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ACTUALIZACION DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO

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ACTUALIZACION DE LA LEY

DE CONTRATACIONES DEL

ESTADO Y SU REGLAMENTO

ASPECTOS GENERALES

Modificaciones Ley 30225

y a su Reglamento

• D Legislativo 1341 modifica Ley 30225

DS 056-2017-EF modifica Reglamento

• Vigencia: 03 de abril de 2017, salvo:

Art. 9- Responsabilidades esenciales,

Art. 2 - Principios y 11.- Impedimentos

literales m) y n) de la Ley - 8/1/2017

Art. 248-A Reglam. Impedimento por

Prácticas Corruptas - 20/3/2017

Ámbito de Aplicación

Nuevo supuesto excluido no sujeto a

supervisión por el OSCE:

- Asociaciones pùblico privadas y

proyectos en activos regulados en los

Decretos Legislativos 1224 y 674

Supuestos excluidos sujetos a supervisión

por el OSCE:

Ámbito de Aplicación

• En el caso de contrataciones del Estado

peruano con otro Estado se precisa que

siempre que ese otro Estado realice

prestaciones de bienes y servicios, a

través de sus propios organismos,

dependencias (entidades que

pertenezcan a la administración publica

del Estado) o empresas de propiedad

estatal, que estén bajo su control

Ámbito de Aplicación

• En el caso de contrataciones con

proveedores no domiciliados se incluye

como nuevas causales:

mayor valor de las prestaciones se

realice en territorio extranjero

MINSA advierta que contratación es

más ventajosa para satisfacer

necesidades de usuarios del sistema

nacional de salud

Ámbito de Aplicación

Nuevo supuestos excluido sujeto a

supervisión por el OSCE:

• Contratación de seguros patrimoniales

con proveedores no domiciliados:

Entidades deben sustentar en informe

técnico que contratación resulta más

ventajosa para satisfacer necesidades

Sustento debe considerar detalle de

coberturas, exclusiones y costos

Ámbito de Aplicación

Entidad debe verificar que empresa:

1. Esta constituida legalmente en un Estado

que cuente con clasificación de riesgo con

grado de inversión

2. Esta supervisada por autoridad

competente en su país

3. Esta autorizada para asegurar riesgos

contratados desde extranjero, incluyendo

cobertura del riesgo que contrata Entidad

Ámbito de Aplicación

Entidad debe verificar que empresa:

4. Acredita no tener impedimento legal para

pagar en moneda de libre convertibilidad

las obligaciones del contrato de seguro

suscrito con la Entidad

5. Acredita que en país de origen no hay

restricciones gubernamentales o legales

para libre transferencia de recursos para

pago de obligaciones del contrato de

seguro

Ámbito de Aplicación

Entidad debe verificar que empresa:

6. Cuenta con clasificación de riesgo no

mayor a 12 meses que debe asegurar la

fortaleza financiera necesaria para

garantizar pago de obligaciones del

contrato de seguro

Principios

• Se precisa que los otros principios

generales del derecho público se

aplicarán en la medida que resulten

aplicables al proceso de contratación.

• Sirven de criterio de integración para

solucionar vacíos de la Ley

Principios

• Principio de Eficacia y Eficiencia: el

proceso de contratación y las decisiones

que se adopten en su ejecución, deben

garantizar la efectiva y oportuna

satisfacción de los fines públicos para

que tengan una repercusión positiva en

las condiciones de vida de las personas

Principios

• Principio de Integridad, la conducta de

los que participan en cualquier etapa del

proceso de contratación debe ser

honesta y veraz, con la finalidad de

evitar prácticas indebidas y en caso de

producirse, deben comunicarla a las

autoridades competentes en forma

directa y oportuna

Organización de la Entidad

para las Contrataciones

Facultades indelegables: Titular de Entidad

• Autorización prestación adicional de obra

(al siguiente nivel de decisión)

• Modificaciones del precio del contrato

• Encargo a organismos internacionales

Titular del Sector:

• Recurso de Anulación de Laudo

Organización de la Entidad

para las Contrataciones

Órgano encargado de las contrataciones:

• Certificación de sus servidores se realiza

por niveles y perfiles (Directiva 003-2017-

OSCE/CD)

• Puede formular requerimiento si lo solicita

área usuaria, si conoce objeto de

contratación, pero requerimiento debe ser

aprobado por dicha área

Organización de la Entidad

para las Contrataciones

• Las Entidades deben implementar, de

manera gradual, medidas dirigidas a

delimitar funciones y competencias de los

distintos servidores que participan en las

diferentes fases de los procesos de

contratación, a fin de promover que, en lo

posible, las mismas sean conducidas por

funcionarios o equipos de trabajo distintos

Responsabilidades

• Funcionarios y servidores son

responsables de organizar, elaborar

documentación y conducir proceso de

contratación y de ejecución del contrato,

cumpliendo fines públicos de contrato

• Entidades son responsables de prevenir y

solucionar de manera efectiva los

conflictos de intereses que puedan surgir

en contratación a fin de garantizar

cumplimiento de principios

Supervisión de la Entidad

• Cuando la supervisión sea contratada con

terceros, el plazo inicial del contrato debe

estar vinculado al del contrato de la

prestación a supervisar y comprender

hasta la liquidación de la obra o la

conclusión del servicio, de acuerdo a lo

que establece el reglamento

Impedimentos

• Se extiende a los subcontratistas

• Ministros y Viceministros solo al ámbito de

su sector

• Jueces de las Cortes Superiores,

Alcaldes y Regidores en el ámbito de su

competencia territorial

• Parientes del segundo grado de

consanguinidad

• 30% del capital o patrimonio social

Impedimentos

• Quienes por cargo o función que

desempeñan en su Entidad, tienen

influencia, poder de decisión o

información privilegiada sobre proceso de

contratación o conflicto de intereses

(intereses personales, laborales,

económicos o financieros del servidor

pudieran estar en conflicto con el interés

público o cumplimiento de las funciones y

deberes de su cargo) hasta 12 meses

Impedimentos

• En un mismo procedimiento de selección,

se presenten personas naturales o

jurídicas que pertenezcan a un mismo

grupo económico

• Personas inscritas en el Registro de

abogados sancionados por mala práctica

profesional, en Registro de funcionarios y

servidores destituidos y en todos los otros

registros creados por ley que impidan

contratar con el Estado

• Personas naturales condenadas en país o

extranjero, con sentencia consentida o

ejecutoriada, por concusión, peculado,

corrupción de funcionarios, enriquecimiento

ilícito, tráfico de influencias, delitos

cometidos en remates o procedimientos de

selección, o delitos equivalentes cometidos

en otros países

Que admita o reconozca comisión de

delitos ante autoridad competente

Impedimentos

• Personas jurídicas cuyos representantes

legales o personas vinculadas hubiesen

sido condenadas en el país o el extranjero,

con sentencia consentida o ejecutoriada

Por los mismos delitos

Que admitan o reconozcan comisión de

delitos ante autoridad nacional o extranjera

Representantes legales o personas

vinculadas a integrantes de un Consorcio

Impedimentos

• Persona vinculada: persona jurídica que

tenga mas del 30% del capital o persona

natural o jurídica que ejerce un control

(capacidad de dirigir o de determinar

decisiones del directorio, junta de

accionistas o socios) sobre ella

Impedimento se mantiene vigente por

plazo de condena o por plazo máximo

previsto como pena en caso de admisión,

o reconocimiento de la comisión del delito

Impedimentos

• Personas naturales o jurídicas que son

continuación, derivación, sucesión, o

testaferro, de otra persona impedida o

inhabilitada, independientemente de la

forma jurídica empleada para eludir dicha

restricción: fusión, escisión,

reorganización, transformación o

similares

Impedimentos

• Administrar y operar Banco de Laudos

Arbitrales de fácil acceso donde se pueda

identificar, árbitros, temas, plazo del

proceso, partes, entre otros

• Tribunal debe mantener coherencia entre

sus decisiones en casos análogos y

resguardar predictibilidad, emitiendo

acuerdos en Sala Plena semestralmente

como precedentes de observancia

obligatoria

Funciones del OSCE

• Inscripción tiene vigencia indeterminada

sujeta a actualización de información

• Proveedores tienen derecho a no

presentar ante entidades información

que esta en el RNP, debiendo entregar

declaración jurada y las entidades

verificar contenido en el RNP

Registro Nacional de Proveedores

• Incumplir prohibición que residente o

supervisor de obra, a tiempo completo,

preste servicios en más de una obra

(inhabilitación)

• Formular estudios de pre inversión,

expedientes técnicos o estudios definitivos

con omisiones, deficiencias o información

equivocada, que ocasionen perjuicio

económico a las Entidades (multa, y si

reincide: inhabilitación)

Nuevas Causales de Sanción

• Presentar cuestionamientos maliciosos o

manifiestamente infundados al pliego de

absolución de consultas y/u

observaciones. (multa, y si reincide:

inhabilitación).

• Presentar recursos maliciosos o

manifiestamente infundados. (multa, y si

reincide: inhabilitación).

Nuevas Causales de Sanción

ACTUACIONES

PREPARATORIAS

Plan Anual de Contrataciones

• Directiva Nº 005-2017-OSCE/CD

(03/2017)

• A los 5 días hábiles se publica en SEACE

y en el portal web de Entidad

• Debe incluir contrataciones iguales o

menores a 8 UIT a ser efectuadas

mediante Compras Corporativas y

mayores a 8 UIT

Requerimiento

• Especificaciones técnicas de bienes o

términos de referencia de servicios, no

deben estar direccionados

• Debe incluir requisitos de calificación

• Pueden ser mejorados, actualizados y/o

perfeccionados antes de aprobar el

expediente de contratación

Requerimiento

• No debe incluirse exigencias

desproporcionadas al objeto de la

contratación, irrazonables e innecesarias

referidas a la calificación de los potenciales

postores que limiten o impidan la

concurrencia de los mismos u orienten la

contratación hacia uno de ellos

Requerimiento

• Entidad debe analizar la necesidad de

contar con prestaciones accesorias a fin de

garantizar el mantenimiento preventivo y

correctivo en función de la naturaleza del

requerimiento

• indicar si hay ficha de homologación

aprobada, se encuentra en el listado de

bienes y servicios comunes o en Catálogo

Electrónico de Acuerdo Marco

Requerimiento

Obras, la planificación debe incluir:

• Identificación y asignación de riesgos

previsibles de ocurrir durante ejecución

• Acciones y planes de intervención para

reducir o mitigar riesgos conforme a los

formatos que apruebe el OSCE

• Análisis de riesgos implica clasificarlos por

niveles en función a probabilidad de

ocurrencia y su impacto en la obra

Requerimiento

• Número máximo de consorciados en

función a naturaleza de prestación

debidamente sustentado

• Porcentaje mínimo de participación en la

ejecución del contrato, para integrante del

consorcio que acredite mayor experiencia

• Se permite que por características de la

obra, entregas parciales del terreno.

Requerimiento

• Entidad debe adoptar medidas necesarias

para asegurar la disponibilidad oportuna

del terreno, a efecto de no generar

mayores gastos por demoras en la entrega

• Mecanismos para asegurar terminación de

la obra, por nulidad o resolución del

contrato por culpa del contratista

Requisitos de Calificación

• Se establecen de manera clara y precisa

• Bienes y Servicios en General: Experiencia

del postor hasta 3 veces Valor Referencial

• Servicios en General: Calificaciones del

personal clave, formación académica y

capacitación (horas lectivas y temas) se

acredita con constancias y certificados

Homologación de Requerimiento

• Fichas aprobadas son de uso obligatorio

para todas las contrataciones de las las

Entidades, con independencia del monto,

incluyendo aquellas que no se

encuentran bajo el ámbito de la Ley

• Contratación de requerimientos que

cuenten con ficha aprobada se realiza

mediante Adjudicación Simplificada

Homologación de Requerimiento

• Si el bien o servicio es incluido en el

Listado de Bienes y Servicios Comunes

corresponderá que se contrate mediante

Subasta Inversa Electrónica

• Si el bien o servicio esté incluido en un

Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco,

se utiliza este método especial para su

contratación

Valor Referencial

• Valor referencial se establece en virtud de

un estudio de mercado

• Se considera pluralidad de potenciales

postores en función del requerimiento y

factores de evaluación

• En bienes y servicios, no mayor a 3

meses a partir de aprobación del

expediente de contratación, pudiendo

actualizarse antes de la convocatoria

Estudio de Mercado

• Determina valor referencial, sobre la base

del requerimiento

• Toma en cuenta los requisitos de

calificación definidos por el área usuaria

• Existencia de pluralidad de marcas o

postores

• Posibilidad de distribuir la buena pro

Estudio de Mercado

• Se debe indicar criterios y metodología

utilizados, a partir de fuentes previamente

identificadas

• Cotizaciones (deben provenir de

proveedores cuyas actividades estén

directamente relacionadas con el objeto

de la contratación)

• Páginas web, Precios históricos

• Estructuras de costos, Catálogos

Estudio de Mercado

• En su elaboración se encuentra proscrita

toda práctica que oriente la contratación

hacia un proveedor o que incida de

manera negativa o distorsione la

competencia en el proceso de

contratación

Comité de Selección

• No pueden ser removidos sus integrantes

salvo Conflicto de intereses

• Un miembro puede solicitar que se

incorpore al expediente de contratación, la

documentación que ha utilizado para

fundamentar su voto

Comité de Selección

• Sus integrantes no pueden renunciar salvo

conflicto de intereses

• Renuncia se presenta por escrito

detallando razones que sustentan el

conflicto de intereses.

• Incurre en responsabilidad servidor que

temeraria o maliciosamente alega conflicto

de intereses inexistente para no cumplir

sus obligaciones

Comité de Selección

• Integrantes se encuentran obligados a

actuar con honestidad, probidad,

transparencia e imparcialidad en el

ejercicio de sus funciones, debiendo

informar con oportunidad sobre la

existencia de cualquier conflicto de

intereses y de comunicar a la autoridad

competente sobre cualquier acto de

corrupción, bajo responsabilidad

Documentos del Procedimiento

• Directiva 001-2017-OSCE/CD

• Bases deben incluir:

- Ficha de Homologación

- Ficha Técnica

- Valor referencial en bienes y servicios

• Solicitud de expresión de interés debe

incluir: Valor referencial y requisitos de

calificación

Documentos del Procedimiento

• En consultoría, se puede incluir el factor de

evaluación Calificaciones y/o experiencia

del personal clave con formación,

conocimiento, competencia y/o experiencia

similar al campo o especialidad que se

propone, así como en administración de

riesgos en obra, de ser el caso

METODOS DE CONTRATACION

Montos de Procedimientos 2017

PROCEDIMIENTO

DE SELECCIÓNBIENES

SERVICIOS

OBRAS

EN GENERAL CONSULTORÍAS

LICITACIÓN

PÚBLICA>= a S/.400,000 >= a S/. 1 800,000

CONCURSO

PÚBLICO>= a S/. 400,000

ADJUDICACIÓN

SIMPLIFICADA

< a S/. 400,000

> 32,400

< a S/.400,000

> 32,400

< a S/. 400,000

> a 32,400

< a S/. 1 800,000

> a 32,400

SELECCIÓN DE

CONSULTORES

INDIVIDUALES

< a S/. 40,000

> a 32,400

SUBASTA INVERSA

ELECTRÓNICA> a 32,400 > a 32,400

COMPARACIÓN

DE PRECIOS

< = a S/. 60,750

> a 32,400

< = a S/. 60,750

> a 32,400

Modalidad Mixta

• Contrataciones que impliquen la prestación

de servicios y obras de manera conjunta

• Infraestructura preexistente

• Finalidad es la obtención de resultados, de

manera permanente o continuada en un

período, a través de indicadores de niveles

de servicio

Modalidad Mixta

• Prestaciones directamente vinculadas

entre sí

• Mantener relación de complementariedad

que determine su tratamiento como una

unidad funcional dirigida a satisfacer una

determinada necesidad de la Entidad

• Contratista es responsable de ejecutar

correctamente totalidad de prestaciones

del contrato y subsanar oportunamente

las observaciones que se le formulen

Modalidad Mixta

• Se aplican normas del Sistema Nacional de

Programación Multianual y Gestión de

Inversiones, en lo que corresponda.

• Prestaciones de servicio representan una

mayor incidencia porcentual con relación al

componente de obra

• En TDR se incluye descripción de

características técnicas y condiciones de

contratación, atendiendo a las diferentes

prestaciones comprendidas

Disposiciones aplicables a los

Procedimientos de Selección

• Postor debe consignar en su oferta

dirección de correo electrónico para ser

notificado adicionalmente, de todos los

actos del procedimiento

• Traducción simple con la indicación y

suscripción de quien oficie de traductor

debidamente identificado

Disposiciones aplicables a los

Procedimientos de Selección

• Otorgada buena pro se debe permitir el

acceso de participantes y postores al

expediente de contratación

• Consentida buena pro, Entidad realiza

inmediata verificación de oferta de

postor ganador, si declaraciones,

información o documentación es falsa o

inexacta, declara nula buena pro o

contrato

Disposiciones aplicables a los

Procedimientos de Selección

• Entidad comunica al Tribunal para que

inicie el procedimiento administrativo

sancionador y al Ministerio Público para

que interponga acción penal

• Resolución o acuerdo que formaliza la

cancelación debe estar debidamente

motivado. Se elimina causales de

presupuesto insuficiente u otras razones

justificadas

Disposiciones aplicables a los

Procedimientos de Selección

• En bienes, servicios en general y

consultoría en general, Entidad puede

rechazar toda oferta por debajo del valor

referencial si se acredita objetivamente un

probable incumplimiento

• Plazo mínimo de 2 días hábiles para que

postor presente detalle de oferta

Disposiciones aplicables a los

Procedimientos de Selección

• En modalidad mixta se rechaza oferta

que supere 110% del valor referencial

• En ejecución o consultoría de obras se

rechazan las ofertas que se encuentren

por debajo en un 20% del promedio de

todas las ofertas admitidas, incluido el

Valor Referencial

LP Bienes y Obras y CP Servicios

en General y Modalidad Mixta

• Plazo máximo de 5 días hábiles para

absolver consultas y observaciones

• Si por una consulta u observación debe

modificarse requerimiento, debe

solicitarse autorización del área usuaria

y remitirla a la dependencia que aprobó

el expediente de contratación para su

aprobación

LP Bienes y Obras y CP Servicios

en General y Modalidad Mixta

• Pronunciamiento del OSCE se emite y

notifica máximo a los 7 días hábiles

• Entidad debe remitir expediente

completo al día hábil siguiente de

recibida solicitud de elevación

• OSCE no puede solicitar a Entidad la

información registrada en el SEACE

LP Bienes y Obras y CP Servicios

en General y Modalidad Mixta

• Después de abierto sobre que contiene

la oferta, notario o juez de paz

procederá a sellar y firmar cada hoja de

los documentos de la oferta

• En bienes si oferta supera valor

referencial, postor puede reducir su

oferta económica

• Calificación de oferta de los 2 postores

con mejor puntaje

• Después de abierto cada sobre que

contiene la oferta económica el notario

público o juez de paz procederá a sellar

y firmar oferta

• Coeficientes de ponderación

Técnica: 0.80 < c1< 0.90

Económica: 0.10 < c2< 0.20

CP Consultoría

• Recepción de expresiones de interés y

selección.

• Calificación de expresiones de interés, en

un plazo no mayor a 3 días hábiles de

vencido el plazo para su recepción

• Buena pro se publica en el SEACE a más

tardar al día hábil siguiente de realizadas

las entrevistas

Selección Consultores Individuales

• Si el bien o servicio también se

encuentra incluido en el Catálogo

Electrónico de Acuerdo Marco, la

Entidad evalúa y determina la alternativa

mas eficiente para el cumplimiento de

sus objetivos

• Directiva 002-2017-OSCE/CD (3-2017)

• Si se declara desierto, se convoca una

Subasta Inversa Electrónica

Subasta Inversa Electrónica

Servicios especializados de Asesoría

Legal, Contable, Económica o afín para

Defensa de:

• Funcionarios, ex funcionarios

• Servidores, ex servidores

• miembros y ex miembros de las

Fuerzas Armadas y Policiales por

actos funcionales

• Normas de la materia

Contratación Directa

Servicios de capacitación de interés

institucional

• Instituciones acreditadas por el

SINEACE

• Organismos Internacionales

especializados cuyo objeto o finalidad

sea la prestación de servicios de

formación, capacitación o asistencia

técnica

Contratación Directa

Cuando no llegue a suscribirse el contrato,

se dejara sin efecto la adjudicación

efectuada debiendo la Entidad continuar

con las acciones que correspondan

Contratación Directa

Catálogos Electrónicos

de Acuerdo Marco

• Acuerdos Marco deben incluir Cláusula

Anticorrupción

• Directiva Nº 007-2017-OSCE/CD

• En computadoras de escritorio y

portátiles y escáneres, se aplica la

prohibición de fraccionamiento

Catálogos Electrónicos

de Acuerdo Marco

• En el caso de los bienes de ayuda

humanitaria y emisión de boletos

electrónicos para transporte aéreo

nacional de pasajeros, si el bien o

servicio se encuentra en el Catálogo

Electrónico, las Entidades están

obligadas a contratarlos a través del

Catalogo, con independencia del monto

EJECUCION CONTRACTUAL

DE BIENES Y SERVICIOS

Requisitos:

• Constancia de no estar inhabilitado o

suspendido, salvo Comparación de

Precios, Entidad verifica vigencia

No se otorga Garantía:

• Contratos derivados de compras

corporativas, cuando monto por Entidad

no supere S/. 100,000

Perfeccionamiento de Contrato

Clausula Obligatoria Anticorrupción, no

participar en prácticas corruptas, - nulidad

• Si se incumple durante la ejecución del

contrato, la Entidad lo puede resolver

automáticamente y de pleno derecho

• Entidad comunica resolución, sin

perjuicio de acciones civiles, penales y

administrativas

Contenido del Contrato

Clausulas Anticorrupción

1. Declaración y garantía del contratista de

no haber, directa o indirectamente

ofrecido, negociado o efectuado,

cualquier pago, beneficio o incentivo

ilegal en relación al contrato

Persona jurídica: socios, integrantes de

órganos de administración, apoderados,

representantes legales, funcionarios o

asesores

Contenido del Contrato

Clausulas Anticorrupción

2. Obligación del contratista de conducirse

durante del contrato, con honestidad,

probidad, veracidad e integridad y no

cometer actos ilegales o corrupción, directa

o indirectamente o a través de socios,

accionistas, integrantes de órganos de

administración, apoderados,

representantes legales, funcionarios o

asesores

Contenido del Contrato

Clausulas Anticorrupción

3. Compromiso del contratista de:

- Comunicar a autoridades competentes,

directa y oportunamente, cualquier acto

o conducta ilícita o corrupta

- Adoptar medidas técnicas, organizativas

y/o de personal apropiadas para evitar

dichos actos o practicas

Contenido del Contrato

• Cuando la supervisión sea contratada

con terceros, el plazo inicial del contrato

debe estar vinculado al del contrato de la

prestación a supervisar y comprender

hasta la liquidación de la obra o la

conclusión del servicio

Plazo del Contrato

• Cuando en el contrato de supervisión las

actividades comprenden la liquidación

del contrato de obra:

- Contrato culmina en caso liquidación

sea sometida a arbitraje

- Pago hasta recepción de obra es por

tarifas mientras que participación del

supervisor en procedimiento de

liquidación debe pagarse a suma

alzada

Plazo del Contrato

Si varia precio facultad indelegable del Titular

Informe técnico legal que sustente:

• necesidad de modificar para cumplir con

objeto contractual oportuna y eficiente

• que no se cambian los elementos

esenciales del objeto de la contratación

• que modificación deriva de hechos

sobrevinientes al perfeccionamiento del

contrato no imputables a las partes

Modificaciones del Contrato

• En consultorías y modalidad mixta

Entidad otorga plazo entre 5 y 20 días,

dependiendo de la complejidad

• Excepcionalmente, pago puede realizarse

por adelantado cuando, sea condición de

mercado para entrega de bienes o

prestación de servicios, previa garantía

por igual monto, cuando corresponda

Recepción, Conformidad, Pago

• Los pagos por adelantado y a cuenta no

constituyen pagos finales, por lo que el

contratista sigue siendo responsable

hasta el cumplimiento total de la

prestación objeto del contrato

• Pago reconocido a contratista por laudo

arbitral se realiza cuando establezca el

laudo y máximo con liquidación o

conclusión del contrato, salvo que

arbitraje concluya después

Pago

• Cualquiera de las partes puede resolver el

contrato por hecho sobreviniente al

perfeccionamiento del contrato que no sea

imputable a alguna de las partes

• No corresponde el pago de daños y

perjuicios en los casos de corrupción de

funcionarios o servidores propiciada por

parte del contratista

Resolución de Contrato

Es nulo el contrato en cuyo procedimiento

de selección se ha incurrido en prácticas

corruptas, fraudulentas, colusorias o ilícitas

Causales:

• Cuando se verifique la trasgresión al

principio de presunción de veracidad,

previo descargo

Nulidad de Contrato

Causales:

• Cuando se acredite que contratista, sus

accionistas, socios o empresas vinculadas,

o sus directores, funcionarios, empleados,

asesores, representantes legales o

agentes, ha pagado, recibido, ofrecido,

intentado pagar o recibir u ofrecer en el

futuro algún pago, beneficio indebido,

dadiva o comisión por contrato o

procedimiento

Nulidad de Contrato

Causales:

• Acreditación se efectúa:

- Con sentencia judicial consentida o

ejecutoriada o

- Cuando se hubiera admitido y/o

reconocido expresamente haber

cometido actos ilícitos por contrato o

procedimiento

Nulidad de Contrato

• El contratista es responsable de realizar

correctamente la totalidad de las

prestaciones derivadas de la ejecución del

contrato.

• Debe realizar todas las acciones que estén

a su alcance, empleando la debida

diligencia y apoyando el buen desarrollo

contractual para conseguir los objetivos

públicos previstos.

Responsabilidad del Contratista

• Responsabilidad por la adecuada

formulación del Expediente Técnico o

Estudios Definitivos corresponde al

proyectista y a la supervisión, de acuerdo

al alcance de los respectivos contratos, y la

aprobación a la Entidad

Responsabilidad del Contratista

• En los contratos de consultoría para

elaborar los expedientes técnicos de obra,

la responsabilidad del contratista por vicios

ocultos puede ser reclamada por la Entidad

por un plazo no menor de 1 año después

de la conformidad de obra otorgada por la

Entidad.

Responsabilidad del Contratista

SOLUCION DE CONTROVERSIAS

• Tribunal conoce recurso cuando valor

referencial del procedimiento sea mayor

a 50 UIT (S/. 202,500.00), monto igual o

menor conoce Titular de Entidad

• Actuaciones materiales relativas a la

planificación son impugnables

• Procedimiento de implementación o

extensión de Catálogos Electrónicos de

Acuerdo Marco: plazo 8 días hábiles

Recurso de Apelación

• Interpuesto el recurso se suspende el

procedimiento de selección, salvo

Acuerdo Marco.

• Se elimina la autorización de abogado

como requisito de admisibilidad

Recurso de Apelación

Improcedencia:

• Cuando Entidad o Tribunal, no es

competente. No es de aplicación el

artículo 130 de la Ley N° 27444

• Impugnante carezca de interés para

obrar. Postor que impugna adjudicación

de buena pro, no cuestiona que su oferta

ha sido descalificada o no ha sido

admitida

Recurso de Apelación

• Titular no puede delegar, facultad de

resolver recurso, a miembros del comité,

de selección, al OEC u a otro servidor que

tenga conflicto de intereses que pueda

perjudicar la imparcialidad de la decisión

• Notificación de traslado del recurso de

Entidad a otros postores, se efectúa a

través de la publicación del recurso de

apelación y sus anexos en el SEACE

Recurso de Apelación

• Entidad notifica resolución a través del

SEACE, en máximo 10 días hábiles del

día siguiente de presentado o subsanado

recurso

• Titular o funcionario delegado, debe

contar con opinión previa de áreas técnica

y legal, cautelando que en la decisión no

intervengan servidores que participaron

en el procedimiento de selección.

Recurso de Apelación

Procedimiento ante el Tribunal

• Acumulación de recursos se efectúa al

procedimiento de impugnación más

antiguo.

• Admitido recurso, Tribunal notifica a la

Entidad y a postores que pudieran verse

afectados con resolución, con recurso de

apelación y anexos, mediante el SEACE

Recurso de Apelación

Procedimiento ante el Tribunal:

• Acumulación de recursos se efectúa al

procedimiento de impugnación más

antiguo.

• Admitido recurso, Tribunal notifica a la

Entidad y a postores que pudieran verse

afectados con resolución, con recurso de

apelación y anexos, mediante el SEACE

Recurso de Apelación

Procedimiento ante el Tribunal:

• Si el Tribunal advierte de oficio vicios de

nulidad en el procedimiento, corre

traslado a las partes para que se

pronuncienen un plazo de 5 días hábiles.;

sin perjuicio que pueda realizar este

emplazamiento en la audiencia pública

que se desarrolle.

Recurso de Apelación

• Junta de Resolución de Disputas (obras

mayores a S/. 5 millones)

• Conciliación deberá ser llevada a cabo

por un conciliador certificado por MINJUS

• Las partes pueden pactar la conciliación

como mecanismo previo al inicio de un

arbitraje.

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Entidad al realizar análisis costo-beneficio

para conciliar o rechazar propuesta del

contratista, debe ponderar:

Los costos en tiempo y recursos del

proceso arbitral

expectativa de éxito de seguir arbitraje

conveniencia de resolver la

controversia a través de la conciliación

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Se podrán considerar los riesgos que

representa la controversia en el normal

desarrollo de la ejecución contractual,

incluyendo el de no poder alcanzar la

finalidad del contrato al no adoptarse un

acuerdo conciliatorio

• Informe técnico legal previo debidamente

sustentado

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Constituye responsabilidad funcional:

no impulsar o proseguir con la vía

arbitral cuando en el informe técnico

legal se recomiende acudir al arbitraje

impulsar o proseguir la vía arbitral

cuando el informe técnico legal

determine que la posición de la

Entidad razonablemente no será

acogida en el arbitraje

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Postor podrá elegir entre arbitraje ad hoc

(< = 25 UIT) o institucional al presentar oferta. Si no elige, arbitraje es institucional

• En caso de arbitraje institucional, Entidad

incorpora en proforma de contrato, mínimo

2 instituciones arbitrales registradas ante

el OSCE que preferentemente deberán

encontrarse ubicadas en lugar del

perfeccionamiento del contrato

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Postor elige una de esas instituciones,

señalando orden de prelación con relación

a las demás al presentar su oferta. Si no

elige, Entidad elige institución y fija orden

• Dicho orden será respetado si se identifica

que institución arbitral no se encuentra

registrada y acreditada ante el OSCE al

momento del perfeccionamiento del

contrato o haya perdido su registro

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Arbitraje se iniciará ante cualquier

institución arbitral registrada y acreditada

ante el OSCE ubicada en el lugar del

perfeccionamiento del contrato o, sino ante

cualquier otra institución:

Cuando se precisa que el arbitraje es

institucional pero se designa a una

institución arbitral no acreditada

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

Cuando se señala que arbitraje es ad

hoc, y monto es mayor a 25 UIT

Cuando se encargó el arbitraje al SNA-

OSCE, cuando no corresponde

Cuando se trate de controversias que se

desprenden de órdenes de compra o de

servicios derivadas del Acuerdo Marco,

sino se ha incorporado convenio arbitral

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Árbitros deben estar Inscritos en el

Registro Nacional de Árbitros, solo en

caso de Arbitrajes Ad hoc

• Entidad propone número de árbitros en

proforma de contrato

• Postor puede consentir o no propuesta de

la Entidad al presentar su oferta

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Sino acepta o no se pronuncia o si Entidad

no propone número:

Si es arbitraje ad hoc: árbitro único

Si es arbitraje institucional, número se

determina conforme al reglamento

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

Recurso de Anulación de Laudo Arbitral

• Contratista debe presentar carta fianza

bancaria solidaria, incondicionada y de

realización automática en favor de la

Entidad al primer requerimiento, con una

vigencia no menor a 6 meses renovables

por tiempo que dure el trámite del recurso.

• 25% de suma que ordene pagar laudo

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Si laudo, en todo o en parte, es

declarativo o no es valorizable en dinero

o si requiere de liquidación, fianza será

del 3% del monto del contrato original

• Si se desestima recurso fianza se

entrega a Entidad para ejecución. Sino

se devuelve al contratista, bajo

responsabilidad

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

• Entidades no pueden interponer recurso

de anulación u otra actuación impugnable

en vía judicial, salvo que se cumplan las

siguientes condiciones conjuntamente:

Que acción judicial sea autorizada por

la máxima autoridad de Entidad, con

resolución debidamente motivada, bajo

responsabilidad. Facultad indelegable

Solución de Controversias

en Ejecución Contractual

Autorización sea aprobada por Titular

del sector correspondiente

Ministerios, autorización deberá ser

aprobada por Consejo de Ministros

• Procuradores públicos que no interponen

acciones no incurren en responsabilidad

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