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"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación". U. N. “SAN LUIS GONZAGA” ING. CIVIL Curso: INGENIERIA DE VALUACIONES Docente: ING ABRAHAM MANAY MENDOZA Alumnos: LAURA DE LA CRUZ, YOEL MENDOZA SIGUAS, CARMEN MELLISSA LEGUA PRADO, GENARO “UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA”

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"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación".

U. N. “SAN LUIS GONZAGA”

ING. CIVIL

Curso: INGENIERIA DE VALUACIONES

Docente: ING ABRAHAM MANAY MENDOZA

Alumnos:

LAURA DE LA CRUZ, YOEL

MENDOZA SIGUAS, CARMEN MELLISSA

LEGUA PRADO, GENARO

Ciclo-Grupo: VIII CICLO – “B”

ICA-PERU

2015

“UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA” FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

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REGLAMENTO NACIONAL DE TASACIONES

TITULO III

VALUACION DE PREDIOS RUSTICOS Y OTROS BIENES AGROPECUARIOS

CAPITULO A

ALCANCES Y FINES

ARTICULO III.A.01

Según el reglamento predio rustico son los terrenos ubicados en la zona rural dedicados a uso agrícola, pecuario, forestal y también a los eriazos, y que no estén habilitados como urbanos. Forman parte del predio rustico, la tierra, el agua y su ecosistema también las construcciones que existan.

ARTICULO III.A.02

Los terrenos eriazos, son terrenos que se encuentran sin cultivar por falta de agua. También los terrenos improductivos y terrenos ribereños al mar, se ubican de 1km a partir de la línea de la más alta marea y estos terrenos están ubicados fuera del área urbana. En este artículo también nos dice que no se considera los terrenos de forestación y las lomas dedicados a la ganadería.

ARTICULO III.A.03

Nos dice que las construcciones en instalaciones fijas y permanentes son las edificaciones en general, así como depósitos, viviendas, vías, hospitales, talleres, etc.

ARTICULO III.A.04

La plantación permanente es el conjunto de vegetales que estén en un predio rustico y que estos sean excepto de explotación económica y que se encuentren en las categorías siguientes.

-Frutales

-Otras especies, y que su producción se mantenga más de dos años.

ARTICULO III.A.05

Nos dice que las plantaciones anuales son cuyo periodo vegetativo normal es igual o menor de un año.

ARTÍCULO III.A.06

-El sistema de abastecimiento de agua, se clasifican en cuatro tipos:

a) con riego por gravedad y agua superficial.

b) con riego proveniente de bombeo de agua superficial.

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c) con riego proveniente de bombeo de agua subterránea.

d) con agua de lluvia (secano).

-Según sus niveles de altitud, los tipos son:

a) Hasta 2 000 m.s.n.m.

b) De 2 001 a 3 000 m.s.n.m.

c) De 3 001 a 4 000 m.s.n.m.

d) Más de 4 000 m.s.n.m

-En la Selva según la distancia al río o carretera, las tierras aptas para cultivos en limpio comprenden los siguientes tipos:

a) Hasta 1 Km. distancia del río o carretera.

b) Ubicadas de 1 a 2 Kms. de distancia del río o carretera.

c) Ubicadas de 2 a 3 Kms. de distancia del río o carretera.

ARTÍCULO III.A.07

El Sistema de Clasificación de Tierras según su Capacidad de Uso Mayor, está conformado por tres categorías:

Grupo de Capacidad de Uso Mayor Clase de Capacidad de Uso Mayor Subclase de Capacidad de Uso Mayor

1. Grupo de Capacidad de Uso Mayor de las tierras

Esta categoría es la más alta abstracción del Sistema, agrupa a las tierras de acuerdo a su vocación de uso, así como las tierras que presentan características en cuanto a su aptitud natural para la producción sostenible, de cultivos en limpio, cultivos permanentes.

Los cinco (05) grupos de Capacidad de Uso Mayor establecido, son:

1.1 Tierras aptas para cultivos en limpio (Símbolo A)

Son tierras que presentan características climáticas, de relieve y edáficas para la producción de cultivos en limpio que demandan remociones. Estas tierras, también pueden destinarse a otras alternativas de uso, ya sea cultivos permanentes, producción forestal.

1.2 Tierras aptas para cultivos permanentes (Símbolo C)

No dice que las tierras con características climáticas, relieve y edáficas no son favorables para la producción de cultivos que requieren la remoción periódica, pero permiten la producción de

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cultivos permanentes, ya sean arbustivos. Estas tierras, pueden destinarse, a uso ya sea producción de pastos, producción forestal.

1.3 Tierras aptas para pastos (Símbolo P) Aquí nos dice que las características climáticas, relieve y edáficas no son favorables para cultivos en limpio, ni permanentes, pero sí para la producción de pastos naturales. Estas tierras también podrán destinarse para producción forestal.

1.4 Tierras aptas para producción forestal (Símbolo F)

También las características climáticas, relieve y edáficas no son favorables para cultivos en limpio, permanentes, ni pastos, pero, sí para la producción de especies forestales maderables.

1.5 Tierras de protección (Símbolo X)

Son tierras que no reúnen las condiciones edáficas, climáticas ni de relieve mínimas requeridas para la producción sostenible de cultivos en limpio, permanentes, pastos o producción forestal. Las limitaciones de orden climático de relieve, determinan que estas tierras sean declaradas de protección. Se incluyen, los escenarios glaciáricos (nevados), formaciones líticas, tierras con cárcavas, zonas urbanas, zonas mineras.

2. CLASE DE CAPACIDAD DE USO MAYOR DE LAS TIERRAS

Representa el segundo nivel categórico del presente Sistema de Clasificación de Tierras. Un grupo de Capacidad de Uso Mayor (CUM) reúne numerosas clases de suelos que presentan una misma aptitud de uso general.También nos dice de la calidad agrológica viene a ser la síntesis de las propiedades de fertilidad, las características de relieve y que representa el resumen de la potencialidad del suelo para producir plantas específicas, se han establecido tres clases de calidad agrológica: alta, media y baja.

La clase de Calidad Alta comprende las tierras de mayor potencialidad y que requieren de prácticas de manejo de suelos de menor intensidad.

La clase de Calidad Baja reúne a las tierras de menor potencialidad, pero exigiendo mayores prácticas de manejo de suelos para la obtención de una producción económica.

La clase de Calidad Media representa a las tierras con limitaciones y exigen prácticas moderadas de manejo y conservación de suelos.

Las clases de Capacidad de Uso Mayor establecidas para cada uno de los Grupos de CUM son:

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2.1 Clases de tierras aptas para cultivos en limpio (Símbolo A)

Nos dice las siguientes clases: A1, A2 y A3. También aquí la Calidad Agrológica disminuye progresivamente de la Clase A1 a la A3

2.1.1 Calidad agrológica alta (Símbolo A1)

Aquí agrupa a las tierras de más alta calidad, sus excelentes características climáticas de relieve, permiten un amplio cuadro de cultivos, requiriendo prácticas sencillas de manejo y conservación de suelos para mantener su productividad sostenible y evitar su deterioro.

2.1.2 Calidad Agrológica Media (Símbolo A2)

También agrupa a tierras de moderada calidad para la producción de cultivos en limpio con moderadas limitaciones de orden climático, que reducen un tanto el cuadro de cultivos así como la capacidad productiva.

2.1.3 Calidad agrológica baja (Símbolo A3).

También agrupa a tierras de baja calidad, con fuertes limitaciones de orden climático, que reducen significativamente el cuadro de cultivos y la capacidad productiva. Requieren de prácticas más intensas, de manejo y conservación de suelos.

2.2 Clases de tierras aptas para cultivos permanentes (Símbolo C)

Aquí se establecen las siguientes clases: C1, C2 y C3 y también la calidad agrológica del suelo disminuye progresivamente de la clase C1 a la C3.

2.2.1 Calidad agrológica alta (Símbolo C1)

Aquí nos dice que agrupa a tierras con la más alta calidad de suelo, también se da un amplio cuadro de cultivos permanentes, como frutales principalmente. Requieren de prácticas de manejo y conservación de suelos poco intensivas para evitar el deterioro de los suelos.

2.2.2 Calidad agrológica media (Símbolo C2)

También agrupa tierras de calidad media, con limitaciones más intensas que la clase anterior de orden climático, se restringen el cuadro de cultivos permanentes. Aquí se requieren de prácticas moderadas de conservación y mejoramiento a fin de evitar el deterioro de los suelos.

2.2.3 Calidad agrológica baja (Símbolo C3)

También nos dice que agrupa tierras de baja calidad, con limitaciones severas de orden climático, y para la fijación de cultivos permanentes, requieren de la aplicación de prácticas intensas de manejo y de conservación de suelos a fin de evitar el deterioro de suelo.

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2.3 CLASE DE TIERRAS APTAS PARA PASTOS:

2.3.1 Calidad agrologica alta (símbolo P1)

En este agrupo se encuentran, las tierras de más alta calidad, para el crecimiento de pasto naturales y para eso se requiere un buen manejo de suelo para evitar el deterioro.

2.3.2 Calidad agrologica media (símbolo P2)

En este punto también se trata de agrupar las tierras de medias de calidad, para el crecimiento de pasto naturales, se requiere de la aplicación de práctica para que no se deteriore el suelo y que sea sostenible.

2.3.3 Calidad agrologica baja (símbolo P3)

En este grupo se encuentran tierras de baja calidad y con deficiencias, se requiere un manejo intenso para el suelo para que no se deteriore y produzca el crecimiento de pastos naturales

2.4 CLASES DE TIERRA APTAS PARA LA PRODUCCIÓN FORESTAL (SÍMBOLO F)

Se establecen las siguientes clases

2.4.1 Calidad agrologica alta (símbolo F1)

En este caso se encuentran tierras de alta calidad y se requiere de prácticas sencilla para el manejo del suelo, para la producción forestal bosques.

2.4.2 Calidad agrologica media (símbolo F2)

En este caso se encuentran tierras de calidad media con deficiencias climáticas, un manejo de suelo para la conservación de sus bosques, para la producción forestal.

2.4.3 Calidad agrologica baja (símbolo F3)

Se encuentran tierras de baja calidad, con fuertes limitaciones climáticas, se requiere de prácticas más intensas para estos suelos, para la producción forestal sostenible y el deterioro del suelo.

2.5 CLASES DE TIERRA DE PROTECCIÓN (SÍMBOLO X)

Estas tierras no se pueden utilizar, debido a que presentan cambios climáticos que no permiten la producción de cultivos, pastos naturales, etc

Subclase de la capacidad de uso mayor de las tierras:

La subclase agrupa tierras de acuerdo al tipo de problema en el estado que se encuentra la tierra , para el debido uso .

Características de las subclases de capacidad:

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a. Limitación de suelo (símbolo s):

Las limitaciones del suelo están dada por la deficiencia como se menciona:

La profundidad efectiva, textura domínate, presencia de grava o de piedras, salinidad. Lo cual esto no permite la sostenibilidad de las plantas, fuentes nutrientes para su desarrollo.

b. Limitación de sales (símbolo l):

El exceso de las sales un factor no efectivo, para el desarrollo de las plantas.

c. Limitación por topografía – riesgo de erosión (símbolo e):

La longitud, forma y el grado de pendiente influye mucho en la distribución de aguas de escorrentía, los grados más convenientes son determinados considerando especialmente la susceptibilidad de los suelos a la erosión.

d. Limitaciones por drenaje (símbolo w):

Relacionadas con el exceso de agua en el suelo, el causante es el nivel freático, el exceso de agua es importante en la fertilidad, la productividad de los suelos .

e. Limitación de riesgo de inundación o anegamiento (símbolo i)

Se puede encontrar dentro de la limitación de drenaje, por constituir una particularidad en ciertas regiones del país.

La inundación involucra los aspectos de frecuencia, amplitu de área inundada y duración afectando la integridad física de los suelos.

f. Limitaciones por clima (símbolo c)

Es común en tierras con potencial para cultivo, con características de cada zona vida o bioclima heladas o baja temperatura , sequias , deficiencia o exceso de lluvias .

Condiciones especiales :

g. Uso temporal (símbolo t):

Referida al uso temporal de pastos debido a las limitaciones en su crecimiento y desarrollo, por efecto de la escasa humedad.

h. Presencia de tarraceo – andenería (símbolo a):

Relacionados con la modificaciones relacionadas por el hombre, en pendientes pronunciadas construyendo terrazas (andenes), lo cual reduce la limitación por erosión del suelo y cambia el potencial original de la tierra.

ARTICULO III.A.08

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1 personas calificadas para realizar la clasificación de tierras:

Se exige el poseer un título profesional de ingeniero agrónomo con experiencia no menor de 01 año en cartografía de suelo en cualquier región del país . Donde identifique la capacidad de uso mayor del suelo.

2 del registro de personas calificadas para realizar la clasificación de tierras:

El ministerio de agricultura lleva al registro nacional de personas naturales independientes así como de personas naturales, entidades públicas y privadas en el Perú o extranjero, que realicen actividades de levantamiento de suelos y clasificaciones de tierras por su capacidad de uso mayor en el territorio nacional.

ARTICULO III.A.09

La metodología para la clasificación de suelos por su uso mayor, se encuentra establecido en el decreto supremo Nº 017-2009-AG.

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