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UBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL
·~-·====-
LA GACETA DIARIO OFICJAL
Director: CLIFFORD (~. HOOKER y REYES
Administrador: Sra. Mitiarn I..ópez H.
':-'eléfono 2-3791 impr .. 111:, .\-·
==•==~~==~~~=
.A.:RO LXXXH \'¡¡ Managua, D.N., Martes 12 de Septiembre de 1978 11 No. 206
"-"====="========="=====~=-=~····0=11 ==== s u M A R 1 o "'1NtSTE&IO DE ECONOMtA.
,l·:· .. ·
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDA y CREDITO PUBLICO
Nómbra.se a Dr. Wilfre.do Navarro M. Flscal Específico y Abogado del Cobro de Impuestos Fiscales
Franquicias y Privilegios a Firma "Shell Nicaragua, S. A.
ClaSifícase a F'irma Análisis y Sistemas. s. A. cerno Industria Nueva del Gru
po "A"
Franquicias y Privilegios a Firma Néstor López, S. A.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLIC&
Extiéndese Título de Contador Público a Sr. Rafael A. Manzanares M.
Reconóce.se Válido e Incorpórase Titulo de Licenciado en Derecho Obtenido por Sr. Luis I<~. Jiménez J.
Extiéndese T; '. u1o de Licenciado en Administración de Empresas a Sr. Francisco S. Valladares M.
MINISTERIO DEL TRABAJO
Páy.
2905
2906
2908
2910
2911
2912
2912
lNUUSTRIA Y COME1lCIO
útórgase a "Booth Nicaragua, S. A." Licencia de Explotación de Pesca Comercial
Seccién de Patentes de Nicaragua
11-'larcas de Fábricas Renovaciones de 1'.'Iarcas Obtenciones de Patentes
SECCJON JUDICIAL
Rtmate.s Títulos Supletorios
Arriendos <le Terrenos Ejidales
Solicitud de Adopción de. Menor Marisela del Carmen I{irkland
S-0licitudes de Reposiciones de Certificados de Jnversiones Nicaragüense de Dr.sarrollo, S. A. {INDESA)
Solicitud de_ Reposición de Títulos de Financiera de Occidente, S. A. ( FI~ DOSAJ
Solicitud de Cancelación de Contrato de Certificado de Ahorro de Financiera de la Vivienda
Sentenc·1as de Divorcio
Df'clartoríss de I-Ierederos
Pó.y.
2914
2915 2915 2915
2916 2917 2919
2919
2919
2920
2920
2920 2920
Apruébanse Contratos de Préstamos de Cooperativas "La Moderna, R. L." de Matiguá.s y Coop·erativa Masatepe de Masa ya
Indice ele "I,,a Gaceta" (continúa)
2913 , Indicador de "La Gaceta" 2920 292-0
PODER EJECUTIVO
Mi~isterio de Hacienda y é:r~Clito Público ---. --~. ~==' ' -- ··- - -==--·-- ======== NOMBP.ASE A DR. W!LFREDO NAVARRO M.
FISCAL ESPECIFICO Y ABOGADO DEL COBRO DE IMPUESTOS FISCA!.ES
Reg N' 6654 - R/F 248965 - OC 105.00
"Nº 193.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, en uso de sus facultades,
Acuerda: . Primero: Nombrar a partir del 18 de julio de i978, al Doctor WILFREDO NAVARRO MOR~IRA, Fiscal Especifico y Abogado Encargado del Cobro de Impuestos Fiscales en toda fa Reoública.
. Scgu'1c:o: El nombrado actuará conforme 1 ns,tr~cciones del /v\inísi"erio de 1-lacienda y Credno Públíco y la Dirección General de In~ gresos, así mismo como tendrá !e reorcsentación Juc!:ciol o Extra-Judicial que le e~comien-
de esp\;cíficamente dicho Minísterio y tendrá facultar:Jes para ejecutar !as obligacíones que diferentes deudores hubieren firmado a favor del !=isco, ya sean en Escritures Públicas
o Pagarés.
T?icero: Los honorarios de! Doctor NAVARRO MOREIRA, por su labores como tal
v sus relaciones con el Gobierno en razón de las funciones que se le confiere por este Acuerdo, serán reqic\os de acuerdo a !as cláusulas del Contrato cr,lebrado entre él v este
;\l\inistcrio, en forma simiiar a los otros Abogndos Contra~antcs. Este gasto se imputará J le Partida 05·04-l.Q0-14-52 S. P. lmposici5r. y Cobro de Rentas, 11-02 SERV!C10S
PE"::SO~..J.A.LES. 017 :-Jonorarios e Base de Co~ n~1isléi;. 0171 Honcr.;;;·ios a Colectores Ce Im
puestos y Servicios, de! Presupuesto Gen'eral de gostos en vigencia.
• 2906 LA. GA.CETA-DIARIO OFICIAL
Pub/íquese y Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, D. N., a Jos veinticinco días del mes de julio de rnil novecientos setenta y ocho. - (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) Samoel Ge.. nie A., Ministro de Hacienda y C. P.".
FRANQUICIAS Y PRIVILEGIOS A FIRMA "SHELL NICARAGUA, S. A."
Reg. Ne 6574 - R/F 248706 - @: 556.00 Decreto N<? 67.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, Vistos:
Primero: La solicitud presentada por la firma "SHELL NICARAGUA, S. A.", para que, de conformidad con el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo fndustrial se clasifique y equípare su planta lndustríal que instalará en la ciudad de Managua, la que se dedicará a la producción de aceites industriales, aceite para motores, grasas para plantas industriales, grasas para motores.
Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiva de Desarrollo Industrial en sesión ordinaria celebrada a los dieciséis días del mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho, según Acta N"' cinco de /a misma fecha por medio del que recomienda: "Clasificar a la en1presa solicitante como Industria Existente del Grupo "B", equiparada en todos los benefícios con su similar ESSO STANDAR OIL, S. A. LIMITED, clasificada como Jndustria Nueva del Grupo "8", según Decreto N? 116 del 9 de septiembre de 1977, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial N? 215 del 23 de septiembre de 1977, de conformidad con los Artos. 4, 5, 7 y 17 del Convenio.
Tercero: La Resolución N'? 9-"C-2", dic-tada por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio el 14 de junio de 1978, en la que se determina la clasificación y equiparación recomendada.
Cuarto: dio de la minos de
La comunicación escrita por mecual el interesado acepta los térdicha Resolución.
Considerando: Que se trata de una planta que producirá
bienes de consumo utilizando un 84 % de materia prima de fuera del área centroamericana.
Que su proceso productivo implicará la elaboración de artículos que sustituirán importaciones, generando con ello beneficio positivo en Ja Balanza de Pagos del país.
Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y con
fundamento en el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarra!lo Industrial, Arto. 4, 5, 7 y 17.
Decreta: Primero: Clasíficar a la firma "SHELL
NICARAGUA, S. A.", que se dedicará a la
producción de: aceites industriales, acei para motores, 9rasas para plantas ind triales, grasas para motores, como lnd tria Existente del Grupo "B", otorgándose los siguientes b·eneficios fiscales median ap!icación d-:; las disposiciones equlparativ pertinentes: a) Exención de derechos de aduana y
más gravámenes conexos, incluyendo 1 derechos consulares, con iniciación s gún lo estipulado en el Arto. 19 d Convenio, sobre la importación de 1 siguiente maquinaria y equípo:
Maqui11ar1a y Equipo
Bombas operadas eléctricamente o por aire Medidores para Aceites Compresores de aire Equipo de calentamiento Filtros coladores para aceites, agua, v:ipor y aire Agitadores operados por motores c!éc;:ric-os Elevadores operados por el eléc-tricidad Balanzas mecánicas y eltXtromecánic:i~ Dispositivos para medir y muestrear Esferas de caucho para limpiar tuberías y sus aparato~ detectores p¡~~OÍ<>.S y pitos para !lena y enrrega de líquidos Enfriadores par;i agua (hidrantes) Equipo mecánico para manejo de tambores y cajas, incluyendo transportadores de bandas E.quipo de mor.fa-cargas Transformadores Reosratos para arranques y control de motores eléctricos Mangueras para aceites, aire y aguas y sus accesorios Accesorios internos y externos pata tanques incluyendo manboles, ventilas y respiraderos Vidrios visores, indicadores de flujo y sensores de flujo para tuberías
Maquinarfa y Equipo
Materiales para protección contra la corrosión, incluyendo cintas para enrollar en tuberías, dispositivos o aparatos de protección catódica Tubería de acero de varios diá<netros y longitud de 1/8" a 10" de diámetros Materiales para aislamiento Equipo para polo a tierra resistencias de tierra Equipo de Iaboratoríos para controles de calidad Calderas p-::na vapor o aceite caliente
F. Arancel
716-01-02 861-09-05, 716-13-04 721-06-02.
716-13-1
716-03-03
861-09-02 .
861-09-02 '
716-13-24
716-13-24 716-12-02
• LA GACETA~DIARIO OFICIAL 2907
d)
e)
=-Jlaqui1111rit1 y Equipo
l. VAlvul:is ff:ani'.?-k; o¡x~radas :,or
• ttirc y {·-·:ctricida<1
, Válvufos 1118-nudc::s cperadas por
tire y electricidad
Generadores eléctricos
Bra7os para cargaderos de líqui
dos Equipos para llenado, cerrado y
sellado r aoques para almacenamiento
Calentadores de succión
Equipos para manejo y control
de vapor y suministro de agua
Equipos p~!fn montnje
T uberfo. de acero de varios diá
metros y longitud de 1/8" a 10"
de diárnetros
Equipo de tTatamicnto d::- aguas
Máquina para elaborar envase~
F. /\rli1trcla6a
716-15-01-0l
716·15-01-09
721-0l .Ol
716-13-24
716-13-08
716-13-24
812-01-00
716-13-24
711)-13-24
681-11-00-01
71S-17-24
plásticos y de c:1•·tón 716-04-00
Exención de derechos de aduana y de
más gravámenes conexos, incluyendo los
derechos consulares, con iniciación se
gún lo estipulado en el Arto. 19 del
Convenio sobre \a importación de las
siguientes materias primas, productos
semi~elaborados y envases:
Materia Prima
Hidrocarburos básicos para la ela
boración de Aceites Lubricantes
par'.l motores e industria (a gra
nel) l-Iidrocar2'uros básicos para ela
bor;'r aceites l'lbricanter, (moto
res e industrias) en barriles.
Aditivos pata elaborar grasas y
aceites lubricantes, para industrias
o rnoLorcs.
Aditivos orgánicos con minerales,
a b~ise de litio, sodio y calcio.
Inhibido res
Anti-espuman tes
Detergen tes
Pintura antire:-:balantc ( 1n3terial
F. Arancelaria
) 13-04-Ül
599-09-15
599-09-15-01
599-09-15-0:' 522-02-03
para colorear) 533-01-03
Exención de derechos de aduana y de
rnás gravámenes conexos, incluyendo !os
derechos consulares, sobre la importa
ción de combustibles estrictamente pa
ra el proceso industrial, excepto gasoli
na, con iniciación según lo estipulado eri
el Arto. 19 del Convenio;
Exención de impuestos sobre la renta y
uti1idades con iniciación según lo E"!sti
pu)¿¡do en e! Arto. 18 del Convenio;
Exención de l mouestos sobre los activos
Y sobre e! pa,trimonio, con iniciación
s·egún lo estipulado en e\ Arto. 18 del
Convenio.
b Lds exenciones prevista en los acápites a),
· ) , e), d) y e), tendrán duración de con
formidad con lo estípu\ado en el Arto. 17 del
Convenio, sólo por el periodo que falta para
que tf':rrn\nen !os. beneficios correspondientes
a la ff1·ma con la que se le equi<)ara / e- Je
se mE:-ncíonu en el Visto Segundo de este
Decreto Una vez finalizado el período en
rc;erenc1a si éste fuere menor que el seña
la::'.J a lndustria Existente, le empresa podrá
gozar de beneficios posteriores; pero sólo
por el tiempo y naturaleza que falte para
comp1etar el plazo de los mismos.
Segundo: Queda entendido que las listas
de maquinaria, repuestos, equipos, acceso
rios materias orimas, productos semi~elabo..
rad~s y envase~, mencíonados en los lncisos
a) y b) del Arto. Primero de este Decreto,
pueden ser modificadas, adicionadas o de
rogadas, previo dictamen del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, en su caso.
Tercero: Sujetar al beneficiario a todas
las obligaciones correspondientes de acuerdo
con e1 Convenio y Especialmente a las si
guientes: a) Iniciar las actividades de ínstalacíón de
su planta y concluir dichas instalacio
nes dentro de un plazo de dieciocho
meses contados a partir de la fecha del
b}
c )
d)
e)
presente Decreto;
Invertir la suma de 5,300.0 miles de
córdobas; Producir los artícu!os que n1otivaron su
clasificac'1ón con el propósito especial
ds- concurrir también al mercado cen
troamerícano; El btneficiario está en la ob!igacíón de
presentar sus declaraciones tributarias al
Fisco de la República, de acuerdo al
Artículo 20 de la Ley Tributaria Común,
aunque estuviese exento del pago por
n1edio de este Decreto;
Cumplir con el programa de producción
expuesto en su solicitud que fue lo que
dio base para otorgar su clasificación y
comunicar, dentro de los treinta días
calendarios de su ocurrencia, cua!quier
mcdificación en !os planes o proyectos
iniciales ocurridos durante el goce de
les exenciones;
f) Suministrar todas las inforn1aciones y
datos que le solicite el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio y/o Mi
nisterio de Hacienda y Crédito Público,
y permitir !as inspecciones que a íuicio
de dichcs Ministerios, sean necesarias
para mantener un control periódico so~
bre el cumplimiento de los compromisos
de !u Empresa, la cual deberá llevar y
ar.otar en libros y registros especiales,
sujetos a inspecciófl, infor.'!1ación deta
llada de \as mercanci'as que importe
con franquicia aduanera, así como el
uso y dtstíno que haya dado a las mis
mas.
Para e! uso de las franquicias en la ím~
portación de los artículos antes detallados,
el beneficiario presentará ante e! Ministerio
de Economía, Industria y Comercio solicitud
conteniendo una lista y sus cantidades de
las rnaquinarics y equipos que necesitará
para la instalación inicial de su planta o p<:.ru
cornpietar \as instalaciones de éstas, así co-
2908 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
mo de las materias primas, productos S'?mic\aborados y envases que utilizará para su producción durante el primer semestre de operaciones. La lista en cuestión, en lo su· cesivo o sea durante el período de sus franquicias, deberá ser presentada por períodos se1n-estraies y en lo relativo a importaciones de fuera de Centroamérica, será analízada y aprobada cuando los artículos en ella presentados sean indispensables para el establecimiento, ampliaciones u operaciones de la planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empresa antes mencionada. Cuarto: Sujetar en su caso al benefíciario a las sanciones que establece e! Capítulo X del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial. Quinto: Para gozar de los beneficios fiscales otorgados en el presente Decreto, el beneficiario deberá presentar ante el Fisco o Hacienda Pública, los documentos accesorios a su declaración a que se refiere el inciso d) del Artículo 39 anterior, que demuestren que ha cumplido con las obligaciones del Decreto, y e! Fisco o Hacienda Pública, constatarlo por medio del auditoriaje correspondiente. En caso de no comprobarse to anterior a satisfacción de! Ministerio de Hacíenda y Crédito Público ,el beneficiario del Decreto quedará obfigado a! pago de los impuestos correspondientes.
Sexto: Este Decreto se dicta de acuerdo con las disposiciones del Convenio Centroamericar.o de Incentivos Fiscales al Desarro!lo Industrial, y podrá s~r modificado, adicionado o derogado de acuerdo con los términos del mismo. Séptimo: El presente Decreto comenzará a regir a partir de su fecha de emisión y deberá publicarse por cu-snla de! interesado en "La GJceta'', Diario Ofic:aL Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional a los veintiún días del mes de agosto de mil novecientos setenta y ocho. - (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. - ( f) Róger Blandón Velásquez, Ministro de Economía, Industria y Con1erc:io. (f) Ssmuel Genie A., Ministro de Hacienda y Crédito Público.
CLASIFICASE A FIRMA ANALISIS Y SISTEMAS, S. A. COMO INDUSTRIA NUEVA DEL GRUPO "A" Reg. N'' 6573 - R/F 248870 - ([ 472.00
Decreto N"' 32. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Vistos: Primero: La solicitud presentada por la firma "ANALISIS Y SISTEMAS, S. A.", para que, de conformidad con el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial se clasifique su Planta Industrial, que instalará en Ja ciudad de Managua, D. N., la qu'e se dedicará a la producción de equipos electrónicos de pro-
ccsamíentos de datos, basados pro::esadoras {computadoras). Segundo: El dictamen emitido por la rnisión Consultiva de Desarrollo Industrial sesión ordinaria celebrada a los veintinu días del mes de septiembre de mil n cientos setenta y siete ,según Acta N9 de la misma fecha, por medio de! que comiendan: "Clasificar a la empresa so citante como fndustria Nueva del Grupo " según lo estipulado en los Artos. 4, 5 y del Convenio, gozando de los beneficios có fer idos en el Arto. 11 "_
Tercero: La Resolución N" 150 "C-1" tada por e! Ministerio de Economía, l~dtrla y Comercio el diecisiete de noviernti de mil novecientos setenta y siete, en /a se determina la clasificación recomenda Cuarto: La comunicación escrita por dio de la cual el interesado acepta los t minos de dicha Resolución.
Considerando: Que se trata de una planta
en base a su propio' diseño y procesos in grados de producción, producirá bienes artículos considerados como bienes de e pi tal. Que la linea de producción de su plan consistía en bienes o artículos no ant producidos en el país, proporcionando e ello un significativo aporte en el benefici. neto de la Ba! anza de pagos del país_
Por Tanto: De conformidad con !o expuesto y co fundamento en el Convenio Centroameri.c no de 1 ncentivos Fiscales al Desarrollo In dustrial, Artos. 4, 5 y 7. -
Decreta: Arto. 1º - Clasificar a la firma "ANALISI Y SISTEMAS, S. A.", que se dedicará a 1 producción de Equipos Electrónicos de p cesamientos de Datos Basados en Micropr cesadoras (Computadoras), como lndvstri_ Nueva del Grupo "A", la cual otorga 1 siguientes beneficios fiscales:
a) Exención total de derechos de aduan_ y demás gravámenes conexos, incluy7i:J, do los derechos consulares, durante d1 años, con iniciación según lo estipul do en el Arto. 19 del Convenio, sob la importación de la siguiente maqui. naria y equipo:
Maquinaria y Equipo F. -~·---~
Insrrun1entos para n1edir las corrientes eléctricas, tales como: voltímetros, amperímetros, medidores de consumo, osciloscopjos etc. Soldadores eiéctrlcos. Herramientas de 1nano para artesanos tales como: alicates, bt<Xas, destornil1adores, hojas para síen:as, Iin1as, llaves para tuercas, tenaci· Ilas, tornillos de bancos, Otras herrntnient::is de mano NEP
699·12-02 699·12.03
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2909
d)
e)
Exención de derechos de aduana y dernás gravámenes conexos, incluyendo !os derechos, sobre la importación de !as siguientes rnaterias primas, productos semi-elaborados y envases, así: clen por ciento durante los primeros cinco años, sesenta por ciento los tres años siguientes y cuarenta por ciento los dos años sub-siguientes, con iniciación según !o estipulado en el Arto. 19 del Convenio.
A1aterias Primas
Chassis Circuito res Impresora Impulsora Estaño
integrado
de disco
Alambre Microprocesadora Fuente de Poder Cables Circuitos impresos Díi:co 1nagnéticos
F. Arancelaria
de transisto-72104-01
721-04-02 714-02-02-02 714-02-02-02 687-02-02 682-02-04 71402-02 721 01·03 721 lJ·OO 71402-02-02 714-02-02-02
Exención total de derechos de aduana y demás gravámenes conexos, incluyendo los derechos consulares, sobre la irn~
portación de combustibles estrictamente para el proceso Industrial, excepto gasolina, con iniciación según \o estipulado en el Arto. 19 del Convenio, durante cinco años; Exención total de impuestos sobre la renta y utilidades durante ocho años, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 18 del Convenio; Exención total de impuesto sobre los activos y sobre el patrimonio durante diez años, con iniciación según lo estipulado en el Arto. 18 del Convenio.
al artículo 20 de la Ley Tributaria Común, aunque estuviese exento del pago por medio de este Decreto;
1 e) Cu1nplir con el programa de producción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su clasificación y comunicar, dentro de los treínta días calendarios de su ocurrencia, cualquier modificación en los planes o proyectos iniciales ocurridos durante el goce de las exenciones;
f) Suministrar todas las informaciones y datos que le solicite el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y /o Ministerio de Haci-enda y Crédito Pú
blico, y permitir las inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean necesarias para mantener un control periódico sobre e! cumplimiento de los compromisos de la Empresa, la cuci deberá llevar y anotar en libros y registros especiales, suietos a inspección, información detallada de las mercancías que importe con franquicia aduanera, así como el uso y destino que haya dado a las mísmas.
Arto. 2" - Queda entendido que !us listas · de maquinaria, repuestos, equipos, accesorios, materias primas, productos serni-e!aborados y envases, mencionados en los incisos a) y b) del Arto. Primero de este Decreto, pueden ser modificadas, adicionadas o derogadas, previo dictamen del Ministerío de Economía, Industria y Comercio, en su caso. 1
Para el uso de ias franquicias en la importación de los artículos antes detallados, el beneficiario presentará ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio solicitud conteniendo una lista y sus cantidades de las maquinarias y equipos que necesitará para (a instalactón inicial de su Planta o para completar las instalaciones de éstas, así como de las materias primas, productos semi-elaborados y envases que utilizará para su producción durante el primer semestre de operaciones. La lista en cuestión, en lo sucesivo o sea durante el período de sus franquicias, deberá ser presentado por período semestrales y en lo relativo a importaciones de fuera de Centroamericana, será analizada y aprobada cuando los artículos en ·ella presentados sean indispensables para el establecimiento, ampliaciones u operaciones de la Planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuados y sean consignados a la empresa antes mencionada
Arto. 4'? - Su jetar en su caso al beneficiario a las sanciones que establece el Capítulo X del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial.
Arto. 3? - Sujetar al beneficiario de todas las obligaciones correspondientes de acuerdo con e! Convenio C-entroamericano d~ l_ncentivos Fiscales y especialmente a las srgu1entes:
a) Iniciar las actividades de instalación de su Planta y concluir dichas instalaciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de la fecha del presente Decreto;
b) Invertir la suma de 391.7 miles de córdobas;
e) Producir !os artículos que motivaron su clasificación con el propósito especial de concurrir también al mercado Centroamericano;
d) El benefic'1ario está en la obligación de presentar sus declaraciones tributarias al Fisco de la República, de acuerdo
Arto. 5<? - Para gozar de los beneficios fiscales otorgados en el presente Decreto, el beneficiario deberá presentar ante el Flsco o Hacienda Pública, los documentos accesorios a su declaración a que se refiere el inciso d) del Artículo 3<? anterior, que demuestren que ha cumplido con las obliga~
ciones del Decreto y el Fisco o Hacienda Pública constatarlo por medio del auditoriaje correspondiente. En caso de no comprobarse lo anterior a satisfacción del Minist:::rio de Hacienda y Crédito Público, el beneficiario del Decreto quedará obligado al pago de los lmpuestos correspondientes.
Arto. 6<? ~ Este Decreto se dicta de acuerdo c0n las disposiciones del Convenio Cen-
2910 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
troamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial y podrá ser modificado, adicionado o derogado, de acuerdo con los términos del mismo.
Arto. 7-:: - El presente Decreto comenzará a regir a partir de su fecha de emisión y deberá publicarse por cuenta del interesado en "La Gaceta", Diario Oficial,
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito f'~acional, a los veintitrés días de! mes de niayo de mi/ novecientos setentlocho. A. SOMOZA D., Presidente de la República. - f) Róger Blandón Velásquez, Ministro de Economía, Industria y Comercio. - f) Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y Crédito Público.
FRANQUICIAS Y PRIVILEGIOS A FIRMA NESTOR LOPEZ ,S. A.
Reg .N'' 6673 - R/F249016 - (! 400.00 Decreto N' 13.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, Vistos:
Primero: La sollcitud presentada por la firma "NESTOR LOPEZ, S. A." ( NELOSA), para que, de conformidad con el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial y de acuerdo con la Ley de Protección y Estímulo a! Desarrollo industrial y el Decreto N• 1171 del 18 de marzo de 1966, se clasifique y equipare su Planta fndustriaf que instalará en la ciudad j de León, fa que se dedicará a la regeneración de aceites en general .
Segundo: El dictamen emitido por la Comisión Consultiva de Desarrallo Industrial, en sesión ordinaria ceh:!brada a los veinticin-co días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, según Acta NQ 276 de la misma fecha por medio del que recomiendan: "Clasificar a la empresa solicitante como Industria Existente del Grupo ''A", equiparada en los beneficios con su similar "LUBRICANTES NACIONALES, S. A.", clasificada según Decreto N• 116 del 18 de octubre de 1968, publicado en "La Gaceta", N' 250 del 1• de noviembre de 1968, de conformidad con los Artos. 4, 5, 7 y T. 4 del Convenio y el Decreto N• 1171 Arto. 2'".
Tercero: La Resolución N• 113 "C-2", dictada por el Ministerio de Economía, 1 ndustria y Comercio el 15 de diciembre de 1976,
Por Tanto: Ce conformidad con lo expuesto y con f
damento en el Convenio Centroamericano Incentivos Fiscales al Desarrollo !ndustr artículos 4, 5, 7 y Transitorio Cuarto y la Ley de Protección y Estímulo al Desarro Industrial, en lo que fuere aplicable; y en Decreto Legislativo N' 1171, del 18 de ma de 1966, Artículo 2".
Decreta: Arto. l• - Clasificar a la firma "NEST
LOPEZ, S. A." (NELOSA), que se dedic a la regeneración de Aceites en general ce Industria Existente del Grupo "A", del C venio-, otorgándose/e los siguientes beneflc fiscales, mediante aplicación de las dis clones equiparativas en lo que respecta a incisos b) y e). a) Exención to ta! de derechos de adua
y demás gravámenes conexos, incluy do los derechos consulares durante años, con iniciación según lo estípula en el Arto. 19 del Convenio, sobre !mportación de la siguiente maquina~ y equipo:
Maquinaria y Equipo:
Bombas Denning T nnques revolvedores Tanque reactor Tanque revolvedor Tanque de ácido Horno con sus serpenrinas, compt:esro de 32 tubos condick para calor Filtro prensa Tanque de abastecimiento T anqut: p.ara presión de aire . Motores trifásicos eléctricos de 5 H. P Surich, trefilares con su arco magnéticos Bases para motores.
716-13 699-21-0
655-01-DI 699-21-03
721-01-02
721-19-07 "
b) Exención de derechos de aduana y d más gravámenes conexos, incluyendo 1 derechos consulares, sobre la import ción de las siguiente materias prima. productos s-emi-elaborados y envases:
Materia Prima
Tierra activa da Aditivos Anglamol
en la que se determina fa clasificación y c) equiparación recomendada.
Exención totaí de derechos de aduana y demás gravámenes conexos, lncluy~n do los derechos consulares, sobre la 1 portación de combustibles estrictamen .. t'e para e! proceso industrial, except?· gasolina, con iniciacíón según lo estipulado en el Arto. 19 del Convenio; i Exención total de impuestos sobre- la renta y utilidades durante dos años con iníciación según lo estipulado en el Arto. 18 del Convenio; ~ Exención total de impuestos sobre fos activos y sobre el patrimonio, durante
Cuarto: dio de la minos de
La comunicación escrita por cual e! interesado acepta Jos dicha Resolución,
Considerando:
met ér-
Que los beneficios inherentes a la Clasifi- d) c.acíón otorgada permitirá a esta planta, trabajar en un mismo nivel de competitividad con sus similares clasificadas.
Que con esta nueva Planta aumentará fa ' e) producción nacional.
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2911
. cuatro años, con iniciación según lo es, tipulado en el Arto. 18 del Convenio.
·.'Las cxenc~ones p'evistas en los acá pites ) y e), tendrán duración de conformidad
' 11 lo estipulado en B! Transitorio Cuarto y ¡ Convenio, sólo por el período que -~a!ta
ra que terminen !os beneficios correspon~
ientes a la firma con la cual se le equipara .. que se menciona en el Visto Segundo de te Decreto. Una vez finalizado el pe:-íodo
en referencia y si éste fuere menor que e! se'"alado a Industria Existente, la Empresa po
rá gozar de beneficios posteriores pero sólo · r el tiempo y naturaleza que falte para : mpletar el plazo de los mismos.
Ar;·o. 29 ~ Sujetar al beneficiario a todas
as obligaciones correspondientes de acuerdo cOn el Convenio y las Leyes Nacionales ci~
adas, y especialmente a las siguientes: ) Iniciar las actividades de instalación de
su Planta y concluir dichas instalaciones dentro de un plazo de dieciocho meses contados a partir de la fecha del presen~ te Decreto;
l>l Invertir la suma de (¡346.2 miles de Córdobas;
e} Producir los artículos que motivaron su clasificación con el propósito especial de concurrir también al mercado Centroamericano;
d) Utilizar por lo menos un 50°/o de materia prima naciona 1 o centroamericana;
e) El beneficiario está en la obligación de presentar su declaraciones tributarias al
Fisco de la República ,de acuerdo al Artículo 20 de la Ley Tributaria Común, aunque estvvíese exento del pago por medio de este Decreto;
f) Cumplir con el programa de producción expuesto en su solicitud que fue lo que dio base para otorgar su ciasificación y comunicar, dentro de los treinta días calendarios de su ocurrencia, cuafquier r.1odificación en los planes o proyectos iniciales ocurridos durante el qoce de las exenciones; ~
g) Suministrar todas las informaciones y
datos que !e solicite el Mlnísterio de Eco~ nc111ía, Industria y Comercio y/o Mi~
nisterio de Hacienda y Crédito Público, y permitir !as inspecciones que a juicio de dichos Ministerios, sean necesarias para mantener un control periódico so~
bre el cumplimiento de los compromisos de la Empresa, la cual deberá l l'e~ var y anotar en libros y registros especiales, sujetos a inspección, información detallada de las mercancías que imp::irte c0n franquicia aduanera, así como el uso v destino que haya dado a \as mismas.
Para e! uso de !es franquicias en la 1mPortación de !os artículos antes detallados, e\ beneficiario presentará ante ·el Ministerio de Economía, Industria y Comercio solicitud
fºntenien~o ~na lista y sus cantidades de as maqu1nar1~s y equipos que necesitará
Para !a ins¡·alc:ción fnicial de su P!ar:ta o pa·
·a corn•:>let;;; las instalacion·es de éstas, así (:orno de las materias prímas, productos se
rr1:-:::\abcrados y envases que utilizará para su producción durante el primer sernestre de ::Jperaciones. La lista en cuestión, en lo sucesívo o sea durante e! período de sus franquicías, deberá ser presentado por períodos semestrales y en lo relativo a importaciones
de fuera de Centroamérica, será analizada y aprobada cuando los artículos en ella pre~
sentados sean indispensables para el establew cimiento, ampliaciones u operaciones de la Planta, no puedan disponerse de sustitutos centroamericanos adecuado~ y sean consignados a la empresa antes menc!orlada.
Arto. 3? - Sujetar, en su caso, al benefi~
ciario a las sanciones que establece el Ca
pítulo X del ConV'enio Centroamericano de incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial.
Arto. 4" - Para gozar de los beneficios fiscales otorgados en el presente Decreto, el
beneficiario deberá presentar ante el Fisco
o Hacienda Pública, los documentos accesorios a su declaración a que se refiere ei inciso e) del Artículo 2? anterior, que demu'estren que ha cumplldo con !as obligaciones de\ Decreto, y el Fisco o Hacienda Pública constatarlo por medio de\ auditoriaje correspondiente, en caso de no comprobarse io anterior a satisfacción del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, el beneficiario del Decreto quedará obligado al pago de !os impuestos correspondientes.
Arto. 5? - El presente Decreto comenzará
a regir a partir de su fecha y deberá publi
carse por cuenta del interesado en "La Gaceta", Diario Oficial,
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los ocho días de\ mes de febrero de mil novecientos setenta y sitte. ( f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) Juan José Martínez L., Ministro d·e Economía, Industria y Comercio. - ( f) Gustavo Montiel B., Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Ministerio de Educación Pública
Extiéndese Título de Contador Público a Señor Rafael A.
Manzanares M.
Reg. No. 6687 - R/F 249196
No. 114-T.
is: 75.00
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando:
Que el Centro de Estudios Superiore,s, (Universidad. Privada,) pide S(' le extienda º' Título de Contador Público, al señor RafMl Angel Manzr:nares Morgan, natural de Managua, Departamento de Managua, Repúblice. de Nicaragua, en virtud de haberle oonferido el correspondiente Diplo-
2912 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL -·============~-===~~=-=======~ ma, a los dieciocho días del mes de marzo
de mil novecientos setenta y seis. Acuerda:
1. -Extenderle al señor Rafael Angel Manzanares Morgan, e1 Título de Contador Público, para que goce de todo¡¡ los derechos y prerrogativas que le conceden. las Leyes de la República y Reglamentos del Ramo.
2.-El presente Acuerdo para su validez, deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial por cuenta del interesado.
Comuníquese. Casa Presidencial Managua, D. N., cinco de marzo de mi"! novecientos setenta y siete. - A. SOMOZA D., Presidente de la República. - Helia María Robles Sobalvarro, Ministra de Educación Pública.
Reconócese Válido e Incorpórase Título de Licenciado en Derecho
Obtenido por Señor Luis F. Jiménez J.
Reg. No. 6690 - R/F 249083 - <s: 135.00 "Resolución No. 841" .-Ministerio de
Educación Pública. Managua, D. N., treinta y uno de agosto de mil novecientos setenta y ocho. Las nueve de Ja mañana.
Vista la solicitud presentada por e1 señor Luís Francisco Jiménez Jarquín, quien pide el reconocimiento e Incorporación de su T!tulo de Licenciado en Derecho, obtenido e.u Ja Universidad Complutense de Madrid, España, e'. día 17 de diciembre de 1977,
Considerando: Que de conformidad con la Ley de Incor
poración de Profesionales de 20 de enero dE! 1966 y el Arto. 114 Cn., e Inc., lo. de la mencionada Ley que dice: "Los nacionales que obtuvieren Título fuera del país serán incorporados para ejercer su Profesión con sólo demostrar la autenticidad de lo.s mismis y que' éstos hayan sido obtenidos en Universidades reconocidas como tales en el país donde funcionan".
Por Tanto: Y de conformidad con el dictamen emi
tido; Resuelve:
1. -Reconócese legalmente válido e Incorpóra.ee el Título de Licenciado en Derecho, obtenido por el sefior Luis Francisco Jiménez Jarquín, en la Universidad de Complutense de Madrid, España, e¡ día 17 de diciembre de 1977. Asimismo declárase e'quivalente al Título de Licenciado en Derecho que expide el Estado Nicaragüense.
2 .-La presente Resolución para su dez deberá ser publicada en "La ta", Diario Oficial, por cuenta del tere,Sado.
Comuníquese. Cópiese y Archívese. nagua, D. N., 31 de agosto de 1978. _ sar Grfjalva Villalta, Vice-Ministro . Educación Pública. Ante mk I gnaci() a tillo Masis, Director de Servicios Adrni trativos de' Educación Pública.
Se registró al Folio No. 247, Partida 553, del Libro de Registro de Nivel Su rior, el Título de Licenciado en Derec Conforme Resolución Ministerial No. del día treinta y uno de agosto de mil vecientos setenta y ocho, a favor de: Francisco Jiménez Jarquín.
Managua, D. N., seis de septiembre mil novecientos setenta y ocho. - /gr¡ Castillo Masis, Director de Servicios A ministrativo,s de Educación Media.
Extiéndese Título de Licenciado Administración de Empresas a Sr. Francisco S. Valladares M.
Reg. No. 6684 - R/F 249177 - (f75. No. 198-T.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLIC Considerando:
Que la Universidad Centroameri que funciona en esta ciudad, pide se le tienda el Título de Licenciado en Adm" tración de Empresas, al señor Fr,_ .•... __ , Salvador Valladares Martínez, natural d Matagalpa, Departamento de Matagal · República de Nicaragua, en virtud de berle conferido el correspondiente Dipl ma, a los diez días del mes de abril de novecientos setenta y cinco.
Acuerda: 1.-Extenderle al señor Francisco S ,
dor Valladares M artínez, el Título d Licenciado en Administración de Em presas, para que goce de todos los , rechos y prerrogativas que le con den las leyes de la República y reglamentos del ramo.
2. -El presente Acuerdo para su valide deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, por cuenta del interesado.
Comuníquese: Casa Presidencial. - Ma-', nagua, D. N., veintiocho de julio de mil no-
0'
vecientos setenta y siete. - J. ANT?Nl , MORA R., Ministro de la Gobernación Y Encargado de los Asuntos Administrativ~s de la Presidencia de la República. - Helta Mari.a Robles Sobal'Varro, Ministra de Edu-, cación Pública.
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2913
Ministerio del Trabaio
. Apruébanse Contratos de Préstamos de Cooperativas
Moderna, R. L." de Matiguás perativa Masatepe de Masaya
'¡Jolfo Gmrcía ~les, Abogado y Pro
r del Cooperativismo del Ministerio del
jo, Certifica:
OLUCION No. 76. - Ministerio del
jo, Departamento de Promoeión del
rativismo del Ministerio del Traba-
}Janagua, D. N., treinta de agosto del
en curso. Las nueve de la mañana. Con
a cinco de agosto del presente año, se tó a esta Oficina solicitud de parte
Cooperativa de Ahorro y Créruto La
rna, R. L., de Matiguás, Departa.men
Matagalpa, para que se le autorice un
o que le concederá la Fundación
agiiense de Desarrollo (FUNDE),
la suma de CINCUENTA MIL COR
BAS ( !$: 50,000.00), que se invertirán
incrementar el capital de trabajo de
socios de la Coüperativa; se presentó el
trato de Préstamo referido el cual fue
diado por este Departamento, encon
dolo factible y rentable a la Coopera
también se presentó Certificación del
No. 103 de las seis de la tarde del
• te año, donde se acordó dar cumpli
ento a lo establecido en los incisos f) y
del Arto. 35 del Estatuto de la Coope
. a, el Contrato a que se ha hecho men
en esta Resolución, lleva el No. 78-14-
~ Programa de Cooperativas de- Ahorro
_édito. d_e FU~DE, y será suscrito por
l'.dc. W111Iam Baez Sacasa, Director Eje-
vo de FUNDE y la señora Lidia Lú
Vargas, en representación de Ja Coo
tiva. Considerando:
se ha llenado los requisitos exigi-
por la Ley General de Cooperativas en
to a los objetivos del préstamo solici
así como el monto del mismo y de
plazos en que deberán ser retiradas las
idas de acuerdo al estudio de factibi-
que se tuvo a la vista y su forma
aplicación o funcionamiento y lo pre
o en el financiamiento de los Coopera-
Considerando: Que se han llenado los requisitos del
. 75 del Reglamento de la Ley Gene
de Cooperativas, Resuelve:
Aprnébase en todas y en cada una de sus
• es el Contrato de Préstamo que suscri-
. n Ja Cooperativa y la Institución que 1
han relacionado en esta oficina para
darle cumplimiento a la disposición cita
da . Dese certificación de la presente Reso
lución a los interesados y cópiese en el li
bro respectivo y publiquese en "4 Gace
ta", Diario Oficial. - (f) Adolfo García
Rosales, Promotor del Cooperativismo. -
(f) Margwritro Roig J., Secretaria.
Es conforme a su original el que fue
debidamente cotejado. Managua, D. N., 30
de agosto de mil novecientos setenta y
ocho. - (f) Adolfo GareúJ. Rosales, Pro
motor del Cooperativismo del Ministerio
del Trabajo.
Adolfo García Rosales, Abogado y Pro
motor del Cooperativismo del Ministerio
del Trabajo, Certifica:
RESOLUCION No. 77.-Ministerio del
Trabajo, Departamento de Promoción del
Cooperativismo del Ministerio del Trabajo.
Managua, D. N., treinta de agosto de mil
novecientos setenta y ocho. - Las once de
la mañana. Con fecha cinco de agosto del
presente año, se presentó a esta oficina, so
licitud de parte de la Cooperativa de Aho
rro y Crédito Masatepe, Departamento de
Masaya, para que se le autorice un prés
tamo que le concederá la Fundación Nica
ragüense de Desarrollo (FUNDE). por la
suma de SETENTA Y NUEVE MIL COR
DOBAS ( !$: 79,000.00) . que se invertirán
para incrementar el capital de trabajo de
los socios de la Cooperativa; se presentó
el Contrato de Préstamo referido el cual
fue estudiado por este Departamento, en
contrándolo factible y rentable a la Coo
perativa, también se presentó Certificación
del Acta No. 88 de las siete de la noche
del presente año, donde se acordó dar cum
plimiento a lo establecido en los incisos
f) y g). del Arto. 35 del Estatuto de la
Cooperativa, el Contrato a que se ha hecho
mención en esta Resolución lleva el No.
78-7-"C" Programa de Cooperativas de
Ahorro y Crédito de FUNDE, será suscri
to por el Lic. William Báez Sacasa, Direc
tor Ejecutivo de FUNDE y el señor Medar
do Mercado, en representación de la Coo
perativa. Considerando'.
Que se han llenado los requisitos exigi
dos nor la Ley General de Cooperativas en
cuanto a los objetivos del préstamo solici
tado así como el monto del mismo y de los
plazos en que deberán ser retiradas las
nartidas de acuerdo al estudio de factibi
lid"d que se tuvo a la vista y su forma de
aplicación o funcionamiento y lo previsto
en el financiamiento de los Cooperados .
Considerando: Que se han llenado los requisitos del
2914 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Arto. 75 del Reglamento de la Ley General de Cooperativas,
Se Resuelve: Apruébanse en toda y en cada una d~
sus partes en el Contrato de Préstamo que suscribirán Ja Cooperativa y la Institución que se han relacionado en esta oficina para dar cumplimiento a la disposición citada.
Dese certificación de la uresente Resolución a los interesados y cópiese en el libro respectivo y publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial. - (f) Adolfo Garcf.a Rosalml, Promotor del Cooperativismo. - (!) MMgarita Roig J., Secretaria.
Es conforme a su original el que fue debidamente cotejado. Managua, D. N., treinta de agosto de mil novecientos setenta y ocho. - (f) Adolfo García Rosaws, Promotor del Cooperativismo del Ministerio del TrabajC>.
Decreta: Arto. lo.--Otorgar a la firma "B
NICARAGUA, S. A.", una Licencia; plotación de Pesca Comercial, por mino de veinte (20) años, con de explorar y explotar toda clase de:~ roneo, langostas, peces, cangrejos y cos, sobre la Zona Pesquera Naci rrespondiente al Océano Atlántico · . '
Arto. 2o.-Esta Licencia concede :i. neficiaria, los privilegios establecí Ley General sobre Explotación de quezas Naturales y la Ley El!¡pecia;f Explotación de la Pesca; y as! mi imi;ipne las obligaciones contenidas mismas leyes.
Arto. 3o.-La vigencia de esta Li' queda condicionada a las disposicion· tenidas en el Capítulo XIV de la neral sC>bre Explotación de las Rf
··------=--==~ Naturales, sobre extinción, caduci" Ministerio de Economía, nulidad, además de todas las medid
Industria y Comercio el Fisco estime a bien dictar para ·
Otórgase a "Booth Nicaragua, S. A." Licencia de Explotación de
Pesca Oomercial
trol y cumnEmiento de las obligacion · positivas. t
Arto. 4o.-El Dec.-eto Ejecutivo N , DRN del 17 de abril de 1971, por del cual se había prorrogado la Li
Decreto No. 216--DRN de Pesca original a favor de la solici EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, : quedará sin ningún valor ni efecto lli ·
Visto el expediente instruido por la Di- ¡ P.artir de la fecha en que entre en vi rección General de Riquezas Naturales, c1a el presente Decreto. ·· con base en la solicitud que le fue presen- ¡ Arto. 5o.-Notifíquese este Decre ' tada el día treinta de junio de mil no".e- j solicitante, para oue manifieste su a~ cientos setenta y ocho, por el Doctor Aris- ción, en las condiciones en que ha., tides Somarriba Va!lecillo en su car~cter otorgado. Inscríbase y Publíquese de Representante Legal de la firma oportunidad en "La Gaceta" Diari "BOOTH NICARAGUA, S. A.", pare. que cial. ' ' . se le otorgue a su representada una nueva Licencia de Explotación de Pesca Comercial en el Océano Atlántico; y
Considerando: Que la solicitud fue presentada ante la
Oficina competente de acuerdo con los requisitos de ley, habiéndose observado en su tramitación, todos los ,preceptos legales. Que el desarrollo de las actividades pesqueras, que cuentan con capacidad técnica y económica suficientes para garantizar el éxito de sus operaciones, es de positivo beneficio para la economía general del país. Y finalmente, que ha quedado ple-
1
1
namente demostrádo que la solicitante llena a Cabalidad todos los requerimientos de ley para obtener los derechos que soli- ! sita. 1
Por Tanto: Il<'> conformidad con la Ley General so
bre Explotación de las Riquezas Naturales y la Ley Especial sobre Explotación de la Pesca,
Dado en Casa Presidencial. Ma Distrito Nacional. a los treinta y uti.' del mes de agosto de mil novecien · tenta y ocho. - (f) A. SOMOZA D.,. sidente de la República. - (f) Blxindón V elásquez, Ministro de Econo Industria y Comercio.
Honorable Señor Director General d quezas Naturales:
Yo, Aristidea 8omarriba Vallt'cflJ,o, gadn. mayor de edad, casado y de.~te. mici!io, apoderado g-eneral jud1c1al "BOOTH NICARAGUA, SOCIED ANONIMA", ante Usted! respetuosam comparezco y expongo: Mi represen se da por' notificada en esta misma fe del Decreto Ejecutivo No. 216-DRN'.. treinta y uno (31) de agosto ppdo., po cual se otorga una Licencia de Pesca mercial para explorar y explotar toda,, se de camarones1 langostas, peces, can jos, moluscos, ·etc., a mi represen •
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2915
NICARAGUA, S. A.", sobre Ja a pesquera nacional correspondiente al ' o Atlántico.
· representada por mi medio acepta la cencia precitada, y se obliga a cumplir
obligaciones y exigencias de las leyes iales sobre pesca y demás leyes del
' , sujetándose en todo a la jurisdicción · Jos tribunales administrativo y judicia·de Nicaragua. Tengo señalada oficina para notificacio-
]l{anagua, D. N., seis de septiembre de novecientos setenta y ocho. - ( f)
(risfilfes Somarriba Valtecillo.
¡>resentado por el Abogado Aristides rriba Vallecülo, Apoderado Judicial
"BOOTH NICARAGUA, S. A.'', a las ce y cincuenta y cinco minutos de la '"ana del día seis de septiembre de mil
ientos setenta y ocho. - (f) Siltuio ampos Meléndez, Director General de Riezas Naturales.
l!!!XX'1•0N DE PATENTES DE NICARAGUA
Marcas de Fábrica . No.6594 - R/F 197108 - Valor <t 90.-00
The Quaker Oats Company, estadounideruie, aerado Dr. Franklin Caldera, solicita registro
a fábrica:
Clase 30. Presentada: 23 junio 1978. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. Managua, 5 · 1978. - Yolanda García de Montealegre, "strador. - Argeo Miranda, Secretario.
3 1
. No. 6595 - R/F 197109 - Valor <; 90.00 Moore Business Forros, Inc., estadounidense,
. iante apoderado Dr. Franklin Cal<iera, solici: l'egistro marca fábrica:
IWDORE Clase 9. Presentada: 16 junio 1978. Opónganse.
· l_tegistro Propiedad Industrial. Managua, 7 1978. Yolanda Garcia de. Montealegre,
, "strador. - Argeo 1.firanda, Secretario. :¡ 1
Renovaciones de Marca.s . No. 6640 - R/F 248528 - Valor <f 45:00
A.ktiebo1aget A .. stra, sueca, mediante aporierar
do .Dr. Franklin Caldera Pallais, solicita renovación marca fábrica: "A s c o X A L"' No. 19,-018
Clase 5. Registro Propiedad Industrial. Managua, 4
agosto 1978. Yolanda Garcia de Monte.alegre, Registrador. - Uriel Silva T., Secretario.
. 3 1
Reg. No. 6639 - R/F 248529 - Valor <f 45.00 .Áktiebolaget A.stra, sueca, mediante apodera
do Dr. Frank1in Caldera Pallais, solicita renova~ ción marca fábrica: "A p T r N" No. 18,523
C~lase 5. P.egistro Propiedad Industrial. - Managua, 4
agosto 1978. - Yolanda García de Montealegre, R€gistrador-. Uriel Silva T., Secretario.
s 1
Reg. No. 6638 - R/F 248530 - Valor <f 45.00 Aktiebolaget Astr-a, sueca., mediante apodera
do Dr. Franklin Caldera Pallais, solícita renovac~ón marca fábrica: "E G A e E N" No.18,102
(~lase 5. Ilegistro Propiedad Industrial. - Managua, 4
agosto 1978. - Yolanda García de Montealegre, Re.o;-istrador. -- Uriel Silva T., Secretario.
3 l
Reg. No. 6637 - R/F 248531 - Valor <f 45.00 .A .. ktiebolaget Astra, sueca, mediante apo<ler'a·
do Dr. Franklin Caldera Palla.is, solicita renovación marca fábrica: "HEMINEVRIN" No. 19,054
(:;la.se 5. Ilegistro Propiedad Industrial Managua, 4
agosto 1978. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Uriel Silva T., Secretario.
• 1
Obtenciones de Patentes R~~g. No, 6597 - R/F 248807 - Valor IS' 30.00
Por Acuerdo Ministerial de fecha veinticinco de agosto de mil nove.cientos setenta y ocho, obtuvo Pstente de Invención por diez afíos:
Sociedad MAQUINAS AGRICOLAS JACTO. S. A.
Invento ""BOMBA CENTRIFUGA PARA APARATOS COSTALES MOTORIZADOS DE PULVERIZA
CION AGRICOLA". Conforme Artos. 17 y 21 Ley Patente
de Invención. Registro Propiedad Industrial. ---- Managua, 1
dE; septiembre 1978. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - Uriel Silva T .. Secretario .
Reg. No. 6598-- R/F 248808 - Valor <t 30.00 Por Acuerdo Ministerial de fecha veintidós de
a¡;osto de mil novecientos setenta y ocho. obtuvo Patente de Invencíón por diez años:
Sociedad. MAQUINAS AGRICOLAS JACTO, S. A.
Invento "DISPOSITIVOS DE DOSIFICACION DE
LIQUIDOS". Conforme Arlos. 17 y 21 Ley Patente
de Invención. Registro Propiedad Indu.s.trial. - Managua, 1
septiembre 1978. - Yolanda Garcia de Monteale· tn·-e. Registrador. -- '(Jriel Silva T., Secretario.
Reg. No. 6599 -- R/F 248811 - Valor « 45.00 Por Acuerdo Ministerial de fecha veinticinco de
agosto de mil no11ecientos setenta y ocho, obtuvo !'atente de Invención por die.z años:
2916 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Sociedad MAQUINAS AGRICOLAS JACTO, S. A.
Invento "DISPOSITIVO DIVISOR DE PARTICULAS
PARA ASPERSORES DE PRODUCTOS QUIMICOS DE ATAQUE A INSECTOS Y HOÑGOS
PERJUDICIALES". Conforme Artos. 17 y 21 Ley Patente
de Invención. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 1
septiembre 1978. ~ Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - Ut'iel Silva T., Secretario.
l
Reg. No. 6676 - R/F 248755 - Valor (j; 45.00 Por Acuerdo Ministerial de fecha veintitrés de
agosto de mil novecientos setenta y ocho, obtu~ vo Patente de Invención por diez años:
Sociedad AEROJET-GENERAL CORPORATION
I1.11.11ento "EVAPORADORES DE MULTIPLES
EFECTOS". Caso 10,231.
Conforme Artos. 17 y 21 Ley Patente de Invención,
Registro Propiedad Industrial. ~ Managua, 1 septiembre 1978. - Yolanda Garcia de Monteale~ gre, Registrador. ~ Uriel Silva T., Secretario.
1
Reg. No. 6678 - R/F 248752 ~ Valor € 45.00 Por Acuerdo Ministerial de feclta veinticinco
de agosto de mil novecientos setenta y ocho, ob~ tuvo Patente de Invención por diez afios:
Sociedad AEROJET-GENERAL CORPORATION
Inuento "MEJORAS EN PRECALENTADORES".
Caso 10,233. Conforme Artos. 17 y 21 Le,y Patente
de Invención. Registro Propiedad Industrial. -- Managua, 1
septiembre 1978. - Yolanda García de Montealegre, Regístrador. -- Uriel Silva T., Secretario.
1
Reg. No. 6680 - R/F 248349 - Valor <S: 45.0-0 Por Acuerdo Ministerial de fecha veintitrés de
agosto de míl novecientos setenta y ocho, obtuvo Patente de Invención por diez años:
Sociedad AQUARIUS, INC.
I1tVento ''METODO Y APARATO PARA INSTALAR
PANELES DE CONSTRUCCION''. Ca.so No. 254.
Conforme Artos. 17 y 21 Le.y Patente de Invención.
Registro Propiedad Industrial. - Managua, 1 septiembre 1978. - Yolanda Garcla de Monetealegre, Registrador. --- Uriel Silva T., Sercetario,
1
Reg. No. 6679 - R/F 248751 - Valor (f 45.00 Por Acuerdo Ministerial de fecha veinticuatro
de agosto de mil novecientos setenta y ocho, obtuvo Patente de. Invención por díez a.fios:
SocW.!4d EX-CELL-0 CORPORA TION
!invento "RECIPIENTE IMPER1v1EABLE CON CIERRE
SUPERIOR PLANO CON MUESCA PARA LIBERACION CON EL PULGAR".
Caso 4396. Conforme Artos. 17 y 21 Ley Patente
de Invención. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 1
septiembre 1978. - Yolanda Garcia de Montea.legre, Registrador. - UrieJ. Silva T., Secretario.
l
Reg. No. 6677 - R/F 248753 - Valor ¡; Por Acuerdo Ministerial de fecha veinti
de agosto de mil novecientos setenta y ocb tuvo Patente de Invención por diez afios:
Sociedad AIR PRODUCTS AND CHEMICALS,
l·»AJento "COMPOSICION HERBICIDA Y METO
PARA SU CASO". Caso C 3719-A.
Conforme Artos. 17 y 21 Ley Patente de Invención.
Registro Propiedad Industrial. - M septiembre 1978.·--·- Yolanda Garcia de Mon gre, Registrador. - Uriel Silva T., Secretai;
SECCION JUDICIAL
Remates Reg. No. 6674 - R/F 248979 -
Once la mafia.na, veinte y dos septiemb rriente año, local este .Juzgado, venderáse al tillo, un Tractor Oruga, marca Jhon Dee.re, amarillo, modelo JD 450 B, serie No. 123780T1'
tor tipo ·4.214DT02, serte !~o. 187070T. Base: Ciento Setenta y Cinco Mil Córdob Estricto contado. Ejecuta: Instituto de Fomento Nacional a
go Hawkins Altamirano. Bien puede verte Tall.eres CATERAN esta.,
dad. Dado Juzgado Tercero Civil Distrito,
seis septiembre mil novecientos setentiocho. once J;, mañana. - Orlcl Soto Cuadra, Juez.
3
Reg. No. 6675 - R/F 249018 - Valor ¡; 1 Nue.ve la mañana, dieciocho septiembre co
te año. subastará.se, inmueble siutado Resid El Dorado esta ciudad, número 390; lind Norte, lotes 391/393; Sur, lote 389; Este, lote Oeste. Avenida del Cromo. Inscrito número 643, A.siento Primero, Folios 55/56, Tomo 1~ Registro Público este Departamento.
Base subasta: Ciento Treintiocho Mil to..« Cuarentitrés Córdobas.
Local: este Juzgado. Estricto contado. Ejecuta: Inmobiliaria de Ahorro
A .. a Ana Emelina López Campos. Dado Juzgado Te.rcero Civil Distrito.
gua, seis septiembre mil novecientos se ocho. Las once de la maftana. - Orlel Soto dra, Juez.
Reg. No. 6688 - R/F 249314 - Valor lf 27. Cuatro tarde., diecinueve septiembre corri
uño, lugar este Juzgado, subastáranse tnmueb rústicos, ubicados otro lado Lago Managua. siguientes linderos: a) Norte, Hacienda. San. que, antes Luis Andino, hoy otros dueftos; y Oriente, Hacienda Santa Rosa, Juan Grego Morales; Poniente, Ribera Lago Managua, doscientas cuarenta manzanas: inscrita N"' 33,1 Asiento 4o., Tomo 450, Folios 272 a 275, Derechos Reales, Libro Propiedades Registro bliC'o Managua; b) Norte, Hacienda san Ro Róger Lacayo; Sur, Hacienda Santa Te:es Oriente, Hacienda Santa Rosa .Juan Gregono s·~ rales: Occidente, Camino enmedio, hacienda. Roque. Rói;er Lacayo, con veinticinco manza inscrita No. 35,636, Asiento 3o., Folios 120 Y Tomo 483, Sección Derechos Raeles, Libro piedades, Registro Público Mana.gua. .
Base: Ciento Cuarenticinco Mil cuatroct Treinta Córdobas con Noventisiete Centav~ intereses legales, moratorios y costas Y j ~
Posturas estricto contado.
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2917
"-==-==~~====-=~=--=--~=-~===~=-=--======,~~=--------
uta: Compañía Interfinanciera Nicaragüen
éllx Pedro Reyes Urbina.
0 Juzgado Segundo Cívil Distrito. Mana
. N-, cuatro de la tarde, seis de septiem
l novecientos setentiocho. ---- Pedro J. Es
gequeira, Juez Segundo Civil Distrito
., "
·Na. 6682 -- R/F 249069 -- Valor ($ 90.00
a. m. 22 se.ptiembre este año, venderáse
tlllo, dos juegos c1e sala, tocadiscos G.<\
un amplificador Kenwood, bar rodante,
'dros. -e: Tres Mil Córdobas, estrico contado.
· ta: OctaVio P..ocha Cía. Ltda., a Heriber
z Rueda y otra. Juzgado Tercero Civil Distrito. Managua.,
uno agosto mil novecientos setenta y ocho.
el Soto Cuadra, Juez. ---- V. Castillo A., Se-
3 1
0 _ 6701 - R/F 249448 ~ Valor ($ 135.00
mañana, veintiuno septiembre 1978, subas
:M/N norteamericana, actualmente surto en
·uff, De.partame-nto Zelaya, y tiene especi
es: Eslora: 59.6 pies, Manga: 19.5 pies,
: 9.9 pies, Tonelaje Bruto: 82 Toneladas,
je Neto: 56 Toneladas, Motor: Caterpillar,
: lf 315,000.00 ta: Bank of l'Tew Orleans And Trust
y y Mercantile Financial Corporations.
tado: American Traw1ers, Inc.
o Primero Ciyil del Distrito, 6 septiem-
8. - Dr. Guillermo A. Riva.s C., Juez. -
Delgado B., Sría. 3 l
4'. 45.00 ve de la mañana del diecinueve de septiem
año en curso, venderáse al martillo este
o, Equipo Sonido marca Juliette. modelo 8
99, con do.s parlantes, serie S-143B. Un es
ado con sus dos adornos, estilo barroco.
ta: Instituto Nicaragüense. de Seguridad
tado: Elia Morales Carbonero
: Dos Mil Córdobas netos o en Juzgado T01·cr:ro Local Civil. Mana_g11a,
e la mañana del once de septiembre de mil
os setenta y ocho. - Ninfa Godoy Vi
Juez Tercero Local Civil Managua. -· .. Cé
jalva Hinojos.a. Srio. l
o. 6587 -- R/F 248583 - Valor <r 180.00
meridianas, veínticinco de los corrientes,
este Juz.gado, subastárase finca denomina.
Calera", situada en jurisdicción de los De
entos de Granada y Jinotepe, incluyendo
área: 1,899 manzanas y 9,791 varas cua
linderos: Oriente, Valle Menier, el Rio
enme<lio; Poniente, Terrenos de José Ma
drigal y otros: Norte, Hacienda La Vigia
; y Sur. Hacienda La Trinidad y otros. Ins
con el número 3,946, Folios 246 y 247. To
• Asien~o ~5. en el Registro Público ª"' Gra
y bajo el número 9, Asiento 9, Folio 266,
192, en el Registro Püblico de Carazo.
a: Banco de América a "Inversiones Don e, s. l\.
: <$'. 2.618,116.70. más intereses y costa~.
posturas, estricto contado.
en el Juzgado Tercero Civil de Distrito a
dias del mes de septiembre de mil nove
setenta y ocho, en esta ciudad de Man.?..
to Otiel Soto Cuadra. Juez Tercero CiVil de
· de Managua. ---·-Marta Eugenia -~lane~as,
ti.a. a a
Reg. No. 6 )84 -·- l'\./F 248585 - Valor {$: 405.00
Una de la tarde, veintisiete de, los corrientes, lo
cal este Juzgado, subastáranse: a) Finca "San
Alejandro", situarla en jurisdicción de Rivas,
área: 309 manzanas, incluyendo mejoras, linde
ros:. Norte. Propiedad Guiscoyol y otras; Sur,
Propiedad de Matías Junes; Oriente, Gran Lago
de Nicaragua; Poniente, Finca Santa Fe. Inscri
ta .. número 2,615, Asiento 12, Folios 166 y 169, To
mo 23. Base: l$: 1.740,791.15, más intereses y costas.
b) Predic· rústíco jurisdicció,1 de Rivas, á.rea: 8
r:ianzanas, linderos: Oriente y Norte, Pre.dio de
(;armen D<~lgado de López; Poniente, Lote de Luís
Delgado; y Sur, Terrenos de Carmen Delgado de
I~ópez. Inscrito número 18,053, Asiento 2do.,
v~olios 282 y 283, Tomo 19-0; e) Finca rústica en
jurisdiccíón de Rivas, área: 5 manzanas y media,
linderos: Oriente, Terreno de Concepción Perei
ra; Norte y Poniente, de Francisco urcuyo; y
Sur, Terrenos de Concepción Pereira y Francisco
Urcuyo. Inscrita con el número 16,127, Asiento
2do., Folios 243 y 244, Totno 170; d) Finca rús~
tica en jurisdicción de Rivas, en sitio Soledad,
área: 3,083. 70 vrs'.:, linderos: Oriente, Finca San
ta Rosalia.; Po:-iiente, Abra de Sapoá Arriba; Nor
te, Santa Rosa!ía y otros; y Sur, Terrenos del Ge
neral Juan Bautista Sáenz. Inscrita con el nú
mero 3,224, Asiento 12, Folios 187 y 188, Tomo
64, área: la cuarta parte de una caballeria, lin
deros: Oriente, Terrenos de Félix Antonio Duar
te; Poníente, Sitio Colnn1a; y Sur, Terreno Urba
no Cid, D1scrito número 4,974, Asiento 9, Folios
104 y 108, Tomo 108. Base:, !f 820,553.10, más intereses y costas.
Todas las propied2des relacíonadas se encuen
tran inscritas en Registro Público de Rivas.
La subasta incluye mejoras de los inmuebles.
E!jecut-<1.: Banco de América a "Desarrollos Ga
naderos San Alejandro, S. A." Oyense posturas, estricto contado.
Dado €n el Juzgado Primero Civil de Distrito a
los dos dias del mes de septie1nbre de n1il nove
cientos setenta y ocho, en Managua. - Guillermo
Rivas Cuadra, Juez Prlmero Civil de Distrito de
-- Carlos .T. Ramos G., Srio. 3 3
Títulos Supletorios
Reg. No. 6689 -- R/F 249245 -- Valor ($ 90.00
José 1,,acayo Osorno. solicita título supletorio,
sobre finca rústica, ubicada jurisdicción Villa El
Carmen; linderos: Norte. Alfredo Gutiért:ez; Sur,
Sucesión Somoza; Oriente, Rosa Urteeho; Occi
dente, Sucesión Somoza, Vilma Orozco y el soli
citante. Opónganse. Dado Juzgado Tercero Civil del Distrlto. Ma
nagua, se.is septiembre mil novecientos setenta y
ocho. --· J. Lacayo, Srio. 8 l
Reg. No. 6378 - R/F 159510 Valor ($ 45.00
Salvador Jiménez Almendárez, solicita supleto
rio, casa Ocotal, treintidós por veintisiete; Norte.
Maximiliano Cerda; Sur, Raymundo Salgado; O
riente, Fabio Peralta: Occidente, Juan Marín.
Opónganse. Juzgado Distrito. Ocotal, veintidós julio mil no
vecientos setentiocho. - Reyna Cano, Sria. ~ ~
Reg-. No. 6383 - R/F 215907 - Valor cy: 45.00
Francisco Pérez Aguilera, solicita supletorio,
solar ciudad: Norte, Ricardo Pérez; Sur, Río Es
telí; 'E'.:ste, Hermanos Huete: Oeste, Elias Monto
ya. Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Estelí, veintitrés agos
to mil no.,_,.ecientos setentiocho. - Hugo Tercero,
Secretario. 3 2
2918 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Reg. No. 6384 - R/F 215906 -- Valor <r 45.00 Julio Lira Molina, solícita supletorio, casa solar, La Trinidad; Norte, Mercedes Jiménez; Sur, Julio Mairena; Este, Teresa Molina; Oest0, .!:..ngela Castillo. Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Estelí. veinticuatro agosto mil novecientos setentiocho. - Hugo Tercero, Secretario.
Reg. No. 6385 -· R/F 215903 - Valor ~ 45.00 Antonio Hernández Ruíz, solicita .i::upletorio, casa solar, Limay; Norte, Alejandro Torres: Sur, Santos Carrasco; Este, Julio Corea; Oeste, Mercedes Martínez. Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Esteli, dieciocho agosto mil novecientos se.ten ti ocho. - - Hugo Tercero, Secretario.
3 •
Reg. No. 6388 - R/F 215776 - Valor 1$' 45.00 César Gutiérrez, solí-cíta supletorio, casa solar, Este1í; Oriente.. Eduardo Montecino~; Occidente, Leonor Averr11z Castillo; Norte, Instituto San Francisco; Sur, Socorro Soza.. Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Estelí, quince agosto mil novecientos setentiocho. - Hugo Tercero.
3 2 Reg. No. 6389 ~--· R/F 190314 - Valor <$: 45.00 Judith Calderón Contreras, solicita supletorio, solar, Nagarote; lindante: Ol'ie,nte. Canncla Contreras; Poníente, Rosalia Reyes; Norte, Cannenza Reyes; Sur, Huruberto Gallo. Interesados opónganse.
.Juzgado Local. Nagarote, veintiuno agosto mil novecientos se.t{'ntiocho. - H. Sánchez. Srio. 3 2
Reg-. No. 6390 - R/F 218147 --- Valor t: 45.00 Teodoro Cerrato Alaniz, solicita supletorio, rústica, Telpaneca, medi:l. manzana; Norte, Carretera; Sur, Edmundo Delg-ado; Este, .Julio Cálix; Oeste, Carretera, Julio Cálix. Opónganse. Juzgado Distrito. Somoto, agosto nueve mil no\recientos setentiocho. -- Luis Adolfo Díaz, Secretario.
3 2
Reg. No. 6391 - R/F 106126 - Valor <$: 90.00 Manuel Pino Sandovat solicita titulo supletorio, dos cerramientos, '-'Cinte manzanas cadi uno, en Quebrada de Agua esta jurisdicción, A) linda: Oriente y Norte, Pedro Moya; Occidente. Modesto Osario; Sur, Alejandro Betanco. B) linda: Oriente, Ventura Vindel; Occidente., Rodolfo Garia; Norte, .Julián Moreno; Sur, Felipe Peralta. Opónganse. Juzgado Local Unico. Limay, nueve agosto setentiocho. ·-- Mayorga, Srio.
Reg_ No. 6392 - R/F 218145 - Valor <f 45.00 Francisca Cruz Mairena, solicita supletorio, rústico, Yalagiiina; Norte, Laudo Carazo CarrRsco; Sur-Oeste . .Juan Rosales; Oriente, Marcial García. Opónganse. Juzgado Civil: Distrito. Somoto, agosto, nueve mil novecientos setentiocho. Luis Adolfo Díaz, Secretario.
Reg. No. 5722 R/F 201488 - Valor ~ 45.00 Violeta Muñoz Carballo ,solicita supletorio, lote terreno Diriá; lindando: Oriente, Carlos Ruiz
Alemán; Poniente, Calle; Norte, !lo; Sur, Carlos Ruiz Alemán. Interesados opó:!"lganse. Juzgado Local Civil. Granada, veint¡ l·io mi! novecicn•os setentiocho. - Al múdez, Secretario.
Reg. No. 6 1~24: -- R/F 188633 --- VatÓ Crescnc10 Cont.reras, supletorio, urban rote; lindante: t:i-orte, Felipe López; S das López; E·ste, I<~Ulalia Aguilar; Oes · Aguilar. Opónganse. Juzgado T'r:ri:fTO Ci\•ü :'istrito . .Ma.nag mayo mil novecie.ntos setentíocho. Córdoba, Sria.
Reg. No. 6375 - R/F 2-15748 -- Valor Gustavo Rugama y Olimpia Suá.rez, supletorío, casa solar, Condega; Oriente; GuiUén; Norte, Orlando Navarrete; Occid ger Moneada; Sur. Josefa Molina. Opónganse. Juzgado Local Civil.
novecientos set .... ntiocho.
Reg. No. 6376 -- R/F 190315 - Valor Orlando Romero, Ana Mendoza, solicitan torio, Nagarote; lindante; Oriente., González;_ Poniente, Bertalia Ojeda: Norte le:» Sánche:::: Sur, Esperanza López. Interesados opónganse. .Juzgado Local Nagarote, diecisiete a novecientos s~.tent~ocho. -·- H. Sánchcz,
Reg. No. 6377 --·- R/F 159509 - Valor ($: Juan Avila Osegueda, solicita supletorio' ca, veinte man7.anas, Limón-Jalapa; Norte) Evanan Urbina Amador; Oriente, Eleazar Aplicano; Occidente, Concepción Ortez. Opónganse. Juzgado Distrito, Ocotal, doce agosto mil cientos sete.ntiocho. ~
Reg. No. 6234 -- R/F 218014 - Valor ~ .Josefa González Rosales, solicita suple :-::alar y casa. Palacagüína; Norte, Emilio O. Sur, Rosa Acevedo; Oriente, Lorenzo otro; Occidente, Plaza Municipal. Opónganse. Juzgado Loca!. - Palacagilina, agosto mil novecientos setentiocho. Gustavo , te Figueroa, Secretario. ·
Reg. No. 6233 - R/F 189938 - Valor ~ 1 José Carmelo Alfaro Casco, solícita titulo pletorio, predio rural, comarca San Nicol . '· risdicción Achuapa León, mide y linda: On Laureano Cerros Calderón; Occidente, Ro tníses Alfara Moneada: Norte. Asunción Mendoza; Sur, Santiago Valle Espinoza, manzanas. se.is manzanas; linda: Oríente, Lanuza Mendoza; Occidente, José Carmelo ro Casco; Norte,, Carmelo Alfaro; Sur, Elisa Lanuza, medía manzana; linda: O te, Canneio Alfaro Casco; Occidente, Elisa za Mendoza; Norte, Elisa Lanuza Mendoza; .. Elisa J_,anuza Mendoza, ocho manzanas: lin Oriente, Samuel Lanuza; Occidente. Santiago lle; Norte, Samuel. Lanuza; Sur, Camino enm tri Juzgado Distrito del Crimen y Civil Dis Ministerio Ley, - León, siete agosto mil no cientos setentiocho - Genaro Matute. Arrl Juez de Distrito acl Crimen y Civil Distrito nisterio Ley. - Luis Rocha, Srio. 3 s
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2919
,Jil'o. 6255 -· RR/F 226321 - Valor <$: 45.00 doro Ramírez l)elgadillo, solicita supletorio,
urbano, ubicado comarca Laurel; jurisdic. sa.n Francisco del Carnicero. · nuase término legal. · Francisco del Carnicero, primero julio mil ·entos setenta y ocho. - Fabián López S.,
·¡,.ocal Civil. - Maritza Vivas Gómez, Sria. 3 3
cNo. 6247 - R/F 226651 Valor <S 90.00 r Augusto Espinoza Lazo, solicita título su
rio de una finca rústica de cien hectáreas, por Río Escondido, Rama. con estos lin-
: Norte, Rio Escondido, finen Ne\v Home de edio; Sur y Oeste, finca "San Agustin"; y
te, finca Misión Point. eresado opónganse legalmente.
ado Civil del Distrito. Bluefields, agosto
'mil novecientos setentiocho. - Manuel MarS. -M. A. MontalV'án E., Secretario.
3 ~
- Valor ~ 45.00 o Polanco Matamoros, solicita supleto
diecinueve manzanas, Telpaneca; Oriente, Pérez; Sur, Edmundo Delgado, Modesto ;Occidente1 Manuel Fernandez; Norte, LeoRivera. nganse. gado Distrito. Somoto, dieciocho enero mil ientos setentiocho. - ·· Luis Adolfo Diaz, Se-
~ 3 3
• No. 6157 - R/F 218080 -- Valor <f 45.00 ~ ina López Sánchez. solicita supletorio, cuamanzanas, Telpaneca; Norte, camino real, uel Fernández; Sur, Amado Gutiérrez; Orien_
Guadalupe Cárdenas; Occidente, Gustavo Rn-
ónganse. uz.gado Distrito. Somoto, once mayo mil noentos setentiocho. - Luis Adolfo Díaz, Secre-
3 3
• No. 6144 -~ R/F 225642 ~--- Valor ($ 225.00 señor José Claudino Díaz González, se ha tado a este Juzgado, solicitando se le extitulo supletorio, de un lote. de terreno ur
, situado en La Esperanza. jurisdicción lie , de ocho yardas y media de frente por cuayardas de fondo, terminando el ancho en
'y media yarda:::;, lindante: al Norte, con casa ctor Gámez; Sur, c:isu de Baudilio Sevilla, calle Central y Oeste, Silvia López de Gáen el cual terreno se encue.!1.tra un palo de ja uno de zapote y dos palos de cocos el
19te de terreno lo estima en la suma de Ochc rdobas.
"én se crea con igual o mejor derecho que el
tante que se presente a este Juzgado a deoposición.
en el Juzgado Civil del Distrito de Blue-, a los trece días del mes de julio de mH notos setenta y ocho. - J. J. Malesson C.
, conforme con su original, Bluefie;ds. trece lio de mil nove-cientos setenta y ocho. J. Ma-
C., Secretario. 3 3 ¡
: No. 6258 - R/F 189822 - Valor <$ 90.00 ro Humberto Rodríguez Rivas, solicita tí
SUpletorio, lote urbano, quinientos uno-punventiséis metros cuadrados, ubicado balnea
Las Peñitas; lindante: Norte y Poniente, FaMercedes Pichardo; Oriente. Adán Quinta
Sur, Veneración de la Cruz. ganse. ªdo Distrito Civíl. León, dos agosto mil no
. tos setentiocho. - Genaro Matute Arrieta, Distrito Civil por Ministerio de ln Ley.
lecio Berrtos, Secretarto. s s
Reg. No. 6261 - R/F 189823 - Valor <!'. 90.00 Marta Olivas Salgado, solicita titulo supleto
rio, lote urbano, dos mil trescientos treínticin
co-punto-noventa metros cuadrados, ubicado Balnearic1 Las Peñitas; lindante: Norte y Poniente,
Fra.n< isco Juárez; Sur, Sucesores Humberto Ti
jerino; Oriente, Filiberto Herdocia y otros. Op(lnganse. Juzgado Distrito Civil. León, dos agosto mil
novecientos setentiocho. Genaro Matute Arrie~
ta, Ji. ez Distrito Civil por Ministerio de la Ley.
- Indalecio Berríos, Secretario"
Arriendos de Terrenos Ejidales Reg. No. 6380 -· R/F 32380 Valor lf 90 00
Féllx Pedro Figueroa Rueda, solicita arriendo
terreno ejidal. perteneciente Telica, predio urbano( ;:alar) ubicado barrio La Parroquia, mide co~
mo n;edio cuarto de manzana de extensión; linda:
Orierte, Olg-a Muriilo; Poniente, Calle de por medio, .::uan Malina; Norte, William Baca; Sur, Ca
lle dE· por medio, Epifania Tobal. Interesado:::: opóngase término legal. Dado Alcaldía Municipal. Telica, a los doce. días
de agosto de mil novecientos setenta y ocho. -
Egberto Chévez Flores, Alcalde Municipal, Telica. 3 3
Reg. No. 6381 -··- R/F 32377 -- Valor <!'. 90.00
Ellas Canales Alvarez, solicita arriendo terreno
ejidal, perteneciente Telica, "El Marañonal", mide
como dos manzanas y tres cuartos de extensión;
lindante: Oriente, Lino Canales; Poniente, Mar
garita Canales; Norte, Río enmectjo, Elíseo Sal~ meré n; Sur. Clemente Canales.
In1 cresados opóngase término legal. D<::.do Alcaldía Municipal de Telica, Depto. de
León, a los cinco días del mes de agosto de mil
novecientos setenta y ocho. - Egberto Chévez Flor(~s, AlcRlde Municipal de Telica.
SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR MARISELA DEL CARMEN KIRKLAND
Reg. No. 6458 - R/F 248021 - Valor ($'. 90.00
Hi~ry Kirkland y Betty Justina Anderson, so~
licitan adopción de menor Marisela del Carmen Kirkland Moreira.
Quién se crea con derecho opóngase dentro de
térnüno legal. Juzgado Tercero de Distrito para lo Civil de
Managua, veinticuatro de agosto de mil novecien
tos setenta y ocho. - Oriel Soto Cuadra, Juez
Tercero de Distrito para lo Civil de Managua. :1 '.'
SOLICITUDES DE REPOSICIONES DE CERTIFICADOS DE
INVERSIONES NICARAGUENSE DE DESARROLLO, S. A. (INDESA l
Reg No. 6685 ~ R/F 248698 -- Valor <j'. 135.0-0
Se irúorma a solicitud de parte interesada, que
el Titulo de Inversión, Obligación Rentable Certificada, emitido por INDESA se, ha extrav;ado y que correspo11de a la siguiente descripción:
No.
1150-ID ($:' 112,000.00 1 año 30/Ago./76 Su titular solicita la reposición correspondien
te. De no haber oposición dentro de, un p1azo de treinta dias a partir de la fecha de la primera
publicación, por este medio se efectuará la reposición, deja.'ldo sin valor el Titulo original objeto de 1a misma.
Reynaldo Silva Solórzano. Gerente Valores.
s l
2920 LA GAL'ETA-DIARIO OFICIAL
Reg. No. 6686 -- R/F 248699 - Valor <;: 180.00 Se informa a solicitud de parte interesada, que
los Títulos de Inversión., Obligaciones Rentables Certificadas, emitidos por INDESA, se han extraviado, y que Corresponden a la siguiente descripción:
No. Monto Plazo Emisíón
CH-1151-ID Cf 70,000.00 6 M 2/0ct./76 CH-1152-ID 35,000.00 6 M 2/0ct./76 CH;-1153-JD 28,000.00 6 M 2/0ct./76
Sus titulares solicitan la reposición correspondiente. De no haber oposición dentro de un plazo de treinta días a partir de la fecha de la primera publicación, por este medio se efectuará las reposiciones correspondientes, dejando sin valor los títulos originales, objeto de la presente.
Reynaldo Silva Solórzano, Gerente Valores.
• 1 ,,. ~··
SOLICITUD DE REPOSICION DE TITtnhS DEJ FINANCIERA DE OCCIDENTE, S. A.
(FIDOSA)
Reg. No. 6649 - R/F 190378 - Valor - 135.00 Se informa a solicitud de parte interesada, que
los Títulos de. Inversión, Valores Finna<:ieros Certificados, emitidos por FIDOSA, se han extraviado y que corresponde a la sigui este descripción:
------· ====·=··e=-=~~
No. Mo11:ta Plazo EmisWn
D-1121 ~ 167,160.70 3 años Junio 22/76 D-1243 Cf 20,337.88 3 años Junio 23177
Sus titulares solicitan la reposición correspondiente. De no haber oposición dentro de un plazo de treinta días a partir de, la fecha de la primera publicació:n, por este medio se efe,ctuarán las reposiciones correspondientes, dejando sin va.-lor títulos originales, objeto de la presente.
Mercedes S. de Matute, Gerente.
3 1
SOLICITUD DE CANCELACION DE CONTRATO DE CERTIFICADO DE AHORRO
DE FINANCIBRA DE LA VIVIENDA
Reg. No. 6360 - R/F 247197 - Valor {: 135.0~
Se informa a solicitud de parte interesada, que Contrato de Certificado de Ahorro emitido por FINANCIERA DE LA VIVIENDA, se ha extraviado y que corresponde n. la siguiente descripción: Número CH-38, monto et 150,000.00; Plazo 5 años; Emisión 16 de julio de 1975.
Su titular solicita la cancelación correspo!l:dícnte. De no haber oposición dentro de un plazo de treinta dias a partir de la primera publicación, de esta fo:rn1a se efectuará la cancelación, dejando sin valor el titi.110 original, objeto de la misma.
Managua, D. N., 21 de agosto de 1978. ~ Néstor AbatL'1.Za Sandin0, Jefe Departamento de Ahorro.
====--·=-=---·----·--- --- -- ----- ---- -- -- -- OC".>
Sentencias de Divorcio Reg. No. 6581 - R/F 248621 - (f 15.00
Por sentencia 10: 15 a. m. de 18 de agosto de 1978, declaróse disuelto matrimonio de Luis Armando Ríos Lec1a1r y Marina del Socorro Matus Baltodano. Sala Civil.
===-~~====
Corte Apelaciones. Miranda") -Secretario.
Reg. No. 6588 - R/F 248771 - ~ Por sentencia 9:00 a.m. de 23 dea
1978, d2c!aróse disu€!lto matrimonio mando Dávila Martínez y Maria La pada Gámez. Sala Civil. Corte Apelact Masa.ya. - Helmore Miranda, Sec
Reg. N? 6650 - R/F 248821 - (!, Pcr sent8ncia 10:15 a.m., 19 julio'.
d~clarése d!sue!to vínculo matrimonia[ Manuel de Jesús Sotelo Cuadra y María Aburto Mendcza, dictada Corte Apelac Sala Civil. A/\asaya. Helmores Miran Secretario.
Reg. N' 6647 - R/F 248677 - ([ · Por sentencia de 10:45 a.m., 4 se
bro 1978, declácase disuelto el matri de Róger Jesé Grimm Bonilla e Irene M Portocarrero A~arenco. Dictada Sala '. Corte Apelaciones. Masaya. - Helmor randa Sánchez., Secretario.
Reg. N' ó648 - R/F 208095 - (! , Josefa Ooiores Ortiz, unión Dolores,
de María López, solicitan, decláraseles: deras, bienes, derechos, acciones causant: gela //\aría Ortiz.
Oyénse oposiciones. . Juzgado Distrito. Masatepe, nueve a
mil novecientos setentiocho. - Aníba tiérrez Cc.;rballo, Srio.
Reg. No. 6681 - R/F 248690 - 1$ Estela Urbina, solieita decláresele
dera, derechos, bienes, acciones al f dejó Diega Urbina Hernández, la soli te no señaló bienes.
InteresadOs opónganse. Juzgado Civil Distrito. Leóu, win~
de junio de mil novecientos setenta. Y - José León Mora Barberena, Juez Distrito, León. - Luis Rocha, Srio.
Reg. No. 6683 - R/F 201959 - -~ Orlando José Lugo Sanabria, umon·
manos, solicitan decláreseles heredero funta ma.dre Beatriz Sanabria de Lugo, nee, dereehos, aceiones que dajara al, . ' r1r.
Oponerse. Juzgado Civil Distrito. Gran~da- .·
septiembre. mil noveeientos setenttoc Alvaro Bermúdez, Secretario.
INDICE e INDICADOR de "La Gaceta": Se publican los días Lunes; Indice va como Suplemento.