v.4.0 contrato de servicios
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Signat electrònicament per:Antefirma Nom Data Emissor cert Núm. sèrie certPERSONAL TECNIC SUPERIOR AG - SERV. DE CONTRACTACIO FRANCISCA MONZO GREGORI 07/07/2021 ACCVCA-120 13244843943481067398
1642382279743628702CAP SERVICI - SERV. DE CONTRACTACIO CARMEN SAURI RODRIGO 08/07/2021 ACCVCA-120 4945099255777467085
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v.4.0
CONTRATO DE SERVICIOS PROCEDIMIENTO: ABIERTO
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: ☐SI ☒NO
SOMETIDO A RECURSO ESPECIAL: ☒SI ☐NO
ANEXO I DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
EXPEDIENTE CONTRATACIÓN Nº: 04101/2021/54-SER
SERVICIO GESTOR:
OFICINA DE AYUDA TECNICA PARA PROYECTOS EUROPEOS
EXP. SERVICIO GESTOR Nº:
00212-2021-6
NOMBRE DEL CONTRATO:
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA OFICINA DE AYUDA TECNICA PARA
LOS PROYECTOS EUROPEOS PARA EL APOYO DE SUS FUNCIONES
A. DATOS INICIALES
FORMA DE PRESENTACIÓN: Electrónica
TIPO DE TRAMITACIÓN: ☒ Ordinaria
TRAMITACIÓN DE GASTO: ☒ Ordinaria
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: CONCEJALÍA DELEGADA DE CONTRATACIÓN
B. DATOS PREPARACIÓN DEL EXPEDIENTE
1. DATOS RELATIVOS AL GASTO:
Propuesta de gasto: 2021/1454
Fecha propuesta de gasto: 12/03/2021
Aplicación presupuestaria: AH004 92021 22706
Anualidades: 2021 Y 2022
2. DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE QUE ADICIONALMENTE A LOS PLIEGOS, DEBEN ESTAR A
DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS O EMPRESAS LICITADORAS EN EL PERFIL DE CONTRATANTE
ALOJADO EN LA PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO:
SERVICI DE CONTRACTACIÓ
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2.1.PLAN ESTRATÉGICO DE LA OFICINA DE AYUDA TECNICA PARA LOS PROYECTOS EUROPEOS
2.2. CUADRO DE MANDOS
C. OBJETO DEL CONTRATO
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
LA ASISTENCIA TECNICA PARA LA AYUDA TECNICA A LAS UNIDADES MUNICIPALES PARA LA
CAPTACIÓN, GESTION Y JUSTIFICACION DE FINANCIACIÓN EUROPEA PARA LAS INICIATIVAS
DE INTERÉS LOCAL, LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO, LA COMUNICACIÓN Y LA
DIVULGACIÓN GENERADO EN ESTE ÁMBITO, LA GESTIÓN DE LOS ACTORES INVOLUCRADOS,
LA ESTRATEGIA LOCAL Y SU ALINEAMIENTO CON LAS POLÍTICAS EUROPEAS E
INTERNACIONALES Y EL SOPORTE A LA GESTIÓN OPERATIVA DE LA OFICINA.
2. CARACTERÍSTICAS
SUBTIPO DEL CONTRATO: SERVICIO DE CONSULTORES DE DIRECCIÓN Y SERVICIOS
CONEXOS
CONTRATO MIXTO:
☒ NO
NOMENCLATURA/S CPV:
CPV principal:
79411000 “Servicios generales de consultoría en gestión”
Otras CPV:
79421000 “Servicios de gestión de proyectos que no sean los de construcción
79419000 “Servicios de consultoría en evaluación”
79340000 “Servicios de publicidad y markenting”
SERVICIO DEL ANEXO IV DE LA LCSP: ☒ NO
PRESTACIÓN DE CARÁCTER INTELECTUAL: ☒ NO
3. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
¿En la ejecución del contrato es necesario el tratamiento de datos personales?:
☒ SI
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Indique las categorías de datos de carácter personal que serán objeto de tratamiento
por parte de la contratista:
☒ Datos identificativos [Nombre y Apellidos, D.N.I, Pasaporte, N.I.E. Nº S.S.,
Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Imagen/Voz]
Finalidad del tratamiento de datos:
Presentación de solicitudes para la obtención de financiación de fondos europeos así
como para la gestión y justificación de las ayudas concedidas.
4. PRESTACIÓN DEL CONTRATO EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES
¿La ejecución del contrato requiere la presencia de trabajadores/as dependientes de la
parte contratista en dependencias municipales?
☒ NO
5. GASTOS PARA LA PERSONA O EMPRESA ADJUDICATARIA.
¿La persona o empresa adjudicataria debe soportar el pago de tributos, tasas o
cánones específicos, u otros gastos que se originen como consecuencia del
cumplimiento de las obligaciones contempladas en los pliegos?:
☒ NO.
6. LICITACIÓN POR LOTES:
☒ NO
7. RESERVA DE CONTRATO:
☒ NO
D. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS (ART. 28 LCSP)
La naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que
regula el presente pliego, de conformidad con lo informado por el servicio gestor del
expediente, son:
La Oficina de Ayuda Técnica a Proyectos Europeos del Ayuntamiento de Valencia
(OTA PRUE) tiene como misión potenciar la captación de fondos europeos para las iniciativas
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de su competencia e interés, así como optimizar la gestión de estos proyectos maximizando los
impactos positivos de sus proyectos en la organización y en la ciudadanía.
Entre sus funciones figuran la atracción de inversiones, la coordinación y
centralización de toda la información y gestión relacionada con los fondos europeos, y la
orientación y asesoramiento a otras áreas y servicios municipales para la participación en
proyectos y captación de fondos europeos.
El presupuesto de la UE financia actividades que van desde el desarrollo de las zonas
rurales y la protección del medio ambiente hasta la protección de las fronteras exteriores y la
promoción de los derechos humanos. Comisión, Consejo y Parlamento intervienen sobre la
cuantía del presupuesto y la manera de asignarlo, pero es la Comisión la que se encarga de los
gestionarlo.
Cada presupuesto anual se engloba en un plan de gasto a largo plazo llamado marco
financiero plurianual. Esto permite a la UE programar su gasto eficazmente y con varios años
de antelación. El marco actual va de 2014 a 2020 que está próximo a finalizar habiéndose
adoptado las disposiciones necesarias para el próximo marco 2021-2027.
Tras la aprobación del Parlamento Europeo, el 17 de diciembre de 2020 el Consejo
ha adoptado el Reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual (MFP) de la
UE para el periodo 2021-2027.
El informe de la Comisión Europea sobre la Agenda Urbana para la UE reconoce la
importancia de las ciudades en el nuevo escenario después de 2020. La OTAPRUE del
Ayuntamiento de Valencia pretende un incremento de la presencia y visibilidad de la ciudad en
los programas europeos, así como la apertura de vías de financiación y relación con otras
ciudades europeas, para el intercambio de experiencias y realización de proyectos en común.
Todo ello revertirá en el desarrollo de la ciudad -y por tanto en la mejora de sus servicios
públicos-, en el incremento del turismo y, en definitiva, en el avance hacia una gestión de la
ciudad más eficiente e inteligente, mediante la aplicación de nuevas tecnologías.
Asimismo, para contribuir a la reparación de los daños económicos y sociales
provocados por la pandemia de coronavirus, iniciar la recuperación europea y preservar y
crear empleo, la Comisión Europea propuso el 26 de mayo un importante plan de recuperación
para Europa basado en el aprovechamiento del pleno potencial del presupuesto de la UE, que
se articula, entre otros, a través del instrumento de recuperación denominado Next
Generation EU (NGEU) dotado de 750.000 millones de euros.
La Oficina de Ayuda Técnica para Proyectos Europeos es la unidad creada por el
Ayuntamiento de València para liderar la estrategia del Ayuntamiento en el ámbito de la
captación de financiación europea para proyectos de interés local, así como mejorar su
participación en la gobernanza multinivel europea.
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La Oficina ha establecido su Plan Estratégico de despliegue de capacidades,
herramientas, procesos, servicios, control y monitorización para orientar su trabajo a las
oportunidades de mayor valor e interés para Ayuntamiento.
El Plan contempla la misión, la visión y valores, el diagnóstico inicial, el desglose en
ejes, líneas, actividades y proyectos, el cuadro de mandos, roles y funciones, la gestión
documental y la evaluación y rendición de cuentas.
El documento no es más que un instrumento que recoge lo más esencial de un Plan
ambicioso y en continuo cambio, mejora y adaptación avanzando hacia un concepto de plan
dinámico e intraemprendedor que supere las limitaciones temporales y conceptuales de un
documento.
El Plan distingue entre los servicios a prestar a los usuarios (unidades administrativas
del Ayuntamiento y el equipo de gobierno) y los procesos internos relacionados con el Centro
de Excelencia, Alineamiento, Apertura a la sociedad y la Gestión estratégica y operativa de la
oficina.
En el ámbito de los Servicios a los usuarios se contempla el apoyo y asistencia a lo
largo de todo el ciclo de vida del proyecto desde la identificación, solicitud, aceptación,
ejecución, justificación y explotación.
En el ámbito del Centro de Excelencia se contemplan toda la capacitación
organizacional (formación, certificación, mentorización, etc), el desarrollo metodológico que
soporta la gestión, el cambio en la cultura interna y la gestión del conocimiento.
En el ámbito del Alineamiento se contemplan aspectos como el alineamiento con la
Estrategia de ciudad, con el marco europeo e internacional y las acciones de lobby y
posicionamiento institucional.
En el ámbito de la Apertura a la sociedad se contemplan acciones de comunicación,
difusión, divulgación y diseminación, trabajo en redes, y todo tipo de técnicas y soportes de
involucración de actores interesados.
Por último, en el ámbito de la gestión se tiene en cuenta todas las acciones de
gestión estratégica y operativa necesarias para el funcionamiento de la Oficina y alimentar la
estrategia de la misma entre la que se encuentran evaluaciones, revisiones, rendición de
cuentas, cuadro de mandos, recursos humanos, recursos TIC, etc
Desde este punto de vista, es necesaria la contratación de los servicios de asistencia
técnica a la OTAPRUE en sus funciones de prestación de ayuda técnica a las unidades
municipales para la captación, gestión y justificación de financiación europea para iniciativas
de interés local, la gestión del conocimiento, la comunicación y la divulgación generada en este
ámbito, la gestión de los actores involucrados, la estrategia local y su alineamiento con las
políticas europeas e internacionales y el soporte a la gestión operativa de la Oficina.
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E. PLAZO DE EJECUCIÓN
PLAZO DE EJECUCIÓN (art. 29.4 y 29.7 LCSP):
18 meses a contar desde el día siguiente al de su formalización.
PLAZOS PARCIALES:
☒ NO
PRÓRROGAS:
☒ NO
F. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN O PRESUPUESTO MÁXIMO DEL
CONTRATO
☒ B) CONTRATO CON PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. LICITACIÓN DEL PRESUPUESTO.
Presupuesto Base Licitación IVA excluido
Importe IVA y Tipo de aplicable
Presupuesto Base Licitación IVA incluido
199.500,00 41.895,00 241.395,00
Desglose del Presupuesto Base de Licitación (art. 100 LCSP):
Costes Directos:
199.500,00
G. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO
☒ A tanto alzado
H. VALOR ESTIMADO (Calculado conforme al art. 101 LCSP)
VALOR ESTIMADO 199.500,00
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Conceptos que se han tenido en cuenta en el cálculo:
☒ Importe total, sin incluir el IVA:
199.500,00
I. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN EXTERNA (en su caso)
☒ NO
J. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede, conforme al art. 103 LCSP.
K. GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN
PROVISIONAL (art. 106 LCSP):
☒ NO
DEFINITIVA (art. 107.1 LCSP):
☒ SI. 5% del precio final ofertado por la persona o empresa adjudicataria, IVA
excluido.
GARANTÍA MEDIANTE RETENCIÓN DE PRECIO (art. 108.2 LCSP):
☒ NO se admite.
L. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE
☒ OFERTA ECONÓMICA
☒ b.2) PARA PUNTUACIÓN ATRIBUIDA A LA OFERTA ECONÓMICA, SUPERIOR
A 40 PUNTOS:
CRITERIO 1: MENOR PRECIO OFERTADO
PONDERACIÓN: Hasta un máximo de 42 puntos
VALORACIÓN: Se valorará con el máximo de puntuación al menor precio ofertado.
Las ofertas que no presenten ninguna reducción respecto del presupuesto base de
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licitación, se valorarán con 0 puntos. Para la puntuación del resto de las ofertas, se empleará la siguiente formula: POi = 42 x MOE / Oi Siendo: POi = Puntos por oferta económica de la oferta i MOE = Mejor oferta económica (precio más bajo) Oi = Oferta que se puntúa Se podrán considerar anormalmente bajas aquellas ofertas que presenten un
precio inferior en 10 puntos porcentuales respecto a la media de precios de todas las ofertas admitidas.
☒ OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS
CRITERIO 2: AUMENTO DE LA FRECUENCIA DE LAS REUNIONES PARA EL SEGUIMIENTO DEL CONTRATO RESPECTO DE LAS MÍNIMAS PREVISTAS EN EL PPT (1 REUNIÓN SEMANAL), COMPUTADAS A LO LARGO DE LA DURACIÓN DEL CONTRATO.
PONDERACIÓN: Hasta un máximo de 1 puntos
VALORACIÓN: - 10 reuniones: 0,50 puntos - 20 o más reuniones: 1 punto
CRITERIO 3: EXPERIENCIA ADICIONAL ESPECIALIZADA DEL PERSONAL ADSCRITO A LA
PRESTACION DEL SERVICIO (YA SE TRATE DE PERSONAL DEL EQUIPO
MÍNIMO O DE NUEVO PERSONAL QUE SE ADSCRIBA A SU EJECUCIÓN)
PONDERACIÓN: Hasta un máximo de 8 puntos
VALORACIÓN: Por la posesión de la especialidad en cada una de las materias que se relacionan a continuación se asignarán dos puntos:
- En materia de agenda digital 2 puntos - En materia de asuntos sociales 2 puntos - En materia de movilidad sostenible 2 puntos - En materia de energía 2 puntos.
Para validar la condición de especialista se deberá contar con: - Un mínimo de 5 años de experiencia profesional y titulación de grado o equivalente y, además, contar con: a) Un máster de especialización en alguna de las siguientes materias: agenda digital, asuntos sociales, movilidad sostenible y/o energía. b) Y, haber participado al menos en un proyecto con financiación europea
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relacionado con las materias objeto del master de especialización. Si alguno de los integrantes del equipo mínimo descrito en el PPT cuenta con un master de especialización en alguna de las materias relacionadas anteriormente y ha participado en al menos un proyecto con financiación europea relacionado con el master de especialización en los últimos 5 años, tendrá la condición de especialista y se computarán 2 puntos por especialización, pudiendo por consiguiente coincidir la persona con experiencia adicional especializada con alguno de los integrantes del equipo mínimo descrito en el PPT.”
Para la valoración de los criterios anteriormente señalados, las personas o empresas licitadoras
deberán presentar la documentación que a continuación se relaciona, en el sobre
correspondiente a la oferta económica:
En cuanto a la acreditación de los requisitos se hará mediante los siguientes documentos: -
Titulación: mediante aportación de copia del Título respectivo.
- Resto de aspectos:
-Currículum vitae.
Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
Certificación de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social
de la Marina o de la Mutualidad a la que estuvieran afiliados o equivalente en caso de
organismos extranjeros, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y
el periodo de contratación.
Contratos de trabajos y prórrogas de los mismos y certificación de la empresa donde se haya
adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos
de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha
realizado la actividad.
Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social
de la Marina de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial
correspondiente y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que ha
realizado la misma (justificado con el alta en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta
propia o Autónomos y la Declaración del inicio de Actividad en la que aparece el Grupo o
epígrafe/sección I.A.E. o código de actividad).
La experiencia profesional exigida para cada uno de los perfiles profesionales a adscribir a la
ejecución del contrato se acreditará mediante declaración responsable de la empresa sobre la
experiencia aportada, si estas tareas han sido realizadas en proyectos de la misma empresa. Si
las tareas fueron realizadas en el ámbito de otra empresa se exigirá declaración responsable
de los perfiles profesionales a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
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La declaración responsable del adjudicatario de que los perfiles profesionales a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato deberá indicar si pertenecen a la empresa, o en su caso,
acuerdo que acredite la existencia de compromiso de incorporación de los perfiles
profesionales a la empresa. La no presentación de dicho informe o acuerdo implicará la no
acreditación por parte de la empresa de la disposición de la adscripción de medios. Deberá
existir una relación clara e inequívoca entre los perfiles incluidos en la oferta y los perfiles
acreditados.
Si fuera necesario aportar documentación complementaria para la evaluación de alguno de los
criterios señalados anteriormente, y en el caso de que no se aportara, se otorgará una
puntuación de 0 puntos, sin que proceda requerimiento alguno de subsanación, todo ello sin
perjuicio de aquellas aclaraciones que estimase oportuno solicitar la Mesa de contratación.
M. CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR
☒ SI. En cuyo caso:
CRITERIO 1: CALIDAD DE LA MEMORIA TÉCNICA
PONDERACIÓN: Hasta un máximo de 49 puntos
VALORACIÓN: Extensión y tamaño: La memoria técnica se redactará en un máximo de 50 páginas, tipo de letra Arial 12 o Times New Roman 12, interlineado sencillo y con márgenes de 2,5. Los valores en cuanto al número de páginas serán máximos y en cuanto a los restantes requisitos referidos al tamaño de letra, interlineado y márgenes serán mínimos. Contenido: La memoria técnica de la prestación del servicio definirá, de acuerdo con las exigencias del Pliego de Prescripciones Técnicas, la propuesta técnica del licitador para realizar cada una de las prestaciones que integran el objeto del contrato, reflejando los procesos y tiempos de ejecución. Se valorará en su conjunto el alcance y profundidad de los contenidos que se planteen, el volumen y calidad de los datos, la metodología a emplear en las distintas fases de ejecución, la gestión de los tiempos que se proponga, los sistemas de seguimiento y calidad que se ofrezcan, los procedimientos propuestos para la coordinación de los trabajos, los procedimientos de validación y presentación de los documentos o la funcionalidad de las herramientas informáticas que puedan aportarse. La Memoria técnica tendrá los siguientes apartados y desglose de puntos: 1.Propuesta del servicio: hasta 11 puntos: 11 puntos si la calificación es muy buena 8 puntos si la calificación es buena 5 puntos si la calificación es regular
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3 puntos si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala 2.Cronograma de la puesta en marcha de los servicios y de prestación: hasta 4 puntos: 4 puntos si la calificación es muy buena 3 puntos si la calificación es buena 2 puntos si la calificación es regular 1 punto si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala 3.Sistema de calidad de los servicios y del contrato en general: hasta 4 puntos 4 puntos si la calificación es muy buena 3 puntos si la calificación es buena 2 puntos si la calificación es regular 1 punto si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala 4.Sistema de gestión de la comunicación interna: hasta 4 puntos 4 puntos si la calificación es muy buena 3 puntos si la calificación es buena 2 puntos si la calificación es regular 1 punto si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala 5.Sistema de gestión documental del contrato y los servicios: hasta 4 puntos 4 puntos si la calificación es muy buena 3 puntos si la calificación es buena 2 puntos si la calificación es regular 1 punto si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala 6.Sistema de gestión de los recursos TIC implicados en el contrato: hasta 9 puntos 9 puntos si la calificación es muy buena 7 puntos si la calificación es buena 4 puntos si la calificación es regular 2 puntos si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala 7.Sistema de gestión del riesgo: hasta 4 puntos 4 puntos si la calificación es muy buena 3 puntos si la calificación es buena 2 puntos si la calificación es regular 1 punto si la calificación es mala
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0 puntos si la calificación es muy mala 8.Sistema de control y monitorización así como de informe y rendición de cuentas: hasta 9 puntos 9 puntos si la calificación es muy buena 7 puntos si la calificación es buena 4 puntos si la calificación es regular 2 puntos si la calificación es mala 0 puntos si la calificación es muy mala En la puntuación se tendrá en cuenta el conocimiento que denoten de las necesidades a cubrir con el contrato y de las prescripciones técnicas previstas para su satisfacción; la metodología y coherencia ejecutiva de los trabajos a realizar, las calidades y la experiencia acreditada. La distribución de la puntuación se hará conforme se ha indicado arriba en todos los aspectos de valoración enunciados, atribuyéndole la calificación de: · Muy buena: cuando se realice un estudio detallado del aspecto en cuestión y se propongan medidas de actuación adecuadas, precisas, bien definidas y/o innovadoras. Cuando se acredite un alto nivel de experiencia del licitador en los aspectos relevantes del contrato. La información suministrada es muy buena y completa. Describe muy bien la solución y satisface plenamente el nivel de calidad requerido, ofertando un servicio excepcional y de alta calidad · Buena: cuando el estudio y propuesta en relación con el elemento a valorar sea detallado, y se propongan algunas medidas de actuación precisas y/o innovadoras. Cuando se acredite un notable nivel de experiencia del licitador en los aspectos relevantes del contrato. La información suministrada es buena y completa. Describe bien la propuesta y satisface el nivel de calidad requerido por encima de lo solicitado, sin llegar a ser una solución excelente. Regular: cuando se limite a un somero estudio y/o se realicen aportaciones de actuación escasas y/o poco precisas. Cuando se acredite alguna experiencia significativa del licitador en los aspectos relevantes del contrato. La información suministrada es regular. La información suministrada es suficiente y satisface mínimamente el nivel de calidad requerido. · Mala: cuando se mejoren muy escasamente los aspectos a valorar por encima de los mínimos exigidos en la documentación técnica que defina el objeto del contrato. Cuando se acredite una experiencia poco significativa del licitador en los aspectos relevantes del contrato, así como de los medios humanos destinados a la ejecución del contrato. La información suministrada aunque correcta no es suficiente ni satisface el nivel de calidad esperado. · Muy mala: cuando no se mejoren ninguno de los aspectos a valorar por encima de los mínimos exigidos en la documentación técnica que defina el objeto del contrato.
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Cuando no se acredite ninguna experiencia significativa del licitador en los aspectos relevantes del contrato, así como de los medios humanos destinados a la ejecución del contrato. La información suministrada no es correcta y es insuficiente o no satisface el nivel de calidad esperado o se desvía de lo solicitado. La puntuación obtenida será la suma de la obtenida en cada uno de los apartados. EN NINGÚN CASO LA OFERTA TÉCNICA CONTENDRÁ INFORMACIÓN PROPIA DE LA OFERTA ECONÓMICA
N. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES (art. 142 LCSP)
☒ NO
O. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
1. PLAZO DE PRESENTACIÓN:
☒ No se prevén plazos distintos de los legalmente establecidos para la presentación
de proposiciones. Los mismos se encuentran indicados en el apartado 14.6 del Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares.
2. FORMA DE PRESENTACIÓN:
☒ TRES SOBRES. Tratándose de un procedimiento abierto, y dado que en la valoración
se atiende tanto a criterios evaluables de forma automática como a criterios sometidos
a un juicio de valor, las proposiciones constarán de tres sobres: “SOBRE A”
(documentación administrativa), “SOBRE B” (documentación relativa a los criterios
dependientes de un juicio de valor), “SOBRE C” (documentación relativa a los criterios
cuantificables automáticamente).
P. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
CLASIFICACIÓN: ☒ NO
1. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA
La solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, se acreditará mediante la
aportación de los documentos a que se refieren los siguientes criterios. En el caso de que
hubiese clasificación sustitutiva, el empresario/a podrá acreditar su solvencia indistintamente
mediante la clasificación señalada anteriormente o mediante los documentos de este apartado
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SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
☒ a) ☐ Volumen anual de negocios
☒ Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles
Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: 93.100,00 € Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil.
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)
☒ a) ☒ Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años (máximo tres, salvo cuando se incremente en orden a garantizar un nivel adecuado de competencia).
Criterio de selección:
☒ Importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a: 93.100,00
☐ Número de servicios o trabajos en el año de mayor ejecución: Haga clic aquí para indicar el nº de servicios o trabajos Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos del código/s CPV. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, este criterio de selección no será aplicable a aquellas empresas que tengan una antigüedad inferior a cinco años. Dichas empresas, como medio alternativo, acreditarán la solvencia técnica por el/los medio/s siguiente/s: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el
empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la
empresa:
Tener implantado un sistema de gestión de la calidad según las Normas UNE-EN ISO
9001. El certificado deberá tener un alcance similar a las actividades objeto de este
pliego o, en su defecto, la actividad genérica de la empresa. El certificado deberá
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estar en vigor y haber sido emitido por la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) o
por un organismo nacional de acreditación si está radicado en otro estado miembro.
Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también se aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 93.2 de la LCSP.
Q. HABILITACIÓN PROFESIONAL O EMPRESARIAL
☒ NO. Sin perjuicio de que cuente con las autorizaciones administrativas habilitantes que
resulten preceptivas para el ejercicio profesional.
R. SUBCONTRATACIÓN
INFORMACIÓN RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN
☒ No se requiere que en la oferta se facilite información respecto de la subcontratación.
S. OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
☒ NO
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD (art. 133.2 LCSP):
☒ 5 años (plazo legal)
T. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
☒ SI. Asimismo, adicionalmente a las establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, la adjudicataria está obligada al cumplimiento de las siguientes condiciones
especiales de ejecución:
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN CON EL CARÁCTER DE OBLIGACIÓN CONTRACTUAL
ESENCIAL A LOS EFECTOS SEÑALADOS EN LA LETRA F) DEL ARTÍCULO 211 LCSP
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☒ Es condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante
todo el periodo de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las
condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre
la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas
trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, en función del convenio del sector
que resulte de aplicación al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa
y representación del personal.
U. OTRAS PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS
☒ NO
V. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
☒ SI. Asimismo, adicionalmente a las establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, se considerarán causas de resolución y extinción del contrato, las siguientes:
☒ El incumplimiento de la obligación esencial de las persona o empresa adjudicataria
de no minorar las condiciones de trabajo (jornada, salario y mejoras sobre legislación
laboral básica), de las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato,
señalado en el apartado T del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
W. FORMA DE PAGO E IDENTIFICACIÓN DE LOS DATOS A INCLUIR EN LA FACTURA
FORMA DE PAGO:
Las facturas se presentarán mensualmente, a mes vencido, por los trabajos realizados en el
mes anterior a la presentación de la factura. Asimismo, al tratarse de un precio a tanto alzado,
el método de cálculo de las facturas mensuales será el resultado de dividir el importe de
adjudicación entre la duración del contrato.
importe adjudicación
Importe factura mensual = _____________________
duración del contrato
(18 meses)
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Las facturas se presentarán por la adjudicataria a través de la plataforma electrónica FACE en
el caso de que el contratista esté en alguno de los supuestos previstos en el artículo 4 de la Ley
25/2013 de 27 de diciembre y deberá ir acompañada de un informe de las actividades
realizadas durante el periodo facturado.
La persona adjudicataria estará obligada a preparar toda la documentación justificativa
necesaria que demuestre que las acciones propuestas en la oferta técnica y en el Pliego de
Prescripciones Técnicas han sido efectivamente realizadas.
Para ello, deberá presentar junto con cada factura mensual, la siguiente documentación:
- Informe mensual de los trabajos realizados con especificación de todas las acciones
realizadas en el marco de este contrato, grado de ejecución del proyecto, incidencias, en su
caso, detectadas y que pudieran alterar la normal ejecución del mismo, indicación de las
reuniones celebradas, de los resultados y entregables, links a documentación, plataformas o
demás soportes que evidencien el desarrollo de los trabajos.
- Informe de la evolución del contrato en la que la persona contratista realizará mensualmente
una evaluación del avance e impacto del contrato de acuerdo al Plan de trabajo establecido y
la propuesta de servicios.
SERVICIO DESTINATARIO QUE DEBE FIGURAR EN LA FACTURA:
OFICINA DE AYUDA TECNICA PARA PROYECTOS EUROPEOS
X. OTRAS CAUSAS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
☒ NO
Y. PLAZO DE GARANTÍA
☒ SI. El plazo de garantía del presente contrato será de:
UN AÑO
Z. OTROS
SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO:
☒ NO
OBSERVACIONES:
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La fecha prevista de inicio del contrato es el 1 de junio de 2021, o desde la formalización del
contrato si es posterior.
En el caso de que no se llegara a formalizar el contrato en la fecha prevista por retrasos en la
tramitación, el órgano de contratación procederá a un reajuste de las anualidades, sin perjuicio
del plazo total de ejecución de 18 meses.