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Tomo 102, Colima, Col., Sábado 03 de Junio del año 2017; Núm. 38 pág. 1307. DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", UBICADO AL NORTE DEL ÁREA URBANA A 3 KILÓMETROS DEL INGRESO AL RECINTO PORTUARIO, SOBRE EL LIBRAMIENTO MANZANILLO-NARANJO, CUYA ÁREA DE APLICACIÓN ES LA FRACCIÓN I DE LA PARCELA No. 2 Z-1 P1/4 DEL EJIDO TAPEIXTLES, CON SUPERFICIE DE 22,022.434 M2, MÁS LA SUPERFICIE CORRESPONDIENTE A LA PARCELA 97 Z-4 P1/1 DEL EJIDO JALIPA, CON SUPERFICIE TOTAL DE DICHA PARCELA DE 54,275.126 M2, GENERANDO UNA SUPERFICIE TOTAL DE 76,297.56 M2, PROMOVIDO POR HPYC INMOBIOLIARIO SA DE CV. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.101/2017, fechado el 30 de marzo de 2017 y recibido el 31 del citado mes y año, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, con superficie de 22,022.434 m 2 , más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficie total de dicha parcela de 54,275.126 m 2 , generando una superficie total de 76,297.56 m 2 , promovido por HPYC INMOBILIARIO SA de CV. SEGUNDO.- Que el H. Cabildo Constitucional de Manzanillo, Colima, en Sesión de Cabildo celebrada el día 13 de enero de 2017, aprobó el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, con superficie de 22,022.434 m 2 , más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficie total de dicha parcela de 54,275.126 m 2 , generando una superficie total de 76,297.56 m 2 , según Certificación del Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el 18 de enero de 2017, por la Secretaría Interina del H. Ayuntamiento ya mencionado, cuyo original se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano. TERCERO.- Que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, con superficie de 22,022.434 m 2 , más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficie total de dicha parcela de 54,275.126 m 2 , generando una superficie total de 76,297.56 m 2 , según consta en el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del cual solicitan su publicación.

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Tomo 102, Colima, Col., Sábado 03 de Junio del año 2017; Núm. 38 pág. 1307.

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

ACUERDO

Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN"BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", UBICADO AL NORTE DEL ÁREA URBANAA 3 KILÓMETROS DEL INGRESO AL RECINTO PORTUARIO, SOBRE EL LIBRAMIENTOMANZANILLO-NARANJO, CUYA ÁREA DE APLICACIÓN ES LA FRACCIÓN I DE LAPARCELA No. 2 Z-1 P1/4 DEL EJIDO TAPEIXTLES, CON SUPERFICIE DE 22,022.434M2, MÁS LA SUPERFICIE CORRESPONDIENTE A LA PARCELA 97 Z-4 P1/1 DELEJIDO JALIPA, CON SUPERFICIE TOTAL DE DICHA PARCELA DE 54,275.126 M2,GENERANDO UNA SUPERFICIE TOTAL DE 76,297.56 M2, PROMOVIDO POR HPYCINMOBIOLIARIO SA DE CV.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, enejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local,y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.101/2017, fechado el 30 de marzo de 2017 y recibido el 31 del citado mesy año, el Director General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y DesarrolloUrbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estadode Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTOHPYC", ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el LibramientoManzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, consuperficie de 22,022.434 m2, más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficietotal de dicha parcela de 54,275.126 m2, generando una superficie total de 76,297.56 m2, promovido por HPYCINMOBILIARIO SA de CV.

SEGUNDO.- Que el H. Cabildo Constitucional de Manzanillo, Colima, en Sesión de Cabildo celebrada el día 13 deenero de 2017, aprobó el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", ubicadoal norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo-Naranjo, cuyaárea de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, con superficie de 22,022.434 m2,más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficie total de dicha parcela de54,275.126 m2, generando una superficie total de 76,297.56 m2, según Certificación del Punto de Acuerdo del Actade Cabildo expedida el 18 de enero de 2017, por la Secretaría Interina del H. Ayuntamiento ya mencionado, cuyooriginal se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General deRegulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano.

TERCERO.- Que el Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependenciaa su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó lacongruencia del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTOHPYC", ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el LibramientoManzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, consuperficie de 22,022.434 m2, más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficietotal de dicha parcela de 54,275.126 m2, generando una superficie total de 76,297.56 m2, según consta en eldocumento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del cual solicitan su publicación.

CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectoslegales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado deColima", el estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC",ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros del ingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de la Parcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, con superficie de22,022.434 m2, más la superficie correspondiente a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficie total de dichaparcela de 54,275.126 m2, generando una superficie total de 76,297.56 m2, conforme se asienta en los Considerandosanteriores, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajoel régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor,el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en elPeriódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcialde Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC", ubicado al norte del área urbana a 3 kilómetros delingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo-Naranjo, cuya área de aplicación es la fracción I de laParcela No. 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles, con superficie de 22,022.434 m2, más la superficie correspondiente a laparcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con superficie total de dicha parcela de 54,275.126 m2, generando una superficietotal de 76,297.56 m2, el cual fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el 13 de enero de 2017, tomando en cuentaque esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal,el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno delEstado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del GobiernoConstitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno, el día 03 tres de abril de 2017 dos mil diecisiete.

Atentamente. "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN". EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERALDE GOBIERNO, ARNOLDO OCHOA GONZÁLEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA YDESARROLLO URBANO, JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO. Rúbrica.

DE ACUERDO AL ARTICULO 277 FRACCIÓN VIII LA VERSIÓN ABREVIADA CONTIENE LO SIGUIENTE:

a) LOCALIZACIÓN

b) LOS OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS

c) REFERENCIA DEL MARCO LEGAL

d) MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PRODUCTO QUE INDIQUEN EL RESUMEN DE ÁREAS, NÚMEROS DELOTES Y MANZANAS, EL EQUIPAMIENTO PROPUESTO Y LOS USOS Y DESTINOS ASIGNADOS ALOS LOTES DEL DESARRROLLO, ASÍ COMO LAS TABLAS DE COMPATIBILIDADES Y LAS NORMASDE CONTROL DE INTENSIDAD DE LA EDIFICACIÓN;

e) LOS PLANOS DE LOTIFICACIÓN Y USOS Y DESTINOS EN ESCALA LEGIBLE.

A) LOCALIZACIÓN

El terreno objeto del presente programa parcial de urbanización se localiza al norte del área urbana, a 3 kilómetrosdel ingreso al recinto portuario, sobre el Libramiento Manzanillo –Naranjo, como se muestra en la imagen 4 (enanaranjado la carretera a Minatitlán, que inicia en el crucero del pez vela):

DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE APLICACIÓN

El área de aplicación es determinada por lo que reconoce la autoridad catastral con clave 07-24-90-100-002-000perteneciente a la fracción I de la parcela No 2 Z-1 P1/4 del ejido Tapeixtles, con una superficie de 22,022.434m², másla superficie correspondientes a la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa, con una superficie total de dicha parcela de54,275.126m², generando una superficie total de 76,297.56m². Los polígonos de las parcelas fueron certificados porla dirección de catastro municipal.

El polígono de la parcela 97 Z-4 P1/1 está conformado por 7 vértices y una superficie de 54,275.126m², mientras queel polígono de la parcela 2 Z-1 P1/4 lo está conformado por 5 vértices y una superficie de 22,022.434m², amboscuadros de construcción se presentan a continuación.

B) OBJETIVOS

Generales

Determinar la Zonificación específica, precisando los usos y destinos, para un área en particular de un centrode población.

Regular, controlar la urbanización, la edificación y en general el aprovechamiento de los predios y fincas ensu área de aplicación.

Establecer la zonificación secundaria en el terreno, precisando los usos permitidos compatibles orestrictivos, las normas de la edificación y los criterios de integración a los servicios de infraestructura yequipamiento urbano.

El presente Programa Parcial de Urbanización se orienta a propiciar el ordenamiento integral y equilibradode una superficie industrial de la zona del área de aplicación del PDU de Manzanillo para su adecuado controly orientación del crecimiento urbano.

Específicos

Señalar las normas y criterios para la regularización y transformación una fracción de terreno rústico con fines deservicios a la industria y al comercio, con superficie de 76,297.56m² que forman parte de la fusión de la Fracción Ide la Parcela 2 Z-4 P1/1 del Ejido Tapeixtles y la parcela 97 Z-1 P1/4 del Ejido Jalipa.

Programar las obras y acciones en materia urbana requeridas para incorporar la superficie al sistemamunicipal considerando su condición de instalación de servicio fuera del área urbana;

Determinar las normas de control de la edificación aplicables con base en las normas oficiales en la materia; Precisar las acciones urbanas dentro y fuera del predio que deberá de atender el promovente, coadyuvando

con las formas establecidas en el Programa de Desarrollo Urbano de Manzanillo.

C) REFERENCIA AL MARCO LEGAL

ANTECEDENTES DE PROPIEDAD.

Mediante Título de Propiedad 000000002129, del día 27 de Agosto del año 2012, expedido por el RegistroAgrario Nacional ampara la totalidad de la parcela 2 Z-1 P1/4 del Ejido Tapeixtles a favor del C. SalvadorSandoval Araiza, con una superficie de 48, 095.35 m2.

Posteriormente mediante escritura pública número 16,362, el día 4 de Julio del año 2013, ante el LicenciadoJorge Armando Gaitán Gudiño, Titular de la Notaria Pública No. 6 de la Ciudad y Puerto de Manzanillo,Colima; comparecieron como VENDEDOR el señor SALVADOR SANDOVAL ARAIZA y como COMPRADORla Sociedad denominada HPYC INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., representada por el administrador único elC. JOSÉ LUIS MACIAS DE LA MORA, una superficie de 22,022.30m2 denominada Fracción I de la Parcela2 Z-1 P1/4, del Ejido Tapeixtles. Inscrita en el registro público de la Propiedad y del Comercio el día 20 deAgosto del año 2013 mediante el folio real No. 282743-1

Así mismo se presenta el Título de Propiedad 000000001391, del día 25 de Junio del año 2008, expedidopor el Registro Agrario Nacional ampara la totalidad de la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa a favor del C.Francisco López Cárdenas, con una superficie de 54,275.00 m2. Inscrito en el Registro Público de laPropiedad y del Comercio el día 7 de Julio del año 2008 mediante el folio real No. 233337-1

A su vez el Sr. Francisco López Cárdenas otorgó al Sr. José Luis Macías de la Mora, representante Legalde la empresa HPYC INMOBILIARIO S.A. DE C.V. , un PODER AMPLIO Y CUMPLIDO para que realicetodos los trámites inherentes a la Regularización de la parcela 97 Z-4 P1/1 del Ejido Jalipa.

BASES JURÍDICAS.

A fin de dar cumplimiento a la legislación general y local vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollode los asentamientos humanos, el presente estudio técnico basa sus propuestas en las disposiciones contenidasen el marco jurídico que rigen la elaboración y contenido metodológico, tales como:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley General de Asentamientos Humanos Ley General de Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima Reglamento de Zonificación del Estado de Colima

BASES DE PLANEACIÓN

Todo Programa Parcial de Crecimiento Urbano está inscrito en un sistema de planeación urbana integrado en primerainstancia por el programa nacional y los planes sectoriales de desarrollo urbano, en este nivel se insertan los planesestatales y regionales así como los municipales, de los cuales se derivan los programas de desarrollo urbano decentros de población, considerando como básicos y contenidos en el sistema estatal de planeación, el cual se integrade la siguiente manera:

I. Básicos:a) El Programa Estatal de Desarrollo Urbanob) Los programas municipales de desarrollo urbano;c) Los programas de ordenación de las zonas conurbadas; y demás, yd) Los programas de desarrollo urbano de los centros de población

II. Derivados:a) Los programas parciales de desarrollo urbano;b) Los programas sectoriales de desarrollo urbano; yc) Los programas regionales de ordenamiento territorial.

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio 2001-2006 PNDUOT Plan Estatal de Desarrollo 2009-2015 Plan Estatal de Desarrollo Urbano 2004-2009 "Visión al 2030" Actualización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Manzanillo, Colima.

En base a este instrumento de planeación, la autoridad municipal a través de la Dirección de Desarrollo Urbano yEcología del H. Ayuntamiento, mediante los oficios: Nº DVS/062/15, de fecha 10 de Agosto del 2015 y Nº DVS/063/15, de fecha 10 de Agosto del 2015 emitió los Dictámenes de Vocación de Suelo Modalidad III, dictaminando Factiblela solicitud para regularización de las Bodegas de Almacenamiento.

D) MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO

ZONIFICACIÓN URBANA

Conforme a las disposiciones del artículo 81 al 89 y 92 del Reglamento. Se contempla que los dos lotes a desarrollaren el área de aplicación tenga el uso I1 Industria Ligera y de bajo impacto como se encuentra señalado en el plano3 llamado Usos.

LOTIFICACIÓN

En el presente Programa Parcial BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC se pretende urbanizar dos lotes con usoIndustrial de Bajo impacto y riesgo (I1) con un giro específico de Bodegas de almacenamiento que no impliquen unriesgo medio y mayor (de los establecidos en el Reglamento de Zonificación).

Tabla No.1.- Resumen General de Áreas.

CLASIFICACIÓN DE SUPERFICIES

SUPERFICIE TOTAL DEL LOTE EN M2

Superficie lote 001 4,154.630m²

Superficie lote 002 72,142.930m²

Superficie vendible 76,297.56m²

Superficie Total 76,297.56m²

CÁLCULO DEL ÁREA DE CESIÓN

Por lo que se refiere al área de cesión para destinos y en estricto apego al artículo 139 fracción IX del Reglamentode Zonificación el cual fue reformado y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 21 de septiembrede 2002, se menciona que las zonas industriales tipo "I" comprenderá el ocho por ciento de la superficie vendible adesarrollar, sin embargo se habla además que en el caso de que el desarrollo que se pretenda realizar no impliqueuna subdivisión en más de dos lotes, no será obligatoria la cesión al Ayuntamiento, en cuyo caso el urbanizadordestinará necesariamente cinco por ciento de la superficie vendible a espacios verdes y abiertos lo que representa3,814.878m² que tendrán la finalidad de servir como áreas de amortiguamiento con otros tipos de zonas, para lo cualel emplazamiento con otro tipo de zonas será precisamente en la colindancia con estas zonas. Se anexa copia dela publicación. Por lo que el área de amortiguamiento se obtiene del siguiente cálculo:

Tabla No.3.- Determinación de las áreas de cesión

CÁLCULO DE ÁREA DE CESIÓN

USO

NO. DE LOTES

SUPERFICIE VENDIBLE

ÁREA DE CESIÓN

REQUERIDA

AREA DE AMORTIGUA-

MIENTO REQUERIDA

SUPERFICIE

TOTAL REQUERIDA

SUPERFICIE FÍSICA

I1 002 76,297.56m²

0 % 3,814.878m² 0.00m² 0.00m²

MANZANA 009

No DE LOTE SUPERFICIE M2 USO CLAVE CATASTRAL

001 72,142.930m² I1 07-22-06-009-001-000

002 4,154.630m² I1 07-22-06-009-002-000

Tabla No. 2 Lotificación

Cabe mencionar que existe un superavit en el área de amortiguamiento de 317.35 m2 generando un total de areasverdes que serviran como amortiguamiento de 4,132.23 m2.

PROPUESTA DE EQUIPAMIENTO URBANO

Como se menciono en el punto anterior no contará con un predio de Equipamiento urbano ya que este programa parcialde urbanización NO contempla áreas de cesión correspondiente por lo que se deberá de respetar el área deamortiguamiento como EV- Espacio Verde y abierto.

ESTRUCTURA VIAL

En lo referente a la vialidad, solo contempla una vialidad misma que se integran al predio y que se indican gráficamenteen el plano No. 4 del anexo gráfico, debe responder a las especificaciones que se señalan en el Reglamento.

La Vía Acceso Controlado (VAC-1) libramiento Tapeixtles al Naranjo con una sección de 60 metros se sujetará a loque dispone el artículo 212 del RZEC, y deberá de respetarse el callejón sin nombre que se encuentra al sureste delpolÍgono de aplicación.

Cabe mencionar que aunque dicho proyecto como se establece en el párrafo anterior el acceso será mediante la VAC-1 respetando la estructura vial del Porgrama de Desarrollo Urbano del centro de población de Manzanillo, publicadoel día 21 de febrero del año 2015, el proyecto cuenta con la factibilidad del proyecto geométrico carretero emitido porla Secretaría de Comunicaciones y Transportes mediante oficio No. CSCT-6.6.305-042/2016.

NORMAS Y CRITERIOS TÉCNICOS

a) Compatibilidad de usos de Suelo.

Predominante Industria de bajo impacto cumpliendo con

los lineamientos de riesgo bajo I1 INDUSTRIA LIGERA Y DE BAJO IMPACTO Y

RIESGO Compatible Manufacturas menores

Compatible Almacenes, bodegas y mayoreos Compatible Talleres de servicios y ventas

especializadas Compatible Oficinas en general Compatible Venta de Vehículos y maquinaria Compatible Comercio y servicios de impacto mayor Compatible

Compatible Comercio y servicios Especial Comercio y servicios básicos

Compatible Instalaciones de Infraestructura Compatible

Condicionado Espacios abiertos Equipamiento urbano general solo Servicios urbanos

b) Normas de Control de Intensidad de Edificación.

Sup.

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INDUSTRIA LIGERA Y DE

BAJO IMPACTO Y

RIESGO

400 15 0.8 8M3 R S/tabla 20 5m * * VARIA

3.6 NORMAS DE INGENIERÍA URBANA

Son establecidas en el Capítulo XVIII del Reglamento y le corresponden al presente Programa Parcial las obrasmínimas establecidas en los artículos 166, 167 y 177, las cuales comprenden:

I. Pavimentos. Previamente a la pavimentación deberá hacerse un mejoramiento general de la base, realizandola nivelación requerida de acuerdo al proyecto, con los cortes y terraplenes indicados, en el caso de

terraplenes estos se harán en capas no mayores de 20 cm. compactadas al 95% proctor, la pavimentaciónse realizará de acuerdo con el uso que se va dar: en caso de la vialidad de acceso controlado se realizaráde concreto asfáltico como se encuentran actualmente el libramiento Tapeixtles al Naranjo

II. Banquetas. Se construirán de acuerdo a las secciones especificadas en el proyecto urbanístico, ya que estasal igual que el uso de área jardinada en ellas, pueden variar dependiendo de la ubicación e intención delproyecto general; aunque estas deberán ser realizadas a base de concreto simple f’c = 200 kg/cm2 en losasrectangulares terminado escobillado y aristas terminadas con volteador.

III. Machuelos. Su construcción se realizará colado en sitio con una resistencia de f’c = 250 kg/cm2 tipo pechode paloma, considerando las rampas necesarias en los ochavos, para el tránsito de personas con capacidadesdiferentes.

IV. Red de abastecimiento de agua potablecon toma domiciliaria apegandose al proyecto ejecutivo autorizadopor la CAPDAM.

V. Red de alcantarillado sanitario con descargas domiciliarias. Se conectará al pozo de visita ubicado;VI. Sistema de desalojo de aguas pluviales. Las aguas pluviales se conducirán hacia donde determine en su

momento la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Manzanillo, en el momento de realizarel Proyecto Ejecutivo de Urbanización tomando en consideración lo estipulado en el articulo 192 delReglamento de Zonificación del Estado de Colima;

VII. Red de electrificación con servicio de media tensión, instalación aérea. La instalación de suministro eléctricodeberá ajustarse a la Norma Oficial Mexicana para instalaciones eléctricas NOM-001-SEMP- 1994 y lasnormas de construcción y especificaciones de la Comisión Federal de Electricidad y de los artículos 193 al195 del Reglamento;

VIII. Red de alumbrado público. Se utilizarán postes metálicos de 5 metros de longitud y se utilizarán luminariasde aditivos metálicos con sistema integral de ahorro de energía. Las condiciones técnicas más específicasdeberán ser avaladas por la Dirección de Servicios Públicos Municipales, como complemento al ProyectoEjecutivo de Urbanización;

IX. Red telefónica con instalación oculta y acometidas domiciliarias. Deberán determinarse por la empresa queprestará el servicio;

X. Red contraincendios por separado de la red de agua potable, con reserva para tal efecto y equipo deemergencia que garantice en cualquier momento el gasto de agua para sofocar el siniestro.

XI. Señalamiento. Se utilizarán placas para nomenclatura metálicas en el acceso del lote, en vialidadesvehiculares y peatonales;

XII. Arborización. En común acuerdo con el Departamento de Ecología y con la Dirección de Servicios PúblicosMunicipales se utilizará arbolado que se esté utilizando en la zona dentro de vialidades y camellón.

ACCIONES URBANAS

Para llevar a cabo los objetivos del Programa Parcial de Urbanización "BODEGAS DE ALMACENAMIENTO HPYC",y las acciones que se requieran ejecutar para lograr la adecuación espacial del predio, son responsabilidades delpromotor, y en apego a lo que establece el artículo 293 de La Ley estará obligado a costear por su cuenta todas lasobras de urbanización que se establecen en el presente Programa Parcial y se establecerán en el Proyecto Ejecutivo.

Se deberá cumplir con las Obras Mínimas de Urbanización señaladas en el Capítulo XVIII del Reglamento yespecíficamente lo referido en los artículos 166, 167 y 177 del mismo ordenamiento.

Cómo lo estable el Artículo 139 del Reglamento, el urbanizador o promotor respetará y acondicionara el 5 porcientoen áreas verdes que servirán como amortiguamiento; conforme se precise en el Programa Parcial de Urbanización,proyecto ejecutivo de urbanización y resolutivo en materia de impacto ambiental aprobado por las autoridadescompetentes.

Así como realizará el acceso geométrico carretero conforme el proyecto autorizado por la Secretaría de Comunicacionesy Transportes, entregado previo a la autorización del Proyecto Ejecutivo de Urbanización que se establece en el TítuloOctavo la Ley de Asentamientos humanos del Estado de Colima.

De igual manera debido a que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes desarrollará el proyecto de la carreteraTapixtles al Naranjo el promovente quedará obligado a acatar las modificaciones correspondientes cuando dicha

Secretaría de comienzó con las obras correspondientes en el tramo frontal a su predio.

Por otra parte el promovente queda obligado a costear por su cuenta y conforme al siguiente gráfico la construcciónu obras de mejoramiento de la vialidad denominada VAC-1

Toda obra de construcción, modificación, reconstrucción o demolición, pública o privada, requerirá la autorización delH. Ayuntamiento de Manzanillo por medio de la dependencia municipal, conforme a lo que establece las leyes ynormas en materia de Desarrollo Urbano, previo a la autorización del Título Octavo de la Ley.