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1 Guía de buenas prácticas de los Abogados que hacen uso de herramientas y/o redes sociales Versión 0.3 Fecha: 30 de abril de 2012 Autor: Paloma Llaneza (Secretaría Técnica)

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    GuadebuenasprcticasdelosAbogadosquehacenusodeherramientasy/oredessocialesVersin0.3

    Fecha:30deabrilde2012

    Autor:PalomaLlaneza(SecretaraTcnica)

    PacoResaltado

  • GuadebuenasprcticasdelosAbogadosquehacenusodeherramientasy/oredessociales

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    Contenido0.Introduccin..............................................................................................................................4

    1.Objetoyalcance........................................................................................................................5

    1.2.AlcanceAquinsedirigenestasrecomendaciones?.......................................................5

    1.3.Naturalezadeestagua......................................................................................................6

    3.Obligacionesdeontolgicas.......................................................................................................6

    3.1PrincipiosdelCdigoDeontolgicodelaAbogacaEspaoladeespecialaplicacin.........6

    3.2RelacinentreAbogadoCliente.......................................................................................12

    3.2.1Relacinatravsdelasredessociales.......................................................................12

    3.2.2Noexistenciaderelacinonline................................................................................12

    3.3Publicarcomentariosyopiniones.....................................................................................13

    4.Elusoderedessociales...........................................................................................................14

    4.1Personalvsprofesional.....................................................................................................14

    4.2LinkedInyTwitter..............................................................................................................16

    4.3Facebook,Tuenti,YouTube,Flickr,InstagramoPinterest................................................17

    4.4Redessocialesespecializadas............................................................................................17

    4.5Configuracindeprivacidad.............................................................................................18

    5.Ventajasyriesgosdelusodelasredessociales......................................................................18

    5.1Ventajas.............................................................................................................................19

    5.1.1Perfilymarcapersonal...............................................................................................19

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    5.1.2Compromisoconlosclientes.....................................................................................19

    5.1.3Audiencia....................................................................................................................19

    5.1.4Marketingypublicidad...............................................................................................19

    5.1.5Coste...........................................................................................................................20

    5.2Riesgos...............................................................................................................................20

    5.2.1Injurias........................................................................................................................20

    5.2.2Confidencialidad.........................................................................................................21

    5.2.3Controldelainformacin..........................................................................................21

    6.Establecimientodeunapolticadeusodelasredessociales.................................................22

    6.1Finalidaddeunapolticadeusodelasredessociales......................................................22

    6.1.1.Anlisis.......................................................................................................................23

    6.2Qudeberaincluirunapolticadeusoderedessociales?............................................24

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    0.Introduccin

    Las redes sociales son cada vez ms populares y su uso se ha venido extendiendo demanera exponencial, no slo como elemento de interrelacin y conversacin entrepersonasquecompartenelementoseinteresescomunesdesuvidaprivada,sinotambincomovehculodecomunicacinprofesional.

    No slo los abogados usan cada vez ms y de manera ms intensiva las redes yherramientas sociales, sino que sus clientes las tienen incorporadas como otraherramientamsde comunicacin, loquegenerauna expectativaporpartede stosdequelosabogadosconlosquetratanlasusentambin.

    Losbeneficiosque lasredessocialesofrecena losabogadosson innegables:noslosonunaherramientadecomunicacinquepermiteobtenerinmediatofeedbackoretornodelainformacinfacilitadasinoquetambinsehanconvertidoenunavabaratayaccesiblederemisinaclientesytercerosdeinformacingeneralnosujetaasecretoprofesional.

    Proporcionan, por otro lado, la posibilidad de establecer redes con otros profesionales,rompiendo las barreras temporales y geogrficas, constituyndose en un medio eficazpara favorecer el debate y el intercambio de experiencias, abriendo el mercado de losabogadosespaolesalmundo.

    Juntoconlasinnegablesventajasqueaportaelusodelasredessociales,nopuedendejardeconsiderarselosriesgosquesuusoporpartedelosabogadospuedecomportar,siendolos ms sealados la complicada distincin entre lo personal y lo profesional, elmantenimiento del secreto profesional que puede ser desvelado incluso de manerainconscientemedianteelusodeherramientasdegeoposicionamientocomoporejemplo4sq,ylaaplicabilidaddelasmismasnormasticasalosprofesionalesdelderechoenlaredquefueradeella.

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    1.ObjetoyalcanceEstaguatieneporobjetofacilitarelconocimientodelusodelasherramientasy/oredessocialesenelejercicioprofesionaldelaabogacaascomoproporcionarorientacinalosabogados que ejerzan tanto demanera individual como colectiva y que estn usando oconsiderenusarlasredessocialesdentrodesuactividadprofesional.

    Estaguaincluyeelusoderedessocialesentendidaslasmismascomoaquellasque,tantobasadas en entorno web como haciendo uso de aplicaciones en dispositivos mviles,conviertenlacomunicacinenundilogoactivo.Hayunapluralidadderedessocialesqueatraenaudienciasespecficascondiferentesfines,comoporejemplo:

    ComentariosenwebsdeinformacincomoporejemploYoperiodistadeElPas;

    RedessocialesbasadasenwebcomoFacebook,LinkedInoTuenti;

    Plataformas de intercambio de video y fotos como Pinterest, Instagram, Flickr oYouTube;

    Weblogs,incluidostantolosblogspersonalescomoloscorporativos;

    SitiosdemicrobloggingcomoTwitter;

    ForosdediscusincomoYahoo!GroupsoGoogleGroups;

    Onlinewikis que permiten compartir informacin demanera colaborativa comoWikipedia;o

    Cualquier otro sitio web que permita a cualquier persona o entidad el uso deherramientasdepublicacin.

    1.2.AlcanceAquinsedirigenestasrecomendaciones?A todos aquellos abogados en ejercicio colegiados en Madrid o que, debidamentecolegiadosenotrascorporaciones,ejerzanensuterritorioyestn interesadosenusaroestnyausandoherramientasoredessociales.

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    1.3.NaturalezadeestaguaEstaguaestablecebuenasprcticasenelmbitodesualcanceyobjetoytienecarcterdepura recomendacin. El cumplimiento de las recomendaciones que en la misma secontienennoprotegefrenteainfraccioneslegalesy/odeontolgicasenlasque,conformealalegislacinyreglamentos,elabogadopuedaincurrir.

    3.ObligacionesdeontolgicasLas obligaciones deontolgicas son siempre aplicables con independencia del medio atravsdelcualseejerzalaprofesin.ElusoderedessocialesnoexcluyelaobligacindecumplimientodelEstatutoGeneraldelaAbogaca,elCdigoDeontolgicoydemsnormasaprobadasoqueseapruebenensudesarrollo.

    3.1PrincipiosdelCdigoDeontolgicodelaAbogacaEspaoladeespecialaplicacinLa propia naturaleza de las redes sociales supone un reto a los valores esenciales delejercicioprofesional.Entrelasobligacionesyprincipiosquepuedenverseafectadosporelusodelasredessocialesenelejercicioprofesional,cabedestacarlassiguientes:

    Principio1Confianzaeintegridad

    La integridad personal es esencial en un abogado en su funcin de asesor en el que elclienteconfa.Porello, la integridadcreadoradeconfianzahadecaracterizar larelacinconlosclientes,otrosAbogadosyconlostribunales.

    Aslorecogeelartculo4delCdigoDeontolgico:

    1.Larelacinentreelclienteysuabogadosefundamentaenlaconfianzayexigedesteunaconductaprofesionalntegra,queseahonrada,leal,verazydiligente.

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    2.Elabogado,estobligadoanodefraudarlaconfianzadesuclienteyanodefenderinteresesenconflictoconlosdeaqul.

    3. En los casos de ejercicio colectivo de la abogaca o en colaboracin con otrosprofesionales, el abogado tendr el derecho y la obligacin de rechazar cualquierintervencin que pueda resultar contraria a dichos principios de confianza eintegridad o implicar conflicto de intereses con clientes de otros miembros delcolectivo.

    LosAbogadoshandecomportarsedetalmaneraquesemantengalaconfianzaenellos,enparticular,yenlaprestacindeserviciosjurdicos,engeneral.Cualquiercomportamientodeunabogado,tantodentrocomofueradelaprofesin,quesocaveestaconfianzadaanosloalabogadoquelorealizasinoalaprofesinlegalensuconjuntoentantoqueservicioalasociedad.

    Principio2Independencia

    Laindependenciaserefiereaalgomsquea la independenciaenelasesoramiento,ysepredicadelaindependenciapersonaly/odeldespachoenelqueseprestanservicios.Hayqueevitaraquellassituacionesen lasquesepongaenriesgo la independencia,segnserecogeenelartculo2delCdigoDeontolgico,queestablece:

    1. La independencia del abogado es una exigencia del Estado de Derecho y delefectivoderechodedefensadelosciudadanos,porloqueparaelabogadoconstituyeunderechoyundeber.

    2. Para poder asesorar y defender adecuadamente los legtimos intereses de susclientes,elabogadotieneelderechoyeldeberdepreservarsuindependenciafrenteatodaclasedeinjerenciasyfrentealosinteresespropiosoajenos.

    3. El abogado deber preservar su independencia frente a presiones, exigencias ocomplacencias que la limiten, sea respecto de los poderes pblicos, econmicos ofcticos, los tribunales, su cliente mismo o incluso sus propios compaeros ocolaboradores.

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    4.Laindependenciadelabogadolepermiterechazarlasinstruccionesque,encontrade sus propios criterios profesionales, pretendan imponerle su cliente, suscompaeros de despacho, los otros profesionales con los que colabore o cualquierotrapersona,entidadocorrientedeopinin,cesandoenelasesoramientoodefensadel asunto de que se trate cuando considere que no pueda actuar con totalindependencia.

    5.Suindependenciaprohbealabogadoejercerotrasprofesionesoactividadesquelalimiten o que resulten incompatibles con el ejercicio de la abogaca, as comoasociarseocolaborarprofesionalmenteconempresasoprofesionalesquelasejerzan,ohaceruso,enrelacinconellas,delasposibilidadescontempladasenelartculo29delEstatuto.

    Principio3Secretoprofesional

    Elabogadoentodassusactuacioneshabrdeactuarsujetoalaconfidencialidaddeloquesepa,incluyendo,enalgunoscasos,elnombrey/oubicacinfsicadesusclientesoinclusoquemantiene reuniones con l, el lugar y elmomento de lasmismas. El artculo 5 delCdigoDeontolgicoestableceloslmitesdeldeber/derechodesecretoprofesionalenlossiguienteslmites:

    1.Laconfianzayconfidencialidadenlasrelacionesentreclienteyabogado,nsitaenelderechodeaqulasuintimidadyanodeclararensucontra,ascomoenderechosfundamentalesde terceros, imponealabogadoeldebery leconfiereelderechodeguardar secreto respectode todos loshechosonoticiasque conozcapor razndecualquiera de las modalidades de su actuacin profesional, sin que pueda serobligadoadeclararsobre losmismoscomoreconoceelartculo437.2de lavigenteLeyOrgnicadelPoderJudicial.

    2.Eldeberyderechoalsecretoprofesionaldelabogadocomprendelasconfidenciasypropuestasdelcliente,lasdeladversario,lasdeloscompaerosytodosloshechosydocumentosdequehayatenidonoticiaohayarecibidoporrazndecualquieradelasmodalidadesdesuactuacinprofesional.

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    3.Elabogadonopodraportaralostribunales,nifacilitarleasuclientelascartas,comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte, salvo expresaautorizacindelmismo.

    4.Lasconversacionesmantenidascon losclientes, loscontrariososusabogados,depresenciaoporcualquiermediotelefnicootelemtico,nopodrnsergrabadassinpreviaadvertenciayconformidaddetodoslosintervinientesyentodocasoquedarnamparadasporelsecretoprofesional.

    5. En caso de ejercicio de la abogaca en forma colectiva, el deber de secreto seextenderfrentealosdemscomponentesdelcolectivo.

    6.Entodocaso,elabogadodeberhacerrespetarelsecretoprofesionalasupersonalyacualquierotrapersonaquecolaboreconlensuactividadprofesional.

    7.Estosdeberesdesecretoprofesionalpermaneceninclusodespusdehabercesadoenlaprestacindelosserviciosalcliente,sinqueestnlimitadoseneltiempo.

    8. El secreto profesional es un derecho y deber primordial de laAbogaca. En loscasos excepcionales de suma gravedad en los que, la obligada preservacin delsecretoprofesional,pudieracausarperjuiciosirreparablesoflagrantesinjusticias,elDecanodelColegioaconsejaralAbogadoconlafinalidadexclusivadeorientary,sifuera posible, determinar medios o procedimientos alternativos de solucin delproblemaplanteadoponderandolosbienesjurdicosenconflicto.Ellonoafectaalalibertaddelcliente,nosujetoalsecretoprofesional,perocuyoconsentimientoporssolonoexcusaalAbogadodelapreservacindelmismo.

    Habrndetenerseenconsideracin,igualmente,lasprevisionesdelCdigoDeontolgicoenmateriadepublicidadycompetenciadeslealcontenidosensusartculos7y8:

    Artculo7.Delapublicidad

    1.Elabogadopodrrealizarpublicidad,queseadigna,lealyveraz,desusserviciosprofesionales, con absoluto respeto a la dignidad de las personas, a la legislacinexistente sobre dichas materias, sobre defensa de la competencia y competencia

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    desleal, ajustndose en cualquier caso a las normas deontolgicas recogidas en elpresenteCdigoylasque,ensucaso,dicteelConsejoAutonmicoyelColegioencuyombitoterritorialacte.

    2.SeentiendequevulneraelpresenteCdigoDeontolgico,aquellapublicidadquecomporte,entreotrossupuestos:

    a)Revelardirectao indirectamentehechos,datoso situacionesamparadosporelsecretoprofesional.

    b)Revelardirectao indirectamentehechos,datoso situacionesamparadosporelsecretoprofesional.

    c)Afectaralaindependenciadelabogado.

    d)Prometer laobtencinderesultadosquenodependanexclusivamentedelaactividaddelabogadoquesepublicita.

    e)Hacer referenciadirectao indirectamenteaclientesdelpropioAbogadoque utiliza la publicidad o a asuntos llevados por ste, o a sus xitos oresultados.

    f)Dirigirseporsomediantetercerosavctimasdeaccidentesodesgraciasque carecen de plena y serena libertad para la eleccin de abogado porencontrarse en esemomento sufriendo una reciente desgracia personal ocolectiva,oasusherederosocausahabientes.

    g) Establecer comparaciones con otros abogados o con sus actuacionesconcretasoafirmacionesinfundadasdeautoalabanza.

    h)Utilizar los emblemas o smbolos colegiales y aquellos otros que por susimilitudpudierangenerarconfusin,yaquesuusoseencuentrareservadonicamentea lapublicidadinstitucionalque,enbeneficiode laprofesinengeneral,slopuedenrealizarlosColegios,ConsejosAutonmicosyelConsejoGeneraldelaAbogacaEspaola.

    i)Incitargenricaoconcretamentealpleitooconflicto.

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    j)Utilizarmedios o expresiones, audiovisuales o escritos que supongan undescrdito,denigracinymenospreciodelaAbogaca,delaJusticiaydesussmbolos.

    k)NoidentificaralAbogadooBufeteColectivoqueofrecesusservicios.

    l)Utilizarmediosocontenidoscontrariosaladignidaddelaspersonas,delaAbogacaodelaJusticia.

    Artculo8.Competenciadesleal

    1.ElAbogadonopuedeprocederalacaptacindeslealdeclientes.

    2. Son actos de competencia desleal todos aquellos que contravengan las normastantoestatalescomoautonmicasque tutelen la lealcompetenciayenespecial lossiguientes:

    a) La utilizacin de procedimientos publicitarios directos e indirectoscontrariosalasdisposicionesdelaLeyGeneraldePublicidad,yalasnormasespecficassobrepublicidadcontenidasenelpresenteCdigoDeontolgicoyrestantesnormascomplementarias.

    b)TodaprcticadecaptacindirectaoindirectadeclientesqueatentenaladignidaddelaspersonasoalafuncinsocialdelaAbogaca.

    c) La utilizacin de terceros como medio para eludir las obligacionesdeontolgicas. Se considerar responsable al abogado o abogadosfavorecidos por tal publicidad en caso de incumplimiento del art. 28.3 delEstatuto General de la Abogaca Espaola en tanto no acrediten su totalajeneidad y su dimisin inmediata del encargo profesional al tenerconocimientodeaquella.

    d) La percepcin o el pago de contraprestaciones infringiendo las normaslegalessobrecompetenciaylasestablecidasenesteCdigoDeontolgico.

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    e)Lacontravencindelosartculos.15y16deesteCdigo,y/olaprestacinde servicios gratuitos que suponga la venta a perdida en los trminosestablecidosenelartculo17delaLeydeCompetenciaDesleal.

    3.2RelacinentreAbogadoCliente

    3.2.1RelacinatravsdelasredessocialesSise inici larelacinconelclienteatravsdelasredessociales,nohayningnmotivoparadejaradeusarlassibien,encasodecontinuarhaciendousodeaquellas,habrndetenerse en consideracin los principios y reglas establecidos en el apartado 3.1 de estagua y, en general, en el Estatuto General de la Abogaca y en el CdigoDeontolgico ydemsnormasdedesarrollo.

    EsteseraelcasodeentrarencontactoconunclienteoelclienteconelabogadoatravsdesuperfildeLinkedIn,bienparaencargarleunasuntobienparasertanslocontactosen la mencionada red. Cualquier asesoramiento que se realice al cliente habr demantenerse,sinembargo,poruncanaldiferentequegaranticelaconfidencialidaddelascomunicaciones.

    3.2.2NoexistenciaderelacinonlineIncluso en el caso de que no semantenga relacin con los clientes a travs de una redsocial, el abogado ha de ser consciente que su presencia en redes sociales puede tenerimpactoinvoluntarioenlasobligacioneslegalesydeontolgicasconlosclientes.

    Por ejemplo, si el abogado comenta en Twitter que se encuentra en un sitio en unmomentodeterminadopuededemanerainvoluntariafaltaralaconfidencialidaddebidacon el cliente al facilitar informacin del mismo, con lo que podra faltar al deber desecretoprofesional.

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    3.3PublicarcomentariosyopinionesUnodelosbeneficiosdelautilizacindelasredessocialeseslacapacidaddesususuariosdecompartirsusexperienciasyopiniones,departicipareneldebate.

    A diferencia de otras formas ms tradicionales de comunicacin, las redes socialespermitenalosabogados,tantoanivelnacionaleinternacional,interactuarmsfcilmenteconotrosprofesionalesdeotrosterritorios.

    Si bien por lo general los comentarios se referirn a temas o informacin legal deactualidad, las redes sociales permiten publicar comentarios u opiniones acerca de losclientes,suscasosyotrosabogados.Hayquesermuycuidadosoparanopublicarestetipodeinformacin,sopenadeincurrirenalgunadelasinfraccionesdedeberesdeontolgicosapuntadosmsarriba.Quelaherramientapermitaopinar,inclusoencaliente,detemasopersonas,juecesoclientes,ellonoquieredecirquedebahacerse.

    Porejemplo,esposiblequeenelfragordeldebatesobreelestadodelajusticiasehagancomentarios acerca de experiencias anteriores que ofendan a clientes, jueces ocontrapartesoquesedesveleinformacinsobreuncasopasadoeninfraccindeldeberdesecretoprofesional

    CuandoseestconsiderandoparticiparenestetipodedebatesopublicaruncomentarioountuithadeconsiderarseprimerosisevanacontravenirlasdisposicionesdelCdigoDeontolgico en lo relativo a secreto profesional, conflicto de intereses, publicidad ointegridad.

    Porejemplo,hayquetenerespecialcuidadoconelusodemensajeraomensajesdirectosen redes sociales, pues puede estarse haciendo un comentario despectivo sobre unabogado,unclienteounjuezpensandoqueseestmandandoaunapersonaconcretayacabarpublicndoloenelmurodeFacebookocomountuitenabiertoparatodoslosseguidores.

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    Hayquesealar,adems,quelasredessocialessonmediosinidneosparaintercambiar,aunqueseaenprivado, informacindenuestros clientesoasuntos, yaque sibienyenprincipionopuedeser ledaportercerossiseusanlasopcionesadecuadas,s loesporlos administradoresde la redquepresta sus serviciosdemanera gratuita a cambiodetratar nuestros datos y comunicaciones. Por tanto, hay que recordar que en las redessocialesnohayexpectativadeconfidencialidadynopuedenserusadasconesefin.Enocasioneslapublicacindeopinionesporpartedelosabogadospuedeserinterpretadacomounaopinindelconjuntodelaprofesin,socavandolaconfianzaquelasociedadhade tener en los profesionales del derecho, reflejndose negativamente en la profesinjurdica en general. Por ello, ha de tenerse especial cuidado en distinguir los perfilesprivadosdelosprofesionales,comoindicaremosenelapartado4.1.

    Porejemplounabogadopuederecurriralanonimatoparapublicaruncomentarioacercade un cliente o un caso en una red social que puede acabar siendo recogido por losmediosdecomunicacinengraveinfraccindeldeberdesecretoprofesional.

    4.ElusoderedessocialesLas redes sociales permiten la comunicacin entre sus usuarios que, a travs de losperfiles que de s mismos crean, publican sus comentarios, opiniones, fotos o vdeos,conectndoseconsusamigososeguidoresaceptadosdemanerareticularycreandolazosenred.

    4.1PersonalvsprofesionalLas redes sociales son tecnologas neutras que pueden usarse tanto para finalidadespersonales como profesionales, no estando claros los lmites entre ambos mbitos deactuacin. Tampoco resulta sencillo distinguir entre interacciones informales de las

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    formales,pudiendoestarseaceptandounencargoprofesionalydandoconsejo legal,conlasconsecuenciasdetodotipoqueestoconlleva,sinserconscientedeello.

    HayquetenersiemprepresentequelasnormasdeontolgicasresultantanaplicablesenInternetyenlasredessocialescomofueradeellas,conindependenciadequelatipologadelassituacionesvare.

    Enestesentido,esmuyhabitualdebidoalasensacindeintimidadquelasredessocialesproporcionan, confundir la vida, opiniones y actividades privadas con nuestra laborprofesionalcomoabogados.Esespecialmenteimportantequeenelcasodelosabogadosnoseconfundanambosaspectosyqueseseleccioneuncanalconcretopara laactividadprofesional.Inclusoenaquellasredeselegidasparaexpresarnuestroyoprivado,sehadeser cauteloso pues podemos manifestar opiniones o posicionarnos en determinadassituacioneshoyqueafectenacmonosvenlosclientesyotrosprofesionalesenelfuturo,tantoenunsentidopositivocomonegativo. Hayquerecordarque loquesepublicaeninternet queda ah para siempre y que lo que hacemos o decimos en las redes socialespuede tener una audiencia mayor de la que suponemos, ya que muchas de ellas sonaccesiblesporcualquierasinseramigooseguidor.

    Por ejemplo, enuna entrevistade trabajo esmsqueprobable que el entrevistador sehayainformadodenosotrosatravsdeInternet,conunasencillabsquedaenGoogle,yque esa informacin provenga de lo publicado en las redes sociales por nosotros o porterceros sobre nosotros. Esa informacin puede impactar negativamente en lasposibilidadesdeobtenereltrabajo,opuede,porelcontrariocolocarnosenmejorposicin.La misma bsqueda puede ser efectuada por cualquiera, incluidos clientes actuales opotenciales.

    Porestemotivo,resultarecomendablerevisarcadaciertotiempoloquehemosdichoenlas redes sociales o lo que los dems han dicho de nosotros, y en la medida en quepodamos, eliminar la informacin que de una imagen negativa o con la que ya no nossintamoscmodos.

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    Esdesealarquealgunasredessocialessonmsapropiadasqueotrasdependiendodeltipo de ejercicio al que uno se dedique y que hay que optar por aquellas que ms seajustenalperfilpropiodeejercicio.

    Esdesealarquehayabundantesguasquepostulanlaseparacindeperfilespersonalesyprivadosen la red,biena travsde lapropia configuracindelnombre (porejemplo@nombredelaempresa_nombrepersonal)bienatravsdeltextodelabrevebiografaqueacompaaenelperfil(excluyendocualquierreferenciaalaentidadparalaquesetrabajayhaciendoconstarqueesunperfilpersonal).

    Apesardeestasprevencionesqueresultanmuyrecomendables,lociertoesquemuchosprofesionales son conocidos en su sector y lo que manifiesten a travs de su perfilpersonal pueden tener impacto en su percepcin por parte del pblico y losmedios decomunicacin como dicho en representacin de la entidad en la que trabaja, o comofiltracindeinformacindenaturalezaprofesional.Lomismorezaparaposturainsultanteoideolgicamenteexplcitaqueunprofesional,desdesuperfilpersonal,puedarealizar.

    Se suele recomendar que, para tener una mayor influencia a travs de estas redessociales, se combinen los aspectos estrictamenteprofesionales con lospersonales. Estoafecta sobre todo a aquellos abogados que quieran desarrollar unamarca personal ytengan un nico perfil. Son estos supuestos en los que el abogado ha de moderar losaspectos personales que desvela para evitar confusiones e infringir las normasdeontolgicasexpuestasmsarriba.

    4.2LinkedInyTwitterLinkedInyTwittersondosredessocialesampliamenteutilizadasporlosprofesionalesdelDerecho. LinkedIn es una red orientada principalmente a crear y mantener relacionesprofesionales,enlaquesegeneraunperfilprofesionalysesolicitaaotrosmiembrosqueteaceptenensuredyviceversa.Seusacomoherramientademarketingparalosnegocios

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    y el desarrollo de la marca personal. Es una red global con ms de 120 millones deusuariosentodoelmundo.

    Por su parte, Twitter es una red social de microblogging que permite a los usuariosmandar y recibir mensajes limitados a 140 caracteres, si bien hay numerosasherramientasquepermitenacortar los linksquese incluyenas comopropiosmensajes(conocidoscomoTweetsoTuits).

    Es en Twitter donde ms conflictos se producen entre la esfera privada y profesionaldebido a la inmediatez de su uso (sobre todo a travs de herramientas en dispositivosmviles) y, en algunos casos, la falta de reflexin sobre los contenidos que se tuiteandebidoprecisamentealafacilidadysensacindeintimidadquegeneraestared.

    4.3Facebook,Tuenti,YouTube,Flickr,InstagramoPinterestHay otras redes sociales mayoritariamente usadas como canales de comunicacinpersonal Facebook, YouTube, Tuenti o Flickr. Estas redes, a pesar de la existencia depginas corporativas, tienenunuso limitadopara losnegocios, loqueno impideque seusencomocanalesviablesparaentornosprofesionales.Sinembargo,ydebidoalcarcterpredominantementepersonal,serecomiendaunusocuidadosoenloprofesional.

    Porejemplo,cuandoseaceptacomoamigoaunclienteenFacebookhayqueevaluarsiello puede afectar a alguna de las obligaciones deontolgicas antes referidas (secretoprofesional,etc..)

    4.4RedessocialesespecializadasHay numerosas redes sociales especializadas que se pueden usar profesionalmente. Sinembargo, al considerar el usode redes sociales, los abogados y susdespachosdeberananalizar los riesgosde estar en cadaunade las redes consideradas, as como implantarsistemas de gestin, polticas y procedimientos que establezcan las condiciones ylimitacionesdeuso(verseccin6deestagua).

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    4.5ConfiguracindeprivacidadCasi todas las redes sociales permiten establecer una configuracin de privacidadpersonalizada. Se recomienda conocerla enprofundidadyprocedera imponerelmayornmero de restricciones que impidan al proveedor de servicios realizar un tratamientoexcesivodelosdatospublicadosenlared.

    Por ejemplo, cuando se accedea las redes sociales a travsde undispositivomvil serecomienda deshabilitar la opcin de geolocalizacin no slo de la aplicacin sino delpropiodispositivo.

    Apesardeestablecerlaconfiguracinmsrestrictiva,ellonoimplicanecesariamentequela informacin publicada en las redes sociales est protegida. Algunos servicios son deaccesopblicoofcilmenteindexables.

    Tanto Twitter como Facebook son configurables, si bien el proceso no carece decomplejidad. Adems, sus configuraciones de privacidad por defecto permiten que lainformacinsecompartamsalldeloscontactospersonales.

    Porotrolado,puederesultarcontrarioalospropsitosdecomunicacindelabogadoolaentidadcerrarporcompletoelaccesoasuscontenido(porejemplo,limitarelaccesoalostuitssloalosseguidores).

    5.VentajasyriesgosdelusodelasredessocialesSi bien buena parte de los riesgos y ventajas de estar en las redes sociales ya se hanmencionado,nosreferiremosacontinuacindelasventajasyriesgosmssignificativos.

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    5.1Ventajas

    5.1.1PerfilymarcapersonalEstarenlasredessocialespermitealosabogadoshacerpblicoyponerenconocimientode los dems su perfil personal y las caractersticas de su ejercicio. Proporcionaigualmentelaoportunidaddedecidirquinformacinelabogadoquiereverpublicadades mismo en internet, no teniendo que depender de la informacin de terceros comoartculosoentrevistas.

    5.1.2CompromisoconlosclientesNoresultaposiblevalorarexanteel impactoqueestarenlasredessocialespuedatenerpara losabogados,sibien latendenciaesque losclientesesperancadavezmsquesusabogados estn en ellas de una manera razonable. Incluso algunos clientes ya secomunicanusando las redes sociales (DMenTwitter,mensajera enFacebook, etc.) loquesuponeunatendenciacreciente.

    Hayqueponderar la limitada seguridadyprivacidaddeestos canalesde comunicacinantesdeusarlosconlosclientesparacuestionessujetasasecretoprofesional.

    5.1.3AudienciaLa ausencia de lmites geogrficos hace de las redes sociales un excelente medio paracomunicarseconaudienciasmuchomsampliasquesiseusaranmediostradicionalesdecomunicacin.

    5.1.4MarketingypublicidadLa actividad en redes sociales puede ser una herramienta eficiente de marketing ypromocin del abogado y de su ejercicio profesional. En tanto que herramientapublicitaria, ha de respetarse en este entorno las reglas de publicidad aplicables a losabogadosreferidasmsarriba.

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    5.1.5CosteElusoderedessocialescuenta,entresusventajasfundamentales,lareduccindecostesde comunicacin al hacer desaparecer los soportes, el coste de distribucin y decomunicacinindividual.Tambinlamayorpartedelasredessocialessondeusogratuito.

    Sin embargo, por este motivo, la expectativa de privacidad es muy baja y el riesgo deincurrireninfraccionesrelativasaproteccindedatospuedeaumentar.

    Hayqueconsiderarque losdatosde losusuarios son laprincipal fuentedenegociodeestas redes,por loquehayqueserespecialmentecuidadosocon la informacinque sepublica, losdatosdeposicionamientoquese facilitandemanera inconscienteocon losmensajesquesemandanalosclientesenprivado.

    Adems, gestionar un perfil o varios en redes sociales requiere de una dedicacin yconocimiento que puede requerir bien incluir entre las labores habituales su gestin obiencontrataraalguienparaqueseencarguedelamisma.

    En este ltimo caso (el de contratar los servicios de un administrador o CommunityManager)hayqueponerensuconocimientoestaguaylaslimitacionesaplicablesalosabogadosysuejercicio.

    5.2RiesgosEl uso de las redes sociales por parte de los abogados es extremadamente variado y,debidoalaslimitacionesdeontolgicasaplicablesalejercicioprofesional,potencialmentearriesgado.Juntoconlosriesgosyaanunciadosenlosapartadosanteriores,losabogadoshandetenerenconsideracinlossiguientes.

    5.2.1InjuriasBajo el pretendido anonimato de las redes sociales y los blogs, se producenmanifestacionesquepuedenseratentatoriasalaintimidadyalhonordelaspersonasolas

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    empresas e instituciones, con trascendencia civil y penal. Hay que ser extremadamentecuidadoso,portanto,conloquesedigaenlasredessocialesencaliente,evitarpublicarin situ en el cursode situaciones conflictivasy recordar lo contenidoenel Seccin3deestagua.

    5.2.2ConfidencialidadLaactividaddelosabogadosestsujetaalasmsestrictasreglasdesecretoprofesional,entendido ste de manera extensiva en cuanto a cualesquiera informacin relativa,proporcionadaoconocidadenuestrosclientesenrazndelejercicioprofesional.

    El uso de las redes sociales puede poner en riesgo o incluso vulnerar el secretoprofesionaldemodoinadvertido.

    5.2.2.1CierredesesinCuandose comparte terminalodispositivomvil, esesencialqueantesdepermitirqueotra persona lo use o acceda almismo, el abogadoproceda a cerrar la sesin o impida,medianteclavedeldispositivo,elaccesoa lasaplicacionesdelasdistintasredessocialesutilizadas.

    5.2.3ControldelainformacinHayqueconsiderarqutipodeinformacinsequierepublicarenredessocialesyquinladebepublicar,pues,unavezenlaredresultamuycomplicadosinoimposiblecontrolarsudifusinysusefectos.

    5.2.3.1ProteccindedatosyderechoalolvidoHayundebatesobreelderechode laspersonasa,ejerciendoelderechodeoposicinaltratamientoreconocidoenlasleyesdeproteccindedatosdecarcterpersonal,solicitaryobtenerlaretiradadeloslinksdesdebuscadoresainformacinpublicadaportercerosenmedios de comunicacin, boletines u otras publicaciones, as como la retirada deinformacinpublicadaspor tercerosenredessociales.Tambinsedebateelderechodelostitularesdeperfilesdeborrartotaloparcialmentesucontenidosinquequedecopiaen

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    lossistemasqueloalojaban.EstacuestinhasidoespecialmentecontrovertidaenrelacinconFacebook.

    Es de sealar que no existe un derecho individual distinto de los de cancelacin uoposicinaltratamientodelalegislacindedatos.Sinembargo,unadelasmodificacionesde laDirectiva95/46/CEdeproteccindedatospersonalesqueseestndiscutiendoserefiere a la incorporacin del llamado derecho al olvido. Para asegurar un tratamientohomogneodeestederecho,sehara travsdeunReglamentocomunitarioqueexigirque lasempresasborren losdatospersonalesde los individuoscuandoas losoliciteneinformenaterceraspartesqueestnprocesandoesosdatosconel findequeprocedan,tambin,asueliminacin.Estanormapretendeaplicarsetambinalosserviciosyredesextracomunitariosendeterminadascondiciones.

    HayquerecordarqueFacebook,Google,TwitterycualesquieraotraredsocialconsedeenEEUUentiendequelalegislacindeproteccindedatosespaolayeuropeanoleesdeaplicacinynolaaplican.

    5.2.3.2PruebasHayque tener en consideracinque la informacinpublicadao intercambiada en redessocialespuedeserobjetodeunprocesojudicialyserusadocomopruebaenelmismo.

    6. Establecimiento de una poltica de uso de las redessociales6.1FinalidaddeunapolticadeusodelasredessocialesAlhacerusodelasredessocialesresultaaconsejableanalizarparaquyconqufinalidadsequiereestarenlasmismas.TambinresultaconvenientedesarrollarunapolticaenlaquesedefinanlostrminosestablecidosenlaSeccin6.2..

    Antesdeconsiderardarsedealtaenunaredsocialhayque

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    Considerar el valor que nos aporta, tanto a nosotros como a nuestros clientes,nuestrapresenciaenredessociales;

    Asegurarsedeque losAbogadosyelpersonal internooexternoquegestiona losperfiles conocen esta gua, la poltica y procedimientos, as como que estnhaciendousodelasredesapropiadasparalasfinalidadesfijadas;y

    Proteger la reputacin del abogado evitando el uso inapropiado de las redessociales.

    6.1.1.AnlisisPara analizar la conveniencia de participar en las redes sociales y para elegir la msconveniente a los intereses del abogado o despacho, han de considerarse los siguientesfactores:

    1. Finalidad: Cul es el objetivo de estar en las redes sociales y cmo encaja en laestrategia general de ejercicio del abogado o despacho. La respuesta a estapreguntahadeincluirseenlapoltica,comoseindicaenlaSeccin6.2.

    2. Audiencia y formato: Cul es nuestra audiencia (target audience)? A quinqueremosdirigirnos?Nosdirigimosaungrupoconcretooaunaaudienciamsamplia?Nosdirigimosacualquiera?

    Unavezquesehaidentificadolaaudienciapotencial,hayqueestablecerculeslaredsocialmsadecuadaparadirigirseaella.

    Ante todo, hay que tener en consideracin que el mensaje puede llegar aaudiencias no deseadas y que una vez emitido no se tiene control sobre elmismo.

    3. Gestin:Quinsevaahacerresponsabledelagestindelaactividadenlasredessociales? Quin va a generar contenido o participar en debates y discusiones?Quinvaaadministrarlosperfiles?

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    6.2Qudeberaincluirunapolticadeusoderedessociales?Cabe considerar los siguientespuntos en la elaboracindeunapolticadeusode redessociales:

    1. Estrategia: Cmo puede la presencia en redes sociales apoyar o promover losobjetivosdelejercicioprofesionaldelabogadoodeldespacho?

    2. Limitaciones de uso: Cules son las limitaciones que han de tenerse enconsideracinparaevitareldaoreputacionaldelabogadoodeldespachoporlodiscutido,comentado,promovidoopublicadoatravsdelasredessociales?

    3. Gestin:Quinvaagestionarlasredessocialesyquienserresponsabledevelarporelcumplimientodelaspolticasyguasdeuso?Cabraincluir:

    restricciones en los contratos de trabajo o colaboracin de los abogados deldespacho;

    capacitacinnecesariaparautilizarredessociales;o

    procesosparalagestindelasinfraccionesdelapolticaoguadeusodelasredessocialesporpartedelosabogados.

    4. Funcionesyresponsabilidades:Quinseencargardesupervisarlaactividadenlasredessocialesydeasumirlaresponsabilidaddelaadministracindesudaada? Cabra incluir las reglas para determinar quin es el propietario de loscontactosgenerados,sielabogadooeldespacho.

    Porejemplo,siunabogadosedadealtaenLinkedInseramsconvenientequeusarauna cuentade correopersonal yno ladel despacho.As evitaraque, encasodecambiardefirma,elperfilsevieracomprometido.Sinembargo,siseesten redes sociales con un perfil creado por el despacho, en el que se facilitainformacingeneradaporeldespachoosiguiendounapolticadecomunicacindel despacho, los contactos seran del despacho y no del abogado. Para msinformacin,verlaSeccin4.1deestagua.

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    5. Cumplimiento:Cmovaaasegurarelabogadooeldespachoquesuactuacinenlasredessocialescumpleconlanormativaprofesionalydeontolgica?

    6. Secreto profesional: Cmo va a asegurar el abogado o el despacho que suactuacinenlasredessocialesrespetaelsecretoprofesional?

    7. Coherencia:Qumedidassevanaimplantarparaevitarcontradiccionesentreloquesedice,discuteypublicaenunaredsocialdeotradiferente?

    ParaAbogadosqueejercendemaneraindividualnoresultaranecesarialaredaccindelapoltica antes referida, si bien debera de tener en consideracin las recomendacionescontenidasenlapresentegua.