administración municipalinafed.gob.mx/work/models/inafed/resource/322/1/images/...7 administración...

39

Upload: others

Post on 29-Jan-2021

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 1

    Administración Municipal

    Administración Municipal

  • 2

    Administración Municipal

    DirectorioDirectorioLic. Heriberto Félix Guerra SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Ing. Luis Mejía Guzmán SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO Arq. Sara Topelson de Grinberg SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Lic. Marco Antonio Paz Pellat SUBSECRETARIO DE PROSPECTIVA, PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN Lic. Germán de la Garza Estrada OFICIAL MAYOR Lic. Samuel Martínez Aceves COORDINADOR DE DELEGACIONES Lic. Cesar Ignacio Romero JacoboCOORDINADOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL Mtro. Luis Rodolfo Zamorano Ruiz DIRECTOR GENERAL DE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA EN ZONAS URBANO-MARGINADAS Dr. Héctor Martínez Reyes COORDINACIÓN INSTITUCIONALTeodoro Arias García Omar Valencia DomínguezAPOYO TECNICO INSTITUCIONAL.INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE LA SERIE: LOCALLIS S.C.COORDINACIÓN GENERAL: Raúl I. Solis BarruetaDISEÑO EDITORIAL: León Felipe Gual Bojalil DESARROLLO TEMATICO Y PEDAGOGICO:Arturo Pontifes MartínezAPOYO TECNICOJosé Octavio Acosta ArévaloJaime Netzáhuatl Jiménez Ana Delia García OrtizBraulio Olvera de LeónErika Patricia Ledezma BarragánTeresa López LópezMaría Elena Acosta Arévalo

    Primera edición 2010 •Secretaría de Desarrollo Social •Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio •Dirección General de Equipamiento e Infraestructura de Zonas Urbano-Marginadas Av. Paseo de la Reforma 116, Col Juárez, C.P. 06600, México D.F. La Serie La Administración Municipal Paso a Paso, forma parte del Programa Nacional de Formación de Servidores Públicos Locales”, auspiciado por el Gobierno Federal con recursos del Banco Mundial, de acuerdo a la donación IDF Grant No. TF091989 No de Contrato: 10 - 7 – FI- H – 003 – Y – 0 – 10, otorgado a la SEDESOL.

    Se autoriza la reproducción del contenido de esta obra citando la fuente. Los conceptos y opiniones expresados en el presente documento representan únicamente el punto de vista de los autores; no refleja necesariamente la visión de la Secretaría de Desarrollo Social.Impreso en México/Printed in México

  • 3

    Administración Municipal

    ContenidoAdministración municipal................................................................................................................................ 5

    Introducción...................................................................................................................................................... 5

    Objetivo general............................................................................................................................................... 5

    Mapa de contenido.......................................................................................................................................... 6

    Año Cero........................................................................................................................................................... 7

    Introducción...................................................................................................................................................... 7

    Objetivos........................................................................................................................................................... 7

    Desarrollo Institucional.................................................................................................................................... 7

    ¿Qué es una estructura orgánica?...................................................................................................................... 8

    Descripción narrativa de una Estructura Orgánica ........................................................................................ 10

    Ejercicio para el año cero................................................................................................................................. 11

    Año uno............................................................................................................................................................. 12

    Introducción...................................................................................................................................................... 12

    Objetivos........................................................................................................................................................... 12

    Marco normativo de la administración municipal......................................................................................... 12

    Variantes organizativas de las administraciones municipales...................................................................... 12

    Reglas de organización de la administración centralizada............................................................................ 14

    Reglas de la administración por delegación................................................................................................... 15

    Reglas de organización de la administración desconcentrada...................................................................... 16

    Reglas de organización de la administración descentralizada...................................................................... 17

    Reglas de organización de la administración por concesión......................................................................... 18

    Ejercicio año uno.............................................................................................................................................. 21

    Año dos............................................................................................................................................................. 22

    Organización de la administración municipal................................................................................................ 22

  • 4

    Administración Municipal

    Estructura Orgánica......................................................................................................................................... 22

    Procesos básicos de la Administración Municipal......................................................................................... 24

    Gobernación...................................................................................................................................................... 24

    Reglamentación Municipal.............................................................................................................................. 24

    Hacienda Pública Municipal............................................................................................................................ 24

    Administración de Recursos Institucionales.................................................................................................. 25

    Planeación del Desarrollo Económico............................................................................................................. 25

    Fomento Económico........................................................................................................................................ 25

    Administración del Desarrollo Urbano............................................................................................................ 25

    Servicios Públicos............................................................................................................................................. 26

    Desarrollo Social............................................................................................................................................... 26

    Asistencia Social............................................................................................................................................... 26

    Desarrollo Cultural........................................................................................................................................... 26

    Desarrollo Político............................................................................................................................................ 26

    Seguridad Pública............................................................................................................................................. 26

    Protección Civil................................................................................................................................................. 27

    Protección Ambiental....................................................................................................................................... 27

    Ejercicio año dos............................................................................................................................................... 27

    Año tres............................................................................................................................................................. 29

    Introducción..................................................................................................................................................... 29

    Objetivos........................................................................................................................................................... 29

    Trabajadores de Confianza.............................................................................................................................. 30

    Legislación en materia de Servicios de Carrera............................................................................................. 30

    Trabajadores de base........................................................................................................................................ 31

    Otro tipo de personal al servicio del municipio............................................................................................. 32

    Solución de controversias entre los ayuntamientos y sus trabajadores...................................................... 32

    Aspectos disciplinarios de la relación laboral................................................................................................. 34

    Ejercicios para el año tres................................................................................................................................ 35

  • 5

    Administración Municipal

    Administración Municipal Introducción

    En este tema se tratan las generalidades de la organización administrativa de los ayuntamientos, señalando las principales formas de organización administrativa aplicadas en los municipios mexicanos.Se incluyen recomendaciones para la adecuación de estructuras orgánicas a partir de una valoración de necesidades e identificación de áreas de oportunidad y se dedica un apartado completo al análisis del régimen laboral de los servidores públicos municipales y al alcance de sus responsabilidades administrativas.

    Objetivo general

    Comparar las distintas formas de organización administrativa que pueden existir en la administración municipal y ejemplificar los casos en que operan en sus distintas modalidadesObjetivos específicosPonderar las alternativas de diseño de una estructura organizacional acorde con los requerimientos del desarrollo municipalIdentificar el tipo de instancias, órganos y entidades de la administración pública en sus modalidades centralizada y descentralizadaConocer el alcance del régimen laboral y de responsabilidades de los servidores públicos

  • 6

    Administración Municipal

    Mapa de contenidos

    ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

    DESARROLLO INSTITUCIONAL

    QUE ES UNA ESTRUCTURA

    ORGÁNICA

    EJERCICIO PARA EL AÑO CERO

    MARCO NORMATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN

    MUNICIPAL VARIANTES

    ORGANIZATIVAS DE LAS

    ADMINISTRACIONES

    MUNICIPALES 18 REGLAS DE ORGANIZACIÓN

    DE LA ADMINISTRACIÓN

    CENTRALIZADA REGLAS DE LA

    ADMINISTRACIÓN POR

    DELEGACIÓN REGLAS DE ORGANIZACIÓN

    DE LA ADMINISTRACIÓN

    DESCONCENTRADA REGLAS DE ORGANIZACIÓN

    DE LA ADMINISTRACIÓN

    DESCENTRALIZADA REGLAS DE ORGANIZACIÓN

    DE LA ADMINISTRACIÓN

    POR CONCESIÓN EJERCICIO AÑO UNO

    ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN

    MUNICIPAL ESTRUCTURA ORGÁNICA PROCESOS BÁSICOS DE LA

    ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

    GOBERNACIÓN REGLAMENTACIÓN

    MUNICIPAL HACIENDA PÚBLICA

    MUNICIPAL ADMINISTRACIÓN DE

    RECURSOS INSTITUCIONALES PLANEACIÓN DEL

    DESARROLLO ECONÓMICO FOMENTO ECONÓMICO ADMINISTRACIÓN DEL

    DESARROLLO URBANO SERVICIOS PÚBLICOS DESARROLLO SOCIAL ASISTENCIA SOCIAL DESARROLLO CULTURAL DESARROLLO POLÍTICO SEGURIDAD PÚBLICA PROTECCIÓN CIVIL PROTECCIÓN AMBIENTAL EJERCICIO AÑO DOS

    TRABAJADORES DE CONFIANZA:

    LEGISLACIÓN EN MATERIA DE SERVICIOS DE CARRERA.

    TRABAJADORES DE BASE: OTRO TIPO DE

    PERSONAL AL SERVICIO

    DEL MUNICIPIO SOLUCIÓN DE

    CONTROVERSIAS ENTRE

    LOS AYUNTAMIENTOS Y

    SUS TRABAJADORES ASPECTOS

    DISCIPLINARIOS DE LA

    RELACIÓN LABORAL EJERCICIOS PARA EL AÑO

    TRES

  • 7

    Administración Municipal

    Año Cero

    IntroducciónA partir de la información recopilada en la campaña y mediante el procesamiento de las propuestas realizadas en dicho proceso, la autoridad municipal electa está en condiciones de realizar un planeamiento de la organización que deba impulsarse en el municipio, con una sola pero importante prevención.Si después del análisis de necesidades efectuado la actual estructura resulta pertinente y no requiere modificaciones, es importante que no se afecte con cambios innecesarios.Para llegar a este punto de decisión, el Presidente Municipal electo debe realizar por sí o por encomienda, la realización de un estudio de congruencia de la estructura orgánica, con relación a distintos referentes obtenidos y valorados durante su campaña y de conformidad con su plataforma política y las estrategias que pretenda establecer e impulsar en el Plan Municipal de Desarrollo.En todo caso, es importante que se determinen oportunidades de desarrollo por las distintas materias que involucran el progreso de un municipio, tales como:Desarrollo económico: Auspicio de actividades del sector primario y comercio, incremento de servicios para la sociedad municipal, apoyo a la productividad con infraestructura y servicios públicos, reglamentación idónea, vinculación con programas estatales y federales, capacitación para el trabajo, etcéteraDesarrollo Social: Gestión de servicios educativos, salud familiar y pública, cultura, recreación, deportes, esparcimiento, integración familiar, blindaje contra adicciones, provisión de servicios públicos, equipamiento, mantenimiento de infraestructura, comunicación social, asistencia social, programas de atención a grupos marginados, gestión de programas estatales y federales, organización comunitaria, etcétera.Desarrollo Urbano: Provisión de planes, programas, reglamentación, administración y operación de obras y servicios públicos vinculados al desarrollo estructural y funcional de los centros de población, involucrando los distintos componentes del ámbito urbano: suelo, infraestructura, equipamiento, servicios públicos, mobiliario urbano, servicios catastrales, vivienda, medio ambiente, tránsito, imagen urbana, recuperación de áreas, centros históricos, propiedad inmobiliaria municipal, sitios y monumentos, etcétera.Desarrollo Cultural: Auspicio y preservación de valores culturales en sus distintas expresiones y manifestaciones de la vida municipal: equipamiento cultural, organización y operación de casas de la cultura, formación y auspicio de grupos culturales, talleres de actividades vinculadas, gestión de programas con otras instancias de gobierno y

    vinculación y extensión con otras municipalidades, estados del país y del extranjero.Desarrollo Rural: Gestión de programas estatales y federales de apoyo al sector rural, equipamiento de cascos urbanos de colonias ejidales, caminos vecinales, introducción de servicios públicos, urbanización, gestión de regularización de la tenencia de la tierra urbana; medio ambiente, organización de productores, etcétera.Protección ambiental: Participación del municipio en programas de protección al ambiente y equilibrio ecológico, de conformidad con la distribución de competencias entre los tres órdenes de gobierno.Desarrollo Político: Gestión de las necesidades de representación de la comunidad ante otras autoridades, relaciones públicas con grupos organizados de la comunidad, apoyo jurídico, mediación de conflictos vecinales, reglamentación municipal y cultura cívica, gestión del protocolo de gobierno, participación democrática de la ciudadanía en programas municipales, organización de la junta local de reclutamiento, etcétera.Seguridad Pública: Organización de programas de seguridad preventiva, protección ciudadana, apoyos a la formación de ciudadanía, imagen policial, tránsito, educación vial, servicios a la comunidad, organización de ciudadanos vigilantes, sistema de denuncias, coordinación con otras policías, juzgados cívicos municipales, programas de control de adicciones, profesionalización policial, sistemas vecinales de comunicación y enlace con la policía, etcétera.ObjetivosUbicar las diversas formas de estructura orgánica para la administración municipalDesarrollo InstitucionalOrganización del cabildo y distribución de competencias entre sus comisiones y cargos edilicios; organización de la estructura funcional de la administración del municipio, organización de la estructura de puestos y perfiles de desempeño (estructura ocupacional). Sistematización de métodos, sistemas y procedimientos de operación de las áreas sustantivas municipales y de las materias que tienen a su cargo.Sistematización de métodos, sistemas y procedimientos para la planeación, programación, organización, administración, control, evaluación y gestión de los recursos financieros, materiales, servicios generales y personal con los que opera la administración municipal.

    Reglamentación y normalización de la administración municipal, de sus sistemas, métodos y procedimientos. Establecimiento de planes y programas de desarrollo institucional: Modernización administrativaMejoramiento de la calidad de servicios al ciudadano

  • 8

    Administración Municipal

    Gobierno electrónicoSimplificación de trámitesComunicación socialConsulta de información municipal (transparencia)Profesionalización de servidores públicosProgramas de participación ciudadanaOtros

    En lo que concierne a la gestión de los recursos humanos de la administración municipal, la identificación de áreas de oportunidad para el desarrollo institucional puede centrarse en aspectos diversos:Normalización de la organización y procesos del área de administración de recursos humanos de la administración municipal.Planeación de la estructura de puestos, perfiles y requerimientos de profesionalizaciónSistemas de reclutamiento, selección e inducciónNormalización de promociones y ascensosRacionalización del sistema de sueldos y compensacionesProfesionalización planificada y sistemáticaAcreditación o certificación de competencias de desempeñoProgramas de previsión socialEvaluación del desempeñoLa identificación de oportunidades tendrá que organizarse por prioridades, previo examen de la viabilidad de sus cometidos. En este sentido las oportunidades tienen que organizarse en una especie de mapa de relaciones múltiples, de tal manera que unas a otras se fortalezcan y tengan viabilidad en cuanto a su abasto de recursos como a su gestión a cargo de las área de la administración municipal, de esta manera se tendrá una mejor visión de los escenarios que tendrán que incluirse en el Plan Municipal de Desarrollo.La organización que existe deberá examinarse en cuanto a sus áreas, funciones y recursos disponibles para verificar si están en capacidad de llevar adelante las áreas de oportunidad identificadas, sin descuidar o descompensar sus funciones normales para las que fueron creadas.En caso contrario, se está en posibilidad de realizar el estudio de los cambios requeridos a efecto de determinarlos, cuantificarlos y valorar su pertinencia y alcances reales.En este sentido se requiere hacer una prospectiva de organización, materias, funciones, responsabilidades y recursos mínimos de operación de las áreas existentes y modificables de la administración municipal.Solo en esta medida es viable determinar cambios en la estructura del municipio, así como la creación, fusión o supresión de alguna o varias de sus áreas.En todo caso, lo no justificable es crear áreas para crear posiciones o cargos sin la debida planeación de su actividad institucional.

    La formación de escenarios para las oportunidades organizacionales combinadas o para aquellas que deban atenderse en forma específica, tendrán que plantearse en por lo menos los siguientes supuestos, en un plano de corto y mediano plazo:Para planear las áreas de la administración municipal, debe tenerse presente que su gestión deberá estar alineada a los objetivos de desarrollo que les correspondan.En el material de consulta se puede ensayar la identificación y construcción de objetivos de desarrollo para distintas materias del gobierno y de la administración municipal.1

    Que es una estructura orgánicaEs una división de las áreas u órganos en las que se divide el trabajo de una organización.Su parte fundamental es la llamada Unidad Orgánica, misma que se identifica como el conjunto de Objetivos, funciones, especialidades, puestos, personas, recursos, sistemas y procedimientos, entre otros componentes, para desarrollar una especialidad o un conjunto de asuntos propios de una organización.La Unidad orgánica es al mismo tiempo Unidad de especialidad, Unidad de gestión, Unidad de Responsabilidad, Unidad de Mando sobre los asuntos de su competencia, Unidad que tiene a su cargo programas, Unidad de costos, y Unidad que tiene una jerarquía determinada por sus responsabilidades dentro de la organización.La estructura orgánica está integrada por distintas unidades que se integran en una lógica de división del trabajo bajo criterios tales como:Ramas de especialidad y jerarquíasParticipación de su especialidad en el proceso general de la organizaciónRelaciones de coordinación y roles de participación en programas y proyectosServicios y apoyos en cadenas productivas (insumo, proceso, cliente, producto).Roles de autoridad técnica, funcional, administrativa y legal, entre otros.En función del tipo de división del trabajo una estructura orgánica se integra en modalidades de interacción de sus unidades, de conformidad con diversos modelos de relaciones jerárquicas, coordinación, centralización, descentralización, procesos internos, procesos sujetos a maquila externa, etcétera.Lo anterior da lugar a una arquitectura variada de la organización. En la página siguiente se ilustran algunas de estas modalidades.

  • 9

    Administración Municipal

    Servicio 4Servicio 3

    ESTRUCTURA POR EJE PRINCIPAL DE GESTIÓN

    SISTEMA DE INFORMACIÓN

    Servicio 1 Servicio 2

    ESTRUCTURA TIPO PIRAMIDAL

    ESTRUCTURA HORIZONTAL (SIN JERARQUÍAS)

    Coordinador

    FUNCIONESUNIDADESUNIDAD 1 XX XX XX XXUNIDAD 2 XX XXUNIDAD 3 XXUNIDAD 4 XX XX XXUNIDAD 5 XX XX XX

    Función 5 Función 6 Función 7Función 1 Función 2 Función 3 Función 4

    ESTRUCTURA POR ROLES DE GESTIÓN

    UNIDAD 1 UNIDAD 2 UNIDAD 3

    ESTRUCTURA POR PROCESOS

  • 10

    Administración Municipal

    Para efectos de una descripción estándar, se retoma como referencia el modelo de organización piramidal

    ESTRUCTURA TIPO PIRAMIDAL

    Descripción narrativa de una Estructura OrgánicaPor lo general se recurre a una numeración por índices y subíndices de la manera siguiente:Para la Unidad de mayor jerarquía se asigna el número 1Para la siguiente Unidad en jerarquía se asigna el número 2 y a su siguiente subordinada se le da el número 2.1 y si estas a su vez tienen otra unidad a su cargo, a ésta última se le asigna el número 2.1.1 y así sucesivamentePresidencia 1Secretaría del Ayuntamiento 2 Unidad de asuntos jurídicos 2.1 Departamento de asuntos contenciosos 2.1.1 Oficina de gestoría administrativa 2.1.1.1 Oficina de gestoría judicial 2.1.1.2 Departamento de estudios y proyectos 2.1.2 Oficina de partes y notificaciones 2.1.2.1 La estructura orgánica debe ser reflejo de una organización consistente para atender tanto los cometidos que por ley corresponden al municipio, como para la gestión de los objetivos estratégicos que se hayan definido en el Plan Municipal de Desarrollo.Ninguna unidad orgánica del municipio puede quedar aislada o trabajar por su cuenta, por consiguiente, la distribución de funciones, sin duplicidades ni excesivas subdivisiones es uno de los elementos clave para lograr una buena distribución del trabajo.

    Es recomendable que el diseño de la estructura se fundamente en los procesos que se desarrollan en la administración, así como en una adecuada coordinación de las especialidades que la integran.Por lo general en el municipio se parte de una estructura por especialidades, de ahí que en sus siguientes peldaños puedan atenderse modelos de gestión por procesos.Es recomendable que la subdivisión de unidades orgánicas no incurra en una excesiva subdivisión de áreas, para lo cual, puede diseñarse una escala de puestos de tipo profesional y técnico que tengan categorías adecuadas, de tal manera que no sea un pretexto crear puestos de mando para ofrecer mejores retribuciones a personas que no tendrán en realidad las responsabilidades y alcances de un puesto de mando.La Unidad orgánica es un componente de organización y gestión del trabajo, por tanto, su diseño y existencia deberá justificarse bajo principios de un análisis riguroso de su especialidad y de la justificación de sus roles y aportaciones de bienes y servicios para el conjunto de la administración municipal.En caso de que algunas funciones no puedan dejar de ejecutarse, pero no justifiquen la creación de una Unidad Orgánica, pueden atenderse por puestos de tipo profesional y técnico adscritos al órgano de mayor jerarquía en la rama de especialidad que corresponda.Es importante que toda la estructura orgánica se formalice en Reglamento Interior de la Administración Municipal, y en el Manual General de Organización que a su vez contenga el organigrama oficial, general y/o específico de la administración municipal.

  • 11

    Administración Municipal

    Se recomienda no crear puestos de mando sin que cuenten con una Unidad Orgánica a su cargo, ya que esto compromete a crear otras subunidades de compromiso, antes que de trabajo.Algunos procesos administrativos del municipio están consolidados en áreas concentradoras, por tanto es importante que la administración de los recursos no se ejerza de manera aislada o bajo criterios diferenciados.Es recomendable que la estructura orgánica sea compacta, funcional y con buenas líneas de colaboración y coordinación. Mucho de esto se logra cuando se establecen reglas clara para el buen funcionamiento de las áreas y sus puestos de trabajo.

    Se recomienda que, para efectos de ilustrar los alcances de una estructura orgánica hasta sus puestos se consulte el siguiente material “Modelo de estructuras orgánica y ocupacional para municipios de tipo urbano básico”, contenido en la matriz de archivos de este curso

    Ejercicio para el año cero

    Ejercicio de aprendizaje: Diseñe la estructura de organización de la Instancia Municipal de la Mujer, procurando que se defina como una Dirección de área, con unidades departamentales propias y que no duplique sus funciones con ninguna otras dependencia u organismo de la administración del municipio, especialmente evitar duplicidades con el DIF municipal.

    El Diseño incluye el organigrama de la Instancia Municipal de la Mujer, desarrollado hasta nivel de departamentos.La descripción de funciones puede considerar entre a cinco y diez funciones para cada unidad orgánica.Sin excepción todas las funciones que se redacten deben iniciar con un verbo en infinitivo y no deben duplicarse.Para este trabajo puede consultar la Guía para Iniciar y Fortalecer una Instancia Municipal de las Mujeres. Instituto Nacional de la Mujer, disponible en la siguiente dirección electrónica: http ://cedoc . inmujeres .gob .mx/documentos_download/100843.pdf

  • 12

    Administración Municipal

    Año uno

    Introducción En el primer año de la gestión municipal, el trabajo a realizar con respecto a la organización de la administración pública se destina esencialmente a la adecuación de cambios de funcionarios y el perfil de las áreas que haya determinado la autoridad municipal, con base en las estrategias y compromisos del Plan Municipal de Desarrollo.En este apartado se incluyen los temas correspondientes a la normalización de la administración municipal y a la identificación de los principios de organización y funcionamiento para las diversas modalidades de administración que operan en los municipios de MéxicoSe recomienda, en todos los casos, realizar las consultas a los materiales de lectura y audiovisuales que se anotan en distintas partes de las lecturas, al igual que los ejercicio correspondientes.Los temas se han organizado en textos breves que procuran llevar al lector a reflexiones y a la necesidad de localizar los ejemplos y ejercicios sugeridos.

    Objetivos Comprender la importancia del marco normativo de la administración municipal que le da sustento y legalidad a sus actos de gobierno y gestión de bienes y servicios.Distinguir con precisión las características de la administración centralizada del municipio de otras formas de organización como la desconcentrada y la descentralizada.

    Marco normativo de la administración municipalLa administración municipal se formaliza mediante diversos medios jurídicos y administrativos, por lo cual es imprescindible que su diseño y distribución de funciones entre sus diferentes áreas, quede perfectamente establecida en su organigrama general.Asimismo, es menester que la estructura de puestos esté debidamente sancionada en un Catálogo y en una plantilla de personal con las categorías salariales correspondientes a cada tipo de puesto.Ningún acto jurídico y administrativo de la administración municipal tiene validez oficial si la autoridad que lo ejecuta no tiene la investidura o nombramiento que corresponda en la estructura organizacional del municipio.Esto debe ser así en la medida que los servidores públicos únicamente están autorizados a llevar a cabo aquellos actos que les han sido consignados como parte de sus responsabilidades en el desempeño de un puesto de carácter público.A esto se suma el principio del control y revisión de los actos de las autoridades administrativas, que puede ser requerido por el propio ayuntamiento o impuesto por

    parte de autoridades jurisdiccionales, como el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado. De otra manera, al no tener el servidor público que emita un acto impugnado por un particular u otra autoridad, la adscripción o nombramiento debido para una toma de decisiones o la imposición de una obligación, puede ser declarado nulo de pleno derecho.En consecuencia, la organización administrativa del municipio debe tener carácter oficial en el momento en que sus autoridades y puestos de mando y responsabilidad ejerzan sus funciones.En el caso de una queja o controversia de un particular ante la administración del municipio, esta debe enunciar el acto impugnado y señalar a la autoridad que lo ha emitido. De no estar formalizada la estructura de organización, en automático se generaría un vacio de representación y se anularía sin remedio los efectos del acto impugnado.En otros casos análogos lo que ocurriría sería una negativa al cumplimiento de las resoluciones del Cabildo por falta de competencia de los funcionarios municipales o lo que es lo mismo por la no definición de sus ámbitos de competencia. En estos casos la única solución posible sería que en lugar de emitir los actos desde un puesto funcionarial del municipio, se emita de manera personal por parte del propio presidente municipal.De lo anterior resulta claramente la necesidad de reglamentar la organización y funcionamiento de la administración del municipio para efectos de dar plena formalidad a sus autoridades y delimitar con precisión el alcance de las materias que les corresponden.

    Variantes organizativas de las administraciones municipalesA continuación se realizará una localización de distintas formas de administración para algunos municipios y sus dependencias, órganos e instancias de diversa naturaleza administrativa y, en su caso, jurídica.De conformidad con el Reglamento Interior de la Administración Municipal del Municipio de León, Guanajuato en su artículo 3, “La Administración Pública Municipal se conforma por:I. La Administración Centralizada: Constituida por las Dependencias, órganos y unidades administrativas que presupuestal, operativa y funcionalmente dependen directamente del Ayuntamiento, por conducto del Presidente Municipal, así como por los órganos autónomos municipales; y,II. La Administración Paramunicipal: Que se integra por las Entidades creadas por el Ayuntamiento, a las que les confiere independencia funcional y patrimonio propio, para el cumplimiento de las atribuciones que el mismo les encomiende.”

  • 13

    Administración Municipal

    Adicionada a esta clasificación se agrega el caso de algunas instancias que, aun con su peculiaridad con la que se denominan, forman parte de la administración señalada en el inciso I del artículo 3. El mismo reglamento las define de la manera siguiente:“Artículo 177.- Los Órganos Autónomos Municipales son aquellos que formando parte de la Administración Pública Centralizada, gozan de autonomía para el desarrollo y cumplimiento de las funciones sustantivas que la Ley o los Reglamentos les confieren.” 2

    “Artículo 178.- Tienen el carácter de Órganos Autónomos Municipales las siguientes Unidades Administrativas:I. La Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública;II. Los Juzgados Administrativos Municipales;III. La Defensoría de Oficio en materia Administrativa; yIV. Las demás unidades administrativas que la ley o el Ayuntamiento establezcan, con ese carácter.”Siguiendo el caso del municipio de León, su Reglamento Interior de la Administración consigna diferentes Entidades, entendidas estas de la manera siguiente:“Los organismos descentralizados, empresas de participación municipal, fideicomisos públicos municipales, comisiones, patronatos y comités, creados por el Ayuntamiento bajo la naturaleza jurídica de un ente paramunicipal”3

    Las entidades señaladas que dan muestra de la diversidad de figuras organizativas en un mismo municipio son las siguientes:Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN)Patronato de Bomberos de León, Gto.Fideicomiso de Desarrollo de la Microempresa Rural (FIDEMIR)Fideicomiso de Desarrollo Rural (FIDER)Instituto Municipal de la MujerInstituto Municipal de Vivienda de LeónSistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León Gto.Instituto Municipal de la JuventudComisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León GuanajuatoFideicomiso de Administración de Pipas MunicipalesPatronato de la Feria Estatal de León y Parque EcológicoFideicomiso Ciudad IndustrialFideicomiso Promoción TurísticaConsejo de Centro HistóricoConsejo de ciudades HermanasConsejo de EconomíaInstituto Cultural de LeónPatronato de ExploraPatronato del Parque Ecológico Metropolitano de León, Gto.Patronato del Parque Zoológico de LeónSistema Integral de Aseo Público (SIAP-LEON)

    Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León GuanajuatoFideicomiso de Obras por Cooperación (FIDOC)Fideicomiso de Obras por Cooperación (FIDOC)Fideicomiso de Becas para los hijos de los miembros de los cuerpos deSeguridadFideicomiso de Obras PúblicasEn lo que corresponde a instancias de colaboración y participación vecinal en el mismo Reglamento, se identifican en forma genérica los Comités y consejos consultivos ciudadanos: “Artículo 183.- Los comités ciudadanos y los consejos consultivos son órganos auxiliares que, sin formar parte de la administración pública municipal, fungen como auxiliares de la misma para el diseño, logro y difusión de los programas y acciones municipales.”“Artículo 184.- Los Consejos Consultivos son grupos integrados por particulares y servidores públicos, cuya finalidad es servir como órgano de consulta para la toma de decisiones y elaboración de estrategias en temas y funciones específicas de la Administración pública. Su integración y funcionamiento se establecerá en el reglamento o acuerdo de Ayuntamiento que los constituya”.Al elenco organizativo anterior, se adiciona el caso de los órganos desconcentrados, reportados en el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del H. Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora: “Artículo 6. El Ayuntamiento, para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, podrá contar con órganos administrativos desconcentrados que le estarán jerárquicamente subordinados y cuyos titulares tendrán, entre otras, las atribuciones señaladas en el artículo 83 de la Ley Municipal.” En algunos municipios se ha constituido una instancia con autonomía técnica en sus decisiones pero que forma parte de la administración municipal, tal es el caso del Tribunal Municipal de Responsabilidades Administrativas del Municipio de Querétaro, que tiene como propósito substancias y resolver los asuntos concernientes al régimen de responsabilidades de los servidores públicos municipales en dicho municipio.4

    Otro ejemplo de una instancia con competencias especiales, en este caso en materia laboral, y con antecedentes más antiguos, es el del Tribunal de Arbitraje del Municipio de Puebla, creado por la Ley de los Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento, el cual goza de pleno reconocimiento jurídico, según se deriva de disposiciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (COMPETENCIA 146/90)5 Completa la lista anterior, aunque no la agota, los Consejos constituidos por el Ayuntamiento, integrados con

  • 14

    Administración Municipal

    autoridades municipales y representantes de la sociedad local. En este sentido se registra el caso del Estado de México, con la siguiente disposición de su Ley Orgánica Municipal: “Artículo 81.- Cada Ayuntamiento constituirá un consejo municipal de protección civil que encabezará el presidente municipal, con funciones de órgano de consulta y participación de los sectores público, social y privado para la prevención y adopción de acuerdos, ejecución de acciones y en general, de todas las actividades necesarias para la Atención inmediata y eficaz de los asuntos relacionados con situaciones de emergencia, desastre, o calamidad pública que afecten a la población”6 “Artículo 113 A.- Los ayuntamientos promoverán la constitución de comités ciudadanos de control y vigilancia, los que serán responsables de supervisar la obra pública estatal y municipal.”En esa misma Ley se consignan otros Comités o Comisiones con participación del Municipio: “Artículo 82.- La comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal, se integrará con ciudadanos distinguidos del municipio representativos de los sectores público, social y privado, así como de las organizaciones sociales del municipio también podrán incorporarse a miembros de los consejos de Participación Ciudadana.”Pautas generales establecidas en el Marco normativo de la administración municipalEl ayuntamiento es la única autoridad que puede autorizar la creación de dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la administración municipal7

    La administración centralizada está subordinada al Presidente Municipal.La administración descentralizada se considera auxiliar del Presidente Municipal, por consiguiente debe estar coordinada y en congruencia con el Plan de Desarrollo Municipal y los Programas de la administración centralizada.El régimen laboral de los servidores públicos está inscrito en la Legislación burocrática que expida la propia legislatura de cada entidad federativa.El nombramiento de funcionarios titulares de dependencias, órganos desconcentrados, órganos de administración de entidades y funcionarios de tribunales, entre otros, se sujeta a los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica Municipal. En la mayor parte de los casos los nombramientos son determinados o propuestos por el Presidente Municipal.

    Las entidades u organismos de la administración centralizada municipal, tienen personalidad jurídica y patrimonio propios, aunque se sujetan a una especie de sectorización o control por parte de las dependencias afines a su materia.

    El ayuntamiento tiene la facultad de reglamentar la organización y funcionamiento de las entidades municipales.El nombramiento que respalda a los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la administración municipal es el documento probatorio de su competencia, junto con las funciones que tenga asignada la instancia o unidad administrativa que represente o encabece.

    Reglas de organización de la administración centralizada

    La administración centralizada, como su nombre lo indica, está subordinada al Presidente Municipal, en su carácter de jefe de gobierno y jefe de administración.Existen funciones que forman parte de las atribuciones primarias del gobierno, como son las de Mando, Policía y coerción, reglamentación municipal y aplicación de sus efectos, hacienda municipal, regulación del desarrollo urbano, prestación de servicios públicos, provisión de obras públicas y gestión de programas de desarrollo social, entre otras. Todas estas funciones se agrupan necesariamente en el tramo de control del Presidente Municipal y constituyen las materias principales de la administración local.En términos generales, en la administración municipal las materias primarias se atienden desde dependencias que pueden tener rangos distintos, según la escala siguiente:Secretarias MunicipalesDirecciones GeneralesDirecciones de ÁreaUnidades DepartamentalesOficinas MunicipalesLa mayor parte de las Leyes orgánicas municipales de las entidades federativas regulan las principales dependencias y establecen requisitos para su titularidad y normas que establecen sus atribuciones. Entre estas dependencias

  • 15

    Administración Municipal

    destacan la Secretaría del Ayuntamiento, La Tesorería Municipal, la Oficialía Mayor y la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito. Las demás dependencias pueden ser creadas y normadas por medio de acuerdos de cabildo o por el Reglamento Interior de la Administración Municipal.La organización del municipio, por lo general, se define en los primeros niveles o rangos departamentales, es decir, desde Secretarías, hasta Direcciones de área, según la escala expuesta con anterioridad. Las demás unidades administrativas tienen sus funciones asignadas en Manuales generales y específicos de organización, en su carácter de disposiciones administrativas, cuya aprobación corresponde al Presidente Municipal.La naturaleza jurídica de las dependencias de la administración centralizada es la de un órgano o unidad administrativa dependiente directa de las decisiones del Presidente Municipal. En consecuencia, sus competencias están circunscritas al principio de delegación y autorización superior de sus actos y toma de decisiones. No pueden iniciar controversias o querellas jurídicas por iniciativa propia, sino por conducto de la instancia que tenga la representación jurídica del municipio.Dependen del presupuesto que les asigne la Tesorería Municipal u órgano facultado para ello y están sujetos a las normas, sistemas y procedimientos que determine la presidencia municipal para su programación, ejecución, control y evaluación.Todos los funcionarios de la administración municipal son designados y se sujetan al régimen burocrático vigente en el estado, con categorías de confianza, al tener funciones que involucran el interés institucional del municipio.Los titulares de las dependencias municipales tienen obligaciones de rendición de informes de sus avances programáticos y del ejercicio del presupuesto, debiendo comparecer, cuando sean requeridos, ante las comisiones del ayuntamiento.Los funcionarios de la administración centralizada pueden ser removidos libremente por parte del Presidente Municipal.La estructura de organización, referida a la existencia, denominación, funciones y responsabilidades de las dependencias en sus primeros niveles jerárquicos, solamente pueden modificarse por acuerdo de cabildo y mediante la reforma del ordenamiento reglamentario o disposición administrativa que le da fundamento8, en este caso, el Reglamento Interior de la Administración Municipal y el Manual de Organización correspondiente, con esta medida, se garantiza que sea el ayuntamiento quien tenga la autoridad de aprobar dichos cambios y con esto evitar una posible discrecionalidad, que centralicen en demasía el ejercicio del poder de decisión gubernativa en un solo cargo.

    Se advierte también que conforme a lo dispuesto en la fracción II del artículo 115 constitucional, que en su texto señala: “Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

    El objeto de las leyes a que se refiere el párrafo anterior será establecer:a) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad…”Los ayuntamientos deben respetar y cumplir las bases generales que la legislación estatal establezca para regular la organización de sus respectivas administraciones públicas, incluida la de crear las dependencias que la misma establezca y sujetar los nombramientos de funcionarios al procedimiento que ahí se prevea.

    Reglas de la administración por delegación

    La administración centralizada trabaja también por delegación de funciones que transmite a un órgano o instancia subordinada, para que provea bienes, servicios y realice gestiones a nombre y en representación de una dependencia de primer nivel o rango.Se crean entonces órganos delegados o delegaciones administrativas9, las cuales tienen como características las siguientes:

  • 16

    Administración Municipal

    Se fundamentan en la atribución que tienen los titulares de las dependencias de la administración pública, delegar en unidades subordinadas el trabajo y las funciones que competan a la dependencia a su cargo.Dependen jerárquicamente de la dependencia que las constituye mediante acuerdo con la Presidencia Municipal.Se ubican en lugares distintos a la sede de la dependencia, generalmente en puntos del territorio municipal que requieren la presencia de una autoridad en la materia que le corresponde o para la prestación de bienes y servicios que deban proveerse de la manera más próxima a los habitantes en distintos puntos del territorio municipal.Los bienes y servicios que proveen son de idéntica naturaleza y se sujetan a las mismas reglas que operan en la dependencia a la que se encuentra adscrita la delegación.No tienen autonomía en el manejo de su presupuesto, el cual es administrado por parte de la dependencia.Operan con procedimientos autorizados por la dependencia, su toma de decisiones está restringida a lo que ahí se dispone, generalmente en asuntos relacionados con autorizaciones propias de los bienes y servicios a su cargo.No tienen atribuciones para interpretar el parecer institucional del titular de una dependencia sobre asuntos trascendentes de los bienes y servicios de la misma.Su personal ocupa puestos equivalentes a los que existen en la administración centralizada, por consiguiente no están sujetos a regímenes laborales especiales.La responsabilidad de la delegación además de aquella vinculada con la prestación de bienes y servicios a nombre de su dependencia, se extiende al adecuado funcionamiento de las instalaciones, equipo y aplicación de los recursos asignados para su operación.A continuación, se menciona como ejemplo el caso de una delegación administrativa del municipio de Netzahualcóyotl, del estado de México:“A raíz del aumento de la población y las necesidades de la misma, en 1969 se toma la decisión de inaugurar la primera oficina dependiente del Gobierno Municipal. En 1975, a iniciativa del entonces presidente municipal Eleazar García Rodríguez, quedó constituida formalmente la delegación “Carlos Hank González” y en medio de una gran fiesta popular fue inaugurado el edificio que hasta la actualidad alberga a las oficinas de gobierno municipal.Conocida como “La Bola”, debido a la forma de su estructura, es punto de referencia y testigo silencioso de la transformación paulatina pero constante de una comunidad con muchas necesidades, con grandes deseos de superación y de trabajar en torno a sus autoridades; la delegación es además un lugar donde las familias se reúnen los fines de semana.” 10

    Reglas de organización de la administración desconcentrada

    FORMAS DE ADMINISTRACION

    ADMON CENTRALIZADA

    ADMON POR DELEGACION

    ADMON DESCONCENTRADA

    ENCOMIENDAS CON TOMA DE DECISIONES Y MANEJO PROPIO DE PRESUPUESTO

    La administración desconcentrada aparece como una forma de organización que gana más margen de acción en la toma de decisiones y manejo de los asuntos que atiende, al mismo tiempo que puede realizar actos y tomar medidas con respecto a sus programas y presupuestos sin tener que consultar al titular de la dependencia de la cual se desprende funcionalmente.Se emplea como una forma de desarrollo de materias especializadas de la administración municipal que requieren autonomía técnica en sus procesos, pero que debe permanecer vinculada a la personalidad jurídica del municipio, con todas las obligaciones de coordinación y rendición de cuentas que poseen sus dependencias.La desconcentración administrativa permite alinear recursos, programas y acciones en instancias dedicadas exclusivamente a la materia que les han sido asignadas, con la posibilidad de potencializar sus capacidades avanzando en el perfeccionamiento de sus funciones y la atención de los pormenores de la propia materia que se le encomienda.Sus características constituidas y de operación son las siguientes:Se fundamentan en la atribución que tiene el Presidente Municipal para proveer los arreglos necesarios para el adecuado funcionamiento de la administración pública.Se crea mediante acuerdo del Presidente Municipal y se adscriben de manera funcional a la dependencia que guarda relación con la especialidad que se le asigna al órgano desconcentrado.No tiene personalidad jurídica propia ni la capacidad para generar recursos propios; por el contrario, depende en este rubro de la misma personalidad jurídica tribuida al gobierno municipal.

  • 17

    Administración Municipal

    Depende jerárquicamente de la dependencia que las adscribe, en lo concerniente a la coordinación de sus acciones con las políticas y programas que aquella encabeza y determina; sin embargo, el órgano desconcentrado tiene atribuciones para manejar sus propios programas con mayor capacidad de decisión en cuanto a su presupuesto y un manejo interno de la organización que no es decidido por parte del Titular de la dependencia.Por lo general, se ubican en lugares distintos a la sede de la dependencia, de conformidad con la naturaleza de la materia que tiene encomendadas y las funciones que realiza.Los bienes y servicios que generan son regulados de conformidad con disposiciones generales, expedidas por el ayuntamiento y por disposiciones administrativas del titular del órgano desconcentrado y, no necesariamente, por las disposiciones emitidos por el Titular de la dependencia de adscripción.Tienen prerrogativas de manejo propio de su presupuesto, el cual está sustentado en el Programa Operativo Anual de la dependencia.Operan con procedimientos propios, generados y autorizados por las propias áreas del órgano desconcentrado y su Titular.Con relación a los asuntos que corresponden en estricto sentido a la especialidad del órgano desconcentrado, y según su Acuerdo de creación, pueden tener atribuciones para interpretar el parecer institucional de la administración municipal en dicho campo.Su personal ocupa puestos equivalentes a los que existen en la administración centralizada, por consiguiente no están sujetos a regímenes laborales especiales.La responsabilidad del órgano desconcentrado, además de aquella vinculada con la prestación de bienes y servicios a nombre de su dependencia, se extiende al adecuado funcionamiento de las instalaciones, equipo y aplicación de los recursos asignados para su operación.

    Reglas de organización de la administración descentralizada

    FORMAS DE ADMINISTRACION

    ADMON CENTRALIZADA

    ADMON DESCONCENTRADA

    ADMON DESCENTRALIZADA

    ACTO LEGAL QUE CREA UN ORGANO CON PERSONALIDAD Y PATRIMONIO Y AUTOADMINISTRACION

    Como un paso más del desprendimiento funcional y formal de una instancia que gana para sí más capacidad de manejo y decisiones propias, se encuentra la forma de organización descentralizada.La descentralizada constituye una administración con ca-pacidades propias para asumir sus fines organizativos, toma de decisiones, manejo de su patrimonio e independencia en la operación de sus procesos, así como la orientación de sus provisiones y servicios en atención a los fines para los que fue constituida.Una de sus características especiales es su creación me-diante un acto legal emitido por una autoridad con compe-tencia establecida para dichos fines en el marco legislativo vigente.En algunos casos, el propio ayuntamiento puede constituir organismos descentralizados mediante Acuerdo del pleno, como ocurre en el caso de los municipios del estado de Guanajuato, referido en su Ley Orgánica Municipal, en los artículos transcritos a continuación:11

    “Artículo 125. El Ayuntamiento aprobará por mayoría ca-lificada la creación, modificación o extinción de las entida-des paramunicipales. Las atribuciones de las entidades paramunicipales no debe-rán exceder las que para el Ayuntamiento señale la Ley y se especificarán en el acuerdo de creación, mismo que deberá publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. En caso de extinción, el acuerdo correspondiente fijará la forma y términos de la liquidación.”“Artículo 125 A. Las entidades paramunicipales deberán sujetarse al Plan de Gobierno Municipal y a los programas que deriven del mismo.” “Artículo 125 B. Los órganos de gobierno o de administra-ción de las entidades paramunicipales, deberán dictar las medidas administrativas conducentes para contribuir en el control interno de las mismas.” “Artículo 126. El Ayuntamiento, por conducto del presi-dente municipal, coordinará y supervisará las acciones que realicen las entidades paramunicipales, vigilando que cum-plan con la función para la que fueron creadas.”“Artículo 128. La administración de los organismos des-centralizados estará a cargo de un órgano de gobierno, que será un consejo directivo o su equivalente, designado por el Ayuntamiento en los términos del acuerdo y reglamento respectivo.El consejo directivo o su equivalente, elegirá de entre sus miembros a su presidente y, en su caso, designará al direc-tor general y demás personal necesario para el cumplimien-to de sus funciones. Las sesiones del consejo directivo o su equivalente serán públicas, con las excepciones previstas en la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato.”

  • 18

    Administración Municipal

    En otros casos, como ocurre con el Estado de México, la creación de organismos municipales descentralizados solo puede ocurrir mediante acto del poder legislativo, en los términos de los artículos siguientes, de su Ley Orgánica Municipal:12

    “Artículo 31.- Son atribuciones de los ayuntamientos:IV. Proponer, en su caso, a la Legislatura local, por conduc-to del Ejecutivo, la creación de organismos municipales descentralizados para la prestación y operación, cuando proceda de los servicios públicos;”“Artículo 123.- Los ayuntamientos están facultados para constituir con cargo a la hacienda pública municipal, or-ganismos públicos descentralizados con la aprobación de la Legislatura del Estado, así como aportar recursos de su propiedad en la integración del capital social de empresas paramunicipales y fideicomisos.Los ayuntamientos podrán crear organismos públicos des-centralizados para:a) La atención del desarrollo de la mujer;b) De la cultura física y deporte;c) Otros que consideren convenientes.”Las características más relevantes de la forma de adminis-tración descentralizada presentan lo siguiente:Se fundamentan en un proyecto formulado por la Presi-dencia Municipal para sustentar y justificar su creación. La aprobación del proyecto corresponde al Cabildo en primera instancia; en los casos que proceda la aprobación directa por parte del Cabildo el mismo proyecto servirá de antece-dente para la creación del organismo descentralizado que se trate. En el caso de requerirse la aprobación del organis-mo por parte de la legislatura del estado, el proyecto, una vez aprobado por el cabildo, se remitirá a dicha representa-ción para los efectos conducentes.Adquiere por su carácter descentralizado una personalidad jurídica y patrimonio propios, además de tener por sí mis-ma un órgano superior de administración.El organismo descentralizado podrá percibir una partida presupuestal o subsidio para su operación, con cargo al pre-supuesto de egresos del municipio; de manera adicional, de conformidad con su naturaleza jurídica que lo caracteri-ce (organismo, empresa paramunicipal, fideicomiso u otra modalidad), podrá generar recursos propios, mediante la comercialización de sus bienes o servicios o mediante la facultad para percibir ingresos de fuentes diversas.De conformidad con la reglamentación que los regula, el organismo descentralizado podrá quedar encuadrado en al-guno de los sectores que encabecen las dependencias de la administración centralizada del municipio, como es el caso del Municipio de León, Guanajuato (Ver artículos 2, 6, y 180) del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato. http://www.leon.gob.mx/transparencia/sistemas/archi-

    vos/legislacion/REGLAMENTOINTERIORDELAADMINISTRACIONPUBLICAMUNICIPALDELEON,GUANAJUATO_429.pdf

    No dependen de manera directa o indirecta de ningún funcionario de la administración municipal. Sus actos re-solutivos se realizan en el seno de un Consejo o Comité de Administración que constituye su instancia máxima de autoridad.Tiene domicilio propio y un registro fiscal independiente a la de cualquier otra instancia del municipio.Tiene obligaciones legales, fiscales y administrativas como cualquier persona de derecho público.Sus programas, presupuestos, resultados y contabilidad por el ejercicio de sus recursos están sujetos a controles de le-galidad, fiscalización y rendición de cuentas a cargo de las instancias de control del propio ayuntamiento, así como de otras instancias estatales y federales que sean competen-tes para dicho efecto.Los bienes y servicios que generan son regulados de con-formidad con reglamentos municipales y disposiciones ge-nerales, expedidas por el ayuntamiento y por disposiciones propias del mismo organismo.Operan con procedimientos propios, generados y autoriza-dos por su órgano de administración y Dirección General.No deben someter a la aprobación del cabildo sus progra-mas ni la distribución del presupuesto para la operación de los mismos.Su personal ocupa puestos equivalentes propios por los que pueden estar sujetos a regímenes laborales dentro la legislación burocrática del Estado o quedar inscritos en el régimen laboral general de los trabajadores en la República Mexicana.

    Reglas de organización de la administración por concesiónLa administración por concesión ocurre cuando el ayunta-miento, después de estudios detallados de su capacidad y situación económica y financiera, determina que es perti-nente ofrecer a licitación la operación e servicios públicos bajo la figura jurídica de la concesión.Según el Diccionario Jurídico Mexicano, la Concesión ad-ministrativa “es el acto administrativo, a través del cual, la administración pública concedente, otorga a los particula-res, concesionarios el derecho para explotar un bien propie-dad del Estado o para explotar un servicio público.”13

    Por su parte, el Código Municipal de Coahuila, la define y caracteriza de conformidad con lo señalado en los siguien-tes artículos:14

    “Artículo 234.- La concesión de un servicio público es el acto administrativo contractual y reglamentario mediante el cual el funcionamiento de un servicio público es confia-do temporalmente a personas físicas o morales, que asume

  • 19

    Administración Municipal

    todas las responsabilidades del mismo y se remunera con los ingresos que percibe de los usuarios del servicio con-cedido.”“Artículo 235.- La concesión de servicios públicos a cargo del municipio, sólo podrá otorgarse mediante acuerdo del Ayuntamiento, por el Presidente Municipal, a personas fí-sicas o morales de nacionalidad mexicana. El capital social de éstas últimas deberá estar representado por acciones nominativas.En igualdad de condiciones, habrán de preferirse las per-sonas físicas o morales radicadas física y legalmente en el Estado de Coahuila.Las concesiones, podrán incluir la ejecución de las obras de infraestructura necesarias para la prestación de los servi-cios públicos concesionados..Los contratos de concesión contendrán las normas básicas que establece este capítulo así como las disposiciones re-glamentarias y especificas que procedan en cada caso.”“Artículo 236.- Los contratos de concesión se sujetarán a las bases y disposiciones siguientes:I.- Se otorgarán mediante licitación pública, previa publica-ción efectiva de la convocatoria y de las bases respectivas, las cuales deberán ser puestas a disposición de los interesa-dos a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, hasta siete días naturales previos al acto de presentación de las propuestas técnica y económica. Las bases deberán incluir criterios que aseguren por parte de los licitantes las mejores condiciones en cuanto a economía, calidad, efi-ciencia, capacidad técnica, servicio, financiamiento, garan-tías y demás condiciones o requisitos análogos.II.- Serán por tiempo determinado. El concedente estable-cerá el tiempo de vigencia en forma tal que, durante ese lapso, pueda el concesionario amortizar totalmente las in-versiones que debe hacer en razón directa del servicio de que se trate.III.- Determinarán con precisión la masa de bienes que de-berá afectarse a la prestación del servicio.IV.- En caso de que el Ayuntamiento asigne al concesiona-rio el uso de bienes municipales, al concluir la concesión los mismos volverán de inmediato a la posesión del Municipio; cualquier resistencia al cumplimiento de esta disposición motivará el empleo de los medios de apremio que proce-dan, incluyendo la fuerza pública.V.- El costo de la prestación del servicio público será por cuenta del concesionario.VI.- La infraestructura y las instalaciones que use o cons-truya el concesionario se ajustarán a las disposiciones de ley y al contrato de concesión correspondiente.VII.- Los concesionarios estarán obligados a conservar en buenas condiciones el equipo, obras e instalaciones afec-tadas al servicio público, así como a renovar y modernizar el equipo necesario para su prestación, conforme a los más recientes adelantos técnicos.

    VIII.- El concesionario estará obligado a otorgar garantía a favor del concedente, a fin de asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que adquiera, confor-me a lo previsto en este código, y en las cláusulas del con-trato de concesión. La clase y monto de la garantía serán fijadas por el concedente, quien está facultado para exigir que ésta se amplíe cuando, a su juicio, resulte insuficiente.IX.- El concesionario está obligado a prestar el servicio de modo eficaz, uniforme y continuo a todas las personas fí-sicas o morales que lo soliciten, así como a las entidades públicas que también lo requieran, conforme a las tarifas que, en su caso, establezcan por reglamento o en el con-trato respectivo.Cuando los servicios concesionados se brinden a entidades públicas será necesario que éstas los reciban para la presta-ción directa o indirecta de servicios al público en general.X.- Se fijarán las condiciones bajo las cuales podrán los usuarios utilizar los servicios.XI.- Se determinarán las tarifas, forma de modificarlas y las contraprestaciones, que deba cumplir el beneficiario.XII.- Se establecerá el procedimiento administrativo para oír al concesionario y a todo interesado, en los asuntos que importen reclamaciones o afectación de los derechos que genere la concesión o el servicio público.XIII.- El cumplimiento de las obligaciones y condiciones de las concesiones otorgadas, estará sometido a la vigilancia del concedente.XIV.- Las concesiones, para su validez, se otorgarán por es-crito, en el que se harán constar las obligaciones del con-cesionario y las modalidades que el concedente establezca para su explotación.”De conformidad con el ejemplo anterior, la concesión ocu-rre como una administración por encomienda y sujeta a un régimen especial de contratación del acto de concesión, su duración, condiciones, propósitos, efectos, responsabilida-des, derechos y obligaciones de concedentes y concesio-narios, así como la sujeción de los actos de la concesión a regulaciones establecidas no por el concesionario, sino por la autoridad pública.En la actualidad la mayor parte de los servicios públicos son susceptibles de concesionarse, con excepción de la seguridad pública y servicios que estén involucrados con el ejercicio de la autoridad de mando, policía y coerción que tiene atribuido el gobierno del municipio. (Ejemplo de esta afirmación es el concesiona miento de los servicios de Agua Potable en distintos municipios de América Latina. Ver el caso de la Ciudad de Guayaquil, Ecuador, publicado en: http://www.ecapag.gov.ec/SoloPortalECAPAG/de-fault.asp?idl=32)Es importante considerar que la regla general de una admi-nistración por concesión es el estricto cumplimiento de los términos, condiciones y reglas de prestación del servicio,

  • 20

    Administración Municipal

    así como el apego a las normas que establecen y regulan tarifas, cuotas y derechos por la contraprestación de los mismos, al igual que el estricto cumplimiento de las obliga-ciones fiscales del concesionario.En la forma administrativa de Concesión, el ayuntamiento no tiene injerencia directa en la organización que disponga el concesionario, así como tampoco asume responsabilidad alguna de la relación laboral que sostenga con los trabaja-dores que se desempeñen en el servicio concesionado.La autoridad municipal no pierde ni merma en sus facul-tades de reglamentación del servicio, ni en el ejercicio de supervisión del cumplimiento de los términos y efectos del contrato de concesión, para lo cual puede invocar y aplicar las diferentes garantías y medios coactivos que se establez-can para asegurar su cumplimiento.Reglas de organización de la administración por colabora-ción La administración por colaboración es uno de los medios de gestión de obras, y la provisión de bienes y servicios mediante formulas de participación vecinal, aprovechando las capacidades de concurrencia, formación de consensos y, sobre todo, de aportación de recursos, mano de obra y otros medios técnicos y humanos que contribuyan a la ges-tión de asuntos municipales.En nuestro país es notable el uso de esta modalidad, tanto desde el ayuntamiento, como desde los programas estata-les y federales que se transfieren u operan en el ámbito de las comunidades municipales.Por lo general en este tipo de administración se trabaja me-diante la creación de Comités mixtos, donde participan au-toridades municipales y miembros de la comunidad local, el origen de proceso lo determina alguna disposición legal o reglamentaría, así como algún Programa que disponga de una oferta materializable de bie-nes, provisiones y servicios públi-cos.En el Comité se analizan y dis-cuten prioridades, se proponen estrategias para la realización de los fines comprometidos o las prestaciones a las que se puede acceder, así como los medios para su materialización, además de es-tablecerse las reglas de operación, normas de control, seguimiento y evaluación.A continuación se dan distintos ejemplos de este tipo de organi-zación administrativa:Comités vecinales para Control y supervisión de obras públicashttp://www.edomex.gob.mx/

    contraloria/docs/actaobrapublica_vigilancia.pdfComités Municipales para el Desarrollo Rural Municipal.http://www.tonala.gob.mx/portal/gobierno/reglamen-tos/reglamento_interno_del_consejo_municipal_de_de-sarrollo_rural_sustentable_de_tonala_ jalisco.pdfConsejos de Desarrollo Municipalhttp://www.ordenjuridico.gob.mx/Estatal/MICHOA-CAN/Municipios/Uruapan/UruapanReg12.pdfComités municipales de protección civilhttp://www.municipiopozarica.gob.mx/content/view/439/141/Ejercicio de aprendizaje: Diseñe la estructura de organización de la Instancia Mu-nicipal de la Mujer, procurando que se defina como una Dirección de área, con unidades departamentales propias y que no duplique sus funciones con ninguna otras depen-dencia u organismo de la administración del municipio, es-pecialmente evitar duplicidades con el DIF municipal. El Diseño incluye el organigrama de la Instancia Municipal de la Mujer, desarrollado hasta nivel de departamentos.La descripción de funciones puede considerar entre a cinco y diez funciones para cada unidad orgánica.Sin excepción todas las funciones que se redacten deben iniciar con un verbo en infinitivo y no deben duplicarse.Para este trabajo puede consultar la Guía para Iniciar y For-talecer una Instancia Municipal de las Mujeres. Instituto Nacional de la Mujer, disponible en la siguiente dirección electrónica: http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_down-load/100843.pdf

    COMANDANCIA DE

    POLICIA

    H. AYUNTAMIENTO

    SECRETARIA

    MUNICIPAL

    OBRAS Y SERVICIOS

    PUBLICOS

    TESORERIA

    MUNICIPAL

    PRESIDENCIA

    MUNICIPAL

    COPLADEM

    CONSEJOS DE

    COLABORACION

    COMITES DE

    OBRAS

    DELEGACIONES

    MUNICIPALES

    CASA DE LA

    CULTURA

    DIF

    MUNICIPAL

    ADMON CENTRALIZADA

    COMITES INSTITUCIONALES

    AD

    MO

    N PO

    R

    CO

    LAB

    ORA

    CION

    ADMON POR

    DELEGACION

    ADMON POR DESCONCENTRACION

    ADMON POR DESCENTRALIZACION

    ADMON PORCONCESION

  • 21

    Administración Municipal

    Ejercicio año uno

    Ejercicio de aprendizaje: De la consulta del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato, analice si es correcto caracterizar a la Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública como un órgano autónomo, sin más caracterización que la que aparece en su artículo 177.Para llegar a un juicio necesita consultar acerca del término autonomía aplicable al concepto de órganos autónomos. (Puede localizar en la WEB, la dirección electrónica del Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Tomo I)Investigue también consulte si está disponible el Acuerdo de Creación de la referida Unidad.

    Explique en un máximo de una cuartilla si es viable la denominación “Órgano Autónomo”, o en realidad se trata de una dependencia municipal, un órgano desconcentrado o una entidad paramunicipal.En su caso, proponga la denominación más adecuada para dicha Unidad.

    Ejercicio: Analice pros y contras y determine bajo cual forma de administración constituiría los siguientes órganos de la administración municipal:

    Órgano propuesto Constituida como

    Pros Contras

    Instancia Municipal de la mujer

    Unidad de acceso a la información

    Casa de la cultura Juzgado calificador municipal

    Instituto Municipal de acceso a la información

    Comisión de festejos y efemérides municipales

  • 22

    Administración Municipal

    Año dos

    Durante el segundo año de la administración municipal es recomendable que se completen todos los instrumentos reglamentarios y administrativos que norman y regulan la organización y funcionamiento de la administración municipal.En este sentido, este apartado se destina a la revisión de los principales instrumentos administrativos empleados para sistematizar la organización, procesos de trabajo y pautas de operación de una administración municipalSe recomienda, en todos los casos, realizar las consultas a los materiales de lectura y audiovisuales que se anotan en distintas partes de las lecturas, al igual que los ejercicio correspondientes.Los temas se han organizado en textos breves que procuran llevar al lector a reflexiones y a la necesidad de localizar los ejemplos y ejercicios sugeridos.

    Objetivos para el año dosExaminar y adecuar diversos instrumentos organizacionales y de sistematización administrativa a las necesidades que presenten distintos municipios en materias comunes a su estructura orgánica, funciones y principales sistemas de operación.Identificar y razonar el funcionamiento de los principales procesos administrativos a cargo del gobierno municipal y sus dependencias, en apego a las regulaciones existentes para dicho fin.

    Organización de la administración municipalDe manera previa a la exposición de los rasgos característicos de una administración municipal, es necesario destacar algunos principios generales de organización.1. La organización deberá respetar el ámbito de competencias y la atención de materias propias del municipio.2. El tamaño de la organización deberá ser racional y proporcionado al tipo de necesidades del gobierno municipal y al volumen de sus recursos.3. Lo más importante es la provisión de bienes y servicios, por tanto es imprescindible que la mayor parte de los recursos se consuma en dichas materia y no en funciones administrativas.4. Una organización compacta puede dar buenos resultados si es profesional.5. No deben duplicarse áreas ni funciones; da mejores resultados fusionar áreas y coordinar trabajos de una misma cadena productiva.6. Algunas dependencias municipales tienen atribuciones establecidas en la Ley Orgánica Municipal o equivalente,

    las cuales deberán respetarse.7. La misión de la administración municipal es brindar la mayor satisfacción posible a las necesidades de la comunidad, por tanto no deberán ponderarse más las áreas administrativas que las de obras y servicios.8. Deberán respetarse las normas propias de la jerarquización de áreas y de los principios de la coordinación administrativa9. Todos los órganos que compartan un mismo nivel tienen igual jerarquía, por lo cual la estructura ocupacional deberá procurar que los salarios se encuentren en alineamiento a las categorías que correspondan a los puestos de mando, puestos profesionales puestos técnicos y puestos operativos.10. La organización tendrá que formalizarse en el Reglamento y manuales correspondientesA continuación se ofrece al lector una descripción de una estructura tipo para municipios urbanos que puede tomarse como base para el análisis de otras administraciones municipales. En ella se muestra un desglose hasta unidades departamentales, de manera que pueda apreciarse el mayor alcance posible.15

    Estructura OrgánicaPresidencia MunicipalSecretaría ParticularSecretaría TécnicaUnidad Departamental de Comunicación SocialCoordinación de AsesoresContraloría Municipal (Nivel Staff)Dirección de Auditoría MunicipalDepartamento de Auditoría de Obra PúblicaDepartamento de Auditoría FinancieraSecretaría del AyuntamientoCoordinación de Vinculación de Autoridades AuxiliaresDirección de Gobierno InteriorDepartamento de Audiencia PúblicaDepartamento de Análisis de Asuntos de Gobierno InteriorDepartamento de Alcaidía MunicipalOficialía de Registro CivilDirección de Asuntos JurídicosDepartamento de Análisis y Asuntos JurídicosDepartamento de Gestoría Jurídica MunicipalDirección de Protección CivilDepartamento de Organización del Sistema Municipal de Protección CivilDepartamento de Operativos de Protección CivilDirección General de Desarrollo EconómicoDepartamento de Promoción y Fomento de ProyectosDepartamento de Desarrollo RuralDepartamento de Desarrollo Comercial

  • 23

    Administración Municipal

    Departamento de Desarrollo Turístico

    Dirección General de Desarrollo SocialDepartamento de Organización para el Desarrollo SocialDepartamento de Deporte y Recreación MunicipalDepartamento de Vinculación y Seguimiento de Programas de Desarrollo Social Coordinados

    Dirección General de Desarrollo UrbanoDepartamento de Estudios y Proyectos de Desarrollo UrbanoDepartamento de Normalización UrbanaDepartamento de Licencias y Uso del Suelo UrbanoDepartamento de Administración Inmobiliaria MunicipalDepartamento de Verificación UrbanísticaDepartamento de Ecología MunicipalUnidad de Catastro Municipal

    Dirección General de Obras PúblicasDepartamento de Planeación de Obras PúblicasDepartamento de Normas Técnicas para Obras PúblicasDepartamento de Administración de la Obra PúblicaDepartamento de Construcción y Mantenimiento de Obras Públicas

    Dirección General de Servicios Públicos MunicipalesDepartamento de Estudios y Proyectos de Servicios PúblicosDepartamento de Normatividad y Procedimientos de Control de CalidadDepartamento de Operación

    Dirección General de Seguridad Pública y TránsitoComandancia General de Protección, Vigilancia y Servicios a la CiudadaníaDepartamento de Planeación de Servicios de Seguridad PúblicaDepartamento del Sistema de InformaciónDepartamento de ComunicacionesDepartamento de Administración PolicialDepartamento de Apoyo a la LogísticaComandancias Municipales de PolicíaComandancia General de Tránsito y VialidadDepartamento de Control Vehicular e InfraccionesDepartamento de Normatividad y Procedimientos de Control de CalidadDepartamento de Administración del Servicio de Tránsito

    Dirección de PlaneaciónDepartamento de Planeación del Desarrollo MunicipalDepartamento de Administración y Control del Presupuesto

    Tesorería MunicipalDirección de Ingresos MunicipalesDepartamento de Control Ingresos MunicipalesDepartamento de Coordinación Fiscal

    Dirección de Pagos y ContabilidadDepartamento de ContabilidadCaja Municipal

    Oficialía MayorDirección de Administración de PersonalDepartamento de Administración de PersonalDepartamento de Capacitación y DesarrolloDirección de Recursos Materiales y Servicios GeneralesDepartamento de Recursos MaterialesDepartamento de Servicios Generales

    La organización anterior abarca las principales funciones por tipo de desarrollo, respaldo al equipamiento e infraestructura y separación de áreas de obras y servicios públicos y separación de las funciones de ingreso, gasto y administración de recursos institucionales.Los Sectores que devienen de la estructura señalada son los siguientes:16

    Gobierno Interior: Secretaría del AyuntamientoDesarrollo Económico: Dirección General de Desarrollo EconómicoDesarrollo Social: Dirección General de Desarrollo SocialDesarrollo Urbano: Dirección General de Desarrollo Urbano, Dirección General de Obras Públicas, y Dirección General de Servicios PúblicosSeguridad Pública: Secretaría del Ayuntamiento y Dirección General de Seguridad Pública y TránsitoPlaneación y gestión de recursos institucionales: Tesorería Municipal y Oficialía MayorControl y Evaluación del desempeño institucional: Contraloría Municipal Otras estructurar orgánicas incluyen la descripción de las funciones de órganos desconcentrados y las líneas de sectorización o coordinación con organismos descentralizados, como es el caso de los Sistemas de Agua Potable, Casas de la Cultura, Institutos de la Mujer, Institutos de la Juventud y el Deporte, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, Unidad de Acceso a la Información, Ventanillas Únicas, etcétera.Una visión a detalle de una organización municipal extensa y especializada puede consultarse en el Portal Electrónico del Municipio de Puebla.Para la formalización de una estructura orgánica municipal El Manual de organización es el instrumento idóneo, ya que posee el carácter de disposición administrativa, que le permite desarrollar la descripción detallada de la estructura

  • 24

    Administración Municipal

    orgánica y de las funciones propias de la administración municipal.Su utilidad es debida a que se convierte en una especie de guía temática acerca de la manera en que se dividen, entre varias instancias, las materias y funciones propias de la administración municipal, con sus respectivas unidades orgánicas, y perfiles de la responsabilidad que tiene cada una al interior de la administración del municipio.La dimensión de la administración municipal es otro de los aspectos verificables en un Manual de Organización, ya que permite desglosar hasta la unidad orgánica más específica toda la administración. A continuación se presentan diversos Manuales de Organización que pueden consultarse a efecto de conocer al detalle las funciones de distintas áreas de las administraciones municipales en nuestro país.Manual de organización de la administración pública. Presidencia municipal de Matamoros, Coahuila. 2006-2009, En:http://www.resi.org.mx/ipm/manual_organiza/documentos_manual_organiza/MANUAL%20DE%20ORGANIZACION%202006-2009.MATAMOROS.pdfManual General de Organización del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo. En: http://www.islamujeres.gob.mx/transparencia/Documentos/Normatividad/presidencia.pdfManual de Organización de la Administración Pública del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. En:h tt p : / / w w w . c a n c u n . g o b . m x / c a n c u n / i n d e x .php?option=com_content&task=view&id=93&Itemid=Manual de la Coordinación Municipal de Educación del Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México. En:h tt p : / / w w w . t l a l n e p a n t l a . g o b . m x / D e s c a r g a s /Manuales/14COOREDUCACION/MANUAL_DEORG.pdf

    Procesos básicos de la Administración MunicipalDescribir la operación de la administración municipal resulta una tarea compleja, sobre todo si se atiende a la diversidad con la que puede presentarse en municipios con perfiles de desarrollo institucional diferentes.Sin embargo, para tener una visión completa del trabajo de los ayuntamientos y de su administración pública, puede recurrirse a un análisis condensado de sus procesos más representativos.Para efectos de esta revisión es necesario partir de los siguientes Sistemas de gestión de los procesos municipales:GobernaciónReglamentación MunicipalHacienda Pública MunicipalAdministración de Recursos InstitucionalesPlaneación del Desarrollo Económico

    Fomento EconómicoAdministración del Desarrollo UrbanoObras PúblicasServicios PúblicosDesarrollo SocialAsistencia SocialDesarrollo CulturalDesarrollo PolíticoSeguridad PúblicaProtección CivilProtección ambiental

    GobernaciónEn este sistema operan los siguientes procesos: Representación del interés público en el Cabildo, mediante el trabajo de Presidente Municipal, Síndicos y Regidores.Gestión de problemas sociales, mediante procedimientos de representación y negociación política.17

    Toma de decisiones en Cabildo.Expedición y ejecución de Acuerdos de Cabildo.Gestión del territorio municipal y autoridades auxiliares.18

    Relaciones intergubernamentales y sistema de seguimiento de convenios de coordinación y colaboración con otros gobiernos.Audiencia Pública y comunicación Institucional.Manejo del protocolo oficial del cabildo.Operación del calendario cívico municipal.Reglamentación MunicipalLa reglamentación se desarrolla mediante los siguientes procesos.Análisis y diagnóstico de necesidades reglamentarias del municipio.Integración de iniciativas reglamentarias.Presentación, análisis, dictamen, aprobación, expedición, publicación y entrada en vigor de reglamentos.Difusión de reglamentos.Preparación de procedimientos de supervisión de la aplicación de reglamentos y ejecución de los actos de autoridad previstos.19

    Hacienda Pública MunicipalEn esta función se desarrollan distintos procesos para la obtención, capitalización e inversión de recursos hacendarios y financieros en uso de la facultad tributaria del ayuntamiento y de la llamada libertad hacendaria en el manejo de sus presupuestos de egresos. Incide también en la función hacendaria el sistema de registro y control contable del manejo de sus recursos, así como el sistema de fiscalización y rendición de cuentas aplicable a los mismos.Los principales procesos de la función hacendaria de los municipios son los siguientes:

  • 25

    Administración Municipal

    Recaudación de contribuciones propias.20

    Recuperación de participaciones federales y, en su caso, estatales.Recuperación de créditos fiscales mediante procedimientos coactivos.Medición, facturación, cobranza y recuperación de derechos por concepto de la prestación de servicios públicos.Administración financiera en bancos.Evaluación financiera de proyectos.Planeación, programación y presupuestación del gasto.Integración de presupuestosRegistro del patrimonio municipal.Control de inventarios de bienes muebles e inmuebles.Administración del patrimonio inmobiliario municipal.21 Asistencia a contribuyentes.

    Administración de Recursos InstitucionalesLos recursos institucionales con los que opera la administración municipal son los relativos a personal, materiales, y servicios generales, los cuales se administran mediante procedimientos unificados, generalmente a cargo de una Dirección de Administración u Oficialía Mayor.Entre los procesos que se desarrollan en esta materia se encuentran:En materia de recursos humanosReclutamiento, Selección, Contratación e inducción de personal.Planeación y Administración de la estructura ocupacional (Catálogos de puestos).22

    Control de personal e incidencias de desempeño laboral.Gestión de las relaciones laborales.Administración de sueldos, prestaciones y obligaciones fiscales.Capacitación y desarrollo.Retiro y baja del personal.En materia de recursos materialesAdquisición de materiales e insumos operativos.Licitación y contratación de suministros.Control de inventarios de almacén. Contr