tema v análisis constitucional de venezuela hasta 1999

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Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Bolivariana de Venezuela PROGRAMA DE FORMACION DE GRADO ESTUDIOS JURIDICOS II TRAMO I PERIODO UNIDAD CURRICULAR SISTEMA POLITICO Y CONSTITUCIÓN SECCIÓN EJ3-2 TALLER DEL TEMA V ESTUDIO POLÍTICO – IDEOLÓGICO DE LAS CONSTITUCIONES DE 1961 Y 1999 FACILITADOR: Profa. Ygnacia Castillo. PARTICIPANTES: Cindy Vásquez Marlín Guácara Miguel Ortega

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dialectalismo de la constituciones venezolanas

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Page 1: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Universidad Bolivariana de Venezuela

PROGRAMA DE FORMACION DE GRADO ESTUDIOS JURIDICOSII TRAMO I PERIODO

UNIDAD CURRICULAR SISTEMA POLITICO Y CONSTITUCIÓNSECCIÓN EJ3-2

TALLER DEL TEMA VESTUDIO POLÍTICO – IDEOLÓGICO DE LAS

CONSTITUCIONES DE 1961 Y 1999

FACILITADOR:Profa. Ygnacia Castillo.

PARTICIPANTES:Cindy VásquezMarlín GuácaraMiguel OrtegaTeresa RodríguezYenny Lizardi

Ciudad Bolívar, junio de 2011

Page 2: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

1. Introducción

La Historia del constitucionalismo venezolano, mejor dicho laa Constitución, en

Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir

jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de

la federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres

niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal), y entre todos

aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la

organización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en

tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes

del pueblo.

Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Con la

Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811, hasta nuestros días.

La Constitución de carácter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso de

la República durante la presidencia de Rómulo Betancourt. Estuvo vigente 38 años

hasta que fue derogada por la aprobación de la Constitución de 1999 mediante

Referéndum popular el 15 de diciembre de 1999, Establece el principio de

inviolabilidad de la Constitución.

El país se llamó Republica de Venezuela, conformada por 252 artículos, tiene los 3

mismos poderes; poder ejecutivo, Presidente, ministros, poder legislativo, Congreso

legislativo nacional se divide en--cámara de diputados--cámara de senadores, poder

judicial, corte suprema de justicia, el periodo presidencial de 5 años, por el voto directo

y secreto, estuvo constituida por 19 estados--Anzoátegui, Apure, Barinas, Bolívar,

Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta,

Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy y Zulia. A esta Constitución le fueron

aprobadas la dos Enmiendas por el Congreso Nacional.

La Constitución de 1999, ha tenido un origen distinto; ha sido el resultado de una

conmoción social debida al deterioro persistente del estado económico del país, en

particular de las clases populares.

Page 3: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Texto constitucional vigente y único que ha sido aprobado mediante referéndum

popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el

30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece que

Venezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal.

El país cambia de nombre por Republica Bolivariana de Venezuela, tiene 350 artículos,

y ahora tiene 5 poderes públicos--Ejecutivo--Legislativo--Judicial--Electoral—

Ciudadano; poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo,

asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral,

consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo moral republicano y fiscalía

general de la republica, y el periodo presidencial de 6 años, por el voto directo,

universal, secreto y con derecho a votar a todos los ciudadanos mayores de 18 años, está

conformada por 26 estados.

A esta Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificación

de 5 artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin de

permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera

continua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referéndum

popular el 15 de febrero de 2009.

Periodo de transición, desde 1811 hasta 1999, Venezuela ha tenido 35 presidentes, sin

contar los numerosos encargados del poder ejecutivo, ni los que han presidido juntas de

gobierno, como es el caso de Carlos Delgado Chalbaud (1948-1950), Germán Suárez

Flamerich (1950-1952), Wolfgang Larrazábal (23 de enero a 13 de noviembre de 1958)

y Edgar Sanabria (13 de noviembre de 1958 a 13 de febrero de 1959).

La creación del Estado venezolano, Venezuela se convirtió en república independiente.

En el mismo año de 1830 se firmó la Constitución. El nuevo Estado venezolano tuvo a

José Antonio Páez como primer magistrado. Páez gobernó durante dos periodos

constitucionales (del 24 de marzo de 1830 al 6 de febrero de 1835 y desde el 1 de

febrero de 1839 al 28 de enero de 1843). El presidente de la federación fue Juan

Crisóstomo Falcón; cumplió primero dos periodos como presidente provisional (17 de

junio al 24 de diciembre de 1863); ratificado, asumió el poder el 21 de enero de 1864;

Page 4: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

después, desarrolló su periodo constitucional a partir del 7 de junio de 1865 hasta que el

28 de abril de 1868 la “revolución azul” acabó por sustituirle.

Chávez presidente, las elecciones legislativas fueron el preludio de las presidenciales,

celebradas en diciembre. El constitucionalismo venezolano quedó modificado con la

nueva Constitución impulsada por Chávez, aprobada por la Asamblea y ratificada por

medio del referéndum que tuvo lugar el 15 de diciembre de 1999, con el 71,9% de los

votos emitidos, si bien la participación no llegó al 46%. La Constitución no sólo cambió

el nombre del país (que pasó a llamarse desde su entrada en vigor República Bolivariana

de Venezuela) sino que reforzó el poder presidencial, entre otras medidas significativas,

como el mayor control estatal de la actividad económica o el de los medios de

comunicación. Asimismo, el nuevo texto constitucional proclamó que su principal

objetivo era el de “refundar la República para establecer una sociedad democrática,

participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y

descentralizado”. Chávez juró el cargo el 19 de agosto siguiente y anunció su decisión

de afrontar una profunda transformación de las estructuras económicas y sociales del

país. El 7 de noviembre de 2000 la Asamblea Nacional aprobó la denominada Ley de

Habilitación, que le facultaba para legislar por decreto durante un año en materias

económica, social y de administración pública.

El Proceso Bolivariano

1. La propuesta ideológica bolivariana tiene como base la experiencia venezolana

(gobierno de Hugo Chávez, Movimiento V República, Polo Patriótico).

2. El eje bolivariano internacional (Venezuela no puede quedar aislada si intenta un

camino antiimperialista y anticapitalista o al menos anti neoliberal y por ello

propone la Alianza Bolivariana de las Américas, frente al ALCA)) se orienta

principalmente hacia Bolivia, Perú, Colombia, Brasil, Argentina, Paraguay,

Uruguay, Ecuador y, obviamente, Venezuela.

3. En otro frente internacional, la experiencia bolivariana hace de la amistad y

colaboración con Cuba un eje de su política exterior. Venezuela recibe mucho

apoyo militante y profesional cubano (salud, seguridad, organización social) y

Venezuela contribuye a paliar los déficits de la economía cubana.

Page 5: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Revolución Bolivariana es el nombre dado en Venezuela, por Hugo Chávez y sus

partidarios, al proyecto ideológico y social que comenzó en 1998, con la elección de

Chávez como presidente del país. Una de sus primeras medidas fue el aprobar mediante

referéndum popular la constitución de 1999.

Los puntos centrales que la revolución bolivariana adapta del bolivarianismo a su

práctica son:

Autonomía nacional.

Participación del pueblo mediante elecciones populares, referendos, y otros

medios de democracia participativa.

Economía auto sostenible.

Ética de servicio al pueblo.

Chávez como símbolo de la izquierda, desde la muerte de Allende, quizás ningún

político latinoamericano ha generado tanta reverberación internacional como Hugo

Chávez.

2. Evolución histórica de las Constituciones Venezolanas

La Historia del constitucionalismo venezolano, mejor dicho la Constitución, en

Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir

jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de

la federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres

niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal), y entre todos

aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la

organización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en

tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes

del pueblo.

Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Desde que devino

una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la

circunstancia, varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue

promulgada el 20 de diciembre de 1999. Cada una de ellas ha tenido su razón política de

ser y un impacto social determinado. He aquí un breve resumen de cada una de ellas y

de su historia

Page 6: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

En nuestra larga vida republicana hemos sido regidos por 25 Cartas Fundamentales, en

la lista que se presenta a continuación se presentan veinte de ellas (sobre las otras no se

ha podido conseguir información por el momento).

Fecha Características principales

1830Separación de la Gran Colombia. Elección indirecta y censitaria. Se mantiene división de poderes. Se consagra principio Uti Possidetis Juris. Otros

1857 El período presidencial pasa a 6 años y el presidente puede ser reelegido.

1858Sistema Centro-federal. Elección de presidente, vicepresidente y otros funcionarios por votación universal, directa y secreta. Período presidencial 4 años

1864Sistema federal. Los estados serían independientes y se unirían para formar la nación con el nombre de Estados Unidos de Venezuela. El presidente sería elegido por votación directa y secreta. Duraría 4 años en el poder.

1874Se modifica la anterior para reducir el período constitucional a 2 años. El voto es público y firmado. Un senador dos diputados por cada estado elegirán al Presidente de la República.

1894Se lleva el período presidencial a 4 años nuevamente. Elecciones directas y secretas determinarán al presidente.

1901 El presidente es elegido por los Concejos Municipales

1904 Se lleva el período presidencial a 6 años.

1909 Retorno al período de 4 años, el Presidente es elegido por el Congreso.

1914 El período presidencial aumenta a 7 años, con posibilidad de reelección.

1922 Modificaciones menores por cuenta de Juan V. Gómez

1925 Modificaciones menores por cuenta de Juan V. Gómez

1928 Modificaciones menores por cuenta de Juan V. Gómez

1929 Modificaciones menores por cuenta de Juan V. Gómez

1931 Modificaciones menores por cuenta de Juan V. Gómez

1936 Período presidencial a 5 años

1947El Presidente, los congresantes, miembros de Asambleas legislativas y concejales debían elegirse por el voto universal, directo y secreto.

1948 Restitución de la constitución de 1936

1952 La edad para votar es de 21 años.

1961 Establece el principio de inviolabilidad

La primera Constitución de Venezuela, y también de Hispanoamérica, fue aprobada en

1811. Sería la primera de una larga lista durante el siglo XIX y la mitad del siglo XX,

causadas mayormente por guerras, triunfos momentáneos de revoluciones y gobiernos

dictatoriales.

Page 7: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

A continuación una lista de estas constituciones junto a algunos documentos que las

modificaron, aprobaron o derogaron, y que sirvieron en algunos casos como

constituciones de facto.

Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811

La Constitución de Venezuela de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela y de

América Latina, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio

y sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 4 de

diciembre de 1811. La misma establecía un gobierno federal, pero fue derogada el 21 de

julio de 1812 por la capitulación de Francisco de Miranda en San Mateo. La

constitución tuvo una vigencia de un año.

Constitución de la República de Venezuela de 1819

La misma fue propuesta por el Libertador Simón Bolívar ante el Congreso de Angostura

con el fin de organizar políticamente la República luego de la reconquista por el Ejercito

Libertador.

Constitución de la República de Colombia de 1821

La Constitución de 1821 fue el resultado del Congreso de Cúcuta que se desarrolló el 30

de agosto de 1821 y cuyo objetivo principal fue crear la República de Colombia

mediante la unificación de Nueva Granada (Colombia y Panamá) y Venezuela.

Posteriormente Ecuador se unió a esta enorme Nación. El 30 de agosto de 1821 es

proclamada la Constitución y se expide el 12 de julio. Esta estuvo vigente hasta la

disolución de 1830. La misma permitió el alcance de nuevas reformas de contrato para

la libertad social, económica y política

Constitución del Estado de Venezuela 1830

La Carta Magna surge como consecuencia de la separación del Departamento

Venezuela de la Gran Colombia para constituir el Estado de Venezuela. Sancionada por

el Congreso Constituyente de Valencia el 22 de septiembre de 1830, se establecía la

elección indirecta. Se mantiene división de poderes. Se consagra principio Uti

Possidetis Juris. Para gozar de derechos ciudadanos se necesita: "ser venezolano, casado

o mayor de veintiún años, saber leer y escribir, dueño de una propiedad raíz cuya renta

anual sea de cincuenta pesos, o tener una profesión, oficio o industria útil que produzca

Page 8: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

cien pesos anuales sin dependencia de otro en clase de sirviente doméstico o gozar de

un sueldo anual de ciento cincuenta pesos". Para ser diputado se requiere "una

propiedad raíz cuya renta anual sea de cuatrocientos pesos, o tener una profesión, oficio

o industria útil que produzca quinientos pesos o gozar de un sueldo anual de seiscientos

pesos". Y para senador requiere "ser dueño de una propiedad raíz cuya renta anual sea

de ochocientos pesos, o tener una profesión, oficio o industria útil que produzca mil

pesos o gozar de un sueldo anual de mil doscientos pesos". Duro vigente 27 años lo que

la convierte en la segunda Constitución de más larga duración después de la de 1961.

Estados de Venezuela conformada por 228 artículos y tiene 3 poderes, Ejecutivo,

legislativo, judicial, poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, el poder legislativo,

cámara de representantes, cámara de senadores. El poder judicial, corte suprema,

juzgados de primera instancia, el periodo presidencial de 4 años, por voto indirecto,

privilegiado y solo de hombres, fue conformada por los 11 estados -- Cumana,

Barcelona, Margarita, Caracas, Carabobo, Coro, Maracaibo, Mérida, Barinas, Apure y

Guayana.

Constitución de 1857

Constitución sancionada por el Congreso de la República el 16 de abril de 1857, el

propósito de la misma era aumentar el período presidencial a 6 años y el presidente

puede ser reelegido, centralizar la organización del Estado, se eleva a rango

constitucional la abolición de la esclavitud decretada en 1854 por José Gregorio

Monagas y se abolió la pena de muerte por delitos políticos. Tuvo vigencia de menos de

un año.

Constitución de 1858

Fue sancionada por la Convención Nacional de Valencia el 24 de diciembre de 1858.

Esta nueva Constitución otorga mas autónomia a las Provincias, la elección del

presidente, vicepresidente y otros funcionarios por votación universal, directa y secreta.

con períodos presidenciales de 4 años. Esta vigente por poco tiempo ya que estalla la

Guerra Federal el 20 de febrero de 1859.

Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1864

Page 9: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Aprobada por la Asamblea Constituyente de la Federación el 28 de marzo de 1864.

Consagra el sistema federal vigente hasta nuestros días, en el que los Estados serían

independientes y se unirían para formar la nación con el nombre de Estados Unidos de

Venezuela. El presidente sería elegido por votación directa y secreta. Duraría 4 años en

el poder.

Estados Unidos de Venezuela conformada por 123 artículos y tiene los mismo 3

poderes; poder ejecutivo, presidente o designados, poder legislativo, legislatura nacional

se divide en--cámara de senadores--cámara de diputados, poder judicial, corte federal, el

periodo presidencial de 4 años, por el voto directo y secreto, estaba conformada por 20

estados --Apure, Aragua, Barcelona, Barinas, Barquisimeto, Carabobo, Caracas,

Cojedes, Coro, Cumaná, Guárico, Guayana, Maracaibo, Maturín, Mérida, Margarita,

Portuguesa, Táchira, Trujillo y Yaracuy.

Constitución Federal de 1874

Esta Constitución es sancionada el 24 de mayo de 1974.

Constitución Federal de 1881

Se modifica la anterior para reducir el período constitucional a 2 años. El voto es

público y firmado. Un senador y dos diputados por cada estado elegirán al Presidente de

la República. El período constitucional se lleva a 2 años. El voto es público y firmado y

se crea la Corte de Casación.

Constitución Federal de 1891

Sancionada por el Congreso de la Unión el 9 de abril de 1891. Su objetivo principal fue

prolongar el periodo presidencial de 2 a 4 años, así como la eliminación del Colegio

Federal regresando al voto directo del Presidente.

Constitución Federal de 1893

Sancionada en Caracas el 12 de junio de 1893 por la Asamblea Nacional Constituyente

y promulgada por el presidente Joaquín Crespo, donde se lleva el período presidencial a

4 años. Elecciones directas y secretas para elegir al presidente.

Constitución Federal de 1901

Page 10: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

En esta Constitución el Presidente, primer Vicepresidente y segundo Vicepresidente de

la República es elegido por los Concejos Municipales.

Constitución Federal de 1904

Sancionada por el Congreso Constituyente de los Estados Unidos de Venezuela, en

Caracas el 27 de abril de 1904 y promulgada el mismo día por el presidente Cipriano

Castro, donde se lleva el período presidencial a 6 años.

Constitución Federal de 1909

En esta Constitución se altera el régimen electoral, sustituyendo la elección directa del

presidente de la República por una elección indirecta hecha por el Congreso, Retorno al

período de 4 años.

Constitución Federal de 1914

Sancionada por el Congreso de Diputados Plenipotenciarios en Caracas, el 13 de junio

de 1914 y promulgada por el presidente provisional Victorino Márquez Bustillos, donde

el período presidencial aumenta a 7 años, con posibilidad de reelección.

Constitución Federal de 1925

Sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en Caracas, el 24 de

junio de 1925 y promulgada por el presidente Juan Vicente Gómez el 1 de julio del

mismo año, donde se consagraba la centralización de la Administración Pública,

echando las bases de una República unitaria de corte presidencialista. Por el hito que

marcó en la evolución de los principios institucionales del país, puede ser considerada

como una de las constituciones más importantes que ha tenido Venezuela en el siglo

XX.

Constitución Federal de 1936

Este documento fue refrendado durante el gobierno de Eleazar López Contreras, y

suplanto la última constitución vigente durante la dictadura de Juan Vicente Gómez.

Período presidencial se establece en 5 años. La misma fue reformada parcialmente en

1945.

Constitución Federal de 1947

Page 11: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Aprobada el 5 de julio de 1947 por la Constituyente, durante la presidencia de Rómulo

Betancourt en la Junta Revolucionaria de Gobierno creada en 1945. Tuvo una vigencia

de 1 año y 4 meses y fue derogada por acto de fuerza el 24 de noviembre de 1948. El

Presidente, los congresistas, miembros de Asambleas legislativas y concejales debían

elegirse por el voto universal, directo y secreto.

Constitución de la República de Venezuela de 1953

Constitución Federal aprobada el 11 de abril de 1953 por la Constituyente, durante la

presidencia del Gral. Marcos Pérez Jiménez, tuvo una vigencia de 5 años y fue derogada

como consecuencia de la Revolución del 23 de enero de 1958. La edad para votar es de

21 años.

3. Estudio Comparativo político – ideológico contemplado en la Constitución de

1961 y 1999

Constitución de la República de Venezuela de 1961

Constitución de carácter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso de la

República durante la presidencia de Rómulo Betancourt. Estuvo vigente 38 años hasta

que fue derogada por la aprobación de la Constitución de 1999 mediante Referéndum

popular el 15 de diciembre de 1999, Establece el principio de inviolabilidad de la

Constitución.

El país se llamó Republica de Venezuela, conformada por 252 artículos, tiene los 3

mismos poderes; poder ejecutivo, Presidente, ministros, poder legislativo, Congreso

legislativo nacional se divide en--cámara de diputados--cámara de senadores, poder

judicial, corte suprema de justicia, el periodo presidencial de 5 años, por el voto directo

y secreto, estuvo constituida por 19 estados--Anzoátegui, Apure, Barinas, Bolívar,

Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta,

Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy y Zulia

A esta Constitución le fue aprobada la Enmienda N° 1 por el Congreso Nacional, fue

Sancionada el 9 de mayo de 1973, promulgada el 11 del mismo mes y año, y publicada

en la Gaceta Oficial N° 1585 del 11 de mayo de 1973. Su objetivo fue inhabilitar al ex-

dictador Marcos Pérez Jiménez de ser electo Presidente de la República o desempeñar

cargos parlamentarios ante el Congreso.

Page 12: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

En 1983 se aprobó la Enmienda N° 2 Aprobada por el Congreso, fue Promulgada el 16

de marzo del mismo año, contempló varios aspectos innovadores. Entre otros: la

reforma del sistema electoral para los Concejos Municipales y las Asambleas

Legislativas. La enmienda fue sancionada tras dos años de discusiones del proyecto

original, el cual no fue aprobado en su totalidad. Una propuesta de ampliación de los

derechos políticos de los venezolanos por naturalización y permitir la intervención de

los Concejos Municipales por parte del Congreso Nacional fueron rechazadas.

La Constitución de 1961, se implantó a raíz de una conmoción de tipo político, que fue

la caída del general Pérez Jiménez, y que abrió las puertas a la democracia

parlamentaria. Sancionada por el Congreso de la República, en Caracas el 23 de enero

de 1961 y promulgada por el presidente Rómulo Betancourt el mismo día. Fue

enmendada en 2 oportunidades: La Enmienda núm. 1, sancionada por el Congreso el 9

de mayo de 1973 y promulgada por el presidente Rafael Caldera el 11 del mismo mes y

año; y la Enmienda núm. 2, sancionada por el Congreso el 16 de marzo de 1983

promulgada el mismo día por el presidente Luis Herrera Camping.

La Constitución de 1999, ha tenido un origen distinto; ha sido el resultado de una

conmoción social debida al deterioro persistente del estado económico del país, en

particular de las clases populares.

Características de la Constitución de 1961:

• La Constitución de 1961 estaba dividida en cuatro partes.

• El preámbulo donde se invoca la protección de Dios y se exalta al Libertador

Simón Bolívar y a los "grandes servidores de la patria".

• La parte dogmática en la cual se establecen como pilares la democracia, la

independencia y el carácter de forma federal del Estado venezolano, entre otros;

• La parte orgánica, que constaba de doce títulos para un total de 252 artículos; y

las disposiciones transitorias compuestas por 23 disposiciones.

• Sólo se reconocía como idioma oficial el castellano y no de las lenguas

indígenas como en la Constitución de 1999.

• El Estado venezolano se divide en: Estados, el Distrito Federal, Territorios

Federales y las Dependencias Federales.

Page 13: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

• Los Estados se dividen en Distritos y estos en Municipios.

• No existía la doble nacionalidad, por lo tanto el venezolano que obtuviese otra

nacionalidad perdía automáticamente la nacionalidad venezolana.

• Por primera vez en la historia constitucional venezolana no se hace mención al

nombre o número de Estados...

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999

Texto constitucional vigente y único que ha sido aprobado mediante referéndum

popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el

30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece que

Venezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal.

El país cambia de nombre por Republica Bolivariana de Venezuela, tiene 350 artículos,

y ahora tiene 5 poderes públicos--Ejecutivo--Legislativo--Judicial--Electoral—

Ciudadano; poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo,

asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral,

consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo moral republicano y fiscalía

general de la republica, y el periodo presidencial de 6 años, por el voto directo,

universal, secreto y con derecho a votar a todos los ciudadanos mayores de 18 años, está

conformada por 26 estados.

A esta Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificación

de 5 artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin de

permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera

continua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referéndum

popular el 15 de febrero de 2009.

COMENTARIO DE LOS PREAMBULOS

La invocación en ambas Constituciones (1961 y 1999) es al Todopoderoso y a Simón

Bolívar, pero también -ahora- a nuestros antepasados aborígenes. Puede afirmarse que

el Preámbulo, en general, está elaborado bajo la misma direccionalidad filosófica, sólo

que ideas de antes se compendian en frases tales como; “la democratización de la

sociedad internacional”; y se incorporan referencias nuevas a temas como el desarme

nuclear y el equilibrio ecológico. En la Constitución de 1999 se habla de refundar la

Page 14: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

República para establecer una democracia, participativa, protagónica, multiétnica y

pluricultural en un Estado de Justicia e igualdad, en esta nueva constitución una de sus

grandes características es la acción protagónica que se le da al pueblo, a éste se le dá

poder para participar.

En el Título I (Principios Fundamentales):

A diferencia de la Constitución de 1961, en la actual aparece el agregado de la

declaratoria de la República de Venezuela como Bolivariana. Su definición como

Estado Federal Descentralizado. La consideración del Gobierno, aparecía democrático,

alternativo y responsable (C.N. 61); ahora como participativo, electivo, descentralizado,

pluralista y de mandatos revocables. Se ratifica el castellano como idioma oficial (C.N.

61) e igualmente en la constitución actual con el agregado que se establece que los

idiomas indígenas son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados

en todo el Territorio Nacional.

En el Titulo II (Del Espacio Geográfico y la División Política):

Aún cuando se adopta la misma definición del territorio y demás espacios que en la

anterior Constitución, ahora se establece un agregado sutil y diferenciador: Territorio y

Espacio Geográfico correspondiente a la Capitanía General de Venezuela con las

modificaciones resultantes de los tratados celebrados válidamente por la República

(antes); y laudos arbitrales no viciados de nulidad (ahora), para efectos de actualizar las

reclamaciones internacionales sobre los despojos del territorio nacional. Se definen el

espacio insular; los espacios acuáticos y los derechos sobre ellos y sobre el espacio

ultraterrestre supra yacente; así como bienes del dominio público a los yacimientos

mineros e hidrocarburos existentes en estas áreas. Se enuncia como imperativo

constitucional la elaboración de una Política Integral de Fronteras. En materia de

división política (Capitulo II. C.N 99), se mantiene la organización territorial con base

en: estados, dependencias territorios federales y municipios, pero se agrega, en el caso

del Distrito Capital, mediante Ley Especial, la integración de municipios de éste con

municipios del estado Miranda, mediante un sistema de gobierno municipal a dos

niveles. Se hace referencia expresa a una Ley Orgánica que regule lo concerniente a la

división político territorial y que garantice la autonomía municipal y la

descentralización político-administrativa. Las competencias tanto del Poder Público

Page 15: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Nacional, como del Poder Público Estadal y del Poder Público Municipal pasan a ser

definidas (C.N. 99) en el Título IV. (Del Poder Público).

Con respecto al Título III (De los Deberes, Derechos Humanos y Garantías):

En el nuevo Texto Constitucional (1999) el tema de los Derechos Humanos adquiere

una significación y relevancia a tono con la realidad actual, la cual no aparecía en la

Constitución de 1961. En materia de nacionalidad, a diferencia de la anterior

Constitución se consagra la doble nacionalidad. Los antes denominados Derechos

Individuales pasan ahora a denominarse Derechos Civiles (C.N. 99). Son ratificados en

su mayoría, pero se establece la condición de veraz, oportuna e imparcial para efectos

del derecho a la información que tiene todo ciudadano.

En cuanto a los Derechos Políticos y el Referéndum Popular (Capítulo IV):

Se elimina la discriminación contemplada en el Artículo 114 (C.N. 61) con relación a la

participación ciudadana en la orientación política del país, solamente a través de los

Partidos Políticos. Se elimina expresamente el financiamiento de las organizaciones

políticas con fondos del Estado.

Se establecen (Artículo 70) nuevos medios de participación ciudadana, tanto en lo

político (referéndum, revocatoria del mandato, etc., como mecanismos de consulta

popular con decisiones vinculantes) como en lo económico-social: autogestión,

cogestión, las cooperativas, cajas de ahorro, etc. Se consagra en el nuevo Texto

Constitucional, de manera más amplia que en el anterior (1961), los aspectos inherentes

al referéndum. En el Texto de 1961 sólo se encontraba plasmado en el Articulo 246,

para el caso de la reforma general de dicho Texto. Debe señalarse que en el Proyecto de

Reforma Constitucional elaborado por la Cámara de Diputados, a partir de abril de

1992, sobre la base del Proyecto que a su vez había redactado la Comisión Bicameral

que venía trabajando desde 1991, se contemplaba la posibilidad de reconocer hasta

veinte referendos, agrupados en cuatro categorías: consultivos, sancionatorios,

abrogatorios y revocatorios; los cuales por el ámbito de realización vendrían a ser:

nacionales, estadales y municipales. Vale agregar, que dicho número está por encima de

los que existen en Suiza, nación que desde el Siglo XVI ha desarrollado esta institución.

Afortunadamente, en el caso de la nueva Constitución, tal número se redujo

considerablemente, adaptándolo a la realidad actual.

Page 16: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

En cuanto al Capítulo V (De los Derechos Sociales y de las Familias):

Se observa que la nueva Carta Magna, en términos generales, ratifica la tendencia

presente en el constitucionalismo latinoamericano, iniciada desde comienzos de siglo,

en México, cuando los derechos sociales que se van creando por la vía de los acuerdos y

convenciones internacionales pasan a ser parte de los Textos Constitucionales. En el

caso nuestro, hay una orientación política e ideológica concreta, que toma partido frente

al denominado “darwinismo social” representado hoy en día por los intentos de

“desregulación y flexibilización laboral” promovidos desde la óptica del neoliberalismo

ortodoxo.

Capítulo VI. De los Derechos Culturales y Educativos:

Aquí aparte de ratificarse mucho de lo contenido en el Texto Constitucional anterior

(1961) en materia educativa, es menester poner de relieve que se amplía el espectro en

cuanto a lo específicamente cultural y lo relacionado con la ciencia, la tecnología y el

deporte y la recreación, como Políticas de Estado. El artículo 105 recoge lo pautado en

el artículo 82 (C.N. 99) y aún cuando antes se establecía la colegiación obligatoria para

las profesiones universitarias, ahora queda sujeto y diferido para reglamentarlo en una

ley respectiva. Acerca de la Autonomía Universitaria, podemos decir que se ratifica

ahora con rango constitucional, pero con limitaciones importantes: “bajo el control de

vigilancia que a tales efectos establezca la Ley” (Artículo 109). Como una muestra de

las incongruencias y lo falaz de algunas argumentaciones en contra de la Constitución

de 1999 y las diferencias en cuanto a la participación de la iniciativa privada para la

fundación y mantenimiento de instituciones educativas, basta contrastar los artículos 79

(C.N, 61) con el 105 (C.N. 99) para advertir que esta iniciativa se mantiene.

El Capítulo VII De los Derechos Económicos.

Está dedicado a los Derechos Económicos, materia polémica por naturaleza, cuando se

analiza a partir de las contradicciones de intereses entre el capital y el trabajo, entre lo

social y lo individual, cuestiones éstas que por lo demás, forman parte de la

confrontación secular entre los modelos políticos que coparon la escena durante el Siglo

que culmina. Sin duda que no es fácil hablar de la Constitución Económica o del

Modelo Económico en la Constitución, tal como lo concibe la modelística actual, pero

es evidente y lo que se subraya con énfasis es que una concepción de esa naturaleza se

Page 17: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

puede precisar con mayor acierto en la Constitución de 1999. Al respecto se advierte

que la noción de Constitución Económica es de origen alemán y se refiere al conjunto

de normas de jerarquía constitucional en las cuales se consagra el marco jurídico clave

para el desarrollo de la actividad económica (Combellas: 1994). En Venezuela, el

modelo de sustitución de importaciones y la planificación se instituyen, en la

Constitución de 1961, consagrándose así un modelo de economía mixta que combina el

papel relevante del Estado con la iniciativa privada y con las fuerzas del mercado,

teniendo como norte principios de justicia social. Todo ello tipificado específicamente

en el Capítulo V, referido a los Derechos Económicos (Artículos 95 al 109). En medio

del Proceso Constituyente, al momento de redactarse la Nueva Constitución,

aparecieron dos (2) enfoques con relación al modelo económico, a saber:

En primer lugar, uno vinculado al neoliberalismo puro que demanda el fin del

intervencionismo estadal; la eliminación de los derechos sociales; el desmontaje del

Estado de Bienestar y la instauración de una economía de mercado libre; y la vuelta a la

tesis individualista de los derechos fundamentales. Una variante de este enfoque

apuntaba a mantener la concepción económica prevista en la Constitución de 1961.

Muy vinculados con los Derechos antes mencionados, en especial con los Derechos

Sociales tradicionales, la Constitución Bolivariana establece un conjunto de Derechos

Económicos, orientados hacia la persona humana, es decir, a salvaguardar tales

Derechos en función del ciudadano. Así tenemos que la Nueva Constitución reconoce y

protege los Derechos a la Libertad económica de los ciudadanos (Art. 112 CBV), a la

propiedad (Art. 115 CBV), al acceso de bienes y servicios de calidad (Art. 117 CBV) y

a fundar y promover asociaciones y cooperativas para la consecución de fines

económicos, en especial de los trabajadores aunque se establece tal disposición jurídica

en beneficio de la comunidad en general (Art. 118 CBV). En términos generales, la

nueva Constitución establece normas económicas generales universalmente aceptadas

para la iniciativa privada, con pleno respeto a los derechos de la propiedad privada, y

limites bien demarcados en las leyes y el derecho para su restricción y expropiación. Se

fundamenta en la libre competencia y la eficiencia, con responsabilidades compartidas

entre el Estado y la iniciativa privada. La nueva Carta Magna no sólo define los

Derechos Económicos sino que avanza significativamente con relación a la anterior

(C.N. 61) al incorporar en el Titulo Vilo relativo al Sistema Socioeconómico y en los

Capítulos sucesivos, importantes aspectos en este sentido, referidos, por ejemplo, a la

Page 18: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

función del Estado en la economía, al régimen presupuestario, al sistema tributario, al

sistema monetario y el Banco Central de Venezuela y la coordinación macroeconómica

en pro del bienestar social.

En el Capítulo VIII, que trata de los Derechos de los Pueblos Indígenas:

Se aprecia como otro aspecto novedoso e innovador, de nuestra nueva Constitución, (en

comparación con la de 1961). Si se tuviese que evaluar la efectividad, la eficiencia y la

productividad de los Constituyentitas, tal como se plantea dentro de las modernas

técnicas de gestión, en general, tendríamos que reconocer que los pueblos indígenas

encontraron y ubicaron en la Asamblea Nacional Constituyente a sus mejores

representantes, por los logros consagrados en esta materia. Este conjunto de derechos

suponen un reconocimiento a un grupo humano heterogéneo de etnias que es de gran

significación para Venezuela, por razones históricas ya que simbolizan la lucha contra

el conquistador Español, nuestros pueblos indígenas siempre habían sido marginado por

el constituyente venezolano. En este Capítulo se establece un conjunto de Derechos

especialmente reconocidos para los pueblos indígenas, lo que viene a configurar un

régimen jurídico especialísimo para este sector de la población, que aunque es muy

reducido en número y poco representativo, es cultura dominante en nuestro país, es un

grupo humano de significativa importancia histórica para Venezuela. En este Capítulo

se establece el reconocimiento de la existencia de los pueblos indígenas en Venezuela

( Art. 119 CBV), se protege la identidad y cultura indígena (Art. 121 CBV), se reconoce

la medicina tradicional indígena (Art. 122 CBV), se reconocen las practicas económicas

de la sociedad indígena ( Art. 123 CBV), Se tutela la propiedad intelectual y colectiva

de los pueblos indígenas (Art. 124 CBV), Se protege el Derecho a la participación

política en Venezuela de los pueblos indígenas (Art. 125 CBV) y se reconocen los

pueblos indígenas como parte del pueblo Venezolano e integrantes del territorio de la

Nación (Art. 126 CBV). El reconocimiento formal y expreso de un capítulo que

consagra los derechos de nuestros Pueblos Indígenas en la nueva Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, constituye sin lugar a dudas el mayor logro

político y social del movimiento indígena venezolano, el cual demostró una clara

ideología de su propio accionar histórico cultural en la lucha por sus derechos propios y

vitales, y cuyo objetivo principal es la construcción de una Nación Plurinacional en cada

uno de los territorios donde se encuentran asentados.

Page 19: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

El Capítulo IX: De los Derechos Ambientales

Merece una consideración similar a la Constitución anterior. Evidentemente en este

caso, la Constitución de 1999 se pone a tono con una materia que en los últimos años ha

pasado a convertirse en una preocupación de carácter mundial por las implicaciones

diversas que se refiere a la conservación de nuestro planeta y que precisamente con base

en los acuerdos internacionales y la legislación que se va creando, pasa ahora a tener

preeminencia Constitucional. Este capítulo constitucional es de suma importancia, ya

que en los tiempos actuales en nuestra Nación estamos viviendo las consecuencias de un

mal uso, mantenimiento, y conservación de nuestros recursos naturales y espacios

ambientales, estos artículos vienen a controlar y dar uso racional a nuestros recursos

naturales y proteger nuestro ecosistema.

El Título IV: Del Poder Público

Corresponde a lo que eran antes las Disposiciones Generales (C.N. 61, Capitulo 1), pero

ahora el articulado se desagrega en secciones relativas a los aspectos generales, la

Administración Pública, la Función Pública, los Contratos de Interés Público y las

Relaciones Internacionales. En general, se mantiene el Texto y el espíritu prevaleciente

en la Constitución de 1961, sin embargo, tal como se demuestra supra, la concepción

político-jurídica que impregna el nuevo texto Constitucional, le asigna relevancia dentro

del modelo de gerencia pública que allí se prefigura e institucionaliza. El Poder Público

se transformó del tradicional esquema de tres poderes (CN 1961), heredado de las ideas

de Charles Montesquieu (1689-1755) y Juan Jacobo Rousseau (1712-1778), a una

estructura de cinco poderes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral,

(Art. 136 de la CN 1999) . En la antigua constitución de 1961 se mencionaban tres

poderes, en comparación con esta nueva constitución se establecen cinco poderes:

TITULO V DE LA ORGANIZACIÓN DEL PODER PÚBLICO NACIONAL

CAPITULO I: Del Poder Legislativo Nacional

El Poder Legislativo, anteriormente regido por el Congreso Nacional, es ejercido ahora

por una Asamblea Nacional de estructura unicameral, es decir, esta Asamblea sólo

estará conformada por una cámara, a diferencia del pasado Congreso Nacional que

estaba compuesta por dos: La Cámara Baja o de Diputados y la Cámara Alta, Senado o

de senadores, este poder legislativo concentra las tradicionales funciones legislativas y

de control político, administrativo y financiero de la Acción del Gobierno y la

Page 20: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Administración Pública, que definen al sistema de gobierno como presidencialista con

sujeción parlamentaria; A diferencia de la anterior Constitución de 1961, que sólo

permitía la postulación al cargo parlamentario a venezolanos por nacimiento, la Carta

Magna vigente también acepta la postulación de los venezolanos por naturalización con

quince años de residencia en territorio venezolano. Para ser diputado se requiere ser

mayor de 21 años y haber residido cuatro años consecutivos en la entidad

correspondiente antes de la fecha de la elección. Existen otras objeciones para la

elección y desempeño de los Diputados, estipulados en los artículos 189, 190 y 191 en

la Sección Primera del Capítulo I. Los Diputados gozarán de inmunidad en el ejercicio

de sus funciones, desde su proclamación hasta la conclusión o renuncia de su mandato.

Sólo el Tribunal Supremo de Justicia podrá ordenar la detención de un Diputado, con la

autorización de la Asamblea Nacional. El artículo 187 enumera las atribuciones de la

Asamblea Nacional.

CAPITULO II: Del Poder Ejecutivo Nacional

El Poder Ejecutivo; presidido por el Presidente de la república igualmente como en la

CN 1961. La nueva Constitución de 1999 introduce la novedad del Vicepresidente

Ejecutivo, el Presidente de la República continúa ejerciendo la jefatura del Estado y del

Ejecutivo Nacional. El Vicepresidente Ejecutivo es colaborador inmediato del Jefe de

Estado y de Gobierno y es designado y removido por éste.

CAPITULO III: Del Poder Judicial y el Sistema de Justicia

El Poder Judicial se constituye por el Tribunal Supremo de Justicia y los demás

tribunales que determine la ley. Como características más sobresalientes de la rama

judicial en la nueva Constitución cabe resaltar, ante todo, que la justicia emana y está al

servicio de los ciudadanos. Los seres humanos tienen derecho al acceso a la justicia, un

derecho garantizado por el Estado, que se manifiesta en que la justicia a partir de ahora

debe velar por los atributos de gratuidad, accesibilidad, imparcialidad, idoneidad,

transparencia, autonomía, independencia, equidad, y debe ser administrada en forma

expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles. La

Constitución Bolivariana establece el requisito del concurso de oposición para la carrera

judicial, en aras de la formación y promoción de jueces idóneos y probos,

independientes de factores perturbadores de la sagrada función de impartir justicia, por

lo cual prohíbe expresamente el activismo político y el gremialismo y la sindicación de

Page 21: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

los jueces. También destaca en la nueva Constitución la participación ciudadana, a

garantizar por la ley, en el procedimiento de selección y designación de los jueces, y de

manera especial crea una institución de asesoramiento para la selección de los

magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, como para los colegios electorales

judiciales para la elección de los jueces de la jurisdicción disciplinaria: el Comité de

Postulaciones Judiciales, integrados por representantes de los diferentes sectores de la

sociedad en los términos que fije la ley. Asimismo es de mencionar aquí la eliminación

del Consejo de la Judicatura. La CB crea la jurisdicción disciplinaria judicial, a cargo de

los tribunales especiales que determine la ley. La administración del Poder Judicial

corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, único órgano de dirección, gobierno y

administración judicial, que a los efectos de desconcentración de tan delicadas

funciones se apoya en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Igualmente, una

conquista valiosa que enaltece la justicia, lo es sin duda la creación del situado judicial,

consistente en una partida no menor del dos por ciento del presupuesto ordinario

nacional, para el funcionamiento del sistema judicial, la cual no podrá ser reducida o

modificada sin autorización previa de la Asamblea Nacional. Otro paso de avance, en

esta nueva constitución en beneficio de la progresiva protección de los derechos

humanos, lo es la consagración constitucional de la jurisdicción penal militar como

parte integrante del Poder Judicial, cuya competencia se limita a los de naturaleza

militar. La comisión de delitos comunes, violaciones de derechos humanos, y crímenes

de lesa humanidad, serán de ahora en adelante juzgados por los tribunales ordinarios. En

fin, y para concluir el punto, la Constitución establece la obligación del Estado de

garantizar un sistema penitenciario que asegure rehabilitación del interno y el respeto de

sus derechos humanos, y fija compromisos concretos en función de la construcción de

un sistema penitenciario humanitario y moderno, de acuerdo con las tendencias más

avanzadas predominantes en el mundo sobre tan relevante materia.

CAPITULO IV: Del Poder Ciudadano

El Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano integrado por el

Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General de la República. Los

órganos que ejercen el Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio

Público y la Contraloría General de la República. Estos tienen a su cargo, prevenir,

investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral

administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio

Page 22: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la

actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso

creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la

responsabilidad social y el trabajo. (Artículo 274).

Atribuciones del Defensor (a) del Pueblo, artículo 281.

Atribuciones del Ministerio Público, artículo 285.

Atribuciones de la Contraloría General de la República, artículo 289

El Poder Ciudadano se integra de dos instituciones con tradición constitucional (el

Ministerio Público y la Contraloría General de la República), y la Defensoría del

Pueblo: Ministerio Público, bajo la dirección del Fiscal General de la República, tiene

un papel sobresaliente en el ejercicio del la acción penal, la investigación penal y celoso

vigilante de la responsabilidad de los funcionarios públicos en ejercicio de sus

funciones, amén de velar por la celeridad y buena marcha de la administración de

justicia y garantizar el respeto de los derechos y garantías constitucionales en los

procesos judiciales.

La Contraloría General de la República, bajo la dirección del Contralor General de la

República, es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y

bienes públicos. Ellas se suma la Defensoría del Pueblo, novedosa institución de

protección de los derechos humanos y guardián del correcto funcionamiento de los

servicios públicos. Los tres altos funcionarios integran el Consejo Moral Republicano,

suerte de órgano supremo de unión y coordinación de políticas de prevención,

investigación y sanción de hechos que atenten contra la ética pública y la moral

administrativa.

CAPITULO V: Del Poder Electoral

El Poder Electoral lo ejerce el Consejo Nacional Electoral (CNE) como ente rector y,

como órganos subordinados al CNE: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de

Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

Según el Artículo 293. El Poder Electoral tiene por función:

Page 23: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

1. Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o

contengan.

2. Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y

administrará autónomamente.

3. Emitir directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político

electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas.

4. Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.

5. La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a

la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de

los referendos.

6. Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con

fines políticos en los términos que señale la ley. Así mismo, podrán organizar procesos

electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de éstas, o por orden

de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y

organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios.

7. Mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral.

8. Organizar la inscripción y registro de las organizaciones con fines políticos y velar

porque éstas cumplan las disposiciones sobre su régimen establecidas en la Constitución

y la ley. En especial, decidirá sobre las solicitudes de constitución, renovación y

cancelación de organizaciones con fines políticos, la determinación de sus autoridades

legítimas y sus denominaciones provisionales, colores y símbolos.

9. Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con

fines políticos.

10. Las demás que determine la ley.

Los órganos del Poder Electoral garantizarán la igualdad, confiabilidad, imparcialidad,

transparencia y eficiencia de los procesos electorales, así como la aplicación de la

personalización del sufragio y la representación proporcional.

El Poder Electoral, remembranza de la idea original bolivariana, aunque de distinta

configuración, bajo la dirección del Consejo Nacional Electoral, tiene por función

prioritaria la organización, dirección y administración de los procesos electorales y

convocatorias refrendarías. Resaltan tres cualidades del Poder Electoral: primero, su

integración por representantes postulados por la sociedad civil; segundo, el principio de

Page 24: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

la despartidización de los organismos electorales. Sus miembros no deben estar ligados

a partidos u organizaciones políticas; y tercero, la prohibición del financiamiento

público de los partidos, organizaciones y asociaciones con fines políticos. La

organización y funcionamiento de los organismos que integran el Poder Electoral (junto

al Consejo Nacional Electoral, y subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la

Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y

Financiamiento), corresponderá desarrollarlos a la ley orgánica correspondiente. La

Constitución Bolivariana crea, para concluir, una jurisdicción contenciosa electoral en

cuyo pináculo se encuentra la sala electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

TITULO VI: Del sistema Socio Económico

La Constitución Bolivariana dedica un título completo al sistema socioeconómico,

dividido en dos capítulos, que suman veintidós artículos. Su descripción, análisis y

evaluación desbordan los límites trazados a esta síntesis.

Sin embargo, así sea resumidamente, unos comentarios de rigor considero necesario

hacer. Para comenzar, la Constitución de 1999, al igual que la Constitución derogada de

1961, se enmarca dentro del modelo de la economía mixta, es decir, promueve la

libertad económica y la iniciativa privada empresarial, conjuntamente con sanos

principios de intervencionismo estatal, tal como se expresa en la promoción conjunta

del desarrollo armónico de la economía nacional. Resalta la protección del ambiente

como limitación a la libertad económica. Igualmente, en reconocimiento expreso y la

consiguiente protección de los consumidores. En materia de monopolios, se fijan claros

principios para combatir las prácticas monopólicas y sus deletéreos efectos en el

principio de la competencia y la libertad de los mercados. También es de mencionar el

reconocimiento y promoción de la economía y la empresa comunitaria, en aras de

fomentar formas alternativas de empresariado popular. El tema polémico de la reserva

estatal de determinadas industrias tiene un tratamiento distinto en la Constitución de

1999, respecto a la Constitución derogada, pues en esta última se hablaba de la

obligación del estado en proponer la creación de una industria básica pesada bajo su

control, lo que tenía su explicación en el incipiente desarrollo industrial de fines de los

años cincuenta y los años sesenta. El enfoque ahora es distinto, pues se da prioridad a la

actividad petrolera, aunque se deja abierta la posibilidad del control estatal sobre otras

industrias por razones de interés público o estratégico. En efecto, uno de los artículos

Page 25: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

más controversiales de la nueva Constitución económica lo es la reserva de la totalidad

de las acciones de PDVSA por parte del Estado venezolano. La pregunta que surge esta

en el rango constitucional que se confirió a una materia que para algunos debió

regularse con criterios flexibles, sin la rigidez de las normas constitucionales. Otro

aspecto interesante de la Constitución Bolivariana consiste en el carácter estratégico que

se le concede a la agricultura, así como la garantía por parte del estado de la seguridad

alimentaria de la población. Una tendencia moderna, incluso en estados propulsores de

la libertad de los mercados en la protección de su agricultura frente a la competencia

foránea, al igual que conceder rango de alta política nacional a la seguridad alimentaria,

para así superar la vulnerabilidad consecuente de potenciales conflictos económicos

entre las naciones. Para concluir, un tema de la mayor importancia regulado por la

Constitución de 1999 es el concerniente al Banco Central de Venezuela, sobre lo cual

contempla aspectos positivos y aspectos controversiales. Dentro de los primeros incluyo

que, por primera vez en la historia constitucional venezolana, se reconoce estatus

constitucional al BCV con autonomía suficiente para formular y ejecutar la política

monetaria, así como diseñar y ejecutar la política cambiaria y regular la moneda, el

crédito y las tasas de interés y administrar las reservas internacionales (Art. 318). Un

tema controversial atañe a la autonomía del BCV, en efecto la CB exige a esta

institución la rendición exhaustiva de cuentas ante la Asamblea Nacional, e inspección y

vigilancia por parte del organismo público de supervisión bancaria.

TITULO VII: De la Seguridad de la Nación

En este Titulo de tanta importancia, existen grandes diferencias y muchas

comparaciones que hacer con respecto a la deroga constitución, uno de los puntos

incluidos en la nueva constitución es la participación de la Fuerza Armada en la

institucionalidad democrática venezolana. La Constitución Bolivariana flexibiliza la

participación militar más allá de su tradicional rol profesional, sin traspasar los límites

de la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada sirve a la nación, a

su seguridad, a su defensa. La CB no autoriza un protagonismo directo y militante de

deliberación política ni alienta el militarismo. Se les concede el derecho al sufragio más

no pueden optar a cargos de elección popular.

TITULO VIII: De la Protección de la Constitución

Page 26: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Se elaboró el título VIII, con dos capítulos, uno dedicado a la garantía de la

Constitución y otro a los estados de excepción. El guardián por excelencia de la

Constitución Bolivariana es la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,

entidad especializada y concentrada donde reside la jurisdicción constitucional. Los

estados de excepción están mejor regulados que en la Constitución derogada de 1961.

Se distinguen claramente sus tres modalidades (estado de alarma, estado de emergencia

económica y estado de conmoción interior o exterior), y lo más sobresaliente, se señalan

expresamente las garantías que en ningún caso podrán ser restringidas (las referidas a

los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido

proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles), así

como se pauta que el decreto que declara el estado de excepción debe cumplir con las

exigencias, principios y garantías establecidos en el Pacto Internacional de Derechos

Civiles y Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

TITULO IX: De la Reforma Constitucional

En este Titulo se tratan tres Capítulos que distinguen en la Constitución de 1999 tres

procedimientos de reforma: la enmienda, la reforma constitucional y la asamblea

nacional constituyente. Su deferencia es de grado, dependiendo de la magnitud de la

revisión. Independientemente del procedimiento adoptado, toda revisión constitucional

debía someterse a referendo popular. La motivación está en la jerarquía de las normas

constitucionales por una parte, y en el valor de la democracia participativa por la otra. Si

la Constitución tiene un fuerte contenido participativo en muchas de sus disposiciones,

resulta coherente que la modificación de normas de tanta jerarquía fuera consultada con

el pueblo.

4. Procesos de transformación política – Constitucional en Venezuela

El periodo de transición.

Desde 1811 hasta 1999, Venezuela ha tenido 35 presidentes, sin contar los numerosos

encargados del poder ejecutivo, ni los que han presidido juntas de gobierno, como es el

caso de Carlos Delgado Chalbaud (1948-1950), Germán Suárez Flamerich (1950-1952),

Wolfgang Larrazábal (23 de enero a 13 de noviembre de 1958) y Edgar Sanabria (13 de

noviembre de 1958 a 13 de febrero de 1959).

Page 27: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

El primer presidente de Venezuela fue Cristóbal Mendoza, quien encabezó un

triunvirato el 6 de marzo de 1811. Le siguieron en turno Baltasar Padrón y Juan de

Escalona. Este gobierno republicano inicial terminó sus funciones el 24 de marzo de

1812. El II triunvirato entró en funciones de gobierno el mismo 24 de marzo de 1812 y

se disolvió el 25 de julio de ese año, al capitular Francisco de Miranda.

Del 15 de febrero al 17 de diciembre de 1819, Simón Bolívar fue elegido por el

Congreso de Angostura presidente de Venezuela. A partir de ese 17 de diciembre de

1819 y hasta 1830, Venezuela formó parte de la República de Colombia (véase

República de la Gran Colombia), de la que también Bolívar era el presidente.

La creación del Estado venezolano, a finales de 1829 se generalizó el sentimiento

separatista, que se consumó el año siguiente. Venezuela se convirtió en república

independiente. En el mismo año de 1830 se firmó la Constitución. El nuevo Estado

venezolano tuvo a José Antonio Páez como primer magistrado. Páez gobernó durante

dos periodos constitucionales (del 24 de marzo de 1830 al 6 de febrero de 1835 y desde

el 1 de febrero de 1839 al 28 de enero de 1843). Posteriormente estableció una dictadura

que duró del 10 de septiembre de 1861 al 15 de junio de 1863. José María Vargas

sustituyó a Páez y gobernó desde el 9 de febrero de 1835 hasta su renuncia, el 24 de

abril del año siguiente.

Carlos Soublette fue presidente por segunda vez desde el 28 de enero de 1843 hasta el 1

de marzo de 1847, fecha en que asumió la presidencia José Tadeo Monagas, quien

gobernó hasta el 20 de enero de 1851; volvió a presidir el gobierno desde el 31 de enero

de 1855 hasta el 15 de marzo de 1858, fecha en la que lo derrocó Julián Castro; todavía

Monagas, ya octogenario, se acercó una vez más al poder, gracias a la “revolución

azul”, a partir del 25 de junio de 1868. El Congreso nombró a Monagas para un nuevo

periodo, pero éste murió el 18 de noviembre antes de tomar posesión. José Gregorio

Monagas, que gobernó desde el 5 de febrero de 1851 hasta el 20 de enero de 1855,

completó la hegemonía.

Julián Castro llegó al poder por un golpe de Estado en marzo de 1858, pero fue

derrocado el 1 de agosto de 1859. Manuel Felipe de Tovar fue el primer presidente

elegido por sufragio universal directo y secreto (12 de abril de 1860), pero renunció al

Page 28: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

poder el 20 de mayo de 1861. Asumió la presidencia provisionalmente Pedro Gual,

hasta el 29 de agosto de 1861, en que se inició el gobierno de hecho de Páez. El

presidente de la federación fue Juan Crisóstomo Falcón; cumplió primero dos periodos

como presidente provisional (17 de junio al 24 de diciembre de 1863); ratificado,

asumió el poder el 21 de enero de 1864; después, desarrolló su periodo constitucional a

partir del 7 de junio de 1865 hasta que el 28 de abril de 1868 la “revolución azul” acabó

por sustituirle.

Antonio Guzmán Blanco gobernó primero un septenio (del 27 de abril de 1870 al 20 de

febrero de 1877); después un quinquenio (27 de abril de 1879 al 27 de marzo de 1884);

en un tercer periodo, llamado “la Aclamación”, volvió a gobernar, aunque de forma

incompleta, desde el 14 de septiembre de 1886 hasta el 8 de agosto de 1887, año en que

marchó a París. Francisco Linares Alcántara gobernó desde el 2 de marzo de 1877 hasta

el día de su muerte, el 30 de noviembre de 1878. Joaquín Crespo tuvo primero un bienio

(27 de abril de 1884 al 27 de abril de 1886); después, al frente de la revolución legalista,

gobernó de 1893 al 20 de febrero de 1898.

Juan Pablo Rojas Paúl también ocupó la presidencia durante un bienio (5 de julio de

1888 al 19 de marzo de 1890); ese mismo día se posesionó Raimundo Andueza Palacio

y gobernó hasta el 17 de junio de 1892. Ignacio Andrade no gobernó el tiempo que le

correspondía legalmente, sino sólo desde el 20 de febrero de 1898 hasta su

derrocamiento, el 19 de octubre del año siguiente.

El siglo XX, Cipriano Castro entró a gobernar el 23 de octubre de 1899 y se mantuvo en

el poder hasta el 24 de noviembre de 1908, cuando viajó al extranjero en busca de

atención médica; dejó el cargo a su compadre Juan Vicente Gómez, quien se apoderó

del gobierno hasta su muerte, el 17 de diciembre de 1935. Durante el mandato

gomecista, además de varios encargados de la presidencia, hubo un presidente

constitucional, Juan Bautista Pérez (30 de mayo de 1929 al 13 de junio de 1931).

Eleazar López Contreras inició otra era, la denominada “de la nueva democracia”.

Tomó posesión del cargo el 18 de diciembre de 1935, al día siguiente de la muerte de

Gómez, y fue elegido presidente constitucional por el Congreso el 30 de junio de 1936;

terminó su mandato el 5 de mayo de 1941. El mismo día tomó posesión Isaías Medina

Page 29: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Angarita y gobernó hasta que fue derrocado el 18 de octubre de 1945, cuando asumió el

poder una Junta Revolucionaria de gobierno presidida por Rómulo Betancourt.

El 15 de febrero de 1948 hizo su juramento el escritor y político Rómulo Gallegos

Freire, quien no llegó a completar su periodo debido al golpe de Estado del 24 de

noviembre de ese año, en el que se hizo con el control del país una Junta militar. Marcos

Pérez Jiménez, miembro de esa Junta y ministro de Defensa, no reconoció los resultados

de las elecciones de 1952 y asumió el poder dictatorialmente desde 1953 hasta el 23 de

enero de 1958, fecha en que fue derrocado. Una nueva Junta gobernó en este periodo,

presidida por Wolfgang Larrazábal, quien renunció el 13 de noviembre de 1958 y fue

sustituido por Edgar Sanabria.

El nuevo presidente constitucional fue Rómulo Betancourt (13 de febrero de 1959 al 11

de marzo de 1964). En esta última fecha tomó juramento Raúl Leoni y ejerció el poder

hasta el 11 de marzo de 1969, cuando traspasó la banda presidencial a Rafael Caldera;

éste presidió hasta el 12 de marzo de 1974. Su sucesor fue Carlos Andrés Pérez, cuyo

periodo presidencial terminó el 12 de marzo de 1979 y comenzó el de Luis Herrera

Campins. Por reforma de la Constitución, Herrera concluyó el 2 de febrero de 1984,

cuando se inició el gobierno de Jaime Lusinchi. A continuación, Carlos Andrés Pérez es

nuevamente elegido durante los comicios de diciembre de 1988. Su vuelta a la

presidencia a partir de 1989 generó un periodo de gran inestabilidad política, pues se

produjeron dos intentonas de golpe de Estado en 1992 (4 de febrero y 27 de noviembre);

su mandato debía culminar en febrero de 1994, pero fue interrumpido.

El periodo de mandato del presidente Carlos Andrés Pérez se redujo considerablemente,

pues se produjo en la historia venezolana el primer juicio a un presidente en ejercicio. El

12 de marzo de 1993, mientras el presidente Pérez presentaba ante el Congreso

Nacional su mensaje anual, el fiscal general de la República, Ramón Escovar Salom,

sorprendió con la introducción ante la Corte Suprema de Justicia de una demanda contra

Pérez por malversación y peculado de partidas secretas.

La Corte se reunió el 20 de mayo de 1993 y declaró que sí había indicios para enjuiciar

al presidente; de acuerdo con la Constitución, Carlos Andrés Pérez fue suspendido de

sus funciones públicas y se encargó de la primera magistratura el presidente del Senado,

Page 30: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Octavio Lepage, en tanto el mismo Congreso designó a la persona que gobernaría el

país con carácter de interino hasta la finalización del periodo que correspondía a Pérez,

en caso de que el juicio no le fuera favorable y la sentencia se produjera antes del 2 de

febrero de 1994. La sentencia condenatoria de la Corte se produjo el 30 de mayo de

1996, sin la agravante de peculado.

El presidente interino seleccionado por el Congreso fue el senador por Acción

Democrática Ramón Velásquez, quien contó con los votos de AD y COPEI, más otros

partidos minoritarios; prestó juramento el sábado 5 de junio de 1993. En las elecciones

de 1993 obtuvo de nuevo la presidencia Rafael Caldera, “autoexcluido” de COPEI,

encabezando esta vez un nuevo partido, Convergencia, y apoyado por otras

organizaciones como MAS, PCV y MIN. Caldera tomó posesión el 2 de febrero de

1994 para un periodo que debe concluir a los cinco años.

Mientras, Pérez, que había cumplido su condena de dos años de prisión domiciliaria,

anunció su intención de regresar a la actividad política, lo cual se plasmó en marzo de

1997 con su fundación de un nuevo partido, el Movimiento de Apertura y Participación

Nacional, compuesto por miembros independientes y por disidentes de Acción

Democrática.

En abril de 1998 el Tribunal Superior de Salvaguarda del Patrimonio Público ordenó la

detención de Carlos Andrés Pérez bajo la acusación de enriquecimiento indebido al

desviar fondos públicos a cuentas bancarias conjuntas en el extranjero. Aunque dicha

orden no significó su ingreso en prisión, debido a su avanzada edad, dificultó la elección

de Pérez como senador por el estado de Táchira en los comicios legislativos previstos

para el mes de octubre.

Chávez presidente, con las elecciones legislativas fueron el preludio de las

presidenciales, celebradas en diciembre. El vencedor fue Hugo Chávez, el oficial que

encabezó la intentona golpista de 1992, quien supo aglutinar (con un mensaje de corte

nacionalista y populista) a un amplio sector de la población descontento con el sistema

político vigente, caracterizado por la alternancia de los dos partidos tradicionales, la

creciente corrupción y la crítica situación económica, que había originado enormes

desigualdades sociales y el surgimiento de amplias bolsas de pobreza.

Page 31: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

El presidente electo, que tomó posesión del cargo en febrero de 1999, tuvo entre sus

prioridades más inmediatas la disolución del Congreso y la convocatoria de una

Asamblea Constituyente que procediera a dotar al país de una nueva ley fundamental.

En los comicios a la Asamblea Constituyente, celebrados en julio de ese año y que

registraron una abstención cercana al 53%, los seguidores de Chávez (pertenecientes al

Polo Patriótico) lograron una amplísima mayoría que les permitió ocupar 120 de los 131

escaños electos. El constitucionalismo venezolano quedó modificado con la nueva

Constitución impulsada por Chávez, aprobada por la Asamblea y ratificada por medio

del referéndum que tuvo lugar el 15 de diciembre de 1999, con el 71,9% de los votos

emitidos, si bien la participación no llegó al 46%. Al mismo tiempo que la población

acudía a votar en el plebiscito, comenzaban unas gravísimas y dañinas inundaciones que

produjeron cuantiosas pérdidas económicas y miles de muertos. La Constitución no sólo

cambió el nombre del país (que pasó a llamarse desde su entrada en vigor República

Bolivariana de Venezuela) sino que reforzó el poder presidencial, entre otras medidas

significativas, como el mayor control estatal de la actividad económica o el de los

medios de comunicación. Asimismo, el nuevo texto constitucional proclamó que su

principal objetivo era el de “refundar la República para establecer una sociedad

democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de

justicia, federal y descentralizado”. Eliminado el Senado, el poder legislativo pasó a

recaer en una única cámara, la Asamblea Nacional, elegida por sufragio universal.

El 30 de julio de 2000, en virtud del nuevo orden constitucional, se celebraron

elecciones presidenciales y legislativas, cuyos resultados, dieron la reelección del

Presidente Chávez (que logró más del 55% de los votos emitidos) y la victoria por

mayoría absoluta de su coalición, el Polo Patriótico. Chávez juró el cargo el 19 de

agosto siguiente y anunció su decisión de afrontar una profunda transformación de las

estructuras económicas y sociales del país. Para ello, y pese a gozar de mayoría en la

cámara, solicitó a ésta nuevamente poderes legislativos especiales. El 7 de noviembre de

2000 la Asamblea Nacional aprobó la denominada Ley de Habilitación, que le facultaba

para legislar por decreto durante un año en materias económica, social y de

administración pública.

Page 32: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Algunos antecedentes históricos, la implementación en Venezuela del sistema político

democrático en el año 1958 y hasta el presente, el sector público nacional ha venido

siendo objeto –progresiva y constantemente- de diferentes intentos y procesos de

cambio institucional, dirigidos hacia la maximización de su capacidad de gestión. Han

sido diversas las iniciativas y los enfoques teóricos con que ha sido abordada la

programación y la ejecución del cambio institucional en Venezuela. Estos procesos

evolucionaron de lo simple a lo complejo. Y si tomamos como referente a las distintas

comisiones encargadas del tema en cada gobierno, encontraremos que poseemos una

experiencia muy rica en los últimos 45 años.

Dentro del marco de la democracia representativa, la primera iniciativa emprendida para

estructurar la administración gubernamental con un sentido moderno, correspondió a la

Comisión de Administración Pública, creada en el año 1958. La gestión de la CAP

estuvo centrada en la formalización de los sistemas, métodos y procedimientos

empleados en las agencias estatales. Hacia 1969, se formula en Venezuela, el primer

Plan de Reforma Administrativa; bajo la responsabilidad de la Oficina de Planificación

y Coordinación de la Presidencia de la República (CORDIPLAN). Esta dependencia

creada también en 1958, terminó por asimilar a la CAP y por convertirse en el

organismo rector de las políticas institucionales del Estado venezolano, hasta su

eliminación en el año 1999. Cabe señalar; sin embargo que, aquel Plan de Reforma

Administrativa elaborado en CORDIPLAN no fue implementado; quedando tan sólo

como una referencia técnica. Posteriormente, fue creada la Comisión Presidencial para

la Reforma Integral de la Administración Pública (CRIAP), en 1974. La actividad de la

CRIAP hizo énfasis en la reorganización del nivel descentralizado de la administración

pública nacional (institutos autónomos y empresas estatales) buscando su maximización

económica. La Comisión para la Reforma Fiscal (1979), constituyó otra iniciativa

emprendida que, desde una óptica fiscal propuso una serie de recomendaciones técnicas

orientadas a mejorar las operaciones de la administración pública. Empero, quizás el

momento más interesante del proceso de reforma institucional en Venezuela, lo

representa la creación de la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE)

en el año 1984. De hecho, esta instancia fue la última en su especie. La COPRE

constituyó un “thinks tanks” destinado a repensar la sociedad venezolana y la calidad de

sus instituciones gubernamentales. Es más, para algunos especialistas e investigadores

Page 33: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

muchas de las ideas expuestas y debatidas en el reciente proceso constituyente

venezolano tuvieron su origen allí, en la COPRE.

Bajo lectura histórica, es posible identificar tres grandes estrategias de cambio

institucional empleadas en Venezuela; a saber: la reestructuración de entes públicos, la

descentralización y transferencia de competencias y la privatización. Y en realidad,

estas estrategias de reforma institucional fueron aplicadas bien como medidas

complementarias entre sí, destinadas a incrementar la eficiencia y la eficacia de la

administración pública.

Bajo la rectoría de CORDIPLAN, la reestructuración de organismos públicos; por

ejemplo, fue la estrategia de reforma más utilizada en los procesos de modernización y

cambio de la administración pública nacional (central y descentralizada). Durante todo

el período democrático, el aparato gubernamental venezolano fue reorganizado o

reestructurado buscando básicamente tres objetivos: la racionalización de su ámbito de

gestión, la reducción del gasto corriente utilizado para su funcionamiento y la

optimización de su rendimiento operativo.

La descentralización y transferencia de competencias del poder nacional hacia los

estados (provincias o regiones) se inició en firme a partir de 1989. Esta estrategia

perseguía la democratización de la gestión pública; así como también el fortalecimiento

de los gobiernos locales y la regionalización de las políticas públicas. En su aplicación

se observó una amplia iniciativa de los gobiernos estadales en contraposición con cierta

resistencia del Poder Nacional. La descentralización estuvo centrada en sectores del área

social; tales como: la salud, el deporte, la atención a la infancia y la educación. Y la

estrategia muestra éxitos inocultables. Incluso instituciones académicas nacionales y

organismos multilaterales como el Instituto Latinoamericano de Investigaciones

Sociales (ILDIS) o el Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), han

destacado los avances de la descentralización.

La tercera estrategia fue la privatización de entes públicos. Esta estrategia puede

ubicarse como un intento por “liberalizar” al Estado venezolano de ciertas

responsabilidades consideradas como no-estratégicas. La privatización se orientó hacia

la reducción del tamaño del Estado, el fortalecimiento del sector privado de la economía

Page 34: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

y, por último, hacia la disminución del gasto y del déficit fiscal. Luego de un inicio

incierto en los años 90 y con serias oposiciones; tanto gremiales como ideológico-

políticas, la ejecución de esta estrategia ofreció logros concretos. Por ejemplo, hasta el

año 1998 y, a través de la gestión del Fondo de Inversiones de Venezuela (FIV), se

transfirieron al sector privado cuarenta y cuatro (44) entes públicos y otros activos;

mediante la venta de acciones y el otorgamiento de concesiones que, -según

informaciones de ese mismo organismo-, significaron ingresos al Estado venezolano por

la cantidad de $ 4.740.8 MM y la transferencia al sector privado de unos 50 mil

trabajadores; aproximadamente.

¿Hay una nueva institucionalidad propuesta?

Indudablemente que si la hay. Tal propuesta implica la expansión funcional del Estado,

la redefinición de cualidades de la administración gubernamental y la inclusión de la

participación ciudadana en la gestión pública. Veamos algunos de los temas más

relevantes.

Primero, la presencia funcional del Estado se ha expandido aunque de manera desigual.

La división clásica de poderes (Ejecutivo, Legislativo, Judicial) fue incrementada con

dos poderes más: el Poder Moral que suma a su vez la Fiscalía General de la República,

la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo; y el Poder Electoral,

edificado sobre el Consejo Nacional Electoral. Cabe apuntar que el Poder Legislativo

fue reducido drásticamente, al ser eliminada la Cámara del Senado. Mientras el Poder

Ejecutivo concentró una amplia gama de competencias en materia de organización

administrativa que antes no tenía. Además el Ejecutivo puede incluso legislar mediante

un proceso habilitante, sin mayores controles. Fueron creados la Vicepresidencia

Ejecutiva y el Consejo de Estado.

Segundo, las cualidades de la administración y de la función pública son tratados con

precisión en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por ejemplo, el

artículo 140 determina la responsabilidad patrimonial del Estado ante los particulares, si

su acción u omisión han provocado lesiones. Por otra parte, el artículo 141 indica como

principios fundamentales de la administración estatal, la honestidad, participación,

celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en

el ejercicio de la función pública. El artículo 143 consagra el derecho de los ciudadanos

Page 35: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

a la información sobre el estado de los asuntos que les interesen directamente. En

cuanto a la función pública, la nueva constitución establece un conjunto de

características destinadas a normar el régimen de la función pública. Entre otros

artículos mencionaré: el artículo 144 que indica el establecimiento del Estatuto de la

Función Pública, el artículo 145 que establece “la neutralidad” del funcionario público,

en atención a que se encontraría al servicio del Estado y no de parcialidad política

alguna y, el artículo 146 que determina los tipos de cargos de la administración pública;

tales como: de carrera, aquellos de elección popular, los de libre nombramiento y

remoción, los contratados y contratadas, y las obreras y obreros.

Tercero, hay otros preceptos constitucionales estratégicos que determinan la

participación ciudadana en la administración pública. Entre ellos, podemos mencionar

muy rápidamente, el artículo 62 que consagra la intervención de la población en la

formación, ejecución y control de los asuntos públicos; el artículo 184, que manda la

transferencia de la prestación de un conjunto de servicios y actividades hacia las

comunidades y entidades no estatales, de parte de los gobiernos subnacionales (estados

y municipios) y, el artículo 315 que prescribe la rendición de cuentas y los indicadores

de desempeño con base al presupuesto público de gastos. Sobre ese mismo tema, no

podemos olvidar el mandato constitucional, que crea una red de mecanismos

institucionales representativos destinados a propiciar la participación ciudadana en la

gestión pública; tales como: el Consejo Federal de Gobierno, los Consejos Estadales de

Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, los Consejos Locales de

Planificación Pública; y aún más micro-localizados los Consejos Parroquiales y los

Comunales. También el nuevo marco constitucional determinó la creación de la

Vicepresidencia Ejecutiva y la del Consejo de Estado, como instancia de asesoría,

deliberación y consulta en materia de desarrollo institucional.

Cuarto, por otra parte, las propuestas del nuevo aparato gubernamental poseen una

plataforma técnica muy importante en el Plan de Desarrollo Económico-Social 2001-

2007. Y en efecto, en dicho documento se concibe a la nueva administración pública

como un mecanismo estratégico para alcanzar la “democracia bolivariana”. Esto

mediante la construcción del Estado Federal descentralizado, la creación de un sistema

nacional de planificación, la institucionalización de los compromisos de gestión y la

Page 36: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

rendición de cuentas y, la construcción de un nuevo esquema funcional para el aparato

público; entre otras.

Quinto, otro referente técnico es el enfoque denominado “nueva gestión pública” o

“reforma gerencial” que pretendería dotar al Estado de una serie de capacidades

institucionales y operativas que permitan a sus administradores enfrentar con éxito las

deficiencias o perversiones del mercado, por razones de equidad. El enfoque de la

“reforma gerencial” propondría asimismo hacer más eficiente al Estado para atender las

demandas de los ciudadanos, con base a su mayor eficiencia y gestión democrática.

Bajo este enfoque la nueva institucionalidad pública venezolana se basaría en los

siguientes principios:

• delimitar las responsabilidades propias del Estado frente a la sociedad civil,

• promover una gestión gubernamental transparente y responsable; mediante la

gestión por resultados y la rendición de cuentas,

• involucrar a la ciudadanía a la acción de gobierno mediante la participación,

• descentralizar la ejecución de los servicios públicos y,

• promover la profesionalización de la burocracia pública, como un elemento

básico de la nueva institucionalidad.

Y sexto, debe mencionarse que la responsabilidad ejecutora de este vasto proceso de

cambio institucional recayó fundamentalmente en el Ministerio de Planificación y

Desarrollo, el cual sustituyó a las antiguas Oficinas Centrales de la Coordinación y

Planificación (CORDIPLAN) y de Personal (OCP) que compartían responsabilidades

operativas en el tema. Por último, también en el año 2002, se creó como en el pasado

una entidad encargada de la reforma estatal denominada esta vez, Comisión Presidencial

para la Transformación de la Administración Pública; y que por cierto, ya tendría que

estar ofreciendo resultados específicos de su gestión.

¿Se han realizado cambios en la estructura del Estado venezolano?

En efecto, se han producido una serie de nuevas situaciones en el ámbito operativo y

funcional del sector público. Y no cabe duda, que con el proceso constituyente realizado

en el año 1999, se transformó de manera formal el marco legislativo, orgánico y

funcional del Estado venezolano. En consecuencia (y resulta innegable), que se ha

Page 37: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

producido en el país un inusitado interés de parte de amplios sectores poblacionales en

involucrarse en los procesos vinculados a la ejecución de ciertas políticas públicas. De

hecho, existe un amplio desarrollo legislativo posterior a la promulgación de la

Constitución de 1999, en el cual destaca un fuerte componente dedicado a propiciar (al

menos, en el papel) la participación ciudadana. Citaré algunos casos como: la Ley

Orgánica de Administración Pública (2001), la Ley Orgánica de la Contraloría General

de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal (2001), y la Ley Orgánica de

Planificación (2002); entre otras.

Todo lo anterior es cierto. Empero, de otra parte, que la burocracia estatal se ha

incrementado de manera notable en su complejidad y, lo que es peor ha bajado su

credibilidad. Por ejemplo, en la opinión pública venezolana hay señalamientos serios

sobre la calidad, objetividad, e imparcialidad de los servicios que vienen prestando los

organismos componentes del Poder Moral y del Poder Electoral. Otro caso es la reforma

del Poder Judicial. Ésta concebida como un objetivo central en el presente período,

luego de seis años, ha quedado hasta ahora sólo en el papel, desaprovechándose incluso

la ayuda proveniente de agencias multilaterales de cooperación técnica.

Otro punto oscuro en este proceso de cambio es el eventual debilitamiento de la

descentralización en el país. Y en efecto el alto gobierno venezolano (según sus propios

documentos políticos más recientes) visualiza a la descentralización como un elemento

que afectaría la unidad nacional. Este es un craso error conceptual porque la

descentralización y la desconcentración acercan la gestión pública al ciudadano,

propiciando de esta manera su participación y protagonismo y por ende, fortaleciendo

una gestión corresponsable entre el Estado y la sociedad civil.

El debilitamiento de la descentralización se contrapondría a los Artículos 156, 157 y

184 de la nueva Constitución Bolivariana, que establecen mandatos claros y terminantes

hacia una gestión descentralizada del gobierno. A esta situación se le suma el retraso de

la aprobación definitiva de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal, devuelta por

el Ejecutivo a la Asamblea Nacional; y también la Ley del Consejo Federal de

Gobierno, que constituiría un pivote para el impuso de la descentralización en el país.

Page 38: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

La creación de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas

Públicas ha sido lenta (tan sólo cuatro funcionan en el país). Y si bien, la instalación de

los Consejos Locales de Planificación Pública ha avanzado con mayor rapidez; tales

instancias aún son frágiles y, en muchos casos han sido secuestradas por factores

políticos (de todos los matices) que aún se resisten a su presencia, como mecanismos de

participación ciudadana.

Un nuevo elemento importante en la conformación de la “nueva institucionalidad

gubernamental bolivariana” es el crecimiento desmesurado de las entidades

gubernamentales. De hecho, producto de una serie de cambios y re-cambios, la red

gubernamental ha venido incrementándose en forma progresiva y ya posee hasta unos

veintiséis ministerios, sin contar los vice-ministerios (figura administrativa nueva) y los

entes descentralizados funcionalmente.

A lo anterior se le debe agregar la “nueva modalidad” que se ha consolidado en el

gobierno de turno, de ejecutar políticas públicas; mediante estructuras paralelas a las

existentes. Así ocurrió en el caso del “Plan Bolívar 2000” con los resultados conocidos,

y ahora más recientemente con las denominadas Misiones (Rivas, Sucre, Robinson,

Barrio Adentro, Vuelvan Caras; entre otras). Estos programas independientemente de

los beneficios otorgados a los sectores más vulnerables de la sociedad venezolana, han

venido complicando la operatividad de la trama institucional del aparato público. Por

ende, y sin los correctivos pertinentes este paralelismo terminará conspirando contra el

cumplimiento efectivo de los propios objetivos asignados a cada programa. En síntesis,

el excesivo crecimiento de los entes estatales y el paralelismo institucional se han

convertido en dos de los principales adversarios de la estabilización de un aparato

público acorde con las metas previstas por el mismo gobierno.

Por lo demás, en el ámbito del Ejecutivo Nacional, la creación de la figura de la

Vicepresidencia ha sido un innegable acierto, opacado sin embargo, por su designación

digital (el cargo debería ser de elección popular), el retraso en la aprobación de la Ley

del Consejo Federal de Gobierno -ya mencionada-, y la inexistencia del Consejo de

Estado.

Page 39: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Ahora bien y, aunque parezca curioso (en atención al discurso anti-liberal y ahora

también socialista del gobierno), la posibilidad de privatizar la prestación de ciertos

servicios públicos ha sido consagrada en la nueva legislación bolivariana. Y esto es

importante porque podría convertirse en un elemento dinamizador para el protagonismo

ciudadano; así mismo como un cambio institucional importante en el modelo de gestión

pública. En efecto, la Constitución Bolivariana, establece a lo largo de su articulado

distintas posibilidades de cogestión entre el sector público y privado para la operación

de servicios públicos. Una muestra de esto es la inclusión del sector privado en la

administración de los centros penitenciarios (Artículos 279). Otra posibilidad es la

participación de capital privado en el manejo de las empresas filiales y asociaciones

estratégicas vinculadas al negocio petrolero (Artículo 303) y, ciertamente, el presente

gobierno se ha entendido muy bien con las grandes empresas trasnacionales en materia

de gas y petróleo. También sobre este tema, la Ley Orgánica de la Administración

Pública, determina que se pueden transferir al sector privado o a las comunidades, la

prestación de ciertos servicios en atención a razones de economía y eficiencia (Artículo

20).

Un comentario adicional sobre las posibilidades de privatización debe referirse hacia las

cooperativas como modalidades asociativas no estatales (y por lo tanto privadas) que

podrían encargarse de operar ciertas áreas reservadas por ahora al sector público. Y de

verdad el desarrollo de las cooperativas pudiera traducirse en un mecanismo interesante

para el fortalecimiento de la pequeña y mediana empresa. Sin embargo, hay mucha

incertidumbre sobre todas estas iniciativas por la baja confianza de los particulares, ante

la posibilidad de un predominio del clientelismo y la falta de transparencia en la

negociación de estos procesos.

Otro aspecto indispensable para una nueva institucionalidad pública es el relacionado

con la “responsabilización” del gobierno, el sistema de gestión por resultados y la

rendición de cuentas ante la ciudadanía. Sin embargo, en estos temas se ha avanzado

muy poco. Y es que todo indica que ni el Ministerio de Planificación y Desarrollo, ni la

Comisión Presidencial para la Transformación del Estado, han podido elaborar un Plan

de Desarrollo Institucional que oriente la acción del alto gobierno en la construcción de

una administración pública que dé la cara al pueblo y a los contribuyentes.

Page 40: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

En materia de profesionalización del talento humano del Estado, se han adelantado

iniciativas relativamente importantes. Una de ellas fue la aprobación de la Ley del

Estatuto de la Función Pública (2002). Otra, es el programa denominado “Formación

para el Fortalecimiento de las Relaciones Estado-Sociedad en el Nuevo Marco

Constitucional”. Este programa de capacitación viene siendo tímidamente aplicado en

algunas entidades oficiales y no ha sido aprovechado de manera suficiente, pese a los

notables esfuerzos que realiza el equipo encargado (no se llega a 20 mil funcionarios

adiestrados, en un universo de más de un millón de personas).

Una última apreciación (y no por eso menos importante), comprende el contexto

político donde se desarrollan estas iniciativas de reforma. En realidad, dicho ambiente

no es el más favorecedor para la construcción de una nueva institucionalidad pública al

servicio de la ciudadanía. Y no lo es, por el conjunto de contradicciones que se aprecian

a diario entre el incumplimiento de una constitución ahora meramente formal (sí aquella

aprobada en 1999, ¿la recuerdan?) y otra constitución, real y de uso diario, pero que

poco tiene que aportar al relanzamiento de Venezuela con base a la democracia, la

inclusión, la prosperidad y la modernidad.

3.1. Patrones de conducta política

La transición entre siglos encuentra a América Latina como región inserta en tres

procesos básicos:

a) la globalización o mundialización inducida

b) el “consenso de Washington” que debería abrir paso a un Tratado de Libre

Comercio Americano

c) la democratización (gobiernos civiles electos) bajo la forma de democracias

poliárquicas restrictivas (poliarquías restrictivas).

Estos tres procesos se dan en relación con un eje común: la extinción de un proyecto

nacional de desarrollo y, con ello, la liquidación en la práctica de las tesis o

imaginarios sobre la presencia o ausencia de una burguesía nacional en el

subcontinente. No existe desarrollo nacional: puede o no existir un crecimiento

precario derivado de una inserción en la lógica trasnacional de acumulación de

capital. Los protagonistas “locales” de este crecimiento son políticos/empresarios

trasnacionalizados y tecnócratas privados y públicos.

Page 41: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

De los tres procesos, los dos últimos se encuentran o en un momento de

estancamiento o exhibiendo signos de su fragilidad estructural.

Estos procesos dominantes, o sus efectos, encuentran resistencias sociales populares,

ciudadanas, electorales y estatales, muchas veces fragmentarias, que toman formas

diversas. En las economías grandes surgen, por ejemplo, la rebelión zapatista

(1994), y la posibilidad de triunfo electoral de un candidato presidencial emergente

(López Obrador) en México, la movilización “piqueterista” en Argentina, y se

consolida el Movimiento de los Sin Tierra en Brasil. Este último país se da el

gobierno de Lula (2002) con apoyo, entre otros, del Partido de los Trabajadores y el

MST. Ninguno de estos procesos, sin embargo tiene (ni aspira) a irradiar o incidir en

el imaginario popular latinoamericano. Constituyen fenómenos locales. Dos de estos

países- economías, en cambio, han avanzado en la configuración de un núcleo

regional (MERCOSUR) que constituya un polo de acumulación subregional de

capital que frene la hegemonía unilateral de Estados Unidos en el área y la inserte

más diversificadamente en la economía transnacionalizada o global.

En otros países se dan principalmente movilizaciones rurales populares con efecto o

alcance urbano y ciudadano, como en Ecuador, e incluso un gobierno (República

Bolivariana de Venezuela) que se declara revolucionario, bolivariano (integrador) y

socialista, partidistas y sociales (Bolivia) y triunfos electorales “de izquierda”, como

en Uruguay. La experiencia cubana no colapsa aunque se encuentra (desde finales

de la década de los ochenta) notoriamente disminuida en su capacidad para avanzar

posibilidades alternativas. En su frente, las estructuras político-militares que

combaten en Colombia siguen mostrando capacidad para sostenerse como actores de

una guerra, pero no como conducción política alternativa. En Chile se sostiene la

irritación por la impunidad de los responsables de violaciones a derechos humanos.

El área centroamericana y caribeña insular se presenta como la políticamente más

deprimida en el nuevo siglo: Haití, con crisis de ingobernabilidad y casi total

colapso económico-social, Guatemala, donde se manifiestan tendencias hacia la

anomia, Honduras y Nicaragua ubicadas persistentemente entre las economías-

Page 42: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

sociedades más empobrecidas de la región y la última ingresando en una crisis de

ingobernabilidad.

El Salvador refirmando su carácter oligárquico y Costa Rica sumida en procesos de

corrupción estatal y de sensibilidad pública, venalidad gubernamental y colapso

partidario. Como signo de su debilidad, los gobiernos de estos países, a los que se

une República Dominicana, avanzan en tiempo record hacia Tratados de “Libre

Comercio” sin mayor consulta ni contenido ciudadano, popular o nacional. Con ello,

y con su participación en el Plan Puebla-Panamá, se determinan como uno de los

principales soportes regionales, junto al gobierno de Colombia, del injerencismo

estadounidense practicado abiertamente por la administración Bush.

En una primera aproximación esta coyuntura larga muestra que la economía

transnacionalizada, en su forma actual, no es instrumento de desarrollo para el área

(tampoco ha garantizado su crecimiento), ni para cada economía entendido como

colectivo o proyecto-de-país, que las economías- sociedades latinoamericanas

mantienen su incapacidad para agregar significativamente valor a la economía

global (y por ello aumentan su carácter dependiente e intensifican su polarización y

enrarecimiento internos) y que las instituciones de las democracias restrictivas no

tienen capacidad para administrar ni las estabilidades parciales o momentáneas

(Argentina, América Central, Perú) ni las crisis de gobernabilidad e

ingobernabilidad (Nicaragua, Argentina, Ecuador, Bolivia).

La excepción, en el período, sería Chile. Sin embargo, las formas políticas más

extremas de injerencismo estadounidense también han fracasado (como lo muestra

la reciente elección de Secretario General de la OEA y la negativa de esa instancia

para acceder a una “tutela democrática” en la región) y las derrotas militares del

gobierno de Colombia.

La región, con todas sus debilidades, y pese al colapso de las principales sociedades

del socialismo histórico hace ya quince años, muestra que sus resistencias sociales

con alcance político tienen raíces propias o autónomas (no son el reflejo de la

actividad de un actor externo) y esta resistencia social posee, en el inicio del siglo,

capacidad para desestabilizar y generar incertidumbre y, en menor medida, de

Page 43: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

acuerdo a condiciones internas, capacidad de propuesta alternativa. Su mayor

debilidad está en su carácter regionalmente estanco y a veces incluso localmente

fragmentario (o sea sin capacidad para una convocatoria plural, determinada y a la

vez masiva).

En este panorama se inscribe la propuesta y experiencia de proceso bolivariano,

cuyo foco inicial está en el proceso venezolano pero que aspira a transformarse en

una filosofía y política regional opuesta tanto al neoliberalismo y a la globalización

actual (propone un desarrollo nacional, regionalmente integrado y popular) como al

capitalismo (propone un Nuevo Socialismo del Siglo XXI: economía de

equivalencias y democracia participativa).

En la perspectiva se dibuja la continuidad del proceso de globalización inducida

(capitalismo intensivo, transnacionalizado, en red), con acentuación de las

dependencias y la fatiga del ambiente democrático que podría abrir el paso a

instituciones explícitamente autoritarias con conducción civil (Colombia) o militar

(Perú, Bolivia). En una frase: crisis social del mercado, reconfiguración

transnacional-autoritaria del Estado.

Las alternativas a esta perspectiva pasan por intensificar política y aceleradamente la

capacidad para agregar valor “nacional” a los procesos de trabajo, las reformas

estructurales internas orientadas a ese fin, la articulación regional (infraestructura)

con base social popular y las diversas formas de poder local (desconcentración

estatal, participación ciudadana y popular) con incidencia en la propuesta de una

nueva cultura política. En una frase: crisis del mercado global o en red monopólica,

reconfiguración popular del Estado, de la cultura política y reconformación de las

tramas sociales.

3.2. Proceso Bolivariano

1.- La propuesta ideológica bolivariana tiene como base la experiencia venezolana

(gobierno de Hugo Chávez, Movimiento V República, Polo Patriótico). Se trata de

un `proceso original, que se quiere revolucionario y que ha avanzado

significativamente en el período (1998-2010) al menos en:

Page 44: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

• la reconfiguración de la institucionalidad política• el aislamiento y derrota de la oposición interna• la legitimidad de la conducción chavista y su respaldo social y electoral• la proyección de imagen internacional• la vuelta de la propuesta ideológica (bolivianismo político, Nuevo

Socialismo).

En la medida que la propuesta bolivariana descansan en la articulación constructiva

“pueblo - FF. AA.”, se afirma también en su tensión y conflictividad. Si se acentúa

al factor popular, el bolivianismo contiene los valores del poder local (sujeto

popular plural, instituciones democráticas con lógica participativa y responsabilidad

colectiva). Si se acentúa el factor militar, el bolivianismo porta los valores de la

modernización clasista refleja, la “voluntad general” con control o inducción

mesiánica y el autoritarismo. Es prematuro indicar el carácter de una resolución de

esta tensión (y en ella puede ocupar un lugar decisivo el entorno internacional), pero

hasta el momento dominan, explicablemente, los segundos factores. La Carta Social

de las Américas, que Venezuela impulsa desde el 2001, enfatiza claramente la

institucionalización y el ejercicio del poder “desde abajo”, o sea popular.

2.- El eje bolivariano internacional (Venezuela no puede quedar aislada si intenta un

camino antiimperialista y anticapitalista o al menos anti neoliberal y por ello

propone la Alianza Bolivariana de las Américas, frente al ALCA)) se orienta

principalmente hacia Bolivia, Perú, Colombia, Brasil, Argentina, Paraguay,

Uruguay, Ecuador y, obviamente, Venezuela. Propone por el momento diálogo

político, aumento del comercio regional e infraestructura integrada y un frente de

comunicación de masas (Telesur) como elementos estratégicos para la confirmación

de un bloque regional latinoamericano con caracteres sociohistóricos populares que

se expresarían políticamente como democracia participativa.

Un frente especial de la política internacional bolivariana es el desplegado en

relación con la producción y potenciación de los recursos energéticos. En el año en

curso Venezuela ha institucionalizado acuerdos con Argentina y Brasil

(Petroamérica), el Caribe (Petrocaribe) y Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú

(Petroandina) orientados a cerrar el paso a la hegemonía estadounidense en el área y

a practicar un tipo diferente de cooperación internacional al que se gestiona por

Page 45: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

parte de la economía-red transnacionalizada. La debilidad inevitable de estos

acuerdos es que comprometen a gobiernos y no a los pueblos respectivos.

3.- En otro frente internacional, la experiencia bolivariana hace de la amistad y

colaboración con Cuba un eje de su política exterior. Venezuela recibe mucho apoyo

militante y profesional cubano (salud, seguridad, organización social) y Venezuela

contribuye a paliar los déficits de la economía cubana.

La propuesta bolivariana, más recientemente, se planteó como “socialismo del siglo

XXI”. Este socialismo no entrará en la agenda de discusión venezolana interna hasta

el año 2008. Uno de sus principales expositores por el momento es Heinz Dieterich

Steffan (Socialismo = economía de equivalencias, democracia participativa,

humanismo).

Revolución Bolivariana es el nombre dado en Venezuela, por Hugo Chávez y sus

partidarios, al proyecto ideológico y social que comienza en 1998, con la elección

de Chávez como presidente del país.

La revolución está basada en el ideario del libertador Simón Bolívar, en las

doctrinas de Simón Rodríguez, quien proponía que Latinoamérica inventase su

propio sistema político, y el General Ezequiel Zamora "Tierras y Hombres Libres" y

"Terror a la Oligarquía", quien defendía la tenencia de la tierra para los campesinos

que la trabajaban. Tiene como fin llegar a un nuevo socialismo. Una de sus primeras

medidas fue el aprobar mediante referéndum popular la constitución de 1999.

Las reformas llevadas a cabo en el marco de la Revolución Bolivariana, ha derivado

en la polarización política de la sociedad venezolana, hacia posiciones

irreconciliables, lo que ha llevado en algunos casos en situaciones de violencia.

Según el discurso pronunciado y propuesto por el gobierno como una definición en

el XVI Festival de la Juventud y los Estudiantes (FMJE) expresa que es el tránsito y

evolución de cuatro macro dinámicas autoimpuestas:

1. La revolución anti-imperialista.

Page 46: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

2. La revolución democrática-burguesa.3. La contrarrevolución neoliberal.4. La pretensión de llegar a una sociedad socialista del siglo XXI.

Esto afecta de forma directa o indirecta a grupos de personas, algunas personas

creen que a gobiernos también. Existen muchos puntos de vista al respecto dentro y

fuera del país producto de la desinformación y el fanatismo de las partes en

conflicto. Se cree que la vía auto inducida se encuentra en un estado de no-retorno.

Los detractores más moderados opinan que este proceso es necesario para el

correcto desarrollo del país pero critican el método utilizado por el grupo de

gobierno. En líneas generales el flujo de opiniones, poco o medianamente

documentadas generan desestabilización en grupos fanáticos de las partes en

disputa. Este movimiento ha sido tomado como bandera en países de la región

contagiándose la misma conflictividad.

Lo significativo de este período en Venezuela es la belicosidad generada en la

sociedad por la interpretación de la idoneidad de la distribución de los recursos, la

falta de diplomacia por parte del gobierno en el momento de opinar sobre los

asuntos políticos y sobre los intereses y tendencias de grupos sociales y nacionales,

el cuestionamiento de las decisiones del gobierno no aceptada por grupos sociales

influyentes, el incremento de la participación de Venezuela en los asuntos

ideológicos regionales y la reevaluación de la "teoría del caos de la democracia"

venezolana.

En 1958 el partido socialdemócrata Acción Democrática (AD), el Partido

Comunista de Venezuela (PCV) y un sector de las Fuerzas Armadas Nacionales

derrocan al dictador Marcos Pérez Jiménez. Después del derrocamiento, AD se alía

con el partido demócrata cristiano COPEI para permitir la gobernabilidad, formando

así una alianza llamada Pacto de Punto Fijo; en la práctica, sin embargo, ambos

partidos se alternaron en el poder y el sistema se volvió bipartidista. Esto, según

alega la izquierda, fue en parte consecuencia de la fuerte presión estadounidense que

en plena guerra fría trataba de asegurarse el control de América Latina impidiendo

que accedieran al poder tendencias izquierdistas.

Page 47: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Ante lo que los sectores más radicales de la izquierda ven como una coartación

democrática se inician las actividades guerrilleras, promovidas por el PCV y el

Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), desprendimiento de la juventud de

AD. Después de casi una década de esas actividades, se logra un diálogo que los

reintegra a la vida civil y política. Muchos de ellos son asimilados por los partidos

aliados o forman sus propias agrupaciones, el contexto político desmoviliza la

guerrilla y los pocos irreductibles son reducidos por las Fuerzas Armadas. De esta

forma, durante la segunda mitad del siglo XX se puede decir que se ha pacificado el

país y los dos partidos dominantes son Acción Democrática y COPEI.

Primer y segundo gobierno de Pérez, luego de la crisis del petróleo de 1973, durante

el primer periodo presidencial (1974-1979) de Carlos Andrés Pérez, los ingresos

aumentaron tan rápidamente que el país se convirtió en uno de los más desarrollados

de Latinoamérica.

Según Arturo Úslar Pietri, "... gracias a la exportación de petróleo, entre 1973 y

1983 Venezuela recibió alrededor de 240 mil millones de dólares". Esta situación,

unida con la alternancia política llevó al país a una estabilidad política extraordinaria

en el contexto latinoamericano. Durante este periodo de bonanza económica no se

realizaron inversiones para crear una industria alternativa a la del petróleo. Por ello,

cuando en 1983 cayeron drásticamente los precios, con una deuda externa creciente

(casi 35 mil millones de dólares en 1993), la economía experimenta una profunda

crisis.

Durante su segundo periodo presidencial (1989-1993), Carlos Andrés Pérez,

siguiendo las recomendaciones del FMI (Fondo Monetario Internacional), inició un

programa neoliberal de transformación de la economía.

Como consecuencia del aumento de precios, y de un polémico "paquete económico"

el 27 de febrero de 1989 aconteció el llamado "Caracazo". Personas que vivían en

los "barrios" (las zonas más pobres de la ciudad) organizaron fuertes protestas y

saqueos en las zonas comerciales de la ciudad, especialmente de alimentación,

vestido y electrodomésticos; inclusive algunas personas atestiguan que en sus

propias casas se produjeron robos, saqueos o violaciones. El gobierno de Pérez

Page 48: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

utilizó la fuerza pública para reprimir las protestas. Los muertos se cuentan entre

200 y 5000 personas, porque se persiguió a los manifestantes sin ninguna clase de

control; muchos murieron en sus hogares, o sin atención médica en los hospitales.

Según declaraciones del parlamentario opositor, de izquierdas, Pablo Medina, el

Caracazo fue provocado por el MBR-200 de Chávez para crear caos y confusión y

tomar el poder de la ciudad de Caracas. Sin embargo, no existen pruebas al respecto.

Estos hechos fueron sucedidos por dos intentos de golpes de estado en 1992, uno el

4 de febrero dirigido por Hugo Chávez y otro el 27 de noviembre. Luego sobrevino

una recesión en la economía y en 1993 se dicta una sentencia de la Corte Suprema

de Justicia contra el presidente Pérez por peculado. Pérez fue forzado a retirarse de

la Presidencia y lo sucedieron dos presidentes interinos. La popularidad de Chávez

era manifiesta en los sectores más pobres.

Aunque la sentencia contra Pérez habla de peculado (re direccionamiento de dinero

para fines distintos a los previstos por el Estado), muchos dicen que estaba inmerso

en actos de corrupción, pero en realidad en aquellos años no se le procesó siquiera

por ellos. Otros alegan que fue sacrificado por los sectores dominantes para

"comprar tiempo".

La cifra oficial de muertos de ambos golpes de estado es de 185 personas, la cifra no

oficial, es de 350 personas.

En 1994 Rafael Caldera se convierte en el nuevo Presidente de la República. Una de

sus promesas políticas era el indulto a Hugo Chávez. Caldera logró estabilizar

medianamente en lo político al país. Asimismo, en lo económico, Venezuela no

mejoró (cuando asumió la presidencia la inflación era del 71%, existía una fuerte

crisis cambiaria y el sistema financiero estaba colapsado tras la crisis de 93; incluso

la inflación llegó al 100% - ó 99% como fueron las cifras oficiales del Banco

Central de Venezuela).

Fundamentación ideológica

Sobre el final de los años 1970 se formó en el ejército venezolano una corriente

bolivariana y nacionalista en la que el joven Chávez participó. En sus palabras, el

Page 49: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

actual presidente de Venezuela describe el proceso de formación de la revolución

bolivariana y su fundamentación ideológica diciendo.

"… ni siquiera se planteaba una revolución. A mediados de los 80 propuse a mis compañeros militares agregar la letra R -de revolución- a la sigla de nuestro movimiento que se llamaba EB-200 -Ejército Bolivariano 200 porque en 1983 era el bicentenario del nacimiento de Bolívar-. (...) El movimiento había crecido pero todavía éramos pequeños grupos, que al fin nos definimos como un movimiento bolivariano revolucionario. Lo que perseguíamos era eso, una revolución, una transformación política, social, económica y cultural inspirada en el planteamiento de Bolívar. Diseñamos así lo que hemos llamado el ’árbol de las tres raíces’, que es nuestra fuente ideológica. Consiste en la raíz bolivariana (su planteamiento de igualdad y libertad, y su visión geopolítica de integración de América Latina); la raíz zamorana (por Ezequiel Zamora, el general del pueblo soberano y de la unidad cívico-militar) y la raíz Robinsonianas (por Simón Rodríguez, el maestro de Bolívar, el Robinson, el sabio de la educación popular, la libertad y la igualdad). Este ’árbol de las tres raíces’ dio sustancia ideológica a nuestro movimiento..."

Los puntos centrales que la revolución bolivariana adapta del bolivarianismo a su

práctica son:

• Autonomía nacional.

• Participación del pueblo mediante elecciones populares, referendos, y otros

medios de democracia participativa.

• Economía auto sostenible.

• Ética de servicio al pueblo.

• Distribución justa de los ingresos petroleros.

• Lucha contra la corrupción y la pobreza.

Chávez admite que antes del intento de la oligarquía venezolana de derrocar su

gobierno en 2002, no estaba decidido ideológicamente a favor del socialismo. Estos

hechos lo llevaron a pensar que "no existe la tercera vía", que la revolución tiene

que ser anti-imperialista, encáminanadose, mediante la "democracia revolucionaria",

hacia el socialismo del siglo XXI.

Page 50: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Acerca de éste Chávez afirma que debe "nutrirse de las corrientes más auténticas del

cristianismo", porque "el primer socialista de nuestra era fue Cristo". Reconoce que

este nuevo socialismo debe poseer fundamentalmente una actitud ética de

solidaridad y cooperativismo, aplicando la autogestión. El modelo político sería de

democracia participativa y protagónica con poder popular y posibilidad de

pluralidad de partidos. Propone basarse en los ejemplos históricos de Simón Bolívar,

José Artigas, Simón Rodríguez y Ezequiel Zamora, así como de las comunas de

Brasil y Paraguay y de los aborígenes.

Círculos bolivarianos

Su política fue llamada Revolución Bolivariana, debido a que se sustenta

fuertemente en el apoyo de la población y que la integración en la política de

elementos democráticos básicos siendo el concepto fundamental del bolivarianismo,

en el año 2000 Hugo Chávez invitó a la formación de los llamados Círculos

Bolivarianos y autorizó al entonces vice-presidente Diosdado Cabello a apoyar

económicamente a estas formaciones. Adicionalmente, para el año 2005 se aprueban

los círculos.

Los círculos debían constituirse de manera descentralizada, organizadas en los

barrios y, a pesar de sus orígenes, debían ser autónomos, para llevar las ideas

bolivarianas a la población y conformar un foro para una cooperación efectiva,

especialmente en labores sociales de mutuo auxilio. A diferencia de, por ejemplo,

las asociaciones de vecinos, su autonomía no quedaba limitada a la política local,

sino que también se expresaban en cuestiones políticas nacionales.

La oposición acusa a los Círculos Bolivarianos de administrar la fuerza e incluso

ejecutar crímenes políticos.

Los Círculos Bolivarianos no están restringidos a Venezuela ni a los venezolanos,

también se encuentran en el extranjero; por ejemplo se pueden localizar en lugares

como Barcelona, Galicia, Madrid, Lisboa, Tenerife, Miami y São Paulo, por

mencionar algunas con raíces latinas.

Page 51: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

La constitución Bolivariana, o la Revolución Bolivariana incluyó la elaboración de

una nueva constitución, denominada por el gobierno "Constitución Bolivariana",

que sería aprobada en referéndum, y en la cual se definen cinco poderes poderes:

ejecutivo, legislativo, judicial, electoral y ciudadano. Se cambia además el nombre

oficial del país a República Bolivariana de Venezuela.

Los programas sociales, en la revolución bolivariana tiene un importante

componente social, en especial cuando Chávez se declaró -con el transcurrir de su

gobierno- como socialista y aseguró que Simón Bolívar fue igualmente socialista, y

en nombre de "dar poder a los pobres", creó diversos programas denominadas

"misiones", conocidos en general como, misiones Bolivarianas o misión Cristo;

entre ella se destacan las educativas, como la misión Robinson, Rivas y Sucre; y

sobre todo la más publicitada, misión Barrio Adentro, de carácter médico-

asistencial. Todas ejecutadas en el segundo periodo constitucional de Chávez.

Aunque en sus primeros años de gobiernos estaba el programa Plan Bolívar 2000

cuya características eran la de embellecimientos de lugares públicos y la creación de

mercados de gran envergadura usando el ejército. Este último plan desapareció, pero

el sistema de mercados continuó y se aglutinó en el reciente Misión mercal -incluida

en las misiones bolivarianas-, usando más al personal civil.

La política internacional, es desde el inicio de su gobierno, Chávez ha tenido una

política exterior muy activa, caracterizada con innumerables cumbres y visitas a

buena parte de los países del mundo, en especial Latinoamérica y los países árabes.

Se distanció de los antiguos países aliados a los gobiernos predecesores de AD y

COPEI, como Colombia y especialmente Estados Unidos, acercándose a otros

países como Cuba, cuyas relaciones habían sido bastante frías durante los gobiernos

anteriores.

Algunos sectores de la comunidad internacional, especialmente la administración

estadounidense, y la oposición venezolana acusan a Chávez de apoyar a grupos que

la opinión pública cataloga de Terroristas como las FARC o ETA, o

desestabilizadoras, como los sin tierra del Brasil, los cocaleros de Bolivia o los

piqueteros de Argentina. Ninguna de estas acusaciones se ha podido probar, e

incluso los gobernantes de los países afectados o los miembros de los organismos

Page 52: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

internacionales han desestimado las acusaciones por carecer de fundamentos o

pruebas. Sin embargo, este podría ser uno de los aspectos que ha dañado más la

imagen de Chávez en el exterior. Pero al mismo tiempo, la diferencia ideológica y

práctica con algunos de estos grupos es evidente sobre todo las organizaciones

sociales de base que no se plantean la toma del poder, aunque por otro lado el

relacionarlos equivocadamente con estos grupos aumenta la simpatía por Chávez

entre personas de izquierda.

Chávez y Estados Unidos, como cualquier otro país latinoamericano, Venezuela

estuvo ligada a Estados Unidos a principios de siglo XX, por el significado

estratégico que poseen sus reservas petrolíferas y otras materias primas. La política

de Chávez ponía el acento en la soberanía e independencia nacionales, por lo que

estaba reñida con la doctrina Monroe estadounidense que consideraba a

Latinoamérica su patio trasero, lo cual sirvió de justificación a substanciales

intervenciones militares en la región (como las que realizó Estados Unidos en Cuba,

Guatemala, República Dominicana, Haití, Panamá, Nicaragua, etc.).

En general los cambios en la industria petrolera no sólo privaron de beneficios a la

clase alta local sino que también conllevaron la pérdida de privilegios de la industria

petrolera estadounidense. Esta situación se intensificó con la revitalización de la

OPEP conducida por Venezuela, que tenía como meta fortalecer nuevamente los

precios del petróleo, una necesidad para el país, que se sumía en una fuerte crisis

económica desde el colapso de 1983. El resultado fue que los precios se fueron al

alza, incluso llegaron a los 60 dólares por barril en 2005. La relación estrecha entre

Chávez y Fidel Castro incrementó aún más la antipatía de Estados Unidos

En octubre y noviembre de 2003, diputados del parlamento venezolano publicaron

material que sugería que se preparaba un nuevo golpe de estado de los círculos

derechistas de Venezuela en conjunto con la CIA.

En febrero de 2004, Chávez tildó a George Bush de "pendejo", luego de acusarlo de

haber apoyado el derrocamiento de Jean-Bertrand Aristide, el primer presidente

elegido democráticamente de Haití. Además, Chávez ha responsabilizado

reiteradamente a Bush de cualquier posible atentado contra su vida.

Page 53: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Con Cuba, por otro lado, Chávez ha mantenido una relación estrecha con Fidel

Castro, y tal como se mencionó antes, se ha declarado a favor de políticas de

izquierda. La relación entre ambos se inició incluso antes de que Chávez fuera

elegido presidente, y en este momento se evidencia en los proyectos conjuntos que

involucran a Venezuela y Cuba. El más conocido y criticado por la oposición es el

intercambio de petróleo por médicos, educadores, entrenadores deportivos y otros

servicios profesionales, para después crear la organización internacional ALBA, que

por el momento agrupa a Venezuela, Bolivia (desde 2005), Nicaragua (2007) y

Cuba, y está destinada como una alternativa al ALCA promovido por Estados

Unidos. El rechazo de la oposición por la estrecha relación cubano-venezolana se

manifestó abiertamente durante el Golpe de estado de 2002 cuando la embajada

cubana en Caracas fue atacada violentamente por manifestantes extremistas de la

oposición, Chávez acusó a militantes del partido Primero Justicia, y en particular sus

dirigentes Leopoldo López y Henrique Capriles Radonsky, en ese entonces alcaldes

de los municipios Chacao y Baruta respectivamente, de dirigir los actos vandálicos.

La oposición acusa a Chávez de querer implantar un régimen comunista al estilo

cubano. Chávez responde a estas acusaciones que no pretende copiar a ningún país,

ni Cuba, ni Estados Unidos, ni ningún otro.

Venezuela le vende a Cuba el petróleo a precios preferenciales y a crédito, otras

veces como intercambio (Venezuela otorga Petróleo y Cuba envía servicios

profesionales), cabe destacar que el Gobierno de Cuba no utiliza todo el petroleo

que recibe de Venezuela, vendiendo a precios internacionales el excedente,

generando así ingresos para la isla.

Las Relaciones con México, Chávez por su parte descalificó a Fox llamándolo

"cachorro del imperio" (Chávez se refiere como imperio a Estados Unidos), lo que

provocó la indignación de Fox y sus partidarios, quienes calificaron el hecho como

un insulto al pueblo mexicano. Luis Ernesto Derbez, Secretario de Relaciones

Exteriores mexicano, entró en conversación con el canciller venezolano, con el cual

se estaba llegando a un acuerdo.

Page 54: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Pero el domingo 13 de noviembre, en su programa radiofónico Aló Presidente,

Chávez le dedicó a Fox un verso de una canción llanera venezolana de Alberto

Arvelo Torrealba:Yo soy como el espinito que en la sabana florea, le doy aroma al

que pasa y espino al que me menea" y terminó diciéndole a Fox: "No se meta

conmigo caballero, porque sale espinao", lo que provocó que México exigiera una

disculpa al gobierno de Venezuela, el cual respondió retirando a su embajador en

México, haciendo México lo mismo con su embajador en Venezuela manteniéndose

desde entonces una relación de encargados de negocios.

Relaciones latinoamericanas, Néstor Kirchner presidente de Argentina y Hugo

Chávez en julio de 2004, ambos mandatarios han estrechados enormemente las

relaciones bilaterales, cuyo anteriores gobiernos de ambos países eran casi

inexistentes, la buenas relaciones entre ambos ha llevado a la creación del canal

pana-latinoamericano Telesur y otros proyectos en conjunto.

Desde que Chávez llegó al poder ha tenido ásperas relaciones con México, cuando

resultó elegido Vicente Fox, representante de la derecha de ese país, ambos

mandatarios poseen grandes diferencias ideológicas y de intereses, Fox es un

entusiasta promotor del ALCA, al cual Chávez se opone tajantemente, Fox pretendía

que se discutiera el tratado del ALCA, durante la IV Cumbre de las Américas en

Mar del Plata, Argentina en noviembre de 2005, la posición de Chávez y del

presidente argentino y anfitrión de la cumbre Néstor Kirchner (izquierdista, aliado

de Chávez), Fox dijo: "La impresión que nos llevamos varios ahí es que el

pensamiento del conductor, en este caso el presidente (Kirchner), estaba más

orientado a cumplir con la opinión pública argentina y con la imagen del presidente

ante los argentinos, que con el logro eficaz de una cumbre". Kirchner le respondió

diciéndole que se ocupara de sus asuntos y que "para algunos, la buena diplomacia

es tener una actitud de pleitesía y de bajar la cabeza frente a los grandes".

Chávez ha tenido prioridad en las relaciones de Latinoamérica con los países de

Sudamérica, en particular los integrantes del Mercosur, cuyos gobiernos son

izquierdistas y más opuestos a Estados Unidos, en cambio con la comunidad andina

(de la que Venezuela ha formado parte desde 1973) las relaciones han sido frías,

porque los gobiernos de los países miembros (exceptuando Venezuela, y desde

Page 55: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

2006, Bolivia), están a favor de ALCA y han negociado además un tratado bilateral

de libre comercio con Estados Unidos. Con Colombia hubo diferencias sobre el paso

de camioneros venezolanos a territorio colombiano. El gobierno colombiano de

Andrés Pastrana ofreció asilo al presidente golpista venezolano Pedro Carmona -que

derrocó por dos días al gobierno de Chávez-, además de a varios militares

venezolanos sublevados. Cuando llegó a la presidencia colombiana Álvaro Uribe

Vélez -sucesor de Pastrana-, éste decidió apresar al miembro de las FARC Rodrigo

Granda en territorio venezolano (véase, Caso Rodrigo Granda) sin permiso,

intensificándose los roces diplomáticos, incluyendo cruces de declaraciones donde

el gobierno de Chávez acusaba al gobierno colombiano de apoyar el golpe de estado

del 2002 y el de Colombia al gobierno venezolano de apoyar a las guerrillas

colombianas.

Con Perú, Chávez tuvo un incidente diplomático por la estadía de Vladimiro

Montesinos en territorio venezolano de forma ilegal (véase, Caso Vladimiro

Montesinos), donde peligró las relaciones diplomáticas con el entonces presidente

peruano Valentín Paniagua, con su sucesor Alejandro Toledo, mejoraron en un

primer momento, pero se volvieron a deteriorar a finales de 2005 cuando Chávez

declaró su apoyo al que fuera candidato Ollanta Humala a las elecciones de 2006 en

Perú, el gobierno de Toledo consideró esta acción una intromisión de Chávez en los

asuntos internos peruanos y rompió relaciones con Venezuela, Chávez desestimo

estas críticas de su homologo peruano, recibiéndose insultos mutuamente.

Igualmente persisten las declaraciones subidas de tono con el sucesor a la

presidencia peruana Alan García.

Con Ecuador, las relaciones son regulares el préstamo de petróleo por parte de

Venezuela al gobierno de Alfredo Palacios, para contrarrestar los efectos de una

huelga petrolera y ha habido acuerdos petroleros en conjunto.

Con Bolivia en un principio no fueron mejores, pero al ser elegido Evo Morales

presidente del país, se percibió un importante acercamiento en las relaciones

bolivianas-venezolanas, con Chile también hubo fricciones en donde el entonces

presidente de ese país Ricardo Lagos decidió igual que otros mandatarios con

fricciones con Chávez en retirar su embajador de Venezuela porque Chávez declaró

Page 56: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

que desearía bañarse en una playa boliviana, las relaciones con este país mejoraron

después con la sucesora de Lagos Michelle Bachelet, pero no son muy dinámicas, en

cambio las relaciones con Brasil, Argentina y Uruguay, son espléndidas (como

proyectos en conjunto, Telesur o Petrosur, entre otros), incluso Venezuela accedió al

Mercosur, algo impensable en el pasado; estas relaciones solo son superadas por las

cubano-venezolanas.

Además de la citada diferencia con México, Colombia, Perú y Chile, Chávez ha

tenido pobres relaciones con los países centroamericanos, porque todos sus

gobiernos son derechistas o centristas, esto se evidenció cuando Chávez decidió

apoyar al candidato chileno, José Miguel Inzulza, como secretario de OEA (a pesar

de la diferencia de Chávez con el gobierno de ese país), en contra de los candidatos

salvadoreño y mexicano, Francisco Flores y Derbez respectivamente, lo que

evidenció la división de la política interlatinoamericana en dos bloques bien

diferenciados.

Las relaciones con los países caribeños anglófonos y francófonos se han mejorado

ostensiblemente con la creación de Petrocaribe, especialmente con Jamaica, pero

hay diferencias con Anguila, Dominica y Barbados (por el litigio de la isla de Aves

wikinoticias) Trinidad y Tobago (Petrocaribe, le perjudica su negocio petrolero).

Relaciones con los países árabes y musulmanes, desde que Chávez llegó al poder, se

ha ido acercando a los países árabes, teniendo en cuenta que la mayoría de estos, al

igual que Venezuela, son grandes productores de petróleo. Chávez promovió la

celebración de una cumbre extraordinaria con los países de la OPEP (todos lo países

miembros son de religión musulmana, excepto la propia Venezuela) y visitó todos

los países miembros incluyendo a Qadafi presidente de Libia y Saddam Hussein por

esos momentos presidente de Irak, hecho que enfurecería al gobierno de los Estados

Unidos, el cual consideraba a estos dos países como integrantes del llamado "eje del

mal". Con estas acciones se está logrando estrechar las relaciones del gobierno de

Chávez con los regímenes de países de Medio Oriente, en especial Irán también

perteneciente al "eje del mal".

Page 57: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

En este aspecto alabó la creación del canal de noticias qatarí Al-Yazira diciendo que

es una gran alternativa a los conglomerados de canales de noticias estadounidense

como CNN, y en parte esto influyó a Chávez para crear Telesur. Es importante

también mencionar la oposición del chavismo a la Invasión de Irak por parte de

Estados Unidos.

Chávez está con la causa palestina en tener un estado propio, soberano e

independiente, esto ha causado la enemistad del régimen chavista con los sionistas y

judíos de derecha, y una vez más con los estadounidenses (Estados Unidos es un

aliado incondicional de Israel). En este aspecto, en una oportunidad y debido a que

Chávez fue citado errónea, selectivamente y fuera de contexto, el Centro Simón

Wiesenthal lo acusó de antisemita basado en un discurso en el que habló sobre la

muerte de Jesucristo aunque no mencionó a los judíos, los propios judíos asentados

en Venezuela rechazaron esa acusación del centro y le dieron apoyo a Chávez. Por

su parte Chávez califico dichas acusaciones como infamias a favor de los intereses

de Estados Unidos, que buscan desestabilizar a su gobierno. Sin embargo, Israel

continúa siendo uno de los pocos (si no el único) país del medio oriente al cual el

presidente no ha otorgado una visita oficial en sus 8 años de gobierno, esto a pesar

que Venezuela tiene una población judía de 30.000 personas.

Como sucede con el apoyo a Palestina, Chávez también apoya a la

autodeterminación del Sáhara Occidental, que actualmente se encuentra ocupada por

Marruecos.

Relaciones con Canadá y la Reforma agraria, es a partir de septiembre de 2005, el

gobierno bolivariano empezó a expropiar terrenos agropecuarios y hatos en manos

de terrateniente y transnacionales productivos con la intención de repartirlo entre

campesinos pobres y ponerlos en producción. Esta política de expropiaciones está

considerada por Chávez una profundización de la revolución bolivariana, pero la

oposición la ha calificado de inconstitucional y comunista. Chávez por el contrario

menciona que la expropiación de latifundio afianza la seguridad alimentaria, ya que

en el paro petrolero se puso en evidencia la vulnerabilidad en el país en producción

de alimentos.

Page 58: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

Chávez como símbolo de la izquierda, desde la muerte de Allende, quizás ningún

político latinoamericano ha generado tanta reverberación internacional como Hugo

Chávez. Para muchos latinoamericanos representa las ideas no dogmáticas y

modernas de la izquierda democrática. La división se extiende también hacia la

esfera internacional, algunos consideran que es un lastre para Venezuela y otros

consideran que representa una de las voces más claras contra el neoliberalismo y el

imperialismo. En todo caso, la fuerte identificación del ideal revolucionario

bolivariano con la figura de Chávez y su carácter polémico y poco diplomático,

conlleva el riesgo de que su liderazgo y carisma estén añadiéndole un marcado

toque personalista a la Revolución Bolivariana.

4. Conclusión

La creación del Estado venezolano, Venezuela se convirtió en república independiente,

en el mismo año de 1830 cuando se firmó la Constitución. El nuevo Estado venezolano

tuvo a José Antonio Páez como primer magistrado. Si bien Venezuela ha tenido diversas

constituciones a lo largo de su historia.

Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia, comienza con la

Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811, fue la primera Constitución

de Venezuela y de América Latina, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y

Juan Germán Roscio y sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad

de Caracas el día 4 de diciembre de 1811. La misma establecía un gobierno federal,

pero fue derogada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco de Miranda en

San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de un año. Esta estuvo vigente hasta la

disolución de 1830. La misma permitió el alcance de nuevas reformas de contrato para

la libertad social, económica y política

La Constitución del Estado de Venezuela 1830, Carta Magna que surge como

consecuencia de la separación del Departamento Venezuela de la Gran Colombia para

constituir el Estado de Venezuela. Duro vigente 27 años lo que la convierte en la

segunda Constitución de más larga duración después de la de 1961, conformada por los

Estados de Venezuela conformada por 228 artículos y tiene 3 poderes, Ejecutivo,

legislativo, judicial, poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, el poder legislativo,

Page 59: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

cámara de representantes, cámara de senadores. Esta vigente por poco tiempo ya que

estalla la Guerra Federal el 20 de febrero de 1859.

Constitución de la República de Venezuela de 1961, fue una Constitución de carácter

federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso de la República durante la

presidencia de Rómulo Betancourt, estaba dividida en cuatro partes.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, es el texto

constitucional vigente y único que ha sido aprobado mediante referéndum popular el 15

de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el 30 de

diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece que Venezuela es

un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal, tiene 350 artículos, y

ahora tiene 5 poderes públicos--Ejecutivo--Legislativo--Judicial--Electoral—

Ciudadano; poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo,

asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral,

consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo moral republicano y fiscalía

general de la republica, y el periodo presidencial de 6 años, por el voto directo,

universal, secreto y con derecho a votar a todos los ciudadanos mayores de 18 años, está

conformada por 26 estados.

Constitucionalmente se establece que Venezuela es un Estado Social de Derecho y de

Justicia, Democrático y Federal. A partir de 1999 el país cambia de nombre por

Republica Bolivariana de Venezuela, tiene 350 artículos, y ahora tiene 5 poderes

públicos--Ejecutivo--Legislativo--Judicial--Electoral—Ciudadano; poder ejecutivo,

presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo, asamblea legislativa, pode

judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral, consejo nacional electoral, poder

ciudadano, consejo moral republicano y fiscalía general de la republica, y el periodo

presidencial de 6 años, por el voto directo, universal, secreto y con derecho a votar a

todos los ciudadanos mayores de 18 años, está conformada por 26 estados.

Como propuesta ideológica el proceso bolivariano internacionalmente tiene como base

la experiencia venezolana (gobierno de Hugo Chávez, Movimiento V República, Polo

Patriótico). Venezuela recibe mucho apoyo militante y profesional cubano (salud,

seguridad, organización social) y Venezuela contribuye a paliar los déficits de la

Page 60: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

economía cubana. Revolución Bolivariana es el nombre dado en Venezuela, por Hugo

Chávez y sus partidarios, al proyecto ideológico y social que comenzó en 1998, con la

elección de Chávez como presidente del país, fue una de sus primeras medidas fue el

aprobar mediante referéndum popular la constitución de 1999.

Los puntos centrales que la revolución bolivariana adapta del bolivarianismo a su

práctica son, Autonomía nacional, la Participación del pueblo mediante elecciones

populares, referendos, y otros medios de democracia participativa, la Economía auto

sostenible, la Ética de servicio al pueblo, la Distribución justa de los ingresos petroleros,

y la Lucha contra la corrupción y la pobreza.

Su definición como Estado Federal Descentralizado. Las competencias tanto del Poder

Público Nacional, como del Poder Público Estadal y del Poder Público Municipal pasan

a ser definidas (C.N. 99) en el Título IV. (Del Poder Público). Se elimina expresamente

el financiamiento de las organizaciones políticas con fondos del Estado, (124 CBV), Se

protege el Derecho a la participación política en Venezuela de los pueblos indígenas

(Art. 119). El Capítulo IX: De los Derechos Ambientales, merece una consideración

similar a la Constitución anterior. El artículo 187 enumera las atribuciones de la

Asamblea Nacional.

Capítulo II: Del Poder Ejecutivo Nacional: El Poder Ejecutivo; es presidido por el

Presidente de la república igualmente como en la CN 1961. La nueva Constitución de

1999 introduce la novedad del Vicepresidente Ejecutivo, el Presidente de la República

continúa ejerciendo la jefatura del Estado y del Ejecutivo Nacional. Los órganos que

ejercen el Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la

Contraloría General de la República. (Artículo 274). La Constitución Bolivariana crea,

para concluir, una jurisdicción contenciosa electoral en cuyo pináculo se encuentra la

sala electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Título VIII: De la Protección de la Constitución: Con dos capítulos, uno dedicado a la

garantía de la Constitución y otro a los estados de excepción. Titulo IX: De la Reforma

Constitucional, en este Titulo se trataron tres Capítulos que distinguen en la

Constitución de 1999 tres procedimientos de reforma: la enmienda, la reforma

constitucional y la asamblea nacional constituyente.

Page 61: tema V Análisis Constitucional de Venezuela hasta 1999

La propuesta ideológica bolivariana con base la experiencia venezolana (gobierno de

Hugo Chávez, Movimiento V República, Polo Patriótico). Revolución Bolivariana es el

nombre dado en Venezuela, por Hugo Chávez y sus partidarios, al proyecto ideológico

y social que comienza en 1998, con la elección de Chávez como presidente del país.

El gobierno de Pérez utilizó la fuerza pública para reprimir las protestas. La popularidad

de Chávez era manifiesta en los sectores más pobres. Una de sus promesas políticas era

la inclusión social y gobernar con el pueblo.

Uno de los puntos centrales que la revolución bolivariana adapta del bolivarianismo a su

práctica es la Autonomía nacional.

La constitución Bolivariana, o la Revolución Bolivariana incluyó la elaboración de una

nueva constitución, denominada por el gobierno "Constitución Bolivariana", que sería

aprobada en referéndum, y en la cual se definen cinco poderes: ejecutivo, legislativo,

judicial, electoral y ciudadano. Las misiones sociales y educativas ejecutadas en el

segundo periodo constitucional de Chávez, y su distanciamiento de los antiguos países

aliados a los gobiernos predecesores de AD y COPEI, como Colombia y especialmente

Estados Unidos, acercándose a otros países como Cuba, cuyas relaciones habían sido

bastante frías durante los gobiernos anteriores.

Chávez ha respondido a muchas acusaciones, que no pretende copiar a ningún país, ni

Cuba, ni Estados Unidos, ni ningún otro.

5. Referencia Bibliográfica

http://www.auyantepui.com/historia/constituciones.html

http://www.xuletas.es/ficha/constituciones-de-venezuela/

http://www.rena.edu.ve/SegundaEtapa/HISTORIA/constituciondeunpais.html

http://www.analitica.com/vam/1999.02/nacional/01.htm

http://es.wikipedia.org/w/index.php?

title=Historia_del_constitucionalismo_venezolano&printable=yes