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Taller de Trabajo de Asesores y Consultores CARACTERÍSTICAS Y AYUDAS DE LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL TUDELA, 4 de JUNIO 2014

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Page 1: Taller de trabajo asesores y consultores ponencia (1)

Taller de Trabajo de Asesores y Consultores

CARACTERÍSTICAS Y AYUDAS DE LAS EMPRESAS DE

ECONOMÍA SOCIALTUDELA, 4 de JUNIO 2014

Page 2: Taller de trabajo asesores y consultores ponencia (1)

ÍNDICE

1. PRESENTACIÓN DE ANEL.2. SERVICIOS EN CREACION DE EMPRESAS.3. CUADRO COMPARATIVO DE LAS CARACTERÍSCAS DE

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO Y SOCIEDADES LABORALES.

4. BENEFICIOS TRIBUTARIOS.5. AYUDAS PARA EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL.6. TRANSFORMACIONES Y RECONVERSIONES

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1. PRESENTACIÓN DE ANEL

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ANEL es la Asociación empresarial que agrupa a las empresas de Economía Social de Navarra, tanto

Sociedades Laborales como Cooperativas de Trabajo Asociado

MISIÓN ANEL

Representa a las empresas y promueve el modelo de empresa de Economía Social

Fomenta el crecimiento de la Economía social a Fomenta el crecimiento de la Economía social a través de la creación de empresas y la mejora de través de la creación de empresas y la mejora de la gestión, formación y cooperación empresarialla gestión, formación y cooperación empresarial

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VALORES DE LAS EMPRESAS E. SOCIAL

• ¿Los socios se necesitan? ¿Son complementarios?

• ¿Les gusta compartir? ¿Actitud hacia la entrada de nuevos socios?

• ¿Les motivan aspectos de poder, control en las decisiones, control de la empresa?

¿Qué nos tenemos que preguntar para saber si nos interesa la economía social?

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ACTIVIDAD INSTITUCIONAL

CREACIÓN DE

EMPRESAS

DESARROLLO

EMPRESARIAL

FORMACIÓN

EMPRESARIAL

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EMPRESAS ASOCIADAS

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EMPRESAS ASOCIADAS

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Servicios en el área de Creación de Empresas

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SERVICIOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS

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1. ATENCIÓN DE NUEVAS INICIATIVAS “A DEMANDA”

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2. PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO INDUCIDO

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3. COOPERATIVA DE EMPRENDEDORES

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4. TRANSFORMACIONES EMPRESARIALES

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5. RECONVERSIONES DE EMPRESAS EN CRISIS

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3. CUADRO COMPARATIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS DE

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO Y SOCIEDADES

LABORALES

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COOPERATIVAS TRABAJO ASOCIADO – SS.LL. CUADRO COMPARATIVO

COOPERATIVAS – TRABAJOASOCIADO NAVARRA (E)

SOCIEDADES LABORALES

Un socio /a un voto (Socios colaboradores,cooperativas, hasta 50% de los votos totales)

Votos en función de acciones o participaciones

Salario

Seguridad Social, elección entre:-Régimen General - Autónomos Régimen General

No regulación empleo (FOGASA) Regulación (FOGASA)

30% de Jornadas legales de los socios/as se pueden realizar por trabajadores/as fijos por cuenta ajena

15-25% horas/año (+ - de 25 socios/as trasb.)Por trabajadores/as fijos por cuenta ajena

Capital ajeno inferior al 50%No Capital ajeno/ Sí socios colaboradores y asociados/as

Mínimo tres socios. Mínimo tres socios/as

Anticipo a cuenta de Resultados

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COOPERATIVAS – TRABAJOASOCIADO

SOCIEDADES LABORALES

Nuevos socios/as – Decisión del Consejo Rector. Obligación de admitir a los trabajadores fijos con un año de antigüedad que lo soliciten

Compra – venta de acciones/participaciones

Régimen Jurídico Ley Cooperativas. Ley Foral 14/2006 de 11 de Diciembre.

Régimen Jurídico Ley SS.LL. + S.A o S. L.

Cap. Mínimo:SAL 60000€ SLL 3000€ Aportación según acciones/participaciones

Capital social mínimo 1500 €Aportación obligatoria mínima por socio...60€

Participación máxima por socio/a 25% en las de más de 10 socios/as y, en las de menos de 10 socios/as el 33% de Capital Social

Participación máxima por Socio 33%. 49,9%entidades oficiales.

Fondos obligatorios 30% al Fondo de Reserva Obligatorio y al Fondo de Educación y Promoción

10% Fondo Especial de Reserva25% si se utilizan beneficios fiscales

Impuesto de Sociedades 17% (bonificación 50% en las fiscalmente protegidas)Comunidad Foral

Impuesto de Sociedades17% Ley Comunidad Foral

COOPERATIVAS TRABAJO ASOCIADO – SS.LL. CUADRO COMPARATIVO

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COOPERATIVAS TRABAJO ASOCIADO – SS.LL. CUADRO COMPARATIVO

COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO SOCIEDADES LIMITADAS LABORALESUn socio /a un voto (Socios colaboradores, cooperativas, hasta 20% de los votos totales)

Votos en función de acciones o participaciones

Anticipo a cuenta de Resultados SalarioSeguridad Social, elección entre: Régimen General o Autónomos Régimen General o Autónomos (control efectivo)

No regulación empleo (FOGASA) Regulación (FOGASA) trabajadores RGSSMínimo tres socios. Mínimo tres socios. 30% de Jornadas legales de los socios/as se pueden realizar por trabajadores/as fijos por cuenta ajena

15-25% horas/año (+ - de 25 socios/as trasb.)Por trabajadores/as fijos por cuenta ajena

No Capital ajeno/ Sí socios colaboradores y asociados/as Capital ajeno inferior al 50%

Nuevos socios/as – Decisión del Consejo Rector. Obligación de admitir a los trabajadores fijos con un año de antigüedad que lo soliciten

Compra – venta de acciones/participaciones

Régimen Jurídico Ley Cooperativas. Ley Foral 14/2006 de 11 de Diciembre.

Régimen Jurídico Ley SS.LL. + S.A o S. L.

Participación máxima por socio/a 25% en las de más de 10 socios/as y, en las de menos de 10 socios/as el 33% de Capital Social

Participación máxima por Socio 33%. 49,9%entidades oficiales.

Capital social mínimo 1500 €Aportación obligatoria mínima por socio...60€

Cap. Mínimo SLL 3000€ Aportación según acciones/participaciones

Fondos obligatorios 30% al Fondo de Reserva Obligatorio y al Fondo de Educación y Promoción

10% Fondo Especial de Reserva25% si se utilizan beneficios fiscales

Impuesto de Sociedades 17% (bonificación 50% en las fiscalmente protegidas)Comunidad Foral

Impuesto de Sociedades 17% Ley Comunidad Foral

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TRAMITES PARA CONSTITUIR….

PARA CREAR UNA COOPERATIVA

PARA CREAR UNA SLL

1. Solicitud nombre2. Se presentan los estatutos a calificación en Registro de cooperativas. 3. Una vez que tenemos la calificación, CIF provisional en hacienda4. Ver si capitalizan, si hubiera, presentarla en INEM5. Se elevan los estatutos a escritura pública (hacer escrituras en notario). 6. IAE e ITPADJ7. Alta en Seguridad Social y contratos8. Se llevan escrituras a Registro de cooperativas9. Registrar libros en el Registro de cooperativas10. Gestión ayudas proyecto

1. Solicitud nombre2. Ver si capitalizan, si hubiera, presentarla en INEM3. Se elevan los estatutos a escritura pública (hacer escrituras en notario). 4. IPADJ y CIF5. Registro sociedades laborales6. IAE7. Alta en Seguridad Social y contratos8. Se llevan escrituras a Registro de mercantil9. Registrar Libros en el Registro mercantil10. Gestión ayudas proyecto

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4. BENEFICIOS TRIBUTARIOS

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BENEFICIOS TRIBUTARIOS SOCIEDADES LABORALES

1. Beneficios en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:

– Exención en operaciones de Constitución, Ampliación de Capital, Transformación de SAL ya existentes en SLL ó adaptación de SAL ya existentes a la nueva Ley.

– Bonificación del 99% en las siguientes operaciones:• Adquisición de Bienes y Derechos provenientes de la

empresa de la que proceda la mayoría de los socios/as trabajadores/as de la Sociedad Laboral.

• Transformación de una Sociedad en SAL o SLL o entre estas.

• Prestamos destinados a la realización de Activos fijos.

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2. Libertad de Amortización de los elementos de Inmovilizado Material e Inmaterial adquiridos durante los cinco primeros años a partir de la fecha de su calificación como laboral

3.Impuesto sobre Sociedades: 18% (Aplicable sólo a los rendimientos de explotación)

BENEFICIOS TRIBUTARIOS SOCIEDADES LABORALES

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1. Beneficios en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:

– Exención en las siguientes operaciones:• Constitución, Ampliación de Capital, Fusión y Escisión.• Constitución y cancelación de prestamos.• Adquisiciones de bienes y derechos que se integren en el Fondo de

Educación y Promoción para el cumplimiento de sus fines.2. Tributos Locales:

– Bonificación del 95% de la cuota en los siguientes tributos:• Impuesto sobre Actividades Económicas.• Contribución territorial en cuanto recae sobre unidades inmobiliarias

de naturaleza rústica

BENEFICIOS TRIBUTARIOS COPERATIVAS

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3. Libertad de Amortización de los elementos de Activo Fijo nuevo amortizable, adquiridos en el plazo de tres años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro de Cooperativas

4. Impuesto sobre Sociedades: 18% (Aplicable sólo a los resultados cooperativos)- En las Cooperativas especialmente protegidas la cuota integra esta bonificada en un 50%.

BENEFICIOS TRIBUTARIOS COPERATIVAS

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5. AYUDAS PARA EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL

5.1. CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

5.2. SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO YMEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

5.3. AYUDAS A LA SUCESIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL

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5.1. CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

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CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

1. Normativa

• Real Decreto 1.044/1985, de 19 de junio por el que se regula la prestación por desempleo en la modalidad de pago único como medida fomento empleo.

• Ley 45/2002, de 12 de diciembre de medidas urgentes de reforma del sistema de prest. desempleo y mejora de la ocupación.

• Real Decreto-Ley 2/2003, de 25 de abril de medidas de reforma económica

• Real Decreto 1.413/2005, de 25 de noviembre que modifica la Ley 45/2002

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CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

2. Quién tiene derecho a Capitalizar el Desempleo

Personas desempleadas que se incorporen de forma estable como socios/as-trabajadores/as de Sociedades Laborales y Cooperativas.

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CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

3. Cuantía

a) El importe que corresponda por la aportación obligatoria, voluntaria y cuota de ingreso que se establece en cada Cooperativa o el de adquisición de acciones/participaciones en una Sociedad Laboral necesaria para acceder a la condición de socio/a.

b) Si no se obtiene la prestación en su importe total, el importe restante se puede obtener para subvencionar la cotización del trabajador a la Seguridad Social.

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CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

4. Requisitos

a) Ser beneficiario de una “prestación contributiva por desempleo” y tener pendiente de percibir al menos 3 mensualidades.

b) No haber hecho uso de este derecho en los 4 años inmediatamente anteriores.

c) Obligación de incorporar a capital social de la empresa el importe de la capitalización en pago único. Debe realizarse en el momento de la constitución de la empresa, no se permite la ampliación del Capital Social.

d) No iniciar la actividad con anterioridad a la solicitud de la capitalización por desempleo.

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CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

5. Procedimiento de solicitud

A. Constitución de empresa

- Solicitud de capitalización antes de la firma de Escrituras de constitución.

- Se puede optar por:• Pago único (todo)• Pago único (parte)+ Devolución de cuotas (parte)

Page 33: Taller de trabajo asesores y consultores ponencia (1)

CAPITALIZACIÓN DEL DESEMPLEO

5. Procedimiento solicitud

B. Incorporación a Empresa ya constituidaa. Adquisición de acciones o participaciones sociales (Se

permite prima de emisión)Ampliación de capital socialCompra venta de acciones/participaciones

entre sociosAcciones en autocartera

Se puede optar por:• Pago único (todo)• Pago único (parte)+ Devolución de cuotas (parte)

b. Cambio de naturaleza de acciones:- Devolución de cuotas

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5.2. SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y MEJORA DE

LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES

LABORALES(Servicio Navarro de Empleo)

RESOLUCIÓN 641/2013, de 22 de abril

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AYUDAS DISPONIBLES

1) AYUDAS POR INCORPORACIÓN DE SOCIOSRESOLUCIÓN 682/2013, de 29 de abril

2) AYUDAS POR INVERSIÓN. DEROGADORESOLUCIÓN 641/2013, de 22 de abril

3) ASISTENCIAS TÉCNICAS,FOMENTO Y DIFUSION Y REALIZACION DE PROYECTOS PILOTO.

RESOLUCIÓN 416/2014 de 19 de febrero4) AYUDA A LA SUCESION EMPRESARIAL Y TRANSFORMACION DE

EMPRESAS EN ECONOMIA SOCIALRESOLUCIÓN 763/2013 de 10 de mayo.

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AYUDAS INCORPORACIÓN SOCIOS

CONCEPTO:Se trata de subvenciones para la incorporación con carácter indefinido de personas desempleadas o trabajadores con contrato de trabajo temporal como socios-trabajadores en Sociedades Anónimas Laborales y Cooperativas de trabajo asociado.La cantidad destinada a adquirir la condición de socio-trabajador tendrá que ser de al menos 500 ó 1.000 euros, según colectivo.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:La cuantía de la subvención podrá ser de: 2.000 € ,  5.000 € ó 7.000 €, en función de los colectivos marcados en la convocatoria.

PLAZO:-Altas en Seguridad Social realizadas entre el 1 de abril de 2012 y la fecha de publicación de esta convocatoria: un mes desde la publicación en el B.O.N.

-Para las altas en S.S. realizadas a partir de la fecha de publicación: tres meses desde alta en S.S.

RESOLUCIÓN DE LOS EXPEDIENTES:Se resolverán en el régimen de evaluación individualizada, es decir, siguiendo el orden de presentación.Como la partida presupuestaria es de 617.000€, es importante la presentación rápida de las solicitudes. Una vez superado el presupuesto  las solicitudes podrán atenderse con cargo al siguiente ejercicio, siempre que exista consignación presupuestaria.

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Derogado Ayudas para inversiones de Sociedades Laborales y Cooperativas de trabajo asociado.

CONCEPTO:• Se trata de subvenciones para inversiones de inmovilizado material e inmaterial.• Será necesario una inversión mínima de 6.000€, salvo para las empresas de nueva creación.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:Se subvenciona un % de la inversión.• Empresas nuevas 45% + 5% fuera Pamplona + 5% sello Moderna• Empresas ya constituidas 35% + 5% fuera Pamplona + 5% sello Moderna

que puede ser complementado en función de unos requisitos marcados en la convocatoria.• En todo caso, la subvención concedida no podrá superar los 50.000€ anuales, ni el 50% de la inversión sin

que, a su vez, ésta cantidad exceda el minimis disponible de cada empresa. PLAZO:• Un mes a partir de la fecha del pago de la última factura, no pudiendo mediar más de seis meses entre la

primera y la última factura.

RESOLUCIÓN DE LOS EXPEDIENTES:• Se resolverán en el régimen de evaluación individualizada, es decir, siguiendo el orden de presentación.• Como la partida presupuestaria es de 500.000€, es muy importante la presentación rápida de las solicitudes.

Una vez superado el presupuesto  las solicitudes podrán atenderse con cargo al siguiente ejercicio, siempre que exista consignación presupuestaria.

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3) ASISTENCIAS TÉCNICAS , FOMENTO Y DIFUSION Y REALIZACION PROYETOS PILOTO OBJETO DE SUBVENCIÓN

Regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones para apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de empresas de la economía social.Estudio de Viabilidad, organización, comercialización, diagnosis y otros de naturaleza análoga..Asesoramiento de gestión empresarial de carácter extraordinario..Contratación indefinida de directores y gerentes..Búsqueda de ideas de negocioCUANTIA DE SUBVENCIÓNHasta el 60% del coste para empresa hasta 10 personas trabajadoras y 50%

para empresas de más de 10 trabajadores con un max de 15.000PLAZOSHasta el 25 de marzo.

ASISTENCIAS TÉCNICAS

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4) ACTIVIDADES DE FORMACIÓN, FOMENTO Y DIFUSIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL

• FORMACIÓN

• FOMENTO

• DIFUSIÓN

OTRAS AYUDAS A ASOCIACIONES

Page 40: Taller de trabajo asesores y consultores ponencia (1)

5.3. AYUDAS A LA SUCESIÓN y TRANSFORMACION EMPRESARIAL EN

EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL

(Servicio Navarro de Empleo)

RESOLUCIÓN 763/2013, de 10 de mayo,

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CONCEPTO:•Sucesión: Se trata de subvenciones para personas físicas que se incorporen como socios – trabajadores en Sociedades A. Laborales y Cooperativas de trabajo asociado que lleven al menos un año en funcionamiento a partir de la fecha de alta de la empresa en el I.A.E.

•Transformación: Se trata de subvenciones para personas físicas que hayan adquirido la condición de socio – trabajador en Sociedad A. Laboral o Cooperativa de trabajo asociado al cambiar de forma jurídica en la empresa que trabajan.

•En ambos casos, será necesario una aportación mínima de 3.000€.

AYUDAS A LA SUCESIÓN y TRANSFORMACION de EMPRESAS en EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL

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AYUDAS A LA SUCESIÓN y TRANSFORMACION de EMPRESAS en EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:• Se subvenciona un 30% de la cantidad destinada a adquirir la

condición de socio-trabajador con un límite de 6.000€.• Si la persona ha capitalizado el desempleo, esta cantidad no se

tendrá en cuenta a efectos del cálculo de la ayuda.PLAZO:• Socios  con fecha de incorporación entre el 1 de enero de 2013 y la

fecha de publicación: un mes desde la publicación en el B.O.N.• Socios incorporados a partir de la publicación en el B.O.N.: tres

meses a partir del alta como socio-trabajador.RESOLUCIÓN DE LOS EXPEDIENTES:• Se resolverán en el régimen de evaluación individualizada, es decir,

siguiendo el orden de presentación.• Como la partida presupuestaria es de 170.000€, es importante la

presentación rápida de las solicitudes. Una vez superado el presupuesto  las solicitudes podrán atenderse con cargo al siguiente ejercicio, siempre que exista consignación presupuestaria.

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7. TRANSFORMACIONES Y RECONVERSIONES

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SOCIEDAD MERCANTIL a S.L.L. ó S. COOP.

Determinadas circunstancias:• Sucesión/continuidad: jubilación o agotamiento del empresario/a• Crisis económica: pérdidas, problemas de liquidez• Necesidad de implicación de sus trabajadores/as para su viabilidad

TRANSFORMACIÓN A SOCIEDAD LABORAL Ó COOP.

RECONVERSIÓN A NUEVA SOCIEDAD LABORAL Ó COOP.

TRANSFORMACIONES Y RECONVERSIONES (I)

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TRANSFORMACIONES Y RECONVERSIONES (II)

- Pueden participar los socios/as anteriores

- No pueden participar los socios/as anteriores

- Se realizan compra/ventas y modificaciones de estatutos

- Se crea una nueva sociedad

- Continuar la misma empresa con estatutos modificados

- Hay que evitar continuidad o subrogación de la empresa anterior

AYUDAS

NO Capitalización SI

NO Incorpora. socios SI

SI Inversión SI

SI Asistencia técnicas SI

TRANSFORMACIONES RECONVERSIONES

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PAMPLONA: Calle Río Alzania, 29, 1ª planta. Tel.: 948.24.04.00, Fax: 948.23.91.77

[email protected]: Oficina en Dpto. Industria Ayto. de Tudela

Teléfono: [email protected]

www.anel.es