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Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura en Gestión y Administración de PyMES 1
Licenciatura en:
Licenciado en Gestión y administración de pequeñas y medianas empresas
Programa de la asignatura:
Normatividad Fiscal
Clave:
070930830
Universidad Abierta y a Distancia de México
UnADM
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Índice
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME ......................................... 3
Presentación de la unidad .............................................................................................. 3
Propósitos de la unidad .................................................................................................. 3
Competencia específica ................................................................................................. 3
1.1. Federalismo fiscal mexicano ................................................................................... 4
1.1.1. Características del Federalismo ........................................................................... 5
1.1.2. Facultades fiscales de la Federación, Estados y municipios ............................... 10
1.1.3. Comparativo del federalismo fiscal de México con otros países ......................... 11
1.2. Ley de ingresos de la federación ........................................................................... 17
1.2.1. Finanzas públicas, Política fiscal y su efecto en las PyMES ............................... 17
1.2.2. Política del gasto público actual.......................................................................... 21
1.2.3. El presupuesto y la ley de ingresos de la federación .......................................... 23
Actividad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal ..................................................... 26
Actividad 2. Importancia de la recaudación de impuestos en México ........................... 26
1.2.4. Ciclo del contribuyente ....................................................................................... 27
Autoevaluación ............................................................................................................. 29
Evidencia de aprendizaje. Caso práctico: País mágico ................................................ 29
Cierre de la unidad ....................................................................................................... 30
Para saber más ............................................................................................................ 30
Fuentes de consulta ..................................................................................................... 31
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Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
Presentación de la unidad
Bienvenido(a) a la presente asignatura llamada Normatividad Fiscal, se te invita con gran
entusiasmo a tener la experiencia de conocer e identificar la función y aplicación de las
leyes fiscales de México, las cuales representan hoy por hoy el papel fundamental para el
desarrollo y crecimiento del país, así como la importancia que esto representa para el
correcto manejo y operación de las funciones de la PyME.
En esta primera unidad iniciarás con la identificación de los fundamentos de la
Normatividad fiscal en las PyME para el entendimiento de la naturaleza de los mismos,
mediante el reconocimiento del federalismo, las facultades fiscales de la Federación,
Estados y Municipios, las finanzas públicas, política fiscal, presupuesto y la ley de
ingresos de la federación.
Se espera contar con tu empeño e interés en el descubrimiento de esta experiencia de
formación académica y profesional.
Propósitos de la unidad
Al final de la unidad serás capaz de:
Interpretar las características de los fundamentos de la normatividad fiscal.
Reconocer la importancia que representa la recaudación de impuestos en
México.
Reconocer la importancia del ciclo del contribuyente.
Competencia específica
Interpretar la función del federalismo fiscal para comprender el proceso de la recaudación de impuestos a través de la ley de ingresos de la federación.
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1.1. Federalismo fiscal mexicano
Para comenzar con la descripción de este tema se hará referencia a una fábula bastante
común de orígenes georgianos, la cual cuenta que un rey que tenía treinta hijos, al verse
próximo a morir en su lecho les pidió a sus treinta hijos que se presentaran frente a él y
que cada uno de ellos llevará una flecha, en ese contexto el rey les pidió que quebrarán
las flechas una por una y así lo hicieron los obedientes hijos logrando el cometido, del
mismo modo después les pide que las quebrarán todas juntas, dando como resultado que
no se logrará el objetivo. A esto el rey les dice: Hijos míos aprendan de esto, porque la
fuerza de la unidad se da permaneciendo todos juntos, y así el enemigo nos les podrá
hacer daño alguno, pero si se tornan divididos, la victoria estará del lado de su
contrincante. En consecuencia, se mencionará un lema bastante común y muy
probablemente derivado de la fábula descrita: la unión hace la fuerza, ¿cuál es la razón
de mencionar esto?
Una de las principales características del federalismo fiscal es precisamente fortalecer y
mantener apoyado todo un sistema nacional mediante un sistema recaudatorio construido
por el involucramiento de los niveles de gobierno existentes, generando una unión de
intereses y óptica de desarrollo que aseguren el éxito de las metas establecidas para el
crecimiento nacional.
A consecuencia de lo anterior, se deriva la necesidad de varios países de adoptar
sistemas fiscales federales, con la intención de mantener fuertes la obtención de ingresos
que permitan cubrir las necesidades de desarrollo nacional a través de la recaudación de
impuestos con la colaboración de la Federación, Estados y Municipios asegurando con
ello el éxito de desarrollo de los diferentes niveles de gobierno. Por consiguiente, para
entender de manera detallada la función del federalismo fiscal, se dará inicio a la
descripción de las características del federalismo para comprender de manera más
concreta su función e interrelación operativa con las facultades de la Federación Estados
y Municipios. Y terminar por conocer el comparativo del federalismo fiscal de México con
otros países, para entender los fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME.
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1.1.1. Características del Federalismo
El hablar de federalismo es más que hacer referencia al cúmulo de poder de forma
centralizada en un punto de gobierno, debido a que representa un trasfondo más
significativo referente a la estructuración y operación del esquema funcional de un país. Y
para describir de forma más clara se iniciará con la definición de federalismo según Cruz
(2004:3), etimológicamente el origen del vocablo proviene del latín foedus que significa
unión, alianza, pacto, acuerdo, esto con el objetivo de pactar una unión e igualdad entre
los estados para ejercer atributos y obligaciones, mediante el compartimiento del poder
entre los mismos, comprometiéndolos a cumplir con la consigna de que cada uno atienda
sus funciones y atribuciones para ejercer una fortaleza entre todos para la representación
total como nación. Las características que lo describen de forma conjunta según Cruz
(2004:8) son:
a. Un territorio propio, constituido como una unidad por la suma de los territorios de
los Estados miembros.
b. Una población con derechos y obligaciones en relación con la entidad local. Esa
población de los Estados miembros, también tienen derechos y obligaciones
específicos con respecto a éste.
c. Una sola soberanía. El poder supremo es el Estado federal. Los Estados
miembros participan del poder, pero solo dentro de los ámbitos y espacios de su
circunscripción y en las materias y cualidades que la constitución les atribuye.
d. Un gobierno en los tres niveles, el federal, estatal y municipal, con sus facultades
delimitadas por la constitución general.
e. La personalidad del Estado federal es única.
f. El Estado miembro de la federación, goza de autonomía constitucional, y se da a
sí mismo su propia constitución local, que permite determinar su régimen interno,
en armonía con la constitución general.
g. Los Estados participan en la reforma de la constitución general.
h. Los Estados deben de contar con los recursos económicos propios para satisfacer
sus necesidades.
i. El Estado federal posee dos tipos de normas, las que rigen todo el territorio que
las crea el congreso de la Unión y las que rigen a los Estados miembros y las
crean ellos mismos en sus congresos locales.
Todo lo anterior tiene una función correlacionada para formar una unión más perfecta,
equilibrando los derechos de los Estados con las necesidades de un gobierno central,
otorgándole al gobierno federal atribuciones en materia económica, financiera y comercial,
para garantizar el bienestar general.
Si se concibiera una estrategia de unión de fuerzas según los atributos de cada uno de los
Estados de nación y se conjugaran sus bondades particulares para el fortalecimiento
nacional, esto se verá reflejado posteriormente en el impulso de los mismos, mediante
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inversión en el rubro que más apremie su desarrollo e impulso canalizado hacia un
equilibrio de distribución de ello, mediante mecanismos que se abordarán más delante
llamados presupuesto y ley de ingresos de la federación.
Para dar continuidad al contexto del párrafo anterior, se referenciará lo que se conoce
como las facultades fiscales de la Federación, Estados y Municipios, las cuales
representan una función crucial para el desarrollo de sí mismos, por lo tanto, se
comenzará describiendo que es soberanía, y en ese sentido Cruz (2004), menciona, se
comprende que en el orden jurídico mexicano es la facultad originaria del pueblo para
crear, modificar, delegar, abrogar y derogar, los institutos jurídicos integrantes del orden
que a su vez conforman. Representando por sí mismo un poder del pueblo para darse
orden jurídico, modificarlo y en su caso extinguirlo, del mismo modo la suprema corte de
la nación lo adoptó como:
En sentido normativo lo anterior expresa que la competencia es someterse a las reglas
emitidas en virtud de esa facultad, infiriendo que la jurisprudencia propuesta por la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): Las autoridades sólo pueden hacer lo
que la ley les permite (Quinto época, tomo XII, citado por Cruz, 2004); es decir, el Estado
connotado por la soberanía involucra tanto a sus elementos, como a sus niveles en su
ejercicio, mediante las atribuciones conferidas. El pueblo, como titular de esa soberanía,
requiere, por así haberlo establecido de una representación que se encargue de ejercer el
poder, ajustar a su voluntad soberana; lo que es también parte de la función y explicación
del orden jurídico.
Para ilustrar de forma normativa lo anterior se mencionará algunos artículos que ratifica
las SCJN sobre la soberanía a través de los estados, lo cual se referencia en los artículos
40 y 133:
La facultad absoluta de determinar por sí mismo su propia competencia.
El régimen constitucional mexicano es un sistema de gobierno de facultades limitadas.
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De acuerdo con el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Estados que componen la república son libres y soberanos, también lo es
que dicha libertad y soberanía se refiere tan sólo a asuntos concernientes a su régimen
interno, en tanto que no se vulneré el pacto federal. Es decir, según el mismo artículo, los
Estados deben permanecer en unión con la federación de acuerdo a los principios de la
ley fundamental de la propia constitución (Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 2013:3).
Ahora bien, el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece textualmente que: “esta constitución, las leyes del congreso de la unión que
emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que
se lleven a cabo por el Presidente de la Republica con aprobación del senado, serán ley
suprema de toda la unión” (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
2013:106). De tal manera que aunque se diseñen preceptos específicos por los estados
de acuerdo a las razones requeridas por ellos mismos, deben estar alineados a las
disposiciones del código supremo y no a las leyes generadas por el mismo, debido a que
la forma de asegurar una soberanía es mediante un órgano supremo y este lo representa
la carta magna a través de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
Finalmente, si el titular de la soberanía es el pueblo, el concepto permite percibir la
posibilidad de hacer su propio orden jurídico sin más que el límite que sus intereses
formando un consenso, porque éste es el titular de la soberanía.
En consecuencia, todo lo anterior es fundamental para comprender que la soberanía y las
facultades fiscales representan una importante función para el poder tributario y el
cumplimiento de la operación exitosa del estado, debido a que de ello dependen los
recursos e inversión necesaria para el cumplimiento de las necesidades y expectativas de
desarrollo del mismo y los gobernados.
En el momento en que se presta el poder tributario del Estado, es cuando actúa de
manera soberana y a través de leyes de carácter general y abstracto. Determina cuáles
serán los hechos que al ocurrir en la realidad generarán la situación de obligatoriedad del
gobierno para pagarle impuestos, esto también es conocido por la doctrina como el hecho
imponible. (De la Garza, 2000).
Describiendo que estarán sujetos a ciertos principios que deberán contener la equidad,
igualdad y reserva de ley, basados en una estructura fundamentada en facultades
fiscales representadas en Federación, Estados y Municipios, y para comprender
mejor lo anterior se describirán las facultades impositivas de la federación:
El artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción
VII, indica que el Congreso de la Unión tiene facultades para: imponer las contribuciones
necesarias para cubrir el presupuesto. Se tienen las fracciones X y XXIX del mismo
artículo que señalan:
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X. Para legislar en toda la república sobre:
Hidrocarburos
Minería
Industria cinematográfica
Comercio
Juegos
Intermediación y servicios financieros
Energía eléctrica
Energía nuclear
Para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123.
XXIX. Para establecer contribuciones.
1° Sobre comercio exterior;
2° Sobre servicios públicos concesionados o explotados directamente por la federación; y
5° Especiales sobre:
a) Energía eléctrica
b) Producción y consumo de tabacos labrados;
c) Gasolina y otros productos derivados del petróleo;
d) Cerillos y fósforos;
e) Aguamiel y productos de su fermentación ;
f) Explotación forestal, y
g) Producción y consumo de cerveza.
Lo antes descrito son las facultades de la federación otorgadas expresamente por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo 124 constitucional es claro y contundente al señalar: que las funciones, que no
están expresamente atribuidas por esta constitución a los funcionarios federales, se
entienden reservadas a los Estados. Se puede observar claramente, en la redacción de
dicho artículo, que la constitución reservó ciertas materias a favor de la federación y
señalando que los atributos de responsabilidad que no estuvieran expresamente
concedidas a la federación se reservarían a los Estados. Es importante mencionar que no
se prohíbe en ninguna parte a los Estados establecer impuestos.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé como potestad fiscal de
la federación, con las características de la facultad legislativa expresamente concedida en
forma general, lo siguiente:
a) Todas las posibilidades para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el
presupuesto, sin limitación material, de objeto tributario, etcétera.
b) En forma general, sobre: hidrocarburos, minería, industria cinematográfica,
comercio, juegos con apuestas y sorteos, servicio de banca y crédito, energía
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eléctrica y nuclear, para establecer el banco de emisión único en los términos del
artículo 28 y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123, el
comercio exterior, el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales
comprendidos en los párrafos 4 y 5 del artículo 27, instituciones de crédito y
sociedades de seguros, servicios públicos concesionados o explotados
directamente por la federación , energía eléctrica, producción y consumo de
tabacos labrados, gasolina y otros productos derivados del petróleo, cerillos y
fósforos, aguamiel y productos de fermentación, explotación forestal, producción y
consumo de cerveza. Art. 73. ( Fracciones VII, X, XXIX ) Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
La federación tiene potestad fiscal irrestrictiva tratándose de la necesidad de imponer
las contribuciones para cubrir el gasto público federal. Cada una de ellas, debe
guardar una proporcionalidad respecto de la totalidad para permitir la subsistencia del
gobernado. Se trata de una potestad general que abarca todas las especies de
tributos, siempre y cuando este dentro de lo que la propia norma prescribe.
La exclusividad en las materias a que se refiere la fracción X del artículo 73, no se
expresa en materia fiscal. La fracción XXIX del mismo artículo, prescribe
expresamente la potestad tributaria en las diversas materias antes enumeradas. La
fracción XXIX de referencia en el inciso 2 otorga potestad fiscal expresa sobre
aprovechamientos y explotación; son sinónimos y participan de la misma naturaleza
de los conceptos de utilización, beneficios y lucro.
Los criterios que se deducen de la normatividad que contiene las facultades expresas
de la Federación en materia fiscal, para que se distribuya con rigor la potestad y
competencia fiscal de la Federación, Estados y Municipios, responde a los siguientes
principios:
a) Limitaciones a las facultades legislativas de los Estados;
b) Reserva expresa y concreta de atribuciones a la Federación.
Finalmente se puede concluir que la potestad fiscal de las entidades federativas
comprende la competencia que así mismo otorgue por conducto de su congreso local,
siempre que esta competencia se encuentre establecida en la Carta Magna.
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1.1.2. Facultades fiscales de la Federación, Estados y municipios
Continuando con la descripción de la estructura de las facultades fiscales de la
Federación, Estados y Municipios, se dará paso al turno de los Estados, donde estos, en
ningún caso, podrán: gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio;
prohibir y gravar, directa o indirectamente, la entrada a su territorio y salida de mercancía
nacional o extranjera; gravar la circulación y el consumo de efectos nacionales o
extranjeros, con impuestos o derechos cuya extracción se efectué por aduanas locales,
requiera inspección o registro de bultos o exija documentación que acompañe la
mercancía; expedir y mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen
diferencias de impuestos o requisitos por razón de la procedencia de mercancías
nacionales o extranjeras ya sea que estas diferencias se establezcan respecto de la
producción similar de la localidad, o entre producciones semejantes de distinta
procedencia; gravar la producción el acopio o la venta del tabaco en rama, en forma
distinta o cuotas mayores de las que el congreso de la unión autorice (Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1917, Art. 117 y 118, 1917).
Por ser materias de reserva expresa y concreta de atribuciones a la federación, los
Estados tampoco pueden, sin el consentimiento del congreso de la unión: establecer
derechos de tonelaje u otro alguno de puertos e imponer contribuciones o derechos sobre
importaciones o exportaciones.
De la misma forma ahora se describirán las facultades impositivas de los Municipios
para cerrar el ciclo de sostenibilidad fiscal nacional. Donde el Municipio en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos carece de potestad fiscal; tiene derecho de
recibir los ingresos sobre la propiedad inmobiliaria y los servicios públicos que por ley se
le atribuyan, pero no puede establecer dichos impuestos por sí solo, debe de establecerse
por la legislatura del Estado donde se encuentre.
El Municipio únicamente tiene facultades para administrar su hacienda pública y, por tanto
de ser sujeto activo del objeto de la obligación tributaria. Un tributo, establecido mediante
la facultad reglamentaria municipal, estaría afectando la condición de validez que se hace
valer mediante el procedimiento establecido por la constitución para ello.
Finalmente, se puede inferir que las entidades federativa tienen cierta potestad legislativa,
si tiene objetos tributarios aparentemente reservados, porque tal reserva importa
únicamente a las entidades locales no a la federación. En la constitución, la facultad
impositiva sólo se reconoce a la federación y a los Estados; pueden establecer impuestos
para cubrir sus respectivos presupuestos. En esencia se trata de una sola facultad,
atribuida y ejercida por dos ámbitos de competencia: el federal y el local. Por su parte, los
municipios solamente se limitan a auxiliar en el cobro de impuestos.
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1.1.3. Comparativo del federalismo fiscal de México con otros países
Del mismo modo y para dar cierre al presente tema se hará una descripción del
comparativo del federalismo fiscal de México con otros países, complementando lo
presentado en los subtemas anteriores, donde se describió a detalle las facultades
impositivas que construyen el federalismo fiscal mexicano y que es representado y
avalado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Y por consiguiente se iniciará con los Estados Unidos de Norteamérica dando pie a la
descripción de las características que lo conforman, donde la variedad y complejidad de
los sistemas fiscales subcentrales en Estados Unidos sólo es comparable con los de
Suiza. Que en efecto, 43 de los 50 Estados tienen imposición personal sobre la renta, 45
tienen imposición sobre sociedades, 45 tienen imposición general sobre las ventas, todos
sin excepción recaudan tributos sobre gasolina y tabaco. Los tipos varían en un alto
espectro, así como las escalas de gravamen y las bases impositivas. No sorprende en
consecuencia que la competencia fiscal interestatal haya sido una constante histórica, y
que la literatura especializada esté plagada de referencias al respecto, aunque la Advisor
Commission on Intergovernmental Relations (ACIR), como departamento encargado del
estudio de las relaciones intergubernamentales del poder federal y los esquemas
operativos de la nación, llega a la conclusión de que ni las diferencias impositivas
interestatales, ni la competencia fiscal entre Estados vecinos, son problemas importantes
para el desarrollo económico o para el funcionamiento del sistema del federalismo fiscal
estadounidense (Giménez, 1997).
En el federalismo fiscal de ese país, los Estados no tienen una participación importante,
inclusive los gobiernos locales (Municipios) tienen una mayor participación que los propios
Estados. (Musgrave Et. Al., 1992)
Ahora se dará paso a la descripción del sistema fiscal de Alemania, y para iniciar se
presenta la reseña de su sistema de gobierno, el cual se representa en tres niveles,
donde Bund representa al gobierno federal o central, los Lander representan los Estados
o regiones y los Kommunen referencian a los Municipios o gobiernos locales.
Una de las principales características del sistema fiscal en Alemania es sin duda, que los
entes locales recaudan directamente los ingresos utilizados para su funcionamiento
administrativo y presentación de servicios públicos (Giménez ,1997).
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La distribución de rendimientos fiscales entre los diferentes niveles de gobierno se
representa en:
Fuente: Giménez (1997:261,262).
Finalmente se pude resumir que Alemania cuenta con un sistema fiscal adecuado, y se
caracteriza por haber eliminado el desequilibrio fiscal vertical, logrando además una
uniformidad en todo el territorio bajo un marco exclusivo para Lander y Kommunen,
generalizando que los tres niveles de gobierno tienen facultades importantes de la
potestad tributaria: legislación, administración y recaudación.
Del mismo modo, ahora se dará turno a la descripción de Suiza, su sistema político se
fundamenta en la asamblea federal, compuesta por el consejo nacional y el consejo de los
Estados (2 consejeros por cantón (Small territorial district)) (Giménez, 1997).
El perfil del sistema tributario de Suiza se ha encaminado de una manera muy especial ya
que las modificaciones a la legislación fiscal son sometidas a referéndum.
Debido a lo anterior, el sistema impositivo de los cantones se caracteriza por tener una
amplia facultad para legislar y participar en el campo de la imposición sobre la renta, lo
que ha provocado una gran variedad de leyes fiscales. Lo contrario ocurre con el gobierno
federal, mismo que la propia Constitución limita en esta materia.
Y para comprender de forma más clara lo anterior descrito se presentan las principales
fuentes de ingresos fiscales instaurados a nivel federal en Suiza:
Bund o Federal
•Monopolios, Aranceles, Impuestos sobre transacciones de capital, seguros, tributos sobre la letra de cambio (actos jurídicos documentados), levas de capital (Carga del fondo de igualación dedicado a remediar los daños de guerra), todos los impuestos sobre consumo a gran escala salvo el impuesto sobre la cerveza.
Lander o Estados
•Impuestos sobre el patrimonio, el capital, sucesiones, ventas de tierra, vehículos a motor, cerveza, apuestas y loterías, protección frente a incendios y mesas de juego.
Kommunen o Municipios
•Impuesto sobre negocios (básicamente se trata de un impuesto dividido en tres componentes: sobre el capital de los negocios capitales, sobre los beneficios obtenidos, solares e inmuebles (impuesto territorial), sobre locales, consumo (ejemplo: bebidas, diversiones, perros, pesca, etcétera).
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Nivel cantonal
Nivel comunal (Municipales)
Los cantones deciden por si mismos que formas y tipos de impuestos desean imponer.
Aranceles aduaneros
Impuesto sobre el consumo (volúmenes
bruto de las operaciones mercantiles)
Impuesto sobre la renta personal, los beneficios y capital de las empresas
mercantiles, y las ganancias de capital.
Impuestos sobre los ingresos brutos de las
empresas.
Tributos que gravan la expedición de acciones y bonos, las transferencias de títulos y valores, las letras de cambio y otros
documentos comerciales.
Suplementos impositivos o recargos sobre los
impuestos cantonales directos.
Impuestos sobre herencias y donaciones.
Impuesto sobre la propiedad inmueble y
sobre la transmisión de esta última.
Impuesto sobre gastos.
La imposición principal se establece sobre la renta y
la riqueza neta personales, sobre los
beneficios y capital de las empresas.
Ingresos substanciales de la circulación de
automóviles.
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Las transferencias intergubernamentales en el funcionamiento del federalismo fiscal Suizo
se utilizan para la solución de problemas de desequilibrio fiscal. Que finalmente los
objetivos de dichas transferencias significan:
Permitir que los cantones provean niveles similares de servicios públicos, sin que
algunos se vean en la necesidad de recurrir a elevadas cargas fiscales.
Compensar parcialmente las bajas capacidades de obtención de ingresos por
parte de los cantones.
Por último, una de las características principales del sistema federal Suizo son las
múltiples negociaciones que se dan entre el gobierno federal y los gobiernos cantonales a
fin de establecer los porcentajes de participación que se van a aplicar a los cantones.
También, en lo concerniente a la participación de los programas y subprogramas incluidos
en el sistema global de subvenciones, existen negociaciones entre ambos niveles.
Se han hecho mejoras en la legislación tributaria de este país que incluyen la
redistribución de la carga tributaria y el incremento de las tasas impositivas. La base de
las finanzas gubernamentales está sustentada actualmente en un sistema que comprende
la separación de fuentes de ingresos. Tanto el gobierno central, como los cantones y las
comunidades establecen un impuesto directo sobre las personas físicas y jurídicas.
(Giménez ,1997)
Siguiendo con la misma línea, ahora es turno de Argentina, donde las relaciones fiscales
entre los diferentes niveles de gobierno permiten señalar que existe un alto grado de
centralización por parte de la Federación en cuanto al manejo del ingreso y distribución
del gasto público. Los recursos federales son un componente sustancial del
financiamiento provincial alcanzando en los años 1990-1995, aproximadamente el 55%
del total de recursos corrientes. Esta misma dependencia se puede apreciar en los niveles
inferiores, es decir, las transferencias de las provincias a los Municipios. Dichas cesiones
de ingreso se han ido incrementando en forma significativa, puesto que lo que reciben los
Municipios de las provincias representa alrededor del 50% de sus recursos totales.
(Arteaga y López, 1997:148-149)
Por lo que respecta a la política macroeconómica que aplica en Argentina el
endeudamiento público juega un papel importante. En Argentina los gobiernos
subnacionales (Estados), pueden endeudarse en el mercado interno y externo. Para el
endeudamiento municipal es permisivo. Pero al mismo tiempo saben que el 50 % del total
de los ingresos requeridos por las provincias y Municipios lo obtendrán de manera propia
bajo los estatutos que su jurisdicción les marque.
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Ahora observarás el sistema fiscal de Venezuela, el cual para entender mejor su
estructura se presenta la siguiente descripción del sistema de transferencias
intergubernamentales para la aplicación de gasto público:
En suma, el país de Venezuela rige la distribución de los recursos intergubernamentales
como fuentes de financiamiento inclinada hacia el gobierno federal, esto es, los
principales sectores que constituyen un amplio volumen recaudatorio, se encuentran
dentro de la competencia del gobierno central, lo cual representa que el situado
constitucional es un instrumento fundamental de financiamiento de la gestión de los
Estados y Municipios.
Por último, para cerrar la comparativa del federalismo fiscal de México con otros países
se dará turno a Brasil, en este país los Estados gozan de una política favorable en
relación al sistema de endeudamiento. La constitución les autoriza tener acceso al crédito
interno y externo en cualquier de sus formas, como pueden ser de sus bancos, empresas
públicas o directamente.
Debido al incremento tanto de los Estados como de los municipios en materia de crédito,
el gobierno federal ha optado por aprovechar sus facultades para poner límites al
endeudamiento de los demás niveles. Para lograr lo anterior, el senado ahora debe
aprobar caso por caso cualquier solicitud de crédito, además el banco central ha actuado
limitando los créditos que el sistema financiero otorga al sector público.
Gobierno central:
•Política internacional y defensa, inmigración, administración aduanera, estadísticas nacionales, educación nacional y salud pública, justicia, administración de minas e hidrocarburos, ambiente, endeudamiento externo e interno, policía nacional, vivienda e infraestructura, investigaciones científicas.
Estados:
•Salud pública y nutrición, educación, cultura y deporte, protección familiar, ambiente, servicios de empleo y promoción sectorial, vivienda y ejecución de infraestructuras, puertos y aeropuertos.
Municipios:
•Acueductos, cloacas y tratamiento de aguas, distribución de electricidad y agua, protección civil, desarrollo urbano y vivienda, transporte público, parques, plazas y otros sitios de recreación, tránsito de vehículos y personas, mataderos, abastos y mercados, espectáculos públicos y ferias, saneamiento ambiental y aseo urbano, cementerios.
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En la década de los ochenta en forma reiterada se observaba cómo el gobierno federal,
obligado por fungir, como aval, se hacía cargo de la deuda de los Estados, inclusive en la
actualidad todavía se presentan estos casos (Arteaga y López, 1997).
En consecuencia, del endeudamiento de los Estados y Municipios, se ha motivado a la
restricción de facultades para créditos, y por consiguiente de aumentar el endeudamiento
público. A pesar de ello, existen excepciones a normas del senado y a los límites de
préstamo al sector público.
En Brasil no existe por cada nivel de gobierno un tipo de impuesto especializado, esto es,
hay impuestos sobre la propiedad, el patrimonio y bienes, servicios en los gobiernos
federal, estatal y municipal.
Los Estados de Brasil perciben del gobierno federal aproximadamente el 20% de sus
ingresos. Los Municipios reciben las transferencias intergubernamentales a los otros
niveles de gobierno. Lo que representa que las trasferencias intergubernamentales son
cíclicas. (Arteaga y López, 1997)
En resumen, se puede concluir que aunque las facultades y estructura fiscal de los países
en estudio no sean similares o bien en algunos puntos se tornen semejantes, tratan de
encontrar medidas de normatividad fiscal que propicien un equilibrio, que a su vez
generen el desarrollo del presente y ampliación de un mejor futuro mediante la estrategia
de bases tributarias que aseguren la sostenibilidad y manutención de los Estados por
medio de normativas de acuerdo a sus capacidades.
Que finalmente esto viene a formar parte de un elemento que integra un sistema de
desarrollo económico nacional, que se describirá de forma detallada conforme se avance
en el estudio de la asignatura. El siguiente tema a abordar trata precisamente de dar
continuidad a la explicación del funcionamiento de dicho sistema a través de la Ley de
ingresos de la federación.
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1.2. Ley de ingresos de la federación
La ley de ingresos de la federación, tiene fundamento en su formulación y ejecución en
los artículos 25, 26, 73, 74 y 75 de la constitución, los cuales facultan al ejecutivo federal
para preparar y presentar el proyecto de Presupuesto de egresos de la federación
anualmente y con fechas precisas (Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 1917).
Dando como resultado, la necesidad de crear mecanismos bien articulados que permitan
el equilibrio entre obtención de recursos y gasto del mismo, de acuerdo a las necesidades
de desarrollo económico y social, el cual deriva el Plan Nacional de Desarrollo (PND), que
posteriormente a su formulación, el siguiente paso será establecer las formas para
obtener los ingresos necesarios para asegurar su funcionamiento, y es ahí, donde se
presenta la función e importancia de la Ley de ingresos de la Federación, la cual para ser
más precisa su descripción e indispensable aportación a la estructura económica
nacional, se describirá la estructura de su fundamento por medio de la explicación de las
finanzas públicas y la política fiscal en función a la operación de las PyMES. Además del
impulso que le brinda la política de gasto público y el presupuesto en su integración
general. El cual servirá para comprender mejor la descripción de los temas se presentan a
continuación.
1.2.1. Finanzas públicas, Política fiscal y su efecto en las PyMES
Las finanzas públicas, tal vez parezca un tema que atañe a los altos mandos del gobierno
o bien es asunto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público o del Banco de México,
pero en realidad es una cuestión fundamental donde las empresas son los protagonistas,
debido que a través de ellas se constituye la actividad económica del Estado que su vez
funcionan de mecanismo para la generación de empleo, redistribución del ingreso o renta
nacional.
¿Cuál es la importancia de este tema para las PyME de México?
A través de esta, recabarán los recursos financieros de la población mediante impuestos,
los cuales posteriormente serán utilizados en el cumplimiento de sus funciones al servicio
de la sociedad, esto mismo se usa para la redistribución de la renta que perciben los
ciudadanos, en virtud de las actividades que les producen ingresos; de forma concreta
esto significa que entre mayor captación de impuestos mayor ingreso nacional que se
verá reflejado en inversiones estratégicas para el desarrollo económico de la nación,
ahora bien ¿cuál es tu perspectiva de esto?.
Por lo demás, primeramente se iniciará describiendo a las finanzas públicas, las cuales
implican dos procesos: La captación de ingresos, de la cual se encarga la política de
ingresos y a la realización de gastos o egresos que efectúa el Estado, para mantener el
funcionamiento de sus organismos (gastos corrientes), así como para invertir en
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programas de obras públicas y de desarrollo social, o bien, en empresas estatales (gastos
de inversión) (Delgado, 2009).
De este proceso se ocupa la política de gasto público el cual se abordará a detalle más
delante y para dar continuidad a la estructura del funcionamiento de las finanzas públicas,
se hace una explicación más aplicada de esto, y el primer paso a la descripción del mismo
es mediante:
o Captación de ingresos, la cual se realiza a partir de la política de ingresos:
En México, el gobierno federal obtiene recursos financieros (ingresos) a través de la
Secretaria de Hacienda y Crédito Público, cuyas funciones al respecto están señaladas en
el artículo 31 de la ley orgánica de la administración pública federal:
I. Proyectar y calcular los ingresos de la federación, del Distrito Federal y de las
entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público
federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la
administración pública federal.
II. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales, y de las
leyes de ingresos de la federación y del Distrito Federal.
III. Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales escuchando
para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y
administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra secretaría.
IV. Establecer y revisar los precios y las tarifas de los bienes y servicios de la
administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la
secretaria de Economía y con la participación de las dependencias que
corresponda.
V. Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y
aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y
asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
VI. Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la unidad
de apoyo para la inspección fiscal y aduanera.
VII. Representar el interés de la federación en controversias fiscales.
(Ley orgánica de la Administración Pública Federal, 2007.)
Más aún, la política de ingresos también se ejerce mediante los instrumentos llamados:
o Ingresos y egresos del sector público:
Los ingresos tributarios (mejor conocidos como impuestos) son obligados a favor del
Estado que fija la ley con carácter general a los individuos (personas físicas) y a las
empresas (personas morales), para que paguen cierta cantidad de dinero en relación con
determinados actos económicos; por ejemplo: al realizar la compra de un bien de
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consumo, al obtener ingresos por el trabajo, o al generar (las empresas) beneficios
financieros. La vía tributaria en la obtención de ingresos financieros constituye el medio
más adecuado de mantener sanas las finanzas públicas, sin que el Estado se vea
obligado a recurrir al endeudamiento cuando se presente una situación deficitaria.
(Delgado, 2009)
Asimismo, los ingresos tributarios llamados impuestos se clasifican en:
Directos: Gravados directamente de las personas físicas o morales; ejemplo, el impuesto
sobre la renta (ISR), el cual se abordará a detalle en las próximas unidades para su mejor
comprensión.
Indirectos: Los que se recaudan mediante la compra de bienes y servicios, los cuales
indirectamente afectan a los contribuyentes; por ejemplo, el impuesto al valor agregado
(IVA), que de igual forma se explicará más delante para su amplia comprensión en la
unidad llamada Leyes y reglamentos fiscales de México.
Finalmente, las finanzas públicas, reflejan la forma en que se captan e invierten los
recursos nacionales representados por los impuestos, generados por las empresas e
individuos económicamente activos. Y bien, la interrogante valida aquí es ¿Cuál es el
mecanismo que regula y estructura de manera correcta las finanzas públicas para que
tengan sentido y equilibrio nacional?, este se llama Política fiscal.
La Política Fiscal, representa la herramienta que el país utiliza para llevar a cabo el
desarrollo y equilibrio económico nacional mediante la captación e imposición de
impuestos, administrado por un presupuesto, medido por gastos previstos; encabezado
por dos instituciones clave en México, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el
Banco de México. ¿Cuáles son las funciones e interrelación de ambas instituciones en
esto de la Política fiscal nacional?, bien, se empezará por describir los momentos en que
cada una actúa para dar pie a la Política fiscal.
Como bien se sabe las variables y condiciones económicas que dirigen los escenarios
nacionales los rige la Microeconomía, que de forma concreta es la que se encarga de
estudiar, prever e informar sobre las condiciones económicas internas derivadas de las
situaciones y comportamiento económico de un país, que exactamente la dependencia
encargada de realizar esta función es el Banco de México, que de acuerdo a estas
condiciones económicas internas o externas en todo momento se busca regular la
inflación, tipo de cambio y reservas nacionales, mediante mecanismos de funcionamiento
internos llamada Política Monetaria, pero ¿cuál es la relación con la política fiscal que es
la que en verdad interesa?.
Esto es, a través de las situaciones económicas prosperas o desalentadoras, la política
monetaria trata de regular la inflación mediante la cantidad de dinero en circulación;
propiciará las expectativas de desarrollo o equilibrio económico nacional, es decir, si la
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Política Monetaria se torna expansiva, representa, poner dinero en circulación, lo que
generará que las tasas de interés así como la inflación se reduzcan.
Lo anterior induce a un gasto generalizado, permitiendo el flujo de dinero interno, además
de impulsar un dinamismo económico positivo que activa la función de la política fiscal.
Esto es a mayor consumo, mayor captación de impuestos, mediante el gravamen al valor
agregado y beneficia a las empresas por medio de los ingresos de venta, propiciando con
esto una mayor producción interna, también activa lo que se conoce como flujo circular
económico que define lo siguiente:
Si hay ingreso, se da el consumo.
Si hay consumo, las empresas perciben utilidades.
Si las empresas perciben utilidades, mayor es su aportación al fisco.
Si el fisco tiene mayor capacidad tributaria cuenta con más recurso para la distribución de
su gasto público que a su vez funciona como referente para la estructuración del
presupuesto nacional definido mediante la ley de ingresos de la federación.
Activando de esa forma la función vital de la política fiscal, mediante la capacidad de
mantener el gravamen fiscal y la base tributaria nacional, ahora que, si se diera
hipotéticamente un caso contrario a lo anterior descrito, es decir, las condiciones
económicas reflejan no ser alentadoras, una reacción vertiginosa o medida de protección
nacional interna seria llevar a cabo un mecanismo inverso al descrito, desaceleración
económica, representa adoptar una política monetaria restrictiva como medida de
proteccionismo a la situación antes mencionada, en consecuencia, se aumentarían las
tasas de interés generando por inercia el ahorro nacional por la incertidumbre económica,
propiciando a las empresas e inversores prefieran poner su dinero en los bancos mientras
se supera la contracción económica, respaldando de esa manera los niveles de inversión
nacional mediante el resguardando de las reservas de dinero del país, garantizando así la
inversión de las empresas en los bancos nacionales con rendimientos asegurados para
evitar la fuga de capitales, por medio de la estrategia del gobierno del Banco de México
que es aumentar las tasas de interés para salvaguardar la inversión nacional y de esa
forma sobrellevar el ciclo económico mencionado.
Por tanto, la política fiscal ejerce su función tratando de mantener mecanismos tributarios
equilibrados para conservar una base tributaria cautiva, que mantenga los niveles de
recaudación mínimos que permitan sobre llevar las necesidades de desarrollo de los
Estados y la nación, que si bien es cierto, la política fiscal también tiene la capacidad de
establecer o eliminar los tipos de impuestos de acuerdo a la transición económica
nacional, que como se menciona en uno de los temas anteriores, esta cuenta con el
respaldo de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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En conclusión, una descripción técnica y concreta sobre Política fiscal de acuerdo a lo
mencionado en el párrafo anterior, se define como, “un conjunto de medidas relativas al
régimen tributario, gasto público, endeudamiento interno y externo del Estado, a las
operaciones y a la situación financiera de las entidades, organismos autónomos o
paraestatales, por medio de los cuales se determinan el monto y la distribución de la
inversión y el consumo públicos como componentes del gasto nacional, y se influye,
directa e indirectamente, en el monto, la composición de la inversión y consumo privados”.
(Urquizu, 2009:51)
Esta definición se considera de tipo instrumental, en el sentido de que puede ser utilizada
para implementar una variedad de objetivos económicos, según las circunstancias por las
que atraviesa un sistema económico. En este contexto, Urquizu (2009) señala que “la
política fiscal constituye una de las políticas económicas de tipo instrumental”, de forma
que los instrumentos de ingresos y gastos podría, en un momento determinado
coadyuvar, juntamente con otras políticas (monetarias, cambiaria, etcétera), a lograr
alguno o varios de los objetivos”(p. 51), señalados mediante el ejemplo anterior,
funcionando como punto de referencia para la creación de escenarios económicos que
descifren la situación a la cual se enfrentan las PyME.
1.2.2. Política del gasto público actual
Por consiguiente, una vez definida la función de la Política fiscal y el efecto en las PyMES,
se puede inferir que representa el detonante principal para la preparación del gasto
nacional, apoyado por la Política de gasto público actual, marcado por la emisión del
juicio de acuerdo a las condiciones y posibilidades económicas del país para el
establecimiento o eliminación de impuestos que garanticen el desarrollo y operación
nacional, ya determinados se proyecta su captación nacional para dar pie a la preparación
de la Política de gasto público, el cual en México, está respaldado por la Ley de Ingresos
de la federación, que el gobierno emite en diciembre de cada año y que en ella se
establecen las directrices sobre la forma en que se realizará el gasto público, así como la
cantidad que se ejercerá en el transcurso del año siguiente, mediante el presupuesto de
egresos de la federación, aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la
Unión, conforme a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Mexicana, los egresos
del gobierno federal consisten en gastos de capital o de inversión, que se dedican a la
prestación de servicios y a la producción, incluyendo las transferencias a empresas y
organismos sujetos a control presupuestal o administrativo.
Como en la Política de ingresos, la Secretaria de Hacienda es el organismo público
encargado de ejercer el gasto público, en este caso, con base en las siguientes fracciones
del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, este debe:
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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XIV. Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la administración Pública
paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos, y en atención a las
necesidades y políticas del desarrollo nacional.
XV. Formular el programa del gasto público federal y el proyecto de presupuesto de
egresos de la federación y presentarlos a la consideración del presidente de la República.
VXI. Normar, autorizar y evaluar los programas de inversión pública de la administración
pública federal.
XVII. Llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera el control y la evaluación del
ejercicio del gasto público federal y de los programas y presupuestos de egresos, así
como presidir las instancias de coordinación que establezca el Ejecutivo Federal para dar
seguimiento al gasto público y sus resultados (Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, 2007).
Del mismo modo, las dependencias en las que se ejerce el gasto total de la
administración pública federal son:
a) Los tres poderes de la Unión:
Poder Legislativo.
Poder Judicial.
Poder Ejecutivo, incluyendo todas las Secretarías de Estado.
b) Ramos generales:
Aportaciones a seguridad social.
Erogaciones adicionales.
Deuda pública.
Desarrollo regional.
Participaciones a Estados y Municipios.
Erogaciones para saneamiento financiero.
Reconstrucción.
Órganos electorales.
Por lo tanto, se puede concluir que la función de la Política de gasto publico consiste en
programar y proyectar los egresos y cantidades emitidas para el cumplimiento de las
actividades nacionales, regida por la ley orgánica de la administración pública, la cual esta
se representa mediante un presupuesto para su posterior ejecución, el cual se abordará
de en el siguiente tema, para su mejor apreciación.
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1.2.3. El presupuesto y la ley de ingresos de la federación
El presupuesto o también denominado presupuesto federal como es común escucharlo,
comprende la representación de la recaudación y el gasto público del sector público; es
decir, el del propio gobierno federal, de las empresas y el de organismos descentralizados
sujetos a control presupuestal, así como el del resto de las entidades que están bajo
control administrativo.
Los ingresos y los gastos de las empresas así como también las entidades controladas
administrativamente están sujetos a supervisión de las secretarías de Estado y, como en
el caso de las empresas controladas por el presupuesto, se requiere de la aprobación de
la secretaría correspondiente, para que tales empresas u organismos obtengan
financiamiento (Delgado, 2009). Cabe mencionar, que en ambos tipos de entidades pagan
impuestos y constituyen parte de los ingresos del gobierno federal.
Las finanzas de los gobiernos locales y estatales están reguladas por la Constitución
Política de los Estado Unidos Mexicanos, asimismo en esta se establece, que estos no
pueden obtener financiamiento en divisas extranjeras o de gobiernos, corporaciones o
individuos extranjeros.
A continuación se describirá el proceso del desarrollo y estructura del presupuesto, el año
fiscal del gobierno federal corresponde a un año del calendario. El proceso de preparación
consiste en la participación y coordinación, sobre una base general y sectorial, de todas
las secretarias de Estado, así como de las empresas y organismos sujetos a control
presupuestal. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la encargada de
preparar el documento de recaudaciones, donde se establece la cantidad de ingresos que
por ese concepto se espera obtener presupuestalmente durante el siguiente año fiscal.
Las diversas secretarías, a la vez, preparan sus estimaciones de gastos por sus propias
operaciones y para las de todas las empresas o entidades controladas presupuestalmente
bajo su propia jurisdicción.
Después de ser aprobada por ambas Cámaras del Congreso, la iniciativa de ingresos se
convierte en la Ley anual de ingresos de la federación, la cual promociona la autorización
necesaria para recaudar impuestos y contratar préstamos. Por su parte, la Ley de
Egresos de la Federación, al ser aprobada por la Cámara de Diputados, se convierte en el
presupuesto de egresos, que otorga la autorización para la realización del gasto público.
Una vez aprobado el presupuesto de egresos, el presidente de la República puede
autorizar incrementos en gastos durante el año fiscal, como resultado de un aumento en
los ingresos. El presupuesto de egresos también puede especificar, como parte de sí
mismo, el incremento automático de ciertos egresos que no requieran una aprobación
legislativa previa (Delgado, 2009).
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Por último, una vez estructurado oficialmente y autorizado el presupuesto, se da turno al
desarrollo de las partidas que generarán y asegurarán la obtención de los recursos
necesarios para el cumplimiento de lo presupuestado, el cual se aborda dentro de la Ley
de ingresos de la Federación.
Esta ley representa el instrumento recaudatorio principal por excelencia en México, dando
como resultado lo que cada fin de año se lleva a cabo en la cámara de legisladores
nacional, la presentación y publicación oficial de la Ley de ingresos de la federación
vigente a partir del primer día del año siguiente, la cual se publica en el Diario Oficial de la
Federación, describiendo de forma clara los nuevos conceptos que representarán las
tasas impositivas nacionales del próximo año en vigor. Para ejemplificar lo anterior se
tiene que, la estructura arancelaria federal está conformada por el impuesto sobre la renta
(ISR) y, a partir de 2008, también el impuesto empresarial de tasa única (IETU); Ambos se
aplican tanto al ingreso de las personas físicas y morales. Asimismo, la tributación
indirecta se aplica a través del impuesto al valor agregado (IVA) el cual se aplica desde
1980 en México, así como otros tipos de impuestos que a continuación se describen:
Impuesto
A los depósitos en efectivo (IDE).
Sobre producción y servicios (IEPS).
Al comercio exterior, tanto
sobre importaciones
como exportaciones. Sobre erogaciones
por remuneración al trabajo personal
prestado bajo la dirección y
dependencia de un patrón.
Sobre tenencia o uso de vehículos.
Sobre automóviles nuevos.
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Por lo tanto, para mostrar de mejor forma e identificar la función de la ley de ingresos de
la federación en el país, se muestra el siguiente ejemplo de la reforma fiscal del 2008.
En septiembre de 2007 fue aprobada por el Congreso de Unión la iniciativa de reforma
fiscal, enviada por el ejecutivo federal, Felipe Calderón Hinojosa, en junio del mismo año.
En dicha reforma, entro en vigor a partir del 2008, además se eliminó el impuesto sobre
activos, y no hubo modificaciones en el impuesto sobre la renta (ISR), ni en el impuesto al
valor agregado (IVA). Asimismo los impuestos creados en dicha reforma fue el siguiente:
El Impuesto empresarial de tasa única (IETU), fue creado por la reforma del 2008, y
aprobado por la cámara de diputados el 13 de septiembre del 2007, entro en vigor a partir
del 1 de enero del 2008. Este impuesto es complementario al ISR y sustituye al impuesto
sobre activos.
De acuerdo con el sistema de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaria de
Hacienda del Gobierno Federal:
Este impuesto, representa un esquema para eliminar regímenes preferenciales
funcionando como instrumento para evitar la evasión al impuesto sobre la renta. Mediante
el IETU, se ampliará la base tributaria con el objetivo de aumentar los niveles de
recaudación y propiciar una acumulación de la riqueza y el ingreso nacional, con el
objetivo de tener una recaudación equilibrada y justa.
Este tipo de impuesto es de naturaleza empresarial, diseñado con una tasa mínima y
única, representado bajo una amplia base y un mínimo de deducciones: relacionado con
los ingresos gravados. Representando, a un impuesto que está diseñado con el fin de
llevar a los índices de contribución a comportarse de forma progresiva (SAT, 2008).
En conclusión, se puede argumentar que la Ley de ingresos de la federación representa la
pieza angular que direccionará el rumbo del país, por medio de la obtención de los
ingresos nacionales, debido que a través de ellos se cumplirán las metas presupuestadas
de acuerdo a las estrategias establecidas por el gobierno, es por ello, el énfasis sobre la
importancia y naturaleza de los impuestos, debido a representan el sustento, manutención
y desarrollo de un país o regiones, para entender de manera más amplia la naturaleza
que los rige, así como los tipos y clasificación de sí; se abordará en las próximas unidades
tituladas código fiscal de la federación, leyes y reglamentos.
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Actividad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal
En esta actividad elaborarás un organizador gráfico sobre la ley de ingresos con la
finalidad de comprender los mecanismos que articulan la operación eficiente de la Ley
de ingresos de la federación, y para desarrollarlo deberás seguir las instrucciones que a
continuación se presentan:
1. Tomando como base los subtemas finanzas públicas, política fiscal, política de
gasto público y el presupuesto, identifica las funciones y elementos que los
conforman para ser representados a través de un organizador gráfico.
2. Al finalizar guarda tu documento con la siguiente nomenclatura
GNFI_U1_A1_XXYZ y envíalo a tu facilitador(a) mediante la sección de tareas.
Actividad 2. Importancia de la recaudación de impuestos en México
El esta actividad participarás en el foro dando tu opinión sobre la recaudación de
impuestos en México.
1. Entra al foro de discusión y responde la siguiente pregunta:
¿Cuál es la función e interrelación de la recaudación de impuestos con el
desarrollo nacional y su importancia?
2. Revisa las aportaciones y analiza la información recabada por tus compañeros,
comenta al mismo tiempo con ellos tu opinión a fin de retroalimentarse en forma
colaborativa.
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura en Gestión y Administración de PyMES 27
1.2.4. Ciclo del contribuyente
Durante la unidad has aprendido sobre la importancia de los impuestos, la forma de
recaudarlos y su efecto en la estructuración del presupuesto nacional, es tiempo de
identificar, cual es la relación de las PyMES en este proceso y como estas representan un
factor indispensable en la activación del flujo recaudatorio nacional.
Se comenzará describiendo lo que es el ciclo del contribuyente. Es decir, si una
pequeña o mediana empresa inicia operaciones o actividades económicas, las
autoridades fiscales pueden solicitar información o requerir la presentación de
declaraciones o pagos omitidos durante el tiempo en el que se han desarrollado
actividades, en consecuencia, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), invita a
evitar molestias cumpliendo con las obligaciones fiscales en tiempo y forma.
En consecuencia, ahora esto es más fácil, para mantener actualizada la información y
poder presentar las declaraciones sin tener que desplazarte a un módulo de asistencia al
contribuyente, todo lo que se necesita es una computadora y conexión a internet. Por lo
tanto, a continuación se presentan los pasos que hay que seguir y cumplir con el ciclo de
contribuyente:
Al iniciar un negocio, recibir sueldos o algún ingreso, te das de alta hacienda a
través de dos formas: por internet donde capturas los datos y posteriormente
acudes a tu modulo que te corresponde, y personalmente, programando una cita
vía telefónica.
Una vez inscrito deberás mandar hacer tus comprobantes fiscales, los cuales se
entregarán a tus clientes por la percepción de ingreso percibido y que servirá
como comprobante de ingresos de la empresa.
Se deberá llevar registro de las operaciones de la empresa de tal manera que
funcione como sistema control de ingresos y gastos, de forma que apoye al
momento de la presentación de las declaraciones.
Representa un complemento del paso anterior, esto es por qué, aborda de nuevo
las declaraciones y pagos, describiendo las declaraciones provisionales o
definitivas de impuestos federales e informativa de operaciones con terceros.
Finalmente, dentro del apartado de declaraciones y pagos del ciclo del
contribuyente, se instruye sobre las declaraciones anuales, las cuales se integran
en declaraciones del ejercicio de impuestos de federales e informáticas anuales.
Paso 1
Paso 2
Paso 3
Paso 4
Paso 5
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Estas declaraciones son importantes debido a que son datos que proporcionan
información relevante que se relaciona con el cumplimiento de obligaciones
fiscales durante el ejercicio.
Este paso del ciclo del contribuyente, describe la actualización del RFC.
Hace referencia a mantener actualizada la información en el RFC durante el
tiempo en que te encuentres activo desarrollando la(s) actividad(es) que te
genera(n) ingreso(s) es necesario que informes de cualquier cambio relacionado
con la identidad, domicilio y aumento o disminución de obligaciones fiscales, que
hayas manifestado al inscribirte. Al momento de presentar tus avisos de cambio de
situación fiscal por Internet, obtendrás respuesta de manera inmediata.
En este, reitera que eres un contribuyente cumplido dándote las gracias por
colaborar con México, recordándote que los pasos del 2 al 5 se repiten
periódicamente y que hay que estar consultando operaciones y transacciones
realizadas en el Expediente Integral del Contribuyente (requiere de Firma
Electrónica Avanzada).
Por último, en este paso es fundamental para las empresas que por alguna razón
ya no sigan operaciones o interrumpirán su funcionamiento, o sea la suspensión
en el RFC., esto es, por algún motivo se deja de realizar las actividades en las que
estas inscrito en el RFC, por ejemplo, dejar de trabajar o cerrar un negocio; es
importante presentar aviso a la suspensión de actividades, de esta manera no
tendrás que presentar declaraciones por los meses en que estés inactivo.
Una de las peguntas recurrentes en este paso es ¿Qué pasa si no presentas tu
aviso de suspensión de actividades?, lo más común es recibir notificaciones a
través de boletines personalizados al domicilio de la empresa para atender los
incidentes y en casos más drásticos sanciones económicas mediante multas o
bien embargos por parte del SAT (Servicio de Administración Tributaria).
Si en algún momento suspendes actividades por alguna razón o reinicias
actividades, debes presentar un aviso, ya que clave no se elimina del Registro
Federal de Contribuyentes.
Paso 6
Paso 7
Paso 8
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Autoevaluación
Una vez finalizada la Unidad 1, realiza la autoevaluación correspondiente a los temas que has revisado durante este curso. No olvides leer con atención las preguntas para seleccionar la respuesta adecuada.
Para realizarla, entra al aula y da clic en Autoevaluación.
Evidencia de aprendizaje. Caso práctico: País mágico
En el desarrollo de esta actividad pondrás a prueba todos los conocimientos adquiridos
sobre función de la normatividad fiscal mediante la interrelación del federalismo fiscal y
la ley de ingresos de la federación. Y para dar inicio a esta deberás seguir los pasos que
se presentan:
1. Descarga el archivo “País Mágico”, lee con atención e identifica las funciones y
características que describen su normatividad fiscal.
2. Contesta lo que se te solicita de acuerdo a lo establecido.
3. Al finalizar guarda tu documento con la siguiente nomenclatura
GNFI_U1_EA_XXYZ, envíalo a tu facilitador(a) y espera retroalimentación.
Autorreflexión
Recuerda que debes hacer tu Autorreflexión al terminar la autoevaluación. Para ello,
ingresa al foro de Preguntas de Autorreflexión y consulta las preguntas de tu facilitador(a)
formule. A partir de ellas, debes elaborar tu Autorreflexión en un archivo de texto llamado
GNFI_ATR_U#_XXYZ. Tu archivo lo deberás enviar mediante la herramienta
“Autorreflexiones”.
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
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Cierre de la unidad
Finalmente, se puede concluir con el reconocimiento e importancia que representa la
implantación de sistemas fiscales como medida de sostenimiento y desarrollo de la
federación, Estados y Municipios, y la figura básica que representan la ley de ingresos de
la federación como medio regulatorio para la inversión de los recursos recaudados por
medio del presupuesto, gasto público y la política fiscal, además del papel fundamental
que juegan las PyMES en este proceso nacional.
Es por ello, que se torna fundamental la identificación de las características que describen
la función de los anteriores temas para la comprensión de la normatividad fiscal en México
y así poder comprender las medidas y naturaleza de los medios que se usan para su
regulación y actualización. Los cuáles serán abordados en los siguientes temas mediante
el Código Fiscal de la Federación y las leyes y reglamentos.
Para saber más
Para ampliar la perspectiva sobre las facultades de la federación, consulta la lectura
Federalismos fiscal mexicano del autor Enrique Cruz Covarrubias que se encuentra en
“Material de apoyo”. Revisa los apartados de:
Evolución de las facultades exclusivas de la federación, de la página 88 y 89.
Impuestos a los que han renunciado los Estados con la creación de la ley de
coordinación fiscal, de la página 95 y 96.
Distribución Constitucional de Competencias para Decretar Impuestos, de la
página 104 a la 125.
Para comprender de forma más detallada el proceso de seguimiento del cicló del
contribuyente, deberás consultar la siguiente dirección electrónica:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/plataforma/132_8550.html
Unidad 1. Fundamentos de la normatividad fiscal en las PyME
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura en Gestión y Administración de PyMES 31
Fuentes de consulta
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Australia, Canadá, E.U.A. y Suiza en Revista INDETEC, año 18, Número 58,
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Musgrave B. Et. Al. (1992). Hacienda Pública. México. Editorial Mc Graw Hill
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