trabajo de fundamentos juridicos
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CONCEPTO DE DERECHO.
En principio, digamos que es un conjunto de normas de carácter general, que
se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las
necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a
los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva
o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado
solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas
inciden otros elementos, tales como intereses políticos y socioeconómicos,
de valores y exigencias sociales predominantes, entonces El derecho se
inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e
institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del
Derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y
carácter. Podemos asimismo definir el Derecho como un conjunto de normas
que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
DERECHO COMO ORDENAMIENTO.
Es el conjunto de normas jurídicas vigentes en determinada colectividad: al Derecho se
debe entender como la norma jurídica sola o aislada; sino como una integrante de un
grupo o conjunto regulativo que se encarga de organizar un cuerpo social. Como
conjunto de normas, el Derecho no es un cuerpo de preceptos dispersos, amontonados,
uno al lado de otros sin ninguna conexión
DERECHO COMO FENÓMENO SOCIAL.
Trata sobre la ciencia de la norma obligatoria que preside la relación de los
hombres en vida y sociedad. Esta precisión es importante porque permite
diferenciar el concepto de ley en sentido jurídico de otras leyes certificadas y
es precisamente la libertad que tiene el ser humano de apartarse de la
conducta pautada por la ley, es decir que pueden o no darse en práctica y
por eso el derecho a darse una conducta como deseable trata de imponer su
obligatoriedad dado a que esta es una posibilidad como lo es también la
violación de la conducta prescrita
DERECHO COMO VALOR.
. El valor del derecho en las sociedades humanas está a la medida que permita y
fomente: la justicia, el bien común y la seguridad jurídica. Para algunos autores el fin
ideal del derecho es la justicia, para otros es el que es consciente de los hechos reales
DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN.
La argumentación Jurídica y su auge actual parece obvio que la
argumentación es un ingrediente importante de la experiencia Jurídica,
prácticamente en rodas sus facetas: tanto si se considera la aplicación como
la interpretación o la producción del Derecho; y tanto si uno se sitúa en la
perspectiva del juez como en la del abogado, el teórico del Derecho, el
legislador... Lo que quizás sea menos obvio es aclarar en qué consiste o en
qué se traduce exactamente esa importancia y, sobre todo, mostrar de qué
manera la perspectiva argumentativa permite entender a fondo muchos
aspectos del Derecho y de la teoría jurídica y provee, en fin, de instrumentos
sumamente útiles para operar con sentido en el Derecho; particularmente, en
los sistemas Jurídicos de los Estados constitucionales
DERECHO NATURAL: El derecho natural forma parte de la moral, rige la
conducta social de los hombres relacionada con la justicia y el bien común
del derecho natural. Es un verdadero derecho en la medida en que en la
sociedad es obligatorio para todos. Al ser parte de la moral el derecho natural
es inmutable y universal en sus principios, pero mutable en sus aplicaciones
pues éstas dependen de la variabilidad de las circunstancias.
Dicho de otra manera, el Derecho Natural es el conjunto de máximas
fundamentadas en la equidad, justicia y sentido común, que se imponen al
legislador mismo y nacen de las exigencias de la naturaleza biológica,
racional y social del hombre.
DERECHO POSITIVO: sistema de normas jurídicas que informa y regula
efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico
DERECHO OBJETIVO: Conjunto de normas que integran los códigos y que,
necesariamente se dirige a los valores u objetos tutelados por la ley, en cuya
salvaguardia se interesa le hombre. Tal conjunto de normas imperativo–
atributivas otorgan facultades al mismo tiempo que imponen deberes
correlativos, pero siempre dentro de una esfera determinada.
Los preceptos que forman este derecho son imperativo-atributivos pues
imponen deberes y conceden facultades. Frente al obligado por una norma,
siempre hay otra persona para exigirle el cumplimiento de la misma.
DERECHO SUBJETIVO: Conjunto de facultades reconocidas a los
individuos por la ley, para realzar determinados actos en satisfacción de sus
propios intereses.
Para Edgardo Peniche López el Derecho Subjetivo, es la facultad que tiene
el sujeto activo de exigir el cumplimiento de la norma jurídica; es decir, el
precepto atribuye su contenido a un titular denominado “derecho–habiente”
quien tiene el reconocimiento suficiente para obtener del obligado la
satisfacción que corre a cargo del último.
DERECHO PÚBLICO: Conjunto de normas jurídicas que regulan las
relaciones del Estado, como ente soberano con los ciudadanos y con otros
Estados.
DERECHO PRIVADO: Conjunto de disposiciones jurídicas que rigen la
relaciones de los particulares entre sí.
CONCEPTO DE NACIÓN.
La Nación es un conjunto de personas unidas por lazos patrióticos, que se
consideran hermanados por una historia común, tradiciones, costumbres,
lengua, religión, etc., que los enlaza a pesar de no estar juntos
territorialmente.
CONCEPTO DE ESTADO, EXPLICAR SUS ELEMENTOS (POBLACIÓN,
TERRITORIO, PODER).
Estado
Es una nación con valor a nivel político que sirve para presentar una
modalidad de organización de tipo soberana y coercitiva con alcance social.
y controla el funcionamiento de la comunidad dentro una superficie concreta
a través de leyes que dictan dichas instituciones y responden a una
determinada ideología política.
Territorio
Territorio es una porción de la superficie terrestre que pertenece a un país,
una provincia, una región, entre otros
Población
.es un grupo formado por las personas que viven en un determinado lugar.
También permite referirse a los espacios y edificaciones de una localidad u
otra división política.
Poder o gobierno
El gobierno es normalmente la autoridad que dirige, controla y administra las
instituciones del Estado, el cual consiste en la conducción política general o
ejercicio del poder del Estado.
CONCEPTO DE DERECHO POSITIVO.
esto depende directamente si la norma rige para una población determinada,
no sólo se considera derecho positivo a la ley como tal, sino además a toda
norma jurídica que se encuentre escrita y promulgada (como por ejemplo los
decretos leyes).
CONCEPTO DE ESTADO DE DERECHO.
El llamado Estado de Derecho es aquel que se rige por un sistema de leyes
e instituciones ordenado en torno de una constitución, la cual es el
fundamento jurídico de las autoridades y funcionarios
¿QUÉ ES LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y DE QUÉ SE
ENCARGA?
Una Asamblea Constituyente es una reunión nacional de delegados del
pueblo no representantes elegidos o designados con el objetivo específico de
determinar las reglas de funcionamiento del Poder Público como fundamento
de su sistema político y plasmar a través de un pacto político en una
Constitución fijando reglas para la construcción de un nuevo Estado y de
convivencia entre éste y la sociedad.
Una asamblea constituyente es un organismo colegiado que tiene como
función redactar la nueva constitución, dotado para ello de plenos poderes o
poder constituyente al que deben someterse todas las instituciones públicas.
Se suele definir, por algunos textos de ciencias políticas y sociales como la
"reunión de personas, que simbolizan el pueblo ejerciendo su autoridad de
mandatario, que tienen a su cargo ejercer la facultad de legislar, para editar
una nueva ley fundamental y las nuevas líneas de la organización de un
Estado, que modificarán los prototipos ya existentes" No se trata de generar
enmiendas constitucionales propias de las funciones de los parlamentos,
sino de transformaciones radicales, orientadas al cambio de sus estructuras
básicas.
Si bien sus orígenes son distintos, sus efectos son similares. La diferencia
radica en que la constituyente originaria parte de un rompimiento del Estado
de Derecho, se asienta en una legitimidad con vocación de legalidad que
obliga a prescribir expresamente que áreas del orden jurídico decide
mantener vigente; mientras que la constituyente derivada, dado que no
rompe con el Estado de Derecho, sin necesidad de declararlo, mantiene la
plena vigencia de la normativa estatal, salvo aquellos estatutos jurídicos y
principios estatales que decide expresamente derogar.
INTRODUCCION
Este trabajo tiene el objetivo de mostrar lo importante del fundamento jurídico
dentro de lo que es el derecho que se puede aclarar cómo se inspira e
entiende los postulados de justicia que constituye el orden normativo e
institucional que regula la conducta humana en sociedad, también se les da a
entender de que una nación podría ser descripta como una combinación
entre el territorio, las culturas y tradiciones, él Estado es el conjunto de
organizaciones que en su totalidad poseen el objetivo de establecer las
normas mediante el Estado de Derecho, la cual se hace posible gracias a la
existencias de las normas jurídicas.
CONCLUSIÓN
la finalización de este trabajo deja en claro para que sirve o funcionan el
derecho y sus normas, nos da conocimiento de comprender y analizar cierta
leyes y consecuencia que perjudican a la sociedad, y que el estado y el
órgano que lo presenta debe imponer y hacer valer el orden y el derecho
como tal uniendo la costumbre ,cultura y territorio que forman ese estado de
derecho .
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIOR, JUSTICIA
Y PAZ
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDA
fundamentos jurídicos de los órganos de
seguridad ciudadana
Discentes:
SERRANO, DENER C.I. 21.074.243
YENIRE BRAVO C.I 21644277
AMBIENTE 4
II COHORTE INVESTIGACION PENAL
FEBRERO 2014