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Implantación del Decreto 207/2009: Actuación enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA Actividad Formativa: Unidad Didáctica 2 Implantación del Decreto 307/2009: Actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA

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Health & Medicine


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Page 1: Unidad DidáCtica 2

Implantación del Decreto 207/2009:

Actuación enfermeras y enfermeros

en el ámbito de la prestación

farmacéutica del SSPA

Actividad Formativa:

Unidad Didáctica 2

Implantación del Decreto 307/2009: Actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA

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Índice de contenidos:

1. Orden Enfermera de Dispensación del SSPA: Tipos Cumplimentación Manual Cumplimentación Electrónica (DIRAYA- Receta

XXI)2. Farmacovigilancia:

Centro Andaluz de Farmacovigilancia3. Gestión Compartida de la Prestación

Farmacéutica: Evolución y Contexto Actual Uso Racional de Recursos Contextualización en el Modelo de Gestión

Clínica

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1.1. Modelo de Orden Enfermera Modelo de Orden Enfermera

de Dispensación del SSPAde Dispensación del SSPA

Implantación del Decreto 307/2009: Actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA

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Orden enfermera de dispensación del SSPA (cumplimentación manual)

Page 5: Unidad DidáCtica 2

Orden enfermera de dispensación del SSPA (cumplimentación manual)

Page 6: Unidad DidáCtica 2

Otras órdenes de prescripción

Enfermedad o accidente laboral Medicamentos financiados por la

Junta de Andalucía.– Activos: con aportación.– Pensionistas: sin aportación.

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Cumplimentación manualNombre del producto

sanitario o medicamento en principio activo.

Dosis, forma farmacéutica y vía de

administración

Page 8: Unidad DidáCtica 2

Cumplimentación manual

Posología y duración del tratamiento

Page 9: Unidad DidáCtica 2

Cumplimentación manual

Si los datos se consignan a mano, sólo serán necesarios:• Nombre o su inicial y un apellido.• Número de asegurado o NUHSA.• No es dato de consignación obligatoria el año de nacimiento del paciente.

Page 10: Unidad DidáCtica 2

Cumplimentación manual

•Nombre y dos apellidos del enfermero/a.•CNP•Fecha•Firma

Page 11: Unidad DidáCtica 2

Cumplimentación manual

No podrán presentar enmiendas ni tachaduras en la prescripción ni en los datos de la enfermera/a, a no ser que éstas hayan sido salvadas por nueva firma de la enfermera/o

Page 12: Unidad DidáCtica 2

Talonarios

• Los talonarios de órdenes de prescripción son personales y no pueden compartirse.

• La custodia de los talonarios es responsabilidad de profesional prescriptor al que se le asignan.

• Los talonarios no son para uso propio por lo que solo se asignarán a profesionales asistenciales.

• En caso de perdida o desaparición de talonarios debe ponerse denuncia ante la policía y comunicarse al Distrito Sanitario o centro de gasto del que dependa.

• En caso de cambio de centro o cese de actividad del profesional deberán devolverse todos los talonarios asignados en ese centro.

Page 13: Unidad DidáCtica 2

Causas más comunes de devolución

• Recetas en las que se dispensen especialidades, productos o fórmulas magistrales, no incluidos expresamente en la prestación farmacéutica.

• Añadidos, enmiendas o tachaduras:- En la prescripción, fecha de prescripción o en los datos del profesional prescriptor, no salvadas por nueva firma del prescriptor o firma y sello del prescriptor sustituto.- En los datos del paciente, no salvados por la firma del farmacéutico o nueva firma del prescriptor.

• Recetas dispensadas después de 10 días contados a partir del día siguiente a la fecha de prescripción o, en su caso, del visado.

Page 14: Unidad DidáCtica 2

Carencia de datos de consignación obligatoria:• Ausencia de los datos del prescriptor: nombre o inicial, apellidos, nº de identificación, firma y fecha de prescripción. La firma ha de ser original, de forma que no son válidas las firmas a calco de recetas. • Ausencia de los datos del paciente y/o su nº de afiliación. (Si sólo falta uno de ellos puede ser rellenado por el farmacéutico).• Ausencia de los datos básicos de identificación del medicamento (Forma farmacéutica, dosis por unidad, vía de administración y presentación) o producto farmacéutico con más de una presentación, sin diligencia justificativa del farmacéutico.

Causas más comunes de devolución

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Orden de entrega directa

Solo productos sanitarios:

-Entrega en instituciones socio-sanitarias.

-Entrega en centros.

Page 16: Unidad DidáCtica 2

En los casos en que el Sistema Sanitario Público de Andalucía (artículo 4 del Real Decreto 9/1996, de 15 de enero), regule la selección de los efectos y accesorios, su financiación con fondos de la Seguridad Social o fondos estatales afectos a la sanidad y su régimen de suministro y dispensación a pacientes no hospitalizados, tenga establecida la entrega directa a los pacientes, en los centros asistenciales, de productos sanitarios incluidos en su prestación farmacéutica, la orden enfermera de entrega directa de productos sanitarios es el documento oficial que, en los términos y condiciones establecidos en este Decreto, justifica dicha entrega directa para pacientes que tengan derecho a la misma.

Orden de entrega directa

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• En soporte papel, se extenderá en el modelo de uso multiprofesional establecido en el Anexo II de este Decreto, impreso en hojas de papel blanco. Los datos mínimos de consignación obligatoria son los que figuran en dicho modelo.

• En soporte informático, solo será válida si se emite a través del sistema informático que el Sistema Sanitario Público de Andalucía tenga establecido al efecto. Los datos mínimos de consignación obligatoria son los mismos que en el soporte papel más los que el sistema informático requiera para su correcto funcionamiento.

Orden de entrega directa

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Prescripción electrónica: Diraya

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• Los profesionales con perfil de enfermera-enfermero tendrán acceso a un vademecum específico con los medicamentos y productos sanitarios que puedan prescribir.

• Prescripción en Receta XXI• Se va a realizar una formación específica,

tanto para enfermeras como para médicos, que incorporará las últimas modificaciones del módulo de prescripción de Diraya.

Prescripción electrónica: Diraya

Page 20: Unidad DidáCtica 2

2.2. FarmacovigilanciaFarmacovigilancia

Implantación del Decreto 307/2009: Actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA

Page 21: Unidad DidáCtica 2

Farmacovigilancia

Es la actividad de salud pública que tiene por objeto la identificación, cuantificación, evaluación y prevención de los riesgos asociados al uso de los medicamentos una vez comercializados, permitiendo así el seguimiento de los posibles efectos adversos de los medicamentos.

Page 22: Unidad DidáCtica 2

¿Quién tiene que notificar?

Como se establece en la Ley 29/2006 y el Real Decreto 1344/2007, los:– MÉDICOS/AS, – FARMACÉUTICOS/AS, – DENTISTAS, – ENFERMEROS/AS – Y DEMÁS PROFESIONALES SANITARIOS

tienen la obligación de notificar las sospechas de reacción adversa de los medicamentos autorizados, incluidas las de aquellos que se hayan utilizado en condiciones diferentes a las autorizadas.

Page 23: Unidad DidáCtica 2

¿Qué se notifica?

Se debe priorizar la notificación de sospechas de Reacción adversa a medicamento de:

• Todas las reacciones adversas asociadas a medicamentos de reciente comercialización, identificados con (aunque se consideren leves o ya conocidas).

• Para cualquier medicamento:– Reacciones adversas GRAVES o INESPERADAS– Indicaciones nuevas autorizadas, nuevas vías de

administración, nuevas combinaciones, indicaciones para poblaciones diferentes a las habituales.

Page 24: Unidad DidáCtica 2

¿Cómo se notifica?

Se utiliza el formulario oficial de notificación que es la Tarjeta Amarilla, donde se recogen los datos mínimos necesarios para evaluar una posible relación de causalidad entre un medicamento y una Reacción adversa a medicamento: un paciente identificable, uno o varios fármacos sospechosos, una o varias reacciones adversas y un notificador identificable.

Page 25: Unidad DidáCtica 2

Posibilidades de notificación

– Tarjeta amarilla on-line: disponible en la pagina web. Una vez cumplimentada se transmite al Centro Andaluz de Farmacovigilancia mediante una conexión segura.

– Tarjeta amarilla en papel: una vez rellena se envía al Centro Andaluz de Farmacovigilancia, ya que está impresa con franqueo en destino. Si no dispone de tarjetas amarillas puede solicitarlo al Centro por teléfono, fax o correo electrónico. También tiene la posibilidad de imprimir la versión pdf y mandarla por correo postal al apartado de correos del Centro Andaluz de Farmacovigilancia.

Cualquier información relacionada con el paciente o notificador es totalmente

confidencial

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Tarj

eta

am

ari

lla

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www.juntadeandalucia.es/salud/servicios/farmacovigilancia

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Tarj

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am

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n lin

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Page 29: Unidad DidáCtica 2

Los farmacéuticos deberán hacer llegar las alertas sobre

medicamentos a todos los profesionales prescriptores.

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3.3. Gestión Compartida de la Gestión Compartida de la

Prestación FarmacéuticaPrestación Farmacéutica

Implantación del Decreto 307/2009: Actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del SSPA

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Médico EnfermeraDentista

Prestación farmacéutica

CIUDADANÍA

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Objetivo del decreto

Normalizar y dar carácter legal al actual uso de fármacos, efectos, accesorios … por parte de las enfermeras y los enfermeros en AP y AH.

Desde el 1º Plan de Calidad el SSPA se posiciona como una

organización orientada a la ciudadanía

Page 33: Unidad DidáCtica 2

La Prescripción enfermera supone:Beneficio para los pacientes y personas cuidadoras: Aumento de la accesibilidad

Mejora de la continuidad asistencial.

Disminución de la frecuentación.

Respuesta más ágil, cómoda y segura a

las necesidades de los ciudadanos.

Beneficios para el paciente y P Cuidadora

Page 34: Unidad DidáCtica 2

La Prescripción enfermera supone:

Beneficio para las enfermeras/os Corresponsabilidad en el Uso Racional del Corresponsabilidad en el Uso Racional del

Medicamento con otros profesionales del Medicamento con otros profesionales del

EBAP.EBAP.

Mejora de la continuidad asistencial.Mejora de la continuidad asistencial.

Fomento del trabajo en equipo.Fomento del trabajo en equipo.

Desarrollo profesionalDesarrollo profesional

Autonomía.Autonomía.

Beneficios para la enfermera/o

Page 35: Unidad DidáCtica 2

La Prescripción enfermera supone:Beneficio para el Equipo

Eficacia: la prescripción la puede realizar el/la profesional que está más accesible en cada momento.

Seguridad.

Fomento del trabajo en equipo.

Corresponsabilidad en el URM.

Mejora de la continuidad asistencial.

Beneficios para la enfermera/o

Page 36: Unidad DidáCtica 2

Contextualización en el Modelo de G Clínica

El elemento estratégico que garantiza la gestión y un mayor uso racional (si cabe) de los recursos es el de la corresponsabilización de los profesionales implicados

El concepto de corresponsabilidad implica básicamente “responsabilidad sobre lo que se hace”, en nuestro caso decisiones clínicas que suponen la indicación (prescripción/orden enfermera…) de profesionales de distintas disciplinas en el mismo entorno y con objetivos comunes

Modelo de Gestión Clínica

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Bases para la Corresponsabilidad en un Modelo de Gestión Clínica

Participación: Si alguien ha de ser responsable del resultado de decisiones tomadas en condiciones de incertidumbre, ha de poder participar en la definición de lo que se considera “bien hecho y mal hecho”

Información: El/la profesional responsable ha de poder recibir la información necesaria para acotar el nivel de incertidumbre en sus decisiones

Transparencia: Los/as profesionales que se responsabilizan han de tener acceso a la información referente a los resultados de sus decisiones y del conjunto

Page 38: Unidad DidáCtica 2

Bases para la Corresponsabilidad en un Modelo de Gestión Clínica

Operativización: Hacerlo mejor o peor no puede ser indiferente en un entorno de responsabilidad compartida. La asunción de esta responsabilidad debe plasmarse en términos tangibles

Page 39: Unidad DidáCtica 2

Por dónde empezar … Un análisis de la situación

Es necesario hacer un análisis en cada Centro de Salud o Unidad de la situación actual y real de la actuación de las enfermeras/os en el ámbito de la prestación farmacéutica, sobre todo en:– Efectos y accesorios– Indicación y manejo de medicación en curas

(cremas, apósitos … con principio activo)– Indicación sujeta a prescripción/indicación

(vacunas …???)– Manejo de dosis en pacientes crónicos

(entorno de prescripción colaborativa ???)

Page 40: Unidad DidáCtica 2

Por dónde empezar … Un análisis de la situación

Es necesario hacer un análisis en cada Centro de Salud o Unidad de la situación de la reorganización de los cuidados enfermeros en relación a la personalización, accesibilidad y continuidad asistencial:– Sectorización en A Primaria: Atención

domiciliaria, anticoagulación oral … – Personalización de los servicios en el Centro

de Salud: Agendas personalizadas por cupos de población o programas de salud …

– Enfermera referente en A Hospitalaria …

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Evidenciar la actuación enfermera en el ámbito de la prestación farmacéutica

Evidenciar la situación actual y real nos permite evaluar la aportación enfermera en dos líneas:

– El grado de El grado de participación y consecución participación y consecución de objetivosde objetivos de la unidad al respecto de la unidad al respecto (Objetivos planificados)(Objetivos planificados)

– El El grado de eficienciagrado de eficiencia derivada de la derivada de la actuación enfermera en el equipoactuación enfermera en el equipo

Page 42: Unidad DidáCtica 2

El consenso del Equipo

En un entorno de equipo (centro de salud o unidad) no existe la prescripción del

médico/a, del /la dentista o la actuación de la enfermera/o …

Existe un uso racional de los recursos de los que son corresponsables

TODOS Y TODAS

Page 43: Unidad DidáCtica 2

NO es consenso del Equipo

“… a partir de ahora, esto que lo hagan las enfermeras, yo no pienso recetar ni un pañal más …”

“ … que las enfermeras se limiten a lo de siempre y luego ya veremos …”

“ … cada uno haga lo que le parezca … y que se responsabilice luego de ello …”

Page 44: Unidad DidáCtica 2

SI es consenso del Equipo

“… Hemos decidido (el equipo) comenzar por aquello en lo que las enfermeras/os ya realizan por su conocimiento y competencia, es decir, por la actuación en materia de Efectos y Accesorios, al igual que la indicación en material y uso de curas … tanto en el centro como en la atención domiciliaria”

“ … Debemos establecer protocolos consensuados que permitan la actuación de las enfermeras/os en el ámbito colaborativo …”

Page 45: Unidad DidáCtica 2

Para comenzar …

Un punto de partida sería iniciar la implementación del decreto de una manera secuencial y progresiva, teniendo en cuenta en cada caso la micro-organización del centro de salud o unidad:

1. Comenzar con la actuación enfermera en el ámbito de la prestación farmacéutica con los Efectos y Accesorios. Además de todo lo relacionado con las Curas.

2. Seguir con la actuación en relación con los fármacos no sujetos a prescripción médica, estableciendo consensos en el equipo para que no existan contradicciones y formación global (de todo el equipo cuando se estime necesario).

3. Una vez que se hayan definido protocolos de actuación en prestación farmacéutica (en el seno de los PAI, Planes Integrales …) iniciar la actuación en el ámbito colaborativo

Page 46: Unidad DidáCtica 2

Una reflexión …

“… “… No existe una mayor prueba del No existe una mayor prueba del progreso de una civilización que la progreso de una civilización que la del progreso de la colaboración …”del progreso de la colaboración …”

John Stuart MillJohn Stuart Mill