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Número: 63 Martes, 05 de abril de 2016 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.es Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) SUMARIO ADMINISTRACIÓN LOCAL Pág. AYUNTAMIENTO DE ALBOLODUY 001485-16 APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO MUNICIPAL EJERCICIO 2016 3 AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA ÁREA DE ECONOMÍA, CONTRATACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA 001488-16 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION TASA Nº 8 POR SERVICIO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES Y MODIFICACION PRECIO PUBLICO Nº 47 POR SERVICIOS DE CEMENTERIOS MUNICIPALES. 5 AYUNTAMIENTO DE BEIRES 001271-16 APROBACION DEFINITIVA DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LA ADMINISTRACION ELECTRONICA. 8 AYUNTAMIENTO DE DALIAS 001239-16 APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 9 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR 001238-16 CONCESION SUBVENCION A LA COFRADIA DEL SANTISIMO CRISTO DE LA BUENA MUERTE Y NUESTRA SEÑORA DE LA AMARGURA PARA EL DESARROLLO DE LOS ACTOS DE SEMANA SANTA 2016. 10 001240-16 CONCESION SUBVENCION A LA FEDERACION ANDALUZA DE BALONMANO PARA LA ORGANIZACION DEL CAMPEONATO Y COPA DE ESPAÑA DE SELECCION TERRITORIALES DE BALONMANO. 11 AYUNTAMIENTO DE VELEZ BLANCO 001486-16 APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL, EJERCICIO 2016 12 GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA 001461-16 CONTRATO OBRAS Y SERVICIOS EN EL EJERCICIO SUBSIDIARIAS EN MATERIA DE RESTAURACION LEGALIDAD URBANISTICA ORDENES DE EJECUCION POR MOTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUBRIDAD Y DEMOLICION EN EDIFICIOS EN ESTADO RUINOSO. 14 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE ANDALUCÍA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE ALMERÍA 001244-16 MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS DE LA ORGANIZACION EMPRESARIAL DENOMINADA ASOCIACION EMPRESARIOS DE LA PESCA SECTOR EXTRACTIVO (ASOPESCA) REGISTRADA CON EL Nº 04/746/16. 16 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 5 DE ROQUETAS DE MAR 001053-16 NOTIFICACIÓN SENTENCIA NÚM. 144/15 DE 6.11.2015 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 130/2014 17 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA 001245-16 PROCEDIMIENTO 1047 EJECUCION Nº 374/2015 DE D. FRANCISCO MULLOR CABRERA CONTRA D. ANTONIO JESUS PEREZ MULLOR. 18 001246-16 PROCEDIMIENTO 1183/13 EJECUCION Nº 64/2016 DE DÑA. ISABEL DOLORES MARTINEZ DE LA ROSA CONTRA SEVEN OIL SL Y OTROS. 19 001247-16 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES EN GENERAL 1074/2015 DE DÑA. FLOAREA SABO CONTRA D. GABRIEL MARTINEZ AGUILAR Y OTROS. 20 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ALMERIA 001248-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 393/2013 DE D. MOHAMED HAOUACH CONTRA D. JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ Y OTROS. 21 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA 001249-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 77/2016 DE DÑA. SOLEDAD SORROCHE JIMENEZ CONTRA RESIDENCIA VERA PARAISO S.L. Y OTROS. 22 001250-16 PROCEDIMIENTO NUM. 1435/13 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. PABLO GARCIA MARTINEZ Y DOS MAS FRENTE A LOPISUR S.L. Y ZOFRE S.L. 23 001251-16 PROCEDIMIENTO NUM. 746/14 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ FRENTE A CONTRATAS ESPAÑOLAS S.L. 24 001252-16 PROCEDIMIENTO NUM. 943/14 DE ACTIVA MUTUA 2008 FRENTE A TALLERES HERNANDEZ OLMO S.L Y OTROS. 25 001253-16 PROCEDIMIENTO NUM. 366/15 SOBRE DESPIDO DE MARIA OPRIS FRENTE MARIA PILAR GARCIA LAYNEZ Y OTROS. 26 001254-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 917/2015 DE D. RAFAEL FERNANDEZ LARA CONTRA TEXTIL PORTOCARRERO S.L. 27 001255-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1118/2015 DE D. JUAN MANUEL RIVAS VARGAS CONTRA GUARDA Y LIMPIEZA TENORIO S.L. Y OTROS. 28 001256-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 16/16 SOBRE CANTIDAD DE DÑA. CARMEN SANCHEZ MARTINEZ Y OTRO CONTRA OBALROY S.L. Y OTROS. 29 001257-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 10/16 SOBRE DESPIDO DE D. HAFIDA EL KAHI CONTRA HORTICOLA PIMAR S.L. Y OTROS. 30 001258-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 1055/15 SOBRE DESPIDO DE DÑA. ANA ELOISA CARMONA LOPEZ FRENTE A PUBLICIDAD Y MARKETING ROCISA S.L. 31 001259-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 83/16 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. MIGUEL ANGEL BRUGAROLAS ROS CONTRA CADENA JC PONIENTE S.L. 32

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Número: 63 Martes, 05 de abril de 2016

Depósito Legal AL-1-1958EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍANavarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130correo-e: [email protected] - web:www.bop.es

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art.6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad conel art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P.nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIOADMINISTRACIÓN LOCAL Pág.

AYUNTAMIENTO DE ALBOLODUY

001485-16 APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO MUNICIPAL EJERCICIO 2016 3

AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA

ÁREA DE ECONOMÍA, CONTRATACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA

001488-16 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION TASA Nº 8 POR SERVICIO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES Y MODIFICACION PRECIO PUBLICO Nº 47 PORSERVICIOS DE CEMENTERIOS MUNICIPALES. 5

AYUNTAMIENTO DE BEIRES

001271-16 APROBACION DEFINITIVA DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LA ADMINISTRACION ELECTRONICA. 8

AYUNTAMIENTO DE DALIAS

001239-16 APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 9

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

001238-16 CONCESION SUBVENCION A LA COFRADIA DEL SANTISIMO CRISTO DE LA BUENA MUERTE Y NUESTRA SEÑORA DE LA AMARGURA PARA ELDESARROLLO DE LOS ACTOS DE SEMANA SANTA 2016. 10

001240-16 CONCESION SUBVENCION A LA FEDERACION ANDALUZA DE BALONMANO PARA LA ORGANIZACION DEL CAMPEONATO Y COPA DE ESPAÑA DESELECCION TERRITORIALES DE BALONMANO. 11

AYUNTAMIENTO DE VELEZ BLANCO

001486-16 APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL, EJERCICIO 2016 12

GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA

001461-16 CONTRATO OBRAS Y SERVICIOS EN EL EJERCICIO SUBSIDIARIAS EN MATERIA DE RESTAURACION LEGALIDAD URBANISTICA ORDENES DE EJECUCIONPOR MOTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUBRIDAD Y DEMOLICION EN EDIFICIOS EN ESTADO RUINOSO. 14

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE ANDALUCÍA

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE ALMERÍA

001244-16 MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS DE LA ORGANIZACION EMPRESARIAL DENOMINADA ASOCIACION EMPRESARIOS DE LA PESCA SECTOREXTRACTIVO (ASOPESCA) REGISTRADA CON EL Nº 04/746/16. 16

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 5 DE ROQUETAS DE MAR

001053-16 NOTIFICACIÓN SENTENCIA NÚM. 144/15 DE 6.11.2015 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 130/2014 17

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

001245-16 PROCEDIMIENTO 1047 EJECUCION Nº 374/2015 DE D. FRANCISCO MULLOR CABRERA CONTRA D. ANTONIO JESUS PEREZ MULLOR. 18

001246-16 PROCEDIMIENTO 1183/13 EJECUCION Nº 64/2016 DE DÑA. ISABEL DOLORES MARTINEZ DE LA ROSA CONTRA SEVEN OIL SL Y OTROS. 19

001247-16 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES EN GENERAL 1074/2015 DE DÑA. FLOAREA SABO CONTRA D. GABRIEL MARTINEZ AGUILAR Y OTROS. 20

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ALMERIA

001248-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 393/2013 DE D. MOHAMED HAOUACH CONTRA D. JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ Y OTROS. 21

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

001249-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 77/2016 DE DÑA. SOLEDAD SORROCHE JIMENEZ CONTRA RESIDENCIA VERA PARAISO S.L. YOTROS. 22

001250-16 PROCEDIMIENTO NUM. 1435/13 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. PABLO GARCIA MARTINEZ Y DOS MAS FRENTE A LOPISUR S.L. Y ZOFRE S.L. 23

001251-16 PROCEDIMIENTO NUM. 746/14 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ FRENTE A CONTRATAS ESPAÑOLAS S.L. 24

001252-16 PROCEDIMIENTO NUM. 943/14 DE ACTIVA MUTUA 2008 FRENTE A TALLERES HERNANDEZ OLMO S.L Y OTROS. 25

001253-16 PROCEDIMIENTO NUM. 366/15 SOBRE DESPIDO DE MARIA OPRIS FRENTE MARIA PILAR GARCIA LAYNEZ Y OTROS. 26

001254-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 917/2015 DE D. RAFAEL FERNANDEZ LARA CONTRA TEXTIL PORTOCARRERO S.L. 27

001255-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1118/2015 DE D. JUAN MANUEL RIVAS VARGAS CONTRA GUARDA Y LIMPIEZA TENORIO S.L. Y OTROS. 28

001256-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 16/16 SOBRE CANTIDAD DE DÑA. CARMEN SANCHEZ MARTINEZ Y OTRO CONTRA OBALROY S.L. Y OTROS. 29

001257-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 10/16 SOBRE DESPIDO DE D. HAFIDA EL KAHI CONTRA HORTICOLA PIMAR S.L. Y OTROS. 30

001258-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 1055/15 SOBRE DESPIDO DE DÑA. ANA ELOISA CARMONA LOPEZ FRENTE A PUBLICIDAD Y MARKETING ROCISA S.L. 31

001259-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 83/16 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. MIGUEL ANGEL BRUGAROLAS ROS CONTRA CADENA JC PONIENTES.L. 32

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001260-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 13/16 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE D. MIGUEL DE ARMAS VALDES CONTRA COMERCIAL MANCHEGOANDALUZA S.C. 33

001261-16 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES EN GENERAL 1109/2015 DE D. GABRIEL ANGEL SEDANO RODRIGUEZ CONTRA LONDON GROERS, S.L. 34

001262-16 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES EN GENERAL 1193/2015 DE DÑA. FATIMA DAHMANI CONTRA MARIA DEL PILAR VARGAS ALONSO Y OTROS. 35

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

001265-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 31/2016 DE D. ANTONIO MALDONADO ROMERA CONTRA ANANTRUCK SLY Y OTROS. 36

001272-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 382/2015 DE D. EMIL LIMON ALCOCER CONTRA JF ZURANO S.L. 37

001273-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 21/2016 DE DÑA. FATIMA HMIMOU CONTRA MAYVAZ PRODUCE, S.L. 39

001274-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 25/2016 DE DÑA. NAIMA EP MESSAOUIDI ARFA CONTRA MAYVAZ PRODUCE, S.L. 40

001275-16 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 23/2016 DE DÑA. MAJIDA EL BAKALI CONTRA MAYVAZ PRODUCE, S.L. 41

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ROQUETAS DE MAR

001231-16 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1246/2012 DE JUEGOMATIC, S.A. CONTRA DÑA. MARIA TRINIDAD ORTIZ RUIZ 42

ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES

NOTARÍA DE DOÑA MARÍA ISABEL RUIZ HERNÁNDEZ

006437-15 TRAMITE ACTA DE PRESENCIA Y NOTORIEDAD PARA CONSTATACION DE RECTIFICACION DE CABIDA DE FINCA REF. CATASTRAL3308326WG5330N0001KP. 43

Pág. 2 Número 63 - Martes, 05 de abril de 2016 B.O.P. de Almería_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O El Pleno de la Corporación, en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de marzo de 2.016 aprobó inicialmente el Presupuesto

General de la Entidad para el ejercicio 2016, presupuesto que ha estado expuesto al público por plazo de 15 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio de exposición en el BOP, que se produjo el día 11 de marzo de 2.016, sin que se hayan producido reclamaciones, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el art. 169.1 párrafo final, del Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el presupuesto se considera definitivamente aprobado.

En consecuencia , y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.3 del citado texto legal, 112.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril y 20 del Real Decreto 500/90 de 20 de abril, se hace público el citado Presupuesto General, que, resumido por capítulos, es el siguiente:

ESTADO DE INGRESOS 2016

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS..................................................................................................... 645.370,42

A.1) OPERACIONES CORRIENTES ......................................................................................................... 549.834,91

CAPITULO 1. IMPUESTOS DIRECTOS....................................................................................................... 93.850,00

CAPITULO 2. IMPUESTOS INDIRECTOS..................................................................................................... 4.600,00

CAPITULO 3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS......................................................... 68.775,00

CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES.................................................................................... 369.004,41

CAPITULO 5. INGRESOS PATRIMONIALES .............................................................................................. 13.605,50

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL ............................................................................................................. 95.535,51

CAPITULO 6. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES...................................................................... 25.535,51

CAPITULO 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL ........................................................................................ 70.000,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS ...................................................................................................................... 0,00

CAPITULO 8. ACTIVOS FINANCIEROS............................................................................................................... 0,00

CAPITULO 9. PASIVOS FINANCIEROS............................................................................................................... 0,00

TOTAL GENERAL................................................................................................................................... 645.370,42 €

ESTADO DE GASTOS 2016

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS..................................................................................................... 639.870,42

A.1) OPERACIONES CORRIENTES ......................................................................................................... 501.747,82

CAPITULO 1: GASTOS DE PERSONAL.................................................................................................... 182.844,66

CAPITULO 2: GASTOS CORRIENT BIENES Y SERV .............................................................................. 290.100,00

CAPITULO 3: GASTOS FINANCIEROS............................................................................................................ 500,00

CAPITULO 4: TRANSFERENCIAS CORRIENTES...................................................................................... 28.303,16

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL ........................................................................................................... 138.122,60

CAPITULO 6: INVERSIONES REALES...................................................................................................... 116.326,60

CAPITULO 7: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL ........................................................................................ 21.796,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS ............................................................................................................... 5.500,00

CAPITULO 8: ACTIVOS FINANCIEROS............................................................................................................... 0,00

CAPITULO 9: PASIVOS FINANCIEROS........................................................................................................ 5.500,00

TOTAL GENERAL................................................................................................................................... 645.370,42 €

Así mismo, y en cumplimiento de lo establecido en el art. 127 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril, se hace pública la plantilla de

los puestos de trabajo del personal funcionario y personal laboral del Ayuntamiento y que es la siguiente:

PERSONAL FUNCIONARIO: 1.- Con habilitación de carácter nacional. Denominación: Secretario-Interventor. Número de puestos: 1 (Vacante). 2.- Auxiliar Administrativo Grupo C2 (Tiempo Parcial 80%) Número de puestos: 1 PERSONAL LABORAL: 1.- Auxiliar Administrativo Número de puestos: 1

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 3_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1485/16

AYUNTAMIENTO DE ALBOLODUY

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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2.- Operario de servicios múltiples Número de puestos: 1 3.- Limpiadora (Tiempo parcial) Número de puestos: 1 4.-Promotor Cultural Número de puestos: 1 5.- Promotor Deportivo Número de puestos: 1 (Tiempo parcial) 6.-Promotor Guadalinfo Número de puestos: 1 (Tiempo parcial) MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN: Alcaldesa: Dedicación Parcial (75%). Según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la publicación del edicto, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.

En Alboloduy a 1 de abril de 2016. LA ALCALDESA, Sonia Mª Guil Soriano.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 4_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O D Joaquín Rodríguez Gutiérrez, Titular del Órgano de Gestión Tributaria del Área de Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de

Almería, HACE SABER:

ACUERDO DEFINITIVO DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS

1.- Habiéndose presentado alegaciones contra el acuerdo de aprobación provisional de modificación de la Ordenanza n. 8, por la que se regula tasa por servicio de Cementerios Municipales, ha sido aprobada de modo definitivo la modificación de la ordenanza por acuerdo plenario de 28 de marzo de 2.016, aprobándose las modificaciones de dicha Ordenanza, en los términos que se citan y se procede a la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tasa que se modifica: Ordenanza fiscal número 8, tasa por Servicio de Cementerios Municipales Texto de la Ordenanza reguladora de dicha Tasa (quedando el resto de la tasa en sus términos actuales). "Artículo 6º.- Cuota tributaria Epígrafe 1º: Renovaciones. 1.1 Nichos por cinco años en los cementerios municipales. 1.1.1. Cementerios de Almería Capital (San José) y de la Barriada de El Alquián. Euros

A) Adultos. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 153,19

En fila 2ª ........................................................................................................................................................................................................... 306,26

En fila 3ª ........................................................................................................................................................................................................... 254,97

En fila 4ª ............................................................................................................................................................................................................. 89,05

En fila 5ª ............................................................................................................................................................................................................. 62,97

B) Párvulos. En las filas centrales......................................................................................................................................................................................... 102,56

En las filas intermedias....................................................................................................................................................................................... 76,99

En las filas extremas .......................................................................................................................................................................................... 39,22

1.1.2. Cementerios de la Barriada de la Cañada de San Urbano y de Cabo de Gata. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 153,19

En fila 2ª ........................................................................................................................................................................................................... 306,26

En fila 3ª ........................................................................................................................................................................................................... 254,97

En fila 4ª ............................................................................................................................................................................................................. 62,97

1.1.3. Cementerio de la Barriada de Cuevas de los Medina. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 153,19

En fila 2ª ........................................................................................................................................................................................................... 306,26

En fila 3ª ............................................................................................................................................................................................................. 62,97

1.2 Sepulturas por cinco años en los cementerios municipales. Por cada inhumación.......................................................................................................................................................................................... 48,27

Epígrafe 2º. Concesiones temporales. 2.1 Nichos por cinco años en los cementerios municipales. 2.1.1. Cementerios de Almería Capital (San José) y de la Barriada de El Alquián. A) Adultos En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 110,33

En fila 2ª ........................................................................................................................................................................................................... 233,67

En fila 3ª ........................................................................................................................................................................................................... 192,83

En fila 4ª ............................................................................................................................................................................................................. 69,48

En fila 5ª ............................................................................................................................................................................................................. 55,57

B) Párvulos En las filas centrales........................................................................................................................................................................................... 69,48

En las filas intermedias....................................................................................................................................................................................... 55,57

En las filas extremas .......................................................................................................................................................................................... 34,75

2.1.2 Cementerios de las Barriadas de la Cañada de San Urbano y de Cabo de Gata. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 110,33

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 5_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1488/16

AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAÁREA DE ECONOMÍA, CONTRATACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 6: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

En fila 2ª ........................................................................................................................................................................................................... 233,67

En fila 3ª ........................................................................................................................................................................................................... 192,83

En fila 4ª ............................................................................................................................................................................................................. 55,57

2.1.3. Cementerio de la Barriada de Cuevas de los Medina. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 110,33

En fila 2ª ........................................................................................................................................................................................................... 233,67

En fila 3ª ............................................................................................................................................................................................................. 55,57

2.2. Sepulturas por cinco años en los cementerios municipales. Por cada una ...................................................................................................................................................................................................... 38,37

Epígrafe 3º. Concesiones temporales por cincuenta años. 3.1. Nichos en los cementerios municipales. 3.1.1. Cementerios de Almería Capital (San José) y de la Barriada de El Alquián. A) Adultos. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 607,80

En fila 2ª ......................................................................................................................................................................................................... 1372,60

En fila 3ª ......................................................................................................................................................................................................... 1064,90

En fila 4ª ........................................................................................................................................................................................................... 381,66

En fila 5ª ........................................................................................................................................................................................................... 306,10

B) Párvulos. En filas centrales .............................................................................................................................................................................................. 381,66

En filas intermedias .......................................................................................................................................................................................... 304,68

En filas extremas .............................................................................................................................................................................................. 203,69

3.1.2. Cementerios de las Barriadas de la Cañada de San Urbano y de Cabo de Gata. En fila 1ª ........................................................................................................................................................................................................... 607,80

En fila 2ª ......................................................................................................................................................................................................... 1372,60

En fila 3ª ......................................................................................................................................................................................................... 1064,90

En fila 4ª ........................................................................................................................................................................................................... 306,10

3.1.3. Cementerio de la Barriada de Cuevas de los Medina. En la fila 1ª ....................................................................................................................................................................................................... 607,80

En la fila 2ª ..................................................................................................................................................................................................... 1372,60

En la fila 3ª ....................................................................................................................................................................................................... 306,10

3.2. Columbarios en los cementerios municipales. Por columbario ................................................................................................................................................................................................. 290,36

Epígrafe 4º. Cesión de Derechos Funerarios de Panteones Familiares. Por la cesión de derechos a cada nicho, fosa u otra sepultura análoga de Panteones Familiares, tanto sea de adulto como de

párvulos: "Mortis causa" Cuota fija .................................................................................................................................................................................... 72,14

"Mortis Causa" por metro cuadrado ................................................................................................................................................................... 90,23

"Inter Vivos" Cuota fija ...................................................................................................................................................................................... 139,68

"Inter vivos" por metro cuadrado ...................................................................................................................................................................... 322,66

Epígrafe 5º. Licencias para inhumaciones. Comprende el depósito de cenizas en columbarios y los derechos de inhumación de cadáveres o restos en nichos, restos y

cenizas en nichos, sepulturas o fosas, incluidas las de panteones familiares: 5.1. Procedentes del término municipal de Almería ......................................................................................................................................... 131,16

5.2. Procedentes de otro término municipal ....................................................................................................................................................... 65,57

Epígrafe 6ª. Licencia para exhumaciones. Por licencia de exhumación de restos para ser trasladados fuera de los cementerios del término municipal de Almería. 6.1. Por cada licencia ......................................................................................................................................................................................... 65,57

Epígrafe 7ª. Licencias de exhumación e inhumación. Por licencia de exhumación de restos e inhumación en otras sepulturas e incluso a los osarios de los panteones familiares, 7.1. Dentro del mismo cementerio municipal ................................................................................................................................................... 131,16

Epígrafe 8ª. Construcciones, Reformas y Ornamentaciones. Los servicios de colocación de lápidas y ornamentaciones que se realicen en los cementerios municipales podrán efectuarse

por la plantilla de sepultureros de los mismos. 8.1. Mausoleos o panteones familiares. 8.1.1. Construcción. Por la licencia de construcción. Cuota fija...................................................................................................................................................... 1340,33

8.1.2. Reforma. Por la licencia de reforma. Cuota fija................................................................................................................................................................ 579,65

8.1.3. Ornamentación. Por la licencia de ornamentación o decoración que ............................................................................................................. 414,84 no constituyan consolidación o reforma. Cuota fija. 8.2. Nichos y sepulturas.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 6_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8.2.1. Por la colocación de lápidas de cualquier material empleado en las mismas. Cuota fija ............................................................................................................................................................................................................ 39,36

8.2.2. Por el revestimiento con cualquier material. Cuota fija ............................................................................................................................................................................................................ 26,24

8.2.3. Por la colocación de adornos, jardineras, marcas, verjas. Cuota fija ................................................................................................................................................................................. 39,36 Epígrafe 9. Conservación y limpieza. 9.1. Por retirada de tierra y escombros con motivo de la limpieza de sepulturas en panteones familiares, a solicitud del concesionario ....... 26,24

9.2. Mantenimiento de nichos y sepulturas, cada 5 años................................................................................................................................... 51,91

9.3. Mantenimiento de columbarios, cada 5 años .............................................................................................................................................. 31,15

Epígrafe 10° Derechos de inscripción. 10.1. Por derechos de inscripción de nichos en los cementerios de barriadas. .............................................................................................. 288,55

Epígrafe 11º. Transporte de restos cadavéricos. 11.3. Conducción de cadáveres en el cementerio de San José, desde la entrada hasta el lugar de inhumación .......................................... 103,83

Epígrafe 12º. Otros servicios. Esparcimiento de cenizas en el Cementerio de San José ................................................................................................................................. 29,94

Epígrafe 13º Crematorio Incineración de cadáver ................................................................................................................................................................................... 499,00

Incineración de feto/restos ............................................................................................................................................................................... 249,50

Incineración con arca de zinc .......................................................................................................................................................................... 548,90"

"DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza Fiscal, una vez aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación."

2.- Habiéndose presentado alegaciones contra el acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza número

47 relativa a Precio Público por Servicios de Cementerios Municipales, ha sido aprobada de modo definitivo la modificación de la ordenanza por acuerdo plenario de 28 de marzo de 2.016, aprobándose las modificaciones de dicha Ordenanza, en los términos que se citan y se procede a la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.

Precio Publico que se modifica: Ordenanza número 47 relativa a Precio Público por Servicios de Cementerios Municipales. Texto de la Ordenanza reguladora de dicho Precio Público que se modifica (quedando el resto de la ordenanza en sus mismos

términos): "Artículo 3º. Cuantía Epígrafe 1º. Bolsas de restos y Sudarios Bolsas de restos ................................................................................................................................................................................................. 26,98

Sudarios ............................................................................................................................................................................................................. 55,18

Epígrafe 2º. Lápida y Columbario Lápida nicho primera ocupación....................................................................................................................................................................... 103,83

Lápida columbario primera ocupación................................................................................................................................................................ 77,88

Epígrafe 3º. Servicios de Tanatorio 3.1. Sala de velatorio cada 24 horas o fracción ............................................................................................................................................... 499,00

3.2. Sala de velatorio Cabo de Gata ................................................................................................................................................................ 418,45

3.3. Consigna de cenizas por día ......................................................................................................................................................................... 6,99

3.4. Uso de sala ecuménica o multiconfesional ................................................................................................................................................. 29,94

3.5. Estancia en cámara frigorífica cada 24 horas o fracción............................................................................................................................. 59,88

3.6. Uso de la sala para autopsias en el tanatorio ............................................................................................................................................. 79,84

3.7. Uso de la sala para embalsamamientos en el tanatorio............................................................................................................................. 99,80"

"DISPOSICIÓN FINAL. La presente modificación de Ordenanza, una vez aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, y previa publicación en Boletín

Oficial de la Provincia, entra en vigor una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles, desde el día siguiente a su publicación, en los términos establecidos en el art. 70.2, con relación al art. 65.2, ambos de la Ley 7/1985 y permaneciendo vigente hasta que se produzca su modificación o derogación expresa".

3.-RECURSOS. Contra el acuerdo definitivo, aprobando la modificación de la ordenanza citada, sólo cabrá recurso contencioso-administrativo

que se podrá interponer, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Granada.

Almería a 31 de marzo de 2016. EL TITULAR DEL ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA, Joaquín Rodríguez Gutiérrez.

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E D I C T O Dña. Carmen González Garví, Alcaldesa del Ayuntamiento de BEIRES. HACE SABER: Que, no habiéndose presentado alegaciones al acuerdo provisional de aprobación, publicado en el BO de la

Provincia de Almería de 07/01/2015, según consta en el expediente, del Pleno celebrado el 21/11/2014 de aplicación, como propio, del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería.

Se eleva aquel a definitivo y se procede a su publicación en el Boletín oficial de la Provincia:

REGLAMENTO REGULADOR DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA ANEXO IV. Acuerdo de aplicación, como propio, del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería. Al objeto de desarrollar los contenidos del Convenio Marco de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de

Teleadministración de la Provincia de Almería y dar cumplimiento a las exigencias de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y demás disposiciones vigentes, se aprueba, aplicar, como propio, el Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería, publicado inicialmente en BOP núm. 25, Viernes 6 de febrero de 2009 y definitivamente en BOP núm. 57, Martes 24 de marzo de 2009; con las modificaciones publicadas inicialmente en BOP núm. 216, Martes 10 de noviembre de 2009 y definitivamente en BOP núm. 009, Viernes 15 de enero de 2010. De conformidad con las siguientes particularidades:

• La sede electrónica, de la que es titular esta entidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 del reglamento regulador sera: HUwww.beires.esUH.

• El Tablón de Anuncios y Edictos electrónico de esta entidad, será sustitutorio del tablón tradicional en soporte papel, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 13 del reglamento.

• De conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica antes citado, se crea la Oficina de Registro Electrónico del Registro General de ésta Entidad a la que será de aplicación lo previsto en el mismo.

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.

En Beires, a 10 de marzo de 2016. LA ALCALDESA, Carmen Gonzáléz Garví.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 8_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1271/16

AYUNTAMIENTO DE BEIRES

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Dalías, en sesión ordinaria celebrada el día 10/03/2016, acordó la modificación de los siguientes

tributos: • Impuesto sobre bienes inmuebles. (Urbana) En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Dalías, a 16 de marzo de 2016. EL ALCALDE, Francisco Giménez Callejón.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 9_______________________________________________________________________________

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AYUNTAMIENTO DE DALIAS

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E D I C T O Don José Galdeano Antequera, Concejal-Delegado de Servicios a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Roquetas de Mar

(Almería), HACE SABER: La Junta de Gobierno Local, en Sesión celebrada el día 2 de marzo de 2016 adoptó, entre otros, el acuerdo de la

PROPOSICIÓN relativa a la concesión de subvención a la Cofradía del Santísimo Cristo de la Buena muerte y Nuestra Señora de la Amargura para el desarrollo de los actos de Semana Santa 2016.

Según lo previsto en el artículo 18, de la Ley General de Subvenciones, sobre la publicidad de las subvenciones, se da cuenta de la misma expresando los siguientes términos:

a) La concesión directa de la subvención queda contemplada en el articulo 10 de la Ordenanza general reguladora del régimen jurídico de la subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), aprobada por acuerdo plenario de fecha 15.01.07, y elevado a definitivo con fecha 5 de marzo de 2007, publicado en el 8,0.P. número 048, de 9 de marzo del mismo año, quedando justificada su concesión por la concurrencia de razones de interés público y social dada la finalidad de las actividades objeto de subvención, ya que se trata de la ejecución de un proyecto para el fomento de una actividad que viene a impulsar el asociacionismo y la participación ciudadana, el mantenimiento y la realización de las fiestas populares de carácter tradicional y cultural, promoviendo al mismo tiempo la integración en el municipio,

b) Programa y crédito presupuestario al que se impute: subvención con cargo a la aplicación presupuestaria 04400.341.48908, número de operación RC 220160003321 de fecha 01/03/2016.

c) Existencia de financiación con cargo a fondos de la Unión Europea y, en su caso, porcentaje de financiación: No procede. d) Nombre y razón social del beneficiario: Cofradía del Santísimo Cristo de la Buena Muerte y Nuestra Señora de la Amargura,

C/ Paco de Lucía, 2, 04721 El Parador-Roquetas de Mar (Almería), provisto del N.I.F. núm. G-04198651; finalidad de la subvención: Desarrollo de los actos de Semana Santa 2016; cantidad concedida: QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €)

Lo que se hace público para su general conocimiento. Roquetas de Mar, a 11 de marzo de 2016. EL CONCEJAL-DELEGADO DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR, José

Galdeano Antequera.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 10_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1238/16

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

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E D I C T O Don José Galdeano Antequera, Concejal-Delegado de Servicios a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Roquetas de Mar

(Almería), HACE SABER: La Junta de Gobierno Local, en Sesión celebrada el día 7 de marzo de 2016 adoptó, entre otros, el acuerdo de la

PROPOSICIÓN relativa a la concesión de subvención a Federación Andaluza de Balonmano para la organización del Campeonato y Copa de España de Selección Territoriales de Balonmano.

Según lo previsto en el artículo 18, de la Ley General de Subvenciones, sobre la publicidad de las subvenciones, se da cuenta de la misma expresando los siguientes términos:

a) La concesión directa de la subvención queda contemplada en el artículo 10 de la Ordenanza general reguladora del régimen jurídico de la subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), aprobada por acuerdo plenario de fecha 15.01.07, y elevado a definitivo con fecha 5 de marzo de 2007, publicado en el B.O.P. número 048, de 9 de marzo del mismo año, quedando justificada su concesión por la concurrencia de razones de interés público y social dada la finalidad de las actividades objeto de subvención, ya que se trata de la ejecución de un proyecto para el fomento de una actividad que viene a impulsar el asociacionismo y el desarrollo del deporte, promoviendo al mismo tiempo la integración en el municipio.

b) Programa y crédito presupuestario al que se impute: subvención con cargo a la aplicación presupuestaria 04400.341.48908, número de operación RC 220160003757 de fecha 04/03/2016.

c) Existencia de financiación con cargo a fondos de la Unión Europea y, en su caso, porcentaje de financiación: No procede. d) Nombre y razón social del beneficiario: Federación Andaluza de Balonmano, C/ Santa Paula, 23 Bajo 18001 Granada,

provisto del N.I.F. núm. Q-6855014-D; finalidad de la subvención: organización del Campeonato de España de Balonmano Juvenil, Cadete e Infantil de Selecciones Territoriales Andalucía 2016; cantidad concedida: SEIS MIL EUROS (6.000,00 €).

Lo que se hace público para su general conocimiento. Roquetas de Mar, a 11 de marzo de 2016. EL CONCEJAL-DELEGADO DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR, José

Galdeano Antequera.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 11_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1240/16

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

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A N U N C I O D. Antonio Cabrera Gea, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vélez Blanco. HACE SABER: Que el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2.016 aprobado inicialmente por acuerdo plenario de fecha 9 de

marzo de 2.016, ha quedado DEFINITIVAMENTE aprobado al no haberse producido contra el mismo reclamaciones durante el plazo de exposición al pública, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el art. 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su inserción en el B.O.P. resumido por capítulos junto con la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Entidad local.

PRESUPUESTO GENERAL 2016

RESUMEN DE INGRESOS 2016

A: OPERACIONES CORRIENTES

1.- Impuestos directos ................................................................................................................................. 543.000,00

2.- Impuestos indirectos .............................................................................................................................. 17.000,00

3.- Tasas y otros ingresos .......................................................................................................................... 93.900,00

4.- Transferencias corrientes....................................................................................................................... 633.546,46

5.- Ingresos patrimoniales ......................................................................................................................... 21.600,00

B: OPERACIONES DE CAPITAL

6.- Enajenación de Inversiones.............................................................................................................................. 0,00

7.- Transferencias de capital ......................................................................................................................... 27.694,09

8.- Activos financieros ................................................................................................................................... 10.000,00

9.- Pasivos financieros ........................................................................................................................................... 0,00

TOTAL INGRESOS ................................................................................................................................. 1.346.740,55

RESUMEN DE GASTOS 2016

A: OPERACIONES CORRIENTES

1.- Gastos de personal ................................................................................................................................ 637.209,95

2.- Gastos en B. Corrientes......................................................................................................................... 482.700,00

3.- Gastos financieros ................................................................................................................................. 17.500,00

4.- Transferencias corrientes......................................................................................................................... 67.134,60

B: OPERACIONES DE CAPITAL

6.- Inversiones Reales................................................................................................................................... 46.080,00

7.- Transferencias de capital ...................................................................................................................... 49.216,00

8.- Activos Financieros ................................................................................................................................................ 0

9.- Pasivos Financieros ................................................................................................................................ 46.900,00

TOTAL GASTOS ..................................................................................................................................... 1.346.740,55

ANEXO DE PERSONAL

PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO:

DENOMINACIÓN PUESTO DE TRABAJO Nº GR RETRIB. C. D. COMPLEM C. E.

1. Habilitación de carácter estatal

SECRETARÍA INTERVENCIÓN 1 A1 28 17.301,72

2. Escala de Administración General

2.1. Subescala Auxiliar

AUX. ADM. REGISTRO Y URBANISMO 1 C2 18 6.439,86

AUX. ADM. PADRÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA 1 C2 18 6.439,86

AUX. ADM. SECRETARÍA INTERVENCIÓN 1 C2 18 7.929,60

3. Escala de Administración Especial

3.1. Policía Local

POLICÍA LOCAL 1 C1 18 3.762,64

VIGILANTES 2 C2 18 3.762,64

3.2. Personal de Oficios

ENCARGADO PERSONAL OFICIOS 1 C1 16 5.093,20

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 12_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1486/16

AYUNTAMIENTO DE VELEZ BLANCO

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PLANTILLA PERSONAL LABORAL:

DENOMINACIÓN Nº GR RETRIB. C. D. COMPLEM. C. E.

DINAMIZADOR CENTRO GUADALINFO 1 C1 22 -

AUX. ADMINISTRATIVO 2 C2 15 6.440,00

OFICIAL SERVICIOS MÚLTIPLES 3 E 14 2.781,80

LIMPIADORA 1 E 9 -

GOBERNANTA 1 E 14 2.781,80

MONITOR DEPORTIVO 1 D 11 -

MONITOR CULTURAL 1 D 11 -

Contra dicho presupuesto puede interponerse, directamente, recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, impugnación que no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto aprobado, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

En Vélez Blanco, a 4 de abril de 2016. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Cabrera Gea.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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ANUNCIO DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA POR EL

QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN MIXTA DE “OBRAS Y SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE EJECUCIONES SUBSIDIARIAS EN MATERIA DE RESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA, ÓRDENES DE EJECUCIÓN POR MOTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUBRIDAD Y DEMOLICIONES EN EDIFICIOS EN ESTADO RUINOSO”.

1º) Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación y Patrimonio. c) Obtención de documentación e información: 1.- Dependencia: Sección de Contratación y Patrimonio. 2.- Domicilio: Avda. Federico García Lorca, núm. 73. 3.- Localidad y código postal: 04004 Almería. 4.- Teléfono: 950 210000 # 3393. 5.- Correo electrónico: [email protected]. 6.- Dirección de Internet del perfil del contratante: se accede a través de la página web del Ayuntamiento de Almería

(www.aytoalmería.es). 7.- Fecha límite de obtención de documentos e información: el último día del plazo de presentación de proposiciones. d) Número de expediente: C-2016-01. 2º) Objeto del Contrato: a) Tipo: Mixto (Obra y Servicios). b) Descripción: “CONTRATO MIXTO DE obras y servicios en el ejercicio de ejecuciones subsidiarias en materia de

restauración de la legalidad urbanística, órdenes de ejecución por motivos de seguridad y salubridad y demoliciones en edificios en estado ruinoso”.

c) Lugar de Ejecución/ entrega: Término Municipal de Almería. d) Plazo de Ejecución: Ejercicio 2016. 3º) Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinario. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterios de adjudicación: C.1. Criterios evaluables mediante fórmulas: - Oferta económica (80 puntos). C.2. Criterios no evaluables mediante fórmulas: - Calidad Técnica (20 puntos). 4º) Presupuesto base de licitación: El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN

EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS DE EURO (57.851,24 €) más DOCE MIL CIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (12.148,76 €) de IVA al 21% lo que hace un presupuesto Base de Licitación de SETENTA MIL EUROS (70.000 €).

5º) Garantia exigidas: a) Provisional: No se exige. b) Definitiva: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. 6º) Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: VEINTISÉIS (26) DÍAS NATURALES, contados a partir del día hábil siguiente al de la

publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. b) Modalidad de Presentación: La exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de Presentación: 1) Dependencia: En el Registro Auxiliar de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería o

mediante correo certificado, No obstante si el último día del plazo fuera sábado, festivo o domingo se ampliará hasta el primer día hábil siguiente.

2) Domicilio: Avda. Federico García Lorca, 73. 3) Localidad y código postal: Almería, 04004. d) Variantes: No se admiten. e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Durante DOS (2) MESES, a contar desde la apertura

de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en los párrafos 2 y 4 del art. del TRLCSP. 7º) Apertura de ofertas: a) Dirección: Dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sitas en Avda. Federico García Lorca, número 73.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 14_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1461/16

GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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b) Localidad y código postal: Almería, 04004. c) Fecha y hora: El lugar, día y hora de la constitución y reunión de la Mesa se hará constar en el perfil del contratante. 8º) Gastos de publicidad: Correrán a cuenta del adjudicatario. 9º) Otra información: Toda la información relativa a esta contratación podrá consultarse en el Perfil del Contratante del

Excmo. Ayuntamiento de Almería, al cual se puede acceder a través de la siguiente página web: www.aytoalmeria.es. En Almería, a 22 de marzo de 2016. EL VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA, Miguel Ángel Castellón Rubio.

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C.I.F. S-4111001.F ANUNCIO: Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Almería. En cumplimiento del Artículo 4.° del Real Decreto 416/2015 de 29 de mayo y Estatuto de los Trabajadores de 24 de Marzo de

1995, y a los efectos previstos en los mismos, se hace público que en este CENTRO y a las 12:59 horas del día 12 de febrero de 2016 han sido presentados por Dª. María Angeles Cayuela Campoy, con N.I.E. número 34.855.597-V, la Modificación de los Estatutos de la Organización Empresarial denominada ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE LA PESCA SECTOR EXTRACTIVO DE ALMERIA (ASOPESCA), y que ha sido registrada con el nº 04/746/16, y cuyos ámbitos son:

TERRITORIAL: Provincial. PROFESIONAL: Pesca Sector Extractivo. Siendo los firmantes del Certificado del Acta de Modificación: Dª. María Angeles Cayuela Campoy y 1 más. Lo que comunico a Vd. con el ruego de que dada la perentoriedad del plazo de veinte días previsto en el Art.° 3.° de la Ley ,

sea publicado dicho anuncio a la mayor brevedad posible. EL DELEGADO TERRITORIAL DE ECONOMIA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, Miguel Ángel Tortosa López.

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ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA1244/16

JUNTA DE ANDALUCÍADELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE ALMERÍA

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NIG: 0407942C20140000815 Procedimiento: Juicio Verbal (Incum.contr.venta plazo-250.1.10) 130/2014. Negociado: C3. Sobre: De: D/ña. VFS FINANCIAL SERVICES SPAIN, E.F.C., S.A. Procurador/a Sr./a.: OLGA GARCIA GANDIA Letrado/a Sr./a.: Contra D/ña.: MARIA DEL MAR LOPEZ DOMENE Procurador/a Sr./a.: Letrado/a Sr./a.:

E D I C T O En el presente procedimiento Juicio Verbal (Incum.contr.venta plazo-250.1.10) 130/2014 seguido a instancia de VFS

FINANCIAL SERVICES SPAIN, E.F.C.. S.A. frente a MARIA DEL MAR LOPEZ DOMENE se ha dictado sentencia, cuyo ENCABEZAMIENTO Y FALLO es del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 144/15. En Roquetas de Mar, a 6 de noviembre del 2015. María Belén López Moya, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Roquetas de Mar

(Almería), he visto los autos de Juicio Verbal nº 130/14, seguidos a instancia de VFS Financial Services Spain, EFC, S.A, representada por la procuradora Sra. Arroyo Ramos y asistida por el letrado Sr. Raso García; contra Dª María del Mar López Domene, juicio sobre arrendamiento financiero.

FALLO ESTIMO ÍNTEGRAMENTE Ia demanda interpuesta por VFS Financial Services Spain, EFC, S.A. frente a Dª María del Mar

López Domene, con los pronunciamientos siguientes: 1.- DECLARO resueltos los contratos de arrendamiento nº CTO 401/54491/2012 y CTO 401/54476/2012, suscritos por

demandante y demandada. 2.- CONDENO a Dª María del Mar López Domene a entregar a VFS Financial Services Spain, EFC, S.A. los vehículos Volvo,

camión FH R 4x2 500, número de bastidor YV2AG30A5CB618648 y matrícula 7480-HKZ y Volvo, camión FH T 4x2 500 con número de bastidor YV2AG30A1CB618680, junto con la documentación oficial de los mismos consistente en permiso de circulación, ficha técnica, copia del último impuesto de circulación, ITV en vigor en el momento de la devolución, copia NIF del titular del contrato y copia como transmitente en los impresos oficiales de transferencia.

3.- Se imponen las costas a la demandada. Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 441.4 in

finem). Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. PUBLICACION: Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la suscribe; doy fe. Y encontrándose dicho demandado, MARIA DEL MAR LOPEZ DOMENE, en paradero desconocido, se expide el presente a fin

que sirva de notificación en forma al mismo. En Roquetas de Mar, a diez de noviembre de dos mil quince. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, firma ilegible. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 17_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1053/16

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 5 DE ROQUETAS DE MAR

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N.I.G.: 0401344S20130004361. Procedimiento: 1047. Ejecución Nº: 374/2015. Negociado: MR. De: D/Dª.: FRANCISCO MULLOR CABRERA. Contra: D/Dª: ANTONIO JESUS PEREZ MULLOR.

E D I C T O El/La Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 374/2015, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

FRANCISCO MULLOR CABRERA contra ANTONIO JESUS PEREZ MULLOR, en la que con fecha 02/02/16 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

DECRETO Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª ALFREDO MORENO GONZÁLEZ. En ALMERIA, a dos de febrero de dos mil dieciséis. Notifíquese la presente resolución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien

dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, Art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado BANCO SANTANDER IBAN ES55 0049-3569-9200-0500-1274 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en forma a ANTONIO JESUS PEREZ MULLOR, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, firma ilegible. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 18_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1245/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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N.I.G.: 0401344S20130004921. Procedimiento: 1183/13. Ejecución N°: 64/2016. Negociado: MR. De: D/Dª.: ISABEL DOLORES MARTINEZ DE LA ROSA. Contra: D/Dª: SEVEN OIL SL y FOGASA

E D I C T O El/La Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 64/2016, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

ISABEL DOLORES MARTINEZ DE LA ROSA contra SEVEN OIL SL y FOGASA, en la que con fecha 09/03/16 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

AUTO En ALMERIA, a nueve de marzo de dos mil dieciséis. Dada cuenta y; HECHOS PRIMERO.- En los autos de referencia, seguidos a instancia de ISABEL DOLORES MARTINEZ DE LA ROSA contra SEVEN

OIL SL y FOGASA, se dictó resolución judicial en fecha 12/11/15 por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma.

SEGUNDO.- Dicha resolución es firme. TERCERO.- Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha

satisfecho el importe de la cantidad objeto de la condena. CUARTO.- Consta en Social Dos que con fecha 14/04/15 se ha dictado Auto de Insolvencia en la Ejecutoria número 277/14. PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 40.845,110 € en concepto de principal, más la de

1.000,00 € calculadas para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el IItmo/a. Sr./Sra. D./Dña. DIEGO MIGUEL ALARCON, MAGISTRADO/JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a SEVEN OIL SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, firma ilegible. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 19_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1246/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1074/2015. Negociado: PR N.I.G.: 0401-3L44S20150004359. De: D/Dª. FLOAREA SABO Abogado: Contra: D/Dª. GABRIEL MARTINEZ AGUILAR, RESTAURANTE GOLF PLAYA SERENA SL y RESTAURANTE NAGALU SL

E D I C T O D/Dª. Alfredo Moreno González, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1074/2015 se ha acordado citar a

GABRIEL MARTINEZ AGUILAR, RESTAURANTE GOLF PLAYA SERENA SL y RESTAURANTE NAGALU SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 15 DE ABRIL DE 2016 A LAS 11 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a GABRIEL MARTINEZ AGUILAR, RESTAURANTE GOLF PLAYA SERENA SL y

RESTAURANTE NAGALU SL. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En ALMERIA, a siete de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Alfredo Moreno González. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 20_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1247/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 393/2013. Negociado: CM. N.I.G.: 0401344S20130001278. De: D/Dª. MOHAMED HAOUACH Abogado: Contra: D/Dª. JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ y TOMARAF SAT Abogado:

E D I C T O D/Dª Luisa Escobar Ramírez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 2 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 393/2013 a instancia de la parte actora D/Dª.

MOHAMED HAOUACH contra JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ y TOMARAF SAT sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA DE FECHA 07/03/16 del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 97/2016. En Almería, a 7 de marzo de 2016. Visto por el lltmo. Sr. D. ÓSCAR LÓPEZ BERMEJO, Juez del Juzgado de lo Social NÚM. 2 DE ALMERIA el juicio oral

promovido por D. MOHAMED HAOUACH, frente a D. JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ (no comparece), y frente a la mercantil TOMARAFSAT (no comparece), en acción de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, con la intervención del FOGASA.

FALLO Que estimando la demanda interpuesta D. MOHAMED HAOUACH, frente a D. JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ (no

comparece), y frente a la mercantil TOMARAFSAT (no comparece), en acción de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, en acción de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, y, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS (4.584 euros), más el 10% de mora.

El FOGASA deberá de estar y pasar por la presente Sentencia. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma NO es firme, pues cabe Recurso de Suplicación ante

la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, conforme al Art. 191.2.g) LRJS, por ser de cuantía superior a 3.000 euros.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. PUBLICACIÓN. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por SSª. el Iltmo. Sr. Magistrado D. ÓSCAR LÓPEZ BERMEJO,

estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado JESUS DANIEL AGUILERA GIMENEZ y TOMARAF SAT actualmente en

paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Luisa Escobar Ramírez. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 21_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1248/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ALMERIA

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 77/2016. Negociado: E1 N.I.G.: 0401344S20140005174. De: D/Dª. SOLEDAD SORROCHE JIMENEZ. Abogado: CRISTINA RAMIREZ FLORES. Contra: D/Dª. RESIDENCIA VERA PARAISO SL y FOGASA

E D I C T O

Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número Tres de Almería. En virtud a lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº Tres de Almería y su Provincia, de

conformidad con la resolución dictada en esta fecha en los autos núm. 1271/12, EJECUCION NUM. 77/16 sobre Despido, seguida a instancia de DOÑA SOLEDAD SORROCHE JIMENEZ frente a la empresa RESIDENCIA VERA PARAISO SL y EL FONDO DE GARANTIA SALARIAL, ignorándose el actual paradero de la EMPRESA y en cuya resolución se ha acordado citar a la referida EJECUTADA para el próximo día TREINTA DE JUNIO DE 2.016, A LAS 9,25 HORAS, a fin de que comparezcan en la Secretaría de este Juzgado, al objeto de celebrar la comparecencia prevista en el Art. 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y examinar los hechos de la no readmisión, con la advertencia de que deberán aportar únicamente aquéllas pruebas que pudiéndose practicar en el momento se estimen pertinentes, apercibiéndole que de no verificarlo, le parará el perjuicio a que hubiere lugar en Derecho, así como que su incomparecencia, no impedirá la celebración del acto.

Para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, así como su colocación en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, y para que sirva de CITACION en legal forma a la empresa ejecutada RESIDENCIA VERA PARAISO SL que se encuentra actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en c/. Del Mar nº 1, de VERA (ALMERIA) expido la presente que firmo en Almería, a diez de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 22_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1249/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 23: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 1435/13

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: “SENTENCIA NÚM. 7/16.- En Almería, a 11 de Diciembre dos mil dieciséis. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS

APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Reclamación de Cantidad por Pablo García Martínez Alejandro Barea Castro y Bernabé Montoya Méndez frente a LOPISUR S.L. Y ZOFRE S.L.

Que estimando íntegramente las demandas interpuestas por D. Pablo García Martínez, D. Alejandro Barea Castro y D. Bernabé Montoya Méndez debo condenar y condeno solidariamente a las empresas Lopisur SL y Zofre SLP a abonar a cada uno de los actores las siguientes cantidades:

- D. Pablo García Martínez, 19.890,49 €. - D. Alejandro Barea Castro, 4.500 €. - D. Bernabé Montoya Méndez, 21.840,37 €. más el 10% de interés anual de dichas cantidades en concepto de indemnización por mora. Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe

interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, siendo indispensable que hasta el momento de formalizar la suplicación, si es la parte demandada quién lo interpone, acredite haber consignado 300 €. En BANESTO sito e Paseo de Almería, Oficina 3085 c/c núm.02380000360143513. Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la c/c. núm. 0238000065143513 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse esta última consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado LOPISUR S.L. que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Avda. Federico García Lorca, 77-3°-B de Almería, habiéndose ANUNCIADO RECURSO DE SUPLICACIÓN en fecha 11/12/15 y formalizado en fecha 2/2/16 teniendo el término de 5 días para su impugnación expido el presente en Almería, a 8 de Marzo del dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 23_______________________________________________________________________________

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 746/14

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 112.- En Almería, a 3 de Marzo de dos mil dieciséis .. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS

APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre reclamación de cantidad por D. Juan José López Sánchez frente a contratas españolas S.L.

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Juan José López Sánchez debo condenar y condeno a la empresa Contratas Españolas 1 SL a abonar a la parte actora la cantidad de 6.694.48 €. más el 10% de interés anual en concepto de indemnización por mora; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del Art. 33 del ET hasta un límite máximo de 4.647,42 €.

Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado ac lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, siendo indispensable que hasta el momento de formalizar la suplicación, si es la parte demandada quién lo interpone, acredite haber consignado 300 €. En BANESTO sito e Paseo de Almería, Oficina 3085 c/c núm.0238000065074614. Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la c/c. núm. 02380000650746 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse esta última consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA a los demandados .CONTRATAS ESPAÑOLAS S.L., que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en c/. D. Juan de Austria, 43 piso 2º 04003 de Almería expido el presente en Almería, a 3 de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1251/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 943/14

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 113.- En Almería, a 9 de Marzo de dos mil dieciséis .. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS

APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre

Que estimando la demanda interpuesta por la mutua Activa Mutua 2008 frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa Talleres Hernández Olmo SL y D. Alejandro Hernández Fernández debo declarar y declaro la responsabilidad directa de la empresa Talleres Hernández Olmo SL, en orden al pago de la cantidad anticipada por la actora de 1.552,09 € como gastos de asistencia sanitaria y prestaciones de incapacidad temporal derivadas de los accidentes de trabajo sufridos por el codemandado D. Alejandro Hernández Fernández; y ello sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social frente a dicho pago, en el supuesto de insolvencia empresarial. Absolviendo de la demanda a D. Alejandro Hernández Fernández.

Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que contra la misma no cabe recurso alguno y es firme. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA a los demandados .TALLERES HERNANDEZ OLMO S.L.,

que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en La Puebla de Vícar /Almería) C/ Zurgena, nave 1, expido el presente en Almería, a 9 de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 25_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1252/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 366/15

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 93.- En Almería, a 1 de Marzo de dos mil dieciséis .. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS

APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Despido por María Opris frente a María Pilar García Laynez y Fresh People S.L.

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª. María Opris frente a las empresas Fresh People SL, María Pilar García Laynez, Juan José Gázquez Peramos y Elena Ilyasova debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que ha sido objeto la parte actora, y en consecuencia condeno solidariamente a las empresas demandadas a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de sentencia, entre readmitir a la demandante en su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar, o extinguir la relación laboral, en cuyo caso deberán pagar a la trabajadora una indemnización por despido de 354,24 €; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del Art. 33 del E.T.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoseles que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación, siendo indispensable que al anunciar el recurso de suplicación , si es la parte demandada quien lo interpone, acredite haber consignado 300 Euros en BANESTO, sito en el Paseo de Almería s/n, oficina 3085, cuenta corriente núm. 0238000065036615.

Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la cuenta corriente núm. 0238000065036615 el importe de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la reincorporación, o en su caso, la extinción de la relación laboral, y para el caso de que el empresario no optase por la readmisión, la consignación en el anterior número de cuenta de la cantidad objeto de indemnización , pudiendo sustituirse estas dos últimas cantidades por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, determinando la no aportación e los resguardos el que se tenga por desistido al recurrente.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA a los demandados MARIA PILAR GARCIA LAYNEZ Y FERSH PEOPLE S.L. .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Almerimar (El Ejido) C/. Dársena de la Batea, 29, expido el presente en Almería, a 1 de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 26_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1253/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 27: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 917/2015. Negociado: JM. N.I.G.: 0401344S20150003733. De: D/Dª. RAFAEL FERNANDEZ LARA. Abogado: CEFERINO FRANCISCO CEPEDA SANCHEZ. Contra: D/Dª. TEXTIL PORTOCARRERO S.L. Abogado:

E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 917/2015 se ha acordado citar a TEXTIL

PORTOCARRERO S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 11 de julio de 2017 a las 9:10 y 10:00 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA RONDA 120- 6ª PL. CIUDAD DE LA JUSTICIA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a TEXTIL PORTOCARRERO S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En ALMERIA, a veintiséis de febrero de dos mil dieciséis. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 27_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1254/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 28: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1118/2015. Negociado: FM. N.I.G.: 0401344S20150004629. De: D/Dª. JUAN MANUEL RIVAS VARGAS. Contra: D/Dª. GUARDA Y LIMPIEZA TENORIO SL, ALBORAN SLU, GUARDA Y LIMPIEZA ALBORAN SLU, ME 2006 SL y

NACIRI S.L.

E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1118/2015 se ha acordado citar a

ALBORAN SLU, GUARDA Y LIMPIEZA ALBORAN SLU y ME 2006 SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 24 OCTUBRE 2017 A LAS 10,10 para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA RONDA 120- 6ª PL. CIUDAD DE LA JUSTICIA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a ALBORAN SLU, GUARDA Y LIMPIEZA ALBORAN SLU y ME 2006 SL. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En ALMERIA, a uno de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 28_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1255/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 16/16

sobre cantidad, a instancia de D. Carmen Sánchez Martínez y Francisco Ruiz Sánchez contra Obalroy S.L. y fogasa, aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

Declarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado, OBALROY S.L, con cif: B-61156196, y con último domicilio conocido en C/. Real 26, bajo, Almería, por importe de 14.595,87 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos, y al ejecutado, por medio de edictos a publicar en el

tablón de anuncios de este Juzgado y B.O.P. de Almería. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, OBALROY S.L., que se encuentra/n actualmente en

ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/. Real 26, bajo (Almería), expido el presente en Almería, a siete de marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO/A, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 29_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1256/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 10/16

sobre Despido, a instancia de D. Hafida El Kahi contra Hortícola Pimar S.l., y fogasa, aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

Que debía declarar y declaraba extinguidas, con esta fecha, las relaciones laborales existentes entre el trabajador, D. HAFIDA EL KAHI y la empresa HORTICOLA PIMAR S.L.., condenando a este último, a que abonen a la parte actora la cantidad de 3.571,55 Euros de Indemnización (calculados por 700 días trabajados, de los cuales 400 días vienen recogidos en sentencia (y son calculados a 45 días) y 300 días por trabajos de fijo-discontinuos que hubiera realizado en 3 campañas (que son calculados a 33 días) hasta hoy, al no haber optado la empresa y con un salario diario de 46,84 Euros (incluidas las gratificaciones extraordinarias), así como, además los salarios dejados de percibir, por los 300 días que hubiera trabajado, por tanto ascienden los salarios a una cantidad total de 14.052 Euros.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, HORTICOLA PIMAR S.L., que se encuentra/n actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/. América nº 4, Campohermoso-Níjar (Almeria), expido el presente en Almería, a tres de marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO/A, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 30_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1257/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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E D I C T O

Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia.

Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 1055/15 aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen:

"SENTENCIA NÚM. 98.- En Almería, a 26 de Febrero dos mil dieciséis .. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JOSE ALBERTO BARBOSA GONZALEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Despido por Ana Eloísa Carmona López frente a Publicidad y Marketing Rocisa S.L.

Que estimando íntegramente, la demanda formulada por Dª. Ana Eloisa Carmona López, frente a Publicidad y Marketing Rocisa S.L.,

1.- Debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora de fecha 23 de agosto de 2015, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y optar en el plazo de cinco días entre la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo y en idénticas condiciones, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, o bien, a indemnizarle en la cantidad de 1.421,16 euros.

2.- Debo condenar y condeno a la demandada a pagar al trabajador 560,30 euros por los días trabajados en agosto de 2015 y el finiquito, no pagados, incrementados en un 10% de interés anual por mora.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA a los demandados PUBLICIDAD Y MARKETING ROCISA S.L., que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Aguadulce (Almería) Plaza Ortiz de Villajos Local 5-2, expido el presente en Almería, a 1 de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 31_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1258/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución núm. 83/16 sobre

Reclamación de Cantidad, a instancia de D. MIGUEL ANGEL BRUGAROLAS ROS contra la empresa CADENA JC PONIENTE SL aparece dictada RESOLUCION cuya parte dispositiva es como sigue:

AUTO - En ALMERIA, a siete de marzo de dos mil dieciséis. PARTE DISPOSITIVA: S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de

la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 265,02 euros en concepto de principal, más la de 26,50 euros calculadas para intereses mas otros 26,50 euros para costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado r. tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. JOSE ALBERTO BARBOSA GONZALEZ, JUEZ DE REFUERZO JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE ALMERIA. Doy fe.

DECRETO Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª JOSE LUIS TORRECILLAS VIDAL. En ALMERIA, a siete de marzo de dos mil dieciséis. PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, CADENA JC PONIENTE

SL suficientes para cubrir la cantidad de 265,02 Euros en concepto de principal, más la de 26,50 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 26,50 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Dado que el ejecutado, se encuentra actualmente en ignorado paradero, notifíquese la presente resolución, por medio de Edictos que se publicaran en el Tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, librándose los despachos necesarios.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de tres días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano en BANESTO 0030, OFICINA 3085, al núm. 0238-0000-64-0083/16 debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto'' del documento, que se trata de un "Recurso de Revisión" seguido del Código "31"".

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social nº 3 de Almería, DON JOSE LUIS TORRECILLAS VIDAL.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A LA EMPRESA EJECUTADA CADENA JC PONIENTE SL, que se encuentra actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Carretera de Alicún núm. 172, C.P. 04740 - EL EJIDO (ALMERIA) expido el presente que firmo en Almería, a siete de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 32_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1259/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución núm. 13/16 sobre

Reclamación de Cantidad, a instancia de D. MIGUEL DE ARMAS VALDES contra la empresa COMERCIAL MANCHEGO ANDALUZA SC aparecen dictadas RESOLUCIONES cuya parte dispositiva es como sigue:

AUTO En ALMERIA, a tres de marzo de dos mil dieciséis. Dada cuenta y; PARTE DISPOSITIVA S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de

la demandada, COMERCIAL MANCHEGO ANDALUZA SC en cantidad suficiente a cubrir la suma de 1.460,36 euros en concepto de principal, más la de 146,03 euros calculadas para intereses y otros 146,03 para costas y gastos, , y mas 150,00 € fijados en Sentencia como honorarios del letrado del demandante, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE ALMERIA. Doy fe.

DECRETO Secretario/a Judicial, Sr./a.: JOSE LUIS TORRECILLAS VIDAL. En ALMERIA, a tres de marzo de dos mil dieciséis. PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, COMERCIAL

MANCHEGO ANDALUZA SC suficientes para cubrir la cantidad de 1.460,36 Euros en concepto de principal, más la de 146,03 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 146,03 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, mas 150,00 € fijados en sentencia como honorarios del Letrado del demandante, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Dado que el ejecutado, se encuentra actualmente en ignorado paradero, notifíquese la presente resolución, por medio de Edictos que se publicaran en el Tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, librándose los despachos necesarios.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de tres días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano en BANESTO 0030, OFICINA 3085, al núm. 0238-0000-64-0013/16, debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "Recurso de Revisión" seguido del Código "31"".

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social nº 3 de Almería, DON JOSE LUIS TORRECILLAS VIDAL.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A LA EMPRESA EJECUTADA COMERCIAL MANCHEGO ANDALUZA SC que se encuentra actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Avda. del Mediterráneo nº 21 (Bar Quijote) de ROQUETAS DE MAR (ALMERIA) expido el presente que firmo en Almería, a de Marzo de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 33_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1260/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1109/2015. Negociado: JM. N.I.G.: 0401344S20150004593. De: D/Dª. GABRIEL ANGEL SEDAÑO RODRIGUEZ. Abogado: MARIA CONSUELO ANTEQUERA ANTEQUERA. Contra: D/Dª. LONDON GROERS S.L. Abogado:

E D I C T O Don José Luis Torrecillas Vidal, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su

Provincia. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1109/2015 se ha acordado citar a

LONDON GROERS S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 19 de Abril de 2016 a las 10:50 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA RONDA 120- 6ª PL. CIUDAD DE LA JUSTICIA debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada. Y para que sirva de citación a LONDON GROERS S.L.. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el

tablón de anuncios. En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, José Luis Torrecillas Vidal. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 34_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1261/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 35: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1193/2015. Negociado: MM. N.I.G.: 0401344S20150004948. De: D/Dª. FATIMA DAHMANI Abogado: Contra: D/Dª. MARIA DEL PILAR VARGAS ALONSO, MARIA PILAR SABIO VARGAS, ANTONIO MANUEL SABIO PEREZ y

GERASUR 2020 S.L. Abogado:

E D I C T O CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de DIOR de fecha 08-03-2016 del Letrado de la Administración de Justicia JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3

DE ALMERIA, en los autos número 1193/2015 seguidos a instancias de FATIMA DAHMANI contra MARIA DEL PILAR VARGAS ALONSO, MARIA PILAR SABIO VARGAS, ANTONIO MANUEL SABIO PEREZ y GERASUR 2020 S.L. sobre Despidos/Ceses en general, se ha acordado citar a MARIA DEL PILAR VARGAS ALONSO, MARIA PILAR SABIO VARGAS y ANTONIO MANUEL SABIO PEREZ como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 29 DE ABRIL DE 2016 A LAS 10:20 HORAS, CONCILIACION 9:50 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA RONDA 120- 6ª PL. CIUDAD DE LA JUSTICIA debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a MARIA DEL PILAR VARGAS ALONSO, MARIA PILAR SABIO VARGAS y ANTONIO MANUEL SABIO PEREZ para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 35_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1262/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 31/2016. Negociado: MC. N.I.G.: 0401344S20140004827. De: D/Dª. ANTONIO MALDONADO ROMERA. Abogado: DIEGO CAPEL RAMIREZ. Contra: D/Dª. ANANTRUCK SLY y SENDOIL RAPID SL Abogado:

E D I C T O CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 31/2016, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 4 DE ALMERIA y su provincia en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancia de ANTONIO MALDONADO ROMERA contra ANANTRUCK SLY y SENDOIL RAPID SL, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 04/04/2016 A LAS 09:40 horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA N° 120 Bloque B PTA 1 SALA 9 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071. para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción social, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a ANANTRUCK SLY y SENDOIL RAPID SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en ALMERIA, a nueve de marzo de dos mil dieciséis. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 36_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1265/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 382/2015. Negociado: AL. N.I.G.: 0401344S20120006002. De: D/Dª. EMIL LIMON ALCOCER Abogado: ANA MATILDE BERBEL GARCIA Contra: D/Dª. JF ZURANO SL Abogado:

E D I C T O D/Dª Mercedes Daza García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 382/2015 a instancia de la parte actora D/Dª. EMIL

LIMON ALCOCER contra JF ZURANO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 9/12/15 del tenor literal siguiente:

AUTO Juez A.T. Sr. D. JUAN ANTONIO BOZA ROMERO. En ALMERIA, a nueve de diciembre de dos mil quince. PARTE DISPOSITIVA DISPONGO: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, EMIL LIMON ALCOCER, frente a J.F.

ZURANO S.L., parte ejecutada, por importe de 2.803,55 euros en concepto de principal, más los intereses y costas legales que correspondan.

Notifíquese esta resolución a las partes con significación de que contra la misma caber recurso de reposición en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los términos contenido en el Art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; todo ello, ante este juzgado en el plazo de TRES DIAS hábiles siguiente al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, haber constituido el depósito de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial abierta en BANCO DE SANTANDER Nº ES55 0049 3569 92 0005001274. CONCEPTO: Expediente 2926-0000-30-nº Ejecutoria y año, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "30" y "Social- Reposición” consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª de la LOPJ).

ELJUEZ DECRETO Letrada de la Administración de Justicia D/Dª MARIA JOSE SAEZ NAVARRO. En ALMERIA, a nueve de diciembre de dos mil quince. PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, suficientes para cubrir la cantidad de

2.803,55 €, en concepto de principal, más la de 560.7 € que provisionalmente se fijan para intereses, costas y gastos, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo preceptuado en el Art. 249 de la LJS y 589.1 de la LEC, requiérase al ejecutado, para que en el plazo de DIEZ DIAS señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo, y relacione todo tipo de cuentas bancarias adscritas a la actividad empresarial que mantiene en la actualidad, con el apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele al amparo de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo anterior.

Sin perjuicio de lo anteriormente acordado procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Realizar embargo de cuentas a la vista mediante el Punto Neutro Judicial. El embargo de los créditos por las que pudiera resultar acreedora la parte demandada frente a las empresas relacionadas en el

informe de bienes recabado, por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuya efectividad se librarán los despachos oportunos.

El embargo de las cantidades que le pueda corresponder percibir a la ejecutada en concepto de devolución por liquidación del Impuesto sobre Beneficios Anticipados, hasta cubrir las cantidades adeudadas, procediéndose a su retención a través del Punto Neutro Judicial.

Recabar del Servicio de índices de Registros de la Propiedad, a través de la aplicación informática del P.N.J -CORPME-, informe de los bienes inmuebles que figuren en su caso a nombre del demandado.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 37_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1272/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 38: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

Hacer saber a la actora que el informe de bienes se encuentra a disposición de dicha parte para su consulta e instrucción en la Secretaría del Juzgado.

Para el embargo de los vehículos que se interesen, hágase saber a la parte solicitante que sólo se procederá a su embargo, si se compromete a hacerse cargo de los mismos, y a costear su depósito o en su defecto, a nombrar depositario.

Notifíquese esta resolución al ejecutado, junto con el Auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante la Letrada que dicta esta resolución con expresión de la infracción que ajuicio del recurrente contiene la misma.

Así lo acuerdo y firmo. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Y para que sirva de notificación al demandado JF ZURANO SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para

su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALMERIA, a once de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Mercedes Daza García. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 38_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 21/2016. Negociado: MC. N.I.G.: 0401344S20130004592. De: D/Dª. FATIMA HMIMOU. Abogado: JAIME RAMOS QUILEZ. Contra: D/Dª. MAYVAZ PRODUCE SL Abogado:

E D I C T O D/Dª Mercedes Daza García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 21/2016 a instancia de la parte actora D/Dª.

FATIMA HMIMOU contra MAYVAZ PRODUCE SL sobre Ejecución ele títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 27/01/2016 del tenor literal siguiente:

DECRETO Letrada de la Administración de Justicia Dª MERCEDES DAZA GARCÍA. En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante da FATIMA HMIMOU y de

otra como ejecutado MAYVAZ PRODUCE SL se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 27/01/2016 para cubrir la cantidad de 1926,10 euros de principal.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Por el Juzgado de lo Social 3 de Almería en el procedimiento de ejecución número 218/14, se ha dictado auto de

insolvencia en fecha 26/01/2015 de la misma empresa. CUARTO.- Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasen

bienes o derechos susceptibles de embargo, sin que se haya hecho manifestación alguna en el plazo dado. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.3 de la L.R.J.S., la declaración judicial de insolvencia de una

empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley.

SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido el trámite de audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvencia parcial de la ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al ejecutado MAYVAZ PRODUCE SL, en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 1926,10 euros,

insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea

firme la presente resolución. c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo

sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese la presente resolución. Y para que sirva de notificación al demandado MAYVAZ PRODUCE SL actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Mercedes Daza García.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 39_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1273/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 40: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 25/2016. Negociado: MC. N.I.G.: 0401344S20130004705. De: D/Dª. NAIMA EP MESSAOUDI ARFA Abogado: JAIME RAMOS QUILEZ. Contra: D/Dª. MAYVAZ PRODUCE SL Abogado:

E D I C T O D/Dª Mercedes Daza García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 25/2016 a instancia de la parte actora Dª. NAIMA

EP MESSAOUDI ARFA contra MAYVAZ PRODUCE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 09/03/2016 del tenor literal siguiente:

DECRETO Letrada de la Administración de Justicia Dª MERCEDES DAZA GARCÍA. En ALMERIA, a nueve de marzo de dos mil dieciséis. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante Dª NAIMA EP MESSAOUDI

ARFA y de otra como ejecutado/a MAYVAZ PRODUCE SL se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 26/01/2016 para cubrir la cantidad de 2179,58 euros de principal.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Por el Juzgado de lo Social 3 de Almería en el procedimiento de ejecución número 218/14, se ha dictado auto de

insolvencia en fecha 26/01/2015 de la misma empresa. CUARTO.- Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasen

bienes o derechos susceptibles de embargo, sin que se haya hecho manifestación alguna en el plazo dado. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.3 de la L.R.J.S., la declaración judicial de insolvencia de una

empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley.

SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido el trámite de audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvencia parcial de la ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al ejecutado MAYVAZ PRODUCE SL, en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 2179,58 euros,

insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución. Y para que sirva de notificación al demandado MAYVAZ PRODUCE SL actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALMERIA, a nueve de marzo de dos mil dieciséis. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Mercedes Daza García.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 40_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1274/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 23/2016. Negociado: MC. N.I.G.: 0401344S20130004670. De: D/Dª. MAJIDA EL BAKALI. Abogado: JAIME RAMOS QUILEZ. Contra: D/Dª. MAYVAZ PRODUCE SL Abogado:

E D I C T O D/Dª Mercedes Daza García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 23/2016 a instancia de la parte actora D/Dª.

MAJIDA EL BAKALI contra MAYVAZ PRODUCE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 27/01/2016 del tenor literal siguiente:

DECRETO Letrada de la Administración de Justicia Dª MERCEDES DAZA GARCÍA. En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante Dª MAJIDA EL BAKALI y de

otra como ejecutado MAYVAZ PRODUCE SL se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 27/01/2016 para cubrir la cantidad de 1216,51 euros de principal.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Por el Juzgado de lo Social 3 de Almería en el procedimiento de ejecución número 218/14, se ha dictado auto de

insolvencia en fecha 26/01/2015 de la misma empresa. CUARTO.- Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasen

bienes o derechos susceptibles de embargo, sin que se haya hecho manifestación alguna en el plazo dado. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.3 de la L.R.J.S., la declaración judicial de insolvencia de una

empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley.

SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido el trámite de audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvencia parcial de la ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al ejecutado MAYVAZ PRODUCE SL, en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 1216,51 euros,

insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución Y para que sirva de notificación al demandado MAYVAZ PRODUCE SL actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALMERIA, a ocho de marzo de dos mil dieciséis. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Mercedes Daza García.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 41_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1275/16

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALMERÍA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 42: SUMARIO - dipalme.org · 001252-16 procedimiento num. 943/14 de activa mutua 2008 frente a talleres hernandez olmo s.l y otros. 25 001253-16 procedimiento num. 366/15 sobre despido

N.I.G.: 0407942C20120006565. Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1246/2012. Negociado: CG. Sobre: De: JUEGOMATIC, S.A. Procurador/a: Sr/a. OLGA GARCIA GANDIA Letrado: Sr/a. Contra: MARIA TRINIDAD ORTIZ RUIZ Procurador/a: Sr/a. Letrado: Sr/a.

E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1246/2012 seguido en el JUZGADO DE PRIM. INST. E INSTR. NUM. 3 DE

ROQUETAS DE MAR a instancia de JUEGOMATIC, S.A. contra MARIA TRINIDAD ORTIZ RUIZ sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Roquetas de Mar, a seis de mayo de dos mil quince. Dª María Soledad Ruzafa González, Juez de Refuerzo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Roquetas de Mar

y su Partido, ha dictado la siguiente: SENTENCIA Habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario 1246/2012, promovidos por la Procuradora Sra. García Gandía, en

representación de JUEGOMATIC, S.A., asistida por el letrado Sr. Mendoza Cerrato sustituido en el acto de la vista por su compañero Sr. Lucas-Piqueras Sánchez, contra Dª María Trinidad Ortiz Ruiz, quien se encuentra declarada en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de la acción de resolución de contrato y reclamación de cantidad.

FALLO Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de JUEGOMATIC, S.A. contra Dª María

Trinidad Ortiz Ruiz, declaro resuelto el contrato celebrado entre las partes litigantes y condeno a la demandada Dª María Trinidad Ortiz Ruiz, a abonar a la demandante la cantidad de cincuenta mil euros (50.0006), cantidad que generará intereses legales desde la fecha de la reclamación judicial, el día 27 de noviembre de 2012.

Con expresa condena en costas a Dª María Trinidad Ortiz Ruiz. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de

APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de ALMERIA (artículo 455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander nº , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código “02', de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s MARIA TRINIDAD ORTIZ RUIZ, extiendo y firmo la

presente en Roquetas de Mar, a veinticinco de enero de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, firma ilegible. "En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por

cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)".

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 42_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1231/16

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ROQUETAS DE MAR

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O MARIA ISABEL RUIZ HERNÁNDEZ, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con residencia en Purchena (Almería). HAGO CONSTAR: I.- Que en esta notaría se está tramitando ACTA DE PRESENCIA Y NOTORIEDAD PARA CONSTATACIÓN DE

RECTIFICACIÓN DE CABIDA DE FINCA, al amparo de los establecido en el artículo 53.10 de la Ley 13/1996, de 30 de noviembre, 200 y 203 de la Ley Hipotecaria y 298 de su Reglamento, referida a la siguiente finca:

Urbana.- CASA, sita en calle San Sebastián del pueblo de Sierro. Tiene una extensión superficial de VEINTE (20) METROS CUADRADOS. LINDA.- DERECHA, entrando, herederos de Don Antonio Marín Rubio; IZQUIERDA, Don Enrique Quesada Cerezo; FONDO,

Don Pedro Medina Rubio. Hoy sus linderos son: DERECHA, entrando, Josefa Muñoz López y Encarnación Marín Expósito; IZQUIERDA, María Matías

Rubio y María Cantos Membrive; FONDO, Josefa Muñoz López, María Matías Rubio y María Cantos Membrive. Inscripción.- En el Registro de la Propiedad de Purchena al tomo 1.013, libro 18 de Sierro, folio 116, finca 1.871. Referencia catastral.- 3308326WG5330N0001KP.- Título.- Le pertenece por compraventa, formalizada en escritura de tal carácter otorgada en Purchena, el día veinte de Agosto

de mil novecientos noventa y nueve, ante el Notario que lo fue de la misma don Eduardo Pérez Hernández, con el número 1.261 de su protocolo.

II.- Que la finalidad de la presente acta es acreditar la superficie real del solar de ciento veintisiete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados (127,35 m²).

Por lo tanto la descripción real de la misma es la siguiente: Urbana.- CASA, sita en calle San Sebastián del pueblo de Sierro. Tiene una extensión superficial de VEINTE (20) METROS CUADRADOS. La superficie del solar es de ciento veintisiete metros

con treinta y cinco decímetros cuadrados (127,35 m²). Hoy sus linderos son: DERECHA, entrando, Josefa Muñoz López y Encarnación Marín Exposito; IZQUIERDA, María Matías

Rubio y María Cantos Membrive; FONDO, Josefa Muñoz López, María Matías Rubio y María Cantos Membrive. Durante el plazo de veinte días naturales, a contar desde esta publicación, podrán los interesados comparecer en esta notaría

sita en Purchena, en horas de despacho, para oponerse a la tramitación de la misma o alegar lo que estime oportuno en defensa de sus derechos.

En Purchena, a nueve de Octubre de dos mil quince. LA NOTARIO, María Isabel Ruiz Hernández.

B.O.P. de Almería - Número 63 Martes, 05 de abril de 2016 Pág. 43_______________________________________________________________________________

ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES6437/15

NOTARÍA DE DOÑA MARÍA ISABEL RUIZ HERNÁNDEZ

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)