trabajo domiciliario - derecho

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Dr. Luis Alberto Nabarrete Obando LEGISLACION EN INGENIERA GRUPO “A” 20/03/2009 DERECHO PUBLICO, PRIVADO Y MIXTO TRANSICION DE UNA SOCIEDAD SIN ESTADO A UNA CON ESTADO UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA HECTOR CUADROS ROJAS

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Page 1: Trabajo Domiciliario - Derecho

Dr. Luis Alberto Nabarrete ObandoLEGISLACION EN INGENIERAGRUPO “A”20/03/2009

DERECHO PUBLICO, PRIVADO Y MIXTO TRANSICION DE UNA SOCIEDAD SIN ESTADO A UNA CON ESTADO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCAFACULTAD DE INGENIERIA

ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL

HECTOR CUADROS ROJAS

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DEDICATORIA

El presente trabajo de investigación se lo dedico a mi familia que gracias a sus consejos y palabras de aliento crecí como persona. A mis padres y hermano por su apoyo y confianza. Gracias por ayudarme a cumplir mis objetivos como persona y estudiante.

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PRESENTACIÓN

En el presente trabajo de investigación encargado del curso de Legislación en Ingeniería, se realizará el análisis, la interpretación y la crítica de temas que conciernen a la disciplina del Derecho, tales como el derecho público, privado y social, además se darán algunas definiciones, fuentes, conceptos, métodos, teorías y disciplinas que pertenecen al tema en estudio.

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INDICE

CAPITULO I: INTRODUCCION 5

CAPITULO II: DESARROLLO DEL TEMA 6

A. DERECHO

1. FUENTES DEL DERECHO 62. DEFINICION DEL DERECHO 63. DERECHO POSITIVO 64. DIVISIONES DEL DERECHO 75. TEORÍAS SOBRE EL DERECHO 76. MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN 77. RAMAS DEL DERECHO 88. DISCIPLINAS JURIDICAS 89. ENSEÑANZA DEL DERECHO 910.PEDAGOGÍA JURÍDICA 911.DERECHO CIVIL 912.DERECHO PENAL 913.DERECHO PROCESAL CIVIL 914.DERECHO PROCESAL PENAL 915.DERECHO CONSTITUCIONAL

916.TECNICAS LEGISLATIVAS 1017. VALORES 1018.FUNCION DEL DERECHO DE UN ESTADO 1019.EL DERECHO COMO CIENCIA 1020.EL DERECHO NO ES CIENCIA 11

B. DERECHO PUBLICO, DERECHO PRIVADO Y DERECHO SOCIAL11

1. RAMAS DEL DERECHO 122. CRITICA ARGUMENTATIVA A LA DIVISIÓN DEL DERECHO. 12

C. LA TRANSICION DE LA SOCIEDAD SIN ESTADO A LA SOCIEDAD CON ESTADO 12

CAPITULO III: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 14

CAPITULO IV:BIBLIOGRAFÍA 15

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CAPITULO I: INTRODUCCION

Cuando nos acercamos a una realidad con ánimo de conocerla, hemos de comenzar por tratar de desentrañar lo que esa realidad es; en que consiste, cual es su modo de ser. La realidad cuenta con otros puntos de interés, su origen, su historia, su finalidad, pero tales rasgos no ofrecen demasiada utilidad si previamente no se afronta el ser mismo de esa realidad. Si este interrogante es importante, en el caso de la realidad jurídica reviste un especial interés por dos razones:

- La primera está en que mientras el común de las personas cuando se encamina hacia una realidad para conocerla sabe muy poco o nada de ella y no tiene problema en reconocerlo, en cambio cuando se trata del Derecho, nos encontramos no sólo con que la gente tiene o cree tener conocimientos del mismo, sino que además suelen estar equivocadas. Y más grave aún es que estos conocimientos no sólo sueles ser erróneos, sino además peyorativos conformando una idea del Derecho pesimista y negativa.

Si preguntásemos al hombre de la calle lo identificaría con policía, impuestos, órdenes... de manera que lo jurídico queda alineado como algo hostil, agresivo, restrictivo, como un mal necesario.

- La segunda razón por la que resulta urgente construir una idea adecuada del Derecho estriba en que este constituye una realidad intrínsecamente humana, tan estrechamente unida al hombre que puede afirmarse que una gran parte de nuestras actividades están literalmente rodeadas por el Derecho: compramos, vendemos. Todas estas actividades son jurídicas, están reguladas por el Derecho, es una realidad que condiciona nuestro vivir.

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CAPITULO II: DESARROLLO DEL TEMA

D. DERECHO21.FUENTES DEL DERECHO

Desde una óptica jurídica, se emplea para indicar el principio, origen o fundamento de las normas que integran un ordenamiento legal en un espacio y tiempo determinado, es decir, que son las bases fundamentales de donde emana el Derecho. Son cuatro las clasificaciones reconocidas por la mayor parte de la doctrina:

La Ley : Referente a todas las normas jurídicas reguladoras de un determinado sistema Jurídico.

La costumbre : Referente a todos los actos repetitivos de frecuente uso dentro de una sociedad, que son relevantes para el Derecho.

La Jurisprudencia : Son todos los pronunciamientos emitidos por los órganos judiciales competentes, que tienden a crear un carácter vinculante.

La doctrina : Son todos los estudios desarrollados por los operadores de esta disciplina.

Encontramos otras fuentes del Derecho, que derivan de los ya expuestos, como las ejecutorias, la manifestación de la voluntad, la realidad social, entre otras.

22.DEFINICION DEL DERECHOEn su acepción usual o corriente, “derecho” quiere decir aquello que es recto, directo, lo que no solo significa que se sigue la misma dirección, sino adecuarse a una regla, a una norma.

Lo cierto es que resulta difícil definir la palabra derecho, ya que se desconoce su origen en sí, por tanto, esta visto como un conjunto de normas vigentes (sentido objetivo); como una facultad atribuida a un sujeto para hacer, no hacer o exigir algo (derecho subjetivo); ideal de justicia o su negación (lo justo) y como saber humano aplicado a la realidad (derecho como ciencia).

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23.DERECHO POSITIVOEs el que después de seguir el procedimiento formal y valido, es aprobado por el Poder legislativo, este puede estar codificado o no; es diferente del Derecho vigente, este ultimo designa el conjunto de normas imperativo- atributivas, que en cierta época y paìs la autoridad prescribe, declara o reconoce como obligatoria.

24.DIVISIONES DEL DERECHODe acuerdo a la forma de estudio que se quiera abordar se encuentran diversas formas de clasificación; la más difundida divide al Derecho en tres: Público, Privado y Social

25.TEORÍAS SOBRE EL DERECHO

a. Teoría normativista del derechoEsta teoría, considera al derecho con un conjunto de normas jurídicas emitidas del órgano Estatal competente, cuya finalidad es regular las conductas de los miembros de la sociedad.

b. Teoría pura del Derecho: Sostenida por Hans Kelsen, el cual indica que para estudiar el Derecho como disciplina debe ser separado de todas las demás ciencias.

c. Teoría egologica del derechoLa cual estudia en primer término a la conducta de los individuos para luego estudiar el Derecho con respecto a ellas.

d. Teoría tridimensional del derechoLa que indica que el derecho se compone del estudio de tres elementos: la norma, el valor, la conducta.

e. Teoría octodimensional del derechoLa que sostiene que el derecho se conforma de 8 elementos, esta teoría no está desarrollada.

f. Teoría pluridimensional del derechoEn esta teoría se sostiene que el derecho se encuentra conformado por muchos elementos, lo que constituye diferentes teorías que como es lógico sustentan posiciones diferentes, por lo que en primer lugar deberíamos estudiar las Fuentes del derecho en su totalidad.

26.MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN

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La interpretación es la técnica utilizada por los operadores del derecho con la finalidad de comprender y dar sentido a las normas bajo análisis

a. Método Literal: Este método hace que la interpretación se base en el significado que tienen las palabras en su forma descrita, en ese sentido, que será entendida tal cual está escrita.

b. Método de interpretación exegética: Este método permite interpretar las normas jurídicas extensamente, manteniendo principios de unidad y coherencia con todas las normas jurídicas establecidas dentro de nuestro sistema. Y basarnos en otras fuentes.

c. Método analítico: Permite dividir a la norma en diferentes partes para un análisis riguroso.

d. Método de interpretación sintético: Utiliza a la síntesis como técnica de interpretación, consolidando la norma en una sola para su entendimiento.

e. Método de interpretación funcionalista: Se basa en la estructura organizacional de la sociedad y la realidad para esbozar una interpretación.

f. Método de interpretación dogmático: Esta interpretación basa sus argumentos y alcances en la doctrina preexistente relativa a la norma bajo análisis.

g. Método de interpretación sociológico: Toma como punto de partida a la sociología, es utilizada por abogados que tienen estudios de sociología jurídica y por sociólogos.

h. Método de interpretación filosófico: Se basa en la filosofía y es utilizado por quienes tienen estudios en ello.

27.RAMAS DEL DERECHOComo toda disciplina, el Derecho sufre divisiones de carácter material (contenido) con la finalidad de un estudio pormenorizado: Derecho civil, Derecho penal, Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho laboral, Derecho registral, Derecho procesal, Derecho político, Derecho notarial, etc.

28.DISCIPLINAS JURIDICAS

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Son entendidas como aquellas disciplinas que enfocan al Derecho en tanto objeto de ciencia, y por tanto es susceptible de una triple consideración: como vida social humana, como sistema normativo y como objeto en sí y en lo que debe ser. La sociología del Derecho, la Ciencia del Derecho propiamente dicha y la Filosofía del Derecho se ocupan, respectivamente, de esos tres aspectos del fenómeno jurídico.Si se estudia el derecho, bajo cualquiera de esos ángulos, no desde el punto de vista sistemático si no en su evolución, es la Historia del Derecho la disciplina que persigue tal finalidad1.

29.ENSEÑANZA DEL DERECHOConsiste en transmitir conocimiento sin formar a los alumnos, es diferente a la pedagogía

30.PEDAGOGÍA JURÍDICAConsiste en formar al alumno, no sólo transmitiéndole conocimiento sino también valores, es decir, se busca formar al alumno, para que el mismo pueda reflejar que tiene valores.

31.DERECHO CIVILRama del derecho encargado de estudiar el conjunto de normas que regulan la conducta del individuo, miembro de la sociedad, en todo lo relacionado a los actos civiles a realizar. El Código Civil vigente data del año 1984, el cual no enumera las fuentes del derecho.

32.DERECHO PENAL Rama del derecho encargado de estudiar el conjunto de normas que regulan la conducta del individuo, relacionado a la realización de delitos. El Código Penal vigente data del año 1991.

33.DERECHO PROCESAL CIVILRama del derecho encargado de estudiar el conjunto de normas que regulan la realización del proceso civil en defensa de la tutela jurisdicción efectiva,. El Código Procesal Civil vigente data del año 1993, resalta su estudio la importancia de los Principios procesales, entre los cuales encontramos la inmediación, celeridad, obligatoriedad de los procedimientos establecidos por ley, entre otros.

34.DERECHO PROCESAL PENALRama del derecho encargado de estudiar el conjunto de normas que regulan la realización del proceso penal con la finalidad de perseguir el delito y resolver su punibilidad. Actualmente contamos con dos Códigos

1 ALZAMORA VADEZ, Mario. “Introducción a la Ciencia del Derecho” Lima 1982. Pag 49

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Procesales penales, un Código de procedimientos penales, los tres mantienen vigencia en parte.

35.DERECHO CONSTITUCIONALRama del derecho cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. Las cuales se encargan de garantizar la protección a los Derechos Fundamentales basados en la dignidad del Ser Humano. La constitución data del año 1993.

36.TECNICAS LEGISLATIVASLa tarea técnica del especialista del derecho consiste en el arte de convertir en normas el tipo de regulación escogido en la primera etapa. Esta tarea requiere la especificación y aplicación de las condiciones que hacen viables jurídicamente a las normas elaboradas, así como su redacción e implantación en la colectividad

37. VALORESSon cualidades o propiedades que las personas atribuyen a las actividades humanos a lo bienes u objetos de su entorno, sobre la base de juicios colectivos acerca de sus alcances y contenido. Estos sirven de inspiración al derecho positivo por lo cual es claro que los mismos son la justicia, libertad, orden, seguridad, etc. Este tema es muy extenso y de acepciones relativas, por ejemplo se entiende por justicia el valor supremo de ideal al cual se aspira llegar respetando la parte que tiene la razón o en su caso creando una especie de equidad. La libertad por su parte, busca eliminar de manera parcial los limites expuestos a la acción del hombre. La seguridad es la garantia que persigue que un estatus se mantenga estable por un periodo de tiempo.

38.FUNCION DEL DERECHO DE UN ESTADOEl derecho dentro de un Estado tiene la función de regular las conductas de los miembros pertenecientes a la sociedad, por tanto en el grupo hegemónico buscará que se cree una estructura sólida en pro de garantizar los derechos subjetivos de los individuos. Y visto desde la sociedad se encarga de regular las conductas y acciones de los individuos con respecto a los demás y al cumplimiento de lo establecido en la ley.

El derecho se encarga de velar por la igualdad, certeza, predictibilidad, entre otros, en fin todos los Principios y Derechos relevantes para la humanidad.

39.EL DERECHO COMO CIENCIAMuchos autores consideran al Derecho como ciencia, puesto que el objeto de estudio es el Derecho en sí, en tal sentido, el derecho se define como

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ciencia, porque constituye un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos o fenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones generales por esos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio, a demás se rigen por principios.

Entonces estamos en condiciones de afirmar, que el derecho es una ciencia de carácter factical, cultural, y constituye un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados.

40.EL DERECHO NO ES CIENCIAHay tratadistas que no consideran la cientificidad del Derecho, y consideran a este como una Técnica, una Disciplina o en su caso una rama de la filosofía, esto requiere un mayor estudio y análisis.

E. DERECHO PUBLICO, DERECHO PRIVADO Y DERECHO SOCIAL

Tradicionalmente el Derecho se ha dividido en dos grupos Derecho Privado y Derecho Público, para algunos tratadistas existe un tercer grupo denominado Derecho Social, esto debido a la complejidad de su estudio cuando se lo clasifica. Cada una de las clasificaciones alberga en su contenido distintas ramas esenciales y diferentes entre sí, pero que en los actos sociales suelen se interdependientes, es decir, dependen del entendimiento de una de ellas para poder entender la razón de la otra.Esta división no es actual, ya en la antigua Roma se vislumbra la clasificación establecida, la cual no varía mucho de la actual; el derecho público refería al conjunto de normas establecidas por el Estado que tenían por finalidad regular su gobierno, su organización, y su funciones. A diferencia del Derecho Privado que regulaba la actividad en particular de los individuos. Visto así, en la actualidad se concepciona al Derecho Público como aquella parte del sistema jurídico que rige la organización del Estado y su actividad, es decir, el conjunto de preceptos jurídicos destinados a la tutela o defensa del ser humano y al cumplimiento de los intereses generales de la comunidad. El Derecho Privado, es la parte del sistema jurídico que regula y delimita las relaciones de los particulares entre si, o de estos frente al Estado. También es un plexo de normas jurídicas, pero su objetivo consiste en regular los intereses particulares de los individuos, a través de los códigos y leyes que al efecto se dicten.El Derecho Social por su parte, busca la armonización de la sociedad, incidiendo en la protección social de los sectores mayoritarios que la conforman.Es necesario indicar que estas tres clasificaciones abarban al derecho codificado y al derecho no codificado (el escrito en leyes y códigos) es decir, que el Derecho positivo también sufre esta clasificación general.

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1. RAMAS DEL DERECHOEn este acápite radica la importancia de la división que tiene el Derecho, esto es, para desarrollar un mejor estudio de esta ciencia, por tanto, cada división contiene subdivisiones denominadas ramas del Derecho, claro esto acorde al tema a dilucidar, por ejemplo dentro del Derecho Publico encontramos a un gran numero correspondientes a la Administración y el Estado, su organización, competencias y, en general, el funcionamiento de los órganos constitucionales, como son: Derecho constitucional; Derecho Administrativo, Derecho internacional público. Asimismo, también se incluye al Derecho penal, Derecho procesal penal, Derecho financiero, Derecho tributario, Derecho Aduanero, Derecho Sanitario, entre otros.El derecho Privado, comprende al derecho civil, al derecho comercial, al derecho empresarial, al derecho cambiario, etc.Dentro del Derecho Social, encontramos al Derecho laboral, agrario, de familia, minero, que por su propia naturaleza jurídica, al ser estudiados se los engloba como Derecho sui generis.

2. CRITICA ARGUMENTATIVA A LA DIVISIÓN DEL DERECHO.

Como todo tema tendiente de debate, encontramos posiciones a favor y en contra de la clasificación antes descrita; como lo mencionaba en líneas anteriores, algunos tratadistas no están de acuerdo con la tercera clasificación, esto tiene una razón lógica puesto que el Derecho social surge como consecuencia de la constatación de que los derechos reconocidos por el Estado en los estertores el siglo XVIII no permitían que personas y grupos de deficiente situación socioeconómica pudieran acceder a un efectivo goce de igualdad ante la ley y la libertad, por tanto aparece el Derecho social que persigue nivelar las desigualdades sociales existentes, haciendo que la igualdad deje de ser un punto de partida del derecho para convertirse en su meta o aspiración. La aparición del derecho social, por tanto, no se entiende sino en función de los males derivados de la revolución industrial, suceso que implicó grandes cambios en el proceso productivo y en las relaciones derivadas de este.

LA TRANSICION DE LA SOCIEDAD SIN ESTADO A LA SOCIEDAD

CON ESTADO

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Definamos en primer lugar lo que se entiende por Estado, el cual adopta dos nociones, una jurídica y una sociológica; con respecto al tema, el Estado en términos jurídicos es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes. Esta noción nace después de la Primera Guerra Mundial y los conflictos presentados, anteriormente la organización de la sociedad, ya mantenía una estructura, la que nace según lo analizado desde la aparición del hombre en la tierra y su desarrollo, es decir, inicialmente el hombre busca su supervivencia basado en lo que la naturaleza brinda, satisfaciendo sus necesidades primarias. Luego de la aparición de la agricultura son más los productos con los que cuenta para alimentarse, quedando ya una producción demás denominada plusproducto.

Este Plusproducto es una fuente generadora de conflictos sociales, debido a la demanda social y al crecimiento que comienza a surgir. El plusproducto entonces se convierte en el botín cuya apropiación es disputa por diversos individuos y grupos que pretenden acumularlo privadamente. El resultado de esta lucha es una clasificación social, aquellos vencedores serán los detentores de recursos y poder, que se convertirán en la clase dominante o grupo hegemónico, y aquellos (por lo general la minoría) que se subordinan, conocidos como dominados. Así se da inicio a la jerarquización social, el cual necesita ser regulado, es decir, que se cree una especie de orden con la finalidad de evitar que esos conflictos potenciales se vuelvan reales. Entonces van surgiendo reglas que limitan conductas y designan acciones.

En este orden de ideas es que las normas van teniendo nacimiento como normas reguladoras de derecho que buscan mantener una estabilidad social y jurídica y a la vez garantizar el cumplimiento de las conductas con respecto a los detentadores de poder.

Quienes ejercen el poder, serán los encargados de organizar el Estado, y con ello a sus miembros. Así se llega a comprender como es que una sociedad sin Estado, sin reglas, sin organización, pasa hacer una sociedad regulada jurídicamente, con un Estado de Derecho.

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CAPITULO III: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Se logro analizar e interpretar correctamente los temas estudiados e

investigados.

La incorporación del derecho social a la tradicional división del

derecho es fundamental debido a la complejidad de esta clasificación.

Se recomiendo, realizar un trabajo exhaustivo en la investigación

debido a la gama de información que existen respecto a estos temas.

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CAPITULO IV: BIBLIOGRAFÍA

1. Dr. Luis, Nabarrete Obando, SEPARATA DEL CURSO DE LEGISLACION EN INGENIERA

2. INTRODUCCION AL DERECHO, http://html.rincondelvago.com/introduccion-al-derecho_5.html

3. LA INTERPRETACION DE LA NORMA JURIDICA, http://www.monografias.com/trabajos14/normajuridica/normajuridica.shtml

4. DERECHO, http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho

5. TEORIA DEL DERECHO, http://es.wikipedia.org/wiki/Teor%C3%ADa_del_Derecho.Ç

6. CLASIFICACION DEL DERECHO, http://www.monografias.com/trabajos12/cladeder/cladeder.shtml.

7. Apuntes de Clase

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