tema 2. participación de los trabajadores

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Tema 6. Participación de los trabajadores. 1.- La libertad sindical. Los sindicatos están reconocidos legalmente desde 1977. Con la Constitución Española de 1978 la libertad sindical es un derecho de todos los ciudadanos, recogido en el artículo 28. Tiene dos vertientes: Libertad sindical positiva: todos los ciudadanos tienen derecho a afiliarse, darse de baja y a fundar sindicatos. Libertad sindical negativa: todos tienen la libertad de afiliarse como la de no afiliarse. Debido a que existe libertad sindical positiva y negativa, hay dos modelos de representar a los trabajadores: Representación unitaria: formada por los delegados de personal y los miembros del comité de empresa que han sido elegidos por los compañeros de trabajo a través de unas elecciones. Se pueden presentar tanto los trabajadores miembros de sindicatos como los independientes. Representación sindical: son los delegados sindicales y secciones sindicales que han sido elegidos por los sindicatos para representar a los mismos dentro de la empresa. 2.- La representación unitaria. Son elegidos directamente por los trabajadores a través de unas elecciones. Las elecciones a representantes. Las elecciones son cada 4 años. Características de las elecciones a representantes: Se pueden presentar: los mayores de 18 años que tengan una antigüedad mínima de 6 meses y pueden votar los mayores de 16 años con una antigüedad mínima de 1 mes. La mesa electoral: está formada por un presidente (trabajador más antiguo) y 2 vocales (el mayor y el más joven). Hay una mesa electoral cada 250 trabajadores. Si hay al menos 50 trabajadores, hay comité de empresa y se forman dos colegios electorales: uno para técnicos y administrativos y otro para operarios, trabajadores cualificados y no cualificados. Cada sección elige a sus representantes. Si hay menos de 50 trabajadores, se eligen 1 o 3 delegados de personal, según el caso. Todos los candidatos se presentan en un solo colegio electoral. Para el comité de empresa se usa una lista cerrada con las candidaturas de los sindicatos o independientes y para los delegados de personal hay una sola lista ordenada alfabéticamente con todos los candidatos, donde se rellena de 1 a 3 casillas de la lista. Las candidaturas que consiguen menos del 5% de los votos no obtiene representantes y sus votos son anulados. Los delegados de personal son los representantes de los trabajadores en los centros con menos de 50 trabajadores. En las empresas de 6 a 10 trabajadores existirá entre 1 y 3 delegados de forma voluntaria, si lo decide la mayoría de la plantilla. En centros de entre 11 y 49 trabajadores es obligatorio que existan entre 1 y 3 delegados de personal. El comité de empresa es el órgano de participación obligatorio que existe en los centros de trabajo que tengan al menos 50 trabajadores.

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Tema 6. Participación de los trabajadores.

1.- La libertad sindical.

Los sindicatos están reconocidos legalmente desde 1977. Con la Constitución Española de 1978 la libertadsindical es un derecho de todos los ciudadanos, recogido en el artículo 28.

Tiene dos vertientes:• Libertad sindical positiva: todos los ciudadanos tienen derecho a afiliarse, darse de baja y a fundar

sindicatos.• Libertad sindical negativa: todos tienen la libertad de afiliarse como la de no afiliarse.

Debido a que existe libertad sindical positiva y negativa, hay dos modelos de representar a los trabajadores:• Representación unitaria: formada por los delegados de personal y los miembros del comité de

empresa que han sido elegidos por los compañeros de trabajo a través de unas elecciones. Se puedenpresentar tanto los trabajadores miembros de sindicatos como los independientes.

• Representación sindical: son los delegados sindicales y secciones sindicales que han sido elegidospor los sindicatos para representar a los mismos dentro de la empresa.

2.- La representación unitaria.

Son elegidos directamente por los trabajadores a través de unas elecciones.

Las elecciones a representantes.

Las elecciones son cada 4 años.

Características de las elecciones a representantes:• Se pueden presentar: los mayores de 18 años que tengan una antigüedad mínima de 6 meses y

pueden votar los mayores de 16 años con una antigüedad mínima de 1 mes.• La mesa electoral: está formada por un presidente (trabajador más antiguo) y 2 vocales (el mayor y

el más joven). Hay una mesa electoral cada 250 trabajadores.• Si hay al menos 50 trabajadores, hay comité de empresa y se forman dos colegios electorales: uno

para técnicos y administrativos y otro para operarios, trabajadores cualificados y no cualificados.Cada sección elige a sus representantes.

• Si hay menos de 50 trabajadores, se eligen 1 o 3 delegados de personal, según el caso. Todos loscandidatos se presentan en un solo colegio electoral.

• Para el comité de empresa se usa una lista cerrada con las candidaturas de los sindicatos oindependientes y para los delegados de personal hay una sola lista ordenada alfabéticamente contodos los candidatos, donde se rellena de 1 a 3 casillas de la lista.

• Las candidaturas que consiguen menos del 5% de los votos no obtiene representantes y sus votos sonanulados.

Los delegados de personal son los representantes de los trabajadores en los centros con menos de 50trabajadores.

En las empresas de 6 a 10 trabajadores existirá entre 1 y 3 delegados de forma voluntaria, si lo decide lamayoría de la plantilla.

En centros de entre 11 y 49 trabajadores es obligatorio que existan entre 1 y 3 delegados de personal.

El comité de empresa es el órgano de participación obligatorio que existe en los centros de trabajo quetengan al menos 50 trabajadores.

Delegados de personal

De 6 a 10 trabajadores 1 delegado

De 11 a 30 trabajadores 1 delegado

De 31 a 49 trabajadores 3 delegados

Otros comités.

Comité conjunto: en aquellos centro de trabajo de la misma provincia o distinta cuyo municipios seanlimítrofes, si cada uno no llega a 50 trabajadores, pero sumándolos si alcanzan esta cifra, se creará un comitépara todos los centros.

Comité intercentros: los convenios colectivos pueden pactar que cuando existan varios comités de empresase puede crear un comité intercentros que esté formado por representantes de los distintos comités.

Comité de empresa europeo: se podrá crear a iniciativa de la dirección o de un mínimo de 100 trabajadoresque pertenezcan a dos centros de distintos países.

Competencias y garantías:

Competencias:• Recibir información, por parte de la empresa: situación económica, accidentes de trabajo, contratos

realizados, cambios de plantillas, sanciones impuestas a trabajadores, etc.• Derecho a ser consultado, en temas como: despidos, reestructuración de la plantilla, traslados,

reducciones de jornada, etc.• Vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad e higiene.

Garantías:• No pueden ser despedidos ni sancionados de forma discriminatoria por el hecho de ser

representantes.• En el caso de que el despido sea improcedente, el que decide si cobra la indemnización o es

readmitido es el representante y no la empresa.• Si se le impone una sanción grave o muy grave, primero hay que escuchar a los representantes. Si la

empresa no lo realiza, el despido es nulo.• Tienen prioridad de permanencia en la empresa en caso de despido o suspensión por causas

económicas y en el caso que se produzca un traslado.• Tienen derecho a expresar sus opiniones.• Tienen derecho a un crédito horario para realizar sus funciones dentro de la jornada laboral.

Puede que por convenio las horas se acumulan a los representantes más votados, quedando liberadostotalmente de la actividad laboral, dedicándose a ejercer funciones sindicales (Liberados sindicales).

3.- Los sindicatos.

Son asociaciones de trabajadores para la defensa y promoción de los intereses de las condiciones de trabajo.

3.1.- La organización de los sindicatos.

La organización interna de los sindicatos tiene que ser democrática. Tienen derecho a crear sus propiosestatutos, elegir a sus representantes y organizar su programa de acción sindical.

Se financian a través de las cuotas de los afiliados y las ayudas y subvenciones públicas.

No todos los trabajadores pueden pertenecer a un sindicato:

¿Quienes pueden pertenecer a un sindicato?

Los trabajadores por cuenta ajena.

Los parados.

Los jubilados y los trabajadores que hayan quedado incapacitados.

Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) que no tengan trabajadores contratados.

¿Quienes no pueden pertenecer a un sindicato?

Los jueces, magistrados y fiscales.

Las Fuerzas Armadas (el ejército) y otras de carácter militar (Guardia Civil).

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (la policía) podrán pertenecer o no según lo que dicten las leyes que lodesarrollen. Actualmente existe un sindicato de policía.

Tipos de sindicatos que existen.

En función de si representan a muchos o pocos trabajadores existen:

• Los sindicatos más representativos a nivel estatal: tienen más del 10% de delegados en laselecciones sindicales, contabilizados a nivel nacional. (UGT y CCOO).

• Los sindicatos más representativos a nivel autonómico: son aquellos que tiene más del 15% dedelegados en una comunidad Autónoma y cuentan con mas de 1500 delegados. (E.L.A. en el PaísVasco).

• Los sindicatos más representativos: son los que han obtenido en un ámbito funcional concreto(solo un sector) mas del 10% de delegados. (C.S.I.F., que solo representa a los funcionarios).

3.2.- La participación de los sindicatos en la empresas.

Se lleva a cabo a través de:

Secciones sindicales.

Son todos los afiliados a un sindicato dentro de una empresa. Tienen los siguientes derechos:• A un tablón de anuncios en el centro de trabajo.• A un local si tienen más de 250 trabajadores.• A negociar convenios colectivos de empresa.

Derecho de los trabajadores afiliados a un sindicato

Distribuir información

Recibir información

Reunirse

Recaudar cuotas

Derechos de las secciones sindicales como colectivo

Presentarse a las elecciones

Plantear huelgas

Plantear un conflicto colectivo ante el Juzgado de lo Social

Delegados sindicales.

Son los representantes del sindicato dentro de la empresa.

Requisitos para que un sindicato tenga delegados sindicales:• Tener al menos 250 trabajadores.• Haber obtenido al menos un representante en el comité de empresa.

Tienen derecho a asistir a las reuniones del comité de empresa con voz pero sin voto.

4.- El convenio colectivo.

Ámbito de aplicación.• Ámbito personal.• Ámbito territorial.• Ámbito funcional.• Ámbito temporal.

Convenio y reforma laboral de 2012.

Anterior a la reforma laboral 2012

Una vez terminada la duración del convenio se prorrogaban automáticamente hasta que hubiese un nuevoacuerdo.

Los convenios de ámbito territorial superior tenían preferencia sobre los convenios inferiores de empresa.

Para poder modificar alguna condición del convenio necesitaba el acuerdo con los representantes.

Con la reforma laboral de 2012

Hasta 2014: si no hay un nuevo acuerdo en el plazo de un año, éste desaparece y se aplica un conveniosuperior o el Estatuto de los Trabajadores.

Desde 2015: el convenio se mantiene para los trabajadores que firmaron el contrato con ese convenio envigor, se les mantiene los derechos del convenio.

Los convenios de empresa tienen preferencia sobre los convenios superiores, en las siguientes materias:• Salario base y complementos salariales.• Abono y compensación de las horas extras.• Régimen de trabajo a turnos y su retribución.• Horario de trabajo.• Planificación anual de las vacaciones.• Adaptación del sistema de clasificación profesional.• Adaptación de cuestiones sobre modalidades de contratos que figuran en el convenio.• Medidas para favorecer la conciliación personal, familiar y laboral.

El convenio de empresa puede cambiar todas las condiciones del convenio de sector.

Las empresas por causas objetivas(económicas por más de 2 trimestres de disminución de ventas,organizativas, tecnológicas o de producción) pueden las siguientes condiciones del convenio: jornada,horario, trabajo a turnos, sistemas de remuneración, sistema de trabajo y de rendimiento, movilidadextraordinaria y las mejoras voluntarias en la seguridad social.

Si no hay acuerdo con los representantes, se acude a la comisión paritaria del convenio y después a arbitrajeen la Comisión Nacional Consultiva.

5.- Los conflictos colectivos.

Existen dos tipos:• Conflicto jurídico: cuando hay discrepancia entre la empresa y los trabajadores sobre la

interpretación de una norma laboral. En este caso se acude a los Juzgados de lo Social o al TribunalSuperior de Justicia.

• Conflicto de intereses: cuando se quiere revisar una norma que ya existe para crear otra nueva. Eneste caso se acude a la huelga.

La huelga.

Para que una huelga sea legal deber ser:

• Huelga laboral: ◦ Se excluyen las huelgas políticas.◦ El Tribunal Constitucional interpreta que son ilegales estrictamente políticas, pero si son legales

las huelgas contra los poderes públicos.• Huelga directa:

◦ Debe ser directa, están prohibidas las de solidaridad.◦ Si se permite cuando se trata de solidaridad con otros compañeros de trabajo.

• Huelga no altere el convenio en vigor:◦ No pretenda modificar algo que ya esté pactado en un convenio en vigor.◦ Otra cosa sería para introducir algo nuevo en el convenio, siempre que no modifique lo pactado.

• Huelgas no abusivas:◦ Son ilegales. Son abusivas:

▪ Huelgas rotatorias: los trabajadores se alternan por sectores o departamentos de maneraque paraliza el trabajo de los demás.

▪ Huelgas estratégicas: los trabajadores cesan en puestos estratégicos e impiden al resto de laempresa trabajar.

▪ Huelgas de celo: se trabaja de manera que se ralentiza el trabajo.▪ Huelgas a la japonesa: mayor rendimiento.

Convocatoria:

Quienes pueden convocarla:• El comité de empresa o delegados de personal.• Los sindicatos que estén implantados en ese ámbito.• Los trabajadores, cuando solicite a votación el 25% de la plantilla y se apruebe por mayoría simple

en votación secreta.

Procedimiento para convocarla:• Preavisar con 5 días de antelación a la empresa y a la Autoridad Laboral (10 días en servicios

públicos).• El Gobierno fijará unos servicios mínimos, si se trata de un servicio esencial para la comunidad.• En las comunidades autónomas suele existir un Acuerdo Extrajudicial de Solución de Conflictos

Laborales (ASEC).

Comité de huelga: formado por un máximo de 12 miembros, para resolver el conflicto y para garantizar losservicios de seguridad y vigilancia.

Desarrollo de la huelga:• Los empresarios no pueden sancionar a los trabajadores por ir a la huelga y tampoco pueden

contratar a otros trabajadores para sustituir a los huelguistas.• Los trabajadores pueden formar piquetes informativos, pero no piquetes violentos.• Está permitido ocupar locales para reunirse y para informar sobre la huelga.• Se debe respetar el derecho de ir como el de no acudir.

Consecuencia de la huelga:• Los trabajadores no cobran salario por los días de huelga y también se le descuentan la parte

proporcional de los descansos semanales y de las pagas extras.• No se pueden descontar días de vacaciones, salvo que la huelga sea ilegal.• La empresa no cotiza a la Seguridad Social.

El cierre patronal:

Consiste en cerrar el centro de trabajo para impedir el acceso a los trabajadores.

Causas legales:• Cuando existe una ocupación violenta de los locales.• Cuando sea una huelga abusiva .

La empresa debe comunicarlo en el plazo de 12 horas a la Autoridad Laboral.

Consecuencia: la empresa no paga los salarios a los trabajadores no huelguistas.

La solución extrajudicial de conflictos.

Para no llegar a los juzgados o a la huelga, los sindicatos y los empresarios han pactado la posibilidad de unasolución Extrajudicial de Conflictos. Las opciones que se ofrecen a las partes son:

• Conciliación: se acude a un conciliador que intenta que las partes se pongan de acuerdo, sin aportarsoluciones.

• Mediación: el mediador intentan que ambas partes lleguen a un acuerdo, aportando soluciones.• Arbitraje: ambas partes acudirán a un árbitro, que tomará una decisión obligatoria para las dos

partes.

6.- El derecho de reunión.

Los trabajadores tienen derecho a reunirse dentro de la empresa. La empresa está obligada a facilitar un lugarpara la reuniones. Deben acudir fuera del horario laboral.

Procedimiento de reunión:• La convocatoria la pueden hacer los delegados de personal, el comité de empresa y los trabajadores

si son un 33% de la plantilla.• La presiden los representantes, hay un orden del día y no se pueden tratar otros temas.• Se debe comunicar con 48 horas de antelación.• Los acuerdos que afecten a toda la plantilla requieren de un acuerdo de la mitad más uno.

El empresario puede limitar estos derechos si:• No han transcurrido más de 2 meses desde la anterior reunión.• Cuando no se han reparado los daños.• Si existe un cierre patronal.