acta de absoluciÓn de consultas y...

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COMITÉ ESPECIAL 1 ACTA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES AMC Nº 119-2012-PRODUCE SEGUNDA CONVOCATORIA (DERIVADA DE LA LP N° 002-2012-PRODUCE) “CONSTRUCCION DE OBRA EN INFRAESTRUCTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE AREAS DEL CITEMADERA PROYECTO SNIP Nº 126739” En la ciudad de Lima, distrito de San Isidro, el día 13 del mes de mayo de 2013, siendo las 15:00 horas, en la sala de reuniones de la Oficina de Logística del Ministerio de la Producción, se reunieron los miembros del Comité Especial, designado mediante Resolución Directoral Nº 0425-2012-PRODUCE-OGA, de fecha 18 de setiembre de 2012 y encargado de conducir el proceso de selección para la “Construcción de Obra en Infraestructura y Acondicionamiento de Áreas del CITEmadera Proyecto SNIP Nº 126739, a efectos de realizar la absolución de las consultas y observaciones presentadas al proceso de selección AMC Nº 119- 2012-PRODUCE Segunda convocatoria.. El Comité Especial está conformado por los siguientes miembros: Vilma Hanco Mamani; Presidente Suplente, quien asume en ausencia del titular, Elvis Ramiro Gonzales Narvasta; Miembro Titular, Wilson Edgard Barreto Del Castillo; Miembro Titular. AGENDA: Absolver las Consultas y Observaciones presentadas a las Bases formuladas por los participantes: GRECIA CONTRATISTAS GENERALES SRL. CONTRATISTAS LA UNIÓN SA MADISA INGENIEROS SAC MATH CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SAC PROMOCIONES SERVICE SRL Cabe precisar que mediante correo electrónico, el área usuaria remitió opinión técnica sobre las consultas y observaciones formuladas, las cuales se han considerado en la presente absolución. Acto seguido se procedió a absolver las consultas y observaciones presentadas, cuyos pliegos forman parte de la presente acta. No habiendo otro asunto que tratar se da por concluida la presente sesión suscribiéndose la presente acta, en señal de conformidad, siendo las 18:00 horas. Vilma Hanco Mamani Presidente Elvis Gonzáles Narvasta Miembro Wilson Barreto del Castillo Miembro

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  • COMITÉ ESPECIAL

    1

    ACTA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

    AMC Nº 119-2012-PRODUCE – SEGUNDA CONVOCATORIA (DERIVADA DE LA LP N° 002-2012-PRODUCE)

    “CONSTRUCCION DE OBRA EN INFRAESTRUCTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE AREAS DEL CITEMADERA PROYECTO SNIP Nº 126739”

    En la ciudad de Lima, distrito de San Isidro, el día 13 del mes de mayo de 2013, siendo las 15:00 horas, en la sala de reuniones de la Oficina de Logística del Ministerio de la Producción, se reunieron los miembros del Comité Especial, designado mediante Resolución Directoral Nº 0425-2012-PRODUCE-OGA, de fecha 18 de setiembre de 2012 y encargado de conducir el proceso de selección para la “Construcción de Obra en Infraestructura y Acondicionamiento de Áreas del CITEmadera Proyecto SNIP Nº 126739, a efectos de realizar la absolución de las consultas y observaciones presentadas al proceso de selección AMC Nº 119-2012-PRODUCE – Segunda convocatoria.. El Comité Especial está conformado por los siguientes miembros: Vilma Hanco Mamani; Presidente Suplente, quien asume en ausencia del titular, Elvis Ramiro Gonzales Narvasta; Miembro Titular, Wilson Edgard Barreto Del Castillo; Miembro Titular. AGENDA: Absolver las Consultas y Observaciones presentadas a las Bases formuladas por los

    participantes:

    GRECIA CONTRATISTAS GENERALES SRL.

    CONTRATISTAS LA UNIÓN SA

    MADISA INGENIEROS SAC

    MATH CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SAC

    PROMOCIONES SERVICE SRL

    Cabe precisar que mediante correo electrónico, el área usuaria remitió opinión técnica sobre las consultas y observaciones formuladas, las cuales se han considerado en la presente absolución. Acto seguido se procedió a absolver las consultas y observaciones presentadas, cuyos pliegos forman parte de la presente acta. No habiendo otro asunto que tratar se da por concluida la presente sesión suscribiéndose la presente acta, en señal de conformidad, siendo las 18:00 horas.

    Vilma Hanco Mamani Presidente

    Elvis Gonzáles Narvasta Miembro

    Wilson Barreto del Castillo Miembro

  • COMITÉ ESPECIAL

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    ABSOLUCIÓN DE PLIEGO DE CONSULTAS

    AMC Nº 119-2012-PRODUCE – SEGUNDA CONVOCATORIA

    GRECIA CONSTRATISTAS GENERALES SRL

    CONSULTA Nº 01:

    RESPUESTA:

    Se precisa que las gestiones para la obtención de la licencia de construcción serán realizadas por PRODUCE., por tanto el proveedor no será responsable de dicho trámite y no tendrá complicaciones al respecto en la ejecución del cronograma de ejecución de la obra.

    CONSULTA Nº 02:

    RESPUESTA:

    Se precisa que: - Para el Ingeniero Residente, como requisito mínimo, debe acreditarse todos los requisitos

    establecidos en las bases.

    - Lo señalado en la nota referente a que “la suma de las DOS obras requeridas como requisito

    mínimo no debe ser menor a 03 millones de soles” está referida a los requisitos DEL

    POSTOR y no al Residente de Obra.

    - Se confirma que para acreditar la experiencia del Residente de Obra, se aceptará

    experiencias adquiridas como Residente, Supervisor y/o Inspector de Obras.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    CONSTRATISTAS LA UNION SA

    CONSULTA Nº 01:

    RESPUESTA:

    Se precisa que las 2 obras presentadas para cumplir con los requisitos mínimos, podrán ser presentadas también para acreditar los factores de evaluación que correspondan.

    MADISA INGENIEROS SAC

    CONSULTA Nº 01:

    RESPUESTA:

    Se confirma que en caso de empate, el desempate se efectuará observando lo dispuesto en el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    MATH CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SAC

    CONSULTA Nº 01:

    RESPUESTA:

    Se precisa que los requerimientos técnicos mínimos, incluyendo los referidos al personal propuesto han sido determinados por el área usuaria y considerados dentro de los costos, de conformidad con lo dispuesto por la normatividad vigente de contrataciones y justificado en la naturaleza del proceso de contratación.

    CONSULTA Nº 02:

  • COMITÉ ESPECIAL

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    RESPUESTA:

    Se precisa que los cargos requeridos son para cada especialidad, por tanto la experiencia requerida deberá ser acreditada según lo señalado en las bases, debiendo ceñirse a ellas.

    CONSULTA Nº 03:

    RESPUESTA:

    Las calificaciones del personal propuesto deben cumplir lo requerido en los requerimientos técnicos mínimos, según lo establecido por el área usuaria. Por tanto deberá ceñirse a las bases.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    CONSULTA Nº 04:

    RESPUESTA:

    Las calificaciones del personal propuesto deben cumplir lo requerido en los requerimientos técnicos mínimos, según lo establecido por el área usuaria. Por tanto deberá ceñirse a las bases.

    Cabe precisar que los factores de evaluación son opcionales, de presentación facultativa, por tanto no restringen la participación de los postores, máxime si su función principal es discriminar propuestas a favor de la Entidad.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    CONSULTA Nº 05:

    RESPUESTA:

    Las calificaciones del personal propuesto deben cumplir lo requerido en los requerimientos técnicos mínimos, según lo establecido por el área usuaria. Por tanto deberá ceñirse a las bases.

    Cabe precisar que los factores de evaluación son opcionales, de presentación facultativa, por tanto no restringen la participación de los postores, máxime si su función principal es discriminar propuestas a favor de la Entidad.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    CONSULTA Nº 06:

    RESPUESTA: Se precisa que en las bases no se solicita como requisito lo señalado por el participante.

    CONSULTA Nº 07:

    RESPUESTA: Se precisa que:

    - Las obras similares que se considerarán en el proceso han sido establecidas en las

    bases, las cuales no son incongruentes con el objeto de la convocatoria.

    - Se considerarán tanto obras públicas como privadas.

    - Se requiere que la obra a ejecutar contenga lo requerido en las bases por tratarse

    de prestaciones similares al objeto de la convocatoria.

    - Las obras similares que se considerarán en el proceso han sido establecidas en las

    bases, las cuales no son incongruentes con el objeto de la convocatoria.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    CONSULTA Nº 08:

    RESPUESTA: Se precisa que en las bases no se solicita como requisito lo señalado por el participante.

    CONSULTA Nº 09:

    RESPUESTA:

    Se confirma que los montos de mano de obra de los presupuestos están de acuerdo a la tabla del régimen de construcción civil.

    CONSULTA Nº 10:

    RESPUESTA:

    Se precisa que las gestiones para la obtención de la licencia de construcción serán realizadas por PRODUCE., por tanto el proveedor no será responsable de dicho trámite y no tendrá complicaciones al respecto en la ejecución del cronograma de ejecución de la obra.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    CONSULTA Nº 11:

    RESPUESTA:

    Se confirma que los precios de materiales están relacionados a la zona donde se ejecutará la obra.

    CONSULTA Nº 12:

    RESPUESTA: Se confirma que los documentos presentados para acreditar los requisitos técnicos mínimos también servirán para acreditar los factores de evaluación, en caso corresponda.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    PROMOCIONES SERVICE SRL

    CONSULTA Nº 01:

    RESPUESTA:

    Se precisa que los numerales a) y b) señalado por el participante NO se encuentra incluido en las bases, asimismo en caso de empate se procederá según los considerandos establecidos en el Art. 73º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    CONSULTA Nº 02:

    RESPUESTA:

    Se precisa que se validarán para el caso de los ingenieros, a) Electricista o Electromecánico y b) Sanitario; experiencia laboral en su respectiva especialidad en obras iguales o similares al objeto de la convocatoria. Asimismo, para validar las calificaciones y experiencias del personal propuesto, deberá adjuntarse al Anexo 09, copia simple de los documentos sustentatorios respectivos tales como: título profesional, contratos con su respectiva conformidad o actas de recepción de obra, constancias y/o certificados, según corresponda.

  • COMITÉ ESPECIAL

    12

    ABSOLUCIÓN DE PLIEGO DE OBSERVACIONES AMC 119-2012-PRODUCE – SEGUNDA CONVOCATORIA

    CONTRTISTAS LA UNION SA

    OBSERVACIÓN Nº 01:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, se eliminará la exigencia referida a que el Residente cuente con experiencia como Supervisor de Obras.

    OBSERVACIÓN Nº 02:

  • COMITÉ ESPECIAL

    13

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, bastará la presentación de una declaración jurada de contar con personal colegiado y habilitado vigente a la fecha de presentación de propuestas.

    OBSERVACIÓN Nº 03:

    RESPUESTA: Se Acoge parcialmente la Observación.

    Se eliminará el requisito de carta de compromiso de asumir el cargo de ingeniero Sanitario, modificándose por Carta de Compromiso de asumir el cargo de Ingeniero Electricista o Electromecánico. En lo referente a la experiencia laboral requerida, la misma ha sido establecida en función a los requerimientos de la Entidad señalados por el área usuaria, por tanto deberá ceñirse a ellas.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    OBSERVACIÓN Nº 04:

    RESPUESTA: Se Acoge parcialmente la Observación.

    Se eliminará el requisito de experiencia en supervisión de obras de su especialidad, siendo lo correcto, experiencia en obras de su especialidad. En lo referente a la experiencia laboral requerida, la misma ha sido establecida en función a los requerimientos de la Entidad señalados por el área usuaria, por tanto deberá ceñirse a ellas.

    OBSERVACIÓN Nº 05:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, la Entidad realizará las gestiones para la obtención de la licencia de construcción, por tanto el proveedor no será responsable de dicho trámite y no tendrá complicaciones al respecto en la ejecución del cronograma de ejecución de la obra.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    MADISA INGENIEROS SAC

    OBSERVACIÓN Nº 01:

    RESPUESTA: Se Acoge la Observación, adicionalmente a lo requerido, podrá adjuntarse cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del personal propuesto.

  • COMITÉ ESPECIAL

    16

    OBSERVACIÓN Nº 02:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, el suministro y la colocación de muebles son sólo referenciales y no son parte de la presente contratación.

    OBSERVACIÓN Nº 03:

    RESPUESTA: Se Acoge parcialmente la Observación, los equipos de computo y/o pc y sus accesorios son sólo referenciales y no son parte de la presente contratación, el cableado y puntos de salida si están presupuestados y deberán ejecutarse.

    OBSERVACIÓN Nº 04:

  • COMITÉ ESPECIAL

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    RESPUESTA: No se Acoge la Observación, los detalles del sistema de agua contra incendio se encuentran en los planos IS03, IS06 gabinete contra incendio. Se ratifica precio de partida.

    OBSERVACIÓN Nº 05:

    RESPUESTA: Se Acoge la Observación, lo señalado por el participante son instalaciones existentes, no son parte del proyecto y no están consideradas en el presupuesto.

    OBSERVACIÓN Nº 06:

    RESPUESTA: Se Acoge la Observación, lo señalado por el participante son instalaciones existentes, no son parte del proyecto y no están consideradas en el presupuesto.

    OBSERVACIÓN Nº 07:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, la Entidad realizará las gestiones para la obtención de la licencia de construcción, por tanto el proveedor no será responsable de dicho trámite y no tendrá complicaciones al respecto en la ejecución del cronograma de ejecución de la obra.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    OBSERVACIÓN Nº 08:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, sólo se suministrará e instalará el Gabinete contra incendio detallado, el cual ya está presupuestado, las instalaciones son parte del proyecto, mas no el calentador.

    OBSERVACIÓN Nº 09:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, se permitirá el cambio o reemplazo del personal según lo establecido en la normativa vigente de contrataciones.

    OBSERVACIÓN Nº 10:

    RESPUESTA:

    Se Acoge parcialmente la Observación, se corrige error material en el presupuesto. El proyecto se ejecutará de acuerdo a lo establecido en los planos del expediente técnico. Los costos de la obra han sido determinados en el expediente técnico.

  • COMITÉ ESPECIAL

    19

    OBSERVACIÓN Nº 11:

    RESPUESTA:

    Se Acoge parcialmente la Observación, el cableado de voz y data no es parte del proyecto, pero no se contempla renombrar la partida por no ser relevante.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    MATH CONSTRUCCION Y CONSULTORIA SAC

    OBSERVACIÓN Nº 01:

    RESPUESTA:

    No se Acoge la Observación, los requerimientos técnicos mínimos han sido establecidos por el área usuaria en observación a lo señalado por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, no existiendo contravención normativa alguna dada la envergadura del proyecto, por tanto deberá ceñirse a las bases. Cabe precisar que los factores de evaluación son adicionales y superan a lo establecido en los requisitos técnicos mínimos y son de presentación facultativa, no siendo restrictivo.

  • COMITÉ ESPECIAL

    21

    OBSERVACIÓN Nº 02:

    RESPUESTA:

    Se Acoge la Observación, se eliminará el requisito de experiencia en supervisión de obras de su especialidad.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    PROMOCIONES SERVICE SRL

    OBSERVACIÓN Nº 01:

    RESPUESTA

    SE ACOGE la Observación, Se corrige error material en descripción de partida en Presupuesto y Análisis de Precios Unitarios de Estructuras:

    Dice : 04.02 CONCRETO f'c=140 kg/cm2 PARA LOSA

    Debe decir : 04.02 CONCRETO f'c=210 kg/cm2 PARA LOSA

    OBSERVACIÓN Nº 02:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en el expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

    OBSERVACIÓN Nº 03:

    RESPUESTA

    SE ACOGE la Observación, se adjuntará el plano respectivo en las bases integradas. OBSERVACIÓN Nº 04:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en el expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

    OBSERVACIÓN Nº 05:

  • COMITÉ ESPECIAL

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    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en el expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

    OBSERVACIÓN Nº 06:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en el expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

    OBSERVACIÓN Nº 07:

    RESPUESTA

    SE ACOGE la Observación, Se corrige error material en descripción de partida en Presupuesto y Análisis de Precios Unitarios de Arquitectura: Dice : 03.04 PISO DE TERRAZO LAVADO Debe decir : 03.04 PISO DE TERRAZO PULIDO COLOR GRIS EN MESA DE CONCRETO PARA BAÑOS. El PISO DE TERRAZO PULIDO está definido en la partida 03.11 y el metrado corresponde a lo indicado en el plano A-01

    OBSERVACIÓN Nº 08:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en el expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    OBSERVACIÓN Nº 09:

    RESPUESTA

    SE ACOGE la Observación, Se corrige error material en presupuesto de Arquitectura:

    Dice : 06.01 PUERTA CONTRAPLACA DE MADERA 4MM

    Debe decir : 06.01 PUERTA CONTRAPLACADA DE MADERA 5.5MM

    OBSERVACIÓN Nº 10:

    RESPUESTA

    No se indica cual es la observación efectuada, por tanto carece de objeto pronunciarse al respecto.

    OBSERVACIÓN Nº 11:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, el suministro y la colocación de muebles son sólo referenciales y no son parte de la presente contratación.

    OBSERVACIÓN Nº 12:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en los planos del expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

  • COMITÉ ESPECIAL

    25

    OBSERVACIÓN Nº 13:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, los espejos y accesorios no son parte del proyecto.

    OBSERVACIÓN Nº 14:

    RESPUESTA

    Se Acoge parcialmente la Observación, los equipos de computo y/o pc y sus accesorios son sólo referenciales y no son parte de la presente contratación, el cableado y puntos de salida si están presupuestados y deberán ejecutarse.

    OBSERVACIÓN Nº 15:

  • COMITÉ ESPECIAL

    26

    RESPUESTA

    No se Acoge la Observación, los requerimientos técnicos mínimos han sido establecidos por el área usuaria en observación a lo señalado por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, no existiendo contravención normativa alguna dada la envergadura del proyecto, por tanto deberá ceñirse a las bases.

    OBSERVACIÓN Nº 16:

    RESPUESTA

    No se Acoge la Observación, las bases señalan que la sumatoria de ambas obras requeridas no deben ser menor a tres (03) millones de nuevos soles, por tanto deberá ceñirse a las bases.

  • COMITÉ ESPECIAL

    27

    OBSERVACIÓN Nº 17:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, adicionalmente a lo requerido, podrá adjuntarse cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del personal propuesto.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    OBSERVACIÓN Nº 18:

  • COMITÉ ESPECIAL

    29

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, se aceptará para acreditar la experiencia del Residente de Obra, a experiencias adquiridas como Residente, Supervisor y/o Inspector de Obras. Asimismo, el concepto de las obras similares será el mismo que el señalado en las bases.

    OBSERVACIÓN Nº 19:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, se precisa que en las bases sí se ha considerado la actualización de los montos (ver Anexo N° 06 y N° 07).

    OBSERVACIÓN Nº 20:

    RESPUESTA NO SE ACOGE la Observación, el expediente y las bases consideran lo indicado por el participante.

    OBSERVACIÓN Nº 21:

    RESPUESTA No se Acoge la Observación, los detalles del sistema de agua contra incendio se encuentran en los planos IS03, IS06 gabinete contra incendio. Se ratifica precio de partida.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    OBSERVACIÓN Nº 22:

    RESPUESTA

    SE ACOGE la Observación, se precisa que lo señalado son instalaciones existentes, no son parte de las partidas a ejecutar, por tanto no están considerados en el presupuesto.

    OBSERVACIÓN Nº 23:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, lo señalado por el participante son instalaciones existentes, no son parte del proyecto y no están consideradas en el presupuesto.

    OBSERVACIÓN Nº 24:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, lo señalado por el participante son instalaciones existentes, no son parte del proyecto y no están consideradas en el presupuesto.

    OBSERVACIÓN Nº 25:

    RESPUESTA

    NO SE ACOGE la Observación, Se precisa que la obra se ejecutará según lo indicado en el expediente técnico, de requerirse modificaciones se realizarán conforme a lo estipulado en la normativa vigente de contrataciones del Estado.

  • COMITÉ ESPECIAL

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    OBSERVACIÓN Nº 26:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, el área verde no es parte del proyecto.

    OBSERVACIÓN Nº 27:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, se precisa que las gestiones para la obtención de la licencia de construcción serán realizadas por PRODUCE., por tanto el proveedor no será responsable de dicho trámite y no tendrá complicaciones al respecto en la ejecución del cronograma de ejecución de la obra.

    OBSERVACIÓN Nº 28:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, se permitirá el cambio o reemplazo del personal según lo establecido en la normativa vigente de contrataciones.

    OBSERVACIÓN Nº 29:

    RESPUESTA

    Se Acoge la Observación, bastará la presentación de una declaración jurada de contar con personal colegiado y habilitado vigente a la fecha de presentación de propuestas.