01 el delito y la responsabilidad penal

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EPISTEMOLOGÍA DEL DERECHO DR. MANUEL GUTIERREZ ADRIANO

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CONTENIDOPalabras a la segunda edición !. .Prefacio .Prólogo: CARLOSDAZAGÓMEZyJOSÉ NIEVESLUNACASTRO .Introducción , .

PRIMERA PARTEEL SISTEMA EN LA TEORÍA DEL DELITO

1. Sistemática de la Teoría General del Delito .11. Elementos integrantes del injusto penal ; .í: Acción 1 .•••..••••••.........

2. Ti picidad .3. Antijuridicidad '.' .

111.Elementos integrantes de la responsabilidad penal .1. Culpabilidad .

N. Evolución doctrinal de la Teoría del Delito , .l. El sistema clásico .2. El sistema neoclásico .3. La teoría de la acción final .4. El sistema racional-fmalista de la teoría del delito .

V. La definición del delito .- 1. ¿Es la punibilidad una categoría autónoma de la definición de delito? .

VI. La clasificación de los delitos .

SEGUNDA PARTEEL INJUSTO PENAL

1. Conducta .1. La relevancia en el concepto de acción .

1. Acción y consumación. Característica temporal .. ~ .2. Lugar de acción .3. Ausencia de acción .

a. Fuerza irresistible .b. Movimientos reflejos .

4. La incapacidad de acción de las personas jurídicas .5. Acción y resultado .6. Relación de causalidad e imputación objetiva .

a. La aportación de DAZAGÓMEZ ~.. :.•• '. ;J ••. ; .b. La postura de MEDINAPEÑALOZA .c. Las consideraciones de DÍAZARÁNDA .

VII

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"7. Conclusion~s provisionales ... " .. '" . '" " '" 658. El problema;¡causal en lajurisprudencia ; ; ;",. 6.79. Valoración global del problema causal. . . . . . . . . . . . . . . . . .. 70

2. La omisión ' ' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 731. Estructura ontológica de la omisión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 752. La causalidad en la omisiÓn " 76

a La relación de causalidad en las infracciones de comisiónpor omisión " 80

b. La pos~ción de garante en la comisión por omisión. . .. 80c. La acción esperada " 84

3. Clases de omisión penalmente relevante. . . . . . . . . . . . . . .. 85a Los deFtos de omisión simple, propia (o pura) . . . . . .. 85b. Los delitos de omisión compleja, impropios o de comisión'. ..,por o~lsIon '.' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 88

c. Analogías y diferencias entre el delito de simple omisión yde comisiÓn por omisión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 91

n. Tipicidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 921. Tipo de injusto $. . • • . • • . • • • • . . • • . • • • • •• 932. Tipo iadecuación:social " 963. Estructura y comP9sición del tipo 974. La concepción del1tipo penal en México. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 117

1. La contribución dejiménez Huerta : 1182. La aportación de Márquez Piñero . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 1193. La tesis de Sosa Ortiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 1204. Las aportacio,nes de Luna Castro 121

5. El injusto en los delitos dolosos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 1226. La prueba del dolo en el proceso penal. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. 126

c. 7. Error de tipo .... '. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 1308. Otros elementos subjetivos del tipo de injusto. . . . . . . . . . . . . . . .. 1389. El injusto en los delitos culposos " 140

1. La acción típica: la lesión del deber objetivo de cuidado . . .. 1422. Elementos cognoscitivos y volitivos de la culpa . . . . . . . . . . .. 1423. El resultado: la imputación objetiva ,.. 1434. Diferencia en,tre dolo eventual y culpa con representación.. 145

10. Estudios dogmáticós ejemplificativos " 1501. Delito contrab salud en las modalidades de introducción

y extracción al país de narc;óticos, aunque fuere en formamomentánea 9 en tránsito; y, fomento para posibilitarla realización de las modalidades antes mencionadas 157

2. Delito contra la salud, en la modalidad de posesión con fines. ,de comerCIO .'. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 163

3. Contra la salud en la modalidad de posesión (privilegiada) de" narcótico .... 1, ••••••••••••••••••••• ' •••••• '" • • • •• • • • •• 1684; Contra la salu~, en larnodaiidad de' transporte destupefacien-

tes, en grado de tentativa .•. 7 •... :".... ':' ... :: ... :': .... : 171l' :'.

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VIII CONTENIDo <o

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CONTENIDO

5. Contra la salud, en la modalidad de transporte de narcótico, en_la que se utilizó a un menor de edad ~ ~' .

6. Delito previsto y sancionado por el artículo 138, párrafo primero,de la Ley General de Población ",_' _ '

7. Delito previsto y sancionado por el artículo 138,párrafo primeroy último de la Ley General de Población .

8. Equiparable al contrabando, en la modalidad de el que nodeclare en la aduana a su salida del territorio nacional,cantidades en efectivo o cheques, o una combinación deambas, superiores al equivalente en la moneda o monedasde que se trate a treinta mil dólares de los Estados Unidosde América ',' .

9. Introducción Clandestina al país de arma de fuego ymunicio-nes reservadas al uso exclusivo del Ejército, Armada y FuerzaAérea Nacional ' ,' .

10. Operaciones con recursos de procedencia ilícita, en lasmodalidades de invertir recursos dentro del territorionacional; y, custodiar y transportar recursos, delterritorio nacional hacia el extranjero; en amboscasos, con conocimiento de que proceden orepresentan el producto de una actividad ilícita,con el propósito de impedir conocer el origen, destinoo propiedad de los mismos , . , , .. ,

1 l. Portación de arma de fuego reservada para el uso exclusivodel Ejército, Armada y Fuerza Aérea '" ' .

12. Portación de arma de fuego sin licencia. '.' .13. Violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia

Organizada .14. Violación a la Suspensión .

III. Tipos de imperfecta realización: actos preparatorios puniblesy tentativa " .1. Consumación formal y material ,' .2. Tentativa y frustración .

1. Fundamento del castigo de la tentativa y la frustración en elCódigo Penal Federal .

2. El dolo en la tentativa y la frustración .3. La delimitación entre actos preparatorios y actos ejecutivos .4. La distinción entre tentativa y frustración .5. Delito imposible y tentativa inidónea : .6. El desistimiento voluntario de consumar el delito .

N. Autoría y Participación .l. Autoría .........•.......................................

1. Diferencias entre autoría y participación .2. Formas de autoría " .

a. Autoría directa o material , .. ~" ~'0 : ••• o • o ••• : •

A) Concepto unitario'de autor ...• '. : . : .B) Concepto extensivo . o o o • o o o • o • o • o'. o ••••••••••••

C) Concepto restrictivo ',' o •••••••• ' •••••••••

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CONTENIDo

b. Autoría mediata .c. Coautoría ;" : " .. : ' " .- •• • JI'! ~l. ~ •• •

2. Paruclpaclon ... '.. 1•••••••••••••••••••••••••••••.•••••••••1 F 'd l... .,. ormas e partIClpaClon .a La instigaci~n o inducción : .b. La complic~dad .' .

A) Formas qe participación tentada .B) Formas de participación por omisión .

c. El encubrimiento .V. Antijuridicidad : " " .

1 Anu"u 'd' 'd d 'n" st• U n ICI a e 1 ~u o ' .1. Antijuridicidadformalymaterial .2 L '.!.J 1" .,' d l'. os conceptos~e eSlOny e pe Igro .3. Desvalor de ac¿ión y desvalor de resultado' o ••••••••••• ' •••

2. Causas de licitud. o .i ••••••••••••••••••••••.••••••••••••••

1. Naturaleza yefectos " .2. Elementos subjetivos de licitud .. J .3. El error en las causas de licitud .4. Justificación insompleta y atenuación de la pena " .5. Las causas de licitud en particular. .

a La defensa legítima .b. El estado de necesidad .c. El cumplimiento de un deber .d. El actuar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio

de un derecho .e. El consentimiento .

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, TERCERA PARTETEORIA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL

I. Culpabilidad .. o •• ,,_, •••••• ' ••••••••• o ••••••••••••••••••••••

1. La culpabilidad. . o ••••••••••••• o

1. Las insuficiencias del concepto tradicional de culpabilidad .2. Concepto mater?al de culpabilidad .3. Elementos de la 'culpabilidad .

2. Imputabilidad o capatidad de culpabilidad .1. Causas de exclusión de la capacidad de culpabilidad

(causas de inimRutabilidad) .a La minoría del'edad .,b. Alteración de la percepción o •••••••••••••••

c. La enaJenació~ yel trastorno mental transitorio. o •••••••

d. Las "actio liberde in causa" . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3. Conocimiento de la ad~juridicidad " 'H ••

1 E d h'b' lo , , . '- . rrore pro l 1Clon _.' _.'.. _'_,:'- ' ;' .4: La no exigibilidad de 0:6 condu~ta. '.' " ',.,'.1. El llamado estadq de necesIdad mculpante .2. Miedo insuperable " .

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CONTENIDO XI

11.La determinación de la pena 3861. Concepto, sistema y fases de la individualización de la pena. . . . .. 388

1. Determinación cuantitativa de la pena . . . . . . . ... . . . . . . .. 3952. Arbitrio judicial ,. .. .. . . .. . . . . . . . . . . . .3963. Precisión que debe existir en la graduación de la

culpabilidad, para dar claridad y congruencia a laspenas impuestas ' ' .. , , . . . .. 398

4. Supuestos ' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . .. 404a La pena máxima y mínima en grado " . .. 405b. La elección de la pena concreta . . . . .. . . . . . . . . . . . . . .. 406

• c. Cuestiones generales sobre la estimación de lascircunstancias 410

d. Reglas de aplicaciq.n en atención a las circunstanciasmodificativas de la'responsabilidad : 411

III. Medidas desegllridad ' .•............... ' ' , 413.1. Las medidas de seguridad .... ,........................... 4142. Medidasde seguridad para inimputables como alternativa de prisión . 418.3. Medidas de seguridad en el sistema vicafial .. .. . .. . .. . . . . . . 420

N. Concurso de delitos y de leyes 421.1. Unidad y pluralidad de delitos (concurso de delitos) ' 422

1. Unidad de acción y de delito 4252. Unidad de acción y pluralidad de delitos (cohcurso

ideal o formal) 4363. Pluralidad de acciones y de delitos (concurso real) 4444. Pluralidad de acciones y unidad de delito . . . . . . . . . . . . . .. 4485. Aplicación de sanciones en el concurso . . . . . . . . . . . . . . . .. 4496. Concurso real yconcurso de modalidades de un mismo delito . 450

2. El delito continuado .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 4531. El delito masa 458

3. Concurso de leyes 460V. La responsabilidad civil derivada del delito . : . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 464

1. Concepto y naturaleza. . . . .. . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 4652. Extensión de la responsabilidad civilderivada de delito 4713. Personas civilmente responsables 472

1. Responsabilidad civil en caso de determinadas eximentes .. 4762. Responsables civiles subsidiarios. . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 477

A manera de epílogo ~ '. . . . . . . . . .. 479

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PREFACIO

En el principio era el caos~..

Muy joven tuve la oportunidad de leer a los clásicos de la literaturauniversal; el. tiempo me ha permitido experimentar circunstanciassemejantes a las que pensé sólo existirían en textos, incluso el caos,especialmente, el intelectual.

Recuerdo a Delfos C~r9.9-,,~1..C~,I1.tr.9.1~ligi.QJi~º-.,..d$;_.Q~fi!1,donde seasentaba el ~~Q:Q.~~<:!9.; quiénes lo consultaban, recibían de unas:~~~~~~I!~_~, palaoras inconexas a l,!s que un sacerdote dabacoherencia en forma de ambiguos pr~rbios, a partir de los cuales, elconsultante extraía una preaicción que era tan contradictoria comolas recomendaciones de una moderna comisión de expertos.

Mientras fui estudiante, pensé que las contradicciones habíanquedado en el pasado; así es que me ocupé de interrogantes impo-sibles de eludir, por ser tan profundas y, sin embargo, poco atendidaspor los expertos: ¿por qué y para qué el Derecho? Es una interro-'gante que me ha acompañado en mi vida; la he encontrado en mifunción de ministerio público, defensor, juez, magistrado, profesor;y sigo en busca de respuestas claras.

El desarrollo profesional me condujo a nuevas interrogantes: enla función de concretizar la norma general al caso concreto, se deberesponder si-.!!.I!.J:t~ch.Q..~.~,~f::t~.!ito,si ll..n.aP-.~[SOn-ª=~~_",,~.~~blepenalmen, te y, previa afirmación de ambQs,sunuestos, imnone,r la,s

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saE;;;.on..~~"S£r£~~P£U1.ªt~!lt<;s.Razon por la cual, he tratado e precIsar¿que' es el delito o injusto penal?; ¿cómo se determina el juicio deadecuación entre ese hecho y su autor?

Encontrar una pluralidad de respuestas no me dio seguridad, por-que cada autor consultado me ofrecía teorías diversas e incluso inco-nexas con los treinta y cuatro códigos penales que rigen en México;recurrir a los especialistas en el tema me hizo sentir como si estuviera enDelfos:múltiples doctrinas extranjeras y poco.q:>nQcimjentQde-laam.e.lialegislaciQn nacigp...al,.g~q}JS;~.Qmpllmi se les~~~p,"fo~.aambjg\}~, por lo 9ueJ.~2Q.~.!!fiqJ!..£t~£itdª.,J;asD..~.e.IDJ~J'ª",ªJ~.P!.i,illc-

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. .... don óbtenid"-~~.2E;í.c_".~o ,LJ>!!.e~~!:':Su!!a,r.._~n....cº!!ttadi<;tQria..quepa,rece-caSfjmp~.!?J~..,.~.i:s..t~!n!lti~C;lr_el.P,ereJc_bº_P,.enaI.mexicaQQ¡Confu-sión que en 10s últimos años pa llevado al endurecimiento del juicioque la ciudadanía hace de las instituciones de procuración y admi-nistración de justicia, hasta llegar a su desconocimiento, para hacersejusticia por mano propia. Luego, el caos no sólo era al principio, sinoque sigue vigente.

¿Cómo resolver las constantes interrogantes 'que me suscitan adiario los casos concretos sometidos a mi conocimiento? Recuerdocuando un amigo magistrado me comentaba !!!1- as':!!Jto que en eltribunal colegiado los llevaba a soluciones diversas: llQ.9J¡staute-,!uecoincidían los tres en cO!!fe<!ITl~laname.nte el ~tec-c~!eJugi.f.i£! feder~.l: cuatro sl.!ietosque huían con el dinero delque se apoderaron mediante el robo, se enfre"ntaron a elementospolicíacos a balazos, uno de los proyectiles que disparó unpQlicía,quien.se encqn traba h.i'.rÍdo, sr ,i!ripactó en la I'ncargada de.H!L!'x-p~#~io de Pt;EióQi~,qsyr.evistas,_~o;;t~S_~ol1.g.ºkJª.1J1Jl.e.rte.Dicho elemen-to policiaco fUe sentenciado por hQm!cjmQ.~imple intencional enpri.!!!~-r.ª...iº~tq.n~ia; en la seg\!n1~..iJ1s~rg~:!ase mocll1kü--e-sa'-aetermi_nación y se le condenó por el delito de homicidio culposo. Losmagistrados difirieron en la causa por la cual se concedería el amparo:defensa legítima, cumpl~'!'.i"Qt!?,<!"..".n<.l".berL~;;s¿¡'foffuiló, respecti-vamente; fueron las eXcluyentes del delito que cadaunc,-sostuvo parala protección constitucional. Al 'llevar este problema jurídico penal adiversos .fo.r~s:a1~!,?,~_e~tim~s.e¿cl!J~i.~~ ..!~..a.~".~ci<lde conll".c.ta ob,".'? e~gIb!hp.ad !:'!9'<:>!!~.li~ol[~ __~'?llª!!£ti.'.Como puede advertIrse,la diversidap d" criletiQ¡;_~nI" sol.u~ión, provoca un caos jllrfdi£9 quedesemboca en la i~!,gll~¡!i9c4j1iL\!iB, ello es aSí, pues para algunosestudiosos había que imponer, conforme al Código Penal Federal, unapena que puede ser actualmente hasta de veinticq.atro años (homici-dio simple), de ~ei~años (homici<Iioculposo) ,--"._motivaría.t'nas<:.~,inc1~~.2.un 2r~.niio (cumplimiento de un deber) .... --.....- R,,~,~l.y!'.!:J:pn ~e,rt,ej':_'!jll!:[djca,con la destreza de uu cirujano decorazón o de cerebro, reqgiere ser Pi'seedor de, un m_!,~oqº,:x..<.leunat(<:.uica,¿cuál? L~ l12~_~ª,,º~ª~a, :la más moq.~rna, estimo consis'tente1.:'.~~g'll~¡~)~.r.!<,Ii~_j1~Il~I,en tendida como el !!\étodo~~S?_ delas cle.n~,!~,S9q¡¡les, a~y.".spe!ac.!!¡¡I s,!,p_u"denobtener los concep-tos"i:9pt"9icj9~, en .la ley y no. pq¡:.<;re,,,.!J.Q¡¡¡¡w;g~.!.!:'.m!>!!,U2Ji!te¡-¡os~<;Q. iUi!,i~lla!oUi!L~do <;uguno.

~~n me lIevp a bu~tar:JaexR!icación.£~t!!iqdel ~.Código.Pena) 'F.ede¡;a1;, encontrar'-sllestnitturá :meayudó a 'iden""tifidir'lós dementos pOsitivos 1:1, ~o de la ~ción, tipicidad;'antijtiridicidad y ci!!.Il.awlidad, enri~."cid~. iu.ti.~\!S'cia_ ..

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Miguel Ángel AGUlLAR'LÓPEZ

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emitida por' los tri.!?l!..¡;mlesf<:.dez:.~~s.Sólo así he podido cuínplir mifunción con la eficacia del razonamiento y proporcionarmé-la herra-mienta que -necesito como juzg(ldor y,~_.académico._

Las primeras notas quedaron plasmadas en las sentencias dictadas;su posterior sistematización conformó mi trabajo doctoral; la experienciade los casos que he conocido, su enriquecimiento con las aportacionescientíficas y metodológicas de amigos estudiosos del tema han quedadoplasmadas en esta obra que someto al juicio crítico propositivo de mislectores, a quienes agradeceré me ayuden a clarificar ¿qué es el iryustopenal?, ¿cómo se determina el juicio de adecuación entre ese hecho ysu autor? Tal vezjuntos, algún día, logremos erradic~ de nuestra viven-cia judicial el caos que ha imperado durante años. '

La obra no pretende ser un librq de texto, pero espero que losinteresados en la materia en cuestión encuentren un material de

:~t~~~Ot~mC:C~1';::~~~;c::b~~~~:~;'~t2AeI~~t~~:ti~a~i~~~~~~~~~que inicio y que, d~,~~ re~~noc~!, ..n9J~_~~Q.,JJ19r9j~ta,pues soy deudorde muchas instituciones y personas que comparten mi preocupación:encontrar la justificación de la respuesta a lo que es el Derecho, elinjusto y la responsabilidad penal, así como el por qué y el para quéde estos. Expreso mi gratitud a la licenciada Araceli Trinidad Delga-do, compañera profesora y en la función judicial, por su valiosacolaboración, hasta el extremo de que sin ella no sería posible laestructura, sIstematización y creación de esta obra. A mis alumnos,esperanza y realidad de un México sustentad~ en la justicia social.-Amis amigos, d~stacadamen!e a JULIO HERNANDEZ PLIEGO, CAR-LOS DAZAGOMEZ y JOSE NIEVES LUNA CASTRO, al primero porser el conducto 'a la casa editorial que publica la obra; y, a los otrosdos, por coincidir en la vida y en un sentimiento de hermanos, lo quemotivó sus palabras en el prólogo de la misma. A mi familia quegenerosamente otorgan sentimiento, lealtad, honestidad, coraje, dig-nidad, tiempo y espacio, para concretizar un logro común: trascen-der durante y después de la vida.

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PRÓLOGO

No es fácil aceptar la importante labor de prologar una obra jurídicainédita, empero, la voluntad, así como el amable y sincero ofreci-miento por parte del autor, a quien en lo personal respetamos yadmiramos, nos lleva a aceptar esta responsabilidad con la esperanzade lograr, al menos de manera suficiente, la ~elección ~sa deaquellos aspectos tan sólo ejemplificativos de esta brillante o ra, dadola abundancia de aspectos positivos que según advertimos, le soninheren tes. 1

y es que en ella se contiencnmúltiples cuestiones de interés yaspectos sobresalientes que por sí mismos, cada uno, justificaría laimportancia y trascendencia del trabajo desarrollado por el autor, noobstante, dado que no sería posible destacarlos todos en un prólogo,se opta por señalar como sobresalientes' únicamente algunas de lascuestiones que, primero como tesis.9-0q..Q.(aly ahora como importan-:te obrª-.d~,£..Q}2.~ta,advertimos como parte de su contenido.

MIGUEL ANGEL AGUll.AR LÓPEZ ha descrito, con bellas y acertadaspalabras, el estado o condición en que se encuentra la impartición yadministración de justicia de nuestro país. A juzgar por sus palabras,como lo podrá apreciar el lector que tenga en sus manos estaJ.!:lEd~~me~obra, en ella se afronta, entre muchas otras de la misma impor-tancia, una temática que ha constituido el centro de las discusionesdoctrinales de mayor relevancia y actualidad en nuestro medio.

Así es, en el trabajo que nos honra presentar, s<:J~o~~~<;_~ni-f~s~~~.?:~~_!}}_¥ q~~L~i_~b.ie.Il..~_~__<:i~r~º,,,Jª_.Q!~~~~ºJ1.-.'!lk...i1,1J~sJ9._j~.Les-ponsabilidad penalrepres~.p.ta uno de 19S avataI:es,,de.Ja.CiencÍa Ju-rídico-Penal mexicana, entre otros, basado en el esfuerzo por tratarde asimilar esta división, y aun cuando en sí mismo y desde unacorrecta perspectiva técnicajurídica, no pareciera contener ningunacomplicación para la solución de casos, sin embargo, esta cuestión enla práctica se ha : traducido en un malentendido (y para muchos,quizá, en. un desacuerdo insuperable) entre-eoncepciones sistemáti-cas -' causalismo y finalismo-,'que'el jurista :se~e~obligadó~~conocery aplicar, de manera que las consecuencÍas de 'ello han determinado

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la marcpa doctrinal de nuest[0 país en todas sus esferas de la CienciaJurídico-Penal.

Otro aspecto impor,tante que no queremos soslayar en cuanto alcontenido de esta obra, es sin duda la exposición concreta de lo queel autor denomina "Egt!ºjQ~"_Q2gI!!~_ª-~~~~j~!E.E!~1!c~th::QS",donde demanera detallada se atienden en particular; hipótesis de acreditaciónde diversas figuras delict;ivascontenidas en la legislación nacional, locual ad~~~ ..,~~..,~R~~~~.,.lg~."~~it~Eig~.J~~r~Q!!ªJ.t~L~ltIDL,,""9e.X!l.!!~~traqel-<;.YÜiª-<!º_P'qE..?~~par~e~.~:t..I]Wp'OS .Jie...aJgq,ngs.<i..elosa.SP~~~9,S,pláscQntr-ºY.e.r.t..i.s.lQ~.~Qla pr:~ctica coticliana. de ..aplicación'pena1.en;.J~1ám!:>itº"J£g~Iªl",#''

.Mortunadamente Bara la .dogmática nacional, este estudio quenos ofrece AGUILAR Lóp~z representa una obra útil 'R0r t!ata!,~ede laclllmi~~ci.ón de lJ.ll gran.,eSflJ~.L~9.PQ:r:..<;.Q~ºtrmr.JªJ~9_rf.ª,,,sgt.!J':l:J?L~C-W;..a,esto basado en la actividad que día a día lleva a cabo en laimpartición de justicia como magistrado federal, función que le hapermitido demostrar el fino conocimiento y aplicación de la dogmá-tica Jurídico-Penal para la sQ1~l:!~.Lª~..~e.,.~_~~_<?~."~~alesy trascend~n~lesy no sólo de escritorio o laboratorio teórico, "',.., ,.,..".•.." w •. ~

y es que la función,jurisdiccional conduce a la vivencia dir~c:~adel dilema y también llamado "Dr.:amajurídico-:peI!al", en cuanto ala aplicación de las normas punitivas a supuestos concretos, alcanzan-do en casos como el de 'nuestro autor, una gran experiencia que sinduda redunda en, beneficio del propio ejercicio conforme a los prin-cipios de superación y ~xcelencia.

Aunado al aprendi~aje derivado de la práctica cotidiana de tandelicada y compleja labor, nuestro ~utor ha destaCado igualmente enel ámbito académico y la labor docente de muy alto nivel, lo cual noes ni ha sido nunca tarea fácil, pero, sin duda, el lograr sobresalirsimultáneamente en tan importantes áreas, otorga, por consecuen-cia, un carácter y una formación de mejor juzgador, esto al ser unjuez cuyos actos se fund,an en el estudio y conocimiento no sólo delos hechos concretos sometidos a su potestad, sino también de laciencia del derecho y las consecuencias de su aplicación; un mejordocente porque tiene el plus de conocer la realidad en la que seaplican las hipótesis teóricas y propias de la dogmática, En resumen,el juez-tnaestro que log¡;a un conocimi~nto pleno de lo que juzga yde lo que enseñél¡. l~: ,

. Esta clase de tribut9s, que no se-encuentran comúnmente;comorespaldo de quien emit~¡una obra jurídica, los tiene el autor de estelibro y ello bastaría para destacar el interés con el que debiera aco-gerse entre sus lectores.;

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XXI :~¡PRÓLOGO

CARLos DAZA GÓMEZJosÉ NIEVES LUNA CAsTRO

Primavera de 2005

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. .Serán muchos las estudiartt~s-y-pi.2£~OJLal~~d-P~~&ho -que .~.puedan beneficiarse con el contenido de este trabajo; de su,:particu-lar y original contenido en cuanto a algunos de los aspectos que trata _y de la riqueza con que profundiza,que~unque ya _polémicos -deantemano, no dejan de ser de constante replanteamiento y necesariaactualidad.

Preferimos dejar al resultado de la particular lectura y el interésde aquel que haga suya la riqu~za del contenido del presente libro,la posibilidad de descubrir la manera elegante pero objetiva con laque el autor transcurre entre las temáticas tan controversiales, perosiempre apasionantes del Derecho penal, pues en estas breves pala-bras no podríamos pretender descripción tal que mostrara plena-mente lo trascendente de dicho contenido.

Queremos expresar nuestro agradecimiento al autor por distin-guirnos con la oportunidad de presentar su libro, que es una culmi-nación de lo que en un inicio fue su tesis doctoral y que defendióbrillanternente en septiembre d~ dosí mil dos, en la UniversidadAutónoma de Tamaulipas, ante el jurado correspondiente, del cual,también de manera honrosa, fuimos integrantes por designación dela propia Universidad; ocasión en la que dicho trabajo -que ahorase presenta como un libro destacado- con todo merecimiento, fuecalificado como sobresaliente. .

Finalmente, hacemos patente nues!ya felicitación y reconocimien-to a Editorial Porrúa por haber asumido la publicación de esta obraque en realidad creemos de gran interés y utilidad en el ámbito

jurídico-penal de nuestro país.

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INTRODUCCIÓN

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La estructura de la Teoría del Delito pertenece al área del DerechoPenal, por lo que analizar su concepto presupone inevitablementeacudir al concepto mismo de este Derecho. El examen de las defini-ciones del delito que se proponen y de cada uno de sus elementos(acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, etc.), muestran laenorme variedad de sentidos en que se puede entender a esta Teoría.Por ello, puede decirse que cada direc!Oi9I1fI10Bñ!ica_L'!'.e_t0~lógiraCQ!lº!?"~~Q.-t~r!:I!i."J:!Q~~E[~r.e)ltesa-IITeo~ía .deLD..cli.t.o; ejemplo de oanterior lo es la distancia que separa los conceptos de acción pro-puestos por el causalismo, f~ismo y funcionalismo; no obstante,a~ualmente se encuent~_ª_U~.!!fld~_.con._eLD.ere..ch.o..P.ositiY9~e-asíla pregurrta~que'es la-.t~º~Jª-"El.~L.D.eli.to?,pr~~~p_t.Iesto,de la que aquíi!!!pg~_~~_:.__¿9.l!_ées-eraelito?; interrogante que pue"de-"'respoñaerse-eñmuy distintos----se.ñt1aOs~-Además,será de interés para la DogmáticaJurídico-Penal preguntarse por los elementos esenciales del delito:¿cuál es su esencia? Planteada así la cuestión se obtendrá una res-puesta distinta según el aspecto que se considere esencial en la Dog-mática, Esto es, en el caso del aspecto ontológico (cuál es el serpeculiar g.~.J.ª-..fº!!.<!Y~ta), co~ -as-Eecto funciolllil, rc[ue .IuñCioñ~tie.ne) o el teleológi~o (~_q~.~-.É!!.J:j_eI!(;l~Üdel orden jurídi£9. Yen basea ello, cadá' doC't.nna resolverá concilierio diferente estas cuestiones.

. --- -:------ -- ~,---Actualmente, no es ajeno que l~ Teor!a del Delito en Mexlco:[a

referiQ9.te.Qtias y ~_~~c~PJ:.9s;pero, según se advierte, corresponden aun derecho, a una doctrina güen¿tes--la-"ntiesffa;-sll's"tan¿ialmente;rá~~S';Ú~i~qa~e~ñ~~~éPí:~~ia;JEiPjn'a"}/"~~1lli'"á:en~~~giriS~-Po;-~o'~~siguiente, al pretender obtener una definición deio que es el delito,los jueces, magistradbs y estudiosos del derecho refieren diversidadde conceptos, pero al cuestion~!)o~"..~Qbre su Ill-ªr!=or~<;'~I.!cial.'(¿gedónde s~.s!.~.!~-~._~~-~~__~~!i~~E~2~.,~s."@~id.e.a~_0_definiGión?).,jpv-ª.ria-bJ~mente cOI?t~~tan,quees.e.l qu~ h-él:~ .•~lE~t;£i!d2-~_~~~tudios delj~,t!:!..~~ o maestriaa ~£orgue a~Llorefi~[eu lo-S..;.gz:an.d_e~.ª~tQL:es~~tranj~m.t..U~ftl;F;CK1..¡~QH~4m4RQ~!:F-O.xIN;jAKOBS:;:~IR~PQIO~,"~~_~~,~.2~rQs);los cuales tratan d£ <jistinglJir eng~._~<:.£~~:.s~u~:uis!:,

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,INI'RODU9CIÓN

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fi~lIis~r(a pa~tir ~e la ,t¥_?-E!~~~_,!~_...?~_~J9-!!_~~L~a~ta_-CJJ.ªnd._<L~~Je(la. alie~.Yl.~:!I~'''£~~~~~~,?n..~~g.E~S~.e,<~ª!:._{;,~Ón_Y.ollJntaria._y.,:-~~Jl~~ta,cuanao:se le da a 1a YO!!d!JJad.,J¡u""conlerudó.Jin.al),funnonahsta, (laa~~1~!O~~c~ ..Y;!l.~¡.!;!JH;.üt().ge!2~Ii<:Q:a'e"i(;ao:1Ogm;constI tUYC:_...~1EP.9...J~eº-ª1 y -~~_~~tu~~~_L~~~~~!!!.9...qentrQ ...Qe.J.ª_<~_~~!:adfla'-tI:E'!cidad) y~~Ia,._,~~~~~.udtitg.,...Jr~£knQ~Ja_.~~2xJª.,..q~.J~j.~Pu_tación ~9j~gY~...Jª.J!}y~l.<j~",,,gp.l<;.idad)~

-~-~-'Ahora bien, si ias diferentes doctrinas se estudian a la luz del•• •• '•••••••.•••--....- ,,,,-.#T'~.lll"'~""'~""~,.... •._ ••-.:-....,., "'.. _. _ " , _ ..

~~E~sh.?~~vo, de~~p~r~~.~~..9.!!~.2~J~~;~._.~J~SE1P![sL~ór-~Í~~~~~¡;¡M;"~i!JI~~i3íi~£!:I~~~~(;;'a~~~J¡!~3r'f~~~~~más que ninguna otra p~rcela del Derecho se halla necesariamente,restringida a las normas positivas, ante todo por la exigencia de sig-nificado político, del principio de legalidad que presupone tener unEstado de Derecho. Es ifuportante conocer el delito, su forma deaparici ón, P..<;E~",.gjl~c!!g~!.~L~ll~Ü1.~.tQ..s~~ªpIL~~~_,t~~Eíay ~~~:!!,gQ,,~J.._1,,~.re-s.llil-B2~.Jltf;, .sgbh:_.t.~.\Ll!U$l'~...J¡.n_.,,~'~~~~l'~Ó.~_g,,!s.sJl~~fhQ.,JJ,~<l)J~-~tt~I$,.~.fjn~$.;.e,.sp~qfj~q~.~Q!~form~,,~!.Jusnaturallsmo: JUs- 'ticia, s<;g.'JriQ~~.~ju:r:ídi~a Yr !>i~~@L._£2!.ll~n. -- ...-. ~__.__".•

/'coC'':._ ...,... El' método sistemático que acoge el presente trabajo, respondeI a un C~r!2_.);¡Q!ítij;¡l:,;¡;i~in4l.£U¡¡cionalista ..dJ::LDer.eCh?Penal, E()!,.

) ~~n~~.~.ti~i~~~ilii6i,{¡f~~~~b\~@I~&@~~~}~:~< ~ \L<!!fQ:l'!'.ñN:¿t~t¡¡¡¡l, en virt4d de. 9ue penn~te ~u mejor y. más exacta~ \ mterpretaclOn, por lo que se faCIlItan los cntenos necesarIOs para una

a<!pi~i~t!:ª'f!Qn-s.l_~j~!JsiªL!l!~~,_.~!!E~~~.y~_~pQr~-.t.odo,~,~I,a. £Qx_I9.~ P~i-del..cQn~t.Q....de-eueI:po.~,deL.d~ito y delitó en ~e~ ele~<:~~~.~,1~,~;"Eg~tie.h~_.,el,..Qó.Wgo Penal,Feder.at"('és06VíoqueexisteilOtJ;os tIpos ae legisl~ciones en las diversas entidades federativas,igual que el propio Distrito Federal y en la materia militar;~<:Fi?Lloable poder conformar ~na Dogmática Jurídico-Penal unitaria, atrnvés de ~JJ.w~ºJg._g,q,Q.igo~,P.~Jl-ªLp.é!-,ra.Ja,..Repúhlica Mexicana, sinembargo, .la dive£~jºª~;Lº~_J,~y.~.~,}]'9S,.,ip1pid~n_.r.,~_ªUzarlo).Pretenderestructurar una Teoría Gen'eral deLDelito en el Derecho Penal.Mexi-C-ª!lQ, debe iniciar "p'or-'~j-~náÜsis del' QQdiiQ~p.~J),,ªi_.fi~.m.J,concre-tamente, la par~~g;!1C:;lEI(I+ibro Primero), deLqlle--e.s_PQsi91e.~~ci!ldi!:~res tiEos , e .es:~ aquepas que se refieren al delito, (b»)al delin-cuente y ,c) a las penas; en rste tenor, s.~~orr~~I2Q..r:!.sk.!!2:~teoríasq,~~--P~E~,,~~UJ~~~~!Ld~,lqs delito~~tic~ar ~e <:?,ntIeñé)~

:-~egynda".patte...deLJ-, '. ' '. enal.F ederal. . '1 •

Es .necesario precisar, ¡:para efectq de no generar una lecturaequivocada; que e~_ll'é.!().<!()4g.L~n~.É'j~..~i£l"'I}l.i&f9~..":,_!.us.

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t<:~•.,t;~,.",~Q..~..i~~~~d .•.~ per.o ,ell.o no,jmpijie qu~, l.os}nte- ..re~ad9s pueda~ .estu.2~~!-.~~R!~~.£@1~~~ .teóricairien~e-:l.osc-:'-!mIsm.oSc.ontenId.os que se especIfican en el traba.J.o7COnIOññé-a.otras . 'legislaci.ones, p.or.Q.lJ,~-(!f~~9~,-WQ~.;-.Q.Rslig~~tt¡Jl~.~~;9-£t.Qi~trit.o~ckr~..~~~5!Q~,!i~J-ª>k~~B!l.bUcaqU~..~?~12$£l~J2~J?~.Lqi-~el~r2~I~n.~tº"l~",~~ral, sUE1!e2!£.,,~n~!..9!t~..r,:~.m1t~t.},nne£~~ti,Q..,serrSRey.tiv.o;aún más, el prese~<;~!!ill!Q.¿o~.",mlQ_~~P..tentadar .orden, directriz eñel"con.ocimient.o científic.o de la n.orma fede-

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ral, E.t:£?r~g.9 ..~nªLp.e[é!",~l7DR~J:rit,9.wEe.deral~J.iene,",diSR9~1~Jlness@~jaute.$.~=';l ~,~~Y~JSID&é!ci9..~¿"..cY."i~.ªLque.,}.otr,Qs.oordenem.tw.tJ?s~ll...~.LI1<!,~"~~_~,!J~.Ip~rJE!t~,sº".ªn.~.U~,!.~,.h,~,9,,,,~!..~Eg~.~.~!}!Q.P.JªºJ~.adpeneste trabaj.o y c.on la c.onfr.ontación del dispositiv.o federal.

El Derech.o com.o instrument.o al servici.o del hombre. ,específicaJ!1ent~ el Derech.o Penal, puede acceder a esa finalidadindiscutiblemente a' través de la D.ogmática Jurídic.o-Penal; de talsuerte, si queremos saber cuál es el c.onc~pto..dedelit.o y su f.orma de

'~'"'1 ..,~..,...,~:"..•.,~....,""'~"_. _ .aparición, tenem.os que recurrir a l.os artículos 6º a18 del ü¡'de-ñá':rñient<i.sus"tin tivo'féW:jl:'Eñ"arericl<5rt.c;:tqu(ter'i;t-{~~l~' 6º' regur~tla~~t~rLe_~~~.,:~~~j~l~y, .ta~bié!L$J~iiql.q,~qu~,_fJlªJ}clg...~_Il_~Wi~~~~"~en~-ap'arez<::a reglamen~d~ ..R,91",Qjv~rsasdisp.o~jci.orl.~s,la espeCialp~;e-vale.cerá-sob;eI3.-geñer';ll';"e~~<?es, se regula lo que en la teoría sele llama c.oncurso apareptt;. ..Q~..nºiz.nas enJr~._~Í,.o el concursó inc<jm-paTi~1~eE!f~'~~_ór~~_-'?.,j~_£2a.:U.~j9rl,.d~.n9rrnas,en-er'esR~cío~'.'p'or-'cita.r~J~~P'!?_.~ ..o.t}dian.oen lll:praftica;judici~: lay.orta<.:ióE-.~~_~~madefueg~:lr:..licencia; el ~~_~i~!!!.2._ª-l.~q~b~_fs..<kral,,~Q~n!m~~..Iueg.oYExn .oSlvosreo-nla la n.ortación, al iunal que el 161 del Códig.o PenalFed~ar'-siJi'-e-~bit'o.k"e'ñ:-,er::caso'-c6~creio"'Vtr"'ñorma'~'és""~ci~i'''~~a~-_.._.~---."-. -, ..g , ..- '-,"-~'-.'"''''''''''-'''~"''''''''.~_¿-_.~ ~ _ p ,..' ',' "'."''''exclli.Ü:,,ªJª,~g~rrq"~;pe~~ién~é;Ld.el c9ncurs.o~rente den.ormas regula l.osprincipi.os de c.onsunción .oabs.orción, su sidiaridad

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y ~L9.~~~;lJJ~ipatividad,tema p.or demás interesante el cual ah.ondaréen un divers.o trab;:y.oal que en esta .ocasión me .ocupa. ªE!~~~I.Q~lºd.~fi~!:~~<?~D.l~Jp!.~l}J~qu~_:~s..~~.g~litP; 3:9-~~.~~?_~~g~!ª._eJº~..delit.os dec.omisiónwlLQ.r:,,º.P.;Ü~)pJ}.Ss.I~ifi<:.~"a..!2~..5!,~.!~t9.c~_.~JLº.r.d~n.ª.Sll. C9P~!!~a-~ión; el ~rtícul.o{8º:,Irefiereexpresamente que la c.onducta sól.o puederealizarse-ds?.19sa ó culp.osamente, eliminand.o 1.0 que constituiría laP~~~~E.t~!,~Jl<;!91l~jft~d;e1~t'ícul.o~a cuánd.o se .obra c.oI]_<!2I.oqlr.e_~J.o.o d.ol.oeventual, c.on cu)p.~-PI..evisi~l"e.o n.o..Erevisible; de estaforma, p.odemos~e;riá7 enp.osibilidades de ~~~~eg_t_~~_~?n~~t.o~~£l~Jit9__,~~~.!~.,~.::ió~ _u .~m~~o~£!<¿>~~,~,~~~,os~"'~!,mp,le.o~unp.rQPIa)..~.or o,tra parte,. aarñcuro~reve l~ñI~<?t~.S.I~~_~~9~~la-resp.onsabIlIdad penal n<,>•..E.~-9-.<;.J~""p~~x_bu~nes_.d~,~elp'~cuentes, e~.::p.~?.,~!:?~,~<?'~"5.~..2~..•.~~~!~:~.2tPor la ley; el artículóQ})

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contempla la r~_?I}gtilljdél:g~F ...~ de algún miembro o 'represen-tante de una persona ,i~rJ..dica,o .deunao:sociedad, l.corporación oempresa de cualquier c,asé(e~nd-º-la_. ~xceE.ci~I!,fteJ.~ i~sti-tuciones d~l Estado); .el!:arºculo~Westablece la t~, describién-dola' com~ .laré'solución 'de cometer un delito que" se exteriorizarealizando en parte o totalmente los actos éjecutivos que deberíanproducir el resultado, u;omitiendolos que deberían evitarlo, si aquéln?~,,~~£2..q~~1Jl.i}<"pQ,r"rJ.;é;J.U~~~JJ.~...ja~~.Qlun.. ... ..wl. .9,sUg-~V-!~;los "arHcu-losTí3) y (jIinstituych las f0r:ID¥ c;kj!!1.~~.u~~~jto, sinem~go, n?~.~~~~E~i1}",~~,!ll!i~"u-~~""ª'ut94='1m~~JJíQ.pe, por loque he de estudiar en el desarrollo de este trabajQ cada una de lasformas en que el agente puede realizar su conducta y establecer sugr~do ~1,-:J)esponsabilidad.en la com..iS.i?n.d..e...u.n. h~cho d~lictiv?; elartIculoQ;vregula las causas de :~~ll.,s.l.Q!l,,~eJj¡O',consIstentes enla ausencia de conducta (fracción I); atipicidad (fracción I1); elconsentimiento del titular del bien jurídi,co afectado (con todos losrequisitos que la fracción III establece); !éi defensa legítima (fracciónIV); el estado de necesidad (fracción V); el cumplimiento de undeber o ejercicio 'de un derecho (fracción VI); la inimpu~bilidad(fracción VII); el error de tipo y error de prohibición (fracción VIII);la no exigibilidad de otra conducta (fracción IX) y, por último, elcaso fortuito (fracción X). Ahora bien, ..c::.~,,,~tg£~llL~que la propia leyre~!~,Jg$,~~£'~Q.ª,"cde..".exclusión._deL.dellto,.ShL.,Q.aperesiaolc'ciilÓ"-sHs

~M:~~::~~gt~;~l~{!1r~GBJ~~£tp-~~tg~~~.#:~,.:;~. '-....~-""'-.,.. ••~•.•••••,.,~"'"':' •.,r.¡.;,~..r..,.••r"

fica que hay un aspecto positivo que se obtiene por exclusión, enton-ces, debemos darle ut:!.ªJn.t~rpr~.taciónacontr:arjQ....Sensu ..DS lo anterior

.~ _... ,. _ ....-.•..... , .•"..•." ..,,"'"~~,,!!?:f}~T~,,,q~~~.E•.!i~~JtªJ.~gj,~1.ª.c;:jQJl,PQ,~itjyª,<£Q,1J!i~!1~JqQg~.1.9Le.JSm,en-t~~,.l~?!~.P.~~~.9.l~~..e~~J)><~der.",demos.tJ;ar,,¡;~L)J~~,~n,,º.Jl~ié'~~.o~~~!~douna conducta gue integre el in1usto pen::\l y.proceder a establecer su

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r~~9~l !?l!Lg$;llr,p~.el;~~fa".,.e,,,.~l.~~,~fer~}}£~.~,.,.~?~.~~~~>~tr~~to,lo q~e.debe"ser..en consider,adóIl.ª)a .conducta que na rea1Ízaao .od~í.l:go.de hace¡::;~esto ,es,ep base a 'la' iiiierp!~tació'ñ'dé- los' tipOspenales que <;ontiene el Cé~igo ~enal Federareii~ sü~parte-'es'pedal, enapoyo de la jurispru(lencia y por sup,uesto del enlace logicojurídicodé .todas las cir,cunsiáD.'cias"'"c''!ue'"se'''"resenten .'eñ'ercascr"co'Ífcrefb.' .,-' ". . ., ;..JL, ., ",r. c.p ~.,,,' ""~., ,,, ,..' "~'7.~"""'.•,...,.,.,,..~.•,Á~ •.,.<"', ••,'c*',..~. '.... 'cqnsiderándolo por consiguiente como delito y qué sanción le corres-p.onde;.atmismo, ~gJª~~g~iQp.alprincipio de culpabilidad .que'"rige

~r~~~:f:~~~~~~~~J~~~~~~~~~"cid -'-aliilidad" eri- ¿Fséitiao-esirício-~n"-\ie süeie'1i~rs~atar~x'''ie-':::..:,_;J?_~""",.,,,~,_;.,,,, ';..-_~-~._--- ........•~-,--_._ ~,_ '1 ,-~ •..•q _.__.._..".__._.___.-/~':"'R~,..•""''', P,s~:J~,~~~~.~c;-~E~qJ~r!~:~.£.ª~~g£Lº~lj!~Lr~~!~CLc!.ªJ)..Q:r:-eL~to~..•.Optamos

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XXVI INTRODUCCIÓN

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por emplear el sentido amplio que. peql1ite el lenguaje ordiI1ario yque es el propio de la Política qriminal cuando 'se. refiere al "princi- .1.pio de culpabilidad" ;'C:-o~_ello se pr~"ó<e~eur.ta. i!1fr~_~~Yi!2!t l

e~~e,. causal~s~-E!!~~~~_~~~IAQ!!P~l!t~€i&t~~",~ J .~~!~~.~1Mi.<}d" Por otra p~rte, eU#lt9~~ ••.•q¡,g~~n(;\;;£gUMStza..~_lmB9Jl~I~~~1J.,JJ.Ul~d.~,~~;~.,,,~:sgMn;;~~1,.,&lJ..aJ,,J~..A;~qP.~,<.4:'~.;l~~~n- l'

s~~~~sL~k!!£~.~~LQs!it9-l!~~,..~qyj¡i.I~. autonomf~£'.t0C'eñ:te-..!-~~Ji!jva, da~~l_g~~~ª!:r.Qllº"~""~~!~n~iQn,,,,qii2Ja:m1mJ.~aad..9.!!i.ri~o"En otro supuesto, el propio Estado, a través de una Polí-tica Criminal, va a justificar el actuar de sus ciudadanos, al proveerles i :)"instrumentos lícitos J"urídicos que, evidentemente, no estarán impli- Icado s en el reproche' penal, sa~vo las, va£!~n,tes que contemPlael\I':"~'artículo .L6; además~ el art~~41g.T'" faculta al inves.tig4W"",yjwgador, '.para acr~ditar las causas de e'xctusión del delito ~1l,,5=ualquier estadodel proce~Ílni.ento; y el artículo J.8J;lel Código'Penal Federal, prevé ll.

la figura' del concurso de d~litos (ideal y real).Por último,' ertrabajcr:'pfo~éura ofrecer un CO!1.Qf.:J!UÍ~J.ltQr-gep.-et:ª1 l.

de la Teoría de!.p,$,!,Ü.9conJºn:!~.<:.".~)'HI~L~I~!~Jn~~~que intenta ..inte-grarde manera armónica todos 10s.elem~ntos.jurídicos, ..analizaQ,o.s,~~i.c?}~o..su.apli cación_prá,~.ti~ª_C,Q ti,diªUª.«~.n.l.9.~.,rr!J?"l!!2.e.l<;~_~~~JY.2!i<;!ad~ nuestro país. En efecto, en la función de impartidor ".cl\jll~"ticia,j~~i.y ~agistrado e~p~ci.ah~ª~o, ~nJªm~iyIiij~~iial, "eIik~,9.rr:~~.£ir::.cUl1s~n<::.i~sq.lJ~ se ~dyertir.:án eA SUll~91P.~,~_~?,t4Y~~.9,.~c~,,_~!9-~~lJap[obl<:;.mªtica ...de..apli(;;ª.f,'ffQ..,ej"e~u,~l:!JJ8.J~OQTIl..ática....T.!}.ridi~.Q:Ee.~::¡l,en,'!. ~'A;'l:oQ~;~~~~~' t.~

rxl éxko, cQQfQI.!!t<;,.,,,~~,,!£~,,,.Q!!~~-..q~l,,_.RfwQ!S;~~£-p,,,,~~I,e!!...~~lcyal_d.ebed~ termi narse--si -el ..hecho~.fá~ti~Q_-p'!!-Qj.bl~.cQ~tJ,.tuy,~,.Q...LtQ..!!!l_c!.~Jito,lare~sabilidad o irre~20DSflbilidad pe!lal c!e! aCB-~,¡tdo,que justifj.-que~#~~~.~~~!l,£!~n, p~y,~t!Y~.".4~...JiQertad..il~ ...diversa.jndole; .PQ.L 1.9"

~m~¡[email protected]~f2~i~~.e:J~E;c~,,;;;r!~~7~~~tras"~.@~~~ ..~if~.E~}}£ier=qJ,l~<;S,;",gJJ~J:P..Q....<!~l~U!Q.,,~,.HSUo;asimismo,es Imj?..91-tante :on.f:~=UJil: ~el1;!rQ.,,,.JI~.1ª•.•}2~.g..rp_£Úi~~.!JJ;i~.i£.?..:f~I, ..;'todas ..las_.~x:presloQ.e~s~.ma~q~~s.que se. <:q,~t1"~r~n.,J;~p.los."tIpos,,p~n~:.,.,..,az.l~P~r~ eH.o, ~e,:,citan ejem12Lo.qr. e.s!l!i!2~ __~q;..?s_o..ht~~.Q.~;.£_n'j~t~~f~~~~8;krffi~~~~*~iil\~~~"'S~~~~~".~~~:ti~~e~i;:~~~~~~~~~~fos 1s~qu~ e.~la;!?le<;~_.~~: 168"y_ 24 . e .. ócJigo. ~.er' ',je69~edi!Pl.~Jit9IJr~~u.:a.i~J.~Ii~; [s~gin<Í2lp'redsarel delito t;ll~~~ y, a partir de é.~!~~?~~.~~F_~~~l.~w~~sd~~!5~~~s!_~ o..~~~~~~.:~.~~12~~1~£~~L~~~~~

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