7. ordenanza que expide el estatuto sustitutivo al reglamento orgÁnico funcional

94
1 ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República vigente, establece una nueva organización territorial del Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad responsable de administrar estos procesos a nivel nacional; Que, el artículo 252 de la Constitución de la República, dispone que cada provincia tendrá un Consejo Provincial con sede en su capital, así como, en el Capítulo III, del Título II, establece los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria; Que, es un deber del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, por mandato Supremo precautelar la biodiversidad del ecosistema dentro del territorio provincial que forma parte de la Amazonía Ecuatoriana, adoptando políticas de desarrollo sustentable que, adicionalmente compensen las inequidades de su desarrollo consolidando la soberanía; Que, en el marco de las competencias exclusivas que le asigna la Constitución está en la obligación de: Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquia; Planificar, construir y mantener el sistema vial del ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas; Ejecutar, en coordinación con el Gobierno Regional, obras en cuencas y micro cuencas; la gestión ambiental provincial; Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego; fomentar la actividad agropecuaria; fomentar las actividades productivas provinciales; gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias; en el ámbito de sus competencias y territorio; y, en uso de sus facultades, expedirá Ordenanzas Provinciales; Que, el artículo 270, de la Carta Fundamental establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad; Que, el Gobierno Provincial en cumplimiento de los preceptos constitucionales, promoverá y ejecutará obras de alcance provincial en vialidad, medio ambiente, y manejo de las cuencas y micro cuencas hidrográficas de su jurisdicción, ejecutando obras exclusivamente en las áreas rurales; Que, su misión es impulsar el desarrollo integral de la Provincia, colaborar con el Estado y las Municipalidades de su jurisdicción, para la consecución sistemática y sostenida de los objetivos nacionales;

Upload: gobierno-provincial

Post on 12-Mar-2016

251 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

1

ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL

REGLAMENTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

POR PROCESOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República vigente, establece una nueva organización

territorial del Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos

descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema nacional de

competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad responsable de

administrar estos procesos a nivel nacional;

Que, el artículo 252 de la Constitución de la República, dispone que cada provincia

tendrá un Consejo Provincial con sede en su capital, así como, en el Capítulo III, del

Título II, establece los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria;

Que, es un deber del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, por mandato

Supremo precautelar la biodiversidad del ecosistema dentro del territorio provincial

que forma parte de la Amazonía Ecuatoriana, adoptando políticas de desarrollo

sustentable que, adicionalmente compensen las inequidades de su desarrollo

consolidando la soberanía;

Que, en el marco de las competencias exclusivas que le asigna la Constitución está en

la obligación de: Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes

planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional,

regional, cantonal y parroquia; Planificar, construir y mantener el sistema vial del

ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas; Ejecutar, en coordinación con el

Gobierno Regional, obras en cuencas y micro cuencas; la gestión ambiental

provincial; Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego; fomentar la

actividad agropecuaria; fomentar las actividades productivas provinciales; gestionar la

cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias; en el ámbito de

sus competencias y territorio; y, en uso de sus facultades, expedirá Ordenanzas

Provinciales;

Que, el artículo 270, de la Carta Fundamental establece que los Gobiernos Autónomos

Descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las

rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y

equidad;

Que, el Gobierno Provincial en cumplimiento de los preceptos constitucionales,

promoverá y ejecutará obras de alcance provincial en vialidad, medio ambiente, y

manejo de las cuencas y micro cuencas hidrográficas de su jurisdicción, ejecutando

obras exclusivamente en las áreas rurales;

Que, su misión es impulsar el desarrollo integral de la Provincia, colaborar con el

Estado y las Municipalidades de su jurisdicción, para la consecución sistemática y

sostenida de los objetivos nacionales;

Page 2: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

2

Que, la Constitución de la República ha previsto una nueva estructura del Gobierno

Provincial y ha reconocido el carácter de autónomo y descentralizado, asignándoles

competencias exclusivas, a más de las concurrentes y de aquellas adquiridas dentro del

marco de la normativa jurídica anterior, necesarias para cumplir con los fines del

régimen de desarrollo de Zamora Chinchipe;

Que, el artículo 1 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, establece que el ámbito del Código es la organización político-

administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio; el régimen de los diferentes

niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el

fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además,

desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema

nacional de competencias, la institucionalidad responsable de su administración, las

fuentes de financiamiento y la definición de políticas y mecanismos para compensar

los desequilibrios en el desarrollo territorial;

Que, artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, establece que la autonomía política, administrativa y financiera de

los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la

Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de

gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus

respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de

otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de

manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter unitario

del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional.- La autonomía política es

la capacidad de cada gobierno autónomo descentralizado para impulsar procesos y

formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la

circunscripción territorial. Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades

normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad; las facultades

que de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de emitir políticas

públicas territoriales; la elección directa que los ciudadanos hacen de sus autoridades

mediante sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación

ciudadana.- La autonomía administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad

de organización y de gestión de sus talentos humanos y recursos materiales para el

ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus atribuciones, en forma directa o

delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la ley.- La autonomía financiera

se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos descentralizados de recibir de

manera directa, predecible, oportuna, automática y sin condiciones, los recursos que

les corresponden de su participación en el Presupuesto General de Estado, así como en

la capacidad de generar y administrar sus propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto

en la Constitución y la ley.- Su ejercicio no excluirá la acción de los organismos

nacionales de control en uso de sus facultades constitucionales y legales;

Que, el artículo 6 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, ordena que ninguna función del Estado ni autoridad extraña podrá

interferir en la autonomía política, administrativa y financiera propia de los gobiernos

autónomos descentralizados, salvo lo prescrito por la Constitución y las leyes de la

República;

Page 3: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

3

Que, el artículo 7, incisos primero y segundo del Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización, prescribe que: “Para el pleno ejercicio de

sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se

reconoce a los consejos regionales y provinciales, concejos metropolitanos y

municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de

ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción

territorial.- El ejercicio de esta facultad se circunscribirá al ámbito territorial y a las

competencias de cada nivel de gobierno, y observará lo previsto en la Constitución y

la Ley”;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

en sus artículos 40 y 41, señalan que, “Los gobiernos autónomos descentralizados

provinciales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,

administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación

ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva, previstas en este Código, para el

ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden, determinando sus

funciones;

Que, el Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, es el órgano de legislación y

fiscalización del gobierno autónomo descentralizado provincial;

Que, es indispensable expedir las reformas al Estatuto Orgánico de Gestión

Organizacional por Procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de

Zamora Chinchipe acorde a la legislación vigente que regule de manera clara y

objetiva los procedimientos de la Administración, los niveles de delegación y

funciones de estructura, de autoridad, de dirección, coordinación, control, tendientes a

la modernización;

Que, el literal h) del artículo 50 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomía y Descentralización, dentro de las facultades que otorga al señor Prefecto,

están las de resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su

cargo; expedir la estructura orgánico-funcional del gobierno autónomo

descentralizado provincial; nombrar y remover a los funcionarios de dirección,

procurador síndico y demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del

gobierno autónomo descentralizado provincial;

Que, la Cámara Provincial de Consejeros, en Sesión Ordinaria del 04 de Abril de

2008, por unanimidad resolvió: “APROBAR EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE

GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL GOBIERNO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE”, consecuentemente es este el Organismo

legislativo que debe expedirlo; y,

En uso de la facultad que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y el

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide la siguiente:

ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL

REGLAMENTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR

Page 4: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

4

PROCESOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE.

TÍTULO I

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

Art. 1.- Estructura organizacional por procesos.- La estructura organizacional por

procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe,

se alinea con su misión consagrada en el Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización; y, se sustenta en la filosofía y enfoque de

productos, servicios y procesos, con el propósito de asegurar su ordenamiento

orgánico.

Art. 2.- Procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora

Chinchipe.- Los procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de

Zamora Chinchipe, se ordenan y clasifican en la medida que agregan valor al

cumplimiento de la misión institucional.

Los procesos gobernantes orientan la gestión institucional a través de la formulación

de políticas, la expedición de normas, e instrumentos para el funcionamiento de la

organización, la articulación, coordinación y establecimiento de mecanismos para la

ejecución de los planes, programas, proyectos y directrices para el buen desempeño de

las acciones para lograr el desarrollo de la Provincia de Zamora Chinchipe y de los

programas desconcentrados de la Institución y de los organismos adscritos.

Los procesos agregadores de valor generan, administran y controlan los productos y

servicios destinados a usuarios externos, conformada por la población zamorana-

chinchipense, permiten cumplir con la misión institucional y constituyen la razón de

ser de la organización que consta en este Estatuto.

Los procesos habilitantes están encaminados a generar productos y servicios para los

procesos gobernantes, agregadores de valor, procesos desconcentrados y para sí

mismos, viabilizando la gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial

de Zamora Chinchipe.

Art. 3.- Relación del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial con la

Administración.

La relación será en el ámbito técnico, a fin de se constituyan en ejecutores de sus

políticas, normas e instrumentos técnicos, con el propósito de lograr coherencia en la

aplicación de las directrices y metodologías de desarrollo y fortalecimiento

institucional, administración de recursos humanos en función de su capacidad y

talento, remuneraciones, evaluación y control

Art. 4.- Puestos directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura

organizacional del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora

Chinchipe son: Consejo Provincial; Prefecta o Prefecto; Viceprefecta o Viceprefecto.

Page 5: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

5

De conformidad con lo establecido en el artículo 359 del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, son servidores de libre

nombramiento y remoción: el procurador síndico, el tesorero, los asesores y los

directores del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe,

que serán designados por el Prefecto, previa comprobación o demostración de sus

capacidades en las áreas en que vayan a asesorar o a dirigir. De igual manera, la

Administración del talento humano del Gobierno Provincial será autónoma y se

regulará por las disposiciones que para el efecto se encuentren establecidas en la ley y

en las respectivas ordenanzas, consecuentemente la Jefatura de la Unidad de

Administración del Talento Humano es un cargo de libre nombramiento y remoción

del ejecutivo provincial.

Art. 5.- Comité de gestión de desarrollo institucional.- En el Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, el Comité de Gestión Desarrollo

está integrado por:

a) La Prefecta/el Prefecto o su delegado;

b) El Director/a Administrativo/a; y,

c) El Jefe de la Unidad Administrativa del Talento Humano.

Art. 6.- De la gestión de desarrollo institucional y talento humano.- El Desarrollo

Institucional, estará enmarcado en lo establecido en el inciso final del artículo 51 de la

Ley Orgánica de Servicio Público, observará en lo posible las normas técnicas

expedidas por el Ministerio de Relaciones Laborales como órgano rector de la materia.

Consecuentemente el talento humano institucional dependerá administrativo,

orgánico, funcional y económicamente del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial de Zamora Chinchipe; tomando en consideración que el Ministerio de

Relaciones Laborales no interferirá en los actos relacionados con dicha administración

ni en ninguna administración extraña a la administración pública central e

institucional.

Para el efecto de lo estipulado en el inciso anterior, la Prefecta o Prefecto del

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, de

conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 50 del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Registro

Oficial- Primer Suplemento, No. 303 del 19 de octubre de 2010, expedirá el

Reglamento del presente ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN

ORGANIZACIONAL POR PROCESOS, en el cual se establecerá la estructura

Orgánica Funcional del Talento Humano, en procura de lograr el éxito Institucional.

Art. 7.- De las atribuciones y responsabilidades del comité de desarrollo

institucional.- Son atribuciones del Comité de desarrollo Institucional las siguientes:

a) Instrumentar, controlar y evaluar la aplicación de las políticas, normas, prioridades

relativas al desarrollo Institucional, recursos humanos y remuneraciones y

capacitación;

b) Coordinar la planificación estratégica del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial de Zamora Chinchipe;

Page 6: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

6

c) Conocer y controlar la planificación del talento humano del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe;

d) Conocer y emitir observaciones al Plan Operativo Anual del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe;

e) Controlar y evaluar la ejecución del proyectos de diseño o reestructuración del

talento Humano Institucional; y,

f) Conocer previo a su aprobación, el plan de fortalecimiento Institucional preparado

por la Unidad Administrativa del Talento Humano.

TÍTULO II

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Art. 8.- Estructura Organizacional.- El Prefecto del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe definirá su estructura

organizacional, sustentado en el literal h) del artículo 50 del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; así como, en el

direccionamiento estratégico institucional.

Art. 9.- Del Direccionamiento Estratégico Institucional.- El Direccionamiento

Estratégico Institucional, se sustenta en:

a) Misión Institucional:

Como entidad rectora del desarrollo de la Provincia de Zamora Chinchipe formula,

establece, implementa y evalúa políticas, regulaciones, planes, programas y proyectos

que garanticen el progreso de los habitantes de la provincia, dentro del marco de

respeto a la naturaleza, propendiendo a sostener una producción que garantice el

derecho al buen vivir, minimizando el impacto ambiental y contribuyendo al

desarrollo social y económico de la Provincia y consecuentemente del País. El

Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, ejecutará las políticas en función de los

intereses de la sociedad que habita dentro de su circunscripción territorial, conforme a

la Constitución y a los principios y normas establecidas en el Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; así mismo, ejercerá la

representación del Gobierno Provincial en el ámbito de su competencia, incluyendo

espacios de delegación y coordinar las acciones correspondientes en el contexto

nacional.

b) Visión Institucional:

Ser el eje del desarrollo provincial, en armonía con los planes de desarrollo de los

Gobiernos parroquiales, cantonales, regional y del país con estándares de eficiencia y

calidad.

Art. 10.- Objetivo General.- Contribuir al desarrollo de la Provincia de Zamora

Chinchipe y del País a través de la formulación de políticas, regulaciones, planes,

programas y proyectos, que garanticen un Sistema Provincial, sustentado en una red

Page 7: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

7

de atención de las necesidades de la población con estándares de calidad, alineados

con las directrices económicas, sociales, ambientales y el plan nacional de desarrollo.

Art. 11.- Objetivos Estratégicos.- Las estrategias para el cumplimiento de los

Objetivos del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, se sustentan en:

A. Técnicos:

1. Formular la política provincial de desarrollo, que contribuya a la integración

regional, crecimiento económico, desarrollo social y el desarrollo ambiental,

combatiendo sin tregua la corrupción para lograr un crecimiento armónico de

Zamora Chinchipe;

2. Dotar a la Provincia de Zamora Chinchipe de Infraestructura intermodal y

multimodal con estándares de calidad, seguridad y eficiencia, contribuyendo al

desarrollo económico sustentable, la conectividad y la integración provincial con

el resto del país;

3. Implementar un sistema integrado de servicios a través del mantenimiento y

construcción de vías intraprovincial de transporte, coordinando acciones que

permitan el desarrollo de la vialidad terrestre y fluvial;

4. Mejorar las condiciones de conectividad terrestre de Zamora Chinchipe,

priorizando la inclusión social de los habitantes geográficamente aislados dentro

de la circunscripción territorial;

5. Planificar y construir y mantener el sistema vial de la Provincia que no incluya las

zonas urbanas; y,

6. Controlar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa en las obras que ejecute el

Gobierno Provincial, asegurando la calidad de los servicios y la protección a los

habitantes zamorano-chinchipenses.

B. Financieros

1. Consolidar el grado de seguridad financiera a través de procedimientos técnicos de

control interno;

2. Incrementar el nivel de cumplimiento de la ejecución presupuestaria para un

adecuado y puntual cumplimiento de prioridades del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe;

3. Mantener actualizado el registro contable y financiero del Gobierno Provincial; y,

4. Mejorar los procesos del área financiera, fundamentando su diseño y operación en

las nuevas herramientas tecnológicas.

C. Talento Humano

Page 8: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

8

1. Gestionar el mejoramiento del rendimiento de su personal a través del enfoque

sistémico del talento humano;

2. Mejorar y consolidar el sentido de pertenencia Corporativa;

3. Fomentar una cultura de mejoramiento continuo y de planificación; y,

4. Establecer procedimientos adecuados y oportunos para racionalizar la demanda de

talento humano del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

D. Procesos:

1. Promover el mejoramiento continuo de los procesos para garantizar el

cumplimento de la Misión Institucional; y,

2. Implementar mecanismos de seguimiento y evaluación de la Gestión

Institucional.

Art. 12.- Valores Corporativos.- Los valores Corporativos del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe constituyen:

1) Trabajo con honestidad;

2) Servicio con calidad y calidez;

3) Transparencia y credibilidad; y,

4) Responsabilidad social.

TÍTULO III

DE LA ESTRUCTURA BÁSICA

CAPÍTULO I

DE LOS PROCESOS GOBERNANTES

Art. 13.- Estructura básica alineada con la misión.- La Estructura Orgánica

Institucional está alineada con la Misión y se sustenta en la filosofía y enfoque de

productos y servicios, asegurando su ordenamiento orgánico sustentado en su misión y

objetivos institucionales. Está integrada por los siguientes procesos:

1. PROCESOS GOBERNANTES

1.1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO DEL DESARROLLO

PROVINCIAL.- Su misión específica es Legislar y Fiscalizar

El Nivel Legislativo y de Fiscalización.- Lo constituye el Consejo Provincial

en Pleno, integrado por el Prefecto, Viceprefecto, los Consejeros(as)

Provinciales; y, las Comisiones que se establezcan de conformidad el Código

Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y

demás Leyes que rige la materia.

Page 9: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

9

1.1.1. CONSEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

1.1.2. Comisiones Permanentes

RESPONSABLE: Consejo del Gobierno Autónomo Provincial

1.2. GESTIÓN ESTRATÉGICA PARA EL DESARROLLO DE ZAMORA

CHINCHIPE.- El Nivel Ejecutivo

Está integrado por la Prefecta o el Prefecto

1.2.1. PREFECTA O PREFECTO

Relacionador Público

Coordinador

1.2.1.1. Viceprefecta o Viceprefecto.- Subroga al Prefecto de conformidad

con los Arts. 51 y 52 del COOTAD

RESPONSABLE: Prefecta o Prefecto

2. PROCESOS AGREGADOS DE VALOR

2.1. GESTIÓN DE ACCIONES Y EJECUCIÓN DE OBRAS PARA EL

DESARROLLO ARMÓNICO DE ZAMORA CHINCHIPE

2.1.1. DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

2.1.1.1. Fiscalización

2.1.1.2. Gestión Vial

2.1.1.3. Infraestructura

RESPONSABLE: Director de Obras Públicas

2.1.2. DIRECCIÓN DE INTERCULTURALIDAD

2.1.2.1. Artes y Patrimonio Cultural

2.1.2.2. Fortalecimiento de Pueblos y Nacionalidades

2.1.2.3. Juventudes, Deportes y Recreación

RESPONSABLE: Director de Interculturalidad

2.1.3. DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL

2.1.3.1 Manejo de Recursos Naturales

2.1.3.2 Calidad Ambiental

2.1.3.3 Comisaría Ambiental

RESPONSABLE: Director Ambiental

2.1.4. DIRECCIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO

2.1.4.1. Producción Agropecuaria

2.1.4.2. Desarrollo Turístico

2.1.4.3. Desarrollo Comunitario

RESPONSABLE: Director de Apoyo a la Producción

3. PROCESOS HABILITANTES

3.1. DE ASESORÍA

Page 10: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

10

3.1.1. DIRECCIÓN DE PROCURADURÍA SÍNDICA

3.1.1.1. Contrataciones Públicas y Garantías

3.1.1.2. Patrocinio Judicial

3.1.1.3. Estudios Legales

RESPONSABLE: Director de Procuraduría Síndica

3.1.2. DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

3.1.2.1. Relaciones internacionales

3.1.2.2. Cooperación científica y tecnológica

RESPONSABLE: Director de Gestión y Cooperación Internacional

3.1.3. DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

3.1.3.1. Gestión Territorial

3.1.3.2. Gestión de Proyectos

3.1.3.3. Estudios Diseños y Presupuesto

3.1.3.4. Estadística e Información

3.1.3.5. Gestión de Riesgos

RESPONSABLE: DIRECTOR DE PLANIFICACIÓN

3.1.4. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

3.1.4.1. Comunicación para el desarrollo, radio y televisión

3.1.4.2. Comunicación interna, y protocolo

3.1.4.3. Telemática e imagen virtual del Gobierno Provincial

RESPONSABLE: DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL

4. EL NIVEL DE APOYO

4.1. APOYO A LA LABOR ADMINISTRATIVA DEL NIVEL EJECUTIVO

EJERCIDA POR EL PREFECTO O PREFECTA

4.1.1. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA.

4.1.1.1. Adquisiciones

4.1.1.2. Cómputo

4.1.1.3. Servicios Institucionales Generales y supervisión de los valores

del talento humano Institucional.

4.1.1.4. Seguridad y Guardianía Seguridad y Guardianía

RESPONSABLE: Director/a Administrativo/a.

4.1.2. UNIDAD ADMINISTRATIVA DE TALENTO HUMANO.- Depende

directamente de la Prefectura

4.1.2.1. Desarrollo Institucional

4.1.2.2. Bienestar Social

4.1.2.3. Seguridad Industrial e Higiene

RESPONSABLE: Analista de Talento Humano

4.1.3. SECRETARÍA GENERAL.

4.1.3.1 Prosecretaria

4.1.3.2. Asistente de Secretaría General

4.1.3.3. Recepción y archivo

4.1.3.4. Secretaría de comisiones

Page 11: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

11

4.1.3.5. Copiado

4.1.3.6. Encuadernación

RESPONSABLE: Secretario General

4.1.4. DIRECCIÓN FINANCIERA

4.1.4.1. Ejecución Presupuestaria

4.1.4.2. Tesorería

4.1.4.3. Contabilidad

4.1.4.4. Bodega General

RESPONSABLE: Director Financiero

4.1.5. DIRECCIÓN DE MAQUINARIA

4.1.5.1. Transporte

4.1.5.2. Mecánica General

4.1.5.3. Guardalmacén

RESPONSABLE: Director de Maquinaria

5. PROCESOS DESCONCENTRADOS

5.1. PATRONATO DE AMPARO SOCIAL

5.2. FRENTES DE TRABAJO.

5.3. EMPRESAS PÚBLICAS

RESPONSABLE: Gerente o Coordinador de cada Proceso Desconcentrado

Capítulo 2do.

De las Representaciones Gráficas

Art. 13.- Representaciones Gráficas.- Se definen las siguientes representaciones

gráficas:

1) CADENA DE VALOR

Page 12: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

12

2) MAPA DE PROCESOS

Page 13: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

13

3) ESTRUCTURA ORGÁNICA:

TALENTO HUMANO

Page 14: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

14

Page 15: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

15

TÍTULO IV

DE LA DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS

CAPÍTULO I

DE LA ESTRUCTURA DESCRIPTIVA

Art. 14.- Estructura descriptiva:

1. PROCESOS GOBERNANTES.- Constituyen los niveles gobernantes

estratégicos de dirección administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial. Son los responsables de emitir políticas, directrices y planes

estratégicos para el funcionamiento de la Institución.

1.1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO DEL DESARROLLO

PROVINCIAL

1.1.1. CONSEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

a) Misión:

El Nivel Legislativo y de Fiscalización, está constituido por el Consejo Provincial en

Pleno, siendo su misión: legislar, fiscalizar, analizar y aprobar Ordenanzas,

Reglamentos, Acuerdos y otros actos que beneficien al desarrollo de la Provincia de

Zamora Chinchipe.

RESPONSABLE: Pleno del Consejo conformado por los Consejeros Provinciales.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

Corresponde al Consejo Provincial de Zamora Chinchipe cumplir con las funciones

determinadas en el artículo 263 de la Constitución de la República del Ecuador, y

aquellas contenidas en el artículo 47 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomías y Descentralización.

1.1.2. COMISIONES PERMANENTES

Las Comisiones Permanentes serán conformadas por el órgano legislativo del

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, las que

emitirán conclusiones y recomendaciones que serán consideradas como base para la

discusión y aprobación de las decisiones que adopte el Consejo.

De conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomía y Descentralización, las comisiones serán permanentes; especiales u

ocasionales; y, técnicas. Tendrán la calidad de permanente, al menos, la comisión de

mesa; la de planificación y presupuesto; y, la de igualdad y género.

Los órganos normativos del Gobierno Autónomo Descentralizado de Zamora

Chinchipe, regularán su conformación, funcionamiento y operación, procurando

Page 16: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

16

implementar los derechos de igualdad previstos en la Constitución, de acuerdo con las

necesidades que demande el desarrollo y cumplimiento de sus actividades.

SON COMISIONES PERMANENTES:

1. Comisión de mesa;

2. Comisión de planificación y presupuesto; y,

3. Comisión de igualdad y género.- La comisión permanente de igualdad y género se

encargará de la aplicación transversal de las políticas de igualdad y equidad;

además fiscalizará que la administración del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial de Zamora Chinchipe, cumpla con ese objetivo a través de una

instancia técnica que implementará las políticas públicas de igualdad en

coordinación con los Consejos Nacionales de Igualdad de conformidad con la

Constitución.

a) Misión:

Legislar y fiscalizar de conformidad a la Constitución de la República del Ecuador,

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y

demás legislación vigente aplicable a fin de garantizar el cumplimiento de los fines del

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

Les corresponde a las Comisiones Permanentes las siguientes funciones de acuerdo

con su naturaleza específica:

1. Estudiar los planes, programas y proyectos, sometidos a su conocimiento por el

Prefecto, emitir informe razonado y fundamentado legalmente, sobre el contenido

de los mismos;

2. Estudiar el proyecto de presupuesto vinculado con el Plan de Desarrollo y

Ordenamiento Territorial respectivo presentado por el Prefecto y emitir el

correspondiente informe; y,

3. Estudiar y analizar las necesidades de servicio a la población, estableciendo

prioridades de acuerdo con la orientación trazada por el Consejo y proponer

proyectos normativos provinciales que contengan medidas convenientes para la

Institución.

COMISIONES TÉCNICAS O ESPECIALES.- Serán conformadas de acuerdo con

las necesidades del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora

Chinchipe. Cada una de las comisiones deberá ser presidida por un vocal del Gobierno

Provincial.

1.2. GESTIÓN ESTRATÉGICA PARA EL DESARROLLO DE ZAMORA

CHINCHIPE

Page 17: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

17

1.2.1. EL NIVEL EJECUTIVO: PREFECTA O PREFECTO

a) Misión

Dirigir, controlar y evaluar las actividades de la Institución, coordinando su acción

con las diferentes entidades públicas. Representar judicial y extrajudicialmente al

Gobierno Autónomo Provincial Zamora Chinchipe, cumpliendo con la Constitución

de la República del Ecuador, las Leyes Orgánicas, así como las Ordenanzas, Acuerdos

y/o Resoluciones que emita el Consejo Provincial.

RESPONSABLE: Prefecta o Prefecto del Gobierno Autónomo Provincial.

b) Atribuciones y Responsabilidades

De conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, son las siguientes:

a. Ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado provincial.

La representación judicial la ejercerá conjuntamente con el procurador síndico;

b. Ejercer la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado provincial;

c. Convocar y presidir con voz y voto las sesiones del concejo provincial, para lo

cual deberá proponer el orden del día de manera previa. El ejecutivo tendrá voto

dirimente en caso de empate en las votaciones del órgano legislativo y de

fiscalización;

d. Presentar al consejo provincial proyectos de ordenanza, de acuerdo a las materias

que son de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial;

e. Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen,

modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias

correspondientes a su nivel de gobierno;

f. Dirigir la elaboración del plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento

territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los

distintos gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la

plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación

ciudadana y de otros actores de los sectores públicos y la sociedad; para lo cual

presidirá las sesiones del consejo provincial de planificación y promoverá la

constitución de las instancias de participación ciudadana establecidas en la

Constitución y la ley;

g. Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria

institucional conforme al plan provincial de desarrollo y de ordenamiento

territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código.

La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a consideración del

consejo provincial para su aprobación;

Page 18: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

18

h. Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo;

expedir la estructura orgánico - funcional del gobierno autónomo descentralizado

provincial; nombrar y remover a los funcionarios de dirección, procurador síndico

y demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del gobierno

autónomo descentralizado provincial;

i. Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones del gobierno autónomo

provincial y señalar el plazo en que deben ser presentados los informes

correspondientes;

j. Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos

colegiados donde tenga participación el gobierno provincial; así como delegar

atribuciones y deberes al viceprefecto o viceprefecta, miembros del órgano

legislativo y funcionarios, dentro del ámbito de sus competencias;

k. Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno

autónomo descentralizado provincial, de acuerdo con la ley. Los convenios de

crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán

autorización del consejo provincial, en los montos y casos previstos en las

ordenanzas provinciales que se dicten en la materia;

l. La aprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los

traspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, en

casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para financiar casos

de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre los

programas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecución de

obras públicas ni la prestación de servicios públicos. El prefecto o la prefecta

deberá informar al consejo provincial sobre dichos traspasos y las razones de los

mismos;

m. Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad y en la sesión

subsiguiente, medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al

consejo, en la sesión subsiguiente, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para

su ratificación;

n. Coordinar un plan de seguridad ciudadana acorde con la realidad de cada

provincia y en armonía con el plan nacional de seguridad ciudadana, articulando

para tal efecto el gobierno autónomo provincial, el gobierno central a través del

organismo correspondiente, la ciudadanía y la Policía Nacional;

o. Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el

plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial;

p. Sugerir la conformación de comisiones ocasionales que se requieran para el

funcionamiento del gobierno provincial;

q. Integrar y presidir la comisión de mesa;

r. Suscribir las actas de las sesiones del consejo y de la comisión de mesa;

Page 19: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

19

s. Coordinar la acción provincial con las demás entidades públicas y privadas;

t. Resolver los reclamos administrativos que le corresponden;

u. Presentar al consejo y a la ciudadanía en general un informe anual escrito, para su

evaluación a través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de

la gestión administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las

demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados

en su ejecución, los costos unitarios y totales y la forma cómo se hubieren

cumplido los planes y programas aprobados por el consejo; y,

v. Las demás que prevea la ley.

1.2.1.1. VICEPREFECTURA

a) Misión:

Es la segunda autoridad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado provincial,

elegido por votación popular en binomio con el prefecto o prefecta. En tal calidad

intervendrá con voz y voto en las sesiones del consejo y subrogará al prefecto o

prefecta en los casos expresamente señalados en la ley. Estará sujeto a las mismas

normas que rigen los deberes, derechos, obligaciones y funciones del o la prefecta; su

trabajo será a tiempo completo y no podrá desempeñar otra función, con excepción de

la cátedra universitaria. Como parte del consejo provincial, asumirá a plenitud las

funciones de consejero o consejera.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Subrogar al prefecto o prefecta, en caso de ausencia temporal mayor a tres días,

durante el tiempo que dure la misma. En caso de ausencia definitiva, el o la

viceprefecta asumirá hasta terminar el período. La autoridad reemplazante recibirá

la remuneración correspondiente a la primera autoridad del ejecutivo;

2. Integrar el consejo provincial con derecho a voz y voto;

3. Cumplir las funciones, representaciones y responsabilidades delegadas por el

prefecto o prefecta; 4. Las atribuciones propias de los y las consejeras

provinciales;

4. El viceprefecto o viceprefecta no podrá pronunciarse en su calidad de consejero o

consejera, sobre la legalidad de los actos o contratos que hayan ejecutado durante

sus funciones como ejecutivo. Las resoluciones que adopte el órgano legislativo

contraviniendo esta disposición serán nulas; y,

5. Las demás que prevean la ley y las ordenanzas provinciales.

2. PROCESOS AGREGADOS DE VALOR

Page 20: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

20

2.1. GESTIÓN DE ACCIONES Y EJECUCIÓN DE OBRAS PARA EL

DESARROLLO ARMÓNICO DE ZAMORA CHINCHIPE

2.1.1. DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

a) Misión:

Supervisar, coordinar y fiscalizar los proyectos, contratos de construcción de obras

civiles convenios interinstitucionales.

En los contratos de Consultoría o Estudios de Obras Civiles, se los realizará

conjuntamente con el Departamento de Planificación.

En ambos casos citados anteriormente, dispondrá de los contratos, o Convenios,

debidamente legalizados por el Señor Prefecto Provincial y el Departamento de

Procuraduría Síndica, en concordancia con las bases, especificaciones técnicas, planos

definitivos, planos de detalle, licencias ambientales, plan de manejo ambiental,

preparadas por el Departamento de Planificación y Medio Ambiente, a fin de lograr el

cumplimiento de la misión y objetivos de la Institución. Dirigir y controlar su

construcción, ya sea por Administración directa o Contratación Pública, a fin de

ofrecer un mejor servicio a la comunidad y propender al desarrollo de Zamora

Chinchipe.

RESPONSABLE: Director de Obras Públicas.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Ejecutar todas las obras de infraestructura física que el Gobierno Provincial

decida realizar, en cuanto a obras civiles para infraestructura vial y productiva.

2. Coordinar con otras dependencias ejecutoras de proyectos, lo relacionado al

componente físico.

3. Fiscalizar las obras que sean ejecutadas observando las normas y especificaciones

técnicas.

4. Participar en las inspecciones a los sectores de la Provincia que han realizado

solicitudes para ejecución de obras.

5. Efectuar los informes de la evaluación de necesidades de cada zona, en base a las

inspecciones.

6. Analizar y ejecutar los reajustes de precios que surgen como necesarios en la

realización de los contratos de obras.

7. Supervisar la ejecución de las obras contratadas.

8. Participar directamente en la entrega-recepción provisional y definitiva de obras.

Page 21: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

21

9. Ejecutar, mantener y controlar las obras de infraestructura vial que el Gobierno

Provincial decida realizar, en su programación a mediano y largo plazo.

10. Llevar adelante procesos de concesión vial, la construcción de obras viales de

interés provincial, así como la implementación y funcionamiento de un modelo

de gestión del mantenimiento vial.

11. Planificar y ejecutar el mantenimiento de obras viales, a fin de evitar su acelerado

deterioro, diseñando las modificaciones necesarias para mejorar los estándares

de diseño y calidad de las obras.

12. Mantener un registro permanente de los volúmenes de tráfico en las principales

vías de la provincia.

13. Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por parte del Gobierno

Autónomo Provincial en los convenios sobre vialidad que hubiere suscrito, como

parte de ejecución de obras acordadas con otras instituciones y con organismos

financieros nacionales e internacionales.

14. Supervisar y controlar la utilización correcta de la maquinaria asignada a los

diferentes frentes de trabajo e informar en forma inmediata al señor Prefecto,

sobre las novedades que se presentaren sugiriendo los correctivos si fuere el caso

15. Planificar y ejecutar el mantenimiento de las obras, a fin de que brinden un buen

servicio y se evite su deterioro acelerado, bajo un sistema de mantenimiento vial

y apropiado.

16. Cumplir otras tareas relacionadas con su función asignadas por el Prefecto.

La Gestión de Obras Públicas se efectivizará a través de:

2.1.1.1. FISCALIZACIÓN

a) Misión:

Implantar y mantener un sistema de control, que permita verificar la eficacia,

oportunidad y confiabilidad del proceso constructivo de las obras que se hallan en

ejecución, por administración directa, por contratos y por convenios.

b) Productos y Servicios:

1. Controlar que las obras se ejecuten de acuerdo con las especificaciones técnicas,

cronogramas, planes y condiciones que consten en los contratos y a lo

programado por las unidades administrativas y técnicas respectivas.

2. Informar al Prefecto sobre el avance de las obras, que el Gobierno Provincial

ejecuta, por administración directa, por convenios o contratos.

3. Autorizar el pago de planillas de acuerdo con el avance de obras.

Page 22: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

22

4. Coordinar con el contratista de la obra, y autorizar la realización de obras

adicionales o de variantes, cuando las condiciones así lo ameriten.

5. Disponer o solicitar a quien corresponda, las prohibiciones y sanciones al

contratista conforme al contrato o convenio, cuando fuere necesario, encaminados

a la buena ejecución de las obras.

6. Solicitar la participación de asesores, cuando en la ejecución de la obras exista

diferencia de criterios técnicos entre lo planificado por el Gobierno Provincial y

el Contratista.

7. Verificar la apertura y mantenimiento del “Libro de Obra” en cada caso.

8. Elaborar las actas de las obras ejecutadas por la Corporación y asesorar a la

Autoridad o Unidad respectiva, a través de los informes correspondientes.

9. Coordinar su labor con las unidades o dependencias ejecutoras de las obras y

estudios.

10. Mantener un registro completo de las obras, que contengan al menos: objeto,

contratista, monto, fecha de inicio, avance, cambios, pagos, entre otros.

11. Informar a las Direcciones de Asesoría Jurídica y Financiero, sobre la recepción

de obras para la devolución o ejecución de garantías.

12. Remitir las actas de entrega recepción provisional y definitiva de contratos.

13. Vigilar que de manera oportuna, se den soluciones técnicas a problemas surgidos

durante la ejecución de la obra.

14. Resolver oportunamente errores y/u omisiones de los diseños, así como

imprevisiones técnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas de las

situaciones que lo necesitaren.

15. Establecer un sistema de control en obra, con el fin de garantizar la buena calidad

de los materiales empleados.

16. Obtener información de los proyectos sobre: personal, materiales, equipos,

condiciones climáticas, tiempo de trabajo, etc.

17. Gestionar ante la máxima Autoridad, la dotación de materiales o insumos y

recursos que la Dirección requiere para su funcionamiento.

18. Controlar la apertura, mantenimiento y cierre de libro de obra.

19. Controlar el trámite para el pago de viáticos, subsistencias, etc., del personal de la

Dirección de Fiscalización, y de los Frentes de Trabajo..

Page 23: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

23

20. Mantener un registro completo de las obras en cuanto a: objeto, contratista,

número de contrato, monto, fecha de inicio, avance, fecha de terminación, plazo,

observaciones, etc.

21. Informar oportunamente al señor Prefecto sobre el avance de obras y problemas

surgidos en la ejecución del proyecto.

2.1.1.2. GESTIÓN VIAL

a) Misión:

Esta unidad es responsable de coordinar, dirigir, supervisar, controlar la ejecución de

obras viales en cada uno de los frentes de trabajo.

b) Productos y Servicios:

1. Presentar el anteproyecto de plan de obras viales, con sus volúmenes y sus valores

respectivos para aprobación e implementación dentro del presupuesto de cada año.

2. Coordinar las disposiciones emanadas de la Dirección de Obras Públicas; para que

las normas sobre obras viales y construcciones tengan cumplida y oportuna

ejecución.

3. La Unidad de Gestión Vial tendrá la responsabilidad de formular y ejecutar

proyectos cuya ejecución será realizada mediante la modalidad de administración

directa.

4. Fiscalizar los proyectos cuya ejecución se realice mediante Contratación Pública.

5. Participar en delegaciones o comisiones de apoyo técnico, en procesos

contractuales de ser considerados en las comisiones técnicas.

6. Presidir sesiones de trabajo en la Unidad de Gestión vial, donde se analicen,

evalúen y coordinen la ejecución de los trabajos y presentar el informe de las

mismas a la autoridad.

7. Dirigir, coordinar y controlar la realización de las obras que se ejecuten por

administración directa o convenios y vigilar el cumplimiento por parte de los

contratistas cuando las obras viales u otras obras civiles se realicen por uno de

esos sistemas.

8. Solicitar las adquisiciones de materiales, repuestos para la maquinaria y más

insumos requeridos para el normal desenvolvimiento de sus funciones.

9. Suscribir las diferentes planillas, recepción de obras, despacho de repuestos y

otros inherentes a la unidad de Gestión Vial.

10. Vigilar la apertura, conservación, mejoramiento y mantenimiento de los caminos

vecinales respetando el derecho de vía, señalada en la Ley de Caminos.

Page 24: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

24

11. Vigilar el buen uso y conservación de las vías públicas; así como informar las

infracciones que se cometieren por parte de los colindantes en las vías

administradas por el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe para fines legales

consiguientes.

12. Cuidar que en las vías públicas no se provoquen daños al encausar y desbordar la

acequias de agua de riego por las partes laterales de los caminos vecinales,

atravesando las vías o no respeten el derecho de vía, obstaculizando el tránsito,

realizando el taponamiento de cunetas y alcantarillas.

13. Supervisar la utilización de la maquinaria y equipo del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe, en los diferentes frentes de trabajo.

14. Atender y solucionar los problemas del personal subordinado o de los contratistas.

15. Aplicar y asegurar el funcionamiento permanente de procedimientos de control

interno relacionados con las actividades de su área, verificando su cumplimiento.

16. Realizar la fiscalización a través de su correspondiente organismo correspondiente

a los contratistas de las obras o proyectos en estudios o construcción, cuando éstas

se realicen bajo la modalidad de contratación pública, por financiamiento de

cualquier organismo nacional o internacional, o mediante convenios.

17. Atención al personal interno y público en general.

2.1.1.3. INFRAESTRUCTURA

a) Misión:

Su misión es dirigir, controlar y coordinar la realización de obras civiles, tendientes a

mejorar el nivel de vida de los habitantes de las zonas rurales de la Provincia de

Zamora Chinchipe, que se planifique su ejecución sea por Administración Directa o

Contratación Pública.

b) Productos y Servicios:

1. Ejecutar y administrar todas las obras civiles contenidas en el presupuesto general

para infraestructura social, vivienda, salud, educación, protección social,

recreación y otras.

2. Llevar un archivo de todos los informes, comunicaciones, dictámenes, contratos y

planos, licencias ambientales, plan de manejo ambiental, en orden cronológico y

con la clasificación necesaria.

3. Tiene la responsabilidad de formular y ejecutar proyectos cuya ejecución será

realizada mediante la modalidad de administración directa.

4. Fiscalizar los proyectos cuya ejecución se realice mediante contratación pública.

Page 25: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

25

5. Presentar el anteproyecto del plan de obras para la aprobación del Gobierno

Provincial de Zamora Chinchipe, con el presupuesto estimativo.

6. Dirigir, coordinar y controlar la realización de las obras que se ejecuten y vigilar el

cumplimiento de los convenios y contratos por parte de los contratistas, las

obligaciones y especificaciones contractuales, cuando las obras se realicen por uno

de estos sistemas.

7. Solicitar las adquisiciones de materiales y más insumos necesarios para la

ejecución de las obras por Administración Directa.

8. Formar parte de las comisiones para las recepciones provisionales y definitivas de

las obras que se ejecutan por contrato o por convenio y suscribir las actas de

recepción de las que se ejecutan por administración directa, en asocio con el

prefecto.

9. Realizar las determinaciones y cálculos correspondientes a reajuste de precios para

todas las contrataciones del consejo que requieran de estos ajustes.

10. Examinar y garantizar conjuntamente con la unidad de Fiscalización que los

proyectos se ejecuten de conformidad con los estudios y diseños, observando la

buena calidad de materiales y los rubros de trabajo.

11. Verificar que exista el financiamiento respectivo, que garantice la ejecución de la

obra y provea el normal flujo de fondos.

12. Determinar la compra de materiales y sus cantidades, a fin de garantizar que las

obras no se paralicen o retrasen por falta de implementos, ya sea por el trámite

normal o con la utilización del fondo rotativo.

13. Obtener que el equipo, personal técnico y de obreros de las construcciones sea

idóneo y suficiente para cada una de las obras.

14. Presentar los informes mensuales de avance de obras, para lo cual deberá

previamente cuantificar las cantidades de obra ejecutadas, para la cancelación de

los valores de contratos o subcontratos realizados.

15. Elaborar planes, programas y proyectos de vivienda conjuntamente con los

directivos de la Institución en el ámbito rural.

16. Elaborar gráficamente las necesidades de vivienda en los cantones, parroquias y

barrios de la provincia.

17. Coordinar con La Dirección de Planificación, los estudios sobre la factibilidad de

ejecutar proyectos de vivienda popular.

18. Calificar conjuntamente con los directivos la priorización de los programas y

proyectos de vivienda a ejecutarse, de acuerdo a parámetros medibles y

determinados con anterioridad.

Page 26: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

26

2.1.2. DIRECCIÓN DE LA INTERCULTURALIDAD

a) Misión:

Planificar, dirigir, ejecutar y evaluar las acciones y proyectos de interculturalidad

integración de la población juvenil al desarrollo provincial de Zamora Chinchipe, de

conformidad con la Constitución y con las políticas y planes institucionales.

RESPONSABLE: Director de Interculturalidad.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Plan de acción en coordinado con la Dirección de Planificación, el mismo que

debe ser sometido a la consideración y aprobación del señor Prefecto;

2. Afirmar la identidad nacional y fortalecer las identidades diversas y la

interculturalidad en la Provincia de Zamora Chinchipe;

3. Impulsar acciones que conlleven al desarrollo y promoción de las artes y la

cultura, como condición urgente e imprescindible en la formación de talentos

humanos y desarrollo de competencias especiales en las y los habitantes de las

diferentes comunidades de nuestra provincia.

4. Realizar acciones tendientes a afirmar y fortalecer la identidad plurinacional e

identidades contemporáneas existentes en la provincia; en el marco del respeto,

del diálogo, la participación y más derechos establecidos en la Constitución y las

leyes para el pleno ejercicio del Sumak Kawsay o Buen Vivir.

5. Propiciar una permanente investigación histórica cultural y debate público como

base y fundamento en la salvaguarda de la memoria social y el patrimonio de la

provincia.

6. Crear y fomentar los espacios para el desarrollo de las y los jóvenes en

actividades inherentes a la etapa propia de construcción de su personalidad:

deportes, recreación, educación, tiempo libre, libertad de expresión, de

asociación, emprendimiento, etc.

7. Crear y fomentar espacios para la participación e inclusión de las y los jóvenes en

la planificación y ejecución del desarrollo provincial, reconociéndolos como

ciudadanos y ciudadanas con posibilidades de autodeterminación y gestores de

espacios de transacción en la sociedad.

La Gestión de Interculturalidad se efectivizará a través de:

2.1.2.1. PROMOCIÓN DE LAS ARTES Y PATRIMONIO CULTURAL.

a) Misión:

Page 27: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

27

Generar y explorar nuevos modelos en torno a la educación, investigación i difusión

artística y fomentar la interdisciplinariedad en el arte, impulsar las nuevas tecnologías,

así como crear espacios de cooperación académica y artística entre instituciones de

diferentes sistemas y niveles en Zamora Chinchipe el Ecuador y el extranjero

b) Productos y Servicios:

1. Plan de desarrollo y promoción de las artes.

2. Promocionar, Incentivar y fomentar la creación artística y la producción cultural

en grupos, clubes de arte, asociaciones, organizaciones, instituciones educativas y

habitantes de la provincia.

3. Práctica y formación artística y literaria como factor de creatividad y desarrollo en

la vida comunitaria y escolar.

4. Iniciación artística y literaria a nivel comunitario, infantil y juvenil.

5. Programas y proyectos para la realización de talleres de formación y capacitación

artística: música, pintura, danza, literatura, ballet, etc., en la provincia, los cuales

se desarrollarán con fondos de Gobierno Provincial o en coordinación con

fundaciones, Institutos de artes u otras instituciones culturales que integren el

Sistema Nacional de Cultura y organismos internacionales.

6. Dinamizar los procesos de creación y expresión cultural a través de jornadas

culturales artísticas, literarias y académicas dentro y fuera de la provincia.

7. Gestionar el funcionamiento de los grupos de difusión cultural que conforme y

mantenga el Gobierno Provincial.

8. Promover la recuperación de las manifestaciones artísticas; música, danza, pintura,

literatura de los diferentes pueblos y nacionalidades existentes en la provincia.

9. Mantener actualizada una guía de alternativas que constituyan opciones de fuentes

de financiamiento regional, nacional o internacional para desarrollar proyectos

culturales en el ámbito artístico.

10. Diseñar programas de incentivos, becas, premios anuales, concursos, festivales

para los creadores, investigadores y promotores de las artes en la provincia.

11. Organizar y coordinar la realización de eventos artísticos programados por el

Gobierno Provincial.

12. Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos del Departamento para el

eficiente cumplimiento de sus objetivos y funciones.

13. Cumplir con otras funciones inherentes a su área que le sean asignadas por sus

superiores.

Page 28: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

28

2.1.2.2. FORTALECIMIENTO DE LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES

a) Misión:

Fortalecimiento de las Identidades Culturales

b) Productos y Servicios:

1. Plan de fortalecimiento de las identidades culturales.

2. Conocimiento, protección y promoción permanente de las culturas shuar,

saraguro, afroecuatorianos y puruháes existentes en la provincia.

3. Diseñar y ejecutar, programas y proyectos destinados a fortalecer las expresiones

culturales propias, dentro de la danza, música, teatro, artesanías y artes plásticas.

4. Diseñar y poner en marcha estrategias encaminadas a propiciar un diálogo

intercultural permanente para fortalecer las identidades locales.

5. Realizar eventos de intercambio cultural entre los pueblos nacionalidades

existentes en la provincia: shuar, saraguros, mestizos, afroecuatorianos, puruháes,

entre otros.

6. Coordinar con organismos locales, regionales, nacionales e internacionales la

ejecución de intercambios culturales.

7. Elaborar y mantener actualizado un calendario de las festividades y

manifestaciones culturales existentes en la provincia.

8. Elaborar y mantener actualizada la cartografía de las culturas existentes en la

provincia.

9. Diseñar estrategias permanentes tendientes a la conservación y recuperación de los

idiomas y dialectos de relación intercultural que se hablan en la provincia, en

coordinación con las instituciones del Sistema Nacional de Cultura encargadas de

fortalecer la identidad plurinacional.

10. Diseñar estrategias que permitan el beneficio de los medios de comunicación

como portadores y difusores de información y saberes de las culturas existentes en

la provincia, en apego a la legislación de Cultura y Medios de Comunicación.

11. Organizar una guía de alternativas que constituyan opciones de fuentes de

financiamiento regional, nacional o internacional para desarrollar proyectos

culturales.

12. Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos del Departamento para el

eficiente cumplimiento de sus objetivos y funciones.

Page 29: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

29

13. Cumplir con otras funciones inherentes a su área que le sean asignadas por sus

superiores.

Memoria social y patrimonio cultural:

14. Propender el conocimiento de las culturas shuar, saraguro, afroecuatorianos y

puruháes existentes en la provincia.

15. Diseñar y ejecutar estrategias de investigación y diálogo intercultural que

contribuyan al enriquecimiento y actualización de la memoria social.

16. Elaborar y ejecutar proyectos encaminados a la restauración, registro,

recuperación obtención y puesta a buen recaudo de archivos, bibliotecas,

documentos, testimonios relacionados con la memoria colectiva de los diferentes

sectores de nuestra provincia, en coordinación con las instituciones estatales

encargadas y en estricto apego a la legislación cultural del Estado.

17. Diseñar y ejecutar programas y proyectos destinados a la investigación,

salvaguarda y puesta en valor del patrimonio cultural intangible como: lenguas,

tradición oral, saberes ancestrales, cuentos, leyendas, música, formas de vida,

expresiones culturales, medicina ancestral, biodiversidad, valores sociales,

sistemas de diversión tradicionales, etc. , de las diferentes comunidades de la

provincia, en coordinación con las instituciones estatales encargadas y en estricto

apego a la legislación cultural del Estado.

18. Diseñar y ejecutar proyectos encaminados a coadyuvar en la tarea de

investigación, salvaguarda y promoción del patrimonio cultural material: restos

arqueológicos, ruinas, monumentos, edificaciones, bienes paleontológicos,

conjuntos arquitectónicos, obras de infraestructura, fabriles, y más existentes en la

provincia; a través de la cogestión con las instituciones del Sistema Nacional de

Cultura que les compete estas funciones.

19. Promover con los organismos estatales competentes las iniciativas locales para la

declaratoria de bienes culturales de especial relevancia histórica y social existentes

en la provincia.

20. Impulsar la creación de museos y sitios o centros de interpretación dentro de la

provincia.

21. Elaborar y mantener actualizadas guías, instrumentos y estrategias metodológicas

que permitan la eficiente y ágil recopilación y socialización de información oral de

nuestra provincia.

22. Organizar una guía de alternativas que constituyan opciones de fuentes de

financiamiento regional, nacional o internacional para desarrollar proyectos

culturales.

Page 30: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

30

23. Elaborar y mantener actualizado un calendario de las manifestaciones culturales

existentes en la provincia.

24. Elaborar y mantener actualizada la cartografía de las culturas existentes en la

provincia.

25. Aprovechar los haberes y pareceres de los pueblos respecto a su cosmovisión de la

naturaleza y su entorno.

26. Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos del Departamento para el

eficiente cumplimiento de sus objetivos y funciones.

27. Cumplir con otras funciones inherentes a su área que le sean asignadas por sus

superiores.

2.1.2.3. JUVENTUDES DEPORTES Y RECREACIÓN

a) Misión:

Atención prioritaria y permanente a la población juvenil, Deportes y Recreación.

b) Productos y Servicios:

1. Propender el conocimiento de las y los jóvenes de las culturas shuar, saraguro,

afroecuatorianos y puruháes existentes en la provincia.

2. Formular y ejecutar programas, proyectos y acciones tendientes al desarrollo

deportivo y recreacional de adolescentes y jóvenes del sector urbano y rural de la

Provincia de Zamora Chinchipe, con énfasis en la formación ética y deportiva, la

recreación y utilización creativa del tiempo libre.

3. Atender, recopilar y fortalecer con herramientas técnicas, proyectos y acciones las

iniciativas de recreación tradicional que practican nuestros niños, adolescentes y

jóvenes en las diferentes comunidades, pueblos y ciudades de nuestra provincia,

con la finalidad de que sean incorporadas como parte del patrimonio intangible de

Zamora Chinchipe.

4. Fortalecer la identidad de las y los jóvenes de las diferentes culturas existentes en

la provincia con la finalidad de que perdure su identidad, en la vestimenta, idioma,

costumbres, formas de recreación, etc.

5. Propender el involucramiento de las y los jóvenes, a través de espacios que

permitan el acceso al mensaje y diálogo juvenil en la planificación del desarrollo

provincial y en la resolución de los problemas sociales, políticos y

medioambientales.

6. Formular y ejecutar proyectos encaminados a incentivar la participación juvenil en

clubes, asociaciones y más formas de organización, las cuales se constituirán en

Page 31: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

31

un espacio permanente para educar y fomentar el valor, importancia y respeto a la

Pacha mama o Madre Tierra; que permita además a las y los jóvenes así como a

las futuras generaciones reconocer a nuestro entorno y riqueza natural como

verdaderos santuarios y patrimonio del Ecuador y el mundo entero.

7. Coadyuvar en la planificación y ejecución de proyectos y acciones de capacitación

juvenil según las habilidades, iniciativas de emprendimiento, acceso a las

tecnologías de la información y múltiples fortalezas de nuestra provincia con la

finalidad de incorporar a las y los jóvenes al trabajo en condiciones justas y

dignas, como garantía de acceso al primer empleo y la promoción.

8. Organizar una guía de alternativas que constituyan opciones de fuentes de

financiamiento regional, nacional o internacional para desarrollar proyectos

culturales.

9. Administrar y supervisar los recursos humanos, materiales y técnicos de la

Dirección para el eficiente cumplimiento de sus objetivos y funciones; y,

10. Cumplir con otras tareas inherentes a su área.

2.1.3. DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL

a) Misión:

Llevar a cabo la gestión ambiental que permitan al Gobierno Provincial de Zamora

Chinchipe orientar y ejecutar los procesos, la determinación de procedimientos y la

operación de las acciones derivadas de la utilización de organismos, ecosistemas y

otros recursos naturales en niveles que permitan su renovación, sin cambiar su

estructura general.

RESPONSABLE: Director/a Ambiental

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

2. Elaborar el Plan de Gestión Ambiental que permita al Gobierno provincial

establecer políticas claras de defensa de los ecosistemas existentes en armonía

con el grupo humano radicado

3. Elaborar y ejecutar el Plan de labores anual del área a su cargo.

4. Establecer los principios y directrices de política ambiental para la Provincia de

Zamora Chinchipe, determinado las obligaciones, responsabilidades, niveles de

participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental señalando

Page 32: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

32

los límites permisibles, controles y solicitando a la Autoridad competente las

sanciones que correspondan por los atentados a los Derechos de la Naturaleza,

establecidos en la Constitución de la República.

5. Planificar y ejecutar las actividades de gestión ambiental bajo los principios de

solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y

reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente

sustentables de la Provincia.

6. Orientar y ejecutar la Gestión Ambienta bajo los principios establecidos en la

Constitución y en el Derecho Internacional sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

7. Elaboran proyectos de reglamentos, instructivos, regulaciones y ordenanzas,

dentro del ámbito de la competencia del Gobierno Provincial, bajo los parámetros

establecidos en la Constitución de la República y la Ley de Gestión Ambiental,

respetando las regulaciones nacionales sobre el Patrimonio de Áreas Naturales

Protegidas para determinar los usos del suelo previa consulta a los representantes

de los pueblos indígenas y poblaciones locales para la delimitación, manejo y

administración de áreas de conservación y reserva ecológica.

8. Coordinar con la Dirección de Gestión y Cooperación Internacional, acciones

tendientes a la suscripción de convenios con Organismos Internacionales de

protección Ambiental propendiendo a establecer mecanismos de coordinación

transectorial, interacción y cooperación entre los distintos ámbitos, sistemas y

subsistemas de manejo ambiental y de gestión de recursos naturales.

9. Coordinar con la Agencia de Regulación y Control Minero, Adscrita al Ministerio

Sectorial el aprovechamiento racional de los recursos naturales no renovables en

función de los intereses de Zamora Chinchipe y del País, con estricta observancia

de las regulaciones establecidas en la Ley de Gestión Ambiental

10. Coordinar con el Consejo Nacional de Desarrollo Sustentable, las acciones que

permitan al Gobierno Provincial ejercer acciones eficaces en defensa de los

Derechos de la Naturaleza.

11. Implementar talleres y seminarios que permitan la socialización y concientización

de las personas naturales y jurídicas a tener acceso a la información previa a la

toma de decisiones para la conservación y cuidado del entorno geográfico de sus

respectivos asentamientos y vivienda, relacionada con la protección del medio

ambiente.

12. Elaborar los correspondientes planes de manejo e impactos ambientales, de las

obras que ejecute el Gobierno Provincial, conforme Sistema Único de Manejo

Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.

13. Coordinar los Gobiernos Cantonales, Gobiernos Parroquiales, instituciones de

derecho público y privado la ejecución de planes, programas y proyectos

tendientes a velar por el manejo y conservación de las áreas protegidas y de

recursos forestales.

Page 33: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

33

14. Ejecutar convenios y formular políticas y estrategias de protección, Restauración,

Fomento, manejo y aprovechamiento de los recursos naturales.

15. Brindar asistencia técnica, a todos los proyectos de carácter socio-ambiental.

16. Formular, aprobar y ejecutar Proyectos, estrategias, estudios, para la conservación

y restauración de los recursos naturales.

17. Coordinar y programar con el resto de unidades operativas del organismo

provincial, en la formulación y ejecución de proyectos de desarrollo provincial.

18. Elaborar el plan Operativa y estratégico de la Dirección de Medio Ambiente.

19. Generar directrices capaces de viabilizar el óptimo desarrollo institucional

provincial.

20. Elaborar, coordinar, planificar y ejecutar estudios, proyectos, convenios que la

institución los requiera, enmarcados en nuestro ámbito, siguiendo el

procedimiento legal.

21. Planificar, diseñar y ejecutar políticas, Reglamentos, Normas y Ordenanzas

ambientales, con la finalidad de proteger, manejar, conservar y monitorear los

recursos naturales y otros servicios ambientales.

22. Realizar auditorías ambientales a los proyectos de infraestructura social y básica,

saneamiento ambiental y actividades productivas que puedan causar daños

ambientales.

23. Establecer Instrumentos de gestión y ejecución para la declaración, manejo,

aprovechamiento y comercialización de recursos forestales y áreas naturales.

24. Planificar y ejecutar programas y proyectos de educación ambiental.

25. Diseñar y socializar indicadores ambientales.

26. Implementar un sistema de información geográfica ambiental provincial.

27. Ejecutar y concertar la Agenda Ambiental con los diferentes actores sociales de la

provincia.

28. Coordinar con los departamentos pertinentes en Gestión de cooperación técnica y

financiera ante organismos internacionales, nacionales y de integración.

29. Impulsar y apoyar con la información ambiental a la implementación de

programas y proyectos de ordenamiento territorial local y provincial.

30. Autorizar y otorgar permisos y licencias ambientales para la implementación,

funcionamiento y operación de proyectos que generen impactos ambientales.

Page 34: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

34

31. Desarrollar un sistema de información ambiental (SISAP), que comprenda

información cartográfica estadística y documental, como herramienta de la

planificación y desarrollo de la provincia y en lo posible realizar la valoración

ambiental de los recursos naturales para lograr un adecuado mantenimiento,

rehabilitación y remediación de los mismos. Como parte del sistema de

información provincial.

32. Atención al personal interno y público en general.

33. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del H. Gobierno Provincial.

34. Cumplir otras tareas inherentes a su área.

35. Coordinar las Relaciones Interinstitucionales inherentes a su área; y,

36. Las demás que le correspondan de conformidad con la Constitución y la Ley y

aquellas que le asigne el Prefecto.

La Gestión Ambiental se efectivizará a través de:

2.1.3.1. MANEJO DE RECURSOS NATURALES.

a) Misión:

Planificar, ejecutar y administrar mediante acciones efectivas la conservación y uso de

manera sostenible la biodiversidad, a través del fortalecimiento de la planificación

territorial y de las áreas protegidas, propendiendo al desarrollo de iniciativas de uso

alternativo y sustentable de la biodiversidad en la Provincia de Zamora Chinchipe.

b) Productos y Servicios:

1. Consolidar el Sistema Provincial de Áreas Protegidas y otras formas de manejo

territorial, a través del financiamiento público y la gestión de la autoridad

ambiental en recursos humanos y físicos, así como la aplicación de las

herramientas de gestión contenidas en la Estrategia y Política Nacional de

Biodiversidad.

2. Proponer la suscripción de convenios y acuerdos de cooperación internacional

que serán necesarios para la transferencia de competencias, administración,

manejo y control de los bosques, vegetación protectores y áreas naturales

protegidas de la provincia.

3. Proponer al Consejo Provincial la aprobación de políticas, reglamentos, normas y

ordenanzas necesarias para el establecimiento de mecanismos, métodos, técnicas

de manejo y aprovechamientos eficientes de los recursos naturales de la

provincia.

4. Formular y aprobar estrategias para la conservación y restauración de los recursos

naturales.

Page 35: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

35

5. Desarrollar estrategias para determinar el grado de degradación y recuperación de

suelos y formaciones de vegetales en la provincia.

6. Desarrollar metodologías, normas y procedimientos prácticos para la

comercialización y aprovechamiento forestal.

7. Elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos de manejo integral de los

recursos forestales e hídricos en la provincia.

8. Impulsar programas de reforestación y restauración de las áreas degradadas.

9. Desarrollar mecanismos de consulta a las comunidades o pueblos ancestrales y

nativos de la provincia para la adecuada intervención, administración, manejo y

control de los recursos naturales y áreas protegidas.

10. Desarrollar y ejecutar estrategias de evaluación, monitoreo y seguimiento de

áreas de explotación y protección forestal.

11. Capacitar, informar sobre recursos naturales.

12. Elaborar un inventario de los recursos naturales y estado en general del ambiente

provincial, que servirán de base para la planificación provincial y nacional.

13. Garantizar la exención dentro de las áreas protegidas de actividades mineras,

nuevas concesiones, obras de infraestructura de alto riesgo, extracción de

productos forestales, de conformidad con la Ley Forestal y otros instrumentos

legales.

14. Las demás que se generen como resultado de la complementariedad y

coordinación interna e interdepartamental y/o que le sean asignadas por el

Director de Medio Ambiente.

15. Cumplir con las demás funciones que se le asignen a través de otras Ordenanzas,

o con las disposiciones que dentro del ámbito de sus competencias, provengan del

la Dirección de Gestión Ambiental y demás autoridades de la corporación

provincial; y,

16. Cumplir otras tareas relacionadas con su función.

2.1.3.2. CALIDAD AMBIENTAL

a) Misión

Asegurar la correcta exploración, explotación de los recursos: vegetales, de la fauna,

flora, geológicos y mineros, procurando conservar el ambiente inalterable.

b) Productos y Servicios

Page 36: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

36

1. Planificar, programar, dirigir y controlar las actividades extractivas de recursos

naturales.

2. Aprobar y calificar las actividades, obras y proyectos que puedan generar

impactos ambientales a nivel provincial, así como sus respectivos Estudios de

Impacto Ambiental y planes de manejo ambiental.

3. Intervenir y apoyar en la ejecución de programas especiales para la atención de

zonas críticas.

4. Mantener registros de información de sustancias contaminantes y sus normas de

uso.

5. Vigilar y regular el cumplimiento de los mecanismos de calificación, evaluación,

auditoria e impactos ambientales para cualquier actividad, obra o proyecto que

puedan deteriorar los recursos naturales y el ambiente de la provincia, con

sujeción a las políticas nacionales, provinciales y locales vigentes.

6. Recibir y orientar adecuadamente las demandas de las comunidades de la

provincia, formalizadas a través de quejas, denuncias y peticiones relacionadas

con el Ambiente de la provincia.

7. Vigilar, controlar e informar deterioros ambientales en actividades mineras y de

otra índole y legales que ocasionen alteraciones ambientales en la provincia.

8. Coordinar la suscripción de convenios con las consultas para la realización de

proyectos, programas y estudios de la institución los requiera en el ámbito de su

competencia.

9. Informar al Consejo Provincial del cumplimiento e incumplimiento del impacto

ambiental realizadas a las compañías de producción y explotación de los recursos

naturales en la provincia.

10. Brindar asesorías técnicas para la aplicación de la legislación ambiental, en

cuanto se refiere a la calidad ambiental, a nivel de Municipios y otras entidades

que así lo solicitaren.

11. Colaborar en todas las actividades ambientales, obras o proyectos con asistencia

técnica y capacitación.

12. Coordinar y apoyar con otras instituciones establecidas y privadas en los

proyectos donde esté de por medio la generación de contaminación e impactos

ambientales.

13. Evaluar todos los daños producidos en el ambiente natural, sacio ambiental y

constructivo por la acción antrópica durante la realización obras, actividades y

proyectos a nivel provincial.

Page 37: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

37

14. Desarrollar metodologías, normas y procedimientos prácticos para facilitar la

realización de estudios de manejo e impacto ambientales y, la aplicación de

planes de mitigación en los proyectos de infraestructura y otros que causen

impacto ambiental.

15. Diseñar planes de contingencia a fin de prevenir los desastres naturales.

16. Evaluar semestralmente los daños ambientales, con la finalidad de evitar la

agudización de los problemas ambientales de la provincia.

17. Coordinar con todos los departamentos de la institución provincial, a fin de llevar

adelante las acciones previstas y planificadas.

18. Elaborar y aprobar un Plan Ambiental Provincial, así como los indicadores de su

gestión.

19. Establecer y operar sistemas de permisos de funcionamiento de actividades

agroindustriales y de servicios.

20. Formular y emitir políticas, normas técnicas, manuales, estrategias ambientales y

parámetros de protección ambiental aplicables en el ámbito provincial.

21. Participar en las acciones para la atención de emergencias ambientales.

22. Declarar alertas y emergencias por contaminación y adopción de medidas de

emergencia.

23. Apoyar a Fomentar la utilización de procesos agroindustriales que generen menor

carga contaminante (Producción Limpia).

24. Evaluar planes y programas de prevención y control de la contaminación

ambiental provincial.

25. Realizar estudios técnicos de evaluación y diagnóstico ambiental que sean

necesarios para determinación de la calidad ambiental de la provincia.

26. Las demás que se generen como resultado de la complementariedad y/o que le

sean asignadas por el Director de Medio Ambiente.

27. Las demás que la Dirección le asigne de conformidad con sus funciones.

2.1.3.3. COMISARÍA AMBIENTAL

a) Misión:

Garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales, infracciones y de los

impactos causados por las actividades del hombre

b) Productos y Servicios:

Page 38: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

38

a) Cumplir y hacer cumplir lo establecido en las normativas que se creare y que

existieren (Infracciones y Sanciones) en materia de ambiente y del

Funcionamiento del Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales en la

Provincia de Zamora Chinchipe.

b) Conocer y resolver sobre las infracciones ambientales cometidas.

c) Realizar el proceso debido para el seguimiento y sanción de las infracciones

ambientales cometidas.

d) Emitir las respectivas órdenes de clausura de las actividades que no cumplan con

las leyes y ordenanzas en vigencia.

e) Brindar asesoría a los Comisarios Ambientales cantonales en caso que existiese.

f) Actuar como comisario Ambiental donde no estén formadas las Unidades de

Gestión Ambiental ni este nombrado un Comisario Ambiental; y,

g) Las demás actividades que le asigne el Prefecto Provincial.

2.1.4. DIRECCIÓN DE APOYO A LA PRODUCCIÓN

a) Misión:

Promover, coordinar y desarrollar planes, programas y proyectos para mejorar la

productividad del sector agropecuario, agroindustrias, turístico y empresarial en la

Provincia de Zamora Chinchipe.

RESPONSABLE: Director de Apoyo a la Producción.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Elaboración del Plan Operativo Anual para la Dirección y someterlo a

conocimiento y aprobación del Prefecto.

2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

3. Realizar acciones de gestión y coordinación con instituciones públicas y privadas

vinculadas con el desarrollo de los sectores productivos de la Provincia, con el

propósito de establecer convenios y acuerdos para identificar, formular, diseñar y

ejecutar políticas, programas, proyectos para el desarrollo productivo.

4. Diseñar y promover la asistencia técnica y otros mecanismos orientados a elevar

los niveles de productividad y competitividad de actividades económicas

productivas, con especial atención en las comunidades rurales de escasos recursos.

Page 39: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

39

5. Promover y fortalecer el desarrollo de microempresas agropecuarias,

agroindustriales, artesanales y turísticas y además la comercialización y prestación

de servicios.

6. Diseñar mecanismos para estimular la capitalización rural y la canalización de

recursos financieros para el desarrollo productivo.

7. Coordinar la promoción y fortalecimiento de la organización de los pequeños y

medianos productores para estimular y facilitar programas participativos de

asistencia técnica y la formación de microempresas.

8. Coordinar la atención a necesidades de infraestructura productiva, agroindustrial y

turística y de comercialización a los pequeños y medianos productores.

9. Coordinar la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos orientados

a atender y vigilar el estado sanitario y calidad de los productos agropecuarios de

la Provincia.

10. Coordinar la atención a necesidades de infraestructura productiva, agroindustrial,

turística y de comercialización a los pequeños y medianos productores; y,

11. Coordinar la formulación y ejecución de programas y proyectos orientados a

atender y vigilar el estado sanitario de los productos agropecuarios de la Provincia

y de la calidad del medio ambiente de la misma.

La Gestión de Apoyo a la Producción se efectivizará a través de:

2.1.4.1. UNIDAD DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA

a) Misión:

Promover planes, programas y proyectos de inversión e investigación, validación de

tecnología y de transferencia de la misma los sectores agrícolas, pecuarios y de

agroindustrias en sus fases de producción y de mercadeo.

b) Productos y Servicios:

1. Elaboración del Plan Operativo Anual para la Unidad y someterlo a conocimiento

y aprobación del Director.

2. Establecer y mantener información básica sobre las variables del sector

agropecuario de la provincia.

3. Dar capacitación y asistencia técnica agropecuaria, estudios de mercado a los

productores organizados de la provincia a través de alianzas estratégicas.

4. Apoyar la formación y consolidación de organizaciones agropecuarias, para

facilitar su participación solidaria en la autogestión de su desarrollo.

Page 40: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

40

5. Propiciar el aprovechamiento efectivo de la infraestructura física productiva

institucional y social tanto público como privada.

6. Coadyuvar a la implantación de centros de información, estudios de mercado y

difusión tecnológica para promover el mejoramiento productivo en el contexto de

las cadenas agroalimentarias.

7. Promover la investigación de especies nativas y exóticas agrícolas, pecuarias; sin

afectar el medio ambiente.

8. Difundir material técnico agropecuario actualizado para los productores de la

provincia.

9. Formulación y elaboración de proyectos productivos agropecuarios.

10. Apoyar a los centros de formación técnica agropecuaria.

11. Concienciar a la población en uso racional, manejo adecuado y conservación de

suelos.

12. Implementar y mejorar la productividad agropecuaria mediante alternativas

productivas innovadoras.

13. Impulsar el desarrollo de cadenas de valor de los productos promisorios de la

provincia; y,

14. Las demás que le asigne el Director.

2.1.4.2. UNIDAD DE DESARROLLO TURÍSTICO

a) Misión:

Promover planes, programas, proyectos y acciones conducentes al desarrollo

turístico y a proteger y desarrollar el capital forestal de la provincia.

b) Productos y Servicios:

1. Elaboración del Plan Operativo Anual para la Unidad y someterlo a conocimiento

y aprobación del Director.

2. Establecer y mantener inventario de los sectores turísticos de la provincia.

3. Promocionar las actividades turísticas como agronegocios rentables que atraigan la

inversión privada nacional e internacional.

4. Apoyar la promoción y fortalecimiento de las organizaciones comunitarias con

fines de impulsar la creación, instalación y fortalecimiento de microempresas

turísticas.

Page 41: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

41

5. Apoyar y coordinar las actividades de investigación, capacitación y asistencia

técnica en aspectos administrativos, técnicos y gerencia empresarial, a

organizaciones de productores para fomentar microempresas turísticas.

6. Colaborar al fomento y desarrollo de la actividad ecoturística en la provincia en el

marco del uso y manejo sustentable de los recursos naturales.

7. Estudiar, promover y coordinar la utilización de mecanismos de financiamiento

comunitario y de otras fuentes para el desarrollo turístico.

8. Promover el establecimiento de empresas turísticas integradas a la producción

agropecuaria, artesanal y agroindustrial.

9. Formulación y elaboración de proyectos turísticos.

10. Coordinar la publicación de textos, folletos, afiches, creación de páginas web,

para el mercado y comercialización de paquetes turísticos.

11. Promocionar y mantener áreas verdes como recursos ecoturísticos de la provincia.

12. Precautelar el patrimonio histórico, cultural, paisajístico y turístico de la provincia.

13. Coordinar con entidades de derecho público y privado el aprovechamiento

ecológico de los recursos naturales sustentables definiendo planes y proyectos de

apoyo reciproco.

14. Participación activa en las ferias y vitrinas turísticas que se organicen a nivel,

local, regional, nacional e internacional.

15. Establecer normas y procesos de desarrollo turístico; y,

16. Las demás que le asigne el Director.

2.1.4.3. UNIDAD DE DESARROLLO COMUNITARIO

a) Misión:

Promover planes, programas, proyectos de inversión, de investigación y validación de

tecnología y de transferencia, a los sectores agroindustriales y artesanales de la

provincia.

b) Productos y Servicios:

1. Elaboración del Plan Operativo Anual y someterlo a conocimiento y aprobación

del Director.

2. Establecer y mantener información básica sobre las variables de los sectores de

agroindustria y artesanía de la provincia.

Page 42: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

42

3. Hacer promoción de las actividades de los sectores de agroindustria y artesanía

como negocios innovadores y rentables que atraigan inversión privada nacional e

internacional.

4. Gestionar fondos no reembolsables y reembolsables para fortalecer el apoyo a la

creación de pequeñas y medianas empresas agroindustriales y artesanales.

5. Promover y fortalecer la organización comunitaria con fines de impulsar la

creación, instalación y fortalecimiento de microempresas en los sectores de

agroindustrial y artesanal de la provincia.

6. Promover y establecer alianzas estratégicas con organismos nacionales e

internacionales para fortalecer los procesos asociativos y micro empresariales.

7. Establecer una estructura adecuada para la implementación y desarrollo de micro

finanzas rurales.

8. Apoyar con capacitación y asistencia técnica en aspectos administrativos y de

gerencia empresarial a las organizaciones de productores.

9. Apoyar y coordinar las actividades de investigación y de transferencia de

tecnológica agroindustriales y artesanales.

10. Proveer asistencia técnica y capacitación en técnicas de transformación y mercado

de productos agroindustriales y artesanales.

11. Fortalecer a las microempresas agroindustriales y agrocomerciales existentes y

ampliarla al resto de la provincia y sus respectivas organizaciones.

12. Formulación y elaboración de proyectos agroindustriales y artesanales.

13. Diseñar estrategias de mercado y de comercialización de los productos

agroindustriales y artesanales; y,

14. Las demás que le asigne el Director

3. PROCESOS HABILITANTES

3.1. DE ASESORÍA

3.1.1. PROCURADURÍA SÍNDICA

a) Misión:

Ejercer junto al Prefecto la representación legal del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe de conformidad con lo establecido

en el artículo 50 literal a); del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomía y Descentralización; así como, brindar la asesoría correspondiente, para

que se cumplan todas las disposiciones legales relacionadas con la Institución;

Page 43: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

43

elaboración de proyectos de ordenanzas, acuerdos, resoluciones, contratos, convenios

y demás documentos legales que fueren necesarios para el normal funcionamiento de

la Institución.

RESPONSABLE: Director de Procuraduría Síndica .

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con

la oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año

inmediato siguiente al ejercicio económico del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe; incluido los respectivos

anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

2. Asistir a las sesiones para asesorar en los asuntos jurídicos que se le

requiriese.

3. Presentar los informes que le solicitaren.

4. Representar al Consejo en calidad de Procurador, conjuntamente con el

Prefecto, ante cualquier autoridad, judicial o extrajudicialmente, para reclamar

o defender sus derechos, sujetándose estrictamente a las instrucciones de la

Institución o del Prefecto, según el caso.

5. Intervenir, en unión del Prefecto, en todos los actos y contratos, con

autorización y según las instrucciones del Consejo.

6. Estudiar los proyectos de contrato e informar para la recepción de las obras

contratadas.

7. Advertir al Consejo, aun sin ser requerido, cuando al resolver cualquier asunto, se

aparte del texto expreso de la Constitución o de las leyes.

8. Brindar asesoría legal al Consejo Provincial, al Prefecto, a las Comisiones,

Direcciones y demás unidades administrativas y técnicas del Consejo.

9. Preparar convocatorias para licitaciones e intervenir en el Comité de

Contrataciones.

10. Elaborar proyectos de reforma a la Ley de Régimen Provincial, Proyectos de

Decretos y Proyectos de Ordenanzas, que procuren un mejor ordenamiento

jurídico, económico y administrativo.

11. Estar permanentemente actualizado respecto de las reformas a los cuerpos legales

que ver con la Administración Provincial. Difundir las reformas con una

explicación del alcance y repercusiones, a las principales autoridades.

12. Diseñar, aplicar y asegurar el funcionamiento permanente de procedimientos de

control interno relacionado con las actividades de su área.

Page 44: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

44

13. Asistir a las Sesiones del Consejo para apoyar para brindar la asesoría

correspondiente en los asuntos jurídicos que se lo requiera.

14. Brindar personalmente o a través de su delegado, asesoría legal a las Comisiones,

Direcciones y demás unidades administrativas y técnicas del Consejo.

15. Preparar informes legales para conocimiento del Prefecto y del Gobierno

Provincial.

16. Coordinar la elaboración de proyectos de reforma: Proyectos de Decretos y

Proyectos de Ordenanzas, que procuren un mejor ordenamiento jurídico,

económico y administrativo del Consejo Provincial de Zamora Chinchipe.

17. Intervenir por delegación del Prefecto, en las comisiones a las que fuere asignado.

18. Coordinar el trabajo de los departamentos de la Dirección Jurídica.

19. Gestionar los materiales e insumos que requiere la Dirección para el

cumplimiento de sus funciones; y,

20. Cumplir otras tareas inherentes a su área.

La Gestión de Asesoría Jurídica se efectivizará a través de:

3.1.1.1. PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

a) Misión:

Tiene como responsabilidad planificar, coordinar, tramitar, controlar, determinar las

garantías contractuales de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública y su Reglamento, todos los procesos de contratación requeridos

por el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, en

cumplimiento de sus programas de trabajo.

b) Productos y Servicios:

1. Redactar los documentos precontractuales.

2. Elaborar proyectos de contratación y compras de conformidad con la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Compras Públicas su Reglamento y Leyes

conexas, que requiera el Gobierno Provincial para el cumplimiento de sus

labores.

3. Determinar las garantías contractuales en las obras de infraestructura, que deban

rendir los contratistas

4. Efectuar el control sobre cumplimiento de contratos en la parte legal.

5. Realizar los trámites para la protocolización e inscripción de contratos.

Page 45: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

45

6. Registrar y despachar las actas de entrega-recepción de obras, cuando existan

recepciones provisionales o definitivas.

7. Mantener un registro de contratistas, en base a los contratos que se suscriben.

8. Mantener actualizado el registro de contratistas hábiles de conformidad con las

regulaciones de la Contraloría General del Estado;

9. Mantener un registro actualizado en forma permanente de los contratistas

morosos.

10. Coordinar y entregar los informes necesarios a Patrocinio Judicial, para la

aplicación de acciones de carácter legal, en aquellos contratos en que existe

incumplimiento por parte de los contratistas.

11. Elaborar proyectos de expropiación de terrenos para ser utilizados por el

Gobierno Provincial, en cumplimiento de sus finalidades.

12. Comunicar a la Contraloría General del Estado, respecto del incumplimiento de

los contratistas.

13. Elaborar informes periódicos que incluyan datos estadísticos respecto del

cumplimiento de sus actividades.

14. Estar permanentemente actualizado respecto de las reformas a los cuerpos legales

que tengan que ver con el área de trabajo.

15. Diseñar, aplicar y asegurar el funcionamiento permanente de procedimientos de

control interno, relacionado con las actividades de su área.

16. Vigilar la correcta información sobre los procesos contractuales de la Institución

en la página Web del INCOP.

17. Cumplir otras tareas inherentes a su área de conformidad con las regulaciones y

reglamentos que dicte la Máxima Autoridad de la Institución.

3.1.1.2. PATROCINIO JUDICIAL

a) Misión:

Asesorar a las dependencias del Gobierno Provincial en asuntos legales y ejercer el

patrocinio en juicios Civiles, Penales, de Tránsito, Laborales, Inquilinato, Contencioso

Administrativo, Tributarios, causas en lo Contencioso Administrativo, Corte

Constitucional y/o Juzgados de Garantías Constitucionales y demás organismos

jurisdiccionales.

b) Productos y Servicios:

Page 46: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

46

1. Dirigir con la respectiva autorización de los representantes legales de la

Institución, las acciones judiciales y tramitación de los juicios que se presentaren

en los que el Gobierno Provincial intervenga como actor o demandado, para lo

cual contarán con la correspondiente autorización de sus representantes legales.

2. Tramitación oportuna y seguimiento de los juicios en los que el Consejo

Provincial sea actor o demandado, para lo cual deberá recabar toda la

documentación para presentar o contestar demandas, hasta la culminación del

proceso, además deberá asistir a juntas, audiencias que sean necesarias, en los

respectivos juzgados y tribunales y solicitar los correspondientes recursos.

3. Llevar un archivo ordenado y debidamente custodiado de todos los juicios en los

que interviene el Gobierno Provincial, ya sea como actor o demandado.

4. Presentar demandas ante los Jueces competentes, en contra de los contratistas

incumplidos con la Institución, en las que obligatoriamente se solicitará la

indemnización de daños y perjuicios, como así lo establece la Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Contratación Pública.

5. Realizar la denuncia respectiva en casos de hurto o robo de bienes del Gobierno

Provincial, de conformidad con lo que establece el Reglamento General de Bienes

del Sector Público.

6. Elaborar informes periódicos que incluyan datos estadísticos respecto del

cumplimiento de sus actividades.

7. Estar permanentemente actualizado respecto de las reformas a los cuerpos legales

que tengan que ver con el área de trabajo.

8. Diseñar, aplicar y asegurar el funcionamiento permanente de procedimientos de

control interno relacionados con las actividades de su área.

9. Cumplir otras tareas que le impusiere la sindicatura.

3.1.1.3. ESTUDIOS LEGALES

a) Misión:

Coordinar, asesorar y prestar apoyo legal a todas las áreas que conforman la Dirección

de Procuraduría Síndica; así como, brindar apoyo y asesoramiento a las diferentes área

de gestión del Gobierno Provincial.

b) Productos y Servicios:

1. Elaborar proyectos de Ordenanza, Acuerdos y Resoluciones de la Institución

Provincial.

2. Emitir informes legales en los asuntos oficiales, solicitados por cualquiera de las

Áreas de Gestión que conforman el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

Page 47: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

47

3. Tramitar las apelaciones que provengan de los Concejos Municipales de la

Provincia, respecto a Resoluciones, Acuerdos y Ordenanzas.

4. Coordinar interna y externamente, todas las actividades que le competen atender a

Dirección de Procuraduría Síndica.

5. Colaborar directamente con el señor Procurador Síndico.

6. Asesorar legalmente a los empleados de la Procuraduría Síndica, en todos los

asuntos y funciones que deban atender.

7. Mantener un registro actualizado sobre las leyes, reglamentos relativos a las

labores de la. Institución.

8. Difundir en forma permanente las reformas legales que tengan relación con las

actividades del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, en las que se añadan

comentarios sobre su alcance y repercusiones a las principales autoridades; y,

9. Cumplir otras tareas inherentes a su área.

3.1.2. DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

a) Misión:

Fortalecer, consolidar y acompañar el proceso de internacionalización del Gobierno

Provincial de Zamora Chinchipe a partir de un modelo de gestión planificado,

participativo que permita llegar al Mundo, con las bondades de la Provincia,

consecuentemente estimular la inversión extranjera que permitan su desarrollo en

todos los campos de la actividad humana.

RESPONSABLE: Director/a de Gestión y Cooperación Internacional.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Iniciar en implementar la capacidad de gestión del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe en la Cooperación y las Relaciones Internacionales a través de

una planificación participativa y consensuada con los Gobiernos Municipales y

Parroquiales, que permita un efectivo enlace de la Provincia hacia el contexto

internacional.

2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

3. Promover la internacionalización del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

Page 48: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

48

4. Generar e implementar programas, proyectos y acciones que permitan ser

beneficiarios de cooperación internacional que responda adecuadamente a los

intereses de desarrollo de Zamora Chinchipe.

5. Difundir y comunicar permanentemente las oportunidades de becas, premios, y

subsidios internacionales hacia la población estudiantil de Zamora Chinchipe.

6. Coordinar y acordar lineamientos de trabajo con ONGs y Asociaciones

Internacionales.

7. Constituir instancias de coordinación y cooperación con organismos

gubernamentales y no gubernamentales a fin de realizar propuestas y emprender

acciones, que fortalezcan los lineamientos estratégicos del Plan de Gestión de la

Cooperación Internacional.

8. Articular acciones con los Gobiernos Municipales y Parroquiales en el ámbito de

la Red de Cooperación Internacional para el fomento del turismo, preservación

del medio ambiente y generación de trabajo como mecanismo de combatir la

pobreza.

9. Brindar y garantizar una difusión masiva y actualizada de todas las bondades y

oportunidades que brinda la Provincia de Zamora Chinchipe para el país y el

mundo.

10. Promover estrategias de acción conjuntas con las demás Direcciones de Áreas de

gestión del Gobierno Provincial para el logro de los objetivos trazados.

11. Mantener un listado de Embajadas de los Gobiernos amigos, debidamente

acreditados en el Ecuador con sus respectivas direcciones, a fin de lograr

contactos para entrevistas que faciliten la cooperación internacional.

12. Establecer permanente contacto con la dependencia respectiva del Ministerio de

Relaciones Exteriores del Ecuador, con la finalidad de proponer planes y

proyectos de capacitación para el personal del Gobierno provincial inmersos en el

área de gestión; y,

13. Las demás que le asigne el señor prefecto dentro de sus competencias.

La Gestión de Cooperación Internacional se efectivizará a través de:

3.1.2.1. RELACIONES INTERNACIONALES

a) Misión:

Promover la vinculación y comunicación permanente del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, con Gobiernos amigos de los

diferentes países del Mundo, a fin de promocionar las potencialidades de Zamora

Chinchipe.

Page 49: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

49

b) Productos y Servicios:

1. Generar canales de comunicación permanentes con las Oficinas de Relaciones

Internacionales de los gobiernos provinciales del país

2. Vincular y articular acciones de difusión y promoción con medios de

comunicación locales e internacionales.

3. Intervenir, consolidar y apoyar las relaciones del Gobierno Provincial de Zamora

Chinchipe con organismos e instituciones gubernamentales y no gubernamentales

a nivel nacional e internacional.

3.1.2.2. COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

a) Misión:

Identificar, difundir y gestionar oportunidades de Cooperación Científico-tecnológica

entre El Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe y diversas instituciones del país y

del mundo científico. Promover y estimular la participación del Gobierno Provincial

de Zamora Chinchipe en programas, proyectos y actividades de Cooperación

Internacional al Desarrollo. Asistir y asesorar en la gestión y firmas de convenios

internacionales entre el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe con instituciones

gubernamentales y no gubernamentales del exterior.

b) Productos y Servicios:

1. Contribuir en la difusión de los espacios de oferta científico-investigativa que

permita la implementación de nuevas tecnologías en los diferentes campos de la

Administración Provincial, la misma que será reflejada hacia el Desarrollo de

Zamora Chinchipe.

2. Promover la participación del Gobierno Provincial en proyectos de investigaciones

conjuntas con entidades del exterior.

3. Fomentar la formación de recursos humanos (empleados y trabajadores) y apoyar

el intercambio de estudiantes y docentes-investigadores mediante la formulación

de convenios con las Universidades que mantienen extensiones en Zamora

Chinchipe con centros de investigación y universidades extranjeras.

4. Articular acciones con la Dirección de Cooperación Internacional de la Secretaria

de Ciencia y Tecnología del Ecuador.

5. Intervenir en la gestión, promoción y difusión de becas en el exterior.

6. Coordinar, programar y orientar el ingreso, la residencia y el alojamiento de

funcionarios, docentes, investigadores y estudiantes extranjeros que deseen

realizar sus actividades en el ámbito que ofrece del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe.

Page 50: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

50

7. Gestionar, difundir y promover todos los programas de intercambio académico

internacional que se deriven de la firma de convenios, actas de intención y

acuerdos de cooperación entre el Gobierno Provincial con instituciones del

extranjero.

8. Promoción de la Provincia de Zamora Chinchipe en el Mundo, como el “Pulmón

de la madre Tierra, fuente de agua y vida”.

9. Capacitar y sensibilizar en la temática de Cooperación Internacional el Desarrollo,

asumiendo al Gobierno Provincial como Unidad de Vinculación y transferencia

Tecnológica.

10. Vincular al Gobierno Provincial con agencias y organismos Nacionales e

Internacionales que promuevan y gestionen proyectos de Cooperación

Internacional al Desarrollo.

11. Difundir las oportunidades y los alcances de la Cooperación Descentralizada en el

circuito de la cooperación internacional.

12. Difundir en forma permanente a la población de la Provincia la nomina actualiza

de todos los Convenios Internacionales entre el Gobierno Provincial y las

instituciones extranjeras.

13. Intervenir en la preparación y elaboración de las condiciones institucionales para

la aprobación de proyectos y convenios.

14. Implementar sistemas de capacitación en la gestión y firmas de acuerdos

internacionales.

3.1.3. DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

a) Misión:

Tiene como principal responsabilidad la elaboración del Plan General de Desarrollo

Participativo Provincial de Zamora Chinchipe, que contengan las políticas, objetivos y

estrategias destinadas a diseñar, dirigir, ordenar y estimular las acciones de desarrollo

de Zamora Chinchipe y el aprovechamiento de sus recursos, de conformidad con la

Constitución de la República, en coordinación con los planes globales de desarrollo

del país, e incorporarlos a los enfoques transversales de ordenamiento territorial,

ambiente, interculturalidad, género, juventudes, grupos humanos de atención

prioritaria, estableciendo políticas claras que determinen una garantía visionaria y

práctica, sostenido en los principios de soberanía alimentaria y buen vivir.

RESPONSABLE: Director/a de Planificación.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Formular el Plan de Desarrollo Provincial de Zamora Chinchipe, dentro del

marco de incentivar el desarrollo provincial atendiendo las particularidades de

Page 51: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

51

cada cantón, parroquia y localidad de Zamora Chinchipe que determine la

ejecución de la acción del Gobierno Provincial a través del desarrollo

participativo y promoviendo un desarrollo territorial equilibrado e integrado que

garantice la atención prioritaria y fundamental de la población.

2. Incentivar y motivar las articulaciones locales e inter-locales urbanas y rurales

desde una perspectiva solidaria y cooperativa.

3. Formular ante el Poder Legislativo de Gobierno Provincial la creación del fondo

de cohesión y apoyo a proyectos mancomunados de escala.

4. Velar por que la inversión que realiza del Gobierno Provincial esté en función de

las necesidades y de la corrección de injustas disparidades territoriales,

promoviendo procesos de concertación a intra e inter locales de Zamora

Chinchipe.

5. Elaborar programas y proyectos mancomunados entre los Gobiernos Municipales,

Juntas Parroquiales y el Gobierno Provincial, que dinamicen las economías

locales y potencien la participación social.

6. Fortalecer a través de la actividad planificadora la autonomía de los gobiernos

locales y de las organizaciones sociales.

7. Establecer en forma clara y precisa políticas de ordenamiento territorial con

criterios de concentración de población para facilitar servicios públicos eficientes,

niveles de urbanización y estructura diversificada de las oportunidades

económicas de la población.

8. Fomentar el desarrollo de ciudades intermedias: inversión social, infraestructura e

incentivos productivos.

9. Dirigir técnicamente la formulación, ajuste, complementación y actualización del

Plan de Desarrollo Provincial y las Programaciones Operativas Anuales.

10. Ajustar los planes y programas elaborados por las diferentes Direcciones

Administrativas del Gobierno Provincial e incorporarlos al Plan General de

Desarrollo Provincial. Calificar y si es del caso integrar nuevos proyectos que se

definan a base de la información proporcionada.

11. A partir de la aprobación, mantener actualizado el Plan General de Desarrollo

Provincial, en especial dentro de los campos referentes a políticas, objetivos y

estrategias destinados a ejecutar con eficiencia los proyectos; así como a, dirigir,

ordenar y estimular las acciones del desarrollo de la Provincia en los órdenes

social, económico, físico, administrativo, ambiental, ecológico, etc., y el óptimo

aprovechamiento de sus recursos, en concordancia con los planes de desarrollo

regional y nacional.

12. Evaluar los efectos de la acción del Gobierno Provincial en el desarrollo

socioeconómico de la Provincia de la Región y del País.

Page 52: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

52

13. Informar periódicamente al Prefecto sobre la evaluación del cumplimiento en la

ejecución de planes y sugerir la adopción de las medidas correctivas que fueren

necesarias.

14. Analizar e informar al Prefecto Provincial, sobre los planes, programas y

proyectos elaborados por otras instituciones del sector público, y que tengan

incidencia en la provincia de Zamora Chinchipe.

15. Las demás determinadas en leyes, ordenanzas, acuerdos y resoluciones, así como

las que administrativamente dispusiere el Prefecto.

La Gestión de Planificación se efectivizará a través de:

3.1.3.1. GESTIÓN TERRITORIAL

a) Misión:

Implementar un sistema integrado de información y planificación territorial articulado

y coordinado con todos los niveles de Gobierno, que orienten a generar un modelo

Integral del territorio descentralizado, desconcentrado y participativo para responder

las realidades y contextos de la provincia y región.

b) Funciones y Servicios:

1. Dirigir los procesos de Planificación y Ordenamiento Territorial Provincial desde

las áreas de Sistema Provincial de Información, Información Temática,

Programación y Publicación de datos, y Planificación y Capacitación.

2. Elaborar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Zamora Chinchipe,

mediante una estrecha coordinación con los Gobiernos Locales y Parroquiales de

la Provincia.

3. Apoyar en la sectorización de los territorios cantonales y parroquiales para

identificar recursos y potencialidades.

4. Elaborar, actualizar y coordinar con los Gobiernos Autónomos Descentralizados

los catastros de canales, recursos hídricos, uso de suelo, población y vivienda,

parcelas de agrado, servicios sociales, agrícola, servicios básicos, actividades

productivas, de organizaciones territoriales y funcionales.

5. Edición de capas temáticas y análisis geoestadístico de información geográfica

territorial.

6. Elaboración, Mantenimiento y administración de las Geodatabases provinciales

7. Elaborar cartografía temática que facilite la gestión y la toma de decisiones del

Gobierno Provincial, y de las instituciones, organizaciones, y comunidades

locales.

Page 53: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

53

8. Elaborar cartografía temática actualizada como herramienta de planificación y

coordinación entre los Gobiernos Autónomos Descentralizados con competencia

en los temas de salud, ambiente, conectividad, educación, vivienda, comercio,

infraestructura sanitaria, entre otros.

9. Elaborar, actualizar y sistematizar el perfil demográfico, estadísticas, registros en

indicadores de gestión territorial de los tres niveles de gobierno.

10. Preparar lineamientos, directrices, metodologías, herramientas y procedimentales

para elaborar Planes, Agendas, ordenanzas y Proyectos de interés institucional y

provincial, que orienten a garantizar y cumplir con las competencias, procesos,

políticas y estrategias establecidos en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento

Territorial.

11. Establecer y actualizar permanentemente el sistema provincial de información

territorial con su respectiva infraestructura de datos espaciales y articulados

verticalmente y horizontalmente en el territorio provincial, regional y nacional,

como estrategia para mantener un sistema de planificación y coordinación en red.

12. Elaborar, actualizar, difundir y publicar permanentemente los indicadores de

gestión territorial generados en cada uno del territorio.

13. Construir y procesar la información generada en la geodatabases para la

actualización de la línea base territorial, indicadores ambientales, sociales,

económicos en la provincia..

14. Brindar asistencia técnica y capacitación especializada a los organismos

sectoriales de la provincia en planificación, gestión y, Sistemas de Información

territorial.

15. Mantener permanentemente una base de datos sistematizada de planes, programas,

estrategias y proyectos ofertados y elaboradores por la institución y actores

sociales

16. Realizar el análisis previo y correspondiente de la factibilidad de los programas y

proyectos que se ejecutan en la provincia, formulados y diseñados por la misma

institución provincial, organismos estatales, Gobiernos Municipales y

Parroquiales.

17. Coordinar con los niveles de Gobierno el cumplimiento, y comunicación al

sistema de planificación y ordenamiento del territorio definido en cada uno de los

territorios.

18. Establecer lineamientos o programas sectoriales, intersectoriales y espaciales que

coadyuven a la ejecución, coordinación y articulación del plan de Desarrollo y

ordenamiento territorial con todos los niveles de Gobierno.

19. Sistematizar la información sobre la ejecución física y presupuestaria de los planes

operativos anuales.

Page 54: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

54

20. Dirigir la elaboración de proyectos de pre-inversión, de estudios de prefactibilidad

y factibilidad acordes con la visión, misión y objetivos del Gobierno Provincial en

función de la disponibilidad de fondos de la Corporación.

21. Diseñar, aplicar y asegurar el funcionamiento de procedimientos de control interno

relacionados con las actividades de su área.

22. Diseño, administración y mantenimiento de páginas Web en Software libre, en

todos los niveles de Gobierno.

23. Recolección, administración, sistematización, retroalimentación y publicación de

información en la base de datos.

24. Mantener, registrar y administrar una base de datos de censos, registros y mapeo

de actores en la provincia.

25. Presentar ante la máxima autoridad provincial cada periodo anual el Plan

Operativo Anual Institucional para su análisis y aprobación.

3.1.3.2. GESTIÓN DE PROYECTOS

a) Misión:

Elaborar los estudios relacionados con el planeamiento físico, social, económico y de

desarrollo productivo, que conduzcan a la definición de proyectos integrados y

específicos, que deben, obligatoriamente, estar acorde con el Plan General de

Desarrollo Provincial.

b) Productos y Servicios:

1. Elaborar, estudios referentes al planeamiento físico, económico y de desarrollo

productivo de la Corporación en coordinación con las áreas técnicas respectivas.

2. Elaborar estudios a nivel de factibilidad y los estudios definitivos que estén

previstos dentro del Plan General de Desarrollo o planes operativos del Consejo.

3. Coordinar con los Departamentos de Planificación y las demás Direcciones del

Gobierno Provincial, los diseños definitivos.

4. Brindar asistencia técnica, desarrollo metodológico y de instrumentos de gestión a

las Direcciones Administrativa de la Corporación en la preparación de proyectos

específicos, en los campos de su competencia; así como con los Gobiernos

Municipales y Parroquiales en procura de una permanente retroalimentación y

fortalecimiento de los departamentos técnicos de las respectivas Instituciones.

5. Diseñar y mantener actualizado un Sistema de Información estadístico de la

provincia de Zamora Chinchipe.

6. Cumplir otras funciones inherentes a su área.

Page 55: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

55

3.1.3.3. ESTUDIOS DISEÑOS Y PRESUPUESTOS

a) Misión:

Coordinar, supervisar y ejecutar las actividades de diseño definitivo, de las

alternativas que permitan tomar las decisiones más convenientes al Consejo, para

propender al desarrollo de la Provincia, en cuanto a la construcción y mantenimiento

de infraestructura comunitaria y vialidad derivada de los procesos de planificación

institucional y la formulación del presupuesto de la Institución.

b) Productos y Servicios:

1. Participar en la elaboración de la proforma del Presupuesto del Gobierno

Provincial presentado las novedades y exigencias constantes en el Plan de

Desarrollo Provincial, de acuerdo con el Ordenamiento Territorial Provincial de

Zamora Chinchipe, para lo cual presentará los respectivos soportes e instrumentos

técnicos.

2. Formular planes reguladores de ordenamiento de los centros poblados de la

provincia en coordinación con los Gobiernos Municipales y Parroquiales.

3. Proponer a través de la Dirección de Planificación los proyectos de normas de

regulación del uso del suelo mediante ordenanzas que regulen el desarrollo de

zonas rurales, en forma armónica.

4. Recomendar de acuerdo con expresas disposiciones del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas, el uso del suelo de las márgenes de las vías de

comunicación cuando éstas sean construidas y/o mantenidas por el Gobierno

Provincial, así como tratándose de las márgenes de acueductos, preservando el

paisaje y derecho de vía.

5. Preparar reglamentos, manuales y normas que posibiliten la aplicación e

instrumentación de los diferentes sistemas administrativos y financieros que sean

requeridos por la Institución.

6. Preparar planes, programas y proyectos para la Provincia, incluyendo alternativas

de financiamiento.

7. Elaborar y supervisar el diseño de planes sectoriales para la Provincia,

proporcionando orientaciones y metodologías, participando en la preparación de

los mismos, y procurando su consistencia y compatibilización.

8. Preparar planes, programas y proyectos de desarrollo provincial para ser

ejecutados por los organismos correspondientes del sector público, dentro de la

labor de coordinación interinstitucional.

9. Desarrollar las actividades como integrante del Sistema Nacional de Planificación

descentralizado y participativo.

Page 56: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

56

10. Analizar e informar al Prefecto Provincial sobre los planes, programas y proyectos

elaborados por otras instituciones del sector público y que tengan incidencia en la

Provincia de Zamora Chinchipe, con las correspondientes fundamentación de la

factibilidad de ejecutar trabajos mancomunados.

11. Formular y actualizar periódicamente el Sistema de Evaluación del cumplimiento

de planes, programas, proyectos y actividades del Gobierno Provincial.

12. Presentar informes consolidados del avance físico y presupuestario, en

coordinación con las Direcciones respectivas, de las obras y estudios ejecutados

por el Gobierno Provincial, en base a los datos por ellas proporcionados.

13. Efectuar análisis específicos sobre comportamiento del gasto y realizar

proyecciones como elementos de programación de anteproyectos para el año

siguiente.

14. Presentar recomendaciones tendientes a mejorar la estructura presupuestaria del H.

Gobierno Provincial.

15. Coordinar sus actividades con el Departamento de Ejecución y Control

Presupuestario preparar el Plan Financiero relativo a la ejecución del Presupuesto

aprobado.

16. Preparar los informes que sobre su ámbito de acción se requiera.

3.1.3.4. ESTADÍSTICA E INFORMACIÓN

a) Misión:

Tiene como misión proveer a las Departamentos de la Dirección el Diagnóstico de la

realidad de la población en los aspectos de atención tales como: alimentación, salud,

educación, vialidad y vías de acceso, infraestructura deportiva y recreacional,

servicios eléctricos y electrónicos. Constituye el eje fundamental de atención al sector

humano de la Provincia y de su urgente incorporación al Plan de Desarrollo Provincial

en la definición de planes, programas, políticas y proyectos que defina y deba ejecutar

Gobierno Provincial.

b) Productos y Servicios:

1. Determinar las particularidades sociales de la población de la Provincia de Zamora

Chinchipe, que permitan establecer el número de habitantes por cada sector, la

realidad en que se desenvuelven y definiendo sus necesidades básicas que deben

ser satisfechas urgentemente.

2. Elaborar un banco de datos del capital humano que habita en Zamora Chinchipe.

3. Determinar la capacidad organizativa de cada sector para el ejercicio de sus

capacidades y las libertades de las personas en el marco de los derechos humanos.

Page 57: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

57

4. Determinar mediante un diagnóstico verificable las falencias institucionales en la

atención a la población. Se consideran como capacidades básicas o necesidades

mínimas que las personas estén adecuadamente nutridas y accedan a educación

suficiente y de calidad.

5. Establecer con claridad y precisión las mestas e indicadores que tienen que ver con

la garantía de algunas capacidades básicas de las personas que habitan en Zamora

Chinchipe, como punto de partida fundamental para la erradicación de la pobreza

y la exclusión, proveyendo al Gobierno Provincial de las herramientas que

permitan el impulso inicial para el desarrollo; tomado en consideración que si los

habitantes de la provincia no están adecuadamente nutridos, no podrán aprovechar

la educación y sin ésta cualquier desarrollo es impensable.

6. Establecer la potencialidad del recurso humano asentado en cada sector y la

efectiva participación ciudadana en el desarrollo de cada centro poblacional de la

Provincia.

7. Determinar las capacidades poblacionales en los sectores urbano y rural.

8. Establecer políticas y estrategias que permitan al Gobierno Provincial, ejecutar

acciones que posibiliten que la población tenga acceso a una canasta de alimentos

nutricional, asequible, segura y continua, en base a la producción agrícola

provincial, fomentando la producción para consumo interno mediante el apoyo

financiero y técnico a pequeños y medianos productores y a las comunidades

campesinas;

9. Determinar la demanda de mano de obra y establecer los requerimientos de

capacitación en la provincia.

10. Establecer con precisión las falencias de las Instituciones en la atención a la salud

de nuestra provincia.

11. Determinar los requerimientos de infraestructura educativa;

12. Emitir informes trimestrales o de acuerdo a los requerimientos del señor Prefecto,

sobre el avance de los diferentes programas de desarrollo humano que ejecuta el

Gobierno Provincial; y,

13. La demás que le asigne el Director/a del área.

3.1.3.5. GESTIÓN DE RIESGOS

c) Misión:

Prevenir y mitigar los riesgos producidos por los fenómenos naturales, antrópicos y

tecnológicos, mediante la oportuna y adecuada planificación, capacitación y

coordinación entre los diferentes actores de la Provincia de Zamora Chinchipe.

d) Productos y Servicios:

Page 58: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

58

1. Coordinar y procesar información base con la Coordinación de Gestión Territorial,

referente a vulnerabilidades activas y potenciales en el territorio.

2. Coordinar y procesar información de los Planes de Contingencia elaborados por

los equipos técnicos de los GAD`s y representantes gubernamentales

(Gobernación, Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos).

3. Evaluar y monitorear las amenazas y vulnerabilidades en el territorio.

4. Formular políticas de seguridad relacionadas con la prevención activa de riesgos.

5. Coordinar y evaluar los planes de emergencia en la provincia.

6. Coordinar y promover la democratización de la información en el Sistema

Provincial de Información.

7. Generar información técnica en coordinación con la Coordinación de Gestión

Territorial sobre posibles escenarios siguiendo tendencias de uso de los recursos,

crecimiento poblacional, necesidades kilocalóricas de la población, políticas de

uso del suelo, deforestación.

8. Coordinar internamente con las direcciones de Planificación y coordinación,

Obras Públicas, DIMAT, las acciones necesarias para atender de manera

inmediata cuando suscite una emergencia.

3.1.4. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

a) Misión:

Ejecución administrativa de la política de comunicación del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, las relaciones con los medios de

comunicación, el seguimiento, ordenación y puesta a disposición de la información de

dichos medios; las funciones administrativas en relación con la actividad publicitaria,

dentro de los criterios de homogeneidad establecidos por el portavoz oficial designado

por el Prefecto, en la imagen corporativa y exterior del Gobierno Provincial, en

general, cualquier otra encargada por ésta de acuerdo con su naturaleza. Difundir

actividades, programas y acciones del Gobierno Provincial, mediante técnicas y

estrategias diversas de comunicación, encaminadas al fortalecimiento y fomento del

desarrollo Provincial y la difusión de valores universales, cuidando la imagen

Institucional y la relación del respeto y colaboración con los representantes de los

medios masivos de comunicación. Tiene como tarea fundamental, transmitir los

mensajes adecuados, apegados estrictamente a la verdad, consecuentemente creíbles y

entendibles, sobre las acciones y actividades del Gobierno de la Provincia de Zamora

Chinchipe. A su vez, recogerá los emitidos por la ciudadanía.

RESPONSABLE: Director/a de Comunicación Social.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

Page 59: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

59

1. Diseñar planear y estrategias integrales de comunicación social.

2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

3. Coordinar con la Unidad de Telemática de la Dirección campañas de imagen.

4. Elaborar proyectos que permitan al Gobierno Provincial, contar con medios de

comunicación institucionales.

5. Atender las peticiones informativas de los medios de comunicación en relación

con las actividades del Gobierno Provincial.

6. Diseñar políticas de relaciones públicas con los medios de comunicación locales,

provinciales y nacionales.

7. Ser el vocero oficial de la información calificada por el funcionario designado por

el Prefecto.

8. Difundir material informativo previamente calificado por el vocero oficial

designado por el Prefecto.

9. Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación social que permitan la difusión de

proyectos, programas y/o acciones que realiza el Gobierno Provincial, difundirlas

de manera interna y externa, y cumplir con los preceptos constitucionales y la ley

en la emisión de información que se genere en la Corporación Provincial.

10. Establecer las políticas de comunicación social que promuevan una imagen

integral de la Institución y de las Áreas de los diferentes niveles administrativos

del Gobierno Provincial.

11. Promover una imagen positiva de la Institución a través de los medios masivos de

comunicación, para lograr la credibilidad, y fortalecer la Imagen de la

Corporación.

12. Difundir y buscar alternativas de difusión de las acciones del Gobierno Provincial

hacia la población zamorana chinchipense bajo los principios de unidad y

preservación de valores universales.

13. Establecer relaciones con directivos de medios de comunicación para lograr una

adecuada difusión de la labor del Gobierno Provincial, buscando

permanentemente el apoyo en campañas y proyectos.

14. Dirigir, analizar, revisar y supervisar la labor realizada por todos los componentes

de la Dirección de Comunicación y Atención a Medios externos, para asegurar

una información oportuna y fidedigna.

Page 60: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

60

15. Aclarar, en los casos que así amerite, la información generada en los medios

masivos de comunicación para lograr confiabilidad y credibilidad ante la

población.

16. Vigilar que los discursos del señor Prefecto que se emiten en presentaciones

oficiales y/o protocolarias, se transmitan en forma correcta y sin omisiones.

17. Desarrollar nuevas estrategias de comunicación con base en diagnósticos que

reorienten las acciones en favor de la población, que es el objetivo primordial del

Gobierno Provincial

18. Participar en la realización de la Memoria del Trabajo Institucional y de la

Prefectura, y coordinar la presentación del informe anual de actividades para

cumplir con su difusión ante la Provincia, medios de comunicación, servidores

públicos y trabajadores del Gobierno Provincial y la ciudadanía en general.

19. Evaluar las acciones de Comunicación Social y sus programas a nivel provincial

en coordinación con las áreas competentes.

20. Elaborar y presentar el informe de acciones realizadas al Prefecto.

21. Diseñar y ejecutar estrategias de comunicaciones que permitan contar con el

apoyo de los medios de comunicación social, prensa, radio y televisión.

22. Optimizar los recursos técnicos existentes, para la producción de programas de

televisión, noticieros de televisión, SPOT de TV, programas de radio, noticieros

de radio y producción de cuñas radiales.

23. Preparar estrategias específicas para difundir las actividades de cada una de las

direcciones y departamentos de la Corporación Provincial.

24. Mantener un permanente y fluido contacto con los medios tradicionales de

comunicación social y con otros medios alternativos, interesados en apoyar la

labor del Gobierno Provincial.

25. Desarrollar y aplicar encuestas y estudios de opinión sobre los servicios que

brinda el Gobierno Provincial.

26. Coordinar y vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las unidades

bajo su responsabilidad; y,

27. Las demás que le asigne el Prefecto.

La Gestión de Comunicación Social se efectivizará a través de:

3.1.4.1. COMUNICACIÓN PARA EL DESARROLLO RADIO Y

TELEVISIÓN

a) Misión:

Page 61: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

61

Comunicación para el Desarrollo, Radio y Televisión

b) Productos y Servicios:

1. Recopilar, investigar y redactar todo tipo de información para el público, para los

medios de comunicación social en general y para otros alternativos de difusión.

2. Procurar, mantener y fortalecer las buenas relaciones con los medios de

comunicación social, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, que

estén directa o indirectamente vinculadas con la acción del Gobierno Provincial.

3. Planificar, organizar, difundir y crear los productos informativos y de

comunicación específicos, tales como programas de radio, cuñas de radio,

programas de TV, noticieros para TV, libretos, artículos, reportajes, entrevistas,

textos de remitidos, convocatorias, etc.

4. Realizar análisis de contenido de la prensa escrita, radio y televisión y otros

medios alternativos de información pública.

5. Planificar y ejecutar los proyectos de comunicación para el desarrollo comunitario.

6. Editar y producir todos los contenidos informativos que necesita el Gobierno

Provincial para ser difundidos a través de diferentes estaciones de radio y

televisión, reuniones públicas comunitarias, escuelas, colegios, Gobiernos

Municipales y Parroquiales.

7. Producir el material informativo para el noticiero de Televisión del Gobierno

Provincial y todo el material que se difundirá a través de las emisoras locales y de

la provincia que se integren en la red de comunicación radial comunitaria.

8. Grabar todo el material de audio y video de ruedas de prensa, conferencias y otros

eventos que realice el Gobierno Provincial.

9. Elaborar artes para folletos, afiches, revistas, periódicos, hojas volantes, entre

otros, así como anuncios que se requiere enviar a los diferentes medios para su

publicación, de acuerdo a un plan específico elaborado por la Dirección.

10. Las demás que le asigne la Dirección del Área.

3.1.4.2. COMUNICACIÓN INTERNA Y PROTOCOLO

a) Misión:

Implementar todas las estrategias y actividades que propendan a mantener una imagen

positiva de la Institución, con la publicación de informativos internos, revista o

periódicos, y ejecutar las acciones de protocolo cuando la Institución lo requiera.

b) Productos y Servicios:

Page 62: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

62

1. Programar y ejecutar actividades culturales y sociales dentro y fuera de la

Institución y responsabilizarse de las actividades de relaciones públicas y

protocolo a nivel interno y externo, debidamente autorizados.

2. Apoyar los programas de capacitación emprendidas del personal con técnicas de

comunicación.

3. Colaborar con las asociaciones y gremios de empleados y trabajadores en

actividades que tiendan a la consecución de los objetivos institucionales.

4. Establecer mecanismos de coordinación para la organización, promoción y

ejecución de reuniones de trabajo, actos académicos, culturales, protocolarios y

otros para fortalecer la imagen.

5. Organizar eficientemente el funcionamiento de las secciones y unidades de la

Dirección.

6. Asegurar el funcionamiento de los procedimientos de control interno relacionados

con las actividades.

7. Elaborar informes periódicos con datos estadísticos comparativos relacionados

con el cumplimiento de sus actividades.

8. Coordinar las actividades de cada uno de los comunicadores sociales, periodistas

responsables de tareas específicas a ellos asignadas según la programación

semanal, quincenal o mensual.

9. Organizar ruedas de prensa, conferencias y otros eventos para fomentar la cultura

de la comunicación y se logre adhesiones sobre la acción del Gobierno

Provincial.

10. Coordinar todas las acciones y actividades que afiancen los procesos de

comunicación interna.

11. Coordinar y organizar seminarios, talleres, foros, conferencias, presentaciones

artísticas y otros actos de carácter social que levanten la autoestima, mejoren las

relaciones humanas de la institución y el ambiente de trabajo.

12. Las demás que le asigne el Director de área

3.1.4.3. TELEMÁTICA E IMAGEN VIRTUAL DEL GOBIERNO

PROVINCIAL

a) Misión:

Organizar, ejecutar y evaluar la dirección y gestión de los programas, acciones y

servicios de extensión cultural y de promover una imagen institucional positiva del

Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, ante la opinión pública local, Nacional e

Internacional por medio de los servicios telemáticos.

Page 63: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

63

b) Productos y Servicios:

1. Elaborar y proponer políticas y objetivos, a contemplarse en los Planes

Estratégicos y Operativos requeridos para el desarrollo de las acciones,

programas y proyectos de proyección de imagen del Gobierno Provincial.

2. Difundir, a través de los medios telemáticos, una imagen institucional positiva

acorde con sus funciones.

3. Actualizar permanentemente la página WEB del Gobierno de la Provincial y de

las diferentes Direcciones.

4. Utilizar el internet, para transmitir comunicados de prensa y otros productos

informáticos de interés para la sociedad ecuatoriana y en especial para los medios

de comunicación social, proporcionados por la Dirección de Comunicación Social

y demás Direcciones de la Institución.

5. Crear el periódico virtual del Gobierno Provincial y mantener su contenido

actualizado con la información previamente seleccionada para proyectarla al resto

del país y del mundo.

6. Utilizar el correo electrónico para una más rápida y fluida comunicación con

todos los sectores interesados en conocer y apoyar la gestión del Gobierno

Provincial.

7. Formular los lineamientos, estrategias de difusión y publicidad para potenciar la

imagen del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora

Chinchipe en relación con las políticas impartidas por la Prefectura y mejorar el

posicionamiento de la Institución en el ámbito de los servicios de su competencia.

8. Informar al señor Prefecto y a la Dirección del área sobre el desarrollo de los

proyectos, programas y actividades y sobre las noticias de prensa más importantes

y que conciernen al Gobierno Provincial.

9. Administrar y mantener actualizado el archivo institucional de fotografías, banco

de imágenes digitalizadas y el material informativo en audio y/o video.

10. Coordinar el desarrollo de las actividades, con la sección de Cómputo, para la

correcta aplicación de los sistemas de información de la Institución.

11. Aprobar el material informativo en cuanto a su contenido destinado a la

publicación en la página Web e Intranet del Gobierno Autónomo Provincial

12. Implementar en la página el campo dedicado a las convocatorias a sesiones a los

señores Consejeros, en estrecha Coordinación con la Dirección de Secretaría

General.

13. Proponer, Gestionar, impulsar e implementar mejoras e innovaciones en los

procesos, procedimientos y normatividad relacionado con el órgano de su

competencia.

Page 64: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

64

14. Coordinar el diseño, perfeccionamiento y actualización de los sistemas de

informática para un mejor desarrollo de la gestión en el ámbito de su competencia

en coordinación con la Dirección Administrativa y de Recursos Humanos.

15. Llevar un registro diario de la información que recibe de las Direcciones del

Gobierno Provincial, para ser ingresadas al servicio telemático.

16. Coordinar con la Dirección de Comunicación, sobre la información que debe

ingresar a la página web.

17. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de

sus funciones que le sean asignadas por el señor Prefecto o el Director del área.

4. DEL NIVEL DE APOYO

4.1. APOYO A LA LABOR ADMINISTRATIVA DEL NIVEL EJECUTIVO

EJERCIDA POR EL PREFECTO O PREFECTA

4.1.1. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

a) Misión:

Planificar, desarrollar, ejecutar y controlar las labores de apoyo a los Niveles de

Administrativos del Gobierno Provincial, procurando un óptimo aprovechamiento de

los recursos institucionales orientados a la excelencia de servicios que presta la

Corporación. Administrar el sistema integrado de desarrollo institucional, gestión de

talento humanos, remuneraciones; y, velar por el bienestar de funcionarios, servidores

y trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora

Chinchipe para lo cual mantendrá estrecha coordinación con la Unidad Administrativa

del Talento Humano.

RESPONSABLE: Director/a Administrativo/a

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley;

2. Ejercer las funciones de órgano de apelación en las faltas leves y aquellas que le

delegare la Prefecta o Prefecto

3. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

4. Planificar, organizar, dirigir y controlar la ejecución de las actividades de los

diferentes las unidades bajo la responsabilidad de la Dirección Administrativa y

de Recursos Humanos.

Page 65: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

65

5. Supervisar que todos los procesos administrativos se cumplan a cabalidad y con

apego a la ley

6. Autorizar la utilización de ambientes del edificio de Planta Central del Gobierno

Provincial, tales como Salón Provincial y otros a excepción de la sala de sesiones

del Consejo Provincial que será autorizado por el Señor Prefecto.

7. Autorizar la entrega de documentos certificados de las diferentes áreas del

Gobierno Provincial de conformidad con lo que establece el artículo 18 de la

Constitución de la República y Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública

8. Realizar el seguimiento y evaluación de los trámites de las distintas áreas

Administrativas de la Corporación, en materia de recursos humanos.

9. Coordinar con la Dirección Financiera la elaboración de la proforma

presupuestaria.

10. Previa autorización del Prefecto, designar el personal responsable de cada una de

las Unidades y Departamentos a su cargo.

11. Supervisar las propuestas de reformas del Reglamento General del Estatuto

Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, sustentado en las Normas

Técnicas de Gestión Organizacional por Procesos y en la Autonomía Institucional

que serán propuestas por la UATH de ser el caso.

12. Como ordenadora de gasto, vigilar el cumplimiento del Plan Anual de

Contratación Pública y sus anexos de adquisiciones cuatrimestrales, son estricta

observancia de las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública correspondientes a las diferentes áreas

administrativas de la Institución.

13. Preparar informes sobre el área a su cargo, a solicitud del Consejo en Pleno o del

señor Prefecto.

14. Por delegación del señor Prefecto disponer los cambios administrativos que

fueren necesarios en las diferentes áreas del Gobierno Provincial y, suscribir todo

aquello que expresamente le delegare la Máxima Autoridad.

15. Asesorar a las diferentes Direcciones que conforman el Gobierno Provincial,

sobre políticas de administración de personal, así como de proyectos, normas,

procedimientos y sugerencias para optimizar el rendimiento del recurso humano

en materia administrativa.

16. Autorizar en lo que fuere competente así como supervisar y controlar los procesos

de adquisiciones de bienes y servicios requeridos por el Gobierno Provincial a

través de las diferentes direcciones o áreas de administración de conformidad con

el PAC y la Ley.

Page 66: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

66

17. Supervisar que los nombramientos, contratación y administración de recursos

humanos se lo efectúe de conformidad con la Ley.

18. Solicitar a la Dirección Jurídica la elaboración de contratos y convenios de

capacitación para el personal de acuerdo a sus actividades específicas, previa

autorización de autoridad competente.

19. Coordinar acciones con la Asociación de Empleados, y Sindicato de

Trabajadores.

20. Establecer lineamientos y políticas generales para el uso de bienes y servicios de

la Corporación.

21. Preparar informes y recomendaciones para el señor Prefecto sobre políticas

remunerativas.

22. Legalizar las acciones que le fueren delegadas por parte del señor Prefecto en la

administración del talento humano de la Institución.

23. Las demás que el Prefecto le disponga.

La Gestión de la Dirección Administrativa se efectivizará a través de:

4.1.1.1. ADQUISICIONES

a) Misión:

Es responsable de planificar, dirigir y ejecutar los procedimientos y las acciones

indispensables para proveer de forma oportuna los recursos materiales, equipos y

bienes muebles, necesarios para el normal funcionamiento institucional y administrar

la bodega de bienes y suministros.

b) Productos y Servicios:

1. Planificar, dirigir y ejecutar los procedimientos de selección, adquisición de

bienes muebles, materiales, equipos y suministros, de acuerdo con las

disposiciones legales y reglamentarias que hayan sido debidamente

presupuestadas.

2. Controlar que los recursos materiales se mantengan en niveles de existencia

mínimos que aseguren continuidad en el suministro.

3. Evaluar y controlar los trámites de adquisición de materiales y de suministros

para mantener un adecuado stock de proveeduría, que permita atender los

requerimientos de la Corporación, con estricta observancia de las disposiciones

de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Compras Públicas, su Reglamento y

demás regulaciones que se emitan al respecto.

4. Elaborar informes relativos a compras, bienes y servicios de la Institución.

Page 67: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

67

5. Realizar el seguimiento de los contratos para la adquisición de bienes y servicios,

para su puntual cumplimiento.

6. Mantener un archivo actualizado de los trámites de adquisiciones.

7. Controlar los ingresos y egresos de bodega

8. Controlar el kardex de las adquisiciones mediante procesos sistematizados

9. Las demás funciones que le asigne el Director Administrativo.

10. Mantener actualizados los registros de proveedores de bienes muebles,

suministros y materiales y repuestos.

11. Obtener cotizaciones para la adquisición de bienes muebles, suministros y

materiales y preparar un informe analítico, conforme la reglamentación

establecida para la toma de decisiones de conformidad con la Ley Orgánica del

Sistema nacional de Contratación Pública y su Reglamento General.

12. Realizar los trámites de importación en coordinación con las Unidades

respectivas de conformidad con la Ley.

13. Mantener un archivo actualizado de los registros y documentos que respaldan las

actividades de adquisiciones.

14. Obtener las respectivas cotizaciones para las adquisiciones y preparar cuadros

comparativos de ofertas con los respectivos informes y recomendaciones, acorde

a los intereses institucionales formulando observaciones de conformidad con la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento

General

15. Cumplir con los procedimientos administrativos internos en los procesos de

adquisiciones.

4.1.1.2. CÓMPUTO

a) Misión:

Tiene la responsabilidad de contribuir a que el Gobierno Provincial en el desarrollo

de sus actividades cuente con los equipos de cómputo u ordenadores en perfecto

estado y actualizados a fin de que atención al Cliente externo sea eficiente y eficaz, a

través de la optimización y automatización de sus procesos, el uso adecuado de los

recursos informáticos que permitan contar con información clara, confiable y

oportuna.

b) Productos y Servicios:

1. Mantener el sistema de ordenadores del Gobierno Provincial en perfecto

funcionamiento;

Page 68: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

68

2. Elaborar y mantener actualizado el plan Informático del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe.

3. Administrar el recurso informático, revisar y actualizar permanentemente las

necesidades de desempeño de la Corporación.

4. Proporcionar el mantenimiento adecuado a los equipos existentes, con el fin de

optimizar el funcionamiento de cada uno de los procesos de la Corporación.

5. Implementar las aplicaciones, la base de datos institucional y la red de

comunicaciones, para garantizar la consistencia, integridad y seguridad de la

información. La información ingresada en las respectivas bases de datos,

formarán parte de la información de la página Web de la Institución en

coordinación con Telemática e Imagen Institucional.

6. Proporcionar el soporte técnico y la capacitación necesaria, en lo relacionado a

las aplicaciones, paquetes y equipos utilizados por la Corporación.

7. Determinar los requerimientos de equipos de cómputo, hardware y software de

óptima calidad de conformidad con los avances tecnológico que se registren a su

requerimiento y que sean solicitados por las diferentes áreas administrativas, así

como, las recomendaciones para el uso y óptimo aprovechamiento; con este

propósito emitirá un informe pormenorizado en que incluirá las características de

los equipos a adquirirse a la Dirección Administrativa, que se encargará del

trámite correspondiente a través de Compras Públicas. Equipos que luego de ser

adquiridos de conformidad con la Ley, previo a su ingreso a los estados de la

Institución, se verificará si los componentes electrónicos corresponden a los

facturados, luego de lo cual se aplicarán los sellos de garantía del proveedor.

8. Llevar un registro pormenorizado de los bienes muebles y equipos a su cargo.

9. Proporcionar un servicio continuo y permanente de los sistemas computacionales

del Gobierno Provincial.

10. Coordinar el flujo de información digital con la Unidad Telemática que es la

responsable de la imagen de la Institución en la página Web.

11. Coordinar con la Dirección Administrativa y la Unidad Administrativa del

Talento Humano, la capacitación en el campo informático del personal de la

Institución.

12. Las demás funciones que competan a su área.

4.1.1.3. SERVICIOS INSTITUCIONALES GENERALES Y SUPERVISIÓN

DE VALORES DEL TALENTO HUMANO INSTITUCIONAL

a) Misión:

Page 69: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

69

Brindar el apoyo logístico a las distintas dependencias de la Corporación y asegurar el

buen funcionamiento de los servicios administrativos; así como mantener el sistema

de seguridad y guardianía de la Institución. Apoyar a la Dirección Administrativa en

la detección, planeación y atención de los servicios de apoyo que requieran las áreas

del centro para su mejor desempeño

b) Productos y Servicios:

1. Planear y programar la reparación oportuna de los bienes muebles, propiedad del

Gobierno Autónomo Descentralizado provincial de Zamora Chinchipe, así como,

dar servicio a las instalaciones eléctricas, y el buen funcionamiento de las

instalaciones sanitarias, de la planta central y demás dependencias de la

institución; así como las demás necesidades en cuanto a mantenimiento del

inmueble.

2. Supervisar que los bienes y servicios, se entreguen o se presten en el tiempo y

lugar convenido, así como con la calidad requerida en los servicios de cotización

y adquisición de bienes y servicios para la Institución.

3. Establecer los mecanismos necesarios para proteger y conservar y manejar

adecuadamente los bienes.

4. Proporcionar al personal, los materiales y útiles de trabajo que requiera para el

buen desempeño de sus actividades.

5. Coordinar y supervisar el adecuado uso de los equipos al servicio de la

institución; realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los muebles de

oficina de las diferentes áreas administrativa de la Institución.

6. Dar apoyo logístico al departamento de difusión en la realización de eventos.

7. Proporcionar al personal, el equipo de limpieza necesario para el mejor desarrollo

de sus actividades.

8. Coordinar la ejecución de cursos contra incendios y sismos.

9. Las demás que le fueren encomendados por la Dirección Administrativa y de

Recursos Humanos.

4.1.1.4. SEGURIDAD Y GUARDIANÍA

a) Misión:

Corresponde a la Unidad de Servicios Generales, implementar la seguridad de los

bienes de la Institución, bajo la Supervisión y control de la Dirección Administrativa y

de Recursos Humanos de quien depende, para lo cual su misión es implementar el

sistema de guardianía institucional que garantice la seguridad de los bienes

Institucionales.

Page 70: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

70

b) Productos y Servicios:

1. El servicio de seguridad institucional, para lo cual coordinará acciones con el

Comando de la Policía Nacional, a fin de recibir el asesoramiento

correspondiente, que permita estructurar previa capacitación, un adecuado

servicio de seguridad y guardianía con recursos propios de la Institución.

2. Coordinar con la Dirección del Área, la selección el personal con aptitudes

mínimas dentro de los siguientes parámetros: edad, evaluación psicológica, nivel

instructivo y antecedentes penales, con este fin se tomará en consideración el

personal de planta.

3. Organizar y asignar guardias de seguridad a las diferentes dependencias del

Gobierno Provincial, estableciendo turnos y grupos de trabajo.

4. Reportar diariamente las novedades existentes.

5. Informar de inmediato sobre situaciones o acciones que pudieran poner en riesgo

las instalaciones o equipos, para el ejercicio de los correctivos correspondientes.

6. Mantener un registro de todas las novedades tales como el ingreso y salida del

personal, equipos y vehículos, en cada uno de los lugares en los que el Gobierno

Provincial tiene sus dependencias o campamentos.

4.1.2. UNIDAD ADMINISTRATIVA DE TALENTO HUMANO - UATH

a) Misión:

Es responsable de la Unidad Administrativa de Talento Humano del Gobierno

Autónomo Provincial de Zamora Chinchipe: selección y reclutamiento de

conformidad con la Constitución y la Ley, capacitación, el manejo adecuado y la

efectiva prestación de los servicios: médico, odontológico, social, seguridad y salud

laboral, y otros requeridos por los servidores de la entidad, que garanticen el

cumplimiento de los fines de la Corporación. Para el cumplimiento de sus objetivos, lo

realizará bajo las políticas establecidas por la Máxima Autoridad de la Institución y en

coordinación con la Dirección Administrativa.

b) Productos y Servicios:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley.

2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

3. Ejecutar las políticas y directrices para un eficiente manejo del talento humano.

Page 71: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

71

4. Colaborar proveyendo a la Dirección Financiera la información requerida para la

elaboración de la proforma presupuestaria en materia de recursos humanos.

5. Aplicar los subsistemas de: Clasificación, Capacitación y Valoración; Selección y

Reclutamiento; Evaluación; y, Registro y Control, de acuerdo con la Ley,

políticas y disposiciones institucionales.

6. Mantener actualizado el Distributivo de Sueldos de acuerdo a las Tablas

Salariales, publicadas por el Ministerio de Relaciones Laborales.

7. Informar al Señor Prefecto área sobre el cumplimiento de metas y objetivos

dentro del ámbito de su competencia.

8. Elaboración de resoluciones varias inherentes a personal para aprobación y

ejecución de la Máxima Autoridad.

9. Ejercer el control y registro de asistencia, horarios de trabajo, vacaciones y

licencias de personal.

10. Mantener un registro adecuado y de acuerdo a las disposiciones legales de los

nombramientos y contratos de servicios personales y otros.

11. Elaborar el Manual de Clasificación de Puestos.

12. Administrar las pólizas de seguros de: fidelidad o caución, vida y asistencia

médica.

13. Coordinar acciones referentes al recurso y talento humano con las otras

dependencias del Gobierno Provincial.

14. Calificación y Selección de la documentación de aspirantes, a servidores y

trabajadores del Gobierno Provincial.

15. Elaboración de Consultas Económicas, previo a la Contratación del Personal.

16. Elaboración de Informes Técnicos para la Contratación del Personal.

17. Sustanciar Sumarios Administrativos de conformidad con la Ley, vigilando el

estricto cumplimiento del debido proceso y el pleno ejercicio del derecho a la

defensa del sumariado.

18. Hacer efectivo el trámite de las sanciones disciplinarias de los servidores del

Gobierno Provincial.

19. Elaboración de Informes, en caso que fuera necesario, a la Dirección Jurídica

sobre casos laborales de visto bueno, desahucio, notificaciones de terminación de

contrato a tiempo fijo, entre otros; con estricta observancia de lo establecido en

el Código del Trabajo, Leyes Conexas y contrato colectivo de los trabajadores

del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

Page 72: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

72

20. Administrar la clasificación de puestos en la Institución, considerando el tipo de

trabajo, su dificultad, complejidad y responsabilidad, así como los requisitos de

aptitudes y experiencias necesarias.

21. Efectuar los procesos de personal a nombramiento por medio de concurso de

merecimiento, interno o abierto según el caso.

22. Participación en la negociación de contratos colectivos.

23. Elaborar instructivos y reglamentos de conformidad con las resoluciones emitidas

por el Ministerio de Relaciones Laborales y la Cámara del Gobierno Provincial

de Zamora Chinchipe en lo referente al Sistema de Clasificación y Valoración de

Puestos.

24. Revisar la valoración de todos los puestos de la Institución y ajustarlos dentro las

modificaciones de la escala de sueldos establecida por el Ministerio de

Relaciones Laborales.

25. Evaluar el rendimiento del personal para determinar las necesidades de

adiestramiento y de reclasificación de puestos.

26. Elaboración de Informes de Gestión relacionados con el Instituto de Seguridad

Social (Avisos de Entrada y Salida, Jubilaciones).

27. Elaboración de Informes periódicos a conocimiento de las actividades realizadas

por Recursos Humanos a Prefectura.

4.1.2.1. DESARROLLO INSTITUCIONAL

a) Misión:

Formular y dirigir la implantación de soluciones y medidas tendientes a lograr la

eficiente utilización de los recursos humanos, materiales, financieros y de gestión del

Gobierno Provincial.

b) Productos y Servicios:

1. Estudiar y analizar los sistemas técnicos, operativos y administrativos de la

Institución, formulando las recomendaciones que permitan elevar la eficiencia

Institucional.

2. Analizar la Estructura Orgánica Funcional de la Institución, realizando las

modificaciones y reformas pertinentes a conocimiento de Prefectura y su posterior

aprobación de la Cámara en Pleno.

3. Administrar el sistema de reclutamiento y selección de personal que permita a la

Institución contar con personas capaces, en base al mérito individual.

Page 73: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

73

4. Administrar el sistema de evaluación de personal que permita, garantizar el sistema

de reclasificaciones y ascensos.

5. Implementar modalidades de capacitación al personal conforme a los requerimientos

del Gobierno Provincial.

6. Llevar un control de cumplimiento y evaluación de los resultados de la capacitación

de los servidores del Gobierno Provincial.

7. Coordinación con Instituciones públicas y privadas para la ejecución de planes de

capacitación.

4.1.2.2. BIENESTAR SOCIAL

a) Misión:

Bienestar general del recurso humano del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

b) Productos y Servicios:

1. Planificar y dirigir la administración de los beneficios sociales para los servidores

del Gobierno Provincial.

2. Organizar, supervisar y evaluar periódicamente la ejecución de programas de

bienestar social.

3. Mantener registros actualizados y estadísticos relativos a beneficios sociales de los

servidores y trabajadores del Gobierno Provincial.

4. Investigar la situación social de los servidores para establecer políticas de atención

social por parte de la Institución.

5. Asesorar a los servidores del Gobierno Provincial sobre asuntos laborables y

trámites a realizarse en la Institución; tales como deberes y derechos, cobro de

subsidios, reubicación de trabajo, renuncias, liquidación, etc.

6. Gestionar en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, jubilaciones,

mortuorias, subsidios de enfermedad, accidentes de trabajo, maternidad, etc., en lo

que corresponda a la Corporación y asesorar a todos los servidores en estos

aspectos.

7. Elaborar reportes periódicos con datos estadísticos relacionados con las diferentes

problemáticas encontradas, con la finalidad de elaborar políticas sociales.

8. Administrar la póliza de vida y asistencia médica.

9. Estudiar y controlar las causas de riesgos y diseñar técnicas de prevención.

Page 74: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

74

10. Coordinar y ejecutar los convenios de asistencia relacionados a la salud

ocupacional e higiene de trabajo.

11. Verificar que el personal cuente con implementos de seguridad de conformidad

con las actividades propias de su cargo.

12. Elaborar Programas de capacitación y adiestramiento dirigidos al recurso humano

en materia de prevención de riesgos.

13. Cumplir con las actividades que se encuentran en el Contrato Colectivo.

14. Planificar y diseñar programas y proyectos de mejoramiento de áreas de trabajo

existentes: oficinas, campamentos y otros.

4.1.2.3. SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE

a) Misión:

Establecer e implementar los procedimientos para identificar, evaluar y controlar los

agentes nocivos y factores de riesgo, presentes en el medio ambiente laboral y que,

bajo ciertas circunstancias, son capaces de alterar la integridad física y/o psíquica de

los servidores públicos y trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado

provincial de Zamora Chinchipe.

b) Productos y Servicios:

1. Diseñar programas de investigación de Riesgos; y, de Seguridad y Salud Laboral.

2. Elaborar los anteproyectos de ordenanzas que reglamenten la labor de Seguridad

Industrial e Higiene, para que sea aprobada por el Consejo Provincial.

3. Investigar y controlar las causas de riesgos y diseñar técnicas de prevención.

4. Planificar e implementar programas y proyectos de mejoramiento de áreas de

trabajo existentes: oficinas, campamentos y otros.

5. Verificar que el personal cuente con implementos de seguridad de conformidad

con las actividades propias de su cargo.

6. Coordinar y ejecutar los convenios de asistencia relacionados a la salud

ocupacional e higiene de trabajo.

7. Establecer programas de fomento y prevención de salud en los trabajadores para

evitar enfermedades profesionales y procurar la adaptación científica del hombre

al trabajo.

8. Informar y capacitar al personal de la Institución sobre los riesgos específicos de

los distintos puestos de trabajo, y los métodos y sistemas a adoptar para evitar

accidentes y enfermedades ocupacionales.

Page 75: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

75

9. Las demás que legalmente le fueren asignadas.

4.1.3. SECRETARÍA GENERAL

a) Misión:

Certificar los actos administrativos y normativos expedidos por el Consejo y la

Prefectura; custodiar y salvaguardar la documentación interna y externa, prestar

atención eficiente, eficaz y oportuna a clientes internos y externos. Es una unidad de

apoyo, cuya responsabilidad básica es administrar, distribuir y archivar la

documentación externa e interna de la Corporación.

RESPONSABLE: Secretario/a General.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

2. Administrar el sistema de documentación, trámite y archivo de la

correspondencia oficial

3. Tramitar las resoluciones que adopte el Consejo Provincial y elaborar las actas de

las sesiones.

4. Colaborar en la tramitación de la documentación interna y externa.

5. Receptar, distribuir y despachar oportunamente, los documentos internos y

externos.

6. Autorizar de conformidad con lo que establece la Constitución y la Ley de

Acceso a la Información Pública, los trámites a personas o dependencias que

requieran de información que correspondan a Secretaría General.

7. Supervisar el trámite oportuno de los documentos que ingresan a la Corporación,

a través de esta dependencia, para conocimiento del señor Prefecto. Las mismas

que necesariamente soportaran el informe respectivo del área correspondiente,

para conocimiento y pronunciamiento del señor Prefecto.

8. Convocar por medio del servicio de Internet, fax, o cualquier medio de

comunicación electrónico a los señores Consejeros, para las sesiones ordinarias o

extraordinarias, o cualquier otro evento programado por el Prefecto.

9. Redactar la correspondencia oficial del Gobierno Provincial y la que disponga el

señor Prefecto.

Page 76: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

76

10. Asistir a sesiones del Consejo, sentar y suscribir las actas de las sesiones; y,

tramitar las resoluciones que adopte la Corporación Provincial.

11. Dar fe pública y certificar los actos del Gobierno Provincial de Zamora

Chinchipe, previa disposición de la Prefectura y/o de conformidad con la Ley.

12. Cumplir y hacer cumplir los deberes que impongan las ordenanzas, reglamentos y

más disposiciones del Consejo, para este efecto, remitirá copias de las ordenanzas

y reglamentos a las respectivas direcciones y disponiendo la publicación en la

página Web del Gobierno Provincial.

13. Diseñar, aplicar y asegurar, el funcionamiento permanente de procedimientos

de control interno, relacionados con las actividades de su área.

La Gestión de Secretaría General se efectivizará a través de:

4.1.3.1. PROSECRETARÍA

a) Misión:

Subrogar al Director de Secretaría General y cumplir las atribuciones y

responsabilidades que emanan de la función

b) Productos y Servicios:

1. Colaborar en la tramitación de la documentación interna y externa.

2. Asistir a las sesiones de Consejo y colaborar en la elaboración y transcripción de

las actas del Gobierno Provincial.

3. Cooperar en las actividades especiales requeridas por la Dirección de Secretaría

General.

4.1.3.2. ASISTENTE DE SECRETARÍA GENERAL

a) Misión:

Asistir oportuna y eficientemente en las labores del Director de área

b) Productos y Servicios:

1. Dar el trámite oportuno a los documentos que ingresan a la Corporación, a través

de esta dependencia, para conocimiento del señor Prefecto, que es la única

autoridad del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe para disponer el trámite

correspondiente.

2. Transcribir las actas de las sesiones y tramitar las resoluciones que adopte la

Corporación Provincial, bajo la supervisión del Secretario General.

Page 77: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

77

3. Elaborar un protocolo encuadernado y sellado con su respectivo índice numérico,

de los actos decisorios del Gobierno Provincial de cada año.

4.1.3.3. RECEPCIÓN Y ARCHIVO

a) Misión:

Administrar técnicamente el sistema de documentación y archivo de la

correspondencia oficial del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de

Zamora Chinchipe.

b) Producto y Servicios:

1. Receptar, distribuir y despachar oportunamente los documentos internos y

externos, de conformidad con la disposición del Secretario General.

2. Registrar toda la documentación, utilizando el sistema adecuado, dispuesto por el

Director del Área.

3. Dar a conocer los trámites a personas o dependencias que requieran de

información, previa autorización del Secretario General. De igual manera facilitar

copias de la documentación con autorización del Secretario General.

4. Clasificar los documentos y mantenerlos técnicamente ordenados y custodiados,

implantando procedimientos de administración de documentos y archivos, que

contemplen las técnicas modernas, de acuerdo con la implementación disponible.

5. Mantener activo y actualizado, el archivo de los dos últimos años y enviar los

documentos anteriores al archivo inactivo, al finalizar el año, previa selección y

empastado.

6. Diseñar, aplicar y asegurar el funcionamiento permanente de procedimientos de

control interno, relacionados con las actividades de su área.

7. Llevar y mantener registros automatizados de la documentación de la Secretaría

General del Gobierno Provincial, mediante técnica, acorde con la implementación

disponible.

4.1.3.4. SECRETARÍA DE COMISIONES

a) Misión:

Dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar las labores de la Secretaría de Comisiones.

b) Productos y Servicios:

1. Coordinar actividades previas, sobre los temas a tratarse en cada comisión, con las

dependencias del Gobierno Provincial o instituciones interesadas en los diferentes

asuntos.

Page 78: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

78

2. Tramitar y preparar materiales y la documentación correspondiente, contando con

los informes previos, para conocimiento de los miembros de las comisiones.

3. Asistir a las sesiones de Comisiones que se convocan por escrito a los miembros y

tomar nota de lo tratado, levantar actas y tramitar las resoluciones.

4. Legalizar, conjuntamente con el Presidente de cada Comisión, las actas que fueren

aprobadas, así como certificar los informes, resoluciones y grabaciones

magnetofónicas y/o digitales.

5. Redactar y elaborar los textos de las comunicaciones requeridas por los señores

Presidentes de las Comisiones, dirigidas a las diferentes unidades administrativas,

encaminadas a informar y solicitar documentación de soporte para el desarrollo

de los temas remitidos para estudio de las Comisiones.

6. Realizar informes con las resoluciones de las Comisiones y enviarlos a la

Secretaría General, para que según el criterio del Prefecto, sean incorporadas en el

Orden del Día de las sesiones del Consejo.

7. Llevar, mantener actualizado y en orden, el registro y archivo de actas y

documentos relacionados con los asuntos que tratan en sesiones o que son de

competencia de las Comisiones.

8. Controlar la asistencia, permisos, vacaciones, licencias, comisiones y otros, del

personal de secretarias y mensajeros que colaboran con los señores Consejeros; y,

9. Los demás deberes y atribuciones inherentes al área.

4.1.3.5. COPIADO

a) Misión:

Reproducir o copiar documentos que tengan relación estricta con la Corporación,

previa orden de la Dirección del Área.

b) Productos y Servicios:

1. Dar servicio permanente de reproducción de documentos y planos, por sí o a

través de terceros, para las dependencias del Gobierno Provincial.

2. Brindar el mantenimiento preventivo y correctivo de las máquinas de

reproducción de documentos de propiedad del Consejo

3. Diseñar, aplicar y asegurar el funcionamiento permanente de procedimientos de

control interno relacionados con las actividades y transacciones de su área, tales

como:

Llevar un registro diario de las copias que realice;

Informar a la Secretaría General, cada fin de mes de las copias realizadas.

Page 79: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

79

Llevar un registro pormenorizado del material o papel que ha utilizado;

Proveerse anticipadamente del material o papel que utilizará mensualmente.

Solicitar el mantenimiento y reparación de las máquinas copiadoras, con la

debida oportunidad.

4. Responder por el buen funcionamiento y uso que se dé a las máquinas de

propiedad del Consejo.

5. Elaborar informes periódicos con datos estadísticos comparativos relacionados

con el cumplimiento de sus actividades.

6. Las demás, que disponga la Secretaría General.

4.1.3.6. ENCUADERNACIÓN

a) Misión:

Encuadernar los documentos producidos en el Gobierno Provincial de Zamora

Chinchipe, debidamente clasificados los mismos que conforman el historial y soporte

de la vida Institucional

b) Productos y Servicios:

1. Clasificar la ,documentación envida para encuadernarse

2. Determinar prioridades conforme le señale el Director de Secretaría General;

3. Realizar encuadernación de libros, legajos o similares del Gobierno Provincial;

4. Operar máquinas sencillas como: guillotina, engrapadoras, perforadoras o

similares;

5. Empastar y encuadernar todos los documentos que ordene la Dirección de

Secretaría General del Gobierno provincial;

6. Compaginar folletos y listados, libros, etc.

7. Llevar y mantener bajo su responsabilidad el inventario documental de la

Institución

8. Emitir Informes a Secretaría General cada fin de mes, referente a sus labores

detallando novedades y necesidades.

4.1.4. DIRECCIÓN FINANCIERA

a) Misión:

Page 80: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

80

Realizar actividades profesionales en materia financiera y contable, de acuerdo con las

leyes, ordenanzas, reglamentos y manuales conexos; prestar asesoría sobre materia a

todos los niveles administrativos del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

RESPONSABLE: Director/a Financiero/a

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Programar, organizar, dirigir coordinar y controlar la ejecución de las actividades

financieras del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

3. Vigilar el funcionamiento correcto de métodos de control interno dentro del

sistema de los diferentes Niveles de Administración del Consejo Provincial.

4. Supervisar el funcionamiento adecuado y oportuno de las diversas fases de la

administración financiera institucional, de conformidad con lo establecido por las

leyes pertinentes.

5. Adoptar medidas correctivas para el mejoramiento del sistema de administración

financiera.

6. Entregar oportunamente el proyecto de Presupuesto, del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe, al señor Prefecto y sugerir políticas que conduzcan a su

perfeccionamiento.

7. Realizar las modificaciones al Presupuesto aprobado, a través de reformas

presupuestarias conforme a las disposiciones legales vigentes.

8. Establecer métodos específicos de evaluación presupuestaria.

9. Entregar oportunamente la información financiera requerida el Ministerio de

Finanzas, Banco Central, y otras Instituciones solicitantes.

10. Asesorar a las autoridades del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe para la

adopción de decisiones en materia financiera.

11. Cumplir las disposiciones legales, reglamentarias, las políticas y normas

relacionadas con sus funciones; así como supervisar la labor, calidad y ética

profesional del personal de la Dirección.

12. Asegurar la liquidación y cancelación oportuna de todas las obligaciones

contratadas por el Consejo de acuerdo con la Ley.

Page 81: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

81

13. Controlar la correcta custodia, uso y registro contable de los recursos financieros

del Consejo, conforme las disposiciones legales establecidas sobre la materia.

14. Elaborar informes periódicos con datos estadísticos que se refieran al

cumplimiento de sus actividades.

15. Ejecutar labores de seguimiento y evaluación de las actividades financieras del

Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

16. Implementar y ejercer medidas correctivas para el mejoramiento del sistema de

administración financiera

17. Coordinar la elaboración del proyecto de Presupuesto, del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe y presentarlo para su aprobación al Consejo en Pleno.

18. Coordinar una correcta custodia, uso y registro contable de los recursos

financieros del Consejo, conforme las disposiciones legales establecidas sobre la

materia.

19. Elaborar informes periódicos con datos estadísticos que se refieran al

cumplimiento de sus actividades.

20. Cumplir las demás funciones que le asignare el Prefecto Provincial y las

establecidas en las Leyes y Reglamentos.

La Gestión Financiera se efectivizará a través de:

4.1.4.1. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

a) Misión:

Su Misión principal es organizar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades

relacionadas con el proceso presupuestario, tales como: Formulación y Evaluación

Presupuestaria, Ejecución y Control Presupuestario, Administración de Préstamos.

b) Productos y servicios:

1. Estructurar conjuntamente con el Departamento de Formulación Presupuestaria

de la Dirección de Planificación la Proforma Presupuestaria de la Corporación de

conformidad a los objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo de la

Institución.

2. Formular las reformas presupuestarias que sean necesarias dentro de la ejecución

presupuestaria.

3. Mantener informada a la Dirección Financiera sobre la utilización de las partidas

presupuestarias e informar si se dispone de respaldo presupuestario para la

realización de egresos.

Page 82: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

82

4. Controlar la correcta ejecución del Presupuesto tanto de Ingresos como de

Egresos.

5. Supervisar la liquidación y cierre del presupuesto.

6. Realizar el control presupuestario mediante verificación, registro de planillas y

facturas de egresos que la Institución realice.

7. Realizar y presentar balances presupuestarios de ingresos y egresos mensuales.

8. Coordinar las actividades del Departamento con las otras unidades

administrativas de la Dirección, a fin de obtener la información necesaria para el

mejor cumplimiento de sus funciones.

9. Proporcionar a las dependencias de la Dirección, la información presupuestaria

que sea requerida.

10. Mantener el archivo actualizado de los registros y documentos relacionados con

todas las etapas del proceso presupuestario.

11. Cumplir las demás funciones que le asignare el Director y las establecidas en las

disposiciones legales y reglamentarias.

4.1.4.2. TESORERÍA

a) Misión:

Responder por el cumplimiento de la normativa vigente emitida por los diferentes

Organismos Gubernamentales relacionados con el pago de los recursos financieros del

Gobierno Provincial, precautelando el correcto uso de los fondos públicos

institucionales.

b) Productos y Servicios:

1. Efectivizar el cobro de las asignaciones a favor del Gobierno Provincial de

Zamora Chinchipe.

2. Presentar estados diarios de los ingresos y egresos al Director Financiero.

3. Pagar los valores debidamente legalizados por los ordenadores de gasto y de

pago, con las planillas, facturas y demás documentos que legalicen el egreso.

4. Custodiar los fondos recaudados, garantías y valores que pertenecen al Gobierno

Provincial

5. Depositar oportunamente los valores recaudados en la forma como se han

recibido.

Page 83: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

83

6. Suscribir conjuntamente con el Director Financiero los cheques de las diferentes

cuentas de la Corporación.

7. Ejercerá la jurisdicción coactiva de conformidad con lo previsto en la ley de

Régimen Provincial.

8. Cumplir lo dispuesto en las leyes, ordenanzas, reglamentos, normas y

procedimientos que rigen las actividades financieras aplicables para el sector

público.

9. Organizar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de las operaciones a

su cargo, de conformidad a las leyes, ordenanzas, reglamentos, contratos y

convenios.

10. Realizar el pago de los valores debidamente autorizados a los beneficiarios,

terceros, proveedores, contratistas y otros, previa a la verificación de la

documentación sustentatoria y del cumplimiento de las disposiciones legales.

11. Realizar pagos por otros conceptos no especificados en los literales anteriores,

verificando que el Control Previo al compromiso y a la obligación se haya

cumplido.

12. Mantener actualizado el archivo de los documentos que sustentan los pagos que

se originen en el Departamento.

13. Tramitar las órdenes de transferencias de fondos y los detalles de pago de

conformidad con las normas e instrucciones relacionadas con el sistema de pago

por red Bancaria.

14. Mantener actualizado el registro y archivo de cheques emitidos y no pagados.

15. Actuar como agente de retención de los valores y conceptos establecidos en las

disposiciones legales reglamentarias.

16. Efectuar cruce de información entre el Gobierno Provincial y SRI mediante la

confrontación de operaciones Auto-declaradas, realizadas mensualmente por pago

de adquisiciones servicios y otros.

17. Verificar el cálculo del Impuesto al Valor Agregado IVA de pagos realizados y

efectuar el trámite para las devoluciones de acuerdo a lo dispuesto en la ley de

Régimen Tributario Interno.

18. Recibir y mantener en custodia las garantías y otros valores fiduciarios que sean

entregados a favor de la Corporación y devolver previa orden escrita de la

Autoridad competente.

19. Efectuar inversiones con Instituciones Públicas de conformidad con lo que

establece la ley.

Page 84: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

84

20. Mantener en custodia y realizar el seguimiento de las acciones y certificados de

inversiones efectuadas por la Corporación con Empresas Públicas, Semipúblicas

y Privadas.

21. Mantener debidamente actualizados a la fecha los siguientes libros de soporte:

Libro caja bancos;

Registro, actualización y custodia de garantías y valores;

Retenciones, declaraciones y reclamos al SRI;

Emisión y entrega de comprobantes de retención;

Flujo de caja;

Pagos y transferencias bancarias;

Informes de garantías, valores y títulos de crédito;

Emisión y ejecución de Títulos de crédito y coactivas

(jurisdicción coactiva);

Informe de recaudaciones (impuestos, tasas

contribuciones, multas y otros).

4.1.4.3. CONTABILIDAD

a) Misión:

Implantar el Sistema de Contabilidad y sus registros de acuerdo con los ordenamientos

legales y normativos aplicables en el sector público. Brindar información contable

mediante Registros y Estados Financieros que refleje la situación financiera del

Gobierno Provincial a través de:

a) Verificación y Control Contable

b) Contabilidad

c) Análisis y Depuración de Saldos

d) Remuneraciones

e) Registro y Control de Bienes

f) Títulos de Crédito y Especies Valoradas

b) Productos y Servicios:

1. Establecer métodos y medidas adecuadas de control interno financiero y contable

que aseguren su correcto funcionamiento.

2. Preservar la calidad técnica y profesional del personal de la Unidad a su cargo.

3. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias, las políticas,

normas técnicas y demás regulaciones establecidas para el sistema de

administración financiera, en especial para el sistema de Contabilidad.

4. Vigilar la calidad técnica y funcionamiento del sistema de contabilidad.

5. Supervisar el registro oportuno de las transacciones.

Page 85: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

85

6. Elaborar los estados financieros o cualquier otra información financiera necesaria.

7. Mantener actualizado el archivo de la documentación sustentatoria de los

registros contables.

8. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas.

4.1.4.4. BODEGA GENERAL

a) Misión:

Mantener el inventario actualizado de los bienes de consumo interno tanto en los

ingresos como egresos de conformidad con la Ley.

b) Productos y Servicios:

1. Realizar ingresos y egresos de bodega de los bienes y suministros de oficina

adquiridos.

2. Mantener actualizado el kardex de los materiales y suministros de oficina

mediante la implementación de controles sistematizados

3. Preparar informes periódicos sobre las adquisiciones para control de la Dirección

Financiera

4. Coordinar con la Unidad de Inventarios, el respectivo registro de los bienes

adquiridos.

4.1.5. DIRECCIÓN DE MAQUINARIA

a) Misión:

Establecer las normas y procedimientos para administrar los vehículos de propiedad

de la Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe y

garantizar que su uso, control, mantenimiento y reparación, se realice de conformidad

con las disposiciones de este Orgánico Funcional y el Reglamento Interno; así como

por las disposiciones reglamentarias expedidas para el efecto, garantizando su óptimo

funcionamiento.

RESPONSABLE: Director/a de Maquinaria.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades que se realicen

con unidades vehiculares en lo referente a movilización, transporte de materiales

o maquinaria, mantenimiento y mecánica PREVENTIVA Y CORRECTIVA de

los vehículos de la Corporación.

Page 86: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

86

2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones – PAC, de su área y entregarlo con la

oportunidad requerida para que sea incluido en el presupuesto del año inmediato

siguiente al ejercicio económico del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe;

incluido los respectivos anexos de adquisiciones por campos o cuatrimestres.

3. Supervisar que todos los procesos administrativos sobre el ingreso y

mantenimiento de vehículos livianos y pesados; así como maquinaria de

construcción vial, sean ejecutados de conformidad con las disposiciones

reglamentarias emitidas por la Contraloría General del Estado, Reglamentos que

rigen la materia, Orgánico Funcional y demás disposiciones que dicte el Consejo

Provincial de Zamora Chinchipe, se cumplan a cabalidad, bajo las prevenciones

legales de orden administrativo y laboral.

4. Coordinar con la Dirección Financiera la elaboración de la proforma

presupuestaria tendiente a atender satisfactoriamente las necesidades de la

Dirección.

5. Organizar y controlar el uso y mantenimiento de los vehículos con fines

institucionales; y, será el responsable directo de contar con un stock de repuestos,

accesorios, combustibles y lubricantes para el buen funcionamiento de los

vehículos de la institución, de conformidad con los requerimientos oportunos

constantes en el PAC de adquisiciones anual de cada ejercicio económico;

6. Formular conjuntamente con la Unidad Administrativa del Talento Humano, las

necesidades de personal técnico, operadores y demás personal requerido para el

correcto y normal funcionamiento en la asistencia a los frentes de trabajo y

atención a obras que ejecuta el Gobierno Provincial;

7. Preparar informes para las autoridades sobre las actividades desarrolladas por la

Dirección;

8. Asesorar a las máximas autoridades de la Corporación, sobre políticas de control,

así como de proyectos, normas, procedimientos y sugerencias para optimizar el

rendimiento de vehículos livianos y pesados;

9. Establecer políticas y procedimientos de control de bienes e insumos de la

Institución correspondientes a su Dirección, tales como: neumáticos/llantas;

lubricantes; combustible; repuestos, herramientas y otros;

10. Participar directamente en los procesos contemplados en la Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Compras Públicas en las adquisiciones de vehículos,

maquinaria y repuestos;

11. Solicitar a la Dirección Jurídica la intervención inmediata respecto a accidentes,

pérdidas por sustracción de bienes de la Corporación a su cargo, a fin de que se

establezcan las responsabilidades conforme a la Ley.

12. Establecer lineamientos y políticas generales para el uso de los vehículos del

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe.

Page 87: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

87

13. Presentar informes cuatrimestrales al Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial de Zamora Chinchipe, sobre los costos de mantenimiento, operación y

reparaciones. Se remitirán copias de estos informes a La Dirección

Administrativa para el respectivo control del cumplimiento de las observaciones

que realizara el Consejo o el señor Prefecto.

14. Supervisar y garantizar la vigencia de los contratos, que aseguren los vehículos y

notificar oportunamente a las compañías, respecto de cualquier accidente o

siniestro que ocurriere;

15. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los chóferes y el

personal del Taller de Mecánica; y,

16. Coordinar y vigilar que los vehículos institucionales sean oportunamente

matriculados y controlar que circulen con el logotipo, número de identificación y

con las placas debidamente colocadas.

17. Supervisar y asesorar las reparaciones que efectúan los mecánicos, para cumplir

con los estándares de calidad y disponibilidad de la maquinaria para los trabajos

que ejecuta el Gobierno Provincial.

18. Las demás que el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora

Chinchipe y el Prefecto le dispongan

La Gestión de la Dirección de Maquinaria se efectivizará a través de:

4.1.5.1. TRANSPORTES

a) Misión:

Garantizar una adecuada administración en la utilización y manejo de los vehículos

livianos y pesados, en procura del cumplimiento de la misión y objetivos

institucionales.

b) Productos y Servicios:

1. Vigilar que los vehículos de la Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de

Zamora Chinchipe sean utilizados exclusivamente para uso oficial, es decir, para

el desempeño de funciones públicas del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial de Zamora Chinchipe, en los días y horas laborables y no podrán ser

utilizados para fines personales, ni familiares, ajenas al servicio público, ni en

actividades electorales y políticas.

2. Exigir que para la movilización de los vehículos de la Institución, las respectivas

órdenes, sean emitidas por la máxima Autoridad o su Delegado.

3. Coordinar, vigilar y exigir que los vehículos de la Institución, circulen con el

correspondiente logotipo y las placas oficiales.

Page 88: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

88

4. Controlar que los vehículos sean conducidos exclusivamente por choferes

profesionales del Gobierno Provincial, quienes son responsables de su cuidado,

mantenimiento preventivo básico, y del cumplimiento de la Ley Orgánica de

Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y su Reglamento.

5. Informar inmediatamente de los daños y perjuicios que se ocasionen por

negligencia, impericia, imprudencia o inobservancia de las normas a la Dirección

del Área, para el correspondiente procedimiento legal a que hubiere lugar.

6. Coordinar para que la respectiva “Orden de Movilización”, sean tramitadas con al

menos cuarenta y ocho horas de anticipación, previo cumplimiento de las

disposiciones legales existentes para el efecto.

7. Controlar personalmente que las órdenes de movilización se emitan en formularios

pre-impresos y pre-numerados de conformidad con el Reglamento Interno del

Gobierno Provincial

8. Controlar que, cuando el o los vehículo se destine o se destinen a comisión que

implique viáticos o subsistencias, la responsabilidad por el cuidado, protección y

mantenimiento del mismo, corresponderá al jefe de la comisión y al conductor;

tomado en cuenta que si la comisión implica que el cumplimiento de labores

exceda de cinco días, se les asignará el vehículo a los servidores enunciados

mediante Acta de entrega recepción.

9. La orden de movilización para circulación de vehículos del Gobierno Provincial

en los fines de semana y días feriados o fuera de horas laborables, serán

expedidas únicamente por el Prefecto para cumplir asuntos oficiales.

10. Exigir que el conductor y el servidor que se encontrare cumpliendo una actividad

oficial para el que fue designado el vehículo del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, en caso de robos, choques,

rozamientos, accidentes de tránsito o cualquier otro percance ocurrido, reporte por

escrito estas novedades. El reporte deberá presentarse a la máxima Autoridad por

intermedio de la Dirección del Área, dentro de las 24 horas subsiguientes al

acontecimiento, incluyendo toda la información que se estime necesaria.

11. Mantener el parque automotor de la Institución debidamente matriculados por

cada año.

12. Mantener un registro por pormenorizado y actualizado de la movilización y

mantenimiento de los vehículos livianos en forma individual.

13. Generar las órdenes de movilización de acuerdo a las peticiones formuladas por

las diferentes áreas de administración del Gobierno Provincial, previa

Autorización del Director Administrativo. Los Directores o funcionario

comisionado serán los responsables de la movilización de los vehículos en

gestiones de carácter oficial.

Page 89: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

89

14. Si los vehículos en comisión fueren utilizados en asuntos distintos a la labor

oficial del Gobierno Provincial, informará inmediatamente a su jefe inmediato y a

la Dirección Administrativa, para los trámites de ley correspondientes.

15. Elaborar las órdenes de combustible requeridas por la Institución, previa

autorización de la Dirección Administrativa, para la movilización de los vehículos

en gestiones de carácter oficial.

16. Mantener el control y registro sobre el consumo de combustible de los vehículos

en forma individual, cuyos datos serán cruzados con los que corresponden y lleva

la Dirección de Movilización, Mantenimiento y Mecánica a través de

Movilización.

17. Llevar un registro de las distancias existentes entre la Sede del Gobierno

Provincial y los diferentes lugares de la provincia que cuenten con vías de acceso

carrozable, con la finalidad de que las órdenes de combustible obedezcan al

kilometraje recorrido por cada galón de combustible. El mismo procedimiento se

observará en las comisiones que se realicen fuera de la provincia.

18. Coordinar el mantenimiento preventivo y correctivo oportuno de los vehículos,

bajo su control.

19. Realizar los trámites pertinentes ante la Compañía Aseguradora para los

respectivos reclamos, en materia de automotores.

20. Elaborar el Manual para el uso de vehículos de la Corporación; y,

21. Las demás que le asigne la Dirección del área.

4.1.5.2. MECÁNICA GENERAL

a) Misión:

Es la responsable del mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos y

maquinaria vial del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, estableciendo la

seguridad necesaria en el funcionamiento y rendimiento de los automotores de la

Institución; así como, garantizar en tiempo y forma la correcta realización de los

servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos y equipos de

transporte y construcción del Gobierno Provincial, a través del seguimiento y

cumplimiento a los programas de mantenimiento establecidos para cada tipo de

vehículo, así como lo de la coordinación de los recursos materiales y humanos

asignados a las área de taller, satisfaciendo las necesidades de la operación de la flota

vehicular, en los menores tiempos de estadía o inmovilización de unidades.

b) Productos y Servicios:

1. Elaborar el Plan de mantenimiento del parque automotor del Gobierno Provincial.

Page 90: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

90

2. Realizar las reparaciones oportunas del parque automotor y maquinaria de la

Corporación

3. Llevar un control adecuado de la bodega de repuestos y accesorios de los

automotores y maquinaria conforme a las normas legales establecidas para el

efecto.

4. Mantener un registro individual sobre las reparaciones de los automotores y

maquinaria.

5. Mantener en bodega los repuestos y accesorios reemplazados de los automotores y

maquinaria para proceder a dar de baja de acuerdo a procedimientos legales.

6. Mantener un inventario actualizado de las herramientas existentes; y,

7. Las demás que le asigne la Dirección.

4.1.5.3. BODEGA/GUARDALMACÉN

a) Misión:

Administración, recepción, custodia y entrega de materiales, herramientas, equipos,

bienes inmuebles, repuestos e insumos requeridos bajo la responsabilidad de la

Dirección de Maquinaria.

b) Productos y Servicios:

1. Mantener actualizados los registros de materiales, herramientas, equipos, bienes

inmuebles, repuestos e insumos, existentes con un nivel de inventarios mínimos de

bienes de uso constante;

2. Supervisar la carga, descarga, almacenamiento de bienes y comprobar si estos

coinciden con las especificaciones, resguardos y otros justificativos declarados en

las órdenes de ingreso a bodega;

3. Efectuar la recepción, clasificación, identificación, acondicionamiento y despacho

de útiles de oficina de la Dirección de Maquinaria, materiales, herramientas,

equipos y otros bienes del Gobierno Provincial;

4. Elaborar inventarios e informes periódicos referente al movimiento de la bodega a

su cargo;

5. Elaborar actas de entrega-recepción de suministros, materiales, bienes y adjuntar

los documentos de respaldo;

6. Preparar y recomendar la baja de maquinarias, equipos, materiales y otros, debido

a daños u obsolescencia;

7. Coordinar el registro y control de bienes adquiridos;

Page 91: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

91

8. Ingresos a bodega; y,

9. Recepción de vehículo y repuestos adquiridos.

5. PROCESOS DESCONCENTRADOS

5.1. PATRONATO DE AMPARO SOCIAL

5.2. FRENTES DE TRABAJO

5.3. EMPRESAS PÚBLICAS

5.3.1. Lácteos Zamora Chinchipe

5.3.2. Hidroeléctrica “HIDROZACHIN”

a) Misión:

La misión de los procesos desconcentrados estará dada en su respectivos Estatutos,

Reglamento Interno y Orgánico Funcional respectivos.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

Las atribuciones y responsabilidades de los procesos desconcentrados estarán dadas

en sus respectivos Estatutos, Reglamento Interno y Orgánico Funcional respectivos.

RESPONSABLE: Gerente o coordinador de cada proceso desconcentrado.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- El personal de servidores públicos en el ejercicio de sus funciones,

deberes y derechos, estarán sujetos a lo establecido en la Ley Orgánica del Servicio

Público, su Reglamento General y, Reglamento Interno. Los Trabajadores, en lo

dispuesto en el Código del Trabajo, Contrato Colectivo, regulaciones de carácter

laboral y Reglamento Interno laboral del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial de Zamora Chinchipe.

SEGUNDA.- Los diferentes Niveles de Administración, estarán atendidos por el

personal de servidores públicos y trabajadores de Gobierno Provincial de conformidad

con sus aptitudes profesionales y experiencia, para lo cual la Unidad de

Administrativa de Talento Humano en coordinación con la Dirección Administrativa,

previa planificación formulará la restructuración correspondiente observado las

disposiciones de la Ley Orgánica de Servicio Público y su Reglamento General,

regulaciones que se emitan dentro de la Autonomía Institucional; el Código del

Trabajo y demás reglamentos laborales, para la elaboración del Reglamento Técnico

de Clasificación de Puestos y Sueldos de los Funcionarios, Servidores Públicos y

Trabajadores del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, el mismo que será

expedido por el Prefecto Provincial.

Page 92: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

92

TERCERA.- Las reclamaciones del personal de servidores públicos y trabajadores, se

la realizará exclusivamente a través de la Unidad Administrativa del Talento Humano,

dependencia que de ser necesario iniciará los trámites administrativos de conformidad

con la Ley y el Código del Trabajo, según el caso.

CUARTA.- El responsable de cada proceso, remitirá cada fin de mes calendario, en

forma obligatoria un informe detallado del cabal funcionamiento a la Unidad

Administrativa del Talento Humano, en el que constarán las observaciones

correspondientes tendientes a mejorar el sistema administrativo institucional,

conclusiones y recomendaciones

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Sin perjuicio de lo establecido en la presente Orgánico Funcional, en caso de

requerirse, el Prefecto, procederá a establecer las modificaciones del caso.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Se deroga el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del

Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, aprobado por la Cámara Provincial de

Consejeros, en Sesión Ordinaria del 04 de abril de 2008, y toda aquella normativa

interna que se oponga al presente Estatuto.

DISPOSICIÓN FINAL

El Presente Estatuto, entrará en vigencia a partir de su legal expedición, sin perjuicio de

su publicación en los medios establecidos por la Ley.

Dada, en Sesión ordinaria del Consejo del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe,

a los veintiocho días del mes de enero de dos mil once.

Soc. Salvador Quishpe Lozano

PREFECTO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

Dr. Luis Balladares Villavicencio

SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO PROVINCIAL

Zamora, 28 de enero de 2011

Page 93: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

93

CERTIFICACIÓN:

Dr. Luis Balladares Villavicencio, SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE,

Certifico, que la presente ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO

ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA

CHINCHIPE, fue aprobado en dos discusiones; en Sesiones extraordinaria y ordinaria

de Consejo Provincial, realizadas el 14 y 28 de enero de 2011, respectivamente.

Dr. Luis Balladares Villavicencio

SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO PROVINCIAL

Zamora, 31 de enero de 2011

Zamora, 04 de febrero de 2011, a las ocho horas con treinta minutos.-

Soc. Salvador Quishpe Lozano, PREFECTO PROVINCIAL DE ZAMORA

CHINCHIPE.- En uso de las atribuciones que me concede el artículo 322 del Código

Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO

PARA SU RESPECTIVA VIGENCIA EN LOS TÉRMINOS CONTENIDOS EN LA

CERTIFICACIÓN QUE ANTECEDE, EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL

REGLAMENTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR

PROCESOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE; y, ordeno su publicación en el Registro

Oficial.- Cúmplase.

Soc. Salvador Quishpe Lozano

PREFECTO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

Page 94: 7. ORDENANZA QUE EXPIDE EL ESTATUTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL

94

Dr. Luis Balladares Villavicencio, SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO

PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE,

Certifico que el señor Soc. Salvador Quishpe Lozano, Prefecto del Gobierno

Autónomo Descentralizado de la Provincia de Zamora Chinchipe, proveyó y firmó

Estatuto Sustitutivo al Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, a los

cuatro días del mes de febrero de dos mil once.- Lo certifico.

Dr. Luis Balladares Villavicencio

SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO PROVINCIAL