trabajo de derecho tributario 2

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  "  Año de la Promoción de la Industr ia Responsable y del Compromiso Climátic o CENTRO ACADEMICO HUARAZ  SISTEMA D E UNIVERS IDAD ABIER TA - SUA Escuela Profesional De Derecho Asignatura: Derecho Tributario I: Teoría de la Tributación. Docente: Abog. Gustavo Castromonte A. Estudiante : Milcerio Juan Espinoza Huerta Código : 1206130052 Semestre; 201402 Ciclo : Quinto HUARAZ  OCTUBRE  2014

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"Ao de la Promocin de la Industria Responsable y del Compromiso Climtico"

CENTRO ACADEMICO HUARAZSISTEMA DE UNIVERSIDAD ABIERTA - SUAFACULTAD DE DERECHOEscuela Profesional De Derecho

Asignatura: Derecho Tributario I: Teora de la Tributacin.Docente: Abog. Gustavo Castromonte A. Estudiante : Milcerio Juan Espinoza HuertaCdigo : 1206130052 Semestre; 201402Ciclo: Quinto

HUARAZ OCTUBRE 2014

ANALISIS DE LAS ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD N 053 Y 041 DEL 2004 EN MATERIA TRIBUTARIA DE ARBITRIOS.

Observacin y enfoque de la Defensora del Pueblo:Respecto a la vulneracin del Principio de Legalidad Tributaria

Analizadas las Acciones de Inconstitucionalidad anteriormente indicadas, es de verse que de conformidad a los niveles de descentralizacin del Estado, los Municipalidades Provinciales, tienen supremaca y jerarqua sobre las Municipalidades Distritales, pese a que stas tienen independencia y autonoma poltica, econmica y administrativa.--- Las Acciones de Inconstitucionalidad, emitidas contra las Diversas Municipalidades Distritales, se producen como consecuencia de haber generado Ordenanzas Municipales, que han sido vulneradas en su trmite de fondo y forma, para su aprobacin, consecuentemente son anmalas, al no haber cumplido los presupuestos para ser consideradas y ratificadas como tal.--- Consecuentemente legal y formal que las Municipalidades Provinciales, ratifiquen la emisin y generacin de las Ordenanzas Municipalidades emitidas dentro de su mbito y jurisdiccin; con el propsito de la establecer la existencia de orden y atencin de la Normatividad Legal vigente (Ley Orgnica de Municipalidades), tal como lo exige y plantea la Defensora del Pueblo.--- Que, las Municipalidades Distritales al emitir, aprobar y aplicar una Ordenanza sin las exigencias y trmite respectivo, es estara transgrediendo el Principio de NO CONFISCATORIEDAD DE LOS TRIBUTOS, por exigirse irregularmente el pago de tributos que carecen de formalidad que atentan contra los ciudadanos de su jurisdiccin.