
53536523
Benito Juarez Eje Central Lázaro
Cárdenas No. 695,
1er piso, Col.
Narvarte, Cp. 03020
91800495 Calle Eje 5 Sur
Ramos Millán No.
95, Col. Niños
Heroes
55904817
Coyoacan Leopoldo Salazar s/n,
casi esq. Gonzalez
Peña, Col. Copilco el
alto, Cp. 04360
56582167 Calle Av.
Nezahualcoyotl, esq.
Yaquis, Col.
Huayamilpas, Cp.
04390
54217331
56595587
Cuajimalpa Av. 16 de septiembre
(esq. Av. Veracruz,
entre Cd. 16 de
septiembre y
Arteaga) Col. El
contadero, Cp. 05000
58121414 Calle Av. Veracruz
130, Col. Cuajimalpa,
Cp. 05000
58122521
21631225
Cuauhtémoc Buenavista entre
Aldama, Violeta y
Mina, sotano de la
delegación, Col.
Buenavista, Cp.
06357
24523370 Calle Lucas Alaman
122, Col. Obrera, Cp.
06800
55184337
24523369
Gustavo A Madero Av. Fray Juan de
Zumarraga s/n, Col.
Villa de Aragon, Cp.
07050
57814339 Calle Oriente 95 y
norte 50, Col La
Joyita, cp. 07860
55370535
Iztacalco Av. Santiago s/n esq.
Playa Rosarito, Col.
Barrio Santiago
(Dentro del centro
social “Josefina
Diaz”), Iztacalco, Cp.
08800
91800983 Calle Av. Sur 8, esq.
Oriente 237, Col.
Agricola Oriental,
Cp. 08500
22354614
91801468 65985221
Iztapalapa Centro Social Villa
Estrella Módulo 4,
Camino cerro de la
estrella s/n
56852546 Calle Camino al cerro
de la estrella s/n,
Centro socail Villa
Estrella
26361367
Magdalena Contreras Piaztic s/n (frente a
secundaria No. 262),
Col. San Jose
Atacaxco
55959247 Calle Piaztic, Col.
Atacaxco, Cp. 10378
56812734
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 395
Miguel Hidalgo Av. Parque Lira No.
128, Col. Ampliación
Daniel Garza, Cp.
11800
50864267 Calle Av.
Observatorio s/n esq
General Jose María
Mendevil
26143582
Milpa Alta Av. Constitución esq.
Yucatán Col. Centro
Villa Milpa Alta,
Altos del
58446148 Calle Av. Puebla s/n,
esq Nuevo León, Col.
Villa Mimpa Alta
58441921
Tlahuac Margarita No. 5 entre
Geranio y Jacaranda
Col. Quiahuatla, Cp.
13090
21616074 Calle Margaritas s/n,
Col. Quiahuatla, Cp.
13090
58425553
Tlalpan Carretera Federal a
Cuernavaca No. 2,
Col. La joya Cp.
14090
55135985 Calle Camino a Santa
Ursula s/n, Col. Santa
Ursula Xitla, Cp.
14420
55139835
5732196
Venustiano Carranza Prolong. Lucas
Alaman No. 11, 1er,
Piso, Col. Del
Paruqe, Cp. 15960
57644495 Calle Lucas Alaman
No. 11, 1er, Piso,
Col. Del Paruqe, Cp.
15960
55525692
57643226
Xochimilco Francisco I. Madero
No. 11, Col. Barrio el
Rosario Cp. 16070
56769612 Calle Dalia s/n, Plaza
San Cristobal, Col.
Barrio San Cristobal,
Cp. 16080
56758270
56751188
La Secretaría de las Mujeres a través de la Subdirección de Redes por la Igualdad de la Dirección de Intervención Territorial
perteneciente a la Dirección General para una Vida Libre de Violencia, establece la vía telefónica, correo electrónico y
entrevista directa con las y los beneficiarios para agilizar y efectivizar los servicios que el programa social establece.
Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de estos pueden ocurrir en al menos
los siguientes casos:
“Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de estos pueden ocurrir en al menos
los siguientes casos: a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a
determinado derecho (garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente de este.
b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de
manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa. c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de
incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes,
equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”
Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá de señalar de manera textual
que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y
obligaciones: a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección
y garantía de sus derechos; b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición, en los términos de la normativa aplicable; c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de
operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por la Ley de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal; d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las
cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será
condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su
inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g)
Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información
396 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la
Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,
con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo
establecido en la normativa aplicable a cada programa social.
La Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de
violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.
Todo beneficiario o solicitante es sujeto de un procedimiento administrativo que le permita ejercer su derecho de audiencia
y apelación, no sólo para el caso de suspensión o baja del programa, sino para toda aquella situación en que considere
vulnerados sus derechos.
XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES
La Evaluación Externa del Programa Social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de
Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de
Evaluaciones Externas.
La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los
Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y los resultados
serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
La Secretaría de las Mujeres, a través de la Subdirección de Planeación y Seguimiento, dependiente de Coordinación
General de Igualdad y Atención a la Violencia de Género, realizará el seguimiento del Programa en cumplimiento a la Ley
de Desarrollo Social para el Gobierno del Distrito Federal y en apego a los lineamientos que al efecto publique el Consejo
de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México.
IX.2. Indicadores de Gestión y de Resultados
Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico; además de señalar los instrumentos de
evaluación cuantitativa y/o cualitativa complementarios que se consideren pertinentes, de acuerdo con las necesidades y
características del programa social.
Nivel de Objetivo Fin Propósito Componentes Actividades
Objetivo Integrar una Red de
Mujeres en la Ciudad
de México que
impulsen estrategias
individuales y
colectivas con impacto
comunitario para la
identificación y
atención de la
violencia contra las
mujeres
Impulso de procesos
de participación y
organización para la
Identificación y
canalización de casos
de violencia
identificados en
territorio, derivados
para su atención
Desarrollo de
estrategias
individuales y
colectivas con
impacto
comunitario para
la prevención y
atención de las
violencias contra
las mujeres.
Capacitación a
integrantes de la Red
en temas de derechos
humanos, género,
prevención y atención
de la violencia,
estrategias de
intervención
comunitaria para la
construcción de
estrategias de
intervención territorial
Indicador No. de Mujeres
integrantes de la Red
No. de casos de
mujeres que viven
violencia identificados
por la Red de mujeres
en las 16 alcaldías,
para su atención
No. de
integrantes de la
red con presencia
activa en
convocatoria a
acciones
territoriales
No. de integrantes de
la red que concluyen
su proceso de
capacitación
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 397
Fórmula de cálculo N0. De mujeres
convocadas a la Red/
N0. De Mujeres
registradas como
integrantes de la Red
*100
N0. casos de mujeres
que viven violencia
identificados por la
red/Porcentaje de
casos de mujeres que
viven violencia
canalizados por la red
para su atención *100
No. de
integrantes de la
red en la base de
datos del
Programa/No. de
Mujeres
registradas en la
base de datos del
programa que
participan de
forma activa
*100
No. de mujeres
convocadas para la
capacitación/ No. de
mujeres inscritas en la
capacitación *100
No. de mujeres
inscritas para la
capacitación/ No. de
mujeres que concluyen
su capacitación*100
Tipo de indicador Eficacia Calidad Eficacia Calidad
Unidad de medida Número Porcentaje Número Número
Desagregación 16 alcaldías 16 alcaldías 16 alcaldías 16 alcaldías
Medios de
verificación
Base de datos del
Programa social
Relación de casos de
violencia identificados
en territorio.
Registro de
asistencia,
memoria
fotográfica.
Registros de
asistencia, memoria
fotográfica, Informes
finales de capacitación
de facilitadores
Formatos de
derivación de casos
Informe de
actividades
Unidad responsable Subdirección de Redes
por la Igualdad
Subdirección de Redes
por la Igualdad
Subdirección de
Redes por la
Igualdad
Subdirección de Redes
por la Igualdad
Supuestos Deserción de mujeres
en el proceso de
integración de la red
En los casos
identificados de
violencia, las mujeres
decidan no querer su
atención por razones
específicas
Deserción por
cuestiones
específicas de las
participantes y
las acciones
territoriales no
puedan llevarse a
cabo.
Falta De interés en la
capacitación por
condiciones culturales
Meta 2,200 mujeres
integrante en la Red
de las 16 alcaldías
Informes de reporte de
casos identificados y
canalizados sobre
violencia contra las
mujeres
16 diagnósticos
participativos con
perspectiva de
género sobre
violencia contra
las mujeres.
1 plan de trabajo para
la capacitación y
formación de las redes
La Secretaría de las Mujeres, a través de la Subdirección de Planeación y Seguimiento, dependiente de la Coordinación
General de Igualdad y Atención a la Violencia de Género, reportará los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del
Programa y serán reportados de forma acumulada al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo con la
periodicidad y características de los indicadores diseñados.
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Las personas beneficiarias del programa social participarán en la evaluación del programa social de forma individual y
colectiva, ya que responderán a una encuesta de satisfacción y serán partícipes de un taller de evaluación al final del proceso
de forma colectiva.
La modalidad de participación social es mediante encuestas de satisfacción y taller de evaluación cualitativa.
398 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de enero de 2019
Participante Etapa en la que participa Forma de participación Modalidad
Personas beneficiarias Evaluación Individual y colectiva Encuestas.
Taller de evaluación
cualitativa
XIII. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Y ACCIONES SOCIALES
XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN
Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los avances en
la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución, según sea el
caso, por Alcaldía y colonia.
La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes
Lineamientos, para lo anterior considerará lo siguiente: el Programa Red de Mujeres por la Igualdad, fue aprobado en la
primera sesión ordinaria 2019 del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE), celebrada el 7
de enero de 2019.
Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los avances en
la operación del Programa Social, la población derechohabiente, el monto de los recursos otorgados, la distribución, según
sea el caso, por alcaldía y colonia.
La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde congruencia
con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de Egresos de la
Ciudad de México.
Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y los órganos de control interno, a fin de que éstas
puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría
General vigilarán, en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del
Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes Reglas de
Operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del Programa Social y el
ejercicio de los recursos públicos.
XV. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS
De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,
Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y
mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia y en la página web de
Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México www.mujeres.cdmx.gob.mx/, en el que también se podrá disponer de
los criterios de planeación y ejecución del Programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto
público destinado para ello.
La información del programa social será actualizada en los tiempos y campos que establezca la ley en la materia.
XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias.
La Secretaría de las Mujeres, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la
primera quincena del mes de marzo de 2020, el padrón de beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo,
unidad territorial y Alcaldía. Considerando que dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el
“Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que, para tal
fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables
de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y Alcaldía”, se precisará el número total de beneficiarios y si se
cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la LDSDF.
18 de enero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 399
A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las
Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Alcaldía o
Entidad de la Administración Pública local de que se trate y que tiene a su cargo el programa social en cuestión entregará el
respectivo padrón de beneficiarios a la Contraloría Social de la dependencia a cargo de instrumentar la política social en la
Ciudad de México a través de los mecanismos e instrumentos que para tal fin establezca.
La Secretaría de las Mujeres, otorgará a la Contraloría General de la Ciudad de México toda la información necesaria que
permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado por el
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la Secretaría de la Contraloría.
Ello con la intención de presentar los resultados de este al Congreso de la Ciudad de México, salvaguardando siempre
conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.
El sitio de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia en donde se publicará en formato y bases abiertas, de
manera mensual, la actualización de los avances de la integración de los padrones de beneficiarios de cada uno de sus
programas sociales que sean operados por la Secretaría de las Mujeres, serán conformados de manera homogénea y
contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Alcaldía, beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a
lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
“El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la Ley
Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.
Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.
La Secretaría de las Mujeres implementará mecanismos y sistemas para prevenir, detectar y subsanar posibles errores de
inclusión o exclusión en los padrones de beneficiarios de acuerdo con los objetivos del programa y a la población definida.
La Secretaría de las Mujeres implementará mecanismos y sistemas para prevenir, detectar y evitar cualquier utilización
discrecional, política o comercial de los datos personales contenidos en los padrones de beneficiarios.
TRANSITORIO
ÚNICO. Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, 16 de enero de 2019.
(Firma)
MTRA. GABRIELA ODRÍGUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA DE LA MUJERES DE LA
CIUDAD DE MÉXICO