supertintendencia nacional de salud … · el anterior objetivo será evaluado en relación con las...

103
SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA INFORME DE INTERVENTORIA RISARALDA INTERVENTORIA CONSORCIO C&M – BDO – 2011, PARA ANALIZAR LAS CONDICIONES EN QUE SE CONTRATÓ LA CONCESION PARA LA OPERACIÓN DEL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES O CHANCE DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA, LA ADECUACION DE LAS MISMAS AL REGIMEN PROPIO DE MONOPOLIO, LA FORMA COMO EL CONCEDENTE MANEJA LOS RECURSOS GENERADOS POR LAS EXPLOTACIONDEL JUEGO, LA EFICIENCIA Y EFICACIA EN EL GIRO DE LOS MISMOS Y EN GENERAL DE LA EXPLOTACION DEL JUEGO, ASI COMO EL DE FORMULAR RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL DESVIO DE RECURSOS HACIA FINES DISTINTOS DE LA SALUD. Bogotá D.C., 03 de Febrero de 2012

Upload: buinhi

Post on 06-Oct-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

INFORME DE INTERVENTORIA

RISARALDA

INTERVENTORIA CONSORCIO C&M – BDO – 2011, PARA ANALIZAR LAS CONDICIONES EN QUE SE CONTRATÓ LA CONCESION PARA LA OPERACIÓN DEL JUEGO DE APUESTAS PERMANENTES O CHANCE DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA, LA ADECUACION DE LAS MISMAS AL

REGIMEN PROPIO DE MONOPOLIO, LA FORMA COMO EL CONCEDENTE MANEJA LOS RECURSOS GENERADOS POR LAS EXPLOTACIONDEL JUEGO, LA EFICIENCIA Y EFICACIA EN EL GIRO DE LOS MISMOS Y EN GENERAL DE LA EXPLOTACION DEL JUEGO, ASI COMO EL DE FORMULAR

RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL DESVIO DE RECURSOS HACIA FINES DISTINTOS DE LA SALUD.

Bogotá D.C., 03 de Febrero de 2012

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

2

TABLA DE CONTENIDO

PAGINA

I. OBJETIVO GENERAL DE LA INTERVENTORIA

7

II. MARCO LEGAL

8

III. LIMITACIONES AL ALCANCE

9

IV. DESARROLLO DE LA INTERVENTORIA

10

INFORME CON DESTINO AL CONCEDENTE

10

1. ETAPA PRECONTRACTUAL DE LA CONCESIÓN

10

1.1. Objetivo de la etapa precontractual

10

1.2. Verificación contratación del estudio de mercado en la respectiva jurisdicción

10

1.3. Verificación etapas propias del proceso de selección

16

1.4. Experiencia del contratista seleccionado

17

1.5. Verificación y evaluación del estudio de mercado contratado o realizado por la entidad concedente

18

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

3

PAGINA

1.6. Tamaño del mercado físico y monetario de los juegos de suerte y azar del juego de apuestas permanentes o chance

20

1.7. Determinación mensual y/o anual del valor de los derechos de explotación

20

1.8. Perfiles de los compradores de juegos de suerte y azar

22

1.9. Mercado potencial de los juegos de suerte y azar apuestas permanentes o chance de la entidad

territorial

22

1.10. Mercado formal e informal de los juegos de suerte y azar de apuestas permanentes o chance

23

1.11. Proceso de recolección de información

23

1.12. Contratación de la concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance

27

1.13. Verificación de términos generales, cumplimiento de las etapas propias del proceso de selección

utilizado

28

INFORME CON DESTINO AL CONCESIONARIO

49

2. ESTIPULACIONES PROPIAS DEL CONTRATO DE CONCESIÓN

49

2.1. Objetivo de las estipulaciones propias del contrato de concesión 49

2.2. Constitución garantía única de cumplimiento

49

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

4

PAGINA

2.3. Verificación de los derechos de explotación ajustados al estudio de mercado

50

2.4. Relación de sumas ingresos distintos a derechos de explotación

50

2.5. Supervisión sobre la correcta ejecución del contrato e inclusión de régimen de multas

52

2.6. Revisión de estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación y su adecuación a las

disposiciones del régimen propio del monopolio

53

2.7. Revisión de estipulaciones relativas al pago de premios

53

3. EJECUCION DEL CONTRATO DE CONCESION

53

3.1. Objetivo sobre la ejecución del contrato de concesión

53

3.2. Constitución y aprobación de la garantía única y de cumplimiento

54

3.3. Verificación de la oportunidad y cumplimiento de la liquidación y pago de los derechos de explotación y

gastos de administración

54

3.4. Verificación del diligenciamiento del registro diario de apuestas permanentes

54

3.5. Realización de escrutinios

55

3.6. Realización sorteos adicionales e incentivos al juego de apuestas permanentes o chance

56

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

5

PAGINA

3.7. Reserva para el pago de premios

57

3.8. Distribución geográfica de las agencias y puntos de venta

57

3.9. Sistematización en línea y tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance

59

3.10. Pago de premios y atención de quejas y reclamos de los apostadores

65

3.11. Numero de terminales autorizadas y la conexión de las mismas en línea

65

3.12. Políticas y estrategias de comercialización de los juegos de apuestas permanentes o chance

66

3.13. Control interno aplicado por el concesionario

66

3.14. Procedimiento de control aplicados por el concesionario en el suministro de talonarios

67

3.15. Procedimiento aplicados por el concesionario para los talonarios perdidos y/o anulados

68

3.16. Políticas del manejo de inventario de talonarios

68

3.17. Políticas y procedimiento de vinculación de colocadores a la red de comercialización

69

3.18. Aperturas y/o expansión de agencias y puntos de venta

69

3.19. Verificación de licencias para agencias y/o puntos de venta

70

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

6

PAGINA

3.20. Verificación del flujo de formularios oficiales

70

3.21. Ingresos brutos diarios del concesionario y cantidad de formularios utilizados

70

3.22. Funciones de supervisión sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y giro oportuno y

efectivo de los recursos

71

3.23. Costo de la operación y administración del juego

78

4. HALLAZGOS Y PROPUESTAS PARA MEJORAR LA EXPLOTACION DE JUEGO – CONCESIONARIO

78

5. ANEXOS

88

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

7

I. OBJETIVO GENERAL DE LA INTERVENTORIA

1. OBJETIVO GENERAL DE LA INTERVENTORIA

Analizar las condiciones en que se contrataron las concesiones para la operación del juego de apuestas permanentes o chance la adecuación de las mismas al régimen propio del monopolio; la forma como las entidades concedentes manejan los recursos generados por la explotación del juego, la eficiencia y eficacia en el giro de los mismos al sector salud, los costos de administración de dichos recursos y, en general, de la explotación del juego, así como, formular recomendaciones para evitar el desvío de recursos hacia fines distintos de la salud, en el evento de presentarse tal situación, y evaluar el cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios y concedentes en lo relacionado con lo dispuesto por el decreto n° 4867 de 2008 y demás normatividad vigente, respecto de la conectividad en línea y tiempo real de las operaciones de venta de las apuestas permanentes en los departamentos seleccionados. El anterior objetivo será evaluado en relación con las concesiones de apuestas permanentes y juegos de azar de los siguientes departamentos:

− Risaralda − Caldas − Norte de Santander − Sucre − Amazonas − Arauca

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

8

II. MARCO LEGAL

En el marco de lo establecido en el Artículo 5o del Decreto N° 3535 de 2005, la Superintendencia Nacional de Salud, contrato a través de un proceso de licitación pública, la Interventoría que para analicen las condiciones en que se ha contratado la concesión del Juego de Apuestas Permanentes o Chance, si ellas se ajustaron a las exigencias legales, la forma como las entidades concedentes manejan los recursos generados por la explotación del juego, los costos de dicha operación y los giros que realizan a los fondos territoriales de salud. La Interventoría como resultado de sus análisis formulará recomendaciones para prevenir las posibles desviaciones de los recursos hacia fines distintos de la salud.

De otra parte, de conformidad con el Decreto N° 1018 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud adelanta la inspección, vigilancia y control sobre la liquidación, recaudo, transferencia, giro y destinación de los recursos de los monopolios de juegos de suerte y azar.

Adicionalmente la interventoria consulto, la normatividad que a continuación relacionamos con el propósito de verificar la aplicación de las mismas, en relación al juego de apuestas permanentes o chance:

• Ley 80 de 1993 • Ley 643 de 2001 • Decreto 493 de Marzo 22 de 2001 • Decreto 2170 de Septiembre 30 de 2002 • Circular única Superintendencia Nacional de Salud, título III • Convenios y contratos interadministrativos en el Decreto 222 de 1983 • Decreto 3535 de octubre 2005 • Decreto 4643 de Dic. 2005 • Decreto 4867 Dic. 30 de 2008 • Ley 1393 de julio 2010

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

9

III. LIMITACIONES AL ALCANCE

1. LIMITACIÓN AL ALCANCE DE LA AUDITORÍA

Se han desarrollado una serie procedimientos bajo el encargo de interventoria; quedando pendiente actividades que no pudieron ser desarrolladas debido a la falta de entrega de información por parte del condecente Lotería de Risaralda. Como resultado de la imposibilidad de efectuar ciertas pruebas de verificación y cruce de información, se presenta una situación que conlleva a limitaciones importantes al alcance del trabajo de los Interventores, como quiera que posibles asuntos importantes podrían ser identificados de haberse completado el 100% de la interventoria a la fecha de este informe. Por lo anterior será necesario dejar estas manifestaciones que afectan el alcance del trabajo incluidas en los informes de la interventoria sobre las tareas asignadas en el contrato número 184 Consorcio C&M BDO. (Ver Sección IV numeral 4 Hallazgos y recomendaciones del presente informe). No nos fue suministrada la siguiente información: ETAPA PRECONTRACTUAL: - Soportes de la propuesta de Alma Mayer a la lotería de Risaralda como licitante para desarrollar el estudio de mercado. - Aunque se presentan resultados sobre una encuesta aplicada y los lineamientos metodológicos empleados, no se nos suministró el formulario

empleado para la encuesta de mercado, ni los formularios diligenciados, la base de datos correspondiente se encuentra incompleta ya que no está en su totalidad comentariada.

- No nos fue suministrada la documentación del procedimiento de distribución de la muestra municipal en el estudio de mercado. - No se cuenta con el formulario empleado para la encuesta. - No se tuvo acceso a la cartografía empleada para el diseño muestral, no está documentado cuantos lados de manzanas y número de hogares

fueron seleccionados en las etapas del diseño de la muestra.

- Diccionario de la base de datos

Para efectos de la presentación del informe de interventoria, no nos fue posible verificar la etapa contractual de los estudios de mercado soportados con la documentación antes relacionada y el estudio de mercado.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

10

IV. DESARROLLO DE LA INTERVENTORIA

INFORME CON DESTINO AL CONCEDENTE

1. ETAPA PRECONTRACTUAL DE LA INTERVENTORIA

1.1. Objetivo de la etapa contractual

Analizar el proceso que tuvo por objeto la selección del contratista encargado de realizar el estudio de mercado previo al proceso licitatorio que culminó con la suscripción del contrato de concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial y, establecer la adecuación del mismo a las disposiciones de la ley 80 de 1993 y del régimen propio del monopolio.

1.2. Verificación contratación del estudio de mercado en la respectiva jurisdicción

Verificamos la elaboración de los estudios previos de que trata el Art. 8º del decreto 2170 de 2002, en desarrollo de lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, en los cuales se analice la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación de que se trate, que tendrán lugar de manera previa a la apertura de los procesos de selección.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Estudios previos fecha de elaboración (08-04/2008); con todas sus etapas:

− Descripción de la necesidad. − Descripción del objeto. − Modalidad de selección.

OBSERVACIONES:

Verificada y leída la información se evidencia un correcto procedimiento acorde al objetivo. Este estudio se hizo mediante CONVENIO INTERADMINISTRATIVO, entre la Lotería de Risaralda y la universidad Tecnológica de Pereira.

La Ley 643 de 2001 en el artículo 1° definió la facultad exclusiva del Estado para explotar, organizar, administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar, y para establecer las condiciones en las cuales los particulares pueden operarlos. Actividad que debe respetar el interés público y social y con fines de arbitrio rentístico a favor de los servicios de salud.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

11

El artículo 7° de la misma Ley, establece la operación por intermedio de terceros, de los juegos de apuestas permanentes –chance-, en virtud de autorización, mediante contrato de concesión en los términos de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 066 de 2008 siendo la renta del monopolio los derechos de explotación por la operación del juego que debe pagar el operador, cifra extraída del estudio de mercado a realizarse.

El Departamento de Risaralda, a través de la Lotería del Risaralda, entregó a un tercero la operación del juego de Apuestas Permanentes o Chance, a través de selección mediante licitación pública, y por un plazo de cinco años.

LEY 80 DE 1993 Artículo 25 CUMPLE SI/NO

Numeral 7° La conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso.

SI

Numeral 12

Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y Los pliegos de condiciones o términos de referencia. La exigencia de los diseños no regirá cuando el objeto de la contratación sea la construcción o fabricación con diseños de los proponentes.

SI

Comprobamos que el acto que ordena la apertura de la licitación o concurso de méritos este debidamente motivado y que los pliegos de condiciones o términos de referencia se hayan elaborado de acuerdo con lo previsto en el numeral 5º, Artículo 24 de la Ley 80 de 1993.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Resolución No. 137 del 7 de abril de 2008 “por medio del cual se justifica una contratación directa”. 2. Catálogo único de bienes y servicios – CUBS (08-04/2008). 3. Certificado de disponibilidad presupuestal No. 000166 (08-04/2008). 4. Certificado de conveniencia y oportunidad fecha de elaboración (08-04/2008), con todas sus etapas y/o componentes:

− Justificación. − Conveniencia y oportunidad. − Certificación. − Estudio técnico.

OBSERVACIONES:

Como es un CONVENIO INTERADMINISTRATIVO, se procede a requerir y revisar el acto administrativo que faculta al Representante Legal de la Lotería de Risaralda, para poder hacer este tipo de contratos, se verifica el Acuerdo No. 001 de Enero 8 de 2008 “por medio del cual se conceden facultades para la celebración de contratos en la Lotería del Risaralda”, con resultado satisfactorio.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

12

HALLAZGO: se encuentra que la resolución no. 137 (07-04/2008); por medio del cual se justifica una contratación directa, quedo antes de la elaboración de los estudios previos (08-04/2008). ver hallazgo en la sección iv numeral 4.

Comprobamos que los pliegos de condiciones o términos de referencia se han elaborado conforme a los planes institucionales, y que las especificaciones técnicas contengan la información básica del servicio a adquirir de manera que no estén direccionados a contratar exclusivamente con un determinado oferente, descartando la posibilidad de adjudicación a los demás integrantes del proceso.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Acuerdo No. 001 de Enero 8 de 2008 “por medio del cual se conceden facultades para la celebración de contratos en la Lotería

del Risaralda”.

OBSERVACIONES:

En el Certificado de Conveniencia y oportunidad (08-04/2008); en el componente de Certificación se relaciona los proveedores del objeto a contratar, los cuales fueron dos: − ALMA MATER (Bogotá DC), valor propuesta $100’000.000; no garantiza el 100% de los requerimientos. − UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PEREIRA, valor propuesta $90’000.000; garantiza el 100% de los requerimientos.

En los documentos recibidos no está la propuesta de ALMA MATER, la Lotería de Risaralda no lo suministró.

Revisamos las actas de la Audiencia de aclaración y precisión de los pliegos y con base en lo reflejado en éstas, analice los adendas expedidas, determinando que no tengan como fin favorecer intereses particulares sino los generales, de tal manera que se garantizara el cumplimiento de los principios rectores de la contratación pública.

OBSERVACIONES:

En este caso como se trata de un Convenio interadministrativo, no hay actas de audiencia.

Con base en los estudios y evaluaciones realizadas a las propuestas por la entidad, analizamos las actas de las Juntas o comité de adjudicación de manera que contengan las decisiones administrativas que fundamentan la escogencia del contratista y sean acordes a los mismos.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

13

OBSERVACIONES:

En el certificado de conveniencia y oportunidad cuya fecha de elaboración (08-04/2011), en el componente “certificación”; se analizan las dos propuestas y se llega a la conclusión que el valor del objeto a contratar más conveniente es con la Universidad Tecnológica de Pereira por la suma de $90’000.000. Verificamos que los plazos y términos establecidos en los pliegos de condiciones o términos de referencia se hayan cumplido conforme a lo estipulado.

OBSERVACIONES:

DOCUMENTO FECHA CUMPLE SI/NO

Acuerdo No. 001 08-01/2008 SI Resolución No. 137 07-04/2008 SI Estudios previos 08-04/2008 SI Catálogo único de bienes y servicios – CUBS 08-04/2008 SI Certificado de disponibilidad presupuestal No. 000166 08-04/2008 SI Certificado de conveniencia y oportunidad 08-04/2008 SI

Verificamos que los proponentes que participaron en la licitación o concurso no hayan incurrido en las causales de inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley 80 de 1993.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. www.procuraduria.gov.co 2. www.contraloria.gov.co

OBSERVACIONES:

Como se mencionó anteriormente este proceso se hizo mediante contratación directa, con la figura de CONVENIO INTERADMINISTRATIVO; se hicieron consultas de precios de mercado durante los meses de febrero, marzo y abril de 2008 y se obtuvo dos personas jurídicas que poseen experiencia, las cuales fueron: − ALMA MATER (Bogotá DC), valor propuesta $100’000.000; no garantiza el 100% de los requerimientos. − UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PEREIRA, valor propuesta $90’000.000; garantiza el 100% de los requerimientos.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

14

Se hizo consulta de antecedentes fiscales y disciplinarios en las páginas web de la Contraloría General de La República y la Procuraduría General de la Nación a las personas que intervienen en la firma del presente Convenio Interadministrativo. Verificamos cuando haya declaratoria desierta de la licitación o concurso, que haya sido únicamente por motivos o causas que hayan impedido la escogencia objetiva del contratista y que el acto administrativo que la declara esté debidamente motivado, detallando expresamente las razones que hayan impulsado tal decisión. Lo anterior, con el fin de verificar cualquier abuso o arbitrariedad.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: NO APALICA, HUBO CONTRATACION DIRECTA

OBSERVACIONES:

NO APLICA

Comprobamos y verificamos la intervención de la Oficina de Control Interno dentro de los procesos de contratación, a la luz de las facultades otorgadas en la Ley 87 de 1993 y Art. 65 de la Ley 80 de 1993.

OBSERVACIONES:

HALLAZGO: En los documentos revisados de la carpeta que contiene todo el proceso del CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 03 DE 2008, suscrito entre la Lotería de Risaralda EICE del orden departamental y la Universidad Tecnológica de Pereira, así como la consulta realizada al Doctor John Mario Moncada Cano Jefe Comercial e Interventor (E) de la Lotería de Risaralda; no se evidencia ninguna participación de la oficina de Control Interno, ver hallazgo en la sección IV numeral 4.

LEY 80 DE 1993 Artículo 65 CUMPLE SI/NO

DE LA INTERVENCION DE LAS AUTORIDADES QUE EJERCEN CONTROL FISCAL. La intervención de las autoridades de control fiscal se ejercerá una vez agotados los trámites administrativos de legalización de los contratos. Igualmente se ejercerá control posterior a las cuentas correspondientes a los pagos originados en los mismos, para verificar que éstos se ajustaron a las disposiciones legales.

Una vez liquidados o terminados los contratos, según el caso, la vigilancia fiscal incluirá un control financiero, de gestión y de resultados, fundados en la eficiencia, la economía y la equidad.

El control previo administrativo de los contratos le corresponde a las oficinas de control interno.

Las autoridades de control fiscal pueden exigir informes sobre su gestión contractual a los servidores públicos de cualquier orden.

NO

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

15

Verificamos y evaluamos el cumplimiento de los requisitos previstos en los pliegos de condiciones por parte del contratista que resultó favorecido en el respectivo proceso de selección.

OBSERVACIONES:

DOCUMENTO FECHA

dd-mm/aaaa CUMPLE SI/NO

Acuerdo No. 001 08-01/2008 SI Propuesta técnica y económica de la U.T.P. -02/2008 SI Resolución No. 07 23-11/2005 SI Fotocopia de cédula del representante legal U.T.P. SI NIT U.T.P. SI RUT U.T.P. SI Certificación Viceministerio de Educación 15-07/2007 SI Certificado de facultades otorgadas al representante legal de la U.T.P. 14-03/2008 SI Certificado de pago al día de aportes parafiscales, salud, pensión y riesgos profesionales -03/2008 SI Estudios previos 08-04/2008 SI Catálogo único de bienes y servicios – CUBS 08-04/2008 SI Certificado de registro de precio temporal-SICE No. T-2913055 SI Resolución No. 137 07-04/2008 SI Certificado de disponibilidad presupuestal No. 000166 08-04/2008 SI Certificado de conveniencia y oportunidad fecha de elaboración 08-04/2008 SI Contrato Interadministrativo No. 03, suscrito entre la Lotería de Risaralda EICE y la Universidad Tecnológica de Pereira-U.T.P.

2008 SI

Primera modificación al Contrato Interadministrativo No. 03 de 2008. Se modifica la CLAUSULA SEXTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: Los pagos serían respectiva mente 1. $50.000.000; 2. $30.000.000 y 3. $10.000.000. De acuerdo a esta modificación serán: 1. $45.000.000; 2. $35.000.000 y 3. $10.000.000, una vez la Superintendencia Nacional de Salud apruebe definitivamente el estudio de mercado remitido por la Lotería del Risaralda.

16-04/2008 SI

Segunda modificación al Contrato Interadministrativo No. 03 de 2008. Se modifica la CLAUSULA OCTAVA: DURACION: Será de dos mese y no de tres meses como se había escrito y se adiciona el contrato con la CLAUSULA DECIMA QUINTA: Constitución de póliza por el 100% del anticipo ($45.000.000)

22-04/2008 SI

Registro presupuestal No. 000260 30-04/2008 SI Resolución OFJ No. 019 “por medio de la cual se aprueba una garantía única” 06-05/2008 SI Póliza de garantía única de seguros de cumplimiento No. GU020640 06-05/2008 SI Acta de inicio Contrato Interadministrativo No. 03 de 2008 06-05/2008 SI

Para efectos de la contratación directa se registra la Resolución No. 137, no hay claridad ya que en la revisión hecha a la carpeta donde están archivados todos los documentos que tiene relación con el Contrato Interadministrativo No. O3/2008, está incompleta la Resolución No. 148 (09-04/2008) la cual tiene el mismo concepto de la Resolución No. 137 (07-04/2008); para dar claridad a esta observación a continuación escribo el concepto: “POR MEDIO DEL CUAL SE JUSTIFICA UNA CONTRATACION DIRECTA”.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

16

HALLAZGO: a nivel general la información recibida por parte de la entidad concedente en este caso la lotería del Risaralda; esta en desorden, se evidencia que la entidad no aplica la ley 594 de julio 14 de 2000 “por medio de la cual se dicta la ley general de archivos y se dictan otras disposiciones”, ver hallazgo en la sección iv numeral 4.

Mediante conversación telefónica del día 16 de diciembre de 2011, con la Doctora LUZ ADRIANA RESTREPO RAMIREZ, Gerente de la Lotería del Risaralda; sobre el tema de la resolución que justifica la contratación directa, aclara que la Resolución No 137 (07-04/2008); es la correspondiente al proceso del Contrato Interadministrativo No. 03/2008.

Comprobamos la naturaleza jurídica del contratista seleccionado, esto en su condición de persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal. Y describir su composición patrimonial indicando los titulares de los aportes correspondientes.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Ley No. 41 (15-12/1958) “Por la cual se crea la Universidad Tecnológica de Pereira”. Internet. 2. Resolución No. 2550 (30-06/2005) “Por medio del cual se otorga acreditación institucional de alta calidad a la Universidad

Tecnológica de Pereira”. Internet. 3. Certificado (15-07/2007), de la Subdirección de Inspección y Vigilancia del Viceministerio de Educación Superior en

cumplimiento de las funciones atribuidas por el Decreto 4675 de 2006. (Rector y Representación Legal).

OBSERVACIONES:

Verificamos todos los documentos suministrados por la Lotería del Risaralda, mediante oficio de fecha 16 de diciembre de 2011, se hizo solicitud del Acta de posesión concordante a la Resolución No. 07/2005 por medio de la cual se hace nombramiento del Rector de la U.T.P; se verificó el Acta de posesión No. 2037 (03-01/2000).

1.3. Verificación etapas propias del proceso de selección

Comprobamos que el acto que ordena la apertura de la licitación o concurso de méritos esté debidamente motivado y que los pliegos de condiciones o términos de referencia se hayan elaborado de acuerdo con lo previsto en el numeral 5º, Artículo 24 de la Ley 80 de 1993.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Resolución No. 137 del 7 de abril de 2008 “por medio del cual se justifica una contratación directa”. 2. Catálogo único de bienes y servicios – CUBS (08-04/2008). 3. Certificado de disponibilidad presupuestal No. 000166 (08-04/2008). 4. Certificado de conveniencia y oportunidad fecha de elaboración (08-04/2008), con todas sus etapas y/o componentes:

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

17

− Justificación. − Conveniencia y oportunidad. − Certificación. − Estudio técnico.

OBSERVACIONES: Por ser CONVENIO INTERADMINISTRATIVO, se procede a requerir y revisar el acto administrativo que faculta al Representante Legal de la Lotería de Risaralda, para poder hacer este tipo de contratos, se verifica el Acuerdo No. 001 de Enero 8 de 2008 “por medio del cual se conceden facultades para la celebración de contratos en la Lotería del Risaralda”.

HALLAZGO: se encuentra que la resolución no. 137 (07-04/2008); por medio del cual se justifica una contratación directa, se emitió antes de la elaboración de los estudios previos (08-04/2008).

1.4. Experiencia del contratista seleccionado

Verificamos y evaluamos el cumplimiento de los requisitos previstos en los pliegos de condiciones por parte del contratista que resultó favorecido en el respectivo proceso de selección.

OBSERVACIONES:

DOCUMENTO FECHA

dd-mm/aaaa CUMPLE SI/NO

Acuerdo No. 001 08-01/2008 SI Propuesta técnica y económica de la U.T.P. -02/2008 SI Resolución No. 07 23-11/2005 SI Fotocopia de cédula del representante legal U.T.P. SI NIT U.T.P. SI RUT U.T.P. SI Certificación Viceministerio de Educación 15-07/2007 SI Certificado de facultades otorgadas al representante legal de la U.T.P. 14-03/2008 SI Certificado de pago al día de aportes parafiscales, salud, pensión y riesgos profesionales -03/2008 SI Estudios previos 08-04/2008 SI Catálogo único de bienes y servicios – CUBS 08-04/2008 SI Certificado de registro de precio temporal-SICE No. T-2913055 SI Resolución No. 137 07-04/2008 SI

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

18

DOCUMENTO

FECHA dd-mm/aaaa

CUMPLE SI/NO

Certificado de disponibilidad presupuestal No. 000166

08-04/2008 SI

Certificado de conveniencia y oportunidad fecha de elaboración 08-04/2008 SI Contrato Interadministrativo No. 03, suscrito entre la Lotería de Risaralda EICE y la Universidad Tecnológica de Pereira-U.T.P.

2008 SI

Primera modificación al Contrato Interadministrativo No. 03 de 2008. Se modifica la CLAUSULA SEXTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: Los pagos serían respectiva mente 1. $50.000.000; 2. $30.000.000 y 3. $10.000.000. De acuerdo a esta modificación serán: 1. $45.000.000; 2. $35.000.000 y 3. $10.000.000, una vez la Superintendencia Nacional de Salud apruebe definitivamente el estudio de mercado remitido por la Lotería del Risaralda.

16-04/2008 SI

Segunda modificación al Contrato Interadministrativo No. 03 de 2008. Se modifica la CLAUSULA OCTAVA: DURACION: Será de dos mese y no de tres meses como se había escrito y se adiciona el contrato con la CLAUSULA DECIMA QUINTA: Constitución de póliza por el 100% del anticipo ($45.000.000)

22-04/2008 SI

Registro presupuestal No. 000260 30-04/2008 SI Resolución OFJ No. 019 “por medio de la cual se aprueba una garantía única” 06-05/2008 SI Póliza de garantía única de seguros de cumplimiento No. GU020640 06-05/2008 SI Acta de inicio Contrato Interadministrativo No. 03 de 2008 06-05/2008 SI

1.5. Verificación y evaluación de estudio de mercado contratado o realizado por la entidad concedente

Verificamos y analizamos el estudio de mercado contratado o realizado por la entidad concedente a fin de verificar su fundamento y consistencia técnica y su adecuación al respectivo estado del arte – el análisis e investigación de mercados- de tal suerte que se garantice la explotación oportuna y eficiente de esta modalidad de juegos de suerte y azar, de conformidad con lo previsto en el artículo 3ro. De la ley 643 de 2001. Se verificó si el estudio de mercado contiene los respectivos elementos.

Se revisó el estudio de mercado de Risaralda a través de un análisis detallado del documento Informe final "Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes "Chance" en el departamento de Risaralda". Universidad Tecnológica de Pereira. (Pereira, Agosto de 2008), teniendo en cuenta la demanda potencia y real del mercado para los siguientes puntos:

− Tamaño del Mercado de los Juegos de Suerte y Azar: Realiza la estimación del mercado de juegos de suerte y azar

sustitutos de las apuestas permanentes o chance. − Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes o Chance: Realiza la estimación del mercado potencial del juego

apuestas permanentes o chance.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

19

− Plan estratégico de mercadeo: Presenta planes estratégicos de: Promoción, estrategias de posicionamiento del mercado,

relaciones públicas y operaciones en línea y tiempo real. − Cobertura geográfica: Contiene información de 14 municipios. No presenta información a nivel urbano y rural por municipio − Informe de resultados y Metodología del estudio: Presenta aspectos metodológicos: marco teórico, diseño muestral,

universo de estudio, método de muestreo, ficha metodológica, en cuanto a la presentación de resultados del estudio; no se encontró un documento formal de la metodología empleada para realizar las estimaciones, procedimientos y cálculos generales.

− Encuestas a la población: Aunque se presentan resultados sobre una encuesta aplicada y los lineamientos metodológicos empleados, no se adjunta el formulario aplicado para la encuesta de mercado, ni los formularios diligenciados, la base de datos correspondiente no está en su totalidad comentariada. Por lo cual no es posible certificar la realización de esta actividad.

− Correlación de las variables analizadas: Los resultados muestran el cálculo de la correlación entre las variables ventas de chance y PIB RISARALDA mediante el cálculo de la regresión lineal. La variabilidad de las ventas esta explicada en un 85.4% por el PIB regional. El análisis y resultados deben ser interpretados con mucho cuidado ya que para aplicar los modelos estadísticos de regresión lineal el número de datos debe ser lo suficientemente grande y apenas se cuenta con una serie histórica de seis años. Las variables analizadas son pertinentes en cuanto definen los perfiles y preferencias de los usuarios.

− Estudio de mercado y rentabilidad del contrato de concesión para la operación del juego de apuestas permanentes o chance: El estudio contiene información correspondiente al cálculo del mercado mensual y anual para el periodo 2008-2013

− Identificación de oferentes de productos de apuestas y chances, productos sustitutos: No se presenta información de oferentes por tratarse de un monopolio de mercado, en el cual lo que se cede es el derecho a tener participación en ese mercado. No obstante ser un monopolio, se analiza la sensibilidad del juego a otros juegos de suerte y azar

− Se realiza una estimación del tamaño del mercado en términos monetarios: se calcula el valor de las ventas de las apuestas permanentes o chance desde octubre de 2008 a octubre de 2013, mensual y anual teniendo en cuenta el mercado formal, informal y potencial para los 5 años de la concesión por cada modalidad de los juegos sustitutos del Chance

− El valor mensual y anual, por concepto de derechos de explotación, que debe generar el juego de apuestas permanentes durante el término de duración de la respectiva concesión, incluyendo los recursos adicionales que aportaría el nicho potencial del juego: Se Estima el valor de las transferencias proyectadas

− Analiza la estructura de comercialización del producto y presenta estrategias de comercialización y posicionamiento: Indica la existencia de puntos de venta estratégicamente ubicados, la infraestructura existente bajo la modalidad debIOT, Operate, Maintenance y la existencia de estructuras ilegales y presenta varias estrategias de mercado

− En términos generales Analiza y determina las condiciones, hábitos, expectativas de los usuarios actuales y posibles potenciales del juego de apuestas permanentes o chance en el departamento, cuantifica y correlaciona los principales factores que inciden en el valor de los ingresos brutos esperados en el periodo de concesión y los posibles juegos que afecten las apuestas permanentes o chance.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

20

REFERENCIA:

Ver anexo Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls

1.6. Tamaño del mercado físico y monetario de los juegos de suerte del juego de apuestas permanentes o chance.

Realizamos la estimación del tamaño del mercado físico y monetario de los juegos de suerte y azar, y en particular el mercado físico y monetario del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva entidad territorial.

Para la estimación de las ventas brutas del Chance para los próximos años el estudio de mercado tomó del “Informe Nacional del Censo 2005”, la tasa de crecimiento anual para la población actual es de 0.61% hasta el 2010 y de ahí en adelante 0.57%. Esta tasa de crecimiento se utilizó para estimar el incremento del número de jugadores de Chance en los próximos años. El valor de la variación del IPC para los años 2009 y siguientes y la estimación del crecimiento del PIB regional pronosticado a través de un modelo estadístico. El estudio de mercado Calcula una estimación del valor de las apuesta mes destinadas a incentivos que representa el 12% aproximadamente del mercado total estimado de chance en un año y por consiguiente un 10% del total del mercado de chance estimado para los cinco años de concesión. Se revisó la base de datos encontrando inconsistencia en el cálculo del factor de expansión las hojas adjuntan están a nivel muestral

Referencia: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls ANEXOS: Anexo.3 Recordación Anexo.4 Participación Anexo.5 Preferidos

1.7. Determinación mensual y/o anual del valor de los derechos de explotación

Realizamos la Determinación mensual y/o anual del valor de los derechos de explotación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva entidad territorial.

− Se calcula el tamaño del mercado y el valor de las ventas de las apuestas permanentes o chance desde octubre de 2008 a octubre de 2013, mensual y anual teniendo en cuenta el mercado formal, informal y potencial para los 5 años de la concesión por cada modalidad de los juegos sustitutos del Chance y jugadores reales y potenciales del chance

− Se calculó la participación en términos de porcentaje de las ventas y el número de formularios de cada mes en cada uno de los años.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

21

− Se estima el tamaño del mercado y el valor de las ventas brutas de los juegos de suerte y azar sustitutos del chance del 2008 al

2013, por modalidades. Se toman los Juegos de Suerte y Azar más representativos o de mayor peso relativo en el mercado (baloto, bingo, casino, lotería, maquinitas y rifas)

− Se estima el valor de las transferencias proyectadas

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1393 de 2010, se hizo el calculó de los valores de la rentabilidad mínima incluyendo el 1% de administración, a partir de las ventas brutas reales reportadas de los últimos cuatro (4) años comprendidos entre los meses de Julio de 2006 a Junio de 2010. Se hicieron dos ejercicios. El primero consistió en replicar, según información enviada para el departamento de Risaralda y previamente cruzada contra las planillas de declaración, en los cuales se utilizó un IPC de 3.5%, valor que no está documentado en la información enviada, y el segundo se hizo modificando el IPC por un valor correspondiente a la inflación anual a nivel nacional reportado por el DANE.

RENTABILIDAD MÍNIMA S/N CONCESIONARIO

MENSUAL ANUAL

2010 (IPC 3,5%) 441.153.872 5.293.846.466

2011 (IPC 3,5 %) 457.608.911 5.491.306.939

2012 (IPC 3,5%) 473.167.614 5.678.011.375

2013 (IPC 3,5%) 489.255.313 5.871.063.761

2014 (IPC 3,5%) 505.889.994 6.070.679.929

Total 2.367.075.704 28.404.908.470

El contrato estatal Modificado de concesión durante el periodo 23 de octubre de 2008 a 22 de octubre 2013 se firmó por $30.939.200.209.50 de acuerdo a las cifras estimadas en base al estudio de mercado.

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls Cifras calculadas Rentabilidad mínima: Risaralda_LEY 1393.xls Proyecciones IPC Según Analistas Locales http://www.banrep.gov.co/documentos/publicaciones/inflacion/2011/septiembre.pdf Página 70

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

22

1.8. Perfiles de los compradores de juegos de suerte y azar

Identificamos de los perfiles de los compradores de juegos de suerte y azar y en particular de los jugadores de chance en la respectiva entidad territorial: edad, género, edad en que comenzó a jugar, estrato social, nivel educativo, ocupación, frecuencia de juego, valor promedio de la apuesta, valor mínimo y máximo apostado etc. - Identifica los perfiles de los jugadores, en cuanto a edad, género, estrato social, nivel educativo, ocupación, frecuencia de juego,

valor promedio de la apuesta, valores mínimos y máximo apostado.

- No se presenta la ocupación que desarrolla ni la actividad económica en que se ocupa, presenta las alternativas de respuesta “trabaja exclusivamente, estudia exclusivamente, trabaja y estudia no trabaja”.

- En la presentación del perfil de apuestas permanentes la distribución por estratos socioeconómicos no muestra el resultado del estrato 1.

- El 50.7% de la población de 18 años y más es jugador de los juegos de suerte y azar, de los cuales el 9.6% son jugadores de otros juegos diferentes al chance

- Pregunta 22 con cuáles loterías o sorteos acostumbra a jugar su chance ese día? La grafica circular, que representa la contribución de cada valor respecto al total suma 24.6% y no 100%. Ver (diapositivas Tamaño del Mercado de Apuestas Permanentes “Chance” en el Departamento de Risaralda, Pereira, agosto de 2008) página 109

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls CELDAS: E42:k68

1.9. Mercado potencial de los juegos de suerte y azar, apuestas permanentes o chance de la entidad territorial

Cálculo del mercado potencial de los juegos de suerte y azar y en particular del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva entidad territorial.

− Presenta las características y el perfil de la población que no participa en el juego de apuestas permanentes − Pregunta sobre las razones por las cuales la población no participa − Indaga sobre la probabilidad de compra (intención de compra), en la escala: Extremadamente Probable, Muy Probable, Más o

menos Probable, Poco Probable, Nada Probable − Se consultaron dos valores de apuesta al año entre quienes no acostumbraban jugar al Chance, previa consulta sobre su interés en

hacerlo. − Las condiciones en que eventualmente estaría dispuesto a jugar

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

23

− No se identificó el número de veces al mes y el día que jugaría en caso de que tuviera interés de jugar − De igual forma no se pregunta el valor apostaría en caso de apostar − Con base en lo anterior, fue estimada la demanda genérica o Potencial del Mercado, y la demanda específica o mercado potencial − La estimación del mercado monetario informal corresponde a la diferencia del mercado formal e informal menos el mercado

formal del chance − Pregunta por los juegos de suerte y azar preferidos diferente al chance entre los que están: lotería 10,8%, seguido del baloto 7%,

sin embargo La grafica circular, que representa la contribución de cada valor respecto al total del mercado de juegos de azar sustitutos del chance suma 36% y no 100%. Ver (diapositivas Tamaño del Mercado de Apuestas Permanentes “Chance” en el Departamento de Risaralda, Pereira, agosto de 2008) página 146

Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls CELDAS: E35:k35 CELDAS: E38:K39

1.10. Mercado formal e informal de los juegos de suerte y azar de apuestas permanentes o chance Cálculo del mercado formal e informal de los juegos de suerte y azar y en particular del juego de apuestas permanentes o chance en le respectiva entidad territorial. Se realiza la estimación de las ventas de las apuestas permanentes o chance desde octubre de 2008 a octubre de 2013 para los cinco (5) años de duración de la respetiva concesión, bajo tres escenarios. Calcula las transferencias proyectadas bajo los tres escenarios. − Se determinó el Valor Bruto del Mercado del Chance en el Departamento de Risaralda, que incluye el mercado formal e informal

para el año 2008 (sin incluir el mercado potencial) − Se calculó el Mercado Formal del Chance

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risalda.xls CELDAS: E36:k36

1.11. Proceso de recolección de información

Verificamos y evaluamos la consistencia y veracidad de la información empleada en el estudio proveniente de las fuentes secundarias. En particular revisamos los valores de las variables macroeconómicas empleadas, las proyecciones de población y las cifras sobre el comportamiento histórico de las ventas de chance y de los derechos de explotación correspondientes.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

24

Se verificó la información entregada en CD por la Supersalud: base y archivos anexos

− La serie del PIB departamental y el PIB Nacional año a año a precios constantes o corrientes no aparece en el informe ni en los

archivos adjuntos .XLS. − No relaciona la serie del IPC. − No presenta las series proyectadas por edades quinquenales para personas de 18 y más años ni las edades simples de cero a 26 años

proyectadas por el DANE en su momento − Presenta las series del comportamiento histórico de las ventas de chance y de los derechos de explotación correspondiente

1.11.1. Verificamos y evaluamos de las consistencias y veracidad de la información empleada en el estudio proveniente de

fuentes secundarias.

Verificamos y evaluamos la consistencia y veracidad de la información empleada en el estudio proveniente de fuentes secundarias. En particular se revisó los valores de las variables macroeconómicas empleadas, las proyecciones de población y las cifras sobre el comportamiento histórico de las ventas de chance y de los derechos de explotación correspondientes. − De acuerdo con el documento final, el PIB, IPC y proyecciones de población publicadas por el DANE, son las cifras empleadas

para el modelo y el cálculo y estimación de las ventas brutas para el estudio de mercado aplicado a la explotación de los juegos de apuestas permanentes “chance”.

− Sin embargo la serie del PIB departamental y el PIB Nacional año a año a precios constantes o corrientes no aparece en el informe ni en los archivos adjuntos .XLS.

− No relaciona la serie del IPC. − No presenta las series proyectadas por edades quinquenales para personas de 18 y más años. − No muestra la población proyectada por sectores urbano y rural, − Se sustenta un crecimiento esperado de la economía Nacional del 5% implementado un modelo de crecimiento ponderado

para el periodo de concesión del departamento cuyo resultado es 2,74%.

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls CELDAS: E106:k107

1.11.2. Verificación y evaluación de la consistencias fuentes primarias

En relación con la información proveniente del trabajo de campo – fuentes primarias de información , se verificó y evaluó, además de las consistencia, los elementos que se señalan a continuación:

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

25

− Diseño muestral: la investigación utilizó un diseño probabilístico Muestreo Aleatorio Simple (MAS), polietápico, en la primera

etapa se seleccionaron lados de manzana, en la segunda etapa hogares y en la tercera personas mayores de 18 años. No hay cartografía urbana de los municipios para verificar el procedimiento.

− Tamaño de muestra: 1.044 personas. El documento describe y aplica la fórmula del MAS n=z^2pq/e^2; n= Tamaño de muestra; z=Nivel de confianza del 95% (1.96); p= Proporción Esperada de personas que juegan chance; q=1-p; e=Error absoluto (3.03%), las cuales fueron verificadas. Si cumple

− Error muestral máximo absoluto: (3.03%). Si cumple − Criterios de distribución de la muestra: El documento y la base presentan la cantidad de encuestas por estrato

socioeconómico y por municipio, sin embargo el documento no menciona la metodología o el criterio de distribución de población a encuestar a nivel de municipio (la distribución no es proporcional a la población municipal de 18 y más años). Es decir, La distribución de la muestra se debió repartir de acuerdo con la ponderación de las poblaciones del municipio capital, y de los demás municipios que integran el respectivo departamento. Ver (Ficha de verificación estudio de mercado BDO_RISARALDA.XLS hoja Anexo.1 Cobertura Columna J “Distribución muestra proporcional filas 6 a 20).

− Expansión de los resultados: De acuerdo al documento, se calculan factores de expansión por cada etapa del muestreo, así el factor de expansión definitivo es el producto de los factores de expansión resultantes de cada etapa: El Factor de expansión de la primera etapa corresponde al inverso de la probabilidad de selección de un lado de manzana dentro del total de lados de manzana del departamento; el factor de expansión de la segunda etapa se calcula como el inverso de la probabilidad de selección de un hogar dentro de un lado de manzana seleccionado y el factor de expansión de la tercera etapa es el inverso de la probabilidad de selección de una persona mayor de 18 años dentro del hogar, este factor se calcula para cada hogar seleccionado. La base no presenta cada uno de los componentes del factor final.

− Criterios empleados en la selección del informante: De acuerdo a la verificación de la base 9 registros no cumplen con la edad del informante y 8 no cumplen con el criterio de selección adecuado, es decir, un informante por hogar.

− Pertinencia del diseño del formulario empleado: No se tiene el formulario oficial aplicado, se verificó la base de datos con el formulario sugerido por la Supersalud y las diapositivas del documento final.

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls CELDAS: E70:K90

1.11.3. Información consignada en bases de datos

En cuanto al procesamiento de información, se verificó la consistencia de la información consignada en la base de datos que contiene la información tabulada del trabajo de campo. Se realizó validación en búsqueda de errores y/o registros duplicados. En el evento de no contar con base de datos, deberá digitarse y procesarse la información consignada en las encuestas aplicadas.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

26

La base de datos RISARALDA_FINALsav, contiene 1.044 registros, 394 columnas y un total de preguntas igual a 67, plenamente identificada, tanto geográficamente como los individuos observados. En cuanto a las variables presentan rótulos con prefijo pi1… o pii. no documentados, sin embargo existe una relación numérica con los resultados presentados en el documento “Informe Final Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”, con lo cual fue posible interpretar la información asociando las preguntas del documento con su correspondiente en la base. En cuanto a la validación y consistencia de la base se puede observar:

− La distribución porcentual de encuestas por municipio y estrato socioeconómico se cumple, según la distribución de la muestra

de acuerdo al documento.

− La cantidad de encuestas realizadas por sector según la base analizada corresponde a: urbano 931 y rural 113, de igual forma por género para Mujeres 736 y Hombres 308, el documento final no relaciona la distribución de encuestas a realizar para estas variables de clasificación, las cuales influyen en la presentación de resultados; por ejemplo en el caso de género en el departamento los hombres de 18 y más años son el 47.50% y las mujeres el 52,50%.

− En cuanto a la población objeto de estudio e informante idóneo: personas de 18 ó más años, la base presenta un individuo de 17 años y 8 registros sin edad, al realizar los cálculos de expansión sin los 9 registros antes mencionados el total de la población corresponde a 601.298. Además se encontró en la variable Pi1b_Bingo un registro con código 3, esta variable solo permite códigos 0 ó 1; de igual forma un registro en la variable Pii_5 (frecuencia con la que acostumbra jugar chance) no presenta información en este campo, sin embargo para el mismo registro las preguntas pii_9 y pii_10 y demás, cuánto dinero diría usted que invierte regularmente cada día en que juega chance? Y En qué tipo de formulario acostumbra usted jugar la mayoría de las veces? Contiene información.

− La base .sav presenta 8 registros duplicados se detectaron por las variables teléfono o dirección, según la metodología descrita en el documento final, se encuesta una persona de 18 ó más años por hogar. Lo anterior permite concluir que no se depuro el archivo a entregar.

− El factor de expansión de la base presenta las variables exp_ini, EXP1 y EXP2; este último es el producto de (exp_ini * EXP1), quiere decir, que el factor inicial supuestamente agrupa las etapas 1 y 2 “FEXP=FEXP1*FEXP2*FEXP3”, Sin embargo el total de EXP2 es 607.716, mayor a la población proyectada a la fecha del estudio de 18 años y más para el departamento según las proyecciones DANE por edades 604.380, 3.336 individuos de más, lo cual concluye que el factor de expansión fue mal calculado y no se realizaron los ajustes por no respuesta. No aparecen documentados los procedimientos. Ver anexo (Ficha de verificación estudio de mercado BDO_RISARALDA.XLS hoja consistencia).

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Risaralda.xls CELDAS: E91:K100

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

27

1.11.4. Formulas empleadas en el cálculo del valor de las ventas brutas y proyección de las mismas

En cuanto al análisis de la información obtenida se verifico las fórmulas empleadas en el cálculo del valor de las ventas brutas y en la proyección de las mismas. En los casos en los que en el estudio de mercado se hayan empleado modelos econométricos para establecer estos montos, se deberá verificar la significancia individual y conjunta de las variables involucradas y el cumplimiento de los supuestos del modelo.

Se verificó el cálculo del valor de las ventas brutas de años anteriores al estudio y las proyectadas ver anexo (Ficha de verificación estudio de mercado BDO_RISARALDA.XLS hoja ventas).

La formulación de las proyecciones no está documentada, es importante resaltar la importancia de tener un documento metodológico disponible con el detalle de las fórmulas empleadas y procedimientos, pero únicamente se restringe a la presentación de resultados

REFERENCIA: Archivo adjunto: Ficha de verificación Estudio de Mercado Rissaralda.xls CELDAS: E101:K105 CELDAS: E108:K109

1.12. Contratación de la concesión para la operación del juego de apuestas permanente o chance

Comprobamos que el contrato o contratos para la operación de dichos juegos se realizaron mediante licitación pública, contratación directa o a través de otro mecanismo.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Aviso Cámara de Comercio de Pereira junio 06 de 2008, mediante correo electrónico cuyo asunto es “Licitación para la

concesión del Juego de Apuestas Permanentes en el Departamento de Risaralda”

OBSERVACIONES:

La modalidad para este proceso es Licitación pública No. 01 de 2008, publicado en la página web www.contratos.gov.co (22-07/2008) y en la página web de la entidad CONCEDENTE www.loteriadelrisaralda.com; publicación “aviso de convocatoria pública para la Licitación Pública No. 001 de 2008” en el periódico El Diario (08-07/2008).

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

28

1.13. Verificación términos generales del cumplimiento de las etapas propias del proceso de selección utilizado.

1.13.1. Verificación estudio general y previo de viabilidad, conveniencia y oportunidad

Verificamos la elaboración de los estudios previos de que trata el Art. 8º del decreto 2170 de 2002, en desarrollo de lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, en los cuales se analice la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación de que se trate, que tendrán lugar de manera previa a la apertura de los procesos de selección.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Estudio previo (07-07/2008), con detalle de sus etapas:

− Descripción de la necesidad. − Descripción del objeto. − Duración. − Modalidad de selección. − Análisis técnico y económico que soportan el valor estimado del contrato. − Justificación de los factores de selección. − Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles. − Exigencias de cobertura.

OBSERVACIONES: Verificada, revisada y leída la información; se evidencia el correcto procedimiento para el objeto de la Licitación. De acuerdo a lo establecido en la Ley 643 de 2001 y sus Decretos reglamentarios: La lotería del Risaralda previo análisis de la estructura de mercado del Juego de Apuestas Permanentes del Departamento de Risaralda para cumplir con la descripción del requerimiento, deduce que es viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de contratación respectivo para satisfacer la necesidad aquí determinada.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

29

LEY 80 DE 1993 Artículo 25 CUMPLE SI/NO

Numeral 7° La conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso.

SI

Numeral 12

Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y Los pliegos de condiciones o términos de referencia. La exigencia de los diseños no regirá cuando el objeto de la contratación sea la construcción o fabricación con diseños de los proponentes.

SI

Verificamos y documentamos si se efectuó un estudio general y previo de viabilidad, conveniencia y oportunidad, DISTINTO del estudio de mercado, para efectos de otorgar en concesión la operación del juego de apuestas permanentes o chance y si en él se determinaron las condiciones propias de la contratación y en particular unos porcentajes mínimos de operaciones de colocación de apuestas permanentes o chance en línea y en tiempo real.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Estudio previo (07-07/2008), con todas sus etapas:

− Descripción de la necesidad. − Descripción del objeto. − Duración. − Modalidad de selección. − Análisis técnico y económico que soportan el valor estimado del contrato. − Justificación de los factores de selección. − Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles. − Exigencias de cobertura.

OBSERVACIONES:

En este estudio previo se determina unas condiciones específicas, las cuales son:

− Pago de los derechos de explotación 12%. − Gastos de administración 1%, cuya base para determinar su valor son los derechos de explotación. − Exigencias mínimas en materia de red de mercadeo, en el que hay una exigencia de cómo mínimo una oficina en cada municipio del

Departamento de Risaralda. − Exigencias mínimas en materia de sistemas, estas deben ser acordes al Artículo 1° del Decreto 4643 de 2005. − Costos de los formularios, los cuales debe asumirlos el concesionario.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

30

1.13.2. Observación pliegos de condiciones

Revisamos las actas de la Audiencia de aclaración y precisión de los pliegos y con base en lo reflejado en éstas, analizamos los adendas expedidas, determinando que no tuvieron como fin favorecer intereses particulares sino los generales, de tal manera que se garantizara el cumplimiento de los principios rectores de la contratación pública.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Oficio de observaciones al pre-pliego (17-07/2008), enviado a la Lotería del Risaralda de parte de Apostar S.A. 2. Respuesta a oficio de observaciones sin fecha de parte de la lotería del Risaralda a Apostar S.A. 3. Publicación en página web www.contratos.gov.co (21-07/2008), de las respuestas a las observaciones. 4. Adenda No. 01 al proceso licitatorio No. 01/2008.

OBSERVACIONES: De acuerdo a lo revisado hay respuestas claras por parte de la Lotería del Risaralda a las observaciones que hace Apostar S.A.; de los pre-pliegos de condiciones del proceso de Licitación No. 01/2008. En la adenda No. 01 lo principal es el retiro del “ESTUDIO DE MERCADO” el día 22 de julio de 2008 por cambio surtidos en su revisión, se manifiesta que ese estudio de mercado iba a estar incluido en la adenda mencionada para que los futuros proponentes conocieran este estudio.

Verificamos y comprobamos, que se presentaron observaciones a los pliegos de condiciones de la respectiva licitación en cuanto hace relación a los derechos de explotación que corresponde cancelar al concesionario o respecto del porcentaje de operaciones de colocación de apuestas permanentes en línea y en tiempo real, y si las observaciones se atendieron oportuna y efectivamente.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Pre-pliego de condiciones. 2. Oficio de Apostar S.A. (17-07/2008); observaciones al pre-pliego de los siguientes puntos:

1) Presentación de las propuestas. 2) Plan estratégico de mercado. 3) Boletín de responsabilidades fiscales. 4) Exigencias mínimas en materia de red de mercadeo. 5) Red de mercadeo. 6) Interventoría. 7) Adecuación del pliego al nuevo Decreto reglamentario. 8) Estudio de mercado a partir del segundo año.

3. Respuesta por parte de la Lotería del Risaralda (sin fecha).

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

31

OBSERVACIONES:

De acuerdo a las observaciones y respuestas presentadas por cada una de las partes, hay una atención oportuna y efectiva por parte del concedente al concesionario.

1.13.3. Se permitió la participación de personas naturales consorcios o uniones temporales

Verificamos que los proponentes que participaron en la licitación o concurso no hayan incurrido en las causales de inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley 80 de 1993

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. www.procuraduria.gov.co 2. www.contraloria.gov.co

OBSERVACIONES:

Se verificó en las páginas web mencionadas, los antecedentes fiscales y disciplinarios de las personas jurídicas y sus representantes legales que intervinieron en este proceso, solo hubo un oferente el cual es:

− APOSTADORES DE RISARALDA S.A. APOSTAR S.A.

Se hizo consulta de antecedentes fiscales y disciplinarios en las páginas web de la Contraloría General de La República y la Procuraduría General de la Nación a las personas que intervienen en la firma de la presente Licitación Pública.

LEY 80 DE 1993 Artículo 8° DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR.

PRESENTA INHABILIDAD

SI/NO NUMERAL 1 Son inhábiles para participar en licitaciones o concursos y para celebrar contratos con las entidades estatales: Literal a Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes. NO

Literal b Quienes participaron en las licitaciones o concursos o celebraron los contratos de que trata el literal anterior estando inhabilitados.

NO

Literal c Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad. NO

Literal d Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución.

NO

Literal e Quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado. NO Literal f Los servidores públicos. NO

Literal g Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso.

NO

Literal h

Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado propuesta, para una misma licitación o concurso.

NO

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

32

LEY 80 DE 1993 Artículo 8°

DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR.

PRESENTA INHABILIDAD

SI/NO

Literal i

Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria. Las inhabilidades a que se refieren los literales c), d) e i) se extenderán por un término de cinco (5) años contado a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró la caducidad, o de la sentencia que impuso la pena, o del acto que dispuso la destitución; las previstas en los literales b) y e), se extenderán por un término de cinco (5) años contado a partir de la fecha de ocurrencia del hecho de la participación en la licitación o concurso, o de la de celebración del contrato, o de la de expiración del plazo para su firma.

NO

NUMERAL 2 Tampoco podrán participar en licitaciones o concursos ni celebrar contratos estatales con la entidad respectiva:

Literal a

Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la entidad contratante. Esta incompatibilidad solo comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha del retiro.

NO

Literal b

Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivos, asesor, ejecutivo o con los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante.

NO

Literal c El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control interno o de control fiscal.

NO

Literal d

Las corporaciones, asociaciones, fundaciones y las sociedades anónimas que no tengan el carácter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las demás sociedades de personas en las que el servidor público en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, o el miembro de la junta o consejo directivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.

NO

Literal e Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la misma esté adscrita o vinculada.

NO

PARAGRAFO 1° La inhabilidad prevista en el literal d) del ordinal 2o. de este artículo no se aplicará en relación con las corporaciones, asociaciones, fundaciones y sociedades allí mencionadas, cuando por disposición legal o estatutaria el servidor público en los niveles referidos debe desempeñar en ellas cargos de dirección o manejo.

PARAGRAFO 2° Para los efectos previstos en este artículo, el Gobierno Nacional determinará que debe entenderse por sociedades anónimas abiertas.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

33

LEY 643 DE 2001 Artículo 10°

Inhabilidades especiales para contratar u obtener autorizaciones. Sin perjuicio de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, están inhabilitadas para celebrar contratos de concesión de juegos de suerte y azar u obtener autorizaciones para explotarlos u operarlos:

PRESENTA INHABILIDAD

SI/NO

NUMERAL 1

Las personas naturales y jurídicas que hayan sido sancionadas por evasión tributaria, mediante acto administrativo o sentencia judicial, ejecutoriados según el caso. Esta inhabilidad será por cinco (5) años, contados a partir de los tres meses (3) siguientes a la ejecutoria del acto administrativo o sentencia judicial, pero cesará inmediatamente cuando la persona pague las sumas debidas.

NO

NUMERAL 2

Las personas naturales y jurídicas que sean deudoras morosas de obligaciones relacionadas con transferencias, derechos de explotación o multas, originadas en contratos o autorizaciones o permisos para la explotación u operación de juegos de suerte y azar en cualquier nivel del Estado. Esta inhabilidad será por cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo, pero cesará inmediatamente que la persona pague las sumas debidas.

NO

LEY 1150 DE 2007 Artículo 18

DE LAS INHABILIDADES PARA CONTRATAR. Adiciónese un literal j) al numeral 1 y un inciso al parágrafo 1°, del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, así:

PRESENTA INHABILIDAD

SI/NO

ATICULO 8° Literal j

Las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades y soborno transnacional, así como sus equivalentes en otras jurisdicciones. Esta inhabilidad se extenderá a las sociedades de que sean socias tales personas, con excepción de las sociedades anónimas abiertas”.

NO

PARAGRAFO 1° En las causales de inhabilidad por parentesco o por matrimonio, los vínculos desaparecen por muerte o por disolución del matrimonio.

NO

Comprobamos la naturaleza jurídica del contratista seleccionado, esto en su condición de persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal. Y describir su composición patrimonial indicando los titulares de los aportes correspondientes.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Certificado de cámara de comercio de Pereira. 2. Relación de composición patrimonial de la empresa Apostadores de Risaralda S.A. – APOSTAR S.A.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

34

OBSERVACIONES

ACCIONISTA NIT % Angel de Díaz Ofelia 24.938.826 1,500

Angel Mejía Lucero 41.542.105 1,500

Valores Rivera Vergara S.A. 800.055.215 1,472

Arroyave Roldán Bernardo Diego 3.396.630 2,375

Arroyave Roldán Lina Sofía 43.984.339 2,072

Arroyave Sandra María 42.108.750 0,466

Arroyave Roldán Fabio Alejandro 9.871.363 3,000

Inversiones Consolidadas S.A. 811.038.353 11,164

Pafami S.A. 810.004.120 3,025

Betancur Sánchez Regina 21.976.381 1,718

Comercializadora de Chance Ltda. 800.222.835 6,833

Correa y Cardona S en C 806.011.346 1,953

Berduque y Cía. S en C por Acciones 900.207.370 1,931

Castro Osorio Guillermo 79.320.375 0,504

Inversiones el Trébol de la Suerte Ltda. 800.144.945 1,032 Franco Arango Juan Guillermo 8.259.528 4,431 Franco Londoño Adriana Cecilia 30.297.915 3,455 Franco Londoño Mónica Janeth 42.095.944 4,471 Londoño de Franco Cecilia de Jesús 22.055.981 3,455 Graciano Cano Sandra Patricia 41.916.161 1,126 Graciano Cano Alix Clarena 41.911.059 1,990 Graciano Cano Jhon Jaider 10.117.364 1,126 Inversiones MG S.A. 800.234.620 6,800 Ochoa Molano Blanca Nubia 32.462.791 4,535 Pulido Osorio Carlos Arturo 79.349.727 0,624 Estrada Delgado Luz Stella 24.628.818 0,268 Quintero Restrepo Rosalba 32.430.003 7,534 Tamayo Betancur Jorge Humberto 3.568.738 0,883 Torres Hurtado Fernando 10.094.741 1,727 Apuestas Ochoa S.A. 890.002.142 16,968 Apostar S.A. 800.001.520 0,06

TOTAL PARTICIPACION 100

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

35

Los principales accionistas por participación son en su orden: 1. Apuestas Ochoa S.A., con una participación del 16,968%. 2. Inversiones Consolidadas S.A., con una participación del 11,164%. 3. Quintero Restrepo Rosalba, con una participación del 7,534%. 4. Comercializadora de Chance Ltda., con una participación del 6,833%. 5. Inversiones MG S.A., con una participación del 6,800%.

Entre los accionistas hay participación de grupos familiares, los cuales haciendo la sumatoria de las participaciones en su orden son: 1. Familia Franco, con una participación total de 15,812%:

• Franco Londoño Mónica Janeth 4,471%. • Franco Arango Juan Guillermo 4,431%. • Franco Londoño Adriana Cecilia 3,455%. • Londoño de Franco Cecilia de Jesús 3,455%.

2. Familia Arroyave, con una participación total de 7,913%:

• Arroyave Roldán Fabio Alejandro 3,000%. • Arroyave Roldán Bernardo Diego 2,375%. • Arroyave Roldán Lina Sofía 2,072%. • Arroyave Sandra María 0,466%.

3. Familia Graciano, con una participación total de 4,242%:

• Graciano Cano Alix Clarena 1,990%. • Graciano Cano Sandra Patricia 1,126%. • Graciano Cano Jhon Jaider 1,126%.

1.13.4. Condiciones mínimas de experiencia en la operación del juego de apuestas permanentes o chance

Verificamos y evaluamos el cumplimiento de los requisitos previstos en los pliegos de condiciones por parte del contratista que resultó favorecido en el respectivo proceso de selección.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

36

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Propuesta por parte de Apostar S.A.

OBSERVACIONES:

DOCUMENTO FECHA

dd-mm/aaaa CUMPLE SI/NO

Formatos No. 2: Resumen de la propuesta 2008 SI Formatos No. 1: Carta de la propuesta 2008 SI Cédula de ciudadanía representante legal Apostar S.A. 2008 SI Póliza de garantía de seriedad 23-07/2008 SI Copia autenticada del acta del órgano administrativo autorizando al representante legal para la presentación de la propuesta

07-03/2008 SI

Certificado de existencia y representación legal 23-07/2008 SI Certificado de experiencia específica y cumplimiento del proponente 22-07/2008 SI Certificado de pagos de seguridad social y aportes parafiscales 15-07/2008 SI Información financiera y contable 2006-2007 22-02/2008 SI Certificado de vigencia de tarjeta profesional del revisor fiscal y el contador, y sus antecedentes disciplinarios

18-07/2008 SI

R.U.T. SI Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de La Nación del representante legal Apostar S.A.

18-07/2008 SI

Certificado judicial representante legal Apostar S.A. 06-02/2008 SI Certificado de responsabilidad fiscal de Apostar S.A. y su representante legal 2008 SI Certificado de responsabilidad fiscal accionistas de Apostar S.A. 2008 SI Condiciones de experiencia específica 20-07/2008 SI Capacidad financiera: • Indicadores financieros 2007. • Patrimonio técnico y margen de solvencia 2007. • Estado de cambios en el patrimonio 2007.

15-07/2008 SI

Organización: • Organigrama. • Relación funcionarios Administración (21) y Operativo (706). • Certificación ISO 9001.2000. • Relación ingenieros para el buen funcionamiento del sistema (11).

06/2008 SI

Factor económico 2008 SI

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

37

DOCUMENTO FECHA

dd-mm/aaaa CUMPLE SI/NO

Fundación social Apostar S.A.: • Balance general 2007. • Estado de resultados 2007. • Declaración de renta DIAN. • Certificado de Cámara de Comercio de Pereira. • Planteamiento estratégico de la fundación social Apostar S.A.

2008 SI

Fondo de empleados Apostar S.A.: • Balance general 2007. • Estado de resultados 2007. • Declaración de renta DIAN. • Certificado de Cámara de Comercio de Pereira. • Planteamiento estratégico del fondo de empleados Apostar S.A. “FEASA”

2008 SI

Red de mercadeo: • Reporte de oficinas (14). • Relación puntos de venta (366).

2008 SI

Capacidad tecnológica en red propia y con software propio y licenciado 23-07/2008 SI Oferta de equipos propios para venta sistematizada (411) 2008 SI Referencias comerciales: • Celar Ltda. (29-07/2008). • Banco de Occidente “cuenta corriente” (29-07/2008). • Valores Bancolombia (29-07/2008). • Fiducafe (28-07/2008). • Davivienda Red Bancafe (29-07/2008). • Banco AV Villas (29-07/2008). • Banco de Occidente “La Occirenta” (30-07/2008)

2008 SI

Esta documentación fue presentada como se establece en el numeral 2.8 del pliego de condiciones definitivo, se deja como hallazgo que la propuesta la suministró para la auditoría la empresa APOSTADORES DE RISARALDA S.A. (CONCESIONARIO), ya que la Lotería del Risaralda (CONCEDENTE) no la suministró en la documentación que nos entregó, sin embargo se hicieron varias veces solicitudes de este documento de forma verbal y por último se hizo solicitud mediante oficio de fecha 10 de enero de 2012. Ver hallazgo en la sección IV numeral 4.

Verificamos y comprobamos, que en los pliegos de condiciones se exigió a las personas interesadas, como requisito para participar, una condiciones mínimas de experiencia en la operación del juego de apuestas permanentes o chance, un valor mínimo de derechos de explotación ofrecidos, así como un nivel de patrimonio técnico mínimo y si este es coherente y razonable en consideración al valor de la respectiva concesión.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

38

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Propuesta de Apostar S.A.

OBSERVACIONES:

En el numeral 2.4 del pliego de condiciones definitivo, establece el valor estimativo mínimo del contrato estatal a suscribir en tres escenarios, como base para la liquidación del 12% de los derechos de explotación.

En el numeral 4.2.3, literal c del pliego de condiciones definitivo, establece el monto del patrimonio técnico.

El valor de la concesión se establecido de acuerdo a los tres escenarios registrados, de acuerdo a cada escenario se da un puntaje; para el caso el oferente presentó su propuesta en base al escenario 1.

CONCEPTO VALOR CUMPLE SI/NO

Valor mínimo de derechos de explotación Escenario 1 28.755.951.754 SI Escenario 2 28.710.228.564

Escenario 3 27.784.652.779 Patrimonio técnico 6.500.000.000 SI Valor de la concesión Escenario 1 (20 puntos) 28.755.951.754

SI Escenario 2 (17 puntos) 28.710.228.564 Escenario 3 (15 puntos) 27.784.652.779

PATRIMONIO TECNICO

CONCEPTO VALOR CUMPLE SI/NO

+ Capital suscrito y pagado 4.500.000.000

SI

+ Reserva legal 888.704.670 + Revalorización del patrimonio 0 + Dividendos decretados en acciones o distribución de utilidades 1.104.281.770 + Utilidad del ejercicio en curso (solo autorizada) 9.760.749 + Valoraciones (propiedad planta y equipo, otros) 1.428.036.889 = Patrimonio técnico 7.930.784.078

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

39

1.13.5. Verificación del valor de los derechos de explotación se ajustan al valor establecido en el estudio de mercado. Verificamos y comprobamos que el valor de los derechos de explotación que, de acuerdo con el pliego de condiciones, corresponde cancelar al concesionario se ajusta al monto establecido en el estudio de mercado realizado por la entidad concedente y avalada por la superintendencia Nacional de Salud. Elaborar P/T que permita probar que los valores estipulados en pliegos, corresponde a lo establecido en el estudio de mercado.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Estudio de mercado. 2. Formularios declaración derechos de explotación, Apostar S.A., Lotería del Risaralda y Supersalud.

OBSERVACIONES:

ANEXO No. 1 Punto del programa 1.13.5 Verificación del valor de los derechos de explotación se ajustan al valor establecido en el estudio de mercado

ANEXO No. 2 Matriz liquidación y pago de explotación.

El concesionario cumple con las fechas establecidas de acuerdo a la norma, en lo pertinente a presentación y pago de los derechos de explotación.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

40

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

41

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

42

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

43

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

44

1.13.6. Previsiones relativas al pago de los derechos de explotación

Se revisó las estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación (ver resumen del contrato en el numeral 1.13.4) y su adecuación a las disposiciones del régimen propio de monopolio. (Ley 643/2001), ver planilla de verificación de oportunidad en el pago en el numeral 1.13.5.

ANEXO No. 2 Punto del programa 1.13.6 Previsiones relativas al pago de los derechos de explotación

La Ley para este tipo de contratos ha sufrido cambios, de los cuales son dos los más representativos: La base gravable de IVA y las fechas establecidas para la presentación y pago de los formularios de declaración de derechos de explotación.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

45

1.13.7. Requisitos previos en los pliegos de condiciones

Comprobamos que el contrato para la operación de dicho juego se realizó mediante licitación pública, contratación directa o a través de otro mecanismo.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Aviso Cámara de Comercio de Pereira junio 06 de 2008, mediante correo electrónico cuyo asunto es “Licitación para la concesión

del Juego de Apuestas Permanentes en el Departamento de Risaralda”

OBSERVACIONES:

La modalidad para este proceso es Licitación pública No. 01 de 2008, publicado en la página web www.contratos.gov.co (22-07/2008) y en la página web de la entidad CONCEDENTE www.loteriadelrisaralda.com; publicación “aviso de convocatoria pública para la Licitación Pública No. 001 de 2008” en el periódico El Diario (08-07/2008).

Comprobamos que el acto que ordena la apertura de la licitación o concurso de méritos estuviese debidamente motivado y que los pliegos de condiciones o términos de referencia se hayan elaborado de acuerdo con lo previsto en el numeral 5º, Artículo 24 de la Ley 80 de 1993.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Resolución No. 307 (22-07/2008), “Por medio de la cual se ordena la apertura de una Licitación Pública”.

OBSERVACIONES: El acto administrativo debidamente motivado es la Resolución No. 307 (22-07/2008), “Por medio de la cual se ordena la apertura de una Licitación Pública”; en los pliegos se evidencia el principio de transparencia tal como lo establece la ley.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

46

LEY 80 DE 1993 Artículo 24

Numeral 5°. En los pliegos de condiciones o términos de referencia: CUMPLE SI/NO

Literal a Se indicarán los requisitos objetivos necesarios para participar en el correspondiente proceso de selección. SI

Literal b Se definirán reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta de la licitación o concurso.

SI

Literal c Se definirán con precisión las condiciones de costo y calidad de los bienes, obras o servicios necesarios para la ejecución del objeto del contrato.

SI

Literal d No se incluirán condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de la responsabilidad derivada de los datos, informes y documentos que se suministren.

SI

Literal e Se definirán reglas que no induzcan a error a los proponentes y contratistas y que impidan la formulación de ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de la entidad.

SI

Literal f

Se definirá el plazo para la liquidación del contrato, cuando a ello hubiere lugar, teniendo en cuenta su objeto, naturaleza y cuantía. Serán ineficaces de pleno derecho las estipulaciones de los pliegos o términos de referencia y de los contratos que contravengan lo dispuesto en este numeral, o dispongan renuncias a reclamaciones por la ocurrencia de los hechos aquí enunciados.

SI

Comprobamos que los pliegos de condiciones o términos de referencia se han elaborado conforme a los planes institucionales, y que las especificaciones técnicas contengan la información básica del servicio a adquirir de manera que no estén direccionados a contratar exclusivamente con un determinado oferente, descartando la posibilidad de adjudicación a los demás integrantes del proceso.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Pre-pliego de condiciones (07-07/2008). 2. Pliego de condiciones definitivas, publicadas el día 22 de julio de 2008 a las 8:00 A.M.; en las páginas web:

− www.loteriadelrisaralda.com − www.contratos.gov.co

OBSERVACIONES:

Revisados y leídos el pre-pliegos y el pliego de condiciones para el proceso, está debidamente estructurado con las especificaciones técnicas e información básica; que evita una contratación exclusiva. Se comprueba en las páginas mencionadas que este proceso si fue publicado correctamente.

1.13.8. Verificación de la naturaleza jurídica del contratista seleccionado

Comprobamos la naturaleza jurídica del contratista seleccionado, esto en su condición de persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal. Y describir su composición patrimonial indicando los titulares de los aportes correspondientes.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

47

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Certificado de cámara de comercio de Pereira. 2. Relación de composición patrimonial de la empresa Apostadores de Risaralda S.A. – APOSTAR S.A.

OBSERVACIONES:

ACCIONISTA NIT % Angel de Díaz Ofelia 24.938.826 1,500

Angel Mejía Lucero 41.542.105 1,500

Valores Rivera Vergara S.A. 800.055.215 1,472

Arroyave Roldán Bernardo Diego 3.396.630 2,375

Arroyave Roldán Lina Sofía 43.984.339 2,072

Arroyave Sandra María 42.108.750 0,466

Arroyave Roldán Fabio Alejandro 9.871.363 3,000

Inversiones Consolidadas S.A. 811.038.353 11,164

Pafami S.A. 810.004.120 3,025

Betancur Sánchez Regina 21.976.381 1,718

Comercializadora de Chance Ltda. 800.222.835 6,833

Correa y Cardona S en C 806.011.346 1,953

Berduque y Cía. S en C por Acciones 900.207.370 1,931

Castro Osorio Guillermo 79.320.375 0,504

Inversiones el Trébol de la Suerte Ltda. 800.144.945 1,032

Franco Arango Juan Guillermo 8.259.528 4,431 Franco Londoño Adriana Cecilia 30.297.915 3,455 Franco Londoño Mónica Janeth 42.095.944 4,471 Londoño de Franco Cecilia de Jesús 22.055.981 3,455 Graciano Cano Sandra Patricia 41.916.161 1,126 Graciano Cano Alix Clarena 41.911.059 1,990 Graciano Cano Jhon Jaider 10.117.364 1,126 Inversiones MG S.A. 800.234.620 6,800 Ochoa Molano Blanca Nubia 32.462.791 4,535

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

48

ACCIONISTA NIT %

Pulido Osorio Carlos Arturo 79.349.727 0,624 Estrada Delgado Luz Stella 24.628.818 0,268 Quintero Restrepo Rosalba 32.430.003 7,534 Tamayo Betancur Jorge Humberto 3.568.738 0,883 Torres Hurtado Fernando 10.094.741 1,727 Apuestas Ochoa S.A. 890.002.142 16,968 Apostar S.A. 800.001.520 0,06

TOTAL PARTICIPACION 100

Los principales accionistas por participación son en su orden: 1. Apuestas Ochoa S.A., con una participación del 16,968%. 2. Inversiones Consolidadas S.A., con una participación del 11,164%. 3. Quintero Restrepo Rosalba, con una participación del 7,534%. 4. Comercializadora de Chance Ltda., con una participación del 6,833%. 5. Inversiones MG S.A., con una participación del 6,800%.

Entre los accionistas hay participación de grupos familiares, los cuales haciendo la sumatoria de las participaciones en su orden son: 1. Familia Franco, con una participación total de 15,812%:

• Franco Londoño Mónica Janeth 4,471%. • Franco Arango Juan Guillermo 4,431%. • Franco Londoño Adriana Cecilia 3,455%. • Londoño de Franco Cecilia de Jesús 3,455%.

2. Familia Arroyave, con una participación total de 7,913%:

• Arroyave Roldán Fabio Alejandro 3,000%. • Arroyave Roldán Bernardo Diego 2,375%. • Arroyave Roldán Lina Sofía 2,072%. • Arroyave Sandra María 0,466%.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

49

3. Familia Graciano, con una participación total de 4,242%:

• Graciano Cano Alix Clarena 1,990%. • Graciano Cano Sandra Patricia 1,126%. • Graciano Cano Jhon Jaider 1,126%.

INFORME CON DESTINO AL CONCESIONARIO

2. ESTIPULACIONES PROPIAS DEL CONTRATO DE CONCESION

2.1. Objetivo de las estipulaciones propias del contrato de concesión Analizamos las estipulaciones contractuales que regulan la operación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial y establecimos la adecuación de las mismas al ordenamiento jurídico vigente y aplicable y, en particular a las disposiciones del régimen propio del monopolio.

2.2. Constitución garantía única de cumplimiento.

Evaluamos las estipulaciones relativas a la constitución de la garantía única de cumplimiento y analizar su cumplimiento con respecto al contrato de concesión (Ver resumen contrato).

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. CONTRATO ESTATAL No. 005 para la explotación de las apuestas permanentes -chance- en el Departamento de Risaralda. 2. Póliza de seguro de cumplimiento estatal No. 300000167 por un valor total de $131’815.072. 3. Resolución No. 371 (28-08/2008); Por medio del cual se aprueba una garantía.

OBSERVACIONES:

Ver anexo en el Punto del programa 2.2. Constitución garantía única de cumplimiento

El contrato ha sufrido dos modificaciones las cuales han sido por la base gravable de IVA, el cual al comienzo no se cobraba, a partir del 2009 hasta enero de 2010 fue del 5% y de febrero de 2010 en adelante se tomó de base el 16%.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

50

2.3. Verificación de los derechos de explotación ajustados al estudio de mercado

Verificamos y comprobamos si el valor de los derechos de explotación que, de acuerdo con el pliego de condiciones, corresponde cancelar al concesionario se ajusta al monto establecido en el estudio de mercado realizado por la entidad concedente y avalada por la superintendencia Nacional de Salud. Elaborar P/T que permita probar que los valores estipulados en pliegos, corresponde a lo establecido en el estudio de mercado. (Ver detalle).

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Estudio de mercado. 2. Formularios declaración derechos de explotación, Apostar S.A., Lotería del Risaralda y Supersalud.

OBSERVACIONES:

Ver cuadro de detalle en el numeral 1.13.5.

El concesionario cumple con las fechas establecidas de acuerdo a la norma, en lo pertinente a presentación y pago de los derechos de explotación.

2.4. Relación de sumas ingresos distintos a derechos de explotación

Establecimos y analizamos de manera precisa y detallada todas las sumas que por concepto distinto a derechos de explotación, tiene derecho a percibir la entidad concedente como consecuencia del contrato de concesión, tales como gastos de administración, costo de talonarios, costo de carnetización de colaboradores, y expedición de licencias para agencias y puntos de ventas fijos. Verificamos si de acuerdo con el contrato de concesión estas sumas fueron base para liquidar derechos de explotación.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivos suministrados por el concesionario.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

51

OBSERVACIONES:

VIGENCIA

CONCEPTO

TALONARIOS CAFETERITO TIMBRE GASTOS

DE ADMINISTRACION

LICENCIAS

2008 382.084.075 0 25.981.166 53.308.243 6.461.000

2009 369.073.500 0 28.833.100 52.123.787 535.600

2010 199.134.000 6.000.000 0 72.404.068 535.600

2011 824.538.600 38.000.000 0 59.180.358 535.600

TOTAL 1.774.830.175 44.000.000 54.814.266 237.016.456 8.067.800

SE OBSERVO QUE ESTOS CONCEPTOS NO FUERON DISMINUIDOS DE LA BASE PARA DETERMINAR LOS DERECHOS DE EXPLOTACION

De acuerdo con los numerales 3.2 EXIGENCIAS MINIMAS EN MATERIA DE RED DE MERCADEO y 4.1 CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE CALIFICACION; del pliego de condiciones definitivo y el ACTA DEL COMITÉ TECNICO ASESOR DE LA LICITACION PUBLICA NUMERO 01 DE 2008, la empresa APOSTAR S.A. “CONCESIONARIO”; se estipuló y evaluó lo siguiente:

CRITERIO PUNTOS

OBTENIDOS

TOTAL PUNTOS

OBTENIDOS FACTOR TECNICO

80

� Red de mercadeo Tomando como base:

• De 1 hasta 175 puntos de venta 10 puntos • De 176 hasta 350 15 puntos • Más de 350 20 puntos

20

� Capacidad tecnológica con red propia y software propio y licenciado. 40 puntos

40

� Equipos propios para venta sistematizada Tomando como base:

• Sin equipos 0 puntos • De 1 a 135 equipos 5 puntos • De 13 a 270 10 puntos • De 271 a 400 15 puntos • Más de 400 20 puntos

20

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

52

Al momento de presentación de la propuesta la empresa APOSTAR S.A. tenía 366 puntos de venta, 411 equipos de cómputo (de escritorio) y 125 equipos o terminales móviles (spectra o datafonos).

En el momento que nos suministraron la información cuenta con: 400 puntos de venta, 499 equipos de cómputo (de escritorio) y 277 equipos o terminales móviles (spectra o datafonos)

2.5. Supervisión sobre la correcta ejecución del contrato e inclusión de un régimen de multas Revisamos y comprobamos las estipulaciones contractuales relativas al ejercicio de la supervisión (interventoría de la entidad territorial) sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y la eventual inclusión de un régimen de multas.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Actas suministradas por la Lotería del Risaralda. 2. Actas suministradas por Apostar S.A.

OBSERVACIONES: ANEXO No. 5 Punto del programa 2.5. Supervisión sobre la correcta ejecución del contrato e inclusión de un régimen de multas En las actas de visita se evidencia que en las fechas: 06-09/2010, 08-10/2010, 08-11/2010 y 31-03/2011; se hizo revisión estados financieros, la reserva, impuestos IVA y rete fuente, certificado de existencia y representación legal, declaración y pago de derechos de explotación y aportes a seguridad social y parafiscales. En el resto de las actas se hace revisión a las ventas y colillas utilizadas, no se evidenció imposición de multas. Hallazgo: las actas fueron suministradas por apostar s.a. “concesionario”, ya que la lotería de risaralda “conedente” solamente suministro unas actas de visitas a puntos de venta, capacitaciones y de consejo de seguridad; no hay actas de asistencia a escrutinios

En general las actas que se realizaron presentan la siguiente muestra: 1. El 90,51% de las actas fueron de visitas a punto de venta, donde verificaban: licencias de funcionamiento, identificación completa

del asesor, lista de loterías con sus respectivos números de sorteo, equipos, ventas. 2. El 6,58% de las actas se realizaron visitas en la sede administrativa del CONCESIONARIO, donde verificaron: ventas diarias y colillas

utilizadas en algunos casos se tuvieron en cuenta las colillas anuladas. 3. El 2,30% de las actas, se realizaron: capacitaciones, consejos de seguridad, entre otros.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

53

4. El 0,61% de las actas también se realizaron visitas en la sede administrativa del CONCESIONARIO, donde verificaron: estados

financieros, la reserva, impuestos IVA y rete fuente, certificado de existencia y representación legal, declaración y pago de derechos de explotación y aportes a seguridad social y parafiscales.

2.6. Revisión estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación y su adecuación a las disposiciones del régimen propio del monopolio

Verificamos la oportunidad y el cumplimiento en la declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación y gastos de administración desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión hasta el 31 de octubre de 2011.

OBSERVACIONES: Ver numeral 1.1.3.5 sobre la revisión estipulaciones relativas al pago de los derechos de explotación y su adecuación a las disposiciones del régimen propio del monopolio

2.7. Estipulaciones relativas al pago de premios

Analizamos las estipulaciones relativas al pago de premios, documentamos el procedimiento que se tiene el CONCESIONARIO para este proceso.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo procedimiento pago de premios

OBSERVACIONES: ANEXO No. 7 Punto del programa 2.7. Estipulaciones Relativas al pago de premios

3. EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE CONCESION.

3.1. Objetivo sobre la ejecución del contrato de concesión

Verificamos el cumplimiento de las obligaciones contractuales y legales contraídas por el concesionario del juego de apuestas permanentes o chance hasta la fecha de realización de la interventoría, de conformidad con lo previsto en el respectivo contrato de concesión y en el régimen propio del monopolio, para tal efecto se procedió a:

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

54

3.2. Constitución y aprobación de la garantía única y de cumplimiento

Constatamos sobre el contrato y documentar el objeto, valor, fecha de iniciación y terminación, constitución y aprobación de la garantía única contractual, la existencia del registro presupuestal, requisitos necesarios para iniciar su ejecución.

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. CONTRATO ESTATAL No. 005 para la explotación de las apuestas permanentes -chance- en el Departamento de Risaralda. 2. Póliza de seguro de cumplimiento estatal No. 300000105 por un valor total de $1’856.411. 3. Póliza de seguro de cumplimiento estatal No. 300000167 por un valor total de $131’815.072. 4. Resolución No. 371 (28-08/2008); Por medio del cual se aprueba una garantía.

OBSERVACIONES:

De acuerdo a lo anterior se cumple con los requerimientos solicitados en el “CAPITULO VII, GARANTIAS Y MULTAS” del pliego de condiciones definitivo, no hay registro presupuestal porque se trata de un Contrato de Concesión. ANEXO No. 8 Punto del programa 3.2. Constitución y aprobación de la garantía única y de cumplimiento

3.3. Oportunidad y cumplimiento, liquidación y pago de los derechos de explotación y gastos de administración

Verificamos la oportunidad y el cumplimiento en la declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación y gastos de administración desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión hasta el 31 de octubre de 2011, documentar los pagos en cuadro Excel.

OBSERVACIONES: Documentado en el numeral 1.13.5 del programa

3.4. Verificación del diligenciamiento del registro diario de apuestas permanentes

Verificamos y analizamos el proceso de diligenciamiento del registro diario (manual y magnético) de apuestas permanentes por parte de los concesionarios, desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión, verificando si dichos registros se llevan en todas las agencias y puntos de venta de los respectivos concesionarios y, la forma como aquel se diligencia tratándose de operación manual o sistematizada del juego.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

55

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivos suministrados por Apostar S.A.

OBSERVACIONES: Se verificó con la funcionaria encargada del proceso de impresión del libro diario de apuestas permanentes el día 23-01/2012 y se observó en físico que se tiene impreso hasta el día 20-01/2012.

3.5. Realización de escrutinios

Constatamos, analizamos y documentamos por escrito, elaborando un resumen de los procedimientos empleados para la realización del escrutinio, determinando el o los sitios para su realización, los mecanismos utilizados para ello y las personas o funcionarios responsables de las etapas o actividades que lo componen.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Procedimiento consulta resultados de sorteos, 2. Procedimiento ingreso de números ganadores al SIAC, 3. procedimiento escrutinio de modalidades de apuestas.

OBSERVACIONES: El procedimiento establecido por la compañía para le realización de los escrutinio consta de tres paso a saber:

• GRABACIÓN Y CONSULTA RESULTADOS DE SORTEOS DE LOTERÍA

Responsable: dirección procesamiento de datos Objetivo: Describir la manera que se deberá utilizar para la captura, verificación y grabación de los números ganadores de cada uno de los sorteos de lotería con que comercializa los juegos de suerte y azar la compañía Alcance: Seguimiento de resultados por medios de comunicación, hasta grabación de resultados en sistema corporativo

• INGRESO DE NÚMEROS GANADORES AL SIAC

Responsable: dirección procesamiento de datos

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

56

Objetivo: Ingresar al SIAC ADMINISTRATIVO para digitar los números ganadores de los sorteos y/o loterías y así generar los datos para que los asesores de venta y la caja premio puedan socializar resultados y pagar los premios.

• ESCRUTINIO DE MODALIDADES DE APUESTA

Responsable: dirección procesamiento de datos

Objetivo: Realiza el escrutinio de las diferentes modalidades de apuestas que se han realizado en el día, con un tiempo máximo de 5 minutos después de cada sorteo.

ANEXO No. 15 Punto del programa 3.5. Realización de escrutinios ANEXO No. 16 Punto del programa 3.5. Realización de escrutinios ANEXO No. 17 Punto del programa 3.5. Realización de escrutinios

3.6. Realización de sorteos adicionales e incentivos al juego de apuestas permanentes o chance

Verificamos y comprobamos, que durante la ejecución del respectivo contrato de concesión la entidad concedente autorizó al concesionario correspondiente para realizar sorteos adicionales, así como para otorgar incentivos al juego de apuestas permanentes o chances y, analizamos las condiciones en que se autorizó al concesionario para realizar dichos sorteos y para otorgar incentivos.

OBSERVACIONES:

En la CLAUSULA DECIMA TERCERA del Contrato de Concesión No. 005 de 2008, dice lo que se anexa en el siguiente cuadro:

CONCEPTO DESCRIPCION

CLAUSULA DECIMA

TERCERA

La concedente autoriza al Concesionario para que durante la vigencia del presente contrato estatal, admita apuestas de chance con los resultados de las siguientes Loterías nacionales que existen y operan en la actualidad, y de las que llegaren a existir: Lotería del Tolima, Lotería de Cundinamarca, Lotería del Huila, Lotería Cruz Roja, Lotería de Manizales, Lotería del Meta, Lotería del Valle, Lotería del Atlántico, Lotería de Bogotá, Lotería del Quindío, Lotería del Risaralda, Lotería de Santander, Lotería de Medellín, Lotería del Cauca, Lotería de Boyacá. Igualmente, la Concedente autoriza al Concesionario para que durante la vigencia del presente contrato estatal, admita apuestas de chance con los resultadas de los siguientes sorteos y juegos y los restantes que operan en la actualidad, además, de todos los sorteos y juegos que llegaren a operar: Dorado Mañana, Dorado Tarde, Dorado Noche, Paisita 1, Paisita 2, Cafeterito Día o 1, Cafeterito Noche o 2, El Cuyabrito, El Chontico, Pijao de Oro, Motilón, Caribeña, Supergana, Superastro, Astro Sol, Astro Luna, Sorteo Extraordinario de Colombia, Sorteo Tolima Especial (Tolichance) El concesionario estará facultado para realizar rifas y sorteos promocionales y entregar incentivos al público con el fin de promover la venta del chance y competir contra el mercado informal.

En la relación anterior, se subrayada y resalta en negrilla donde la Lotería del Risaralda “CONCEDENTE”, autoriza a Apostar S.A. “CONCESIONARIO”; a realizar estrategias para poder competir contra el mercado informal (rifas y chance clandestino, entre otros).

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

57

3.7. Reserva para el pago de premios

Comprobamos el cumplimiento, por parte de cada concesionario, de la reserva para el pago de premios, de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente y aplicable. (Ver contrato de concesión).

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Encargo fiduciario No. 0607451200011254 de la Fiduciaria Davivienda, con un saldo de $1.171’442.575,97. Con corte a la fecha 30-

09/2010. 2. Encargo fiduciario No. 000-033-237 de la Fiduciaria de Occidente S.A. “Occirenta”, con un saldo de $950’328.200,37. Con corte a la

fecha 30-09/2010.

OBSERVACIONES: De acuerdo a los cálculos de la Ley, se cumple con el requerimiento de los topes para la reserva, lo que no se evidencia es, que las cuentas enunciadas tengan restricción, ver recomendación en la sección IV numeral 4.

3.8. Distribución geográfica de las agencias y puntos de venta

Comprobamos y verificamos la distribución geográfica de las agencias y puntos de venta que integran la red de comercialización de cada uno de los concesionarios en la respectiva entidad territorial, para agencias locales se solicitaron listados completo y actualizados de la ubicación de las agencias en el que se discriminó los puntos de venta, tanto fijos como móviles, el mecanismo de explotación del juego utilizado en cada uno de ellos (manual o sistematizado, y si es sistematizado si opera en línea y en tiempo real) y el número, nombre e identificación de los colaboradores que integran la red de comercialización del concesionario.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Puntos de venta. 2. Terminales móviles. 3. Archivo de procedimiento localización y montaje para punto de venta. 4. Fotocopia de mapas geográficos de cada municipio donde se ubican los puntos de venta. 5. Oficio recibido por parte de la lotería del Risaralda radicado número 1220039 de fecha 17-01/2012 y recibido el 20-01/2012. (puntos

de venta)

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

58

No. PUNTOSNo.

TERMINALES

PEREIRA 210 53% 265 53%

DOSQUEBRADAS 97 24% 117 23%

APIA 3 1% 5 1%

BALBOA 1 0% 2 0%

BELEN DE UMBRIA 7 2% 10 2%

LA CELIA 1 0% 2 0%

LA VIRGINIA 23 6% 24 5%

SANTA ROSA DE CABAL 38 10% 45 9%

SANTUARIO 3 1% 5 1%

MARSELLA 5 1% 8 2%

PUEBLO RICO 2 1% 3 1%

MISTRATO 2 1% 3 1%

QUINCHIA 4 1% 6 1%

GUATICA 4 1% 4 1%

400 499

CIUDAD

TOTAL TOTAL

Se observa principalmente que 76% de la operación del concesionario se encuentra concentrada en la zona metropolitana de la ciudad de Pereira. OBSERVACIONES:

Con respecto a las licencias y su respectiva autorización de puntos de venta, la entidad CONCEDENTE aplica el siguiente procedimiento:

Al momento del concesionario abrir un nuevo punto de venta, tanto fijo como móvil; se informa ante la Lotería del Risaralda mediante oficio informativo con relación de cada uno de los puntos nuevos y adjuntando su respectiva licencia de funcionamiento para ser firmada posteriormente por el Gerente de la entidad concedente. De esta manera, se procede a devolver las Licencias de Funcionamiento al concesionario para que continúe efectivamente su proceso de apertura de mercados.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

59

HALLAZGO: la lotería del Risaralda “concedente”, no evidencia tener un control sobre los puntos de venta existentes de apostar s.a. “concesionario”, además de los que a futuro se abren. El único procedimiento que se evidencia es el enunciado en el párrafo anterior.

3.9. Sistematización en línea y tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance.

Comprobamos y verificamos el porcentaje de sistematización en línea y en tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance por parte del respectivo concesionario, de acuerdo con las exigencias dispuestas por la normatividad vigente.

OBSERVACIONES:

Mediante acompañamiento y visita de auditoria de sistemas, se realizaron varias pruebas; una de apuesta juego de chance y anulación en caso de error; estas operaciones se verificaron en el operador donde se evidenció la veracidad de los procedimientos que se enuncian.

AUDITORÍA AL PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS QUE SOPORTA LA OPERACIÓN DEL CHANCE EN EL CONCESIONARIO

APOSTAR S.A. DE LA CIUDAD DE PEREIRA

1. OBJETIVO GENERAL DE LA AUDITORIA Llevar a cabo mediante la utilización de técnicas de auditoría una revisión a los niveles de seguridad del proceso de reporte y custodia de las transacciones producto de la venta de chance en el concesionario APOSTAR S.A. de la Ciudad de Pereira. En virtud de la aplicación de las normas de auditoría de general aceptación al segmento auditado, el cumplimiento de los objetivos del trabajo se basó en la aplicación de técnicas válidas de auditoría con alcance y enfoque definidos, en función del análisis previo realizado por el auditor al riesgo inherente subyacente en los procesos informáticos del sistema que gestiona y procesa las transacciones producto de la venta de chance. En razón a lo anterior, no debe esperarse que la evaluación del Proceso Transaccional auditado, identifique todas sus debilidades; sin embargo, se estima que el mismo fortalecido por las recomendaciones expuestas en el presente informe, podrán brindar salvaguarda razonable al proceso transaccional mencionado. De esta forma, la apreciación de la Auditoria, se basó en la revisión selectiva de los componentes del proceso evaluado y de sus controles existentes en el momento de la evaluación. Las labores de auditoría se direccionaron desde dos puntos de vista:

- Un análisis y verificación del proceso transaccional y de los procedimientos asociados, y - Una evaluación crítica al componente tecnológico que soporta dicho proceso.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

60

2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

a. Levantamiento de información en sitio, con el objeto de conocer el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones; en especial, los controles relacionados con la plataforma informática que soporta dichas transacciones.

b. Análisis de los niveles de seguridad presentes en el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones.

c. Conocer los controles implementados en los dispositivos electrónicos que generan las transacciones y de procedimiento, con el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

d. Conocer los controles implementados en el equipo central o de almacenamiento de las transacciones y de procedimiento, con el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

e. Establecer a nivel general y desde el punto de vista de tecnología, el nivel de seguridad que brinda el proceso utilizado para el reporte y custodia de las transacciones.

3. METODOLOGÍA Para el levantamiento de información y el análisis del proceso transaccional se elaboró un cuestionario de control interno (C.C.I.) compuesto por cuarenta y cinco (45) preguntas que en nuestro concepto, aseguran el cumplimiento de los objetivos de la auditoría. Dicho programa considera la evaluación general de aspectos relacionados con las normativas de carácter general, utilización de los equipos, las claves de acceso, las copias de respaldo (back-ups), el plan de contingencia y el proceso en general. Las respuestas a dichas preguntas se enmarcan en: - Si. Significa que lo sugerido por la pregunta, es aplicado en el proyecto y se cuenta con evidencias de este hecho. - No. Significa que lo sugerido por la pregunta es aplicable, pero que en el momento de realizar la auditoría no se tenía su

implementación. - Observaciones. En este campo se muestran, si las hay, las observaciones realizadas por el entrevistado frente a las preguntas

formuladas. Para la verificación del componente tecnológico, nos hemos basado en el estándar internacional COBIT versión 4.0, que es un marco de referencia o modelo para auditar la gestión y control de los sistemas de información y tecnología relacionadas, generalmente aceptado, de amplio reconocimiento mundial en estándares de auditoría y gobierno de TI y aplicable a todos los sectores de una organización con apoyo de la tecnología.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

61

De otro lado, y teniendo en cuenta los niveles de seguridad y confidencialidad establecidos por el Concesionario se llevaron a cabo pruebas selectivas al proceso transaccional las cuales se indican en el Cuestionario de Control Interno indicado y cuyos resultados se documentaron por medio de registro fotográfico o por medios impresos. 4. ACTIVIDADES DE AUDITORIA

OBJETIVO ACTIVIDAD

2 a) Levantamiento de información en sitio, con el objeto de conocer el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones; en especial, los controles relacionados con la plataforma informática que soporta dichas transacciones.

2 b) Análisis de los niveles de seguridad presentes en el proceso que se sigue para el reporte y custodia de las transacciones.

2 c) Conocer los controles implementados en los dispositivos electrónicos que generan las transacciones y de procedimiento, con el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

2 d) Conocer los controles implementados en el equipo central o de almacenamiento de las transacciones y de procedimiento, con el objeto de establecer los niveles de seguridad brindados.

2 e) Establecer a nivel general y desde el punto de vista de tecnología, el nivel de seguridad que brinda el proceso utilizado para el reporte y custodia de las transacciones.

5. OBSERVACIONES DE AUDITORÍA 5.1. Proceso en General

1. Si bien se cuenta con la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, durante la visita realizada no se evidenció un procedimiento que permita detallar cada una de las actividades y responsables de la administración del proceso transaccional

2. Las políticas generales sobre el proceso transaccional se siguen de acuerdo a las leyes vigentes, sin embargo, al interior del

Concesionario no se evidencian políticas debidamente documentadas y socializadas que delimiten el actuar de cada uno de los participantes en el proceso transaccional y por ende, den a conocer los lineamientos y controles que este tipo de procesos amerita.

3. No se evidenció que se cuente con políticas dirigidas a asegurar el uso legal del software que se utiliza en el concesionario y

aunque se han dictado algunas directrices al respecto en las capacitaciones, no se ha difundido la responsabilidad civil y penal que tiene los funcionarios frente a la utilización de software no licenciado.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

62

OPORTUNIDADES DE MEJORAMIENTO

1. Con el ánimo de fortalecer el proceso transaccional y que éste se constituya en pieza fundamental para la ejecución y el control

de las actividades que lleva a cabo el personal encargado de las diferentes áreas, consideramos razonable revisar y documentar el procedimiento respectivo, resaltando que los procedimientos que se generen, necesariamente deberán ser verificados por los diferentes usuarios líderes o responsables de los mismos junto con los funcionarios encargados y ejecutores de sus tareas, quienes en conjunto determinarán su aprobación y publicación, acción que deberá quedar registrada en un acta o documento formal.

2. Para contribuir con la seguridad informática del Concesionario, consideramos necesario establecer por parte de la Alta Dirección

las políticas de seguridad frente a aspectos tales como: manejo de la información, acceso a los computadores y terminales, acceso a las bases de datos y manipulación de la infraestructura de TI, entre otras.

3. El uso de software ilegal está regulado en el País, razón por la cual a la luz de las políticas, procedimientos, roles y

responsabilidades que se determinen y documenten, se debe hacer especial énfasis en este tema, dándolo a conocer periódicamente y especialmente, dejando su registro y compromiso en cada uno de los contratos suscritos o a suscribir.

5.2. Controles del Proceso:

1. Como resultado de las pruebas realizadas, se pudo establecer que el Concesionario cuenta con elementos de seguridad en el almacenamiento de las transacciones (juegos) generadas desde la máquina electrónica de venta (terminal inalámbrica) y el punto de venta (PC), dichos elementos de seguridad son los brindados por la infraestructura de TI que mediante contrato vigente dispone la firma Datacenter S.A. de la ciudad de Pereira; sin embargo el Concesionario, no cuenta a título propio con políticas, procedimientos, roles y responsabilidades, así como el plan de continuidad de los servicios o del negocio.

2. La infraestructura de TI del concesionario cuenta con protocolos de seguridad brindados por la infraestructura de TI de la firma

Datacenter S.A., que son utilizados en la industria y buscan ofrecer un grado aceptable de seguridad a las transacciones; sin embargo, dicha seguridad se puede ver afectada por los procesos que se siguen una vez finaliza la transacción y se lleva a cabo su posterior envío o reporte.

3. El Concesionario para llevar a cabo el proceso transaccional, entre otros procesos, cuenta con un contrato que brinda los

servicios de un Centro de proceso de datos con la firma Datacenter S.A. En la visita realizada a las instalaciones de dicha firma con la participación del Concesionario, fue indicado que como medida de control sobre el funcionamiento de los servicios la firma Datacenter S.A. genera certificaciones sobre la funcionalidad y estado de los servicios ofrecidos. Aún así, no se observó que por parte del Concesionario se llevará a cabo periódicamente un seguimiento o auditoria a todos los aspectos contractuales de tipo tecnológico que se tienen, en especial los relacionados con la arquitectura de seguridad que se solicito y que se está brindando.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

63

4. El Concesionario no cuenta con los procedimientos que integren las actividades asignadas al proceso transaccional, hecho que

limita la posibilidad de identificar controles en las tareas y la asignación de responsabilidades.

OPORTUNIDADES DE MEJORAMIENTO

1. Diseñar, documentar, implementar y supervisar políticas, procedimientos, roles y responsabilidades, así como con un plan de continuidad de los servicios o del negocio, de las actividades que se desarrollan localmente, independientemente que se tenga una gran dependencia de los procesos que se siguen en la firma Datacenter S.A.

2. Con el objeto de garantizar los niveles de seguridad, confiabilidad e integridad que requiere este tipo de procesos recomendamos

planear, ejecutar y documentar una prueba integral que permita confirmar la funcionalidad de los protocolos de seguridad adoptados, cubrir las necesidades del área usuaria y garantizar la administración de todas las operaciones del proceso.

3. Como se tiene una relación contractual entre el Concesionario y la firma Datacenter S.A. es indispensable que el primero cuente

con la asignación y cumplimiento de la función de seguimiento o interventoría al cumplimiento de los aspectos técnicos y de seguridad con el objeto de establecer oportunamente su cumplimiento no solo contractual sino de atención a las necesidades y niveles de seguridad que este tipo de procesos amerita.

4. Corresponde al Concesionario diseñar y ejecutar pruebas específicas orientadas a probar las funcionalidades del sistema,

evaluando los resultados obtenidos con el área de Sistemas de la firma Datacenter S.A. y tomar las acciones correctivas necesarias para solventar las incidencias encontradas.

5. Revisar y documentar el proceso transaccional en el marco del Sistema de Gestión de la Calidad que se tiene, cuidando de incluir

las actividades que se complementan con el servicio ofrecido por la firma Datacenter S.A., toda vez que las actividades que se realizan entre ambos son complementarias.

5.3. Ejecución de Pruebas

1. En relación con la transmisión de datos, únicamente se pudo observar su origen debido a que las transacciones se registran en los servidores de la firma Datacentrer S.A., por lo que se considera indispensable que el Concesionario diseñe y lleve a cabo pruebas complementarias dirigidas a verificar la efectividad de los controles informáticos implementados y los niveles de seguridad establecidos en el sistema sobre la privacidad e integridad de los datos y transacciones.

2. En la visita realizada a las instalaciones de la firma Datacenter S.A. con la participación del Concesionario, informaron sobre los protocolos de seguridad que se tienen para la infraestructura de TI brindados bajo estándares de la industria y que buscan ofrecer un grado aceptable de seguridad a las transacciones; sin embargo, por razones de seguridad, logística y objeto de la visita en comento, no se verificó la funcionalidad ni el nivel de seguridad brindado por dichos protocolos.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

64

OPORTUNIDAD DE MEJORAMIENTO:

1. Recomendamos planear, ejecutar y documentar una prueba que permita ratificar la funcionalidad de los protocolos de seguridad

adoptados, la efectividad de los controles para garantizar la privacidad e integridad de los datos y transacciones, teniendo en cuenta que dicha funcionalidad está a cargo de la firma Datacenter S.A., debiéndose establecer inicialmente las responsabilidad y alcance de de las mismas para cada uno de los involucrados.

2. En consecuencia con el ítem anterior, se debe incluir en la prueba sugerida, la evaluación y seguimiento de todos los aspectos tecnológicos que se consideren pueden llegar a afectar el normal funcionamiento de los servicios prestados y por ende, la integridad, disponibilidad y seguridad de la información manejada.

5.4. Plan de Continuidad:

1. Como resultado de nuestras indagaciones, se pudo establecer que el concesionario está documentando un plan de contingencia y/o de continuidad del negocio, que se estima adoptar en febrero del presente año. Dicho plan es importante que se concluya e implemente debido a que se tiene gran dependencia de la firma Datacenter S.A. para la generación y custodia de la información.

2. El Concesionario y sus empleados, especialmente el área de Tecnología, reconocen que algunas medidas de seguridad para TI se

están llevando a cabo de forma reactiva debido en gran parte a la dependencia que se tienen de la infraestructura de TI brindada por la firma Datacenter .S.A.

OPORTUNIDAD DE MEJORA:

Finalizar la ejecución del proyecto orientado a documentar, probar e implementar un plan de contingencia o de continuidad del negocio ajustado a las necesidades identificadas, validando que se establecieron claramente las actividades a seguir para la atención de situaciones no previstas por el Concesionario y especialmente, en el proceso transaccional. La anterior medida le permitirá al concesionario contar con actividades que de forma proactiva establezcan, identifiquen y solucionen situaciones no deseadas que puedan afectar la operación normal del Concesionario, del proceso transaccional y de la relación con la firma Datacenter S.A.

6. CONCLUSIONES DE LA AUDITORÍA

a. El personal cuenta con la capacidad e idoneidad necesaria para atender de la mejor forma las funciones asignadas, siendo indispensable contar con el apoyo de políticas, procedimientos, roles y responsabilidades debidamente establecidas y documentadas, para que su funcionamiento sea óptimo y puedan cumplir todos los procesos con la debida seguridad.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

65

b. No se dispone de políticas y controles debidamente documentados del proceso transaccional, lo que determina que su ejecución

sea discrecional. Del mismo modo, se carece de procedimientos documentados que aseguren el cumplimiento de dichas políticas, que identifiquen a los responsables de su ejecución y que garantice los resultados esperados.

También consideramos indispensable llevar a cabo una evaluación exhaustiva a los niveles de seguridad brindados por los protocolos de seguridad que ha adoptado el Concesionario en su infraestructura de TI, especialmente los relacionados con el proceso transaccional.

ANEXO No. 21 Punto del programa 3.9. Sistematización en línea y tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance ANEXO No. 22 Punto del programa 3.9. Sistematización en línea y tiempo real de la operación del juego de apuestas permanentes o chance

3.10. Pago de premios y atención de quejas y reclamos de los apostadores

Verificamos y comprobamos la política y procedimientos para el pago de premios y para la atención de quejas y reclamos de los apostadores. El análisis requerido comprendió el volumen de reclamaciones atendidas, discriminando aquellas que fueron negadas o rechazadas y aquellas que se resolvieron de manera favorable al apostador, así como discriminar el monto de las mismas y las razones que con mayor frecuencia soportaron uno y otro proceder, agrupando las explicaciones ofrecidas de manera temática.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo de procedimiento tratamiento de PQRS. 2. Archivo suministrado por Apostar S.A. PQRS 2011

OBSERVACIONES:

3.11. Numero de terminales autorizados y la conexión de las mismas en línea.

En el evento de explotar el juego a través de mecanismos sistematizados, verificamos el número de terminales autorizadas por cada punto de venta de los respectivos concesionarios y la conexión de las mismas en línea y tiempo real.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

66

OBSERVACIONES:

ANEXO No. 3. Número de terminales autorizados y la conexión de las mismas en línea

3.12. Políticas y estrategias de comercialización del juego de apuestas permanentes o chance.

Evaluamos las políticas y estrategias de comercialización del juego de apuestas permanentes o chance para cada concesionario y analizamos su eficacia en términos de penetración en el mercado e incremento en las transferencias al sector salud. Para ello deberá discriminar entre comercialización directa, esto es, a través de personal vinculado con el concesionario mediante una relación de trabajo o, a través de terceros, esto es, mediante contratos mercantiles de agencia, distribución y/o comercialización.

De acuerdo a la distribución geográfica los puntos de venta están ubicados estratégicamente para poder llegar a todos los puntos de jurisdicción del Departamento de Risaralda, según los procedimientos se busca que no queden muy cerca uno de otro y así tener una cobertura total del mercado, de acuerdo a la explotación del CHANCE.

3.13. Control interno aplicado por el concesionario

Comprobamos, analizamos y evaluamos los mecanismos de control interno aplicados por el concesionario en torno a la ejecución de las apuestas y su reporte.

Se solicitó los procedimientos de control interno con relación a la venta de chance la cual evidenciamos controles relacionados a:

- Cobertura y cubrimiento: los cuales se canalizan en las oficinas principales de cada municipio.

- Controles sobre los vendedores: cada usuario tiene un código único el cual solo accede en la terminal y en el horario establecido.

- Auxiliar Operativo: el sistema realiza automáticamente el bloqueo de apuestas diez (10) minutos antes de la realización de los

diferentes juegos.

- Pedido de formularios: Se manejan dos tipos de formularios Rollos Bond para impresoras de matriz y químico para las maquinas spectra, los pedidos se realizan a la lotería de Risaralda, previa autorización de la Gerencia General el pedido se hace con un estimativo para poder cubrir ventas aproximadamente para tres meses.

- Almacenamiento de Formularios: Se encuentran en una bodega amplia y en condiciones óptimas para el almacenaje de los

formularios.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

67

- Asignación de los formularios: son asignados de orden ascendente y trasportados en vehículos blindados a cada oficina principal que

luego serán distribuidos a los puntos y vendedores.

- Control de Inventarios: se controla a través del sistema el cual informa los saldos en bodega oficinas y puntos.

- Asignación de Turnos vendedores: el vendedor para que pueda tener acceso al sistema requiere del usuario y clave de acceso además está vinculado al municipio y a la vez a una oficina y punto de contacto el sistema tiene una opción para la asignación de turnos según la necesidad.

- Liquidación diaria del efectivo: los vendedores realizan el cierre diario y el sistema realiza un cierre masivo con el fin de visualizar

el efectivo y proceder a entregar en las cajas generales ubicadas en cada oficina principal la cual cuenta con seguridad privada y circuito cerrado de televisión.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo programas de procedimientos Control interno por el concesionario.

3.14. Procedimiento aplicados por el concesionario en el suministro de talonarios

Comprobamos y verificamos, los procedimientos de control aplicados, por cada concesionario, a los colocadores en relación con las políticas empleadas para la administración y suministro de rollos.

Se verifica el inventario de cada asesor a través del sistema, de acuerdo a este hace el respectivo registro y entrega de la papelería al sistema para que el asesor pueda proceder a registrarla con sus códigos de acceso en el punto de venta para su correspondiente activación para poder proceder a la comercialización del chance, no se entrega más de 4 rollos a cada asesor.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo de procedimiento entrega y asignación de papelería chance.

OBSERVACIONES: Por lo que se refleja en el procedimiento, se dan todas las garantías para evitar fraudes o robo, ya que cada operador tiene unos códigos de acceso al sistema y así poder registrar los formularios (rollos) que le entregan.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

68

3.15. Procedimientos aplicados por el concesionario para los talonarios-rollos perdidos y/o anulados.

Comprobamos, verificamos y evaluamos los procedimientos empleados por cada concesionario para el control de los rollos pedidos y/o anulados.

Cuando un asesor registra un proceso que requiera su anulación, se debe comunicar a través de intranet con la mesa de ayuda y hacer la solicitud para que desde allí le realice la respectiva anulación, e toda colilla anulada debe ser entregada en las oficinas administrativas del concesionario para su posterior revisión y estadística, igual sucede con los rollos perdidos.

OBSERVACIONES:

La papelería (rollos) se asignan para cada oficina, y a cada asesor se le entrega máximo dos rollos para que ejerza su labor de venta diaria de chance, para esto el asesor debe firmar una relación (formato interno) que maneja la empresa Apostar S.A.

Ver anexo No. 37 Punto del programa 3.15. Procedimientos aplicados por el concesionario para los talonarios-rollos perdidos y/o anulados

3.16. Políticas manejo de inventarios de talonarios-rollos

Comprobamos y verificamos las políticas empleadas por cada concesionario para el manejo de inventarios sobre formularios - rollos.

Se establece como cantidad máxima para enviar a una oficina comercial para la posterior distribución entre los asesores de ventas, servicios y recaudos, 10 cajas el equivalente a 500 rollos bond y 2 cajas el equivalente a 300 rollos térmico para la oficina de Pereira Plaza de Bolívar, para las demás oficinas 5 cajas el equivalente a 250 rollos bond y 1 cajas el equivalente a 150 rollos térmicos. Todo esto va de acuerdo a los pedidos que se hagan por parte del concesionario al concedente de la proyección de insumos para cada año.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo de procedimiento compras y almacenamiento de papelería de chance.

OBSERVACIONES: ANEXO No. 4. Políticas manejo de inventarios de talonarios-rollos

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

69

3.17. Políticas y procedimientos para la vinculación de colocadores a la red de comercialización

Verificamos y evaluamos las políticas y procedimientos previstos por cada concesionario, para vincular colocadores a su red de comercialización, así como el proceso de carnetización de los mismos y su estado actual. Documentar el proceso.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo de procedimiento contratación personal a nómina. 2. Archivo de procedimiento ingreso de personal de nómina al sistema.

OBSERVACIONES: Una vez verificado los procedimientos establecidos por el concesionario se pudo comprobar que el procedimiento establecido da garantía en la vinculación del personal relacionado con el área comercial, y la identificación planamente visible en cada uno de sus empleados.

3.18. Aperturas y/o expansión de agencias y puntos de venta.

Verificamos y comprobamos las políticas y procedimientos previstos por cada concesionario para la apertura y/o expansión de agencias y puntos de venta (fijos y Móviles) y aquellos correspondientes al control sobre su regular funcionamiento.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Archivo de procedimiento contratación colocadores independientes. 2. Archivo de procedimiento apertura y cierre de tiendas de la suerte.

OBSERVACIONES:

Al momento del concesionario abrir un nuevo punto de venta, tanto fijo como móvil; se informa ante la Lotería del Risaralda mediante oficio informativo con relación de cada uno de los puntos nuevos y adjuntando su respectiva licencia de funcionamiento para ser firmada posteriormente por el Gerente de la entidad concedente. De esta manera, se procede a devolver las Licencias de Funcionamiento al concesionario para que continúe efectivamente su proceso de apertura de mercados.

Hallazgo: la lotería del Risaralda “concedente”, no evidencia tener un control sobre los puntos de venta existentes de apostar s.a. “concesionario”, además de los que a futuro se abren. El único procedimiento que se evidencia es el enunciado en los dos párrafos anteriores.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

70

3.19. Licencias para agencias y/o puntos de ventas.

Constatamos el número de licencias para agencias y/o puntos de venta con que cuenta el concesionario

La entidad CONCEDENTE aplica el siguiente procedimiento: Al momento del concesionario abrir un nuevo punto de venta, tanto fijo como móvil; se informa ante la Lotería del Risaralda mediante oficio informativo con relación de cada uno de los puntos nuevos y adjuntando su respectiva licencia de funcionamiento para ser firmada posteriormente por el Gerente de la entidad concedente. De esta manera, se procede a devolver las Licencias de Funcionamiento al concesionario para que continúe efectivamente su proceso de apertura de mercados. La interventoría pudo comprobar, la falta de control por parte del concedente del total de las licencias entregadas al concesionario, durante la vigencia del contrato. Hallazgo: En La lotería del Risaralda, no hay evidencia de tener un control del total del número de licencias autorizadas sobre los puntos de venta existentes del concesionario Apostar S.A., ver hallazgo en la sección IV numeral 4.

3.20. Flujo de formularios oficiales

Verificamos el flujo de formularios oficiales – Tanto manuales, como sistematizados- , desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión, identificando su monto inicial, esto es al inicio de la concesión, los volúmenes mensuales y anuales adquiridos

La lotería del Risaralda "concedente" por medio del departamento comercial mediante oficio, hace requerimiento sobre la proyección de la papelería para el siguiente año en el mes de octubre; el concesionario responde mediante oficio basados en el gasto de papelería del presente año sobre las necesidades resultantes. Después de elaborados los rollos el concedente retira de manera aleatoria unos rollos de papelería para verificar los controles de seguridad, se registran los seriales y son entregados al concesionario quien posterior a esto se revisan y registran en el sistema.

3.21. Ingresos brutos diarios del concesionario y la cantidad de formularios utilizados

Determinamos el monto mensual de los ingresos brutos obtenidos en cada concesionario, desde el comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión, discriminando el valor de los ingresos brutos diarios obtenido por cada uno de ellos y la cantidad de formularios utilizados al día tanto en el mecanismo de explotación manual como en el sistematizado. Solicitar las bases de datos en medios magnéticos para toda la vigencia de la concesión de tal forma que se pueda conciliar con los formularios utilizados.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

71

OBSERVACIONES:

Verificamos el comportamiento de los ingresos brutos obtenidos por cada concesionario y su equivalente en términos de derechos de explotación y, compararlo con la administración y el flujo de formularios oficiales – tanto manuales como sistematizados – adquiridos a la respectiva entidad concedente y aquellos efectivamente utilizados.

OBSERVACIONES: Ver punto documentado en el numeral 1.13.5 de este informe.

3.22. Funciones de supervisión sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y giro oportuno y efectivo de los recursos.

Constatamos y evaluamos el cumplimiento efectivo y oportuno en el pago de las transferencias por concepto de derechos de explotación a los fondos seccionales de salud, por parte de la entidad concedente correspondiente.

OBSERVACIONES: ANEXO No. 54 Punto del programa 3.22. Funciones de supervisión sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y giro oportuno y efectivo de los recursos Ver punto documentado en el numeral 1.13.5.

3.22.1. Pago oportuno de las transferencias.

Constatamos y evaluamos el cumplimiento efectivo y oportuno en el pago de las transferencias por concepto de derechos de explotación a los fondos seccionales de salud, por parte de la entidad concedente correspondiente. Documentar los pagos y validarlo con la Superintendencia Nacional de Salud, solicitando los informes a esta de los reportes recibidos.

OBSERVACIONES: Punto documentado en el numeral 1.13.5. de este informe

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

72

3.22.2. Procedimiento para la administración y suministro de formularios

Evaluamos el procedimiento interno utilizado por cada entidad concedente para la administración y suministro de formularios, así como para el control sobre la correcta utilización de los mismos por parte de los concesionarios. Documentado el proceso. Verificando los procedimientos del ingreso de personal a la compañía, además de la hoja de vida, se les solicita la foto fondo blanco con el uniforme entregado, se les elabora el carnet que los identifica como funcionarios activos de Apostar, el cual deben portar en un lugar visible y conservarlo adecuadamente para evitar su deterioro o pérdida. La reexpedición por pérdida injustificada del Carnet o deterioro por mal uso tiene un costo de $5.000. Si se trata del Carnet con la tarjeta operador (TIM) tiene un costo de $6.062, (este último valor compuesto por la tarjeta operador y la Termo-impresión). Ante la pérdida de un Carnet, el funcionario debe informar inmediatamente al área de Talento humano, adjuntar el denuncio por pérdida, entregar la foto fondo blanco con el uniforme, con el fin de ser reexpedido un nuevo carnet. A la terminación del contrato o retiro definitivo del personal, antes de la firma del paz y salvo, el ex - funcionario debe devolver el carnet al área de nómina, el cual se destruirá. En caso de no ser entregado, deberán adjuntar el denuncio correspondiente.

OBSERVACIONES: Por lo que se refleja en el procedimiento, se dan todas las garantías para evitar fraudes o robo, ya que cada operador tiene unos códigos de acceso al sistema y así poder registrar los formularios (rollos) que le entregan.

La papelería (rollos) se asignan para cada oficina, ya a cada asesor se le entrega máximo dos rollos para que ejerza su labor de venta diaria de chance, para esto el asesor debe firmar una relación (formato interno) que maneja la empresa Apostar S.A.

3.22.3. Autorización de agencias y puntos de venta fijos o móviles

Constatamos y analizamos las políticas y procedimientos aplicados para autorizar la operación de agencias y puntos de venta fijos o móviles.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

73

OBSERVACIONES: La entidad CONCEDENTE aplica el siguiente procedimiento:

Al momento del concesionario abrir un nuevo puto de venta, tanto fijo como móvil; se informa ante la Lotería del Risaralda mediante oficio informativo con relación de cada uno de los puntos nuevos y adjuntando su respectiva licencia de funcionamiento para ser firmada posteriormente por el Gerente de la entidad concedente. De esta manera, se procede a devolver las Licencias de Funcionamiento al concesionario para que continúe efectivamente su proceso de apertura de mercados.

HALLAZGO: la lotería del Risaralda no tiene documentado el control sobre los puntos de venta vigentes del concesionario. el único procedimiento que se evidencia es el enunciado en el párrafo anterior.

3.22.4 Mecanismos de supervisión utilizados por el concedente para garantizar la correcta ejecución del contrato Comprobamos y analizamos los procesos y mecanismos de supervisión que utiliza la entidad concedente para garantizar la correcta ejecución del contrato de concesión. El análisis requirió incluir el número de acciones de supervisión adelantadas por la entidad concedente, su objeto y metodología, así como sus resultados. Documentado en el numeral 3.19 del informe

DOCUMENTOS CONSULTADOS:

1. Actas suministradas por la Lotería del Risaralda. 2. Actas suministradas por Apostar S.A.

OBSERVACIONES:

En las actas de visita se evidencia que en las fechas: 06-09/2010, 08-10/2010, 08-11/2010 y 31-03/2011; se hizo revisión estados financieros, la reserva, impuestos IVA y rete fuente, certificado de existencia y representación legal, declaración y pago de derechos de explotación y aportes a seguridad social y parafiscales.

En el resto de las actas se hace revisión a las ventas y colillas utilizadas, no se evidenció actas de multas.

Hallazgo: las actas del cuadro anterior fueron suministradas por apostar s.a. “concesionario”, ya que la lotería de Risaralda “conedente” solamente suministro unas actas de visitas a puntos de venta, capacitaciones y de consejo de seguridad; no hay actas de asistencia a escrutinios

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

74

En el anexo No. 5 está incluido en diferentes hoja “ACTAS – ACTAS 2” el cuadro que se menciona en el hallazgo de las actas de visitas, capacitaciones y de consejo de seguridad que suministró la Lotería del Risaralda “CONCEDENTE”.

En general las actas que se realizaron presentan la siguiente muestra: 1. El 90,51% de las actas fueron de visitas a punto de venta, donde verificaban: licencias de funcionamiento, identificación completa

del asesor, lista de loterías con sus respectivos números de sorteo, equipos, ventas. 2. El 6,58% de las actas se realizaron visitas en la sede administrativa del CONCESIONARIO, donde verificaron: ventas diarias y colillas

utilizadas en algunos casos se tuvieron en cuenta las colillas anuladas. 3. El 2,30% de las actas, se realizaron: capacitaciones, consejos de seguridad, entre otros. 4. El 0,61% de las actas también se realizaron visitas en la sede administrativa del CONCESIONARIO, donde verificaron: estados

financieros, la reserva, impuestos IVA y rete fuente, certificado de existencia y representación legal, declaración y pago de derechos de explotación y aportes a seguridad social y parafiscales.

3.22.5 Establecimiento de estrategias y procedimientos para garantizar la plena vigilancia del principio de transparencia en los

escrutinios.

Verificamos y analizamos si, a partir del comienzo de la ejecución del contrato, se han establecido estrategias y procedimientos, por parte de las entidades concedentes, para garantizar la plena vigencia del principio de transparencia en la realización de los escrutinios del juego, en el pago de premios y en la realización de sorteos adicionales, de conformidad con los previsto en la ley 643 de 2001 y en la circular única y demás circulares que adicionen o modifiquen esta última, en lo aplicable a ello por parte, de Supersalud.

Comprobamos y analizamos los procesos y mecanismos de supervisión que utiliza la entidad concedente para garantizar la correcta ejecución del contrato de concesión. El análisis requerido debe incluir el número de acciones de supervisión adelantadas por la entidad concedente, su objeto y metodología, así como sus resultados. Documentar los informes y el seguimiento de las mismas.

DOCUMENTOS CONSULTADOS: 1. Actas suministradas por la Lotería del Risaralda. 2. Actas suministradas por Apostar S.A.

OBSERVACIONES: ANEXO No. 61 Punto del programa 3.22.5. Mecanismos de supervisión utilizados por el concedente para garantizar la correcta ejecución del contrato

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

75

En las actas de visita se evidencia que en las fechas: 06-09/2010, 08-10/2010, 08-11/2010 y 31-03/2011; se hizo revisión estados financieros, la reserva, impuestos IVA y rete fuente, certificado de existencia y representación legal, declaración y pago de derechos de explotación y aportes a seguridad social y parafiscales.

En el resto de las actas se hace revisión a las ventas y colillas utilizadas, no hay actas de multas ya que no hubo.

HALLAZGO: las actas del cuadro anterior fueron suministradas por apostar s.a. “concesionario”, ya que la lotería de Risaralda “conedente” solamente suministro unas actas de visitas a puntos de venta, capacitaciones y de consejo de seguridad; no hay actas de asistencia a escrutinios

En el anexo No. 5 está incluido en diferentes hoja “ACTAS – ACTAS 2” el cuadro que se menciona en el hallazgo de las actas de visitas, capacitaciones y de consejo de seguridad que suministro la Lotería del Risaralda “CONCEDENTE”.

En general las actas que se realizaron presentan la siguiente muestra: 1. El 90,51% de las actas fueron de visitas a punto de venta, donde verificaban: licencias de funcionamiento, identificación completa

del asesor, lista de loterías con sus respectivos números de sorteo, equipos, ventas.

2. El 6,58% de las actas se realizaron visitas en la sede administrativa del CONCESIONARIO, donde verificaron: ventas diarias y colillas utilizadas en algunos casos se tuvieron en cuenta las colillas anuladas.

3. El 2,30% de las actas, se realizaron: capacitaciones, consejos de seguridad, entre otros. El 0,61% de las actas también se realizaron

visitas en la sede administrativa del CONCESIONARIO, donde verificaron: estados financieros, la reserva, impuestos IVA y rete fuente, certificado de existencia y representación legal, declaración y pago de derechos de explotación y aportes a seguridad social y parafiscales

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

76

En la CLAUSULA DECIMA TERCERA del Contrato de Concesión No. 005 de 2008, dice lo que se anexa en el siguiente cuadro:

CONCEPTO DESCRIPCION

CLAUSULA DECIMA

TERCERA

La concedente autoriza al Concesionario para que durante la vigencia del presente contrato estatal, admita apuestas de chance con los resultados de las siguientes Loterías nacionales que existen y operan en la actualidad, y de las que llegaren a existir: Lotería del Tolima, Lotería de Cundinamarca, Lotería del Huila, Lotería Cruz Roja, Lotería de Manizales, Lotería del Meta, Lotería del Valle, Lotería del Atlántico, Lotería de Bogotá, Lotería del Quindío, Lotería del Risaralda, Lotería de Santander, Lotería de Medellín, Lotería del Cauca, Lotería de Boyacá. Igualmente, la Concedente autoriza al Concesionario para que durante la vigencia del presente contrato estatal, admita apuestas de chance con los resultadas de los siguientes sorteos y juegos y los restantes que operan en la actualidad, además, de todos los sorteos y juegos que llegaren a operar: Dorado Mañana, Dorado Tarde, Dorado Noche, Paisita 1, Paisita 2, Cafeterito Día o 1, Cafeterito Noche o 2, El Cuyabrito, El Chontico, Pijao de Oro, Motilón, Caribeña, Supergana, Superastro, Astro Sol, Astro Luna, Sorteo Extraordinario de Colombia, Sorteo Tolima Especial (Tolichance) El concesionario estará facultado para realizar rifas y sorteos promocionales y entregar incentivos al público con el fin de promover la venta del chance y competir contra el mercado informal.

En la relación anterior, se subrayada y resalta en negrilla donde la Lotería del Risaralda “CONCEDENTE”, autoriza a Apostar S.A. “CONCESIONARIO”; a realizar estrategias para poder competir contra el mercado informal (rifas y chance clandestino, entre otros).

3.22.6. Estrategias y procedimientos para garantizar el cumplimiento del pago de premios. Constatamos y analizamos las estrategias y procedimientos utilizados por la respectiva entidad concedente para garantizar el cumplimiento de las reglas del juego en relación con el pago de premios de los apostadores, así como para la atención de quejas y reclamos de los apostadores.

OBSERVACIONES: La lotería del Risaralda “CONCEDENTE”, nos informa que mediante la comunicación escrita radicado No. 1220052; se presentaron derechos de petición por parte de algunos jugadores de apuesta permanente y ganadores con los resultados de la Lotería de Bogotá, donde manifiestan que Apostar S.A. “CONCESIONARIO”, se abstiene de pagar estos premios, fundamentados estos en un posible fraude. A la fecha no se han presentado demandas para el pago de los premios. Únicamente se tiene conocimiento de que los Representantes Legales de varios Concesionarios del Chance en Colombia, incluida Apostar S.A., presentaron denuncia formal por los hechos ocurridos ante la Fiscalía General de Nación.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

77

3.22.7. Verificacion y análisis de la cláusula penal pecuniaria prevista en el contrato.

Comprobamos y analizamos la eventual utilización de la clausula penal pecuniaria prevista en el contrato, discriminando el número total de multas impuestas, su objeto y estado de ejecutoria.

OBSERVACIONES:

Durante la ejecución del Contrato de Concesión No. 005/2008, no ha habido causales de multas o sanciones en contra de Apostar S.A. “CONCESIONARIO” de acuerdo con la correspondencia revisada y las manifestaciones de la gerencia.

3.22.8. Funciones de fiscalización y control por parte de la entidad concedente.

Determinamos y analizamos si a partir del comienzo de la ejecución del respectivo contrato de concesión, se han ejercido funciones de fiscalización y control, de las que tratan los artículos 4to., 43, 44, de la ley 643 de 2001, por parte de la respectiva entidad concedente, en relación con la explotación del juego de apuestas permanentes o chance en la respectiva jurisdicción territorial. El análisis requerido, entre otras cosas, incluyó el número de liquidaciones de aforo, revisión y/o corrección que expidió la entidad concedente, el número de las sanciones correlativas, el valor de unas y otras, así como la descripción breve de su objeto y el periodo de liquidación que comprenden.

OBSERVACIONES:

Ver desarrollo de los puntos 3.22.3 a 3.22.8

En la CLAUSULA DECIMA TERCERA del Contrato de Concesión No. 005 de 2008, dice lo que se anexa en el siguiente cuadro:

CONCEPTO DESCRIPCION

CLAUSULA DECIMA

TERCERA

La concedente autoriza al Concesionario para que durante la vigencia del presente contrato estatal, admita apuestas de chance con los resultados de las siguientes Loterías nacionales que existen y operan en la actualidad, y de las que llegaren a existir: Lotería del Tolima, Lotería de Cundinamarca, Lotería del Huila, Lotería Cruz Roja, Lotería de Manizales, Lotería del Meta, Lotería del Valle, Lotería del Atlántico, Lotería de Bogotá, Lotería del Quindío, Lotería del Risaralda, Lotería de Santander, Lotería de Medellín, Lotería del Cauca, Lotería de Boyacá. Igualmente, la Concedente autoriza al Concesionario para que durante la vigencia del presente contrato estatal, admita apuestas de chance con los resultadas de los siguientes sorteos y juegos y los restantes que operan en la actualidad, además, de todos los sorteos y juegos que llegaren a operar: Dorado Mañana, Dorado Tarde, Dorado Noche, Paisita 1, Paisita 2, Cafeterito Día o 1, Cafeterito Noche o 2, El Cuyabrito, El Chontico, Pijao de Oro, Motilón, Caribeña, Supergana, Superastro, Astro Sol, Astro Luna, Sorteo Extraordinario de Colombia, Sorteo Tolima Especial (Tolichance) El concesionario estará facultado para realizar rifas y sorteos promocionales y entregar incentivos al público con el fin de promover la venta del chance y competir contra el mercado informal.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

78

En la relación anterior, se subrayada y resalta en negrilla donde la Lotería del Risaralda “CONCEDENTE”, autoriza a Apostar S.A. “CONCESIONARIO”; a realizar estrategias para poder competir contra el mercado informal (rifas y chance clandestino, entre otros).

3.23. Costo de la operación y administración del juego

Determinamos, de manera precisa y detallada, el costo de la operación del juego, para lo cual solicitamos un cruce del estudio de mercado con respecto a la ejecución del mismo, pedimos un estado de ganancias y pérdidas de la ejecución del juego de chance específico para la concesión, de apuestas permanentes o chance realizada por parte del respectivo concesionario, así como el costo que asumió la respectiva entidad concedente por la administración del juego y el ejercicio adecuado y oportuno de sus funciones de supervisor sobre la correcta ejecución del contrato de concesión y de fiscalización y control sobre la explotación del juego. Nos sujetamos a las definiciones conceptuales y legales que sobre la explotación del juego de apuestas permanentes o chance haya efectuado la superintendencia.

OBSERVACIONES: CONCEPTO 2008 2009 2010

+ Valor ingresos brutos 44.458.352.051 43.414.115.394 48.814.941.482

- Costos operación 29.788.348.482 28.907.955.867 29.130.644.596

- Gastos de administración 2.440.980.424 2.363.504.867 2.101.677.637

- Gastos de ventas 10.973.477.732 11.765.428.095 13.533.713.248

- Otros gastos 472.842.977 462.207.959 419.512.384

+ Otros ingresos 2.190.353.749 3.544.848.297 603.300.766

- Impuestos 1.227.698.000 1.316.333.000 1.591.085.000

= Neto utilidad o pérdida 1.745.358.185 2.143.533.903 2.641.609.383

4. HALLAZGOS Y PROPUESTAS PARA MEJORAR LA EXPLOTACIÓN DE JUEGO – CONCESIONARIO

4.1. RESULTADOS A LA EVALUACÓN AL ESTUDIO DE MERCADO DE RISARALDA

1. VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE ESTUDIO DE MERCADO CONTRATADO O REALIZADO POR LA ENTIDAD CONCEDENTE.

Hallazgo a. Para estimar la demanda proyectada de las ventas de chance, se optó por calcular el PIB departamental teniendo en cuenta el crecimiento esperado Nacional PIB (5%). Por otra parte según documentación soporte se analiza la distribución del PIB departamental por sectores de la economía.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

79

Recomendación

Es importante presentar las series y los cálculos realizados con el fin de verificar los procedimientos, la formulación e implementación de los mismos. De otra parte es importante conocer la significancia que tiene el departamento sobre el cálculo del PIB nacional Ver documento: “Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”. Universidad tecnológica de Pereira. Pereira Junio de 2008. Página 35.

Hallazgo b. En el total de transferencias a la salud, el porcentaje del IPC empleado no aparece descrito en el documento Recomendación Presentar los valores empleados para el cálculo la rentabilidad mínima, con el fin de dejar un rastro que permita hacer la respectiva validación y seguimiento a los entes de control.

2. DETERMINACIÓN MENSUAL Y/O ANUAL DEL VALOR DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Hallazgo a. En la aplicación de la ley 1393 de 2010 se encontró que utilizaron un valor de IPC que no fue documentado y no coincide al compararlo con el valor anual reportado por el DANE para el mismo periodo lo cual genera una diferencia de $ , a favor de Supersalud en los derechos de explotación en las bases de rentabilidad mínima.

Recomendación: Utilizar las cifras oficiales de IPC reportadas por el DANE para hacer los estimativos de montos para la rentabilidad mínima con ello que se deriven las bases de rentabilidad mínima.

3. PERFILES DE LOS COMPRADORES DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Hallazgo a.

El documento “Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”, no presenta a los jugadores de suerte y azar según la edad en que comenzó a jugar, la base tampoco contiene la pregunta.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

80

Recomendación Es importante contar con el formulario aplicado con el fin certificar si la pregunta fue incluida en la encuesta y por algún motivo no se tabulo, o por el contrario no fue incluida en el cuestionario y qué efectos tiene en las conclusiones. Hallazgo b. No se presenta la ocupación que desarrolla ni la actividad económica en que se ocupa, formulario de la encuesta – Actividad Económica identificamos que presenta las alternativas de respuesta “trabaja exclusivamente, estudia exclusivamente, trabaja y estudia no trabaja”. Recomendación La ocupación hace referencia a empleado, desempleado o inactivo, etc. y la actividad económica corresponde al rol que desempeña, es necesario documentar en forma adecuada las preguntas con el fin de alcanzar el objetivo propuesto y no dejar vacios que disminuyen las posibilidades de análisis.

4. PERFIL DEL JUGADOR DE LA ENCUESTA Hallazgo a. En la presentación del perfil del jugador de apuestas permanentes la distribución por estratos socioeconómicos no muestra el resultado del estrato 1, la suma de los demás estratos es 65%. Recomendación El documento debe incluir la explicación de porqué no presenta todas las alternativas de respuesta para el caso porcentaje del estrato 1. Ver documento: “Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”. Universidad tecnológica de Pereira. Pereira Junio de 2008. Página 89.

5. CALCULO EN EL ANALISIS DE LA ENCUESTA Hallazgo a. Pregunta 22 con cuáles loterías o sorteos acostumbra a jugar su chance ese día? La gráfica circular, que representa la contribución de cada valor respecto al total suma 24.6% y no 100%.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

81

Recomendación. Las gráficas circulares deben utilizarse para la distribución de los porcentajes y la suma de sus partes debe ser 100%. Ver documento: “Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”. Universidad tecnológica de Pereira. Pereira Junio de 2008. Página 107.

6. MERCADO POTENCIAL DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR, APUESTAS PERMANENTES O CHANCE DE LA ENTIDAD TERRITORIAL Hallazgo a. Factores utilizados En la estimación del mercado potencial del chance aplicaron un factor a la respuesta de intención de compra a la cantidad de personas que efectivamente realizan la compra, esos factores son definidos como probabilidades para determinar la estimación sobre el número de personas que jugarían el chance y el valor de las apuestas respectivas. El procedimiento no presenta justificación.

Respuesta Factor

Extremadamente Probable 0.75 Muy Probable 0.35 Más o menos Probable 0.00 Poco Probable 0.00 Nada Probable 0.00

Recomendación Documentar la forma en que se obtuvieron los factores utilizados para establecer algún nivel de certeza y confiabilidad de las estimaciones obtenidas. “Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”. Universidad tecnológica de Pereira. Pereira Junio de 2008. Página 46. Hallazgo b. No presenta ningún resultado respecto a las preguntas 49 a 59 del Capítulo IV. No jugadores de Juegos de Azar / o no jugadores de chance. Aunque estas si le fueron aplicadas al encuestado dado que en la base de datos existe información sobre ellas. Recomendación - factores potenciales

De acuerdo al numeral 2.2.2.5. de la circular se deben identificar los factores potenciales que le permitirían al juego de apuestas permanentes o chance un mayor desarrollo en la respectiva entidad territorial, específicamente en términos de incremento en la demanda, para ello deberá establecer los nichos de mercado no desarrollados, las características de la población que no participa en el juego de apuestas permanentes, las razones por las cuales ello ocurre y las condiciones en que eventualmente se estaría dispuesto a jugar. Lo cual no se cumplió por falta de análisis de las preguntas del capítulo IV. En la encuesta.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

82

Hallazgo c – Calculo en datos de la encuesta La encuesta incluye pregunta por los juegos de suerte y azar preferidos diferente al chance, entre los que están: lotería 10,8%, seguido del baloto 7%, sin embargo la gráfica circular, que representa la contribución de cada valor respecto al total del mercado de juegos de azar sustitutos del chance suma 36% y no 100%. Recomendación

Las gráficas circulares deben utilizarse para la distribución de los porcentajes y la suma de sus partes debe ser 100%. Ver documento: “Tamaño del Mercado del Juego de Apuestas Permanentes “Chance” En el Departamento de Risaralda”. Universidad tecnológica de Pereira. Pereira Junio de 2008. Página 140

7. VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CONSISTENCIAS FUENTES PRIMARIAS

Hallazgo a. El diseño de muestra utilizado en la investigación fue Muestreo Aleatorio Simple (MAS) y polietápico: en la primera etapa se seleccionaron lados de manzana, en la segunda etapa hogares y en la tercera personas de 18 y más años. De acuerdo a la metodología el factor de expansión final es el producto de las tres etapas del muestreo, en la base de datos solo aparecen dos factores de expansión y su respectivo producto. Recomendación Se debe exigir la construcción de los factores de expansión acordes con el diseño muestral implementado, de tal manera que se puedan utilizar para realizar todas las estimaciones obtenidas a partir de los datos muestrales. Hallazgo b. – Muestreo En la verificación se encontró que para el estudio de mercado se emplearon las fórmulas de un muestreo aleatorio simple pero en la implementación se utilizó un muestreo multietápico. Recomendación – Consistencia en el diseño Para estudios similares se debe ser exigir la consistencia entre lo utilizado en el diseño y lo implementado en los operativos de campo para el levantamiento de información.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

83

Hallazgo c – Errores Muestrales No se hicieron estimaciones de los errores muestrales de las estimaciones realizadas evitando ampliar el análisis requerido. Recomendación Exigir el cálculo de los errores muestrales a partir de la información recolectada para poder determinar la valides estadística de las estimaciones obtenidas.

8. INFORMACIÓN CONSIGNADA EN BASES DE DATOS

Hallazgo a. − No se encontró el diccionario de datos que precise claramente el contenido de la base de datos. − No se informa sobre los procedimientos de control aplicados, los manuales con las especificaciones de validación y consistencia de

la base de datos. Algunos códigos no válidos, vacíos y relaciones inconsistentes entre variables fueron detectados. − No se obtuvo documentación de los procesos recolección, crítica y grabación, manuales o mecanismos de capacitación usados para

el entrenamiento del personal operativo (Entrevistadores, Supervisores de campo), manuales de diseño, organización y logística de los procesos operativos, formatos de control de calidad y seguimiento en el trabajo de campo, listado de medidas preventivas y correctivas de procesos.

Recomendación Los procesos anteriores garantizan la calidad de la información son fundamentales para certificar los resultados consistentes y veraces. Por tanto deben cumplirse debidamente en todas las etapas del estudio.

9. FORMULAS EMPLEADAS EN EL CÁLCULO DEL VALOR DE LAS VENTAS BRUTAS Y PROYECCIÓN DE LAS MISMAS.

No se documentó la verificación de los supuestos estadísticos que soportan las estimaciones obtenidas, de tal forma que no se puede comprobar ningún nivel de confiabilidad de las proyecciones realizadas. No se encontró un documento metodológico formal con la descripción de la formulación empleada para las proyecciones y en general de toda la metodología empleada.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

84

Recomendación: La formulación de las proyecciones no está documentada, es importante resaltar la importancia de tener un documento metodológico disponible con el detalle de las fórmulas empleadas y procedimientos, que permita efectuar el seguimiento de lo adecuado en sus conclusiones lo que restringe a la presentación de resultados.

4.2. RESULTADOS AL SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS PRECONTRACTUALES Y EJECUCIÓN DE LA CONCESIÓN DEL JUEGO DE

CHANCE

Resultado 1: Participación de supervisión y seguimiento de la oficina de Control Interno. Situación evidenciada: En los documentos revisados de la carpeta que contiene todo el proceso del CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 03 DE 2008, suscrito entre la Lotería de Risaralda EICE del orden departamental y la Universidad Tecnológica de Pereira, así como la consulta realizada al Jefe Comercial e Interventor (E) de la Lotería de Risaralda; no se evidenció ninguna participación de la oficina de Control Interno. Recomendación: Realizar conjuntamente con la oficina de Control Interno una valoración de los procesos de contratación con el fin de identificar posibles anomalías en los procesos precontractuales y emitir un concepto de la viabilidad o rechazo a los procesos interadministrativos que lleve la entidad. Resultado 2: Información no suministrada por parte del concedente Situación evidenciada: Durante la realización de la auditoria se solicitaron documentos los cuales no fueron entregados en su oportunidad por el concedente a esta auditoría fueron facilitados por el concesionario debido a que la Lotería de Risaralda no tenía estos documentación en sus archivos, entre otros tenemos: • Propuesta emitida por parte de Apostar S.A. • Actas de visitas al seguimiento de las apuestas permanentes realizadas por el concedente. • Actas de participación en los escrutinios.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

85

Recomendación:

Mantener el archivo de acuerdo a lo establecido en la ley 594 de julio 14 de 2000 “por medio de la cual se dicta la ley general de archivos y se dictan otras disposiciones” y en especial en su Artículo 4. “Principios Generales. Los Principios Generales que rigen la función archivística son los siguientes; Fines de los archivos. El objetivo esencial de los archivos es el de disponer de la documentación organizada, en tal forma que la información institucional sea recuperable para su uso de la Administración en el servicio al ciudadano y como fuente de la Historia”. Resultado 3: Licencias de funcionamiento Situación: Se observó que no hay un procedimiento para el control eficiente de todos los puntos de venta fijos y móviles, para la emisión de las licencias emitidas por el concedente, los documentos suministrados hacen referencia a un documento informativo sobre los puntos de venta nuevos y remiten la licencia para ser aprobada y firmada por el concedente, no se observa las medidas tomadas por el concedente en validar y certificar dicho puntos de venta. Recomendación: Es necesario tener la relación actualizada de los puntos de venta e identificados debidamente con el número de licencia aprobada y expedida por el concedente y realizar las confirmaciones y acompañamiento a la apertura de los puntos de venta, antes de emitir dichas licencias, a su vez esta recomendación permite tener control sobre el número de puntos de venta y el control sobre las ventas que este emite y son base para la determinación de derechos de explotación. Resultado 4:

Informes de interventoría por parte del CONCEDENTE. Situación: Se observó que no hay un procedimiento para el control y asistencia a los escrutinios tampoco se observó un cronograma establecido que le permita realizar a la interventoría un control y seguimiento periódico a las estipulaciones del contrato de concesión suscrito entre LA LOTERÍA DEL RISARALDA y APOSTAR S.A.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

86

Recomendación: Implementar políticas de seguimiento a cada uno de los procesos de supervisión del contrato de concesión, donde se identifique la periodicidad, medidas tomadas y soportes mediante informes y actas de resultado; contribuyéndose con ello una mayor confiabilidad al juego supervisado y evitando posibles manejos indebidos en los escrutinios.

Resultado 5: Reserva pago de premios Situación evidenciada: Se observo que la entidad tiene constituidos los encargos fiduciario No. 0607451200011254 de la Fiduciaria Davivienda y el encargo fiduciario No. 000-033-237 de la Fiduciaria de Occidente S.A. para el pago de premios pero no se observó restricciones a las mismas que impidan utilizar estos recursos en otra actividades diferentes al pago de premios. Recomendación: Suscribir con la entidad financiera políticas que permitan restringir los recursos destinados para el pago de premios con el fin de mantener la reserva exclusivamente para el pago de los mismos evitando que en el caso de tener premios de altas cuantías no se cuente con los recursos necesarios para su pago y se vean afectada la imagen del concesionario y concedente así como la de Supersalud.

Resultado 6: Determinación valores mínimos derechos de explotación y gastos de administración Situación:

La entidad no tuvo en cuenta para efectos de establecer los nuevos mínimos de eficiencia, de acuerdo a lo establecido en la ley 1393 de 2010 en su artículo 23 “La rentabilidad mínima será igual a la mayor cifra entre el promedio anual de los ingresos brutos obtenidos por la venta del juego de apuestas permanentes o chance durante los cuatro (4) años anteriores a la apertura del proceso licitatorio y la sumatoria de esos ingresos brutos en el año inmediatamente anterior a la apertura del proceso licitatorio, más un porcentaje de crecimiento año a año que será igual al índice de precios al consumidor. Para determinar el promedio o la sumatoria a que se refiere el presente inciso, se acudirá a los datos que arroje la conectividad en línea y tiempo real o, hasta tanto se detenga esos datos, a los que tengan las distintas entidades territoriales y la Superintendencia Nacional de Salud”.,

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

87

De igual manera al modificarse la base para el cálculo de los derechos de explotación, el valor por gastos de administración cambiaría presentándose una diferencia pendiente a pagar

Recomendación:

La entidad concedente debe recalcular los pagos por concepto de derechos de explotación y gastos de administración de acuerdo con la ley 1393 de 2010 con el fin de identificar las diferencias y proceder a efectuar los valores dejados de reportar al concedente así como los intereses a que halla a lugar.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

88

5. ANEXOS. 1. Ficha Técnica

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

89

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

90

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

91

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

92

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

93

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

94

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

95

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

96

Anexo 2.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

97

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

98

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

99

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

100

Anexo 3.

CIUDAD

TOTAL

CODIGO (S) No.

PUNTOS

No.

TERMINALES

PEREIRA 210 265 01-03-21

DOSQUEBRADAS 97 117 04

APIA 3 5 05

BALBOA 1 2 06

BELEN DE UMBRIA 7 10 07

LA CELIA 1 2 08

LA VIRGINIA 23 24 09

SANTA ROSA DE CABAL 38 45 10

SANTUARIO 3 5 11

MARSELLA 5 8 12

PUEBLO RICO 2 3 13-27

MISTRATO 2 3 14

QUINCHIA 4 6 17-20

GUATICA 4 4 18

EN LAS CIUDADES EN LAS CUALES SE OBSERVAN VARIOS

CODIGOS, INCLUYE CORREGIMIENTOS

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

101

Anexo 4.

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

102

SUPERTINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CONSORCIO C&M BDO 2011 - CONTRATO 184 DEPARTAMENTO DE RISARALDA

103