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Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en la nota que la AsAIH está presentando ante diversas instancias, dado el anuncio de demolición de la Penitenciaría de Barrio San Martín, en la ciudad de Córdoba. 1- Valor edilicio: La Penitenciaría de Córdoba fue proyectada en 1886 por Francisco Tamburini, el proyecto aprobado en 1889 y éste construido en su mayor parte, en varias etapas, entre 1889 y 1909, habilitándose en 1895 los primeros pabellones e instalándose allí en 1903 el conjunto de la población carcelaria de la ciudad (v. Milena Luciano). La planta se organiza a partir de un esquema radial de inspiración panóptica, esquema que (a diferencia del circular de Bentham que apuntaba a dominar visualmente las celdas, pero en consonancia con las soluciones más habituales en Europa y América) favorece el control de los cinco pabellones en sus dos niveles, desde un centro en cuyo primer nivel se ubica también la capilla. A eso se suman un pabellón de ingreso paralelo al eje horizontal -y separado de él por un muro-, destinado a administración y sobre el que reposa la fachada principal, y dos pabellones posteriores consagrados a talleres y escuela. Siendo posterior a la Penitenciaría de Mendoza (Pompeyo Moneta, 1864-1865) y a la Nacional de Buenos Aires (Ernesto Bunge, 1872-1876), ambas demolidas, la Penitenciaría de Barrio San Martín sería el más temprano ejemplo en pie de esta tipología penitenciaria en el país. La Penitenciaría es, por lo demás, un notable ejemplo de buena arquitectura estatal de esa etapa. Considerado respecto de otros proyectos atribuidos a Tamburini en la ciudad (ante todo el Teatro Rivera Indarte y el Banco de Córdoba), su valor se subraya también en tanto ejemplar dominado por la función antes que por la voluntad representativa; algo que la coloca más en sintonía con otro proyecto importante, presumiblemente realizado en su condición de funcionario de la Dirección Nacional de Arquitectura: el Hospital de Clínicas. 2- Valor histórico: La Penitenciaría de Barrio San Martín es, como los otros ejemplares tempranos, expresión arquitectónica de un momento central de las ideas jurídicas en Argentina: es la forma que intenta expresar y viabilizar la modernización punitiva en el país, el tipo de “castigo civilizado” del que habla Lila Caimari, ligado a los esfuerzos por crear “penitenciarías modelo”. En este sentido, la previsión de talleres, escuela, celdas individuales y aun de una capilla traduce, como ha señalado Milena Luciano para este caso en particular, el lugar que esas ideas criminológicas, formuladas en clave

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Page 1: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en la nota que la

AsAIH está presentando ante diversas instancias, dado el anuncio de demolición de

la Penitenciaría de Barrio San Martín, en la ciudad de Córdoba.

1- Valor edilicio: La Penitenciaría de Córdoba fue proyectada en 1886 por Francisco

Tamburini, el proyecto aprobado en 1889 y éste construido en su mayor parte, en varias

etapas, entre 1889 y 1909, habilitándose en 1895 los primeros pabellones e instalándose

allí en 1903 el conjunto de la población carcelaria de la ciudad (v. Milena Luciano). La

planta se organiza a partir de un esquema radial de inspiración panóptica, esquema que

(a diferencia del circular de Bentham que apuntaba a dominar visualmente las celdas,

pero en consonancia con las soluciones más habituales en Europa y América) favorece

el control de los cinco pabellones en sus dos niveles, desde un centro en cuyo primer

nivel se ubica también la capilla. A eso se suman un pabellón de ingreso paralelo al eje

horizontal -y separado de él por un muro-, destinado a administración y sobre el que

reposa la fachada principal, y dos pabellones posteriores consagrados a talleres y

escuela. Siendo posterior a la Penitenciaría de Mendoza (Pompeyo Moneta, 1864-1865)

y a la Nacional de Buenos Aires (Ernesto Bunge, 1872-1876), ambas demolidas, la

Penitenciaría de Barrio San Martín sería el más temprano ejemplo en pie de esta

tipología penitenciaria en el país.

La Penitenciaría es, por lo demás, un notable ejemplo de buena arquitectura estatal de

esa etapa. Considerado respecto de otros proyectos atribuidos a Tamburini en la ciudad

(ante todo el Teatro Rivera Indarte y el Banco de Córdoba), su valor se subraya también

en tanto ejemplar dominado por la función antes que por la voluntad representativa;

algo que la coloca más en sintonía con otro proyecto importante, presumiblemente

realizado en su condición de funcionario de la Dirección Nacional de Arquitectura: el

Hospital de Clínicas.

2- Valor histórico: La Penitenciaría de Barrio San Martín es, como los otros ejemplares

tempranos, expresión arquitectónica de un momento central de las ideas jurídicas en

Argentina: es la forma que intenta expresar y viabilizar la modernización punitiva en el

país, el tipo de “castigo civilizado” del que habla Lila Caimari, ligado a los esfuerzos

por crear “penitenciarías modelo”. En este sentido, la previsión de talleres, escuela,

celdas individuales y aun de una capilla traduce, como ha señalado Milena Luciano para

este caso en particular, el lugar que esas ideas criminológicas, formuladas en clave

Page 2: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

liberal o positivista, otorgaban a la “regeneración” social y moral, o a la “curación” del

penado”, según sus respectivas claves de lectura. Esta relación íntima entre formas e

ideas no parece ser un elemento menor, máxime cuando una serie de trabajos recientes

(entre ellos el de Liliana Chaves) ha mostrado que esa voluntad penal de templar el

derecho fue contradicha tempranamente por ciertas prácticas efectivas de castigo

(probadamente entre 1909 y 1911, cuando cierta documentación permite colegir, por

ejemplo, declaraciones tomadas bajo tortura). Dicho sumariamente: la penitenciaría es

tanto testimonio material de una voluntad de reforma punitiva cuanto de la transgresión

no sólo de todo principio de reforma sino de toda legalidad en la larga duración. Una

suerte de artefacto muy significativo tanto de la identidad como del desacople de ideas,

formas y prácticas punitivas o represivas; algo que permite eslabonar las transgresiones

de las primeras décadas del siglo a las detenciones, torturas y muertes constatadas allí,

en radical ilegalidad, en 1976, y aun a algunas de las razones implicadas en el motín de

2005.

Lo señalado en 1 y 2 sugiere, en primer lugar, que el valor histórico-patrimonial del

edificio puede extenderse a todo el núcleo histórico implicado en el proyecto original.

Actualmente, el edificio cuenta con protección media en el Catálogo municipal de

bienes patrimoniales, pero existe un pedido de elevación de la categoría patrimonial del

edificio a los fines de su preservación.

3- Valor identitario-memorial: La Penitenciaría fue, además y por su propia escala,

una pieza central en la producción material del barrio y la ciudad. Instalada en un predio

externo al centro histórico pero próximo a él, su proyección y construcción inicial

coincidieron con el inicio de los loteos en la zona (1887), promoviendo la articulación al

centro y alentando la instalación de una población que ya en el Censo de 1914 se

contaría entre las más numerosas del municipio: San Martín es uno de los tres barrios

cordobeses que ese censo señala entre las poblaciones argentinas con más de 2000

habitantes, contando 4.395. Esto implica, en el nivel más evidente y como ya señalaron

los trabajos de Cristina Boixadós y Waldo Ansaldi, que la cárcel fue uno de los agentes

de urbanización del barrio. Pero también sugiere, en un orden no menos sustantivo, su

condición icónica respecto del barrio y la ciudad y su carácter de pieza de una memoria

comunitaria que no cesa por su desalojo (y aquí parecen pesar, de manera especial,

todas las formas ambiguas pero efectivas de relación entre el interior y el exterior

carcelario, comenzando por la venta de los productos de los talleres). Testimonio del

Page 3: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

crecimiento de la ciudad en su conjunto, que comenzó estando separada de la

Penitenciaría para muy pronto rodearla, es también un artefacto potente para la

recreación significativa (todo lo contrario de una tabla rasa) del barrio y la ciudad.

4- Valor conmemorativo-memorial: La potencia significante de ese edificio reconoce

expresiones diversas, ligadas en ciertos casos a valores universales y en otros a

episodios y memorias particulares que no sólo no pueden desatenderse sino que podrían,

también, convivir en un proyecto meditado, incluso experimental (idealmente austero,

de calidad, utilidad e interés públicos), de refuncionalización del edificio. El uso

documentado de la entonces UP1 como sede de detención ilegal, tormento y asesinato

en 1976 es precisamente del tipo de episodios que involucran valores universales y

memorias particulares, pero además subraya el especial interés probatorio y

conmemorativo de ciertas zonas del penal que no siempre corresponden (al menos en

una primera superposición del plano original y del acumulado en la Causa de la UP1) al

núcleo histórico original. Esto implica que es preciso también resguardar esas zonas,

que trazan el hilo material de la barbarie, revistiendo alto valor memorial y ofreciendo

huellas (aun cuando el elemento probatorio fuera sustituido por su representación) para

la problematización del pasado reciente de toda una sociedad y para la producción de

consensos urgentes. Conviene retomar en este punto el señalado pedido de cambio de

categoría patrimonial municipal, ya que no puede dejar de advertirse que la calificación

vigente tuvo lugar en 1979, en plena dictadura.

Finalmente, como recinto la Penitenciaría fue cargándose de sentidos múltiples, muchas

veces más lúgubres que prometedores, a lo largo de los años; y también añadiendo valor

histórico y memorial: la violencia presumible en los testimonios arrancados entre 1909

y 1911, la que habrían sufrido los presos del plan CONINTES, la constatada en los

detenidos ilegales de 1976 o la subtendida al motín de 2005, viene no sólo a exponer la

distancia respecto de aquella voluntad reformista que había preformado la “penitenciaría

modelo” de fin de siglo sino a señalar a la Penitenciaria de Barrio San Martín como sede

de un desajuste de larga duración, que no cesará por su derrumbe. Propone también en

su gigantismo, contradictoria e incómoda, un proceso a nuestra sociedad, que es sin

duda parte de lo que interesa a la historia.

Page 4: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

Referencias bibliográficas: -Ansaldi, Waldo, Industria y urbanización. Córdoba, 1880-1914, Tesis doctoral, FFyH-UNC,mimeo, 1991. -Boixadós, Cristina, Las tramas de una ciudad, Córdoba entre 1870 y 1895. Élite urbanizadora,infraestructura, poblamiento, Ferreyra, Córdoba, 2000 -Caimari, Lila, Apenas un delincuente. Crimen, castigo y cultura en la Argentina, 1880-1955,Siglo XXI, Buenos Aires, 2004.-Chaves, Liliana, “Representaciones y prácticas acerca de la pena capital y el perdón: la‘Masacre de Malagueño’, Córdoba 1909-1911”, en http://horizontesyc.com.ar -Gallardo, Rodolfo, “Historia de la arquitectura de Córdoba desde el prehispánico al siglo XX”,Nuestra arquitectura, año 52, Nº 516-517, Buenos Aires, 1982.-Luciano Milena, La modernización penitenciaria en Córdoba. Una mirada al interior de laCárcel de San Martín (1887-1916), Trabajo Final de Licenciatura en Historia, Escuela deHistoria, FFyH, Córdoba, 2015. -Luciano, Milena, “La Penitenciaría de Córdoba: proceso de construcción, régimen interno ytensiones institucionales, 1887-1907”, Prohistoria (online), vol. 21, http://www.scielo.org.ar-Luciano, Milena, “Penitenciaría de Barrio San Martín”,http://culturasinteriores.ffyh.unc.edu.ar/iac002.jsp?pidf=NM3P6A&po=R -Page, Carlos, La arquitectura oficial en Córdoba, 1850-1930, Ministerio de Cultura yEducación, Bs. As., 1994.-Posic, Carola, http://www.cafedelasciudades.com.ar/cordoba_151_152.html.-Ruiz, Adolfo, http://comercioyjusticia.info/blog/opinion/siete-razones-para-no-demoler-la-penitenciaria-de-bo-san-martin/ -Schmidt, Claudia, “Tamburini, Francesco”, em Jorge Francisco Liernur- Fernando Aliata(Comps.), Diccionario de Arquitectura en la Argentina, Clarín, Buenos Aires, 2004.

Pueden verse también las voces “Francesco Tamburini” (http://culturasinteriores.ffyh.unc.edu.ar/ifi002.jsp?pidf=632NAWPMD&po=FT ), “Barrio SanMartín” ( http://culturasinteriores.ffyh.unc.edu.ar/iac002.jsp?pidf=AM3M3A&po=R ) e“Imprenta penitenciaria / Talleres Gráficos de la Penitenciaría” (http://culturasinteriores.ffyh.unc.edu.ar/iec002.jsp?pidf=AKJM35&po=R ), así como “LaPenitenciaría de Barrio San Martín: historia, memoria, patrimonio e identidad en concreto”, deAna Clarisa Agüero, próxima a aparecer en Deodoro, gaceta de crítica y cultura, UNC (http://www.unc.edu.ar/sobre-la-unc/perfil/editorial/deodoro ).

Aparición periodística del tema (parcial): -http://www.lavoz.com.ar/categoria/temas-libres-9062-http://prensa.cba.gov.ar/informacion-general/quedo-oficialmente-cerrada-la-penitenciaria-de-barrio-san-martin/ [incluye imágenes del interior de la cárcel]

Page 5: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

Planta de la Penitenciaría de Córdoba. F. Tamburini, 1886. Tomado de Page, 1994.

Captura de pantalla. Imagen aérea Google maps.

Page 6: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

Fachada

Page 7: Versión extensa y referencias de los argumentos condensados en

Plano de la Penitenciaría que señala algunas de las zonas de detención, tormento y fusilamientode presos políticos en 1976. Ha sido acumulado en la causa “Videla, Jorge Rafael y otros, p.ss.aa. imposición de tormentos agravados, homicidio calificado, imposición de tormentosseguidos de muerte, encubrimiento” (expediente 172/09).