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Gaceta Parlamentaria Año XXI Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 8 de febrero de 2018 Número 4961-III Jueves 8 de febrero CONTENIDO Iniciativas Que reforma el artículo 139 de la Ley General de Sa- lud, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, del Grupo Parlamentario del PRI Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada Tania Victoria Ar- guijo Herrera, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, cuyo objetivo es dar destino final a las redes de pes- ca, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos único y décimo séptimo a décimo no- veno transitorios del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi- canos, en materia político-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, suscrita por los diputados Jorge Álvarez Máy- nez y Macedonio Salomón Tamez Guajardo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Que reforma los artículos 48 de la Ley de Aero- puertos y 121 de la Ley Aduanera, a cargo de la di- putada Sara Latife Ruiz Chávez, del Grupo Parla- mentario del PRI Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi- canos, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del PRD Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Productos Orgánicos, suscrita por integran- tes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y del PRI Que reforma diversas disposiciones de las Leyes Generales de Asentamientos Humanos, Ordena- miento Territorial y Desarrollo Urbano; y de Res- ponsabilidades Administrativas, a cargo de la dipu- tada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Polí- tica de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado David Gerson García Calderón, del Grupo Parlamentario del PRD 3 5 12 17 27 34 37 42 46 Pase a la página 2 Anexo III

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GacetaParlamentaria

Año XXI Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 8 de febrero de 2018 Número 4961-III

Jueves 8 de febrero

CONTENIDO

Iniciativas

Que reforma el artículo 139 de la Ley General de Sa-lud, a cargo del diputado Evelio Plata Inzunza, delGrupo Parlamentario del PRI

Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de Ciencia yTecnología, a cargo de la diputada Tania Victoria Ar-guijo Herrera, del Grupo Parlamentario del PRD

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de laLey General de Pesca y Acuacultura Sustentables,cuyo objetivo es dar destino final a las redes de pes-ca, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentariodel PVEM

Que reforma y adiciona diversas disposiciones delos artículos único y décimo séptimo a décimo no-veno transitorios del decreto por el que se reforman,adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos, en materia político-electoral, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 10 de febrero de2014, suscrita por los diputados Jorge Álvarez Máy-nez y Macedonio Salomón Tamez Guajardo, delGrupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Que reforma los artículos 48 de la Ley de Aero-puertos y 121 de la Ley Aduanera, a cargo de la di-putada Sara Latife Ruiz Chávez, del Grupo Parla-mentario del PRI

Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos, a cargo del diputado José Santiago López,del Grupo Parlamentario del PRD

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a laLey de Productos Orgánicos, suscrita por integran-tes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y delPRI

Que reforma diversas disposiciones de las LeyesGenerales de Asentamientos Humanos, Ordena-miento Territorial y Desarrollo Urbano; y de Res-ponsabilidades Administrativas, a cargo de la dipu-tada María Victoria Mercado Sánchez, del GrupoParlamentario de Movimiento Ciudadano

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Polí-tica de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo deldiputado David Gerson García Calderón, del GrupoParlamentario del PRD

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Anexo III

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Gaceta Parlamentaria Jueves 8 de febrero de 20182

Que adiciona el artículo 469 Ter a la Ley General de Salud, suscrita porel diputado José Alberto Couttolenc Buentello e integrantes del GrupoParlamentario del PVEM

Que reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley General de Educación, acargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parla-mentario de Movimiento Ciudadano

Que reforma los artículos 7o. de la Ley General de Educación y 57 y 58de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a car-go del diputado David Gerson García Calderón, del Grupo Parlamentariodel PRD

Que adiciona el artículo 7o. de la Ley General de Educación, suscrita porintegrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Que reforma y adiciona los artículos 203 de la Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente y 29 de la Ley Federal de Res-ponsabilidad Ambiental, a cargo de la diputada Dalia María Rocha La-drón de Guevara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputadaIsaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del PRD

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General deEducación, y Federal del Trabajo, suscrita por integrantes del Grupo Par-lamentario del PVEM

Que reforma y adiciona los artículos 156 y 456 de la Ley General de Ins-tituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Agustín Ba-save Benítez, del Grupo Parlamentario del PRD

Que expide la Ley General para la Recuperación y Aprovechamiento deAlimentos; y reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes deDesarrollo Rural Sustentable, y del Impuesto sobre la Renta, suscrita porintegrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Que reforma el artículo 146 de la Ley General en materia de DesapariciónForzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Siste-ma Nacional de Búsqueda de Personas, a cargo de la diputada Sofía Gon-zález Torres, del Grupo Parlamentario del PVEM

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General para laPrevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por integrantesdel Grupo Parlamentario del PVEM

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Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 139 DE LA LEY GENERAL DE

SALUD, A CARGO DEL DIPUTADO EVELIO PLATA INZUNZA,DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado Evelio Plata Inzunza, integrantedel Grupo Parlamentario del Partido RevolucionarioInstitucional a la LXIII Legislatura del Congreso de laUnión, con fundamento en lo establecido en el artícu-lo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, somete a la consideración deesta honorable asamblea la presente iniciativa con pro-yecto de decreto por el que se adiciona una fracciónVIII al artículo 139 de la Ley General de Salud, con elpropósito de determinar medidas para la prevención decontagio de enfermedades entre la población humana,al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En marzo de 2009, una pandemia de enormes dimen-siones afectó a amplios núcleos de población en todoel mundo. Se trató del brote y propagación del virus deinfluenza AH1N1. Situación que obligó a los diferen-tes gobiernos a declarar estado de emergencia y a de-terminar el establecimiento de medidas de contingen-cia sanitaria.

En principio y de conformidad con estimaciones de laOrganización Mundial de la Salud (OMS), ocurrierona nivel mundial 18 mil 337 decesos en 26 de los 35países afectados por la pandemia, donde lo sorpresivodel brote no permitió diagnósticos y tratamientosoportunos.

De cara al grave panorama, entre otras medidas y en logeneral, los gobiernos determinaron la aplicación deacciones diversas como: la atención médica inmediataa las personas afectadas, la cancelación de actividadesen sitios públicos, la suspensión de clases, la difusiónintensa de información sanitaria y desde luego, la apli-cación de vacunas. Ello, con el propósito de evitar lapropagación del virus por contagio entre la poblaciónhumana.

Respecto a las medidas aplicadas en auxilio a la po-blación, éstas fueron establecidas a través de procedi-mientos y protocolos dictados en principio por la OMS

y cuyos resultados se significaron por una atencióneficiente e impostergable a lo que la emergencia sani-taria demandó en su momento.

Las múltiples acciones y medidas sanitarias aplicadas,fueron la respuesta obligada a una emergencia públicaque por sus características y dimensión tomó por sor-presa a la población y autoridades de salud, dada laaparición de una pandemia de suyo extremadamentepeligrosa para el mundo, en cuanto a la afectación dela salud humana y desde luego por consecuencia a lasactividades productivas en general.

Las medidas aplicadas por autoridades sanitarias antela amenaza real que implicó la aparición de la pande-mia, se significaron por una articulada estrategia deacciones conjuntas, cuyo resultado fue una pronta yeficiente atención a la población afectada y a aquellosnúcleos de riesgo potencial de contagio.

En cuanto a la realidad de México, la estadística re-portó en principio el registro de mil 32 muertes y 72mil 233 casos confirmados de personas enfermas. Unavez instrumentadas las medidas de atención a la po-blación, el número de decesos se redujo a 607 defun-ciones y el de padecimientos a 6 mil 90 afectados.

Dadas las particularidades del virus, el brote de in-fluenza AH1N1 tomó por sorpresa a la población queresultó víctima de una gripe pandémica, cuyas carac-terísticas obligaron al sector público a no suspender ysi por el contrario a reforzar las medidas preventivas,perfeccionado las acciones de respuesta instrumenta-das en su oportunidad.

Las acciones en referencia, cuyo objetivo central era ysigue siendo reducir el número de padecimientos y porconsecuencia los casos de defunciones, procura preve-nir contagios gracias a la aplicación de medidas quesuman y coordinan esfuerzos del sector salud de lostres ámbitos de gobierno.

Los efectos positivos de la contingencia sanitaria de-clarada, permitieron a la autoridad gubernamental unadefinición clara de la crisis generada por la epidemia.Conocido esto, fue posible entonces prevenir los ries-gos a los que la población estuvo y está expuesta, desuerte tal que las afectaciones no únicamente en mate-ria sanitaria sino también en lo productivo se han aba-tido.

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La magnitud del problema obligó a los gobiernos fe-deral, estatales y del ámbito municipal a dictar medi-das cuarentenarias también en aeropuertos y termina-les de autobuses, lo cual hizo posible prevenir lapropagación de la enfermedad, gracias a la moviliza-ción de miles de personas, en su mayoría servidorespúblicos y activistas de la sociedad civil.

La experiencia de la contingencia vivida, dejó de ma-nifiesto entre otras cosas que la propagación del virusde la influenza AH1N1 ocurre por lo general, entreotros factores, a partir de contagio transmisible desdelas manos. De ahí la necesidad de que las autoridadessanitarias hayan puesto en operación campañas direc-cionadas precisamente a realizar de forma rutinaria la-bores de limpieza y desinfección como medida simple,pero muy efectiva para el combate a la enfermedad.

Así, los protocolos aplicados y medidas de atención ala población instrumentadas por la contingencia sani-taria, respondieron a la evidencia de que entre otrasmaneras, las infecciones son transmisibles de una per-sona a otra a través del simple contacto con las manos,incluso con mayor frecuencia que por las vías aéreas.

Es sabido que al toser o estornudar, son las manos laextremidad del cuerpo que protegen la boca, las quetocan y se apoyan en barandillas de escaleras en luga-res de pública concurrencia y las que abren puertas,entre otros contactos favorables para la transmisión deenfermedades.

Es evidente por tanto que infecciones como gripe, res-friados, hepatitis, y parasitosis, entre otras que generanproblemas de salud pública, son transmitidas por ma-nos contaminadas, de ahí que las autoridades sanita-rias hayan instruido y priorizado entre la población loque se ha denominado campañas de higienización.

Es así que la presente iniciativa propone adicionar unadisposición a la Ley General de Salud, de tal suerteque entre otras medidas que ya están preceptuadas pa-ra la prevención y el control de las enfermedadestransmisibles enumeradas en el propio ordenamiento yque deben ser observadas por los particulares, se de-termine que en locales de pública concurrencia seaninstalados dispensadores de sanitizantes con base dealcohol, con las excepciones que al respecto dicte lapropia reglamentación a cargo de las autoridades delsector salud.

Está demostrado que el alcohol es un efectivo antisép-tico, ya que gracias a la composición química que tie-ne, sirve para eliminar gérmenes, virus, bacterias yhongos, y por cuyo uso ha sido posible evitar la pro-pagación por contagios de enfermedades.

Hay constancia además que el uso de alcohol comodesinfectante de manos, aplicado a partir de dispensa-dores públicos, constituye una medida para abatir elausentismo laboral y escolar, amén de que evita preci-samente el contagio de enfermedades diversas.

La experiencia dicta que el haber dispuesto la medidareferida durante y después de la contingencia ocurridapor el brote del virus de influenza AH1N1, fue deter-minante para evitar la propagación de contagios, en fa-vor de la salud de las personas.

Una medida que por lo efectiva de la misma, se havuelto práctica sanitaria recurrente, más ahora que unclima variante favorece la propagación de enfermeda-des respiratorias como la gripe, que desencadena tras-tornos diversos y cuyo contagio ocurre de manera di-recta por la vía aérea y de forma indirecta por lassecreciones que tienen contacto con las manos.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideraciónde este pleno de la Cámara de Diputados del honora-ble Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción VIII alartículo 139 de la Ley General de Salud

Artículo Único. Se adiciona una fracción VIII, reco-rriéndose la subsecuente en su orden, al artículo 139de la Ley General de Salud, para quedar como comosigue:

Artículo 139. Las medidas que se requieran para laprevención y el control de la enfermedades que enu-mera el artículo 134 de esta ley, deberán ser observa-das por los particulares. El ejercicio de esta accióncomprenderá una o más de las siguientes medidas, se-gún el caso de que se trate:

I. a VI. …

VII. La inspección de pasajeros que puedan serportadores de gérmenes, así como la de equipa-jes, medios de transporte, mercancías y otros ob-

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jetos que puedan ser fuentes o vehículos de agen-tes patógenos,

VIII. La instalación de dispensadores de saniti-zante con base de alcohol en locales de públicaconcurrencia, y;

IX. Las demás que determine esta ley, sus regla-mentos y la Secretaría de Salud.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor eldía siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,a 8 de febrero de 2018.

Diputado Evelio Plata Inzunza (rúbrica)

QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 2O. DE LA LEY DE CIENCIA

Y TECNOLOGÍA, A CARGO DE LA DIPUTADA TANIA VICTO-RIA ARGUIJO HERRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PRD

Planteamiento

La óptica y la fotónica ocupan un papel cada vez másimportante en la vida de la población de todo el mun-do, pues son las tecnologías en las que se basan losprocesos que permiten la comunicación entre perso-nas, la generación de energía, la detección y diagnós-tico de enfermedades, la manufactura avanzada en mu-chos sectores industriales, etc. La declaración del“Año Internacional de la Luz y de las Tecnologías Ba-sadas en la Luz, 2015” por parte de las Naciones Uni-das, ha resaltado la importancia que tiene la tecnologíaóptica y fotónica en el actual entorno mundial. En losaños recientes, las principales economías del mundo,

como los Estados Unidos de América, el Reino Unido,Alemania y Canadá, han reconocido a la óptica y la fo-tónica como tecnologías clave en su desarrollo futuro.Este reconocimiento ha dado lugar al desarrollo de di-versos mecanismos nacionales y regionales orientadosal aprovechamiento de las tecnologías óptica y fotóni-ca, como la National Photonics Initiative de los Esta-dos Unidos de América, la European TechnologicalPlattform Photonics 21 de la Unión Europea, y el UKPhotonics Leadership Group del Reino Unido, entreotros. En México, ProMéxico y la International Com-mission for Optics, a través de su vicepresidencia de-signada por la Red Iberoamericana de Óptica, inicia-ron en 2014 la colaboración que ahora da a luz a laIniciativa Mexicana de Fotónica.

La Iniciativa Mexicana en Fotónica promoverá siner-gias entre industria, gobierno, academia y sociedad,que faciliten el reconocimiento de la óptica y la fotó-nica como tecnologías clave para la consolidación deMéxico como una de las principales economías delmundo y líder en América Latina. A través de la apor-tación de propuestas amplias y profundas para el dise-ño e implementación de políticas y programas especí-ficos en los diversos ámbitos de la vida de nuestrasociedad, la Iniciativa Mexicana en Fotónica buscarácolocar a la óptica y la fotónica como tecnologías prio-ritarias para México, de manera que se pueda estable-cer un ecosistema favorable para la innovación en sec-tores productivos como el de las telecomunicaciones,el energético, el de la salud y la medicina, y el de lamanufactura avanzada, que sea capaz de aprovechar eltalento joven del país mediante su involucramiento enestas disciplinas en los diferentes niveles productivos:la manufactura altamente calificada, los servicios téc-nicos especializados, el diseño innovador, etc. Con es-to se busca que en el futuro cercano México puedaavanzar en el mercado mundial de la fotónica hastaconvertirse en un jugador importante con la participa-ción de empresas innovadoras de base tecnológica enóptica y fotónica, pero basando sus esfuerzos en unasólida base científica en la que la comunidad óptica yfotónica de México aportará en la formación de talen-to joven altamente especializado y en el diseño y cons-trucción de infraestructura necesaria para la investiga-ción científica de alto nivel y el desarrollo de nuevosproductos y servicios, como el Clúster Mexicano deFotónica, el primer láser de ultra-alta potencia de Mé-xico, o los diversos centros de certificación para lastecnologías fotónicas.

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La óptica y la fotónica son disciplinas con recientesdesarrollos tecnológicos que han permitido un avanceen la innovación gracias al entendimiento y manipula-ción de los fenómenos de la luz, la cual se entiende co-mo la porción de energía electromagnética percibidapor el ojo humano (luz visible), además de las porcio-nes ultravioleta (UV) e infrarroja (IR), como define laCommission International de l’Eclairage (CIE).

La radiación electromagnética se puede definir comopropagación de energía o radiación en forma de ondaselectromagnéticas, resultado de la superposición decampos eléctricos y magnéticos a diferentes frecuen-cias y longitudes de onda.

Actualmente la comunidad científica acepta la duali-dad en la naturaleza de la luz como onda y partícula,es decir, que puede propagarse en forma de ondas elec-tromagnéticas, pero también de manera discreta, cuan-tizada, en forma de partículas conocidas como fotones.

La óptica es la rama de la física que estudia el com-portamiento y las propiedades de la luz en las longitu-des de onda visibles, del IR y del UV. El estudio de laóptica se remonta a la antigüedad –tanto en China (MoZI) como en la antigua Grecia (Euclides de Alejan-dría)– y comprende la observación, análisis y manipu-lación de fenómenos como la reflexión, refracción, in-terferencia, dispersión, y polarización, entre otros.

La óptica es una tecnología habilitadora que permite eldiseño y fabricación de componentes para instrumen-tos tales como espejos, lentes, microscopios, telesco-pios, sensores ópticos, sistemas medición, láseres, sis-temas de comunicación de fibras ópticas y sistemas dediscos ópticos, los cuales aprovechan fenómenos ópti-cos para permitir el avance y mejora de la tecnologíaen otros sectores.

Fotónica

La fotónica es la rama de la óptica que atiende la ge-neración, guiado, control y detección de fotones. Seenfoca particularmente en el espectro visible e IR cer-cano, pero también se incluyen otras regiones del es-pectro electromagnético como el UV, el IR de ondalarga y el IR lejano.

Entre los primeros desarrollos de la fotónica se en-cuentran los semiconductores emisores de luz inventa-

dos a principios de 1960 en General Electric, MIT Lin-coln Laboratory, IBM, y RCA y hechos factibles en lapráctica por Zhores Alferov y Dmitri Z. Garbuzov enel Ioffe Institute.

El término fotónica fue introducido como una analogíadel vocablo electrónica, para enfatizar el reemplazodel electrón por el fotón en operaciones típicas de laelectrónica (como el procesamiento, transmisión y al-macenamiento de datos). La fotónica se ha establecidocomo una disciplina autónoma y actualmente está pre-sente en tecnologías de uso cotidiano como sensoresópticos y las telecomunicaciones.

De la misma manera en que las aplicaciones de la elec-trónica se han ampliado de manera contundente desdeque el primer transistor fuera inventado en 1948, lasnuevas utilidades particulares de la fotónica aparecencontinuamente.

Aquellos usos que se consideran consolidados y eco-nómicamente importantes de los dispositivos fotóni-cos de semiconductores incluyen: almacenamiento óp-tico de datos, telecomunicaciones por fibra óptica,impresión láser (basada en la xerografía), visualizado-res y bombeo óptico en láseres de alta potencia. El em-pleo potencial de la fotónica es virtualmente ilimitadoy avanzará al paso agigantado del desarrollo tecnoló-gico.

Desde el punto de vista de las aplicaciones de la ópti-ca y fotónica, se pueden determinar cuatro grandesáreas, tres de las cuales inciden en investigaciones ac-tuales (instrumentación óptica, comunicaciones ópti-cas, metrología óptica) y la otra se encuentra en desa-rrollo (óptica de frontera y optogenética). Estos cuatrogrupos presentan una estrecha relación entre ellos, porejemplo, las aplicaciones en instrumentación ópticaestán conectadas con aquellas en comunicaciones óp-ticas y metrología, y la óptica de frontera es afín a lainstrumentación óptica a través de los nuevos concep-tos o descubrimientos que se van generando.

- Instrumentación óptica. Incluye el estudio y di-seño de elementos y sistemas ópticos que se utilizanprincipalmente para formar imágenes. Como ejem-plo podemos citar: lentes, prismas, espejos, micros-copios, telescopios, etc. Los sistemas ópticos se uti-lizan en muchos ámbitos de la vida cotidiana(dispositivos en teléfonos inteligentes) así como en

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investigaciones científicas, aplicaciones tecnológi-cas y militares.

- Comunicaciones ópticas. Utiliza la luz como por-tadora de información y se usan sistemas ópticospara la transmisión, amplificación y recepción deseñales. Los temas conexos a esta área de aplica-ciones son: cristales especiales, fibras ópticas, de-tectores, fuentes de luz (láseres), amplificadores óp-ticos, procesamiento de señales, holografía, yfenómenos ópticos no lineales, entre otros.

- Metrología óptica. Es el monitoreo de parámetrosfísicos, químicos o biológicos que utiliza sistemas ymétodos de no contacto, para lo cual usa luz o ra-diación IR o UV, permitiendo realizar pruebas nodestructivas ni invasivas. Los temas relacionadoscon este polo de aplicaciones son: sistemas ópticos,polarización, interferencia, emisores de luz, detec-tores de luz, y procesamiento de imágenes, entreotros. La metrología óptica ha tenido un gran im-pacto en la solución de problemas médicos, indus-triales y de ingeniería basados en técnicas metroló-gicas como fotometría, radiometría, colorimetría,espectrometría, espectrofotometría, espectrorradio-metría, turbidimetría, y refractometría.

- Óptica de frontera. Investiga fenómenos relaciona-dos con radiación luminosa de alta potencia, rápidadetección y transmisión de información generada conluz, nuevos materiales ópticos, fuentes de radiación ydetección luminosa. Sus campos de desarrollo inclu-yen: óptica cuántica, fibras fotónicas y fenómenos óp-ticos no lineales. Estos estudios permiten el empleode nuevos materiales y técnicas para aplicaciones po-co convencionales como el diseño, fabricación y usode puntos cuánticos para la creación de nuevas tecno-logías, por ejemplo, la producción de celdas fotovol-taicas de tercera generación que permiten incrementarla eficiencia de extracción de energía, lo que reduceconsiderablemente el costo, facilita el transporte deenergía en estructuras nanométricas para la cura deinfecciones de súperbichos inmunes a la medicina tra-dicional, o el diseño de nuevos sistemas de ilumina-ción de estado sólido, entre otros.

- Optogenética. Investiga la interacción de la luz anivel cuántico con moléculas que controlan algunasrespuestas biológicas, como el comportamiento deciertos mamíferos al ser iluminados con luz de di-

versas longitudes de onda. Asimismo, es posibleutilizar el principio de fotosíntesis para separar pro-teínas y crear energía mediante el proceso de trans-misión de electrones.

La óptica y fotónica son fundamentales para la vidamoderna: permiten la fabricación e inspección de todoslos circuitos integrados en los dispositivos eléctricos yelectrónicos que usamos, colaboran en el avance de in-finidad de sectores, crean las pantallas de los aparatoseléctricos y electrónicos, producen la fibra óptica quetransporta información por internet, habilitan la fabri-cación avanzada de instrumentos de precisión y dispo-sitivos de uso médico, entre muchas otras aplicaciones.

La fotónica y óptica ofrecen el potencial para producirun gran impacto social en las próximas décadas y detransformar la industria energética mediante el uso deiluminación eficiente o nuevos métodos de generaciónde energía renovable como la solar. Incluso las comu-nicaciones se verían afectadas por el uso de nuevas ca-pacidades ópticas y fotónicas que apoyen desarrolloscomo el de la Internet, permitiendo una mayor pene-tración de la conectividad.

El desarrollo de las tecnologías de óptica y fotónica seha incrementado notoriamente en todo el mundo du-rante los años más recientes. Por un lado, presenta ten-dencias alentadoras para la economía mundial y elbienestar general, y por otro, representa un desafío al li-derazgo regional (América Latina) de México en estossectores económicos donde aparece la distinción abis-mal entre vecinos del norte y vecinos al sur del país.

Estados Unidos, principalmente, ha diseñado docu-mentos estratégicos como el Harnessing Light, quebuscan posicionar a su país en un escalón de liderazgomundial en esta industria. De acuerdo a este reporte,ellos están conscientes de que el aprovechamiento delas tendencias de óptica y fotónica abrirán las puertasa la generación de nuevas industrias, empleos y avan-ces sustanciales en las industrias ya existentes.

Aún existen oportunidades claras en estas áreas, y pa-ra aprovecharlas, la ingeniería mexicana debe orien-tarse al diseño de productos y servicios innovadoresque puedan implementarse en nuestro país. Es la espe-ranza que la presente iniciativa ayude a los líderes po-líticos, académicos e industriales a decidir cursos deacción para promover la economía de México en un

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área que puede aún manifestar un avance notorio ycompetitivo. Se busca proporcionar una orientaciónvisionaria para el futuro desarrollo de la óptica y fotó-nica, así como un apoyo en el arduo camino que es eldiseño de tecnologías aplicadas que aseguren el lide-razgo regional de México.

Proclamado por la Organización de las Naciones Uni-das (ONU) como el Año Internacional de la Luz y delas Tecnologías Basadas en la Luz (International Yearof Light and Light-Based Technologies), el 2015 seenmarca dentro de una ola de crecimiento del merca-do fotónico mundial.

De acuerdo con cifras del reporte de la industria fotó-nica 2013, preparado por la organización Photonics21, el mercado fotónico –que incluye industrias comolos productores de fuentes de luz, fabricantes de dis-plays, componentes y sistemas ópticos, entre otros–valdrá 670 millones de dólares en 2020, mientras quehace apenas diez años, éste se valoraba en 260 mil mi-llones de dólares.

Se estima que el crecimiento en la industria de la fotó-nica entre 2014 y 2020, será de más del doble del por-centaje alcanzado del producto interno bruto (PIB)mundial entre 2005 y 2011.

El valor de las ventas anuales en los componentes defotónica ha crecido a más de 182 mil millones de dó-lares anuales, según un análisis de The InternationalSociety for Optics and Photonics (SPIE).

Tan solo entre 2012 y 2014, la cantidad de compañíasactivas de fotónica se ha incrementado más de 18 porciento, al pasar de 2,750 a 3,194 unidades. Además, elcrecimiento de empleos en dichas empresas creció 26por ciento, lo que muestra el rápido desarrollo de la in-dustria.

En Estados Unidos, la proporción de ventas en dólaresgenerados era de 260 mil dólares por empleado traba-jando en la industria fotónica durante 2014, lo quemuestra la enorme eficiencia en el rendimiento de lasempresas.

Sensores

Se prevé que el mercado global de sensores fotónicosalcance los 15,200 millones de dólares en 2020, pues

creció a una tasa compuesta anual de 16.9 por cientodurante el período 2014-2020. Dicho mercado estásegmentado en tipos (sensores de fibra óptica, senso-res de imagen y sensores biofotónicos), tecnología yaplicaciones (militares, procesos industriales, automa-tización de fábricas, estructuras civiles, transportes,biomedicina, energías renovables, petróleo y gas, en-tre otras).

Globalmente, el mercado carece de estándares tecno-lógicos e industriales, de fuertes inversiones inicialesen los proyectos y de conciencia en el sector, lo que haprovocado que el crecimiento del mismo no sea expo-nencial.

Fibra óptica

El mercado de las fibras ópticas está creciendo a un rit-mo de tasa compuesta anual del cinco por ciento en elperíodo prospectado de 2014 al 2020 y se espera quealcance un valor de más de tres mil millones de dóla-res para 2020. Más del noventa por ciento del merca-do se encuentra en la industria de las telecomunicacio-nes, lo que incrementa cada vez más la demandadebido al constante desarrollo de uso de redes en lasregiones Asia-Pacífico.

Además, las principales economías del mundo estáncreando redes fiber-to-node y fiber-to-home, a travésde conectar de manera intensiva a los ciudadanos enredes cada vez más veloces y con mayor capacidad detransmisión de datos, con un enfoque particular en elInternet of Things (IoT). Con esta combinación, la de-manda global para fibra óptica estaría creciendo hastallegar cerca de los cuatrocientos millones de kilóme-tros de fibra para 2020.

Actualmente, la fibra óptica es la tecnología más utili-zada en aplicaciones de detección, ya que está bien es-tablecida y posee potentes capacidades en este sentido.Numerosas compañías productoras en el mundo ofre-cen sensores que pueden soportar duras condicionesambientales como calor extremo, ruido, corrosión, ex-plosión y vibración. Los sensores de fibra óptica soncompactos y ligeros.

Energía

La fotónica incrementa tanto la eficiencia como la se-guridad de la producción y el consumo de energía. El

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sector de energías limpias y renovables es un área decrecimiento para desarrollar empleos y un espaciodonde la investigación en fotónica podría reducir elconsumo de energía y la dependencia en el petróleoextranjero, lo que redundaría en beneficios para la eco-nomía nacional.

Este es un sector particularmente atractivo por su tasade crecimiento frente a las ampliamente utilizadasenergías de combustible fósil, con las implicacionessociales, ambientales y económicas que derivan deello. Adicionalmente, la iluminación de estado sólido–basada principalmente en ledes (diodos emisores deluz)– podría recortar el consumo eléctrico en un cin-cuenta por ciento para 2030 si se utilizan los medios yprogramas adecuados. Incluso se podría pensar en laexportación de energía renovable, debido a la gran de-manda mundial.

Las empresas que deseen incursionar en este sector ne-cesitarán inversión en investigación y desarrollo, asícomo apoyo estructural para guiar al mundo hacia unfuturo limpio, seguro y energéticamente eficiente.

Salud

La fotónica es responsable de avances médicos quehan marcado nuevas pautas para la medicina moderna:desde el uso de fibras ópticas para llevar a cabo ciru-gías laparoscópicas (en ocasiones asistidas por láser),hasta imagenología con base en radiación UV y X, locual refleja beneficios inconmensurables para millo-nes de pacientes en el mundo. También empieza a ge-neralizarse el uso de dispositivos fotónicos para medi-ciones y diagnóstico, por ejemplo, de la cantidad deoxígeno u otras sustancias en la sangre.

La fotónica juega un papel relevante en los avancesmédicos de nueva generación, tanto para incrementarla capacidad de observar y medir síntomas, como lahabilidad de tratar pacientes con técnicas innovadoras,menos invasivas y con una mejor relación costo/efi-ciencia.

Los dispositivos de salud con base fotónica ofrecensensibilidad, velocidad y precisión, que, en conjuntocon un diagnóstico veloz y terapia efectiva, son ingre-dientes clave para un cuidado de alta calidad y con unabuena relación costo-eficiencia.

La investigación en biofotónica resultará eventual-mente en dispositivos médicos de menor tamaño, au-tomatizados, con diagnósticos en el punto de atención,lo que redunda en una mejora sustancial de los resul-tados médicos en los pacientes, así como en mayor ac-cesibilidad a los servicios de salud.

Manufactura avanzada

La manufactura avanzada es vital para la economía delpaís por ser un sector que tiende a desarrollar un im-portante crecimiento de empleos. La tendencia mun-dial es crear una nueva generación de láseres de pulsosultra cortos, de alto poder y bajo costo; así como ma-nufactura aditiva con base fotónica (impresiones 3D),que permite a las máquinas producir una serie de pro-ductos personalizados directamente transmitidos des-de un diseño electrónico, lo que ahorra tiempo, costosy materiales en el proceso. Estas avanzadas impreso-ras, llamadas “el futuro de la manufactura” puedenelaborar objetos desde prótesis, tejido humano funcio-nal, partes de turbinas de jets e incluso zapatos. Se de-be buscar no sólo la manufactura en masa, de bajo cos-to, sino también competir en la manufactura de altovalor agregado, precisión y avance tecnológico paramantener una posición de liderazgo regional.

Biofotónica

Los sensores fotónicos tienen múltiples aplicaciones,ya que poseen la capacidad de proporcionar solucionesrentables para detectar imágenes de forma precisa encomparación con sensores convencionales.

Dentro de los diversos sensores, aquellos denomina-dos biofotónicos tendrán la mayor cuota de mercado,pues cuentan con una tasa de crecimiento anual com-puesta del dieciséis por ciento. Para 2018, la industriade la biofotónica habrá pasado los noventa y nuevemillones de dólares, según información de Markets &Markets.

La biofotónica puede habilitar tecnologías que permi-tan un mejor desarrollo de la relación costo-eficienciadel diagnóstico médico y herramientas terapéuticaspara la detección y el tratamiento de enfermedades crí-ticas. Se puede emplear en la microscopía, citometríay la espectroscopía, disciplinas donde se prevé que serealicen grandes avances en las técnicas de diagnósti-co.

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Asimismo, otros usos médicos de la biofotónica secentran en la demanda por aplicaciones láser para te-rapias especializadas como cirugías, tratamientos con-tra el dolor y terapias de cáncer de piel. Este punto esde gran importancia dada la proyección demográfica,ya que la población está inclinada a buscar un serviciode salud de mayor calidad y eficiencia conforme in-crementa la edad.

En el futuro cercano, se espera que la imagen biomé-dica sustituya tanto a las biopsias como a los actualesequipos mecánicos de imagenología médica. La biofo-tónica también jugará un papel importante en el sectorde ciencias de alimentos para mejorar la calidad eidentificar de un modo más seguro los posibles conta-minantes que puedan existir en los mismos.

Tecnología láser

La tecnología láser tendrá un valor en el mercado demás de diecisiete millones de dólares para 2020, y lafotónica es uno de sus segmentos más sólidos, tantopor el crecimiento sostenido en su valor económico(sus tasas anuales se elevan a más del seis por ciento)y tecnológico, como en la gran variedad de campos deaplicación.

Las tecnologías habilitadas por el uso de diversos lá-seres siguen en aumento, sobrepasando expectativasen la industria de la manufactura pesada (en precisióny potencia) e incluso alcanzando nuevas aplicacionescomo es la manufactura avanzada en 3D, herramientasmédicas o estéticas vanguardistas, sensores de altaprecisión y telecomunicaciones.

Circuitos integrados ópticos

Los circuitos integrados ópticos comienzan a competircon los electrónicos en el desarrollo de chips. Permi-ten miniaturizar múltiples aplicaciones que usan la luzláser para procesar y transmitir información con ma-yor velocidad y eficiencia energética.

Pueden funcionar en chips especializados como senso-res de temperatura, presión, químicos o biomédicos, omediante la detección de cambios en la luz cuando és-ta interactúa con lo que se pretende medir. Los circui-tos integrados ópticos generarán un nicho de mercadomuy amplio gracias a la diversidad de su utilización,aunque actualmente se encuentren restringidos a dis-

positivos básicos con funciones específicas (principal-mente en el campo de las telecomunicaciones), sinaprovechar todo su potencial.

La fotónica en el mundo

La fotónica requiere condiciones propicias para suaprovechamiento, las cuales son moldeadas por la so-ciedad, industria, academia y gobierno. Éste último esun actor importante para establecer el ecosistema ade-cuado para el desarrollo del sector. En esta sección sedocumentará el esfuerzo de diferentes economías líde-res para la generación de entornos que fomenten elprogreso de la fotónica, con miras a explotar sus apli-caciones comerciales.

Los países que se encuentran a la vanguardia del desa-rrollo tecnológico de la fotónica son Estados Unidos,Reino Unido, Alemania (junto con la Unión Europea)y Japón. Cada uno de ellos diseñó estrategias enfoca-das al crecimiento según sus propias características eintereses. Las estrategias presentadas varían en alcan-ce, pero todas se enfocan a preparar un medio propiciopara hacer despegar la óptica y fotónica desde una pla-taforma estable. Asimismo, se proponen esfuerzos pa-ra que la fotónica cuente con un ambiente adecuadocomo los clústeres, que son plataformas de tecnologíay alianzas estratégicas internacionales.

Para obtener un acercamiento a las buenas prácticas(probadas) de las economías líderes, presentamos lasacciones más importantes que dichos países han reali-zado, así como las tendencias mundiales con el objeti-vo de obtener información valiosa sobre los pasos quepodría seguir México para llegar a ser un líder en elsector, a través de emular las sendas generales en eldesarrollo mundial de la fotónica y colaborar paraabrir nuevos caminos.

Dentro de las tendencias generales, algunas aplicacio-nes de la fotónica han llamado la atención de ciertossectores:

• En el sector energético se orienta hacia la autosu-ficiencia, soberanía, seguridad nacional y uso racio-nal de los recursos naturales.

• En cuanto a las telecomunicaciones y tecnologíasde la información y comunicación, se dirige hacia laseguridad nacional, aumento de la competitividad y

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protección del medio ambiente.

• La manufactura avanzada se enfoca en el lideraz-go de mercado, crecimiento de la competitividad yseguridad nacional.

• La medicina y sector salud se interesan por la se-guridad nacional, aumento de la competitividad yprotección a la población.

• En el ámbito de seguridad y defensa se preocupanpor la seguridad nacional, autosuficiencia y sobera-nía.

El aprovechamiento adecuado de las características deMéxico le ha permitido consolidarse como una de laseconomías más importantes y abiertas del mundo, unode los países más atractivos a nivel mundial para in-vertir y convertirse en el mayor exportador de Améri-ca Latina.

Particularmente en el sector tecnológico, Méxicocuenta con varios factores a su favor. Con una edadmediana de 27 años, la triplicación de la matrícula uni-versitaria en los últimos treinta años, una cultura em-prendedora de larga data y los clústers tecnológicos enascenso, no es de extrañar un creciente interés por par-te de las grandes empresas de industrias relacionadas.

Estas cualidades sitúan al país en un lugar privilegia-do para asir las oportunidades que la floreciente in-dustria óptica y fotónica ofrece: tanto su potencial eco-nómico (ya que ha triplicado su valor en menos de unadécada), como su carácter transformador de otros sec-tores importantes como el automotriz, aeroespacial,salud y manufactura avanzada de alto valor agregado.

La industria óptica y fotónica podría llevar a Méxicohacia un desarrollo con un futuro más competitivo,limpio, seguro, energéticamente eficiente, e inclusomás saludable, debido a los avances en materia deequipos médicos que permiten mejores diagnósticos.

Por lo anteriormente expuesto, la suscrita, diputada fe-deral Tania Victoria Arguijo Herrera, perteneciente a laLXIII Legislatura del Honorable Congreso de laUnión e integrante del Grupo Parlamentario del Parti-do de la Revolución Democrática, con fundamento enlo dispuesto en los artículos 71, Fracción II de la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y

6, Fracción I, 77 Y 78 del Reglamento de la Cámara deDiputados, someto a consideración de esta honorableasamblea, la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona la fracción X al artí-culo segundo de la Ley de Ciencia y Tecnología

Artículo Único. Por el que se adiciona la fracción Xal artículo 2o de la Ley de Ciencia y Tecnología, paraquedar como sigue:

Artículo 2. Se establecen como bases de una políticade Estado que sustente la integración del Sistema Na-cional de Ciencia, Tecnología e Innovación, las si-guientes:

I. a IX. …

X. Incorporar a la óptica y la fotónica como Tec-nologías Esenciales para el Desarrollo futuro deMéxico en materia económica, educativa, cientí-fica, tecnológica y de innovación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2018.

Diputada Tania Victoria Arguijo Herrera (rúbrica)

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QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTA-BLES, CUYO OBJETIVO ES DAR DESTINO FINAL A LAS RE-DES DE PESCA, SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PVEM

Quienes suscriben, diputados federales del PartidoVerde Ecologista de México, en la LXIII Legislaturadel honorable Congreso de la Unión, con fundamentoen el artículo 71, fracción II, de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos, así como en losartículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten ala consideración de esta soberanía, la presente iniciati-va con proyecto de decreto por el que se reforman yadicionan diversas disposiciones de la Ley General dePesca y Acuacultura Sustentables, la cual solicitamossea turnada a la comisión correspondiente de la Cáma-ra de Diputados, para su análisis, discusión y dicta-men, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Es indudable que la pesca y la acuacultura representanuna de las fuentes alimentarias más importantes a nivelmundial. Según la Organización de las Naciones Uni-das para la Alimentación y la Agricultura (FAO), en supublicación “El estado mundial de la pesca y la acui-cultura 2016. Contribución a la seguridad alimentaria yla nutrición para todos”, la oferta mundial per cápita depescado alcanzó un máximo histórico de 20 kilogramosen 2014, dejando de manifiesto el potencial que repre-sentan los océanos y las aguas continentales en la con-tribución a la seguridad alimentaria y la nutrición ade-cuada de una población mundial que se prevé alcancelos 9,700 millones de habitantes en 2050.

Datos de la misma organización refieren que alrededorde 56.6 millones de personas trabajaban en el sector pri-mario de la pesca de captura y la acuacultura en 2014.

Por lo que hace a nuestro país, la costa mexicana tieneuna longitud de más de 11,000 kilómetros de exten-sión, con cerca de tres millones de kilómetros cuadra-dos de Zona Económica Exclusiva, por lo que la pro-ducción pesquera representa un rubro importante en laactividad económica nacional; incluso la Organizaciónde las Naciones Unidas para la Agricultura y la Ali-mentación (FAO) posicionó a México en el lugar 16 dela producción pesquera a nivel global (2013).1

Asimismo, el Anuario Estadístico de Acuicultura yPesca 2013, de la Secretaría de Agricultura, Ganade-ría, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa)indica que la producción pesquera nacional total pro-dujo 1,746,277 toneladas, de las cuales 1,081,100 fue-ron para consumo humano directo; 653,892 para con-sumo humano indirecto; y 11,285 para uso industrial.

La Sagarpa, a través de la Comisión Nacional deAcuacultura y Pesca, fortalece con diversas acciones yprogramas la producción pesquera y acuícola de las di-ferentes zonas del país, lo cual repercute favorable-mente en la economía familiar de los pequeños y me-dianos productores.

En lo que corresponde a comercio exterior, durante2016, las exportaciones de pescados y mariscos alcan-zaron los 896.5 millones de dólares. Asimismo, Méxi-co se encuentra entre los 10 principales productoresmundiales de alimentos pesqueros y acuícolas de altovalor.

Desde el punto de vista económico, la pujanza del sec-tor pesquero representa una gran oportunidad para me-jorar las condiciones de vida de las personas que se de-dican a la pesca, sin embargo, no podemos soslayarque ésta, como casi cualquier otra actividad humana,tiene un impacto ecológico, el cual puede resultar ne-gativo si no se realiza con estricto apego a los criteriosde sustentabilidad.

Si bien hoy contamos con una regulación que estable-ce las directrices para que la pesca se lleve a cabo demodo sustentable, lo cierto es que hasta ahora poco seha abordado el tema de los instrumentos y herramien-tas utilizados en el sector y se habla menos aún del ma-nejo y disposición final de los mismos.

La ley que se pretende modificar con la presente ini-ciativa, así como sus respectivos reglamentos, hacenreferencia a las artes de pesca como el instrumento,equipo o estructura con que se realiza la captura o ex-tracción de especies de flora y fauna acuáticas, pero enninguna de ellas se hace referencia a la disposición fi-nal de las mismas.

Dicha situación reviste especial importancia al mo-mento de analizar la evidencia que señala que una delas principales fuentes de contaminación marina esprecisamente el abandono de dichos instrumentos, es-

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pecialmente las redes de pesca, por tratarse de unatrampa mortal para las diferentes especies de faunamarina en el océano.

El problema no es menor, datos de la FAO señalan quealrededor de 650 mil toneladas de redes de pesca seencuentran en el fondo marino, que la vida útil de lasredes de pesca oscila entre 3 y 4 años y que sus carac-terísticas varían según el producto pesquero que sepretenda conseguir, no obstante, pueden llegar a medirhasta un kilómetro y medio de largo.

Por su parte, el Programa de Acción Global del Pro-grama de las Naciones Unidas para el Medio Ambien-te (PNUMA) establece que más del 70% del aporte to-tal de desechos marinos a los océanos del mundo sehunde y se encuentra en el fondo marino, tanto enáreas costeras someras como en partes mucho másprofundas de los océanos.

El PNUMA refiere además que las causas directas delabandono de dichas redes son resultado de diversosfactores, entre ellos la ilegalidad, obligando a sus pro-pietarios a deshacerse de ellas de manera clandestina;la complejidad en su operación y las condiciones me-teorológicas, que favorecen su abandono o su descar-te; y la presión económica, la cual provoca descargarlas redes de pesca no deseadas en el mar en lugar dehacerlo en tierra. Asimismo, se sabe que algunas de lascausas indirectas son la falta de disponibilidad de ins-talaciones para la disposición de los desechos en tierra,así como la accesibilidad a ellas y el costo de su utili-zación.

La problemática de la contaminación de los ecosiste-mas acuáticos no es nueva y ya se han implementadodiversos esfuerzos internacionales encaminados a susolución, ejemplo de ello es la Conferencia de las Par-tes (COP21) de la Convención Marco de las NacionesUnidas sobre el Cambio Climático, llevada a cabo enParís en diciembre de 2015, cuya finalidad consiste enreforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambioclimático, destacando principalmente la función de losocéanos, las aguas continentales y los ecosistemasacuáticos en la regulación de la temperatura y la fija-ción de carbono. Igualmente, se hizo hincapié en la ur-gencia de revertir la actual tendencia de sobreexplota-ción y contaminación para recuperar los servicios delos ecosistemas acuáticos y la capacidad productiva delos océanos; destacando que la pesca y la acuacultura

serán una fuente clave de información sobre los pro-gresos realizados con respecto a la aplicación delAcuerdo de París y su pertinencia para los océanos ylas aguas continentales.

Así mismo, se debe destacar el Acuerdo sobre medidas

del estado rector del puerto destinadas a prevenir, des-

alentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no

reglamentada, aprobado en 2009 y vigente desde el 5de junio de 2016, cuya finalidad es establecer basessólidas para el impulso decisivo en la lucha de la co-munidad internacional contra el azote de la pesca ile-gal.

Al respecto, es importante señalar que la pesca ilícitapuede representar hasta 26 millones de toneladas depescado al año, lo que equivale a más del 15 por cien-to de la producción total anual de la pesca de capturaen el mundo. Además del perjuicio económico, talesprácticas amenazan seriamente la biodiversidad localy, en muchos de los casos, la seguridad alimentaria delas naciones.

Una de las consecuencias más evidentes de la pesca(tanto legal como ilegal) es la falta de directrices porlo que hace al tratamiento y disposición final de las re-des de pesca y en general de todos los instrumentos yherramientas utilizadas por los pescadores.

Existe muy poca información sobre las graves conse-cuencias ambientales que genera el inadecuado mane-jo de las artes de pesca y, sobre todo, destaca la au-sencia de trabajo coordinado entre las autoridades ylos pescadores para garantizar un ejercicio sostenibleen el proceso de ejecución de sus labores.

Hoy en día poco se conoce del preocupante impactoambiental que genera el abandono de las redes de pes-ca en el mar; sin embargo, existen pruebas de que losocéanos han sufrido una degradación constante desdela época del imperio romano, la cual se ha aceleradonotablemente en los últimos tres siglos.

Los residuos sólidos como bolsas de plástico, espuma,redes de pesca y otros desechos vertidos en los océa-nos desde tierra o desde barcos en el mar acaban sien-do con frecuencia alimento de mamíferos marinos, pe-ces y aves que los confunden con comida, conconsecuencias a menudo desastrosas.

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Las redes de pesca abandonadas permanecen a la deri-va durante años, y muchos peces y mamíferos acabanenredados en ellas. En algunas regiones las corrientesoceánicas arrastran millones de objetos de plástico endescomposición y otros residuos hasta formar remoli-nos gigantescos de basura. Uno de ellos, situado en elPacífico septentrional y conocido como el Gran Par-che de Basura del Pacífico, posee una extensión que,según las estimaciones llevadas a cabo, duplica la delestado de Texas. A principios de 2010, se descubrióotra gigantesca isla de basura en el océano Atlántico.2

Embarcaciones hundidas, redes extraviadas o abando-nadas en el fondo del mar y otras herramientas usadaspara la pesca que se han quedado en el agua se con-vierten en una trampa para todo tipo de especies: des-de cangrejos hasta tortugas, leones marinos e inclusoballenas, tiburones y aves, los cuales son condenadosa permanecer atascados mientras mueren de hambre,fenómeno conocido como pesca fantasma.

Las “redes fantasmas” son redes de pesca abandona-das o perdidas en el mar que pueden flotar durante me-ses o años y que continúan atrapando y matando a mi-llones de especies, afectando además los ecosistemas,impactando el fondo marino y convirtiéndose en unriesgo para la navegación.

Para explicar los riesgos de la pesca fantasma, TaylorHill, editor asociado de TakePart (una compañía demedios digitales enfocada en temas de justicia social),usa la siguiente metáfora: “Imagina que hay una rejainstalada a través de una zona natural y cada animalque pasa por ahí -ciervos, osos, bisontes- está en ries-go de que su cabeza se atasque en ella hasta morir dehambre. Eso ocurre todos los días con los implemen-tos de pesca que están abandonados en el océano…”.

Entre las redes de pesca por las que nadie respondehan sido atrapados delfines, ballenas y muchas otrasespecies marinas. La falta de información y en ocasio-nes de reglamentación respecto a las acciones que de-berían tomar aquellos quienes se dedican a la pesca so-lo agrava la situación y si a ello se suma el uso deelementos que tardan más de 400 años en degradarseel problema empeora en perjuicio de la biodiversidadmarina.

En cuanto al caso de nuestro país, una de las principa-les preocupaciones por la existencia de redes de pesca

abandonadas o perdidas es la amenaza que suponenpara diversas especies en peligro de extinción, porejemplo, la vaquita marina, así como los riesgos parala salud de los ecosistemas y la navegación.

Es de destacar que las autoridades ambientales mexi-canas han sumado esfuerzos para la implementaciónde programas de limpieza que implican la recolecciónde redes de pesca abandonadas en el mar, en diciem-bre de 2016, en tan sólo 21 días, el Gobierno de la Re-pública, con apoyo de pescadores locales del Alto Gol-fo de California y organizaciones no gubernamentales,retiraron 72 “redes fantasma” (incluyendo 28 redes ac-tivas para pescar totoaba) con peso de más de diez to-neladas, encontrándose muertos seis ejemplares de to-

toaba, tres tortugas marinas, rayas, más de mil pecesde varias especies y un mamífero marino no identifi-cado, sin embargo, también se logró la liberación dedos tortugas marinas, centenares de peces y de crustá-ceos.3

A pesar de que contamos con una legislación que per-mite alcanzar las mejores prácticas de pesca en cuantoa sustentabilidad, actualmente no existe referencia al-guna que especifique los métodos de recolección ydisposición final de las redes de pesca, como una fuen-te indiscutible de contaminación marina.

Por ello, la presente iniciativa propone realizar diver-sas modificaciones a la Ley General de Pesca y Acua-cultura Sustentables con el objeto de fijar expresa-mente una prohibición que hoy se encuentraestablecida únicamente en la NOM-060-SAG/PESC-2014, “Pesca Responsable en Cuerpos de Aguas Con-tinentales Dulceacuícolas de Jurisdicción Federal delos Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones parael Aprovechamiento de los Recursos Pesqueros”, lacual refiere lo siguiente:

4.2.7 Las redes deberán contar con un mínimo dedos boyas y/o banderas de señalamiento y con flo-tadores de forma que se asegure su visibilidad sobrela superficie del agua para facilitar su recuperación,quedando estrictamente prohibido su abandonoen el cuerpo de agua.

Si bien lo anterior obliga a los pescadores a cumplirestrictamente lo ordenado por la misma, consideramosnecesario, atendiendo a la gravedad que implica lacontaminación por el abandono de redes de pesca y su

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aumento desmedido, insertar expresamente dentro delcapítulo de infracciones de la Ley General de Pesca yAcuacultura Sustentables el abandono de las redes depesca o cualquier otro instrumento con que se realicela captura o extracción de especies de flora y faunaacuáticas; ello con la finalidad de desincentivar la eje-cución de dichas acciones nocivas e ilegales.

Igualmente, en el entendido de que para lograr la erra-dicación de dichas acciones se requiere de un trabajode coordinación entre los diferentes niveles de gobier-no, proponemos adicionar algunas facultades a la Fe-deración, a través de la Secretaría de Agricultura, Ga-nadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, asícomo competencias para las entidades federativas ylos municipios, todas encaminadas a la promoción, re-gulación y participación en acciones y programas detratamiento y destino final de las redes de pesca.

Consideramos necesario también insertar dentro de losprincipios para la formulación y conducción de la Po-lítica Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables ladisposición final de las artes de pesca.

Por otra parte, no debemos omitir que uno de los ele-mentos a destacar de la presente iniciativa es el impul-so al reciclaje de las artes de pesca. Al respecto, exis-ten numerosos ejemplos de la reutilización y reciclajea nivel internacional:4

• Reutilización de redes en cierres de operacionesde agricultura y acuicultura en la provincia china deTaiwán (APEC, 2004).

• Uso de redes de pesca ALD encontradas en la cos-ta por los guardas forestales en el nordeste de Arn-hem (Australia) para afianzar los caminos costerospara los vehículos (Kiessling, 2003).

• Reciclaje del hilo monofilamento desde los pues-tos de recogida del muelle (principalmente por lospescadores recreativos en los Estados Unidos) enalgunos casos para la pesca, o bien, el reciclaje deredes recuperadas como redes de deporte.

• Como parte del programa de reciclaje de redes de-relictas de Honolulú, Hawái se instaló un contene-dor para la recepción de redes y materiales de variasprocedencias que la flota de palangre local había re-cuperado. El primer año se recuperaron 11 tonela-

das de material y se transportaron al incineradormás próximo para generar energía. Una tonelada deese material produce electricidad suficiente para su-ministrar energía a una casa durante cinco meses(Yates, 2007). Este programa se realizó como unaasociación pública-privada, lo cual redujo el costopúblico y animó a una mayor participación de la in-dustria.

Ejemplos más actuales son dos innovadoras compa-ñías aliadas: Karün (empresa chilena de gafas cono-cida por utilizar materiales naturales y por sus prác-ticas respetuosas del medio ambiente) y Bureo

Incorporation (empresa emergente con sede en Esta-dos Unidos y Chile, centrada en la búsqueda de solu-ciones para prevenir la contaminación por plástico enlos océanos). El programa Net+Positiva de Bureo im-pide el descarte de las redes de pesca, creando valoren el material e incentivando a las comunidades cos-teras de Chile. Este programa instala puntos de reco-lección de redes y proporciona fondos a las comuni-dades locales por cada kilogramo de red de pesca quese recoja.

Karün creó y lanzó al mercado las primeras gafas delmundo hechas con redes de pesca 100% recicladas,generándose así más fondos para programas que per-miten empoderar a las comunidades costeras más afec-tadas, crear talleres de educación ambiental para niñosy mejorar la infraestructura de las caletas.

Ejemplos como los anteriores son una clara muestra dela necesidad de facultar a la Federación para fomentarel establecimiento de convenios de colaboración entrepescadores con diversas empresas para la ejecución deprogramas de reciclaje y con ello incentivar la partici-pación responsable de éstos en beneficios de ellos mis-mos y, especialmente, en beneficio del ecosistema ma-rino.

Estamos convencidos de que las propuestas de modifi-cación que se presentan a continuación pueden contri-buir en la lucha en contra de una problemática mundialque afecta gravemente a uno de los ecosistemas másvulnerables del planeta.

En virtud de lo antes expuesto, sometemos a la consi-deración de esta Honorable Asamblea, la siguiente ini-ciativa con proyecto de

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Decreto por el que se reforman y adicionan diver-sas disposiciones de la Ley General de Pesca yAcuacultura Sustentables

Artículo Único. Se adicionan dos nuevas fraccionesXLI y XLII al artículo 8 y se recorre en el orden sub-secuente la actual fracción XLI; se adiciona una nuevafracción XVIII al artículo 13 y se recorre en el ordensubsecuente la actual fracción XVIII; se adiciona unafracción IX al artículo 14; se modifica la fracción VIIdel artículo 17; se adiciona una nueva fracción XXXIal artículo 132 y se recorre en el orden subsecuente laactual fracción XXXI, todos de la Ley General de Pes-ca y Acuacultura Sustentables, para quedar como si-gue:

Artículo 8o. Corresponde a la Secretaría el ejerciciode las siguientes facultades:

I. a XL. […]

XLI. Promover, regular y dirigir la ejecución deacciones y programas de tratamiento y destinofinal de las redes de pesca, y en general de todaslas artes de pesca;

XLII. Fomentar y regular el establecimiento deconvenios de colaboración entre pescadores conempresas, para la ejecución de programas de re-ciclaje, y

XLIII. Las demás que expresamente le atribuya es-ta ley, sus disposiciones reglamentarias, las normasoficiales, así como las demás disposiciones aplica-bles.

Artículo 13. Corresponden a los gobiernos de las En-tidades Federativas, en el ámbito de su competencia deconformidad con lo dispuesto en esta Ley y lo que es-tablezcan las leyes locales en la materia, las siguientesfacultades:

I. a XVII. […]

XVIII. Participar en la formulación e implemen-tación de programas de recolección, manejo ade-cuado y disposición final de redes de pesca ycualquier otro instrumento y/o estructura conque se realice la captura o extracción de especiesde flora y fauna acuáticas, y

XIX. Las demás que no estén otorgadas expresa-mente a la Federación.

Artículo 14. Corresponden a los Municipios en el ám-bito de su competencia y de conformidad con lo dis-puesto en esta Ley y lo que establezcan las leyes loca-les en la materia, las siguientes facultades:

I. a VIII. […]

IX. Promover mecanismos de participación so-cial en el manejo adecuado y disposición final deredes de pesca y cualquier otro instrumento y/oestructura con que se realiza la captura o ex-tracción de especies de flora y fauna acuáticas.

Artículo 17. Para la formulación y conducción de laPolítica Nacional de Pesca y Acuacultura Sustenta-bles, en la aplicación de los programas y los instru-mentos que se deriven de ésta Ley, se deberán obser-var los siguientes principios:

I. a VI. […]

VII. El uso y disposición final de artes y métodosde pesca selectivos y de menor impacto ambiental,a fin de conservar y mantener la disponibilidad delos recursos pesqueros, la estructura de las pobla-ciones, la restauración de los ecosistemas costeros yacuáticos, así como, la calidad de los productos dela pesca;

VIII. a XVII. […]

Artículo 132. Son infracciones a lo establecido en lapresente Ley, el Reglamento y las normas oficiales quede ella deriven:

I. a XXX. […]

XXXI. Abandonar las redes de pesca o cualquierotro instrumento y/o estructura con que se reali-za la captura o extracción de especies de flora yfauna acuáticas, en el cuerpo de agua.

XXXII. Cualquier otra contravención a lo dispues-to en la presente Ley.

Gaceta Parlamentaria Jueves 8 de febrero de 201816

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Artículos Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Segundo. La Secretaría contará con un plazo de seismeses para modificar las normas y reglamentos co-rrespondientes, con la finalidad de señalar la obliga-ción de los pescadores de informar el destino final delas redes de pesca autorizadas para su actividad.

Notas

1 Véase http://www.fao.org/3/a-i5555s.pdf

2 Véase http://www.nationalgeographic.es/medio-ambiente/la-

contaminacion-marina

3 Véase http://www.wwf.org.mx/?287991/Retiran-redes-fantas-

ma-de-la-Reserva-de-la-Biosfera-del-Alto-Golfo-de-California-

para-proteger-a-vaquita-marina

4 Véase http://www.fao.org/3/a-i0620s.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 8 de febrero del año 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli,

Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio

Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Ser-

na, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús

Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Co-

rona Valdés, José Alberto Couttolenc Buentello, Sharon María Te-

resa Cuenca Ayala, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernán-

dez del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de

Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Sofía González To-

rres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao

Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García,

Uberly López Roblero, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Mario

Machuca Sánchez, Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa

Rojas, Samuel Rodríguez Torres, Emilio Enrique Salazar Farías,

José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel

Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Claudia Vi-

llanueva Huerta, Georgina Paola Villalpando Barrios, Enrique Za-

mora Morlet.

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LOS ARTÍCULOS ÚNICO Y DÉCIMO SÉPTIMO A DÉCIMO NO-VENO TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE RE-FORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIO-NES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA POLÍTICO-ELECTORAL,PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL

10 DE FEBRERO DE 2014, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS

JORGE ÁLVAREZ MÁYNEZ Y MACEDONIO SALOMÓN TA-MEZ GUAJARDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MOVI-MIENTO CIUDADANO

Los suscritos, diputados Jorge Álvarez Máynez y Ma-cedonio Salomón Tamez Guajardo, miembros del Gru-po Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y enapego a las facultades y atribuciones conferidas por elartículo 71, fracción II, de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, nu-meral 1, fracción I, y artículos 77 y 78, del Reglamen-to de la Cámara de Diputados del honorable Congresode la Unión, somete a la consideración de esta asam-blea la Iniciativa con proyecto de decreto que reformael artículo único por cuanto se refiere a los artículos76, fracción XIII, 89, fracción IX y 102, Apartado A,de la Constitución Política de los Estados Unidos Me-xicanos, y los transitorios décimo séptimo, décimo oc-tavo y décimo noveno del decreto por el que se refor-man, adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, en materia política-electoral, publicado en el dia-rio oficial de la federación el 10 de febrero de 2014, enatención a la siguiente

Exposición de Motivos

Desde hace doce años, México se encuentra inmersoen una situación insostenible de violencia e inseguri-dad, como nunca se había vivido en la historia denuestro país. Uno de los factores clave que impidenque ese clima de violencia pueda ser superado, y quedan pie a la impunidad sistemática de que los mexica-nos somos víctimas, es la ineficacia y corrupción quepermea a nuestro sistema de justicia penal y a nuestrasinstituciones de procuración de justicia, incluyendo,desde luego, al Ministerio Público de la Federación.

La dependencia del Ministerio Público respecto delgobierno en turno, es un vicio que nuestro sistema po-lítico arrastra desde hace décadas, especialmente du-rante la etapa del presidencialismo autoritario, con un

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partido hegemónico en el poder. Como señala VíctorCruz: “El sistema de procuración de justicia en Méxi-co ha estado históricamente sesgado a lineamientos deorden político, dada la subordinación jerárquica y fun-cional del Ministerio Público de la Federación al pre-sidente de la República, lo que ha posibilitado que vio-laciones graves de derechos humanos hayan quedadoen la impunidad y, en cambio, el poder de persecucióncriminal del Estado ha sido utilizado en múltiples ca-sos para reprimir a los disidentes del régimen.”1

Sin embargo, conforme nuestro país ha ido transitandolentamente hacia un régimen más democrático -tránsi-to que aún no concluye-, se han realizado reformasconstitucionales y legales a fin de garantizar un autén-tico Estado de Derecho. Una de esas reformas, fue laque tuvo lugar en el año de 1994, planteando cambiosimportantes a la Procuraduría General de la República,esencialmente 3:

1. Se dotó al Senado de la atribución para ratificarel nombramiento presidencial del Procurador Gene-ral.

2. Se le quitó a la Procuraduría la función de conse-jería jurídica del Gobierno.

3. Se le dio participación en controversias y accio-nes de inconstitucionalidad.

Aunque claramente insuficiente, fue el primer pasoque se dio en favor de la exigencia ciudadana de con-tar con un Procurador General de la República autó-nomo. Sin embargo, en la práctica, los resultados nofueron los esperados y el Procurador siguió siendo unempleado más del Gobierno.

Otra de las reformas constitucionales de suma rele-vancia en la materia, fue la que se llevó a cabo en2008, estableciendo un cambio de paradigma en cuan-to a la manera en que se imparte la justicia penal ennuestro país. Se transitó de un sistema esencialmenteinquisitorio a uno de naturaleza acusatorio adversarial.Con el nuevo sistema de justicia penal, se busca ga-rantizar de mejor manera los derechos humanos y laslibertades de la persona. Es un cambio necesario yacorde con el nuevo paradigma constitucional de dere-chos humanos, que rige en nuestro país tras la reformade 2011.

En ese contexto fue que, el 10 de febrero de 2014 sepublicó en el Diario Oficial de la Federación un De-creto de reforma constitucional por el que la entoncesProcuraduría General de la República se sustituyó porla Fiscalía General de la República. A partir de la re-forma, se comenzó a contemplar en el artículo 102constitucional que el Ministerio Público de la Federa-ción se organiza en una Fiscalía General de la Repú-

blica como órgano público autónomo, dotado de per-

sonalidad jurídica y de patrimonio propios.

Sin embargo, desde su creación, el Gobierno Federaltrató de hacerse del control total de la nueva Fiscalía,imponiendo como Titular de la misma a un perfil afína Enrique Peña Nieto y el Partido Revolucionario Ins-titucional. La reforma a la Carta Magna, tramposa-mente, contemplaba en sus transitorios que el primerfiscal pretendidamente autónomo sería el entoncesProcurador en funciones, Raúl Cervantes, quien habíasido designado por el Presidente con la aprobación delSenado, y quedaría en el cargo por 9 años. De esa ma-nera, el Revolucionario Institucional pretendía ente-rrar toda posibilidad de autonomía en el nuevo órgano.

Quedó claro que la intención del Gobierno era realizarun cambio meramente estético: simplemente sustituirel nombre de Procuraduría por Fiscalía, pero de nin-guna manera tenían un compromiso con garantizar laelección de un Fiscal independiente, lo cual permitiríacontar con una institución eficaz.

Este hecho, generó un gran descontento en la sociedadcivil. Gracias al activismo de diversas organizacionesy a la presión social y mediática, el 16 de octubre de2017, Raúl Cervantes presentó su renuncia como Titu-lar de la PGR. En su lugar, asumió el cargo de Procu-rador interino, Alberto Elías Beltrán.

Asimismo, en atención a las voces que desde la ciuda-danía exigían la autonomía del Fiscal respecto del Go-bierno, en diciembre de 2017, legisladores de diversasfuerzas políticas, tanto en la Cámara de Diputados co-mo el Senado, lograron eliminar el artículo transitoriopor el que se otorgaba un pase automático al Procura-dor General de la República para convertirse en elnuevo Fiscal -aunque se encuentra pendiente de su pu-blicación en el Diario Oficial de la Federación-.

Sin embargo, frenar la imposición del Procurador enfunciones como Fiscal General de la República, fue

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apenas uno de los pasos necesarios para transitar haciauna Fiscalía eficaz y autónoma. La reforma de 2014 alartículo 102 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, si bien, fue un avance, está incom-pleta y es perfectible en muchos aspectos.

Por ello, “el colectivo #VamosPorUnaFiscalíaQueSir-va, integrado por más de 300 organizaciones de la so-ciedad civil, así como cientos de ciudadanas y ciuda-danos”,2 hicieron un llamado urgente el pasado 31 deenero de 2018,3 para que el Congreso de la Unión, yactores políticos, discutan y retomen la exigencia ciu-dadana -en sus términos-, y se construya “una Fiscalíaindependiente, autónoma y eficaz. Una Fiscalía ajenaa la lógica político-partidista”,4 esto es, crear una Fis-calía General “que investigue, que persiga y que estélibre de la influencia de los políticos y los poderosos,cuyo titular sea una persona competente y no un alia-do político del gobierno en turno. [...] [;] una Fiscalíadonde el personal esté debidamente formado y capaci-tado, con presupuesto suficiente y que le rinda cuentasa los ciudadanos”;5 “con independencia y fuerza sufi-ciente para abatir los altísimos niveles de impunidad,encarar la corrupción que nos carcome y recuperar laseguridad para quienes vivimos en México.”6

Asimismo, el 31 de enero de 2018, en el Ángel de laIndependencia, los colectivos #VamosPorMás y Fisca-líaQueSirva, emitieron un mensaje titulado Reforma

102. Aquí y Ahora, en el cual, entre otras cosas, sostu-vieron: “Una #FiscalíaQueSirva es una precondiciónpara la justicia efectiva, para proteger y defender li-bertades y derechos, para asegurar condiciones de vi-da dignas para las personas, para construir un Estadodemocrático de Derecho.”

La presentación de esta Iniciativa con proyecto de de-creto, no se hace con otro fin que el de retomar y ad-herirnos a las demandas que, con justa razón, han es-grimido distintas organizaciones de la sociedad civil.Ya que la soberanía reside en el pueblo originariamen-te, nuestro deber como representantes populares es lle-var las demandas de nuestros representados ante losórganos legislativos. Sólo de esa manera, podremosterminar con la brecha que se ha creado entre gober-nantes y pueblo, y con la crisis de representación pre-valeciente.

El artículo 39 de nuestra Carta Magna señala clara-mente: “La soberanía nacional reside esencial y origi-

nariamente en el pueblo. Todo poder público dimanadel pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pue-blo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de al-terar o modificar la forma de su gobierno.” Para Ar-naldo Córdova, lo que busca denotar el texto del 39constitucional es “... la autoridad del pueblo, incontro-vertible, irresistible, inalienable, imprescriptible, ex-clusiva, intransferible y absoluta, para decidir el desti-no de su nación”.7 Debemos entender,consecuentemente, que la voluntad del pueblo es in-cluso anterior a la Constitución y es el hecho de refle-jar esa voluntad lo que dota de legitimidad al textoconstitucional, las leyes y a los Poderes e institucionesque en el mismo se reconocen.

En ese sentido, y derivado de lo establecido en los ar-tículos 39, 40, 41 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, de los cuales -como se haexpuesto ante el Pleno de la Suprema Corte de Justiciade la Nación- ”deriva que la soberanía nacional resideesencial y originariamente en el pueblo, el que, a suvez, delegó en el Poder Constituyente la facultad deemitir una Norma Suprema que, sirviendo de base pa-ra todo el ordenamiento jurídico mexicano, establecie-ra los derechos fundamentales mínimos (no únicos) delos gobernados, la forma de gobierno adoptada y, a ni-vel federal, la creación de los tres Poderes de la Unión,Legislativo, Ejecutivo y Judicial, sus atribuciones,prohibiciones e interrelación entre ellos”,8 que, enconsonancia con las siguientes tesis que aparecen pu-blicadas en el Semanario Judicial de la Federación,Quinta Época, Tomo VIII, página 410, y, Quinta Épo-ca, Tomo IV, página 729, respectivamente, “Poderpúblico. El poder público sólo dimana del pueblo, enquien radica esencial y originalmente la soberanía na-cional, y los tres poderes en los cuales se divide, nopueden hacer más que lo que el pueblo, en su Ley Fun-damental, establece.”; y, “Poder público. Cualquieraque sea su origen, examinado a la luz de los preceptosconstitucionales, resulta que sólo dimana del pueblo,en quien radica esencial y originariamente la soberaníanacional y que, para su ejercicio, se divide en tres ra-mificaciones, como funciones inherentes al cuerpo po-lítico, las que pueden expresarse con estas palabras:querer, hacer y juzgar.” En ese tenor, el artículo 39 dela Constitución establece que “Todo poder público di-mana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”,elemento originario del poder público, concepto -de lasoberanía- retomado de la Constitución Mexicana de1857, en el sentido que apunta José María del Castillo

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Velazco, al definirla como la “potestad suprema quenace de la propiedad que el pueblo y el hombre tienende sí mismos, de su libertad y su derecho (ésta) reside,dice el artículo constitucional, y no residió, porque pa-ra el establecimiento de un gobierno delega el puebloalgunas de las facultades de su soberanía, ni las dele-ga todas, ni delega algunas irrevocablemente. Encargael ejercicio de algunas de esas facultades y atribucio-nes a aquellos funcionarios públicos que establece; pe-ro conservando siempre la soberanía, de manera queésta reside constantemente en el pueblo”,9 de lo cualse desprende, como bien apunta Jorge Carpizo, “quetodo poder público en su génesis debe partir siempredel pueblo mexicano, en quien reside originaria yesencialmente la soberanía.”10

Así, y a la luz de los artículos 1o., 29 y 133 Constitu-cionales, que reconocen, consagran e incorporan losderechos políticos -en tanto derechos humanos-, esta-blecidos en los diversos 23, de la Convención Ameri-cana sobre Derechos Humanos, 21, 28 y 29 de la De-claración Universal de Derechos Humanos, y 25 delPacto internacional de derechos civiles y políticos,mismos que no pueden restringirse ni suspenderse, yque, en atención a los principios de maximización delos derechos fundamentales y de la prevalencia de losderechos constitucionales fundamentales, es que se re-toma la exigencia de las organizaciones civiles y ciu-dadanos que integran el colectivo #VamosPorUnaFis-calíaQueSirva, y se presenta esta iniciativa tal como lahan planteado. Tal es, pues, el espíritu de la presenteIniciativa de ley.

Entre los cambios más relevantes que plantea la pre-sente Iniciativa,11 cuyo fin es salvaguardar y garanti-zar la autonomía y eficacia de la Fiscalía General de laRepública, están:

• Se le quita al Presidente la facultad de remover alFiscal. Ahora, esa atribución sería del Senado de laRepública, a través del voto de las dos terceras par-tes de sus integrantes presentes, mediante audien-cias públicas y respetando las reglas de debido pro-ceso.

• Entre los requisitos de elegibilidad para ser Fiscal,se incluye “no haber sido registrado como candida-to, ni haber desempeñado cargo alguno de elecciónpopular en los últimos cuatro años anteriores a ladesignación, y no desempeñar ni haber desempeña-

do cargo de dirección o representación nacional oestatal en algún partido político en los últimos cua-tro años anteriores a la designación.”

• También, se establece la imposibilidad del Fiscalpara ocupar cargos de elección popular hasta dosaños después de haber ocupado el cargo.

• La duración del Fiscal General en su cargo pasa denueve a seis años improrrogables.

• Se incorporan las Fiscalías especializadas en De-rechos Humanos y Asuntos Internos, cuyos titularesserán nombrados por el Senado y durarán 5 años ensu cargo.

• Se dota a la Fiscalía General de la República decompetencia para atraer casos del fuero comúncuando, por su relevancia y trascendencia, lo ame-rite.

• Se crea el Consejo del Ministerio Público de la Fe-deración, que evaluaría el desempeño de la institu-ción.

• Se establece la existencia de un medio de impug-nación efectivo, al que podría acceder cualquierciudadano, respecto de los diversos procedimientosde nombramiento y remoción que realice el Senado.

• Al inicio de su gestión, el Fiscal tendrá la obliga-ción de presentar un Plan Estratégico de Persecu-ción Penal ante el Senado y el Consejo del Ministe-rio Público de la Federación.

• El Fiscal deberá rendir anualmente un informe alos Poderes Legislativo y Ejecutivo.

En ese sentido:

“Se estima que por adecuada técnica legislativa loque corresponde es reformar el decreto por el que sereforman, adicionan y derogan diversas disposicio-nes de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, en materia política-electoral, publi-cado en el Diario Oficial de la Federación el 10 defebrero de 2014, en lo que corresponde a las dispo-siciones referentes al Ministerio Público de la Fe-deración, así como a la transformación de la Procu-raduría General de la República en una Fiscalía

Gaceta Parlamentaria Jueves 8 de febrero de 201820

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General de la República como organismo públicoautónomo.

En efecto, ya que el citado decreto no ha iniciado suvigencia, dado que sus artículos transitorios, en loque nos ocupa, lo condicionaron a la emisión de lasdisposiciones secundarias pertinentes, así como a ladeclaratoria del Congreso de la Unión de entrada envigor de la autonomía constitucional de la FiscalíaGeneral de la República, lo cual a la fecha no haocurrido.

Así, el decreto que se propone reformaría a su vezel artículo único del decreto por el que se reforman,adicionan y derogan diversas disposiciones de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos, en materia política-electoral, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 10 de febrero de2014, exclusivamente por cuanto se refiere a los ar-tículos 76, fracción XIII, 89, fracción IX y 102,apartado A, de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, y los transitorios décimosexto, décimo octavo, y décimo noveno.”12

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a suconsideración, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Que reforma el artículo único por cuanto se refierea los artículos 76, fracción XIII, 89, fracción IX y102, Apartado A, de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, y los transitorios déci-mo séptimo, décimo octavo y décimo noveno del de-creto por el que se reforman, adicionan y derogandiversas disposiciones de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, en materia polí-tica-electoral, publicado en el diario oficial de la fe-deración el 10 de febrero de 2014

Único. Decreto por el que se reforma el artículo úni-co por cuanto se refiere a los artículos 76, fracciónXIII, 89, fracción IX y 102, Apartado A, de la Consti-tución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y lostransitorios décimo octavo y décimo noveno del De-creto por el que se reforman, adicionan y derogan di-versas disposiciones de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, en materia política-electo-ral, publicado en el diario oficial de la federación el 10de febrero de 2014, para quedar como sigue:

Artículo Único. Se reforman los párrafos segundo ycuarto del apartado A del artículo 26; la fracción VIIdel párrafo vigésimo tercero del artículo 28; el primerpárrafo del artículo 29; la fracción VII y los apartados4o. y 6o. de la fracción VIII del artículo 35; la base Ien sus párrafos inicial y segundo, el tercer párrafo dela base II, la base III en su párrafo inicial, el apartadoA en su párrafo inicial e incisos a), c), e) y g) y en susegundo párrafo, el apartado B en su primer párrafo einciso c) y su segundo párrafo, el apartado C en su pri-mer párrafo y el apartado D, la base IV en su párrafoinicial y la base V del artículo 41; la fracción II del ar-tículo 54; el segundo párrafo de la fracción V del artí-culo 55; el artículo 59; el primer párrafo del artículo65; el segundo párrafo del artículo 69, el inciso a) dela fracción XXI del artículo 73; el tercer párrafo de lafracción IV del artículo 74; la fracción II del artículo76; la fracción VI del artículo 82; el artículo 83; el se-gundo párrafo del artículo 84; la fracción IX del artí-culo 89; el segundo párrafo del artículo 93; la fracciónVI del artículo 95; las fracciones VII y VIII del artícu-lo 99; el apartado A del artículo 102; los incisos c) y f)del segundo párrafo de la fracción II y la fracción IIIdel artículo 105; el segundo párrafo de la fracción V, elsegundo párrafo de la fracción VIII, el primer y tercerpárrafos de la fracción XIII y la fracción XV del artí-culo 107; el primer párrafo del artículo 110; el primerpárrafo del artículo 111; el encabezado y el segundopárrafo de la fracción I del artículo 115; los párrafossegundo y tercero de la fracción II, el primer párrafo ylos incisos a), b), c), d), h), j) y k) de la fracción IV delartículo 116; el segundo párrafo del artículo 119; lafracción III de la BASE PRIMERA del apartado C delartículo 122; se adicionan un apartado C al artículo 26;un cuarto párrafo a la base I, y un tercer, cuarto y quin-to párrafos a la base VI del artículo 41; un tercer pá-rrafo al artículo 69; la fracción XXIXU al artículo 73;las fracciones III y VII al artículo 74; las fracciones XIy XIII, recorriéndose la subsecuente en su orden, al ar-tículo 76; un segundo y tercer párrafos a la fracción IIy la fracción XVII al artículo 89; los párrafos tercero ycuarto al artículo 90; la fracción IX, recorriéndose lasubsecuente en su orden, al artículo 99; un inciso i) alsegundo párrafo de la fracción II del artículo 105; unsegundo párrafo al inciso f) y un inciso n), recorrién-dose los subsecuentes en su orden a la fracción IV, asícomo una fracción IX al artículo 116; y se deroga lafracción V del artículo 78, de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, para quedar comosigue:

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Artículo 76. …

I. a XII. …

XIII. De conformidad con el artículo 102, Apar-tado A, de esta Constitución: integrar la lista decandidatos a Fiscal General de la República; nom-brar y remover a dicho servidor público; nombrary remover a los titulares de las fiscalías especia-lizadas en materia de delitos electorales, de com-bate a la corrupción, de derechos humanos y deasuntos internos, así como a los consejeros inte-grantes del Consejo del Ministerio Público de laFederación, y

XIV. …

Artículo 89. …

I. a VIII. …

IX. Intervenir en la designación y remoción delFiscal General de la República, en términos de lodispuesto en el artículo 102, Apartado A, de estaConstitución;

X. a XX. …

Artículo 102. …

A. El Ministerio Público de la Federación se organiza-rá en una Fiscalía General de la República como órga-no público autónomo, dotado de personalidad jurídicay de patrimonio propios, que será presidido por elFiscal General de la República.

Para ser Fiscal General de la República se requiere: serciudadano mexicano; tener cuando menos treinta ycinco años cumplidos el día de la designación; contarcon experiencia mínima de diez años en el ejercicioprofesional como licenciado en derecho o abogado;no haber sido condenado por delito doloso; no habersido registrado como candidato, ni haber desempe-ñado cargo alguno de elección popular en los últi-mos cuatro años anteriores a la designación, y nodesempeñar ni haber desempeñado cargo de direc-ción o representación nacional o estatal en algúnpartido político en los últimos cuatro años anterio-res a la designación.

Los periodos de duración del cargo de Fiscal Gene-ral serán de seis años improrrogables, que se con-tarán a partir del día primero de octubre en que eltitular del Poder Ejecutivo inicie su quinto año degobierno.

La designación y remoción del Fiscal General seráconforme a lo siguiente:

I. Cuando menos treinta días naturales previosal vencimiento del periodo de gestión del FiscalGeneral que se encuentre en funciones, o biendentro de los sesenta días naturales a partir desu ausencia definitiva por causa diversa al venci-miento de su mandato, el Senado de la Repúbli-ca integrará, previo concurso público y evalua-ción técnica una lista de al menos seis candidatosal cargo, aprobada por las dos terceras partes delos miembros presentes, la cual, enviará al Eje-cutivo Federal.

La Ley establecerá los mecanismos que garanti-cen la transparencia, publicidad y participaciónciudadana efectiva desde la convocatoria hastael nombramiento, así como los criterios paraevaluar y seleccionar a los candidatos que debe-rán integrar la lista, entre los cuales se contem-plarán las trayectorias de servicio público, espe-cialmente en los ámbitos de seguridad pública,procuración o impartición de justicia, o demásantecedentes profesionales en el ejercicio de laactividad jurídica; igualmente, se evaluará la re-putación de los candidatos, su honorabilidad, in-dependencia y compromiso con los valores de-mocráticos.

La evaluación técnica de los concursantes alpuesto de Fiscal General, según los requisitos deelegibilidad y criterios de selección aplicables,será realizada por una Comisión de Designacio-nes de carácter honorario, que estará conforma-da de manera interdisciplinaria por nueve ciu-dadanos de reconocido prestigio académico oprofesional en procuración de justicia, derechoshumanos, combate a la corrupción y políticaspúblicas en materia de seguridad y justicia, quie-nes serán designados por el voto de las dos terce-ras partes del Senado de la República, de mane-ra pública y abierta, y durarán en dicho cargocinco años.

Gaceta Parlamentaria Jueves 8 de febrero de 201822

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Si el Ejecutivo no recibe la lista en el plazo antes se-ñalado, designará provisionalmente al Fiscal Gene-ral, quien deberá cumplir con los requisitos y crite-rios de selección antes señalados y ejercerá susfunciones hasta en tanto se realice la designacióndefinitiva conforme a lo establecido en este aparta-do.

II. Recibida la lista a que se refiere la fracción ante-rior, dentro de los diez días naturales siguientes elEjecutivo formulará una terna y la enviará a la con-sideración del Senado.

III. El Senado, con base en la terna y previa compa-recencia en audiencia pública de las personas pro-puestas, designará al Fiscal General con el voto delas dos terceras partes de los miembros presentesdentro del plazo de diez días naturales.

En caso de que el Ejecutivo no envíe la terna a quese refiere la fracción anterior, el Senado tendrá diezdías naturales para designar al Fiscal General deentre los candidatos de la lista que señala la fracciónI.

Si el Senado no hace la designación en los plazosque establecen los párrafos anteriores, el Ejecutivodesignará provisionalmente al Fiscal General deentre los candidatos que integren la lista o, en su ca-so, la terna respectiva.

IV. El Senado de la República podrá ejercer lasatribuciones previstas en las fracciones anterio-res hasta sesenta días naturales posteriores alvencimiento de sus plazos, en caso contrario, lasmismas serán ejercidas por el Pleno de la Supre-ma Corte de Justicia de la Nación, siguiendo elmismo procedimiento y votación.

V. El Fiscal General podrá ser removido por el vo-to de las dos terceras partes de los integrantespresentes de la Cámara de Senadores, por lascausas que establezca la ley mediante audienciaspúblicas y respetando las reglas de debido pro-ceso. El procedimiento podrá iniciarse a solici-tud del Ejecutivo Federal o de una tercera partede los integrantes del Senado, y deberá ser re-suelto en un plazo de treinta días naturales, ha-biendo escuchado previamente la opinión delConsejo del Ministerio Público de la Federación.

Lo previsto en el párrafo anterior se dará sinperjuicio de la posibilidad de ser destituido porcausa de responsabilidad penal o administrativagrave en términos del Título Cuarto de estaConstitución.

El Fiscal General podrá renunciar al cargo, pre-via comunicación al Senado de la República o, ensus recesos, a la Comisión Permanente.

VI. En los recesos del Senado, la Comisión Perma-nente lo convocará de inmediato a sesión extraordi-naria para la designación del Fiscal General, o pa-ra el conocimiento de la solicitud formuladapara su remoción.

VII. En los casos de ausencias definitivas del Fis-cal General por remoción, destitución, renunciao cualquier otra, el Senado de la República de-signará a quien deba sustituirlo hasta culminarel periodo previsto en el párrafo tercero de esteartículo, siempre que faltaren más de dos añospara el mismo, contados a partir de la ausenciadefinitiva; en caso contrario, operará el meca-nismo de suplencia por ausencia que determinela ley.

VIII. Quienes hayan ocupado el cargo de FiscalGeneral no podrán ser electos para cargos deelección popular sino hasta dos años después deque se hayan separado del mismo.

Corresponde al Ministerio Público de la Federación lainvestigación y persecución ante los tribunales, hastala plena ejecución de las resoluciones judiciales detodos los delitos del orden federal. De igual modo,investigará y perseguirá delitos del orden comúncuando su interés y trascendencia lo ameriten, ga-rantizando que la investigación no se fragmente yprivilegiando que se lleve a cabo en el ámbito quepueda realizarla de manera más efectiva, entreotros, cuando guarden conexidad con delitos del or-den federal conforme a los dispuesto por el artícu-lo 73, fracción XXI de esta Constitución; en los ca-sos de delitos que trasciendan el ámbito de una omás entidades federativas y cuando exista senten-cia o resolución de algún órgano previsto en trata-do internacional. La ley considerará una acción pa-ra que las víctimas soliciten la atracción de casospor la Fiscalía General de la República.

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La Fiscalía General contará, al menos, con las fiscalí-as especializadas en materia de delitos electorales, decombate a la corrupción, para la investigación de de-litos que implican violaciones graves a derechos hu-manos y de asuntos internos.

El Consejo del Ministerio Público de la Federaciónestará integrado por el Fiscal General, quien lopresidirá, y seis consejeros que no podrán tenerningún otro empleo, cargo o comisión, con excep-ción de los no remunerados en actividades docen-tes, científicas, culturales o de beneficencia, y goza-rá, entre otras que prevea la ley, de las siguientesatribuciones:

I. Conocer el plan estratégico que le presente elFiscal General y los programas anuales de tra-bajo, evaluar su implementación y emitir reco-mendaciones respecto de los mismos.

II. Evaluar el desempeño de la Fiscalía General,sus fiscalías especializadas, órgano interno decontrol, unidades y órganos técnicos y adminis-trativos, así como de sus servidores públicos.

III. Aprobar el proyecto de presupuesto de lainstitución y las normas administrativas condu-centes para su ejercicio, así como el ReglamentoInterior de la Fiscalía General, para lo cual elFiscal General presentará sus propuestas alConsejo, escuchará las recomendaciones que leformulen y, en su caso, hará los ajustes corres-pondientes; en caso de divergencia, prevalecerála posición del Fiscal, bajo su responsabilidad.

IV. Aprobar, a propuesta del Fiscal General, lapolítica de profesionalización de la Fiscalía Ge-neral, y supervisar su implementación.

Los titulares de las fiscalías especializadas en mate-ria de delitos electorales, de combate a la corrup-ción, para la investigación de delitos que implicanviolaciones graves a derechos humanos y de asun-tos internos, así como los seis consejeros del Minis-terio Público de la Federación, durarán en su en-cargo cinco años improrrogables y seránnombrados por el Senado de la República por el vo-to de las dos terceras partes de los miembros pre-sentes, previo proceso de convocatoria pública yevaluación que será realizada por la Comisión de

Designaciones, en los términos que prevea la ley.Para su elección deberán reunir los mismos requi-sitos que el Fiscal General, con excepción del rela-tivo a la profesión de licenciado en derecho, que noserá aplicable para tres de los consejeros integran-tes del Consejo del Ministerio Público de la Fede-ración. Podrán ser removidos por el mismo órganolegislativo y votación necesaria para su nombra-miento, previa solicitud del Fiscal General, porcausas previstas en la ley, sin perjuicio de que seandestituidos por incurrir en delito o falta adminis-trativa grave en términos del Título Cuarto de estaConstitución. No podrán ser electos para cargos deelección popular ni postularse para cargo algunoprevisto en este artículo, sino hasta dos años des-pués de que se hayan separado de sus cargos, dis-posición igualmente aplicable para los integrantesde la Comisión de Designaciones.

La Ley determinará un medio de impugnaciónefectivo respecto de los procedimientos de nombra-miento y remoción establecidos en el presente apar-tado.

El órgano interno de control ejercerá las atribucio-nes previstas en el Título Cuarto de esta Constitu-ción y su titular será elegido en términos del artí-culo 74, fracción VIII de la misma.

Dentro de los primeros tres meses de su gestión, elFiscal General presentará ante el Senado un planestratégico que comprenderá un diagnóstico de lacriminalidad, el plan de persecución penal con ob-jetivos, criterios y prioridades en la investigaciónde los delitos y el ejercicio de la acción penal, así co-mo un plan para el desarrollo interno de la institu-ción basado en un diagnóstico. Presentará tambiénanualmente un programa de trabajo con metas dedesempeño que garanticen el cumplimiento delplan estratégico.

El Fiscal General presentará anualmente a los PoderesLegislativo y Ejecutivo de la Unión un informe de re-sultados, de conformidad con los planes estratégicoy de trabajo, en el que se incluirán los informes querindan los titulares las fiscalías especializadas enmateria de delitos electorales, de combate a la co-rrupción, para la investigación de delitos que im-plican violaciones graves a derechos humanos y deasuntos internos, así como el órgano interno de

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control y el Consejo del Ministerio Público de la Fe-deración. Dichos funcionarios comparecerán antecualquiera de las Cámaras cuando se les cite a rendircuentas o a informar sobre su gestión; durante estascomparecencias, se garantizará la participación dela sociedad civil.

La Ley establecerá un servicio profesional de carre-ra que reglamente las bases para el ingreso, perma-nencia, desarrollo, formación y actualización de losservidores públicos de la Fiscalía General de la Re-pública, regido por los principios de legalidad, obje-tividad, eficiencia, mérito, profesionalismo, honradezy respeto a los derechos humanos.

El Fiscal General y demás servidores públicos de laFiscalía General de la República serán responsablesde toda falta, omisión o violación a la ley en que incu-rran con motivo de sus funciones.

Las entidades federativas crearán Fiscalías Gene-rales de Justicia, que contarán con plena autono-mía, personalidad jurídica y patrimonio propios.

B. …

Transitorios

Primero a Décimo Sexto. …

Décimo Séptimo. El Congreso de la Unión emitirálas normas secundarias referidas en el Transitorioanterior en un plazo máximo de noventa días natu-rales posteriores a la entrada en vigor de este de-creto, e inmediatamente después la Cámara de Se-nadores procederá conforme a lo siguiente:

a) Dentro de los treinta días naturales siguientes,integrará la Comisión de Designaciones. Paraasegurar la renovación escalonada de sus inte-grantes, los primeros nombramientos se realiza-rán equitativamente para periodos de tres, cua-tro y cinco años.

b) Hecho lo anterior, iniciará el procedimientoprevisto en el Apartado A del artículo 102 de es-ta Constitución para la designación del FiscalGeneral de la República, bajo el supuesto de au-sencia definitiva de titular, quien permaneceráen el cargo hasta el 30 de septiembre de 2022. El

Procurador General de la República que se en-cuentre en funciones al momento de la entradaen vigor del presente decreto, continuará en suencargo hasta en tanto el Senado designe al Fis-cal General de la República.

c) Dentro de los sesenta días naturales posterio-res a la instalación de la Comisión de Designa-ciones, hará los nombramientos de los titularesde las fiscalías especializadas para la investiga-ción de delitos que implican violaciones graves aderechos humanos y de asuntos internos, así co-mo de los seis consejeros del Ministerio Públicode la Federación, quienes, por única vez a fin deasegurar su renovación escalonada, ocuparánsus cargos por períodos de tres, cuatro y cincoaños, equitativamente.

La Cámara de Diputados, en un plazo de sesentadías naturales posteriores a que hayan sido emiti-das las normas secundarias referidas en el primerpárrafo de este transitorio, designará al titular delórgano interno de control.

Las entidades federativas contarán con un año apartir de la publicación del presente Decreto pa-ra realizar los ajustes correspondientes a la le-gislación local.

[...]:

I. [...].

[...], y

II. [...].

Décimo Octavo. A partir de la entrada en vigor delpresente Decreto el Senado nombrará por dos terceraspartes de sus miembros presentes al titular de la Fisca-lía Especializada en Atención de Delitos Electoralesde la Procuraduría General de la República, quien du-rará en su encargo cinco años.

En el plazo de treinta días a partir de la entrada en vi-gor de este Decreto, el Procurador General de la Re-pública expedirá el acuerdo de creación de la fiscalíaespecializada en materia de delitos relacionados conhechos de corrupción, el cual regirá hasta en tantosean emitidas y entren en vigor las normas secun-

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darias a que alude el artículo Décimo Sexto Transi-torio del presente decreto. Su titular será nombradopor el Senado en los términos del párrafo anterior, enun plazo de sesenta días naturales a partir de la en-trada en vigor de este decreto, y permanecerá en elcargo por un periodo de cinco años.

Los titulares de las fiscalías especializadas nombra-dos según el presente Transitorio podrán ser remo-vidos o destituidos de su cargo en términos del ar-tículo 102, apartado A de esta Constitución.

Décimo Noveno. A partir de la entrada en vigor de lasreformas a que se refiere el transitorio Décimo Sextoanterior, los recursos humanos, presupuestales, finan-cieros y materiales de la Procuraduría General de laRepública pasarán al órgano autónomo que el propioDecreto establece.

Para los efectos previstos en el décimo párrafo delartículo 102 apartado A de esta Constitución, elprimer Fiscal General contará con un plazo de unaño a partir de su nombramiento para presentarante el Senado su plan estratégico y programa detrabajo. En lo correspondiente a la planeación pa-ra el desarrollo interno de la institución, se con-templarán las medidas a implementar para latransformación operativa del Ministerio Público dela Federación, incluyendo sus procesos internos, re-forma administrativa, su nuevo modelo organiza-cional y de servicio de carrera. El programa de tra-bajo establecerá criterios y metas específicas parala depuración de casos en trámite. Durante el pro-ceso de planeación para el desarrollo interno de lainstitución, el Fiscal General tomará en considera-ción las opiniones del Consejo del Ministerio Públi-co y, una vez culminada la fase de planeación, dichoórgano evaluará su implementación y emitirá lasrecomendaciones que correspondan.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Segundo. Los titulares de las fiscalías especializadasen materia de delitos electorales y de delitos relacio-nados con hechos de corrupción que a la fecha de en-trada en vigor del presente decreto hayan sido nom-

brados según el texto del artículo décimo octavo tran-sitorio del decreto por el que se reforman, adicionan yderogan diversas disposiciones de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia po-lítica-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Fe-deración el 10 de febrero de 2014, ajustarán el periodode su encargo y demás normas relacionadas con elmismo a los términos del presente decreto.

Notas

1 Cruz, Víctor Jesús. La Autonomía del Ministerio Público y el

modelo acusatorio, Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM,

Disponible en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/li-

bros/6/2519/8.pdf

2 Reforma 102. Aquí y Ahora, Fundar. Centro de Análisis e Inves-

tigación, disponible en: http://fundar.org.mx/?p=12942 (consulta-

do el 31 de enero de 2018, a las 16:15).

3 #Reforma102 ¡AQUÍ Y AHORA!, disponible en: http://refor-

ma102.mx/ (consultado el 31 de enero de 2018, a las 16:24).

4 Ídem.

5 Op. cit., supra nota 1.

6 Ídem.

7 Córdova, Arnaldo, El principio de la soberanía popular en la

Constitución Mexicana, Instituto de Investigaciones Jurídicas

UNAM, Disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4321/9.pdf

8 Voto particular del Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano

en la acción de inconstitucionalidad 32/2006, promovida por el

Procurador General de la República, resuelta en sesión de siete de

mayo de dos mil siete, Semanario Judicial de la Federación y su

Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, Agosto de 2007.

9 Carbonell, Miguel, coord., Diccionario de derecho constitucio-

nal, Editorial Porrúa, México, 2002.

10 Ídem.

11 Retomada de la propuesta en comento, Vid., “Reforma consti-

tucional sobre el modelo de la Fiscalía General de la República.

Propuesta de dictamen ciudadano de las organizaciones que inte-

gran #VamosPorUnaFiscalíaQueSirva”, Instituto Mexicano para la

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Competitividad A.C., disponible en: http://imco.org.mx/wp-con-

tent/uploads/2016/09/Propuesta-de-dictamen-ciudadano-de-las-

organizaciones-que-integran-VamosPorUnaFiscal%C3%ADa-

QueSirva.pdf (consultado el 1º de febrero de 2018).

12 Ídem.

Diputados: Jorge Álvarez Máynez (rúbrica), Macedonio Salomón

Tamez Guajardo.

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 48 DE LA LEY DE AERO-PUERTOS Y 121 DE LA LEY ADUANERA, A CARGO DE LA

DIPUTADA SARA LATIFE RUIZ CHÁVEZ, DEL GRUPO PAR-LAMENTARIO DEL PRI

Sara Latife Ruiz Chávez, diputada federal a la LXIIILegislatura del honorable Congreso de la Unión, inte-grante del Grupo Parlamentario del Partido Revolu-cionario Institucional, con fundamento en los artículos71, fracción II, de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6,numeral 1, fracción I, 77, y 78 del Reglamento de laCámara de Diputados, somete a consideración de estahonorable asamblea, la presente iniciativa con proyec-to de decreto por el que se reforma la fracción III delartículo 48 de la Ley de Aeropuertos y la fracción 1 dela Ley Aduanera, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad, los aeropuertos son un factor esencialen el crecimiento y desarrollo económico de las ciuda-des y regiones en las que se sitúan, debido a que losservicios que se ofertan en ellos son considerados ele-mentos relevantes en la definición de las áreas urbanasdel mapa mundial.1 Se trata de entidades que fungen,

no solo como proveedores de un servicio público, ocomo una vía de comunicación, sino como complejasentidades económicas.

El papel de los aeropuertos en el crecimiento econó-mico se puede considerar desde tres puntos de vista.En primer lugar, los aeropuertos son grandes genera-dores de puestos de trabajo en las actividades directa-mente asociadas a la canalización del tráfico aéreo. Ensegundo lugar, las empresas dedicadas a actividadesde alto valor añadido tienden a localizarse en territo-rios que disponen de aeropuertos con una oferta ex-tensa y densa de conexiones aéreas. Finalmente, la ac-tividad turística, que es una de las industrias conmayor peso en el producto interno bruto español, sesustenta en gran parte en el tráfico que proporcionanlos aeropuertos. En este punto cabe destacar que lacontribución de los aeropuertos al crecimiento econó-mico se centra especialmente en la economía del áreaurbana o región de referencia, mucho más que en laeconomía nacional”.

En el Informe sobre Acciones Relevantes de la Secre-taría de Comunicaciones y Transportes (SCT) enero2013-junio 2016,2 señala:

De 2012 a 2015 el transporte aéreo alcanzó crecimien-tos históricos, tanto en el volumen de pasajeros comoen el de carga: 35 por ciento y 15 por ciento, respecti-vamente. La oferta de asientos disponibles se incre-mentó en 28 por ciento y la flota aérea creció 23 porciento. Casi todas las aerolíneas están renovando susaeronaves, por lo que la antigüedad promedio es de 9años.

Los concesionarios invirtieron entre 2013 y 2015 cer-ca de 9 mil 500 millones de pesos en más de 28 aero-puertos (64 por ciento más que en los primeros tresaños de la administración anterior).

Las condiciones del aeropuerto internacional de laCiudad de México (AICM) han mejorado de maneraimportante con relación a 2012. En el primer semestrede este año, se inauguró la nueva sala 75, que ademásde mal diseño tenía una sobre saturación operativa, loque permitirá aumentar su capacidad de atención de350 a 2 mil pasajeros por hora. Asimismo, se amplió lasala 33-A para recibir al Airbus 380, que desde enerocubre vuelos regulares entre la Ciudad de México yParís”.

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Por mencionar el ejemplo más representativo, el Aero-puerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de Mé-xico (Al CM) actualmente cuenta con 350 negocios de 20giros diferentes. Cuenta con una diversidad de hoteles,restaurantes, tiendas de libros, regalos, maletas, artesaní-as, farmacias, tiendas de marca, bancos, casas de cambio,restaurantes y bares, hasta comercios cuya característicaprincipal es la exención en el pago de impuesto o duty

free en ambas terminales y circundando a éstas.

Estos últimos, son muy comunes en las zonas de losaeropuertos destinadas a los vuelos internacionales, endonde se suele comprar productos que normalmentetienen asociados altos impuestos como el tabaco o ellicor, sin embargo también hay venta de perfumes,aparatos electrónicos y objetos de regalo.

En ese contexto, es precisamente que se da un caso desutiles pero reiteradas complicaciones en la aplicaciónde la Ley Federal de Protección al Consumidor. Enefecto, en estos locales se han reportado múltiples ca-sos de proveedores de bienes y servicios que suelenabusar de la necesidad de los usuarios para brindar, yasea prestaciones de baja calidad o, incluso, con infor-mación engañosa.

Adicionalmente a lo que ocurre al interior de los aero-puertos se verifica también un engaño y un riesgo pa-ra los usuarios de transporte terrestre en las inmedia-ciones de las terminales aéreas. En este caso, porejemplo, se dio la conformación de la empresa PortoTaxi por los permisionarios para brindar el servicio detransporte en el Aeropuerto Internacional de la Ciudadde México. Esta nueva empresa es la encargada de ad-ministrar y operar la venta de boletos para los usuariosde sus taxis. El problema en este caso surgió debido aque la empresa no cuenta con una licitación. Sin em-bargo, las autoridades del aeropuerto han afirmado queno la requieren debido a que los permisionarios yaprestaban el servicio.3

Ahora bien, en la legislación nacional este tipo de co-mercios al interior de los aeropuertos, así como losservicios que se prestan al exterior pero se contratan alinterior, se encuentran regulados en dos instrumentoslegales fundamentalmente. La Ley de Aeropuertos y laLey Aduanera.

En el primer caso, la Ley de Aeropuertos tiene comoobjeto regular la construcción, administración, opera-

ción y explotación de los aeródromos civiles. 4 Enconsecuencia, todo lo relacionado con los aeródromosciviles es de jurisdicción federal.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes es laencargada de otorgar las concesiones y permisos, lasautorizaciones y su cumplimiento. Las concesionesson otorgadas mediante licitación pública medianteconvocatoria publicada en el Diario Oficial de la Fe-deración. Las bases deben incluir la descripción delproyecto, de los terrenos y su situación jurídica, lasmodalidades de operación y los servicios que se po-drán prestar, las condiciones de seguridad, la vigenciadel contrato y los criterios con que se seleccionará elganador.

Los aeropuertos deben ser administrados por una per-sona física designada por el ganador de la concesióno permiso del autódromo civil. A su cargo tiene lacoordinación de las actividades de administración yoperación en su interior. A su vez, los servicios deun aeropuerto incluyen no sólo a los aeroportua-rios, sino también a los complementarios y comer-ciales. El artículo 10 de la Ley de referencia estable-ce que se requiere concesión para la administración,operación, explotación y construcción de aeropuertosque únicamente les serán otorgadas a sociedadesmercantiles constituidas conforme a las leyes mexi-canas y cuyo objeto social incluya lo necesario paraobtenerla.

Es tarea de los concesionarios y permisionarios la ad-ministración respecto de la percepción de los ingresospor el uso de la infraestructura del aeródromo civil porla celebración de contratos, por los servicios que pres-te directamente y por las actividades comerciales quese realicen. La operación de los mismos comprende laprestación de servicios mediante el aprovechamientode la infraestructura, instalaciones y equipos. El artí-culo 48, fracción tercera establece que los servicioscomerciales en los aeródromos son aquellos que re-fieren a la venta de diversos productos y servicios alos usuarios y que no son esenciales para la opera-ción. Éstos pueden ser prestados directamente porel concesionario o permisionario, o por tercerosque contraten con éstos el arrendamiento de lasáreas para comercios, restaurantes, arrendamientode vehículos, publicidad, telégrafos, correo, casasde cambio, bancos y hoteles, entre otros.

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De manera complementaria, el Reglamento de la Leyde Aeropuertos5 contempla en su capítulo segundo eltema de los servicios comerciales. Al respecto declaraque solamente se pueden prestar en las áreas autoriza-das por la Secretaría en el programa maestro de desa-rrollo o el indicativo de inversiones y dentro de los lo-cales o lugares fijos expresamente designados paraello (artículo 65). El arrendamiento de estos espaciosdestinados a servicios de atención especial a pasajerosno puede ser discriminatorio entre los interesados. Es-tos servicios tienen que observar las medidas de segu-ridad, higiene, conservación y orden del aeródromo ci-vil señalado por el concesionario o permisionario,tanto en el contrato corno en las reglas de operación.

Por su parte, en el Manual General de Organizacióndel Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Mé-xico6 se establece corno una de las funciones de lasubdirección de terminal y de supervisión de transpor-tación terrestre el coordinar que los servicios comer-ciales prestados de manera directa, o mediante terce-ros, tanto a clientes como a pasajeros, se haga demanera oportuna, con calidad y cumpliendo las condi-ciones del mercado. Funciones similares tiene la sub-dirección de la Terminal 2.

A la par existe una Dirección General Adjunta Comer-cial y de Servicios integrada por una subdirección deatención a clientes, otra de servicios comerciales, yuna más de producción y calidad. Dentro de sus atri-buciones está la capacidad de proponer en los acuer-dos de la Dirección General, la implantación de políti-cas y estrategias tarifarias de los servicioscomerciales. También puede participar en los comitésy comisiones que determine el Consejo de Adminis-tración y proponer al Comité Interno de Contratación,Tarifas y Crédito de los servicios aeroportuarios que sehagan o renueven los contratos de los arrendatarios yprestadores de servicios. Por último, puede disponerque los diferentes prestadores de servicios cumplancon los estándares de calidad e imagen corporativa es-tablecidos, así como autorizar proyectos de remad ela-ción, ampliación o modificaciones a los locales co-merciales dentro de las instalaciones aeroportuarias.

Por otro lado, por lo que corresponde a la Ley Adua-nera,7 se señala en la fracción I del artículo 121, quela Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá au-torizar el establecimiento de depósitos fiscales para laexposición y venta de mercancías extranjeras y nacio-

nales en puertos aéreos internacionales, fronterizos ymarítimos de altura, comúnmente conocidos comoduty free.

En este caso las mercancías no se sujetarán al pago deimpuestos al comercio exterior y de cuotas compensa-torias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros quesalgan del país directamente al extranjero y la entregade dichas mercancías se realice en los puntos de salidadel territorio nacional, debiendo llevarlas consigo alextranjero y cuando la venta se haga a los pasajerosque arriben al país directamente del extranjero enpuertos aéreos internacionales y dicha venta así comola entrega de las mercancías se realice en los estable-cimientos autorizados, siempre que se trate de las quecomprenden el equipaje de pasajeros en viajes interna-cionales. En este último caso, cuando las ventas reali-zadas al pasajero excedan de 300 dólares o su equiva-lente en moneda nacional, o bien de 20 cajetillas decigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, 3 litros debebidas alcohólicas o 6 litros de vino, se deberá infor-mar al pasajero que deberá efectuar el pago de las con-tribuciones correspondientes ante la autoridad aduane-ra y estamparen la bolsa un sello rojo que indique lafrase “Excedente”. Las autoridades aduaneras contro-larán estos establecimientos, sus instalaciones, vías deacceso y oficinas.

La misma ley refiere las mercancías que no pueden serobjeto de depósito fiscal. Entre otras: armas, municio-nes, mercancías explosivas, radiactivas, nucleares ycontaminantes: precursores químicos y químicos·esenciales, los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros,esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manu-facturas de joyería hechas con metales preciosos o conlas piedras o perlas mencionadas.

Si bien estas disposiciones solo señalan el estableci-miento de estos comercios, su giro se centra en la ven-ta de mercancía, por lo que la Profeco es, en última ydefinitiva instancia, la encargada de velar por los de-rechos de sus consumidores.

Como se puede ver, la naturaleza jurídica de los loca-les comerciales en los aeropuertos es clara. El abuso yciertas malas prácticas comerciales se han normaliza-do porque no existen entidades externas u obligatoriasde control. Es imprescindible que se busquen herra-mientas para que organismos de protección al consu-midor tengan facultades de intervención en estos pro-

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cesos al interior de todos los aeropuertos del país. Unareforma a la legislación vigente es un paso que cola-bora con esta labor en beneficio de los usuarios.

En agosto de 2013, la Profeco realizó un operativo de12 verificaciones en el aeropuerto internacional deGuadalajara “Miguel Hidalgo y Costilla”:

Los establecimientos verificados fueron el restaurantebar Wings, que fue sancionado con la inmovilizaciónde 19 productos por violar la norma NOM 142, endonde se oculta información en las etiquetas.

El duty free no se salvó de la sanción, por lo que se in-movilizaron 66 productos, debido a que se ofrece sóloel idioma extranjero y tiene los precios en dólares.

Fue por el mismo motivo por el cual la tienda DufryMéxico padeció la inmovilización de 36 productos,además de la colocación de sellos de suspensión.

La tienda de comida rápida Subway sólo recibió unallamada de atención por parte de las autoridades, yaque el refresco no cantaba con medida volumétrica,aunque no hubo la necesidad de la inmovilización.

Para otras tiendas como Indita Mía, que vende artesa-nías, la Profeco sólo hizo una observación de que al-gunos productos no exhibieron sus precios. Para el res-taurante bar El Quijote, la colocación de sellos fue lasanción máxima al no ostentar la medida volumétricay precios de sus productos.

Sobre las tiendas de ropa Guess y Lacoste, la Profecoreportó que en ambos casos se colocaron sellos de sus-pensión, ya que no ofrecen información comercial ylos datos del importador.

Sólo tres establecimientos fueron los que mantuvierontodo en regla: la librería Mini Gandhi, la tienda de ro-pa Scappino y la Farmacia Benavides.8

Por otro lado, desde el mes de marzo del año 2014, laProcuraduría Federal de Protección al Consumidor(Profeco), instaló módulos de atención permanente pa-ra turistas nacionales y extranjeros. En ellos se habili-tó la atención para que los consumidores pudieran ha-cer denuncias, quejas y, eventualmente, llevar a caboun proceso a través del cual pudieran recuperar losmontos por lo perdido.9 Aunado a esos esfuerzos, se ha

buscado la modificación regulatoria para que los gru-pos que tienen las concesiones en los distintos aero-puertos de país paguen impuestos municipales.10

En enero de 2016, la delegación de Profeco en Gue-rrero reportó que en el Aeropuerto Internacional deAcapulco se colocaron sellos de suspensión a la tiendaDufry y Shops Tax & Duty Free, por no exhibir losprecios de sus productos en moneda nacional.11

No obstante, algunos de los comercios existentes al in-terior de los aeropuertos nacionales, violan algunosderechos de los consumidores y con la supuesta excu-sa de que se encuentran en territorio internacional, nopermiten las verificaciones de los establecimientos.

Estas violaciones se pueden dar en la elevación ar-bitraria de los precios de los productos; el acosopor parte de los vendedores de tiempos compartidoen las salas de llegada de los pasajeros; el acoso delos servicios de taxis y arrendadoras de vehículosque llegan a confundir a los turistas haciéndolescreer que no hay otras opciones de transporte.

A pesar del trabajo de monitoreo constante que lleva a ca-bo la Profeco y de los controles internos en los aeropuer-tos en los contratos de concesiones para el uso de espacioscomerciales al interior de ellos, la confusión sobre qué au-toridad está facultada para intervenir es una constante. Losprestadores de servicios utilizan la falta de claridad parafuncionar con irregularidades en los precios e impedir quelas autoridades verificadoras cumplan con su labor.

Siguiendo los argumentos anteriores, queda claro quees necesario poner atención inmediata a las lagunas le-gislativas que se presentan respecto de los comerciosubicados en las zonas libres de los aeropuertos. El ca-so de los servicios de taxi evidencia la falta de trans-parencia en las contrataciones, además de su carenciade actualización, al ser concesiones que han operadopor más de dos décadas. En este sentido, es impres-cindible dilucidar el carácter jurídico de estos estable-cimientos, así como el alcance de las concesiones pa-ra la Secretaría de Comunicaciones y Transportes enfavor de los consumidores.

En ese amplio contexto de la situación actual de los lo-cales comerciales y las reglas que los rigen, debemosobservar lo que dispone la Ley Federal de Protecciónal Consumidores.

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Esta ley, de carácter federal, tiene como propósito el pro-mover y proteger los derechos y cultura del consumidory procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en lasrelaciones entre proveedores y consumidores12.

El artículo 24 de dicha Ley otorga a la Profeco-entreotras atribuciones-, competencia para:

• Promover y proteger los derechos del consumidor,así como aplicar las medidas necesarias para propi-ciar la equidad y seguridad jurídica en las relacionesentre proveedores y consumidores;

• Procurar y representar los intereses de los consu-midores, mediante el ejercicio de las acciones, re-cursos, trámites o gestiones que procedan;

• Recopilar, elaborar, procesar y divulgar informa-ción objetiva para facilitar al consumidor un mejorconocimiento de los bienes y servicios que se ofre-cen en el mercado;

• Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposi-ciones en materia de precios y tarifas establecidos oregistrados por la autoridad competente y coordi-narse con otras autoridades legalmente facultadaspara inspeccionar precios para lograr la eficaz pro-tección de los intereses del consumidor y, a la vezevitar duplicación dé funciones;

• Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposi-ciones contenidas en la ley y, en el ámbito de sucompetencia, las de la Ley Federal sobre Metrolo-gía y Normalización, así como de las normas ofi-ciales mexicanas y demás disposiciones aplicables,y en su caso determinar los criterios para la verifi-cación de su cumplimiento;

• Verificar que las pesas, medidas y los instrumentosde medición que se utilicen en transacciones comer-ciales, industriales o de servicios sean adecuados y,en su caso, realizar el ajuste de los instrumentos demedición en términos de lo dispuesto en la Ley Fe-deral sobre Metrología y Normalización;

• Procurar la solución de las diferencias entre con-sumidores y proveedores y, en su caso, emitir dictá-menes en donde se cuantifiquen las obligacionescontractuales del proveedor, conforme a los proce-dimientos establecidos en la ley;

• Aplicar las sanciones y demás medidas estableci-das en la ley, en la Ley Federal sobre Metrología yNormalización y demás ordenamientos aplicables;

• En el caso de que en ejercicio de sus atribucionesidentifique aumentos de precios, restricciones en lacantidad ofrecida o divisiones de mercados de bien-es o servicios derivados de posibles prácticas mo-nopólicas en términos de lo dispuesto por la Ley Fe-deral de Competencia Económica, la Procuraduría,en representación de los consumidores, podrá pre-sentar ante la Comisión Federal de Competencia ladenuncia que corresponda.

Con estas atribuciones la Profeco en algunas oca-siones ha realizado operativos de supervisión en di-ferentes aeropuertos internacionales en México,destacando las realizadas en las ciudades de Gua-dalajara, Jalisco y Acapulco, Guerrero. Sin embar-go -insistimos-, muchos locales comerciales abusandel desconocimiento de la gente, de la prisa con quegeneralmente se realizan las operaciones en una si-tuación de tránsito temporal en las instalacionesdel aeropuerto o, incluso, por darse situaciones yprácticas monopólicas por la natural y escasa ofer-ta y alternativas. Peor aún, al momento de verifi-carse una visita o un operativo fundamento en laLey Federal de Protección al Consumidor, los pro-pios locatarios impiden la ejecución del mismo, ale-gando incorrecciones técnicas como la no aplica-ción de la norma por tratarse de “territoriointernacional”. Nada más falso.

La protección a los derechos de los consumidores esun tema que ha ido tomando mayor relevancia para laadministración pública del país. El objetivo de un in-tercambio justo entre vendedores y consumidores hacrecido en la agenda pública como una prioridad delEstado mexicano. En este sentido, las instituciones deprotección a los consumidores han ido adquiriendofuerza, y hoy por hoy deben operar y realizar sus fun-ciones de verificación y sanción en todos los comer-cios de México.

Por ello, consideramos imperativo que sea expresa-mente reconocida la competencia de la Profeco y lasujeción a las normas proteccionistas de los consu-midores, tanto en la Ley Aduanera como en la Leyde Aeropuertos. En el primer caso, al tratarse de laley que regula la figura de los duty free -aun sin ha-

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cer mención expresa de ello- y, por otro lado, portratarse de la ley especial en la materia, por la apli-cación territorial específica de la norma.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración deestá honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforma la fracción III del artículo 48 dela Ley de Aeropuertos para quedar como sigue

Artículo 48. Para efectos de su regulación, los servi-cios en los aeródromos civiles se clasifican en:

I. …

II. …

III. Servicios comerciales: los que se refieren a laventa de diversos productos y servicios a los usuariosdel aeródromo civil y que no son esenciales para laoperación del mismo, ni de las aeronaves. Estos ser-vicios pueden ser prestados directamente por el con-cesionario o permisionario, o por terceros que con élcontraten el arrendamiento de áreas para comercios,restaurantes, arrendamiento de vehículos, publicidad,telégrafos, correo, casas de cambio, bancos y hoteles,entre otros, y estarán sujetos a la aplicación de laLey Federal de Protección al Consumidor y a lasatribuciones de la Procuraduría Federal del Con-sumidor, aun cuando se trate de depósitos fiscalesdestinados a la exposición y venta de mercancíasextranjeras y nacionales.

Segundo. Se reforma la fracción I del artículo 121 dela Ley Aduanera para quedar como sigue:

Artículo 121. …

I. Para la exposición y venta de mercancías extranjerasy nacionales en puertos aéreos internacionales, fronte-rizos y marítimos de altura. En este caso las mercancíasno se sujetarán al pago de impuesto al comercio exte-rior y de cuotas compensatorias, siempre que las ven-tas se hagan a pasajeros que salgan del país directa-mente al extranjero y la entrega de dichas mercancíasse realice en los puntos de salida del territorio nacio-

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nal, debiendo llevarlas consigo al extranjero. En todocaso estarán sujetos a la aplicación de la Ley Federalde Protección al Consumidor y a las atribuciones de laProcuraduría Federal del Consumidor.

a) a h) ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1 Aeropuertos y glogalización: Opciones de gestión aeroportuaria

e implicaciones sobre el territorio, Germa Bel y Xavier Fageda,

2006 http://www.ub.edu.graap/AEROPUERTOS.pdf

2 Informe sobre Acciones Relevantes de la Secretaría de Comuni-

caciones y Transportes enero 2013 a junio de 2016:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/117925/lnforme

Acciones Relevantes SCT 1er Sem 2016.pdf

3 Dirección General de Comunicación Social del Aeropuerto In-

ternacional de la Ciudad de México, Garantiza aeropuerto transpa-

rencia en las negociaciones con taxistas, junio del 2006. Disponi-

ble en:

https://www.aicm.com.mx/garantizaaeropuerto-transparencia-en-

las-negociaciones-con-taxistas/05-06-2006.

4 Ley de Aeropuertos, Diario Oficial de la Federación, diciembre

de 1995. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/Le-vesBiblio/pdf/15 080616.pdf.

5 Reglamento de la Ley de Aeropuertos, Diario Oficial de la Fe-

deración, febrero del 2000. Disponible en:

http://www.sct.gob.mxIIURE/doclregJ-Jey-aeropuertos.pdf

6 Manual General de Organización de Aeropuerto Internacional de

la Ciudad de México, SA de CV, Diario Oficial de la Federación,

diciembre del 2014. Disponible en:

http://www.dof.gob.mx/nota detalle popup.php?codigo=S392494.

7 Ley Aduanera: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBi-blio/pdf/12 270117.pdf

8 Margarita Jasso (22 de agosto de 2013). Sancionan a tiendas en

aeropuerto. Reforma. Recuperado de

http://www.reform a.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?i

d= 137283&In d5= 142b 7

484baa62479c1798eded4f1b58f&ta=0dfdbacl1765226904c16cb9

adlb2efe&po=4

9 Profeco, Defiende Profeco derechos de turistas en el aeropuerto,

Comunicado 109, mayo de 2013. Disponible en:

https://www.profeco.gob.mx/prensa/prensa 13/mayo

13/bol109.asp

10 Patricia Romo, Regulan comercio en aeropuerto tapatío, El

Economista, abril del 2017. Disponible en:

http://eleconomista.com.mx/estados/2017/04/26/regulan-comer-

cio-aeropuerto-tapatio.

11 Abel Salgado (4 de enero de 2016). Recibió PROFECO 40 de-

nuncias de turistas del 22 de diciembre al2 de enero, informa el de-

legado. El Sur. Recuperado de http://suracapulco.mx/5/recibio-la-

p r o f e c o - 4 0 - d e n u n c i a s - d e - t u r i s t a s - d e l -

22-de-diciembrea1-2-de-enero- informa-el-d e1egado/

12 Ley Federal de Protección al Consumidor: http://www.di-putados.gob.mx/LevesBiblio/pdf/113 260617.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 8 de febrero de 2018.

Diputada Sara Latife Ruiz Chávez (rúbrica)

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QUE DEROGA EL PÁRRAFO OCTAVO DEL ARTÍCULO 16 DE

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ SANTIAGO

LÓPEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Planteamiento del problema

El arraigo, en materia penal, es una figura jurídica cuyocarácter es eminentemente restrictiva de la libertad, seaplica al probable autor de un hecho delictivo en delin-cuencia organizada o cuando la autoridad presuma peli-gro de que una persona imputada se pueda sustraer de laacción de la justicia. El objetivo de su aplicación es in-tegrar la averiguación previa y evitar que se imposibili-te el cumplimiento de la eventual orden de aprehensión.

En el año 2008, con la reforma constitucional que per-mitió la instauración del nuevo sistema de justicia pe-nal en nuestro país, esta figura tan cuestionada fuetambién incluida en la Carta Magna. El tiempo y loshechos han demostrado que no se consideró las fallasestructurales del funcionamiento de los MinisteriosPúblicos, la corrupción y los excesos de las autorida-des en su implementación.

El empleo del arraigo, por parte de las autoridades en-cargadas de la investigación y persecución de los deli-tos, ha registrado un historial de abusos y violacionesa los derechos humanos de las personas en nuestro pa-ís en los últimos años. En estricto sentido, el arraigosólo refleja la grave deficiencia en las instituciones ad-ministrativas de investigación y procuración de justi-cia, misma que se intenta suplir con este método lesi-vo para las personas en el ejercicio de sus derechosfundamentales, lo cual no es acorde con la reforma enmateria de derechos humanos de junio de 2011, por loque a través de esta iniciativa, se propone su deroga-ción de la Norma Suprema del país.

Argumentos

El 18 de junio de 2008, en el Diario Oficial de la Fe-deración, se publicó el Decreto por el que se reforma-ron y adicionaron diversas disposiciones a 10 artículode la Constitución Política de los Estados Unidos Me-xicanos, a fin de establecer el sistema de justicia penalacusatorio y adversarial en nuestro país.

Estos cambios a la Norma Suprema del país, sin lugara duda fueron un avance significativo en materia de

administración y procuración de justicia, pues a la parde incluir en la Carta Magna a los juicios orales, tam-bién se dio paso a las garantías de presunción de ino-cencia, una defensoría pública eficaz, centros específi-cos para prisión preventiva y, juzgados especiales paraasuntos de crimen organizado, por mencionar algunasbondades de este paradigma.

No obstante, junto a los instrumentos jurídicos deavanzada antes mencionados, también se introdujo demanera errónea en el octavo párrafo del artículo 16 dela Constitución, una figura jurídica muy cuestionable:el arraigo.

El arraigo, en materia penal, es una figura jurídica cu-yo carácter es eminentemente restrictiva de la libertad,se aplica al probable autor de un hecho delictivo en de-lincuencia organizada o cuando la autoridad presumapeligro de que una persona imputada se pueda sustraerde la acción de la justicia. El objetivo de su aplicaciónes integrar la averiguación previa y evitar que se im-posibilite el cumplimiento de la eventual orden deaprehensión.

El tiempo y los hechos han demostrado que no se con-sideró las fallas estructurales del funcionamiento delos Ministerios Públicos, la corrupción y los excesosde las autoridades en la implementación del arraigo.Las autoridades encargadas de la investigación y per-secución de los delitos, han registrado un historial deabusos y violaciones a los derechos humanos de laspersonas en nuestro país en los últimos años.

En estricto sentido, el arraigo sólo refleja las gravesdeficiencias de las instituciones encargadas de la justi-cia en nuestro país, mismas que se intenta suplir coneste método lesivo para las personas en el ejercicio desus derechos fundamentales, lo cual no es acorde conla reforma en materia de derechos humanos de juniode 2011.

Cifras divulgadas por organizaciones defensoras dederechos humanos, refieren que aproximadamente deun promedio de 1.82 personas son puestas bajo arrai-go cada día en el ámbito federal y 1.12 personas en elámbito local.1

Amnistía Internacional estima que alrededor de 20 milpersonas en el país, de 2008 a 2014, han sido objeto deeste tipo de detención en cuartos de hotel, domicilios

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particulares, oficinas y separos, aún sin tener cargos ensu contra.2

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, señala queentre 2009 y 2010, los jueces de distrito especializadosen cateos, arraigos e intervención de comunicaciones,libraron mil 200 arraigos.3

La Procuraduría General de la República (PGR), esta-bleció que entre diciembre de 2006 y marzo de2013, fueron sometidas 7 mil 984 personas a arraigopor delincuencia organizada, secuestro, operacionescon recursos de procedencia ilícita, delitos contra lasalud, violación a la Ley Federal de Armas de Fuego yExplosivos, tráfico de indocumentados y posesión devehículos robados.4

El Observatorio Ciudadano del Sistema de Justicia, enesta Cámara de Diputados presentó un informe titula-do: “Arraigo, Medidas Cautelares y Ejecución Pe-

nal”, donde señala que de 2009 a 2014, en el ámbitofederal se arraigaron 8 mil 595 personas, pero sólo 3.2por ciento, obtuvieron sentencia condenatoria.5

Muchos casos de arraigos han propiciado que se pre-senten quejas ante la Comisión Nacional de los Dere-chos Humanos. En la mayoría de los casos se argu-menta que hubo una posible detención arbitraria, casosde tortura u otros tratos crueles o inhumanos.

En el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolu-ción Democrática (PRD), no hacemos apología dequienes infringen la norma y dañan a la sociedad.Quienes actúan al margen de la ley deben recibir san-ción, pero en aras de la persecución de los delitos, nose pueden violentar derechos humanos.

El Comité de Derechos Humanos de la Organizaciónde las Naciones Unidas, en el “Examen de los infor-

mes presentados por los Estados partes en virtud del

artículo 40 del Pacto”, respecto al quinto informe pe-riódico presentado por México en relación con el gra-do de cumplimiento del Pacto Internacional de Dere-chos Civiles y Políticos, solicitó a nuestro paíseliminar la figura del arraigo de nuestro marco jurídi-co.6

Amnistía Internacional y Human Rights Watch, hanseñalado reiteradamente que debe erradicarse la figuradel arraigo del sistema jurídico mexicano, por circuns-

cribirse en un ambiente de impunidad y falta de rendi-ción de cuentas.7

En las conclusiones y recomendaciones del “Informedel Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Uni-versal”, del Consejo de Derechos Humanos de las Na-ciones Unidas, se recomienda al Estado mexicano lanecesidad de abolir el arraigo penal a nivel federal yestatal, ya que es contrario a las normas internaciona-les de derechos humanos.8

El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre laTortura, al evaluar la situación sobre el cumplimientode las obligaciones internacionales del Estado mexica-no en materia de prevención y combate de la tortura,así como de otros tratos crueles, inhumanos o degra-dantes, en las conclusiones de su informe solicitó dis-minuir gradualmente la utilización de la figura delarraigo hasta llegar a su desaparición completa.9

La utilización del arraigo implica un gran margen de dis-crecionalidad y conculca sistemáticamente derechos hu-manos como: la libertad, la presunción de inocencia, laintegridad personal y la administración de justicia; parti-cularmente la publicidad del proceso, las garantías nece-sarias para la defensa, la indemnización por daños deri-vados de errores judiciales y la reparación por prisión odetenciones ilegales, además de que se incrementan lasposibilidades de que una persona sea sometida a torturau otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Toda esta serie de derechos humanos enlistados, se en-cuentran consagrados en instrumentos internacionalesque el Estado mexicano está obligado a cumplir, a sa-ber: la Declaración Universal de Derechos Humanos,el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,la Declaración Americana de los Derechos y Deberesdel Hombre, la Convención Americana sobre Dere-chos Humanos y el Convenio para la Protección de losDerechos Humanos y de las Libertades Fundamenta-les, por mencionar algunos.

A fin de salvaguardar los derechos humanos, la presen-te iniciativa propone eliminar la controvertida figura delarraigo de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos. Esta propuesta es consecuente con lanecesidad de garantizar el sistema de protección a losderechos fundamentales, pero también para dar cum-plimiento a un reclamo de la comunidad internacional ala que no puede ni debe ser omiso el Estado mexicano.

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Por lo anteriormente expuesto, propongo derogar eloctavo párrafo del artículo 16 de la Constitución Polí-tica de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de elimi-nar de nuestro marco jurídico constitucional la figuradel arraigo.

Fundamento legal

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario delPartido de la Revolución Democrática, de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos; y 6 numeral 1, fracción I, y 78 del Reglamentode la Cámara de Diputados, someto a consideración deesta H. Asamblea la siguiente iniciativa con proyectode:

Decreto por el que se deroga el octavo párrafo delartículo 16 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos

Único. Se deroga el octavo párrafo del artículo 16 dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos, para quedar como sigue:

Artículo 16. ...

Se deroga.

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Transitorios

Primero. Publíquese el presente decreto en el DiarioOficial de la Federación.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor el díasiguiente al de su publicación.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones legales demenor rango que se opongan al presente decreto.

Notas

1 Arraigo judicial: datos generales, contexto y temas de debate,

LXI Legislatura de la Cámara de Diputados y el Centro de Estu-

dios Sociales y de Opinión Pública, México, noviembre, 2011, p.

4. Disponible en: https://goo.gl/WVbV3L [Última consulta: 5 de

febrero de 2018]

2 El arraigo, figura en proceso de extinción, El Financiero, 10 de

marzo de 2014. Disponible en: https://goo.gl/dJySLC [Última con-

sulta: 5 de febrero de 2018]

3 Arraigo judicial: datos generales, contexto y temas de debate,

Óp. Cit., nota 1, p. 6.

4 El arraigo, figura en proceso de extinción, Óp. Cit., nota 2.

5 Guerrero, Claudia. Fracasa la figura del arraigo, Reforma, 8 de

abril de 2015.

6 Examen de los informes presentados por los Estados partes en

virtud del artículo 40 del Pacto, Comité de Derechos Humanos de

la Organización de las Naciones Unidas, 7 de abril de 2010, p. 6.

Disponible en: https://goo.gl/MPdZsd [Última consulta: 5 de fe-

brero de 2018]

7 HRW y AI recomiendan al Senado erradicar el arraigo, La Cró-

nica, 30 de abril de 2014. Disponible en: https://goo.gl/tY19QQ

[Última consulta: 5 de febrero de 2018]

8 Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Uni-

versal, Comité de Derechos Humanos de la Organización de las

Naciones Unidas, 25 de octubre de 2013, p. 18. Disponible en:

https://goo.gl/QNCFXv [Última consulta: 5 de febrero de 2018]

9 Visita México el Relator Especial Contra la Tortura de la ONU,

Secretaría de Relaciones Exteriores, Boletín número 46, México, 8

de mayo de 2014, p. 1. Disponible en: https://goo.gl/jMs4Ss [Últi-

ma consulta: 5 de febrero de 2018]

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2018.

Diputado José Santiago López (rúbrica)

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES A LA

LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS, SUSCRITA POR INTE-GRANTES DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL PVEMY DEL PRI

Los que suscriben, diputados Juan Manuel Celis Agui-rre, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecolo-gista de México; Maricela Serrano Hernández, delPartido Revolucionario Institucional; Telésforo GarcíaCarreón, Hersilia Córdova Morán, Edith Villa Trujilloy Héctor Javier Álvarez Ortiz, del Grupo Parlamenta-rio del Partido Revolucionario Institucional; y diputa-dos federales del Grupo Parlamentario del Partido Ver-de Ecologista de México, integrantes de la LXIIILegislatura del honorable Congreso de la Unión, confundamento en lo dispuesto en los artículos 71, frac-ción II, de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos; 6o., numeral 1, fracción I, 77, nume-ral 1, y 78, del Reglamento de la Cámara deDiputados, presentan a la consideración de esta asam-blea la presente iniciativa con proyecto de decreto porel que se reforman y adicionan diversas disposicionesde la Ley de Productos Orgánicos, al tenor de la si-guiente

Exposición de Motivos

La agricultura orgánica, es una alternativa alimentariasaludable, siendo esta actividad una solución para sa-tisfacer las necesidades de alimentos, no solo paranuestro país, sino también para el mundo; ya que tam-

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bién permite a los productores obtener mejores benefi-cios económicos y menores riesgos en su salud por re-ducir el uso de agroquímicos que ponen en riesgo acorto, mediano y largo plazo la salud de quien los apli-ca y los consume, además de generar mayores oportu-nidades sociales y ambientales para la sociedad, por locual debería de ser reconsiderado el marco jurídicoque regula esta actividad, para dirigir una política pú-blica con la finalidad de revalorar los esfuerzos de losproductores de orgánicos y generar condiciones pro-ducción sostenible que contribuya a mejorar el medioambiente.

La importancia de la agricultura orgánica en Méxicoradica, desde el punto de vista económico, en que lamayor parte de la producción está orientada a la ex-portación y ésta ha sido una alternativa para los gruposde campesinos indígenas. La mayor parte de producto-res relacionados con este tipo de agricultura (53%) sonde origen indígena, por ello es importante orientar elconsumo interno de productos obtenidos bajo el siste-ma de producción orgánica en el país.

Ejemplos tenemos muchos en el caso de la producciónde productos agropecuarios en sistemas orgánicos, co-mo es el caso del café que siendo el primer cultivo enMéxico bajo este sistema de producción, se tiene quelos productores hoy cuentan con mayores oportunida-des ante el crecimiento del consumo de este aromáticoa nivel mundial. De acuerdo con datos de Euromonitor

International, empresa de origen europeo, la tendenciade la población global es el consumo de alimentos ybienes de origen orgánico e inocuo por lo que ha seña-lado que el consumo total y per cápita de café ha au-mentado desde el año 2005, y se estima que continua-rá creciendo hasta el 2015. Así, en el año 2005 elconsumo fue de 2 millones de sacos de café verde, en2010 se ubicó en 2.7 millones y se estimó que en elaño 2015 el rubro representará 3.6 millones de sacos.Por otra parte, el consumo per cápita en 2005 y 2010se ubicó en 1.16 y 1.43 kilogramos, respectivamente,y para el año 2015 el consumo fue de 1.85 kilogramos.Chiapas es el principal productor mundial de café or-gánico, 18 millones de toneladas anuales son produci-das por más de 60 mil productores, una tercera parteson mujeres indígenas y campesinas que cultivan loscafetos bajo la sombra de árboles nativos, sin usaragroquímicos para evitar contaminar la tierra (Maris-cal, 2011).

Son diferentes aspectos de la agricultura orgánica losque la hacen una alternativa promisoria para el desa-rrollo rural y el alivio de la pobreza El estudio realiza-do por el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola(FIDA, 2003) revisó las experiencias de diversos pro-ductores. El estudio encontró que la adopción de laproducción orgánica en la mayoría de los casos logróaumentar los ingresos de los productores. Se encontróque, habría habido efectos positivos sobre la salud delos productores, la vida de los asalariados rurales y elambiente. Se destaca, al mismo tiempo, que el proce-so de transición hacia la agricultura orgánica es unproceso complejo, en el cual son fundamentales elapoyo técnico, la organización de los agricultores, losaspectos relacionados a la comercialización y el con-trol de calidad.

De acuerdo al Consejo Nacional de Producción Orgá-nica Actualmente la agricultura orgánica en Méxicocubre un poco más de 500,000 hectáreas. La tasa me-dia de crecimiento de esta actividad es del 20% anualen promedio en los últimos 10 años. Entre el 85 y 90%de la producción orgánica nacional es de exportación.Los ingresos en divisas por las exportaciones de pro-ductos orgánicos son de alrededor de 400 millones dedólares promedio anual.

En México se estima que existen más de 250,000 pro-ductores en este sistema, los principales estados pro-ductores de alimentos orgánicos son Chiapas, Oaxaca,Michoacán, Chihuahua y Guerrero, que concentran82.8% de la superficie orgánica total. Tan sólo Chiapasy Oaxaca cubren 70% del total. En el país se cultivanmás de 45 productos orgánicos, de los cuales el café esel más importante por superficie cultivada, con 66%del total (70,838 hectáreas) y una producción de47,461 toneladas; en segundo lugar se ubica el maízazul y blanco, con 4.5% de la superficie (4,670 hectá-reas) y una producción de 7,800 toneladas, y en tercerlugar está el ajonjolí, con 4% de la superficie (4,124hectáreas) y una producción de 2,433 toneladas. A es-tos cultivos les siguen en importancia las hortalizas,con 3,831 hectáreas; el agave, con 3,047 hectáreas; lashierbas, con 2,510 hectáreas; el mango, con 2,075 hec-táreas; la naranja, con 1,849 hectáreas; el frijol, con1,597 hectáreas; la manzana, con 1,444 hectáreas; lapapaya, con 1,171 hectáreas; y el aguacate, con 911hectáreas. También, aunque en menor proporción, seproduce soya, plátano, cacao, vainilla, cacahuate, piña,jamaica, limón, coco, nuez, lichi, garbanzo, maracuyá

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y durazno. Otros tipos de productos que también seobtienen con prácticas orgánicas son: miel, leche, que-so, pan, yogurt, dulces y cosméticos.

Por lo anterior resulta de suma importancia armonizarla Ley de Producción Orgánica y la Ley de DesarrolloRural Sustentable para establecer la obligatoriedad deimplementar el Sistema de Nacional de Investigacióny Transferencia de Tecnología, con la finalidad decrear investigación básica para los productores de estesistema que les permita contar con información apli-cable a sus cultivos de origen orgánico.

Si bien la Ley de Desarrollo Rural Sustentable esta-blece algunos programas de extensionismo y de asis-tencia técnica y capacitación, lo cierto es que necesita-mos articular la función de la promoción y desarrolloproductivo con el sistema de producción de alimentosorgánicos.

Al impulsar la capacitación y la investigación en agri-cultura orgánica se tiene que hacer énfasis en sus ven-tajas, desventajas y riesgos, analizando profundamen-te los problemas que se presentan durante la transiciónde la agricultura tradicional a la orgánica. La promo-ción y capacitación en este tema debe generar la con-cientización de los productores acerca de los funda-mentos de por qué optar por la agricultura orgánica,así como la interiorización de los conceptos de pro-ducción y conservación de los recursos ya que el pro-ductor debe estar convencido de adoptar el sistema deproducción orgánica.

De acuerdo al Instituto Nacional de Salud Pública, en2007 México fue el segundo país de Latinoaméricacon mayor uso de plaguicidas y aunque no existen es-tadísticas precisas por intoxicaciones o enfermedadespor el uso o contaminación causadas por los agroquí-micos utilizados en la producción agropecuaria, se tie-ne conocimiento de sus impactos en la salud humana.En contraparte, los productos orgánicos son aquellosproducidos sin pesticidas, ni agroquímicos de síntesisy que son controlados en toda la cadena productiva, detal forma que se garantizan alimentos inocuos para elconsumidor y con grandes beneficios para el medioambiente antes, durante y después de su producción.

Entre lo destacado en el Segundo Foro Nacional“Prospectiva de la Sanidad, Inocuidad, Calidad y Pro-ducción Convencional y Orgánica de los Alimentos”

el Rector de la Universidad Autónoma de Chapingo, elDoctor Carlos Alberto Villaseñor Perea, señaló que noexisten garantías de la calidad de los alimentos que lamayoría de la población consume ya que con informa-ción del Instituto de Nacional de Salud Pública, el con-sumo de alimentos contaminados afecta a 93% de losmexicanos.

Los sistemas de producción y procesamiento orgáni-cos permiten la conservación y mejoramiento de losrecursos naturales, tales como agua, suelo, aire, biodi-versidad, etcétera. Se basan en normas de producciónespecíficas y precisas cuya finalidad es lograr agroecosistemas óptimos, que sean sostenibles desde elpunto de vista social, ecológico y económico.

La agricultura orgánica es un sistema ambientalmentesostenible de producción fácilmente adaptado por mi-les de productores mexicanos, quienes entre otros fac-tores favorables encuentran: a) Tecnología accesible;b) Mercado internacional y nacional abierto; c) Lagran diversidad climática de México permite el desa-rrollo integral de estos sistemas de producción; d) Ca-da vez más consumidores conscientes ambientalmentepero también preocupados por su salud; y e) Aplica-ción de prácticas compatibles en áreas de reserva a zo-nas protegidas. Así, económicamente se crean y fo-mentan mano de obra rural ofreciendo una fuente deempleo permanente; se elimina el uso y dependenciade plaguicidas, fertilizantes, funguicidas y otros pro-ductos sintéticos cuyos residuos contaminan las cose-chas, el suelo y el agua; se favorece la salud de losagricultores, los consumidores y el entorno natural, aleliminar los riesgos asociados con el uso de agroquí-micos artificiales; se da importancia preponderante alconocimiento y manejo de los equilibrios naturales en-caminados a mantener los cultivos sanos, trabajandocon las causas por medio de la prevención y no con lossíntomas; se respetan las leyes de la ecología, traba-jando con la naturaleza; se protegen el uso de los re-cursos renovables y se disminuye el uso de los no re-novables; se reduce la lixiviación de los elementosminerales e incrementan la materia orgánica en el sue-lo; trabajan con tecnologías apropiadas aprovechandolos recursos locales de manera racional.

La agricultura orgánica se encuentra en franca expan-sión. México ocupa el tercer lugar mundial por núme-ro de productores orgánicos, cultiva una superficie cer-cana a las 500 mil hectáreas, genera 400 millones de

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dólares en divisas y 172 mil empleos (estimación delCentro de Investigaciones Interdisciplinarias para elDesarrollo Rural Integral, Chapingo, 2013). Se tienenmás de 650 unidades orgánicas de producción (consi-derando a las organizaciones de productores como unaunidad de producción) y la actividad dominante se re-fiere a la producción agrícola con 91.6% del total de lasunidades y 97.2% del total de los productores.

Valoramos que la producción de alimentos orgánicosen México se halla por debajo de 1 por ciento en elsector agrícola, pero va en aumento. En 2007 repre-sentó 0.049 por ciento de la cosecha, en 2009 creció a0.07 y para 2011 alcanzó 0.09 según el INEGI.

La producción orgánica mexicana representó alrede-dor de 10 por ciento del producto interno bruto (PIB)agrícola, con cerca de 300 millones de dólares de ga-nancias anuales, de acuerdo con un reporte del Depar-tamento de Agricultura de Estados Unidos en 2012.Predominan pequeños productores organizados(99.6%), participan en forma mayoritaria indígenas(83% de productores orgánicos) y mujeres al frente dela producción (32%).

De la producción de orgánicos de México 85 por cien-to se destina a la exportación, siendo los principalesdestinos los países de la Unión Europea, Estados Uni-dos, Canadá y el mercado Asiático, destacando Japón.La comercialización se realiza en función de la ley dela oferta y la demanda de los consumidores, que en es-te caso son de países terceros, lo que pone en desven-taja a los productores.

Se tiene que fomentar el desarrollo de sistemas pro-ductivos que procuren contribuir en la recuperación decuencas hidrológicas, aguas, suelos, ecosistemas y sis-temas agropecuarios deteriorados por las prácticasconvencionales de producción de alto uso de insumosagropecuarios y reorientarlas a prácticas sustentables yamigables a los ecosistemas; además de fomentar laproducción de alimentos libres de sustancias dañinasal hombre y a los animales y contribuir a la soberaníay a la seguridad alimentarías en sectores más despro-tegidos, que participen en el desarrollo de un mercadonacional de consumidores de productos orgánicos,ecológicos, naturales; para ello se requerirá de crearlas condiciones para que las certificadoras ofrezcansus servicios aún menor costo para fomentar que lospequeños productores de este sistema sean cada vez

más y se oferten productos orgánicos en el mercado lo-cal y nacional a precios más accesibles.

Por lo anterior y conforme a las consideraciones ex-puestas, presentamos a la consideración de esa hono-rable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que se reforman y adicionan diversas dis-posiciones de la Ley de Productos Orgánicos

Único. Se adiciona una nueva fracción VII al artículo6, recorriéndose sucesivamente las demás fracciones;se adiciona un nuevo artículo 9 Bis; se reforma y adi-ciona la fracción II del artículo 38; se reforma y adi-ciona la fracción II del artículo 39; y se reforma y adi-ciona la fracción I del artículo 41 de la Ley deProductos Orgánicos, para quedar como sigue:

Artículo 6. Corresponderá a la Secretaría.

I. …

II. …

III. …

IV. …

V. …

VI. …

VII. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 35de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en-cargar al Sistema Nacional de Investigación yTransferencia Tecnológica para el DesarrolloRural Sustentable las actividades de investiga-ción integral de investigación y fomento produc-tivo que demandan los productores a los que ha-ce referencia este ordenamiento.

VIII. …

IX. …

X. ….

XI. …:

A.

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B.

C.

XII. …

XIII. ...

XIV. …

Artículo 9 Bis. Impulsar programas de asistenciatécnica y capacitación para la producción de ali-mentos orgánicos.

Artículo 38. La Secretaría en coordinación con las En-tidades Federativas y Municipios en el ámbito de sucompetencia, promoverá políticas y acciones orienta-das a:

I. …

II. Contribuir a la soberanía y seguridad alimenta-rias mediante el impulso de la producción orgánicay su comercialización.

II. …

Artículo 39. La Secretaría, con opinión del Consejo,promoverá que en actividades agropecuarias se adoptey desarrolle la producción bajo métodos orgánicos pa-ra:

I. …

II. Incentivar la recuperación de los sistemas agro-ecológicos que se encuentren en estado de degrada-ción o en peligro de ser degradados por acción deprácticas agropecuarias convencionales;

III. …

IV. …

Artículo 41. Para impulsar el desarrollo de los siste-mas de producción orgánicos y las capacidades delsector orgánico, el Gobierno Federal promoverá:

I. Programas y apoyos para la certificación a losproductores que desarrollen prácticas agroambien-tales bajo métodos orgánicos;

II. …

III: …

IV. …

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativode San Lázaro, a los 08 días del mes de febrero de2018.

Diputados: Juan Manuel Celis Aguirre, Maricela Serrano Hernán-

dez, Telésforo García Carreón, Hersilia Córdova Morán, Edith Vi-

lla Trujillo, Héctor Javier Álvarez Ortiz, Jesús Sesma Suárez (rú-

brica), Edna González Evia, Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez

López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo Gon-

zález, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé

Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Cana-

vati Tafich, Lorena Corona Valdés, José Alberto Couttolenc Buen-

tello, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Daniela de los Santos

Torres, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya

Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Tre-

viño, Sofía González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Le-

onardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda,

Lía Limón García, Uberly López Roblero, Cesáreo Jorge Márquez

Alvarado, Mario Machuca Sánchez, Virgilio Mendoza Amezcua,

Cándido Ochoa Rojas, Samuel Rodríguez Torres, Emilio Enrique

Salazar Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur

Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Ri-

vas, Claudia Villanueva Huerta, Georgina Paola Villalpando Ba-

rrios, Enrique Zamora Morlet.

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QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES

GENERALES DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENA-MIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO; Y DE

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, A CARGO DE LA

DIPUTADA MARÍA VICTORIA MERCADO SÁNCHEZ, DEL

GRUPO PARLAMENTARIO DE MOVIMIENTO CIUDADANO

La suscrita, María Victoria Mercado Sánchez, inte-grante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciu-dadano en la LXIII Legislatura, de conformidad con lodispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Consti-tución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6,numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, 77 y 78 del Re-glamento de la Cámara de Diputados, somete a consi-deración de esta asamblea iniciativa con proyecto dedecreto, al tenor de los siguientes

Antecedentes

En los últimos meses, México ha estado de luto, vi-viendo tragedias y situaciones muy difíciles derivadasde los sismos, y por mencionar los más recientes del 7y 19 de septiembre, provocando la muerte de aproxi-madamente 420 personas, en diferentes puntos de laCiudad de México, Morelos, Puebla, Oaxaca, Guerre-ro y estado de México.

Al menos 47 edificios se derrumbaron en la Ciudad deMéxico tras el sismo de 7.1 grados, de los cuales 14 seubican en la céntrica delegación Benito Juárez y 13 enla delegación Cuauhtémoc. Al sur, seis cayeron enTlalpan, cinco en Xochimilco y tres en Coyoacán, deacuerdo con los reportes del jefe del gobierno de laCiudad de México, Miguel Ángel Mancera”.1

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Bien es cierto es que algunos edificios que se colapsa-ron son muy antiguos y a partir del sismo de 1985, seexpidieron leyes y reglamentos para regular protoco-los para que los edificios nuevos que se construyan,cumplan con los requisitos indispensables para que noexista el riesgo de que se colapsen, si es que se pre-sente un nuevo sismo con gran magnitud.

Sin embargo, lamentablemente tras el sismo del jueves7 de septiembre, de 8.2 grados, con epicentro en Oa-xaca y Chiapas, donde las mayores afectaciones sepresentaron en los mismos estados, provocando la pér-dida de vidas y el derrumbe de casas de muchas per-sonas quedándose sin hogar.

El martes 19 de septiembre se presentó otro sismo, de7.1 grados, con epicentro en Puebla. Lamentablemen-te, éste fue devastador en la Ciudad de México, dondemuchos edificios se desplomaron, debido a las fuertesondas tectónicas. Uno de los casos más terribles y másescuchados es el colapso del colegio Enrique Rébsa-men, en Tlalpan, donde perdieron la vida al menos 37personas, 32 de ellos menores y 5 adultos.

De acuerdo con testimonios cercanos al colegio, éstesólo en unas partes estaba bien construido porque seveía que contaba con unas bases firmes, siendo ésta laestructura que sobrevivió ante 2 terremotos devastado-res en México, ya que tiene 40 años de ser construido.Sin embargo, la parte que se colapsó era nueva, teníaunos 3 años de construida. Además, había irregulari-dades evidentes, donde había una pequeña casa arriba

de los edificios donde se impartía educación, siendoesta parte de lo que se desplomó, cobrando la vida de32 niños y 5 adultos, siendo estos testimonios confir-mados por padres de familia, donde tenían años y ge-neraciones llevando a sus hijos a esta institución.

Es importante mencionar que no cabe duda sobre quelo viejo perdura por bien construido y que lo nuevo sedeshace por negligencia, por no acatar a las regulacio-nes.

Precisamente en instituciones de educación, tiendas deautoservicio, inmuebles de uso habitacional, y edifi-cios, deben contar con una regulación estricta para suconstrucción, y deben de contar con licencias y permi-sos de construcción de acuerdo con el Reglamento deConstrucción.

Exposición de Motivos

Posteriormente, arquitectos consultados aseguran que,aunque México aprendió de aquel siniestro de hace 32años y los daños pudieron ser mayores, la corrupciónen el proceso de obtener los permisos y licencia paraconstruir, además del uso de materiales de buena cali-dad, ya que lamentablemente las personas utilizan ma-teriales de baja calidad para ahorrarse costos, es lo querepercute y son las causas de los desplomes registra-dos y que provocaron la muerte de decenas de ciuda-danos.

Los motivos pueden ser muchísimos y cada caso ten-drá sus circunstancias especiales. Las fallas puedenvenir por ejemplo de errores de cálculo desde el pro-yecto, materiales de baja calidad, ejecución de obradeficiente, sobrecarga de equipos, mobiliario o de po-blación, que el inmueble se hubiera utilizado con unfin diferente por ejemplo, un edificio calculado parahabitación no debería ser calculado como de oficinas yafectaciones posteriores y no resueltas en terremotosprevios, aseguró el arquitecto Axel Miramontes.3

El Colegio de Arquitectos de la Ciudad de Méxicoaseguró que en la construcción “el tiempo es dinero” yresulta “más conveniente” realizar actos de corrupciónpara agilizar los trámites burocráticos. Aunque mu-chas veces esto provoca mayores precios de venta, in-certidumbre en la calidad de los materiales y no haycerteza de que el inmueble cumpla con las reglas exis-tentes.

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Asimismo, es importante mencionar que la responsa-bilidad es de quien diseña, de quien calcula, de quiénaprueba los permisos de construcción, de quien ejecu-ta la obra, de quien le da seguimiento en desastres, yde quien le da mantenimiento, desgraciadamente loserrores u omisiones en los bienes inmuebles desenca-denan casi siempre en desgracias con efecto dominó.

Dentro de lo que debemos aprender es que las escue-las y hospitales deben ser garantía de una correcta es-tructura, si es que se adapta un edificio antiguo a esaactividad, se debe regular y vigilar que cumpla con lasnecesidades estructurales para México sin escudarseen que era un edificio viejo.

En la Ley General de Asentamientos Humanos, Orde-namiento Territorial y Desarrollo Urbano, establece ensu artículo 60, así como el Reglamento de Construc-ción en los artículos 51, 52, 58, 59, 60, expiden los re-quisitos que las personas deben de cumplir para quepuedan construir en sus casas o un edificio para cual-quier uso, con la finalidad de obtener una seguridadadecuada y por lo menos que las posibilidades de queexistan fallas estructurales o que la pérdida de vidassea menor, sin olvidar que existen normas comple-mentarias que regulan las construcciones para sismosfuturos y evitar el colapso de edificios y como conse-cuente la pérdida de vidas.

Hoy, los requisitos para los ciudadanos que pretendenrealizar una obra de construcción, son trabas legales,ven un trámite burocrático que les hace perder muchotiempo por ello prefieren incumplir y violar las leyes yreglamentos, haciendo la industria de la construcciónla más propensa a caer en un acto de corrupción, con-siderándolo como un atajo o una salida más rápida.

El Colegio de Arquitectos advirtió que “en la cons-trucción el tiempo es dinero y resulta más convenien-te realizar actos de corrupción para agilizar trámitesburocráticos. Aunque muchas veces lo que sucede esmayores precios de venta, incertidumbre en la calidadde materiales y no hay certeza de que el inmueblecumpla con las reglas existentes”.4

La corrupción da velocidad en el trámite de permisosy pone a duda la calidad de la construcción siendo es-tos una parte importante para que las obras no se de-rrumben.

Los edificios en la Ciudad de México se clasifican deacuerdo a su uso y destino en tipo A que constan en nomás de una vivienda unifamiliar de hasta 200 metroscuadrados, de dos niveles y una altura máxima de 5.5metros; y el tipo B que consiste en usos no habitacio-nales o mixtos de 5 mil metros cuadrados y hasta 10mil metros cuadrados con uso habitacional, y los tiposC que requieren de dictamen de impacto urbano o im-pacto urbano-ambiental.

El Reglamento de Construcción determina en los artí-culos 65, cuarto párrafo, y 70, fracción primera, que ladelegación otorgará la autorización de uso y ocupa-ción cuando la construcción se haya apegado a lo ma-nifestado o autorizado, pero si del resultado de la visi-ta al inmueble y del cotejo de la documentación no seajusta a la licencia, se ordenará al propietario efectuarlas modificaciones necesarias.

Una vez que se entregue la autorización de la obra ylos permisos necesarios, el propietario se vuelve en elresponsable de la operación y mantenimiento de laconstrucción, a fin de satisfacer las condiciones de se-guridad e higiene que corresponden, respetando en to-do momento el permiso concedido.

Ante la presencia de corrupción en la construcción deobras, que afecta a la ciudadanía, el Colegio de Arqui-tectos propone transparencia y actualización en losplanes de desarrollo urbano, las licencias de construc-ción, así como simplificación en los reglamentos.

Por ello materia de esta iniciativa, es promover y fo-mentar el endurecimiento de las reglas de construcciónen México, así como castigar a los servidores públicosy personas que violan las disposiciones jurídicas y re-glamentos en materia de obras y construcciones, yaque ponen en peligro el bien jurídico tutelado más im-portante de las personas que es la vida, así como pro-vocan una estabilidad económica en el país.

Por lo expuesto sometemos a consideración la si-guiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones de laLey General de Asentamientos Humanos, Ordena-miento Territorial y Desarrollo Urbano; y los artí-culos 2, adicionando una fracción VI, y 63 de la LeyGeneral de Responsabilidades Administrativas

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Único. Se reforman diversas disposiciones de la LeyGeneral de Asentamientos Humanos, OrdenamientoTerritorial y Desarrollo Urbano; y los artículos 2, adi-cionando una fracción VI, y 63 de la Ley General deResponsabilidades Administrativas, para quedar comosigue:

Artículo 10. Corresponde a las entidades federativas

I. a XIX. (…)

XX. Cualquier persona o servidor público quedentro de sus facultades infrinja cualquier dis-posición jurídica y no acaté los programas esta-tales de Desarrollo Urbano y Desarrollo Metro-politano, así como utilicé para otro fin o desvíelos recursos destinados para estos, serán acree-dores de una sanción administrativa o en su casode una pena punitiva hasta de una mitad más delo establecido en la Ley General de Responsabi-lidades Administrativas.

XXI. a XXIII. (…)

XXIV. Es facultad primordial de las autoridadesespecializadas en la materia, verificar que no seotorguen permisos y licencias de construcción,en zonas consideradas de alto riesgo, de acuerdocon el atlas de riesgo y la legislación aplicable,con el fin de prevenir y evitar desastres.

XXV. Establecer en las leyes y reglamentos de lamateria, los lineamientos a los que habrán de su-jetarse las autorizaciones, licencias o permisosrelacionados con las diferentes acciones urbanís-ticas, en las cuales se debe prever por lo menoslas formalidades y requisitos, procedimientos,causas de improcedencia, tiempos de respuesta,medios de impugnación, medidas de seguridad,las sanciones y penas por expedir licencias o per-misos sin acatar las disposiciones jurídicas, a elfin de obtener un lucro, causas de revocación yefectos para la aplicación de afirmativas o nega-tivas fictas, tendentes a garantizar la seguridadjurídica y la máxima transparencia en los actosde autoridad en la materia;

XXVI. a XXVII. (…)

Artículo 11. Corresponde a los municipios

I. …

II. Regular, controlar y vigilar las reservas, usosdel suelo y destinos de áreas y predios, así comodetectar las zonas de alto riesgo en los centros depoblación que se encuentren dentro del munici-pio y tomar las medidas necesarias para preverderrumbes y pérdida de vidas en caso de un de-sastre natural;

III. a X. (…)

XI. Expedir las autorizaciones, licencias o per-misos de las diversas acciones urbanísticas, conestricto apego a las normas jurídicas locales, pla-nes o programas de desarrollo urbano y sus co-rrespondientes reservas, usos del suelo y destinosde áreas y predios; de no ser así, se impondrásanción o pena de acuerdo con la Ley General deResponsabilidades Administrativas.

XII. a XVIII. (…)

XIX. Imponer sanciones administrativas a los in-fractores de las disposiciones jurídicas, planes oprogramas de desarrollo urbano y reservas, usosdel suelo y destinos de áreas y predios, en su ca-so si quien comete una falta y violación a cual-quier disposición jurídica en materia de licenciasy permisos es un servidor público se le impondrádesde una suspensión hasta una inhabilitaciónde su cargo, además de hasta una mitad más dela pena punitiva establecida en Ley General deResponsabilidades Administrativas.

XX. a XXV. (…)

Artículo 118. Quienes propicien o permitan laocupación irregular de áreas y predios en los cen-tros de población, autoricen indebidamente elasentamiento humano o construcción en zonas deriesgo, en polígonos de protección, salvaguarda yamortiguamiento en torno a la infraestructura oequipamientos de seguridad nacional o de protec-ción en derechos de vía o zonas federales, o que norespeten la definición de área urbanizable conte-nida en este ordenamiento se harán acreedores alas sanciones administrativas, civiles y penalesaplicables.

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Ley General de Responsabilidades Administrativas

Artículo 2. Son objeto de la presente ley

I. a V. …

VI. Verificar que no se otorguen licencias o per-misos irregulares, permitiendo las construccio-nes indebidas en zonas de alto riesgo, y en su ca-so aplicar las sanciones y penas conforme a lamisma ley.

Artículo 63. Cometerá desacato el servidor públicoque, tratándose de requerimientos o resoluciones deautoridades fiscalizadoras, de control interno, judicia-les, electorales o en materia de defensa de los derechoshumanos o cualquier otra competente, proporcione in-formación falsa, así como no dé respuesta alguna, re-trase deliberadamente y sin justificación la entrega dela información, así como otorgue licencias y permi-sos de construcción sin cumplir todos los requisitosa fin de obtener un lucro, se le impondrán las san-ciones de acuerdo con lo que establecen los artícu-los 75, 76, 77, 78, 79 y 80 de la misma ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1 Sismo devasta a la Cdmx.

http://www.animalpolitico.com/2017/09/cdmx-sismo-deja-una-

decena-edificios-derrumbados-danos/

2 Edificios derrumbados en la Ciudad de México.

3 Sin Embargo. “Edificios colapsados por sismo”.

http://www.sinembargo.mx/21-09-2017/3311728

4 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2018.

Diputada María Victoria Mercado Sánchez (rúbrica)

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 3O. DE LA CONSTITUCIÓN

POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CAR-GO DEL DIPUTADO DAVID GERSON GARCÍA CALDERÓN,DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Planteamiento del problema

“Educar es formar personas aptas para gobernarse

a sí mismas, y no para ser gobernadas por otros”.

Herbert Spencer, filósofo, psicólogo y sociólogobritánico. (1820-1903)

Todos los ciudadanos de este país conocemos o sufri-mos de manera directa o indirecta los graves proble-mas políticos, económicos y sociales que aquejan anuestra nación. Las personas viven cansadas de la vio-lencia, la inseguridad, la desigualdad, la superficiali-dad de los medios de comunicación, que brindan unaorientación muchas veces clara, otras confusa y nor-malmente contradictoria, generando desconcierto ydesconfianza social debido a que el impacto de suscontenidos sólo multiplica la violencia y desdibuja elentorno social.

La formación ciudadana que un país puede ofrecer alas actuales y futuras generaciones es de vital impor-tancia, actualmente en México esto cobra una mayorrelevancia, ya que nuestra sociedad atraviesa por unaprofunda crisis de valores, de ética, de civismo, de par-ticipación ciudadana, de falta de inclusión, de intole-rancia, de persecución ideológica; adicionalmente, so-mos hostigados indiscriminadamente por los mediosde comunicación con programaciones nocivas de anti-valores, tenemos una clase política que sólo sabe de-nostar y descalificar a sus adversarios políticos, fun-cionarios involucrados en actos de corrupción, cadavez una mayor presencia del crimen y la delincuenciaorganizada en todas sus formas en el territorio nacio-nal, entre muchas otras cosas. Nuestra endeble demo-cracia y nuestra sociedad agonizan por esta avalanchade desculturización.

El concepto de ciudadanía parte de la premisa básicade que es característica de los seres humanos vivir ensociedad, las relaciones humanas son necesarias parasobrevivir y para darle sentido a la existencia; desde elmomento mismo que nace, el individuo empieza aaprender a relacionarse con otras personas, lo cualcontinúa toda la vida; para alcanzar un nivel de convi-

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vencia sano es indispensable la participación activa demaestros, padres de familia, y la sociedad en su con-junto. El quehacer científico de las ciencias políticas,el derecho, la historia, la filosofía, la sociología, la an-tropología, la psicología y la pedagogía, entre otras,ofrecen alternativas para aprender a convivir y a des-empeñarnos en sociedad.

Uno de los cuestionamientos más significativos de lahistoria contemporánea de la educación es cómo con-tribuir a la formación de ciudadanos participativos,problema que no es privativo de México. ¿Pero qué esla formación ciudadana? ¿Para qué nos sirve?, ¿En re-alidad importa ejercerla? Estas preguntas no son aje-nas a nuestra actual sociedad que se ve inmersa enconstantes cambios, tanto sociales, culturales y políti-cos. A pesar de lo anterior; nuestra sociedad se ha vis-to beneficiada gracias al avance en el progreso de di-versos ámbitos de las ciencias: la medicina, latecnología, la diplomacia, la economía y el desarrollosustentable; sentando las bases de un sistema innova-dor en esta época de la postmodernidad en la que vivi-mos, es un desafío común prácticamente a todas lassociedades del mundo. Debemos reconocer, comopunto de partida, que estamos atravesando un profun-do proceso de transformación social, económica, polí-tica y cultural que modifica todos los parámetros tra-dicionales con que enfrentábamos las tareas habitualesde construcción de una sociedad. Este proceso nosobliga a rediscutir muchos problemas que creíamos yasuperados, a reconsiderar las categorías con las que losanalizábamos y a redefinir las estrategias de accióncon las que enfrentaremos en el futuro próximo, basa-dos en el punto de vista de una formación ciudadana.

Actualmente, el tema de la ciudadanía sigue generan-do preguntas y cuestionamientos, ¿qué tanto ha cam-biado la ciudadanía en México? ¿Qué líneas de conti-nuidad o cambios se podrían establecer en sudesarrollo?

La propuesta pretende dar respuesta a éstas y otras in-quietudes con respecto a la forma en que las personasejercen sus derechos de ciudadanía en México.

La presente iniciativa pretende identificar, desde unaperspectiva histórica, las diferentes etapas por las queha pasado la construcción de la ciudadanía en México.Se propone demostrar que ha sido un proceso largo,azaroso y dramático; que los ciudadanos ideales exis-

ten sólo en papel y como definición, y que aún esta-mos lejos de los preceptos mínimos de ciudadanía, pa-rece más un espejismo que una meta alcanzada, por elcontrario, prevalece la desconfianza, el desinterés, lamanipulación y la incertidumbre. Como legislador, es-toy constitucionalmente exigido a promover iniciati-vas de ley que nos permitan avanzar en la consolida-ción de la ciudadanía en México.

En México, la enseñanza del civismo ha pasado pormuchas vicisitudes. Hace siete décadas, en tiempos dela reforma educativa de Jaime Torres Bodet, los maes-tros de primaria se valían de esta asignatura para ense-ñar normas de urbanidad y fomentar la disciplina es-colar. Como no había libros de texto gratuitosdedicados especialmente al civismo, los profesores seauxiliaban de manuales de buenas costumbres y demateriales hechos ex profeso para enseñar urbanidad.

A lo largo del siglo pasado, el civismo tuvo muchosnombres: Educación para el amor, Educación para elciudadano, Conocimiento de las leyes... La preocupa-ción central era que el civismo sirviera para reprimirlos impulsos de las personas en bien de la civilidad;sin embargo, el civismo estaba desdibujado comoasignatura formal, ante las presiones de grupos con-servadores, como la unión nacional de padres de fami-lia, que pugnaban por la inclusión de una materia dereligión en las escuelas públicas para que los niñosaprendieran valores, el gobierno optó por darle un ba-jo perfil a esta asignatura. A principios de los años 70el gobierno federal hizo una reforma educativa radical,desapareció las asignaturas y creó cuatro áreas del co-nocimiento: matemáticas, español, ciencias naturales yciencias sociales; en esos cambios, el civismo fue sa-crificado y desapareció del programa de estudios.

Después de 38 años de ausencia, en el 2008, el go-bierno federal anunciaba a través de la Secretaría deEducación Pública (SEP), que incluía la materia de Ci-vismo y Ética en el programa oficial para primaria ysecundaria, después de haber sido retirada de las aulas.La justificación de la materia tenía como objetivo:Normas para la convivencia escolar. Tradiciones co-munes y símbolos de México. Derechos y deberes delos miembros de la localidad. Los Derechos de los ciu-dadanos en el municipio. Derecho de los ciudadanos alvoto y de ser electos en los cargos de representaciónpopular. La Constitución Política: Ley fundamental ysuprema de México. La importancia del estableci-

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miento y cumplimiento de acuerdos para la conviven-cia social. Ejemplos relacionados con la familia, la es-cuela y la localidad. Las funciones de las leyes. Elconcepto de democracia y La importancia de la parti-cipación cívica. En resumen; este proyecto tenía comofinalidad formar ciudadanos socialmente responsa-bles, dentro de las aulas y fuera de ellas… la asignatu-ra tenía una tarea en verdad difícil.

De la mano de esta fallida reforma educativa, llegaronlos libros de texto gratuitos. Los ciudadanos mexica-nos que se representan en estos libros son principal-mente blancos, criollos, urbanos; mientras que loscampesinos, obreros y mestizos no aparecen, no hayrastros de diversidad, los niños que aparecen en lasilustraciones presentan rasgos más bien homogéneos,y el ciudadano representado es más ambiguo que mes-tizo, estos nuevos libros producen un riesgo de des-adaptación social, además de discriminatorios.

Siglo XXI

Reforma educativa 2017

El modelo educativo que entrará en vigor el próximociclo escolar parte de una visión clara de los fines quedebe tener la educación en el siglo XXI, y refrenda losprincipios que la Constitución establece en su artículo3, y la Ley General de Educación desarrolla en sus ar-tículos 7 y 8, al igual que los artículos 57, 58 y 59 dela Ley General de los Derechos de Niñas, Niños yAdolescentes. En este contexto, la educación oferta lagran oportunidad para que cada mexicana y mexicano,y por ende nuestra nación, alcancen su máximo poten-cial. Para lograrlo, la educación debe buscar la forma-ción integral de todas las niñas, niños, adolescentes yjóvenes, al mismo tiempo que cultive la convicción yla capacidad necesarias para contribuir a la formaciónde una sociedad más justa e incluyente. El propósitode la educación básica y la media superior es contri-buir a formar ciudadanos libres, participativos, res-ponsables e informados, capaces de ejercer y defendersus derechos, que concurran activamente en la vida so-cial, económica y política de México y el mundo. Enotras palabras, el modelo educativo busca educar apersonas que tengan la motivación y la capacidad delograr su desarrollo personal, laboral y familiar, dis-puestas a mejorar su entorno social y natural, así comocontinuar con su formación académica y profesional.

Para la formación de la ciudadanía, se requiere de unenorme trabajo orientado a valores; tales como la li-bertad, el respeto, la responsabilidad, la tolerancia, ladiversidad, la verdad, la honestidad, el civismo, la éti-ca, la democracia, la legalidad, el medio ambiente, lainstitucionalidad… Demandan tanto en las aulas comofuera de ellos, su detalle doctrinal y ejemplos aplica-dos, sin contradicción ni negación. Solo en virtud deello será posible la ciudadanía tan anhelada. El mode-lo educativo plantea la reorganización del sistema edu-cativo y de sus políticas públicas. En suma, considerapasos indispensables que debemos seguir todos, auto-ridades, maestros, padres de familia, estudiantes y lasociedad en general.

Por lo anterior, considero urgente y necesario reorien-tar y ampliar la cobertura de la asignatura de forma-ción cívica y ética, como se ha planteado; esta asigna-tura ya no responde al México contemporáneo, a losnuevos paradigmas, a un mundo cada vez más globa-lizado, a las nuevas tecnologías, a las nuevas pedago-gías; sin embargo, nos obliga a rediscutir muchos te-mas que creíamos ya superados, a reconsiderar lasformas de aplicación y a redefinir las estrategias de ac-ción con las que enfrentaremos en el futuro próximo,desde el punto de vista del nuevo modelo educativo.

Cambiar el nombre de la asignatura no resuelve el te-ma de mi propuesta, en el pasado así lo han hecho sinobtener los resultados deseados. La solución está enque se amplíe su cobertura lectiva, tanto en horarios decatedra como en el tiempo que el educando permanez-ca en formación educativa. La corresponsabilidadobligatoria del estado y los padres de familia o tutores,establecidos en la ley general de educación, tiene unavigencia de quince años, artículo 3 la obligatoriedaddel Estado y artículo 4 primer párrafo de los padres otutores. Tiempo suficiente para tatuar en la concienciadel individuo una formación ciudadana, Asimismo,tiempo suficiente para que la Secretaría de EducaciónPública, a través de sus órganos competentes, desarro-lle e implemente la estrategia pedagógica acorde a laedad del educando y el grado escolar.

La actual asignatura de formación cívica y ética tieneun desgaste histórico y por lo mismo ya no responde afortalecer los principios de civilidad para el cual fuecreado. Por lo que propongo que el civismo y la éticaqueden tutelados por el principio de formación ciu-dadana; ésta a su vez integrará los siguientes temas;

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El laicismo, La democracia, La familia, La escuela, Lacomunidad, La participación política, El trabajo: voca-ción y ocupación, Actividad deportiva y entreteni-miento. La convivencia social y sexual, Las etnias,cultura, raza y lengua, Las capacidades diferentes es-peciales, Capacidades diferentes; talentos especiales,sobresalientes, Cuidado del medio ambiente, Equidadde género…

En los próximos días estaré presentando las iniciativascon proyecto de decretos, para armonizar el preceptoconstitucional con las leyes que de ella emanan en ma-teria de educación. Tiempo y espacio me faltaría en es-ta propuesta, para detallar el largo proceso, azaroso ydramático que México ha enfrentado a través de lostiempos, para la conformación de una ciudadanía so-cial, ciudadanos habilitados para desarrollarse de ma-nera efectiva, en la construcción de una sociedadabierta y democrática, analítico, crítico, responsable,participativo, conocedor y respetuoso de las leyes. Encambio, ha imperado el paternalismo, el verticalismoautoritario, el individuo sumiso, junto a otras expre-siones como la ausencia de una cultura de la legalidady el flagelo de la corrupción.

Por lo antes dicho, procedo a fundamentar mi pro-puesta dentro de nuestro marco normativo constitucio-nal, en la materia.

Argumentación

Artículo 3. Toda persona tiene derecho a recibir

educación. El Estado -Federación, estados, Ciudad

de México y municipios-, impartirá educación pre-

escolar, primaria, secundaria y media superior. La

educación preescolar, primaria y secundaria con-

forman la educación básica; ésta y la media supe-

rior serán obligatorias. […]

El mandato constitucional alude una obligatoriedaddel estado mexicano, en la impartición educativa aleducando con una vigencia de quince años.

[…] La educación que imparta el Estado tenderá a

desarrollar armónicamente todas las facultades del

ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la

Patria, el respeto a los derechos humanos y la con-

ciencia de la solidaridad internacional, en la inde-

pendencia y en la justicia. […]

De acuerdo al precepto constitucional, la educaciónque imparta el Estado tiende a desarrollarse en todoslos sentidos, fomentar todos los valores de manera in-tegral, fortalecer una cultura institucional guberna-mental y no gubernamental, por ejemplo: La Organi-zación de las Naciones Unidas (ONU), la Comisión delos Derechos Humanos (CNDH), la Organización delas Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y laCultura (Unesco), el Fondo de las Naciones Unidaspara la Infancia, (Unicef)… Para construir todos estosconceptos, se requiere de una nueva visión educativa,no solo informativa sino formativa, que vaya de la ma-no con el nuevo modelo educativo, a formar una ciu-dadanía integral.

[…] El Estado garantizará la calidad en la educa-

ción obligatoria de manera que los materiales y

métodos educativos, la organización escolar, la in-

fraestructura educativa y la idoneidad de los do-

centes y los directivos garanticen el máximo logro

de aprendizaje de los educandos […]

El Estado garantiza calidad en la educación, enten-diéndose por calidad el desarrollo pleno de las capaci-dades humanas, que debe ser basada en los cuatro pi-lares de la educación que nos habla Jacques Delors:aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vi-

vir juntos y aprender a ser.

El Estado nos ofrece una organización escolar, distri-buida por niveles educativos: entre los que se encuen-tran: educación preescolar, educación primaria, educa-ción secundaria y educación media superior, en estesentido; la educación obligatoria tiene una duración dequince años, tiempo suficiente para la planeación ydistribución de los horarios de catedra para una cultu-ra de formación ciudadana basada, principalmente, enel aprender a vivir juntos y en el aprender a ser.

Delors explica que en el aprender a vivir juntos, “la

educación tiene una doble misión: enseñar la diversi-

dad de la especie humana y contribuir a una toma de

coincidencia de las semejanzas y la interdependencia

entre todos los seres humanos. Desde la primera in-

fancia, la escuela debe, pues, aprovechar todas las

oportunidades que se presenten para esa doble ense-

ñanza.”.

En el aprender a ser detalla que “… la educación debe

contribuir al desarrollo global de cada persona: cuer-

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po y mente, inteligencia, sensibilidad, sentido estético,

responsabilidad individual, espiritualidad… Más que

nunca, la función esencial de la educación es conferir

a todos los seres humanos la libertad de pensamiento,

de juicio, de sentimientos y de imaginación que nece-

sitan para que sus talentos alcancen la plenitud y se-

guir siendo artífices, en la medida de lo posible, de su

destino.”

Por lo que debemos educar para lograr el desarrolloglobal de cada persona iniciando desde preescolarhasta educación media superior.

(Tomado de: http://www.sep.gob.mx/work/mo-dels/sep1/Resource/1447/1/images/sistemaedu-mex09_01.pdf )

Además de todo lo anterior, el Estado garantiza todauna infraestructura, que va desde aulas de calidad, do-centes bien preparados, directivos honestos y compro-metidos con la educación, materiales didácticos y au-dio-visual y todo aquello necesario para el buendesarrollo de una educación de calidad.

La propuesta

La iniciativa que propongo no está basada en la ocu-rrencia, los antecedentes históricos que aludo, sonprueba fehaciente de lo urgente que resulta adecuar elcontexto constitucional en la materia.

Fundamentación

El que suscribe, diputado federal David Gerson GarcíaCalderón, integrante del Grupo Parlamentario del Par-tido de la Revolución Democrática (PRD), de la sexa-

gésima tercera Legislatura de la Cámara de Diputadosdel Congreso de la Unión, con fundamento en lo dis-puesto en el artículo 71, fracción II, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, así comoen los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámarade Diputados, con base en los motivos aquí expuestos,ponemos a consideración del pleno de esta honorableCámara de Diputados la presente iniciativa con pro-yecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 3 de laConstitucion Politica de los Estados Mexicanos

Único. Se reforman el artículo 3, párrafo primero, dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos.

Artículo 3. […]

La educación que imparta el Estado tenderá a desarro-llar armónicamente, todas las facultades del ser huma-no y fomentará, como principio, la formación ciuda-dana, que inculque el amor a la Patria, el respeto a losderechos humanos y la conciencia de la solidaridad in-ternacional, en la independencia y en la justicia […]

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Palacio de Legislativo de San Lázaro,a 8 de febrero del 2018.

Diputado David Gerson García Calderón (rúbrica)

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QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 469 TER A LA LEY GENERAL

DE SALUD, SUSCRITA POR EL DIPUTADO JOSÉ ALBERTO

COUTTOLENC BUENTELLO E INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PVEM

Quienes suscriben, diputado José Alberto CouttolencBuentello y diputados federales integrantes del GrupoParlamentario del Partido Verde Ecologista de Méxi-co, de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión,con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, frac-ción II, de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Re-glamento de la Cámara de Diputados, someten aconsideración de esta honorable asamblea, la presenteiniciativa con proyecto de decreto por el que se adi-ciona un artículo 469 Ter a la Ley General de Sa-lud, al tenor de la siguiente:

Exposición de motivos

La salud es el bien más preciado de la persona. Vida ysalud constituyen un binomio deseablemente indisolu-ble. Obviamente no puede haber salud sin vida, pero,al contrario, si bien es cierto que puede existir vida sinniveles de salud aceptables, para la casi totalidad delas personas resulta inaceptable la vida sin salud, esdecir, no tiene caso la vida en condición de enferme-dad y sufrimiento grave o permanente. Resulta impo-sible a la conciencia humana, entender la existenciasin tener un nivel mínimo de salud que permita el dis-frute de los sentidos, las capacidades, las habilidades yla experiencia personal, la convivencia con los seme-jantes, la familia y seres queridos, así como lo queofrece el mundo.

En términos sociales, demostrado de sobra se encuen-tra la importancia que tiene la salud de la generalidadde las personas en el desarrollo y la economía de lasnaciones, en la que resulta imposible establecer metasde crecimiento y progreso material sin altos niveles desalud pública.

Por ello, la importancia de la salud tiene un efecto con-creto a nivel social, familiar y personal que se puedeverificar en el porcentaje de gasto que se le destina asu salvaguarda y procuración con relación a otras acti-vidades o ámbitos.

Ciertamente, la salud no puede ser el único, ni perma-nentemente el más importante tema de las sociedades

o las personas; sin embargo, es imprescindible queexista una base y garantía de salud para la mayoría desus integrantes, así como la capacidad de atención pa-ra cualquier contingencia o problema sanitario, a finde que puedan desplegarse esfuerzos y recursos haciala consecución de mejores niveles de calidad de vida yde generación de oportunidades y estímulos.

Si bien desde las épocas más remotas de la sociedadhan existido políticas sanitarias o de prevención contrariesgos sanitarios que puedan impactar en la salud,pues es sabido que las plagas, enfermedades y epide-mias afectan a la sociedad principalmente en el ámbi-to económico, político y social, lo cierto es que exis-ten áreas de la salud que fueron desarrolladas durantelos últimos 50 años del siglo pasado que buscan mejo-rar la salud afectiva y emocional de las personas, co-mo es el caso de las cirugías plásticas, ya sean estéti-cas o reconstructivas.

Sin embargo, existe una circunstancia adicional quetiene que ver con la prestación de servicios profesio-nales que se desarrollan en esta área de la medicina yque es la realización de procedimientos quirúrgicoscon el objetivo de mejorar la apariencia estética y quelamentablemente es ejecutada por personas que, sibien cuentan con conocimientos generales de medici-na, e incluso con especialidades en cirugía, lo cierto esque esto no los hace especialistas en el área de la ciru-gía plástica estética y reconstructiva. En otras pala-bras, estas personas practican intervenciones invasivassin estar acreditados y capacitados por las instanciascompetentes para ello. Incluso, ofertan servicios quepor no cumplir con la normatividad y las condicionessanitarias adecuadas provocan daños irreversibles enla salud de las personas.

De esta última situación se han conocido diversos ca-sos a través de los medios de información, los cualesdan cuenta de que personajes públicos han sufridoafectaciones a su salud por someterse a tratamientos ycirugías plásticas con fines estéticos. Como botón demuestra, la Asociación Mexicana de Cirugía PlásticaEstética y Reconstructiva indica que en México se lle-van a cabo el doble de intervenciones fuera del marconormativo de las que son realizadas por cirujanos plás-ticos certificados; asimismo, señala que del total de in-tervenciones ilegales más de un 60 por ciento de éstastraen problemas inmediatos o a mediano plazo para lospacientes. Tan sólo en el Hospital General de México

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se tiene conocimiento de que en el año 2013 se regis-traron en promedio 500 casos anuales de complicacio-nes por procedimientos estéticos, la mayoría de loscuales son irreversibles.

En ese sentido, la falta de una correcta aplicación de lasleyes en la materia ha provocado que proliferen clíni-cas de cirugías estéticas, operadas por personas que nocuentan con una validación y certificación de estudiospor parte de los Colegios o Asociaciones de especiali-zación, como el Comité Normativo Nacional de Con-sejos de Especialidades Médicas (Conacem). Derivadode lo anterior, como ya se señaló, ha sido común la di-fusión de notas en los medios de comunicación de per-sonas, principalmente ligadas al mundo del espectácu-lo, que se han visto severamente dañadas en su salud yapariencia física al someterse a una cirugía estética.

Como ya se mencionó, en todo el territorio nacionalhan proliferado establecimientos clandestinos queofrecen servicios estéticos de dudosa calidad y ponenen riesgo la salud e incluso la vida de las personas, alocasionarles severos daños. Claro ejemplo de lo ante-rior es que la Comisión Nacional de Arbitraje Médico(Conamed) ha referido una serie de datos que reseñanel daño que provoca la mala práctica y la usurpaciónde ejercicio profesional de la cirugía plástica en la po-blación del territorio nacional, pero sobre todo en lasáreas metropolitanas de las urbes más importantes, en-tre las que destacan: Tijuana, Ensenada, Nuevo Lare-do, Monterrey, Guadalajara, Puebla, Mérida, Cancún,la llamada Riviera Maya y el Valle de México, dondese ubica la Ciudad de México.

Así, en principio las denuncias se generan por una ma-la práctica médica, sin embargo, al avanzar las indaga-torias, se encuentra que un porcentaje importante delas denuncias, que ronda el 65 por ciento, se debe aprácticas realizadas por personas que carecen de pre-paración profesional en el área de la medicina, o bien,que cuentan con conocimientos en el área, pero no tie-nen estudios de especialidad en cirugía plástica estéti-ca y reconstructiva.

Hasta el año 2014, el universo de personas denuncia-das ante diversas autoridades se divide de la siguienteforma:

* El 45 por ciento carece de estudios formales su-

periores a la educación media.

* El 12 por ciento menciona haber estudiado algún

nivel de educación media superior.

* El 15 por ciento menciona haber recibido capaci-

tación en área cosmética; sin embargo, no todos

tienen secundaria o preparatoria concluida.

* El 3 por ciento declara tener estudios formales de

Técnica en Cosmetología.

* El 12 por ciento de los denunciados declara ha-

ber cursado la educación primaria.

Por su parte, del 35 por ciento de los denunciadosque demostraron contar con título y cédula profe-sional a nivel licenciatura se encontró lo siguiente:

* El 8 por ciento practicaba la medicina con docu-

mentación que carece de registro en las universida-

des y en Registro Nacional de Profesiones; por lo que

se dictaminó la documentación aportada como falsa.

* El 22 por ciento practicaba la medicina con títu-

los y cédulas que los amparaban capacitados en

otras áreas del conocimiento, excepto como médi-

cos cirujanos, destacando profesiones como dentis-

tas, mecánicos dentales, psicólogos, nutriólogos,

ingenieros, arquitectos e ingenieros químicos.

* El 23 por ciento se refiere a médicos cirujanos

plásticos, por resultados que no cumplieron con las

expectativas del paciente, sin que en todos los ca-

sos se pudiera demostrar la mala práctica o técni-

ca.

* El 19 por ciento se refiere a médicos dermatólo-

gos, con características semejantes a los menciona-

dos anteriormente.

* 16 por ciento se refiere a médicos generales que

carecían de una capacitan profesional en el área de

la cirugía plástica estética.

* 8 por ciento se refiere a médicos diplomados en

medicina estética; con resultados que no cumplie-

ron las expectativas del paciente, sin que en todos

los casos se demostrara mala práctica médica.

* 4 por ciento corresponde a denuncias contra mé-

dicos, por procedimientos realizados por personal

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empleado por ellos, destacando en este segmento,

las denuncias por procedimientos realizados por

equipos y máquinas que no demuestran el resultado

ofrecido. Aquí se encontraron dos grandes vertien-

tes: la falta de capacitación del personal empleado

y la ineficacia de las terapias ofertadas. Indepen-

dientemente de las causas originales de las deman-

das presentadas, cerca del 40 por ciento de los de-

mandantes presentaron lesiones cutáneas

secundarias a las terapias.

Existen otros datos igualmente importantes: las de-nuncias por mala práctica médica se incrementaron delaño 2000 al 2015 en 37 por ciento, alcanzando en elsegundo semestre de 2009, la cifra récord de 9 mil 325consultas, que se tradujeron en 8 mil 783 demandas.Es importante mencionar que no en todos los casos laConamed es considerada como receptora o dictamina-dora de estas denuncias, por lo cual las estadísticas po-drían incrementarse considerablemente.

Adicionalmente, cifras del Instituto Mexicano del Se-guro Social (IMSS) indican que la demanda de méto-dos de embellecimiento ha aumentado 80 por ciento.Por su parte, la Secretaría de Salud del gobierno fede-ral ha informado que nuestro país ocupa el segundo lu-gar en número de cirugías estéticas en América Latina,sólo después de Brasil, siendo las más frecuentes la ci-rugía de nariz, la colocación de implantes mamarios yla liposucción, mientras que las menos frecuentes sonlos rellenos en pantorrillas o glúteos.

Por último, muchas personas, especialmente mujeres,arriesgan su salud y su vida, sometiéndose a trata-mientos estéticos practicados por personas no califica-das, que emplean sustancias peligrosas que van desdesustancias médicas indebidamente prescritas, hastaaceite para bebé o aceite automotriz. El uso de estassustancias en el cuerpo humano es grave, pues puedeprovocar reacciones adversas a la salud, tales como:inflamación, alergias e infecciones, hasta llegar a de-formidades físicas e incluso la muerte.

Es por todo lo aquí expuesto que quienes integramosel Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologistade México consideramos imperativo incorporar en elcapítulo correspondiente a delitos de la Ley Generalde Salud la práctica de cirugías ejecutadas por médi-cos que no cuentan con la certificación necesaria parasu ejercicio; y, en consecuencia, ponen en riesgo la in-

tegridad y vida de las personas que se someten a estosprocedimientos.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de estahonorable asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se adiciona un artí-culo 469 Ter a la Ley General de Salud

Artículo Único. Se adiciona un artículo 469 Ter a laLey General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 469 Ter. Al profesional médico quirúrgicoque sin cédula de especialista legalmente expedidapor las autoridades educativas y de salud compe-tentes y que no cuente con la certificación vigenteque acredite capacidad y experiencia en la prácticade los procedimientos y técnicas correspondientesen la materia de especialidad y realice intervencio-nes quirúrgicas, se le impondrán de seis meses acinco años de prisión y de cinco a ciento veinticincodías de multa, así como suspensión para ejercer laprofesión hasta por dos años.

Esta sanción será independiente de las que estable-cen para tales efectos las leyes penales en las enti-dades federativas para la configuración de otros ti-pos penales.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Segundo. Las legislaturas de los estados y la Asam-blea Legislativa de la Ciudad de México deberán, enun término máximo de 180 días hábiles a la entrada envigor del presente decreto, modificar sus leyes penalesy de salud en los términos establecidos en el presentedecreto.

Tercero. Las secretarías de Educación Pública y deSalud del gobierno de la república deberán firmar losconvenios necesarios para el registro de los profesio-nistas que cuentan con el certificado de especialistaotorgado por el Consejo del Comité Normativo Nacio-nal de Consejos de Especialidades Médicas de la ma-teria correspondiente.

Jueves 8 de febrero de 2018 Gaceta Parlamentaria53

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Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a losocho días del mes de febrero de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Alberto Couttolenc

Buentello, Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez López, Rosa Ali-

cia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía

Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas,

Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Ma-

nuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa

Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng

Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela

García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Yaret

Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier

Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Uberly López Ro-

blero, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado,

Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa Rojas, Samuel Rodrí-

guez Torres, Emilio Enrique Salazar Farías, José Refugio Sando-

val Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro,

Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Ba-

rrios, Claudia Villanueva Huerta y Enrique Zamora Morlet.

QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY

GENERAL DE EDUCACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA MA-RÍA VICTORIA MERCADO SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLA-MENTARIO DE MOVIMIENTO CIUDADANO

La suscrita diputada María Victoria Mercado Sánchez,integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Ciu-dadano en la LXIII Legislatura, de conformidad con lodispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Consti-tución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6,numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, 77 y 78, Regla-mento de la Cámara de Diputados, somete a conside-ración de esta honorable asamblea, la siguiente inicia-tiva con proyecto de decreto, al tenor de los siguientes:

Exposición de motivos

En la actualidad existen diferentes discapacidades alas que se enfrentan muchas personas desde su naci-

miento o porque la han adquirido en el transcurso desu vida por cualquier otra circunstancia; estas discapa-cidades pueden ser físicas, motoras, sensoriales, visua-les, psíquicas, intelectuales, entre otras, pero quierocomentar que en el transcurso de mi vida me he per-catado que hay una discapacidad que de cierta manerano se le ha dado la importancia que de verdad necesi-ta, que es la discapacidad auditiva, bien es cierto estadiscapacidad puede que se desarrolle desde el naci-miento, por malformaciones congénitas y les impideutilizar al ciento por ciento sus cinco sentidos tenien-do como fin ayudar a tener percepción con el mundoque nos rodea y con las personas. Otra causa de perderla audición es la exposición al ruido excesivo e inclu-so, con el paso de los años, con la vejez, ya que la ca-pacidad auditiva se va deteriorando poco a poco enpersonas de la tercera edad, es por esto que es necesa-rio aplicar distintos mecanismos de adaptación quepermitan subsanar total o parcial esta falta de audición.

No hay duda de que hoy en día existe grandes avancesen la tecnología y la ciencia, que han permitido quemillones de personas puedan llevar una vida normalcomo si no tuvieran ninguna discapacidad, entre ellosestán tratamientos médicos, cirugías y en algunos ca-sos hasta implantes cocleares; e incluso existen apara-tos auditivos que fungen como un apoyo para que laspersonas puedan escuchar bien, pero es necesariomencionar que los aparatos auditivos no son eficacesen todas las personas, ya que existen casos en los queel deterioro es muy avanzado y ni el aparato auditivoayuda para que pueda llevar una vida plena.

Es por ello que se necesitan buscar estrategias paraque puedan llevar una vida de lo más normal y una deesas estrategias es el lenguaje de señas, siendo éste lalengua de las personas sordas.

La Ley General para la Inclusión de las Personas conDiscapacidad define el lenguaje de señas como “Lalengua de una comunidad de sordos, que consiste enuna serie de signos gestuales articulados con las ma-nos y acompañados de expresiones faciales, mirada in-tencional y movimiento corporal, dotados de funciónlingüística, forma parte del patrimonio lingüístico dedicha comunidad y es tan rica y compleja en gramáti-ca y vocabulario como cualquier lengua oral.”1

Esta lengua de señas se basa en movimientos y expre-siones utilizando ciertas partes del cuerpo como ma-

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nos, ojos, cara, cuerpo, etcétera; y muchas personassordomudas lo utilizan, pero necesitan a alguien quemaneje la lengua para relacionarse con oyentes que nosaben interpretarla.

“De acuerdo a cifras proporcionadas por la Organi-zación Mundial de la Salud (OMS), más del 5 porciento de la población mundial, aproximadamente360 millones de personas en todo el mundo, padecepérdida de audición, de las cuales 328 millones sonadultos y 32 millones son niños, y el 60 por ciento delos casos se deben a causas que se pudieron prevenir.

Además, mil 100 millones de jóvenes de 12 a 35años de edad están en riesgo de padecer pérdida deaudición por su exposición al ruido en contextos re-creativos y por el mismo entorno al que se exponen.

Es importante mencionar que las intervencionesdestinadas a prevenir, detectar y tratar la pérdida deaudición no son caras y pueden resultar muy bene-ficiosas para los interesados”.2

En párrafos anteriores ya se han mencionado algunasde las causas que provocan la pérdida de la audición,pero la OMS nos menciona cuáles son las causas quelo provocan y las clasifica en congénitas y adquiridas:

Congénitas

Las causas congénitas pueden determinar la pérdida deaudición en el momento del nacimiento o poco des-pués. La pérdida de audición puede obedecer a facto-res hereditarios y no hereditarios, o a complicacionesdurante el embarazo y el parto, entre ellas:

* rubéola materna, sífilis u otras infecciones duran-te el embarazo;

* bajo peso al nacer;

* asfixia del parto (falta de oxígeno en el momentodel parto);

* uso inadecuado de ciertos medicamentos comoaminoglucósidos, medicamentos citotóxicos, anti-palúdicos y diuréticos;

* ictericia grave durante el período neonatal, quepuede lesionar el nervio auditivo del recién nacido.

Adquiridas

Las causas adquiridas pueden provocar la pérdida deaudición a cualquier edad.

* algunas enfermedades infecciosas, como la me-ningitis, el sarampión y la parotiditis;

* la infección crónica del oído;

* la presencia de líquido en el oído (otitis media);

* el uso de algunos medicamentos, como los em-pleados para tratar las infecciones neonatales, el pa-ludismo, la tuberculosis farmacorresistente y distin-tos tipos de cáncer;

* los traumatismos craneoencefálicos o de los oí-dos;

* la exposición al ruido excesivo, por ejemplo, enentornos laborales en los que se trabaja con maqui-naria ruidosa o se producen explosiones;

* la exposición a sonidos muy elevados durante ac-tividades recreativas, como el uso de aparatos deaudio personales a un volumen elevado durante pe-ríodos prolongados de tiempo, o en bares, discote-cas, conciertos y acontecimientos deportivos;

* el envejecimiento, en concreto la degeneración delas células sensoriales; y

* la obstrucción del conducto auditivo producidapor cerumen o cuerpos extraños.

“Es importante mencionar que el lenguaje de señases el mejor lenguaje que pueden utilizar las perso-nas sordomudas, ya que es una forma o herramien-ta que les permite expresar sus necesidades, pensa-mientos y comprender los que los demás quierendecir.

Así como los ciegos utilizan el sentido del tacto pa-ra leer, los sordos pueden utilizar su vista para oír ycomunicarse, es un claro ejemplo que en ambos ca-sos se utilizan órganos y sentidos para sustituir ysubsanar las facultades que no tienen”.3

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Es claro que el lenguaje de señas es adaptado por laspersonas sordas para poder comunicarse con sus fami-liares y conocidos, pero bien es cierto que los familia-res y conocidos también deben aprender este lenguajepara que exista una comunicación recíproca.

Lamentablemente este lenguaje no tiene la difusiónque realmente debería tener; es muy importante cono-cerlo y aprenderlo para poder relacionarse con las per-sonas con discapacidad auditiva.

Las personas con esta discapacidad deben asistir a es-cuelas especiales para poder recibir educación, e in-cluso en ocasiones su comunicación es un tanto priva-da, ya que no todas las personas entienden el lenguajede señas.

“El aprendizaje de este lenguaje no tiene mucha di-ficultad y tiene bastante simplificación ya que con-siste en la utilización de las manos y gestos para po-der dar lugar a la descripción de conceptos comotambién a la elaboración de enunciados u oracionescomplejas, teniendo la necesidad de ser enseñadasdesde pequeños, como sucede en el caso de las len-guas fonéticas o habladas”.4

Su utilización más frecuente la encontramos en el ám-bito de las exposiciones o reuniones donde asiste mu-cha gente, e incluso en los noticieros, pero no es muycomún ver por nuestro entorno a mucha gente que secomunique a través del lenguaje de señas.

Es evidente que aprender el lenguaje de señas es nece-sario e importante, por ello, motivo de esta iniciativa,es promover que dentro de los talleres y programasque tiene la Secretaría de Educación Pública se fo-mente el aprendizaje del lenguaje de señas, así comoque se creen métodos de aprendizaje, para lograr quela sociedad tengan el interés de aprender este lenguajeaunque no se necesite para su vida personal y diaria,pero sí que se tenga este conocimiento para poder so-cializarse con las personas sordas y exista el intercam-bio de ideas y comunicación entre ambas partes, ade-más de darle la oportunidad a las personas con estadiscapacidad de poder interactuar con gente fuera desu entorno.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a conside-ración la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto

Que reforma las fracciones XVI, XVII y adiciona unafracción XVIII al artículo 33 de la Ley General deEducación.

Único. Se reforma las fracciones XVI, XVII y adicio-na una fracción XVIII al artículo 33 de la Ley Generalde Educación., para quedar como sigue:

Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artí-culo anterior, las autoridades educativas en el ámbitode sus respectivas competencias llevarán a cabo las ac-tividades siguientes:

I a XV (…)

XVI. Establecerán, de forma paulatina y confor-me a la suficiencia presupuestal, escuelas detiempo completo, con jornadas de entre 6 y 8 ho-ras diarias, para aprovechar mejor el tiempo dis-ponible para el desarrollo académico, deportivoy cultural;

XVII. Impulsarán esquemas eficientes para elsuministro de alimentos nutritivos para alum-nos, a partir de microempresas locales, en aque-llas escuelas que lo necesiten, conforme a los ín-dices de pobreza, marginación y condiciónalimentaria; y

XVIII. Fomentaran e implementaran métodosde aprendizaje y programas especiales para elfortalecimiento y correcta enseñanza del lengua-je de señas en todas las escuelas públicas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Notas

1 Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD_171215.p

df

2 Organización Mundial de la Salud (OMS).

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http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs300/es/

3 Ídem.

4 Lenguaje de Señas.

http://www.conapred.org.mx/documentos_cedoc/DiccioSenas_Ma

nosVoz_ACCSS.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,a los 8 días del mes de febrero de 2018.

Diputada María Victoria Mercado Sánchez (rúbrica)

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 7O. DE LA LEY GENERAL

DE EDUCACIÓN Y 57 Y 58 DE LA LEY GENERAL DE LOS

DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, A CARGO

DEL DIPUTADO DAVID GERSON GARCÍA CALDERÓN, DEL

GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Planteamiento del problema

“Educar es formar personas aptas para gobernarse

a sí mismas, y no para ser gobernadas por otros”.

Herbert Spencer, filósofo, psicólogo y sociólogobritánico. (1820-1903)

Todos los ciudadanos de este país conocemos o sufri-mos de manera directa o indirecta los graves proble-mas políticos, económicos y sociales que aquejan anuestra nación. Las personas viven cansadas de la vio-lencia, la inseguridad, la desigualdad, la superficiali-dad de los medios de comunicación, que brindan unaorientación muchas veces clara, otras confusa y nor-malmente contradictoria, generando desconcierto ydesconfianza social debido a que el impacto de suscontenidos sólo multiplica la violencia y desdibuja elentorno social.

La formación ciudadana que un país puede ofrecer alas actuales y futuras generaciones es de vital impor-tancia, actualmente en México esto cobra una mayorrelevancia, ya que nuestra sociedad atraviesa por unaprofunda crisis de valores, de ética, de civismo, de par-ticipación ciudadana, de falta de inclusión, de intole-rancia, de persecución ideológica; adicionalmente, so-mos hostigados indiscriminadamente por los mediosde comunicación con programaciones nocivas de anti-valores, tenemos una clase política que sólo sabe de-nostar y descalificar a sus adversarios políticos, fun-cionarios involucrados en actos de corrupción, cadavez una mayor presencia del crimen y la delincuenciaorganizada en todas sus formas en el territorio nacio-nal, entre muchas otras cosas. Nuestra endeble demo-cracia y nuestra sociedad agonizan por esta avalanchade desculturización.

El concepto de ciudadanía parte de la premisa básicade que es característica de los seres humanos vivir ensociedad, las relaciones humanas son necesarias parasobrevivir y para darle sentido a la existencia; desde elmomento mismo que nace, el individuo empieza aaprender a relacionarse con otras personas, lo cualcontinúa toda la vida; para alcanzar un nivel de convi-vencia sano es indispensable la participación activa demaestros, padres de familia, y la sociedad en su con-junto. El quehacer científico de las ciencias políticas,el derecho, la historia, la filosofía, la sociología, la an-tropología, la psicología y la pedagogía, entre otras,ofrecen alternativas para aprender a convivir y a des-empeñarnos en sociedad.

Uno de los cuestionamientos más significativos de lahistoria contemporánea de la educación es cómo con-tribuir a la formación de ciudadanos participativos,problema que no es privativo de México. ¿Pero qué esla formación ciudadana? ¿Para qué nos sirve?, ¿En re-alidad importa ejercerla? Estas preguntas no son aje-nas a nuestra actual sociedad que se ve inmersa enconstantes cambios, tanto sociales, culturales y políti-cos. A pesar de lo anterior; nuestra sociedad se ha vis-to beneficiada gracias al avance en el progreso de di-versos ámbitos de las ciencias: la medicina, latecnología, la diplomacia, la economía y el desarrollosustentable; sentando las bases de un sistema innova-dor en esta época de la postmodernidad en la que vivi-mos, es un desafío común prácticamente a todas lassociedades del mundo. Debemos reconocer, comopunto de partida, que estamos atravesando un profun-

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do proceso de transformación social, económica, polí-tica y cultural que modifica todos los parámetros tra-dicionales con que enfrentábamos las tareas habitualesde construcción de una sociedad. Este proceso nosobliga a rediscutir muchos problemas que creíamos yasuperados, a reconsiderar las categorías con las que losanalizábamos y a redefinir las estrategias de accióncon las que enfrentaremos en el futuro próximo, basa-dos en el punto de vista de una formación ciudadana.

Actualmente, el tema de la ciudadanía sigue generandopreguntas y cuestionamientos, ¿qué tanto ha cambiadola ciudadanía en México? ¿Qué líneas de continuidad ocambios se podrían establecer en su desarrollo?

La propuesta pretende dar respuesta a éstas y otras in-quietudes con respecto a la forma en que las personasejercen sus derechos de ciudadanía en México.

La presente iniciativa pretende identificar, desde unaperspectiva histórica, las diferentes etapas por las queha pasado la construcción de la ciudadanía en México.Se propone demostrar que ha sido un proceso largo,azaroso y dramático; que los ciudadanos ideales exis-ten sólo en papel y como definición, y que aún esta-mos lejos de los preceptos mínimos de ciudadanía, pa-rece más un espejismo que una meta alcanzada, por elcontrario, prevalece la desconfianza, el desinterés, lamanipulación y la incertidumbre. Como legislador, es-toy constitucionalmente exigido a promover iniciati-vas de ley que nos permitan avanzar en la consolida-ción de la ciudadanía en México.

En México, la enseñanza del civismo ha pasado pormuchas vicisitudes. Hace siete décadas, en tiempos dela reforma educativa de Jaime Torres Bodet, los maes-tros de primaria se valían de esta asignatura para ense-ñar normas de urbanidad y fomentar la disciplina es-colar. Como no había libros de texto gratuitosdedicados especialmente al civismo, los profesores seauxiliaban de manuales de buenas costumbres y demateriales hechos ex profeso para enseñar urbanidad.

A lo largo del siglo pasado, el civismo tuvo muchosnombres: Educación para el amor, Educación para elciudadano, Conocimiento de las leyes... La preocupa-ción central era que el civismo sirviera para reprimirlos impulsos de las personas en bien de la civilidad;sin embargo, el civismo estaba desdibujado comoasignatura formal, ante las presiones de grupos con-

servadores, como la unión nacional de padres de fami-lia, que pugnaban por la inclusión de una materia dereligión en las escuelas públicas para que los niñosaprendieran valores, el gobierno optó por darle un ba-jo perfil a esta asignatura. A principios de los años 70el gobierno federal hizo una reforma educativa radical,desapareció las asignaturas y creó cuatro áreas del co-nocimiento: matemáticas, español, ciencias naturales yciencias sociales; en esos cambios, el civismo fue sa-crificado y desapareció del programa de estudios.

Después de 38 años de ausencia, en el 2008, el go-bierno federal anunciaba a través de la Secretaría deEducación Pública (SEP), que incluía la materia de Ci-vismo y Ética en el programa oficial para primaria ysecundaria, después de haber sido retirada de las aulas.La justificación de la materia tenía como objetivo:Normas para la convivencia escolar. Tradiciones co-munes y símbolos de México. Derechos y deberes delos miembros de la localidad. Los Derechos de losciudadanos en el municipio. Derecho de los ciudada-nos al voto y de ser electos en los cargos de represen-tación popular. La Constitución Política: Ley funda-mental y suprema de México. La importancia delestablecimiento y cumplimiento de acuerdos para laconvivencia social. Ejemplos relacionados con la fa-milia, la escuela y la localidad. Las funciones de las le-yes. El concepto de democracia y La importancia de laparticipación cívica. En resumen; este proyecto teníacomo finalidad formar ciudadanos socialmente res-ponsables, dentro de las aulas y fuera de ellas… laasignatura tenía una tarea en verdad difícil.

De la mano de esta fallida reforma educativa, llegaronlos libros de texto gratuitos. Los ciudadanos mexica-nos que se representan en estos libros son principal-mente blancos, criollos, urbanos; mientras que loscampesinos, obreros y mestizos no aparecen, no hayrastros de diversidad, los niños que aparecen en lasilustraciones presentan rasgos más bien homogéneos,y el ciudadano representado es más ambiguo que mes-tizo, estos nuevos libros producen un riesgo de des-adaptación social, además de discriminatorios.

Siglo XXI

Reforma educativa 2017

El modelo educativo que entrará en vigor el próximociclo escolar parte de una visión clara de los fines que

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debe tener la educación en el siglo XXI, y refrenda losprincipios que la Constitución establece en su artículo3, y la Ley General de Educación desarrolla en sus ar-tículos 7 y 8, al igual que los artículos 57, 58 y 59 dela Ley General de los Derechos de Niñas, Niños yAdolescentes. En este contexto, la educación oferta lagran oportunidad para que cada mexicana y mexicano,y por ende nuestra nación, alcancen su máximo poten-cial. Para lograrlo, la educación debe buscar la forma-ción integral de todas las niñas, niños, adolescentes yjóvenes, al mismo tiempo que cultive la convicción yla capacidad necesarias para contribuir a la formaciónde una sociedad más justa e incluyente. El propósitode la educación básica y la media superior es contri-buir a formar ciudadanos libres, participativos, res-ponsables e informados, capaces de ejercer y defendersus derechos, que concurran activamente en la vida so-cial, económica y política de México y el mundo. Enotras palabras, el modelo educativo busca educar apersonas que tengan la motivación y la capacidad delograr su desarrollo personal, laboral y familiar, dis-puestas a mejorar su entorno social y natural, así comocontinuar con su formación académica y profesional.

Para la formación de la ciudadanía, se requiere de unenorme trabajo orientado a valores; tales como la li-bertad, el respeto, la responsabilidad, la tolerancia, ladiversidad, la verdad, la honestidad, el civismo, la éti-ca, la democracia, la legalidad, el medio ambiente, lainstitucionalidad… Demandan tanto en las aulas comofuera de ellos, su detalle doctrinal y ejemplos aplica-dos, sin contradicción ni negación. Solo en virtud deello será posible la ciudadanía tan anhelada. El mode-lo educativo plantea la reorganización del sistema edu-cativo y de sus políticas públicas. En suma, considerapasos indispensables que debemos seguir todos, auto-ridades, maestros, padres de familia, estudiantes y lasociedad en general.

Por lo anterior, considero urgente y necesario reorien-tar y ampliar la cobertura de la asignatura de forma-ción cívica y ética, como se ha planteado; esta asigna-tura ya no responde al México contemporáneo, a losnuevos paradigmas, a un mundo cada vez más globa-lizado, a las nuevas tecnologías, a las nuevas pedago-gías; sin embargo, nos obliga a rediscutir muchos te-mas que creíamos ya superados, a reconsiderar lasformas de aplicación y a redefinir las estrategias de ac-ción con las que enfrentaremos en el futuro próximo,desde el punto de vista del nuevo modelo educativo.

Cambiar el nombre de la asignatura no resuelve el te-ma de mi propuesta, en el pasado así lo han hecho sinobtener los resultados deseados. La solución está enque se amplíe su cobertura lectiva, tanto en horarios decatedra como en el tiempo que el educando permanez-ca en formación educativa. La corresponsabilidadobligatoria del estado y los padres de familia o tutores,establecidos en la ley general de educación, tiene unavigencia de quince años, artículo 3 la obligatoriedaddel Estado y artículo 4 primer párrafo de los padres otutores. Tiempo suficiente para tatuar en la concienciadel individuo una formación ciudadana, Asimismo,tiempo suficiente para que la Secretaría de EducaciónPública, a través de sus órganos competentes, desarro-lle e implemente la estrategia pedagógica acorde a laedad del educando y el grado escolar.

La actual asignatura de formación cívica y ética tiene undesgaste histórico y por lo mismo ya no responde a for-talecer los principios de civilidad para el cual fue creado.Por lo que propongo que el civismo y la ética queden tu-telados por el principio de formación ciudadana; ésta asu vez integrará los siguientes temas; El laicismo, La de-mocracia, La familia, La escuela, La comunidad, La par-ticipación política, El trabajo: vocación y ocupación, Ac-tividad deportiva y entretenimiento. La convivenciasocial y sexual, Las etnias, cultura, raza y lengua, Las ca-pacidades diferentes especiales, Capacidades diferentes;talentos especiales, sobresalientes, Cuidado del medioambiente, Equidad de género…

He presentado con antelación la iniciativa con proyec-to de decreto por el que se reforma el artículo 3 cons-titucional, párrafo primero, que dará origen la iniciati-va en comento. Tiempo y espacio me faltaría en estapropuesta, para detallar el largo proceso, azaroso ydramático que México ha enfrentado a través de lostiempos, para la conformación de una ciudadanía so-cial, ciudadanos habilitados para desarrollarse de ma-nera efectiva, en la construcción de una sociedadabierta y democrática, analítico, crítico, responsable,participativo, conocedor y respetuoso de las leyes. Encambio, ha imperado el paternalismo, el verticalismoautoritario, el individuo sumiso, junto a otras expre-siones como la ausencia de una cultura de la legalidady el flagelo de la corrupción.

Por lo antes dicho, procedo a fundamentar mi pro-puesta dentro de nuestro marco normativo legal, en lamateria.

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Argumentación

Ley General de Educación

Artículo 3. El Estado está obligado a prestar servi-

cios educativos de calidad que garanticen el máxi-

mo logro de aprendizaje de los educandos, para

que toda la población pueda cursar la educación

preescolar, la primaria, la secundaria y la media

superior. Estos servicios se prestarán en el marco

del federalismo y la concurrencia previstos en la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-

canos y conforme a la distribución de la función so-

cial educativa establecida en la presente Ley.

En el documento Los fines de la educación en el siglo

XXI, de la Secretaría de Educación Pública, se especi-fica que el “…propósito de la educación básica y me-

dia superior es contribuir a formar ciudadanos libres,

participativos, responsables e informados, capaces de

ejercer y defender sus derechos, que participen acti-

vamente en la vida social, económica y política de Mé-

xico. Es decir, personas que tengan la motivación y

capacidad de lograr su desarrollo personal, laboral y

familiar, dispuestas a mejorar su entorno social y na-

tural, así como a continuar aprendiendo a lo largo de

la vida, en un mundo complejo que vive cambios ver-

tiginosos. Por lo que el logro de los aprendizajes debe

ir dirigido al logro de esa formación ciudadana.

(Tomado de:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/fi-le/114503/Los_Fines_de_la_Educacio_n_en_el_Si-glo_XXI.PDF )

El Estado nos ofrece una organización escolar, distri-buida por niveles educativos: entre los que se encuen-tran: educación preescolar, educación primaria, educa-ción secundaria y educación media superior, en estesentido; la educación obligatoria tiene una duración dequince años, tiempo suficiente para la planeación ydistribución de los horarios de catedra para una cultu-ra de formación ciudadana basada, principalmente, enel aprender a vivir juntos y en el aprender a ser.

El Estado garantiza calidad en la educación, enten-diéndose por calidad el desarrollo pleno de las capaci-dades humanas, que debe ser basada en los cuatro pi-lares de la educación que nos habla Jacques Delors:

aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vi-

vir juntos y aprender a ser.

Delors explica que en el aprender a vivir juntos, “la

educación tiene una doble misión: enseñar la diversi-

dad de la especie humana y contribuir a una toma de

coincidencia de las semejanzas y la interdependencia

entre todos los seres humanos. Desde la primera in-

fancia, la escuela debe, pues, aprovechar todas las

oportunidades que se presenten para esa doble ense-

ñanza”.

En el aprender a ser detalla que “… la educación

debe contribuir al desarrollo global de cada perso-

na: cuerpo y mente, inteligencia, sensibilidad, sen-

tido estético, responsabilidad individual, espiritua-

lidad…Más que nunca, la función esencial de la

educación es conferir a todos los seres humanos la

libertad de pensamiento, de juicio, de sentimientos

y de imaginación que necesitan para que sus talen-

tos alcancen la plenitud y seguir siendo artífices, en

la medida de lo posible, de su destino.”

(Tomado de: http://www.sep.gob.mx/work/mo-dels/sep1/Resource/1447/1/images/sistemaedu-mex09_01.pdf )

Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños yAdolecentes

Artículo 57. Niñas, niños y adolescentes tienen de-

recho a una educación de calidad que contribuya al

conocimiento de sus propios derechos y, basada en

un enfoque de derechos humanos y de igualdad sus-

tantiva, que garantice el respeto a su dignidad hu-

mana; el desarrollo armónico de sus potencialida-

des y personalidad, y fortalezca el respeto a los

derechos humanos y a las libertades fundamenta-

les, en los términos del artículo 3 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley

General de Educación y demás disposiciones apli-

cables.

El Estado mexicano ha privilegiado en materia legis-lativa, el presente y futuro de México, que son las ni-ñas y niños y adolescentes. Para que reciban en las au-las una formación más allá de una cultura de civismoo ética, a una nueva visión educativa a la formación deciudadanos libres, participativos, responsables e infor-mados, capaces de ejercer y defender sus derechos.

Gaceta Parlamentaria Jueves 8 de febrero de 201860

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Declaración de las Naciones Unidas sobre educa-ción y formación en materia de derechos humanos

[…] toda persona tiene derecho a la educación, y

que la educación debe orientarse hacia el pleno

desarrollo de la personalidad humana y del senti-

do de su dignidad, capacitar a todas las personas

para participar efectivamente en una sociedad li-

bre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la

amistad entre todas las naciones y todos los gru-

pos raciales, étnicos o religiosos y promover el de-

sarrollo de las actividades de las Naciones Unidas

para el mantenimiento de la paz, la seguridad y el

fomento del desarrollo y de los derechos humanos

[…]

De acuerdo al precepto constitucional y las leyes quede ella emanan, la educación que imparta el Estadotiende a desarrollarse en todos los sentidos, fomentartodos los valores de manera integral, fortalecer unacultura institucional gubernamental y no gubernamen-tal, por ejemplo: La Organización de las NacionesUnidas (ONU), la Comisión Nacional de los DerechosHumanos (CNDH), Organización de las NacionesUnidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura(Unesco), Fondo de las Naciones Unidas para la In-fancia, (Unicef)…

Los preceptos constitucionales y legales de nuestromarco jurídico, coinciden con los ordenamientos In-ternacionales en señalar que la educación requiere unnuevo enfoque para la consolidación de la ciudadaníade México y el mundo, por lo que el civismo y la éti-ca “en aplicables actual”, ya no responden a los nue-vos modelos de educación, y a los nuevos paradigmasde un mundo cada vez más globalizado. Por lo que ur-ge rediseñar y ampliar la cobertura lectiva, para la for-mación ciudadana que da origen en las aulas y se lle-ve a la vida práctica.

Para lograr al máximo una educación de calidad y deaprendizaje que el Estado garantiza, hay que aceptarque la educación ocupa una corresponsabilidad. Pri-mero: la población debe tener un alto interés por des-arrollarse para la vida. Segundo: se necesita una distri-bución de funciones; autoridades, maestros, padres defamilia, estudiantes y la sociedad en general. Solo envirtud de ello, lograremos educar para una ciudadaníapara la vida.

Para construir todos estos conceptos, se requiere deuna nueva visión educativa, no solo informativa sinoformativa, que vaya de la mano con el nuevo modeloeducativo, a formar una ciudadanía integral. Nada delo anterior será realidad si los padres o tutores no asu-men su responsabilidad.

Lo que sí puedo afirmar que a la educación que el Es-tado imparte, le hace falta, urge, fortalecer una políti-ca pública para incluir el tema de la formación ciuda-dana.

La propuesta

La iniciativa que propongo no está basada en la ocu-rrencia, los antecedentes históricos que aludo, sonprueba fehaciente de lo urgente que resulta adecuar elcontexto legal en la materia

Jueves 8 de febrero de 2018 Gaceta Parlamentaria61

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Fundamentación

El que suscribe, diputado federal David Gerson GarcíaCalderón, integrante del Grupo Parlamentario del Par-tido de la Revolución Democrática (PRD), de la sexa-gésima tercera Legislatura de la Cámara de Diputadosdel Congreso de la Unión, con fundamento en lo dis-puesto en el artículo 71, fracción II, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, así comoen los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámarade Diputados, con base en los motivos aquí expuestos,ponemos a consideración del pleno de esta honorableCámara de Diputados la presente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se re-forma el artículo 7 de la Ley General de Educacióny los artículos 57 y 58 de la Ley de los Derechos deNiñas, Niños y Adolecentes

Único. Se reforma el artículo 7, párrafos primero y ter-cero, de la Ley General de Educación y;

Los artículos 57 y 58, párrafo tercero, de la Ley Gene-ral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,para quedar como sigue.

Artículo 7. […]

I. Contribuir al desarrollo integral del individuo,para que ejerza plena y responsablemente sus capa-cidades humanas, dentro de una cultura de for-mación ciudadana;

II. […]

III. Impulsar la cultura de formación ciudadana,que fortalezca la conciencia de la nacionalidad y dela soberanía, el aprecio por la historia, los símbolospatrios y las instituciones nacionales, así como lavaloración de las tradiciones y particularidades cul-turales de las diversas regiones del país; […]

Artículo 57. Niñas, niños y adolescentes tienen dere-cho a una educación de calidad que contribuya al co-nocimiento de sus propios derechos, basada en un en-foque de respeto a los derechos humanos y de igualdadsustantiva, que garantice el respeto a su dignidad hu-mana; el desarrollo armónico de sus potencialidades ypersonalidad, y fortalezca el principio de la forma-ción ciudadana y las libertades fundamentales, en lostérminos del artículo 3 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, la Ley General deEducación y demás disposiciones aplicables.

Artículo 58. […]

I. […]

II. […]

III. Inculcar a niñas, niños y adolescentes senti-mientos de identidad y pertenencia a su escuela, co-munidad y nación, así como su participación activaen el proceso educativo de la formación ciudada-na y actividades cívicas en términos de las disposi-ciones aplicables; […]

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración, una vez realizada la declaración de vigenciapor el Congreso de la Unión.

Segundo. Las reformas legales del presente decretoentrarán en vigor al día siguiente al de su publicaciónen el Diario Oficial de la Federación. La Secretaría deEducación Pública contará con un ciclo escolar paraimplementar las reformas necesarias para dar cumpli-miento a lo establecido en este decreto, al reglamentocorrespondiente y a los libros de texto gratuitos quecorrespondan.

Tercero. En términos del presente decreto, la Secreta-ría de Educación Pública expedirá los métodos, carga

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horaria, malla curricular, campos formativos, para elcumplimiento de lo establecido en el presente decreto.

Palacio de Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero del 2018.

Diputado David Gerson García Calderón (rúbrica)

QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 7O. DE LA LEY GENERAL DE

EDUCACIÓN, SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantesdel Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologis-ta de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dis-puesto por los artículos 71, fracción II, de la Consti-tución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6,fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara deDiputados, someten a consideración de esta asambleala presente iniciativa con proyecto de decreto por elque se adiciona un párrafo a la fracción VI del ar-tículo 7 de la Ley General de Educación, al tenor dela siguiente

Exposición de Motivos

El maltrato infantil es un problema mundial con gra-ves consecuencias que pueden durar toda la vida. Elmaltrato infantil es complejo y sus estimaciones ac-tuales son muy variables, dependiendo del país y delmétodo de investigación utilizado.

No obstante, estudios internacionales revelan que unacuarta parte de todos los adultos manifiestan haber su-frido maltratos físicos de niños y 1 de cada 5 mujeres,así como 1 de cada 13 hombres declaran haber sufridoabusos sexuales en la infancia. Además, muchos niñosson objeto de maltrato psicológico (también llamadomaltrato emocional) y víctimas de desatención.1

Con base en dichos estudios, se sabe que la poblacióninfantil que ha experimentado hechos de violencia tie-ne una serie de reacciones que afectan su salud físicay emocional; los daños a corto y largo plazo puedenser físicos, psicológicos, patrimoniales y de afectaciónde derechos, que generan impacto en distintas esferasde la vida del infante. Las secuelas derivadas de la ex-posición a la violencia son graves y solo una pequeñaproporción de estos actos contra los niños, niñas yadolescentes son denunciados e investigados y pocosautores son procesados.2

En situaciones de conflicto armado y entre los refu-giados, las niñas son especialmente vulnerables a laviolencia, explotación y abusos sexuales por parte delos combatientes, fuerzas de seguridad, miembros desu comunidad, trabajadores de la asistencia humanita-ria y otros.

En México el problema del maltrato infantil no es nue-vo, ya que históricamente este fenómeno ha ido apare-jado al grado de pobreza que se vive en el país, sinembargo, con el grave aumento de la delincuencia quehemos padecido desde hace décadas la violencia en losniños ha crecido desmesuradamente.

En abril de 2017, con motivo del Día del Niño, el In-egi dio a conocer los resultados de la Encuesta de Co-hesión Social para la Prevención de la Violencia y laDelincuencia (Ecopred-2014), que midió los factoresde riesgo y exposición a situaciones de violencia y de-lincuencia en la población de 12 a 29 años en 47 ciu-dades del país. Dicha medición permite describir ycuantificar las experiencias de victimización personal(delitos o maltratos) que afectan de manera directa alos niños y niñas de 12 a 17 años, que residen en lasciudades consideradas en la encuesta.

La Ecopred captó información de más de cuatro mi-llones de niñas, niños y adolescentes de 12 a 17 años.Se identificó que 47.8 por ciento (2 millones 321 mil216) fueron víctimas de al menos un delito o acto demaltrato. En 49.9 por ciento de los casos se trató deun niño y en 50.1 por ciento de una niña. El total dedelitos o actos de maltrato contra las niñas, niños yadolescentes de 12 a 17 años estimados por la en-cuesta supera los 10 millones (10 millones 220 mil265), lo que representa un promedio de cinco delitoso actos de maltrato por cada niña, niño o adolescentevictimizado y 2.4 en promedio respecto del total de

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niñas, niños y adolescentes residente de las ciudadesde interés.3

El estudio descrito detalla el tipo de delito o maltratoinfantil: la prevalencia más alta se registró en acosopor los atributos, donde 24 mil 459 de cada 100 milniñas, niños y adolescentes, fueron víctimas de bur-las, apodos hirientes, rumores o mentiras sobre supersona, así como exclusión con base en sus gustos,físico o ropa; seguida por la tasa en robo sin violenciaque ascendió a 23 mil 659 personas victimizadas porcada 100 mil personas de ese grupo poblacional. Elacoso a través de las pertenencias, como dañar o es-conder intencionalmente objetos personales, herra-mientas de trabajo, etcétera, con la intención demolestar, registró una tasa de 17 mil 385 víctimas.De cada 100 mil niñas, niños y adolescentes, 9 mil 980fue violentado por maltrato físico; 6 mil 15 por ame-nazas; 5 mil 679 sufrió al menos un evento de robo conviolencia; 5 mil 89 de cada 100 mil niñas, niños y ado-lescentes fue víctima de tocamientos ofensivos. Otrosdelitos o actos de maltrato como la difamación pormedios electrónicos (2 mil 403 víctimas por cada 100mil) y la extorsión (2 mil 67 por cada 100 mil) son de-litos o actos de maltrato de menor incidencia.

Aunque debemos señalar que el Inegi no ha repetidoeste ejercicio estadístico, el precedente establecido porla encuesta de 2014 es catastrófico, por decir lo me-nos. Ya que no es desconocido que la huella que dejala violencia a una edad tan corta en el ser humano, de-termina la actitud que como adulto tendrá un niño queha padecido maltrato.

No obstante, la violencia infantil no es exclusiva de unpaís o una región, es un problema mundial con gravesconsecuencias que, como se observa, pueden durar to-da la vida. Sin embargo, en varios países de ingresosbajos y medianos, faltan datos acerca de la situaciónactual de este fenómeno. Por ejemplo, se calcula quecada año mueren por homicidio 41 mil menores de 15años, cifra que subestima la verdadera magnitud delproblema, dado que una importante proporción de lasmuertes debidas al maltrato infantil se atribuyen erró-neamente a caídas, quemaduras, ahogamientos y otrascausas.

En cuanto a la salud, el maltrato infantil no sólo causaestrés y se asocia a trastornos del desarrollo cerebraltemprano, en casos extremos puede alterar el desarro-

llo de los sistemas nervioso e inmunitario. En conse-cuencia, los adultos que han sufrido maltrato en la in-fancia corren mayor riesgo de sufrir problemas con-ductuales, físicos y mentales, tales como: actos deviolencia (como víctimas o perpetradores), depresión,obesidad embarazos no deseados, comportamientossexuales de alto riesgo y consumo indebido consumode tabaco, alcohol y drogas.

En consecuencia, la violencia infantil genera un im-pacto económico que abarca los costos de la hospitali-zación, de los tratamientos por motivos de salud men-tal, de los servicios sociales para la infancia y loscostos sanitarios a largo plazo.

A nivel social, existen algunas características de lascomunidades que determinan el riesgo de maltrato in-fantil, entre ellas:

• Las desigualdades sociales y de género;

• La falta de vivienda adecuada o de servicios;

• Niveles elevados de desempleo o pobreza;

• Fácil disponibilidad del alcohol y las drogas;

• Insuficientes medidas para de prevenir la porno-grafía, la prostitución y el trabajo infantiles;

• Castigos físicos o la rigidez de los papeles asigna-dos a cada sexo; entre otras.

Sabemos que la violencia en general no conoce de gé-nero, edad o nivel socioeconómico, pero a la violenciainfantil, en particular, es necesario darle la relevanciaque tiene y buscar, como sociedad en conjunto, solucio-nes que permitan no sólo en el corto y mediano plazo lareducción de su prevalencia y atención integral de lasconsecuencias que produce en las distintas esferas de lavida de las personas afectadas y en el largo plazo elimi-narla como forma de relación social entre ciudadanos.

En México, sin duda, hemos avanzado al reconocer ennuestra Carta Magna que el Estado velará por el prin-cipio del interés superior de la niñez, garantizando demanera plena los derechos de los menores. De igualmanera, un avance significativo fue la publicación endiciembre de 2014 de la nueva Ley General de los De-rechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

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Dicha Ley representa un avance legislativo significati-vo en la materia y sienta las bases para consolidar unSistema Nacional para la Protección delos Derechosde Niños, Niñas y Adolescentes, a través de meca-nismos específicos.

Entre las innovaciones de la Ley General hay que des-tacar las siguientes:

• Contempla disposiciones aplicables para todo elpaís.

• Obligatoriedad directa para todas las autoridadesde los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, asícomo para los órdenes de gobierno municipal, esta-tal y federal,

• Reconoce a los niños, niñas y adolescentes comotitulares de derechos (Enfoque garantista de dere-chos)

Sin embargo, en el Partido Verde consideramos quedebemos seguir avanzando en este objetivo que es ve-lar por “el interés superior de la niñez”, por ello es queproponemos incluir en el sistema educativo nacionaluna materia específica para combatir todo tipo de vio-lencia; una materia que promueva e inculque conoci-mientos, capacidades, actitudes y los valores necesa-rios para producir cambios de comportamiento quepermitan a los niños, jóvenes y adultos, prevenir losconflictos y la violencia, tanto la violencia evidentecomo la estructural; desde preescolar hasta secundaria,incluida la educación para adultos, para que los mexi-canos aprendamos a resolver conflictos de manera pa-cífica; y así, poder crear condiciones que conduzcan ala armonía, tanto a escala interpersonal, como inter-grupal y social.

Es decir, se trata de fortalecer la socialización del in-dividuo, la cual supone la capacidad de relacionarsecon los demás en un clima de respeto y tolerancia,conceptualizar a la escuela como el agente de sociali-zación que siempre ha sido. Dicha socialización signi-fica una adaptación a las instituciones, pues introduceal individuo en el grupo social y le convierte en unmiembro del colectivo, en tanto que su conducta noviolenta el proceso de interacción entre la sociedad yel individuo, proceso por el que se interiorizan las pau-tas, costumbres y valores compartidos por la mayoríade los integrantes de la comunidad.4

Estamos convencidos que la prevención de la violen-cia infantil y sus consecuencias en la persona adultarequieren un enfoque multisectorial. Los programaseficaces son los que incluyen a los padres y les apor-tan conocimientos y técnicas positivas para criar a sushijos.

Nuestra propuesta se enmarca entre los objetivos delNuevo Modelo Educativo, implementado por la actualadministración, cuando señala que “la educación debebuscar la formación integral de todas las niñas, niñosy jóvenes, al mismo tiempo que cultiva la conviccióny la capacidad necesarias para contribuir a la cons-trucción de una sociedad más justa e incluyente. Elpropósito de la educación básica y la media superior escontribuir a formar ciudadanos libres, participativos,responsables e informados, capaces de ejercer y de-fender sus derechos, que concurran activamente en lavida social, económica y política de México y el mun-do. En otras palabras, el Modelo Educativo busca edu-car a personas que tengan la motivación y la capacidadde lograr su desarrollo personal, laboral y familiar, dis-puestas a mejorar su entorno social y natural, así comocontinuar con su formación académica y profesio-nal”.5

El Partido Verde Ecologista de México, ratifica sucompromiso de promover, respetar, proteger y garan-tizar los derechos humanos de hombres, mujeres, ni-ños, niñas y adolescentes, con una mirada integral delo humano, ya que desde la infancia se inculca el res-peto y la tolerancia, fomentando a su vez una culturade respeto para así evitar todo tipo de violencia, inclu-yendo la violencia interfamiliar.

Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario del Parti-do Verde Ecologista de México somete a la considera-ción de esta honorable Asamblea, la siguiente iniciati-va con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo a la frac-ción VI del artículo 7 de la Ley General de Educa-ción

Único. Se adiciona un párrafo a la fracción VI del ar-tículo 7 de la Ley General de Educación, para quedarcomo sigue:

Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, susorganismos descentralizados y los particulares con au-

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torización o con reconocimiento de validez oficial deestudios tendrá, además de los fines establecidos en elsegundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a V. (…)

VI. Promover el valor de la justicia, de la observan-cia de la ley y de la igualdad de los individuos anteésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la inclu-sión y la no discriminación, de la paz y la no vio-lencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, asícomo el conocimiento de los Derechos Humanos yel respeto a los mismos.

Para cumplir con los fines que señala el párrafo an-terior, la autoridad educativa correspondiente esta-blecerá en el programa educativo de cada ciclo es-colar una materia específica que inculque valoreséticos y sociales para producir cambios de compor-tamiento que permitan a los niños, jóvenes y adul-tos, prevenir la discriminación y la violencia encualquiera de sus manifestaciones.

(…)

Transitorios

Primero. La Secretaria de Educación Pública realiza-rá anualmente una campaña de difusión a nivel nacio-nal con la temática “Vivir sin Violencia”, que vayaacompañada de acciones concretas que promuevan laprotección de los derechos humanos, el respeto y la to-lerancia.

Segundo. La presente Ley entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Notas

1 https://www.unicef.org/mexico/spanish/noticias_37381.html

2 UNICEF 2006; 2007; 2010, UNICEF/Derechos Infancia México

AC, 2010

3 La cobertura geográfica de la Encuesta corresponde al plantea-

miento del Programa Nacional para la Prevención Social de la Vio-

lencia y la Delincuencia del Plan Nacional de Desarrollo 2013-

2018, implementado por el Gobierno Federal. Se aplicó en 47

ciudades de interés, de las cuales siete son zonas metropolitanas.

Para información más detallada consultar: http://www.beta.in-

egi.org.mx/proyectos/enchogares/especiales/ecopred/2014/

4 http://dspace.ucuenca.edu.ec/jspui/bitstre-

am/123456789/2349/1/tps647.pdf

5 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/198738/Mo-

delo_Educativo_para_la_Educacio_n_Obligatoria.pdf

Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo deSan Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 8 de fe-brero de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli,

Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio

Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Ser-

na, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús

Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, José Alberto

Couttolenc Buentello, Lorena Corona Valdés, Sharon María Cuen-

ca Ayala, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernández del Va-

lle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Ga-

lindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía

González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Ra-

fael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón

García, Uberly López Roblero, Mario Machuca Sánchez, Virgilio

Mendoza Amezcua, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Cándido

Ochoa Rojas, Samuel Rodríguez Torres, Emilio Enrique Salazar

Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre,

Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Clau-

dia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.

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QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 203 DE LA

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PRO-TECCIÓN AL AMBIENTE Y 29 DE LA LEY FEDERAL DE RES-PONSABILIDAD AMBIENTAL, A CARGO DE LA DIPUTADA

DALIA MARÍA ROCHA LADRÓN DE GUEVARA, DEL GRU-PO PARLAMENTARIO DE MOVIMIENTO CIUDADANO

La suscrita, diputada Dalia María Rocha Ladrón deGuevara, integrante del Grupo Parlamentario deMovimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de laCámara de Diputados, con fundamento en los artículos71, fracción II, de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, así como el Artículo 6, frac-ción I y los Artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cá-mara de Diputados del honorable Congreso de laUnión, sometemos a la consideración de esta asambleala siguiente iniciativa con proyecto de decreto que re-forma y adiciona los artículos 203 párrafo segundo dela Ley General del Equilibrio Ecológico y Protecciónal Ambiente, y 29 de la Ley Federal de Responsabi-lidad Ambiental, en materia de responsabilidad am-biental, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

El progreso científico y tecnológico ha mejorado la ca-lidad de vida de los seres humanos, proporcionándolesun estado de bienestar y confort, pero como conse-cuencia de ello hemos ocasionado deterioro y degra-dación considerables al planeta Tierra.

La preocupación por el daño que hemos ocasionado alambiente ha ido en aumento y en los esfuerzos por de-tener y mitigar los procesos de agotamiento y malver-sación de los recursos naturales se ha creado organis-mos, asociaciones, cumbres y convencionesnacionales e internacionales dedicadas a su conoci-miento, estudio y protección.

En 1972, se llevó a cabo la primera convención inter-nacional en materia ambiental, en Estocolmo, Suecia,misma que contó con la presencia de representantes de113 países, 19 organismos gubernamentales y más de400 organismos intergubernamentales y no guberna-mentales. A este foro se le denominó “Conferencia delas Naciones Unidas sobre el Medio Humano”, mejorconocida como “Conferencia de Estocolmo” en la cualse propuso sumar esfuerzos para conducir la creacióndel Programa de las Naciones Unidas para el MedioAmbiente (PNUMA) y de la cual se desprenden 26

principios sobre el medio ambiente y el desarrollo, unplan de acción con 109 recomendaciones, y una reso-lución.

En el mismo sentido, en 1992 se realizó la Conferen-cia de Rio, en Brasil, donde se adoptaron una serie deprincipios y responsabilidades hacia los estados res-pecto del medio ambiente, además se llevó a cabo laapertura de firmas para los tratados multilaterales:“convención Marco de las Naciones Unidas sobre elCambio Climático” y el “Convenio sobre la Diversi-dad Biológica”.

Del texto de la “Declaración de Río sobre el MedioAmbiente y el Desarrollo”, de la cual nuestro país esfirmante, destaca el principio 13, que enuncia lo si-guiente: “Los Estados deberán desarrollar la legisla-ción nacional relativa a la responsabilidad y la indem-nización respecto de las víctimas de la contaminacióny otros daños ambientales. Los Estados deberán coo-perar asimismo de manera expedita y más decidida enla elaboración de nuevas leyes internacionales sobreresponsabilidad e indemnización por los efectos ad-versos de los daños ambientales causados por las acti-vidades realizadas dentro de su jurisdicción”.

En el año de 2013, se publicó la Ley Federal de Res-ponsabilidad Ambiental que tras muchos años de es-fuerzos de la sociedad civil mexicana e internacional,académicos, organizaciones civiles y no gubernamen-tales de protección al ambiente, materializó en nuestropaís un ordenamiento jurídico, que regula la repara-ción y compensación del daño producido al medio am-biente.

Sin embargo, el texto de dicho ordenamiento contem-pla que la responsabilidad por daño ambiental tendrásólo una prescripción de 12 años, a partir de que seproduce el daño al ambiente y sus efectos.

En el mismo sentido, La Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente enuncia un pla-zo de tan sólo cinco años para poder demandar la res-ponsabilidad ambiental.

Ambos ordenamientos enuncian plazos de prescrip-ción distintos, con lo cual se vulneran los principios decerteza y seguridad jurídica contemplados en nuestraconstitución federal, lo anterior, aunado a que estosdispositivos jurídicos consideran el establecimiento de

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plazos de acuerdo al derecho de daños que ha estable-cido el derecho civil, sin considerar que el daño am-biental tiene otras características, como ser difuso, ex-pansivo, incierto, continuado e incluso permanente.

Los efectos que se producen como consecuencia deldaño ambiental, suelen exteriorizarse de manera muylenta, y muchas veces no son producto de una sola ac-ción, sino de un proceso extendido de tiempo y espa-cio, situación que es provechosa y favorecedora paraquien o quienes producen el daño ambiental, ya quecon el transcurso del tiempo estos pueden desaparecerfísica o jurídicamente.

Un ejemplo de ello, es el daño ambiental producidopor el derrame de sulfato de cobre y otros metales pe-sados en los ríos “Bacanuchi” y “Sonora”, en agostode 2014 por la minera Buenavista del Cobre pertene-ciente a Grupo México. Este desastre es consideradouno de los más graves en la historia de nuestro país, yaque las consecuencias fueron y siguen siendo devasta-doras para los pobladores de al menos siete municipiosaledaños a los ríos.

La última sentencia emitida sobre caso, en agosto de2017, determinó que los pozos de agua aledaños si-guen teniendo altos niveles tóxicos, superiores a lospermitidos para el consumo de agua, según la Organi-zación Mundial de la Salud (OMS), por lo cual losefectos de dicho desastre medioambiental se siguenmanifestando, aun después de que han pasado tresaños de que se produjo el hecho, acto u omisión que ledio origen.

En consecuencia, tomando en encuentra que existendaños ambientales sobrevinientes, cuyos efectos nega-tivos se perciben con posterioridad, y que es hasta en-tonces que el interesado está en posibilidad jurídica deejercer su acción, se propone que el cómputo de laprescripción comience desde que el daño es cierto ysusceptible de apreciación, es decir; de que se mani-fiesten sus efectos y no como actualmente se hace,desde el momento en que aconteció la acción.

En el mismo sentido, propongo ajustar los dos ordena-mientos jurídicos Ley de Responsabilidad FederalAmbiental y Ley de Equilibrio Ecológico y Protecciónal Ambiente para que ambos contemplen el mismo tér-mino de prescripción.

Decreto que reforma y adiciona los artículos 203,párrafo segundo, de la Ley de Equilibrio Ecológicoy Protección al Ambiente y 29 de la Ley Federal deResponsabilidad Ambiental

Artículo Único. Se reforma y adiciona los artículosque reforma y adiciona los artículos 203 párrafo se-gundo de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protecciónal Ambiente y 29 de la Ley Federal de Responsabili-dad Ambiental, para quedar como sigue:

Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Am-biente

Artículo 203. El término para demandar la respon-sabilidad ambiental, será de cinco años contados apartir del día en el que haya terminado por completode producirse la acción o el hecho generador del dañoo se haya producido por última vez la emisión, el su-ceso o el incidente causante del daño.

Ley Federal de Responsabilidad Ambiental

Artículo 29. La acción a la que hace referencia el pre-sente Título prescribe en doce años, contados a partirdel día en el que haya terminado por completo deproducirse la acción o el hecho generador del dañoo se haya producido por última vez la emisión, elsuceso o el incidente causante del daño.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a de 8 de febrero de 2018.

Diputada Dalia María Rocha Ladrón de Guevara(rúbrica)

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QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PRO-TECCIÓN AL AMBIENTE, A CARGO DE LA DIPUTADA ISAU-RA IVANOVA POOL PECH, DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PRD

Planteamiento del problema

En la siguiente gráfica se aprecia cómo la pesca decaptura en México fue aumentando la producción has-ta 1981 de forma exponencial y cómo durante los últi-mos 36 ésta se ha mantenido con incrementos modes-tos en la producción:

Fuente: Anuario estadístico de acuacultura y pesca, 2013. Sagar-

pa. Inegi, 2016.

Los límites de la producción que se muestran en la lí-nea de tendencia se explican a partir de dos campos in-terrelacionados. Por un lado existen límites en la cap-tura debido a la propia dinámica de reproducción delas poblaciones, el incremento en la captura de añosanteriores impone límites a esa reproducción y portanto, una reducción a la tasa de producción pesquera.Por el otro lado existen límites a la capacidad del sis-tema económico-productivo, tanto por el tipo de em-barcaciones, capacidad de captura, organización de laproducción y oportunidades del mercado que suponenla imposibilidad de sostener un esfuerzo creciente. Latasa de crecimiento de la producción por tanto, es re-sultado de la interacción entre el ciclo biológico de re-producción y la capacidad del sistema económico-pro-ductivo para aprovecharlo, tal como se muestra en lasiguiente tabla:

Periodo Tasa de crecimiento1960-1970 3.251970-1980 28.701980-1990 2.17

1990-2000 -0.382000-2010 1.892010-2015 1.02

Se estima1 que hay 76 mil 96 embarcaciones para lapesca, de las cuales 2 mil 45 son para la de altura. Las74 mil 55 embarcaciones restantes se distribuyen entreel sector social de la economía y la pesca individual, loque compone 97.31 por ciento de las embarcaciones.En comparación con el 97.75 por ciento que represen-taba esta modalidad de pesca en 1980,2 se puede acep-tar que el impulso de la producción pesquera de las dé-cadas de 1970 y 1980 estriba en la capacidad de lascomunidades ribereñas para aprovechar los recursosdel sector, pues en ese año, la participación de las em-presas en cuanto al número de embarcaciones era de1.34 por ciento y el de las empresas paraestatales de0.07.

Es decir, con el retiro del Estado de las actividadeseconómicas, las empresas se han apropiado cada vezmás de un mayor volumen de la producción, generan-do condiciones de desventaja para la producción pes-quera tanto del sector social de la economía como delos pescadores individuales.

El sector industrial que está compuesto por más de 2mil 200 barcos, dedicados principalmente a la pesca desardina, camarón y atún emplea a más de 47 mil per-sonas de forma directa y genera otros 125 mil emple-os indirectos. Ahora bien, mientras dicho sector repre-senta apenas 20 por ciento de los pescadores, capturados terceras partes del volumen total (68 por ciento) yrepresenta cerca de la mitad del valor de la producciónnacional. De acuerdo a cifras de la Comisión Nacionalde Acuacultura y Pesca, la flota ribereña representaemplea de 190 mil pescadores.

Pero las complejidades de la actividad pesquera no seciñen a la capacidad de carga de los ecosistemas mari-nos para sostener la producción o a las diferenciasexistentes entre el sector social de la economía, lospescadores ribereños o las empresas pesqueras, sinoque las actividades pesqueras además se orientan a laconservación de los mismos, pues de 182 áreas natu-rales protegidas en México, 68 corresponden con eco-sistemas marinos y litorales.3 Estos ecosistemas supo-nen áreas de conservación y por tanto, de manejocuyas restricciones para la pesca forman parte de losplanes de conservación suman en México cuatro mi-

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llones 855 mil 983 hectáreas de aguas marinas sin con-tar las aguas continentales contenidas dentro de lasáreas terrestres de protección, que desde hace 16 añosse han integrado en un sistema nacional encargado alConsejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

La importancia que reviste la protección de la biodi-versidad marina, también está relacionada con el esta-blecimiento y regulación normativa que permita evitarla sobre explotación de recursos particularmente losrelacionados con la actividad pesquera.

Así, la actividad pesquera se convierte en un entrama-do que incluye la capacidad de los ciclos biológicos dereproducción, la capacidad del sistema económico pa-ra explotarlo y el imperativo de conservación quemantienen el equilibrio dinámico de los ecosistemasmarinos. En esta perspectiva la pesca ilegal se vuelveun problema relevante pues su existencia pone en ries-go la capacidad reproductiva de las poblaciones, unfreno a la competitividad del sector y un riesgo para lasustentabilidad de los ecosistemas marinos.

Según el Instituto Mexicano para la Competitividad, lapesca ilegal ha propiciado que el porcentaje de pes-querías en condiciones de sobreexplotación paran en2000 de 69 a 84 por ciento en el 2012 y una pérdidadel valor de la producción al incluir hasta 45 por cien-to adicional al volumen de producción.4

En julio de este año, Mario Aguilar Sánchez, titular dela Conapesca, refirió en conferencia de prensa que losavances en materia de inspección y vigilancia en el te-rritorio nacional, incluyen más de 38 mil 700 recorri-dos acuáticos y terrestres, así como la instalación de 2mil 688 puntos de revisión, efectuados en 2016 por laConapesca. Lo anterior dio como resultado que se le-vantaran 4 mil 616 actas, el aseguramiento de 3 mil922 toneladas de productos pesqueros y de 10 mil 440artes de pesca en coordinación con la Secretaría deMarina.5

Argumento

Actualmente hay 45 normas oficiales mexicanas rela-tivas a la actividad pesquera,6 que incluye las normaspara el aprovechamiento de diversas especies, la regu-lación de dispositivos y artes para la pesca, las dispo-siciones para la realización de actividades pesquerasen embalses de importancia comercial y de conserva-

ción, el monitoreo de poblaciones y diversas regula-ciones para la operación de los embarques. Además,desde 2009 existe el convenio de colaboración entreConapesca y Semar para establecer un nivel de coor-dinación que permita el combate a la pesca ilegal, ydesde julio de este año han ampliado los acuerdos en-tre la Sagarpa y la Semar para combatirla.

Además, corresponde a la Sagarpa, como señala el ar-tículo 8, fracción XXXIX, de la Ley General de Pescay Acuacultura Sustentable determinar las infraccionese imponer las sanciones contra la pesca ilegal y tal co-mo establece el artículo 9 de dicha ley, coordinarsecon la Semarnat y la Semar a fin de establecer crite-rios, parámetros y normas para fijar casos especiales,excepcionales o necesarios en caso de que la pesca serealice en áreas naturales protegidas.

Si bien frente al problema de la pesca ilegal se ha cre-ado una coordinación interinstitucional y un marconormativo adecuado, el problema de la pesca ilegalpersiste. Según Environmental Defense Fund México(EDF),7 estima que en las 28 principales pesqueríasdel país se llega a producir una pesca que podría al-canzar 68 por ciento del producto pesquero total re-percutiendo en la baja tasa de crecimiento de la pro-ducción por captura del sector.

Considera que este tipo de pesca provoca un desequi-librio en los ecosistemas que repercute en el incre-mento sustentable de la producción pesquera, de com-batirse eficazmente, EDF considera que en pocos añosse podría alcanzar hasta 24 por ciento más de capturay un incremento de las poblaciones en 70 por ciento.8

Más aún, como expresó Citlalli Gómez, presidenta delConsejo Mexicano de Promoción de los ProductosPesqueros y Acuícolas, en junio de este año en la pre-sentación del informe de EDF Hacia dónde va la pes-

ca en México, estimó que de persistir esta situaciónpodría haber una reducción hasta de 37 por ciento delas poblaciones marinas.

La Word Wild Fundation considera que la implemen-tación de buenas prácticas pesqueras no responde so-lamente a la sostenibilidad económica, sobre todo a laconservación de los ecosistemas marinos.9 El vínculoentre conservación ambiental y sostenibilidad econó-mica, supone no sólo el combate de la pesca ilegal si-no, sustancialmente, la posibilidad de incorporar el

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efecto de la pesca ilegal en el seguimiento de los pro-gramas de manejo de las áreas naturales protegidasmarinas.

Y precisamente sobre este vínculo existente la legisla-ción ambiental en la materia muestra una ausencia im-portante. Es importante considerar no sólo la existen-cia de regulaciones a la actividad pesquera, ladelimitación de responsabilidades y facultades de lasinstituciones del Estado, se hace primordial para unaadecuada coordinación que las consecuencias de lapesca ilegal estén contenidas en los instrumentos degestión y ordenamiento ecológico, con la finalidad deque, los propios instrumentos normativos provean enel futuro y se adecuen en el presente, con la finalidadde combatir eficazmente la pesca ilegal.

Consecuentemente con este argumento, se hace im-prescindible incorporar la noción de pesca ilegal en losprogramas de manejo de las áreas naturales protegidasa fin de que, la normatividad existente y la coordina-ción interinstitucional actual, participen en la preven-ción de sus efectos al incluirlos en la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente vi-gente como se muestra enseguida:

Por lo expuesto, la suscrita, Isaura Ivanova Pool Pech,integrante del Grupo Parlamentario del PRD en laLXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Con-greso General de los Estados Unidos Mexicanos, confundamento en lo establecido en los artículos 71, frac-ción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento dela Cámara de Diputados, somete a consideración deesta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 20 Bis 6, 65, 66, 132y 161 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente para quedar como sigue:

Artículo 20 Bis 6. La secretaría podrá formular, expe-dir y ejecutar, en coordinación con las dependenciascompetentes, programas de ordenamiento ecológicomarino. Estos programas tendrán por objeto el estable-cer los lineamientos y previsiones a que deberá suje-tarse la preservación, restauración, protección y apro-vechamiento sustentable de los recursos naturalesexistentes en áreas o superficies específicas ubicadasen zonas marinas mexicanas, así como las accionespara el combate a la pesca ilegal, incluyendo las zo-nas federales adyacentes.

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Artículo 65. La secretaría formulará, dentro del plazode un año contado a partir de la publicación de la de-claratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federa-ción, el programa de manejo del área natural protegi-da de que se trate, dando participación a los habitantes,propietarios y poseedores de los predios en ella inclui-dos, a las demás dependencias competentes, los go-biernos estatales, municipales y del Distrito Federal,en su caso, así como a organizaciones sociales, públi-cas o privadas, y demás personas interesadas. Tratán-dose de ecosistemas marinos deberá incluir ademáslos lineamientos de coordinación eficaz para la pre-vención y combate de la pesca ilegal.

Artículo 66. El programa de manejo de las áreas natu-rales protegidas deberá contener, por lo menos, lo si-guiente:

I. a VII. …

VIII. En el que área natural protegida incluyaecosistemas marinos o litorales se deberá incluirlas acciones que aseguren las buenas prácticaspesqueras y el monitoreo eficaz para la detecciónoportuna de pesca ilegal.

Artículo 132. La secretaría se coordinará con las Se-cretarías de Marina, de Energía, de Salud, de Turismoy de Comunicaciones y Transportes, a efecto de quedentro de sus respectivas atribuciones intervengan enla prevención y control de la contaminación del mediomarino, así como en la preservación y restauración delequilibrio de sus ecosistemas, con arreglo a lo estable-cido en la presente Ley, en la Ley de Aguas Naciona-les, la Ley Federal del Mar, la Ley General de Turis-mo, la Ley General de Pesca y AcuaculturaSustentable, las convenciones internacionales de lasque México forma parte y las demás disposicionesaplicables.

Artículo 161. La secretaría realizará los actos de ins-pección y vigilancia del cumplimiento de las disposi-ciones contenidas en el presente ordenamiento, así co-mo de las que del mismo se deriven.

En las zonas marinas mexicanas la secretaría, por sí opor conducto de la Secretaría de Marina, realizará losactos de inspección, vigilancia y, en su caso, de impo-sición de sanciones por violaciones a las disposicionesde esta ley, así como las que ocasiones daño a los

ecosistemas dentro de áreas naturales protegidaspor causa de la pesca ilegal.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Segundo. La Secretaría de Medio Ambiente y Recur-sos Naturales establecerá los lineamientos y las pautaspara la prevención y el combate de la pesca ilegal enlas áreas naturales protegidas marinas en un plazo nomayor de 90 días hábiles, a partir de la entrada en vi-gor del presente decreto.

Notas

1 Sagarpa, 2014. Anuario estadístico de acuacultura y pesca 2013;

México.

2 Secretaría de Pesca, 2012. Anuario estadístico 1980; México.

3 Comisión Nacional de áreas Naturales Protegidas, 2017. Semar-

nat.

4 Imco, 2017. La pesca ilegal e irregular en México. Una barrera

a la competitividad. En colaboración con Centro de Colaboración

Cívica, AC; Comunidad y Biodiversidad, AC; Enviromental De-

fense Fund Mexico; y Fundación Idea y Sociedad de Historia Na-

tural Niparajá, AC. México, página 80.

5 http://www.sagarpa.gob.mx/Delegaciones/bajacaliforniasur/bo-

letines/2017/julio/Documents/2017BS249.pdf

6 https://www.gob.mx/conapesca/documentos/normas-oficiales-

mexicanas-pesqueras-y-acuicolas-30453

7 EDF, 2015. Pesca y economía del océano. México, página 16.

8 Obra citada.

9 Stella Gómez, y otros, 2017. Guía de buenas prácticas pesque-

ras. WWF Colombia, página 45.

Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 8 de febrero de 2018.

Diputada Isaura Ivanova Pool Pech (rúbrica)

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QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE

LAS LEYES GENERAL DE EDUCACIÓN, Y FEDERAL DEL

TRABAJO, SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL GRUPO PAR-LAMENTARIO DEL PVEM

Quienes suscriben, integrantes del Grupo Parlamentariodel Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Le-gislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artícu-los 71, fracción II, de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78 delReglamento de la Cámara de Diputados, someten a con-sideración de esta asamblea la presente iniciativa conproyecto de decreto, por el que se reforman y adicionandiversas disposiciones de las Leyes General de Educa-ción, y Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Partido Verde ha sido insistente y enfático en que laeducación es una de las principales herramientas paralograr empoderar a las y los mexicanos en el mundoglobalizado en el que hoy nos desarrollamos.

Por ello, desde que tuvo origen la reforma educativa,venimos impulsando diversas propuestas para armoni-zar nuestro marco legal tanto con los planteamientosdel nuevo modelo educativo como con las exigenciasactuales del país.

Coincidimos en que cada uno de los ejes que compo-nen dicha reforma estructural es indispensable para sa-lir del histórico rezago en el rubro educativo que im-peraba en México; hoy, en la recta final de la actualadministración, nos podemos sentir orgullosos de loslogros alcanzados, podemos estar seguros de que a di-ferencia de sexenios pasados el número de niños y jó-venes que acceden a una educación de calidad va enevidente ascenso.

No obstante lo anterior, los retos son todavía muchosy es importante seguir realizando esfuerzos que seconviertan en acciones afirmativas en favor de la cali-dad educativa. Lograr una educación con calidad, ga-rantizar infraestructura digna y contenidos vanguardis-tas, son algunos de los elementos indispensables parael ejercicio pleno del derecho a la enseñanza de todoslos mexicanos.

El “Modelo educativo para la educación obligatoria,Educar para la libertad y la creatividad” es formado

por cinco grandes ejes articuladores del sistema paraobtener el máximo logro de aprendizaje de niñas, ni-ños y jóvenes: 1. El planteamiento curricular; 2. La es-cuela en el centro del sistema educativo; 3. Formacióny desarrollo profesional docente; 4. Inclusión y equi-dad; y 5. La gobernanza del sistema educativo.

Actualmente se han definido los mecanismos institu-cionales para una gobernanza efectiva basada en la par-ticipación coordinada de distintos actores y sectores dela sociedad en el proceso educativo, entre ellos: el go-bierno federal, autoridades educativas locales, el Insti-tuto Nacional para la Evaluación de la Educación, elsindicato magisterial, las escuelas, los docentes, los pa-dres de familia, la sociedad civil y el poder legislativo.

Consideramos indispensable centrar nuestra atenciónen la participación de los padres de familia. Para elConsejo Nacional de Fomento Educativo, la participa-ción dinámica, colaborativa e incluyente de la familiaen la educación es uno de los principales factores parael éxito académico de los alumnos y una variable fun-damental para el desarrollo social de las comunidades.

Y no sólo se trata del éxito académico, sino de uno delos principales mecanismos para lograr armonía so-cial, pues la participación de la familia en la educaciónde los niños y adolescentes aporta grandes beneficiostanto en lo individual como en lo colectivo.

La participación de los padres en la educación de loshijos resulta por demás necesaria, se trata de concien-ciar a la sociedad de la importancia de estrechar la re-lación entre familias, profesores y alumnos.

Los expertos en educación insisten en que padres y do-centes deben ir de la mano para que los hijos no sesientan desorientados y no perciban que en casa se ha-cen las cosas de una manera y en la escuela de otra.Los padres son los primeros educadores de sus hijos yse pretende que hagan suya esta responsabilidad, te-niendo claro que la escuela es complementaria en estalabor.

Un estudio publicado en 2009 en la Revista Electróni-

ca de Investigación Educativa,1 realizado por investi-gadores mexicanos expertos en el tema de educación,refiere los siguientes hallazgos respecto a la importan-cia de la participación de los padres en el proceso edu-cativo de sus hijos:

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• En Estados Unidos, Balli, Wedman y Demo re-portaron que la supervisión de los padres de las ta-reas escolares y el nivel de realización de las mis-mas era un factor importante en el desempeñoescolar.2

• En México, González, Corral, Frías y Mirandaasociaron factores como el afecto de los padres, eltiempo de dedicación a sus hijos y el interés por co-nocer a sus maestros, con la alta autoestima del hi-jo, la cual, a su vez, estimula el esfuerzo escolar.3

• La Organización de las Naciones Unidas para laEducación, la Ciencia y la Cultura aboga por la ar-ticulación familiar y fundamenta esta necesidad entres razones: el reconocimiento de que los padresson los primeros educadores de sus hijos e hijas; elimpacto positivo que puede tener una educacióntemprana de calidad en el desarrollo y aprendizajede los niños; y la familia como un espacio privile-giado para lograr una ampliación de la cobertura dela educación de la primera infancia.4

• El Instituto Nacional para la Evaluación de laEducación sostiene que para la mejora de la calidadde la educación es indispensable lograr una interac-ción efectiva entre los padres de familia y los do-centes y en general, entre todos los sectores de lasociedad. Este organismo incluye al índice de parti-cipación de los padres y porcentaje de padres queparticipan en reuniones de padres de familia en laescuela entre sus indicadores presentes y próximospara evaluar la calidad del sistema educativo.5

• Miranda comenta que la participación de los pa-dres se puede evaluar a través de dos aspectos: unorelativo a la información de los mismos acerca de laescuela y el otro referido a su intervención en lasactividades de la misma, y sostiene que la informa-ción de los padres sobre lo que acontece en la es-cuela les facilita una mayor participación en las ac-tividades escolares de los hijos.6

Pese a las evidencias de los beneficios obtenidos, deacuerdo con la Encuesta Nacional sobre Cultura Polí-tica y Prácticas Ciudadanas de 2012, realizada por laSecretaría de Gobernación, la participación de los pa-dres de familia es casi inexistente, ya que 78 por cien-to de los encuestados afirmó no ser miembro de la aso-ciación de padres de familia; del mismo modo, 74.6

por ciento afirmó que no asiste a las reuniones de di-chas asociaciones.

Lo anterior se suma a lo mostrado por el Reporte Ge-neral de Resultados de la Evaluación de CondicionesBásicas para la Enseñanza y el Aprendizaje (ECEA,2014) del Instituto Nacional para la Evaluación de laEducación, el cual exalta que los padres de familia sonconvocados en primer lugar, para actividades informa-tivas; en segundo, para realizar aportaciones moneta-rias, materiales o trabajo; y en tercer lugar, para la or-ganización de eventos sociales y culturales.

Se evidencia también que sólo 77 por ciento de las pri-marias convoca a los padres de familia para que parti-cipen en algún proyecto escolar; 75 por ciento de éstaspara la elaboración de normas escolares y sólo 65 porciento convocó a los padres para que asistan a obser-var la impartición de una clase.

La participación activa de los padres de familia fo-menta las asociaciones entre individuos, puesto que seven comprometidos a convivir y a interactuar con to-dos los actores involucrados en la educación de sus hi-jos, propiciando diversos niveles de confianza y tole-rancia, creando de esa forma, nuevos vínculosprofundos y duraderos, consolidando la solidaridad einculcando la participación activa a sus hijos.

Además de propiciar confianza interpersonal e inter-grupal, que los padres de familia puedan ser partícipesen la toma de decisiones escolares, genera una relacióncon la institución educativa, creando confianza institu-cional al introducir la transparencia y rendición decuentas como una función de los padres de familia.

Tan importante es la participación activa de los padresde familia en la educación, que la Ley General de Edu-cación reconoce en el artículo 2o. que la educación esun medio fundamental para adquirir, transmitir y acre-centar la cultura; un proceso permanente que contribu-ye al desarrollo del individuo y a la transformación dela sociedad, y que es factor determinante para la ad-quisición de conocimientos, así como para formar amujeres y a hombres de manera que tengan sentido desolidaridad social.

Asimismo, afirma que en el sistema educativo nacio-nal deberá asegurarse la participación activa de todoslos involucrados en el proceso educativo, con sentido

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de responsabilidad social, privilegiando la participa-ción de los educandos, padres de familia y docentes; loanterior, con la finalidad de fortalecer actitudes solida-rias, fomentando valores y principios.

Pese al interés que pudieran tener los padres de fami-lia en involucrarse más en la educación de sus hijos,no todos ellos, generalmente por cuestión de tiempo,pueden asistir a las reuniones o actividades escolares.Una de las principales causas de un bajo índice de par-ticipación de los padres en la educación es la ausenciade facilidades en sus centros de trabajo para poder au-sentarse y acompañar a sus hijos en el proceso forma-tivo.

Ante dicha situación, el Partido Verde Ecologista deMéxico ha hecho un respetuoso llamado a la autoridadlaboral de nuestro país para que, en el marco de susatribuciones, ejecute acciones que faciliten la partici-pación de los padres de familia en la educación de sushijos, diseñando mecanismos que permitan ajustar tan-to sus actividades laborales como personales en bene-ficio de los menores.

Ello, en concordancia con lo manifestado por el ex Se-cretario de Educación Pública, Aurelio Nuño, que enrelación con el ausentismo escolar refirió: “Es impor-tante que entendamos que la tarea educativa en un es-fuerzo de todos, es un esfuerzo del gobierno, de las au-toridades educativas, de los maestros, pero también delos padres de familia”.

No obstante, consideramos necesario establecer en laley que la participación activa de los padres de familiasea una práctica recurrente y efectiva, mediante la po-sibilidad de involucrarse y colaborar en el proyecto es-colar, en la elaboración de normas escolares, así comoapoyar la gestión escolar; no sólo para actividades in-formativas o para la organización de eventos socialesy culturales; ni mucho menos, que su participaciónprincipal sea la de aportar dinero o materiales, sinoque a través de la presente se fijen precedentes quepermitan la consolidación de una reforma legal cuyoobjeto sea el establecimiento de mecanismos para ga-rantizar la participación activa de los padres de fami-lia en la formación educativa de sus hijos.

Para ello consideramos necesario proponer una seriede reformas respecto a las Leyes General de Educa-ción, y Federal del Trabajo, para que los padres de fa-

milia puedan participar activamente en la formaciónescolar de sus hijos, sin que ello interfiera con el cum-plimiento de su jornada laboral y termine afectando sueconomía.

En mérito de lo fundado y motivado, sometemos aconsideración de esta asamblea la siguiente iniciativacon proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diver-sas disposiciones de las Leyes General de Educa-ción, y Federal del Trabajo

Primero. Se adiciona una fracción XVII al artículo 7;y se reforman la fracción III del artículo 65 y el artí-culo 68 de la Ley General de Educación, para quedarcomo sigue:

Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, susorganismos descentralizados y los particulares con au-torización o con reconocimiento de validez oficial deestudios tendrá, además de los fines establecidos en elsegundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a XVI. […]

XVII. Fomentar la participación activa de lospadres de familia como una acción educativa quepromueva la corresponsabilidad en el procesoeducativo.

Artículo 65. Son derechos de quienes ejercen la patriapotestad o la tutela

I. y II. […]

III. Colaborar con las autoridades escolares en latoma de decisiones académicas y en la elabora-ción de normas escolares para la superación de loseducandos y en el mejoramiento de los estableci-mientos educativos;

IV. a XII. […]

Artículo 68. Las autoridades educativas promoverán yfortalecerán, de conformidad con los lineamientosque establezca la autoridad educativa federal, la parti-cipación de la sociedad y de los padres de familia enlos Consejos de Participación Social, tanto en acti-

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vidades que tengan por objeto fortalecer y elevar la ca-lidad de la educación pública, así como ampliar la co-bertura de los servicios educativos.

Segundo. Se adiciona una fracción XI al artículo 132,y se recorren las demás en el orden subsecuente, de laLey Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 132. Son obligaciones de los patrones

I. a X. […]

XI. Conceder a los trabajadores permiso paraque los padres de familia asistan a las reunionesescolares de sus hijos de forma mensual, sin queesto afecte de forma económica sus jornadas la-borales, siempre que acrediten su puntual asis-tencia a dichas actividades escolares.

XII. Poner en conocimiento del sindicato titular delcontrato colectivo y de los trabajadores de la cate-goría inmediata inferior, los puestos de nueva crea-ción, las vacantes definitivas y las temporales quedeban cubrirse;

[…]

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1 Véase Valdés Cuervo, Ángel; Martín Pavón, Mario José; y Sán-

chez Escobedo, Pedro Antonio. “Participación de los padres de

alumnos de educación primaria en las actividades académicas de

sus hijos”, en Revista Electrónica de Investigación Educativa, vo-

lumen 11, número 1, 2009.

2 Balli, S.; Wedman, J.; y Demo, D. (1997). “Family involvement

with middle-grade homework: effects of differential prompting”,

en Journal of Experimental Education.

3 González, D., Corral, V., Frías, M. y Miranda, J. (1998). Rela-

ciones entre variables de apoyo familiar, esfuerzo académico y

rendimiento escolar en estudiantes de secundaria: un modelo es-

tructural. Enseñanza e investigación en psicología.

4 UNESCO (2004). Participación familiar en la educación infan-

til latinoamericana. Santiago de Chile: Oficina Regional para la

Educación de América Latina y el Caribe-UNESCO.

5 Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (2003). La

calidad de la educación básica en México. Primer informe anual.

México.

6 Miranda, R. (1995). Expectativas sobre la escuela: la percepción

de la familia del escolar. Perfiles educativos.

Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo deSan Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 8 de fe-brero de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Alberto Couttolenc

Buentello, Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez López, Rosa Ali-

cia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía

Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas,

Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Ma-

nuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa

Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng

Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela

García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Yaret

Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier

Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Uberly López Ro-

blero, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado,

Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa Rojas, Samuel Rodrí-

guez Torres, Emilio Enrique Salazar Farías, José Refugio Sando-

val Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro,

Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Ba-

rrios, Claudia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.

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QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 156 Y 456 DE

LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS

ELECTORALES, A CARGO DEL DIPUTADO AGUSTÍN BASA-VE BENÍTEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Exposición de Motivos

Planteamiento del problema

En la actualidad, el sufragio universal es una condi-ción sine qua non de toda democracia, pero en los re-gímenes democráticos de América Latina, especial-mente en México, aún existe como tarea pendiente laparticipación universal.

En nuestro país, el tema de la participación políticapuede ser analizado desde dos perspectivas, la primerade ellas versa sobre la legitimidad del sujeto electo, entanto que la segunda, relacionada con la problemáticaanterior, hace referencia a los altos niveles de absten-cionismo que, en conjunto con la compra y coaccióndel voto, permite manipular las elecciones. La conjun-ción de estos fenómenos se ha convertido en uno de loslastres para el desarrollo de la democracia en México.

Con la intención de combatir tanto la falta de legitimi-dad, como la compra y coacción del voto es que con-sidero importante hacer que el sufragio sea obligatorioy, en caso de incumplimiento, se sancione con la sus-pensión de la vigencia de la credencial para votar co-mo identificación oficial.

El tema del abstencionismo, contrario a lo que se po-dría pensar, ha ido incrementando desde 1991 (prime-ras elecciones federales que no fueron organizadas porel ejecutivo federal), tal como puede apreciarse en lasiguiente gráfica:

En las elecciones presidenciales realizadas en 2015, seobtuvo una participación que sólo superó a la de 1994por 14.8 millones de votos, esto, a pesar de que en ta-les elecciones se contó con un padrón electoral de ca-si el doble de ciudadanos inscritos. Bajo este orden deideas, el porcentaje de participación electoral en Mé-xico (desde 1991 a 2015) se puede graficar de la si-guiente manera:

La mayor diferencia en las votaciones se encuentra enlas elecciones federales de diputados. La primera deellas, celebrada una vez creado el Instituto FederalElectoral, IFE (1991), tuvo una participación de 56.97por ciento, en tanto que la celebrada en 2015 tuvo unaparticipación de 47.72 por ciento. Podría pensarse queel índice de participación no tuvo una disminuciónconsiderable, sólo fue de casi el 10 por ciento. El pro-blema se evidencia al tomar en consideración que elpadrón electoral de 2015 representa el 43.90 por cien-to más de votantes, esto implica que la participaciónelectoral sólo fue de 3.82 por ciento más de lo que cre-ció el padrón electoral.

El fenómeno del abstencionismo no sólo se puede verclaramente entre las elecciones de 1991 y 2015, éste sepuede observar desde las elecciones de 1997. En laselecciones de 97 se presenta un incremento en el pa-drón electoral de 42.35 por ciento respecto del núme-ro de votantes de 1991 (primeras elecciones para di-putados controladas por el entonces IFE), de acuerdo alos índices de participación, registrados durante la vo-tación de 1991, éste incremento en el padrón electoraldebió traducirse en un incremento en los niveles devotación equivalente a 19.33 por ciento del padrónelectoral de 1997.1 Lo anterior representa una dismi-nución de 19.32 por ciento de la votación, respecto alos índices de crecimiento y participación electoralesde 1991 (mencionados en líneas anteriores).

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Si el ejercicio anterior lo realizamos respecto a laselecciones de 1991 y 2015 estos son los resultados:

Si tomamos en consideración que en este incrementosólo participaría el 65% de los votantes (tal como ocu-rrió en la elección de 1991) podremos obtener el in-cremento de participación que se debió presentar enlas elecciones de 2015, tal como se desglosa en la ta-bla siguiente:

Lo expuesto en la tabla anterior significa que la vota-ción de 2015 debió ser mayor a la de 1991 en un 35.60por ciento, lo cual se debió traducir en una participa-ción de 70 millones 323 mil 348 votantes, es decir84.18 por ciento del padrón electoral de 2015. En éstecaso la disminución en los niveles de votación fue de30 millones 457 mil 436 que representa 36.46 porciento del padrón electoral,2 i.e., de acuerdo a los índi-ces de participación de 1991, las elecciones de 2015tuvieron una caída en los niveles de participación elec-toral que equivale a 65 por ciento del incremento quese tuvo en el padrón electoral de dichas elecciones. Porotro lado la participación electoral de 2015 es menor ala de 1991 en 18.25 puntos porcentuales, dicha dife-rencia podría parecer menor, pero no lo es ya que (co-mo se mencionó en líneas anteriores) en 2015 se tuvoun incremento del padrón electoral equivalente a127.76 por ciento respecto del registrado en 1991.

Este tipo de descensos en la participación ciudadana,no sólo repercuten en la falta de legitimidad de aque-llos que son electos en dichos comicios, sino que tam-bién deja un amplio margen de maniobra para la ma-nipulación de las elecciones por medio de la compra y

coacción del voto. El aumento en los niveles de parti-cipación tendría como efecto hacer prácticamente in-operante la manipulación electoral por medio de lacompra y coacción del voto, ya que no habría dinero niestructura suficientes para realizar esa práctica respec-to de todo el padrón electoral ya que, bajo este nuevosupuesto, ahora el total del padrón electoral tendríaque emitir su voto.

El fenómeno del abstencionismo no es un problemaparticular del Estado mexicano, ya que los índices departicipación electoral a nivel mundial tiene una ten-dencia a la baja, pasando de 65 por ciento de partici-pación en la década de los 90 del siglo pasado a 61 porciento en las elecciones de 2015/2016.3 La situaciónelectoral en el mundo puede ser analizada en dos ru-bros: participación electoral en países miembros de laOrganización para la Cooperación y el DesarrolloEconómicos (OCDE) y participación electoral enpaíses de América Latina. En los países del primer ru-bro se puede observar un índice de participación elec-toral de 64 por ciento, en tanto que los del segundo ru-bro presentan uno equivalente al 71 por ciento departicipación electoral.

De acuerdo al Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo (en lo sucesivo PNUD) las elecciones parla-mentarias en países miembros de la OCDE, han pre-sentado un descenso en la participación equivalente a11 por ciento, en tanto que los países de América Lati-na presentan un incremento de 8 por ciento. Pese al fe-nómeno de incremento en la participación electoraldentro de la región, México ha presentado una dismi-nución en sus niveles de votación equivalente a 36.46por ciento de la participación electoral.4 Los índices departicipación de las últimas elecciones son similares alas presentadas en Jamaica (47.72 por ciento)5 y a pe-nas superiores a las de países como Chile (46.53 porciento)6 y El Salvador (45.91 por ciento).7 Es impor-tante recordar que en el caso de Chile es un país que seencuentra en una crisis de representatividad electoral,ya que es uno de los países de América Latina y miem-bros de la OCDE con los niveles más bajos de partici-pación ciudadana en los procesos electorales.

En la Unión Europea se presenta una participaciónelectoral de aproximadamente 43.1 por ciento dondeel mayor nivel de participación se presentó en Bélgicacon un índice de 89.6 por ciento, en tanto que el nivelmás bajo lo registró Eslovaquia con 13.1 por ciento,8

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lo anterior implica una diferencia de 76.5 puntos por-centuales entre estas dos naciones, esto se debe, engran medida, a la obligatoriedad del voto en Bélgica.Al realizar este contraste entre Uruguay (con votoobligatorio y sanciones) y México (que a pesar de te-ner voto obligatorio no posee sanciones) encontramosque en el caso de Uruguay cuenta con un nivel de par-ticipación equivalente a 89.62 por ciento, en tanto queMéxico presenta un índice de participación de 47.72por ciento, lo que implica una diferencia de 41.9 pun-tos porcentuales. Conforme a los dos ejemplos men-cionados anteriormente se puede observar que lospaíses con mayores índices de participación electoralson aquellos que poseen la figura del voto obligatorio,en tanto que aquellos que no la poseen, o a pesar deposeerla no existen sanciones, registran índices de vo-tación más bajos. Para un mayor contraste se puedeobservar la siguiente gráfica que compara distintospaíses de America Latina:

Entorno a la obligatoriedad del voto encontramos dosprincipales tendencias, la primera de ellas considera alvoto como un simple deber (sin establecer sancionesen caso de incumplimiento) la segunda constituye alvoto como una obligación jurídica (por tal motivo encaso de incumplimiento se le enlaza una consecuenciajurídica -o sanción-). Nuestro país se encuentra dentrodel primer rubro, ya que si bien el artículo 36 Consti-tucional establece que “son obligaciones de los ciuda-danos: III. Votar en las elecciones y consultas popula-res, en los términos que señale la ley” ni el textofundamental ni la ley reglamentaria, establecen san-ciones en caso de incumplimiento. Debido a la falta deconsecuencias jurídicas la observancia de la ley quedaal arbitrio del electorado, tal circunstancia se traduceen los bajos niveles de votación que en la actualidad sepresentan en los procesos electorales de México.

En América Latina existen países como Argentina,Brasil y Uruguay que cuentan con sanciones económi-cas para aquellos casos en que no se cumpla con laobligación de votar,1 por su parte en la Unión Europea,países como Liechtenstein, Luxemburgo y Bélgica po-seen sanciones económicas que, en el caso de Luxem-burgo, llegan hasta los mil euros.10 Gracias al estable-cimiento del voto obligatorio con sanciones los paísesantes mencionados cuentan con altos niveles de parti-cipación ciudadana en comparación con lo que ocurreen México, tal como se puede apreciar en la siguientegráfica:

La baja participación en los comicios electorales, hacenecesario generar sanciones para aquellos que incum-plan con la obligación de votar, en tal sentido, consi-dero que la consecuencia jurídica más idónea ante talincumplimiento es la pérdida de la vigencia de la cre-dencial para votar como identificación oficial.

Con la presente propuesta busco aumentar los nivelesde participación ciudadana, de igual forma tomo enconsideración que existen situaciones en las que losciudadanos se pueden ver imposibilitados para cum-plir con tal obligación, por ello establezco supuestosde excepción y los procedimientos para acreditar laconfiguración de los mismos.

Por lo anterior, propongo la siguiente reforma y adi-ción a los artículos 156 y 456 de la Ley General de Ins-tituciones y Procedimientos Electorales que, en el ca-so del artículo 456, se agrega una fracción II al incisoe), con lo cual se recorre el orden de las fracciones res-tantes. A continuación se muestra un cuadro compara-tivo de la redacción actual y la redacción propuesta:

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El suscrito, diputado Agustín Francisco de Asís Basa-ve Benítez, integrante del Grupo Parlamentario delPartido de la Revolución Democrática en la LXIII Le-gislatura del Congreso de la Unión, con fundamentoen los artículos 71, fracción II, de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara deDiputados, someto a la consideración del pleno de laCámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan los ar-tículos 156 y 456 de la Ley General de Institucionesy Procedimientos Electorales

Artículo 156. …

1. a 4. …

5. La vigencia de la credencial para votar será de 10años, su uso como identificación oficial se encon-trará sujeta a la participación en el proceso electo-ral inmediato anterior que le corresponda, los tér-minos de suspensión y vigencia estarán sujetos a lodispuesto en el artículo 456 del presente ordena-miento.

456. …

1. …

a) a d)…

e)…

II. Respecto a los ciudadanos, todo aquel que noacuda a emitir su voto en la elección que le co-rresponda hacerlo, será acreedor a la suspen-sión, por un año, de la vigencia de su credencialde elector como identificación oficial, si existereincidencia la sanción se incrementará por unaño más.

La sanción no será aplicable cuando:

a) Se trate de personas con alguna discapaci-dad;

b) Se trate de personas mayores a 65 años;

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c) No se emita el voto por caso fortuito o fuer-za mayor; y

d) No se emita el voto por encontrarse fueradel territorio nacional.

Para acreditar las causales contenidas en los in-ciso a y b, bastará con que, el día de la elección,el ciudadano acuda, por sí o por interpósita per-sona, a la casilla en la que le corresponda votarpara que ahí se le coloque la marca respectivaque le dé vigencia a su credencial para votar co-mo identificación oficial. En el caso del inciso a),será necesaria la presentación de la documenta-ción médica que acredite la incapacidad. Res-pecto al inciso b), no se requerirá mayor pruebaque la propia credencial para votar o, en caso deno contener la fecha de nacimiento, el acta denacimiento del ciudadano. Aquel que se ubiquedentro de las causales de los inciso a) y b) debe-rá realizar este procedimiento una sola vez du-rante los 10 años de la vigencia de su credencial.

En caso de encontrarse imposibilitado de reali-zar el procedimiento durante el día de la elec-ción, las personas podrán acudir a cualquier mó-dulo de su estado.

El instituto proveerá el material necesaria a losfuncionarios de casilla para que coloquen lasmarcas de vigencia a que se refiere este párrafo.

Para la acreditación de las causales mencionadasen los incisos c) y d), los ciudadanos deberán pre-sentar en alguno de los módulo de su estado, laspruebas necesarias que acrediten la configura-ción de alguna de las causales de excepción. Deser el caso, se colocará una marca de vigencia enla credencial dentro del espacio destinado parael registro de participación en la elección a la queno se haya podido acudir.

Los lineamientos que implemente el Instituto pa-ra el funcionamiento de estos procedimientos,deberá contemplar las diferentes realidades so-ciales y económicas de las diversas regiones delpaís, con la intención de permitir al ciudadanoobtener la vigencia de su credencial, siempre ycuando el incumplimiento de la obligación no seadeliberado.

Se recorre la numeración de las subsecuentes frac-ciones

III. Respecto de los ciudadanos, o de los dirigen-tes y afiliados a los partidos políticos: con multade hasta quinientos días de salario mínimo gene-ral vigente para el Distrito Federal; en el caso deaportaciones que violen lo dispuesto en esta Ley,o tratándose de la compra de tiempo en radio ytelevisión para la difusión de propaganda políti-ca o electoral, con multa de hasta el doble delprecio comercial de dicho tiempo;

IV. Respecto de las personas morales por las con-ductas señaladas en la fracción anterior: conmulta de hasta cien mil días de salario mínimogeneral vigente para el Distrito Federal, en el ca-so de aportaciones que violen lo dispuesto en es-ta Ley, o tratándose de la compra de tiempo enradio y televisión para la difusión de propagan-da política o electoral, con multa de hasta el do-ble del precio comercial de dicho tiempo, y

V. Respecto de los ciudadanos, de los dirigentes yafiliados a los partidos políticos, o cualquier per-sona física o moral, con amonestación pública y,en caso de reincidencia, con multa de hasta dosmil días de salario mínimo general vigente parael Distrito Federal, en el caso de que promuevanuna denuncia frívola. Para la individualizaciónde las sanciones a que se refiere esta fracción, laautoridad electoral deberá tomar en cuenta lagravedad de la responsabilidad en que se incu-rra y la conveniencia de suprimir la práctica enatención al bien jurídico tutelado, o las que sedicten con base en él; las circunstancias de mo-do, tiempo y lugar de la infracción; las condicio-nes socioeconómicas del infractor; las condicio-nes externas y los medios de ejecución; lareincidencia en el incumplimiento de obligacio-nes y, en su caso, el monto del beneficio, lucro,daño o perjuicio derivado del incumplimiento deobligaciones.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

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Notas

1 Esto se concluye a partir de considerar que el incremento del pa-

drón electoral fue de 15 millones 532 mil 799, si en tal incremen-

to tomamos como parámetro de votación un índice de participa-

ción de 65 por ciento dicho incremento debió verse reflejado en un

aumento de 10 millones 96 mil 319.4 votos, los cuales equivalen a

19.33 por ciento del padrón electoral de 1997.

2 Estas cifras se obtiene a partir de restarle al 84.18% (participa-

ción estimada) el 47.72 (participación real de las elecciones de

2015), lo que nos da como resultado 36.46% es decir 30 millones

457 mil 436 de votantes.

3 Madrid, Sebastian y Sacks, Sofia (PNDU) (Programa de las Na-

ciones Unidas para el Desarrollo), Diagnóstico sobre la participa-

ción electoral en Chile, Chile, 2017, PNUD, páginas 10 y 11.

4 Éste índice no representa los niveles de abstención, sino la caída

que ha presentado la participación electoral en México respecto a

las primeras elecciones celebradas por el entonces IFE.

5 Información tomada del banco de datos del Institut for Demo-

cracy and Electoral Asistance.

6 Ídem.

7 Ídem.

8 Caldevilla Domínguez, David, “Pros y contras del voto obliga-

torio en la formación de la cultura política colectiva: electoparti-

dismo”, Perspectivas de la Comunicación, 2015 volumen 8 núme-

ro 2 página 177.

9 http://www.emol.com/noticias/Nacional/2016/10/15/826485/Ra-

diografia-al-voto-obligatorio-en-el-mundo-que-paises-lo-aplican-

y-cuanta-es-la-participacion.html

10 Obra citada, Caldevilla Domínguez, David, nota 8, página 177.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2018.

Diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez(rúbrica)

QUE EXPIDE LA LEY GENERAL PARA LA RECUPERACIÓN Y

APROVECHAMIENTO DE ALIMENTOS; Y REFORMA Y ADI-CIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DE DESA-RROLLO RURAL SUSTENTABLE, Y DEL IMPUESTO SOBRE

LA RENTA, SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL GRUPO PAR-LAMENTARIO DEL PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes delGrupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista dela LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuestoen los artículos 71, fracción II, de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracciónI, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados,someten a consideración de esta asamblea la presenteiniciativa con proyecto de decreto por el que se ex-pide la Ley General para la Recuperación y Apro-vechamiento de Alimentos; se reforman y adicio-nan los artículos 17, 15, 109 y se adiciona unafracción al artículo 183 de la Ley de Desarrollo Ru-ral Sustentable; se reforma y adiciona la fracciónXXIII del artículo 27, el primer párrafo y el incisoa) de la fracción VI del artículo 79 de la Ley del Im-puesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los retos de la sociedad moderna es el lograrque todos los habitantes del planeta accedan a los in-sumos necesarios para su sobrevivencia, toda vez queexisten las condiciones técnicas para alcanzar este ob-jetivo.

Prueba de lo anterior es la cantidad de excedentes quecada año se producen, incluyendo nuestro país. Al res-pecto, se estima que alrededor del mundo se desperdi-cian 1,300 millones de toneladas de alimentos al año,lo cual equivale a un tercio de los alimentos produci-dos para el consumo humano; tan sólo en América La-tina se pierden hasta 127 millones de toneladas de ali-mentos anualmente1 y en México se ha calculado quese desperdician aproximadamente 20.4 millones de to-neladas de alimentos al año, lo que representa un des-perdicio por persona de 170 kilogramos anuales, mis-mos que podrían cubrir la demanda de 7.4 millones depersonas en pobreza y carencia alimentaria.2

Las implicaciones del desperdicio de alimentos tam-bién abarcan al proceso de producción: la huella decarbono global relacionado con este fenómeno se cal-cula en 3,300 millones de toneladas de dióxido de car-

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bono, mientras que se utilizan aproximadamente 1,400millones de hectáreas para producir alimentos que nose consumen (la superficie mayor a Canadá e Indiajuntos), y la huella hídrica representaría hasta 3.6 ve-ces el consumo total de Estados Unidos.3

En el caso mexicano, la cantidad de alimentos desper-diciados genera 36 millones de toneladas de CO2, loque equivaldría a las emisiones anuales de 16 millonesde vehículos, y por esta misma causa se estima la pér-dida de 40 mil millones de litros de agua.4

En contraste, se ha logrado alcanzar el millón de hec-táreas sembradas destinadas para generar alimentosorgánicos, cifra que ha permitido que México se man-tenga en el séptimo sitio como productor de agroali-mentos a nivel mundial y el cuarto en América, deacuerdo con cifras de 2017 dadas a conocer por la Sa-garpa.5

El Estado está obligado a proveer de las condicionesóptimas para que toda persona pueda acceder a unaalimentación sana, garantizando la disponibilidad delos alimentos.

En este sentido, la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos reconoce el derecho a la alimenta-ción de forma explícita en su artículo cuarto, el cualestablece que “Toda persona tiene derecho a la ali-mentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estadolo garantizará”.6

El derecho a la alimentación se amplía para proteger aun sector de la población en situación de mayor vul-nerabilidad, obligando a la federación, los estados ymunicipios a desarrollar mecanismos para apoyar lanutrición de los indígenas y familias migrantes me-diante programas de alimentación, con especial aten-ción a la población infantil.

Si bien en el último reporte presentado por el Conevalse observa una reducción en los niveles de carenciapor acceso a la alimentación llegando en 2016 a 20.1por ciento de la población, en el mismo año la pobla-ción con ingreso inferior a la línea de bienestar míni-mo era de 21.4 millones,7 es decir, que se trata de per-sonas que están en riesgo de morir de hambre por notener un ingreso suficiente para adquirir la canasta bá-sica alimentaria.

Para lograr revertir esta situación se deben promovermedidas tendientes a evitar el desperdicio de alimen-tos mediante la generación de esquemas de recupera-ción, a efecto de garantizar el derecho humano a unaalimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a aque-llos sectores de la población que por diferentes causasno pueden satisfacer esa necesidad básica, así comoaminorar las afectaciones ambientales por la produc-ción de alimentos que no sean consumidos.

Problemática

La merma, pérdida8 y desperdicio de alimentos en Mé-xico, es equivalente al 35 por ciento de los alimentosproducidos. El desperdicio se puede dar en las etapasde producción, pos-cosecha y procesamiento de ali-mentos, así como de venta minorista y consumo final.

En nuestro país, la problemática de pérdida de alimen-tos es mayor en los primeros eslabones de la cadena deproducción de alimentos (desde la pre-cosecha).

En la fase de producción primaria la cosecha no com-pensa el costo del transporte e incita a los productoresa dejar los productos en el campo, debido a la volatili-dad de precios del mercado. También se pierden ali-mentos en esta etapa porque en ocasiones no cumplencon estándares de calidad exigidos por el mercado. Lomismo sucede con el producto cosechado, que se pier-de por no alcanzar los criterios de calidad. En la in-dustria de la transformación la pérdida se debe a enva-ses o embalajes dañados (caja dañada), o errores deenvasado (errores de impresión).

En la etapa de distribución y comercialización se pier-den alimentos por mal manejo, principalmente de losperecederos, por tener una fecha próxima de caduci-dad o porque exceden la misma.

Finalmente, en la fase de consumo se desperdicia grancantidad de alimentos debido a los malos hábitos deplanificación al comprar los alimentos o falta de com-prensión de las etiquetas, entre otros factores. En ho-teles, restaurantes, comedores escolares y hogares, sedesechan alimentos ya preparados, por no ser del agra-do del consumidor.

Con cifras de la Cruzada Nacional contra el Hambre,los alimentos de los que existe mayor desperdicio son:pescado y sardina, de los que se pierde el 54.1 por

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ciento, es decir, más de 127 mil toneladas; nopal delque se desperdicia el 63.3 por ciento, equivalente a 83mil 784 toneladas; guayaba con un desperdicio de 57.7por ciento, igual a 63 mil 719 toneladas, y mango, delque se pierde el 54.5 por ciento, esto es, 297 mil 853toneladas.

Se estima que el total de los alimentos que se desper-dician podrían servir para evitar el hambre que pade-cen alrededor de siete millones de mexicanos. Al res-pecto, dicho programa social, entre sus principalesobjetivos enuncia el de minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento,transporte y comercio.

A partir de su entrada en vigor, se logró la conforma-ción del Grupo Técnico de Pérdidas y Mermas de Ali-mentos, con representantes de 16 secretarías de Esta-do, Bancos de Alimentos y de la Organización de laNacionales Unidas para la Alimentación y la Agricul-tura (FAO).

Así también, se crearon programas como el proyecto“Creación de Cadenas productivas en las Costas deMéxico” con el que se ha logrado reducir el desperdi-cio de pescados y mariscos en 37 municipios costeros,en el que participan conjuntamente las secretarías deComunicaciones y Transportes; de Economía; de Agri-cultura, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; deMedio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarro-llo Social.

Esta soberanía, por su parte, ha contribuido apro-bando año con año mayores recursos para el Fondosectorial Sedesol-Conacyt con el que se busca im-pulsar a científicos mexicanos que aporten solucio-nes técnicas y prácticas para evitar mayores pérdidasde alimentos.

Las actividades de recuperación son realizadas mayor-mente por los bancos de alimentos que hoy en día soniniciativas generadas desde la sociedad civil que atien-den la problemática en distintas entidades federativas.A la fecha, la Asociación Mexicana de Bancos de Ali-mentos de México es la segunda más grande del mun-do y tiene la capacidad de recuperar alrededor de 125mil toneladas anuales de alimentos, alimentando así a1.2 millones de personas, a través de sus 60 bancosafiliados. Sin embargo, la cantidad recuperada siguesiendo mucho menor a lo que se desperdicia.

El problema de carencia alimentaria que existe en Mé-xico, no es un tema de insuficiencia de alimentos, sinode aprovechamiento y distribución ineficiente de losmismos.

La pérdida de alimentos tiene impactos sociales, eco-nómicos y ambientales. Implica la utilización de re-cursos naturales e insumos agrícolas que también aca-ban desperdiciándose y generando impactosinnecesarios, reduce la disponibilidad local y mundialde alimentos, genera pérdidas de ingresos para los pro-ductores, aumenta los precios para los consumidores eimpacta de manera negativa en la salud y nutrición dela población. También genera contaminación del aire(emisiones de GEI durante el proceso de producción yen la disposición final de residuos orgánicos), del sue-lo y agua (uso ineficiente de agroquímicos).

Impacto presupuestal

Actualmente en América Latina y el Caribe se desper-dicia el 35 por ciento de los alimentos, cuya recupera-ción permitiría alimentar a la población en situaciónde hambre en México (alrededor de 24.6 millones depersonas).

Desde 1995 existe en México la asociación civil Aso-

ciación Mexicana de Bancos de Alimentos, A. C.

(BAMX), que cuenta actualmente con más de 60 pun-tos de distribución en el país y atiende a 1.3 millonesde personas que tienen carencia alimentaria. Su laborha permitido el rescate, en 2014, de 117 millones dekilos de alimento aptos para el consumo humano.9 Sinembargo, la cantidad recuperada sigue siendo muchomenor a lo que se desperdicia.

En el siguiente cuadro se analizan los aspectos más re-levantes y su posible impacto presupuestario.

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1. Gasto de operación

Se tienen los siguientes supuestos:

• Se colaboraría con Diconsa, aprovechando su in-fraestructura para generar economías de escala.

– Diconsa cuenta con la red de abasto social másgrande en toda América Latina, con 300 almace-nes, más de 27 mil tiendas comunitarias fijas,295 móviles y 151 centros de atención a benefi-ciarios, instalados a nivel nacional. Tiene ampliapresencia en los municipios que son atendidos através de la Cruzada Nacional Contra el Hambrey lleva productos que procuran una alimentaciónsana, variada y suficiente en los comedores co-munitarios de todo el país.11

Se cuenta con la posibilidad de dotar de instalacionesfísicas a los bancos de alimentos en cada una de las en-tidades federativas del país sin erogar recursos adicio-nales.

No se sustituye la labor de la red de BAMX, pero secomplementa. Ello significa que los gastos que actual-mente realiza el Estado y los donativos que se recibenpor la Red no se desplazan hacia los bancos de ali-

mentos de nueva creación (podría crear conflictos conla sociedad civil y el sector privado que la apoya).

Dado que no se cuenta con información a detalle sobrela operación de los bancos de alimentos, se utiliza co-mo un aproximado el gasto anual que realiza BAMX.De acuerdo con el Informe 2015 de BAMX,12 la redcontaba con 58 bancos de alimentos, una oficina deservicio nacional y un centro nacional de acopio y dis-tribución. La red de bancos de alimentos del Estadopropuesta estaría, en principio, conformada por 32bancos de alimentos y, posiblemente, una oficina cen-tral y un centro nacional de acopio y distribución. Encaso de requerirse de un mayor número de centros deacopio, se estaría bajo el supuesto de la colaboracióncon Diconsa.

El trabajo realizado hasta la fecha ha incorporado tam-bién a la Asociación de Bancos de Alimentos de Mé-xico que, junto con Diconsa, se ha encargado de dis-tribuir los víveres recuperados en las zonas de mayormarginación del territorio nacional.

En este sentido, vale la pena reconocer la labor reali-zada por los bancos de alimentos, mismos que desdehace muchos años se dedican al acopio, selección ydistribución de alimentos perecederos y no perecede-ros que reciben en forma de donación.

Los bancos de alimentos distribuyen entre la pobla-ción de escasos recursos alimentos no comercializa-bles que se encuentran en condiciones óptimas para elconsumo humano, ya sea canalizándolos a institucio-nes de asistencia social o distribuyéndolos directa-mente en las comunidades.

Los bancos de alimentos son reconocidos como puen-tes entre la abundancia y la carencia, pues se encargande rescatar alimentos de los mercados de abasto, tien-das de autoservicio, campos agrícolas, empacadoras eindustria alimentaria en general, evitando así su des-perdicio.

El papel de estas instituciones es de gran relevanciapues promueven la autogestión de las comunidades enlas que tienen injerencia y la participación social en lalabor de encontrar soluciones a sus problemas.

En reconocimiento a la labor realizada por los bancosde alimentos para beneficiar a quienes más lo necesi-

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tan, en el Grupo Parlamentario del Partido Verde Eco-logista de México es que ponemos a consideración deesta soberanía la presente iniciativa, la cual tiene porobjeto reformar la Ley del Impuesto Sobre la Rentapara dos fines. En primer lugar, brindar facilidadespara que los bancos de alimentos puedan darse de al-ta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)como donatarias autorizadas. En segundo lugar, per-mitir la deducción de los costos de traslado de ali-mentos donados de las instalaciones de los obligadospor la Ley General para la Recuperación y Aprove-chamiento de Alimentos a bancos de alimentos y or-ganizaciones civiles o comunitarias, con el fin de co-adyuvar a hacer eficiente la entrega directa en susinstalaciones.

De acuerdo con el Informe 201513 de la institución, enese mismo año se erogaron 263.8 millones de pesospor concepto de apoyos (239.8 millones) y operación(24 millones). Considerando que cuenta con 58 bancosde alimentos, se podría estimar que, si fueran sólo 32,el gasto por concepto de apoyos se reduciría de mane-ra proporcional. Ello resultaría en un gasto equivalen-te a 132.3 millones de pesos por concepto de apoyosque, sumado al gasto de operación de 24 millones,equivaldría a 156.3 millones. Actualizando esta cifra a2018, se tiene un estimado de impacto presupuestariopor la operación de los bancos de alimentos de 178.9millones de pesos.14

2. Gastos fiscales

Los gastos fiscales son estimaciones de ingresos que elerario deja de percibir por la autoaplicación por partede los contribuyentes de los tratamientos diferencialescontenidos en los ordenamientos legales de los diver-sos impuestos,15 es decir, no corresponden a un egre-so, pero sí a la disminución de los ingresos.

En la propuesta bajo análisis es posible que los gastosfiscales por concepto del ISR aumenten. De acuerdocon la Secretaría de Hacienda y Crédito Público(SHCP),16 los donativos se incrementaron de 2010 a2015 a una tasa promedio anual real de 3.9 por ciento.El total de donativos presentados para deducción porlos contribuyentes en 2015 ascendió a 9,714 millonesde pesos de 2017. Este monto no corresponde al totalde impuestos deducidos, es decir, al gasto fiscal poreste concepto.

En principio, el monto de los donativos que se puedededucir asciende al 7 por ciento ya sea de la utilidadtotal de las empresas o de los ingresos de las personasfísicas.17 Dado que no se conocen los montos totalesrelacionados con la utilidad o los ingresos de los do-nantes, no se puede estimar el gasto fiscal relacionadode esta forma.

Se tienen entonces los siguientes supuestos para calcu-lar la relación existente entre el monto total de los do-nativos y lo que se deja de pagar por concepto de ISR:

– La tasa media de crecimiento anual real de los do-nativos deducidos se mantiene en 3.9 por ciento.

– La estimación de SHCP del gasto fiscal por dona-tivos en 2018 (4,879 millones de pesos, ver cuadroabajo) es consistente con la estimación del montototal de los donativos que se busca deducir (creci-miento del 3.9 por ciento real anual de donativos).

Si en 2015 el total de donativos declarados ascendió a9,714 millones de pesos de 2017, para 2018 se estimaun total de donativos declarados de 10,895.4 millonesde pesos de 2018. Si la SHCP estima que el gasto fis-cal derivado de los donativos ascenderá a 4,879 millo-nes de pesos, ello equivaldría a que, del total de dona-tivos declarados, se deduce el 46.6 por ciento.

Una vez que se tiene una relación entre los montos do-nados (o que se presentan ante la SHCP para conside-rar una deducción) y la cantidad de impuestos que nose paga, que equivale al 46.6 por ciento, se procede aestimar el monto de donativos que se espera recibirpor parte de la red de bancos de alimentos a crearse.

En 2015 BAMX recibió por concepto de donativos lacantidad de 63.9 millones de pesos en efectivo y 203.7

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millones de pesos en especie.18 Considerando que has-ta 2018 estos montos se hubiesen incrementado 3.9por ciento real cada año, se tiene un total de 300.1 mi-llones de pesos de donativos a recibir.

Si se toma esta cifra como base de cálculo para los do-nativos a recibirse por la red de bancos de alimentos acrearse por la propuesta (adicionales a los que actual-mente recibe BAMX), incluyendo como donativos eltransporte de los alimentos (en especie) y que tanto losdonativos en especie como los que son en efectivopueden deducirse, se esperaría un gasto fiscal relacio-nado del 46.6 por ciento de esta cifra, es decir, de139.8 millones de pesos.

3. Total

En caso de implementarse la propuesta, y dados los su-puestos explicados anteriormente, se tiene que el im-pacto presupuestario estimado de la propuesta ascien-de a cerca de 320 millones de pesos al año.

El desperdicio de alimentos y su impacto en lascondiciones de sostenibilidad

El desperdicio de alimentos compromete la sostenibi-lidad en virtud de que:19

• La agricultura intensiva que no permite el barbe-cho y reposición de las tierras, disminuye la fertili-dad del suelo. Cuando aproximadamente un terciode los alimentos que se producen en el mundo no seconsume, los suelos sufren una presión innecesaria.La disminución de la fertilidad de los suelos hacenecesario recurrir a una mayor cantidad de insumossintéticos, que causan contaminación y terminanocasionando la pérdida de tierras cultivables.

• En la agricultura ya se usa el 70 por ciento delagua dulce que se retira en la Tierra, y todo nuevoaumento de la producción agrícola significará unmayor consumo de agua. El agua representará un

factor limitante clave de la seguridad mundial, ycuando los alimentos se desperdician el agua semalgasta.

• Los sistemas alimentarios y agrícolas dependenenormemente de la disponibilidad de energía deri-vada de combustibles fósiles. El petróleo se utilizaen casi todas las fases de la producción de alimen-tos: desde la producción de fertilizantes hasta laplantación y cosecha mecanizadas, el riego, el en-friamiento y el transporte. Lo que es más, los ali-mentos descartados que son vertidos en un terraple-nado y se descomponen de forma anaeróbicaliberan metano, un gas que tiene un poder de reten-ción térmica 25 veces superior al del dióxido de car-bono, situación que impacta enormemente al cam-bio climático.

• Los alimentos que no se consumen constituyenuno de los varios factores que contribuyen a las pér-didas de biodiversidad debidas a las variaciones dehábitat, a la sobreexplotación, a la contaminación yal cambio climático.

De acuerdo con la Meta 12.3 de los Objetivos de De-sarrollo Sostenible de la ONU, para el 2030 se debe re-ducir a la mitad el desperdicio mundial de alimentosper cápita en la venta al por menor y a nivel de los con-sumidores y reducir las pérdidas de alimentos en lascadenas de producción y distribución, incluidas laspérdidas posteriores a las cosechas.20

Al detectar el origen de las pérdidas de los alimentos,este nuevo indicador proporciona a los países una me-dida regular de los desperdicios que se producen en elcamino de la semilla a la mesa. Los gobiernos podránemplear estos datos para desarrollar políticas sobre elalmacenamiento, la seguridad y transporte de alimen-tos, y el funcionamiento de los sistemas alimenta-rios.21

La reducción de las pérdidas y desperdicios de ali-mentos tendrá un impacto sobre otros varios ODS queapuntan a un uso más eficaz de los recursos, a la re-ducción del hambre (mediante una mayor oferta de ali-mentos) y de las emisiones de gases de efecto inver-nadero.22

Lo anterior, debido a que todo lo que producimos yconsumimos tiene una repercusión positiva o negativa

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en la economía, el medio ambiente y el desarrollo so-cial. El uso de modalidades de consumo y producciónsostenibles aumenta la eficiencia y productividad, ase-gura que las actividades humanas se mantengan dentrode la capacidad de sustentación del planeta y se respe-tan los derechos de las generaciones futuras.23

En ese sentido, el consumo y la producción sosteniblessignifican hacer más y mejores cosas con menos re-cursos. Se trata “del uso de bienes y servicios que res-ponden a necesidades básicas y proporcionan una me-jor calidad de vida, al mismo tiempo que minimizan eluso de recursos naturales, materiales tóxicos y emisio-nes de desperdicios y contaminantes sobre el ciclo devida, de tal manera que no se ponen en riesgo las ne-cesidades de futuras generaciones”.24

Por otro lado, el consumo y la producción sosteniblesengloban el objetivo de desvincular sistemáticamenteel crecimiento económico de la utilización crecientede los recursos y la degradación del medio ambiente,a fin de “hacer más con menos”. La desvinculación selogrará mediante la reducción del uso intensivo demateriales y energía en las actividades económicasactuales y la reducción de las emisiones y los des-echos provenientes de la extracción, la producción, elconsumo y la eliminación. Al utilizar el enfoque delciclo de vida como instrumento para lograr el consu-mo y la producción sostenibles, se tomarán medidaspara influir en la oferta y la demanda de los productossostenibles y evitar la redistribución de la carga entrelas diferentes etapas del ciclo de vida de los produc-tos.25

Ahora bien, en relación a la seguridad alimentaria ynutricional en México, es preciso resaltar que presen-ta un panorama de grandes contrastes. Si bien la ofer-ta de energía alimentaria disponible en México sobre-pasa los requerimientos para cubrir la demanda, lasfuertes deficiencias en el acceso originan un panoramaheterogéneo de grandes carencias que requiere de in-tervenciones focalizadas en ciertos grupos de pobla-ción y en ciertas regiones.

Al deficiente acceso a los alimentos de grupos impor-tantes, se suma la desnutrición crónica infantil aún poratender, al igual que la alta prevalencia de sobrepeso yobesidad en niños, adolescentes y adultos. La doblecarga de la malnutrición impide el adecuado desarro-llo físico e intelectual del individuo al mismo tiempo

que aumenta el riesgo de enfermedades crónicas notransmisibles, con grandes costos directos e indirectospara las familias y la sociedad.

Las últimas estimaciones de la FAO dan cuenta de unaumento de la subalimentación a nivel global, aumen-tando en el último año 38 millones de personas, pa-sando de 777 millones en 2015 a 815 en 2016, siendoel 11 por ciento de la población global.26

En Sudamérica el hambre pasó de afectar al 5 por cien-to de la población regional en 2015 a 5,6 por ciento en2016. En Mesoamérica (Centroamérica y México) laproporción de personas con hambre cayó de 6,7 porciento en 2015 a 6,5 por ciento en 2016. En el Caribetambién cayó de 18,4 por ciento en 2015 a 17,7 porciento en 2016.27

En 2014-16, Brasil, Cuba y Uruguay presentan unaproporción de personas subalimentadas inferior al 2,5por ciento. Los que le siguen son Argentina, Barbados,Chile, México, y Trinidad y Tobago, que tienen unaprevalencia de subalimentación igual o inferior al 5por ciento de su población.28

En su conjunto, la Ley que se propone en la presenteiniciativa tiene diversos ejes transversales que no la li-mitan a una acción de carácter altruista, sino que porel contrario se enfoca en materia económica, ambien-tal y social, toda vez que reducir la pérdida y el des-perdicio de alimentos debe considerarse como unaprioridad nacional debido a que su impacto no sólotiene que ver con el hambre y la mal nutrición, sinotambién con la emisión de gases de efecto invernade-ro y con una potencial disminución del Producto In-terno Bruto.

Es por lo anteriormente expuesto que someto a la con-sideración de esta honorable asamblea, la siguienteiniciativa con proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley General para laRecuperación y Aprovechamiento de alimentos; sereforman y adicionan los artículos 17, 15, 109 y seadiciona una fracción al artículo 183 de la Ley deDesarrollo Rural Sustentable; se reforma y adicio-na la fracción XXIII del artículo 27, el primer pá-rrafo y el inciso a) de la fracción vi del artículo 79de la Ley del Impuesto sobre la Renta

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Artículo Primero. Se expide la Ley General para laRecuperación y Aprovechamiento de Alimentos, paraquedar como a continuación se presenta:

Ley General para la Recuperación y Aprovecha-miento de Alimentos

Capítulo IDisposiciones Generales

Artículo 1. Esta ley es de observancia general en todala República; sus disposiciones son de orden público einterés social y tiene por objeto:

I. Establecer los mecanismos de coordinación paraque autoridades federales y locales desarrollen yamplíen la estructura institucional y física para laoperación de Bancos de Alimentos en todas las en-tidades federativas;

II. Determinar los lineamientos para evitar el des-perdicio de alimentos permitiendo la donación deproductos perecederos a los bancos de alimentos enbeneficio de las comunidades en condiciones devulnerabilidad;

III. Garantizar el derecho a la alimentación por me-dio de la colaboración entre los tres niveles de go-bierno y establecimientos como las centrales deabasto, mercados, tiendas de autoservicio, hoteles,restaurantes e industria de la transformación, paraque sea posible el traslado y distribución de ali-mentos que no sean considerados para su comercia-lizados o utilizados, y qué dichos artículos que seencuentren en condiciones para su consumo puedanllegar a Bancos de Alimentos, o a las organizacio-nes civiles o comunitarias que éstos les indiquen, através de un Comité que para tal efecto se confor-me.

IV. Regular el tratamiento comercial en las tiendasde autoservicio de los alimentos perecederos, enla-tados y envasados a efecto de recuperar alimentosque son susceptibles de ser consumidos y aprove-chados, aunque no cumplan con requisitos comer-ciales.

V. Establecer mecanismos para que los alimentosque no serán comercializados, utilizados o entrega-dos directamente a bancos de alimentos o a las or-

ganizaciones civiles o comunitarias, puedan ser en-tregados a los municipios o localidades con un ma-yor índice de marginación, a través del Comité quepara tal efecto se conforme.

VI. El establecimiento de medidas que permitan abeneficiarios de programas de asistencia social yaquellos que por su condición se encuentren en si-tuación de vulnerabilidad, acceder a los alimentosque sean descartados para su venta o aprovecha-miento en las instalaciones de las centrales de abas-to, mercados y tiendas de autoservicio.

VII. Prohibir acciones que impidan el acceso a losalimentos que aún se encuentren en condiciones deser consumidos.

VIII. Regular el etiquetado de caducidad.

Artículo 2. La distribución de alimentos recuperadoscompete a las instituciones de gobierno, organismosde la sociedad civil y establecimientos comerciales se-ñalados en la ley.

Artículo 3. Para los efectos de la presente ley, se en-tiende por:

I. Alimentos recuperados: alimentos que no seanconsiderados para su comercialización debido afactores como apariencia física, fecha de caducidado producción excedente.

II. Comité: organismo constituido por representan-tes de la Secretaría, autoridades estatales y munici-pales, organismos de la sociedad civil y estableci-mientos comerciales que determinarán las fechas,horarios y entrega de los alimentos en las localida-des con un índice de marginación mayor;

III. Banco de Alimentos: organización constituidacon la finalidad de recuperar los excedentes de ali-mentos que son desechados, con la finalidad de dis-tribuirlos a las personas en estado de vulnerable ysin acceso a los artículos de la canasta básica. Di-chos espacios pueden ubicarse como parte de la redde abasto social administrada por Diconsa o porasociaciones civiles;

IV. Establecimientos comerciales: lugares donde secomercializan alimentos, ya sea en su forma natural

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o procesados, entre los que se cuentan centrales deabasto, mercados, tiendas de autoservicio, hoteles,restaurantes e industria de la transformación de ali-mentos;

V. Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social.

Capítulo II

Del Acopio y Distribución de Alimentos Recuperados

Artículo 4. Corresponde a la Secretaría de DesarrolloSocial en coordinación con el Instituto Nacional deEstadística y Geografía, la catalogación de las zonasde más alta marginación, así como el desarrollo y dis-tribución de los calendarios para la distribución de losalimentos recuperados a través de la red de almacenesDiconsa.

La Secretaría vigilará que el etiquetado de caducidadde los alimentos procesados no sea considerado comoun elemento que impida el aprovechamiento de dichosartículos, considerando que su valor nutrimental y con-diciones sean susceptibles para el consumo humano.

Artículo 5. Las autoridades de los tres niveles de go-bierno mantendrán actividades permanentes de pro-moción para que los organismos de la sociedad civil yestablecimientos comerciales se integren a los esque-mas de recuperación de alimentos.

Artículo 6. En cada una de las entidades federativasdeberá contar con un Comité integrado por un repre-sentante designado por la Secretaría, el titular o repre-sentante estatal de desarrollo social, un funcionariomunicipal de los ayuntamientos en donde se ubiquenzonas de alta marginación, y representantes de orga-nismos de la sociedad civil y establecimientos comer-ciales.

Artículo 7. Las reuniones de los Comités deberán dar-se al menos una vez cada seis meses, con el objetivode diseñar, mejorar y ampliar los mecanismos para ladonación, traslado, recepción, almacenamiento y dis-tribución de los alimentos que no sean consideradospara su comercialización.

Artículo 8. Las decisiones de los comités deberán serpúblicas, así como los informes derivados de la opera-

ción de los centros de acopio o bancos de alimentos,ya sea que se encuentren administrados por las autori-dades gubernamentales, asociaciones civiles estableci-mientos mercantiles que deseen acceder a los benefi-cios fiscales establecidos por la ley.

Artículo 9. Los establecimientos comerciales que seintegren a los Comités podrán acceder a los beneficiosfiscales que se determinen en la Ley del Impuesto So-bre la Renta, por concepto de donativos en especie alos bancos de alimentos, así como el traslado de artí-culos consumibles destinados a asociaciones civilesy/o comunitarias, y otras que determine la ley.

Artículo 10. El Comité de cada entidad desarrollarámapas de ubicación de los centros de acopio para la re-cuperación de alimentos, bancos de alimentos disponi-bles u otros espacios destinados para la captación ydistribución de artículos alimentarios.

En las localidades donde ya se encuentren operandoorganismos de la sociedad civil que realicen activida-des de apoyo para la alimentación de la población, nose afectarán sus esquemas de acción, ni se les obligaráa formar parte del Comité. Serán notificados de su in-tegración en el mapeo mencionado y tendrán preferen-cia en el diseño para la ampliación de las acciones deacopio y distribución de alimentos.

Artículo 11. Las actividades de acopio, traslado y dis-tribución de alimentos realizadas por el Comité, las or-ganizaciones civiles y autoridades gubernamentalesdeberán circunscribirse al diseño de las reglas de ope-ración determinadas por la Secretaría.

Artículo 12. Las autoridades de las 32 entidades fede-rativas deberán garantizar la operación de al menos unbanco de alimentos en su respectivo territorio o el nú-mero necesario para cubrir las necesidades de las co-munidades marginadas, sin detrimento de las atribu-ciones de instituciones gubernamentales del ramo.

Artículo 13. Los gobiernos locales deberán integrarun padrón de establecimientos comerciales que se in-tegren a los diferentes esquemas de donación de ali-mentos, a fin de garantizar el flujo constante de pro-ductos recuperados destinados a los centros de acopio.

Artículo 14. La vigencia del convenio para que los es-tablecimientos mercantiles se mantengan como inte-

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grantes de alguno de los esquemas de prevención deldesperdicio y recuperación de alimentos será de al me-nos un año fiscal.

Artículo 15. La Secretaría, en coordinación con losComités, promoverá la participación de los centros co-merciales para establecer lineamientos que permitan laregulación de los productos perecederos, enlatados yenvasados a efecto de recuperar alimentos que seansusceptibles de ser consumidos y aprovechados, aun-que no cumplan con requisitos comerciales.

Artículo 16. Quienes sean beneficiarios de programasde asistencia social, no serán excluidos en la distribu-ción de alimentos recuperados.

Artículo 17. Para el diseño de las reglas de operación,la Secretaría tomará en consideración la informaciónenviada por los Comités, así como los siguientes line-amientos generales:

I. Entrega de alimentos en instalaciones de bancosde alimentos o en las instituciones de beneficenciadeterminados por éstos en coordinación con el Co-mité de su localidad o entidad.

1. A través del portal del SAT: “Sistema de avi-sos de destrucción y donación de mercancías”,los bancos de alimentos realizarán la solicitudde la cantidad y tipo de alimentos que pueden re-cibir ya sea directamente o a través de organiza-ciones de beneficencia.

2. Se establecerá la obligación de entregar losalimentos seleccionados en las instalaciones delos Bancos o donde éstos indiquen.

3. Los costos que el cumplimiento de esta obli-gación genere serán deducibles de ISR.

II. Entrega en municipios o localidades con un ma-yor índice de marginación.

1. Aplicable para aquellas comunidades catalo-gadas como de alta marginación por el Inegi, yen donde no exista un banco de alimentos en unradio de 150 kilómetros.

2. Se deberá conformar un Comité para la re-cepción de alimentos, el cual solicitará a los do-

nantes los alimentos que de acuerdo al númerode habitantes requieran.

3. El donante señalará fecha y hora para la en-trega de los alimentos.

4. Las entregas deberán hacerse, de preferencia,cada semana en el lugar que para tal efecto se-ñale el Comité.5.

5. El donante podrá deducir ISR por los costosgenerados de esta actividad.

III. Entrega en instalaciones del donante.

1. Centrales de abasto, mercados, y tiendas deautoservicio deberán tener una sección de ali-mentos que no puedan ser comercializados peroque todavía sean aptos para consumo humano oanimal.

2. Los beneficiarios de cualquier programa so-cial federal o estatal, podrán solicitar a los do-nantes la entrega de estos alimentos previa acre-ditación con credencial o tarjeta que demuestreel programa del que son beneficiarios.

Artículo 18. Queda prohibido que los establecimien-tos comerciales desechen alimentos que se encuentrenen condiciones de ser consumidos, de acuerdo con loestablecido en la legislación conducente.

Artículo 19. Los donativos que sean entregados a losorganismos encargados de la recepción, almacena-miento y distribución de los alimentos recuperados es-tarán sujetos a la legislación fiscal vigente.

Artículo 20. La autoridad promoverá que los estable-cimientos comerciales que generen volúmenes mayo-res de alimentos desechados, pero en condiciones deser recuperados se integren a los esquemas señaladosen la ley.

Capítulo IIIDe las sanciones

Artículo 21. El incumplimiento a las disposiciones deesta Ley será sancionable con la imposición de unamulta en un rango de 100 a 10,000 Unidades de Medi-da y Actualización (UMA) y cuyo monto será destina-

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do a la obtención y posterior distribución de alimentosen zonas marginadas.

Artículo Segundo. Se reforman y adicionan los artí-culos 17, 15, 109 y se adiciona una fracción al artícu-lo 183 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable paraquedar como sigue:

Artículo 15. El Programa Especial Concurrente al quese refiere el artículo anterior, fomentará acciones enlas siguientes materias:

I. a III. (…)

IV. Impulso al fortalecimiento y desarrollo de losBancos de Alimentos en el país;

V. Planeación familiar;

VI. a XIX. (…)

Artículo 17. Se crea el Consejo Mexicano para el De-sarrollo Rural Sustentable como instancia consultiva delGobierno Federal, con carácter incluyente y representa-tivo de los intereses de los productores y agentes de lasociedad rural. Este Consejo se integrará con los miem-bros de la Comisión Intersecretarial previstos en el artí-culo 21 de esta Ley, representantes, debidamente acre-ditados, de las organizaciones nacionales del sectorsocial y privado rural; de las organizaciones nacionalesagroindustriales, de comercialización y por rama deproducción agropecuaria; de los Bancos de Alimentos;y de los comités de los sistemas producto, institucionesde educación e investigación y organismos no guberna-mentales, de acuerdo a los temas a tratar, en los térmi-nos de las leyes y las normas reglamentarias vigentes.Será presidido por el titular de la Secretaría y operará enlos términos que disponga su reglamento interior.

Artículo 109. El Estado, a través del Sistema Nacio-nal de Información para el Desarrollo Rural Sustenta-ble, integrará y difundirá la información de mercadosregionales, nacionales e internacionales, relativos a lademanda y la oferta, inventarios existentes, expectati-vas de producción nacional e internacional y cotiza-ciones de precios por producto y calidad a fin de faci-litar la comercialización.

Asimismo, integrará y difundirá información sobrela existencia de mermas y pérdidas en la cadena de

valor de los productos, desde la producción hasta laetapa de venta o comercialización al consumidor fi-nal.

Igualmente, mantendrá programas de apoyo y de ca-pacitación para que las organizaciones de productoresy comercializadores tengan acceso y desarrollen mer-cados de físicos y futuros para los productos agrope-cuarios y forestales

Artículo 183. Para cumplir con los requerimientos dela seguridad y soberanía alimentaria, el Gobierno Fe-deral impulsará en las zonas productoras líneas de ac-ción en los siguientes aspectos:

I. y II. (…)

III. La identificación de factores sociales y de-mográficos, en coordinación con los gobiernoslocales, a efecto de promover la instalación deBancos de Alimentos en las entidades federati-vas, y con ello garantizar el derecho a la alimen-tación a los sectores menos favorecidos de la po-blación;

IV. La definición de acciones de capacitación yasistencia técnica, y el impulso a proyectos de in-vestigación en las cadenas alimentarias;

V. a VIII. (…)

Artículo Tercero. Se adiciona la fracción XXIII al ar-tículo 27, se reforman el primer párrafo y el inciso a)de la fracción VI del artículo 79 de la Ley del Impues-to Sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Tí-tulo deberán reunir los siguientes requisitos:

I. a XXII. (…)

XXIII. Que, tratándose de los costos de trasladode alimentos desde las instalaciones de los suje-tos obligados por Ley General para la Recupera-ción y Aprovechamiento de Alimentos a donata-rias autorizadas dedicadas al acopio y selecciónde alimentos excedentes para su distribución en-tre personas de escasos recursos, los mismos se-rán deducibles al cien por ciento del monto total.

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Artículo 79. No son contribuyentes del impuesto so-bre la renta, las siguientes personas morales:

I. a V. (…)

VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia,autorizadas por las leyes de la materia, así como lassociedades o asociaciones civiles, organizadas sinfines de lucro y autorizadas para recibir donativosen los términos de esta Ley, que tengan como bene-ficiarios a personas, sectores, y regiones de escasosrecursos; que realicen actividades para lograr mejo-res condiciones de subsistencia y desarrollo a lascomunidades indígenas rurales y urbanas, y a losgrupos vulnerables por edad, sexo o problemas dediscapacidad, dedicadas a las siguientes activida-des:

a) La atención a requerimientos básicos de sub-sistencia en materia de alimentación, vestido ovivienda. Así como al acopio y selección de ali-mentos perecederos no perecederos exceden-tes para su distribución.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Segundo. La Secretaría tendrá como plazo 180 díaspara elaborar las reglas de operación que permitan lacolaboración entre autoridades, sociedad civil y esta-blecimientos comerciales para prevenir el desperdicioy recuperación de alimentos.

Notas

1 Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la

Agricultura (FAO). Pérdidas y desperdicios de alimentos en Amé-

rica Latina y el Caribe. Febrero de 2016, p. 4. Disponible en:

http://www.fao.org/3/a-i5504s.pdf

2 Aguilar, Genaro. Presentación del informe “Pérdidas y Desper-

dicios de Alimentos en México”. México, diciembre 7, 2017. Dis-

ponible en: http://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/nacio-

nal/2017-12-07/mexico-desperdicia-mas-20-millones-toneladas-al

imentos-ano/

3 FAO, óp. cit. p. 4.

4 Aguilar, óp. cit.

5 Sagarpa. Duplica México superficie de producción de alimentos

orgánicos. Gobierno de la República, México, 12 de octubre de

2017. Disponible en:

http://www.sagarpa.gob.mx/Delegaciones/bajacaliforniasur/bole-

tines/2017/octubre/Documents/2017BS335.PDF

6 Cámara de Diputados. Constitución Política de los Estados Uni-

dos Mexicanos. LXIII Legislatura, Artículos 2o. y 4o. Disponible

en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf

7 Coneval. Coneval informa la evolución de la pobreza 2010-

2016. Ciudad de México, 30 de agosto de 2017, p. 6. Disponible

en:

http://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Do-

cuments/Comunicado-09-Medicion-pobreza-2016.pdf

8 La FAO, se refiere a la “pérdida de alimentos” como la disminu-

ción de la masa de alimentos comestibles en la parte de la cadena

de suministro que conduce específicamente a los alimentos co-

mestibles para el consumo humano. Las pérdidas de alimentos tie-

nen lugar en las etapas de producción, poscosecha y procesamien-

to de la cadena de suministro de alimentos (Parfitt et al., 2010).

Las pérdidas de alimentos que ocurren al final de la cadena ali-

mentaria (venta minorista y consumo final) se conocen como “des-

perdicio de alimentos”, más relacionado con el comportamiento de

los vendedores minoristas y los consumidores (Parfitt et al., 2010).

9 Ver https://www.gob.mx/sedesol/articulos/bancos-de-alimentos-

de-mexico-para-combatir-el-hambre-y-la-desnutricion. Consulta

del 25 de noviembre de 2017.

10 Ver al efecto Banco de Alimentos de México (2016). Informe

2015. Recuperado de: https://bamx.org.mx/wp-content/uplo-

ads/2016/09/Informe-Anual-2015.pdf?v=1fda4fa5605d. Consulta

del 25 de noviembre de 2017.

11 https://www.gob.mx/sedesol/prensa/diconsa-se-consolida-co-

mo-una-de-las-redes-de-abasto-social-con-mayor-exito-en-el-

mundo-meade-kuribrena. Consulta del 25 de noviembre de 2017.

12 Óp. Cit., página 5.

13 Óp. Cit., página 41.

14 Se estima con base en un incremento del índice de precios im-

plícitos del 14.5 por ciento de 2015 a 2018.

Jueves 8 de febrero de 2018 Gaceta Parlamentaria93

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15 Ver al efecto SHCP (2017). Presupuesto de Gastos Fiscales

2017, pp. 5 y 6. Recuperado de: https://www.gob.mx/cms/uplo-

ads/attachment/file/236020/PGF_2017.pdf. Consulta del 25 de no-

viembre de 2017.

16 Íbid, páginas 40 y 41.

17 Íbid, página 40 y https://siat.sat.gob.mx/app/destruccion/mues-

traPdf.jsp?File=Tutorial.pdf. Consulta del 25 de noviembre de

2017.

18 Ver BAMEX (2016). Informe 2015, p. 41.

19 Véase Huella del Despilfarro de Alimentos. Consultado el 4 de

febrero de 2018. Disponible en http://www.fao.org/3/a-ar428s.pdf

20 Véase FAO y los ODS Indicadores: Seguimiento de la Agenda

2030 para el Desarrollo Sostenible. Consultado el 4 de febrero de

2018. Disponible en http://www.fao.org/3/a-i6919s.pdf

21 Ibídem

22 Ibídem

23 Véase Objetivo 12—Garantizar modalidades de consumo y

producción sostenibles: un requisito esencial para el desarrollo

sostenible. Crónica OUNU. Disponible en

https://unchronicle.un.org/es/article/objetivo-12-garantizar-moda-

lidades-de-consumo-y-producci-n-sostenibles-un-requisito-esen-

cial

24 Ibídem

25 Ibídem

26 Véase Panorama de la Seguridad Alimentaria y Nutricional en

América Latina y el Caribe 2017. Consultado el 4 de febrero 2018.

Disponible en http://www.fao.org/americas/publicaciones-audio-

video/panorama/es/

27 Ibídem

28 Ibídem

Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo deSan Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 8 defebrero de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli,

Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio

Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Ser-

na, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús

Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, José Alberto

Couttolenc Buentello, Lorena Corona Valdés, Sharon María Cuen-

ca Ayala, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernández del Va-

lle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Ga-

lindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía

González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Ra-

fael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón

García, Uberly López Roblero, Mario Machuca Sánchez, Virgilio

Mendoza Amezcua, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Cándido

Ochoa Rojas, Samuel Rodríguez Torres, Emilio Enrique Salazar

Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre,

Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Clau-

dia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 146 DE LA LEY GENERAL EN

MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS,DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SIS-TEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, A CARGO

DE LA DIPUTADA SOFÍA GONZÁLEZ TORRES, DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PVEM

La suscrita, diputada federal Sofía González Torres,integrante del Grupo Parlamentario del Partido VerdeEcologista de México en la LXIII Legislatura de laCámara de Diputados del honorable Congreso de laUnión, con fundamento en lo dispuesto en los artícu-los 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos6o., numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento dela Cámara de Diputados, someto a consideración deesta soberanía la presente iniciativa con proyecto dedecreto al tenor del siguiente

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Planteamiento del problema

La entrada en vigor del nuevo Sistema de Justicia Pe-nal constituye una respuesta a las exigencias que du-rante muchos años, la ciudadanía había venido deman-dando para procurar e impartir justicia. Esta nuevaforma de investigar, perseguir y sancionar las conduc-tas ilícitas, ha sido sin lugar a dudas, una de las refor-mas más importantes a la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos desde su promulgación el5 de Febrero de 1917, por lo tanto, el Nuevo Sistemade Justicia Penal Acusatorio ha transformado la formade llevar a cabo la justicia a los mexicanos. A partir dela Reforma publicada el 18 de junio de 2008, se esta-blecieron las bases de un nuevo sistema en materia deseguridad pública y justicia penal, lo cual implicócambios normativos, estructurales e ideológicos degran calado.

Esta nueva visión de Estado, a diferencia de la ante-rior, busca lo que más interesa tanto a la víctima comoal inculpado, la búsqueda de la verdad y el cabal res-peto a los derechos humanos, esto bajo el principiorector de la presunción de inocencia. Con este Sistemade Justicia, se lleva a la praxis la premisa básica delderecho penal donde “toda persona es inocente, hastaque se demuestre lo contrario”. Con este cambio dejusticia, se crean nuevas formas de solucionar conflic-tos que sean más justos, efectivos y expeditos, entreellos los mecanismos alternativos de solución de con-troversias que serán una vía de mediación y concilia-ción.

Entre otras finalidades que persigue este sistema dejusticia penal, se encuentran el esclarecimiento de loshechos, proteger al inocente, procurar que el culpableno quede impune, la reparación del daño a la víctimau ofendido y la más importante de todas las nuevasprácticas, que la prisión sea el último recurso en mate-ria punitiva, es decir, que el inculpado pueda enfrentarel proceso penal en libertad.

A la par de este significativo avance en materia de jus-ticia, se suma una emblemática medida legislativa queen fechas recientes, el H. Congreso de la Unión tuvo abien aprobar en el seno de ambas Cámaras, esto deri-vado principalmente de la Iniciativa presentada por elGobierno de la República. El 17 de Noviembre del2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación,la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de

Personas, Desaparición Cometida por Particulares ydel Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, ins-trumento jurídico de alto valor para combatir este las-civo delito para la sociedad.

Esta innovadora legislación contiene disposiciones deavanzada en materia de derechos humanos, mismasque han sido elaboradas tomando en cuenta la expe-riencia nacional como la internacional, las previsionesde los diversos tratados internacionales existentes enla materia, las observaciones y recomendaciones verti-das a nuestro país por medio de la vía de los SistemasUniversal e Interamericano de Derechos Humanos, asícomo los precedentes obligatorios de la Corte de SanJosé.

Esta nueva Ley tiene por objeto establecer la distribu-ción de competencias y la forma de coordinación entrelas autoridades de los distintos órdenes de gobiernopara buscar a las personas desaparecidas y no locali-zadas, así como para esclarecer los hechos; prevenir,investigar, sancionar y erradicar los delitos en materiade desaparición forzada de personas y desaparicionescometidas por particulares, así como de los delitos vin-culados a los mismos; establecer los tipos penales enmateria de desaparición forzada de personas y desapa-rición cometida por particulares, así como las de otrosdelitos vinculados a los mismos con sus correspon-dientes sanciones; así como la creación del SistemaNacional de Búsqueda de Personas y de la ComisiónNacional de Búsqueda.

Asimismo, esta ley regula una política nacional es-tructurada que no sólo se limitará a la adopción de unalegislación, sino que establecerá claramente diversasacciones, instrumentos, obligaciones, mecanismos,medidas presupuestarias, reglamentarias y administra-tivas, a cargo de todos los órdenes de gobierno, para elcombate a los delitos de desaparición forzada en susdiversas modalidades.

De igual forma, esta marco jurídico se alinea a las pre-visiones del derecho internacional humanitario y delderecho internacional de los derechos humanos, locual permite disponer de un proyecto normativo queaspira a cubrir las lagunas jurídicas existentes con an-terioridad a su expedición y maximizar los derechosde las víctimas y sus familiares, así como prevenir,combatir y castigar los delitos contemplados en dichaLey.

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Ante todos estos beneficios y reconociendo la ardualabor que en el seno de todas las comisiones dictami-nadoras de ambas Cámaras se realizaron y atendiendoa no entorpecer el proceso legislativo de esta necesarialegislación, se acordó transitar sin cambios la aproba-ción de esta medida legislativa, por lo cual, una vezpublicada y con su respectiva entrada en vigor, pre-sento a esta Honorable Asamblea esta propuesta de re-forma que sin duda abonará en perfeccionar este anda-miaje jurídico.

Argumentación

Este nuevo ordenamiento jurídico tiene por objetoestablecer la distribución de competencias y coordi-nación entre los órdenes de gobierno para buscar alas Personas Desaparecidas y No Localizadas, asícomo para prevenir delitos en la materia y estable-cer los tipos penales en materia de desaparición for-zada de personas y desaparición cometida por parti-culares, así como otros delitos vinculados y sussanciones.

En este sentido, la ley define Persona Desparecida co-mo aquella cuyo paradero se desconozca y se presumaque su ausencia se relaciona con la comisión de un de-lito. Por otro lado, se entiende a Persona No Localiza-da como la persona cuya ubicación es desconocida yque de acuerdo con la información reportada, su au-sencia no se relaciona con la probable comisión de al-gún delito.

Además, este ordenamiento añade la figura de la De-claración Especial de Ausencia por desaparición, quepuede ser solicitada por los familiares, otras personaslegitimadas por la ley y por el Ministerio Público. Pa-ra realizar esta solicitud, se deberán contemplar antesaquellos casos en los cuales se haya declarado la pre-sunción de ausencia o de muerte y se podrá solicitar apartir de los tres meses de que se haya hecho la de-nuncia o reporte de desaparición.

Sobre esto, cabe señalar que el Código Civil Federalestablece ya, a partir del artículo 648, los supuestos deausencia, que a la letra dice:

“Artículo 648. El que se hubiere ausentado del lu-gar de su residencia ordinaria y tuviere apoderadoconstituido antes o después de su partida, se tendrácomo presente para todos los efectos civiles, y sus

negocios se podrán tratar con el apoderado hastadonde alcance el poder.”

Por su parte, el artículo 669 especifica que sólo pasa-dos dos años desde el día en que haya sido nombradoel representante, habrá acción para pedir la declaraciónde ausencia, tal como se establece en la trascripción:

“Artículo 669. Pasados dos años desde el día en quehaya sido nombrado el representante, habrá acciónpara pedir la declaración de ausencia.”

La ausencia despliega efectos que a la postre se equi-paran a la muerte del deudor. Una vez declarada, seabre el testamento y los herederos entran en posesiónde los bienes, así lo establecen los artículos 679 a 681del Código Civil Federal, los cuales se transcriben acontinuación:

“Artículo 679. Declarada la ausencia, si hubiere tes-tamento público u ológrafo, la persona en cuyo po-der se encuentre lo presentará al juez, dentro dequince días, contados desde la última publicaciónde que habla el artículo 677.

Artículo 680. El juez, de oficio o a instancia decualquiera que se crea interesado en el testamentoológrafo, abrirá éste en presencia del representantedel ausente, con citación de los que promovieron ladeclaración de ausencia y con las demás solemni-dades prescritas para la apertura de esta clase de tes-tamento.

Artículo 681. Los herederos testamentarios, y en sudefecto, los que fueren legítimos al tiempo de ladesaparición de un ausente, o al tiempo en que sehayan recibido las últimas noticias, si tienen capa-cidad legal para administrar, serán puestos en la po-sesión provisional de los bienes, dando fianza queasegure las resultas de la administración. Si estu-vieren bajo la patria potestad o tutela, se procederáconforme a derecho.”

La Declaración Especial de Ausencia contraviene esteprincipio pues tiene entre sus efectos el proteger el pa-trimonio de la Persona Desaparecida, incluyendo losbienes adquiridos a crédito y cuyo plazo de amortiza-ción se encuentren vigentes, así como los bienes suje-tos a hipoteca. Además, busca garantizar que los bene-ficiarios de un régimen de seguridad social derivado

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de una relación de trabajo, continúen gozando de todoslos beneficios aplicables.

Por otro lado, una vez emitida, se deben suspender deforma provisional los actos judiciales, mercantiles, ci-viles o administrativos en contra de los derechos obienes de la persona desaparecida; además de declararla inexigibilidad temporal de deberes o responsabili-dades.

Si bien es entendible el espíritu de la legislación, esimportante destacar que, en ningún caso la muerte deun deudor debe producir el efecto de suspender el pa-go de sus deudas y congelar la causación de intereses;esto se debe a que la ausencia y presunción de muerteno equivalen a la insolvencia, la cual se presenta cuan-do la suma de los bienes y créditos del deudor, noiguala al importe de sus deudas, traduciéndose en elincumplimiento del pago de sus obligaciones, y quetrae como consecuencia la incapacitación del deudorde seguir administrando sus bienes.

En este último caso se pudiera justificar la suspensióndel pago de deudas y la causación de intereses, tal co-mo lo establece el multicitado Código Civil Federal enlos artículos siguientes:

“Artículo 2966. La declaración de concurso incapaci-ta al deudor para seguir administrando sus bienes, asícomo para cualquiera otra administración que por laley le corresponda, y hace que se venza el plazo de to-das sus deudas.

Esa declaración produce también el efecto de que de-jen de devengar intereses las deudas del concursado,salvo los créditos hipotecarios y pignoraticios, que se-guirán devengando los intereses correspondientes,hasta donde alcance el valor de los bienes que los ga-ranticen.

Artículo 2967. Los capitales debidos serán pagados enel orden establecido en este título, y si después de sa-tisfechos quedaren fondos pertenecientes al concurso,se pagarán los réditos correspondientes, en el mismoorden en que se pagaron los capitales, pero reducidoslos intereses al tipo legal, a no ser que se hubiere pac-tado un tipo menor. Sólo que hubiere bienes suficien-tes para que todos los acreedores queden pagados, secubrirán los réditos al tipo convenido que sea superioral legal.”

Con el análisis de estos artículos, queda claro que silos activos del ausente son suficientes para cumplircon el pago de sus obligaciones, no se justifica la sus-pensión de dichos pagos, puesto que esto sería fuentede inseguridad jurídica para los distintos actores invo-lucrados.

En este sentido, resulta oportuno destacar que al sus-pender temporalmente los créditos o deudas, existe unperjuicio para los acreedores, puesto que los interesesdel desaparecido son cuidados por un depositario yluego por un representante nombrado judicialmente,que son los encargados de cumplir con las obligacio-nes. Esto conforme a los artículos 653 y 654 del Códi-go Civil Federal y sus correlativos en la mayoría de losCódigos Estatales:

“Artículo 653. Se nombrará depositario:

I. Al cónyuge del ausente;

II. A uno de los hijos mayores de edad que resida enel lugar. Si hubiere varios, el juez elegirá al más apto;

III. Al ascendiente más próximo en grado al ausente;

IV. A falta de los anteriores o cuando sea inconve-niente que éstos por su notoria mala conducta o porsu ineptitud, sean nombrados depositarios, el jueznombrará al heredero presuntivo, y si hubiera variosse observará lo que dispone el artículo 659.

Artículo 654. Si cumplido el término del llama-miento, el citado no compareciere por sí, ni por apo-derado legítimo, ni por medio de tutor o de parien-te que pueda representarlo, se procederá alnombramiento de representante.”

En consecuencia, el espíritu de esta iniciativa consisteen dotar de mayor garantía a todas las partes involu-cradas en actos judiciales, mercantiles, civiles o admi-nistrativos, tanto a acreedores como a deudores, asícomo garantizar la seguridad jurídica que nos estable-ce nuestra Constitución para todos los actos jurídicosy por ende, generar condiciones de certeza en dichosactos. Tenemos que sumar todas las voluntades de loslegisladores del Congreso de la Unión, para seguir per-feccionando el andamiaje jurídico en materia de des-aparición forzada de personas y desapariciones come-tidas por particulares.

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Por las consideraciones expuestas, en mi calidad deDiputada Federal integrante del Grupo Parlamentariodel Partido Verde Ecologista de México en la LXIIILegislatura de la Cámara de Diputados del honorableCongreso de la Unión, someto a consideración del ple-no de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 146 de la Ley Ge-neral en Materia de Desaparición Forzada de Per-sonas, Desaparición Cometida por Particulares ydel Sistema Nacional de Búsqueda de Personas

Único. Se reforman las fracciones VI y VII del artícu-lo 146 de la Ley General en Materia de DesapariciónForzada de Personas, Desaparición Cometida por Par-ticulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Per-sonas, para quedar como sigue:

Artículo 146. La Declaración Especial de Ausenciatendrá, como mínimo, los siguientes efectos:

I. a V. …

VI. Suspender de forma provisional los actos judi-ciales, mercantiles, civiles o administrativos encontra de los derechos o bienes de la Persona Des-aparecida en tanto se designa un representante le-gal de la Persona Desaparecida;

VII. Declarar la inexigibilidad temporal de debereso responsabilidades que la Persona Desaparecidatenía a su cargo, en aquellos casos en que talesobligaciones no puedan ser cumplidas por el re-presentante legal de la Persona Desaparecida;

VIII. y XI. …

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2018.

Diputada Sofía González Torres (rúbrica)

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES A LA

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTE-GRAL DE LOS RESIDUOS, SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL

GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes delGrupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista dela LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuestopor los artículos 71, fracción II, de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracciónI, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados,someten a consideración de esta asamblea la presenteiniciativa con proyecto de decreto por el que se refor-ma y adicionan diversas disposiciones a la Ley Gene-ral para la Prevención y Gestión Integral de los Resi-duos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El enorme crecimiento de la población junto con loshábitos de consumo moderno ha resultado en la gene-ración de enormes cantidades de residuos. El trata-miento de estos siempre ha sido un problema, pero es-tán surgiendo nuevas soluciones tecnológicas con elpotencial de transformar los residuos en energía,1 al-gunas de estas son:

• Conversión Termoquímica. A través de la com-bustión de los residuos se crea un calor que es usa-do para calentar agua y producir vapor que luego estransformado en energía por medio de turbinas devapor. Incluye la combustión, pirólisis y la gasifica-ción de los desechos.

• Conversión Bioquímica. A partir de la digestiónanaeróbica, descomposición de material biodegra-dable por microorganismos en ausencia de oxígeno,se produce biogás que puede ser usado en la pro-ducción de electricidad o calor.

• Conversión Fisicoquímica Transforma la frac-ción de combustible de los residuos en combustiblede alta energía que luego pueden usarse en la gene-ración de vapor o calor. Son similares a piezas decarbón, pero son más limpios y libres de materialesincombustibles.

A nivel internacional el uso de fuentes alternas limpiaspara la producción de energías son una realidad, sien-do la termovalorización y biogás las más utilizadas en

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Europa, Asia, Estados Unidos y en algunos países lati-noamericanos.

En México, durante la administración del PresidenteEnrique Peña Nieto se ha impulsado a través de una delas reformas estructurales más importantes, la Refor-ma Energética, el generar energía más limpia y másbarata para con ello reducir la emisión de gases deefecto invernadero y cumplir con los compromisos in-ternacionales que se han signado, como el Acuerdo deParís del año 2016.

Recordemos que las energías limpias son aquellas queen su proceso de extracción, procesamiento y distribu-ción generan reducidos impactos ambientales comoson: la energía geotérmica, solar, eólica y la hidroeléc-trica. De acuerdo con el Secretario de Energía del Go-bierno de la República, México cuenta con un poten-cial total aprovechable de energías renovables al año2020 de 57 mil MW.

En la actualidad la producción de biogás está siendoutilizada a nivel federal por Dependencias como la Se-cretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,Pesca y Alimentación y la Secretaría de Energía.

Sobre el particular, es de destacar que el biogás seforma de los residuos orgánicos como los desechosde la agricultura, estiércol, desechos municipales,como lo son las aguas negras, desechos de comidasy vegetales, es decir, materiales biodegradables quese fermentan tras la acción de las bacterias. El ejem-plo de la combustión que se genera lo tenemos en elmetano, el cual es uno de los componentes que con-tribuyen a la degradación de la capa de ozono, perogracias a las tecnologías actuales para obtener bio-combustibles como el biogás, podemos transformar-lo en energía limpia, además, con los residuos de és-tas se pueden fabricar abonos y fertilizantesnaturales.2

Sin duda alguna, el biogás es un referente de lo queuna actitud responsable con el medio ambiente puedegenerar en beneficio de la sociedad, pues, como la SA-GARPA lo reconoce, la biodigestión se puede conver-tir en un excelente recurso energético limpio, el cual escapaz de reducir en gran medida, o incluso de formatotal, el impacto ambiental que provoca el estiércol delganado mexicano.

Incluso los beneficios que tiene la producción de bio-gás los podemos observar en la ciudad de Monterrey,Nuevo León, en donde el metro es el primer medio detransporte masivo que funciona con esta forma deenergía limpia, utilizando la basura que se genera en elmunicipio, lo que permite que las 2 líneas, 32 estacio-nes y 4 terminales, puedan recorrer 33 kilómetros yprestar servicios a más de 470 mil pobladores al día.

Adicionalmente, la Comisión Reguladora de Energíaha otorgado diez permisos para generar energía eléc-trica con biogás, el cual proviene del aprovechamien-to de la basura, seis de ellos en la modalidad de auto-abastecimiento en los estados de Aguascalientes,Chihuahua, Guanajuato y Nuevo León, y cuatro en lamodalidad de cogeneración en Jalisco, Nuevo León,Estado de México y Querétaro, lo que en conjunto re-presentan una capacidad autorizada de 44.76 MW yuna producción de 269 GWh/año.

En otro orden de ideas, se debe señalar que el procesode termovalorización es distinto a la incineración, puesel primero es un proceso de alimentación continua, concombustión controlada, recuperación de energía y bajonivel de emisiones, mientras que la incineración, a quese refiere la NOM-098 SEMARNAT-2002, Protección

ambiental-Incineración de residuos, especificaciones

de operación y límites de emisión de contaminantes,3

realiza una combustión incompleta, no tiene aprove-chamiento energético y es contaminante, tal como lodemuestra la siguiente tabla:

Fuente: Agencia de Gestión Urbana 2017. El proyecto tiene fun-

damentalmente una vocación ecológica, y por ello cumplirá cabal-

mente a través del uso las últimas tecnologías disponibles con la

normatividad ambiental local y federal. La ingeniería de proceso

básicamente será desarrollada en Europa, en donde se tienen lími-

tes permisible de emisión más estrictos que en México y en donde

se cumple con exceso con la normatividad vigente en este conti-

nente.

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A todo esto, debemos señalar que se calcula que lasciudades de países como Reino Unido, España, Fran-cia, Portugal, China, Singapur, Estados Unidos, entreotros, atienden a 40 millones de habitantes a través derecolección para las colectividades locales, gracias a locual 45 millones de toneladas de residuos son valori-zados en forma de materia y energía.

Los impactos en beneficio de la sociedad, medio am-biente y salud de las personas que este tipo de tecno-logías tienen en nuestro país los podremos observar enlos próximos años, a través de la Planta de Termova-lorización que actualmente se está construyendo en laCiudad de México, la cual será la primera de Latinoa-mérica y que se ha proyectado con una capacidad detransformar hasta 4 mil 500 toneladas de residuos só-lidos por día, para generar el equivalente de lo que hoyen día consumen las 12 líneas del Metro de la Ciudadde México.

No debemos perder de vista que a nivel internacional,el fomento de formas alternativas de producción deenergía como la termovalorización se observa en lasconclusiones del Informe del Consejo Económico ySocial de Naciones Unidas, preparatorio de la Confe-rencia de Johannesburgo, que hace 15 años observóque: “la tasa de producción de desechos de los paísesdesarrollados y de los países en desarrollo aumenta aun ritmo sin precedentes. Lo que era antes una laborsencilla para los ayuntamientos se ha convertido en unproblema ambiental de gran envergadura.4

Adicionalmente, la Conferencia Río+20 sobre el De-sarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro en ju-nio de 2012, establece lo siguiente para la gestión deresiduos:

• Apoyo a las asociaciones público-privadas en lagestión de residuos;

• La adopción de un enfoque de ciclo de vida y depolíticas para la eficiencia de los recursos y unagestión de residuos ambientalmente racional;

• El uso de enfoques que reconozcan las 3R, que au-menten la energía a partir de residuos y que tratenlos residuos como recurso;

• Que se evite la gestión no racional y el vertido ile-gal de residuos peligrosos.

Ahora bien, de acuerdo a datos del Centro de EstudiosEspinosa Yglesias, actualmente las fuentes de energíalimpia en México generan 25 por ciento de la electri-cidad; cifra que debe aumentar a 35 por ciento para el2024 en aras de cumplir con la Ley de Cambio Cli-mático aprobada en 2013 por el Congreso de laUnión.

Es en este contexto que nos vemos obligados a armo-nizar el andamiaje legislativo nacional en materia deproducción de energías y el uso de los residuos sólidosderivados del consumo humano y animal, en la LeyGeneral para la Prevención y Gestión Integral de Re-siduos para establecer la obligación de la utilizaciónde biogás y termovalorización para la producción deenergía que puede ser utilizada para el alumbrado pú-blico.

En el Partido Verde Ecologista de México estamosconvencidos que México cuenta con un enorme poten-cial en la producción de energías limpias vía el usoresponsable y correcto de los desechos orgánicos e in-orgánicos que diariamente se generan.

Sobre este punto, es de resaltar que en la actualidadMéxico genera 117 mil toneladas de basura diaria y el70 por ciento termina en océanos, ríos, barrancas, bos-ques y tiraderos clandestinos, lo que ha generado altoscostos en la gestión integral de los residuos sólidos ur-banos, alcanzando un monto de 61 mil 253 millones depesos solo durante el año 2015.5

Es decir, nuestro país genera aproximadamente 42.7millones de toneladas anuales de basura que, por faltade infraestructura y recursos, hoy en día se ubican enrellenos sanitarios, ocasionando severos daños al am-biente y a la salud.

En consecuencia, la degradación ambiental originadapor los residuos sólidos en el año 2013 tuvo un costode $55,150 millones de pesos; lo equivalente al 0.34por ciento del PIB, de acuerdo a datos del Inegi. Mien-tras que las afectaciones a la salud pública tuvieron uncosto de $26,427 millones de pesos, que equivale al0.16 por ciento del PIB, esto último de acuerdo a laComisión de Riesgos Sanitarios; es decir, el costo delos problemas ambientales y de salud derivados del in-adecuado manejo de residuos fue de $81,577 millonesde pesos.

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Es en este contexto, y como ya se mencionó en párra-fos anteriores, que la Ley General de Cambio Climáti-co y la Ley de la Industria Eléctrica prevén el uso delmetano generado por los residuos sólidos para la pro-ducción de energía limpia. Sin embargo, según datosdel INEGI, en 2015 existían únicamente 17 rellenossanitarios que capturan y queman el biogás generado através de los residuos.

Por su parte, la Secretaría de Medio Ambiente y Re-cursos Naturales cuenta con evidencia que sitúa anuestro país con una capacidad para transformar los42.7 millones de toneladas de residuos en más de 23mil 215 gigawatts-hora anuales de electricidad a travésde biodigestión y tratamiento térmico, con lo cual:

1. Se puede cubrir la demanda eléctrica doméstica;en lo que va del 2017 se han vendido 8 mil 288 gi-gawatts-hora para el consumo de electricidad do-mestica de un total de 19 millones 987 mil 793 deusuarios.6

2. Se reduciría dos tercios de las emisiones deriva-das por la generación de electricidad.

3. Se reduciría hasta un cien por ciento las emisio-nes de metano generadas en tiraderos a cielo abier-to y rellenos sanitarios.

4. Se generarían alrededor de 17 mil empleos direc-tos en la industria de generación eléctrica a travésde residuos.

En lo que se refiere al tema económico, es de destacarque atendiendo a la pirámide de manejo de residuos(reducir, reutilizar, reciclar y recuperar energía), se es-tima la generación de ingresos hasta por 79 mil millo-nes de pesos como resultado de la venta de residuosreciclables, la producción del llamado combustible de-rivado del residuo, la producción de composta, la ven-ta de energía generada mediante la biodigestión de losresiduos orgánicos y la venta de la energía obtenidamediante procesos de tratamiento térmico de los resi-duos inorgánicos, y se recaudarían más de 12 mil mi-llones de pesos por concepto de impuesto al valoragregado, a partir de estas actividades.

Finalmente, recordemos que la Ley General de Pre-vención y Gestión Integral de los Residuos, en su artí-culo 5 fracciones X y XXIII, establece textualmente:

“Artículo 5.- Para los efectos de esta Ley se en-tiende por:

X. Gestión Integral de Residuos: Conjunto articula-do e interrelacionado de acciones normativas, ope-rativas, financieras, de planeación, administrativas,sociales, educativas, de monitoreo, supervisión yevaluación, para el manejo de residuos, desde sugeneración hasta la disposición final, a fin de lograrbeneficios ambientales, la optimización económicade su manejo y su aceptación social, respondiendoa las necesidades y circunstancias de cada localidado región;

XXIII. Producción Limpia: Proceso productivo enel cual se adoptan métodos, técnicas y prácticas, oincorporan mejoras, tendientes a incrementar la efi-ciencia ambiental de los mismos en términos deaprovechamiento de la energía e insumos y de pre-vención o reducción de la generación de resi-duos…”

Es por todo ello que quienes integramos el Grupo Par-lamentario del Partido Verde Ecologista de México enesta Cámara de Diputados consideramos imperativoincorporar en la Ley General para la Prevención yGestión Integral de los Residuos, la producción de bio-gás y termovalorización de los residuos sólidos urba-nos orgánicos e inorgánicos para generar electricidadque se pueda aprovechar para el alumbrado público,contribuyendo a reducir la contaminación ocasionadapor la acumulación de basura en los rellenos sanita-rios.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de estaHonorable Asamblea, la siguiente iniciativa con pro-yecto de

Decreto que reforma y adiciona diversas disposi-ciones de la Ley General para la Prevención y Ges-tión Integral de los Residuos

Único. - Se adiciona una fracción a los artículos, 2, 3,10 y 15; se adiciona un segundo párrafo al artículo 18y se reforma el segundo párrafo del artículo 97, todosde la Ley General para la prevención y Gestión Inte-gral de los Residuos, para quedar como sigue:

Artículo 2. En la formulación y conducción de la po-lítica en materia de prevención, valorización y gestión

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integral de los residuos a que se refiere esta Ley, la ex-pedición de disposiciones jurídicas y la emisión de ac-tos que de ella deriven, así como en la generación ymanejo integral de residuos, según corresponda, se ob-servarán los siguientes principios:

I. a XII. …

XIII. La valorización de los residuos sólidos ur-banos orgánicos e inorgánicos para su aprove-chamiento en la generación de electricidad parael alumbrado público.

Artículo 3. Se consideran de utilidad pública:

I. a IV. …

V. La valorización de los residuos sólidos urba-nos orgánicos e inorgánicos para su aprovecha-miento en la generación de electricidad para elalumbrado público.

Artículo 10. Los municipios tienen a su cargo las fun-ciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos,que consisten en la recolección, traslado, tratamiento,y su disposición final, conforme a las siguientes facul-tades:

I. a IX. …

IX Bis. Participar y aplicar, en colaboración conla federación y el gobierno estatal, instrumentoseconómicos que incentiven el desarrollo, adop-ción y despliegue de tecnología que sirvan parala generación de energía para el alumbrado pú-blico a través de la termovalorización y la pro-ducción de biogás¸

X. a XII. …

Artículo 15. …

I. a IV. …

V. Proporcionar en coordinación con la Secreta-ría de Energía los lineamientos para la produc-

ción de energía para el alumbrado público a tra-vés de la termovalorización y producción de bio-gás.

Artículo 18. Los residuos sólidos urbanos podrán sub-clasificarse en orgánicos e inorgánicos con objeto defacilitar su separación primaria y secundaria, de con-formidad con los Programas Estatales y Municipalespara la Prevención y la Gestión Integral de los Resi-duos, así como con los ordenamientos legales aplica-bles.

Las autoridades estatales y municipales procura-rán en el ámbito de su competencia incorporar enlos Programas a que se refiere el párrafo anterior,las acciones necesarias para el uso de residuos sóli-dos urbanos orgánicos e inorgánicos en la genera-ción de energía para el alumbrado público a travésde la termovalorización y la producción de biogás.

Artículo 97. …

Las normas especificarán las condiciones que debenreunir las instalaciones y los tipos de residuos que pue-dan disponerse en ellas, para prevenir la formación delixiviados y la migración de éstos fuera de las celdasde confinamiento. Asimismo, plantearán en qué casosse puede permitir la formación de biogás y termova-lorización para su aprovechamiento.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.

Notas

1 Consúltese. http://www.desarrollosustentable.co/2013/05/nue-

vas-fuentes-de-energia.html

2 Visible en el informe de acciones de la Secretaría de Agricultu-

ra, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sección

Boletines: 31 de mayo de 2017.

3 Consúltese. Diario Oficial de la Federación, viernes 1 de octubre

de 2004. Primera y Segunda Sección. Págs. 10 a 129.

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4 Visible en: Comisión sobre el Desarrollo Sostenible constituida

en comité preparatorio de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo

Sostenible. Informe del Secretario General “Desarrollo sostenible

de los asentamientos humanos y gestión ecológicamente racional

de los desechos sólidos”, 14 de marzo de 2001, Documento

NN.UU. E/CN.17/2001/PC/9. Punto 19. Disponible en https://do-

cuments-

ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N01/292/72/PDF/N0129272.pdf

?OpenElement Consulta 25.08.2016 Un repertorio enorme de da-

tos sobre los residuos sólidos en el mundo puede encontrarse en el

mapa interactivo Waste Atlas, en http://www.atlas.d-waste.com/

Consulta 25.08.2016

5 Costos de la degradación ambiental por componente, Sistema

Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales –

SNIARN http://dgeiawf.semarnat.gob.mx:8080/ibi_apps/WFSer-

vlet?IBIF_ex=D2_CAMBIENT02_004b8&IBIC_user=dgeia_mc

e&IBIC_pass=dgeia_mce

6 Ventas internas, usuarios y consumo promedio de energía de la

industria eléctrica, Sistema Nacional de Información Ambiental y

de Recursos Naturales – SNIARN

http://dgeiawf.semarnat.gob.mx:8080/ibi_apps/WFServlet?IBIF_

ex=D2_ENERGIA04_01&IBIC_user=dgeia_mce&IBIC_pass=dg

eia_mce&NOMBREANIO=*

Dado el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 8días del mes de febrero de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli,

Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio

Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Ser-

na, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús

Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Co-

rona Valdés, José Alberto Couttolenc Buentello, Sharon María Te-

resa Cuenca Ayala, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernán-

dez del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de

Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Sofía González To-

rres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao

Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García,

Uberly López Roblero, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Mario

Machuca Sánchez, Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa

Rojas, Samuel Rodríguez Torres, Emilio Enrique Salazar Farías,

José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel

Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Claudia Vi-

llanueva Huerta, Georgina Paola Villalpando Barrios, Enrique Za-

mora Morlet.

Jueves 8 de febrero de 2018 Gaceta Parlamentaria103

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Gaceta Parlamentaria Jueves 8 de febrero de 2018104

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXIII Legislatura

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Gaceta Parlamentaria de la Cámara de DiputadosDirector: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto.

Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le-gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/

Mesa DirectivaDiputados: Édgar Romo García, presidente; vicepresidentes, Martha Sofía TamayoMorales, PRI; Edmundo Javier Bolaños Aguilar, PAN; Arturo Santana Alfaro,PRD; María Ávila Serna, PVEM; secretarios, Marco Antonio Aguilar Yunes, PRI;Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, PAN; Isaura Ivanova Pool Pech, PRD; AndrésFernández del Valle Laisequilla, PVEM; Ernestina Godoy Ramos, MORENA; Veróni-ca Delgadillo García, MOVIMIENTO CIUDADANO; María Eugenia Ocampo Bedolla,NUEVA ALIANZA; Ana Guadalupe Perea Santos, PES.

Junta de Coordinación PolíticaDiputados: Marko Antonio Cortés Mendoza, presi-dente, PAN; Carlos Iriarte Mercado, PRI; FranciscoMartínez Neri, PRD; Jesús Sesma Suárez, PVEM;Norma Rocío Nahle García, MORENA; MacedonioSalomón Tamez Guajardo MOVIMIENTO CIUDADANO;Luis Alfredo Valles Mendoza, NUEVA ALIANZA; JoséAlfredo Ferreiro Velazco, PES.