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Gaceta Parlamentaria Año XVIII Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 26 de febrero de 2015 Número 4223-RPC3 Jueves 26 de febrero CONTENIDO Reservas Al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diver- sas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de anticorrupción, presentadas por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD Anexo RPC3

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GacetaParlamentaria

Año XVIII Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 26 de febrero de 2015 Número 4223-RPC3

Jueves 26 de febrero

CONTENIDO

Reservas

Al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, conproyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diver-sas disposiciones de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, en materia de anticorrupción, presentadaspor integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Anexo RPC3

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Caro! Antonio AltamiranoDIPUTADO FEDERAL

Vicecoordinador del Grupo Porlamoníario del PRD

LXII Legislatura

CÁMARA DE DiputadosÍ€^\o

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Dip. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de DiputadosPRESENTE

SECRElARlAliCKiCAPIUISIDENCIA DE lA MESA DIRECTIVA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

2 6 FEB m

- G IK i I) .. ; I M DE E E E i •- I

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglaménto de-la-Gémara'de"Diputados,"

me permito presentar la siguiente reserva al Dictamen de la Comisión de Estudios

Constitucionales con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan

diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

en materia de anticorrupción , para quedar como sigue;

Texto del Dictamen con Proyecto de

Decreto:

Propuesta de modificación:

:ulo 79. La Auditoría Superior de laoración, de la Cámara deitados, tendrá autonomía técnica ygestión en el ejercicio de susuciones y para decidir sobre su

ganización interna, funcionamiento yluciones, en los términos de la

También fiscalizará directamente los También fiscalizará directamente los

recursos federales que administren o recursos federales que administren oejerzan los estados, los municipios, el ejerzan los estados, los municipios, elDistrito Federal y los órganos político- | Distrito Federal y los órganos político»

Av. Congreso de ia Unión, 66; Col. El Parque; Oeleg. Venustiano Carranza; C.P. 15960 México, D.P.;Edificio B, Planta Ba¡a¡ Tel. Conm.: 5628-1300 exts. 8317, 3122; Lada s./c.:

01-80a718-4291 exts. 8317, 3122

carol.antonio<3congreso.gob.mx

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administrativos de sus demarcaciones

territoriales. En los términos queestablezca la Ley fiscalizará, encoordinación con las entidades

locales de fiscalización o de manera

directa, las participacionesfederales. En el caso de los Estados

V los Municipios cuyos empréstitos

cuenten con la garantía de la

Federación, fiscalizará el destino y

ejercicio de los recursos

correspondientes que havan

realizado los gobiernos locales.

Asimismo, fiscalizará los recursosfederales que se destinen y se ejerzanpor cualquier entidad, persona física omoral, pública o privada, y lostransferidos a fideicomisos, fondos ymandatos, públicos y privados, ocualquier otra figura jurídica, deconformidad con ios procedimientosestablecidos en las leyes y sin perjuiciode la competencia de otras autoridadesy de los derechos de los usuarios delsistema financiero.

administrativos de sus demarcaciones

territoriales, con excepción de lasparticipaciones federales. En el casode los Estados y los Municipios cuyosempréstitos cuenten con la garantía dela Federación, fiscalizará el destino yejercicio de los recursoscorrespondientes que hayan realizadolos gobiernos locales. Asimismo,fiscalizará los recursos federales quese destinen y se ejerzan por cualquierentidad, persona física o moral, públicao privada, y los transferidos afideicomisos, fondos y mandatos,públicos y privados, o cualquier otrafigura jurídica, de conformidad con losprocedimientos establecidos en lasleyes y sin perjuicio de la competenciade otras autoridades y de los derechosde los usuarios del sistema financiero.

Dip. Caro! Antonio Altamirano

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]. X I I i r Ci I S I. AT H K A

Camarade diputaix)s

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Díp. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa DirectivaH. Cámara de DiputadosLXII LegislaturaPresente:

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara deDiputados del H. Congreso de la Unión, el que suscribe presenta la siguientereserva al Artículo 73, fracción H del Dictamen con Proyecto de Decretopor el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de!Sistema Nacional Anticorrupción, para quedar como sigue:

TEXTO DEL DICTAMEN TEXTO PROPUESTO

fiíü 2

Artículo 73. El Congreso tiene Artículo 73. El Congreso tiene

facultad:

I. a XXIX.-G.-...

facultad:

I. a XXIX.-G.-...

XXIX-H...

ZíTelo iSH'-CS

.PRESIDENCl/ DE LA MESA DIRECTIVAh-cam ra dediputados

SAy•••«"livc/

26F£3 20Í5

BjC J iB i DIfu,...^

Los Magistrados de la Sala Superior Los Magistrados de la Sala Superior

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serán designados por el Presidentede la República y ratificados por elvoto de las dos terceras partes de losmiembros presentes del Senado de laRepública o, en sus recesos, por laComisión Permanente. Durarán en suencargo quince años improrrogables.

xxix-i a xxix-u....

xxix-v....

serán propuestos por el Presidentede la República y ratificados por elvoto de las dos terceras partes de losmiembros presentes del Senado de laRepública o, en sus recesos, por laComisión Permanente. Durarán en suencargo diez años improrrogables.

XXIX-I a XXIX-U.

XXIX-V....

XXX. ...

Suscribe

1. X I I I I Cl M A T U KA

CAMAR-A 15E DII'UTAIXIS

Diputado Domitilo Posadas~Rernández

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

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LX I I L EC1 t ATURA

CAMARA DE DIPUTADOS

lio

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

\ I'R^-^IO[:NCIá Dli LA Mf'i'A DIllf'CI'lVAoles Conejo h. cámara dü diputadosDip. Silvano Aureoles Conejo h cámara dt diputados

Presidente de la Mesa Directiva "

H. Cámara de Diputados 26FEB201oLXII Legislatura I ^Presente: ^ fe i O \J^

' ' //cCxS^Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara deDiputados del H. Congreso de la Unión, el que suscribe presenta la siguientereserva al Artículo 114 del Dictamen con Proyecto de Decreto por el quese reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia delSistema Nacional Anticorrupción, para quedar como sigue: «

TEXTO DEL DICTAMEN l^^. !ííTEXTO PROPUESTO

Artículo 114.-... Attículo 114.- ...

La Ley señalará los casos de La Ley señalará los casos de

prescripción de la responsabilidad prescripción de la responsabilidad

administrativa tomando en cuenta la administrativa tomando en cuenta la

naturaleza y consecuencia de los actos naturaleza y consecuencia de los actos

y omisiones a que hace referencia la y omisiones a que hace referencia la

fracción III del artículo 109. fracción III del artículo 109.

Cuando dichos actos u omisiones

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fuesen graves los plazos de prescripción Cuando dichos actos u omisiones

no serán inferiores a siete años. fuesen graves los plazos de prescripción

no serán inferiores a doce años.

Suscribe

Diputado Domitilo Posadas Hernández

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.slWW.w.

l XI I I I l. I M A I U U.\

CÁMAÍÍAr>rT)iñi7Á7K^

peo i

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Dip. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa DirectivaH. Cámara de DiputadosLXll LegislaturaPresente:

Con fundamento en ios artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara deDiputados del H. Congreso de la Unión, el que suscribe presenta la siguientereserva al Artículo 22, fracción II, del Dictamen con Proyecto de Decretopor el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia delSistema Nacional Anticorrupción, para quedar como sigue:

TEXTO DEL DICTAMEN TEXTO PROPUESTO

Artículo 22.... Artículo 22....

Procederá en los casos de [I.delincuencia organizada, delitoscontra la salud, secuestro, robode vehículos, trata de personas yenriquecimiento ilícito, respectode los bienes siguientes:

/•ÍEjí'. SliCIlH'iARÍA 1f'w.i'liCAPlUiSlDlíNCIA üií lAMRSA DlRECnV/

H. CÁMARA DI' niPUTADÜS

Procederá en los casos dedelincuencia organizada, delitoscontra la salud, secuestro, robode vehículos, trata de personas,enriquecimiento ilícito yconflicto de interés, respectode los bienes siguientes;

ilECl B iD\-í

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a) a d)... a) a d)...

III. ... III. ...

Suscribe

Diputado Domitiío Posada^ernández

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LXII LEGtSIATIIRA

CÁMARA in DirUTADüS

m 1

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Diputado Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa Directiva ^ _ »oí^»H. Cámara de Diputados O

11 DliSALÓN DE BESlü^NES^

Con fundamento en el artículo 109 y 110 del Regláliríéhto de-la Cámara "áe ' ^Diputados, el que suscribe, diputada integrante del Grupo Parlamentario del PRD,presento ante esta Soberanía la reserva a al fracción I del artículo 113, delDictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto dedecreto por el que se reforman, y adicionan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia deanticorrupción, para quedar como sigue:

Artículo 113." El Sistema NacionalAnticorrupción es la instancia decoordinación entre las autoridades de

todos los órdenes de gobiernocompetentes en la prevención, deteccióny sanción de responsabilidadesadministrativas y hechos de corrupción,así como en la fiscalización y control derecursos públicos. Para el cumplimientode su objeto se sujetará a las siguientesbases mínimas:

I. El Sistema contará con un Comité

Coordinador que estará integrado porlos titulares de la Auditoría Superior dela Federación; de la FiscalíaEspecializada en Combate a laCorrupción; de la secretaría delEjecutivo Federal responsable delcontrol interno; por el presidente del

SECRETARÍA TÉCNICAPRESIDENCIA DE lAMESA DlRF.CnVA

H. CÁI.T'.RA DE nilHITADUSx^

Artículo 113." El Sistema NacionalAnticorrupción es la instancia decoordinación entre las autoridades de

todos los órdenes de gobiernocompetentes en la prevención, deteccióny sanción de responsabilidadesadministrativas y hechos de corrupción,así como en la fiscalización y control derecursos públicos. Para el cumplimientode su objeto se sujetará a las siguientesbases mínimas:

I. El Sistema contará con un ComitéCoordinador que estará integrado porlos titulares de la Auditoría Superior dela Federación; de la FiscalíaEspecializada en Combate a laCorrupción; de la secretaría delEjecutivo Federal responsable d^control interno; por el presidente déL

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LXII LbClMATURA

Camaua ni. niruTAnoi

Tribunal Federal de Justicia

Administrativa; el presidente delorganismo garante que establece elartículo 6o. de esta Constitución; asícomo por un representante del Consejode la Judicatura Federal y otro delComité de Participación Ciudadana;

II....

III....

Tribunal Federal de Justicia

Administrativa; del presidente delorganismo garante que establece elartículo 6o. de esta Constitución; unrepresentante del Consejo de laJudicatura Federal; un representantedel Comité de Participación Ciudadanaquien presidirá el ComitéCoordinador del Sistema Nacional

Anticorrupción

II....

III....

>aldaña Fraire

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LXtl IFGISIATURA

CAMARA nt DIPUTADOS

SECRE'IARIATFCNICA

PRESIDENCIA DE MESA DIRECTIVAH, CÁMARA DE DIPUTADOS

26 FEB 2015

S 4D L íK t: S Ia MES «^

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Dip. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de DiputadosPRESENTE

Con fundamento en los artículos 109 y 110 de! Reglamento de la Cámara deDiputados, me permito presentar la siguiente reserva al artículo 79 de la n.Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al Dictamen con rJApiyproyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogandiversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos J >Mexicanos, en materia del sistema nacional anticorrupción, para quedar f^O Hcomo sigue:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

TEXTO DEL DICTAMEN

Artículo 79. La Auditoría Superior dela Federación de la Cámara de

Diputados, tendrá autonomía técnicay de gestión en el ejercicio de susatribuciones y para decidir sobre suorganización interna, funcionamientoy resoluciones, en los términos quedisponga la ley.La función de fiscalización seráejercida conforme a los principios delegalidad, definitividad, imparcialidady confiabilidad.La Auditoría Superior de la Federaciónpodrá iniciar el proceso defiscalización a partir del primer díahábil del ejercicio fiscal siguiente, sinperjuicio de que las observaciones orecomendaciones que, en su casorealice, deberán referirse a lainformación definitiva presentada enla Cuenta Pública.

PROPUESTA DE MODIFICACION

Artículo 79. La Auditoría Superior dela Federación de la Cámara deDiputados, tendrá autonomía técnicay de gestión en el ejercicio de susatribuciones y para decidir sobre suorganización interna, funcionamientoy resoluciones, en los términos quedisponga la ley.La función de fiscalización seráejercida conforme a los principios delegalidad, definitividad, imparcialidady confiabilidad.La Auditoría Superior de la Federaciónpodrá iniciar el proceso defiscalización a partir del primer díahábil del ejercicio fiscal siguiente, sinperjuicio de que las observaciones orecomendaciones que, en su casorealice, deberán referirse a lainformación definitiva presentada enla Cuenta Pública.

IZ-jS

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LXn L £GI 5 L ATO Rl

CAMARA Dt DIPUTADOS

Asimismo, por !o que corresponde alos trabajos de planeación de lasauditorías, la Auditoría Superior de laFederación podrá solicitar informacióndel ejercicio en curso, respecto deprocesos concluidos.

La Auditoría Superior de la Federacióntendrá a su cargo:

También fiscalizará directamente los

recursos federales que administren oejerzan los estados, los municipios, eiDistrito Federal y los órganospolíticoadministrativos de susdemarcaciones territoriales. En los

términos que establezca la leyfiscalizará, en coordinación con lasentidades locales de fiscalización o de

manera directa, las participacionesfederales. En el caso de los Estados ylos Municipios cuyos empréstitoscuenten con la garantía de laFederación, fiscalizará el destino yejercicio de los recursoscorrespondientes que hayan realizadolos gobiernos locales. Asimismo,fiscalizará los recursos federales quese destinen y se ejerzan por cualquierentidad, persona física o moral,pública o privada, y los transferidos afideicomisos, fondos y mandatos,públicos y privados, o cualquier otrafigura jurídica, de conformidad con losprocedimientos establecidos en lasleyes y sin perjuicio de la competenciade otras autoridades y de los derechosde los usuarios del sistema financiero.

Asimismo, por lo que corresponde alos trabajos de planeación de lasauditorías, la Auditoría Superior de laFederación podrá solicitar informacióndel ejercicio en curso, respecto deprocesos concluidos.

La Auditoría Superior de la Federacióntendrá a su cargo:

También propondrá mecanismosde fiscalización en ios recursosfederales y colaborará a peticiónde los órganos estatales y localesque administren o ejerzan los estados,los municipios, el Distrito Federal y losórganos políticoadministrativos de susdemarcaciones territoriales. En el

caso de los Estados y los Municipioscuyos empréstitos cuenten con lagarantía de la Federación, fiscalizaráel destino y ejercicio de los recursoscorrespondientes que hayan realizadolos gobiernos locales. Asimismo,fiscalizará los recursos federales quese destinen y se ejerzan por cualquierentidad, persona física o moral,pública o privada, y ios transferidos afideicomisos, fondos y mandatos,públicos y privados, o cualquier otrafigura jurídica, de conformidad con losprocedimientos establecidos en lasleyes y sin perjuicio de la competenciade otras autoridades y de los derechosde los usuarios del sistema financiero.

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.XI I í C I S I AT 11 R A

camaiu i)r DU'inADOs

11. a IV. II. a IV

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DIP. FERNANDO BELAUNZAIUN MENDEZ

I X I [ I I <. I M Al II KA

CAMAIUIM DirillAIXJS

D¡puhulo.s SecretariosMesa Directiva

Cámara de DiputadosH. Congreso de la Unión

PRESENTES

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de Febrero de 2015

a'iV SECREIARL^ TÉCl-:!CApresidencia DELA MESA DIRECTIVA' H.CÁMXEA DE DIPUTADOS

26FEB2ai5 " /N,

Pr^—

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados,

solicito la reserva del artículo 108 del Dictamen que contiene Proyecto de Decreto por el

que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, en materia de anlicorrupción. que presenta la comisión de

Puntos Constitucionales para quedar como sigue:

Dice: Debe decir:

Artículo 108. Para los efectos de las Artículo 108. Para los electos de las

responsabilidades a que alude este Título se responsabilidades a que alude este Título se

reputarán como servidores públicos a los reputarán como servidores públicos, al

representantes de elección popular, a los pre.sldcntc de la República, los

miembros del Poder .ludicial Federal y del representantes de elección popular, a los

Poder Judicial del Distrito Federal, los miembros del Poder Judicial Federa! y del

funcionarios y empleados y, en general, a Poder Judicial del Distrito Federal, los

toda persona que desempeñe un empleo, funcionarios y empleados y. en general, a

cargo o comisión de cualquier naturaleza en toda persona que desempeñe un empleo,

el Congreso de la Unión, en la Asamblea cargo o comisión de cualquier naturaleza en

Legislativa del Distrito Federal o en la el Congreso de la Unión, en la Asamblea

Administración Pública Federal o en el Legislativa del Distrito Federal o en la

OLstrilo Federal, asi como a los servidores Administración Pública Federal o en el

públicos de los organismos a los que esta Distrito Federal, así como a los servidores

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DIP. FERNANDO BELAUNZARAN MENDEZ

i X I I 1 I Ci I 1 A t 11 ri A

CAMAKA Ot DinilM'us

Dice:

Constitución otorgue autonomía, quienes

serán responsables por los actos u

omisiones en que incurran en el desempeño

de sus respectivas funciones.

El Presidente de la República, durante el

tiempo de su encargo, sólo podrá ser

acusado por traición a la patria y delitos

graves del orden común.

Debe decir:

públicos de los organismos a los que esta

Constitución otorgue autonomía, quienes

serán responsables por los actos u

omisiones en que incurran en el desempeño

de sus respectivas funciones.

El presidente de la República, durante el

tiempo de su encargo, podrá ser acusado por

traición a la patria, por violaciones a esta

Constitución y a las leyes federales, así

como por el manejo y aplicación

indebidos de fondos y recursos federales,

delitos de corrupción y delitos graves del

orden común.

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DII». FERNANDO BELAUNZARAN MENDEZ

I X I I I I (1 I S I A I l< l> S

t.AM.VRA t>( Dll-IIIAIXI-,

federales.

Los servidores públicos a que se refiere el

presente artículo estarán obligados a

presentar, bajo protesta de decir verdad, su

declaración patrimonial y de intereses ante

las autoridades competentes y en los

ténninos que determine la ley.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Debe decir:

del orden común.

Los servidores públicos a que se refiere el

presente articulo, estarán obligados a

presentar bajo protesta de decir verdad, su

declaración patrimonial, su declaración de

impuestos, así como la declaración

detallada de sus intereses particulares,

las que serán debidamente registradas

por la autoridad correspondiente para

los efectos legales a que haya lugar, en el

caso de que incurran en falsedad, serán

sancionados conforme a la ley.

ATENTAMENTE

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peo /3DIP. FERNANDO BELAUNZARAN MENDEZ

I M I 1 I r, I M AT II II A

CAMAinrr>ri)TrmArio>

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de Febrero de 2015

Diputados SecretariosMesa Directiva

Cámara de DiputadosH. Congreso de la Unión

PRESENTES

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados,solicito reserva al Dictamen que contiene Proyecto de Decreto por el que se refonnanadicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos en materia de anticorrupción, que presenta la comisión de PuntosConstitucionales para adicionar un artículo décimo segundo transitorio:

Dice:

Transitorios

PRIMERO- DÉCIMO PRIMERO (...)

No tiene correlativo

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Debe decir:

Transitorios

PRIMERO - DECIMO SEGUNDO (...)

DECIMO SEGUNDO. En las reformas a la

Ley Orgánica de la Administración Pública

Federal se establecerán las bases del sistema

profesional de carrera de los en los órganos

internos de control.

ATENTAMENTE SECíC£l/uuA Ti. .C.\, de la mesa diri-:ctjva

H. CÁMAR/\ DE DIPUTADOS

26FEB 20fi

i i/i D \

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jyssit'.

I X I I I Mi I S I ,M I' U A

in llirutAiHis

DIP. FERNANDO BELAUNZARAN MENDEZ lP£0 h

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de Febrero de 2015

Diputados SecretariosMesa Directiva

Cámara de DiputadosH. Congreso de la Unión

PRESENTES

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados,solicito la reserva del artículo Quinto Transitorio del Dictamen que contiene Proyecto deDecreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de anticorrupción, quepresenta la comisión de Puntos Constitucionales para quedar como sigue:

Dice:

Transitorios

Debe decir:

Transitorios

Primero- Cuarto (...)Primero- Cuarto (...)

Quinto. Las adiciones, reformas y Quinto.- Se suprimederogaciones que por virtud del presenteDecreto se hacen a los aiiiculos 79. 108.

109. 113. 114. 116 fracción V y 122 Base presidencia DE lA DIR OTAQuinta, entrarán en vigor en la misma fecha h.CAM'̂ RADEüipl)TAD( Sen que lo hagan las leyes aque se refiere el ^Transitorio Segundo del presente Decreto. WJ

f; % ¥7 ,i 'fc-, :í >

MTl^ 25 FEB 2015

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

ATENTAMENTE

[toi Ü-2é.Te!D 13

IZ-Zi

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LXII LfCISlATURA

CÁMAftA Dt Diputados

José tiLís MvJioz Sojuja,DrPXiTJ^O JTDTKM.

DiSTiUTO 12 DiSTRJIÜ J^ÍDTKAL

Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de febrero de 2015JLMS/LXII/007/2015

Asunto; Reserva

'Vf5^ .A •• iV'-'.' presidükí:!;..

H.r-.'

26 FEB

.. .líi'XrnvA

.A Ubi)

II

Dip. Silvano Aureoles Conejo

Presidente de Mesa Directica

CÁMARA DE DiputadosLXII Legislatura

Presente

Sirvan estas líneas paraenviarle un cordial saludo, conTundamento en losartículos 109 Ol

y110 del Reglamento dela Cámara de Diputados, quien suscribe, Integrante del Grupo |Parlamentarlo del Partido de la Revolución Democrática, me permito presentar ante el - JPleno de ésta Soberanía, reserva que modifíca el párrafo segundo del artículo 22 co

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al "Dictamen \

en sentido positivo a tas iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforman, 1adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional Anticorrupción", para quedar como

sigue:

Consideraciones

Actualmente fa aplicación de bienes a favor del Estado por la comisión de dicho delito,se realiza mediante el "decomiso", que requiere la determinación por sentencia firme(que haya causado ejecutoría) de la autoridad judicial en la causa penal, implicando quela ejecución vaya aparejada con el proceso que se sigue contra el sen/idor público, esdecir, hasta que el Juez resuelve la culpabilidad del sentenciado, puede decretar el"decomiso" de los bienes. Lo anterior se ve mermado a razón que, si el proceso penalno se inicia, o en su caso, el servidor público recurre a todos los medios de defensa

legales que se encuentren a su alcance, se verá retrasada la ejecución del "decomiso",aun y cuando no pueda comprobar la legal posesión de bienes que haya adquiridodurante la gestión de su encargo público.

Congreso de la Unión j Edificio F, 2do piso. | Ext. 56030,58034. jjose.munoz(g)congreso.gob.mx

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I.xn LtUIStATWI»»

Camaha W Diputados

Jost LutS M'WÑ'OZ SOJUJA.DrPUrsMtO f'WTRAC

"Distrito 12 £W'££ distrito j-everju.

Por lo anterior, se propone establecer que los bienes obtenidos a causa de la comisióndel delito de enriquecimiento ilícito, sean aplicados a favor del estado mediante elprocedimiento de "extinción de dominio"' a razón de lo siguiente;

° Respeta la garantía de audiencia de cualquier persona que pueda ser afectada;

° La extinción de dominio es un procedimiento autónomo del penal, de naturaleza civil,ante un órgano jurisdiccional;

° Se requiere de una sentencia del órgano jurisdiccional que extinga el derecho depropiedad;

° Permite al Estado aplicar a su favor bienes respecto de los cuales existen datos paraacreditar que fueron o son instrumento, objeto o producto de los delitos señalados enel propio artículo 22 Constitucional (aumentando el enriquecimiento ilícito).

Ejercitada la acción de extinción de dominio, el Ministerio Público podrá solicitar ai juez,que se impongan las medidas cautelares necesarias para garantizar la conservación delos bienes, pudiendo ordenarse en cualquier etapa del procedimiento. Dichas medidaspodrán consistir en el aseguramiento de bienes o el embargo precautorio.

Por lo anterior, se modifica el párrafo segundo del artículo para que en caso de losbienes provenientes del delito de enriquecimiento ilícito NO sean sancionados en víade decomiso, en virtud que, se difiere con el hecho de continuar manteniendo el"decomiso" para este tipo penal, ya que se contrapondrían directamente ambas figurasjurídicas.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

TEXTO DEL

, t.DICTAMEN

Artículo 22. No hay modificación

PROPUESTA DE

MODIFICACIÓN

Artículo 22....

' "Pérdidade losderechos sobre los bienes (cosasmateriales que no estén excluidas delcomercio, ya seanmuebles o inmuebles, y todo aquel derecho real o personal, sus objetos, frutos y productos, susceptibles deapropiación.), sin coniraprestación ni compensación alguna para su dueño ni para quien se ostente ocomporte como tal" (Articulo 3 de la Ley Federal de Extinción de Dominio).

Congreso de la Unión | Edificio F, 2do piso. | Ext. 56030,[email protected]

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rm

IXI I H un LATU fcA

CAMARA f)f rXPirTAPOS

l9Vg.Josi tvís Mimoz SOKIJA.Vtp-üTswo Jtdtkm.

Visteo ¡2 distrito f-EVTicAL

No se considerará confíscación laaplicación de bienes de una personacuando sea decretada para el pago demultas o impuestos, ni cuando la decreteuna autoridad judicial para el pago deresponsabilidad civil derivada de lacomisión de un delito. Tampoco seconsiderará confiscación el decomiso

que ordene la autoridad judicial de losbienes en caso de enriquecimientoilícito en los términos del artículo 109,la aplicación a favor del Estado de bienesasegurados que causen abandono en lostérminos de las disposiciones aplicables,ni la de aquellos bienes cuyo dominio sedeclare extinto en sentencia. En el caso

de extinción de dominio se establecerá unprocedimiento que se regirá por lassiguientes reglas:

II. Procederá en los casos dedelincuencia organizada, delitos contra lasalud, secuestro, robo de vehículos, tratade personas, enriquecimiento Ilícitorespecto de los bienes siguientes:

a) a d)...

No se considerará confiscación la

aplicación de bienes de una personacuando sea decretada para el pago demultas o impuestos, ni cuando la decreteuna autoridad judicial para el pago deresponsabilidad civil derivada de lacomisión de un delito. Tampoco seconsiderará confiscación la aplicación afavor del Estado de bienes aseguradosque causen abandono en los términos delas disposiciones aplicables, ni la deaquellos bienes cuyo dominio se declareextinto en sentencia. En el caso de

extinción de dominio se establecerá un

procedimiento que se regirá por lassiguientes reglas:

a) a d).

Sin más por el momento, quedo a sus órdenes.

ATENTAMENTE

DIP. JOSÉniUlS MUÑOZ SORIA

Congreso de la Unión | Edificio F, 2do piso. | Ext. sdQoO, 58034. |[email protected]

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l.XII ttCISlATUHA

CAMABxnF niPUTAtMS

Jy^g. Jost Luís ÍMilñoz Sojua.DnniTJWO fxDi-jiAL

DISIDID 12 -EJ^-EL Distrito J'tdtrju:

Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de febrero de 2015JLMS/LXII/009/2015

Asunto: Reserva

Dip. Silvano Aureoles Conejo

Presidente de Mesa Directica

CÁMARA DE DiputadosLXII Legislatura

Presente

Sirvan estas lineas para enviarle un cordial saludo, con fundamento en ios artículos 109

y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe, Integrante del Grupo

Parlamentarlo del Partido de la Revolución Democrática, me permito presentar ante el

Pleno de ésta Soberanía, reserva que modifica ei párrafo primero de las fracciones

I y II, y se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del artículo 79 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al "Dictamen en

sentido positivo a las iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforman,

adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional Anticorrupción", para quedar como

sigue:

Consideraciones

Se pretende institucionalizar una coordinación efectiva entre todos ios agentes a cargo

de los mecanismos de control interno (SFP) y externo (ASF) bajo un Sistema Nacional

de Anticorrupción; es decir, ia inspección, vigilancia, control, supervisión, evaluación y

físcalízacíón del ejercicio de los recursos públicos en ios tres niveles de gobiemo

(federal, estatal y municipal), con los siguientes cambios:

V\fi©

> Se eliminan los principios de "posterioridad" y "anualidad";

Por lo que respecta al dictamen pretenden:

2S PE3 2ü,:

Congreso de ia Unión | Edificio F, 2do piso. | Ext. 56030,58034. |jose.munoz(3)congreso.gob.mx illí.-ES

I lililí

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LXI I It ÜiS LATURA

Camarade Diputados

l3\íg, Jost Luís Mimñoz So:rija.DFPWÍS^O fTDTRJAL

Dis-TRITO12 -EJ^-EL VlSTlUrO fTDIEJAL

> Pretenden eliminar los medios de impugnación ante la propia ASF (recursos) y

ante el Tribunal (juicio de nulidad), lo cual deja en estado de Indefensión a los

servidores públicos y particulares, violando la garantía de audiencia.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

TEXTO DEL

DICTAMEN

concluya durante el períodorespectivo. Asimismo, en esta últimafecha, entregar el Informe GeneralEjecutivo del Resultado de laFiscalización Superior de la CuentaPública, el cual se someterá a laconsideración del Pleno de dicha

PROPUESTA DE

MODIFiCACON

concluya durante el periodorespectivo. Asimismo, en esta últimafecha, entregar el Informe GeneralEjecutivo del Resultado de laFiscalización Superior de la CuentaPública, el cual se someterá a laconsideración del Pleno de dicha

Congreso de la Unión | Edificio F, 2do piso. | Ext. 56030,58034.jose.munoz(S)congreso.gob.mx

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IXII LIGISLATURA

CAMARA Df niPUTADOS

Jost Luís MiLfroz Sotuj^VrPVTJWO fTD'ERM.

VlSTlUrO I2-£J^'E£ 'DlS'TRiro fTDTRJU:

Cámara. El Informe General Ejecutivo ylos informes individuales serán de

carácter público y tendrán elcontenido que determine la ley; estosúltimos incluirán como mínimo el

dictamen de su revisión, un apartadoespecífico con las observaciones de laAuditoría Superior de la Federación, asícomo las justificaciones y aclaracionesque, en su caso, las entidadesfiscalizadas hayan presentado sobre lasmismas.

(SE ADICIONA)

Cámara. El Informe General Ejecutivo ylos informes individuales serán de

carácter público y tendrán elcontenido que determine la ley; estosúltimos incluirán como mínimo el

dictamen de su revisión, un apartadoespecífico con las observaciones de laAuditoría Superior de la Federación, asícomo las justificaciones y aclaracionesque, en su caso, las entidadesfiscalizadas hayan presentado sobre lasmismas.

Las sanciones y demás resolucionesde la entidad de fiscalización superiorde la Federación podrán serimpugnadas por las entidadesfiscalizadas y, en su caso, por losservidores públicos afectadosadscritos a las mismas, ante la propiaentidad de fiscalización o ante los

tribunales a que se refiere el articulo73, fracción XXIX-H de estaConstitución conforme a lo previsto enla Ley.

Sin más por el momento, quedo a sus órdenes.

Congreso de la Unión | Edificio F, 2do piso. | Ext. 56030,[email protected]

i

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/m

l.XJI HCfSLATURA

CAMARA Dt Dlín/TADOS

Jost Luís M'wfíoz SoTusi.DrPUTSWO fTD-ERJAC

"Distrito 12-en-el distrito fTDTRj^

Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de febrero de 2015JLMS/LXIÍ/010/2015

Asunto: Reserva

H-C'.

. _..:rrrivA

....lADOS

25FEB 2313 iT^Dip. Silvano Aureoles Conejo

Presidente de Mesa DirecticaCÁMARA de DiputadosLXll Legislatura

Presentemcocraic . / • . > ^

• TilSirvan estas líneas para enviarle un cordial saludo, corrfOndamento en los artículos 109

y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe, Integrante del Grupo

Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito presentar ante el

Pleno de ésta Soberanía, reserva que modifica el inciso e) de la fracción III del

articulo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo

al "Dictamen en sentido positivo a las iniciativas con proyecto de decreto por el que se

reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional Anticorrupción", para

quedar como sigue:

Consideraciones

En materia de combate a la corrupción, el GPPRD propone:

Que el Comité de Participación Ciudadana integrado por; 5 ciudadanos destacados por

su contribución a la transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción emita

recomendaciones las cuales serán vinculantes, y puedan presentar denuncias;

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

TEXTO DEL

;íí.^dictamen

Artículo 113.-...

PROPUESTA DE - :

^MODIFICACIÓN

Artículo 113.-...

Congreso de la Unión | Edificio F, 2do piso. | Ext. 56030,58034. |jose.munoz@>congreso.gob.mx

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I.XI C II ClilATUHA

CAMAfAOE DirUTADOS

Josí Luís Milñdz Sojujl"Dirursmo jtdtral

VisTRiTü 12 £?/££ "Distrito fxDTRAL

II. El Comité de Participación Ciudadanadel Sistema deberá integrarse por cincociudadanos que se hayan destacado porsu contribución a ia transparencia, larendición de cuentas o el combate a ia

corrupción y serán designados en lostérminos que establezca la ley, y

a)... a d)...

e) La elaboración de un informe anual quecontenga ios avances y resultados delejercicio de sus funciones y de iaaplicación de políticas y programas en lamateria. Derivado de este informe, podráemitir recomendaciones ne vinculantes alas autoridades, con el objeto de queadopten medidas dirigidas alfortalecimiento institucional para laprevención de faltas administrativas yhechos de corrupción, así como aimejoramiento de su desempeño y delcontrol interno. Las autoridades

destinatarias de las recomendaciones

informarán ai Comité sobre la atención

que brinden a las mismas.

II. El Comité de Participación Ciudadanadel Sistema deberá integrarse por cincociudadanos que se hayan destacado porsu contribución a ia transparencia, iarendición de cuentas y el combate a iacorrupción y serán designados en iosténninos que establezca ia ley, y

a)... a d)...

e) La elaboración de un informe anual quecontenga ios avances y resultados delejercicio de sus funciones y de laaplicación de politices y programas en iamateria. Derivado de este informe, podráemitir recomendaciones vinculantes a las

autoridades, con el objeto de que adoptenmedidas dirigidas ai fortalecimientoinstitucional para la prevención de faltasadministrativas y hechos de corrupción,asi como al mejoramiento de sudesempeño y del control interno. Lasautoridades destinatarias de las

recomendaciones informarán al Comité

sobre la atención que brinden a lasmismas.

Sin más por el momento, quedo a sus órdenes.

ATENTAMENTE

DIP.JOSE LUIS MU

Congreso de la Unión [ Edificio F, 2do piso. [ Ext. 56030,[email protected]

ORIA

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LXll LEGISLATURA

CÁMARA DE DIPUTADOS

KAREN QUIROGA ANGUIANO

DIPUTADA FEDERAL

CnipoPariiin«)Ivio

PRDCánmdeD^^ds

Cpopoo dsb Ubííb

Palacio Legislativo, D.F., a febrero 26 de 2015.

•• i'i.i.x.''d:: LA Dir.rci'iVA

ii.i •.:;\L.d:::D;i'L:,AüüS

DIp. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Cámara de DiputadosCongreso de la UniónPRESENTE.

2 5 m 2ÜÍ]

!:> V, .y

-73^^

Con fundamento en lo establecido en los artículos 109, 110 del Reglamento de laCámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, quien suscribe integrante delGrupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática me permitopresentar reserva a la fracción XXIX-H del Artículo 73, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al ARTÍCULO ÚNICO delDICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN,ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DELSISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN, para quedar comosigue:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

TEXTO DEL DICTAMEN

Artículo 73.- El Congreso tienefacultad:

I. aXXIII-G ...

XXIX-H. Para expedir la ley queinstituya el Tribunal Federal de JusticiaAdministrativa, dotado de plenaautonomía para dictar sus fallos, y queestablezca su organización, sufuncionamiento y los recursos paraimpugnar sus resoluciones.

PROPUESTA DE MODIFICACION

Artículo 73.- El Congreso tienefacultad:

l.aXXIII-G ...

XXIX-H. Para expedir la ley queinstituya el Tribunal Federal de JusticiaAdministrativa, dotado de plenaautonomía para dictar sus fallos, y queestablezca su organización, sufuncionamiento y los recursos paraimpugnar sus resoluciones.

El Tribunal tendrá a su carao dirimir las El Tribunal tendrá a su carpo dirimir las

Av. Congreso de la Unión núm. 66, Col. El Parque, Del. Venustiano Carranza,C.P. 15960, México, D.F., Edificio B, 4to. Piso Conmutador 5036 0000 Ext: 56385

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•(iSiDas,,,

KAREN QUIROGA ANGUiANO

DIPUTADA FEDERAL

LXII I.EGISLATURA

CÁMARA DE DIPUTADOS

.simismo, será el órgano competenteara imponer las sanciones a loservidores públicos por lasssponsabilidades administrativas que3 ley determine como graves y a losarticulares que participen en actosinculados con dichas

ssponsabilidades, asi como fincar a losssponsables el pago de lasidemnizaciones y sancionesecuniarias que deriven de los daños yerjulcios que afecten a la Hacienda'ública Federal o al patrimonio de losntes públicos federales.

] Tribunal funcionará en Pleno o en

lalas Regionales.

a Sala Superior del Tribunal seompondrá de dieciséis Magistrados yctuará en Pleno o en Secciones, de3s cuales a una corresponderá la3solución de los procedimientos a quee refiere el párrafo tercero de laresente fracción.

os Magistrados de la Sala Superiorerán designados por el Presidente de3 República y ratificados por el voto de3s dos terceras partes de los miembrosresentes del Senado de la República, en sus recesos, por la Comisión'ermanente. Durarán en su encargo

ontroversias que se susciten entre la co

dministración pública federal y los adarticulares.

Grupo ManMDtarw

mCinundeOípubdoi

Con^nedeli Urdda

Av. Congreso de la Unión núm. 66, Co!. El Parque, Del. Venustiano Carranza,C.P. 15960, México, D.F., Edificio B, 4to. Piso Conmutador 5036 0000 Ext: 56385

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I.XIÍ LEGISLATURA

CÁMARA DE DIPUTADOS

KAREN QUIROGA ANGUIANO

DIPUTADA FEDERAL

Grupo Pariifflenlario

PRDOaani»tSpuUik»

Capoo deb Uiita

serán designados por el Presidente de serán designados por mayoría dela República y ratificados por mayoría los miembros presentes del Senadode los miembros presentes del Senado de la República o, en sus recesos, porde la República o, en sus recesos, por la Comisión Permanente,la Comisión Permanente.

Durarán en su encargo diez años Durarán en su encargo diez añospudiendo ser considerados para nuevos pudiendo ser considerados para nuevosnombramientos. nombramientos.

Los Magistrados sólo podrán ser Los Magistrados sólo podrán serremovidos de sus cargos por las removidos de sus cargos por lascausas graves que señale la ley.

XXIX-I a XXX

DIP. KAF

causas graves que señale la ley.

XXIX-1 a XXX

SUSCRIBE

IROGA ANGUIANO

Av. Congreso de la Unión núm, 66, Col. El Parque, Del. Venustiano Carranza,C.P. 15960, México, D.F., Edificio B, 4to. Piso Conmutador 5036 0000 Ext: 56385

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PLXII LEGISLATURA

CÁMARA DE Diputados

Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de febrero de 2015

2 5 FEB 25:5

DIP. SILVANO AUREOLES CONEJO "h VPresidente de la Mesa Directiva ^ fj 11de la H. Cámara de Diputados 25FEB 25 5 II.LXII Legislatura J

Con fundamento en los artículos 109 y110 del Regieméntó^dlla Smara deel que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del PRD, presenta ante estasoberanía, la reserva al artículo 108 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en materia del Sistema Nacional Anticorrupción.

DICTAMEN

Artículo 108.- Para los efectosde las responsabilidades a que aludeeste Título se reputarán comoservidores públicos, losrepresentantes de elección popular,a los miembros del Poder JudicialFederal y del Poder Judicial delDistrito Federal, los funcionarios yempleados y, en general, a todapersona que desempeñe un empleo,cargo o comisión de cualquiernaturaleza en el Congreso de laUnión, en la Asamblea Legislativa delDistrito Federal o en la

Administración Pública Federal o enel Distrito Federal, así como a losservidores públicos de losorganismos a los que estaConstitución otorgue autonomía,quienes serán responsables por losactos u omisiones en que incurran

PROYECTO DE MODIFICACION

Articulo 108.- Para los efectosde las responsabilidades a que aludeeste Título se reputarán comoservidores públicos el titular delPoder Ejecutivo, losrepresentantes de elección popular,a los miembros del Poder Judicial

Federal y del Poder Judicial delDistrito Federal, los funcionarios yempleados y, en general, a todapersona que desempeñe un empleo,cargo o comisión de cualquiernaturaleza en el Congreso de laUnión, en la Asamblea Legislativa delDistrito Federal o en la

Administración Pública Federal o enel Distrito Federal, así como a losservidores públicos de losorganismos a los que estaConstitución otorgue autonomía,quienes serán responsables por los

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en el desempeño de sus respectivas actos u omisiones en que incurran enfunciones. el desempeño de sus respectivas

funciones.

El Presidente de la República, El Presidente de la República,durante el tiempo de su encargo, además, podrá ser acusado porsólo podrá ser acusado por traición a traición a la patria y delitos gravesla patria y delitos graves del orden del orden común,común.

Los servidores públicos a que se

refiere el presente artículo estarán

obligados a presentar, bajo protesta

de decir verdad, su declaración

patrimonial y de Intereses ante las

autoridades competentes y en los

términos que determine la ley.

ATENTAMENTE

ERA SOLIS

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Julisa Mejía GuardadoDIPUTADA FEDERAL

LXll LEGISLATURA

CÁMAiiA DE Diputados Palacio Legislativo de San Lázaro a 26 de febrero de 2015JMG/535/2015

DIP. SILVANO AUREOLES CONEJO

PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVADE LA CAMARA DE DIPUTADOS

PRESENTE.

Con fundamento en los artículos 109 y 110del Reglamento de la Cámara deDiputados del H. Congreso de la Unión, quien suscribe, integrante del GrupoParlamentario del PRD, presenta ante esta soberanía, reservas a los artículos108 párrafo Quinto, artículo 114 párrafo Tercero yse adiciona un inciso f) alTercero Transitorio del DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN,ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOSARTÍCULOS 22, 28, 41, 73, 74, 79, 104, 108, 109, 113, 114, 116 Y122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOSMEXICANOS, EN MATERIA DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN.

DICE

Título Cuarto

De las Responsabilidades de los

Servidores Públicos, ParticularesVinculados con Faltas

Administrativas Graves o Hechos

de Corrupción, y Patrimonial delEstado Artículo

Artículo 108.-...

DEBE DECIR

Título Cuarto

De las Responsabilidades de los

Servidores Públicos, ParticularesVinculados con Faltas

Administrativas Graves o Hechos

de Corrupción, y Patrimonial delEstado Artículo

108.-...

.'i: '.ox

W 25FE8 201511 s,c;: KI dU

E;/!ESlo^ ,

Av. Congreso de lo Unión, ó6; Col. El Parque; Deleg. Venustiono Carranza; C.R 1S9ó0 México, D.P.;Edificio B, Nivel 4, Oficina 415; Tels. Conms.: 5036-0000 ext. 56057; 5628-1300 ext. 8210

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Julisa Mejía GuardadoDIPUTADA FEDERAL

IXII Legislatuha

CÁMAÍW DE Dll'UTADÜS

Los servidores públicos a que serefiere el presente artículo estaránobligados a presentar, bajo protestade decir verdad, su declaraciónpatrimonial y de intereses ante lasautoridades competentes y en lostérminos que determine la ley.

Artículo 114.- ...

Los servidores públicos a que se |refiere el presente artículo estaránobligados a presentar, bajo protestade decir verdad, su declaraciónpatrimonial y de intereses ante lasautoridades competentes y hacerlaspúblicas en los términos quedetermine la ley.

Artículo 114.- ...

La ley señalará los casos deprescripción de la responsabilidadadministrativa tomando en cuenta lanaturaleza y consecuencia de los actosy omisiones a que hace referencia lafracción III del artículo 109. Cuandodichos actos u omisiones fuesengraves los plazos-de prcGcripción no

La ley señalará los casos de ¡prescripción de la responsabilidadadministrativa tomando en cuenta lanaturaleza y consecuenciade los actosy omisiones a que hace referencia lafracción III del artículo 109. Cuandodichos actos u omisiones fuesengraves no habrán plazos deprescripción

TRANSITORIOS

TERCERO. La ley a que se refiere lafracción XXIX-H del artículo 73 de laConstitución, establecerá que,observando lo dispuesto en la LeyFederal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendarla, elTribunal Federal de JusticiaAdministrativa:

a) ...

b) ...

TRANSITORIOS

TERCERO. La ley a que se refiere lafracción XXIX-H del artículo 73 de laConstitución, establecerá que,observando lo dispuesto en la LeyFederal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendarla, elTribunal Federal de JusticiaAdministrativa:

Av. Congreso de lo Unión, 66; Col. El Parque; Deleg. Venustiono Carranza; C.R 15960 México, D.P.;Edificio B, Nivel 4, Oficino 415; Tels. Conms.: 5036-0000 ext. 56057; 5628-1300 ext. 8210

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LXII LLGISLATUKA

CÁMARA DF, Diputados

Julisa Mejía GuardadoDIPUTADA FEDERAL

c) ...

d)...

e) ...

f) Dtcho informe deberá serentregado a la AuditoriaSuperior de la Federaciónpara su revisión.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Av. Congresode lo Unión, 66; Coi. El Parque; Oeieg. Venustiono Corronzo; C.R 15960 México, O.P.;Edifieio8, Nivel 4, Oficina 415; Tels. Conms.; 5036-0000 exi. 56057; 5628-1300 ext. 8210

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LXI 1 L E G I S LAT U RA

CÁMARA DE Diputados

Carol Antonio AltamiranoDIPUTADO FEDERAL

Vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PRO

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Dip. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de DiputadosPRESENTE

lEi-.'-lCA

PRESIDEN^!.-. DE LA MESA D1RECTD.'AH. CÁMAR.A DE DIRUTADOS

25 FEB 2010 /O

.ecib^idIíI Ü N 21 S

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados,

me permito presentar la siguiente reserva al Dictamen de la Comisión de Estudios

Constitucionales con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan

diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

en materia de anticorrupción , para quedar como sigue:

Texto del Dictamen con Proyecto de

Decreto:

Propuesta de modificación:

Nuevo transitorio

Sin correlativo (DÉCIMO SEGUNDO).- Las reformas que,por virtud del presente Decreto, se hacena los artículos 116 fracción II penúltimopárrafo, y 122 Base primera, fracción V,Inciso C) entraran en vigor a partir de laCuenta Pública correspondiente alejercicio fiscal 2016, que deberápresentarse a más tardar en abril de 2017,por lo que las legislaturas de los estadosdeberán adecuar sus normas locales

aplicables a los plazos de entrega de suscuentas públicas, asimismo, el Congresode la Unión realizará dentro del plazo deciento ochenta días, contados a partir de lapublicación del presente Decreto en elDiario Oficial de la Federación, lamodificación al Estatuto de Gobierno del

Av. Congreso de la Unión, 66; Ort. 0 Parque; Deleg. Venustiano Carranza: C.P. 15960 México, D.F.;Edificio B, Planta Baja;Tel. Conm.: 5628'1300 exts.8317, 3122; Lada s./c.:

01'800-718-4291 exts. 8317, 3122carol.antonio(|>congreso.gob.mx

6

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Distrito Federal que se hace referencia enel presente articulo transitorio..

Díp. Carol Antonio Altamirano

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LX!I LlCISLATURA

CÁktARA D£ DIPUTADOS

URIEL FLORES AGUAYODIPUTADO FEDERAL

35

Palacio Legislativo de San Lázaro, D.F a 26 de febrero de 2015

DIP. SILVANO AUREOLES CONEJOPresidente de la Mesa DirectivaH. Cámara de DiputadosPRESENTE

Con fundamento en io establecido en los artículos 109y 110del Reglamento de la Cámarade Diputados del H. Congreso de la Unión, quien suscribe integrante del GrupoParlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presento reserva al artículoOCTAVO TRANSITORIO II del Dictamen con Proyecto de Decreto porei quese reforman y adicionan'diversas disposiciones de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos en materia del Sistema Nacional Anticorrupcíón paraquedar como sigue:

PROPUESTA DE MODIFICACION

TRANSITORIOS

OCTAVO. ...

li 1\

TEXTO DEL DICTAMENTRANSITORIOS

OCTAVO. Los Magistrados delTribunal Federal de Justicia Fiscal yAdministrativa que hayan sidonombrados a la fecha de entradaen vigor de la ley a que se refierela fracción XXIX-H, del artículo 73,de esta Constitución, continuaráncomo Magistrados del TribunalFederal de Justicia Administrativapor el tiempo que fueronnombrados.

Los titulares de ios órganos a quese refieren las adiciones y reformasque establece el presente Decretoen las fracciones VIII del artículo74 y II del artículo 76, que seencuentren en funciones a la

SÍ.Cl-.LlrtlUA l!

'ó; / PIIESIDENCIA DE LA ^ESA DIRP.CTIV..H.CÁNÍAR/X DE 31PÜTAD0S

2 6 FEB 20 ;5

ECIBIDSALDN

Nunihri.' ^

B EE I O N ES

Hora

Los titulares de los órganos a quese refieren las adiciones y reformasque establece el presente Decretoen las fracciones VIII del artículo74 y II del artículo 76, que seencuentren en funciones a la

Av. Congreso de la Unión No. 66, Coi. El Parque, Del.Venustiano Carranza, CP 15969. Edificio B,

No.412; 50360000 ext.56051,56052; [email protected]

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iXTO DEL DICTAMEN

entrada en vigor del mismo, entrada en vigor del mismo,continuorón en ou encargo en los terminaran su encargo, a partirtérminos—en—les—^ee—fueron de la entrada en vigor delnombrados. presente ordenamiento.

Los Magistrados de los TribunalesContenciosos Administrativos

cualquiera que sea sudenominación en el ámbito de lasentidades federativas, continuaráncomo magistrados de losTribunales de

Justicia Administrativa de cadaentidad federativa, exclusivamentepor el tiempo que hayan sidonombrados.

El Tribunal Federal de JusticiaFiscal y Administrativa continuaráfuncionando con su organización yfacultades actuales ysubstanciando los asuntos queactualmente se encuentran entrámite, hasta la entrada en vigorde la Ley a que se refiere lafracción XXIX-H, del artículo 73, deeste Decreto.

PROPUESTA DE MODIFICACION

USCRIBE

DIP. URIELfLORES AGUAYO

Av. Congreso de la Unión No. 66, Coi. El Parque, Del. Venustiano Carranza, CP 15969. Edificio B,

No.412; 50360000 ext.56051, 56052; [email protected]

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SECRETARLA TÉCNICA^presidencia DE LA MESA DIRECTIVA

H. cAmap.'V de diputados"WMpTvnn*

ÍTS 26FEB20b- • r\

LXl I l. f CH M ATU RA

CAMARA nf niPUTADOS

11lECíBID\/SALÓN D^ESIOMETS

Nuiiiba- IU'i :i .y

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015

Dip. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de DiputadosLXII LegislaturaPresente:

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara deDiputados del H. Congreso de la Unión, el que suscribe presenta la siguiente reservapara adicionar un inciso Oa la fracción III de! Artículo 113, del ARTÍCULO ÚNICOdel Dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogandiversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,en materia del Sistema Nacional Antí corrupción, para quedar como sigue:

F TE)CrO DEL DICTAMEN % TEXTO PROPUESTOArtículo 113." El Sistema Nacional Artículo 113....

Anticorrupción es la instancia de

coordinación entre las autoridades de

todos los órdenes de gobierno

competentes en la prevención,

detección sanción

responsabilidades administrativas y

hechos de corrupción, así como en la

fiscalización y control de recursos

públicos. Para el cumplimiento de su

objeto se sujetará a las siguientes bases

mínimas:

p[¿D

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Tribunal Federal

I. El Sistema contará con un Comité 1....

Coordinador que estará integrado por

los titulares de la Auditoría Superior de

la Federación; de ia Fiscalía

Especializada en Combate a ia

Corrupción; de la secretaría dei

Ejecutivo Federal responsable del

control interno; por el presidente dei

Justicia

Administrativa; el presidente dei

organismo garante que establece el

artículo 6o de esta Constitución; así

como por un representante del Consejo

de la Judicatura Federal y otro del

Comité de Participación Ciudadana;

II. El Comité de Participación Ciudadana II...

del Sistema deberá integrarse por cinco

ciudadanos que se hayan destacado por

su contribución a la transparencia, la

rendición de cuentas o ei combate a ia

corrupción y serán designados en los

términos que establezca la ley, y

III. Corresponderá al Comité III....

Coordinador del Sistema, en los

términos que determine la Ley:

a) El establecimiento de a)...

mecanismos de coordinación con los

sistemas locales;

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b) El diseño y promoción de b)...

políticas integrales en materia de

fiscalización y control de recursos

públicos, de prevención, control y

disuasión de faltas administrativas y

hechos de corrupción, en especial sobre

las causas que los generan;

c) La determinación de los c)...

mecanismos de suministro,

intercambio, sistematización y

actualización de la información que

sobre estas materias generen las

instituciones competentes de los

órdenes de gobierno;

d) El establecimiento de bases y d)...

principios para la efectiva coordinación

de las autoridades de los órdenes de

gobierno en materia de fiscalización y

control de los recursos públicos;

e) La elaboración de un Informe e)...

anual que contenga los avances y

resultados del ejercicio de sus funciones

y de la aplicación de políticas y

programas en la materia. Derivado de

este informe, podrá emitir

recomendaciones no vinculantes a las

autoridades, con el objeto de que

adopten medidas dirigidas al

fortalecimiento institucional para la

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prevención de faltas administrativas y

hechos de corrupción, así como al

mejoramiento de su desempeño y del

control interno. Las autoridades

destinatarias de las recomendaciones

informarán al Comité sobre la atención

que brinden a las mismas.

Sin correlativo

Las entidades federativas establecerán

sistemas locales anticorrupción con el

objeto de coordinar a las autoridades

locales competentes en la prevención,

detección sanción

responsabilidades administrativas y

hechos de corrupción.

f) Establecer, junto con el Comitéde Participación Ciudadana, losmecanismos por los cuales losciudadanos y organizaciones de lasociedad civil puedan coadyuvarenla evaluación y redíreccionamientode las políticas públicas en lamateria.

Suscribe

Diputado Jo^ l^mberto Vega Vázquez

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Josefina Salinas PérezDIPUTADA FEDERAL

LXII 1. IGISIATURA

CÁMARA DE Dll'UTADOS

Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de Febrero de 2015.Pr!)

Dip. Silvano Aureoles ConejoPresidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de DiputadosLXII Legislatura

Presente.

,C1A DELA MESA DIRECTIVA• • • • " MIE DIPUTADOS

2 5 FEB 2Qij

±> 1 D¡.IL '-O i J)1 -J rx! DES I • M E S

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputadosdel H. Congreso de la Unión, quien suscribe integrante del Grupo Parlamentarlo de IPartido de la Revolución Democrática, me permito presentar reserva al ARTÍCULO 108de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al dictamen de laComisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto por el que se reforman yadicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en materia de anticorrupción, para quedar como sigue:

fÓ DEL DICTAMEN I

Artículo 108. ...

El Presidente de la República, durante eltiempo de su encargo, sólo podrá ser acusadopor traición a la patria y delitos graves del ordencomún.

Los servidores públicos a que se refiere elpresente artículo estarán obligados a presentar,bajo protesta de decir verdad, su declaraciónpatrimonial y de Intereses ante las autoridadescompetentes y en los términos que determine laley.

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN |

Artículo 108. ..

El Presidente de la República, durante eltiempo de su encargo, podrá ser acusado portraición a la patria, faltas administrativasgraves, actos de corrupción, dañopatrimonial del estado y delitos graves delorden común.

DIPUTADA^^ERNA SALINAS PÉREZGrupío Parlamentario del PRD

Av. Congreso de la Unión, 66; Col. El Parque; Deleg. Venustiano Carranza: C.P. 15960 México, D.F.:Edificio B,Nivel 3; Tels.Contris.: 5036-(XXH3 ext. 56410; 5628-1300 ext.3475; fax: 8387;

Lada s./c.. 01-800-122-6272 ext. 56410

[email protected]

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Gaceta Parlamentaria Jueves 26 de febrero de 2015

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXII Legislatura

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados

Director: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto.

Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le-gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/

Mesa Directiva

Diputados: Presidente, Silvano Aureoles Conejo; vicepresidentes, Tomás TorresMercado, PVEM; Francisco Agustín Arroyo Vieyra, PRI; María Beatriz ZavalaPeniche, PAN; Aleida Alavez Ruiz, PRD; secretarios, Francisca Elena CorralesCorrales, PRI; Xavier Azuara Zúñiga, PAN; Graciela Saldaña Fraire, PRD; JavierOrozco Gómez, PVEM; Merilyn Gómez Pozos, MOVIMIENTO CIUDADANO; Magda-lena del Socorro Núñez Monreal, PT; Fernando Bribiesca Sahagún, NUEVA ALIANZA.

Junta de Coordinación Política

Diputados: Manlio Fabio Beltrones Rivera, PRI, pre-sidente; Ricardo Anaya Cortés, PAN; Agustín MiguelAlonso Raya, PRD; Arturo Escobar y Vega, PVEM;Juan Ignacio Samperio Montaño, MOVIMIENTO CIUDA-DANO; Alberto Anaya Gutiérrez, PT; María SanjuanaCerda Franco, NUEVA ALIANZA.