teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

19
Teoría General del Proceso y el Derecho Procesal. Distinción entre Teoría General del Proceso y Derecho Procesal. Principios procesales y características del Derecho Procesal. El estudio del Derecho procesal es un gran universo, por ello debemos estudiar la parte general denominada “Teoría General del Proceso”, este trabajo se encamina a hacer un distingo de ambos y exponer las características de cada uno.

Upload: annaedith

Post on 05-Apr-2016

224 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

Teoría General del Proceso y el Derecho Procesal.

Distinción entre Teoría General del Proceso y Derecho Procesal. Principios procesales y características del Derecho Procesal.

El estudio del Derecho procesal es un gran universo, por ello debemos estudiar la parte general denominada “Teoría General del Proceso”, este trabajo se encamina a hacer un distingo de ambos y exponer las características de cada uno.

Page 2: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

1

PRESENTACIÓNEstudiante: Ana Edith Aragón Bárcenas.

Sección: 315

Experiencia Educativa: Derecho procesal.

Catedrática: Ma. Lourdes Morales Roa.

Tema: Distinción entre Teoría General del Proceso y Derecho Procesal. Principios procesales y características del Derecho Procesal.

FACULTAD DE DERECHO

XALAPA-ENRÍQUEZ

UNIVERSIDAD VERACRUZANA

Derecho

Procesal

Page 3: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

2

Page 4: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

3

ÍNDICEINTRODUCCIÓN 3

Derecho Procesal. 4

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO 4

PRINCIPIOS PROCESALES Y CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PROCESAL. 6

Principio de inmediación. 7

Principio de publicidad 7

Principio de oralidad y de escritura 7

Principio de impulsión procesal. 8

Principio de inmunidad de jurisdicción. 8

Principio de concentración 8

Principio de igualdad de partes. 8

Principio de congruencia de sentencias. 8

Principio de economía procesal. 8

Principio de preclusión. 8

Principio de consumación procesal. 9

Principio del contradictorio. 9

Principio de convalidación. 9

Principio de la eficacia procesal. 9

Principio de adaptación del proceso. 9

Principio de probidad. 9

Principio de respeto a la investidura judicial. 10

Principio dispositivo. 10

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PROCESAL 11

Características del Derecho Procesal como disciplina: 12

Conclusión 12

Bibliografía 12

Page 5: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

4

INTRODUCCIÓN Distinción entre Teoría General del Proceso y Derecho Procesal.

Para comenzar este trabajo, es importante desechar la idea de que el Derecho Procesal y la Teoría General del Proceso son un mismo ente jurídico. El Derecho Procesal ha evolucionado desde el siglo XI; ha pasado por la etapa primitiva, la escuela judicialista, la tendencia de los prácticos, el periodo del procedimentalismo, el procesalismo científico -etapa distinguida por la Teoría del proceso, escrita por Büllow-. A partir del siglo XX, los procesalistas se inclinaron a escribir sobre las instituciones y conceptos procesales, además se han preocupado por el problema de acceso a la justicia. Un sistema jurídico debe organizar el aparato jurisdiccional, además, promover también el derecho de los gobernados a la solución jurídica, pronta, expedita y gratuita de sus numerosos conflictos de intereses. Al superarse la etapa de la venganza privada o era de la autojusticia, el Derecho evolucionó y cobró importancia la figura del proceso, dando lugar al estudio del derecho procesal.

A lo largo de esta evolución, los estudiosos se dieron cuenta que el Derecho Procesal no podía llegar a su máxima si no se separaba en dos partes, debido a que esta ciencia es muy extensa. Puedo citar a Carnelutti el cual opinó lo siguiente:

“Estoy seguro de no equivocarme al afirmar que la ciencia del derecho procesal no alcanzará su cima hasta que no se haya construido sólidamente una parte general en que los elementos comunes a cualquier forma de proceso encuentren su elaboración.”

Por tanto, la consecuencia fue dividir el Derecho Procesal para su estudio en dos partes, una parte general y una de carácter especial. La parte general se denomina Teoría General del Proceso; la parte especial son las diversas disciplinas que estudian cada tipo de proceso, ejemplo: Derecho procesal civil, Derecho procesal penal, etc. (Ovalle Favela,2014)

En este sentido, se entiende que la Teoría General del Proceso es una parte del Derecho Procesal.

Page 6: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

5

Ahora, es necesario conocer los conceptos de Derecho procesal y Teoría General del Proceso.

DERECHO PROCESAL.Los conceptos más acertados sobre este arte son:

“Es el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan tanto el proceso jurisdiccional como la integración y competencia de los órganos del Estado que intervienen en el mismo.” Cabe mencionar que estas normas pueden denominarse de dos maneras: normas procesales en sentido estricto y normas orgánicas.

Las normas procesales en sentido estricto son las que determinan las condiciones para la constitución, el desarrollo y la terminación del proceso. Es decir, serán funcionales para guiar el proceso. Mientras que, las normas orgánicas establecen la integración y competencia de los órganos del Estado que intervienen en el proceso jurisdiccional, así como la capacidad y legitimación de los demás sujetos. Estas normas dan la facultad a cada sujeto procesal.

En otras palabras, el Derecho Procesal, “son normas que determinan la organización y la competencia de esos sujetos procesales en función fundamentalmente de su intervención en el proceso jurisdiccional.”

Ambas definiciones coinciden en que, el objetivo principal de esta disciplina es regular el órgano jurisdiccional.

TEORÍA GENERAL DEL PROCESOLa parte general del Derecho Procesal es denominada Teoría General del Proceso, aunque su nombre completo debería ser Teoría General del Derecho Procesal.

La definición indica: “Es la parte general del proceso de la ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales.” La pregunta que surge es, ¿Cuáles son los principios e instituciones comunes? Existen diversos principios e instituciones, pero resalta la idea de Ramiro Podetti, en la cual define tres conceptos

Page 7: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

6

esenciales: acción, jurisdicción y proceso; otorgándole el nombre de Trilogía estructural.

A continuación veremos la definición de cada palabra:

Acción: Derecho subjetivo procesal. Poder jurídico o facultad que las personas tienen para promover la actividad del órgano jurisdiccional para que se resuelva una pretensión litigiosaJurisdicción: Función en la que los órganos del Estado resuelven conflictos de trascendencia jurídica mediante determinaciones obligatorias para las partes y susceptibles de ejecución.Proceso: Conjunto de actos que realizan las partes, el juzgador y los demás sujetos que intervienen en el mismo.

Como ya se ha explicado anteriormente, el Derecho Procesal se dividió en dos partes para lograr un estudio sustancioso y eficaz. Lo que estudiamos en este tema, es la parte general del Derecho Procesal.

Page 8: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

7

PRINCIPIOS PROCESALES Y CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO

PROCESAL.El proceso jurisdiccional es estudiado como un método de debate, de exposición de argumentos. Por lo mismo, la adopción y desarrollo de un conflicto y un método de estudio propio, así como el manejo de un sistema de principios, conceptos e instituciones explican y justifican la autonomía científica y didáctica del derecho procesal. (UNAM, 2011)

Sus características y contenido legislativo, jurisprudencial y técnico, han determinado y ahora exigen un estudio académico ligado en los programas curriculares de las cátedras jurídicas, ya en las universidades y las facultades de derecho. La complejidad de su estructura, así como el contenido de sus figuras y normas, explican y consolidan su llamada cientificidad dogmática. Amén del conocimiento de los actos procesales, endeble soporte de esta disciplina, que articula el estudio de la demanda, la prueba, la aplicación, la ejecución y los términos, el derecho procesal sistematiza el análisis de las reglas técnicas para la aplicación de la justicia. En tal sentido articula una ciencia de conocimiento de la realidad y la experiencia procesal con valor y eficacia universal.

Los Principios Procesales hacen referencia a las bases o fundamentos en que se apoyan las instituciones en el proceso. Algunos autores denominan el concepto “principio” de la siguiente manera:

Ramiro Podetti: «Los directivos o líneas matrices, dentro de las cuales han de desarrollarse las instituciones del proceso.»Eduardo Pallares: «los principios rectores del procedimiento», «determinan la finalidad del proceso, las reglas que deben seguir al tramitarlo y la correcta manera de interpretar y aplicar las normas procesales.» (Arellano García)

Page 9: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

8

Sabemos que, los principios son normas imperativas de Derecho, esto quiere decir que, son normas que dan una orden o indican cómo debe actuarse. Los principios existen desde el Derecho Romano, puedo ejemplificarlos así:

Nemo iudex sine actore No hay juicio si no hay actor.Da mihi: factum, dabo tibi jus Dame los hechos, yo te daré el

Derecho.Iudici fit probatio El juez está probando.Iudex iudicat secundum allegata et probata partium

La resolución judicial debe pronunciarse sobre la alegación y (también) sobre la prueba de los hechos alegados

Ne eat iudex ultra petita partium

Que el fallo no contenga más de lo pedido (por las partes).

Ne procedat iudex ex officio No procede el juez de oficio.Quot non est in actis non est in mundo

Si no está en las actas, no está en el mundo.

Posteriormente, surgieron nuevos principios que estuvieron sujetos a la evolución del Derecho Procesal. Éstos son las bases o fundamentos en que se apoyan las instituciones en el proceso. A continuación los conoceremos:

Principio de inmediación.Este principio exige “la comunicación del juez con las partes y, en general, con todo el material del proceso, sea directa”. Consiste en que el juez esté en contacto personal con las partes; reciba las pruebas, oiga sus alegatos, las interrogue, etc.

Principio de publicidad“La publicidad es el principio en el cual debe ofrecerse al público la posibilidad, como regla, de presenciar la vista de los negocios. Ofrece a todo el mundo la posibilidad de seguir la marcha del proceso y con ella, de controlar la conducta y las declaraciones del juez, de las partes y de los testigos y de todas las demás personas que intervienen. Además, eleva el poder de confianza en la ley.”

Principio de oralidad y de escrituraLa oralidad es el principio según el cual las manifestaciones y declaraciones que se hagan a los tribunales, para ser eficaces, necesitan ser formuladas de palabras. En contraposición, la escritura, necesita ser formulada por escrito

Page 10: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

9

para que las declaraciones sean válidas. La escritura tiene mayor seguridad porque las declaraciones quedan fijas y permanentes. Mientras que, en el sistema de oralidad, los jueces y las partes tienen una mejor comprensión y memoria, por tanto, el proceso es más rápido.

Principio de impulsión procesal.Este principio consiste en que existe un impulso que procura conducir el procedimiento desde la demanda hasta la conclusión. Implica que una de las partes ejerza presión para que se pase de una etapa a otra y el proceso no se detenga.

Principio de inmunidad de jurisdicción.Éste impide a un Estado someter a otro, a sus jefes y agentes diplomáticos, a la jurisdicción de sus tribunales. Si un Estado requiere realizar un acto fuera de su territorio debe solicitar la ayuda judicial de las autoridades del otro país que ejerce su respectiva soberanía en su territorio.

Principio de concentraciónÉste implica que en el proceso oral, exista un menor número de audiencias, en atención a que, menor es el peligro de que la impresión recibida por quien ha de resolver se borre y la memoria lo engañe.

Principio de igualdad de partes.Consiste en que las partes se encuentren en situación idéntica frente al juez, por lo cual no debe haber ventajas o privilegios en favor de una, ni hostilidad en perjuicio de la otra. Se les debe dar las mismas oportunidades para hacer valer sus derechos y ejercitar sus defensas.

Principio de congruencia de sentencias.En la sentencia ha de resolverse sobre todo lo pedido, no ha de concederse más de lo solicitado. Ha de examinarse todo el elemento de prueba llevado a juicio.

Principio de economía procesal.Se refiere al mayor ahorro de tiempo, de energías y de costo, de acuerdo con las circunstancias de cada caso. Es decir, el menor esfuerzo y gasto y en el menor tiempo posible, en beneficio de los litigantes y, en general, de la Administración de Justicia. En el código de Procedimientos Civiles, Art. 4, encontramos este principio: “Cuando haya varias acciones contra una misma persona, respecto de una misma cosa y provengan de una misma causa, deben intentarse en una sola demanda…”

Page 11: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

10

Principio de preclusión.Trata sobre dos principios, el de eventualidad, que significa que existe a favor de las partes una libertad para hacer valer sus derechos procesales. Es dentro de esta libertad totalmente contingente, hacerlos valer o no hacerlos valer en la oportunidad procesal correspondiente. Si no se hacen valer dentro del momento procesal oportuno, opera la preclusión, es decir, la oportunidad procesal se desecha por extemporáneo y se ha perdido el derecho procesal correspondiente.

Principio de consumación procesal.Este principio está vinculado a la preclusión, consiste en que los derechos procesales se extinguen una vez que han sido ejercitados, sin que, por regla general, se permita su ejercicio por una segunda, tercera o cuarta vez. Las facultades procesales se extinguen una vez que son ejercitadas, sin que pueda repetirse el acto ya realizado.

Principio del contradictorio.Este principio significa que a la parte demandada se le da la oportunidad de defenderse con argumentos y con pruebas en contra de las reclamaciones que se han hecho. Es la oportunidad procesal de contradecir los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda instaurada en su contra, debiendo gozar de la oportunidad de ser oído y de aportar las probanzas necesarias para la defensa de sus intereses.

Principio de convalidación.Si el acto nulo en el proceso no es impugnado, se convalida, es decir se le da validez. Por tanto, si el derecho a la impugnación mediante el recurso o mediante el incidente de nulidad no se ejerce, trae como consecuencia su pérdida, lo que da lugar a que se convalide, lo que pudo combatirse mediante el recurso o mediante la nulidad.

Principio de la eficacia procesal.“La duración del proceso no debe redundar en perjuicio del vencedor, por lo cual, la sentencia debe retrotraer sus efectos al momento en que se entabló la demanda”. En otras palabras, el proceso no debe producirse con perjuicio de quien se ve en la necesidad de promoverlo para ejercitar sus derechos o de acudir a él para la defensa de los mismos. Un ejemplo es el siguiente: el patrón tiene la obligación de pagar al trabajador los salarios caídos durante todo el tiempo que duró el proceso laboral.

Page 12: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

11

Principio de adaptación del proceso.Conforme a este principio, el legislador establece diferentes procesos, uno general y otros especiales, en búsqueda de una adaptación a las circunstancias que entraña el debate que pudiera presentarse. Ejemplo: el proceso de divorcio necesario es diferente al proceso de divorcio voluntario.

Principio de probidad.El proceso es una institución de buena fe que no ha de ser utilizada por las partes con fines de mala fe o fraudulentos. El juez está obligado a dictar las medidas necesarias para evitar que los litigantes conviertan el proceso en un instrumento al servicio de intenciones contrarias al funcionamiento expedito de la justicia.

Principio de respeto a la investidura judicial.Quienes acuden a solicitar la intervención de la autoridad, han de ejercer su derecho con respeto debido a la investidura de que están dotados los funcionarios encargados del desempeño de la administración de justicia.

Principio dispositivo.El ejercicio de la sanción procesal está encomendado en sus dos formas, activa y pasiva, a las partes y no al juez. Por tanto, la iniciativa en la marcha procesal desde que el proceso principia, hasta que termina, le corresponde a las partes y no al juzgador.

Page 13: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

12

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PROCESAL

Page 14: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

13

Características del Derecho Procesal como disciplina:

Una de las características esenciales del Derecho Procesal es que posee autonomía para consolidarse como una disciplina base, ya que contiene

El Derecho Procesal pertenece al derecho público porque regula la función del Estado.

Es unilateral: es decir indica las obligaciones que deben cumplir las partes.

Es imperativo porque se basa en principios que dan una regla básica de como actuar en el

proceso.

Es calificado como Instrumental

porque sirve de regulador para el

órgano jurisdiccional.

Es sustancial porque Cuando se habla de derecho

sustancial o material, se piensa, por ejemplo, en el

derecho civil o en el derecho penal, por oposición al

derecho procesal, derecho formal o adjetivo. Estas

denominaciones significan que el derecho sustancial consagra en abstracto los

derechos.

Es coercitivo, porque se le puede

fincar responsabilidad a

los sujetos del proceso.

Page 15: Teoría general del proceso y el derecho procesal pdf

14

conceptos, teorías, principios e instituciones distintas y autónomas. Estos componentes son resultado de la evolución del Derecho Procesal.

CONCLUSIÓNEn este curso, nos dedicamos a estudiar y entender la Teoría General del proceso porque en ella se encuentran los conceptos, instituciones y procedimientos que se deben tomar en cuenta para cada tipo de proceso. La importancia de esta disciplina es que, es la base para comprender las demás materias procesales. Tal y como lo decía un autor, la Teoría General del Derecho Procesal es el tronco del cual se alimentan todos los tipos de proceso. La Teoría es la parte general del Derecho procesal. Es la parte dogmática para comprender el arte del Derecho Procesal. Esta materia es interesante y por tanto facilita el gusto por estudiarla.

BIBLIOGRAFÍAArellano García, C. (s.f.). Teoría General del Proceso.

Ovalle Favela, J. (2014). Teoría General del proceso. México: Oxford.

UNAM. (2011). Recuperado el 20 de 10 de 2014, de Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/101/art/art6.htm