suspensión del contrato de trabajo ii
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7/25/2019 Suspensin Del Contrato de Trabajo II
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SUSPENSIN DEL CONTRATO DE TRABAJO
CONCEPTO.- Es la facultad que tienen los empleadores ytrabajadores de dejar sin efecto y en forma temporal las labores
contractuales sin que ello signique el rompimiento del vinculo
laboral.
SUSPENSIN PERFECTA.- Se dice cuando cesan temporalmente lasobligaciones y derechos tanto del trabajador como del empleador,
esta suspensin incide en el no pago de la remuneracin y en el
cmputo de inasistencias a tomarse en cuenta en benecios sociales
relacionados al tiempo de servicios.
SUSPENSIN IMPERFECTA.- En este tipo de suspensin a pesar decesar temporalmente la obligacin del trabajador, se mantiene la
obligacin del empleador a seguir abonando la remuneracin.
CAUSAS DE SUSPENSIN.-
1. Invalide temporal por incapacidad.
!. "a enfermedad y el accidente comprobados.
#. "a maternidad durante el descanso pre y post natal.
$. %escanso vacacional.
&. "icencias para desempe'ar cargo c(vico como para cumplir con
el servicio militar.
). El permiso y la licencia para el desempe'o de cargos
sindicales .
*. Sanciones disciplinarias impuestas por el empleador.
+. El ejercicio del derecho de huelga.
. "a detencin del trabajador por autoridad judicial y policial.
1-. "a inhabilitacin administrativa o judicial por per(odo
no mayor de tres meses.
11. El permiso o licencia concedidos por el empleador.
1!. El caso fortuito y fuera mayor.
1#. or adopcin /#- d(as0.
1$. aternidad /$ d(as0.
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1&. tros establecido por norma e2presa.
LA EXTINCIN DEL CONTRATO DE TRABAJO
"a doctrina nos reere que es el acto por el cual, concluye o se
disuelve el v(nculo laboral entre el empleador y el trabajador, la
misma que puede ser promovida por dedicin de cada una de las
partes.
CAUSAS DE LA EXTINCIN DEL CONTRATO DE TRABAJO
1. or fallecimiento del empleador o del trabajador si es persona
natural
!. or renuncia o retiro voluntario del trabajador.
#. or terminacin de obra o servicio, el cumplimiento de la
condicin resolutoria y el vencimiento del plao en los contratos
legalmente celebrados bajo modalidad.
$. El mutuo disenso.
&. or invalide absoluta permanente.
). or jubilacin forosa.
LA EXTINCIN DEL CONTRATO POR DESPIDO
1. ara el despido de un trabajador sujeto r3gimen de la actividad
privada es indispensable la e2istencia de causa justa
contemplada en la "ey y debidamente comprobada.
2. CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO RESPCTO A LA CAPACIDAD
A. El detrimento de la facultad f(sica y mentaldel trabajador ola ineptitud sobre venida, determinante para el desempe'o
de sus tareas.B. 4endimiento deciente en relacin con la capacidad del
trabajador y con el rendimiento promedio en labores y bajo
condiciones similares.C. "a negativa injusticada del trabajador a someterse a
e2amen previo convenido o establecido por "ey.
3. CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO RESPECTO A LA CONDUCTAA. 5omisin de falta graveB. "a condena penal por delito doloso
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C. "a inhabilitacin del trabajador
4. Falta gra!Es la infraccin del trabajador frente a los deberes esenciales
que emanan del contrato que haga irraonable la subsistencia
de la relacin laboral.Son faltas graves
". M#
R!la$%&'a(a) $&' la $a*a$%(a( (!l tra+a,a(&r.-
5uando e2iste detrimento f(sico y mental para el
desempe'o de las actividades contractuales.
El rendimiento deciente en relacin con la
capacidad del trabajador.
"a negativa injusticada del trabajador a someterse
a e2amen m3dico.
R!la$%&'a(a) $&' la $&'($ta (!ltra+a,a(&r.
Falta gra!.- Son la graves infracciones cometidos por eltrabajador que hacen irraonable la subsistencia de la relacin
laboral entre ellos.
6alta grave es la infraccin por el trabajador de los deberes esenciales
que emanan del contrato, de tal (ndole, que haga irraonable la
subsistencia de la relacin. Son faltas graves7
a0 El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el
quebrantamiento de la buena fe laboral, la reiterada resistencia a las
rdenes relacionadas con las labores, la reiterada paraliacin
intempestiva de labores y la inobservancia del 4eglamento Interno de
8rabajo o del 4eglamento de Seguridad e 9igiene Industrial,
aprobados o e2pedidos, seg:n corresponda, por la autoridad compe;
tente que revistan gravedad.
"a reiterada paraliacin intempestiva de labores debe ser vericada
fehacientemente con el concurso de la
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b0 "a disminucin deliberada y reiterada en el rendimiento de las
labores o del volumen o de la calidad de produccin, vericada
fehacientemente o con el concurso de los servicios inspectivos del
?inisterio de 8rabajo y romocin Social, quien podr= solicitar el
apoyo del sector al que pertenece la empresa>c0 "a apropiacin consumada o frustrada de bienes o servicios del
empleador o que se encuentran bajo su custodia, as( como la
retencin o utiliacin indebidas de los mismos, en benecio
propio o de terceros, con prescindencia de su valor>
d0 El uso o entrega a terceros de informacin reservada del
empleador> la sustraccin o utiliacin no autoriada de
documentos de la empresa> la informacin falsa al empleador
con la intencin de causarle perjuicio u obtener una ventaja> yla competencia desleal>
e0 "a concurrencia reiterada en estado de embriague o bajo
in@uencia de drogas o sustancias estupefacientes, y aunque no
sea reiterada cuando por la naturalea de laf uncin o del
trabajo revista e2cepcional gravedad. "a autoridad policial
prestar= su concurso para coadyuvar en la vericacin de tales
hechos> la negativa del trabajador a someterse a la prueba
correspondiente se considerar= como reconocimiento de dicho
estado, lo que se har= constar en el atestado policial respectivo>
f0 "os actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faAamiento
de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, de sus
representantes, del personal jer=rquico o de otros trabajadores,
sea que se cometan dentro del centro de trabajo o fuera de 3l
cuando los hechos se deriven directamente de la relacin
laboral. "os actos de e2trema violencia tales como toma de
rehenes o de locales podr=n adicionalmente ser denunciados
ante la autoridad judicial competente>
g0 El da'o intencional a los edicios, instalaciones, obras,
maquinarias, instrumentos, documentacin, materias primas y
dem=s bienes de propiedad de la empresa o en posesin de
3sta>
h0 El abandono de trabajo por m=s de tres d(as consecutivos, las
ausencias injusticadas por m=s de cinco d(as en un per(odo de
treinta d(as calendario o m=s de quince d(as en un per(odo de ciento
ochenta d(as calendario, hayan sido o no sancionadas
disciplinariamente en cada caso, la impuntualidad reiterada, si ha
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sido acusada por el empleador, siempre que se hayan aplicado
sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y
suspensiones.
a0 El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone
el quebrantamiento de la buena fe laboral.
b0 "a apropiacin consumada o frustrada de los bienes o
servicios del empleador que se encuentres bajo su custodia o
retencin, o utiliacin indebida de los mismos con
prescindencia de su valor.
c0 "a entrega a terceros de informacin reservada o
sustraccin y utiliacin no autoriada de documentos con la
intensin de causar perjuicio B obtener ventaja y la competencia
desleal.
d0 "a concurrencia al centro de trabajo en estado de
embriague o bajo la in@uencia de drogas o sustancias
estupefacientes.
d0
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El empleador a afectos de despedir al trabajador ya sea por causa
relacionada con su capacidad o conducta otorgar= un plao raonable
no menor de seis d(as naturales para que pueda defenderse indicando
los cargos que se le formula, inclusive le podr= e2onerar de asistir al
centro de trabajo para ejercitar su defensa, sin embargo abonar= suremuneracin, en caso satisfaga el descargo el trabador seguir=
laborando en caso contrario le comunicar= el despido por escrito, si el
trabajador se niega a recibirla, remitir= por carta notarial B jue de
pa o la polic(a.
El plao para que accione el trabajador judicialmente es de treinta
naturales de producido el hecho.