unidad iv el colegio de abogados de costa rica segunda parte

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UNIDAD IV UNIDAD IV EL COLEGIO DE EL COLEGIO DE ABOGADOS DE ABOGADOS DE COSTA RICA COSTA RICA Segunda parte Segunda parte

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Page 1: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

UNIDAD IVUNIDAD IV

EL COLEGIO DE EL COLEGIO DE ABOGADOS DE ABOGADOS DE

COSTA RICACOSTA RICA

Segunda parteSegunda parte

Page 2: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Organización del Colegio de AbogadosOrganización del Colegio de Abogados

La Asamblea GeneralLa Asamblea GeneralArt.16 Habrá cada año una Asamblea o Junta Art.16 Habrá cada año una Asamblea o Junta General Ordinaria del Colegio, para elección de General Ordinaria del Colegio, para elección de

nueva Directiva y,nueva Directiva y, además, las Asambleas además, las Asambleas extraordinarias que la Directiva acuerde.extraordinarias que la Directiva acuerde.

Art. 17 Para que se verifique una Asamblea, es Art. 17 Para que se verifique una Asamblea, es necesaria una convocatoria que se publicará en necesaria una convocatoria que se publicará en

la Gaceta, durante los días consecutivos, y deben la Gaceta, durante los días consecutivos, y deben mediar cinco días hábiles por lo menos entre la mediar cinco días hábiles por lo menos entre la publicaciónpublicación, , el día señalado y expresar el objeto el día señalado y expresar el objeto

de la convocatoria. de la convocatoria.

Page 3: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Junta DirectivaJunta Directiva

Se compone del Se compone del PPresidente, el residente, el VVicepresidente, el icepresidente, el SSecretario, el ecretario, el PProsecretario, el rosecretario, el TTesoreroesorero, , cinco cinco

VVocales el ocales el FFiscal. iscal.

La elección de estos se lleva a cabo el La elección de estos se lleva a cabo el procedimiento de sufragio directo y procedimiento de sufragio directo y

secreto.secreto.

Page 4: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FiscalíaFiscalía

A través de la Fiscalía del Colegio, A través de la Fiscalía del Colegio, tramita las denuncias interpuestas tramita las denuncias interpuestas por los usuarios de los servicios por los usuarios de los servicios profesionales, o bien lo hace de profesionales, o bien lo hace de oficio, contra los abogados y las oficio, contra los abogados y las abogadas que en principio han abogadas que en principio han vulnerado las normas vulnerado las normas reglamentarias.reglamentarias.

Page 5: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Comisiones que apoyan la labor del Comisiones que apoyan la labor del ColegioColegio

Comisión Reforma Poder Judicial: realiza Comisión Reforma Poder Judicial: realiza actividades para analizar y reflexionar sobre el actividades para analizar y reflexionar sobre el mejoramiento de la aplicación de la justicia.mejoramiento de la aplicación de la justicia.

Comisión de Género: vela por la equidad, Comisión de Género: vela por la equidad, igualdad y la no discriminación de géneros.igualdad y la no discriminación de géneros.

Comisión Notarial: revisa y propone reformas al Comisión Notarial: revisa y propone reformas al Código de Aranceles y vela por el adecuado pago Código de Aranceles y vela por el adecuado pago de los honorarios y servicios profesionales.de los honorarios y servicios profesionales.

Page 6: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Comisiones que apoyan la labor del Comisiones que apoyan la labor del ColegioColegio

Comisión RAC: analiza las posibilidades de que Comisión RAC: analiza las posibilidades de que funcione un centro de Resolución Alternativa de funcione un centro de Resolución Alternativa de Conflictos.Conflictos.

Comisión Académica: es la encargada de Comisión Académica: es la encargada de organizar las distinta actividades académicas, organizar las distinta actividades académicas, para el mejoramiento y la actualización de los para el mejoramiento y la actualización de los agremiados.agremiados.

Page 7: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Comisión del Tribunal Electoral: vela Comisión del Tribunal Electoral: vela porque las elecciones sean porque las elecciones sean transparentes, participativas.transparentes, participativas.

Comisión de Asuntos Comisión de Asuntos Internacionales: es la responsable de Internacionales: es la responsable de los contactos y las alianzas que los contactos y las alianzas que realice el Colegio con organismos realice el Colegio con organismos internacionales, y de llevar el control internacionales, y de llevar el control del pago de las cuotas.del pago de las cuotas.

Page 8: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Comisión Competencia Leal y Comisión Competencia Leal y Aranceles: vela por el cumplimiento Aranceles: vela por el cumplimiento del cobro de honorarios oficiales y del cobro de honorarios oficiales y analiza las quejas sobre el cobro de analiza las quejas sobre el cobro de honorarios excesivos.honorarios excesivos.

Comisión Manual de Clasificación y Comisión Manual de Clasificación y Valoración de Puestos: mantiene Valoración de Puestos: mantiene actualizado el manual de puestos del actualizado el manual de puestos del Colegio de Abogados y define la Colegio de Abogados y define la política de Recursos Humanos.política de Recursos Humanos.

Page 9: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Comisión de Finanzas e Inversión: propone Comisión de Finanzas e Inversión: propone políticas financieras a la Junta Directiva y políticas financieras a la Junta Directiva y avala el proyecto presupuestario del avala el proyecto presupuestario del Colegio de Abogados de Costa RicaColegio de Abogados de Costa Rica

Comisión Defensoría del Abogado: Comisión Defensoría del Abogado: investiga y recomienda sobre las investiga y recomienda sobre las denuncias relacionadas con la violación de denuncias relacionadas con la violación de derechos de los abogados en su centro derechos de los abogados en su centro laboral o las instituciones con las que laboral o las instituciones con las que tenga relación su ejercicio profesional.tenga relación su ejercicio profesional.

Page 10: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Comisión Tecnologías: tiene a su Comisión Tecnologías: tiene a su cargo el fortalecimiento y cargo el fortalecimiento y mejoramiento del uso de las mejoramiento del uso de las herramientas tecnologías a lo interno herramientas tecnologías a lo interno y externo del Colegio.y externo del Colegio.

Comisión de Seguridad: vela por la Comisión de Seguridad: vela por la seguridad social de los agremiados y seguridad social de los agremiados y agremiadas.agremiadas.

Page 11: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Departamentos que conforman el Departamentos que conforman el Colegio de AbogadosColegio de Abogados

Departamento Académico: El objetivo principal de Departamento Académico: El objetivo principal de este departamento es contribuir en el avance de la este departamento es contribuir en el avance de la ciencia jurídica, mediante la organización y ciencia jurídica, mediante la organización y desarrollo de actividades de educación continua.desarrollo de actividades de educación continua.

Unidad de Incorporaciones: Fue creada con el Unidad de Incorporaciones: Fue creada con el propósito de ser garante, ante la institución y ante propósito de ser garante, ante la institución y ante la sociedad, de que cada incorporado cumpla los la sociedad, de que cada incorporado cumpla los requisitos de graduación dictados por la requisitos de graduación dictados por la universidad que le otorga el título ante el Consejo universidad que le otorga el título ante el Consejo Nacional de Rectores y el Consejo Nacional de Nacional de Rectores y el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.Enseñanza Superior Universitaria Privada.

Page 12: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Compromisos internacionales que permiten Compromisos internacionales que permiten otras incorporaciones al Colegio de Abogados:otras incorporaciones al Colegio de Abogados:

““Los Estados Parte acuerdan armonizar sus Los Estados Parte acuerdan armonizar sus legislaciones para el libre ejercicio de las legislaciones para el libre ejercicio de las profesiones universitarias en cualquier profesiones universitarias en cualquier país de la región, a efecto de hacer efectiva país de la región, a efecto de hacer efectiva la aplicación del Convenio sobre el la aplicación del Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios, suscrito el 22 Reconocimiento de Estudios, suscrito el 22 de junio de 1962, en la ciudad de San de junio de 1962, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el cual Salvador, República de El Salvador, el cual es de aplicación plena en los Estados es de aplicación plena en los Estados Contratantes de ese Convenio”Contratantes de ese Convenio”

Page 13: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Régimen de seguridad social: Busca Régimen de seguridad social: Busca promover y fortalecer la seguridad promover y fortalecer la seguridad social a través de la constitución de social a través de la constitución de servicios que se sustentan en varias servicios que se sustentan en varias pólizas colectivas con el INS.pólizas colectivas con el INS.

Actividades recreativas y de integración Actividades recreativas y de integración social: El social: El CColegio de Abogados olegio de Abogados considera adecuado el fortalecimiento considera adecuado el fortalecimiento de los espacios deportivos y de de los espacios deportivos y de integración social.integración social.

Page 14: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Órgano Fiscalizador del Colegio

Objetivos: Primero, fiscalizar el ejercicio profesional,

entendido como sancionar cuando las actuaciones así lo amerite y respaldar al agremiado en caso contrario.

Segundo, ser un órgano de referencia coadyuvante en aquellas inquietudes y contradicciones que puedan sobrevenir en el tema de dichas actuaciones y,

Tercero, mantener vivo y dinámico el código deontológico del abogado.

Page 15: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Breve referencia a sus antecedentes históricos En 1920 por iniciativa del Lic. Alejandro Alvarado

Quirós se impulsó la creación de un Tribunal de Honor, para: “solventar cualquier conflicto surgido entre personas del mismo gremio que pudiera ocasionar un duelo, arreglar diferencias profesionales, juzgar los casos e imponer las penas consiguientes cuando se presente queja contra un individuo del Colegio por algún hecho que vaya en desdoro de la profesión, por constituir delitos siquiera procedimiento torcido con apariencias o buena fe, así como el empleo de expresiones hirientes en escritos o alegatos, ya sea contra funcionarios de la justicia, para las partes contrarias o para los colegas”.

Page 16: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

Recorrido por las faltas más frecuentes Inasistencia a las audiencias. Abandono de casos. Prácticas dilatorias. Cobro excesivo de honorarios. Engaño de clientes. No extender constancias de recepción de

dineros y poca claridad en el establecimiento de las profesionales con el cliente.

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FALTAS LEVES (ART. 82 CD)

Art. 13 ANÁLISIS ANTES DE TOMAR UN

CASO O UN PATROCINIO

Art. 16 ASISTIR A LAS AUDIENCIAS Art. 19 PRINCIPIO DE DESINTERÉS Art. 23 RÉGIMEN DE

INCOMPATIBILIDADES

Art. 25 ESCRITURA LEGIBLE

Page 18: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS LEVES (ART. 82 CD)

Art. 26 INFORMACIÓN VERAZ Art. 27 DESEMPEÑO DE CARGO

POLÍTICO Art. 28 LUGAR DIGNO,

DETERMINADO Art. 30 PRINCIPIO DE PUBLICIDAD Art. 31 RECÍPROCA CONFIANZA

Page 19: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS LEVES (ART. 82 CD)

Art. 32 PLENO CONOCIMIENTO Art. 33. SINCERIDAD SOBRE

ASUNTO Art. 34 PRINCIPIO DE DILIGENCIA Art. 36 IMPOSTURAS Art. 40 DISCREPANCIAS (PRINC.

INDEPENDENCIA)

Page 20: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS LEVES (ART. 82 CD)

Art. 45 REMPLAZO Art. 50 RECIBOS O FACTURAS Art. 55 DEVOLVER DOC. O VALORES Art. 57 ABSTENERSE DE ABUSO DE

DERECHO Art. 59 INDEPENDENCIA ANTE

JUECES

Page 21: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS LEVES (ART. 82 CD)

Art. 60 SUJECIÓN ÉTICA Art. 61 PROHIBICIÓN CONVERSACIONES Art. 64 LÍMITES DE COMUNICACIÓN Art. 66 COLABORACIÓN COLEGAS Art. 70 DIGNIDAD PROFESIONAL Art. 72 COLABORACIÓN AL COLEGIO

- NORMATIVA SOBRE LOS HONORARIOS

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FALTAS GRAVES (ART. 83 CD)

Art. 14 PRINCIPIO DE DILIGENCIA Art. 15 MODALES Art. 17 PRINCIPIO DE HONRADEZ Art. 20 PRINCIPIO DE PROBIDAD Art. 21 BENEFICIOS ACADÉMICOS Art. 22 PRINCIPIO DE DIGNIDAD – RAC Art. 29 CLIENTELA DIGNA Art. 35 INSTRUCCIÓN

Page 23: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS GRAVES (ART. 83 CD)

Art. 39 PRINCIPIO DE CELO Art. 43 PRINCIPIO DE SECRETO Art. 46 RÉGIMEN DE RENUNCIA Art. 47 PRINCIPIO DE CUSTODIA Art. 48 ESTIMACIÓN SOBRE HONORARIOS Art. 49 CONTRATO DE CUOTA LITIS Art. 51 ADMINISTRACIÓN SUMAS DINERARIAS Art. 52 LÍMITES DE CUOTA LITIS

Page 24: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS GRAVES (ART. 83 CD)

Art. 53 PRINCIPIO DE DECORO Art. 54 PROHIBICIÓN DE DÁDIVAS Art. 56 RESPONSABILIDAD VALORES Y DOC. Art. 58 RESPETO A LAS AUTORIDADES Art. 62 NO ASESORAMIENTO 1 AÑO Art. 63 FACILITE EVASIÓN Art. 65 PRINCIPIO DE COLEGIALIDAD Art. 67 MÉTODO DE SUSTITUCIÓN Art. 68 COMPETENCIA DESLEAL

Page 25: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

FALTAS GRAVES (ART. 83 CD)

Art. 69 PRINCIPIO DE COLEGIALIDAD Art. 71 INDUCIR A LOS TESTIGOS O PERITOS

PARA MENTIR

B.- AUTENTICACIÓN DE FIRMA FALSA

C.- FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PRIVADO

D.- COBRO EXCESIVO DE HONORARIOS

E.- NO REALIZAR TRABAJO

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FALTAS MUY GRAVES (ART. 84 CD)

A.- INFRACCIÓN A:

Art. 18 PRESTARSE A EJERCICIO ILEGAL Art. 24 EJERCER LOS SUSPENDIDOS Art. 41 VIOLAR EL SECRETO

PROFESIONAL Art. 44 REPRESENTAR CON CONFLICTO

DE INTERESES

B.-COMETER DELITOS DOLOSOS

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FALTAS MUY GRAVES (ART. 84 CD)

C.- EMBRIAGUEZ O TOXOCOMANÍA (DROGRADICCIÓN)

HABITUAL Y PÚBLICA

D.- FALSIFICAR EN TODO O EN PARTE UN DOCUMENTO PÚBLICO

Page 28: UNIDAD IV EL COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA Segunda parte

RÉGIMEN SANCIONATORIO(ART. 85 CD)

A.- FALTAS LEVES: AMONESTACIÓN, APERCIBIMIENTO O SUSPENSIÓN POR TRES MESES

B.- FALTAS GRAVES: SUSPENSIÓN DE TRES MESES A TRES AÑOS

C.- FALTAS MUY GRAVES: SUSPENSIÓN DE TRES AÑOS HASTA DIEZ AÑOS