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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576003-009-09 BASES DE LICITACIÓN BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PÚBLICA INTERNACIONAL No. Interno R9LI535009 PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES CONSISTENTES EN: GASES ESTÁNDAR PARA CALIBRACIÓN DE CROMATÓGRAFOS A PRECIO FIJO JUNTA DE ACLARACIONES DIA 13 MES MARZO AÑO 2009 HORA 14:00 LUGAR SALA DE LICITACIONES ELECTRÓNICAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SUMINISTROS Y SERVICIOS DE LA REF. “ING. HÉCTOR R. LARA SOSA” EN CARRETERA MONTERREY – REYNOSA KM. 36.5, C. P. 67483, CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DIA 25 MES MARZO AÑO 2009 HORA 14:0 0 LUGAR SALA DE LICITACIONES ELECTRÓNICAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SUMINISTROS Y SERVICIOS DE LA REF. “ING. HÉCTOR R. LARA SOSA” EN CARRETERA MONTERREY – REYNOSA KM. 36.5, C. P. 67483, CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN _____________________________________________________ MBLPI-BN-PF/AP ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008 Página 1 de 129

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Licitación Pública Internacional No. Compranet 18576003-009-09

BASES DE LICITACIÓN BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONALPÚBLICA INTERNACIONAL

No. Interno R9LI535009PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES

CONSISTENTES EN:

GASES ESTÁNDAR PARA CALIBRACIÓN DE CROMATÓGRAFOS

A PRECIO FIJO

JUNTA DE ACLARACIONESDIA 13 MES MARZO AÑO 2009 HORA 14:00LUGAR SALA DE LICITACIONES ELECTRÓNICAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SUMINISTROS Y

SERVICIOS DE LA REF. “ING. HÉCTOR R. LARA SOSA” EN CARRETERA MONTERREY – REYNOSA KM. 36.5, C. P. 67483, CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DIA 25 MES MARZO AÑO 2009 HORA 14:00LUGAR SALA DE LICITACIONES ELECTRÓNICAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SUMINISTROS Y

SERVICIOS DE LA REF. “ING. HÉCTOR R. LARA SOSA” EN CARRETERA MONTERREY – REYNOSA KM. 36.5, C. P. 67483, CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NO. R9LI535009

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO1 Aspectos Administrativos.2 Especificaciones Técnicas.

3 Formato de Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.

4 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por persona facultada para ello.

5Formato para Constancia de Recepción de Documentos para participar en la licitación e integrar las proposiciones que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

6 Formato de Propuesta Técnica y Económica.

7

Formato para la manifestación los licitantes que oferten bienes de origen nacional que deseen que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia, en los procedimientos de contratación internacional, para dar cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 4° y 6°, regla tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de julio de 2004. -BIENES DE ORIGEN NACIONAL-

9

Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

9-AFormato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por el Artículo 31 fracción XXIV de Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

9-BFormato para la Declaración del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones.

10 Formato para la Declaración de Integridad.

11

Modelo de Fianza que presentará(n) el(los) Proveedor(es) para:

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, así como para responder de los defectos y vicios ocultos de los Bienes, y la calidad de los servicios, y cualquier otra responsabilidad.

11-AModelo de Carta de Crédito Standby que deberán presentar los proveedores, Modelo de Declaración de Beneficiario y Modelo de Modificación.

12Formato de la manifestación escrita de los residentes en el extranjero, que el licitante adjudicado deberá entregar previo a la formalización del contrato.

13 Formato de Compromisos con la Transparencia.

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

15 Modelo de Contrato.

16Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. -ÚNICAMENTE APLICA A LICITANTES NACIONALES-

17

Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con copia fotostática del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.

18 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

19 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.

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DOCUMENTO 1ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

I N D I C E

1. Consulta, costo y forma de pago de las Bases.

2. Información general sobre el procedimiento.

2.1. Plazo, lugar, condiciones de entrega, moneda, precio, anticipo, idioma, y forma de pago.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1. Junta de aclaraciones.

3.2. Condiciones generales de la licitación.

4. Instrucciones para elaborar las proposiciones, desarrollo del procedimiento y criterios de evaluación.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica.

4.2.Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.2.1. Dentro o Fuera del sobre cerrado que contenga la proposición a elección del

licitante.

4.2.2. Documentación que deberá presentarse dentro del sobre cerrado que contenga

la proposición.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.4.1. Criterios para la aceptación de proposiciones

4.5 Criterios de evaluación.

4.5.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

4.5.2 Criterios de evaluación de aspectos económicos.

4.5.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional,

respecto del precio de los bienes de importación.

4.5.3 Procedimiento de desempate de proposiciones iguales en precio.

5. Criterios de adjudicación.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación o una o varias partidas o posiciones.

7. Cancelación de la licitación, partidas o posiciones, o conceptos incluidos en éstas.

8. Desechamiento de proposiciones.

8.1. Causas de desechamiento

8.2. Devolución de propuestas desechadas

9. Fallo.

10. Inconformidades.

11. Compromisos con la Transparencia.

12. Formalización del Contrato._____________________________________________________MBLPI-BN-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008

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13. Aspectos contractuales básicos.

13.1 Plazo, lugar y condiciones de entrega de los Bienes.

13.1.1. Recepción de los Bienes.

13.2 Inspección de los Bienes.

13.2.1 Devolución y reposición de los Bienes.

13.3 Garantías

13.3.1 Fianza relacionada al cumplimiento del Contrato, así como para responder de los defectos, vicios

ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

13.3.2 Carta de Crédito Standby relacionada al cumplimiento del Contrato, así como

para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes, la calidad de los

servicios y cualquier otra responsabilidad..13.4 Anticipo. “Para la adquisición de los Bienes que ampara esta licitación no se otorgará

anticipo”.

13.5 Condiciones y forma de pago

13.6 Facturación.

13.7 Penas convencionales

13.8 Prórrogas

13.9 Rescisión administrativa del Contrato.

13.10 Confidencialidad.

13.11 Obligaciones Fiscales

13.12 Seguros

13.13 Fuentes de Financiamiento.

13.14 Responsabilidad de las partes.

13.15 Deducciones (NO APLICA)13.16 Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

14. Requisitos de seguridad industrial que obligatoriamente deben cumplir los licitantes y/o proveedores en los Centros de Trabajo de PEMEX Refinación.

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En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° fracción IV, 3°, 25, 26 fracción I, 27, 28 fracción III, inciso a); 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “Ley”) y aplicables de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) así como en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2000 (en adelante “ACUERDO”) y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, PEMEX-Refinación por conducto de la Gerencia de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa” ubicada en la Carretera Monterrey-Reynosa Km. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León, con los teléfonos (01) (81) 8155-2934 y No. de Fax (01) (82) 8284-0177 al 80 ext. 22533 y correo electrónico [email protected] (en adelante “Convocante” o PEMEX-Refinación), emite las siguientes Bases de Licitación Pública Nacional número R9LI535009, compranet 18576003-042-08 (en adelante “Bases”) y que tienen por objeto la adquisición de los bienes consistentes en: “GASES ESTÁNDAR PARA CALIBRACIÓN DE CROMATÓGRAFOS” (en adelante “Bienes”) incluidos en la Solicitud de Pedido Núm. 10235953, que se describen en el Documento 2. Estas Bases constan de los Documentos enlistados en las páginas 2 y 3 de las presentes bases.

Este procedimiento de contratación se convoca:

Fuera de la cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos.

1. Consulta, costo y forma de pago de las Bases.

Estas Bases tienen un costo de $860.00 M.N. (Ochocientos sesenta pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. y estarán a disposición de los interesados para consulta y venta a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones en:

A. Las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:00 a las 15:30 horas en días hábiles, en la ventanilla de venta de Bases ubicada en el Departamento de Adquisiciones de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa” en carretera Monterrey – Reynosa KM. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León. El pago deberá hacerse en efectivo, o bien, mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de la Convocante, expedido por institución bancaria autorizada para operar en los Estados Unidos Mexicanos.

B. El sistema electrónico de contrataciones gubernamentales compranet en la dirección electrónica: http://www.compranet.gob.mx. El pago deberá realizarse a través del sistema de pago en banco, utilizando los recibos generados para el efecto por compranet.

2. Información general sobre el procedimiento.

El servidor público designado por la Convocante, será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización de los actos, en los términos de la Ley y su Reglamento.

2.1. Plazo, lugar, condiciones de entrega, moneda, precio, anticipo, idioma, y forma de pago.

A) El plazo, lugar y condiciones de entrega de los Bienes será el que se menciona en el punto 13.1.

B) Elaborar su propuesta en pesos mexicanos o dólares de los Estados Unidos de América o moneda del país de origen de los Bienes. El precio de los Bienes será: fijo y no estará sujeto a ajustes.

C) Para esta licitación NO se otorgará anticipo.D) El idioma para la presentación de las proposiciones será el español.

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E) El pago que derive por la adquisición de los Bienes objeto de esta licitación, se realizará a 30 (treinta) días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a los términos establecidos en estas Bases y en el Contrato.

F) Será obligatorio adquirir las Bases para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación.

3. Eventos previos a la presentación de proposiciones.

3.1. Junta de Aclaraciones

La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 13 de marzo del 2009 a las 14:00 hrs., en la sala de licitaciones electrónicas de la Superintendencia de Suministros y Servicios de la Refinería. “Ing. Héctor R. Lara Sosa” en carretera Monterrey – Reynosa km. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León, siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso, se realicen. Solamente podrán solicitar aclaraciones las personas que hayan adquirido las Bases, lo cual deberá acreditarse con copia fotostática del comprobante de pago de las mismas, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas. Una vez concluida la junta, no se aceptarán más solicitudes de aclaración. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de las dudas o cuestionamientos sobre la Convocatoria, las presentes Bases o la junta de aclaraciones, las cuales podrán plantearse personalmente, por escrito o preferentemente en archivos de texto magnéticos en formato Word, al inicio de la junta.

Las preguntas recibidas con posterioridad al último día de venta de bases de licitación, por resultar extemporáneas, no serán contestadas y se integrarán al expediente respectivo, excepto que la Convocante estime conveniente programar una nueva reunión para ello, respetando los plazos previstos en la Ley.

Las aclaraciones que deriven de esta junta, constarán en el acta que se levante con motivo de la misma, en el entendido de que dicha acta formará parte de estas Bases.

Los licitantes podrán enviar sus preguntas sobre la convocatoria y las Bases por medio del programa informático de compranet, hasta la fecha y hora determinada, siempre y cuando antes del inicio de la junta de aclaraciones haya acreditado la compra de Bases, para lo cual deberán enviar el comprobante de pago respectivo, al fax 018282840177 al 80 ext. 22533 ó pedir tono al 018181552934 o bien, incluir el comprobante de compra de Bases con el sello del banco receptor, dentro del archivo electrónico de solicitud de aclaraciones a las Bases, lo cual se constatará en el transcurso de la junta y se asentará en el acta lo que en su caso resulte.

Los licitantes que participen en forma electrónica se darán por notificados del acta que se levante de la junta de aclaraciones, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet de compranet, sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de la Convocante.

Los licitantes podrán entregar o presentar por escrito las dudas o aclaraciones a tratar en la junta dentro de los 2 (dos) días hábiles anteriores a la celebración de la misma, en el domicilio de la Convocante ubicado en: Departamento de Adquisiciones de la Superintendencia de Suministros y Servicios, Carretera Monterrey -Reynosa Km. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León, dentro del horario comprendido de 7:00 a 12:00 y de 12:30 a 16:00 horas en días hábiles, a la atención de Luz Ma. Alcaide Nava, o enviarlas a través del correo electrónico [email protected].

En este supuesto, se deberá adjuntar copia del comprobante de pago de estas Bases con el sello del banco receptor, tratándose de envío electrónico deberán utilizar archivos de imagen tipo JPG, GIF o PDF, o enviar el

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comprobante respectivo al fax 018282840177 al 80 ext. 22533 ó pedir tono al 018181552934. En caso de omitir el envío de dicho comprobante será motivo de no dar respuesta a las dudas o aclaraciones enviadas por dicho medio, sin perjuicio de que en dicha junta, acrediten el pago de las Bases y formulen las solicitudes de aclaración a las mismas.

3.2. Condiciones generales de la licitación.A) Adquirir las Bases demostrándolo en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante copia

fotostática del comprobante de pago que deberá entregarse junto con el sobre cerrado que contenga la proposición, ya que en caso contrario no se admitirá su participación.

Para los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable adquirir las Bases a través del sistema de pago en bancos por medio de los formatos que para este efecto expide compranet.

En caso de utilizar los recibos generados por compranet, dicho recibo deberá contener el sello del banco con fecha máxima del día límite para venta de Bases.

B) El objeto social o actividad comercial o profesional del licitante deberá estar relacionado con el suministro de los Bienes requeridos en esta licitación.

C) Podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros y los bienes a adquirir podrán ser nacionales o extranjeros.

D) No podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

E) Los licitantes solo podrán presentar una proposición para esta licitación. No se aceptarán propuestas alternativas.

F) Las proposiciones recibidas en el acto de presentación y apertura de proposiciones no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por parte de los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.

4. Instrucciones para elaborar las proposiciones, desarrollo del procedimiento y criterios de evaluación.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Acreditar su existencia y personalidad jurídica, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, dicho escrito deberá contener los datos que se citan en el Documento 3.

El licitante o su apoderado o representante legal que firme el Documento 3, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

En el caso de licitantes extranjeros, podrán presentar este escrito de acuerdo a la documentación equivalente en su país de origen, siempre y cuando contenga la información requerida, la que deberá contar con la legalización o apostillado correspondiente de la autoridad competente en el país de que se trate, misma que tendrá que presentarse redactada en el idioma del país de origen del licitante y acompañada de la traducción correspondiente al español.

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B) Elaborar y entregar la proposición en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Dicha proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga y los documentos que se relacionan en el Documento 4.

Las proposiciones se presentarán dentro de un sobre cerrado e identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las proposiciones foliadas en papel membretado de la empresa con una copia fotostática de las mismas, establecer un índice del contenido de cada propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar las proposiciones.

No se aceptan proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería.

C) Entregar dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición, copia fotostática del recibo de pago de las bases respectivas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley.

D) Entregar dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición, las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50, 60 penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de la Ley, conforme al Documento 9 y 9-A respectivamente, así como la declaración de integridad conforme al Documento 10, y la declaración del compromiso de apegarse a la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones, de acuerdo al Documento 9-B.

E) Elaborar su propuesta, utilizando para ello el Documento 6, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone conforme a lo solicitado en el Documento 2, indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, marca y modelo, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en el idioma del país de origen de los Bienes, acompañados de una traducción simple al español.

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 2 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien, ya que será motivo para desechar la proposición.

F) Elaborar su propuesta en pesos mexicanos o dólares de los Estados Unidos de América o moneda del país de origen de los Bienes conforme al Documento 6. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. Se desechará la proposición que establezca precios condicionados o variables.

G) Se podrán presentar proposiciones conjuntas de conformidad con el segundo párrafo del artículo 34 de la Ley, observando los términos establecidos en estas Bases y considerando lo siguiente:

G.1) Tendrán derecho a participar adquiriendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de las Bases.

G.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

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a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.

En el caso de licitantes extranjeros, la documentación equivalente en su país de origen.

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

En caso de resultar ganadora la propuesta, para efectos de la formalización del Contrato, éste podrá ser suscrito por el representante común quién deberá acreditar su personalidad y facultades otorgadas en el convenio mediante instrumento público, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad.

PEMEX-Refinación no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina o sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la Ley.

G.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la proposición conjunta, conforme al documento 3.

G.4) Firmar la proposición por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

G.5) Presentar los escritos a que se hace referencia en el inciso D) de este numeral 4, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

G.6) De resultar ganadora la proposición conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.3.

G.7) Acuse de recepción con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, deberá ser presentado por cada una de las obligadas en la propuesta conjunta, previo a la formalización del contrato.

NOTA: Cualquier licitante o la convocante podrá consultar a la Comisión Federal de Competencia sobre la consistencia de una proposición conjunta con la legislación en materia de competencia.

En este supuesto la Comisión Federal de Competencia, sin juzgar sobre las proposiciones técnicas o económicas, dará respuesta exclusivamente por lo que se refiere a lo dispuesto en la Ley Federal de

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Competencia Económica, previa opinión de las dependencias y entidades que correspondan, las cuales determinarán lo conducente conforme a sus atribuciones.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de proposiciones, preferentemente entregar el Documento 5, en el cual se indicará la documentación que se presenta. Dicho formato servirá a cada participante como constancia de la documentación que entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones, asentándose dicha recepción en el acta respectiva. La omisión de entregar este formato no será motivo de descalificación y la Convocante extenderá un acuse de recibo de la documentación entregada por el licitante en dicho acto.

I) Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.

J) (NO APLICA)

K) (NO APLICA)

L) (NO APLICA)

M) (NO APLICA)

N) (NO APLICA) O) Los licitantes que se encuentren en el supuesto del artículo 14 de la Ley, y deseen recibir la preferencia

establecida en el mismo artículo, deberán entregar junto con su proposición:

La manifestación bajo protesta de decir verdad, de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, de conformidad con el Documento 17. Esta manifestación se tomará en cuenta en caso de que exista un empate entre dos o más proposiciones, conforme a lo señalado en el punto 4.5.3.

P) (NO APLICA)

Q) (NO APLICA)

R) (NO APLICA)

S) Manifestación que se solicita a los licitantes nacionales.

Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten junto con su proposición, el tipo de empresa a la que corresponden, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados, de acuerdo a lo solicitado en el Documento 16.

La omisión de esta manifestación, no es motivo para descalificar la proposición.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica.

Los licitantes que a su elección presenten su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica conforme a lo establecido en el ACUERDO, deberán sujetarse a lo siguiente:

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A) Deberán elaborarse en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera.

B) Preferentemente, deberán identificarse, cada una de las páginas que integran la proposición, con los datos siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las proposiciones.

C) Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública.

D) El sobre será generado mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente.

E) Los licitantes que opten por el envío de su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán concluir el envío de ésta y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de compranet, a más tardar, una hora antes del acto de presentación y apertura de proposiciones.

Asimismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción de los actos del procedimiento de licitación, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el punto 4.2 y en el Documento 5, sin que la omisión de lo establecido en este párrafo sea motivo de desechamiento.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

4.2.1. Dentro o Fuera del sobre cerrado que contenga la proposición a elección del licitante.

Inciso DocumentoNombre del Archivo

(TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

La omisión de cualquiera de los siguientes documentos será motivo de descalificación de la proposición.

A) Copia del comprobante de pago de Bases. (RECIBO)B) Formato de Información para acreditar la existencia

y personalidad del licitante (Documento 3).(DOC_3)

C) Formatos para las manifestaciones de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50, 60 penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de la Ley (Documentos 9 y 9A).

(DOC_9)(DOC-9A)

D) Formato para la Declaración del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones. (Documento 9B).

(DOC_9-B)

E) Formato para la Declaración de Integridad (Documento 10).

(DOC_10)

F) De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se pacta presentar propuesta conjunta.

(CONVEN)

G) (NO APLICA)H) (NO APLICA)

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I) (NO APLICA)J) (NO APLICA)

La omisión de cualquiera de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

K) Carta poder simple e Identificación oficial de quien asista a entregar la proposición.

L) Formato para la Constancia de recepción de documentos para participar en la licitación e integrar las proposiciones que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 5).

(DOC_5)

M) Formato para la manifestación de los licitantes que oferten bienes de origen nacional que deseen que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia en los procedimientos de contratación internacional, para dar cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 4°, regla tercera y cuarta y 6°, regla tercera;, del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los Bienes de origen nacional, respecto del precio de los Bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de julio de 2004. (Documento 7)

(DOC_7)

N) El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 13).

(DOC_13)

O) Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 16). -APLICA SÓLO A LICITANTES NACIONALES-

(DOC_16)

P) Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Documento 17).

(DOC_17)

4.2.2. Documentación que deberá presentarse dentro del sobre cerrado que contenga la proposición.

Inciso DocumentoNombre del Archivo

(TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN

ELECTRÓNICA)A) Propuesta Técnica y Económica (Documento 6). (DOC_6)

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4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

El licitante deberá presentar copia del recibo de pago de las Bases de licitación, en caso de que presente el original de dicho recibo y no incluya copia del mismo, el original se le devolverá una vez concluido el acto correspondiente, previa obtención de la copia respectiva.

El acto de presentación y apertura de proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida en estas Bases. Por lo que a partir de la hora señalada se procederá a registrar a los asistentes y no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, razón por la que se recomienda su presencia con 30 (treinta) minutos de anticipación a la hora establecida.

Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de esta licitación, no se permitirá el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen.

Los actos que deriven de esta licitación serán presididos por el servidor público designado por la Convocante, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y su Reglamento.

En el acto de presentación y apertura de proposiciones, primeramente se registrarán las proposiciones de los licitantes presentes en el acto y posteriormente las que en su caso, se hayan recibido vía electrónica. Concluido lo anterior la apertura de las proposiciones iniciará con las que en su caso, fueron enviadas por medios electrónicos y posteriormente con las presentadas en papel. La revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva; la Convocante podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas siempre y cuando se incluyan en el acta del evento o se anexen a la misma. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta del ACUERDO.

Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar para participar en dicho acto carta poder simple firmada por dos testigos, así como presentar original y copia por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía tales como: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, o bien, credencial de Proveedor expedida por el Directorio Institucional de Proveedores y Contratistas de Petróleos Mexicanos. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.

Si algún licitante no ha identificado su sobre conforme a lo antes señalado, se le permitirá que lo haga al momento de registrar su asistencia al acto de presentación y apertura de proposiciones.

Las actas que se generen con motivo de los actos derivados de esta licitación, serán firmadas por los asistentes y se pondrán a su disposición o se les entregará copia de las mismas, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a disposición de los que no hayan asistido para efectos de su notificación en el Departamento de Adquisiciones ubicado en el interior de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa” en carretera Monterrey – Reynosa KM. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León, por un término de 5 (cinco) hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de celebración de dichos actos; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

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Los licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten con motivo de esta licitación, cuando éstas se encuentren a su disposición a través de compranet.

En términos del último párrafo del artículo 39 del Reglamento, podrá asistir cualquier persona que sin haber adquirido las Bases manifieste su interés de estar presente en los actos de carácter público, bajo la condición de que deberá registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.4. Acto de presentación y apertura de proposiciones.

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad a lo previsto por los artículos 34 primer y tercer párrafo, 35 de la Ley y 39 del Reglamento, así como por lo dispuesto en el ACUERDO, el día 25 de marzo del 2009 a las 14:00 horas, en sala de licitaciones electrónicas de la Superintendencia de Suministros y Servicios de la Refinería. “Ing. Héctor R. Lara Sosa” en carretera Monterrey – Reynosa km. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

4.4.1 Criterios para la aceptación de proposiciones.

La proposición deberá cumplir con la entrega de los documentos que se solicitan en el punto 4, incisos A), C) y D).

Para el caso de de propuestas conjuntas además deberá cumplir con los requisitos indicados en el inciso G) del punto 4.

El incumplimiento de dichos aspectos será motivo de la no aceptación de la proposición.

4.5 Criterios de evaluación.

Se evaluarán todas las proposiciones que fueron aceptadas en el procedimiento.

Para determinar las proposiciones de menor precio se considerará el precio por partida o posición.

4.5.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

A. Se verificará que los Bienes propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 2, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones.

B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos, B) y E) y el Documento 6, así como con la presentación de los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica.

C. La evaluación se hará por posición.

4.5.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A. La base para evaluar la oferta será el precio unitario. Cuando se presente un error de cálculo en la propuesta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la Convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.

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B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4, incisos B), F) así como con el Documento 6.

C. Para homologar las propuestas a pesos mexicanos se utilizarán los siguientes criterios:

Propuestas presentadas en dólares de los Estados Unidos de AméricaSe deberá utilizar el tipo de cambio peso mexicano / dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el acto de presentación y apertura de proposiciones.

Propuestas presentadas en moneda del país de origen de los BienesLa equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los Estados Unidos de América, en los mercados internacionales el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. Esta cotización se deberá solicitar a alguna institución de crédito establecida en México.

D. (NO APLICA)

E. (NO APLICA)

F. Se evaluarán todas las proposiciones que hayan cumplido técnica y legalmente que se presenten en el procedimiento.

G Los precios que propongan los licitantes, se compararán y se considerarán aceptables si los mismos se encuentran dentro de un porcentaje del 10 (diez) por ciento a la alza, respecto al precio estimado. En los casos en que la diferencia entre el precio de la propuesta solvente mas baja rebase el porcentaje del diez por ciento a la alza, respecto al precio estimado, el área usuaria actualizará la investigación de precios realizada previamente al inicio del procedimiento de contratación. Si el precio propuesto se encuentra dentro de un porcentaje del 10 (diez) por ciento a la alza respecto del más bajo prevaleciente en el mercado nacional y/o internacional, los precios propuestos se considerarán aceptables.

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas de la misma forma.

4.5.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación.

I.- Con fundamento en el Artículo 14 de la Ley, los bienes de origen nacional, ofertados en esta licitación, contaran con un margen de preferencia del diez por ciento en el precio, con respecto al precio de los bienes de importación, para efectos de la comparación económica de las propuestas.

II.- Los licitantes que oferten bienes de origen nacional y deseen obtener el beneficio del margen de preferencia, deberán presentar como parte de su propuesta, un escrito conjunto del licitante y del fabricante de los bienes, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cada uno de los bienes que oferta el licitante cumple con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° en su regla Tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de julio de 2004.

III.- Los licitantes podrán presentar la manifestación a que se refieren los puntos II y III en escrito libre o pudiendo utilizar los formatos correspondientes al Documento 7 que se anexa a estas Bases.

IV.- Si una vez efectuada la apertura de las proposiciones, la Convocante verificara que ninguna proposición cumple con lo que establece el punto II, el margen de preferencia del diez por ciento, no aplicará._____________________________________________________MBLPI-BN-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008

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V.- En caso de que exista una o varias proposiciones que cumplan con lo que establece el punto II, las propuestas se agruparán de la siguiente manera:

Grupo 1: Proposiciones que cumplen con lo establecido en el punto IIGrupo 3: Proposiciones que no cumplen con lo establecido en el punto II

VI.- Para efectos de la evaluación de las proposiciones, se identificaran las propuestas solventes que resulten con precio mas bajo de cada uno de los Grupos citados en el punto VI, denominándolas, respectivamente como G1 y G3.

VII.- Identificadas las dos proposiciones solventes con el precio más bajo de cada grupo, se procederá conforme al siguiente supuesto:

a) Se deberá determinar el precio comparativo del bien nacional de la proposición G1, de acuerdo con la siguiente expresión:

PCBN = 0.90 (PBN)

En donde:

PCBN = Precio comparativo del bien nacional

PBN = Precio mas bajo del bien nacional ofertado

El precio comparativo del bien nacional de la proposición G1 deberá compararse con la proposición G3, a efecto de determinar la propuesta ganadora.

VIII.- (NO APLICA)

IX.- (NO APLICA)

X.- (NO APLICA)

XI.- En el contrato correspondiente a la proposición ganadora se incluirá el precio propuesto por el licitante sin considerar el margen de preferencia.

XII.- En caso de que se determine por las autoridades competentes, que el licitante que presente su escrito, no haya cumplido con lo establecido en los puntos contenidos en este apartado así como con el “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal” , publicado el 12 de julio de 2004, la Dirección General de Industrias de la Secretaría de Economía notificará lo anterior a la Secretaría de la Función Pública para los efectos del articulo 60 de la Ley.

4.5.3. Procedimiento de desempate de proposiciones iguales en precio.Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, de ser el caso, se adjudicará al licitante que haya comprobado ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; la comprobación se hará con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Para obtener este beneficio los licitantes deberán incluir en su propuesta la manifestación correspondiente conforme al Documento 17.

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Si el empate persistiera o no se presentara la comprobación a que se refiere el párrafo anterior, de conformidad con el artículo 44 del Reglamento, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador, y posteriormente los demás boletos empatados con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.

5. Criterios de adjudicación.A. Se considerarán solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos de las

Bases y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PEMEX-Refinación, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

B. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos de la Convocante, el Contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo, habiendo en su caso, considerado el margen de preferencia conforme al procedimiento establecido en el punto 4.5.2.1.

C. La adjudicación del Contrato será por posición.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación o una o varias partidas o posiciones.

La Convocante podrá declarar desierta una o varias partidas o posiciones de la licitación en los casos previstos por el artículo 38 párrafos primero y tercero de la Ley.

7. Cancelación de la licitación, partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o posiciones, o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 38, último párrafo de la Ley.

8. Desechamiento de proposiciones.

8.1 Causas de desechamiento

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las siguientes situaciones:

A) Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases de esta licitación, que afecte la solvencia de la proposición.

B) La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los Bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

C) En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrá por no presentada la proposición y la demás documentación requerida en estas Bases, cuando el sobre en el que se incluya dicha información contenga virus informático o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.

D) Si los precios no resultan aceptables de acuerdo a lo establecido en el inciso G del punto 4.5.2.

E) (NO APLICA)

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F) Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta por parte de la Convocante, cuando dicha propuesta contenga un error de cálculo, o sólo las partidas que sean afectadas por el error de acuerdo a los términos del punto 4.5.2 inciso A) de estas Bases.

8.2 Devolución de propuestas desechadas

Las propuestas que se hayan recibido y sean desechadas durante el proceso de licitación, podrán ser devueltas a los licitantes que así lo soliciten, una vez transcurridos 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la Convocante podrá proceder a su devolución o destrucción.

Las proposiciones presentadas que correspondan a las dos proposiciones solventes cuyo precio resultó ser más bajo, serán las únicas que no podrán devolverse.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 36 bis y 37 de la Ley, así como 46 del Reglamento, estimándose que será el día 08 de abril del 2009 a las 15:00 hrs., en la sala de licitaciones electrónicas ubicada en la planta baja del edificio de la Supcia. de Suministros y Servicios de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Una vez emitido el fallo, el licitante adjudicado deberá considerar lo siguiente:

a) Para el caso de licitantes mexicanos y extranjeros obligados a inscribirse ante el Registro Federal de Contribuyentes:

Realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que se tenga conocimiento del fallo.

Incluir en la solicitud de opinión ante el SAT, el correo electrónico del área de contratación [email protected] que le indique, para que el SAT envíe acuse de respuesta que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

b) Para el caso de las personas físicas o morales residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no están obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no están obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR:

Al día siguiente hábil de aquel en que se hubiere notificado el fallo correspondiente, deberán realizar su solicitud de opinión al Servicio de Administración Tributaria ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la Convocante, a través del área convocante de Pemex Refinación, mediante escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad de acuerdo con la regla de la Miscelánea Fiscal para 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, en términos del documento 12. A fin de cumplir con el plazo que se menciona en el primer párrafo de este numeral, el documento podrá enviarse provisionalmente de manera electrónica y el licitante deberá entregar el documento con firma autógrafa, a la brevedad posible”

10. Inconformidades._____________________________________________________MBLPI-BN-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008

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Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en la Convocante ubicado en: Bahía de Ballenas número 5, 11º Piso, Colonia Verónica Anzures, C.P. 11300, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., a la atención del Titular de dicho Órgano Interno de Control o en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley, así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con:

I. La convocatoria, las Bases de licitación o la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya adquirido las Bases y manifestado su objeción, así como los argumentos y razones jurídicas que la funden, en la propia junta de aclaraciones.

En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones;

II. Los actos cometidos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo.

En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación del acto respectivo, o

III. Los actos y omisiones por parte de la Convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en las Bases o en la Ley.

En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere vencido el plazo para la formalización del contrato.

La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley.

Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.

Transcurrido el plazo establecido en el artículo 65 de la Ley, se tendrá por precluído el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de Ley.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 13.

El servidor público de PEMEX-Refinación responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, previo al inicio de dicho acto, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado._____________________________________________________MBLPI-BN-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008

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La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 14 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Formalización del Contrato.

La fecha de formalización del Contrato será dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la notificación del fallo en: el Departamento de Adquisiciones de la Convocante en el horario comprendido de 8:00 a 12:00 y 12:30 a las 16:00 horas.

El licitante adjudicado, previo a la formalización del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, cuyos datos se citan en el Documento 3, así como el acuse de recepción con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, o aquella que en el futuro la sustituya, como se indica en el numeral 9 de estas bases que lleva como título “Fallo”.

Dicha documentación deberá presentarse ante la Convocante en días hábiles y en el horario comprendido de 8:00 a 12:00 y de 12:30 a 16:00 horas en las oficinas del Departamento de Adquisiciones ubicadas en el interior de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”, preferentemente dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la notificación del fallo.

Para el caso de licitantes extranjeros no obligados a solicitar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes, deberán presentar debidamente requisitado el Documento 12.

Si la Convocante, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, ésta se abstendrá de formalizarlo y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constituidos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, y una vez agotado dicho plazo, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley.

PEMEX-Refinación podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 65 del Reglamento.

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se Incluye el Modelo de Contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas y cuando exista discrepancia entre el contenido de estas bases y el modelo de contrato, prevalecerá lo estipulado en estas bases.

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13.1 Plazo, lugar y condiciones de entrega de los Bienes.

El Proveedor se obligará a entregar los Bienes objeto de esta licitación en un plazo de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma del Contrato.

Los Bienes objeto de esta licitación, serán entregados en el almacén de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa” , a la atención del Ing. Homero Torres Reyes, en días hábiles y en el siguiente horario: 8:00 a 12:00 y 12:30 a 15:30 horas.

El lugar de entrega de los Bienes será almacén de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa” carretera Monterrey – Reynosa km. 36.5, C.P. 67483, Cadereyta Jiménez, Nuevo León.

La entrega de los Bienes será en su totalidad por: posición.

El Proveedor deberá entregar los Bienes, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales.

La responsabilidad de la transportación de los Bienes amparados en el Contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX-Refinación, será a cargo del Proveedor.

- Para los Bienes objeto del Contrato sí se aceptan entregas parciales considerando posiciones.

Las condiciones de entrega serán:

DDP -Delivery Duty Paid. (INCOTERMS 2000) para licitantes nacionales ó DDP VAT UNPAID - Delivered Duty Paid, sin incluir el IVA "Derechos pagados sin incluir IVA" (INCOTERMS 2000), para licitantes extranjeros, tengan o no, establecimiento permanente en México.

En el caso de condiciones de entrega DDP VAT UNPAID, el licitante deberá presentar la documentación necesaria, de acuerdo al artículo 36 de la Ley Aduanera, para su liberación aduanal, que será efectuada por la Unidad Corporativa de Servicios Aduanales en 24 horas, a partir de haber recibido dicha documentación, en el momento de la entrega de las mercancías en la aduana para su importación.

13.1.1. Recepción de los Bienes.

El proveedor se obliga a entregar los bienes en el plazo señalado en el punto 13.1 y de acuerdo a los términos precisados en el contrato. Los Bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX-Refinación, lugar de destino, el número del Contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de posición, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del Contrato y la posición correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los Bienes entregados.

El Proveedor acepta que el incumplimiento de las indicaciones antes especificadas, originará el rechazo de los Bienes, sin responsabilidad para PEMEX-Refinación.

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El Proveedor deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los Bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del Contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el Proveedor está obligado a informar por escrito, con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los Bienes, sin dicho aviso el almacén no estará obligado a recibir inmediatamente los Bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del Contrato.

Cualquier gasto que PEMEX-Refinación tenga que cubrir, por falta de documentación de embarque, responsabilidad del Proveedor, tendrá que ser cubierto por el Proveedor o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el Proveedor.

13.2 Inspección de los Bienes.

El Proveedor se obligará a garantizar la calidad de los Bienes entregados, y se comprometerá a su reposición sin costo para PEMEX-REFINACIÓN, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto a las penas convencionales correspondientes.

La inspección que realice PEMEX-REFINACIÓN a los Bienes, no relevará al Proveedor del compromiso que lo obliga a garantizar los Bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía respectiva por los conceptos indicados.

El nivel de inspección que aplicará será III. Las áreas que realizarán la Inspección serán la Superintendencia de Química y la Superintendencia de Suministros y Servicios. El lugar donde se llevará a cabo será la receptoría del Departamento de Control Técnico, Reabastecimiento y Almacén de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”.

INSPECCIÓN DE BIENES

Nivel III

Aplica a los bienes terminados que se verifican con personal designado por PEMEX-Refinación, en las instalaciones del proveedor o en destino final.El cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en los contratos, se determina a través de la verificación documental y física de las actividades que apliquen de este nivel de inspección o de las actividades específicas que determine el área usuaria.

El área o personal designado para realizar la inspección, deberá verificar documental y físicamente, lo siguiente, así como emitir el reporte de conformidad o en su caso, el de no conformidad.

• Los requerimientos técnicos y contractuales.• La aplicación de las Especificaciones de los Bienes terminados • Certificados de calidad de los Bienes terminados.

En caso de reclamación por parte del área usuaria, debido a la calidad de los bienes, el área contratante o quien administre el contrato, deberá comunicar la inconformidad a la persona o área que expidió el reporte de conformidad, para que ésta tramite ante el Proveedor la desviación de calidad, notificando el Proveedor las acciones efectuadas a PEMEX-REFINACIÓN hasta la solución de dicha reclamación.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Bienes

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amparados en esta licitación, pudiendo solicitar a PEMEX-REFINACIÓN y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

13.2.1 Devolución y reposición de los Bienes

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes objeto del contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de PEMEX-Refinación; por lo que en estos casos; PEMEX-Refinación ordenará, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del objeto del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX-Refinación para la entrega de los bienes.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo al contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones, que aún cuando no estén descritas explícitamente en el contrato, se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

13.3 GARANTÍAS

EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN DEBERÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA: FIANZA Ó CARTA DE CRÉDITO.

13.3.1 FIANZA RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios prestados y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX-Refinación, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, póliza de fianza que se constituirá por el 10% del monto TOTAL del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más doce meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o dieciocho meses después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX-Refinación; en el caso de que el Proveedor, no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

La fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y/o defectos, vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento No. 11 de estas bases y deberá entregarse en el Departamento de Adquisiciones de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”.

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En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor, se obliga a entregar a PEMEX-Refinación a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la fianza de cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el Proveedor,, en el caso de que el Proveedor, no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor, manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Que quedará obligado ante PEMEX-Refinación para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato que se formalice y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX-Refinación podrá exigir al proveedor, que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el Proveedor, deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el proveedor no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX-Refinación otorgue al proveedor o en su caso, el acordado entre el proveedor y PEMEX-Refinación, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX-Refinación con cargo al proveedor. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el proveedor y PEMEX-Refinación exceda el periodo de 30 días, el proveedor quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora y hacer entrega de la misma a PEMEX-Refinación.

(B) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX-Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX-Refinación.

(C) Su conformidad de que la fianza se pagará independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(D) Su conformidad para que la fianza que garantice el cumplimiento del contrato adjudicado, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación a dicho contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora a abstenerse de oponer en caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la excepción de subjudicidad si ésta no satisface rigurosamente los requisitos que deberán ser aceptados como obligatorios de acreditar por parte de la afianzadora para que esta excepción pueda ser considerada como debidamente justificada ante PEMEX-Refinación, así como a que en éste último supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX-Refinación, en la inteligencia

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que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX-Refinación.

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- Cuantificación del incumplimiento.

Por defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de los defectos, de los vicios ocultos de los bienes y/o mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y su cuantificación.

5.- Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados y/o mala calidad de los servicios.

APLICA EN LOS CASOS EN QUE LOS BIENES O SERVICIOS NO PUEDAN FUNCIONAR O SER UTILIZADOS POR ESTAR INCOMPLETOS, EN CUYO CASO, LA APLICACIÓN SERÁ POR EL TOTAL DE LA FIANZA

(H) Su aceptación para que la afianzadora entere el 100% del importe garantizado en caso de incumplimiento a cualquiera de sus obligaciones estipuladas en el contrato y anexos en la inteligencia de que en éste, ha aceptado expresamente que cualquier excepción derivada del cumplimiento parcial de sus responsabilidades será ineficaz para efectos del pago de la fianza, atendiendo a la naturaleza indivisible que se atribuye a aquéllas por acuerdo expreso concertado con PEMEX-Refinación, en el contrato garantizado.

(I) Su conformidad para que la institución de fianzas pague a PEMEX-Refinación, el 100% del importe garantizado en reclamaciones originadas por incumplimiento a obligaciones establecidas a su cargo, si el contrato fue adjudicado a más de un proveedor y para formular propuesta conjunta no fue preciso constituir sociedad o sociedad distinta, ya que cualquiera que sea el número de integrantes, reconoce que frente a PEMEX-Refinación, asume una responsabilidad única, independientemente de los términos en que aquéllos se hubieran obligado, entre sí y/o con la institución, atendiendo a lo previsto por el artículo 20 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

En este caso, la fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato se deberá otorgar en estricto apego al Documento No. 11 de estas bases en el domicilio referido.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX-Refinación una responsabilidad única por todos los integrantes.

CASOS EN QUE SE APLICARÁ LA FIANZA QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, ASI COMO LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD: _____________________________________________________MBLPI-BN-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008

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La fianza de cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX-Refinación, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato.b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al proveedor. c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato.d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al proveedor para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13.3.2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASI COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX-Refinación, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito Standby por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto TOTAL del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más quince meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o veintiún meses después de la entrega de los bienes en su destino final a total satisfacción y a favor de PEMEX-Refinación; en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

La Carta de Crédito Standby que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 11-A de estas bases y deberán entregarse en original en el Departamento de Adquisiciones de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”.

En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el p roveedor se obliga a entregar a PEMEX-Refinación a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito Standby otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX-Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.El proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX-Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX-Refinación.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato adjudicado, se hará efectiva la Carta de Crédito Standby otorgada, parcial o totalmente.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, así como los defectos, vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada una vez que se actualicen las condiciones contractuales que la hagan

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exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.4 Anticipo.

Para la adquisición de los Bienes que ampara esta licitación no se otorgará anticipo.

13.5. Condiciones y forma de pago.

PEMEX-Refinación pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el sello del área receptora de los Bienes, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en los Estados Unidos Mexicanos, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se haga el pago..

De conformidad con las disposiciones normativas en materia de pago de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

El pago a proveedores extranjeros, se realizará en la moneda que se establezca en el contrato respectivo, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS)Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá 10 (diez) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

13.5.1. Condiciones de pronto pago.

El Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto de pago, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los Bienes hayan sido entregados a satisfacción de PEMEX REFINACIÓN, conforme a lo siguiente:

Moneda Nacional.- Tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE) de 28 días o la que determine el Banco de México en sustitución de ésta, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de pronto pago, respecto del precio de los Bienes.

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VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a Jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

Días feriados consecutivos Día hábil posterior

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Dólares de los Estados Unidos de América.- Tasa Prime Rate, publicada en medios electrónicos financieros que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de pronto pago, respecto del precio de los Bienes.

Euros.- Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de pronto pago, respecto del precio de los Bienes.

Para tal efecto deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna Institución Financiera, que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”

Dicha solicitud deberá presentarse con una Nota de Crédito a favor de PEMEX REFINACION, bajo el concepto de “Descuento por pronto pago”, en la ventanilla única de la Superintendencia de Recursos Financieros, en el horario de 08:00 a 15:30 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX REFINACIÓN, lo que será notificado al Proveedor dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.

13.6 Facturación.

Para proveedores nacionales:

El proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de tramite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros de la Refinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”, en el horario de 8:00 a 12:00 y de 12:30 a 15:30 horas, debidamente requisitadas, en original y 5 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato.

Para proveedores extranjeros:

El proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), ubicadas en 2500 City West Blvd., Suite 1750, Houston, Texas, 77042-3020, debidamente requisitadas, en original y 5 (cinco) copias, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la posición que surte, unidad de medida y precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX-Refinación dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en el primer párrafo del punto 13.5. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago de lo indebido, PEMEX-Refinación tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

En el caso de contratos derivados de propuestas conjuntas, cada proveedor podrá presentar su factura en forma independiente, o bien una sola, la del representante común, en términos del numeral 4 inciso G) de estas Bases.

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El atraso del Proveedor en la entrega de la factura citada, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en el Contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a PEMEX-Refinación se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

13.7 Penas convencionales. Las penas convencionales a las que el proveedor se haga acreedor por incumplimiento en la fecha de entrega de los Bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas en función del valor de los Bienes pendientes de entregar, a razón de 2 al millar por cada día calendario de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato o de la partida que se trate.

Si el Proveedor incurre en atrasos imputables al mismo, manifiesta su conformidad para que de la factura que presente para su cobro sean descontadas las penas convencionales a que se haya hecho acreedor, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el Contrato o convenio modificado y la fecha real de entrega de los Bienes.De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, el pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

13.8 Prórrogas

Únicamente se otorgarán prórrogas a los proveedores para la fecha o plazo de entrega de los bienes, en los supuestos de caso fortuito o causas de fuerza mayor, o por razones imputables a Pemex Refinación; de conformidad con las estipulaciones del Modelo de Contrato (Documento 15), para lo cual deberá acreditarse documentalmente el supuesto en que se sustente, y presentar la solicitud con los avisos correspondientes ante Pemex-Refinación, en los términos del Modelo de Contrato correspondiente, debiendo formalizar el convenio modificatorio respectivo. Tratándose de causas imputables a PEMEX-Refinación, no se requerirá de la solicitud del proveedor.

13.9 Rescisión administrativa del Contrato.

PEMEX-Refinación podrá, en cualquier momento, por causas imputables al Proveedor, rescindir administrativamente el Contrato, cuando éste último incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato.

Las causas que pueden dar lugar a la rescisión administrativa del contrato por parte de PEMEX-Refinación, son las siguientes:

1. Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitada(s) en el contrato. 2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales.3. Una vez agotado el monto límite de aplicación de deducciones (NO APLICA)4. Si el Proveedor no entrega los bienes en el plazo establecido.5. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la entrega de los bienes, manifiesta por

escrito su imposibilidad de entregar los mismos.6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los bienes que PEMEX Refinación hubiere recibido como

incompletos, averiados o discrepantes._____________________________________________________MBLPI-BN-PF/APÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SAC 441.02 Y 441.03, 12-noviembre -2008

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7. Si los bienes no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato.8. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier

situación análoga que afecte su patrimonio. 9. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a la

autorización previa y por escrito de PEMEX Refinación 10. Si el PROVEEDOR no da a PEMEX Refinación o a quien éste designe por escrito, las

facilidades o información necesarias para la inspección de los bienes.11. En general, por el incumplimiento por parte del proveedor a cualquiera de las obligaciones

derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.12. Si el PROVEEDOR no cuenta con el avance en la fabricación de los bienes según programa;

o con los materiales en planta para la fabricación contratada; o con la documentación que avale la adquisición de los mismos, etc. y se demuestre que dichas circunstancias imposibilitan al PROVEEDOR para el cumplimiento de sus obligaciones.

En caso de incumplimiento del Proveedor a cualquiera de las obligaciones del Contrato, PEMEX-Refinación podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía otorgada, en forma proporcional al incumplimiento sin menoscabo de que PEMEX-Refinación pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

Si el Proveedor es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración resolución correspondiente.

En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.

Pemex Refinación podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del contrato materia de la rescisión.

13.10 Confidencialidad.

Toda la información que resulte de la ejecución de este contrato así como la que PEMEX-Refinación, le proporcione al Proveedor, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y por tanto, no deberá usar dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX-Refinación.

El Proveedor deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX-Refinación que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX-Refinación, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.

13.11 Obligaciones Fiscales

El licitante que resulte adjudicado se obliga a pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del contrato y sus anexos, sin perjuicio de que

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PEMEX-Refinación realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

13.12 Seguros.

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que las leyes les impongan.

13.13 Fuentes de Financiamiento.

Toda vez que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial, que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven del (de los) contrato(s) relacionado(s) con esta(s) licitación(es). El(los) licitante(s) que sea(n) adjudicado(s) con dicho(s) contrato(s), quedará(n) obligado(s) a lo siguiente:

1. Entregar al área contratante de PEMEX-Refinación, antes de la firma del (de los) contrato(s) adjudicado(s), la información sobre el país de procedencia de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del (de los) contrato(s) adjudicado(s), así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. Esta información se deberá presentar en el formato establecido como Documento 19 denominado “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” y se adjuntará al (a los) contrato(s) que corresponda(n) para formar parte integrante del (de los) mismo(s).

2. Entregar a satisfacción de PEMEX-Refinación o a quién éste le indique, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, atendiendo a los requerimientos establecidos en el Documento 18 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

3. Presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo del contrato adjudicado.

4. Informar oportunamente a sus proveedores sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.

5. Presentar la “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” siguiendo las instrucciones y formatos establecidos en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“el Instructivo”), que le será proporcionado oportunamente por el área contratante de PEMEX-Refinación.

El Instructivo vigente se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

13.14 Responsabilidad de las partes.

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El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX-Refinación. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el mismo.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

13.15 Deducciones (NO APLICA)

13.16 Propiedad Industrial y Derechos de Autor. De conformidad con el Documento 15.

14. Requisitos de seguridad industrial que obligatoriamente deben cumplir los licitantes y/o proveedores en los Centros de Trabajo de PEMEX Refinación.

Para ingresar a esta Refinería, para realizar cualquier tipo de trámite, todo el personal de los proveedores y contratistas deberán portar ropa 100% de algodón (overol) en color anaranjado, zapatos de seguridad, casco industrial color anaranjado con barbiquejo, lentes de seguridad y tapones de protección auditiva contra ruido.Deberá dejar una identificación con fotografía y apuntarse en la bitácora del área de Vigilancia, su entrada y su salida.

Para el trámite de acceso del vehículo que utilizará el proveedor para la entrega de los bienes objeto de este contrato, deberá presentar la siguiente documentación:

1) Licencia del chofer del vehículo.2) Seguro de Responsabilidad Civil vigente del vehículo.3) Tarjeta de Circulación vigente del vehículo.4) El vehículo del proveedor debe contar con extinguidor de polvo químico seco y no deberán tener escapes

libres.5) Los choferes y sus ayudantes nunca abandonarán sus vehículos dentro de las instalaciones y conducirán a

una velocidad de 20 km/hr como máximo.6) En el caso de vehículos de más de 3.5 ton. (Vehículos pesados), deberán contar con matachispas en la salida

del tubo de escape.7) Durante las maniobras de descarga se aplicará freno de estacionamiento y se colocarán cuñas en las llantas.8) Queda terminantemente prohibido fumar, hacer fuego y mantener flamas abiertas en las instalaciones.

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9) Los transportes de sustancias y productos químicos deberán contar con el rombo identificador de la sustancia que transportan.

10)En caso de fuga o derrame accidental de sustancias y productos químicos en el interior de la Refinería, el proveedor deberá dar aviso de inmediato a la extensión 444.

11) Si la fuga o derrame es por causas imputables al proveedor, los gastos ocasionados para restaurar el sitio a los daños ambientales serán sufragados por el mismo proveedor en estricto cumplimiento a la normatividad ambiental vigente.

No se permitirá el acceso de vehículos con vidrios oscuros, polarizados, pintados. o con cualquier obstáculo que impida la visibilidad hacia el interior.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD FÍSICA PARA LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX REFINACIÓN DG-GPASI-SA-8400.

6.5.1. Para el personal de Pemex Refinación que labora en el centro de trabajo.6.5.1.a. El acceso de personal de Pemex Refinación que labora en el propio centro de trabajo, debe llevarse a cabo por las puertas específicamente destinadas a ellos, quedando prohibido el ingreso por los accesos destinados a vehículos automotores o a carrotanques.6.5.1.d. Es requisito indispensable para ingresar a los centros de trabajo, el que los trabajadores porten la ropa y zapatos de trabajo que contractualmente les proporciona la empresa.6.5.2. Para el personal de Petróleos Mexicanos ajeno al centro de trabajo.Para el ingreso de trabajadores de Petróleos Mexicanos que no pertenezcan al centro de trabajo, además de los lineamientos mencionados en los incisos del 6.5.1.a al 6.5.1.d anteriores, deben ser aplicables los siguientes:6.5.2.a. Para accesar a las instalaciones deben sujetarse al procedimiento establecido localmente por el propio centro de trabajo.6.5.2.b. Está estrictamente prohibido el acceso a las instalaciones industriales, a trabajadores que vistan cualquier prenda hecha de nylon, polyester o de otra fibra sintética que genere electricidad estática.6.5.2.c. Para ingresar a los centros de trabajo, es indispensable que los trabajadores porten ropa 100 % de algodón y zapatos de trabajo de seguridad.6.5.2.d. Los trabajadores que transiten a pie en el interior del centro de trabajo, tienen la obligación de acatar las disposiciones y señalamientos peatonales, así como caminar exclusivamente por las banquetas, andadores o caminos de acceso construidos para tal efecto. No debe transitarse por áreas restringidas, entre los equipos, bajo la soportería y líneas aéreas, por calles cerradas debido a trabajos de mantenimiento o por simulacros, junto a fosas o trampas abiertas, por áreas delimitadas temporalmente por fugas de producto o trabajos especiales, o por pisos resbalosos debido a encharcamientos de agua o aceite. De igual manera está prohibido brincar o caminar sobre las tuberías o diques de contención, escalar terraplenes o saltar sobre fosas, trincheras o zanjas.6.5.2.e. Está prohibido el acceso a las áreas consideradas como riesgosas, a menos que el motivo de su visita lo amerite, en cuyo caso, el responsable de esa área les debe impartir las recomendaciones de seguridad pertinentes y verificar que se les proporcione e instruya sobre el uso del equipo de protección personal apropiado.6.5.2.f. Está estrictamente prohibido intervenir en maniobras, abrir o cerrar válvulas, operar instrumentos, accionar interruptores, operar máquinas y en general, efectuar cualquier operación de equipos o instalaciones.6.5.2.g. Está estrictamente prohibido el uso de cámaras fotográficas, de cine o de vídeo, excepto cuando se cuente con la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo. En este caso, el uso de flashes y reflectores debe limitarse a lugares específicamente autorizados para ello.6.5.2.h. Durante la realización de simulacros dentro del centro de trabajo, los trabajadores que no pertenezcan al centro de trabajo deben mantenerse alejados del lugar para evitar la ocurrencia de accidentes.6.5.2.i. En caso de que llegara a presentarse una emergencia real en las instalaciones, se deberán atender las indicaciones de las personas a las que visitan, o a los encargados del control de la emergencia.6.5.2.j. Está estrictamente prohibido el acceso a las áreas de operación durante la ocurrencia de emergencias.6.5.2.k. Está estrictamente prohibido portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones de la empresa.6.5.5. Para el acceso de personas a las áreas restringidas.6.5.5.a. En todos los casos, el acceso de personas a las áreas clasificadas como “restringidas”, tales como cuartos de control, laboratorios, subestaciones eléctricas, áreas de proceso y en general aquellas que representen un riesgo para el personal, debe ser autorizado por el responsable de dicha instalación.

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6.5.5.b. Está estrictamente prohibida la entrada a menores de edad a las áreas restringidas; su acceso a otras áreas debe ser justificado y debidamente autorizado por lamáxima autoridad del centro de trabajo.6.5.5.c. Para poder tener acceso a las áreas restringidas, debe contarse con el equipo de protección personal apropiado y con el conocimiento pleno para su uso.6.5.6. Para el acceso de vehículos a los centros de trabajo.6.5.6.c. Los conductores de vehículos particulares o subcontratados por la empresa que demanden acceso y salida constantes del centro de trabajo, deben identificarse para tramitar el permiso correspondiente, tanto para la persona como para el vehículo.6.5.6.d. Tanto los conductores de vehículos particulares como de la empresa que cuenten con autorización para el acceso con vehículo al interior de las instalaciones, debencontar con ropa de algodón del tipo industrial, así como con calzado de trabajo sin clavos.6.5.6.e. No se permitirá acceso a vehículos que no cumplan con las condiciones de seguridad reglamentarias o que se observen en malas condiciones mecánicas, las cualesrepresenten riesgos para las instalaciones del centro de trabajo.6.5.6.f. No se permitirá el acceso a vehículos que no cuenten con póliza de seguro contra daños a terceros o de cobertura amplia.6.5.6.g. Para accesar al interior de los centros de trabajo, todos los vehículos deberán contar con un extintor en condiciones de uso inmediato.6.5.6.h. Para el acceso de vehículos pesados, con exceso de dimensiones o cuya carga represente un riesgo para las instalaciones de los centros de trabajo, invariablementedebe contarse con la autorización correspondiente.6.5.6.i. Por las características de su escape, queda estrictamente prohibida la entrada de motocicletas al interior de las instalaciones.6.5.6.j. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas obscuros y reflejantes, en especialautotanques que transportan productos inflamables y combustibles.6.5.6.k. Está prohibido el acceso de vehículos con personal que excedan el cupo de pasajeros máximo permitido para los mismos.6.5.6.l. Los conductores de vehículos están obligados a respetar el sentido de flujo de circulación y a no sobrepasar la velocidad máxima permitida de 20 km/hr. en el interiorde las instalaciones, así como tomar precauciones en los cruces de calles.6.5.6.m. Está prohibido el uso de la bocina o claxon cuando se transite en el interior de las instalaciones.6.5.6.n. Los conductores tienen la obligación de detener la marcha de su vehículo en el interior de las instalaciones, para ceder el paso a peatones o a vehículos de emergencia.6.5.6.o. Está prohibido que los vehículos transiten sobre áreas restringidas y/o delimitadas con marcas sobre el pavimento.6.5.6.p. Está prohibido efectuar operaciones de carga y descarga en lugares diferentes a los especificados para estos propósitos.6.5.6.q. En áreas de circulación, no deben efectuarse reparaciones a vehículos, sino desplazarlos a las áreas de mantenimiento correspondientes.6.5.6.r. Se debe evitar en lo posible, utilizar un vehículo para empujar a otro, así como pasar corriente de un vehículo a otro que tenga problemas de arranque.6.5.6.s. Por ningún motivo debe permitirse el estacionamiento de vehículos en áreas restringidas (frente a hidrantes, monitores, cajas portamangueras, válvulas, áreas médicas, etc.).6.5.6.t. Los choferes de vehículos están obligados a respetar los señalamientos de seguridad preventivos y restrictivos de las instalaciones.6.5.6.u. Durante la ocurrencia de emergencias, los operadores de los vehículos deben dirigirse hacia el exterior del centro de trabajo, circulando con extrema precaución. En caso de no poder hacerlo, deben abandonar el vehículo dejándolo apagado, con las llaves puestas y con el freno de estacionamiento accionado.6.5.6.v. Está estrictamente prohibido a los conductores de vehículos, efectuar competencias de cualquier índole en las áreas de circulación de los centros de trabajo.6.5.6.w. Dentro de las instalaciones, está prohibido que un vehículo rebase a otro cuando éste se encuentre en movimiento.6.5.6.x. No se debe permitir el acceso a vehículos cuyo conductor se encuentre en estado de embriaguez, o bajo el influjo de alguna droga o enervante.

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6.5.6.y. La negativa franca o acción de intransigencia por parte del conductor de algún vehículo, para obedecer las disposiciones mandatorias de este Reglamento, será motivo de sanción por parte de la Autoridad Máxima del centro de trabajo.

DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL USO DE ROPA Y EQUIPO DE PROTECCIÓN POR PERSONAL AJENO A PEMEX REFINACIÓN No. de documento: DG-SASIPA-SI-08402 Rev. 2

4. El personal ajeno a Petróleos Mexicanos que tenga una interrelación de trabajo con el Organismo PEMEX Refinación (compañías contratistas) y que por la naturaleza de sus actividades requiera ingresar a las áreas industriales de sus centros de trabajo, debe portar ropa de trabajo tipo overol de algodón color naranja 01, correspondiente al color 17-1464 TC del Código Pantone Textil, con la razón social de la compañía grabado en la parte posterior; así como casco de protección para la cabeza de color naranja con barbiquejo y calzado del tipo industrial. La ropa que se porte debajo del overol, debe ser 100% algodón.5. Los operadores de auto tanques ajenos al Organismo PEMEX Refinación que ingresen a las áreas industriales de los centros de trabajo, deben portar ropa de trabajo de algodón del tipo overol color azul marino 04, correspondiente al color 19- 4028 TC del Código Pantone Textil, casco de protección para la cabeza de color azul con barbiquejo y calzado del tipo industrial. La ropa que se utilice debajo del overol, debe ser 100% algodón.8. Si personal ajeno a PEMEX Refinación va a realizar actividades de mantenimiento en áreas administrativas del centro de trabajo, debe observar lo dispuesto en el numeral 4.

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DOCUMENTO 2LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

SOLICITUDES DE PEDIDO No. 10235953Solicitud de Materiales 06-02-047/09

POSICIÓNNo. CANTIDAD

UNIDADDE

MEDIDAESPECIFICACIONES TÉCNICAS

00001 2 Litro ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA ASTM D-2163. DEBE SER GAS LICUADO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE LIQUIDOS HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 1 LITRO, CON UN MANOMETRO EN LA VALVULA DE SALIDA PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO. LA PRESION DE SALIDA DEBE SER DE 250 PSI. SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. LA COMPOSICION DEBE SER COMO SIGUE: ETILENO: 2% PESO; ETANO: 2% PESO; PROPILENO: -3% PESO; PROPANO: 2 % PESO; ISOBUTANO: 19% PESO; NORMAL BUTANO: 15% PESO; 1-BUTENO: 10% PESO; ISOBUTILENO: 12% PESO; TRANS- 2 BUTENO: 9% PESO; CIS- 2 BUTENO: 11% PESO; 1,3 BUTADIENO: 2% PESO; ISOPENTANO: 3% PESO; PENTANO NORMAL: 2% PESO; TRANS 2 PENTENO: 1% PESO; TRANS 2 PENTENO: 1% PESO; UNO PENTENO: 2% PESO, CIS 2 PENTENO: 1 % PESO, 3 METIL 1 BUTENO: 1% PESO, 2 METIL 1 BUTENO: 2% PESO, 2 METIL 2 BUTENO: 1% PESO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL y % VOL LIQUIDO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

00002 2 Litro ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA ASTM D-2712 CONTAMINANTES EN PROPILENO, DEBE SER GAS LICUADO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE LIQUIDOS HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 1 LITRO. CON UN MANOMETRO EN LA VALVULA DE SALIDA PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO. LA PRESION DE SALIDA DEBE SER DE 250 PSI. SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. LA COMPOSICION DEBE SER COMO SIGUE: ETILENO: 1% PESO, ETANO: 1% PESO, PROPILENO: 88% PESO, PROPANO: 2% PESO, ISOBUTANO: 3% PESO, NORMAL BUTANO: 3% PESO, 1-BUTENO: 2000 PPM PESO, ISOBUTILENO: 2000 PPM PESO, TRANS- 2 BUTENO: 2000 PPM PESO, CIS- 2 BUTENO: 2000 PPM PESO, 1,3 BUTADIENO: 2000 PPM PESO, ACETILENO: 3000 PPM PESO, METIL ACETILENO: 5000 PPM PESO, PROPADIENO: 2000 PPM PESO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL, % VOL LIQUIDO Y PPM

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PESO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

00003 6 Mililitro ESTANDAR DE CALIBRACIÓN CUANTITATIVA PARA EL METODO ASTM D-4815 PARA LA DETERMINACION DE OXIGENADOS EN GASOLINAS, LA MEZCLA DE CALIBRACION DEBE SER LIQUIDA Y DEBE INCLUIR EL ESTANDAR INTERNO 1, 2 DIMETHOXYETANO AL 5 % VOLUMEN DEL TOTAL, EN AMPOLLETA DE 1 MILILITRO Y DEBE CONTENER LOS SIGUIENTES COMPONENTES: METILCICLOPENTANO: 4 % VOLUMEN; METANOL: 7.3% VOLUMEN; ETANOL: 7.3 % VOLUMEN; ISOPROPANOL: 7.3 % VOLUMEN; TERT-BUTANOL: 7.3 % VOLUMEN; N-PROPANOL: 7.3 % VOLUMEN; METILTERBUTILETER: 4.0 % VOLUMEN; SEC-BUTANOL: 7.3 % VOLUMEN; DIISOPROPILETER: 4.0% VOLUMEN; ISOBUTANOL: 7.3% VOLUMEN; ETIL TER BUTIL ETER: 4.0 % VOLUMEN; TER PENTANOL: 7.3 % VOLUMEN; 1,2 DIMETOXIETANO: 5 % VOLUMEN; N BUTANOL: 7.3 % VOLUMEN; BENZENO: 5% VOLUMEN; TERAMIL METIL ETER: 7.3 % VOLUMEN. SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL Y % VOL LIQUIDO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

00004 1 Metrocúbico

ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA DE HUMEDAD EN HIDROGENO DE PTA. REFORMADORA, EL ESTANDAR DEBE SER EN ESTADO GASEOSOS PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE GASES HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 6 LITROS. EN LA VALVULA DE SALIDA UN MANOMETRO PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO. LA COMPOSICION, DEBE SER COMO SIGUE: ACETILENO 33.3 PPM PESO EN BALANCE HELIO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA, CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA

00005 5 Mililitro MEZCLA DE CALIBRACION CUANTITATIVA PARA EL METODO ASTM D-3606 PARA LA DETERMINACION DE BENCENO EN GASOLINAS, LA MEZCLA DE CALIBRACION DEBE SER LIQUIDA Y DEBE INCLUIR EL ESTANDAR INTERNO METIL ETIL CETONA (MEK) AL 2 % VOLUMEN DEL TOTAL. SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. EN PRESENTACION DE AMPOLLETAS DE 1 MILILITRO Y DEBE CONTENER LOS SIGUIENTES COMPONENTES: ISOOCTANO: 88 % VOLUMEN, BENCENO: 1% VOLUMEN,

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METILETILCETONA (MEK) ESTANDAR INTERNO: 2% VOLUMEN, TOLUENO: 9 % VOLUMEN.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL Y % VOL LIQUIDO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

00006 1 Litro ESTANDAR PARA CALIBRACION DE HIGROMETRO PANAMETICS PARA METODOLOGIA ASTM 1142, HUMEDAD EN PROPILENO POR HIGROMETRO, PUNTO DE ROCIO. EL ESTANDAR DEBE SER UN GAS LICUADO PARA PASARLO A TRAVES DE UN SENSOR DEL EQUIPO PANAMETRIC Y SEA CAPAZ DE MEDIR EL PUNTO DE ROCIO DEL GAS. CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. CON EVIDENCIA DE TRAZABILIDAD. DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 1 LITRO, CON UN MANOMETRO EN LA VALVULA DE SALIDA PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO. LA COMPOSICION DEBE SER DE: AGUA 300 PPM PESO EN BALANCE PROPILENO COMO GAS LICUADO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

00007 1 Metrocúbico

ESTANDAR PARA CALIBRACION DEL ORSAT Y CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA UOP-172 PARA ANALISIS DE GASES DE COMBUSTION, EL ESTANDAR DEBE SER EN ESTADO GASEOSOS PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE GASES HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON VOLUMEN HIDRAULICO DE 6 LTS COMO MÍNIMO EN LA VALVULA DE SALIDA UN MANOMETRO PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO. CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. LA COMPOSICION DEBE SER COMO SIGUE: OXIGENO : 5% VOLUMEN; BIOXIDO DE CARBONO: 10% VOLUMEN; MONOXIDO DE CARBONO: 5% VOLUMEN Y NITROGENO: 80 % VOLUMEN.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

00008 1 Juego JUEGO COMPLETO DE 6 AMPOLLETAS DE ESTANDAR DE CALIBRACION PARA EL ANÁLISIS PIANO DE ACUERDO A LA METODOLOGIA ASTM D-5134 PARA ANALISIS DE P.I.A.N.O. EN GASOLINAS, EL ESTANDAR DEBE SER EN ESTADO LIQUIDO CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. SE REQUIEREN TODOS LOS COMPONETES DE PARAFINAS, ISOPARAFINAS, NAFTENOS, AROMÁTICOS Y OLEFINAS, ADEMÁS DEL DE LA MEZCLA P.I.A.N.O. PRESENTACION EN AMPOLLETAS DE 1 MILILITRO.

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EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL, % VOL LIQUIDO Y PPM PESO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA.

00009 3 Mililitro ESTANDAR PARA EL SWITCHEO DE VALVULAS, CONTENIENDO METILCICLOPENTANO: 10 % DIISOPROPILETER: 10%, ETILTERBUTILETER: 10%, METILTERBUTILETER: 10% Y N-HEXANO 60%, PRESENTACION: AMPOLLETAS DE 1 MILILITRO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL, % Y VOL LIQUIDO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA. CON VIGENCIA MINIMA DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA.

00010 .90 Litro ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA CD.TECH, DEBE SER: GAS LICUADO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE LIQUIDOS HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO DE PISTON FLOTADO CON CAPACIDAD DE 900 ML, EL CILINDRO DEBE TRAER DOS MANÓMETROS PARA MEDIR LA PRESION INTERNA DEL CILINDRO, Y DEBERÁ TRAER COMO MÍNIMO UN PRESION INTERNA DE 500 PSI. LA COMPOSICION DEBE SER COMO SIGUE: PROPILENO: 1% PESO, PROPANO: 1% PESO, CICLOPENTANO: 1% PESO, ISOBUTANO: 8% PESO, ISOBUTILENO: 13% PESO, 1-BUTENO: 2% PESO, 1,3 BUTADIENO: 2% PESO, N-BUTANO: 6% PESO, TRANS 2 BUTENO: 5% PESO, NEO-PENTANO: 2% PESO, METIL CICLOPROPANO: 1% PESO, CIS-2-BUTENO: 6% PESO, 1,2 BUTADIENO: 1% PESO, 3 METIL 1 BUTENO: 1% PESO, ISOPENTANO: 2% PESO, N-PENTANO: 1% PESO, METANOL: 3% PESO, DIMETIL-ETER: 2% PESO, TERBUTANOL: 2% PESO, METILTERBUTILETER (MTBE): 30% PESO, METILSECBUTILETER (MSBE): 2% PESO, TERAMILALCOHOL(TAA): 2% PESO, ETILSECBUTILETER(ESBE): 2% PESO, TERAMILMETILETER(TAME): 2% PESO, ETIL TER BUTIL ETER (ETBE): 2% PESO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL Y % VOL LIQUIDO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE

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Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA.

00011 .90 Litro ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA UOP-845. TRAZAS DE OXIGENADOS BUTANOS EN CORRIENTE DE HIDROCARBUROS PARAFINICOS Y OLEFINICOS. EL ESTANDAR DEBE SER: GAS LICUADO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE LIQUIDOS HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 900 ML, EL CILINDRO DEBE TRAER DOS MANÓMETROS PARA MEDIR LA PRESION INTERNA DEL CILINDRO, Y DEBERÁ TRAER COMO MÍNIMO UN PRESION INTERNA DE 500 PSI.LA COMPOSICION DEBE SER COMO SIGUE: PROPILENO: 2% PESO; PROPANO: 2% PESO; CICLOPENTANO: 2% PESO; ISOBUTANO: 30% PESO; ISOBUTILENO: 2% PESO; 1-BUTENO: 14% PESO; 1,3 BUTADIENO: 1% PESO; N-BUTANO: 12% PESO; TRANS 2 BUTENO: 12% PESO; NEO-PENTANO: 2% PESO; METIL CICLOPROPANO: 3% PESO; CIS-2-BUTENO: 12% PESO; 1,2 BUTADIENO: 1% PESO; 3 METIL 1 BUTENO: 1% PESO; ISOPENTANO: 2% PESO; N-PENTANO: 1% PESO; METANOL: 2000 PPM PESO; DIMETIL-ETER: 1000 PPM PESO; TERBUTANOL: 1000 PPM PESO; METILTERBUTILETER (MTBE): 1000 PPM PESO; METILSECBUTILETER (MSBE): 1000 PPM PESO; TERAMILALCOHOL(TAA): 1000 PPM PESO; ETILSECBUTILETER(ESBE): 1000 PPM PESO; TERAMILMETILETER(TAME): 1000 PPM PESO; ETIL TER BUTIL ETER (ETBE): 1000 PPM PESO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL, % VOL LIQUIDO Y PPM PESO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA.

00012 1 Metrocúbico

ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA ASTM D-1946, DEBE SER: GAS SECO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO PARA GASES HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 6 LITROS. DEBE INCLUIR UN MANOMETRO PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO. LA COMPOSICION DE ESTANDAR DEBE SER COMO SIGUE: HIDROGENO: 10 % MOL, ACIDO SULFHIDRICO: 3 % MOL, NITROGENO: 5% MOL, METANO: 20 %MOL, BIOXIDO DE CARBONO: 10 %MOL, ETILENO: 10% MOL, ETANO: 5% MOL, PROPILENO: 10 % MOL, PROPANO: 5% MOL, ISOBUTANO: 2% MOL, NORMAL BUTANO: 1% MOL, UNO-BUTENO: 5% MOL, ISO-BUTENO: 2% MOL, TRANS-BUTENO: 5% MOL, CIS-BUTENO: 2% MOL, ISOPENTANO: 1% MOL, NORMAL PENTANO: 2% MOL, 1,3 BUTADIENO: 2% MOL.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL, % VOL LIQUIDO Y PPM PESO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

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SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA.

00013 1 Metrocúbico

ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA ASTM D-1946, PARA LAS CORRIENTES EN LA PLANTA HIDROS, HIDROGENO, ISOMEROS, CATALÍTICA, AZUFRE, LOS ESTANDARES DEBEN SER: GAS SECO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO PARA GASES HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 6 LITROS. DEBE INCLUIR UN MANOMETRO PARA MEDIR LA PRESION INTERNA Y DE SALIDA DEL CILINDRO LA COMPOSICION DE ESTANDAR # 2 DEBE SER COMO SIGUE: HIDROGENO: 40 %MOL, ACIDO SULFHIDRICO: 2 %MOL, NITROGENO: 2 %MOL, METANO: 10 %MOL, BIOXIDO DE CARBONO: 5 %MOL, ETILENO: 4 %MOL, ETANO: 10 %MOL, PROPILENO: 2 %MOL, PROPANO: 1 %MOL, ISOBUTANO: 5 %MOL, NORMAL BUTANO: 5 %MOL, UNO-BUTENO: 9% MOL, ISO-BUTENO: 1% MOL, TRANS-BUTENO: 2% MOL, CIS-BUTENO: 1% MOL, ISOPENTANO: 1% MOL.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL, % VOL LIQUIDO Y PPM PESO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA.

00014 .90 Litro ESTANDAR PARA CALIBRACION DE CROMATOGRAFOS CON METODOLOGIA UOP - 551 METODOLOGIA PARA LA PLANTA DE ISOMEROS, EL ESTANDAR DEBE SER UN GAS LICUADO PARA INYECTARSE A TRAVES DE UNA VALVULA VALCO DE LIQUIDOS HACIA EL CROMATOGRAFO, Y DEBE VENIR EN UN CILINDRO CON CAPACIDAD DE 900 ML. EL CILINDRO DEBE TRAER DOS MANÓMETROS PARA MEDIR LA PRESION INTERNA DEL CILINDRO, Y DEBERÁ TRAER COMO MÍNIMO UN PRESION INTERNA DE 500 PSI.LA COMPOSICION DEBE SER COMO SIGUE: METANO: 1% PESO, ETANO: 1 % PESO, PROPANO: 1 % PESO, ISOBUTANO: 4% PESO, NORMAL BUTANO: 4% PESO, NEOPENTANO: 2% PESO, ISOPENTANO: 40% PESO, NORMAL PENTANO: 17% PESO, 2,2, DIMETILBUTANO: 5% PESO, CICLOPENTANO: 4% PESO, 2,3 DIMETIL BUTANO: 5% PESO, 2 METIL PENTANO: 2% PESO, 3 METIL PENTANO: 3% PESO, NORMAL HEXANO: 5% PESO, METILCICLOPENTANO: 2% PESO, BENCENO: 3% PESO, CICLOHEXANO: 1% PESO.

EL PROVEEDOR DEBE CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DE CALIDAD DE LA GUÍA ISO 31, SE REQUIERE PROPORCIONAR: INCERTIDUMBRE DE CADA COMPONENTE, EL ANALISIS DE LA MEZCLA CON FECHA Y FIRMA DE QUIEN LO REALIZO, EL CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE % PESO, % MOL Y % VOL LIQUIDO, INDICAR EL METODO DE ANALISIS Y EL PATRON DE CALIBRACION UTILIZADO, CERTIFICADO DE TRAZABILIDAD A NIST CON AUTORIZACION DE LA DGN Ó TRAZABILIDAD AL CENAM, FECHA DE PREPARACION RECIENTE Y VIGENCIA.

SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA.

1.- PEMEX REFINACION PROPORCIONARA A CANJE EL CILINDRO DE PISTON FLOTADO EN LOS ESTANDARES QUE SE REQUIERA, PREVIA SOLICITUD DEL PROVEEDOR.

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2.- TODOS LOS ESTANDARES DESCRITOS EN CADA UNA DE LAS PARTIDAS, DEBEN VENIR CON SU CERTIFICADO DE CALIBRACION Y SU CROMATOGRAMA DE REFERENCIA, HOJAS DE DATOS QUE ENUMEREN LOS COMPONENTES SEGÚN SU PORCENTAJE %PESO, %MOL., %VOL. LIQUIDO Y PPM PESO, DE ACUERDO A LO SOLICITADO ASI COMO CONDICIONES OPERACIÓN DEL CROMATOGRAFO DONDE SE EFECTUO EL ANALISIS DEL ESTANDAR.

3.- TODOS LOS ESTANDARES DESCRITOS EN CADA UNA DE LAS PARTIDAS SIN EXCEPCION DEBERÁN MOSTRAR LA EVIDENCIA DE TRAZABILIDAD CON CALCULO DE INCERTIDUMBRE DE LOS MISMOS, PREVIA AUTORIZACION DOCUMENTADA DEL CENTRO NACIONAL, DE METROLOGIA (CENAM) EN MEXICO. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR UNA COPIA AL LABORATORIO DE ESTA AUTORIZACION Y SOLAMENTE CUMPLIDO ESTE REQUISITO PODRÁ SER ACEPTADA EVIDENCIA DE TRAZABILIDAD PROVENIENTE DE OTRO ORGANISMO FACULTADO PARA TAL GESTIÓN. GUIA ISO 31. ESTE REQUISITO ES INDISPENSABLE PARA EL CUMPLIMIENTO ANTE LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREEDITACIÓN (EMA) DE LA NORMATIVA NMX-EC-17025-IMNC-2000 APLICABLE A LABORATORIOS DE PRUEBA.

4.- SE REQUIEREN LOTES DIFERENTES EN LA CANTIDAD SOLICITADA CON EVIDENCIA DE TRAZABILIDAD.

5.- LA VIGENCIA QUE DEBEN CUMPLIR LOS ESTANDARES SOLICITADOS ES DE MÍNIMO UN AÑO EN EL MOMENTO DE SER RECIBIDOS EN EL LABORATORIO. EL PROVEEDOR DEBERA CONSULTAR EN EL CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA (CENAM) EN MEXICO, LA EXISTENCIA DE LOS REACTIVOS Y ESTÁNDARES SOLICITADOS POR ESTA REFINERÍA, Y EN EL CASO DE QUE EL CENAM CUENTE CON ELLOS, INVARIABLEMENTE DEBERÁN SER ADQUIRIDOS DE EL. CUANDO EL CENAM NO CUENTE CON LOS REACTIVOS Y ESTANDARES SOLICITADOS, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR A LA SUPERINTENDENCIA DE QUÍMICA DE LA REFINERÍA ING. HECTOR R. LARA SOSA LA EVIDENCIA ESCRITA DE QUE EL CENAM INDICA QUE NO CUENTA CON LOS REACTIVOS Y ESTANDARES EN CUESTIÓN, POR LO CUAL PUEDEN ESTOS SER ADQUIRIDOS A TRAVES DE OTRAS FUENTES. TODOS LOS ESTANDARES Y REACTIVOS SIN EXCEPCION DEBERAN MOSTRAR LA EVIDENCIA DE LA TRAZABILIDAD DE LOS MISMOS, EN LOS CERTIFICADOS CORRESPONDIENTES. LOS REQUISITOS ANTES DESCRITOS SON INDISPENSABLE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA NMX-EC-17025-INMC-2000 APLICABLE A LABORATORIO DE PRUEBA.

LOS LICITANTES PARTICIPANTES DEBERÁN APEGARSE A LA NORMATIVIDAD ASTM VIGENTE.

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DOCUMENTO 3 LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la proposición en la presente licitación pública, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: Datos de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional):

Datos de las Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.Nombre y domicilio del apoderado o representante:Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

_(Firma autógrafa original)_

Notas:1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado.2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar

abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3.- Los poderes otorgados fuera de los Estados Unidos Mexicanos, una vez legalizados o apostillados, y traducidos, en su caso por

perito, deberán protocolizarse ante Notario Público mexicano, esto no es aplicable a los poderes otorgados ante Cónsules Mexicanos.

4.- En el caso de licitantes extranjeros se deberá adecuar la redacción de este documento conforme al país de origen del licitante.

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DOCUMENTO 4LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO.

1. Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 3).2. Carta poder simple de quien asista a entregar la proposición.3. Propuesta técnica y económica (Documento 6).4. Declaraciones escritas de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50, 60

penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de la Ley (Documento 9 y 9A).5. Declaración de Integridad (Documento 10).6. Formato para la manifestación de los licitantes que oferten bienes de origen nacional que deseen que su

propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia, en los procedimientos de contratación internacional, para dar cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 4° y 6°, regla tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los Bienes de origen nacional, respecto del precio de los Bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”. Documento 7.

7.- Declaración escrita del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones. (Documento 9-B).

8. (NO APLICA)9. (NO APLICA)10. Formato Compromisos con la Transparencia (Documento 13).11. De ser el caso, Convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta.12. De ser el caso, Formato para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona

moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Documento 17).

En el caso de proposiciones enviadas por medios de comunicación electrónica, se imprimirán para su rúbrica durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, los documentos relacionados anteriormente, excepto el indicado en el punto 2.

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DOCUMENTO 5LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN E INTEGRAR LAS PROPOSICIONES QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE

EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DOCUMENTONo. DOCUMENTO

PUNTOS DEL DOCUMENTO 1 DE

LAS BASESDONDE SE EXIGE

NOMBRE DEL ARCHIVO

(TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS

ENVIADAS POR MEDIOS DE

COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA)

ENTREGO

SI NO

Copia fotostática del recibo de pago de Bases. 4, INCISO C) RECIBO

3 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante. 4 INCISO A) DOC_3

9

Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

4 INCISO D) DOC_9

9-A

Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por el artículo 31, fracción XXIV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

4 INCISO D) DOC_9A

9B

Formato para la Declaración del Compromiso de Apegarse a lo Dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones.

4, INCISO D) DOC_9-B

10 Declaración de Integridad. 4 INCISO D) DOC_10Convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. 4 INCISO G.2) CONVEN

6 Propuesta Técnica y Económica 4 INCISO E) DOC_6

7 Manifestación de los licitantes de bienes de origen nacional que deseen que su propuesta reciba el beneficio del margen de preferencia en los procedimientos de contratación internacional, para dar cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 4° y 6°, regla tercera del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional que realizan las

4.5.2.1, PUNTO IV

DOC_7

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dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de julio de 2004. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL)

13 Compromisos con la Transparencia 11 DOC_13

16

Manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (APLICA SOLAMENTE A LICITANTES NACIONALES)

4 INCISO S) DOC_16

17

Manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.

4 INCISO O) DOC_17

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las Bases será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de descalificación de su proposición.

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DOCUMENTO 6LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO DE PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

No.Posición Cantidad

Unidadde

Medida

Descripción de los Bienes(Incluir las especificaciones técnicas y el licitante podrá incluir los anexos que se

requieran, adjunto a este documento)Plazo de Entrega

Precio Unitario sin I.V.A. ($)

Importe Totalsin I.V.A. ($)

Sub-Total $

Condiciones de entrega:Lugar de entrega:Monto total de la propuesta sin I.V.A. $ Vigencia de la propuesta La presente propuesta permanecerá vigente hasta la conclusión del procedimiento

de licitación.

NOMBRE DEL LICITANTE: ____________(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: __________________________________________________FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 7LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE LOS LICITANTES QUE OFERTEN BIENES DE ORIGEN NACIONAL QUE DESEEN QUE SU PROPUESTA RECIBA EL BENEFICIO DEL MARGEN DE PREFERENCIA, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN INTERNACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 4° y 6°, REGLA TERCERA DEL “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA EN EL PRECIO DE LOS BIENES DE ORIGEN NACIONAL, RESPECTO DEL PRECIO DE LOS BIENES DE IMPORTACIÓN, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER INTERNACIONAL QUE REALIZAN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 12 DE JULIO DE 2004.

__________de __________ de ______________ (1)

PEMEX-RefinaciónING. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ CÁRDENASJEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONESP R E S E N T E

Me refiero al procedimiento _______(3)___________ número __(4)____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la propuesta de la empresa ______________(6)_______________ que se contiene en el presente sobre.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional, que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, manifestamos que los que suscriben, declaramos bajo protesta de decir verdad, que el (la totalidad de los) bien(es) que se ofertan en dicha propuesta, bajo la posición número ____(7)______, será(n) producido(s) en México, bajo la marca y/o modelo indicado en nuestra proposición y contendrán un grado de contenido nacional de cuando menos el ___(8)_____ por ciento, en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante.

A T E N T A M E N T E ______________(9)_____________

A T E N T A M E N T E _______________(10)_____________

INSTRUCTIVONUMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad que convoca.3 Precisar el procedimiento de licitación pública.4 Indicar el número respectivo.5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.6 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.7 Señalar el número de posición que corresponda.

8

Establecer el porcentaje alcanzado para el bien o bienes ofertados. Este porcentaje podrá ser de cuando menos, el 50% o el correspondiente a las excepciones establecidas en la regla décima primera, incisos 1 y 2 del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional”.

9 Anotar el nombre y firma autógrafa original del representante de la empresa fabricante.10 Anotar el nombre y firma autógrafa original del representante de la empresa licitante.

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NOTAS: a) Si el licitante y el fabricante son la misma empresa, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

b) En el supuesto de que el licitante o el fabricante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 9LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ CÁRDENASJEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONESP R E S E N T E

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el

mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y

asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo

párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 9-ALICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 31 FRACCIÓN XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES,

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO

Quien suscribe, Sr. (escribir el nombre de la persona física) representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su personalidad), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que por conducto de nuestra representada, no participan en este procedimiento de contratación:

a) Personas físicas o morales que se encuentran inhabilitadas por resolución de la SFP en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.b) Personas morales en cuyo capital social participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del inciso a); c) Personas morales que en su capital social participen personas morales en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del inciso a), y d) Personas físicas que participen en el capital social de personas morales que se encuentren inhabilitadas.

Nota: La participación social de conformidad con el artículo 31 fracción XXIV de la Ley, deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.

Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo Necesario.__________________________________________________________(Nombre y firma de la persona física o del representante legal).

NOTA: Si de la información con que cuente la SFP se desprende que personas físicas o morales pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, PEMEX Refinación se abstendrá de formalizar el contrato correspondiente, en términos del artículo 31, fracción XXIV, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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DOCUMENTO 9-BLICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DEL COMPROMISO DE APEGARSE A LO DISPUESTO POR LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA EN MATERIA DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS Y

CONCENTRACIONES.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ CÁRDENASJEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONESP R E S E N T E

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal),

declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita

persona, se compromete a que los actos, contratos, convenios o combinaciones que se lleven a cabo en

cualquier etapa del procedimiento de esta licitación, se apeguen a lo dispuesto por la Ley Federal de

Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 10LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ CÁRDENASJEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONESP R E S E N T E

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal),

declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita

persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de PEMEX-Refinación,

induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que

otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 11LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

MODELO DE FIANZA QUE SE UTILIZA EN CASO DE QUE SE REQUIERA GARANTIZAR UN PORCENTAJE DEL IMPORTE ANTE EL INCUMPLIMIENTO

FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, ASÍ COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO; RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO.

EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ __________________________.

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, DERIVADOS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS OTORGADAS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, ASIMISMO GARANTIZA LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.ESTA FIANZA RESPONDE IGUALMENTE, DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD

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EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 12 MESES A PARTIR DE QUE QUEDEN EN OPERACIÓN LOS BIENES SUMINISTRADOS O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO, O 18 MESES DESPUÉS DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN SU DESTINO FINAL A TOTAL SATISFACCIÓN DEL BENEFICIARIO.

LA FIANZA GARANTIZA ASIMISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

LA INSTITUCION DE FIANZAS GARANTIZA LA RESPONSABILIDAD ADQUIRIDA POR EL FIADO CON MOTIVO DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS CON POSTERIORIDAD A LA REALIZACIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL Y/O EL DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y EL CONTRATO GARANTIZADO.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO CON CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO, PLAZOS QUE SE COMPUTARÁN EN EL CASO DE: (A) LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, A PARTIR DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA O DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN Y PRESTACIÓN TOTAL DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS Y DE SUS PRÓRROGAS O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO; LO QUE OCURRA PRIMERO. (B) PARA LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASI COMO CUALESQUIER OTRA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA OBLIGACION PRINCIPAL: A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO.

LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

1.- PARA CUMPLIMIENTO:

A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS.B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO.D) COPIA DEL DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.E) CUANTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO.

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2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:

A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS.B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO.C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO.D) COPIA DEL DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE

TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

E) COPIA DEL ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, SI EL CONTRATO FUE ADJUDICADO A MÁS DE UN PROVEEDOR Y PARA FORMULAR PROPUESTA CONJUNTA NO FUE PRECISO CONSTITUIR SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCION DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL, EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI; (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS

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Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO Y SEIS MESES DESPUÉS DE TRANSCURRIDOS LOS 12 MESES O 18 MESES DE VIGENCIA RESPECTIVOS, PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN INHERENTE A LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 11-ALICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

VERSIÓN EN ESPAÑOL

(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión

Banco EmisorNombre y domicilio completo

Beneficiario Fecha de vencimiento(PEMEX Refinación, (Día, Mes y Año)Domicilio)

Carta de Crédito Standby No. XXXXXX

Estimados señores:

Comunicamos a ustedes que hemos establecido nuestra carta de crédito stanby No. a favor de

(PEMEX Refinación) (el “Beneficiario”) por la cantidad máxima de $ (importe con número, letra y moneda).

Esta carta de crédito stanby es emitida para garantizar las obligaciones asumidas por (nombre,

denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) con relación

al contrato [o convenio si ese es el caso] (número y fecha del contrato o convenio) celebrado entre

(nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) y el

Beneficiario así como sus futuras modificaciones, para (descripción de la obligación que garantiza).

La presente carta de crédito standby será pagadera a la vista en nuestras oficinas ubicadas en (domicilio

del banco emisor y horario de presentación) mediante la presentación de los siguientes documentos:

1. Requerimiento de pago en hoja membretada del beneficiario según formato anexo, manifestando el

incumplimiento por parte de (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió

obligaciones con PEMEX Refinación).

2. Original o copia de carta de crédito stanby.

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Condiciones especiales:

1. Conforme a esta carta de crédito stanby se permiten disposiciones parciales y disposiciones

múltiples. En ningún caso el importe acumulado de los requerimientos de pago podrán exceder del

importe total de esta carta de crédito standby.

Nos comprometemos irrevocablemente con el Beneficiario a honrar sus requerimientos de pago siempre y

cuando sean presentados en cumplimiento con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby

en o antes de la fecha de vencimiento, mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente

disponibles de acuerdo a las instrucciones que el Beneficiario señale en el propio requerimiento de pago.

En caso de que el requerimiento de pago no cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito

standby, el banco emisor deberá dar aviso por escrito al Beneficiario del rechazo de la presentación

especificando todas las discrepancias en las cuales ha basado su rechazo. Dicho aviso podrá ser

entregado al Beneficiario al correo electrónico o facsímil (fax) que el Beneficiario informe por escrito para tal

fin al banco emisor, a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente a aquel en que se haya hecho la

presentación del requerimiento de pago.

El Beneficiario podrá volver a presentar un nuevo requerimiento de pago que cumpla con los términos y

condiciones de esta carta de crédito standby, siempre y cuando dicho requerimiento de pago se presente

dentro de la vigencia de esta carta de crédito.

En el supuesto que el último día hábil para presentación de documentos el lugar de presentación por

alguna razón esté cerrado, el último día para presentar documentos será extendido al quinto día hábil

inmediato siguiente a aquél en que el banco emisor reanude sus operaciones.

La emisión de esta carta de crédito standby se sujeta a las Reglas “ISP 98” Prácticas Internacionales para

Standby emitidas por la Cámara Internacional de Comercio, publicación ICC 590.

Cualquier controversia que surja con motivo de la misma deberá resolverse exclusivamente ante los

tribunales federales competentes de los Estados Unidos Mexicanos con sede en la Ciudad de México,

Distrito Federal.

Atentamente.

BANCO EMISORNOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

Requerimiento de pago

Fecha: (fecha de presentación)

Banco Emisor(Denominación y domicilio)

Ref. Carta de Crédito Standby No. --------------

(PEMEX Refinación) en su carácter de beneficiario de la Carta de crédito standby de referencia, por medio

de la presente manifiesta que:

(Nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) ha

incumplido con los términos y condiciones suscritas en el contrato [convenio] No. (Número y fecha del

contrato, específicamente en lo estipulado en la (s) cláusula (s) (No. Cláusula del contrato) por lo que el

beneficiario (PEMEX Refinación) está en su derecho de girar a cargo de esta Carta de crédito stanby.

Por lo anterior, sírvanse transferir el pago por la cantidad de (moneda, importe con número y letra) a la

cuenta bancaria No. (Cuenta del banco) de (Nombre del banco) a nombre de (PEMEX Refinación).

Agradeceremos citar la referencia de la presente carta de crédito standby en cada pago realizado.

NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADOCorreo ElectrónicoTeléfonoFax

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(Modelo para ser utilizado sólo en caso de modificación a Carta de Crédito Standby)(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión

Banco Emisor (Nombre, Denominación o Razón Social Nombre y domicilio completo de la persona que asumió obligaciones con

PEMEX Refinación)Número del Contrato:

Beneficiario Referencia Banco Emisor(PEMEX Refinación, (Número de carta de crédito standby)Domicilio Fiscal)

Modificación No. .

Estamos modificando la Carta de crédito standby de referencia como sigue de acuerdo con los términos del propio crédito:

Dice:

( Inclui r texto actual)

Debe decir:

( Inclui r nuevo texto)

Los demás términos y condiciones de la carta de crédito standby permanecen sin cambio.

Esta modificación forma parte integral de la Carta de crédito standby de referencia.

Atentamente.

BANCO EMISORNOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

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DOCUMENTO 12LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

Nota: Cuando el monto adjudicado resulte superior a $300,000.00 pesos sin incluir el I.V.A.

FORMATO DE LA MANIFESTACIÓN ESCRITA DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, QUE EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

___________a ___ , de ___________ de ____.

PEMEX-RefinaciónDepartamento de AdquisicionesRefinería “Ing. Héctor R. Lara Sosa”[email protected] R E S E N T E

(Nombre de Representante o Apoderado Legal) en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) de la Empresa denominada (Denominación o Razón Social), cuya actividad preponderante es ______________; y con domicilio fiscal en:_________________________), adjudicada en la licitación pública internacional No. ________, respecto del contrato número ___________________(REQUISITO INDISPENSABLE PARA PROCEDER A LA EMISION DE OPINIÓN)_____________, por el concepto de ___________________(adquisición de Bienes, arrendamiento o prestación de servicios), con un monto a contratar de ($____________M.N. o USD, etc.) sin incluir I.V.A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente:

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla I.2.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada el 27 de mayo de 2008, vigente a partir del 16 de junio de 2008, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo Federal, en los Estados Unidos Mexicanos, mi representada no se encuentra obligada a presentar:

Solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro; Total, ni parcialmente, la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal a que se

encuentre obligado. Declaraciones periódicas en México. Ni cuenta con créditos fiscales firmes o no, en México.

A T E N T A M E N T E,

(Nombre y firma autógrafa original del apoderado o representante)

NOTA:

En el supuesto de que el Proveedor se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en la parte conducente.

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DOCUMENTO 13LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

FORMATO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN _____________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-Refinación, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _____________________________________, EN SU CARÁCTER DE ________________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-Refinación Y _______________________________________, REPRESENTADA POR _______________________________________ EN SU CARÁCTER DE ____________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE

LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

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7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-Refinación

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CÓDIGO DE CONDUCTA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN___________________________________________, A DE 2008.

POR PEMEX-Refinación POR EL LICITANTE(Nombre de la Empresa)

__________________________________ _______________________________Nombre y Cargo del Servidor Público Nombre y Cargo

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DOCUMENTO 14LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, inició en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la

Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores

comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado

de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

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Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

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I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 15LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES MUEBLES A PRECIO FIJO (EN ADELANTE "CONTRATO") QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX REFINACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "PEMEX REFINACION", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. ING. GUILLERMO TRUJILLO RENDÓN, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE LA UNIDAD DE INGENIERÍA DE PROCESOS Y GESTIÓN DEL NEGOCIO, DE LA REF. ING. HECTOR R. LARA SOSA, Y POR LA OTRA "XXXXX", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "PROVEEDOR", REPRESENTADA POR EL C. XXXX, EN SU CARACTER DE XXXL, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. PEMEX REFINACIÓN declara a través de su representante que:

1.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo procesos industriales de la refinación; elaboración de productos petrolíferos y derivados del petróleo que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los productos y derivados mencionados, y dentro de sus atribuciones está la de celebrar contratos, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación.

1.2. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Jefe de la Unidad de Ingeniería de Procesos y Gestión del Negocio de la Refinería Ing. Héctor R. Lara Sosa adscrito a la Subdirección de Producción de PEMEX-REFINACIÓN, mediante el testimonio de la Escritura Pública No. 29,440 de fecha 20 de julio de 2007, otorgada ante la fe del Lic. Alfredo Ayala Herrera, Titular de la Notaría Pública No. 237 del Distrito Federal, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3. Cuenta con la suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, mediante: *Solicitud de Pedido:XXX: Centro Gestor: XXX, Posición Financiera: XXX, OIE: XXX, Clave del Proyecto: XXX.*Solicitud de Pedido: XXX: Centro Gestor: XXX, Posición Financiera: XXX, OIE: XXX, Clave del Proyecto: XXX.

1.4. Este Contrato se celebra como resultado del procedimiento de LICITACION PUBLICA Número XXX, compranet XXX, de carácter INTERNACIONAL fuera de la cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México, mismo que se instrumentó de conformidad con los artículos 26 fracción I, 27, y 28 fracción III inciso a) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

2. El PROVEEDOR declara a través de su representante que:

2.1. Acredita la legal existencia de su representada con la Escritura Pública Número XX de fecha XX de XX de XX, otorgada ante la fe del XXX, Titular de la Notaria Pública No. X de la Ciudad de XXX, la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente.

2.2. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de XXX de XXX, mediante XXX de fecha XXX de XXX de XXX, otorgada ante la fe del XXX, Titular de la Notaria Pública No. XX de XXX, la que quedo debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente, mismas que no le han sido revocados, limitadas o modificadas en forma alguna.

2.3. Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave XXX.

2.4. Es mexicano y conviene que, aún y cuando, llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.

2.5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la entrega de los bienes objeto de este contrato.

2.6. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato.

2.7. Ha entregado las manifestaciones a que se refieren los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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2.8. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de PEMEX REFINACIÓN.

2.9. Ha entregado la manifestación a que se refiere la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el presente ejercicio en cumplimiento a lo establecido con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.

El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante "bienes") por parte de PEMEX REFINACIÓN consistentes en: "XXX ", de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el anexo "A" de este contrato, mismo que forma parte integrante del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.

La vigencia de este Contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá hasta en tanto no se dé el cumplimiento de las obligaciones por ambas partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES.

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (XX)(XXX) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato, plazo que terminará el _________________________.

Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en el Almacén de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa", ubicada en la carretera Monterrey Reynosa Km. 36.5 de la Ciudad de Cadereyta Jiménez, N. L., a la atención del Ing. Homero Torres Reyes, Coordinador del Almacén, en días hábiles y en el siguiente horario: de 08:00 a 12:00 horas y de 12:30 a 15:30 horas.

El PROVEEDOR deberá entregar los bienes objeto de este contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el PROVEEDOR no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales.

La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX REFINACION, será a cargo del PROVEEDOR.

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por posición completa.

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es DDP (Delivered Duty Paid) INCOTERMS 2000, consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: Garantizar hasta la recepción formal de los bienes por parte de PEMEX REFINACIÓN, la integridad y funcionamiento de estos conforme a las especificaciones señaladas en el anexo "A", que forma parte integrante de este contrato y PEMEX REFINACION estará obligado a: Recibir los bienes objeto de este contrato.

CUARTA.- IMPORTE DEL CONTRATO.

El importe total a pagar por los bienes es de $XXX M.N.(XXX XX/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y el precio unitario de los bienes se especifica por posición/partida en el anexo "A" de este contrato, mismo que se considerará fijo hasta la entrega total de los bienes.

La referencia XXX asentada(s) en la columna precio unitario del anexo "A" de este contrato significan: XXX.

QUINTA.- CONDICIONES Y FORMA DE PAGO.

PEMEX REFINACION pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (30) (TREINTA) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo: el sello del área receptora de los bienes, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

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De conformidad con las disposiciones normativas en materia de pago de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL....................PAGODomingo..................................Día hábil posteriorSábado....................................Día hábil anteriorLunes a Jueves........................Día hábil posteriorViernes....................................Día hábil anterior

En el caso particular del Jueves y Viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá diez (10) días hábiles para inconformarse sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a los especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulta de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, mas cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de "Pronto Pago". En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda "Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero", y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX REFINACIÓN bajo el concepto de "descuento por pronto pago" misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX REFINACIÓN.

Las Obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para se cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en la fecha en que se haga dicho pago.

SEXTA.- ANTICIPO.

En el presente contrato PEMEX REFINACIÓN no otorgará anticipo al PROVEEDOR.

SÉPTIMA.- FACTURACIÓN.

El PROVEEDOR deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte a que se refiere este contrato, para inicio de trámite de pago en Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros, ubicada en el Edificio Técnico Administrativo (Planta Baja) de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa", debidamente requisitadas, en original y cuatro copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato.

La facturación que se emita deberá ser expedida a nombre de:

PEMEX REFINACIÓNAv. Marina Nacional No. 329Col. Huasteca, C.P. 11311Delegación Miguel HidalgoMéxico, D.F.R.F.C.: PRE-920716-3T7

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida/posición que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes.

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En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX REFINACIÓN dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en la cláusula denominada Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

Cuando el proveedor emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a tráves de la bóveda electrónica de PEMEX REFINACIÓN, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

OCTAVA.- PAGOS EN EXCESO.

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX REFINACION. PEMEX REFINACION procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX REFINACION.

NOVENA.- CESIÓN DE DERECHOS.

En ningún caso los derechos derivados de este contrato, podrán ser cedidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas o morales distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de PEMEX REFINACION.

DÉCIMA.- OBLIGACIONES FISCALES.

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX REFINACION realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

Cuando los bienes son de importación, El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, este sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

DÉCIMA PRIMERA.-

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASI COMO DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX REFINACION, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, así como de los defectos, vicios ocultos de los bienes y cualquier otra responsabilidad, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más doce meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o dieciocho meses después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX REFINACION.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX REFINACION para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX REFINACION podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX REFINACION otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX REFINACION, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX REFINACION con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

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En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX REFINACION exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX REFINACION.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX REFINACION, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX REFINACION.

(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX REFINACION.

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

Por Incumplimiento.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- Cuantificación del incumplimiento.

Por defectos, vicios ocultos de los bienes,y cualquier otra responsabilidad.

1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos, de los vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.5.- Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

La garantía a que se refiere esta cláusula deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Adquisiciones perteneciente a la Superintendencia de Suministros y Servicios de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa" de PEMEX REFINACIÓN, ubicadas en Carretera Monterrey-Reynosa Kilómetro 36.5 en Cadereyta Jiménez, N. L., en el horario de: 8:00 a 12:00 horas y de 12:30 a 15:30 horas, en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 11 de las bases de la licitación que dan origen al presente contrato, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

De no cumplir con dicha entrega en el plazo establecido así como en los términos y condiciones que se señalan en esta cláusula, PEMEX REFINACIÓN podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato, tomándose en cuenta dicho procedimiento para efectos del artículo 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES.

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El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX REFINACIÓN, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida/posición, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la partida/posición correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados.

EL PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los Bienes en los términos previstos en este Contrato y sus Anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX REFINACION.

Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o deposito, o en su caso, el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación.

Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas.

El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PEMEX REFINACION.

El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con (cuarenta y ocho) 48 horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato.

Cualquier gasto en que incurra PEMEX REFINACIÓN, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tienen conferidas la Secretaria de Economía y/o de la Función Pública, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PEMEX REFINACIÓN bajo el presente contrato.

DÉCIMA TERCERA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES.

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEMEX REFINACIÓN, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice PEMEX REFINACIÓN a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los bienes amparados en el presente contrato, pudiendo solicitar a PEMEX REFINACIÓN y al PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: Nivel III, Rev. ó el área que realizará la inspección serán el Area Usuaria: Depto. de Planeación de Reparaciones Area Instumentos y el lugar donde se llevará a cabo será: la Receptoría del Departamento de Control Técnico, Reabastecimiento y Almacén de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa".

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Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de que, en su caso, los bienes puedan ser entregados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas en función del valor de los bienes entregados con atraso, cuando éstos se hubieran cotizado en forma unitaria y el resultado esperado no dependa de la entrega total de los mismos, a razón del XXX al millar por cada dia calendario de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del contrato o, si fuera el caso, de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda a la partida de que se trate.

Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables al mismo, manifiesta su conformidad para que de la factura que presente para su cobro sean descontadas las penas convencionales a que se haya hecho acreedor correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en este contrato o convenio modificatorio y la fecha real de entrega de los bienes.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago de los bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.

PEMEX REFINACIÓN podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitas dentro de los doce meses posteriores a la firma del presente contrato, el incremento en la cantidad de bienes amparados en el mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de los bienes sea igual al originalmente pactado, el contrato esté vigente y el PROVEEDOR no se encuentre en incumplimiento.

En el caso de que el presente contrato incluya bienes de diferentes características, el porcentaje será aplicado a cada partida o concepto de los bienes de que se trate.

Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a las condiciones pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante el Departamento de Adquisiciones de PEMEX REFINACIÓN, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerará inexistente para todos los efectos administrativos y legales del presente contrato.

La solicitud de modificación no interrumpirá el plazo de entrega originalmente pactado, salvo que la comunicación, en la que de ser el caso se autorice, exprese lo contrario.

En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.

En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, el PROVEEDOR se obliga a entregar a PEMEX REFINACIÓN a la fecha de la formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documento modificatorio de la fianza otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR.

Tratándose de obligaciones garantizadas mediante carta de crédito, pagaré o cheque certificado, dicho instrumento tendrá que sustituirse, por otro similar conforme a los términos establecidos en este contrato, en el cual se garanticen las obligaciones de este contrato y del convenio correspondiente.

En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, PEMEX REFINACION podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

DÉCIMA SEXTA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR.

El PROVEEDOR podrá solicitar modificación al plazo y/o fecha establecida para la entrega de los bienes, por caso fortuito o fuerza mayor que ocurra de manera previa o hasta la fecha pactada.

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Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del PROVEEDOR, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del PROVEEDOR, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente en la fabricación o suministro de los bienes, los retrasos o la imposibilidad en la obtención de permisos de importación y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del dominio público deberá justificarse documentalmente ante el Departamento de Adquisiciones de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa" de PEMEX REFINACIÓN.

Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza mayor, debiéndose dar aviso a la otra parte en un plazo de (10) días naturales después de que la misma sobrevenga. Para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito al Departamento de Adquisiciones de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa", un diferimiento al plazo pactado, sin que dicho diferimiento implique una ampliación al plazo original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si el diferimiento solicitado se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en términos de la cláusula denominada Penas Convencionales. En caso de que el PROVEEDOR no dé aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar caso fortuito o fuerza mayor.

Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, un convenio modificatorio al plazo respectivo sin la aplicación de penas convencionales, en términos del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes.

No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR, o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente.

DÉCIMA SÉPTIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.

PEMEX REFINACIÓN podrá, en cualquier momento, por causas imputables al PROVEEDOR, rescindir administrativamente el presente contrato, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato.

Las causas que pueden dar lugar a que PEMEX REFINACIÓN inicie el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, son las siguientes:

1. Si el PROVEEDOR no entrega la garantía solicitada en este contrato, a menos que se haya exceptuado al PROVEEDOR de su presentación.2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales.3. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la entrega de los bienes, manifieste por escrito su imposibilidad de entregar los mismos.4. Una vez agotado el monto límite de aplicación de deducciones, cuando aplique.5. Si el PROVEEDOR no entrega los bienes en el plazo establecido.6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los bienes que PEMEX REFINACIÓN hubiere recibido como incompletos, averiados o discrepantes.7. Si los bienes no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en este contrato.8. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio.9. Si el PROVEEDOR cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a la autorización previa y por escrito de PEMEX REFINACIÓN10. Si el PROVEEDOR no da a PEMEX REFINACIÓN o a quien éste designe por escrito, las facilidades o datos necesarios para la inspección de los bienes.11. En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.

En caso de incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones del contrato, PEMEX REFINACIÓN podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía otorgada en forma proporcional al incumplimiento, sin menoscabo de que PEMEX REFINACIÓN pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento si la hubiere.

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Si el PROVEEDOR es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración o resolución correspondiente.

DÉCIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.

El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, PEMEX REFINACIÓN resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el PROVEEDOR.

La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al PROVEEDOR dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del PROVEEDOR dentro de dicho plazo.

Cuando se rescinda el contrato PEMEX REFINACIÓN formulará el finiquito correspondiente, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el PROVEEDOR hiciere entrega de los bienes, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que PEMEX REFINACIÓN pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula denominada Penas Convencionales.

Se podrá negar la recepción de los bienes una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, cuando el incumplimiento del PROVEEDOR implique que se extinga para PEMEX REFINACIÓN la necesidad de los bienes contratados, por lo que en este supuesto, PEMEX REFINACIÓN determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de cumplimiento.

En caso de que PEMEX REFINACIÓN decida no dar por rescindido el contrato, se deberá establecer con el PROVEEDOR otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

De actualizarse el penúltimo párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público PEMEX REFINACIÓN podrá recibir los bienes, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo.

DÉCIMA NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.

PEMEX REFINACIÓN podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX REFINACIÓN, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaria de la Función Publica, lo anterior, de conformidad con el articulo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En este supuesto, PEMEX REFINACIÓN procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales deberán señalarse en el finiquito correspondiente.

VIGÉSIMA .- DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES

Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los siguientes:

PEMEX REFINACIÓNREF. "ING. HÉCTOR R. LARA SOSA"DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONESCARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM 36.5CADEREYTA JIMÉNEZ, N. L., C. P. 67483TELÉFONO: 01 (828) 284-0177 EXT. 22577 Y 22578DIRECTO 01 (81) 8155-2932ATENCIÓN: ING. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ CARDENAS.

POR EL PROVEEDORXXXTEL.:XXXFAX.:XXX

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ATENCION: XXX

EL Proveedor se obliga a notificar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos:

a) Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula.b) Vía facsímile con confirmación de recepción por el mismo medio.c) Por correo certificado con acuse de recibo.

Asimismo el PROVEEDOR acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de PEMEX REFINACIÓN, aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar.

Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a PEMEX REFINACIÓN en los siguientes términos:

a) Por escrito con acuse de recibo de PEMEX REFINACIÓN entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula.b) Vía facsímile con confirmación de recepción por el mismo medio.c) Por correo certificado con acuse de recibo.

VIGÉSIMA PRIMERA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PEMEX REFINACIÓN; por lo que en estos casos; PEMEX REFINACIÓN podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del objeto de este contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX REFINACIÓN para la entrega de los bienes.

El proveedor acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este Contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que practique la secretaria de la Función Pública y/o el Organo Interno de Control en Pemex Refinación.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones, que aún cuando no estén descritas explícitamente en este contrato, se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES.

EL PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y las instrucciones que al efecto le señale PEMEX REFINACIÓN. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

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Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se le causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

VIGÉSIMA TERCERA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS AUTOR.

EL PROVEEDOR bajo ninguna circustancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra indole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derecchos de propiedad intelectual de un tercero, EL PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX REFINACION de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX REFINACION en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX REFINACIÓN dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de QUINCE (15) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX REFINACIÓN un informe circunstanciado sobre la referida violación.

EL PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX REFINACION respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX REFINACION de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX REFINACION.

Bajo el supuesto señalado en el parrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEMEX REFINACION de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX REFINACIÓN.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX REFINACIÓN o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

VIGÉSIMA QUINTA. DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX REFINACIÓN podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX REFINACIÓN otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones,

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reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX REFINACIÓN podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos.

VIGÉSIMA SEXTA.- SEGUROS.

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

El área de PEMEX REFINACIÓN que administrará el contrato será el Departamento de Adquisiciones, dependiente de la Superintendencia de Suministros y Servicios de la Refinería "Ing. Héctor R. Lara Sosa", ubicadas en la Carretera Monterrey-Reynosa Km 36.5 Cadereyta Jiménez, N. L.

VIGÉSIMA OCTAVA.- SUBCONTRATACIÓN. (NO APLICA)

VIGÉSIMA NOVENA.- SOPORTE DEL SERVICIO. (NO APLICA)

TRIGÉSIMA- NORMAS DE CALIDAD. (NO APLICA)

TRIGÉSIMA PRIMERA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO.

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el anexo "A" del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PEMEX REFINACIÓN que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- DEDUCCIONES. (NO APLICA)

TRIGÉSIMA TERCERA.- CONDICIÓN SUSPENSIVA. (NO APLICA)

TRIGÉSIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN. (NO APLICA)

TRIGÉSIMA QUINTA.- CONFIDENCIALIDAD

Toda la información que resulte de la ejecución de este contrato así como la que PEMEX REFINACION, le proporcione al PROVEEDOR, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental, y por tanto no deberá usarse dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR, absteniéndose de dibulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX REFINACION.

EL PROVEEDOR deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX REFINACION que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX REFINACION, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicaqción de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.

TRIGESIMA SEXTA.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO. (NO APLICA)

TRIGÉSIMA SEPTIMA.- SUPERVISION DE LOS SERVICIOS (NO APLICA)

TRIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS.

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes.

Anexo "A".- Contrato 4500XXX en el cual se describen las cantidades, unidades de medida, especificaciones y características de los BIENES, tiempo de entrega de los mismos y su precio unitario por posición.

Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

TRIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL.

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

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Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de suspensión serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

CUADRAGESIMA.- REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCIÓN.

Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- REQUISITOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES PARA EL INGRESO A ESTE CENTRO DE TRABAJO.

Para ingresar a esta Refinería, a cualquier tipo de trámite, todo el personal de los proveedores y contratistas deberán portar ropa 100% de algodón (TIPO OVEROL) en color anaranjado, zapatos de seguridad, casco industrial con barbiquejo, lentes de seguridad y tapones de protección auditiva contra ruido.

Con la finalidad de tramitar su acceso a la receptoria del almacén el proveedor deberá presentarse en vigilancia del edificio administrativo (puerta de cristal) y de ahí pasar a la receptoria para llenar el formato de pase de acceso y posteriormente ingresar con su vehículo por la puerta que se le indique.

A) Licencia del chofer del vehículo.B) Seguro de responsabilidad civil vigente del vehículo.C) Tarjeta de circulación vigente del vehículo.

Medidas de seguridad y protección ambiental que deberán acatar quienes ingresen a la Refinería:

A) El vehículo del proveedor debe contar con extinguidor de polvo químico seco y no deberán tener escapes libres.B) Los choferes y sus ayudantes nunca abandonarán sus vehículos dentro de las instalaciones y conducirán a una velocidad de 20 Km./hr. como máximo.C) En el caso de vehículos de más de 3.5 toneladas (vehículos pesados), deberán contar con mata-chispas en la salida del tubo de escape.D) Durante las maniobras de descarga se aplicará freno de estacionamiento y se colocarán cuñas en las llantas.E) Queda terminantemente prohibido fumar, hacer fuego y mantener flamas abiertas en las instalaciones.F) Los transportes de sustancias y productos químicos deberán contar con el rombo identificador de la sustancia que transportan.G) En caso de fuga o derrame accidental de sustancias y productos químicos en el interior de la refinería, el proveedor deberá dar aviso de inmediato a la extensión 444.H) Si la fuga o derrame es por causas imputables al proveedor, los gastos ocasionados para restaurar el sitio a los daños ambientales serán sufragados por el mismo proveedor en estricto cumplimiento a la normatividad ambiental vigente.I) Para el caso de productos químicos, el proveedor deberá cumplir a la entrega del producto con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicada el 27 de noviembre de 2006, en el Diario Oficial de la Federación, relativa a las condiciones de seguridad e higiene para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias corrosivas, irritantes y tóxicas en los centros de trabajo, es necesario que el proveedor proporcione las hojas con los datos de seguridad de dichas sustancias, así como las características físicas y químicas, medidas de control y riesgos de salud.

Además de lo indicado en este contrato, el proveedor "XXX", deberá cumplir con la totalidad de los aspectos manifestados en: Su propuesta Técnica-Económica, Junta de Aclaraciones y Bases del Evento RXXX.

Grupo de Compra: (535) LUZ MA. ALCAIDE NAVANúmero de Concurso: RXXXSolicitud de Pedido No. XXXArea Solicitante: XXXSolicitante: XXX

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Ext. XXXLugar de Aplicación: XXX=================================================================

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo Leon el día ____ de _________ de ____.

POR PEMEX REFINACION:

ELABORÓ:

_________________________________LUZ MA. ALCAIDE NAVATÉCNICO EN ADQUISICIONES

REVISO:

_________________________________ING. FRANCISCO JAVIER GOMEZ CARDENASJEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

APROBO:

___________________________________ING. HECTOR BALCAZAR GARCIASUPERINTENDENTE DE SUMINISTROS Y SERVICIOS

AUTORIZO:

___________________________________ING. GUILLERMO TRUJILLO RENDÓNJEFE DE LA UNIDAD DE INGENIERÍADE PROCESOS Y GESTIÓN DEL NEGOCIO

POR EL PROVEEDOR:

___________________________________XXX

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DOCUMENTO 16LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

(ÚNICAMENTE APLICA A LICITANTES NACIONALES)

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social:____________________________________________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción:

¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( )

En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara:

____________________________________________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción de casilla para definir el “Tamaño de Sector”:

Tamaño Sector Industria Comercio ServiciosMicroempresa MI 0-10 MC 0-10 MS 0-10Pequeña Empresa PI 11-50 PC 11-30 PS 11-50Mediana empresa EI 51-250 EC 31-100 ES 51-100Gran Empresa GI > a 251 GC > a 101 GS > a 101

Página en Internet_____________________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________(Firma)

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DOCUMENTO 17LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

MODELO PARA LA MANIFESTACIÓN DE SER PERSONA CON DISCAPACIDAD (PERSONA FÍSICA) O PERSONA MORAL QUE CUENTE CON PERSONAL CON DISCAPACIDAD EN UNA PROPORCIÓN DEL CINCO POR CIENTO CUANDO MENOS DE LA TOTALIDAD DE SU PLANTA DE EMPLEADOS, CUYA ANTIGÜEDAD NO SEA INFERIOR A SEIS MESES; ACOMPAÑADA CON COPIA FOTOSTÁTICA DEL AVISO DE ALTA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

(Lugar y Fecha)

PEMEX-RefinaciónING. FRANCISCO JAVIER GÓMEZ CÁRDENASJEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONESP R E S E N T EEN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física que suscribe el documento) representante legal de (escribir el nombre de la persona física que participa en la licitación), mismo que lo acredito con: (indicar datos de la personalidad ) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representado actúa como licitante en el procedimiento de contratación arriba citado, el cual para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley, se hace de su conocimiento que es una persona con discapacidad decretada desde hace más de seis meses, mismo que lo sustento con: _______________.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA y sea quien suscriba este documento

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física con discapacidad) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que soy un licitante con discapacidad decretada desde hace más de seis meses, mismo que lo hago de su conocimiento para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley y lo que sustento con: _______________________

EN CASO DE SER PERSONA MORAL

Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física que suscribe el documento) representante legal de (escribir el nombre de la empresa que participa en la licitación), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada cuenta con personal con discapacidad en una proporción del (número y letra) por ciento de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no es inferior a seis meses a partir de ____________, lo que se comprueba con el aviso de alta al régimen obligatorio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Para efectos de soportar lo dicho en el párrafo que antecede, manifiesto que mi representada cuenta con un total de _____ empleados, aceptando la responsabilidad que pudiera originarse por la falsedad de esta manifestación.

PROTESTO LO NECESARIO

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

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A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 18LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

No. R9LI535009

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

1. Introducción

Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos y programas.

En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y financiando, los Proveedores deben entregar a PEMEX-Refinación, o a quién éste le indique, la documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”).

La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio para los Proveedores.

El objetivo de este Documento es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación que debe presentar a PEMEX-Refinación, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX-Refinación no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a PEMEX-Refinación de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a que se refiere el presente Documento, así como a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato.

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2. Fuentes de Financiamiento

Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley, deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s).

2.1 Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s)

Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos.

A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de crédito.

Nombre Siglas País

Export-Import Bank of the United States Ex-Im Bank Estados Unidos de América

Export Development Canada EDC CanadáExport Credits Guarantee Department ECGD Reino Unido

Japan Bank for International Cooperation JBIC Japón

Nippon Export and Investment Insurance NEXI Japón

Hermes Kreditversicherungs-AG HERMES AlemaniaGuarantee Institute for Export Credits GIEK Noruega

Atradius ATRADIUS HolandaIstituto per i Servizi Assicurativi e il

Credito all'Esportazione SACE Italia

Compagnie Fran ç aise d’ Assurance pour le Commerce Extérieur COFACE Francia

Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. CESCE España

Export-Import Bank of Korea K-Exim República de CoreaExport Risk Guarantee Agency ERG Suiza

Finnvera plc Finnvera FinlandiaExport Kredit Fonden EFS Dinamarca

Oesterreichische Kontrollbank Aktiengesellschaft OeKB Austria

Exportkreditnamnden EKN SueciaCompanhia de Seguro de Créditos

S.A. COSEC Portugal

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3. Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios

Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PEMEX-Refinación, la información detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del contrato, así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 19, en la inteligencia de que PEMEX-Refinación podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato.

Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX-Refinación, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.

4. Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación.

La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque, Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.

En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

PEMEX-Refinación informará oportunamente a el Proveedor, mediante comunicación oficial, cuál será el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato.

El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

PEMEX-Refinación no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del (de los) Módulo(s) de Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco Agente correspondiente, por lo que, PEMEX-Refinación podrá solicitar a el Proveedor cualquier

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modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX-Refinación le indique oportunamente.

4.1. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América

El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información:

Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice). Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate). Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”). Evidencia de Pago. Evidencia de Transporte. Certificado de Ejecución de Servicios. Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de

embarcaciones). Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos. Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los

bienes y/o servicios.

En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos, instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados.

4.2. Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá

Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios puedan hacer uso de los recursos de las líneas de crédito garantizadas por esa Institución:

Nombre completo y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido canadiense.

Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones canadienses. Nombre y datos de los contactos. Evidencia de pago al Exportador canadiense. Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX-Refinación o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

4.3. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia

Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación siguiente:

Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte. Datos generales del Exportador.

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Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones. Nombre y datos de los contactos. Certificación de los pagos hechos al Exportador. Información sobre aspectos ambientales. Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el

Banco Agente.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX-Refinación o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

4.4. Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.

Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos:

En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos, Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.

En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente: Mayor información para verificar el origen de los bienes. Copia de las Facturas Comerciales Individuales.

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DOCUMENTO 20LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. R9LI535009

FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS

ANEXO [número de anexo correspondiente] (1)

No. de Contrato : (2)

Objeto del Contrato : (3)Monto Total del Contrato :

M.N. : (4)USD : (5)

Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano)

Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio

(7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Fabricante Nacional

(10)

País Origen(11)

Monto(12)

MéxicoMéxico

Total Parte A:

Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjeroTipo del Bien y/o

Servicio (6)Descripción del

Bien y/o Servicio (7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Exportador(13)

País Origen(11)

Monto(12)

Total Parte B:Total en M.N. (A+B) :

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FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOSANEXO [número de anexo correspondiente] (1)

No. de Contrato : (2)

Objeto del Contrato : (3)Monto Total del Contrato :

M.N. : (4)USD : (5)

Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano)Tipo del Bien y/o

Servicio (6)Descripción del

Bien y/o Servicio (7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Fabricante Nacional

(10)

País Origen(11)

Monto(12)

MéxicoMéxico

Total Parte C:

Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero.Tipo del Bien y/o

Servicio (6)Descripción del

Bien y/o Servicio (7)

Marca(8)

Proveedor Directo(9)

Exportador(13)

País Origen(11)

Monto(12)

Total Parte D:[Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15)

Total en USD (C+D) :

Firma: (16) Nombre: (17)Cargo: (18)

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE FINANZASCédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios:

ANEXO [número de anexo correspondiente]INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2)

DATOS INSTRUCCIÓN(1) Cédula sobre el País de Origen de

los Bienes y/o Servicios ANEXO [número de anexo correspondiente]

Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma impresa como en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador del Anexo tal como se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse.

(2) No. de Contrato Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido abierto.

(3) Objeto del Contrato Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión.(4) Monto Total del Contrato M.N. Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en

moneda de curso legal de México. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.

(5) Monto Total del Contrato USD Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo.

(6) Tipo de bien y/o servicio Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos, regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc.

(7) Descripción del bien y/o servicio Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo

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Fabricante o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar todas las partidas.

(8) Marca En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) comercial (es) de los bienes que se detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(9) Proveedor Directo

Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste. Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre del propietario actual de los mismos.

(10) Fabricante Nacional Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional), se deberá indicar el nombre de éste.

(11) País de origen Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente por cuestión de formato.En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la bandera de la embarcación utilizada.

(12) Monto Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir.

(13) Exportador Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(14) Página _____ de ____ Páginas Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo espacio el número total de páginas del anexo.

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(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía]

Se deberá indicar nuevamente el nombre completo de la compañía, su dirección y su número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no deberá incluirse.

(16) Firma: Firma del funcionario autorizado por la compañía para presentar esta Cédula, de preferencia en tinta azul.

(17) Nombre: Indicar el nombre completo del funcionario firmante.

(18) Cargo: Indicar el cargo dentro de la compañía del funcionario firmante.

(19) La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos.La suma de las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos de América u otra moneda Extranjera.

NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así como los números de páginas que se encuentran en el pie de página no deberán incluirse.

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