trabajo derecho comercial internac ional

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DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL I. INTRODUCCIÓN La importancia del buen desempeño de las relaciones internacionales en el desarrollo, político, comercial, cultural a nivel mundial es primordial hoy día para el logro del desarrollo integral de las naciones. No hay una sola nación que pueda considerarse autosuficiente asi misma y que no necesite del concurso y apoyo de los demás países, aun las naciones más ricas necesitan recursos de los cuales carecen y que por medio de las negociaciones y acuerdos mundiales suplen sus necesidades y carencias en otras zonas Las condiciones climatológicas propias de cada nación la hacen intercambiar con zonas donde producen bienes necesarios para la supervivencia y desarrollo de áreas vitales entre naciones. El desarrollo del comercio internacional hace que los países prosperen, al aprovechar sus activos producen mejor, y luego intercambian con otros países lo que a su ves ellos producen mejor. En el presente trabajo desarrollaremos el derecho comercial Internacional: Definición, fuente, clases de contratos internacionales, Organismos, financiamiento internacional etc., así como los principales acuerdos mundiales que rigen el Comercio Internacional.

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Page 1: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL

I. INTRODUCCIÓN

La importancia del buen desempeño de las relaciones internacionales en el

desarrollo, político, comercial, cultural a nivel mundial es primordial hoy día

para el logro del desarrollo integral de las naciones.

No hay una sola nación que pueda considerarse autosuficiente asi misma y que

no necesite del concurso y apoyo de los demás países, aun las naciones más

ricas necesitan recursos de los cuales carecen y que por medio de las

negociaciones y acuerdos mundiales suplen sus necesidades y carencias en

otras zonas

Las condiciones climatológicas propias de cada nación la hacen intercambiar

con zonas donde producen bienes necesarios para la supervivencia y

desarrollo de áreas vitales entre naciones. El desarrollo del comercio

internacional hace que los países prosperen, al aprovechar sus activos

producen mejor, y luego intercambian con otros países lo que a su ves ellos

producen mejor.

En el presente trabajo desarrollaremos el derecho comercial Internacional:

Definición, fuente, clases de contratos internacionales, Organismos,

financiamiento internacional etc., así como los principales acuerdos mundiales

que rigen el Comercio Internacional.

Page 2: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

II. MARCO TEORICO

1. CONCEPTO: DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL

El Derecho Comercial Internacional es una rama del Derecho Privado que fija

los principios legales que se deben aplicar a las relaciones comerciales que

trasciendan al Derecho Interno. La autonomía de esta rama del Derecho se da

recién en el período medieval, naciendo en las corporaciones, para solucionar

los problemas de insuficiencia que planteaba en la materia el Derecho Civil.

Fue receptado por los códigos modernos a partir del Código de Comercio

francés de 1807.

En virtud de lo dicho daremos algunos concepto de lo que es el derecho

comercial internacional:

Gonzalez seña que el derecho comercial internacional es: “Es una rama del

derecho internacional, en virtud de la cual se establecen los principios y normas

que regulan los actos de comercio entre los sujetos de derecho internacional de

carácter progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales

y económicas el derecho mercantil internacional ha de internacionalizándose.

Para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización

internacional.”1

Daniel Ponce Labbé establece lo siguiente: “El derecho comercial internacional

se puede definir como un conjunto de normas que tienen por objeto regular las

relaciones de carácter mercantil o comercial existente entre diferentes estados,

como también entre personas de distintas nacionalidades, esto con la finalidad

de evitar que se produzcan conflictos de carácter jurisdiccional, y así, coexistan

de manera armónica las legislaciones de cada país, en consecuencia, sea más

1 Gonzalez, Laura, 2008 , derecho comercial internacional disponible en http://ubointernacional.wetpaint.com/page/Definicion, consultado el 1 de septiembre de 2012

Page 3: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

accesible el comercio con países extranjeros lo cual les permite adquirir las

tecnologías y recursos que necesitan.”2

Se comprende dentro de las materias del Derecho Comercial internacional

temas como los contratos comerciales internacionales, la inversión extranjera,

la Organización Mundial de Comercio, los papeles de comercio internacionales,

etcétera.

2. FUENTES DEL DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL

Entendemos por fuente de donde brota surge o nace. Por lo que las fuentes del

Derecho comercial internacional son aquellas que procuran el nacimiento de

normas.

Una fuente importante del Derecho Comercial Internacional (al igual que

sucede en el Derecho Comercial local) son los usos y costumbres comerciales,

que actúan como cláusulas tácitas, por ejemplo el empleo del fax en las

contrataciones comerciales.

Las principales fuentes del derecho comercial internacional son las siguientes:

a) La lex mercatoria.- La ley mercante o ley del comerciante, del latín lex

mercatoria, fue inicialmente un sistema jurídico utilizado por los

comerciantes en la Europa medieval. Por medio de este conjunto de

normas y principios, establecidos por los propios comerciantes, estos

regulaban sus relaciones. En lugar de ser el resultado del edicto de una

autoridad máxima, fue desarrollado sobre la base del uso común. Estos

usos y costumbres eran comunes a los comerciantes y mercaderes de

Europa, con unas pocas diferencias locales

b) Los convenios internacionales.- Tratado, Pacto, Convenio,

Convención, entre otras, son términos que hacen referencia a los

acuerdos celebrados entre los Estados y regidos por el derecho

2 Ponce Labbé, Daniel.2008, Derecho Comercial Internacional, Disponible en http://ubointernacional.wetpaint.com/page/Definicion, consultado el 1 de Septiembre de 2012

Page 4: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

internacional. Por medio de estos instrumentos jurídicos aceptan una

serie de derechos y obligaciones que son de obligado cumplimiento. Su

figura es equivalente a los contratos entre particulares.

c) Acción del soft law.- El término "ley blanda" se refiere a los

instrumentos de cuasi-jurídicos que no tienen carácter jurídicamente

vinculante, o cuya fuerza vinculante es algo "más débil" que la fuerza

vinculante del derecho tradicional, en contraste a menudo con leyes

blandas al ser referido como "duro la ley ". Tradicionalmente, el término

"ley blanda" se asocia con el derecho internacional , aunque más

recientemente se ha trasladado a otras ramas de la interna ley también.

d) El derecho interno.- El derecho interno puede ratificarse, sobre

determinados convenios o no, en virtud del cual dará cumplimiento

obligatorio o no.

3. SUJETOS DEL DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL

3.1 El importador.- Es la persona física o jurídica que adquiere bienes en el

extranjero pudiendo se:

a) Usuario directo: Cuando lo que importa lo destina a su propio consumo

b) De reventa: En el caso que se comercialice los bienes extranjeros en el

mercado interno, en el mismo estado en que los recibe o

incorporándoles valor agregado.

c) Para terceros: cuando se utilizan los servicios de empresas

especializadas inscriptas, que prestan su matrícula, importan por su

cuenta, orden y riesgo.

3.2 El Exportador.- Es la persona física o jurídica que realiza la provisión

de la mercadería objeto de la transacción. Puede sel el propio fabricane

(exportador productor), o tratarse de una persona o empresa que

exporta para terceros por cuenta y riesgo propio de dichos terceros.

3.3 Entidades Bancarias: En las operaciones internacionales intervienen

por regla general dos bancos, un radicado en el mercado de utilización

o importador y otro en el mercado exportador. Brindan asistencia

financiera, cambiaria y técnica a los operadores internacionales.

Page 5: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

4. COMERCIO INTERNACIONAL

Al analizar la economía debemos de revisar la dimensión que trasciende las

fronteras de un país, es decir, la que aborda los problemas económicos con

fines internacionales.

La importancia que tienen las relaciones internacionales en el campo

comercial, político o cultural ha alcanzado, a nivel mundial, un profundo

significado, a tal grado que no se puede hablar tan sólo intercambio de bienes

sino de programas de integración.

La economía internacional plantea el estudio de los problemas que plantean las

transacciones económicas internacionales, por ende cuando hablamos de

economía internacional es vincular con los factores del comercio internacional.

“Comercio internacional es el intercambio de bienes económicos que se

efectúa entre los habitantes de dos o más naciones, de tal manera, que se dé

origen a salidas de mercancía de un país (exportaciones) entradas de

mercancías (importaciones) procedentes de otros países.”3

Se define como comercio internacional o mundial, al intercambio de bienes,

productos y servicios entre dos o más países o regiones económicas.

4.1 Causas Del Comercio Internacional

El comercio internacional obedece a dos causas:

- Distribución irregular de los recursos económicos

- Diferencia de precios, la cual a su vez se debe a la posibilidad de

producir bienes de acuerdo con las necesidades y gustos del

consumidor.

4.2 Origen Del Comercio Internacional

El origen se encuentra en el intercambio de riquezas o productos de países

tropicales por productos de zonas templadas o frías. Conforme se fueron

sucediendo las mejoras en el sistema de transporte y los efectos del

industrialismo fueron mayores, el comercio internacional fue cada vez mayor

3 Sandoval López, Ricardo. 2000 Nuevas Operaciones Mercantiles. Editorial Lexis Nexis

Page 6: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

debido al incremento de las corrientes de capital y servicios en las zonas mas

atrasadas en su desarrollo.

4.3 Ventajas Del Comercio Internacional

EL comercio internacional permite una mayor movilidad de los factores de

producción entre países, dejando como consecuencia las siguientes ventajas:

a) Cada país se especializa en aquellos productos donde tienen una mayor

eficiencia lo cual le permite utilizar mejor sus recursos productivos y

elevar el nivel de vida de sus trabajadores.

b) Los precios tienden a ser más estables.

c) Hace posible que un país importe aquellos bienes cuya producción

interna no es suficiente y no sean producidos.

d) Hace posible la oferta de productos que exceden el consumo a otros

países, en otros mercados. ( Exportaciones)

e) Equilibrio entre la escasez y el exceso.

f) Los movimientos de entrada y salida de mercancías dan paso a la

balanza en el mercado internacional.

g) Por medio de la balanza de pago se informa que tipos de transacciones

internacionales han llevado a cabo los residentes de una nación en un

período dado.

4.4 Las Barreras Al Comercio Internacional

Para corregir los desequilibrios de la balanza de pagos, los gobiernos tratarán,

lógicamente, de fomentar las exportaciones. Pero para ello, en algunos casos,

se sentirán tentados a utilizar medidas perjudiciales para el resto de los países,

por lo que pueden provocar reacciones indeseables. Además, siempre está la

tentación de establecer barreras a las importaciones.

Hay varios tipos de barreras a las importaciones. Los contingentes son barreras

cuantitativas: el gobierno establece un límite a la cantidad de producto

otorgando licencias de importación de forma restringida.

Page 7: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

“Los aranceles son barreras impositivas: el gobierno establece una tasa

aduanera provocando una subida en el precio de venta interior del producto

importado con lo que su demanda disminuirá.”4

Las barreras administrativas son muy diversas, desde trámites aduaneros

complejos que retrasan y encarecen los movimientos de mercancías, hasta

sofisticadas normas sanitarias y de calidad que, al ser diferentes de las del

resto del mundo, impidan la venta en el interior a los productos que no hayan

sido fabricados expresamente para el país. Los acuerdos internacionales para

derribar estas barreras no servirán de nada si no hay una voluntad

liberalizadora clara y firme. La imaginación de los dirigentes políticos podrá

siempre descubrir nuevos métodos "no prohibidos" de dificultar las

importaciones. La barrera más reciente y sofisticada de las ideadas hasta

ahora son las auto restricciones concertadas como las acordadas entre los

Estados Unidos y el Japón en virtud de las cuales éste último país limita

voluntariamente la cantidad de productos que envía a los americanos.

Los instrumentos de fomento a la exportación son de varios tipos: comerciales,

financieros y fiscales.

Los gobiernos prestan apoyo comercial a sus exportadores ofreciéndoles

facilidades administrativas, servicios de información y asesoramiento e incluso

promocionando directamente los productos originados en el país mediante

publicidad, exposiciones y ferias internacionales.

Las ayudas financieras a la exportación son principalmente los préstamos y

créditos a la exportación, frecuentemente con tipos de interés muy bajos, y los

seguros gubernamentales que cubren los riesgos empresariales incluso el

riesgo derivado de perturbaciones políticas o bélicas. Entre las ayudas

financieras hay que incluir las medidas de tipo monetario que actúan sobre el

tipo de cambio haciendo que los productos nacionales resultan más baratos en

el extranjero.

4 Contreras Strauch, Osvaldo. 1999, Instituciones del Derecho Comercial. Editorial Lexis Nexis.

Page 8: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

Los instrumentos fiscales consisten en las desgravaciones fiscales, la

devolución de impuestos y las subvenciones directas. Estos instrumentos son

los menos aceptados internacionalmente ya que pueden conducir a situaciones

de dumping, a que el producto se venda en el extranjero a un precio inferior al

nacional e incluso a precios inferiores a su coste.

En los últimos años se han multiplicado las denuncias contra el dumping

ecológico y social. Se denomina dumping ecológico a las exportaciones a

precios artificialmente bajos que se consiguen con métodos productivos muy

contaminantes y perjudiciales para el medio ambiente. Se denomina dumping

social a las exportaciones a precios artificialmente bajos que se consiguen

mediante trabajadores mal pagados o esclavizados, trabajo infantil, trabajo de

presos, etc.

Si no existieran barreras a las importaciones ni ayudas artificiales a las

exportaciones, los movimientos internacionales de bienes y servicios se

producirían exclusivamente por razones de precio y calidad. Esa es, en el

fondo, la única forma sostenible de mejorar la posición internacional y la

relación real de intercambio de un país: conseguir producir con mayor eficacia,

más calidad, a menor coste. Y para ello lo que hay que hacer es mejorar la

organización productiva, la formación de los trabajadores y la tecnología

5. MODELOS DEL COMERCIO INTERNACIONAL

Las diferentes teorías que explican el proceso de funcionamiento del comercio

internacional, tratan de encontrar cuáles son las causas de este comercio, por

qué comercian los países y estudian los efectos del comercio estetico sobre la

producción y el consumo de los países.

5.1 Teorías tradicionales

a) Modelo de la ventaja absoluta de Adam Smith.- La teoría clásica del

comercio internacional tiene sus raíces en la obra de Adam Smith, éste

pensaba que las mercancías debían producirse en el país donde el

coste de producción (que en el marco de su teoría del valor-trabajo se

valora en trabajo) fuera más bajo y desde allí se exportaría al resto de

Page 9: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

países. Defendía un comercio libre y sin trabas para alcanzar y

dinamizar el proceso de crecimiento, era partidario del comercio basado

en la ventaja absoluta y creía en la movilidad internacional de los

factores productivos. Según sus teorías, la ventaja absoluta la tienen

aquellos países que son capaces de producir un bien utilizando menos

factores productivos que otros, y por tanto, con un coste de producción

inferior.

b) Modelo de David Ricardo. Teoría de la ventaja comparativa.- Esta

teoría supone una evolución respecto a la teoría de Adam Smith; para

David Ricardo, lo decisivo no son los costos absolutos de producción,

sino los costos relativos, resultado de la comparación con los otros

países. De acuerdo con esta teoría un país siempre obtendría ventajas

del comercio internacional, aún cuando sus costes de producción fueran

más elevados para todo tipo de productos fabricado, porque este país

tenderá a especializarse en aquella producción en la que

comparativamente fuera más eficiente.

c) Modelo Heckscher-Ohlin.-Este modelo parte de la teoría de David

Ricardo de la ventaja comparativa y afirma que los paises se

especializan en la exportación de los bienes que requieren grandes

cantidades de los factores de producción en los que son

comparativamente más abundantes; y que tiende a importar aquellos

bienes que utilizan factores de producción en los que son más escasos...

5.2 La nueva teoría del comercio internacional y la política comercial

estratégica

El sustento básico de las teorías antes expuestas era la existencia de

competencia perfecta, que permitía, por la vía del libre comercio, aumentar el

bienestar de los países. A finales de los años 1970 y principios de la década de

1980, surgieron algunos economistas como Paul Krugman, Avinash Dixit,

James Brander y Barbara J. Spencer que esbozaron unas nuevas

elaboraciones teóricas fundadas en la existencia de fallos de mercado que

ponían en cuestión, no en todos los casos, la teoría clásica del comercio

internacional de que los intercambios internacionales se fundamentan

Page 10: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

exclusivamente en la teoría de la ventaja comparativa y que la defensa bajo

cualquier circunstancia del libre comercio y, de la no intervención estatal en

esta área económica pudiera no ser la práctica óptima. En palabras de

Krugman: el replanteamiento de la base analítica de la política comercial es

una respuesta al cambio real ocurrido en el ambiente y al progreso intelectual

logrado en el campo de la economía.

Estas nuevas teorías utilizan las herramientas de la teoría económica y la

formalización matemática y suponen una crítica de mayor profundidad a las

teorías neoclásicas que las provenientes de otros campos de la economía

como la sociología o la estructura económica. Asimismo, tratan de responder a

dos cuestiones: la primera es por qué se comercia y la segunda, cómo debe

ser la política según estas nuevas explicaciones.[]

La base argumental de esta teoría radica en cuando no es posible alcanzar un

óptimo de Pareto a nivel mundial debido a fallos de mercado, hay que optar por

elegir situaciones denominada second best o segundo óptimo. Entre las

infinitas situaciones de segundo óptimo, los Estados pueden preferir unas a

otras y tomar las medidas que lleven a colocarse en un segundo óptimo distinto

del establecido. Los fallos de mercado que justifican la política comercial

estratégica son básicamente la existencia de beneficios extraordinarios en un

sector económico y la existencia de externalidades tecnológicas de carácter

positivo.

6. CLASES DE CONTRATOS COMERCIALES INTERNACIONALES

6.1 contrato de compra-venta

“El Contrato de Compra Venta Internacional es el factor central de toda

transacción comercial, constituyéndose en el punto de partida del comercio

internacional e instrumento jurídico de la actividad económica mundial.”5

5Sandoval López, Ricardo. 2002 Derecho Comercial. Tomo I. v1. Actos de Comercio, Noción general de Empresa Individual y Colectiva. Editorial Jurídica de Chile.

Page 11: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

Este instrumento se constituye en la figura más representativa del comercio

Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven los procesos de importación

y exportación; asimismo constituye el acuerdo de voluntades con fines

lucrativos y que tiene como base el intercambio de mercancías lícitas (es decir,

que es supervisada pro aduanas), entre partes cuyos centros operativos se

encuentran en países distintos.

Con el propósito de establecer reglas comunes para la compraventa

internacional, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) propuso una

reglamentación general y simple, a fin de que pueda ser aplicada

independientemente de cualquier legislación nacional; esta regla se conoce

como la “Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compra

Venta Internacional de Mercancías“, y ha sido adoptada en Viena el 11 de abril

de 1980.

La Convención esta referida a mercancías, es decir a la Compra venta

Internacional de bienes entre partes que tengan sus establecimientos en

estados diferentes, sin tener en cuenta la nacionalidad de las partes, pero sí el

carácter comercial del contrato. El documento consta de 101 artículos divididos

en partes, capítulos y secciones.

Es importante señalar que el número de claúsulas, dependerá siempre de la

naturaleza o tipo de operación de comercio que se pretende realizar y de alos

acuerdos a los que las partes quieren llegar; un modelo es importante pero no

debe tomarse para todos los casos, hay que adaptarlo a nuestra situación

particular. Sin embargo lo fundamental de este documento es recoger los

derechos y obligaciones de mbas partes, recogiendo también situaciones

previsibles o imprevisibles que pudieran ocurrir en la operación comercial.

6.2 Contrato de distribución

Son aquellos destinados a la comercialización internacional sea directamente a

través de la acción del departamento de comercio exterior de una empresa o a

través de trading companies.

Page 12: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

Los contratos de distribución suelen ser una variante del contrato de

compraventa, se le puede llamar también de “concesión comercial” o de “venta

exclusiva”.

Sin embargo, existen diferencias significativas entre el contrato de distribución

y el contrato regular de compraventa internacional; aunque ambos contratos

tienen elementos comunes que los conforman y son prácticamente los mismos,

el de distribución tiene diversas modificaciones para adaptar el documento al

tipo de relación comercial entre las partes. Existen elementos exclusivos de

una relación comercial de distribución, como la territorialidad y la exclusividad

que no están contemplados en el contrato de compraventa.

6.3 Contrato de agencia

“En este contrato una parte (Principal) encarga a otra, bien sea persona física o

jurídica (Agente), la promoción de operaciones de comercio exterior de forma

continuada, como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de las

operaciones. La remuneración del agente se establece mediante comisiones

sobre ventas, si bien, en algún caso, pueden acordarse ciertos gastos en

concepto de viajes o actividades de promoción.”6

6.4 Contrato de licencia

Se trata de acuerdos formales suscritos entre dos o más partes que tienen por

objeto la cesión de todas aquellas operaciones que implican transferencia de

tecnología, ingenieria, equipos materiales, construcción y montaje de las

instalaciones correspondientes.

6.5 Incoterms

“Durante el siglo XX se desarrollaron diversas terminologías codificadas para

poder dar certidumbre a las partes involucradas en una compraventa

internacional sobre las obligaciones y derechos que cada una tenia durante el

transcurso del negocio, delineando las responsabilidades de cada una de las

partes (comprador y vendedor) en un contrato de compraventa; siendo los

6 Plott W, Gustavo. 2002. Manual Práctico de Operaciones de Cambio y Comercio Exterior. Santiago, Chile: Jurídica de Chile.

Page 13: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

Términos Internacionales de Comercio ó “INCOTERMS” (por sus siglas en

inglés) los más aceptados a nivel internacional ya que a diferencia de otros

sistemas, fueron emitidos por un organismo neutral, la Cámara Internacional de

Comercio.”7

Los INCOTERMS fueron desarrollados por la Cámara Internacional de

Comercio en 1936, desde entonces han sufrido actualizaciones periódicas para

mantenerse vigentes frente a las exigencias del comercio internacional. Existen

cuatro ediciones o versiones de los INCOTERMS: 1936, 1953, 1990 y 2000. La

última revisión se hizo en el año 2005, siendo una actualización de la edición

del 2000.

Puede obtener una copia de la última revisión de los INCOTERMS solicitándola

a la CICEG.

“Sin importar el país o el idioma, el término “INCOTERM” se utiliza

indistintamente para hacer referencia a esta codificación de responsabilidades

comerciales.”8

Los INCOTERMS son 13 y describen en forma progresiva la responsabilidad

sobre el transporte, riesgos, costos y acciones que cada una de las partes

involucradas tiene en la entrega de la mercancía objeto de la compra venta.

Para su mejor entendimiento, la ICC ha dividido los INCOTERMS en 4 grupos

de acuerdo al grado de responsabilidad sobre la carga del vendedor y del

comprador. A continuación se hace una reseña y descripción de cada uno de

acuerdo a la versión del año 2000.

GRUPO ESalida

GRUPO FTransporte principal

no pagado

GRUPO CTransporte principal

pagado

GRUPO DLlegada

EXW en fabrica (lugar designado

FCA franco transportistaFAS franco al costado del buqueFOB franco a bordo

CFR Coste y fleteCIF Coste, seguro y fleteCPT Transporte pagado hasta

DAF Entrega en fronteraDES Entrega sobre buqueDEQ Entrega en muelleDDU Entrega derechos no pagados

7 BAPTISTA , Dos contratos internacionales: una visión teórica y práctica , p. 98.8 W IK IPEDIA , Incoterms , decargado de http://es.wikipedia.org/wiki/ Incoterm , el 22/06/12

Page 14: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

CIP Transporte y seguro pagado hasta

DDP Entregado derechos pagados

6.7 El contrato de franquicia

A nível doctrinario, no existe un consenso sobre su conceptualización, siendo

en aproximación un contrato por el cual, un comerciante (franquiciante), otorga

a otro (franquiciado), la licencia, para que venda productos o servicios de su

titularidad. Generalmente, se paga un canon por este privilegio, mas una

regalía (royalti) sobre grandes ventas. Para otros, es un sistema de distribución

comercial llevado a cabo por empresas independientes y con una organización

piramidal basada en una relación contractual , la que engloba, la transmisión de

un know how, la licencia y usos de una marca, asistencia técnica y contable

bajo control de otorgante y de conformidad con un método preestablecido por

él, en contraprestación de lo cual se paga un canon y otras prestaciones

adicionales.- Otros entienden, que este contrato, es una forma de la Concesión

(Guyenot), postura a la que se adhiere el Dr. Jose Ignacio Romero para la

comercialización de un producto , siendo un contrato en virtud del cual, un

comerciante otorga la concesión para la comercialización de un producto

determinado, pero además, con el aditamento de la transferencia de los signos

distintivos, las tecnicas de comercialización y el savoir faire comercial,

asegurando, una forma de explotación rentable ya probada.

7. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO

“La Organización Mundial del Comercio conocida como OMC y cuya sigla en

inglés es WTO, fue establecida en 1995. Tiene su sede en Ginebra y sus

idiomas oficiales son el inglés, el francés y el español.”9

La OMC no forma parte del sistema de las Naciones Unidas, y tampoco de los

"organismos de Bretton Woods" como el Banco Mundial y el FMI

7.1 Antecedentes

9 Forner Delayqua, Joaquín (Autor Principal). 2006 Materiales de Derecho Comercial Internacional. Valencia, España: Librería Tirant Lo Blanch.

Page 15: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

La OMC se organizó como entidad sucesora de la estructura institucional del

GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio), existente

desde 1947. En 1986, una reunión ministerial convocada por el GATT en Punta

del Este (Uruguay) aprobó una declaraciónen que se dispuso la iniciación de

una ronda de negociaciones comerciales multilaterales, que habría de

conocerse como "Ronda Uruguay" ,destinada a sustituir y ampliar el conjunto

de acuerdos entonces en vigor sobre diversos temas de comercio internacional.

La Ronda se prolongó hasta 1995 y culminó en una reunión celebrada ese año

en Marrakech (Marruecos). Allí se firmó el "Acta Final" de la Ronda y el

conjunto de acuerdos sobre diversos temas, así como el "Acuerdo por el que

se establece la Organización Mundial del Comercio" . A partir de entonces

quedó convenido que las disposiciones originales del GATT se denominarían

"GATT de 1947" mientras que las resultantes de sus modificaciones acordadas

serían el "GATT de 1994". La Ronda Uruguay incorporó por primera vez en el

"sistema multilateral de comercio" varios temas que hasta entonces habían

estado excluidos de él. Los principales son el comercio de servicios, la

agricultura , los textiles y la propiedad intelectual.

7.2 Sede y estructura

La sede de la OMC está ubicada en Ginebra (Suiza). El órgano superior es la

Conferencia Ministerial, que se reúne periódicamente. El principal órgano

permanente es el Consejo General, en que están representados todos los

miembros. De él dependen numerosos Consejos y Comités. La Secretaría

cuenta con unos 640 funcionarios, encabezados por el Director General. El

actual titular de este puesto es Pascal Lamy, de Francia. La OMC tiene un

presupuesto de 196 millones de francos suizos (en 2011)

“La Organización Mundial del Comercio (OMC) se ocupa de las normas

mundiales por las que se rige el comercio entre las naciones. Su

principal función es velar por que el comercio se realice de la manera

más fluida, previsible y libre posible.”10

7.3 Acuerdos

10 Disponible en: http://www.wto.org/indexsp.htm , 1 de septiembre de 2012

Page 16: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

La OMC administra unos 60 acuerdos. Algunos de los más importantes son los

que siguen.

Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)

Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual

relacionados con el Comercio ("Acuerdo sobre los ADPIC") (en inglés:

TRIPS).

Acuerdo sobre la Agricultura.

Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio.

Acuerdo sobre Medidas Antidumping.

Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias.

Acuerdo sobre Salvaguardias.

Entendimiento sobre Solución de Diferencias].

8. MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS COMERCIALES

INTERNACIONALES

En el ámbito del comercio internacional en general y al hacer negocios, los

inversores extranjeros se ven en ocasiones involucrados en conflictos con sus

socios locales. Esto puede ser debido a múltiples causas tales como retrasos o

incumpliendo de pago, entrega de bienes de inferior calidad a la pactada,

demora en las entregas o en general al incumplimiento de alguna de las

cláusulas incluidas en el contrato mercantil internacional que regula el negocio

jurídico en cuestión (p.e. contratode compraventa internacional, acuerdos de

constitución de joint-venture o contratos de transmisión de propiedad

intelectual.) “En este sentido, las legislaciones ofrece distintas vías de solución

de conflictos comerciales internacionales, tales como la consulta, la mediación,

el arbitraje y los procedimientos judiciales.”11 Las tres primeras opciones

constituyen lo que se denomina mecanismos extrajudiciales alternativos de

resolución de conflictos. A este respecto, resulta vital que los inversores

extranjeros dispongan de unos conocimientos básicos adecuados sobre los

distintos mecanismos de resolución de conflictos contemplados en la

11 CRUZ MIRAMONTES, Rodolfo y Óscar CRUZ BARNEY, 2004 El arbitraje. Los diversos mecanismos de solución de controversias: Análisis y práctica en México, Porrúa-UNAM, México, p 29.

Page 17: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

legislación , así como sus ventajas e inconvenientes, a fin de que puedan verse

mejor pertrechados a la hora de afrontar la resolución de este tipo de conflictos.

8.1 Consulta []

La consulta es con frecuencia la primera medida que se adopta cuando surge

una controversia de comercio internacional. Las partes contendientes tratan de

llegar a un acuerdo a través del intercambio de comunicaciones por escrito en

las que exponen sus respectivas posiciones y la celebración de conferencias

telefónicas o reuniones con la contraparte. La consulta se trata de un buen

método para solucionar un conflicto comercial internacional, entre otras, por las

siguientes razones:

a) Permite ahorrar tiempo, ya que no es preciso seguir ningún procedimiento

específico ni está sujeto a formalidades concretas.

b) Supone, además, un ahorro de costes, puesto que las partes no han de

incurrir en gastos derivados de la participación de mediadores, juzgados o

tribunales como ocurre en los casos de mediación, arbitraje o proceso

judicial.

c) En caso de alcanzarse un acuerdo transaccional la ejecución del mismo

deviene más sencilla debido a la aceptación de la decisión final por las

partes.;

d) En general, la consulta favorece el mantenimiento de la relación entre las

partes.

Por dichas razones, la consulta es uno de los mecanismos de resolución de

conflictos normalmente incluidos en los contratos como primero medio al que

recurrir a la hora de hacer frente a una controversia. Sin embargo, es preciso

señalar que la consulta no siempre concluye en la formalización por las partes

de un acuerdo transaccional e incluso, en caso de haberse alcanzado un

acuerdo de dichas características, no siempre es cumplido por las partes,,

siendo imposible su ejecución.

8.2 Mediación

La mediación es un mecanismo en virtud del cual las partes exponen

voluntariamente sus posiciones y propuestas ante un tercero, denominado

Page 18: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

mediador, que preside y facilita el proceso de mediación. El objetivo final de

dicho proceso es que los contendientes alcancen un acuerdo transaccional con

la intervención del mediador. La mediación en China presenta dos variantes:

mediación vinculante, realizada ante un tribunal o corte de arbitraje en el marco

de un procedimiento judicial o arbitral, y mediación no vinculante, llevada a

cabo ante cualquier persona física o jurídica que actúe como mediador.

Si la controversia puede resolverse a través de mediación, y las partes cumplen

voluntariamente el acuerdo transaccional, esta vía supone también un ahorro

de tiempo y costes.

8.3 Arbitraje

El arbitraje, a diferencia de la consulta y la mediación, es un procedimiento de

resolución alternativa de conflictos formal y vinculante al que las partes

someten voluntariamente la controversia que las enfrenta a un tribunal de

arbitraje, que conocerá del caso y dictará un laudo que contenga su decisión

sobre el asunto.

A pesar de que el régimen jurídico en materia de arbitraje puede variar

ligeramente de unos países a otros, existe una condición previa común a todos

ellos: ha de existir una cláusula de arbitraje o un acuerdo de arbitraje entre las

partes en virtud del cual convengan en someter la controversia a arbitraje.

Un acuerdo de arbitraje en el que se especifique la comisión arbitral, el lugar de

celebración, el reglamento, idioma etc. La comisión arbitral podrá ser extranjera

o china y no estará sujeta a ninguna restricción de jurisdicción exclusiva en

virtud de la legislación china. Así mismo, el procedimiento arbitral podrá

celebrarse en China o en cualquier otro país.

8.4 Procedimientos judiciales

El procedimiento judicial es el mecanismo tradicional de resolución de

conflictos, llevado a cabo ante los tribunales. Las partes de un contrato de

comerciointernacional pueden elegir libremente, y dejar constancia por escrito

su decisión, al tribunal, al que deseen remitir la resolución de cualquier

conflicto, siempre y cuando cumplan con las siguientes restricciones

8.5 Arbitraje versus procedimiento judicial

Page 19: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

Tal y como se ha comentado anteriormente, el arbitraje y los procedimientos

judiciales son los dos principales mecanismos vinculantes de resolución de

conflictos, una vez descartadas la mediación y la consulta amistosa. . A

continuación se exponen a grandes rasgos las principales ventajas e

inconvenientes de una y otra opción:

- Autonomía de la voluntad y flexibilidad

En comparación con el procedimiento judicial, el arbitraje es más flexible. No

existe ninguna limitación geográfica en cuanto a la elección de la comisión

arbitral. Las partes pueden decidir de mutuo acuerdo el árbitro, el reglamento

de arbitraje y el lugar de celebración del procedimiento arbitral, o incluso

introducir cambios o añadir disposiciones complementarias a determinados

reglamentos referentes al procedimiento arbitral. En los procedimientos

judiciales, sin embargo, el nombramiento del juez viene dado y las partes rara

vez pueden introducir modificaciones al procedimiento.

- Posibilidad de recurso

El laudo arbitral es definitivo y vinculante para ambas partes y no es

susceptible de recurso salvo en determinadas circunstancias especiales en las

que el laudo no puede ser reconocido y ejecutado por el tribunal competente

después de una revisión formal.

Por el contrario, los procedimientos judiciales normalmente constan de dos o

más instancias. Por una parte, la ausencia de posibilidad de recurrir el laudo

arbitral supone un ahorro de tiempo pero, por otra parte, significa que la parte

perdedora que no esté satisfecha con la decisión,, no tiene derecho a revisión,

debiendo acatarlo y cumplir las obligaciones contempladas en el mismo.

- Tiempo y coste

Los procedimientos judiciales en China no están sujetos a ningún plazo dentro

del cual el tribunal deba conocer de los conflictos comerciales internacionales y

pronunciarse sobre los mismos, lo que en la práctica se traduce en extensas

demoras. Por su parte, las comisiones arbitrales, por lo general, fijan un plazo

límite para la resolución de las causas. Asimismo, al ser el procedimiento

arbitral un procedimiento de única instancia, cabe esperar una resolución más

rápida, y con menores costes.

- Confidencialidad y privacidad

Page 20: Trabajo Derecho Comercial Internac Ional

Los procedimientos arbitrales son confidenciales, privados e informales. En

cambio, el procedimiento judicial es un proceso formal y, por lo general,

sustanciado en audiencia

III. BIBLIOGRAFIA

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Los diversos mecanismos de solución de controversias: Análisis y práctica en México, Porrúa-UNAM, México, 2004

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