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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Ingresar a COI
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Seleccionar período
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Seleccionar período
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Seguir la siguiente ruta
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Seleccionar la póliza que corresponda
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Cerciorarse que es el mes seleccionado y agregar
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Verificar o Capturar correctamente los datos y ENTER
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
El sistema pedirá los datos del comprobante
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CP Víctor H Castañeda
El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Seleccionar y abrir
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El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
El sistema atrae los datos (verificar y aceptar)
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El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
Habiendo capturado y verificado el cuadre guardar la póliza
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El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
El sistema limpia y prepara la siguiente póliza
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El registro contable conforme a la nueva normatividad fiscal
En el concentrado de pólizas se puede visualizar la que capturamos así como su detalle
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
• 28–I CFF
• 33-VIII RCFF
Es parte de la Contabilidad
Requisito para deducir (LISR 27-III)
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
Es requisito del registro contable (33 B – III RCFF)
Permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus
características, relacionándolas con los folios asignados a los
comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria
Los registros o asientos contables deberán:
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
También es requisito en el caso del registro contable de las inversiones (33 B – IV RCFF)
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
También es requisito relacionarlo en el caso del registro contable de las inversiones (33 B –
IV RCFF)
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CP Víctor H Castañeda
La importancia del CFDI y su relación con los registros
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
COI7R2 trae consigo una herramienta para validar los CFDI
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
El acceso es por esta vía (La primera vez se sugiere configurar)
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CP Víctor H Castañeda
La importancia del CFDI y su relación con los registros
Indicar la carpeta donde almacena las CFDI (modificable cada vez que sea necesario)
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La importancia del CFDI y su relación con los registros
El proceso de consulta es por la misma vía
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CP Víctor H Castañeda
La importancia del CFDI y su relación con los registros
Se añade, selecciona y se valida:
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Para generar el Catálogo
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Generación de archivos
Seleccionar período y click en el botón XML (el proceso que sigue ya fue analizado)
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Para generar la balanza
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Seleccionar período y generar
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Indicar lugar para guardar (El nombre trae la nomenclatura exigida por el SAT)
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
El sistema ha generado el archivo
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Este es el archivo generado
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
El archivo se comprime y queda listo para su envío
CAPV711213BB1201407BN.zip
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Para generar pólizas
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Generación de archivos
Se puede configurar la información del archivo de salida sin perder de vista el mes
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Seleccionar los parámetros requeridos
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Seleccionado los parámetros click en el botón XML
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
El sistema pregunta el lugar de almacenamiento
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
El sistema ha generado el archivo
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
Este es el archivo generado
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CP Víctor H Castañeda
Generación de archivos
El archivo se comprime y queda listo para su envío
CAPV711213BB1201407PL.zip
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CP Víctor H Castañeda
El empaquetado para envío
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El empaquetado para envío
21. ¿Cómo se nombrarían los archivos que se tienen que entregar?
Deberá contener:- El RFC (Personas Morales 12 posiciones y Personas
Físicas 13 posiciones)- Año (Año al que corresponde la información) - Mes (Mes al que corresponde la información)
- Identificador (CT= CATÁLOGO DE CUENTAS, PL= - PÓLIZAS, BN=BALANZA DE COMPROBACIÓN NORMAL,
BC= BALANZA DE COMPROBACIÓN COMPLEMENTARIA)- Conversión a XML (.xml)
- Compresión (zip)
COI7R2 genera los archivos con estos requisitos
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El empaquetado para envío
COI7R2 genera los archivos con estos requisitos
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Estados Financieros y su importancia de prepararlos
VI. Formular los estados de posición financiera, de
resultados, de variaciones en el capital contable, de origen y aplicación de recursos, así
como las balanzas de comprobación, incluyendo las cuentas de orden y las notas
a dichos estados;
B. Los registros o asientos contables
deberán:
Para los efectos del artículo 28, fracciones I y II del Código, se estará a lo siguiente:
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Estados Financieros y su importancia de prepararlos
Ruta para generar desde COI (El sistema permite diseñar y crear nuevos)
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Uso de Buzón Tributario para enviar
¿Cuál es el medio de envío de los archivos relativos de la contabilidad electrónica?
La entrega de la información será a través del Buzón Tributario, dentro el cual existirá un apartado de Contabilidad Electrónica
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Los contribuyentes que se encuentren en zonas donde no puedan acceder a los servicios de Internet, o bien, en el caso de que el tamaño del archivo no permita enviarlo por este medio, los contribuyentes entregarán la información a que se refiere la presente regla en la ALSC adscrita a la circunscripción territorial de su domicilio fiscal, a través de medios electrónicos tales como discos compactos, DVD o memorias flash, en los plazos señalados anteriormente.
Excepción
2MRMF2014 I.2.8.7
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Uso de Buzón Tributario para enviar
•Artículo 17-K. Las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes tendrán asignado un buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, a través del cual:
17 K CFF
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Autoridad Fiscal Notifica
•Acto o resolución administrativa que emita digitalmente, incluyendo los recurridosContribuyent
e Presenta
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Autoridad fiscal envía
Dentro de 3 DH
siguientes
Contribuyente ingresa a
Buzón tributario
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Art 134 CFF.- Deberán cumplir con requisitos de 17D, 38 de CFF, dentro de otros:
Contener firma digital del autor
Fundado y motivado
Funcionario competente
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Se tomará el uso horario del Tiempo del Centro
RMF2014 II.2.8.3
Las realizadas en día – hora inhábil se consideran practicadas al DH siguiente
RMF2014 II.2.8.7
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Uso de Buzón Tributario para enviar
En documentación cuya presentación se deba realizar dentro de un plazo legal, se considerarán hábiles las
veinticuatro horas correspondientes al día de vencimiento, el horario de recepción será de las 00:00 a las
23:59 horas.
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Manual de Operación
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Marco Jurídico Referencia
CFF 17-K (18 2do Párrafo)
RCFF 7 Fracc I,
RMF I.2.2.5., Transitorio Vigésimo Quinto
Tipo - Contribuyentes Inicia Operaciones
P Morales 30 de junio de 2014
P Físicas 1 de enero de 2015
Vigencia
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Uso de Buzón Tributario para enviar
Para el envío, ingresar a Buzón Tributario:•Seleccionar Contabilidad electrónica.•Seleccionar el tipo de información y archivo que se enviará junto con los datos generales relacionados.•Enviar con la firma electrónica.•Si el envío es exitoso se genera un acuse de recepción. En cambio, cuando los archivos tienen errores informáticos, se genera un aviso a través del Buzón Tributario para que, dentro de los tres días hábiles siguientes, se corrija esa situación y se envíe nuevamente.
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Conclusiones
El envío de la Contabilidad al SAT es un hecho y deberá realizarse conforme al siguiente calendario: (2y3MRMF2014 Reglas I.2.8.6 y I.2.8.7)
Para los efectos del artículo 28, fracción IV del CFF, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, excepto aquellos que registren sus operaciones en la herramienta electrónica “Mis
cuentas”, deberán enviar a través del Buzón Tributario conforme a la siguiente periodicidad:
I. El catálogo de cuentas como se establece en la regla I.2.8.6.,
fracción I o segundo párrafo, según corresponda, por única vez en el
primer envío y cada vez que dicho catálogo sea modificado.
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Conclusiones
II. De forma mensual, en el mes inmediato posterior al que correspondan los datos, los archivos relativos a la regla I.2.8.6., fracción II o segundo párrafo, según corresponda, conforme a lo siguiente:
Tipo de contribuyente Plazo de envío
Personas morales A más tardar el día 25 del mes inmediato posterior
Personas físicas A más tardar el día 27 del mes inmediato posterior
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Conclusiones
III. El archivo correspondiente a la información del cierre del ejercicio, en la que se incluyen los ajustes para efectos fiscales:
Tipo de contribuyente Plazo de envío
Personas morales A más tardar el día 20 de abril del ejercicio inmediato posterior
Personas físicas A más tardar el día 22 de mayo del ejercicio inmediato posterior
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Conclusiones
En caso de que los archivos contengan errores informáticos, se enviará por parte de la autoridad un aviso a través del Buzón Tributario para que, dentro del plazo de 3 días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación del referido aviso, el contribuyente corrija dicha situación y los envíe. En caso de no enviar los archivos corregidos dentro del citado plazo, se tendrán por no presentados.
En caso de que el contribuyente modifique posteriormente los archivos ya enviados, se efectuará la sustitución de éstos, a través del envío de los nuevos archivos, lo cual se deberá realizar dentro de los 3 días hábiles posteriores a cuando tenga lugar la modificación de la información por parte del contribuyente.
Los contribuyentes que se encuentren en zonas donde no puedan acceder a los servicios de Internet, o bien, en el caso de que el tamaño del archivo no permita enviarlo por este medio, los contribuyentes entregarán la información a que se refiere la presente regla en la ALSC adscrita a la circunscripción territorial de su domicilio fiscal, a través de medios electrónicos tales como discos compactos, DVD o memorias flash, en los plazos señalados anteriormente.
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Conclusiones
Cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos a requerimiento de la autoridad
I.2.8.8
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Conclusiones
Para los efectos de lo previsto en el artículo 30-A del CFF, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, excepto aquellos que registren sus operaciones en la herramienta electrónica “Mis cuentas”, cuando les sea requerida la información contable sobre sus pólizas dentro del ejercicio de facultades de comprobación a que se refieren los artículos 22, noveno párrafo y 42, fracciones II, III, IV o IX del CFF, o cuando ésta se solicite como requisito en la presentación de solicitudes de devolución o compensación, información que deberá estar relacionada a estas mismas, que se apliquen de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 ó 23 del CFF respectivamente, o se requiera en términos del artículo 22, sexto párrafo del CFF, el contribuyente estará obligado a entregar a la autoridad fiscal el archivo electrónico conforme a lo establecido en la regla I.2.8.6., fracción III, así como el acuse o acuses de recepción correspondientes a la entrega de la información establecida en las fracciones I y II o segundo párrafo de la misma regla, según corresponda, referentes al mismo periodo.
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Conclusiones
Cuando se compensen saldos a favor de periodos anteriores, además del archivo de las pólizas del periodo que se compensa, se entregará por única vez, el que corresponda al periodo en que se haya originado y declarado el saldo a favor a compensar, siempre que se trate del mes de julio de 2014 o de meses subsecuentes y hasta que se termine de compensar el saldo remanente correspondiente a dicho periodo o éste se solicite en devolución.
En caso de que el contribuyente no cuente con el acuse o acuses de entrega de información de la regla I.2.8.6., fracciones I y II o segundo párrafo, deberá entregarla por medio del Buzón Tributario.
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Conclusiones
Transitori
o
•Décimo Tercero
Lo dispuesto en las reglas I.2.8.7. y I.2.8.8., resultará aplicable para las personas morales a partir del mes de julio de 2014; no obstante lo anterior, la información a que se refiere la regla I.2.8.7., fracción II o segundo párrafo, según corresponda, referente a los meses de julio a diciembre del 2014, se deberá enviar en los siguientes términos:
Balanza de comprobación del mes de: Mes de entrega:
Julio Enero 2015
Agosto Enero 2015
Septiembre y Octubre Enero 2015
Noviembre y Diciembre Enero 2015
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Conclusiones
Para los efectos de la regla I.2.8.6., fracción I y segundo párrafo , la información deberá ser entregada a la autoridad en el mes de febrero de 2015, para personas morales y para personas físicas, respectivamente.
Asimismo, las autoridades fiscales, para los efectos de los artículos 22 y 23 del CFF y en el ejercicio de facultades de comprobación de conformidad con el artículo 42 del CFF, solicitarán la información contable de las pólizas sólo a partir y respecto de la información generada en el periodo o ejercicio 2015.La información referente a las balanzas de comprobación correspondiente a los meses del ejercicio 2015, deberá ser enviada por las personas físicas y morales conforme a los plazos establecidos en la regla I.2.8.7.”
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CP Víctor H Castañeda
Conclusiones
Hemos mostrado el procedimiento para cumplir utilizando la plataforma COI en su versión 7 Reinstalable 2
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La firma que capacita a más Contadores Públicos en México
CP Víctor H Castañeda
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CP Víctor H Castañeda [email protected]
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