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Número: 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.es Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) SUMARIO ADMINISTRACIÓN LOCAL Pág. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR 000802-15 CONVOCATORIA CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA 4 ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR 000831-15 ACUERDO NUM. 10 DE ACEPTACION DE LA ENCOMIENDA DE GESTION EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE TABERNO PARA TRAMITACION SOLICITUDES EMISION, SUSPENSION, CANCELACION SUSPENSION Y REVOCACION DE CERTIFICADOS ELECTRONICOS DE ADMINISTRACION PUBLICA QUE CORRESPONDEN AL AYUNTAMIENTO DE TABERNO. 33 ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR 000835-15 ACUERDO NUM. 11 DE ACEPTACION DE LA ENCOMIENDA DE GESTION EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA PARA TRAMITACION SOLICITUDES EMISION, SUSPENSION, CANCELACION SUSPENSION Y REVOCACION DE CERTIFICADOS ELECTRONICOS DE ADMINISTRACION PUBLICA QUE CORRESPONDEN AL AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA. 34 AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 000810-15 ANUNCIO RELATIVO A FORMALIZACION DE CONTRATOS DESDE EL 1 AL 31 DE ENERO DE 2015 CUYA CUANTIA ES IGUAL O SUPERIOR A 100.000 EUROS. 35 AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 000813-15 APROBACION PROVISIONAL DEL PROYECTO MODIFICADO DE LA OBRA URBANIZACIONES EN NIJAR REFERENCIA 73PPIB-2012-2 APROBADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE 27-1-15. 36 AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 000833-15 APROBACION PROVISIONAL PROYECTOS DE OBRAS EMPEZANDO POR 65PIM2014-2 Y OTRAS DOS 37 AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 000834-15 APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE OBRA NÚMERO 115 INCLUIDA EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES MUNICIPALES DE DIPUTACIÓN "CENTRO DE SALUD EN MACAEL" 38 AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 000837-15 APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE OBRA NÚMERO 37 INCLUIDA EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES MUNICIPALES DE DIPUTACIÓN ANUALIDADES 2014- 2015 "PISCINA EN ENIX" 39 AREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO 000836-15 CONTRATACION DEL SERVICIO DE CAPTACION DE TURISTAS EN ORIGEN MEDIANTE LA PROMOCION DE NUESTRO DESTINO "COSTA DE ALMERIA" EN EL MERCADO ALEMAN. 40 AYUNTAMIENTO DE ADRA HIDRALIA, S.A. 000822-15 EXPOSICIÓN PADRONES RECIBOS ZONA A02 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA, ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN AGUAS RESIDUALES, 1º PERIODO DE 2015. 41 AYUNTAMIENTO DE ALBOX 000378-15 NOTIFICACION PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO A ADIL MOUTAOUAKKIL. 42 000379-15 NOTIFICACION PROCEDIMIENTO EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA DE TRAFICO A EUSEBIO TORRES Y SIGUIENTES. 43 AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ALMERIA 000435-15 APROBACION DE LA ADHESION DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ALMERIA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACION EN MATERIA DE REGISTRO DE DOCUMENTOS ENTRE ENTIDADES ADHERIDAS A LA RED PROVINCIAL DE ALMERIA (060 EXTENDIDO). 44 AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA ÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA DELEGACIÓN DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD 000436-15 APROBACIÓN INICIAL MODIF. ART. 2 DE LA ORDENANZA REGULADORA VÍAS DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO Y SU ANEXO I EXP. 945/2014 INT (2º EDICTO). 45 AYUNTAMIENTO DE BERJA 000841-15 EXPOSICIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2015 46 AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS 000843-15 APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN REGLAMENTO DE AYUDAS AL PAGO DEL IBI 47 AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 000815-15 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO, PRECIO PUBLICO DE USOS ESPECIALES DE AGUA Y CANON DE MEJORA CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2014. 48 000816-15 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO, PRECIO PUBLICO DE USOS ESPECIALES DE AGUA Y CANON DE MEJORA CORRESPONDIENTE A GRANDES CONSUMIDORES DEL MES DE DICIEMBRE DE 2014. 49 000817-15 APROBACION DEL PADRON DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA DEL EJERCICIO 2015. 50 000856-15 ANUNCIO LICITACION PUBLICA POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACION DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA MEDIANTE VIGILANTE SIN ARMAS EN LA CASA CONSISTORIAL DE EL EJIDO. 51

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Número: 26 Lunes, 09 de febrero de 2015

Depósito Legal AL-1-1958EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍANavarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130correo-e: [email protected] - web:www.bop.es

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art.6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad conel art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P.nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIOADMINISTRACIÓN LOCAL Pág.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA

ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

000802-15 CONVOCATORIA CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DEALMERÍA 4

ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

000831-15 ACUERDO NUM. 10 DE ACEPTACION DE LA ENCOMIENDA DE GESTION EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE TABERNO PARA TRAMITACIONSOLICITUDES EMISION, SUSPENSION, CANCELACION SUSPENSION Y REVOCACION DE CERTIFICADOS ELECTRONICOS DE ADMINISTRACION PUBLICAQUE CORRESPONDEN AL AYUNTAMIENTO DE TABERNO. 33

ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

000835-15 ACUERDO NUM. 11 DE ACEPTACION DE LA ENCOMIENDA DE GESTION EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA PARA TRAMITACIONSOLICITUDES EMISION, SUSPENSION, CANCELACION SUSPENSION Y REVOCACION DE CERTIFICADOS ELECTRONICOS DE ADMINISTRACION PUBLICAQUE CORRESPONDEN AL AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA. 34

AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

000810-15 ANUNCIO RELATIVO A FORMALIZACION DE CONTRATOS DESDE EL 1 AL 31 DE ENERO DE 2015 CUYA CUANTIA ES IGUAL O SUPERIOR A 100.000 EUROS. 35

AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

000813-15 APROBACION PROVISIONAL DEL PROYECTO MODIFICADO DE LA OBRA URBANIZACIONES EN NIJAR REFERENCIA 73PPIB-2012-2 APROBADO POR LAJUNTA DE GOBIERNO DE 27-1-15. 36

AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

000833-15 APROBACION PROVISIONAL PROYECTOS DE OBRAS EMPEZANDO POR 65PIM2014-2 Y OTRAS DOS 37

AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

000834-15 APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE OBRA NÚMERO 115 INCLUIDA EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES MUNICIPALES DE DIPUTACIÓN "CENTRO DE SALUDEN MACAEL" 38

AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

000837-15 APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE OBRA NÚMERO 37 INCLUIDA EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES MUNICIPALES DE DIPUTACIÓN ANUALIDADES 2014-2015 "PISCINA EN ENIX" 39

AREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO

000836-15 CONTRATACION DEL SERVICIO DE CAPTACION DE TURISTAS EN ORIGEN MEDIANTE LA PROMOCION DE NUESTRO DESTINO "COSTA DE ALMERIA" EN ELMERCADO ALEMAN. 40

AYUNTAMIENTO DE ADRA

HIDRALIA, S.A.

000822-15 EXPOSICIÓN PADRONES RECIBOS ZONA A02 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA, ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN AGUAS RESIDUALES, 1º PERIODO DE2015. 41

AYUNTAMIENTO DE ALBOX

000378-15 NOTIFICACION PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO A ADIL MOUTAOUAKKIL. 42

000379-15 NOTIFICACION PROCEDIMIENTO EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA DE TRAFICO A EUSEBIO TORRES Y SIGUIENTES. 43

AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ALMERIA

000435-15 APROBACION DE LA ADHESION DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ALMERIA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACION EN MATERIA DE REGISTRO DEDOCUMENTOS ENTRE ENTIDADES ADHERIDAS A LA RED PROVINCIAL DE ALMERIA (060 EXTENDIDO). 44

AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA

ÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA

DELEGACIÓN DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD

000436-15 APROBACIÓN INICIAL MODIF. ART. 2 DE LA ORDENANZA REGULADORA VÍAS DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO Y SU ANEXO I EXP. 945/2014 INT (2ºEDICTO). 45

AYUNTAMIENTO DE BERJA

000841-15 EXPOSICIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2015 46

AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS

000843-15 APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN REGLAMENTO DE AYUDAS AL PAGO DEL IBI 47

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

000815-15 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO, PRECIO PUBLICO DE USOS ESPECIALES DE AGUA Y CANON DE MEJORACORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2014. 48

000816-15 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO, PRECIO PUBLICO DE USOS ESPECIALES DE AGUA Y CANON DE MEJORACORRESPONDIENTE A GRANDES CONSUMIDORES DEL MES DE DICIEMBRE DE 2014. 49

000817-15 APROBACION DEL PADRON DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA DEL EJERCICIO 2015. 50

000856-15 ANUNCIO LICITACION PUBLICA POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACION DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADAMEDIANTE VIGILANTE SIN ARMAS EN LA CASA CONSISTORIAL DE EL EJIDO. 51

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AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA

000677-15 APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2015 Y PLANTILLA DE PERSONAL. 53

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

000818-15 APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CREACION Y SUPRESION DE FICHEROS DE DATOS DECARACTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR. 55

000819-15 EDICTO RELATIVO A LAS BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCION DE UN TECNICO DE ADMINISTRACION ESPECIAL PARA SUNOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO INTERINO PARA EJECUCION PROGRAMA DE CARACTER TEMPORAL MEDIANTE SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION LIBRE. 57

AYUNTAMIENTO DE ORIA

000804-15 APROBACION DEFINITIVA ESTUDIO DE DETALLE QUE AFECTA AL BARRIO DE SAN MARCOS DE ORIA (ALMERIA) PARA COMPLETAR ALINEACIONES. 62

AYUNTAMIENTO DE RIOJA

000433-15 NOTIFICACION RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRACCION EN MATERIA DE TRAFICO A CENTRO FORMACION EL FARO EXPTE. 383/2014. 63

000434-15 NOTIFICACION RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRACCION EN MATERIA DE TRAFICO A GHEORGE POPA EXPTE. 394/2014. 64

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

000801-15 ANUNCIO DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA CONCESION DE DOMINIO PUBLICO RELATIVA AL QUIOSCO PERMANENTE DESTINADO A LA ACTIVIDAD DEBAR-CAFETERIA UBICADO EN EL PASEO DE LOS BAÑOS DE ROQUETAS DE MAR. 65

AYUNTAMIENTO DE TIJOLA

000842-15 APROBACIÓN PADRÓN TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE ACERAS, ASÍ COMO RESERVA DE ESPACIOS EJERCICIO 2015 66

AYUNTAMIENTO DE ULEILA DEL CAMPO

000809-15 APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES 67

AYUNTAMIENTO DE VERA

000838-15 APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 21 DE VERA. 81

ENTIDAD LOCAL MENOR DE BALANEGRA

000800-15 EMPLAZAMIENTO A INTERESADOS EN PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO EN RELACIÓN A PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1095/2014 82

PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERIA

000793-15 APROBACION DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PARA ELEJERCICIO DE 2015. 83

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ALMERIA

000449-15 NOTIFICACION RESOLUCION DE JUSTIPRECIO DE LA SESION DE 20.11.2014 DEL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA. 84

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

000381-15 PROCEDIMIENTO 99/13 EJECUCION Nº 330/2014 DE FRANCISCO FERNANDEZ SANCHEZ CONTRA VIDAL FORNIELES C.B. 85

000382-15 PROCEDIMIENTO 1211/12 EJECUCION Nº 292/2014 DE MALIKA LEMHADDEN CONTRA ANTONIO SANTIAGO CORTES. 86

000383-15 PROCEDIMIENTO 465/14 EJECUCION Nº 208/2014 DE NIKKOLYAN HAYKAZ CONTRA REYROSA ALMERIA S.L. 87

000384-15 PROCEDIMIENTO 831/12 EJECUCION Nº 148/2014 DE PATRICIA EVELYN FAVRET CONTRA CARMEN BELEN PEREZ GARCIA Y OTRO. 88

000385-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 123/2014 DE BERNARDO LIROLA MALDONADO CONTRA AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO Y OTROS. 89

000386-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1317/2013 DE VERONIQUE MENDY CONTRA HORTIPONIENTE 2007 SL. 90

000387-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1439/2013 DE PATRICIA MARTINEZ SOLER CONTRA GREEN SHAPIRE SL. 91

000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92

000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1449/2013 DE HRISTO STOYANOV SANOV CONTRA TAXIS TORSAN SLU. 93

000390-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1330/2013 DE SERAFIN JESUS ROMERA ROMERO CONTRA BIO MANTIS SL. 94

000392-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1573/2013 DE JOSE IGNACIO LAGO MUÑOZ CONTRA MUNDO NEWLAR SL. 95

000393-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 1358/2013 DE JUAN JOSE FERNANDEZ MALDONADO CONTRA JUAN ANTONIO VARGAS CRESPO. 96

000394-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 1426/2013 DE ENRIQUE SANCHEZ RIQUELME CONTRA CERVANTES VENDING ALMERIA SL Y OTROS. 97

000395-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 1432/2013 DE JERONIMO MORALES CALLEJON CONTRA HIERROS Y ALUMINIOS EL EJIDO SL. 98

000396-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 1428/2013 DE ANDRES NICOLAS SANCHEZ GARCIA CONTRA AL ANDALUS SOCIEDAD COOP. AND. 99

000398-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 1448/2013 DE LUCIAN VALI ANDRUS CONTRA SIMAÑAS TECNOLOGIA SL. 100

000399-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 146/2014 DE ISABEL NAVIO NAVARRO CONTRA UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL. 101

000437-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 147/2014 DE EMILIA GUIRADO CORRAL CONTRA UNION GERIATRICA DE ALMERIA, S.L. 102

000438-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 149/2014 DE MARIA ANGUSTIAS MOLINA DELGADO CONTRA GESTION INTEGRAL DE GASOLINERAS SL YOTROS. 103

000439-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 211/2014 DE JOSE CARLOS DIAZ GIL CONTRA ADOLFO OLMEDO VILLAREJO, SL Y OTROS. 104

000440-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 287/2014 DE MARIA ELOISA LOPEZ MONTERO CONTRA ISABEL PICHEL ROMERO. 105

000441-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 353/2014 DE ADRIAN MARTINEZ CARRETERO CONTRA CONTENUR SL. 106

000442-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 383/2014 DE ALFONSO HARO SANCHEZ CONTRA PROINERSOL, S.L. 107

000443-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 361/2014 DE ANTONIA VIZARRAGA FERNANDEZ CONTRA ALSA GRUPO SLU Y OTROS. 108

000444-15 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 204/2013 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE ALEJANDRO JESUS SANCHEZ LOPEZ CONTRA ANA MARIARECENA GOMEZ. 109

000445-15 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 250/2013 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE ALBERTO ANTONIO SANCHEZ FUENTES CONTRA RAFAEL ANTONPELLICER. 110

000446-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 350/2013 DE VASILE ADRIAN ZAGREAN CONTRA TOMARAF SAT. 111

000447-15 PROCEDIMIENTO 1058/11 EJECUCION Nº 328/2014 DE ANTONIO GALAN OLMO CONTRA INVERSIONES AGOSAN SL. 112

000448-15 PROCEDIMIENTO DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 698/2014 DE DANIELA ANDREA NASCU CONTRA GABRIEL SANCHEZ OGAYAR Y OTROS. 113

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ALMERIA

000418-15 RESOLUCIÓN DE 19/01/2015 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN TÍTULOS JUDICIALES 3/2015 SOBRE DESPIDO, CITANDO PARA MEDIOS DE PRUEBA PARAEL 12.03.2015 114

000419-15 AUTO DE 3.11.2014 EN PROCEDIMIENTO DESPIDO 1003/2013 DE TOMAS MORALES MILLA 115

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE SEVILLA.

000421-15 AUTO Y DECRETO DE 14.11.2014 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN TÍTULOS JUDICIALES 262/2014 DE FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓNCONTRA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL 116

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000422-15 AUTO Y DECRETO DE 14.11.2014 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN TÍTULOS JUDICIALES 258/2014 DE FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓNCONTRA FRAHENAR SL 118

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

000400-15 CITACIÓN PARA EL 4.10.2016 EN AUTOS 0254/13 A INSTANCIAS DE MANUEL SIERRA SÁNCHEZ 120

000401-15 CITACIÓN PARA EL 24.03.2015 EN AUTOS 1011/2014 A INSTANCIAS SOBRE DESPIDO 121

000402-15 AUTO Y DECRETO DE 12.01.2015 EN PROCEDIMIENTO DESPIDO 270/14 122

000403-15 AUTO Y DECRETO DE 13.01.2015 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN 440/14 SOBRE CANTIDAD 124

000404-15 CITACIÓN PARA EL 12.11.2015 EN PROCEDIMIENTO SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD AUTOS 0298/13 126

000406-15 AUTO Y DECRETO DE 19.01.2015 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN 4/15 SOBRE CANTIDAD 127

000408-15 ACTOS DE CONCILIACIÓN Y JUICIO PARA EL 23.06.2015 EN PROCEDIMIENTO DESPIDO 677/2014 129

000410-15 AUTO DE ACLARACIÓN DE 12.01.2015 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN 341/14 SOBRE DESPIDO 130

000412-15 SENTENCIA 500 DE 31.10.2014 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN 1447/12 132

000413-15 ACTOS DE CONCILIACIÓN Y JUICIO PARA EL 18.10.2016 EN AUTOS 1223/2014 SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD 133

000414-15 ACTOS DE CONCILIACIÓN Y JUICIO PARA EL 17.05.2016 EN AUTOS 1004/14 SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD 134

000415-15 SENTENCIA 11/15 DE 19.01.2015 PROMOVIDO SOBRE EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL POR ALBERTO RODRÍGUEZ SANTISTEBAN 135

000416-15 SENTENCIA 11 DE 19.01.2015 PROMOVIDO POR ALBERTO RODRÍGUEZ SANTISTEBAN FRENTE A ECOFIELD ONE SLU 136

000417-15 SENTENCIA 12 DE 19.01.2015 EN PROCEDIMIENTO 342/14 SOBRE EXTINCIÓN RELACIÓN LABORAL 137

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 3 DE ALMERIA

000136-15 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2090/2011 DE FCE BANK PLC CONTRA DANYELIS MARYANIS PEREZ SOSA Y OTRO. 138

ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES

COMUNIDAD DE REGANTES FUENTE DE CELA DE TÍJOLA

000611-15 CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA PARA EL PRÓXIMO DÍA 27 DE FEBRERO DE 2015 139

Pág. 3 Número 26 - Lunes, 09 de febrero de 2015 B.O.P. de Almería_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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A N U N C I O

CONVOCATORIA DEL CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE

PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA 1.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de un concurso específico de méritos para la provisión de los puestos de

trabajo que se indican en el Anexo I. En Anexo II se recogen las funciones y los méritos específicos.

2.- Condiciones de los aspirantes.

Podrá participar en este concurso los/as funcionarios/as de carrera y personal laboral de esta Excma. Diputación Provincial,

cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, siempre que cumplan

las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados para el desempeño del puesto de que se trate.

Los/as empleados/as con destino definitivo obtenido por concurso específico, sólo podrán participar en el presente concurso si

en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido un mínimo de dos años desde la resolución

del citado concurso, salvo que el puesto que ocupen se encuentre en la misma área que el que soliciten, así como en el de

remoción del puesto de trabajo obtenido por concurso y en el caso de supresión del puesto de trabajo.

Los/as empleados/as con alguna discapacidad podrán instar, en la propia solicitud, la adaptación del puesto solicitado que no

suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado,

en entrevista personal, la información que estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así como el informe del Comité de

Seguridad y Salud y el dictamen de los órganos técnicos competentes de la Junta de Andalucía respecto de la procedencia de la

adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.

Con carácter previo a la asignación del puesto de trabajo, los/as aspirantes deberán acreditar que poseen la capacidad

funcional necesaria para desempeñar las tareas habituales de la plaza/puesto correspondiente. Con carácter general, el

cumplimiento de esta condición la acreditarán los/as aspirantes que hayan sido propuestos/as por la Comisión una vez finalizado

el concurso dentro del plazo de presentación de documentos, mediante informe emitido por el Médico/a de Empresa de la

Diputación, siempre que se estime necesario.

3.- Plazo y forma de presentación de instancias y documentación.

Las solicitudes para participar en este concurso se presentarán, en modelo oficial, en el Registro General de la Diputación ó

por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la

publicación de esta convocatoria en el B.O.P., prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado,

domingo o festivo. En el supuesto de presentación en Administración distinta a la Diputación de Almería, el particular deberá

comunicar mediante FAX o telegrama la presentación de la instancia o documentos, que deberán ser recibidos en esta Diputación

en el plazo máximo de los diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.

Los méritos se valorarán, como máximo, con referencia a la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes y se

acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.

El desempeño de funciones en esta Excma. Diputación Provincial de Almería sólo se podrá acreditar mediante certificación del

Secretario de la Corporación.

Se podrán presentar fotocopias de los documentos, debiendo aportar los originales una vez que la Comisión efectúe la

propuesta correspondiente.

Los/as aspirantes podrán solicitar la incorporación a sus instancias de documentos que obren en poder de la Diputación de

Almería, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que el documento fue presentado e indiquen órgano y

fecha en que se presentó.

Podrán recabarse de los/as aspirantes las aclaraciones o documentación adicional que se estime necesaria para la

comprobación de los méritos alegados.

La Memoria a que se refiere el apartado de méritos específicos no se acompañará a la solicitud. Se presentará en el Registro

de Entrada de la Diputación, en sobre cerrado, en cuya portada se indicará la identificación personal y la expresión "Memoria para

la provisión del puesto de ...." (según el puesto que solicite), dentro del plazo de treinta días naturales a contar desde el siguiente

al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si el plazo de presentación de la memoria finaliza en sábado,

domingo o festivo se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente. La memoria no tendrá una extensión superior a veinticinco

folios impresos por una sola cara, con letra tipo Arial o Times New Roman, cuerpo 12, interlineado sencillo, margen derecho 2 cm.

y margen izquierdo 3 cm. También deberá presentarse la memoria en soporte informático dentro del sobre cerrado.

4.- Concurso.

Los méritos se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 4_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL802/15

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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- MERITOS GENERALES -

a) Grado personal consolidado. • Por la posesión de un grado personal superior en más de dos niveles al del puesto solicitado: 2,50 puntos. • Por la posesión de un grado personal superior en uno o dos niveles al del puesto solicitado: 2,25 puntos. • Por la posesión de un grado personal del mismo nivel que el del puesto solicitado: 2,00 Puntos. • Por la posesión de un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto solicitado: 1,75 puntos. • Por la posesión de un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto solicitado: 1,50 puntos. b) Valoración del trabajo desarrollado. b.1. Se valorará la experiencia adquirida en el desempeño de puestos con similitud entre su contenido técnico y especialización

en relación con el solicitado. • Seis años o más en el desempeño de puesto con similitud entre su contenido técnico y especialización en relación con el

solicitado: 2,00 Puntos. • Cinco años en el desempeño de puestos con similitud entre su contenido técnico y especialización en relación con el

solicitado: 1,70 Puntos.

• Cuatro años en el desempeño de puestos con similitud entre su contenido técnico y especialización en relación con el solicitado: 1,40 Puntos.

• Tres años en el desempeño de puestos con similitud entre su contenido técnico y especialización en relación con el solicitado: 1,10 Puntos.

• Dos años en el desempeño de puestos con especialización en relación con el solicitado: 0,80 Puntos. • Un año en el desempeño de puestos con similitud entre su contenido técnico y especialización en relación con el

solicitado: 0,50 Puntos. Se considera que hay similitud entre el contenido técnico y especialización del puesto que se haya desempeñado y el que se

solicita, cuando se haya estado ocupando una de las plazas que permitan acceder al puesto que se solicita y que se indican en el Anexo 1 y, además, el puesto que se haya desempeñado estuviera adscrito a la misma dependencia o grupo de dependencias y que son las que se relacionan a continuación:

1) Gabinete de la Presidencia. 2) Sección de Actividades Institucionales y Protocolo. 3) Negociado de Recursos. 4) Seguridad. 5) Asesoría Jurídica. 6) Secretaría. 7) Servicio Jurídico y Adtvo. de Presidencia. 8) Dirección de Servicios Centrales. 9) Sección Actuación Adtva. de Fomento del Empleo 10) Intervención Provincial. 11) Tesorería. 12) Servicio de Personal. 13) Servicio de Régimen Interior. 14) Servicio de Prevención y Salud Laboral. 15) Servicio de Informática. 16) Dirección de Archivo-Biblioteca. 17) Dirección Área Fomento, Agricultura y Medio Ambiente. 18) Servicio de Planificación y Gestión. 19) Servicio Jurídico y Adtvo. Fomento, Agricultura y Medio Ambiente. 20) Servicio de Vías Provinciales. 21) Servicio de Infraestructura Urbana. 22) Servicio de Medio Ambiente. 23) Servicio de Energía. 24) Servicio Jurídico y Adtvo. de Bienestar Social 25) Servicio Provincial de SS.SS.CC. 26) Servicio Provincial de Atención a la Tercera Edad. 27) Centro de Servicio Múltiples. 28) Servicio Provincial de Drogodependencias y Adicciones. 29) Servicio de Asistencia a Municipios. 30) Servicio de Administración Tributaria 31) Servicio Jurídico y Adtvo. de Cultura. 32) Ngdo. Actividades y Programas Culturales, Ngdo. Animación Cultural. 33) Departamento de Promoción Institucional de la Igualdad. 34) Servicio Jurídico y Adtvo. de Igualdad y Familia. 35) Servicio Jurídico y Adtvo. Deportes y Juventud.

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36) Ngdo. Actividades y Programas Deportivos, Ngdo. Animación Deportiva, Ngdo. Cooperación Deportiva Intermunicipal. 37) Servicio Provincial de Consumo. 38) Sección de Agricultura. 39) Empleo y Promoción Económica. 40) Instituto de Estudios Almerienses. 41) Instituto Almeriense de Tutela. b.2) En caso de que se trate de valorar servicios prestados en esta Diputación, con carácter previo a la aprobación de la actual

estructura ó en otra Administración, la Comisión de Valoración analizará el Área y Dependencia a que estaba adscrito el puesto de que se trate y decidirá la valoración que corresponda, en su caso, por aplicación del apartado b.1.

b.3) El tiempo prestado en comisión de servicios será tenido en cuenta, a efectos de valorar la experiencia adquirida en el

desempeño de puestos, con relación al puesto que efectivamente se esté desempeñando. c) Cursos de formación y perfeccionamiento. Haber participado o impartido actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar y

organizados bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública, hasta un máximo de 2,50 puntos.

1) Por la participación como asistente: - Por cada hora de duración: 0,005 puntos. 2) Por la participación como ponente o por impartir un curso: - Por cada hora de duración: 0,010 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,025 puntos (como asistente) ó 0,010 (como ponente)en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberá especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

d) Antigüedad. Se valorará hasta un máximo de 4,50 puntos. 1. Por cada mes de servicios prestados a cualquier Administración Pública: 0,016 puntos. 2. Por cada mes de servicios prestados a la Administración en una de las plazas que se indican en la convocatoria: 0,032 Puntos.

Cada periodo sólo se valorará por uno de los dos apartados anteriores. Se valorarán los servicios prestados en propiedad o con carácter definitivo, así como los prestados con carácter temporal

previamente que hayan sido reconocidos a efectos de antigüedad.

- MERITOS ESPECÍFICOS -

Esta fase comprenderá los dos apartados que se establecen a continuación y que tienen carácter obligatorio para todos los aspirantes.

a) Memoria y Entrevista. Elaboración de una memoria-proyecto de actuación, atendiendo a las funciones del puesto a desempeñar. Los candidatos presentarán y defenderán oralmente la Memoria elaborada, durante treinta minutos como máximo. A

continuación los miembros de la Comisión de Valoración formularán preguntas sobre el trabajo presentado. Antes de que se celebre la defensa de la memoria y la entrevista, los miembros de la Comisión de Valoración procederán a la lectura de las memorias, que previamente se les facilitarán con un plazo mínimo de cinco días hábiles.

La memoria, su defensa oral y la entrevista se valorarán conjuntamente hasta un máximo de seis (6) puntos. En la memoria se valorará la presentación, el contenido y la estructura. En la defensa oral, el lenguaje y la capacidad de

comunicación y en la entrevista, la capacidad de respuesta. Las calificaciones de la memoria, su defensa oral y la entrevista serán consignadas por cada miembro del tribunal en el

documento que se les facilitará al efecto y que será entregado al Secretario/a de la Comisión de Valoración. Una vez haya concluido la intervención de todos/as los/as aspirantes, se procederá a la suma de las puntuaciones otorgadas, excluidas la máxima y la mínima y se dividirá entre el número de miembros restantes de la Comisión.

b) Experiencia necesaria para el desempeño del puesto cuya provisión es objeto de esta convocatoria y que es la que figura en el Anexo II.

La experiencia se valorará a razón de 0.666 puntos por año, hasta un máximo de 6 años. Normas Comunes para la valoración de los méritos específicos. La valoración de los méritos específicos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las

otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración debiendo desecharse, a estos efectos, la máxima y la mínima puntuación concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.

- PUNTUACIÓN MINIMA -

Para obtener uno de los puestos solicitados se tendrá que haber alcanzado una puntuación mínima de 1.50 puntos en méritos generales y de 3.00 puntos en la valoración de la memoria, su defensa oral y la entrevista.

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5.- Comisión de valoración.

Estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Presidente o Diputado/a en quien delegue. Vocales: - Directora de Personal y Régimen Interior. - Un T.A.G. o Licenciado/a en Derecho, que actuará como Secretaria. Asimismo, asistirán como vocales titulares de los puestos que se indican, o personas que les sustituyan, para cada puesto

objeto de provisión: - Director del Área de FAMA. - Directora del Área de Bienestar Social, Igualdad y Familia - Director de Asistencia a Municipios. - Directora de Personal y Régimen Interior. - Jefe de Servicio de Deporte. Asimismo podrán asistir, como observadores/as sin voto, un/a representante de cada uno de los grupos políticos de la

oposición de esta Diputación. Las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en esta

Diputación tienen derecho a participar como miembros de la Comisión de Valoración. El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o superior al de los miembros designados por

la Diputación. Los vocales de la Comisión deberán pertenecer a un grupo de titulación igual o superior a los exigidos para los puestos

convocados y poseer un grado personal o desempeñar puesto de nivel igual o superior al del convocado. La Comisión de Valoración podrá solicitar que se designen expertos, en calidad de asesores, que actuarán con voz pero sin

voto. La Comisión propondrá a los candidatos que hayan obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos

fases. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a las otorgadas en los méritos generales recogidos en la base 4,

por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario en la plaza desde la que se concurra y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

La Comisión de Valoración, además de proponer al/los candidatos/as con mayor puntuación, podrán declarar capacitados/as para la prestación temporal de servicios en el puesto de que se trate a los/as aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima. Esta relación estará vigente hasta que se celebre un nuevo concurso para cubrir un puesto igual.

6.- Remoción del puesto de trabajo. Los/as empleados/as provinciales que accedan a un puesto de trabajo en virtud de este concurso podrán ser removidos con

sujeción a lo establecido en el art. 50 del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

7.- Disposiciones finales.

1) La presente convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses, contado desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de memorias.

2) El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de que se asigne el puesto, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, estando obligado el interesado a comunicar la opción realizada en el plazo de tres días.

3) Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización.

4) El personal deberá permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en otro concurso de provisión de puestos, salvo que el puesto que soliciten se encuentre en la misma área que el puesto que obtengan en el presente concurso o que dicho puesto sea suprimido.

5) La presente convocatoria y los actos que de ella se deriven podrán ser impugnados de conformidad con lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6) En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo establecido en el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Interna de la Diputación de Almería y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por R.D. 364/95, de 10 de marzo, aplicable supletoriamente a los funcionarios de la Administración Local.

En Almería, a 4 de febrero de 2015. LA DELEGADA ESPECIAL DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR, Dolores Martínez Utrera.

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DENOMINACIÓN PUESTO Nº PLAZAS VIN FP GRU NV E R I1 I2 D P1/P2 P3 CUANTÍA TÍTULO

*** AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE***

*** DIRECCION AREA F.A.M.A.***

*** SECCION DE PROYECTOS INFRAESTRUCTURA***

JEFSEC JEFE/A SECCION PROYECTOS INFRAESTRUCTURA 1 ARQUIF FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 ARQUITECTURA

............................................

*** SECCION DE APOYO TECNICO Y MAQUINARIA***

*** NEGOCIADO DE MAQUINARIA***

ENCARG ENCARGADO/A DE MANTENIMIENTO 1 OF1MAL LA CE C2 16 E - - O D X - 12.208,20 GRAD. EN ESO O EQUIVALENTE

............................................

*** SERVICIO DE PLANIFICACION Y GESTION ***

TECAUX TECNICO/A AUX. ADTVO. 1 ADMIAG FU CE C1 17 E - - O M - T 10.932,68 BACHILLER O EQUIVALENTE

AUXADG C2 E - - O M - T 10.626,60 GRAD. EN ESO O EQUIVALENTE

............................................

*** COORDINACION DE PLANIFICACION***

COORDO COORDINADOR/A DE PLANIFICACION 1 ITECOP FU CE A2 24 E R - O D - - 15.074,40 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA O

EQUIVALENTE

ITECIN INGENIERIA TECNICA INDUSTRIAL

ARQTEC ARQUITECTURA TECNICA O

APAREJADOR/A

............................................

*** SECCION DE CARTOGRAFIA Y TOPOGRAFIA***

JEFSEC JEFE/A SECC.CARTOGR.Y TOPOGRAFIA 1 INCCYP FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 INGENIERIA CAMINOS, CANALES Y

PUERTOS

ITECOP A2 ING.TEC. OBRAS PUBLICAS

ITECTO ING.TEC. TOPOGRAFIA

............................................

*** SECCION ENCUESTA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO LOCAL***

*** DPTO. DE ENCUESTA DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO LOCAL***

JEFDEP JEFE/A DPTO. ENCUEST. Y EQUIP. LOCAL 1 FU CE A1 25 E R - O D - - 16.487,28 LICENCIATURA UNIVERSITARIA O

EQUIVALENTE

A2 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA O

EQUIVALENTE

............................................

*** SERVICIO JURIDICO Y ADTVO. FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE***

*** SECCION DE ACTUACION ADMINISTRATIVA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE ***

JEFSEC JEFE/A SECCION ACTUACION ADTVA. F.A.M.A. 1 TECADG FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 L. DER.CC.PP.EC.O EMP./I.MER. 0

ACT.

............................................

*** SERVICIO DE VIAS PROVINCIALES ***

ENCGEN ENCARGADO/A GENERAL 1 AUXSTE LA CE C1 18 E R - O D - - 12.473,40 BACHILLER O EQUIVALENTE

............................................

*** SECCION DE CONSERVACION***

JEFSEC JEFE/A SECCION CONSERVACION 1 INCCYP FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 INGENIERIA CAMINOS, CANALES Y

PUERTOS

ITECOP A2 INGENIERIA TECNICA OBRAS

PUBLICAS

CAPTAZ CAPATAZ/A DE BRIGADA 1 1 AUXSTE LA CE C1 17 E R - O D - - 12.414,38 GRAD. EN ESO O EQUIVALENTE

CAPTAZ CAPATAZ/A DE BRIGADA 2 1 AUXSTE LA CE C1 17 E R - O D - - 12.414,38 GRAD. EN ESO O EQUIVALENTE

PECON PEON-CONDUCTOR 1 PEONLA LA CE E 14 E - - O D X - 11.319,84 CERTIFICADO ESCOLARIDAD O

EQUIVALENTE

C2 GRAD. EN ESO O EQUIVALENTE

............................................

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 8_______________________________________________________________________________

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DENOMINACIÓN PUESTO Nº PLAZAS VIN FP GRU NV E R I1 I2 D P1/P2 P3 CUANTÍA TÍTULO

*** AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE ***

*** SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE ***

*** COORDINACION RESIDUOS Y SUPERVISION AMBIENTAL DE PROYECTOS

COORDO COORDINADOR/A RESIDUOS Y SUPERVISION AMB. PROYECTOS 1 FU CE A2 24 E R - O D - - 15.074,40 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA O

EQUIVALENTE

............................................

*** SECCION DE RESIDUOS Y GESTION AMBIENTAL***

JEFSEC JEFE/A SECC. RES. Y GEST. AMBIENTAL 1 INCCYP FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 INGENIERIA DE CAMINOS, CANALES

Y PUERTOS

ITECOP A2 INGENIERIA TECNICA DE OBRAS

PUBLICAS

ARQUIF ARQUITECTURA

ARQTEC ARQUITECTURA TECNICA O

APAREJADOR/A

............................................

*** SERVICIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL***

*** SECCION DE INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS***

JEFSEC JEFE/A DE SECCION INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS 1 INGMAF FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 INGENIERIA DE MONTES O

AGRONOMA

*** DEPARTAMENTO VALORACIONES Y EVALUACION AMB. PROYECTOS

***

JEFDEP JEFE/A DPTO. VALORACIONES Y EVALUACION. AMB. DE PROYECTOS 1 INGMAF FU CE A1 25 E R - O D - - 16.487,28 INGENIERIA DE MONTES O

AGRONOMA

INGAGR INGENIERIA AGRONOMA

............................................

*** COORDINACION PARA LA MEJORA AMBIENTAL Y SOSTENIBILIDAD

DEL MEDIO RURAL ***

COORDO COORDINADOR/ MEJORA AMBIENTAL Y SOST. MEDIO RURAL 1 FU CE A1 24 E R - O D - - 16.341,36 LICENCIATURA UNIVERSITARIA O

EQUIVALENTE

............................................

*** AREA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD Y FAMILIA ***

*** DIRECCION DEL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD Y

FAMILIA***

*** COORDINACION DIFUSION E INFORMACION DE PROYECTOS ***

COORDO COODINADOR/A DIFUSION E INFORMACION DE PROYECTOS 1 EDUCFU FU CE A2 24 E R - O D - - 15.074,40 DIP.PROF.E.G.B.,PSIC.,PEDA.

............................................

*** SECCION DE PROGRAMAS DE SS.SS.CC.***

*** NEGOCIADO DE ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y VIDA SALUDABLE***

JEFNEG JEFE/A NGDO. ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y VIDA SALUDABLE 1 FU CE A2 22 E R - O D - 13.624,92 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA O

EQUIVALENTE

............................................

*** IGUALDAD ***

*** SECCION DE RECURSOS SOCIALES PARA MUJERES ***

*** DEPARTAMENTO JURIDICO VIOLENCIA DE GENERO***

JEFDEP JEFE/A DPTO. JUR. VIOLENCIA GENERO 1 TECADG FU CE A1 25 E R - O D - - 16.487,28 LICENCIATURA EN DERECHO

LDCHOF LICENCIATURA EN DERECHO

............................................

***A. ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y REGIMEN INT.***

*** DIRECCION ASISTENCIA A MUNICIPIOS ***

*** SERVICIO DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS***

*** SECCION DE ARQUITECTURA ***

JEFSEC JEFE/A SECCION DE ARQUITECTURA 1 ARQUIF FU CE A1 26 E R - O D - - 19.487,76 ARQUITECTURA

............................................

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 9_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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DENOMINACIÓN PUESTO Nº PLAZAS VIN FP GRU NV E R I1 I2 D P1/P2 P3 CUANTÍA TÍTULO

*** PERSONAL Y REGIMEN INTERIOR ***

*** DIRECCION DE PERSONAL Y REGIMEN INTERIOR ***

*** SERVICIO DE REGIMEN INTERIOR ***

*** SECCION DE REGIMEN INTERIOR

*** NEGOCIADO DE REGISTRO Y B.O.P.***

*** GRUPO DE EDICION ***

JGEDIC JEFE/A GRUPO DE EDICION 1 OFEDIL LA CE C1 18 E R - O - - - 10.417,56 BACHILLER O EQUIVALENTE

............................................

*** SERVICIO DE INFORMATICA***

*** ADMINISTRACION ELECTRONICA***

ESPADE ESPECIALISTA EN ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA 1 TECINF LA CE C1 22 E - - O D - - 11.344,08 BACHILLER O EQUIVALENTE

PROGLA

............................................

*** AREA DE CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD***

*** DEPORTES Y JUVENTUD ***

*** SECCION DE DEPORTES Y JUVENTUD ***

*** NEGOCIADO DE DEPORTES ***

TECAUX TECNICO/A AUXILIAR ADTVO. 1 ADMIAG FU CE C1 17 E - - O M - T 10.932,68 BACHILLER O EQUIVALENTE

AUXADG C2 E - - O M - T 10.626,60 GRAD. EN ESO O EQUIVALENTE

............................................

*** SERVICIO DE DEPORTES***

*** NEGOCIADO DE COOPERACION DEPORTIVA INTERMUNICIPAL***

COORDO COORDINADOR/A DE ZONAS 1 TECNID LA CE C1 22 E - - O D - - 11.344,08 BACHILLER O EQUIVALENTE

............................................

*** NEGOCIADO DE ANIMACION DEPORTIVA***

JGANIM JEFE/A GRUPO 1 TECNID LA CE C1 18 E R - O D - - 12.473,40 BACHILLER O EQUIVALENTE

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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A N E X O II

A) FUNCIONES DE LOS PUESTOS

AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 1. JEFE/A SECCIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA Grupo: A1 Nivel: 26 Informar e instruir los expedientes administrativos, de acuerdo a la legislación vigente y las directrices del superior jerárquico, para gestionar eficazmente los distintos servicios y garantizar la legalidad de la actuación administrativa. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las

mejoras tecnológicas precisas. Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo

correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura, con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento. Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que

depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes, proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección. Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. - Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección

estableciendo las relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones.

- Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para el buen funcionamiento de la Sección a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Coordinar proyectos de obras de equipamientos públicos redactados por la propia Diputación. Coordinar proyectos de obras de equipamientos públicos redactados por estudios consultores. Redactar proyectos de obras de equipamientos públicos. Dirigir obras de equipamientos públicos. Suscribir cuantos documentos administrativos estén relacionados con los expedientes de ejecución de obras de

equipamientos públicos (actas, certificaciones, liquidaciones, recepciones...). Participar en los trámites de contratación de obras de equipamientos públicos (elaborando pliegos de

condiciones, formando parte de mesas de contratación, valorando ofertas…). Asistir a recepciones de obra representando a la Diputación. Supervisar proyectos técnicos. Redactar informes técnicos.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Asesorar técnicamente a los municipios en materia de equipamientos públicos. Realizar propuestas relativas a la planificación de equipamientos públicos. Sustituir, en su caso, al Jefe de Servicio en caso de ausencia o enfermedad.

2. ENCARGADO/A DE MANTENIMIENTO Grupo: C2 Nivel: 16 MISIÓN Organizar la conservación y mantenimiento de las maquinas y vehículos correspondientes al Parque de Maquinara del área FIMA. FUNCIONES GENÉRICAS

Cumplir la normativa e instrucciones de su superior jerárquico en relación con la prevención de riesgos laborales

Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Asumir la responsabilidad directa del mantenimiento preventivo del parque de maquinaria. Realizar de reparaciones sencillas con los medios de que se puedan disponer en base a los conocimientos de

mecánica que el puesto requiere Inspeccionar y controlar las reparaciones efectuadas a la maquinaria en los talleres ajenos, así como organizar

su traslado a los mismos. Control, estadística y seguimiento de los respuestos y elementos de desgaste de la maquinaria. Realizar los partes, encuestas y estudios que se le encomienden en función de sus competencias o que se

considere oportunos para una buena conservación y disponibilidad de la maquinaria. En situaciones de emergencia y en coordinación con el Capataz encargado de la maquinaria y en su defecto

con el Encargado General, colaborará en la correcta y adecuada distribución de la maquinaria. 3. TÉCNICO/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Servicio de Planificación y Gestión) Grupo: C1/C2 Nivel: 17 MISIÓN Efectuar aquellas funciones derivadas de la gestión administrativa del órgano y en particular de aquellas que requieren un tratamiento informático para la obtención y actualización de información, cálculo y diseño de bases de datos con arreglo a las instrucciones del superior jerárquico y a la legislación vigente. FUNCIONES GENÉRICAS

Realizar funciones genéricas de Auxiliar Administrativo/ Auxiliar Administración General Registrar, procesar y transmitir información general del órgano a la Unidad de Información y en particular, al

ciudadano que lo demande. Suministrar los datos necesarios para la gestión contable del órgano Participar en la implantación de sistemas informáticos en las rutinas de trabajo del órgano. Participar en la implantación de procedimientos administrativos. Participar en el diseño de sistemas informáticos que redunden en la mejora de las funciones del órgano. Colaborar en el control de la documentación de los expedientes administrativos del órgano. Colaborar en la organización y envío de los expedientes del órgano al Archivo Provincial. Actualizar las bases de datos que gestiona el órgano. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento de la Dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Realizar las funciones específicas del puesto de Auxiliar Administrativo / Auxiliar de Administración General del

órgano al que esté adscrito. Realizar todas la tareas de Ofimática que se generen en el Servicio. Ser responsable del control y reposición del material de oficina. Gestionar la documentación técnica y administrativa del Servicio: Tramitación de facturas, comunicaciones,

informes, etc… Preparar su tramitación administrativa la documentación generada por los proyectos de obra. Preparar memoria y pliegos. Confeccionar certificaciones. Preparar documentación en relación con el proyecto: actas, escritos, certificaciones, etc. Confeccionar las certificaciones de obra mediante el programa informático al efecto, en base a los datos

facilitados por el técnico de la obra.

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Elaborar liquidaciones de todas las obras asignadas al Servicio, tomando como referencia el expediente administrativo.

Archivar y facilitar la documentación generada por los proyectos de obra. Tramitar las dietas del personal adscrito al Servicio. Preparar documentación, dirigida a los Ayuntamientos, necesaria para la elaboración de los proyectos Preparación y remisión de documentos necesarios para la contratación de asistencias externas de Redacción

de Proyectos, Direcciones de Obra y Estudios Geotécnicos; así como su inclusión y seguimiento en las bases de datos del Servicio.

Registro de partes de uso y repostaje, así como incidencias relacionadas con los vehículos adscritos al Servicio en la aplicación informática de Gestión de Vehículos de Parques Móviles de la Red Provincial.

4. COORDINADOR/A DE PLANIFICACIÓN Grupo: A2 Nivel: 24 MISIÓN Actualización del banco de precios para la redacción de proyectos del área. Apoyo al Jefe de Servicio en la secretaría del grupo de supervisión de proyectos de la Diputación y normalización de documentos técnicos. Optimización de la cobertura de TV en la provincia. FUNCIONES GENÉRICAS

Supervisar y coordinar la memoria anual de la dependencia. Ejercer el mando directo del personal a su cargo. Supervisar el trabajo desarrollado por el personal de su dependencia. Supervisar la planificación operativa de los programas, coordinando las diferentes iniciativas profesionales y

procurando criterios homogéneos de intervención general. Utilizar las aplicaciones informáticas correspondientes Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento de la dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Las propias de su titulación. Colaborar con el Jefe de Servicio en la supervisión de proyectos y en la secretaria del grupo de supervisión. Coordinar la elaboración de precios para la redacción de proyectos del área. Coordinar la normalización de documentos técnicos, y colaborar en la redacción de pliegos para la contratación

de asistencias técnicas. Colaborar con el jefe de servicio en recepciones de obras. Realizar el seguimiento del grado de ejecución de los planes provinciales de obras. Asesorar a los Entes Locales en materia de comunicaciones en general y en especial en telecomunicaciones. Colaborar en planes provinciales o comarcales de telecomunicaciones. Redactar proyectos y dirigir obras que le permita su titulación con base en la legislación vigente, así como la

colaboración en equipos técnicos.

5. JEFE/A DE SECCIÓN DE CARTOGRAFÍA Y TOPOGRAFÍA Grupo: A1/A2 Nivel: 26 MISIÓN Realizar la asistencia técnica general al Área en materia de cartografía, topografía, aplicaciones informáticas y bibliografía técnica, de acuerdo a las instrucciones del superior jerárquico y la legislación vigente. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las

mejoras tecnológicas precisas. Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo

correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura, con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento.

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Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes, proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección. Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección

estableciendo las relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones.

Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para el buen funcionamiento de la Sección a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Apoyar técnica, cartográfica y topográficamente a los servicios técnicos del Área, a los Ayuntamientos que lo

precisen y a las restantes Áreas de la Diputación. Redactar Pliegos técnicos encargados por Cartografía y supervisión de los mismos

6. JEFE/A DEL DEPARTAMENTO DE ENCUESTA DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO LOCAL Grupo: A1/A2 Nivel: 25 MISIÓN Ejecutar y mantener la Encuesta de Infraestructura Urbana y Equipamiento Local según las instrucciones del superior jerárquico y la normativa vigente para mejorar el conocimiento de los servicios municipales. FUNCIONES GENÉRICAS

Elaborar la memoria anual de gestión del Departamento. Formular propuestas de las necesidades de Recursos Humanos del Departamento. Las funciones de carácter general de Jefe/a de Departamento. Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto de trabajo . Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Responsabilizarse directamente del desarrollo de la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local, con las

colaboraciones que precise. Especializarse técnicamente en el diseño, construcción y rehabilitación de parques y equipamientos urbanos

(Casas Consistoriales, mercados, instalaciones deportivas, cementerios, etc.) a efectos de actuaciones propias o en colaboración con los técnicos competentes que correspondan.

Valorar y tasar a efectos de expedientes de expropiación. Colaborar en la supervisión de proyectos de obras de edificación y equipamiento, así como en recepciones de

obra de los mismos. Asesoramiento a los entes locales en estas materias. Seguimiento de las partidas presupuestarias sobre la materia

7. JEFE/A SECCIÓN ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA DE FOMENTO. AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE Grupo: A1 Nivel: 26 MISIÓN Coordinar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Sección, de acuerdo con la legislación vigente y las directrices del superior, para procurar la legalidad y oportunidad en la toma de decisiones, así como un eficaz y eficiente funcionamiento de la Sección. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión

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Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las

mejoras tecnológicas precisas. Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo

correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura, con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento. Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que

depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes, proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección. Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. - Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección

estableciendo las relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones.

- Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para el buen funcionamiento de la Sección a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Instruir expedientes de policía de carreteras: procedimientos de restablecimiento del orden jurídico infringido y la

realidad alterada, procedimientos sancionadores, procedimientos de concesión y denegación de autorizaciones Instruir expedientes de responsabilidad patrimonial. Instruir expedientes de tutela del dominio público viario. Colaborar en expedientes de expropiación forzosa Colaborar en la constitución y gestión de consorcios en materia de residuos y aguas. Colaboración en la tramitación de expedientes de contratación del Área. Asesoramiento y gestión jurídico-administrativa a los servicios técnicos del Área.

8. JEFE/A SECCIÓN DE CONSERVACIÓN Grupo: A1/A2 Nivel: 26 MISIÓN Proponer a inmediatos superiores la planificación, programación y ejecución de todas las operaciones de conservación y mejora encaminadas a un mejor uso de la carretera y a preservar en el mejor estado posible el Patrimonio viario. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo

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Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las mejoras tecnológicas precisas.

Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura, con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento. Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que

depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes, proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección. Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección

estableciendo las relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones.

Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para el buen funcionamiento del la Sección a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Organizar, dirigir y controlar las actuaciones de conservación ordinaria o “nueva conservación” a ejecutar por las

brigadas de conservación. Estudiar, evaluar y proponer de conservación extraordinaria. Controlar dietas, horas extraordinarias y servicios especiales del personal adscrito a su Sección. Redactar proyectos y dirigir obras. Atender al público y otras administraciones. Ordenar y organizar las actuaciones no programadas en casos de emergencia. Inspección y evaluación de las características Superficiales de los pavimentos de las carreteras. Inspección de las obras de paso, de contención de tierras y de drenaje. Inventario de la Red Provincial de Carreteras. Estadística, informes y estudios sobre actuaciones en la Red Provincial de Carreteras. Proponer las actuaciones que convengan con cargo a las partidas específicas, así como control de las mismas. Por delegación del Jefe de Servicio, seguimiento de convenios con la Consejería de Obras Públicas,

Transportes y Urbanismo de la Junta de Andalucía en materias de Conservación. 9. ENCARGADO GENERAL Grupo: C1 Nivel: 18 MISIÓN Revisar la Red Viaria Provincial, coordinar y dirigir a los capataces de brigadas, a los capataces de zonas y de maquinaria en actuaciones en la red viaria y en las obras de conservación ordinaria, de acuerdo a instrucciones de superior jerárquico para el mejor uso y conservación de la Red Viaria Provincial, así como de su óptimo estado de conservación. FUNCIONES GENÉRICAS

Distribuir el trabajo entre el personal adscrito al Grupo. Dirigir de forma inmediata los trabajos, de acuerdo con las órdenes e instrucciones recibidas a través de las

jefaturas de los órganos superiores. Controlar la calidad y cantidad del trabajo ejecutado y del tiempo invertido en su realización. Controlar la utilización de materiales, maquinaria o utillaje empleado para la realización de las diferentes tareas. Controlar el cumplimiento de la normativa en relación a la prevención de riesgos laborales.

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Establecer con el superior jerárquico mecanismos de localización para dar respuestas a situaciones de emergencia u otras necesidades.

Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Distribuir el trabajo entre los capataces, así como de los instrumentos, maquinaria y materiales necesarios para su ejecución en la red viaria.

Dirigir, supervisar y controlar de forma directa, los trabajos a realizar de acuerdo con los técnicos, directores de obras, instalaciones o talleres.

Coordinar a los capataces de brigadas, maquinaria y a los de zonas en todas las ejecuciones en la red viaria Priorizar y valorar cuales son los trabajos más urgentes. Recorrer la provincia con el superior inmediato para establecer las prioridades en la ejecución de los trabajos Realizar entrevistas con los propietarios afectados en la red para posibles variantes y mejoras. Atender el teléfono con plena disponibilidad, en caso de emergencias. Colaborar con patrimonio para la compra de vestuario del personal del servicio de carreteras. Controlar la utilización de los materiales, instrumentos y maquinaria. Mantener la disciplina en las obras a su cargo y vigilar especialmente el cumplimiento de cuantas disposiciones

se dicten sobre seguridad e higiene en el trabajo. Controlar la cantidad de trabajo realizado. Adoptar las medidas oportunas para el debido orden y ejecución de las obras propias de la Diputación

Provincial, a las órdenes inmediatas de Técnicos Superiores y Medios. Inspeccionar las obras de contrata con los Técnicos Superiores en la red viaria. Colaborar con el equipo de Topografía. Conservar el vehículo a su cargo y mantenerlo en perfecto estado de conservación.

10. CAPATAZ DE BRIGADAS Grupo: C1 Nivel: 17 MISIÓN Controlar y supervisar las obras que se realicen por las Brigadas de trabajo de la Excma. Diputación en las carreteras provinciales, así como en sus infraestructuras de acuerdo a las instrucciones del superior jerárquico para la adecuación de las mismas a los proyectos de obra de Diputación en los municipios y carreteras provinciales. FUNCIONES GENÉRICAS

Supervisión inmediata de los trabajos, de acuerdo con las órdenes o instrucciones recibidas de los técnicos, Directores de obra, Instalaciones o talleres, o en su caso de los encargados.

Controlar la cantidad y calidad del trabajo ejecutado Cumplir y hacer cumplir la normativa e instrucciones del superior en relación a la prevención de riesgos

laborales. Medición, replanteo, alineación y nivelación, señalización, lectura e interpretación de planos sencillos, empleo

de máquinas y elementos necesarios para su trabajo. Realizar diferentes informes sobre los trabajos realizados bajo su control, que le requiera su superior jerárquico. Distribución del trabajo entre el personal a su cargo, así como de los instrumentos, maquinaria y materiales

necesarios para su ejecución. Asumir el mando directo del personal bajo a su cargo. Controlar el uso de materiales, instrumentos y maquinaria puestos a su disposición. Controlar el cumplimiento de la normativa e instrucciones del superior en la relación a la Ley de Prevención de

Riesgos Laborales. Establecer con el superior jerárquico mecanismos de localización para respuesta a situaciones de emergencia u

otras necesidades. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Realizar y controlar los pedidos de material y emulsiones. Controlar la correcta señalización en la ejecución de la obra para prevenir el riesgo de posibles accidentes de

circulación. Controlar el tiempo de trabajo y calidad en el personal ajeno a Diputación en obras por administración Localizar y solucionar extracción de áridos y zahorras para las obras, así como medir y parcelar caminos y

carreteras para su posterior ejecución. Controlar y conformar el parte de dietas del personal a su cargo Evaluar la calidad de la ropa de trabajo que ofrecen las distintas empresas que participan en los concursos de

adjudicación Controlar el adecuado equipamiento del personal de la brigadas provinciales

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Establecer mecanismos de coordinación con el Ayuntamiento correspondiente ante eventuales desvíos por obras de la Red de carreteras Provinciales

Supervisar la correcta definición de la imagen corporativa de la Diputación de Almería en los carteles de obra en los que interviene esta Administración

11. PEÓN/A- CONDUCTOR/A DE BRIGADAS Grupo: C-2/E Nivel: 14 MISIÓN Conservar las carreteras de la red provincial en buenas condiciones y trasladar personas y material a las instalaciones y obras provinciales, o de organismos públicos con los que Diputación establezca algún tipo de colaboración, para agilizar el desarrollo de las mismas. Según instrucciones del superior jerárquico y el respeto al Código de Circulación FUNCIONES GENÉRICAS

Ejecutar tareas que supongan primordialmente la realización de esfuerzo físico sin exigir conocimientos propios de un oficio determinado.

Conducir automóviles de la Corporación Cuidar los vehículos que tengan adscritos a los que mantendrán en todo momento en condiciones de

uso, encargándose de su limpieza, comprobando y reponiendo niveles Cumplir la normativa en relación a prevención de riesgos laborales Custodiar el vehículo y los utensilios depositados en él, dando cuenta de cualquier incidencia o

servicio. Proponer mejoras en los procesos de trabajo Cumplir la normativa en cuanto a código de circulación y seguridad vial. Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño de puestos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas

para contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

Cumplir la normativa e instrucciones de su superior jerárquico en relación con la prevención de riesgos laborales

Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Pavimentar con asfalto y bachear calles, carreteras, etc; Regular el paso de vehículos mientras se desarrolla el trabajo en una carretera. Arreglar los baches en las carreteras de la Red Provincial. Manejar desbrozadora, segadora y extendedora para desbrozar plantas de bordes y cunetas de las

carreteras de la red. Atender distintas emergencias que se presenten en las carreteras provinciales (corrimiento de tierra,

nieve, inundaciones, etc). Limpiar tubos de desagüe para evitar atoramiento, atendiendo a su capacitación. Realizar distintos trabajos de albañilería en carreteras (arreglar pasos de agua, muros, etc.). Transportar peones de brigadas a las diferentes obras en los municipios de la provincia Trasladar maquinaria no pesada y materiales a obras.

12. COORDINADOR/A DE RESIDUOS Y SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS Grupo: A2 Nivel: 24 MISIÓN Dirigir la gestión de residuos urbanos en la provincia, de acuerdo a las instrucciones del superior inmediato para mejorar la calidad ambiental de la provincia y coordinar y realizar la supervisión ambiental de todos los proyectos que tramite la Diputación. FUNCIONES GENÉRICAS

Supervisar y coordinar la memoria anual de la dependencia. Ejercer el mando directo del personal a su cargo. Supervisar el trabajo desarrollado por el personal de su dependencia. Supervisar la planificación operativa de los programas, coordinando las diferentes iniciativas profesionales y

procurando criterios homogéneos de intervención general. Utilizar las aplicaciones informáticas correspondientes Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento de la dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Realizar proyectos técnicos de ingeniería civil, dirección de obras, recepción y tramitación administrativa de expedientes de obras.

Realizar un asesoramiento especializado a los Entes Locales en la explotación de sistemas de recogida y tratamiento de residuos en general, y urbanos en particular.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Realizar la puesta en marcha, seguimiento y control de los sistemas o instalaciones de este tipo que se le encomienden.

Realizar el seguimiento de los convenios con los sistemas integrados de la gestión de envases y residuos de envases.

Colaboración con el superior jerárquico en materia relativa a residuos que le encomienden y en especial las relativas a los Planes Directores de Residuos.

Informar las cuestiones de los aspectos ambientales de los proyectos que se supervisen en el Área para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental que les afecte y asesorar a los técnicos redactores para la subsanación de posibles deficiencias.

13. JEFE/A DE SECCIÓN DE RESIDUOS Y GESTIÓN AMBIENTAL Grupo: A1/A2 Nivel: 26 MISIÓN Planificar y realizar la gestión de residuos sólidos y estudios ambientales según las instrucciones del superior jerárquico y la normativa vigente para mejorar la calidad ambiental de la provincia. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las

mejoras tecnológicas precisas. Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo

correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura, con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento. Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que

depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes , proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección.

Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección estableciendo las

relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones. Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para el

buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Realizar proyectos técnicos de ingeniería civil, dirección y recepción de obras; así como informes técnicos para la tramitación administrativa de expedientes de obras.

Supervisar los proyectos de las materias relativas a las unidades dependientes del puesto. Actualizar el Plan Director de Residuos Solidos Urbanos y dirigir su gestión. Supervisar y orientar la creación y funcionamiento de los entes o soluciones comarcales para la gestión de

residuos. Preparar un plan director de escombros y otros residuos. Asesorar en los convenios con los sistemas integrados de gestión de envases y residuos de envases.

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Asesorar sobre residuos en general. Normalizar elementos y prescripciones técnicas relativas a las materias de su competencia. Colaborar en planes de economía de agua de regadíos (reutilización de aguas residuales, cubrimientos de

balsas, etc.) Propuestas y seguimiento de las campañas de difusión relativas al medio ambiente.

14. JEFE/A DE SECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS Grupo: A Nivel: 26 MISIÓN Contribuir al desarrollo sostenible del medio rural, para favorecer la permanencia de la población en sus lugares de origen, mediante el fomento de las adecuadas infraestructuras y equipamientos para las actividades agrarias en orden a la mejora de su productividad, así como al fomento del asociacionismo en el sector. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las

mejoras tecnológicas precisas. Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo

correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura,con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección paragarantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento. Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que

depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes, proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección. Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección

estableciendo las relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones.

Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para el buen funcionamiento del la Sección a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Asesorar técnicamente en expedientes relacionados con la constitución y solicitud de concesiones de agua a

comunidades de regantes, junta central de usuarios, y en convenios de riego de los municipios de la provincia. Asesorar a colectivos de usuarios del agua de uso agrario, sobre las líneas de ayuda y subvención de las

Administraciones. Fomentar el asociacionismo agrario y uso sostenible del agua de riego, redactando estudios y propuestas. Coordinar, redactar y ejecutar proyectos y dirección de obras, de infraestructuras y equipamientos agrícolas y

rurales, especialmente de mejora y consolidación de regadíos a petición de los distintos municipios de la Provincia. Redacción de Estudios de Seguridad y Salud Laboral de los mismos.

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Elaborar estatutos, ordenanzas y reglamentos conforme la legislación de aguas para la Constitución de Comunidades de Regantes, Convenios de Riego y Juntas Centrales de Usuarios y Comunidades Generales.

Asesorar técnicamente e informar expedientes sobre Subvenciones a EELL en materia de Infraestructura y Equipamiento Rural ligada a aprovechamiento de los recursos hídricos y otras infraestructuras rurales.

Elaborar informes de proporcionalidad para la construcción de naves agrícolas, según criterios de la legislación urbanística

Redactar memorias valoradas, informes, proyectos, y dirección de obras sobre infraestructuras y equipamientos agrícolas, explotaciones agrícolas y agroganaderas, y en especial de infraestructuras de riego.

15. JEFE/A DE DEPARTAMENTO DE VALORACIONES Y EVALUACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS Grupo: A1 Nivel: 25 MISIÓN Coordinar y ejecutar las valoraciones y los expedientes de expropiación de bienes de carácter rural que la Diputación incluya en sus proyectos o necesite para poder realizar acuerdos con otras administraciones o particulares. Realizar la tramitación ambiental de los proyectos que tramite la Diputación en coordinación con técnicos responsables del Proyecto. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente el departamento y evaluar su gestión Planificar el trabajo del Departamento y prever sus necesidades. Proponer la configuración los puestos de trabajo de la estructura interna del Departamento, con la conformidad

del superior jerárquico. Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo y proponer la

introducción de las mejoras tecnológicas precisas. Organizar el trabajo del Departamento y su distribución entre los diferentes puestos de trabajo. Dirigir el departamento mediante órdenes y/o orientaciones técnicas dirigidas a los responsables de los órganos

que se integran en la Unidad o instrucciones a todo el personal. Asumir el mando directo del personal adscrito al Departamento y transmitirle las instrucciones recibidas del

superior jerárquico. Supervisar y controlar el trabajo desarrollado por el personal adscrito al Departamento. Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran el Departamento para garantizar que las

necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas. Atender a las relaciones humanas del personal del Departamento, condiciones de salud laboral y seguridad en

el trabajo, y la correcta relación con el público. Autorizar todos los actos de gestión, oficios, requerimientos, comunicaciones, citaciones, emplazamientos que

se realicen en el Departamento y, en su caso, los informes. Asumir la responsabilidad de la memoria anual del Departamento Utilizar las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a los sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para el buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la

Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Elaborar estudios de impacto ambiental. Asesorar en materia de impacto ambiental Elaborar informes ambientales Realizar proyectos técnicos de ingeniería civil, dirección de obras, recepción y tramitación administrativa de

expedientes de obras. Realizar valoraciones para la tramitación de expedientes de expropiación de bienes de carácter rural y toda la

documentación necesaria para poder realizar acuerdos con otras administraciones o particulares Supervisar las cuestiones de los proyectos ambientales del Área para garantizar el cumplimiento de la

normativa ambiental que les afecte y asesorar a los técnicos redactores para la subsanación de posibles deficiencias.

16. COORDINADOR/A PARA LA MEJORA AMBIENTAL Y SOSTENIBILIDAD DEL MEDIO RURAL Grupo: A1 Nivel: 24 MISIÓN Promoción de la mejora ambiental y sostenibilidad del medio rural de la provincia. Colaborar en la tramitación ambiental de los proyectos y elaborar estudios ambientales. FUNCIONES GENÉRICAS

Supervisar y coordinar la memoria anual de la dependencia. Ejercer el mando directo del personal a su cargo. Supervisar el trabajo desarrollado por el personal de su dependencia. Supervisar la planificación operativa de los programas, coordinando las diferentes iniciativas profesionales y

procurando criterios homogéneos de intervención general.

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Utilizar las aplicaciones informáticas correspondientes Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento de la dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Elaborar estudios y documentos ambientales, de acuerdo con las directrices del Jefe de Departamento. Tramitación de estudios y documentos ambientales. Participar en el diseño, gestión y coordinación de acciones formativas de carácter agroambiental, dirigidas a

colectivos del mundo rural y del sector agrario. Colaboración en los aspectos ambientales de las campañas de promoción agropecuaria. Colaboración en las actividades de participación ciudadana de carácter ambiental que se realicen en

ayuntamientos y en la Diputación. Diseñar, gestionar y coordinar los programas relacionados con las materias objeto del servicio que le

encomiende el superior jerárquico. AREA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD Y FAMILIA 17. COORDINADOR/A DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN DE PROYECTOS Grupo: A2 Nivel: 24 MISIÓN Coordinar, supervisar y gestionar la difusión de los proyectos, actividades y eventos organizados desde Servicios Sociales, de acuerdo con los objetivos fijados y recogidos en los Planes Provinciales, la normativa vigente y acorde a la imagen corporativa de la Diputación.

FUNCIONES GENÉRICAS Supervisar y coordinar la memoria anual de la dependencia. Ejercer el mando directo del personal a su cargo. Supervisar el trabajo desarrollado por el personal de su dependencia. Supervisar la planificación operativa de los programas, coordinando las diferentes iniciativas profesionales y

procurando criterios homogéneos de intervención general. Utilizar las aplicaciones informáticas correspondientes Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. o Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para

contribuir al buen funcionamiento de la dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Coordinar la difusión e información de las actuaciones de Servicios Sociales, con los medios técnicos disponibles, fomentando la participación de instituciones y ciudadanía en el proceso.

Coordinar y gestionar las necesidades relativas a materiales de apoyo técnico, gráfico y multimedia para una difusión adecuada de los Proyectos.

Asesorar e informar a las dependencias y sus responsables, prestando un apoyo efectivo y coordinado, a través de la difusión en todos los proyectos y actividades que desarrollen en los municipios de la Provincia.

Supervisar el calendario general de actividades así como los diferentes recursos técnicos a utilizar para su difusión.

Supervisar y proponer recursos materiales de difusión a fin de ofrecer a la ciudadanía una información de calidad sobre los proyectos que se llevan a cabo.

Coordinar y gestionar las actuaciones necesarias con las áreas y dependencias que intervengan en los procesos de producción de materiales técnicos y de difusión.

Proponer estrategias de difusión y publicación. Supervisar las actuaciones desarrolladas en materia de difusión, los resultados obtenidos y los costes.

18. JEFE/A DE NEGOCIADO ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y VIDA SALUDABLE Grupo: A2 Nivel: 22 MISIÓN Desarrollar programas complementarios a la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia dirigidos a colectivos sociales en situación de riesgo de dependencia: personas mayores, personas con patologías físicas y psíquicas, personas con discapacidad, cuidadores informales y a toda la población en general. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente al órgano que le corresponde y evaluar la gestión. Realizar la propuesta de configuración de los puestos de trabajo de la estructura interna del Negociado. Racionalizar y simplificar los procesos de trabajo y el perfeccionamiento de sus métodos de atención a las

innovaciones tecnológicas incorporables a los procesos de trabajo. Organizar el trabajo del Negociado y distribuir entre los diferentes puestos de trabajo y unidades integradas en

el Negociado.

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Asumir el mando directo del personal adscrito al Negociado y la transmisión al mismo de las instrucciones recibidas de la autoridad.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran el Negociado para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Supervisar y controlar el trabajo desarrollado por el personal adscrito al Negociado de las Unidades integradas en él.

Atender a las relaciones humanas, a las condiciones de salud y seguridad laboral, y la correcta relación con el público.

Autorizar todos los informes, actos de gestión, oficios, requerimientos, comunicaciones, citaciones, emplazamientos que se generen en el Negociado.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual del Negociado. Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto de trabajo. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento del Negociado al que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Asumir el mando directo del personal adscrito al Negociado Asumir la responsabilidad en la planificación de las actuaciones del Negociado Elaborar informes técnicos Colaborar en cuantos asuntos se requieran por la Jefatura de Sección y en relación al contenido del Negociado Coordinar actuaciones de formación y apoyo a cuidadores/as, de programas de envejecimiento activo así como

otros programas que se le encomienden. Colaborar con los Jefes/as de Sección en cuanto a los apoyos técnicos que se soliciten en relación a la Unidad. Colaborar con los/as Directores de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios en las materias competencia

de la Unidad, previa valoración de la Dirección del Área. Elaborar la memoria del Negociado. Cualquier otra que le encomienden sus superiores jerárquicos

19. JEFE/A DEPARTAMENTO JURÍDICO DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Grupo: A1 Nivel: 25 MISIÓN Dirigir y coordinar los recursos del Departamento. Informar y asesorar en materia jurídica a las mujeres de la provincia de Almería, y, asesorar y coordinar la atención jurídica en los centros y red de acogida de la Diputación, de acuerdo con la legislación vigente. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente el Departamento y evaluar su gestión Planificar el trabajo del Departamento y prever sus necesidades. Proponer la configuración los puestos de trabajo de la estructura interna del Departamento, con la conformidad

del superior jerárquico. Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo y proponer la

introducción de las mejoras tecnológicas precisas. Organizar el trabajo del Departamento y su distribución entre los diferentes puestos de trabajo. Dirigir el departamento mediante órdenes y/o orientaciones técnicas dirigidas a los responsables de los órganos

que se integran en la Unidad o instrucciones a todo el personal. Asumir el mando directo del personal adscrito al Departamento y transmitirle las instrucciones recibidas del

superior jerárquico. Supervisar y controlar el trabajo desarrollado por el personal adscrito al Departamento. Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran el Departamento para garantizar que las

necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas. Atender a las relaciones humanas del personal del Departamento, condiciones de salud laboral y seguridad en

el trabajo, y la correcta relación con el público. Autorizar todos los actos de gestión, oficios, requerimientos, comunicaciones, citaciones, emplazamientos que

se realicen en el Departamento y, en su caso, los informes. Asumir la responsabilidad de la memoria anual del Departamento Utilizar las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a los sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para el

buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación. FUNCIONES ESPECÍFICAS

Dirigir, desarrollar y evaluar aquellos programas asignados al Departamento. Coordinar al personal adscrito al Departamento. Participar en los aspectos jurídicos de planes y programas de atención individualizada y de los centros de

atención y acogida.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Impartir y difundir contenidos de este Departamento. Informar, asesorar y hacer propuestas en relación a la problemática jurídica que plantean las mujeres. Elaborar la memoria del Departamento. Las propias de su titulación. Apoyar y asistir técnicamente al superior jerárquico. Asesorar a mujeres de la provincia en materia de derecho de familiar y violencia de género. Informar, asesorar e intervenir jurídicamente con las usuarias de la Red de Acogida de mujeres víctimas de

violencia de la Diputación Informar para la valoración de los ingresos, permanencia y salidas de las mujeres en la Red de Acogida. Informar y formar jurídicamente a profesionales, instituciones y a la comunidad en general en materia de

violencia de género Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para el

buen funcionamiento del Servicio Provincial de Igualdad al que pertenecen y en general de la Corporación. AREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

20. JEFE/A SECCIÓN DE ARQUITECTURA GRUPO: A1 NIVEL: 26 MISIÓN Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la arquitectura. Dirigir la Sección de Arquitectura; así como proyectar y dirigir edificios de nueva planta, ampliación, reforma o reparación, promovidos por Ayuntamientos o por Diputación y asesorar a los Ayuntamientos de acuerdo con la normativa edificatoria, sectorial y administrativa aplicable, para mejorar la calidad de vida de la población dotando a los municipios del equipamiento edificatorio más idóneo para una correcta prestación de los servicios públicos locales y para mejorar la calidad ambiental de los núcleos urbanos. FUNCIONES GENÉRICAS

Dirigir administrativamente la Sección y evaluar su gestión Planificar el trabajo de la Sección y la previsión de sus necesidades. Proponer y determinar los objetivos de la Sección. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestaria de la Sección y de la distribución de los medios materiales

entre sus órganos. Proponer la definición de la estructura de la Sección y la configuración de sus puestos de trabajo Racionalizar, simplificar y mecanizar los procesos de trabajo, mejorar los métodos de trabajo e introducir las

mejoras tecnológicas precisas. Proponer la adscripción y traslado del personal de la Sección, a los diferentes puestos de trabajo

correspondientes a sus categorías, con excepción a los puestos de jefatura, con arreglo a la normativa aplicable.

Coordinar, supervisar y controlar los diferentes órganos que integran la Sección para garantizar que las necesidades del Servicio quedan siempre cubiertas.

Dirigir la Sección mediante órdenes y/o orientaciones técnicas, dirigidas a los responsables o al personal de los órganos que la integran.

Supervisar el trabajo desarrollado en la Sección, los resultados obtenidos y los costes de funcionamiento. Realizar funciones de fiscalización en el cumplimiento de las funciones por parte de todo el personal que

depende de la Sección, atender a las condiciones de salud y seguridad laboral, al perfeccionamiento profesional y a la correcta relación con el público en general y entre el personal de la Sección.

Visar, con carácter potestativo, los informes , proyectos y actos de gestión que se originen en los órganos integrantes de la Sección.

Asumir la responsabilidad de la memoria anual de la Sección. Asumir las funciones de asistencia administrativa al conjunto de la Sección, salvo que organizativamente se

encuentren asignadas de forma expresa a algunas de las Unidades que lo integren: Preparación e impulso de planificación de los gastos y de la previsión de inversiones. Administración de las partidas presupuestarias asignadas a la Sección y de las cantidades libradas en

concepto de gastos a justificar. Realizar pedidos de material. Tramitar facturas y actos de recepción. Inventariar, controlar y administrar los medios materiales adscritos o suministrados a la Sección. Analizar los costes de funcionamiento de la Sección. Supervisar la conservación y mantenimiento de los locales y dependencias de la Sección

estableciendo las relaciones necesarias con los servicios técnicos encargados de la realización de dichas funciones.

Registro, archivo y documentación de la Sección. Supervisar la correcta utilización de las aplicaciones informáticas correspondientes a la dependencia. Efectuar propuestas de mejora a los superiores en relación a los procesos y sistemas de trabajo de la Sección.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 24_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para el buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Elaborar los documentos, estudios, proyectos técnicos y dirección de obra cuando le sean encomendados por el

responsable del Servicio. Sustituir al Jefe de Servicio en caso de ausencia o enfermedad en las materias propias de su competencia. Proyectar edificios municipales y provinciales, combinando criterios funcionales, formales, constructivos y

económicos. Dirigir, controlar, certificar, liquidar y recibir las obras de edificación proyectadas. Supervisar que los proyectos de edificación provinciales y municipales han sido redactados de acuerdo con la

normativa que les sea de aplicación (de acuerdo con el objeto y finalidad de la obra). Elaborar planes de emergencia municipal Elaborar planes de accesibilidad de los edificios de titularidad pública Elaborar planes de eficiencia energética de los edificios de titularidad pública Formar parte de mesas de contratación

21. JEFE/A DE GRUPO DE EDICIÓN Grupo: C1 Nivel: 18 MISIÓN Coordinar, controlar dirigir y ejecutar el trabajo del Grupo de Edición en relación con la transcripción del contenido de anuncios, composición del B.O.P., impresos y formularios, de acuerdo con los Reales Decretos de 2 de abril y 21 de octubre de 1.754, para informar sobre Leyes, Reales Decretos, Reglamentos, Convocatorias, Edictos, etc. FUNCIONES GENÉRICAS

Desarrollar las labores propias de su plaza. Distribuir el trabajo entre el personal adscrito al Grupo. Dirigir de forma inmediata los trabajos, de acuerdo con las órdenes e instrucciones recibidas a través de las

jefaturas de los órganos superiores. Controlar la calidad y cantidad del trabajo ejecutado y del tiempo invertido en su realización. Controlar la utilización de materiales, maquinaria o utillaje empleado para la realización de las diferentes tareas. Controlar el cumplimiento de la normativa en relación a la prevención de riesgos laborales. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Realizar el ajuste, lectura y corrección del B.O.P. Convertir, arreglar y ajustar textos de diversos programas en disquete a diversos formatos. Diseñar y realizar impresos y folletos. Dirigir la edición del B.O.P. para su publicación puntual y diaria sin retraso. Seleccionar y organizar el original, realizado previamente, para la confección del B.O.P. Anotar y controlar dichos impresos por orden y número de referencia.

22. ESPECIALISTA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Grupo: C1 Nivel: 17 MISIÓN Estudiar propuestas de Sistemas de Información, investigar, diseñar, construir programas de ordenador orientados a dar servicios de Administración electrónica. Realizar la documentación asociada, requerida para ayudar al ciudadano o funcionario en el uso de los procedimientos. Colaborar en la planificación de los proyectos, controlando la ejecución con arreglo al plan previsto en los mismos. FUNCIONES GENÉRICAS

Efectuar todas aquellas propuestas de mejora a sus superiores en relación con sus sistemas y procesos de trabajo.

Utilizar las aplicaciones informáticas y realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas, para contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

Velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cumplir el Reglamento de Administración Electrónica, como instrumento jurídico para poder hacer efectiva la administración electrónica prevista en el convenio marco de la red provincial de comunicaciones.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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FUNCIONES ESPECÍFICAS Colaborar en el estudio de propuestas de informatización de procesos, en concreto los relacionados con flujos

de trabajo para la puesta en marcha de la administración electrónica. Participar en las fases de análisis, aportando ideas nuevas ó detectando posibles problemas. Realizar el diseño, programación, puesta en marcha e implantación de las Aplicaciones Informáticas que se le

encomienden y mas concretamente las orientadas a la Administración electrónica Estudiar, programar e implementar procedimientos electrónicos con la herramienta que más adecuada se

considere. Realizar el mantenimiento que sea necesario de los procedimientos telemáticos implantados. Detectar y proponer procesos susceptibles de tratar con las herramientas de administración electrónica ó mejora

de los ya existentes. Colaborar en los Comités de Proyecto y grupos de trabajo, cuando no los dirija. Colaborar en el estudio de decisiones de compra, desarrollo propio o subcontratación. Contactar con suministradores de aplicaciones para la resolución de problemas. Participar en las instalaciones y configuración de aplicaciones adquiridas a terceros. Colaborar con las dependencias afectadas durante las fases de informatización e implementación. Colaborar en el diseño de la base de datos para cada aplicación. Atender a la sincronización y comunicación de tareas, y la integración con otros procesos. Colaborar en la formación a usuarios. Elaborar la documentación técnica y de usuario. Actualizar y distribuir programas y versiones, tanto en sistemas servidores como clientes, de aplicaciones de

desarrollo propio. Coordinarse con los técnicos de Base de Datos para prestar un servicio adecuado. Colaborar en el control de aplicaciones y versiones de aplicaciones de desarrollo externo. Atender y resolver problemas de usuarios Asesorar a los usuarios (Diputación y Ayuntamientos) sobre procesos a utilizar. Instalar aplicaciones y actualizar versiones de aplicaciones de desarrollo propio, ó desarrollo externo que lo

requieran. Colaborar con los usuarios en nuevos procesos de funcionamiento. Colaborar con el usuario en procesos especiales (cierres de ejercicios, chequeos de datos, tratamiento masivos

de información, elaboración de memoria, etc.) Transmisión, carga y descarga masiva de datos. Realizar los procesos especiales de chequeo de datos que sean convenientes. Gestión y control del acceso de los usuarios a las Aplicaciones. Realizar aquellas tareas que le encomienden sus superiores jerárquicos dentro del ámbito de sus competencias. Velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal Cumplir el Reglamento de Administración Electrónica, como instrumento jurídico para poder hacer efectiva la

administración electrónica prevista en el convenio marco de la red provincial de comunicaciones. AREA DE CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD

23. TÉCNICO/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Negociado de Deportes) Grupo: C1/C2 Nivel: 17 MISIÓN Efectuar aquellas funciones derivadas de la gestión administrativa del órgano y en particular de aquellas que requieren un tratamiento informático para la obtención y actualización de información, calculo y diseño de bases de datos con arreglo a las instrucciones del superior jerárquico y la legislación vigente. FUNCIONES GENÉRICAS

Realizar funciones genéricas de Auxiliar Administrativo/ Auxiliar Administración General Registrar, procesar y transmitir información general del órgano a la Unidad de Información y en particular, al

ciudadano que lo demande. Suministrar los datos necesarios para la gestión contable del órgano Participar en la implantación de sistemas informáticos en las rutinas de trabajo del órgano. Participar en la implantación de procedimientos administrativos. Participar en el diseño de sistemas informáticos que redunden en la mejora de las funciones del órgano. Colaborar en el control de la documentación de los expedientes administrativos del órgano. Colaborar en la organización y envío de los expedientes del órgano al Archivo Provincial. Actualizar las bases de datos que gestiona el órgano. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.

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Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento de la Dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Realizar las funciones específicas de Auxiliar Administrativo / Auxiliar de Administración General del órgano al

que esté adscrito Coordinar, controlar y hacer seguimiento de documentos, trámites y expedientes del Negociado de Deportes y Recursos. Coordinar y canalizar la difusión de expedientes de Deportes y Recursos en la red interna y tablón de anuncios

de Diputación. Coordinar los envíos de material, difusión en los diferentes programas de Deportes y Recursos. Controlar informáticamente las partidas de gastos correspondientes a programas de Deportes y Recursos y a

los Planes de Obras deportivas. Coordinar el archivo de las oficinas y su organización. Coordinar y tramitar de expedientes y trabajos específicos referidos al Area en general. Apoyar al Jefe de Negociado de Deportes y Recursos.

24. JEFE/A DE GRUPO DE ANIMACIÓN DEPORTIVA Grupo: C1 Nivel: 18 MISIÓN Coordinar las acciones de promoción y difusión de actividades y programas que se desarrollen en el departamento central actuando conjuntamente con los jefes de grupo de las zonas, según las instrucciones que reciba del superior jerárquico para garantizar el cumplimiento de los objetivos generales de los programas del departamento de deportes. FUNCIONES GENÉRICAS

Supervisar y controlar el trabajo de los técnicos adscritos a su jefatura. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores con relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño de su trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento de la dependencia a la que pertenece y en general de la Corporación.

Programar, gestionar y dinamizar programas. Asesorar técnicamente sobre temas de su competencia.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Asesorar a los técnicos deportivos de las zonas, así como a técnicos y concejales de Ayuntamientos en

programas y actividades deportivas de difusión y promoción deportivas. Colaborar con el Negociado que gestione todo lo referente a actividades deportivas que afectan a las zonas, así

como a las distintas campañas de promoción deportiva que se distribuyan por la Provincia. Coordinar las distintos programas del Departamento de Deportes y apoyar a los programas que se desarrollan

en los municipios Gestionar los presupuestos específicos de cada programa de actividades provinciales asignados. Supervisar y evaluar el trabajo de los técnicos deportivos adscritos a su jefatura. Elaborar propuestas específicas de programas y actividades deportivos de difusión y promoción deportivos a

nivel provincial. 25. COORDINADOR/A DE ZONAS Grupo: C1 Nivel: 22 MISIÓN Coordinar la actuación de los técnicos de zonas, según las instrucciones recibidas del superior jerárquico para garantizar el cumplimiento de los objetivos generales de los programas del Servicio. FUNCIONES GENÉRICAS

Supervisar y controlar el trabajo de los técnicos de zonas adscritos a la dependencia según las directrices marcadas por el superior jerárquico.

Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto de trabajo. Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo. Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas por el

jefa/e inmediato/a para contribuir al buen funcionamiento de la dependencia a la que pertenece y, en general, de la Corporación.

Colaborar con su superior jerárquico en la programación, gestión y dinamización de programas. Asesorar técnicamente sobre temas de su competencia.

FUNCIONES ESPECÍFICAS Asesorar a técnicos deportivos de zonas, así como a técnicos y concejales de Ayuntamientos Colaborar con los Negociados del Servicio en todo lo referente a las actividades de estos en la Provincia. Coordinar los distintos programas de deportes en las zonas. Gestionar presupuestos específicos de programas provinciales asignados

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B) MÉRITOS ESPECÍFICOS

1. JEFE/A SECCION PROYECTOS INFRAESTRUCTURA Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Redacción de proyectos y dirección de obras de equipamientos de la Diputación de Almería. - Coordinación y seguimiento de proyectos, dirección de obras y trabajos técnicos, redactados por consultorías externas,

de equipamientos de la Diputación de Almería. - Supervisión de proyectos de obras de equipamientos/espacios públicos, a efectos de contratación, con preferencia para

los contratos de la Diputación Provincial. - Asistencia técnica en procedimientos de contratos de obras de equipamientos/espacios públicos financiadas por la

Diputación de Almería (valoración e informe de ofertas, elaboración de pliegos de prescripciones técnicas). - Recepciones de obra como facultativo representante de la Diputación Provincial. - Redacción de proyectos y dirección de obras de equipamientos/espacios públicos para Ayuntamientos de la provincia de

Almería. 2. ENCARGADO/A DE MANTENIMIENTO

Experiencia en: - Mantenimiento preventivo del parque de maquinaria, y en la evaluación y propuesta de reparaciones de maquinaria para

evitar averías mayores. - La ejecución de reparaciones básicas de la maquinaria en base a conocimientos de mecánica. - Inspeccionar y controlar las reparaciones efectuadas a la maquinaria en los talleres ajenos, así como organizar su

traslado a los mismos. - Control de almacén de repuestos de maquinaria. - Realización partes de mantenimiento y control de compras. - Manejo de maquinaria

3. TECNICO/A AUX. ADTVO. SERVICIO DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN

Experiencia en: - Tratamiento y actualización de datos según las directrices del Jefe del Servicio, en relación con los Planes Provinciales y

Supervisión de Proyectos. - Gestión de documentación técnica y administrativa del Servicio: facturas, comunicaciones, informes... - Confección de documentos técnicos: memorias, pliegos, certificaciones, actas, liquidaciones... - Archivo de documentación generada y/o recibida en el Servicio. - Tramitación de dietas del personal adscrito al Servicio. - Comunicación y atención a Ayuntamientos en materia de Planes Provinciales. - Preparación de documentación para asistencia técnica de redacción de proyectos, direcciones de obra y estudios geotécnicos. - Seguimiento del uso y repostajes de los vehículos adscritos al Servicio. - Alta y actualización en la aplicación INPRES de las asistencias técnicas originadas en el Servicio.

4. COORDINADOR/A DE PLANIFICACION

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Actualización del banco de precios para la redacción de proyectos del Área. - Colaboración con el Jefe de Servicio en la Secretaria de supervisión de proyectos. - Seguimiento, junto con el Jefe de Servicio, del grado de ejecución de los Planes Provinciales. - Control de la cobertura de TV en la provincia. - Asesoramiento a los Entes Locales en comunicaciones y telecomunicaciones. - Colaboración en Planes Provinciales o Comarcales de telecomunicaciones. - Redacción de proyectos y direcciones de obras conforme a su titulación. - Colaboración en equipos técnicos.

5. JEFE/A DE SECC. CARTOGRAFÍA Y TOPOGRAFÍA

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Dirección y coordinación de métodos e instrumentos topográficos. - Coordinación de topografía necesaria para asistir a ayuntamientos y servicios técnicos de Diputación. - Coordinación de actualización y obtención de la cartografía necesaria para los servicios técnicos de Diputación y

ayuntamientos. - Proyectos de obtención de cartografía. - Coordinación de apoyo topográfico y cartográfico a obras lineales. - Coordinación de trabajos con Sistemas de Información Geográficos. - Asesoramiento a ayuntamientos y técnicos en cartografía y topografía.

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6. JEFE/A DPTO. ENCUEST. INFRAESTRUCTURA Y EQUIP. LOCAL Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Experiencia en Toma de Datos y Cumplimentación de las Fichas requeridas por el Ministerio para la elaboración de la

EIEL. - Experiencia en Introducción y posterior Validación de los datos de la EIEL, mediante un SIG. - Experiencia en manejo de bases de datos conectadas al SIG. - Experiencia en comprobación de la Integridad Referencial del SIG de los elementos incluidos en la EIEL. - Experiencia en Generación de Informes Municipales, Mediante SIG. - Experiencia en el trato con otras Administraciones para la recopilación de datos de su competencia, exigidos por el

Ministerio 7. JEFE/A SECCION ACTUACION ADTVA. F.A.M.A.

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Tramitación de procedimientos sancionadores de policía de carreteras. - Tramitación de procedimiento de restitución de la legalidad viaria. - Tramitación de procedimientos de concesión de autorizaciones de policía de carreteras. - Tramitación de procedimientos de responsabilidad patrimonial. - Asesoramiento e informe en materia de contratación. - Gestión de aplicaciones para tramitación electrónica de expedientes. - Coordinación de la gestión del libro de resoluciones del Área. - Gestión de subvenciones, en las que la Diputación Provincial es beneficiaria, para la financiación de actuaciones en vías

provinciales e infraestructuras municipales y supramunicipales. 8. JEFE/A DE SECCION DE CONSERVACIÓN

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Gestión de infraestructuras viarias - Dirección y coordinación de equipos de conservación de carreteras - Redacción y dirección de obra de proyectos de conservación o mejora de carreteras - Realización de informes de daños o patologías de obras de construcción

9. ENCARGADO/A GENERAL

Experiencia en: - Dirección, organización y coordinación de equipos de construcción de carreteras u obra civil. - Dirección, coordinación y supervisión de actuaciones de conservación de carreteras - Gestión de suministros para conservación o construcción de carreteras - Inspección e inventario de infraestructuras viarias. - Realización de informes de carreteras u obra civil.

10. CAPATAZ BRIGADA NÚM 1 y 2

Experiencia en: - Organización y coordinación de equipos de conservación de carreteras u obra civil. - Dirección y ejecución de obras o actuaciones de conservación de carreteras. - Gestión de suministros para conservación de carreteras - Inspección e inventario de infraestructuras viarias. - Realización de informes de carreteras u obra civil.

11. PEON-CONDUCTOR/A

Experiencia en: - Conducción y mantenimiento de vehículos destinados a la conservación de carreteras - Ejecución de trabajos relacionados con la conservación de carreteras u obra civil - Señalización y regulación del tráfico de carreteras o redes viarias - Custodia y transporte de materiales y útiles destinados a la conservación de carreteras.

12. COORDINADOR/A RESIDUOS Y SUPERVISION AMBIENTAL DE PROYECTOS

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Realizar Proyectos técnicos de ingeniería civil, dirección de obras, recepción y tramitación administrativa de expedientes

de obras. - Realizar un asesoramiento especializado a los Entes Locales en la explotación de sistemas de recogida y tratamiento de

residuos en general, y urbanos en particular.

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- Supervisar todos los proyectos de la Diputación a objeto de garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental que les afecte y asesorar a los técnicos redactores para la subsanación de posibles deficiencias.

- Asesorar a los Ayuntamientos en materia de Residuos. 13. JEFE/A SECCIÓN RESIDUOS Y GESTIÓN AMBIENTAL

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Asesoramiento a los Entes Locales, y en particular a los supramunicipales, en materia de residuos. - Asesoramiento a los Entes Locales, y en particular a los supramunicipales, en materia de aguas residuales. - Redacción de proyectos y Dirección de Obra, sobre recogida y tratamiento de residuos, y de obras en general. - Redacción de proyectos y Dirección de Obra, de otras obras de Infraestructura. - Supervisión de proyectos de Equipamientos e Infraestructuras. - Experiencia en tratamiento de aguas residuales, con aprovechamiento de las aguas tratadas para riego.

14. JEFE/A SECCIÓN INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Coordinación y redacción de Informes Agronómicos para el trámite de concesiones y autorizaciones de aguas públicas. - Asesoramiento y tramitación de expedientes de constitución de comunidades de regantes, convenios de riegos y juntas

centrales de usuarios, as como elaboración de estatutos, ordenanzas y reglamentos reguladores de su funcionamiento. - Asesoramiento técnico e informes para la búsqueda de líneas de ayuda y tramitación de subvenciones externas, y de la

propia Diputación, en materia de infraestructuras y equipamiento rural ligadas a los recursos hídricos y otras infraestructuras rurales.

- Infraestructuras hídricas para comunidades de regantes, convenios de riego y juntas centrales de usuarios. - Fomento del asociacionismo agrario y uso sostenible del agua de riego. - Coordinación y redacción de memorias valoradas, informes, proyectos técnicos y dirección de obras en materia de

infraestructuras rurales y agro-ganaderas, especialmente las ligadas a la mejora de regadíos (embalses, redes de riego y abastecimiento).

- Elaboración de informes de proporcionalidad según establece la LOUA (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía) en materia de infraestructuras rurales tales como naves, embalses y otras infraestructuras rurales.

- Redacción de estudios de Evaluación de Impacto Ambiental.

15. JEFE/A DPTO. VALORACIONES Y EVALUACION. AMB. DE PROYECTOS

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Ejecución y asesoramiento a los Entes Locales en materia de valoraciones, expropiaciones y redacción del anejo de

expropiaciones de proyectos de planes provinciales y comarcales. - Asistencia en representación de los Entes Locales en materia de expropiaciones ante la Comisión de Valoraciones de la

Delegación Territorial de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía. - Asistencia en representación de los Entes Locales en materia de valoraciones y expropiaciones, y análisis de informes de

valoraciones y expropiaciones, ante los Tribunales de Justicia. - Asesoramiento a los Entes Locales en materia de evaluación ambiental de proyectos de planes provinciales y

comarcales. - Ejecución, coordinación con equipos externos de la Diputación de estudios de arqueología y acústicos, y seguimiento de

los Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de planes provinciales, comarcales y planes de electrificación rural de Entes Locales, para la obtención de las Autorizaciones Ambientales Unificadas y/o Autorizaciones Ambientales Integradas y ejecución del Plan de Vigilancia Ambiental de los mismos durante la fase de ejecución de la obra.

16. COORDINADOR/ MEJORA AMBIENTAL Y SOSTENIBILIDAD MEDIO RURAL

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Asesoramiento especializado a Entes Locales en materia de Medio Ambiente. - Realización de Estudios de Impacto Ambiental e integración y seguimiento de los mismos en procedimientos de

Prevención Ambiental. - Campañas de concienciación y sensibilización en materia de residuos y aguas. - Asesoramiento y seguimiento de Agendas 21 Locales en municipios - Asesoramiento y seguimiento del Pacto de Alcaldes - Diseño, coordinación y gestión de Agenda 21 Provincial - Realización de informes ambientales

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17. COODINADOR/A DIFUSION E INFORMACION DE PROYECTOS Experiencia en: - Manejo de aplicaciones informáticas sobre manipulado de imágenes, diseño gráfico y publicaciones en la Web de los

proyectos y actividades sociales. - Coordinación de los procesos de adquisición y entrega de materiales de difusión y apoyo a los proyectos y actividades de

servicios sociales que se llevan a cabo en la Provincia. - Información a las dependencias sociales y sus responsables sobre los criterios, procesos y recursos de difusión más

adecuados para los proyectos y actividades. Gestión de los mismos. - Supervisión y coordinación de los trabajos y materiales en los que intervengan otras dependencias y áreas de

Diputación. Procedimientos y normativa de la Corporación. - Comunicación, imagen y protocolo para las actividades sociales. Copyrights.

18. JEFE/A NGDO. ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y VIDA SALUDABLE

Experiencia en: - Dirección y coordinación de equipos de trabajo - Elaboración de programas de intervención, formación y atención a personas mayores. - Formación especializada en materias relacionadas con la geriatría y gerontología - Organización de acciones formativas y coordinación y participación en publicaciones relacionadas con la Prevención de

la Dependencia. 19. JEFE/A DPTO. JUR. VIOLENCIA GENERO

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Elaboración de planes y programas sobre los aspectos jurídicos de la violencia de género. - Desarrollo y valoración de programas de atención individualizada y de los centros de atención y acogida. - Asesoramiento e intervención jurídica con las usuarias de la Red de Acogida de mujeres víctimas de violencia de la

Diputación. 20. JEFE/A SECCION DE ARQUITECTURA

Experiencia en: - Redacción de proyectos de obras de edificación de inmuebles municipales. - Supervisar proyectos de obras de edificación de inmuebles municipales - Coordinación y cooperación con las dependencias de asistencia a municipios en materia urbanística. - Coordinación y dirección de equipos de trabajo vinculados a la redacción de proyectos de obras de edificación de

inmuebles municipales. 21. JEFE/A GRUPO DE EDICION

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo - Supervisar y/o realizar la valoración de edictos previa a la aplicación de la tarifa correspondiente - Controlar la transcripción correcta y completa de los anuncios en cada número del Boletín Oficial de la Provincia - Supervisar el archivo de los documentos originales de cada número del Boletín Oficial de la Provincia. - Activar para que sean visibles en internet los PDF de anuncios, índice y Boletín completo por cada número publicado

electrónicamente. - Dirigir y supervisar el orden para maquetación e inserción de los anuncios en cada número del Boletín Oficial de la

Provincia. - Dirigir otros trabajos de edición. - Realizar la compilación y copia de anuncios publicados por períodos para su entrega al Depósito Legal u otros

organismos

22. ESPECIALISTA EN ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Experiencia en: - Colaboración en propuestas de procedimientos de Administración electrónica. Estudio de flujos de trabajo. - Diseño, programación, pruebas e implantación de procedimientos-e en las Oficinas Virtuales tanto de Diputación como de

las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco. - Asistencia, resolución de problemas y asesoramiento en el uso de la Oficina Virtual y sus trámites electrónicos a

personal de Diputación, Entidades Locales, ciudadanos y empresas - Estudio de compatibilidad de las diversas herramientas relacionadas con la Administración electrónica y su puesta en

marcha. - Integración del software de backoffice con la plataforma de tramitación electrónica.

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23. TECNICO/A AUXILIAR ADTVO. NEGOCIADO DE DEPORTES Experiencia en: - Tramitación y seguimiento de expedientes de: - Subvenciones: por convocatoria y directas. - Gestión de programas de actuaciones. - Liquidaciones de derechos. - Uso de instalaciones deportivas. - Control y seguimiento de los estados de ejecución de los gastos aprobados.

24. JEFE/A GRUPO DE ANIMACIÓN DEPORTIVA

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Asesoramiento técnico-deportivo. - Coordinación de las actividades de los técnicos de su Negociado. - Coordinación los distintos programas del Negociado que le fueran asignados. - Gestión de presupuestos específicos de programas provinciales asignados.

25. COORDINADOR/A DE ZONAS

Experiencia en: - Dirección y coordinación de grupos de trabajo. - Coordinación de personal adscrito al Negociado de Cooperación Deportiva Intermunicipal. - Redacción de informes técnicos sobre temas relacionados con el ámbito de actuación del Negociado de Cooperación

Deportiva Intermunicipal. - Redacción de proyectos y memorias sobre temas relacionados con el ámbito de actuación del Negociado de

Cooperación Deportiva Intermunicipal. - Gestión de presupuestos específicos de programas provinciales asignados. - Supervisión de los proyectos y actividades relacionadas con el ámbito de actuación del Negociado de Cooperación

Deportiva Intermunicipal.

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A N U N C I O

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Almería, en sesión ordinaria celebrada el 5 de diciembre de 2014, adoptó entre

otros, el siguiente acuerdo: Acuerdo número 10 de Aceptación de la Encomienda de Gestión efectuada por el Ayuntamiento de Taberno, mediante acuerdo

de Pleno número 4, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 14 de octubre de 2014, a favor de esta Diputación, para la tramitación de las solicitudes de emisión, suspensión, cancelación de la suspensión y revocación de certificados electrónicos de Administración Pública que le corresponden al Ayuntamiento de Taberno, como entidad adherida al Convenio Junta de Andalucía-FNMT-RCM, conforme al modelo publicado en el BOP de Almería, núm. 119, de fecha 25 de junio de 2013.

Lo que se hace público para general conocimiento. Almería, a 4 de febrero de 2015. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR, José

Fernández Amador.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL831/15

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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A N U N C I O

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Almería, en sesión ordinaria celebrada el 5 de diciembre de 2014, adoptó entre

otros, el siguiente acuerdo: Acuerdo número 11 de Aceptación de la Encomienda de Gestión efectuada por el Ayuntamiento de La Mojonera, mediante

acuerdo de Pleno número 4, adoptado en sesión extraordinaria celebrada el 31 de octubre de 2014, a favor de esta Diputación, para la tramitación de las solicitudes de emisión, suspensión, cancelación de la suspensión y revocación de certificados electrónicos de Administración Pública que le corresponden al Ayuntamiento de La Mojonera, como entidad adherida al Convenio Junta de Andalucía-FNMT-RCM, conforme al modelo publicado en el BOP de Almería, núm. 119, de fecha 25 de junio de 2013.

Lo que se hace público para general conocimiento. Almería, a 4 de febrero de 2015. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR, José

Fernández Amador.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 34_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL835/15

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

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A N U N C I O

En cumplimiento con lo establecido en art. 154.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, RDLeg 3/2011

de 14 de noviembre, se procede a la publicación de la formalización de los siguientes contratos cuya cuantía es igual o superior a 100.000 euros:

Referencia Obra Contrato Importe Adjudicación Contratista Procedimiento

1RVP2014 GLORIETA EN LA INTERSECCIÓN DE LA N-340A CON LA C.P. AL-3101 EN

DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

13/01/2015 361.990,00 16/12/2014 CONSTRUCCIONES NILA SA ABIERTO

115PIM2013 INFRAESTRUCTURAS URBANAS EN MACAEL

AYUNTAMIENTO DE MACAEL

13/01/2015 134.696,24 23/12/2014 ALBAIDA INFRAESTRUCTURAS SA NEGOCIADO

116PIM2014 OTRAS DEPENDENCIAS EN HUERCAL DE ALMERIA

AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA

27/01/2015 210.688,97 16/12/2014 VIALTERRA INGENIERIA Y CONSTRUCCION ABIERTO

12PIM2014-2 ADECUACIÓN Y MEJORA DE CALLES EN BARRIO DE LOS ANGELES. ALM

AYUNTAMIENTO DE ALMERIA

20/01/2015 599.000,00 28/10/2014 SALCOA S.A. ABIERTO

2PIM2014 URBANIZACIONES EN ADRA

AYUNTAMIENTO DE ADRA

27/01/2015 106.288,00 28/10/2014 CONSTRUMAR CONSTRUCCIONES Y CONTR NEGOCIADO

6PIM2013 URBANIZACIONES EN CUEVAS DEL ALMANZORA

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL ALMANZORA

20/01/2015 252.890,00 16/12/2014 GRUPOCOPSA SLU ABIERTO

Lo que se hace público para general conocimiento. Almería, a 2 de febrero de 2015. EL DELEGADO DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL810/15

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAAREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

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A N U N C I O

Por la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2015, ha quedado

aprobado, provisionalmente, el proyecto modificado de la obra “Urbanizaciones en Níjar”, referencia 73PPIB-2012-2. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 93 del R.D. 781/86, se somete a información pública, dicho documento, por un

plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

El proyecto modificado se considerará aprobado definitivamente, si dentro del citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones sobre el contenido del mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento. En Almería, a 3 de febrero de 2015. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAAREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

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A N U N C I O

Por Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2015, ha/n quedado

aprobado/s, provisionalmente, el/los proyecto/s que constituye/n la definición del objeto del contrato.

REF. DENOMINACIÓN ENTIDAD IMPORTE

65PIM2014-2 ALUMBRADO PUBLICO EN NACIMIENTO NACIMIENTO 79.000,00

6PCM2014BI PAVIMENTACIONES EN DALIAS DALIAS 75.700,00

26PIM2015 PAVIMENTACIONES EN GARRUCHA GARRUCHA 200.000,00

En cumplimiento con lo establecido en el art. 93 del RD.Leg. 781/1986, de 18 de abril, se somete a información pública dicho

documento, por un plazo de VEINTE (20) días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

El/los proyecto/s se considerará/n aprobado/s definitivamente si dentro del citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones al contenido del mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento. Almería, a 4 de febrero de 2015. EL DELEGADO DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAAREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

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A N U N C I O

APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE LA OBRA NÚMERO 115 INCLUIDA EN EL PROGRAMA INVERSIONES MUNICIPALES

DE DIPUTACIÓN 2014, DENOMINADA “CENTRO DE SALUD EN MACAEL". Por Acuerdo número 19 de la Junta de Gobierno de esta Diputación ( actuando por competencias delegadas del Pleno),

adoptado en sesión ordinaria de fecha 29 de julio de 2014, se aprueba, inicialmente, respecto a la obra número 115 incluida en el Programa de Inversiones Municipales de la Diputación Provincial 2014, el cambio de la actuación denominada “Centro de Salud en Macael”, por la actuación denominada “Mejora Espacios Públicos en Macael”, sin modificación de presupuesto ni financiación y manteniendo la misma numeración.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 32.3 del Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/ 1986, de 18 de abril, en relación con el apartado quinto de dicho artículo, se procede a exponer al público la aprobación inicial del cambio de obra de referencia, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, para que durante un periodo de diez días hábiles a computar desde el día siguiente al de su publicación, se puedan formular alegaciones y reclamaciones.

Podrá consultarse el expediente de referencia en las dependencias del Servicio Jurídico y Administrativo de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente (C/ Hermanos Machado, 27. 2ª planta).

En Almería, a 9 de enero de 2015. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 38_______________________________________________________________________________

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAAREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

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A N U N C I O

APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE LA OBRA NÚMERO 37 INCLUIDA EN EL PROGRAMA INVERSIONES MUNICIPALES

DE DIPUTACIÓN, ANUALIDADES 2014- 2015, DENOMINADA "PISCINA EN ENIX" Por Acuerdo número 7 adoptado por la Junta de Gobierno de esta Diputación ( actuando por competencias delegadas del

Pleno), en sesión ordinaria de fecha 7 de febrero de 2015, se aprueba, inicialmente, el cambio de la obra número 37, correspondiente al Programa de Inversiones Municipales correspondiente a las anualidades 2014-2015. denominada “ Piscina en Enix” por otra denominada “Remodelación Plaza de la Constitución en Enix”, asignándole el mismo número de obra y sin variación del presupuesto ni su financiación.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 32.3 del Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/ 1986, de 18 de abril, en relación con el apartado quinto de dicho artículo, se procede a exponer al público la aprobación inicial del cambio de obra de referencia, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, para que durante un periodo de diez días hábiles a computar desde el día siguiente al de su publicación, se puedan formular alegaciones y reclamaciones.

Podrá consultarse el expediente de referencia en las dependencias del Servicio Jurídico y Administrativo de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente (C/ Hermanos Machado, 27. 2ª planta).

En Almería, a 5 de febrero de 2015. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 39_______________________________________________________________________________

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAAREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

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A N U N C I O

La Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Almería aprobó, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2014,

el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de captación de turistas en origen mediante la promoción de nuestro destino “Costa de Almería” en el mercado alemán (Exp. 2015/01/01), integrado, entre otros documentos por el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas particulares; asimismo, fue declarado abierto el procedimiento de licitación.

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAPTACIÓN DE TURISTAS EN ORIGEN MEDIANTE LA PROMOCIÓN DE NUESTRO DESTINO “COSTA DE ALMERÍA” EN EL MERCADO ALEMÁN:

1.- Entidad adjudicadora: Diputación Provincial de Almería. Dependencia que tramita el expediente: Servicio Provincial de Turismo Referencia Expediente: 2015/01/01. 2.- Objeto del contrato. Descripción del objeto: Captación de turistas en origen mediante la promoción de nuestro destino turístico "Costa de Almería"

en el mercado alemán, de forma que un mínimo de 3.500 pasajeros viajen, en vuelo chárter directo, desde Alemania a nuestra provincia, y pernocten en la misma, al menos, cinco noches en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2015, de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas.

Para la captación de viajeros referida, habrán de desarrollarse dos campañas de promoción distintas. Por un lado, se realizará una campaña de mailing masivo offline, enviando información sobre nuestro destino a un mínimo de 10.000 clientes. Por otro lado, se llevará acabo una campaña de difusión on-line mediante el envío de la información sobre nuestro destino, por e-mail, a un número mínimo de 1.000 clientes. Además, deberá efectuarse una acción presencial “puerta a puerta” en la ciudad alemana de Düsseldorf, visitando las agencias de viaje de la ciudad y de su área de influencia, de forma que, al menos, 240 agencias de viaje conozcan de primera mano los recursos turísticos de nuestra provincia.

División por lotes: No. Lugar de prestación del servicio: En la Provincia de Almería y en Alemania. Plazo de ejecución: Durante los meses de mayo a octubre de 2015. 3.- Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto c) Criterios de adjudicación: Los señalados en el anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares. 4.- Presupuesto base de licitación: - Base (IVA excluido): ochenta y dos mil (82.000) euros. - IVA (21%): diecisiete mil doscientos veinte (17.220) euros. - Precio total: noventa y nueve mil doscientos veinte (99.220) euros. 5.- Garantías: a) Provisional: No se exige. b) Definitiva: Por valor del 5% del presupuesto de adjudicación (IVA excluido), constituida en la forma indicada en el pliego. 6.- Obtención de documentación e información: Información relativa a la documentación administrativa: Servicio Provincial de Turismo. Navarro Rodrigo, 17. 2ª Planta . C.P.

04071 Almería. Tfn 950.211.841/2; e-mail: [email protected] Perfil del contratante: www.dipalme.org (margen izquierdo). 7.- Requisitos específicos del contratista: Los expresados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anexo II del pliego. 8.- Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: Documentación a presentar: especificada en la cláusula séptima del pliego de cláusulas administrativas particulares y en los

anexos II, III, y IV del pliego. Lugar de presentación: Las proposiciones se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de

Almería, sito en la calle Navarro Rodrigo, 17 (04071 Almería), de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, bien personalmente o mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado.

Plazo de presentación de ofertas: Quince (15) días naturales desde la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la provincia de Almería, debiendo presentarse los dos sobres sellados y cerrados descritos en la cláusula 7ª del pliego.

Admisión de variantes: No. 9.- Apertura de las ofertas: según lo indicado en la cláusula octava del pliego de cláusulas administrativas particulares. 10.- Gastos de Anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario, siendo el importe máximo 200,00 € (B.O.P.). Almería, a 4 de febrero de 2015. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO, Javier Aureliano García Molina.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 40_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL836/15

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAAREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO

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A N U N C I O

Juan Francisco Romero García, Jefe del Departamento de Clientes de HIDRALIA, S.A., concesionaria del Servicio de Agua y

Saneamiento de Adra, hace saber, que se exponen al Público los Padrones de los recibos de la zona: A02 (dicha zona comprende la zona Oeste del núcleo urbano de Adra: C/ Fábricas, Cuesta Correos, Canarias, Cuesta del Faro, Mar Caribe, Avda. Poniente, Fuente del Ahijado, el Toril, Ctra. Lance de la Virgen, Guainos Bajos, La Alcazaba, Guainos Altos, Natalio Rivas, etc..) por los conceptos y períodos siguientes:

TASA por Suministro de AGUA. TASA por ALCANTARILLADO. TASA por DEPURACIÓN AGUAS RESIDUALES. • Periodo correspondiente al 1° PERIODO DE 2015. La exposición al público será por el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente de la publicación de este

anuncio. Durante este periodo, los interesados podrán examinarlos en las oficinas del Servicio, situadas en la C/ Mercado, 18, y si lo estiman, formular las reclamaciones oportunas.

El período de cobro en voluntaria será de DOS meses, a partir de la fecha de publicación de la exposición pública de los padrones.

Las deudas no satisfechas en dicho periodo, se exigirán conforme a la legislación vigente. En Adra, a 4 de febrero de 2015. EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CLIENTES DE HIDRALIA, S.A., Juan Francisco Romero García.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 41_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL822/15

AYUNTAMIENTO DE ADRAHIDRALIA, S.A.

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EDICTO DE NOTIFICACIONES Francisco Pérez Conchillo, Alcalde En Funciones del llmo. Ayuntamiento de de Albox, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de la Jefatura de la Policía Local de Albox, a disposición de los interesados ante el cual les asiste el derecho de personarse y alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Requerimiento al Titular: se ha formulado contra el conductor del vehículo del que usted aparece como titular denuncia por infracción de la normativa de tráfico y seguridad vial que figura en la presente notificación, por la que se le hace saber que dispone de un plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente, para que comunique por escrito a este Ayuntamiento el nombre, N.I.F. y domicilio del citado conductor, Advirtiéndole que si incumpliere esta obligación será sancionado pecuniariamente como autor de falta muy grave con una multa cuyo importe será el doble del original para leves, y el triple del original para graves y muy graves. Las empresas de alquiler sin conductor acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de identificar al conductor responsable de la infracción, mediante la remisión de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato. En el caso de ser el conductor del vehículo, igualmente tiene obligación de comunicar por escrito esta circunstancia (salvo que efectúe el pago de la misma), en cuyo caso se le notifica la denuncia por el presente escrito y en los términos siguientes:

Iniciación: mediante denuncia formulada por el agente de la autoridad (Art. 3 RD 320/1994). Autoridad Sancionadora: el/la Sr./Sra. Alcalde/sa del Ayuntamiento de Albox. (Art. 71.4 LSV). Instructor:. Alegaciones: podrán formularse en el plazo de quince días hábiles, con aportación o proposición de las pruebas que estime

oportunas. (Art. 80 Y 81 RDL. 339/1990). Si no presenta alegaciones dentro del plazo indicado, el contenido de la presente notificación tendrá carácter de propuesta de resolución (Art. 13.2 RD. 1.398/1993, de 4 de agosto).

Reducción de la Multa: si abona la multa en el plazo de veinte días naturales desde el recibí de la presente (transcurridos quince días desde su publicación), tiene una reducción del 50% sobre el importe de la misma. El abono de la multa implicará la renuncia a presentar alegaciones y la terminación del procedimiento y que no conste la sanción como antecedente en su historial como conductor, siempre que no se trate de infracciones graves que lleven aparejadas pérdida de puntos (Art 80 LSV). Además quedará abierta la vía contencioso administrativa en el plazo de dos meses. Este pago con reducción implica: la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, y la detracción de puntos al día siguiente (Art. 80 LSV). En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme (Art. 88 LSV)

TERMINACION DEL EXPEDIENTE: a los 30 días de la recepción de esta notificación: si no paga la sanción y no formula alegaciones, está resolución surte efectos de acto resolutorio del procedimiento. Esto implicará que no se dictará resolución sancionadora, la terminación del procedimiento y la firmeza de la sanción en el plazo de 30 días naturales, contados desde el siguiente a la recepción de esta notificación (art. 81.5 LSV), a partir de ese momento dispondrá de 20 días naturales para abonar la multa, ya sin reducción, y de no hacerlo, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

El pago de la denuncia se podrá realizar de la siguiente forma: Transferencia o ingreso a nombre del Ayuntamiento de Albox, n° de cuenta 3058 0002 32 2732000011, o en cualquier sucursal

CAJAMAR, indicando n° de Boletín, fecha de la misma, matricula, DNI o NIF y nombre del denunciado. Caducidad del Procedimiento: al año desde su iniciación sin que hubiere recaído resolución sancionadora expresa, salvo que

concurran causas de suspensión (Art. 92.3 LSV). Abreviaturas normativa: LSV (Ley Seguridad Vial), CIR (Reglamento General de Circulación), OMC (Ordenanza Municipal de

Circulación), ORA (Ordenanza Municipal Reguladora Estacionamiento)

Expediente Fecha Matrícula DNI/NIE/CIF Nombre Localidad Norma Precepto

245/2014 01-10-2014 0260GHL X4241072X ADIL MOUTAOUAKKIL LAS TORRES COTILLAS OMC 068 1 --

En Albox, a 17 de enero de 2015. EL ALCALDE EN FUNCIONES, Francisco Pérez Conchillo.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 42_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL378/15

AYUNTAMIENTO DE ALBOX

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EDICTO DE NOTIFICACIONES Francisco Pérez Conchillo, Alcalde en Funciones del Ilmo. Ayuntamiento de Albox, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de la Jefatura de la Policía Local de Albox, a disposición de los interesados ante el cual les asiste el derecho de personarse y alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Iniciación: mediante denuncia formulada por el agente de la autoridad (Art. 3 RD 320/1994). Autoridad Sancionadora: el/la Sr./Sra. Alcalde/sa del Ayuntamiento de Albox. (Art. 71.4 RDL 339/1990). Instructor: . Instrucción: Si paga la presente denuncia en el plazo de 20 días naturales al recibir la presente notificación (se considera

notificada transcurridos 15 días desde su publicación), el importe de la misma se reducirá en un 50%. Este pago con reducción implica: la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, y la detracción de puntos al día siguiente (Art. 80 LSV). En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme (Art. 88 LSV). Al finalizar el procedimiento con el pago reducido, queda abierta la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde que éste se produce ante el órgano judicial competente.

En el caso de no haber sido usted el conductor responsable de la infracción deberá identificar verazmente al conductor responsable de la infracción en el plazo de 15 días hábiles, advirtiéndole que tiene el deber de identificarlo y si incumpliera esta obligación, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de una infracción muy grave con una multa cuyo importe será el doble de la original para leves, y el triple de la original para graves y muy graves (Art. 65.5.J y Art. 67.2.A LSV).

En caso de disconformidad con la denuncia, puede presentar alegaciones o proposición de prueba en el Registro General de este Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales, citando siempre el número de expediente (Art. 81.1 LSV). Si no formula alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se pondrá a la ejecución de la sanción a los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos arriba expuestos. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la denuncia, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio de la Excma. Diputación Provincial de Almería (Art. 90 LSV). El pago de la denuncia se podrá realizar de la siguiente forma:

Transferencia o ingreso a nombre del Ayuntamiento de Albox, n° de cuenta 3058 0002 32 2732000011, o en cualquier sucursal CAJAMAR, indicando n° de Boletín, fecha de la misma, matricula, DNI o NIF y nombre del denunciado.

Caducidad del Procedimiento: al año desde su iniciación sin que hubiere recaído resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (Art. 92.3 LSV).

Normativa, abreviaturas: LSV (Ley Seguridad Vial) CIR (Reglamento General de Circulación), OMC (Ordenanza Municipal de Circulación), ORA (Ordenanza Municipal Reguladora Estacionamiento)

Expediente Fecha Matrícula DNI/NIE/CIF Nombre Localidad Artículo

417/2014 16-12-2014 6873GVB X7922434S EUSEBIO TORRES ALBOX (ALMERIA) OMC 068.5.-

427/2014 06-12-2014 5589FTL Y0738590M ELVIRA APAZA HUANCA ALBOX (ALMERIA) OMC 068.1.-

423/2014 18-12-2014 6453DXC 75262287P CARLOS VICENTE OLLER MERLOS ALBOX (ALMERIA) OMC 068.17.A

424/2014 18-12-2014 8985CND X6548455X ANTHONY REGINALD BIGNELL ALBOX (ALMERIA) OMC 066.13.A

433/2014 17-12-2014 0283CYH 77700320H FARID ZARRABI MAZOUZI ALMERIA (ALMERIA) OMC 068.13.A

413/2014 16-12-2014 4888CWD 15427307B MARCOS ANTONIO IBAÑEZ GARCIA MOJACAR (ALMERIA) OMC 068.5.-

305/2014 29-10-2014 9115HXD 03468454P ALVARO TRAPERO RODRIGUEZ COLMENAR VIEJO (MADRID) OMC 068.1.-

En Albox, a 16 de enero de 2015. EL ALCALDE EN FUNCIONES, Francisco Pérez Conchillo.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 43_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL379/15

AYUNTAMIENTO DE ALBOX

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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D. Cristóbal Rodríguez López, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alhama de Almería, Almería HACE SABER: Que el Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Almería, en sesión ordinaria celebrada en fecha 15 de enero de

2015 ha acordado la adhesión de este Ayuntamiento al Convenio Marco de Colaboración en materia de registro de documentos entre Entidades adheridas a la Red Provincial de Almería (060 extendido), cuyo texto íntegro ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 105 de fecha 3 de junio de 2010 y la modificación del mismo ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n° 139 de fecha 19 de julio de 2012.

Este convenio tiene por objeto permitir la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Entidades Locales de la Provincia de Almería adheridas al mismo, en los Registros Generales de cualquiera de tales Entidades Locales.

Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con la cláusula sexta del Convenio. En Alhama de Almería de Almería, a 16 de enero de 2015. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Cristóbal Rodríguez López.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 44_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL435/15

AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ALMERIA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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EXPTE 945/2014-INT Don Luis Rogelio Rodríguez-Comendador Pérez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia número 248 de fecha 30 de de diciembre de 2014 se ha publicado

edicto mediante el que se somete a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días el expediente 945/2014-INT relativo a la aprobación inicial mediante acuerdo de Pleno de fecha 19 de noviembre de 2014, de la modificación del artículo 2 de la vigente Ordenanza Reguladora de Vías de Estacionamiento Limitado, cuya publicación tuvo lugar en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, número 55, de fecha 21 de marzo de 2013, y cuyo Proyecto ha sido aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la ciudad de Almería de fecha 7 de noviembre de 2014.

Mediante acuerdo plenario de fecha 22 de diciembre de 2014 se ha rectificado el acuerdo plenario de 19 de noviembre de 2014, al haberse omitido la inclusión de la modificación del Anexo I de la Ordenanza Reguladora de Vías de Estacionamiento Limitado, conforme al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de la ciudad de Almería de fecha 8 de agosto de 2014, relativo a la aprobación de la modificación puntual del número de plazas de estacionamiento regulado disponibles en la Avenida de la Estación, como consecuencia de la autorización de una parada de taxis con capacidad para diez plazas, y del traslado de las plazas de estacionamiento regulado que dicha parada de taxis suprime en la Avenida de la Estación a la nueva ubicación de Plaza Concordia, afectando a la redacción del Anexo I de la Ordenanza, y cuya modificación se ha aprobado inicialmente mediante el citado acuerdo plenario de 22 de diciembre de 2014.

Por ello procede ampliar el trámite de audiencia ya anunciado mediante el edicto publicado en el BOP de fecha 30 de diciembre de 2014 y de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local someter el expediente administrativo a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, publicándose a tal efecto el presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Almería, haciéndose constar que, en el caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo de aprobación hasta entonces provisional.

El expediente estará de manifiesto y expuesto al público en las dependencias del Servicio de Seguridad y Movilidad de la Delegación de Área de Seguridad y Movilidad del Área de Gobierno de Presidencia del Ayuntamiento de Almería situada en la 3a planta del edificio de la Jefatura de la Policía Local, Avda. del Mediterráneo, n° 255.

EL ALCALDE-PRESIDENTE Luis Rogelio Rodríguez-Comendador Pérez

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 45_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL436/15

AYUNTAMIENTO DE ALMERÍAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA

DELEGACIÓN DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD

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E D I C T O D. Antonio Torres López, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Berja (Almería). HACE SABER: Que en esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, y 169.1 de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, el expediente de Presupuesto General para el ejercicio 2.015, compuesto por el de la propia Entidad Local, el del Patronato Municipal de Deportes y el del Centro Virgitano de Estudios Históricos, aprobado inicialmente en Sesión Ordinaria del Pleno celebrada el día 2 de Febrero de 2.015.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 de la citada Ley de Haciendas Locales y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) Oficina de presentación: Registro General. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. En Berja a 5 de febrero de 2015. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Torres López.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 46_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL841/15

AYUNTAMIENTO DE BERJA

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A N U N C I O Aprobada inicialmente, por el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2.015, la

modificación del REGLAMENTO DE AYUDAS AL PAGO DEL IBI, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1958, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete a información pública y audiencia a los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de su publicación, para que cualquier persona física o jurídica pueda presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno

Carboneras a 05 de febrero de 2015. EL ALCALDE, Salvador Hernández Hernández.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 47_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL843/15

AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS

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E D I C T O Don Francisco Góngora Cara, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de el Ejido (Almería). HAGO SABER: En la fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 22 de enero, adoptó

entre otros el siguiente acuerdo: “A la vista del expediente instruido por la Empresa Mixta de Servicios Municipales y el informe emitido al respecto por el jefe de

los Servicios Fiscales, procede: Primero: La aprobación del los padrones cuyo resumen es el que sigue: - PADRÓN DE LAS TASAS POR EL SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO CORRESPONDIENTE A LA CUOTA POR

CONSUMO Y CUOTA FIJA DEL PERIODO COMPRENDIDO EN EL 4º TRIMESTRE DE 2014. TOTAL BASE ......................1.442.206,17 Euros

I.V.A........................................144.220,62 Euros

TOTAL PADRÓN ............... 1.586.426,79 Euros

- PADRÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR SUMINISTROS DE AGUA PARA USOS ESPECIALES DE LA RED DE RIEGO DE LAS URBANIZACIONES DE LA ENSENADA DE SAN MIGUEL CORRESPONDIENTE AL PERIODO COMPRENDIDO EN EL 4º TRIMESTRE DE 2014.

TOTAL BASE ........................... 26.293,48 Euros

I.V.A........................................... 2.629,35 Euros

TOTAL PADRÓN .................... 28.922,83 Euros

- CANON AUTONÓMICO DE MEJORA TOTAL BASE ........................195.227,16 Euros

I.V.A.........................................19.522,72 Euros

TOTAL PADRÓN .................. 214.749,88 Euros

Segundo: El ingreso se podrá efectuar en la oficina de Recaudación o a través de Cajamar con la correspondiente factura. El plazo de pago en voluntaria será del 15 de enero al 16 de marzo de 2015, procediéndose posteriormente a la notificación del expediente de apremio de los efectos no cobrados para su exacción con el correspondiente recargo, interés de demora y, en su caso, las costas del procedimiento.

El pago se efectuará en efectivo en los lugares que se indican a continuación o a través de Entidad Bancaria si se dispone del correspondiente aviso de cobro. El horario y los días de cobro especial en los núcleos es el siguiente.

DÍAS Y HORARIO DE COBRO

• OFICINA CENTRAL DE RECAUDACIÓN EN EL EJIDO Calle Almirante: Todos los días laborables, de 9 a 14 horas. • OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas:

STA. MARÍA DEL ÁGUILA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

LAS NORIAS LUNES MIÉRCOLES VIERNES

SAN AGUSTÍN MARTES JUEVES

ALMERIMAR MARTES JUEVES

BALERMA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

GUARDIAS VIEJAS MARTES JUEVES

• Horario especial en periodo de cobro:

STA. MARÍA LAS NORIAS SAN AGUSTÍN ALMERIMAR BALERMA G VIEJAS

HORARIO 9 a 13,30 11,30 a 13,30 9 a 11 9 a 13,30 11,30 a 13,30 9 a 11

1º PERIODO 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3

• Días de cobro en la Oficina de Pampanico. De 10 a 13 horas:

1º PERIODO 19 y 20 FEBR

El padrón deberá publicarse en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia durante

treinta días durante los que los interesados podrán formular las alegaciones que estimen en su derecho, todo ello según lo establecido en el artº 23 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.”

En El Ejido, a 30 de enero de 2015.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Góngora Cara.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 48_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL815/15

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O

Don Francisco Góngora Cara, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de el Ejido (Almería). HAGO SABER: En la fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 22 de enero, adoptó

entre otros el siguiente acuerdo: “A la vista del expediente instruido por la Empresa Mixta de Servicios Municipales y el informe emitido al respecto por el jefe de

los Servicios Fiscales, procede: Primero: La aprobación del los padrones cuyo resumen es el que sigue: - PADRÓN DE LAS TASAS POR EL SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO CORRESPONDIENTE A LA CUOTA POR

CONSUMO Y CUOTA FIJA DE GRANDES USUARIOS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2014. TOTAL BASE ........................... 41.417,70 Euros

I.V.A............................................ .4141,76 Euros

TOTAL PADRÓN .................... 45.559,46 Euros

- PADRÓN DE GRANDES USUARIOS DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR SUMINISTROS DE AGUA PARA USOS ESPECIALES DE LA RED DE RIEGO DE LAS URBANIZACIONES DE LA ENSENADA DE SAN MIGUEL CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2014.

TOTAL BASE ............................. 4.345,35 Euros

I.V.A............................................... 434,54 Euros

TOTAL PADRÓN ...................... 4.779,89 Euros

- CANON AUTONÓMICO DE MEJORA TOTAL BASE ............................. 6.816,44 Euros

I.V.A............................................... 681,64 Euros

TOTAL PADRÓN ...................... 7.498,08 Euros

Segundo: El ingreso se podrá efectuar en la oficina de Recaudación o a través de Cajamar con la correspondiente factura. El plazo de pago en voluntaria será del 15 de enero al 16 de marzo de 2015, procediéndose posteriormente a la notificación del expediente de apremio de los efectos no cobrados para su exacción con el correspondiente recargo, interés de demora y, en su caso, las costas del procedimiento.

El pago se efectuará en efectivo en los lugares que se indican a continuación o a través de Entidad Bancaria si se dispone del correspondiente aviso de cobro.

El horario y los días de cobro especial en los núcleos es el siguiente

DÍAS Y HORARIO DE COBRO

• OFICINA CENTRAL DE RECAUDACIÓN EN EL EJIDO, Calle Almirante: Todos los días laborables, de 9 a 14 horas. • OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas:

STA. MARÍA DEL ÁGUILA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

LAS NORIAS LUNES MIÉRCOLES VIERNES

SAN AGUSTÍN MARTES JUEVES

ALMERIMAR MARTES JUEVES

BALERMA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

GUARDIAS VIEJAS MARTES JUEVES

• Horario especial en periodo de cobro:

STA. MARÍA LAS NORIAS SAN AGUSTÍN ALMERIMAR BALERMA G VIEJAS

HORARIO 9 a 13,30 11,30 a 13,30 9 a 11 9 a 13,30 11,30 a 13,30 9 a 11

1º PERIODO 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3 6/3 al 16/3

• Días de cobro en la Oficina de Pampanico. De 10 a 13 horas:

1º PERIODO 19 y 20 FEBR

El padrón deberá publicarse en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia durante

treinta días durante los que los interesados podrán formular las alegaciones que estimen en su derecho, todo ello según lo establecido en el artº 23 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.”

En El Ejido, a 2 de febrero de 2015.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Góngora Cara.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 49_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL816/15

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don Francisco Góngora Cara, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de el Ejido (Almería). HAGO SABER: En la fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado 29 de enero, ha adoptado

entre otros el siguiente acuerdo: “Visto el expediente instruido por la Unidad de Servicios Fiscales y el informe emitido al respecto por el Jefe de la citada Unidad

para la confección de padrón tributario, procede:: Primero.- La aprobación del Padrón del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio de 2015. Recibos calculados....................................................................... 56.811

IMPORTE TOTAL PADRÓN................................... 5.478.252,53 euros

Los plazos de pago serán del 6 de febrero al 8 de abril de 2.015 procediéndose posteriormente al cobro de los recibos pendientes por vía de apremio con los recargos, intereses y costas de procedimiento que procedan.

El pago se efectuará en efectivo en los lugares que se indican a continuación o a través de Entidad Bancaria si se dispone del correspondiente aviso de cobro.

El horario y los días de cobro especial en los núcleos es el siguiente

DÍAS Y HORARIO DE COBRO

• OFICINA CENTRAL DE RECAUDACIÓN EN EL EJIDO, Calle Almirante: Todos los días laborables, de 9 a 14 horas. • OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas:

STA. MARÍA DEL ÁGUILA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

LAS NORIAS LUNES MIÉRCOLES VIERNES

SAN AGUSTÍN MARTES JUEVES

ALMERIMAR MARTES JUEVES

BALERMA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

GUARDIAS VIEJAS MARTES JUEVES

• Horario especial en periodo de cobro:

STA. MARÍA LAS NORIAS SAN AGUSTÍN ALMERIMAR BALERMA G VIEJAS

HORARIO 9 a 13,30 11,30 a 13,30 9 a 11 9 a 13,30 11,30 a 13,30 9 a 11

1º PERIODO 30/03 al 08/04 30/03 al 08/04 30/03 al 08/04 30/03 al 08/04 30/03 al 08/04 30/03 al 08/04

• Días de cobro en la Oficina de Pampanico. De 10 a 13 horas:

1º PERIODO 19 y 20 FEBR

El padrón deberá publicarse en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia durante

treinta días durante los que los interesados podrán formular las alegaciones que estimen en su derecho, todo ello según lo establecido en el artº 23 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.”

En El Ejido, a 2 de febrero de 2015. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Góngora Cara.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 50_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL817/15

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 51: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

S U M A R I O

RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN

PÚBLICA POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y

SEGURIDAD PRIVADA MEDIANTE VIGILANTE SIN ARMAS EN LA CASA CONSISTORIAL DE EL EJIDO.

T E X T O

1.- Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de El Ejido (Almería), Calle Cervantes, nº 132, C.P. 04700, Telef. 950.54.10.02, Fax.

950.48.66.21. b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contratación y P.M. (Área de Hacienda y Contratación). c) Número de Expediente: 344/2014. 2.- Aprobación contratación: Por acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de el Ejido de fecha 22/01/2015 y 29/01/2015 ha sido aprobada,

en sesión ordinaria, el expediente de contratación de los servicios de vigilancia y seguridad privada mediante vigilante sin armas en la Casa Consistorial de El Ejido, aprobándose así mismo la apertura del procedimiento de adjudicación y el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas, el cual se expone al público por plazo de ocho días contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería para que pueda presentarse reclamaciones.

Simultáneamente se anuncia la licitación pública, si bien la licitación se aplazará, cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el pliego de cláusulas particulares.

3.- Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Servicios de vigilancia y seguridad privada mediante vigilante sin armas en la Casa Consistorial de El

Ejido, que se concretan en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. b) División por lotes y número: No c) Lugar de ejecución: El Ejido. d) Plazo de ejecución: El plazo de ejecución será de DOS AÑOS, con posibilidad de prórroga por otro año más por mutuo

acuerdo de las partes, y empezará a contar a partir de la firma del contrato. 4.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. 5.- Presupuesto base de la licitación, financiación y criterios de selección para la adjudicación de la asistencia: a) Importe del presupuesto anual: Asciende a la cantidad de setenta y cinco mil euros (75.000,00 €), con el siguiente desglose - Precio (IVA excluido): 61.983,47 €, (SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y

SIETE CÉNTIMOS.) - I.V.A.21%: 13.016,53 €, (TRECE MIL DIECISÉIS EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS). - Total presupuesto de licitación: 75.000,00 €, (SETENTA Y CINCO MIL EUROS). b) Financiación: Estando prevista la posibilidad de prorroga del contrato por otra anualidad, la financiación del mismo en caso de llevarla a

cabo, se hará del siguiente modo: • 62.500,00 euros con cargo al Presupuesto Municipal de 2015. • 75.000,00 euros con cargo al Presupuesto Municipal de 2016. • 75.000,00 euros con cargo al Presupuesto Municipal de 2017. • 12.500,00 euros con cargo al Presupuesto Municipal de 2018. Asimismo, el órgano competente se compromete a consignar y reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los

ejercicios futuros que resulten afectados. b) Selección del contratista: El contrato se adjudicará aplicando el procedimiento abierto y tramitación ordinaria. Criterios de selección: La adjudicación se realizará a la proposición que, cumpliendo las condiciones de los Pliegos de

Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas, sea la más ventajosa para este Ayuntamiento, de acuerdo con los siguientes CRITERIOS DE VALORACIÓN:

a) Proposición económica 80 Puntos

Se ponderará asignando 0 a 80 puntos las ofertas presentadas, según la formula siguiente, las ofertas presentadas:

Puntos = 80 x ( MEJOR PRECIO OFERTADO )

PRECIO DE LA OFERTA ANALIZADA

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ADMINISTRACIÓN LOCAL856/15

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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b) Propuesta de Mejoras 20 Puntos

Compromiso de servicios complementarios sobre los elementos y en las condiciones que se concretan en el pliego de

prescripciones técnicas que redunden en la mejor prestación del servicio objeto contractual sin contraprestación

económica, hasta un máximo de 20 puntos.

El Ayuntamiento considera convenientes las mejoras consistentes en instalación en lugar o centro que indique de

equipos que incremento la seguridad del mismo.

La valoración de este criterio se llevará a cabo asignando un valor económico a las mejoras ofertadas por los licitadores y

aceptadas por el Ayuntamiento y seguidamente, se puntuarán asignando la máxima puntuación a la empresa cuyas

mejoras tienen la máxima valoración económica y el resto proporcionalmente.

6.- Garantías: a) Provisional: No se requiere. b) Definitiva: 5% del importe del contrato (IVA excluido). 7.- Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de El Ejido. b) Domicilio: C/ Cervantes, nº 132. c) Localidad y código postal: EL EJIDO (Almería) - C.P.: 04700. d) Teléfono: 950.50.10.00 – 950.50.10.02. e) Fax: 950.48.66.21. f) Fecha límite de obtención de documentación y de información: Hasta el día anterior al de la finalización del plazo de

presentación de plicas. 8.- Requisitos específicos del contratista: Podrán tomar parte en esta licitación, las personas naturales o jurídicas que acrediten la siguiente solvencia: 1.- Solvencia técnica y profesional. La solvencia técnica y profesional se acreditará mediante la presentación de los documentos exigidos en los apartados siguientes: a) Teniendo en cuenta el objeto del presente contrato, las empresas de seguridad deberán reunir los requisitos determinados

en el art. 7 de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, modificada parcialmente por el Real Decreto Ley 2/1999, de 29 de enero y por el Real Decreto Ley 8/2007, de 14 de septiembre, estar inscritas en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de la Policía, y autorizadas siguiendo el procedimiento regulado en el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, modificado parcialmente por el Real Decreto 1123/2001, de 19 de octubre, por el Real Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre y por el Real Decreto 195/2010, de 26 de febrero, para prestar los servicios de vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones, de conformidad con lo que dispone el art. 5.1. a) de la Ley 23/1992 y art. 1.1.a) de su Reglamento.

b) Clasificación: Se requiere la clasificación siguiente: Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada: Grupo M (Servicios Especializados) Subgrupo 2 (Servicios de seguridad, custodia y protección) Categoría A (Anualidad media igual o inferior a 150.000 €) 2.- Solvencia económica y financiera. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los medios siguientes: - Mediante la aportación de las cuentas anuales relativas a los tres últimos ejercicios o declaraciones del Impuesto de la Renta

de las Personas Físicas. - Mediante declaración relativa a la cifra global de negocios en el curso de los últimos tres ejercicios. - Mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras. 9.- Presentación de las ofertas: a) Plazo: quince días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de

la Provincia de Almería. b) Documentación a presentar: La señalada en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación: En el Registro General del Ayuntamiento de El Ejido (Almería) en C/ Cervantes, nº 132 - EL EJIDO

(Almería), C.P.: 04700, de 9 a 14 h. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: dos (2) meses. 10.- Apertura de las ofertas: a) Lugar: En la Sala de Comisiones del Ayuntamiento de El Ejido (Almería). b) Fecha: Al día hábil siguiente al de cumplirse el plazo de presentación de las proposiciones. Si el día hábil para la apertura de

plicas fuera sábado, se trasladará al día hábil siguiente. c) Hora: A las doce horas. 11.- Gastos de anuncios: Será por cuenta del adjudicatario los gastos de anuncios de licitación y adjudicación que, como máximo, ascenderán a la

cantidad de 100.-€. 12.- Portal informático o paginas web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden

obtenerse los pliegos: a) Página web del Ayuntamiento de El Ejido: www.elejido.es. El Ejido, a 2 de febrero de 2015. EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, José Francisco Rivera Callejón.

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E D I C T O Aprobado definitivamente el Presupuesto General de la Entidad Local para el ejercicio 2015, al haber transcurrido el plazo de

exposición al público tras la aprobación inicial sin que se haya presentado alegación alguna contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone resumido a nivel de capítulos.

RESUMEN PRESUPUESTO POR CAPÍTULOS

CAPÍTULO INGRESOS GASTOS

Capítulo 1 5.440.450,00 4.415.057,00

Capítulo 2 100.000,00 3.602.542,00

Capítulo 3 502.200,00 1.000,00

Capítulo 4 4.266.800,00 423.291,00

Capitulo 5 109.000,00 10.000,00

Capítulo 6 0,00 589.000,00

Capítulo 7 0,00 241.500,00

Capítulo 8 18.000,00 18.000,00

Capítulo 9 0,00 0,00

Total Presupuesto 10.436.450,00 9.300.390,00

Contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Almería.

PLANTILLA DE PERSONAL

A) PERSONAL FUNCIONARIO

Grupo Puesto, Cuerpo / Escala Núm. Situación

A1 Secretario, Habilitación Nacional 1 Propiedad

A1 Interventora. Habilitación Nacional 1 Propiedad

A1 Tesorero 1 Vacante

A1 Técnico de Gestión Económica, Admón. Especial 1 Propiedad

A1 Vicesecretario Interventor 1 Propiedad

A2 Arquitecto Técnico. Admón. Especial 1 Propiedad

A2 Ingeniero Técnico Industrial. Admón. Especial 1 Propiedad

A2 Técnico Gestión de Compras 1 Propiedad

A2 Técnico de Sanciones 1 Propiedad

A2 Técnico de Recursos Humanos y Prev. Riesgos Laborales 1 Propiedad

A2 Subinspector Policía Local. Admón. Especial 1 Propiedad

C1 Administrativo, Admón. Gral. Intervención - Tesorería 1 Propiedad

C1 Administrativo, Admón. Gral. Secretarla 1 Propiedad

C1 Responsable SAC (Adscripción Provisional). Secretarla 1 Propiedad

C1 Técnico Especialista Biblioteca. Admón. Especial 1 Propiedad

C1 Oficial Policía Local, Admón. Especial 2 1 Vacante

C1 Policía Local. Admón. Especial 16 1 vacante

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AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA

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Grupo Puesto, Cuerpo / Escala Núm. Situación

C1 Animador socio cultural y deportivo. Admón. Especial 1 Propiedad

C2 Auxiliar administrativo. Admón. Gral. 7 Propiedad

C2 Auxiliar administrativo SAC(Adscripción Provisional). Secretaría. Admón. Gral. 3 Propiedad

C2 Auxiliar administrativo. Admón. Especial. Nave Municipal 1 Propiedad

C2 Oficial Fontanero. Admón. Especial 2 Propiedad

C2 Oficial Electricista. Admón. Especial 2 Propiedad

C2 Oficial Albañil. Admón. Especial 2 1 Vacante

C2 Oficial Servicios Múltiples. Admo. Especial 1 Propiedad

C2 Oficial Jardinero. Admón. Especial 5 Propiedad

C2 Oficial Servicios especiales - enterrador. Admón. Especial 1 Propiedad

C2 Oficial Pintor. Admón. Especial 1 Propiedad

C2 Oficial Conductor. Admón. Especial 2 1 Vacante

C2 Técnico Archivo y Gestión Documental (Adscripción Provisional) Admón. Especial 1 Propiedad

C2 Encargado de servicios. Admón. Especial 1 Vacante

C2 Locutor-coordinador emisora. Admón. Especial 1 Propiedad

C2 Agente notificador- conserje - conductor. Admón. Especial 1 Propiedad

E Operario limpieza dependencias. Admón. Especial 3 1 Vacante

E Operario servicios múltiples. Admón. Especial. 1 Propiedad

E Peón albañil. Admón. Especial 2 1 Vacante

E Operario Jardinería. Admón. Especial 2 Propiedad

E Conserje. Admón. General 3 Propiedad

B) PERSONAL LABORAL FIJO

Grupo Puesto, Cuerpo / Escala Núm. Situación

C2 Auxiliar de Biblioteca 1 Propiedad

E Locutor Candil Radio 1 Propiedad

E Operario instalaciones deportivas 2 1 Vacante

Huércal de Almería, 02 de febrero de 2015. EL ALCALDE-PRESIDENTE, firma ilegible.

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E D I C T O D. Rafael Salvador Montoya, Alcalde accidental del Ayuntamiento de Níjar (Almería). HACE SABER: Que no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna contra el acuerdo plenario de fecha de 7 de

noviembre de 2014, por el que se aprobaba inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la creación y supresión de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Níjar, dicho acuerdo inicial queda elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y acuerdo plenario de referencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 citada, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, se publica el texto íntegro de la modificación aprobada, conforme al anexo al presente edicto, a efectos de su entrada en vigor.

A N E X O TEXTO MODIFICADO: Se incluye en el Anexo II de la Ordenanza, relativo a CREACIÓN DE FICHEROS, los siguientes

ficheros de datos de carácter personal: Ficheros 26 y 27.

Anexo II CREACIÓN DE FICHEROS:

(…) 26. Fichero denominado “Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales”: 1. Finalidad y usos previstos del fichero: Este fichero tiene como finalidad la gestión de todos los usuarios y ciudadanos que de

alguna forma tienen o han tenido relación con los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 2. Personas o colectivos origen de los datos: Usuarios que acuden a los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 3. Procedencia y procedimiento de recogida: - Procedencia: El propio interesado o su representante legal; otras personas físicas distintas del afectado o su representante;

entidad privada; administraciones públicas. - Procedimiento: Encuestas o entrevistas; formularios. - Soporte: Soporte papel; soporte informático/magnético; vía telemática. 4. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal contenidos en el mismo: Datos especialmente protegidos: salud, relaciones familiares y condiciones de vivienda (con consentimiento del afectado). Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección postal y de correo electrónico, teléfono. Datos de características personales. Datos de circunstancias sociales. Datos académicos y profesionales. Datos de detalle de empleo. Datos de información comercial. Datos económico-financieros. Datos de transacciones. 5. Sistema de tratamiento: Automatizado. 6. Cesiones de datos: Otras administraciones cuando una disposición jurídica lo prevea. 7. Transferencias internacionales: No se prevén. 8. Órgano responsable: Ayuntamiento de Níjar. 9. Servicio ante el cual el afectado puede ejercer sus derechos: Secretaría General. 10. Medidas de seguridad: Nivel alto. 27. Fichero denominado “Unidad Asistencial de Psicología”: 1. Finalidad y usos previstos del fichero: Este fichero tiene como finalidad la gestión de usuarios y ciudadanos que requieran de

un perfil psicológico y que de alguna forma tienen o han tenido relación con los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 2. Personas o colectivos origen de los datos: Usuarios que acuden a los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 3. Procedencia y procedimiento de recogida: - Procedencia: El propio interesado o su representante legal; otras personas físicas distintas del afectado o su representante;

entidad privada; administraciones públicas. - Procedimiento: Examen sanitario psicológico; formularios. - Soporte: Soporte papel; soporte informático/magnético; vía telemática. 4. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal contenidos en el mismo: Datos especialmente protegidos: salud, relaciones familiares y condiciones de vivienda (con consentimiento del afectado). Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección postal y de correo electrónico, teléfono.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL818/15

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

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Datos de características personales. Datos de circunstancias sociales. Datos académicos y profesionales. Datos de detalle de empleo. Datos de información comercial. Datos económico-financieros. Datos de transacciones. 5. Sistema de tratamiento: Automatizado. 6. Cesiones de datos: Otras administraciones cuando una disposición jurídica lo prevea. 7. Transferencias internacionales: No se prevén. 8. Órgano responsable: Ayuntamiento de Níjar. 9. Servicio ante el cual el afectado puede ejercer sus derechos: Secretaría General. 10. Medidas de seguridad: Nivel alto” En la Villa de Níjar, a 4 de febrero de 2015. EL ALCALDE ACCTAL., Rafael Salvador Montoya.

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E D I C T O Don Antonio Jesús Rodríguez Segura, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Níjar (Almería). HACE SABER: Que por Decreto de esta Alcaldía nº 46/2015, del día de la fecha, se han aprobado las bases que han de regir

las pruebas selectivas para la selección de un técnico de Administración Especial, diplomado en alguna de las siguientes especialidades: Ciencias Económicas, Empresariales o Ciencias Actuariales y Financieras para su nombramiento como funcionario interino para la ejecución de un programa de carácter temporal. Mediante el presente anuncio se hace público el texto íntegro de las citadas bases:

““BASES QUE HAN DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE UN TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN

ESPECIAL, DIPLOMADO EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES: CIENCIAS ECONÓMICAS, EMPRESARIALES O CIENCIAS ACTUARIALES Y FINANCIERAS, PARA SU NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO INTERINO PARA LA EJECUCIÓN DE UN PROGRAMA DE CARÁCTER TEMPORAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE”.

1.- Objeto de la Convocatoria. 1.1.- Es objeto de las presentes bases específicas la selección de un Técnico de Administración Especial; Diplomado en alguna

de las siguientes especialidades: Ciencias Económicas, Empresariales o Ciencias Actuariales y Financieras, para su nombramiento como funcionario interino para la ejecución de un programa de carácter temporal, del artículo 10.1,c) de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

1.2.- Características del programa: Denominación: “Puesta en marcha y actualización de inventario contable para la entrada en vigor del nuevo plan de

contabilidad local”. Ejecución: Se llevará a cabo en el Servicio Económico y de Fiscalización de este Ayuntamiento, a partir del día 01 de Marzo de

2015; siendo el Plazo de ejecución previsto de tres años. No obstante, la efectividad del nombramiento del aspirante seleccionado quedará condicionado a la existencia de la correspondiente consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos municipales del ejercicio económico 2015 y siguientes.

1.3.- Perfil del puesto: Técnico de Administración Especial: Técnico Medio, Grupo A, Subgrupo A2, Diplomado en alguna de las siguientes

especialidades: Ciencias Económicas, Empresariales o Ciencias Actuariales y Financieras. Derechos retributivos del puesto objeto del programa: Sueldo Base: Grupo A, Subgrupo A2. Complemento de Destino: 22 Complemento específico mensual: 855,88 euros. 1.4.- El cese de los funcionarios interinos se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63 de la Ley 7/2007,

de 12 de abril, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento. 2.- Legislación aplicable. Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 7/2007, de 12 de Abril de 2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás legislación aplicable.

3.- Condiciones de los aspirantes. 3.1.- Para ser admitido a este concurso-oposición se precisará reunir, antes de que termine el último día de presentación de

solicitudes, los siguientes requisitos: a) Nacionalidad Española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico

del Empleado Público. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del Título de Diplomado en alguna de las siguientes especialidades: Ciencias Económicas, Empresariales

o Ciencias Actuariales y Financieras. (En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse, junto a la instancia de participación en el

procedimiento selectivo, la correspondiente homologación expedida por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte).

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 57_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL819/15

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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d) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el adecuado desarrollo de las funciones correspondientes al puesto objeto de la presente convocatoria.

3.2.- Los requisitos exigidos en las letras a), b) y c), se acreditarán documentalmente junto a la instancia de participación. 4.- Solicitudes. 4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán presentarse, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en

el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento y durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del mismo día de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. El impreso de solicitud que podrá ser utilizado por los interesados, será facilitado gratuitamente en la Secretaría del Ayuntamiento, y estará disponible en las Oficinas del Registro General y en la página Web municipal.

4.2.- Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.3.- Junto a la solicitud se acompañarán los documentos indicados en la base 3.2. Si se presentan fotocopias de los documentos, éstos deberán estar compulsados.

4.4.- En concepto de derechos de examen, los interesados abonarán la cantidad de 36 euros, mediante carta de pago que se facilitará al interesado bien en el momento de la presentación de la solicitud, o bien, a requerimiento de éste, remitírsela a la dirección de correo electrónico facilitado a tal fin, o por giro postal a favor del Ayuntamiento de Níjar, indicando que se trata de tasa por la participación en el proceso selectivo objeto de la convocatoria. En todo caso se deberá unir a la solicitud de participación resguardo del ingreso efectuado, aun cuando sea impuesto por persona distinta.

5.- Admisión de aspirantes. 5.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Corporación, en el plazo máximo de cinco días

hábiles, dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas que motivan la exclusión, concediéndose un plazo de tres días hábiles para la presentación de reclamaciones y/o subsanación de deficiencias, si se hubiesen detectado algunas. La lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.

Finalizado el plazo de subsanación, el Alcalde dictará nueva Resolución, aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. En esta Resolución, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal, se determinará el lugar, la fecha y hora del comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador.

Aquellos aspirantes que no hubiesen subsanado los defectos de su solicitud se considerarán desistidos de la misma, archivándose ésta sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre.

5.2.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 6.- Tribunal calificador. 6.1.- El Tribunal calificador, rigiendo el principio de especialidad de las plazas convocadas, estará integrado, de conformidad

con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por un Presidente y cuatro vocales, de los cuales uno actuará como Secretario, con voz y voto.

Su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, así como paridad. 6.2.- Junto a los titulares, se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos; los miembros del Tribunal

deberán tener igual o superior titulación a la exigida para admisión a las plazas convocadas. 6.3.- El Tribunal puede actuar válidamente cuando concurran el Presidente, el Secretario y dos vocales. Al Tribunal le

corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar, en su caso, los baremos correspondientes.

6.4.- El Tribunal podrá valerse de Asesores Técnicos, con voz y sin voto. 6.5.- El Tribunal que juzgará el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la segunda

categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 462/02, de 24 de Mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.6.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes

podrán promover la recusación cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los Artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 citada.

7.- Calendario de realización de las pruebas en el procedimiento selectivo. 7.1.- Los aspirantes serán convocados mediante anuncio expuesto en el Tablón de Edictos de la Corporación, para la

realización de las pruebas selectivas en llamamiento único, siendo excluido quién no comparezca, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal. Asimismo, concurrirán a las pruebas previstos del D.N.I., cuya acreditación podrá ser exigida por el Tribunal en cualquier momento.

7.2.- La actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se iniciará por orden alfabético del primer apellido, comenzando con la letra “C” (Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 5 de Febrero de 2014, B.O.E. del día 13 de Febrero de 2014).

7.3.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios referentes al proceso selectivo deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

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8.- Proceso selectivo. El proceso selectivo constará de dos fases: concurso y oposición. 8.1.-A) PRIMERA FASE: CONCURSO: Esta fase no tiene carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición. Consta de una única prueba: ENTREVISTA CURRICULAR. La entrevista curricular se realizará una vez finalizada la fase de oposición, al objeto de comprobar el curriculum de los

aspirantes y su adecuación profesional al puesto de trabajo que se requiere para la ejecución del programa de carácter temporal objeto de la presente convocatoria.

Esta prueba consistirá en responder por parte del aspirante a las cuestiones que el Tribunal calificador le pueda plantear, relacionadas con los aspectos y conocimientos profesionales del puesto objeto de esta convocatoria, con la finalidad de comprobar la adecuación de los aspirantes a los requisitos del puesto, valorándose: las habilidades y competencias personales del candidato sobre las funciones que corresponden al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, el conocimiento del trabajo y del entorno en el que se desarrollará el mismo, aptitud, actitud, grado de iniciativa, capacidad de trabajo en equipo, responsabilidad, grado de colaboración con superiores y compañeros, aceptación de normas e interés en el desempeño del puesto en la forma indicada.

El tiempo de duración de la entrevista será el que determine el Tribunal. La puntuación máxima de la entrevista no podrá ser superior a 5 puntos. APLICACIÓN DEL CONCURSO Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de

establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición. 8.2.- B) SEGUNDA FASE: OPOSICIÓN. La Oposición constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para los aspirantes. Primer Ejercicio: ESCRITO. El ejercicio podrá consistir en la realización, por escrito, de un tema de carácter general, o la contestación de veinte preguntas

cortas, relacionado con las materias que figuran en el anexo a estas bases, a propuesta del Tribunal, pudiendo no coincidir con epígrafes del programa. El tiempo de ejecución del ejercicio será de dos horas.

El ejercicio deberá ser leído por el aspirante en la fecha que determine el Tribunal. A efectos de puntuación, se calificarán los conocimientos y capacidad de síntesis del aspirante, sobre un total de 10 puntos, siendo necesario para aprobar conseguir un mínimo de 5 puntos.

Segundo Ejercicio: PRUEBA PRACTICA. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a determinar por el Tribunal, y relacionado con las materias del programa

del Concurso-oposición, durante un tiempo máximo de tres horas, pudiéndose consultar textos legales no comentados materializados, exclusivamente, en soporte papel.

Este ejercicio, que deberá ser explicado por el aspirante ante el Tribunal, se valorará sobre un total de 10 puntos siendo preciso para aprobar obtener una puntuación igual o superior a 5 puntos.

9.- Relación de aprobados. 9.1.- Una vez terminada la fase de oposición; y habiéndose llevado a cabo la entrevista curricular, el Tribunal publicará la

relación de aprobados por orden de puntuación, constituida ésta por la suma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de oposición y la de concurso. Posteriormente, el Tribunal elevará dicha relación a la Alcaldía, según el orden de puntuación obtenido, de mayor a menor, proponiéndole el nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación; también se remitirá la correspondiente acta donde conste el desarrollo del sistema selectivo, así como la relación de los no aprobados.

9.2.- La relación se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y página Web municipal. 10.- Lista de espera o bolsa de trabajo. Se podrá constituir una lista de espera o bolsa de trabajo, con vigencia durante el periodo de ejecución del programa de

carácter temporal, para el caso de resolución del nombramiento o cualquier otra causa que pudiere sobrevenir, y que hiciese preciso contar con nuevo personal, siguiendo el orden de puntuación obtenida por los restantes aspirantes. En caso de renuncia o baja de alguno de los seleccionados, este pasará a ocupar el último lugar de la lista, ocupando su puesto el siguiente de la misma. En el caso de que alguno de los seleccionados renunciara dos veces quedará fuera de la bolsa de trabajo.

11.- Presentación de documentos. 11.1.- Los aspirantes propuestos aportarán, en la Secretaría General y dentro del plazo de 5 días naturales desde que

manifiesten su intención de aceptar el nombramiento los documentos siguientes: - Fotocopia compulsada del D.N.I. - Copia compulsada de la titulación académica exigida. - Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración

Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

- Certificado médico en el que se acredite el requisito de la base 3.1,e). 11.2.- Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen

un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

11.3.- Si dentro del plazo indicado el aspirante no presenta la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrados funcionario interino, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

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12.- Nombramiento. El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos, nombrará funcionario interino al aspirante propuesto. 13.- Incompatibilidades. El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26

de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable. 14.- Retirada de documentación. Se otorga un plazo de TRES MESES desde la publicación de la relación de aprobados, para que los interesados puedan retirar

la documentación aportada junto a la instancia de solicitud. Pasado el plazo establecido se destruirá la documentación aportada, así como los exámenes realizados. 15.- Publicación. A fin de facilitar la mayor concurrencia de aspirantes, las presentes bases se publicarán en el Tablón de Anuncios de la

Corporación, página Web municipal y Boletín Oficial de la Provincia de Almería. 16.- Uso genérico del masculino. Siguiendo la línea marcada por la Real Academia Española, todas las referencias para las que en estas Bases se utiliza la

forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres. 17.- Recursos. Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que las aprobó en el plazo de

un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el B.O.P., o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Almería, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

A N E X O

Tema 1.- La Constitución Española de 1.978. Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas:

Enumeración, garantías y suspensión. Tema 2.- Organización Territorial del Estado. El Gobierno: Composición y funciones. Relaciones con otros poderes. Tema 3.- Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias. Los Estatutos de Autonomía: Especial referencia al

Estatuto de Autonomía de Andalucía. Tema 4.- El municipio en el régimen local. Elementos del municipio. El término municipal. La población. El Empadronamiento.

Organización municipal. Competencias Municipales. Tema 5.- Órganos colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. El control de legalidad de la actuación de las

corporaciones Locales. La sustitución y la disolución de las Corporaciones locales Tema 6.- Potestad reglamentaria de las entidades Locales: ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases.

Procedimiento de elaboración Y aprobación. Los bandos. Tema 7.- El personal al servicio de las entidades Locales: Clases de personal. Selección. Derechos y deberes. Las situaciones

administrativas. Régimen de incompatibilidades, responsabilidad y régimen disciplinario. Tema 8.- Los bienes de las entidades locales: Clases. Los bienes patrimoniales. Los bienes de dominio público: Régimen

jurídico. Los bienes comunales. El inventario de bienes. Tema 9.- El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Eficacia de los actos Administrativos. Silencio administrativo.

Actos presuntos. Tema 10.- El procedimiento administrativo: Regulación, principios y fases del procedimiento. Tema 11.- Invalidez de los actos administrativos. Irregularidades no invalidantes. La revisión de oficio de los actos

administrativos, anulación y revocación. Tema 12.- El régimen jurídico de los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y

laborales. Tema 13.- Los contratos administrativos. Contratos de la Administración en régimen jurídico privado. El procedimiento de

contratación. Ejecución y extinción del contrato. Tema 14.- El servicio público en la esfera local. Las formas de gestión de los servicios Públicos locales. Especial referencia a la

concesión. Tema 15.- La posición jurídica del administrado. Derechos subjetivos del administrado. El Estatuto del Vecino. PARTE ESPECIAL Tema 1. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales.

Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local. Tema 2. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. La estructura presupuestaria. Los créditos

del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

Tema 3. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Anticipos de caja fija.

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Tema 4.- Los gastos de carácter plurianual. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada: especial referencia a las desviaciones de financiación. Su incidencia en las magnitudes presupuestarias básicas.

Tema 5. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales.

Tema 6. El sistema de contabilidad de la Administración Local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad. La Instrucción de Contabilidad para la Administración Local: estructura y contenido. La reforma de la contabilidad local, en especial la reforma contable para la Administración local, Orden HAP/1781/2013, de 20 de Septiembre.

Tema 7. La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos: contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.

Tema 8.- El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. Los controles financieros, de eficacia y de eficiencia: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimientos e informes. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las entidades locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.

Tema 9.- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de Abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: Dimensión, conceptos y novedades. Capacidad o necesidad de financiación y Regla de Gasto.

Tema 10.- Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público: Conceptos, dimensión y novedades. Obligaciones de información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Orden HAP 2105/2012, de 1 de Octubre.

Tema 11.- Ley 27/2013, de 27 de Diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Objetivos básicos. Medidas adoptadas.

Tema 12.- Cuentas anuales de las sociedades mercantiles públicas. Su integración dentro del sistema de información contable para la Administración Local. Especial referencia a la rendición de cuentas a los organismos autonómicos y estatales”.

Lo que se publica para general conocimiento, y a los efectos de inicio del correspondiente procedimiento selectivo. En Níjar, 3 de febrero de 2015. EL ALCALDE, Antonio Jesús Rodríguez Segura.

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A N U N C I O Don Marcos Reche Galera, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Oria (Almería). HACE SABER: Por Acuerdo del Pleno de fecha 2 de febrero de 2015, se aprobó definitivamente el Estudio de Detalle que

afecta al Barrio de San Marcos de Oria (Almería), para completar alineaciones. El Acuerdo de aprobación definitiva tiene el tenor literal siguiente: “Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle que afecta Al Barrio de San Marcos de Oria, que define las

alineaciones en un ámbito donde las alineaciones definidas en el PDSU son confusas e incompletas y no se adecuan a la realidad existente.

Segundo. Depositar en el Registro administrativo del Ayuntamiento, de documentos urbanísticos que afectan a planeamiento, el Estudio de Detalle aprobado.

Tercero. Notificar a los propietarios de los terrenos comprendidos en el ámbito del Estudio de Detalle. Cuarto. Publicar el Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Quinto. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para todo lo

relacionado con este asunto”. Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición

potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Oria, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Oria, a 3 de febrero de 2015. EL ALCALDE, Marcos Reche Galera.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL804/15

AYUNTAMIENTO DE ORIA

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación (art. 154) instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos:

RECURSOS Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar

desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se

podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado.

En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo –silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando.

FORMA DE PAGO El importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20

del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día

5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de

recargo. Expediente: 383/2014 Nombre: CENTRO FORMACION EL FARO NIF: B-04693370 Resolución: 22/10/2014 Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO/AUSENTE REPARTO Cuantía de la sanción: 80 EUROS Rioja, 02 de enero de 2015. LA ALCALDESA, María Isabel Sánchez Siles.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL433/15

AYUNTAMIENTO DE RIOJA

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el expediente sancionador por infracción del Real Decreto 1428/2003, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, de 21 de noviembre, (art. 153) instruido por este Ayuntamiento, a las personas o entidades que a continuación se relacionan ya que habiéndose intentado la notificación por dos veces, ésta no se ha podido practicar por causas no imputables a esta administración.

En virtud de lo anterior dispongo que las personas responsables, como autores de los hechos en que consistan las infracciones, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, en las oficinas de este Ayuntamiento, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

RECURSOS La presente resolución, que es un acto administrativo de trámite no decisorio que inicia el procedimiento administrativo es

inimpugnable, por lo cual no puede presentar ningún recurso, sin perjuicio de impugnaren su día la decisión que ponga fin al mismo, si es contrario a sus derechos.

Contra la notificación del inicio del procedimiento sancionador, podrá interponer alegaciones, aportar documentos y proponer pruebas en el plazo de quince días, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, a tenor de lo estipulado en el artículo 12 del reglamento de procedimiento sancionador, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, significándole que si no efectúa alegaciones en el plazo indicado, la iniciación del procedimiento será considerado propuesta de resolución, según señala el artículo 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo.

Expediente: 394/2014 Nombre / Razón Social: D. GHEORGE POPA DNI / CIF: X7134426X Resultado: DESCONOCIDO/DESCONOCIDO Rioja, 02 de enero de 2015. LA ALCALDESA, María Isabel Sánchez Siles.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL434/15

AYUNTAMIENTO DE RIOJA

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E D I C T O Don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería). HACE SABER: Por Resolución dictada por esta Alcaldía-Presidencia el día veintisiete de enero de dos mil quince, se da cuenta

de que por parte de doña María Andújar Mañas, adjudicataria de la concesión administrativa de dominio público para la explotación de un establecimiento permanente destinado a la actividad Bar-Cafetería sito en el Paseo Los Baños de Roquetas de Mar (sup. Aproximada de 73 m²), en virtud del contrato suscrito con fecha 20.07.11, ha solicitado, dado que por motivos personales le resulta imposible continuar con la explotación del quiosco, la cesión de la titularidad a favor de su hijo, Don Juan José Rodríguez Andújar.

Así mismo se resuelve someter el expediente al trámite de información pública previa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, durante el plazo de veinte días. En consecuencia, se dispone su exposición pública mediante edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y perfil del contratante durante el plazo de veinte (20) días naturales que se contarán a partir del siguiente a la publicación en el citado Boletín, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente en las dependencias de la Sección de Contratación y formular las alegaciones que estime oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento en Roquetas de Mar (Almería), a veintiocho de enero de dos mil quince. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Gabriel Amat Ayllón.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL801/15

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

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E D I C T O Con fecha de 5 de febrero de 2015 por Resolución de esta Alcaldía nº 12 del año 2015 se aprobó el Padrón de la tasa por

entrada de vehículos a través de las aceras, así como la reserva de espacios correspondiente al ejercicio de 2015. El citado Padrón estará a disposición del público en el Negociado de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, los días hábiles

de 8’00 a 15’00 horas, por plazo de quince días a partir de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

El plazo de ingreso en período voluntario será mínimo de dos meses, a contar desde el 15 de febrero al 15 de abril de 2015. Medios de pago: En cualquiera de las oficinas bancarias del Municipio de Tíjola, por domiciliación bancaria o en la Tesorería

Municipal. Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda si ésta no ha sido abonada, será exigida en

período ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 28, 161 y concordantes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Tíjola, a 5 de febrero de 2015. EL ALCALDE, Mario Padilla Maldonado.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL842/15

AYUNTAMIENTO DE TIJOLA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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A N U N C I O Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo

el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

“ ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES

S U M A R I O

TÍTULO PRIMERO. Disposiciones específicas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. CAPÍTULO I. CAPÍTULO II. TÍTULO SEGUNDO. Disposiciones específicas de los animales domésticos de compañía. CAPÍTULO I. CAPÍTULO II. Normas generales. CAPÍTULO III. Tenencia, circulación y esparcimiento. CAPÍTULO IV. Identificación y registros. CAPÍTULO V. Centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía. CAPÍTULO VI. Exposiciones y concursos. CAPÍTULO VII. Animales abandonados y perdidos, refugio y cesión de los mismos. CAPÍTULO VIII. Asociaciones de protección y defensa de los animales. CAPÍTULO IX. Intervención, inspección, vigilancia y cooperación administrativa. TÍTULO TERCERO. Infracciones y sanciones. CAPÍTULO I. De los animales potencialmente peligrosos. CAPÍTULO II. De los animales domésticos de compañía. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Imposición tributaria. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Convenios. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de

los animales de compañía. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Propietarios y/o poseedores. DISPOSICIÓN DEROGATORIA. DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es un hecho frecuente en la naturaleza humana la convivencia con los animales, como se observa en los documentos

históricos y en los hallazgos arqueológicos: el hombre no sólo ha domesticado a los animales para alimentarse, vestirse y servirse de ellos, sino por el placer de su compañía, y así desde la más remota antigüedad los animales domésticos han convivido con el hombre, incluso en su propia vivienda.

Esta costumbre ha ido arraigando con el paso del tiempo y puede decirse que en la actualidad es una constante en todas las culturas y civilizaciones. Sin embargo, la convivencia de la persona humana con los animales requiere unas normas mínimas para que esta convivencia no cause peligro al resto de las personas e, incluso a los propios animales. Así, sin necesidad de ir más lejos, los países de nuestro entorno se ha dotado de unos instrumentos normativos para regular esta convivencia.

España en esta materia no ha sido especialmente diligente, sino que fue preciso que sucedieran varios desgraciados episodios de agresión a personas por parte de perros, casos de los que profusamente se hicieron eco lo medios de comunicación, para que el legislador estatal tomara cartas en el asunto y haya promulgado la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de los Animales Potencialmente Peligrosos; y así el Ayuntamiento, en cumplimiento de los deberes que la referida Ley hacer recaer sobre los municipios, aprobó la correspondiente Ordenanza; Ordenanza que, sin embargo no quiso circunscribir solamente a regular y perfilar las obligaciones que la Ley impone a los municipios sobre animales potencialmente peligrosos, sino que estimó conveniente regular, asimismo la tenencia y el régimen de aquellos animales que, con arreglo a la Ley no tienen la consideración de potencialmente peligrosos. Son muchos los referentes legales que los Ayuntamientos tienen para regular esta materia sin necesidad de acudir a la legislación sectorial; así las competencias que la Ley de Régimen Local atribuye a los municipios en materia de salubridad pública o de seguridad pública. Por estas razones de tranquilidad el Ayuntamiento reguló exhaustivamente el régimen de tenencia de animales que parte de una premisa fundamental: los animales no pueden perjudicar ni molestar en ningún caso a los vecinos, principio mínimo de convivencia en que se ha de fundar toda sociedad civilizada, y que

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AYUNTAMIENTO DE ULEILA DEL CAMPO

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constituye uno de los dos pilares en que se basan las normas contenidas en la Ordenanza en lo que se refiere a imposición de obligaciones, y en la tipificación de infracciones e imposición de sanciones a los que vulneren estas normas. El otro pilar es el de la protección de los animales. Efectivamente, cada vez hay una sensibilidad social más acusada que considera que los animales, en cuanto que son seres vivos con una determinada inteligencia, han de ser tratados con una mínima consideración que impida el maltrato o la crueldad innecesarios para con ellos. Este es el otro gran principio sobre el que se basa esta Ordenanza. La legislación de desarrollo de la Ley 50/1999, el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y la legislación autonómica andaluza, igualmente posterior de protección de los animales, Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales, y Orden de la Consejería de Gobernación de 4 de febrero de 2004, de distribución de la competencia sancionadora de la anterior Ley, ha venido a confirmar la regulación que el Ayuntamiento hizo en su día; no obstante, al efecto de completar e integrar armónicamente en un texto de ordenanza municipal toda la anterior legislación, evitando reiterar en este lo prevenido en la legislación, se ha creído necesario redactar un nuevo texto completo de ordenanza municipal que sustituya a la anterior.

La presente ordenanza contiene tres títulos. El Titulo I recoge las disposiciones específicas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y tiene como finalidad su regulación, se encuentra dividido en dos capítulos. El primero de ellos establece el catálogo de los animales de la especie canina que pueden ser incluidos dentro de la categoría de animales potencialmente peligrosos. Por otra parte, dicta las medidas precisas que son exigibles para la obtención de las licencias administrativas que habilitan a sus titulares para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y su registro obligatorio en los Ayuntamientos. El Capítulo II hace referencia a las normas relativas de identificación, transporte, traspaso y estableciendo unas obligaciones para los poseedores de perros potencialmente peligrosos. El Título II está destinado a la regulación de los animales de compañía y se encuentra dividido en nueve capítulos. El primero de ellos recoge una serie de disposiciones que tienen como finalidad el establecimiento de las atenciones básicas que deben recibir todos los animales que viven en el entorno humano. El capítulo II establece las medidas sanitarias y la forma de proceder en el sacrificio de los mismos. El capítulo III trata sobre las normas relativas al mantenimiento, tratamiento y esparcimiento, estableciendo obligaciones para los poseedores de animales de compañía. Las normas de identificación y registro se recogen en el capítulo IV. En el capítulo V se regulan las condiciones que deben cumplir los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía. El capítulo VI regula las condiciones necesarias para la realización de exposiciones y concursos. En el capítulo VII se define el concepto de animal abandonado y perdido, regulándose asimismo las medidas que deben llevar a cabo los centros de recogida. El capítulo VIII trata de las asociaciones de protección y defensa de los animales, posibilitando la colaboración del Ayuntamiento de Uleila del Campo con las mismas. El capítulo IX fija las medidas de intervención, inspección, vigilancia y cooperación que competen al Ayuntamiento de Uleila del Campo y la Administración Autonómica.

El Título III tipifica las infracciones y sanciones dividido en dos capítulos. El primero establece las infracciones a los animales potencialmente peligrosos y las sanciones aplicables. Y el segundo capítulo establece las infracciones de los animales domésticos de compañía y las correspondientes sanciones aplicables.

TÍTULO I

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

CAPÍTULO I

Artículo 1. Objeto. 1. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia de animales potencialmente

peligrosos para hacerla compatible con la seguridad de las personas y bienes y de otros animales. 2. La Ordenanza tiene por objeto determinar los animales potencialmente peligrosos pertenecientes a la fauna doméstica de la

especie canina, así como establecer los requisitos mínimos necesarios para obtener las licencias administrativas que habilitan a sus titulares para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y fijar las medidas mínimas de seguridad exigibles para su tenencia.

3. La Ordenanza velará, igualmente, porque los animales sean tratados por parte de sus poseedores, propietarios y personas en general, con el respeto y dignidad acordes con su naturaleza animal de acuerdo con la sensibilidad social actual y la normativa vigente.

4. La Ordenanza no será de aplicación a los perros y animales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de la Comunidad Autónoma, Policia Local y empresas de seguridad con autorización oficial.

5. La exhibición de animales, bien de carácter permanente o temporal, su utilización en actividades o espectáculos en los que intervengan como partes integrantes de los mismos, las especies legalmente protegidas, la caza, la pesca, la actividad ganadera, la experimentación y vivisección, y en general todas aquellas actividades realizadas con animales y que cuenten con normativa específica se regularán por su legislación especial, pero será de aplicación la presente Ordenanza en lo que ésta no sea incompatible con aquella.

Artículo 2. Ámbito territorial. El ámbito territorial se circunscribe al término municipal de Uleila del Campo. Artículo 3. Animales de la especie canina potencialmente peligrosos. 1. De conformidad con lo dispuesto en al artículo 2.2 de la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre y artículo 2 del Real Decreto

287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos:

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a) Los que pertenezcan a las razas y cruces de Pit Bull Terrier, Staffodshire Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu.

b) Aquellos cuyas características se correspondan : - Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia. - Marcado carácter y gran valor. - Pelo corto. - Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg. e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes

y fuertes, boca robusta, ancha y profunda. - Cuello ancho, musculoso y corto. - Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto. - Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente

largas formando un ángulo moderado. 2. En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente

peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.

3. En los supuestos contemplados en el apartado anterior, la potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.

4. Cualquier otro animal o raza o especies de ellas que en cada momento establezca la legislación de aplicación sobre la materia.

Artículo 4. Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. 1. La tenencia de cualesquiera de los animales clasificados como potencialmente peligrosos conforme a lo dispuesto en el

artículo 3 de la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre y artículo 3 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, en el término municipal de Uleila del campo, requerirá licencia municipal, que será otorgada o denegada por el Alcalde, salvo que expresamente delegue esta facultad en otro órgano del Ayuntamiento.

El titular del perro al que la autoridad competente haya apreciado potencial peligrosidad dispondrá del plazo de un mes, a contar desde la notificación de la resolución dictada a tales efectos, para solicitar la licencia administrativa regulada en el artículo 4 de la presente ordenanza. El interesado deberá solicitar la referida licencia municipal mediante escrito dirigido al Alcalde en el que hará constarla completa identificación del tipo de animal de que se trate y del vendedor, así como el lugar en el que va a habitar y su descripción en su caso. El Ayuntamiento podrá normalizar las instancias. La solicitud de la licencia habrá de hacerse con anterioridad a la adquisición del animal, con excepción de que se trate de nacimiento de animal de madre cuyo poseedor sea titular de la correspondiente licencia y esté inscrita la hembra en el Registro, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior de este artículo. La obtención o renovación de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos requerirá el cumplimiento por el interesado de los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad. b) No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la

libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

c) No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos.

No obstante, no será impedimento para la obtención o, en su caso, renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.

d) Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Arts.4 y 5 R.D.287/2002, de 22 de Marzo. Los certificados de capacidad y aptitud tendrán un plazo de vigencia, a efectos de eficacia procedimental, de un año, a contar desde la fecha de su expedición.

e) Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 Euros).

f) Informe favorable de veterinario colegiado en ejercicio que acredite la salud del animal en lo que se refiere a ausencia de enfermedades que puedan contagiarse o ser transmitidas a las personas o a otros animales.

El cumplimiento de los requisitos establecidos en los párrafos b) y c) de este apartado se acreditará mediante los certificados negativos expedidos por los registros correspondientes.

A la vista de la documentación presentada por el interesado y de los informes emitidos o recabados por el Ayuntamiento, el Alcalde dictará resolución motivada por la que autorice o deniegue la tenencia del animal y, asimismo podrá autorizarla bajo el cumplimiento de determinadas condiciones o términos. Obtenida la licencia, el Ayuntamiento proceder á de oficio o a instancia del interesado a inscribir el animal en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos, regulado en el artículo 6 de la Ordenanza.

Si una persona acredita la autorización concedida por parte de otro Ayuntamiento, en donde los animales residan habitualmente, para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, así como la pertinente inscripción en el Registro del municipio correspondiente, pretendiese que el animal residiese temporalmente en el municipio de Uleila del Campo, deberá solicitar la correspondiente autorización de estancia temporal, en la que especificará el plazo por el que solicita la autorización, y para lo cual, además de acreditar la autorización del municipio de procedencia y la inscripción en su correspondiente Registro de Animales Potencialmente Peligrosos, deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en los subapartados e) y f) del

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apartado 1, y en caso de que el Alcalde resuelva favorablemente la petición, será inscrito en el Registro del municipio de Uleila del Campo con el carácter de temporal. Si el cambio de residencia a Uleila del Campo es de carácter definitivo deberá solicitarlo en este sentido y deberá acreditar el propietario el cumplimiento de todos los requisitos previstos en el apartado 1.

2. La licencia tendrá un periodo de validez de cinco años pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de igual duración. No obstante, la licencia perderá su vigencia en el momento en que su titular deje de cumplir cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado anterior. Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia deberá ser comunicada por su titular en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca al órgano competente del municipio al que corresponde su expedición.

3. La intervención, medida cautelar o suspensión que afecte a la licencia administrativa en vigor, acordada en vía judicial o administrativa, serán causa para denegar la expedición de otra nueva o su renovación hasta que aquéllas se hayan levantado.

Artículo 5. Anulación de licencias. 1. Las licencias a que se refiere el apartado 1 del artículo anterior serán anuladas por el Alcalde u órgano en el que éste

delegue ésta facultad en los siguientes supuestos: a) Cuando alguno de los requisitos a que se refiere el artículo 4.1 hayan sido falsificados o falseados, y así se acredite

fehacientemente, y sin perjuicio de la responsabilidad penal en que se hubiera podido incurrir. b) Cuando con posterioridad a la obtención de la licencia, el titular de la misma, por cualquier causa, incurra en alguna de las

circunstancias previstas en el referido artículo 4.1 que impiden la obtención de la licencia. 2. En todo caso, la anulación de las licencias requerirá la tramitación de expediente con audiencia de los interesados. Artículo 6. Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. 1. En el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos se inscribirán los animales a que se refiere el artículo 4.1 de la

Ordenanza. El Ayuntamiento, una vez otorgada la licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos, procederá de oficio o a instancia de parte a inscribir al animal en el Registro.

El Registro estará clasificado por especies y habrán de constar al menos los siguientes datos: datos personales del tenedor, fecha de concesión de la licencia, características del animal que hagan posible su identificación, certificado sanitario y sus revisiones anuales, renovaciones quinquenales de los certificados previstos en los apartados b) y d) del artículo 4.1, condiciones que ha de observar el tenedor en su tenencia y guarda en su caso, lugar habitual de residencia del animal, el cambio de residencia con carácter permanente o por período superior a tres meses, especificación si el animal está destinado a convivir con los seres humanos o si por el contrario tiene finalidades distintas como la guarda, protección u otra que se indique, los incidentes que provoque el animal en su caso, la esterilización, la venta, traspaso, donación, robo o pérdida, el traslado y la muerte. Los extremos que hayan de constar en el Registro que no tengan plazo específico para su comunicación a efectos de inscripción, deberán ser comunicados por los interesados en el plazo de quince días a contar desde el que se produzca el hecho.

Las altas, las bajas y las incidencias que se produzcan en el Registro serán comunicadas periódicamente, y en todo caso como mínimo semestralmente al Registro Central dependiente de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

2. La Alcaldía podrá incluir en el Registro anterior cualesquiera otros datos que entienda complementarios o en desarrollo de los especificados en el número anterior.

3. El uso y tratamiento de los datos contenidos en los Registros a que se refiere este artículo será acorde a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999. En todo caso, la Alcaldía notificará de inmediato a las autoridades administrativas o judiciales competentes cualquier incidencia que conste en el Registro para su valoración y, en su caso, adopción de medidas cautelares, preventivas o sancionadoras.

CAPÍTULO II

Artículo 7. Obligaciones de los propietarios y/o tenedores de los animales potencialmente peligrosos. 1. Los propietarios, criadores o tenedores de los animales potencialmente peligrosos, de acuerdo con la presente Ordenanza

tendrán las siguientes obligaciones: a) La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca

y controle lleve consigo la licencia administrativa a que se refiere el artículo 4 de esta Ordenanza, así como certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos. Exhibir la documentación del animal a requerimiento de cualesquiera de los agentes de la autoridad.

b) Los animales de la especie canina potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal.

c) Igualmente los perros potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona.

d) Los animales potencialmente peligrosos, que se encuentran en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.

e) Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.

f) La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que tenga conocimiento de esos hechos.

g) Mantener a los animales en adecuadas condiciones higiénico sanitarias y con los cuidados y atenciones necesarios, de acuerdo con las necesidades fisiológicas y características propias de la especie o raza del animal. En todo caso habrán de cumplir las condiciones que se establezcan en la concesión de la licencia, si así se hubiese especificado, o las que posteriormente pueda acordar el Ayuntamiento.

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h) Cumplir todas las normas de seguridad ciudadana establecidas en la legislación vigente, incluyendo las Ordenanzas municipales, y adoptar todas las precauciones que aseguren las circunstancias para garantizar la óptima convivencia de estos animales con los seres humanos y se eviten molestias de cualquier tipo a la población en general, y en especial a los vecinos. En ningún caso podrán vagar libremente en cualesquiera de los espacios o sitios públicos. Deberán cumplir, asimismo, con especial diligencia, las condiciones establecidas en la licencia, si así se hubiese especificado, o las que posteriormente pueda acordar el Ayuntamiento.

i) Abstenerse de realizar las actividades reguladas en el artículo 14. 2. En caso de incumplimiento reiterado o grave de lo dispuesto en los apartados g) y h) del número 1 de este artículo, el

Ayuntamiento, sin perjuicio de la imposición de sanciones, en su caso, procederá a depositar al animal en los centros municipales de tenencia de animales con la consideración de abandonado, y en consecuencia, podrá disponer del mismo con esta calificación.

Artículo 8. Identificación de los animales potencialmente peligrosos de la especie canina. Todos los animales potencialmente peligrosos pertenecientes a la especie canina deberán estar identificados mediante un

.microchip. Artículo 9. Transporte de animales. El transporte de animales potencialmente peligrosos habrá de efectuarse de conformidad con la normativa específica sobre

bienestar animal, debiéndose adoptar las medidas precautorias que las circunstancias aconsejen para garantizar la seguridad de las personas, bienes y otros animales, durante los tiempos de transporte y espera de carga y descarga.

Artículo 10. Traspaso de animales. Las operaciones de compraventa, traspaso, donación o cualquier otra que suponga cambio de titular de animales

potencialmente peligrosos requerirán el cumplimiento de, al menos, los siguientes requisitos: a) Existencia de licencia vigente por parte del transmitente. b) Obtención previa de licencia por parte del adquirente. c) Acreditación de la cartilla sanitaria actualizada. d) Inscripción de la transmisión del animal en el Registro.

TÍTULO II

DISPOSICIONES ESPECIFICAS DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS DE COMPAÑÍA

CAPÍTULO I

Artículo 11. Objeto y ámbito de aplicación. A los efectos de esta Ordenanza se consideran animales de compañía todos aquellos albergados por los seres humanos

generalmente en su hogar, principalmente destinados a la compañía, sin que el ánimo de lucro sea el elemento esencial que determine su tenencia. A los efectos de esta Ordenanza se consideran animales de renta todos aquellos que, sin convivir con el hombre, son mantenidos, criados o cebados por éste para la producción de alimentos u otros beneficios.

Artículo 12. Obligaciones. 1. El propietario y/o poseedor de un animal objeto de protección por la presente Ordenanza tiene las siguientes obligaciones: a) Mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, realizando cualquier tratamiento que se declare obligatorio y

suministrándole la asistencia veterinaria que necesite. b) Proporcionarle un alojamiento adecuado según la raza o especie a la que pertenezca. c) Facilitarle la alimentación necesaria para su normal desarrollo. d) Cuidar y proteger el animal de las agresiones, situaciones de peligro, incomodidades y molestias que otras personas o

animales les puedan ocasionar. e) Evitar las agresiones del animal a las personas o a otros animales, así como la producción de otro tipo de daños. f) Denunciar la pérdida del animal. g) Obtener las autorizaciones, permisos o licencias necesarias, en cada caso, para estar en posesión del animal de que se trate. h) Efectuar la inscripción del animal en los registros o censos que en cada caso correspondan, según lo dispuesto en esta Ley

y en la normativa vigente. 2. Los facultativos veterinarios, en el ejercicio libre de la profesión o por cuenta ajena, tienen las siguientes obligaciones: a) Confeccionar un archivo con las fichas de los animales objeto de cualquier tratamiento, especificando los de carácter

obligatorio, y que estarán, en todo momento, a disposición de la autoridad competente. b) Poner en conocimiento de la autoridad competente en la materia aquellos hechos que pudieran constituir cualquier

incumplimiento de la presente Ordenanza. 3. Los profesionales dedicados a la cría, adiestramiento, cuidado temporal o acicalamiento de los animales de compañía

dispensarán a estos un trato adecuado a sus características etológicas, además de cumplir con los requisitos que reglamentariamente se establezcan para el ejercicio de su profesión.

Artículo 13. Prohibiciones. 1. Sin perjuicio de las excepciones establecidas en la presente Ordenanza, queda prohibido: a) Maltratar o agredir físicamente a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les irrogue sufrimientos o daños

injustificados. b) El abandono de animales. c) Mantenerlos en lugares o instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica

de los cuidados y la atención necesarios que exijan sus necesidades fisiológicas y etológicas, según raza o especie.

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d) Practicarles mutilaciones con fines exclusivamente estéticos o sin utilidad alguna salvo las practicadas por veterinarios en caso de necesidad.

e) El sacrificio de los animales sin reunir las garantías previstas en esta Ordenanza o en cualquier normativa de aplicación. f) Mantener permanentemente atados o encadenados a los animales, con las especificaciones y excepciones que se establezcan. g) Hacer donación de los animales con fines publicitarios o como premio, recompensa o regalo por otras adquisiciones de

naturaleza distinta a la propia adquisición onerosa de animales. h) Utilizarlos en procedimientos de experimentación o destinarlos a los mismos sin el cumplimiento de las garantías

establecidas en la normativa aplicable. i) Venderlos a menores de dieciséis años y a incapacitados sin la autorización de quien tenga la patria potestad, custodia o

tutela de los mismos, de conformidad, en su caso, con la sentencia de incapacitación. j) Ejercer su venta ambulante fuera de los mercados o ferias autorizados para ello. k) Suministrarles sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios, así como cualquier tipo de sustancia no

autorizada, aun cuando sea para aumentar el rendimiento en una competición. l) Manipular artificialmente a los animales con objeto de hacerlos atractivos como diversión o juguete para su venta. m) Utilizar animales vivos como blancos en atracciones feriales, concursos o competiciones. n) Obligar a trabajar a animales de menos de seis meses de edad, enfermos, desnutridos, fatigados, o a desempeñar trabajos

en los que el esfuerzo exigido supere su capacidad. Lo anterior es aplicable a las hembras que estén preñadas. ñ) Emplear animales para adiestrar a otros animales en la pelea o el ataque. o) Emplear animales en exhibiciones, circos, publicidad, fiestas populares y otras actividades, si ello supone para el animal

sufrimiento, dolor u objeto de tratamientos antinaturales. p) Mantener a los animales en recintos y lugares donde no puedan ser debidamente controlados y vigilados. q) Mantener animales en lugares donde ocasionen molestias evidentes a los vecinos. r) Venderlos a laboratorios o clínicas sin el cumplimiento de las garantías previstas en la normativa vigente. s) Ejercer la mendicidad valiéndose de ellos o imponerles la realización de comportamientos y actitudes ajenas e impropias de

su condición que impliquen trato vejatorio. t) Administrar, inocular o aplicar sustancias farmacológicas sin la prescripción o supervisión directa de un veterinario.

Suministrar medicación errónea, aplicarla de modo incorrecto, o no valorar los efectos colaterales o indeseados que puedan suponer un sufrimiento injustificable para los animales.

2. En especial, quedan prohibidas: a) La lucha o peleas de perros o de cualquier otro animal y demás prácticas similares. b) Las competiciones de tiro de pichón, salvo las debidamente autorizadas por la Consejería competente de la Junta de

Andalucía en materia de deporte y bajo el control de la respectiva federación. c) Las peleas de gallos, salvo aquellas de selección de cría para la mejora de la raza y su exportación realizadas en criaderos y

locales debidamente autorizados con la sola y única asistencia de sus socios. Articulo 14. Bienestar en las filmaciones. 1. La filmación de escenas con animales para cine o televisión y las sesiones fotográficas con fines publicitarios que conlleven

crueldad, maltrato, muerte o sufrimiento de los mismos, deberán ser en todos los casos, sin excepción, un simulacro y requerirán la autorización, previa a su realización, del órgano competente de la Administración autonómica que se determinará reglamentariamente y que podrá en cualquier momento inspeccionar las mencionadas actividades.

2. En todos los títulos de la filmación se deberá hacer constar que se trata de una simulación. Artículo 15. Transporte de los animales. Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente en la materia, el transporte de los animales deberá reunir los siguientes

requisitos: a) En caso de desplazamientos, los animales deberán disponer de espacio suficiente en los medios de transporte. Asimismo,

los medios de transportes y los embalajes deberán ser apropiados para proteger a los animales de la intemperie y de las inclemencias climatológicas, debiendo llevar estos embalajes la indicación de la presencia de animales vivos. Si son agresivos, su traslado se efectuará con las medidas de seguridad suficientes.

b) Durante el transporte y la espera, los animales deberán ser abrevados y recibirán alimentación a intervalos convenientes en función de sus necesidades fisiológicas.

c) El medio o vehículo donde se transporten los animales tendrán unas buenas condiciones higiénico-sanitarias, de acuerdo a las necesidades fisiológicas y etológicas de las especies que se transporten, debiendo estar debidamente desinsectado y desinfectado. Dichas condiciones se determinarán reglamentariamente.

d) La carga y descarga de los animales se realizará con los medios adecuados a cada caso, a fin de que los animales no soporten molestias ni daños injustificados.

Artículo 16. Animales de experimentación. Los animales dedicados a la realización de experimentos serán objeto de la protección y cuidados previstos , de conformidad

con lo dispuesto en el artº.1.5:

CAPÍTULO II

Artículo 17. Medidas Sanitarias. 1. Las Consejerías competentes de la Junta de Andalucía en materia de sanidad animal o salud pública podrán adoptar las

siguientes medidas:

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a) Determinar la vacunación o tratamiento obligatorio de los animales de compañía. b) El internamiento o aislamiento de los animales a los que se les hubiese diagnosticado una enfermedad transmisible para su

tratamiento curativo o su sacrificio, si fuere necesario. 2. La vacunación antirrábica será obligatoria para todos los perros y gatos. Reglamentariamente se establecerá la periodicidad

de la misma, así como para cualquier otra que establezca la legislación. 3. Los veterinarios en ejercicio deberán llevar un archivo con la ficha clínica de cada animal objeto de vacunación o tratamiento

sanitario obligatorio, en la forma reglamentaria prevista. Dicha ficha estará a disposición de las Administraciones Públicas y contendrá, como mínimo, los siguientes datos: especie, raza, fecha nacimiento, número de identificación, nombre, en su caso, tratamientos a los que ha sido objeto y calendario de vacunaciones y tratamientos antiparasitarios. Asimismo, la ficha habrá de reflejar los datos que permitan la identificación del propietario.

4. Los perros y gatos, sin perjuicio de aquellos otros animales que se determinen reglamentariamente, deberán contar con una cartilla sanitaria expedida por veterinario.

Artículo 18. Sacrificio y esterilización. 1. El sacrificio de los animales de compañía se efectuará bajo el control de un veterinario en consultorio, clínica u hospital

veterinario o en el domicilio del poseedor, de forma indolora y previa anestesia o aturdimiento, salvo en los casos de fuerza mayor. 2. Reglamentariamente se determinarán los métodos de sacrificio a utilizar. 3. La esterilización de los animales de compañía se efectuará bajo el control de un veterinario en consultorio, clínica u hospital

veterinario, de forma indolora bajo anestesia general.

CAPÍTULO III

Tenencia, circulación y esparcimiento

Artículo 19. Tenencia de animales. La tenencia de animales de compañía en domicilios o recintos privados queda condicionada al espacio, a las circunstancias

higiénico-sanitarias para su alojamiento y a las necesidades etológicas de cada especie y raza, así como a lo que disponga la normativa sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Artículo 20. Condiciones específicas del bienestar de los perros. 1. Los habitáculos de los perros que hayan de permanecer la mayor parte del día en el exterior deberán estar construidos de

materiales impermeables que los protejan de las inclemencias del tiempo y serán ubicados de manera que no estén expuestos directamente de forma prolongada a la radiación solar ni a la lluvia. El habitáculo será suficientemente amplio para que el animal quepa en él holgadamente.

2. Cuando los perros deban permanecer atados a un punto fijo, la longitud de la atadura será la medida resultante de multiplicar por tres la longitud del animal, comprendida entre el morro y el inicio de la cola, sin que en ningún caso pueda ser inferior a tres metros.

3. Los perros dispondrán de un tiempo, no inferior a una hora diaria, durante el cual estarán libres de ataduras y fuera de los habitáculos o habitaciones donde habitualmente permanezcan.

Artículo 21. Circulación por espacios públicos. 1. Los animales sólo podrán acceder a las vías y espacio públicos cuando sean conducidos por sus poseedores y no

constituyan un peligro para los transeúntes u otros animales. 2. Todos los perros irán sujetos por una correa y provistos de la correspondiente identificación. Los de más de 20 kilogramos

deberán circular provistos de bozal, de correa resistente y no extensible y conducidos por personas mayores de edad, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Los perros guía de personas con disfunciones visuales estarán exentos en cualquier situación de ser conducidos con bozal.

3. La persona que conduzca al animal queda obligada a la recogida de las defecaciones del mismo en las vías y espacios públicos, salvo en aquellas zonas autorizadas a tal efecto por el Ayuntamiento .

4. Se prohíbe echar comida a los animales en la vía publica. Articulo 22. Acceso a los transportes públicos. 1. Los poseedores de animales de compañía podrán acceder con éstos a los transportes públicos cuando existan espacios

especialmente habilitados para ellos y acrediten que el animal reúne las condiciones higiénico-sanitarias y cumple las medidas de seguridad que se determinen reglamentariamente.

2. No obstante, la autoridad municipal competente podrá disponer y regular restricciones horarias al acceso de los animales de compañía a los transportes públicos, sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre el uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales.

3. Los conductores de taxis podrán aceptar discrecionalmente llevar animales de compañía en las condiciones establecidas en el apartado 1 de este artículo, pudiendo aplicar los suplementos que se autoricen reglamentariamente, sin perjuicio del transporte gratuito de los perros guía de personas con disfunción visual en los términos establecidos en la normativa a la que se refiere el apartado anterior.

Artículo 23. Acceso a establecimientos públicos. 1. Los animales de compañía podrán tener limitado su acceso a hoteles, restaurantes, bares, tabernas y aquellos otros

establecimientos públicos en los que se consuman bebidas y comidas cuando el titular del establecimiento determine las condiciones específicas de admisión, previa autorización administrativa por el órgano competente. En este caso, deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento.

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2. En locales destinados a la elaboración, venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos, espectáculos públicos, instalaciones deportivas y otros establecimientos o lugares análogos queda prohibida la entrada de animales.

3. No podrá limitarse el acceso a los lugares contemplados en los párrafos anteriores a los perros destinados a suplir disfunciones visuales de sus poseedores, en los términos establecidos en la normativa vigente sobre el uso de perros guía por personas con disfunciones visuales.

Artículo 24. Zonas de esparcimiento. El Ayuntamiento habilitará en los jardines y parques públicos espacios idóneos debidamente señalizados tanto para el paseo

como para el esparcimiento de los animales. Igualmente, cuidarán de que los citado espacios se mantengan en perfectas condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias.

Artículo 25. Recogida y eliminación. El Ayuntamiento será responsable de la recogida y eliminación de los animales muertos en sus respectivos términos

municipales, pudiendo exigir, en su caso, las prestaciones económicas que pudieran corresponderles.

CAPÍTULO IV

Identificación y registros Artículo 26. Identificación. 1. Los perros y gatos, así como otros animales que reglamentariamente se determinen, deberán ser identificados

individualmente mediante sistema de identificación electrónica normalizado, implantado por veterinario, dentro del plazo máximo de tres meses desde su nacimiento.

2. La identificación se reflejará en todos los documentos y archivos en los que conste el animal y será un requisito imprescindible para la inscripción registral del mismo.

Artículo 27. Registro Municipal de Animales de Compañía. Los propietarios de perros y gatos, así como otros animales que se determinen reglamentariamente, deberán inscribirlos en el

Registro Municipal de Animales de Compañía del Ayuntamiento donde habitualmente viva el animal, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento

o en el de un mes desde su adquisición o cambio de residencia. Asimismo, deberán solicitar la cancelación de las inscripciones practicadas en el plazo máximo de un mes desde la fecha de su muerte, pérdida o transmisión.

Artículo 28. Registro Central de Animales de Compañía. 1. El Ayuntamiento deberá comunicar periódicamente, y en todo caso como mínimo semestralmente, las altas y bajas que se

produzcan en el Registro Municipal, así como las modificaciones en los datos censales al Registro Central de Animales de Compañía.

2. La Administración de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Uleila del Campo (Almería) en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de su responsabilidad en materia de censos de animales de compañía, podrán concertar con los colegios oficiales de veterinarios convenios para la realización y mantenimiento de los censos y registros.

CAPÍTULO V

Centros Veterinarios y Centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía

Artículo 29. Definición. 1. Tendrán la consideración de centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los animales de

compañía, los albergues, clínicas y hospitales veterinarios, residencias, criaderos, centros de adiestramiento, establecimientos de venta, refugios para animales abandonados y perdidos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros de estética y cualesquiera otros que cumplan análogas funciones.

2. Se crea el Registro Municipal de Centros Veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los animales de compañía, en los que se inscribirán los centros definidos en el apartado anterior.

3. Estos centros habrán de reunir los siguientes requisitos: a) Estar inscrito en el Registro Municipal de Centros Veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado de los

animales de compañía. b) Contar con la licencia municipal para el desarrollo de la actividad. c) Llevar un libro de registro a disposición de las Administraciones competentes, en las condiciones que se determinen

reglamentariamente. d) Disponer de buenas condiciones higiénico-sanitarias y de locales adecuados a las necesidades fisiológicas y etológicas de

los animales que alberguen. e) Gozar de un programa definido de higiene y profilaxis de los animales albergados, visado por un veterinario. f) Disponer de comida suficiente y sana, agua y contar con personal preparado para su cuidado. g) Disponer de instalaciones adecuadas para evitar el contagio, en los casos de enfermedad, entre los animales residentes y

del entorno, o para guardar, en su caso, periodos de cuarentena. h) Contar con los servicios veterinarios suficientes y adecuados para cada establecimiento. i) Colocar en un lugar visible de la entrada principal una placa con el número de inscripción de centros para el mantenimiento y

cuidado temporal de animales de compañía. j) Los demás requisitos exigibles por la normativa sectorial que le sea de aplicación.

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Artículo 30. Establecimiento de venta. 1. Los establecimientos dedicados a la compraventa de los animales destinados a la compañía podrán simultanear esta

actividad con la venta de alimentos o complementos para su tenencia, circulación, adiestramiento o acicalamiento. 2. Estos establecimientos deberán adoptar, sin perjuicio de las demás disposiciones que les sean de aplicación, las siguientes

medidas: a) Los escaparates donde se exhiban los animales no estarán sometidos a la acción directa de los rayos solares y deberán

mantener la temperatura y condiciones que mejor se ajusten a la naturaleza del animal, debiendo salvaguardarse en todo caso la seguridad y descanso del animal.

b) En los habitáculos en que se encuentren expuestos los perros y gatos y otros animales que se establezca reglamentariamente, se colocará una ficha en la que se hará constar la fecha de nacimiento, las vacunas y desparasitaciones a las que hayan sido sometidos.

3. Los mamíferos no podrán ser vendidos como animales de compañía hasta transcurridos cuarenta días desde la fecha de su nacimiento deberán mostrar todas las características propias de los animales sanos y bien nutridos.

4. El vendedor dará al comprador, en el momento de la entrega del animal, un documento suscrito por él mismo en el que se especifiquen, bajo su responsabilidad, los siguientes extremos:

a) Especie, raza, variedad, edad, sexo y señales corporales más importantes. b) Documentación acreditativa, librada por veterinario, en caso de que el animal se entregue vacunado contra enfermedades.

Cuando se trate de perros y gatos, deberán haber sido desparasitados e inoculada las vacunas en los términos que se establezca reglamentariamente.

c) Documento de inscripción en el libro de orígenes de la raza, si así se hubiese acordado. Artículo 31. Residencias. 1. Las residencias de animales de compañía, centro de adiestramiento y demás instalaciones de la misma clase dispondrán de

personal veterinario encargado de vigilar el estado físico de los animales residentes y el tratamiento que reciben. En el momento de su ingreso, se colocará el animal en una instalación aislada y adecuada y se le mantendrá allí hasta que el veterinario del centro dictamine su estado sanitario, que deberá reflejarse en el libro registro del centro.

2. Será obligación del personal veterinario del centro vigilar que los animales se adapten a la nueva situación, que reciban alimentación adecuada y que no se den circunstancias que puedan provocarles daño alguno, proponiendo al titular del centro las medidas oportunas a adoptar en cada caso.

3. Si un animal enfermara, el centro lo comunicará inmediatamente el propietario, quien podrá dar la autorización para un tratamiento veterinario o recogerlo, excepto en los casos de enfermedades infecto-contagiosas, en los que se adoptarán las medidas sanitarias pertinentes.

4. El personal veterinario del centro adoptará las medidas necesarias para evitar contagios entre los animales residentes y del entorno, y comunicará a los servicios veterinarios de la Administración de la Junta de Andalucía las enfermedades que sean de declaración obligatoria.

5. Los dueños o poseedores de animales de compañía deberán acreditar, en el momento de la admisión, la aplicación de los tratamientos de carácter obligatorio establecidos por las autoridades competentes.

Artículo 32. Centros de estética. Los centros destinados a la estética de animales de compañía, además de las normas generales establecidas en la Ley

11/2003, de 24-11-03(BOJA nº 303 de 19-12-03) deberán disponer de : a) Agua caliente. b) Dispositivos de secado con los artilugios necesarios para impedir la producción de quemaduras en los animales. c) Mesas de trabajo con sistemas de seguridad capaces de impedir el estrangulamiento de los animales en el caso de que

intenten saltar al suelo. d) Programas de desinfección y desinsectación de los locales. Artículo 33. Centros de adiestramiento. Los centros de adiestramiento además de cumplir las condiciones establecidas en los artículos 30 y 32 de la presente

Ordenanza, basarán su labor en la utilización de métodos fundamentados en el conocimiento de la psicología del animal que no entrañen malos tratos físicos ni daño psíquico; a tal fin deberán contar con personal acreditado para el ejercicio profesional. Las condiciones para la acreditación se establecerán reglamentariamente. Igualmente, llevarán un libro de registro donde figuren los datos de identificación de los animales y de sus propietarios, así como el tipo de adiestramiento de cada animal.

CAPÍTULO VI

Exposiciones y Concursos

Artículo 34. Requisitos. 1. Los locales destinados a exposiciones o concursos de las distintas razas de animales de compañía deberán cumplir con los

siguientes requisitos: a) Disponer de un espacio al cuidado de facultativo veterinario en el que puedan atenderse aquellos animales que precisen la

asistencia. b) Disponer de un botiquín básico, con equipo farmacéutico reglamentario y el material imprescindible para estabilizar y

trasladar al animal a un centro veterinario adecuado cuando se requiera. 2. Los organizadores de concursos y exposiciones estarán obligados a la desinfección y desinsectación de los locales o

lugares donde se celebren.

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3. Será preceptivo para todos los animales que participen en concursos o exhibiciones la presentación, previa a la inscripción, de la correspondiente cartilla sanitaria de acuerdo con la legislación vigente.

4. En las exposiciones de razas caninas, quedarán excluidos de participar aquellos animales que demuestren actitudes agresivas o peligrosas.

CAPÍTULO VII

Animales abandonados y perdidos. Refugios y cesión de los mismos

Artículo 35. Animales abandonados y perdidos. 1. Se considerará animal abandonado, a los efectos de esta Ordenanza, aquel que no lleve alguna acreditación que lo

identifique ni vaya acompañado de persona alguna, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente sobre animales potencialmente peligrosos.

2. Se considerará animal perdido, a los efectos de esta Ordenanza, aquel que, aun portando su identificación, circule libremente sin persona acompañante alguna. En este caso, se notificará esta circunstancia al propietario y éste dispondrá de un plazo de cinco días para recuperarlo, abonando previamente los gastos que haya originado su atención y mantenimiento. Transcurrido dicho plazo sin que el propietario hubiera procedido a retirarlo, el animal se entenderá abandonado. Esta circunstancia no eximirá al propietario de la responsabilidad en que haya podido incurrir por el abandono del animal.

3. Corresponderá al Ayuntamiento la recogida y transporte de los animales abandonados y perdidos, debiendo hacerse cargo de ellos por un plazo mínimo de 10 días hasta que sean cedidos o, en último caso, sacrificados.

4. El animal identificado no podrá ser sacrificado sin conocimiento del propietario. Artículo 36. Refugios para animales abandonados y perdidos y servicio de recogida y transporte. 1. Los establecimientos para el refugio de los animales abandonados y perdidos deberán cumplir los requisitos exigidos en el

artículo 30.3 de la presente Ordenanza. 2. El servicio de recogida y transporte de animales será efectuado por personal debidamente capacitado a fin de no causar daños,

sufrimientos, estrés innecesarios a los animales, debiendo reunir el medio de transporte las debidas condiciones higiénico-sanitarias. 3. El número de plazas destinadas a animales abandonados de que deberán disponer el Ayuntamiento se determinará

reglamentariamente en base al número de habitantes y a los datos recogidos en el Registro Municipal de Animales de Compañía del Municipio.

4. En todo caso, a los animales que estén heridos o con síntomas de enfermedad se les prestará las atenciones veterinarias necesarias.

5. Los propietarios de animales de compañía podrán entregarlos, sin coste alguno, al servicio de acogimiento de animales abandonados de su municipio para que se proceda a su cesión a terceros y, en último extremo, a su sacrificio.

Artículo 37. Cesión de animales abandonados y perdidos. 1. Los refugios de animales abandonados y perdidos, transcurrido el plazo legal para recuperarlos, podrán cederlos, una vez

esterilizados, previa evaluación de los peticionarios. 2. Los animales deberán ser entregados debidamente desparasitados, externa e internamente, vacunados e identificados, en el

caso de no estarlo. 3. El cesionario será el encargado de abonar los gastos de vacunación, identificación y esterilización, en su caso. 4. La cesión de animales, en ningún caso, podrá realizarse a personas que hayan sido sancionadas por resolución firme por la

comisión de infracciones graves o muy graves de las reguladas en esta Ordenanza. 5. Los animales abandonados no podrán ser cedidos para ser destinados a la experimentación.

CAPÍTULO VIII

Asociaciones de protección y defensa de los animales Artículo 38. Concepto. De acuerdo con la Ley 11/2003, de 24-11-03, de protección de los animales (BOJA nº303 de 19-12-03), son asociaciones de

protección y defensa de los animales las asociaciones sin fin de lucro, legalmente constituidas, que tengan como principal finalidad la defensa y protección de los animales.

Artículo 39. Funciones. 1. Las asociaciones de protección y defensa de los animales podrán instar a la Consejería competente y a los Ayuntamientos

para que realicen inspecciones en aquellos casos concretos en que existan indicios de irregularidades de acuerdo con la presente Ordenanza.

2. Las asociaciones de protección y defensa de los animales prestarán su colaboración a los agentes de la autoridad en las gestiones que tengan relación con el cumplimiento de la presente Ordenanza.

3. La Administración de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Uleila del Campo (Almería) en el ámbito de sus competencias, podrán concertar con las asociaciones de protección y defensa de los animales la realización de actividades encaminadas a la consecución de tales fines.

4. La Administración competente establecerá convenios y ayudas a las asociaciones de protección y defensa de los animales, que hayan obtenido el título de entidades colaboradoras, en relación con las actividades de protección de animales, campañas de sensibilización y programas de adopción de animales de compañía, entre otros, que las mismas desarrollen.

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CAPÍTULO IX

Intervención, inspección, vigilancia y cooperación administrativa

Artículo 40. Vigilancia e inspección. Corresponde al Ayuntamiento el cumplimiento de las siguientes funciones: a) Confeccionar y mantener al día los registros a que hace referencia esta Ley. b) Recoger, donar o sacrificar los animales abandonados, perdidos o entregados por su dueño. c) Albergar a estos animales durante los periodos de tiempo señalados en esta Ley. d) Inspeccionar los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de

compañía regulados en el artº. 30.1 de esta Ordenanza. e) Habilitar lugares o sistemas para la eliminación de cadáveres. f) Y todas aquellas otras que se le atribuyan en la Ley 11/2003, de 24-11-03 (BOJA nº303 de 19-12-3). Artículo 41. Retención temporal. 1. El Ayuntamiento, por medio de sus agentes de la autoridad, podrán retener temporalmente, con carácter preventivo, a los

animales de compañía si hubiera indicios de maltrato o tortura, presentaran síntomas de agotamiento físico o desnutrición o se encontraren en instalaciones inadecuadas hasta la resolución del correspondiente expediente sancionador.

2. Igualmente, El Ayuntamiento podrá ordenar el internamiento o aislamiento temporal de aquellos animales que hubieren atacado a personas o animales causándoles lesiones, para su observación, control y adopción de las medidas sanitarias pertinentes.

TÍTULO III

INFRACCIONES Y SANCIONES

CAPÍTULO I

De los animales potencialmente peligrosos

Artículo 42. Infracciones. 1. De conformidad con lo dispuesto en el número 1 del artículo 13 de la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre tendrán la

consideración de infracciones muy graves las siguientes: a) Abandonar un animal potencialmente peligroso sin licencia. b) Tener animales potencialmente peligrosos sin licencia. c) Vender o transmitir por cualquier título un animal potencialmente peligroso a quien carezca de licencia. d) Adiestrar animales, aunque estos no tengan la calificación legal de peligrosos, para activar su peligrosidad o para finalidades

prohibidas. e) Adiestrar animales potencialmente peligrosos por quien carezca del certificado de capacitación. f) La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos,

o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales. 2. Tendrán la consideración de infracciones graves, de acuerdo con lo dispuesto en el número 2 del artículo 13 de la Ley

50/1999 de 23 de Diciembre, las siguientes: a) Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío. b) Incumplir las condiciones de tenencia de estos animales, especificadas, en su caso, en la licencia. c) Incumplir la obligación de identificar el animal, o de exhibir la licencia a requerimiento de los agentes de la autoridad. d) Omitir la inscripción en el Registro, o de las incidencias que hayan de ser inscritas según lo previsto en esta Ordenanza. e) Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena. f) El transporte de animales potencialmente peligrosos con vulneración de lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ordenanza. g) La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus

agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta Ordenanza, y en la legislación vigente, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.

3. Tendrán la consideración de infracciones leves, de acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 13 de la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre, las siguientes:

a) No portar el propietario la licencia, en el caso de tenerla. b) No llevar el animal la correspondiente identificación censal. c) No mantener a los animales en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias necesarias, o no prestarles los cuidados y

atenciones necesarios, salvo que por figurar estas circunstancias especificadas en los términos de la concesión de la licencia, hayan de reputarse como falta grave.

d) No recoger las heces vertidas por los animales en la vía pública. e) Carecer de seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo a que se refiere el artículo 4.1.e), o haber dejado de pagar

las primas correspondientes. f) Incumplir los plazos de inscripción. g) No renovar los certificados a que se refieren las letras b) y d) del apartado 1 del artículo 4.

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Artículo 43. Responsabilidad. 1. Se considerarán responsables de las infracciones a quienes por acción u omisión hubieren participado en la comisión de las

mismas, al propietario o tenedor de los animales o, en su caso, al titular del establecimiento, local o medio de transporte en que se produzcan los hechos, y en este último supuesto, además al encargado del transporte.

2. La responsabilidad de naturaleza administrativa, prevista en este artículo, se entiende sin perjuicio de la exigible en las vías penal y civil.

3. En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito o falta, la autoridad competente podrá acordar la incautación del animal hasta tanto la autoridad judicial provea acerca del mismo, debiendo dar traslado inmediato de los hechos al órgano jurisdiccional competente.

4. En el caso de que conforme lo dispuesto en el número anterior hubiesen varias personas responsables, cada una de ellas será objeto de sanción independiente.

Artículo 44. Procedimiento sancionador. El procedimiento sancionador se ajustará a lo dispuesto en materia de potestad sancionadora en la Ley 30/1992 de 26 de

Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como al Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, sin perjuicio de la normativa de la Comunidad Autónoma que pudiese aprobar.

Artículo 45. Sanciones. 1. Las infracciones tipificadas como leves en el artículo anterior serán sancionadas, de conformidad con lo dispuesto en el

número 5 del artículo 13 de la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre con multa desde 75,00 euros hasta 150,00 euros. 2. Las infracciones tipificadas como graves, de conformidad con lo dispuesto en el número 5 del artículo 13 de la Ley 50/1999

de 23 de Diciembre desde 151,00 euros hasta 1.200,00 euros. 3. Las infracciones tipificadas como muy graves, de conformidad con lo dispuesto en el número 5 del artículo 13 de la Ley

50/1999 de 23 de Diciembre desde 1.201,00 euros hasta 7.500,00 euros. 4. Las infracciones tipificadas en el número 1 y en los apartados a),b),e) y f) del número 2, del artículo 43, podrán llevar

aparejadas con el carácter de accesorias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999 de 23 de Diciembre, las de confiscación, decomiso, esterilización o sacrificio de los animales, la clausura del establecimiento y la suspensión temporal o definitiva de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

CAPÍTULO II

De los animales domésticos de compañía

Artículo 46. Infracciones. Se considerarán infracciones administrativas las acciones y omisiones tipificadas en la presente Ordenanza. Las disposiciones

reglamentarias de desarrollo podrán introducir especificaciones de las citadas infracciones en los términos previstos en el artículo 129.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 47. Responsabilidad. 1. Serán responsables de las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza las personas físicas o jurídicas que realicen las

acciones y omisiones tipificadas como infracción en la misma, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder en el ámbito civil o penal.

2. Cuando el cumplimiento de la obligaciones previstas en esta Ordenanza corresponda a varias personas conjuntamente, responderán de forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan. Asimismo, serán responsables subsidiarios de las sanciones impuestas a las personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades quienes ocuparan el cargo de administrador en el momento de cometerse la infracción.

Artículo 48. Clasificación de las infracciones. Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves. Artículo 49. Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves: a) El maltrato de animales que les cause invalidez o muerte. b) El abandono de animales. c) Practicar una mutilación con fines exclusivamente estéticos o sin utilidad alguna salvo las practicadas por veterinarios en

caso de necesidad. d) Depositar alimentos envenenados en espacios y lugares públicos, salvo los empleados por empresas autorizadas para el

control de plagas. e) El uso de animales en fiestas o espectáculos en los que éstos puedan ser objeto de daños , sufrimientos, tratamientos

antinaturales, malos tratos o en los que se pueda herir la sensibilidad del espectador. f) El suministro a los animales de alimentos y medicamentos que contengan sustancias que puedan provocarles sufrimientos o

daños innecesarios. g) La organización de peleas con y entre animales. h) La cesión por cualquier título de locales, terrenos o instalaciones para la celebración de peleas con y entre animales. i) La utilización de animales por parte de sus propietarios o poseedores para su participación en peleas. j) La filmación con animales de escenas que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento, cuando los daños no sean simulados.

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k) La utilización en los procedimientos de experimentación de animales de especies no recogidas en la normativa aplicable. l) La realización de procedimientos de experimentación no autorizados. m) La utilización de animales para procedimientos de experimentación en centros no reconocidos oficialmente. n) Utilizarlos en procedimientos de experimentación o destinarlos a los mismos sin el cumplimiento de las garantías

establecidas en la normativa aplicable. ñ) Realizar el sacrificio de un animal sin seguir las especificaciones de esta Ley y de la normativa aplicable. o) El empleo de animales vivos para el entrenamiento de otros. p) La comisión de más de una infracción de naturaleza grave en el plazo de 3 años, cuando así haya sido declarado por

resolución firme. Artículo 50. Infracciones graves. Son infracciones graves: a) El maltrato a animales que causen dolor o sufrimiento o lesiones no invalidantes. b) No realizar las vacunaciones y tratamientos obligatorios previstos en la normativa aplicable. c) No mantener a los animales en buenas condiciones higiénico-sanitarias o en las condiciones fijadas por la normativa

aplicable. d) No suministrar a los animales la asistencia veterinaria necesaria. e) Imponer un trabajo que supere la capacidad de un animal u obligar a trabajar a animales enfermos, fatigados o que se

encuentren en algunos de los casos previstos en el artículo 14.1.n) de la presente Ley. f) Venta o donación de animales para la experimentación sin la oportunas autorizaciones. g) Filmación de escenas con animales que simulen crueldad, maltrato o sufrimiento sin la correspondiente autorización

administrativa. h) El empleo de animales en exhibiciones que les cause sufrimiento o dolor. i) La cría o comercialización de animales sin cumplir los requisitos correspondientes. j) Asistencia a peleas con animales. k) La venta o donación de animales a menores de 16 años o incapacitados sin la autorización de quien tenga su patria

potestad, tutela o custodia. l) No facilitar a los animales la alimentación adecuada a sus necesidades. m) Ofrecer animales como premio o recompensa en concursos, o con fines publicitarios. n) La venta ambulante fuera de las instalaciones, ferias o mercados autorizados. ñ) Impedir al personal habilitado por los órganos competentes previstos en la presente Ordenanza, así como no facilitar la

información y documentación que se les requiera en el ejercicio de las funciones de control. o) El incumplimiento, por parte de los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los

animales de compañía, de los requisitos y condiciones establecidas en la presente Ordenanza . p) La venta de mamíferos como animales de compañía con menos de cuarenta días. q) La venta de animales enfermos cuando se tenga constancia de ello. r) El transporte de animales sin reunir los requisitos legales. s) La negativa u obstaculización a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus

agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta Ordenanza, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.

t) La posesión de animales no registrados ni identificados conforme a lo previsto en esta Ordenanza. u) La comisión de más de una infracción de naturaleza leve en el plazo de 3 años, cuando así haya sido declarado por

resolución firme. Artículo 51. Infracciones leves. Son infracciones leves: a) La carencia o tenencia incompleta del archivo de fichas clinicas de los animales objeto de tratamiento obligatorio. b) La no obtención de las autorizaciones, permisos o licencias necesarias, en cada caso, para estar en posesión del animal de

que se trate. c) La manipulación artificial de los animales con objeto de hacerlos atractivos como diversión o juguete para su venta. d) La falta de notificación al órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía de la utilización de animales de

experimentación. e) La perturbación por parte de los animales de la tranquilidad y el descanso de los vecinos. f) La no recogida inmediata de los excrementos evacuados por el animal de compañía en las vías públicas. g) Cualquier otra actuación que contradiga las obligaciones o infrinja las prohibiciones de esta Ordenanza y no esté tipificada

como infracción grave o muy grave. Artículo 52. Sanciones. 1. Las infracciones indicadas en el artículo anterior serán sancionadas con multas de : a) Desde 75 a 150 euros para las leves. b) Desde 151 a 2.000 euros para las graves. c) Desde 2.001 a 10.000 euros para las muy graves. De conformidad con lo previsto en el artículo 131.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la multa a imponer podrá ser incrementada en la cuantía del beneficio obtenido mediante la realización de la conducta tipificada como infracción.

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2. En la resolución del expediente sancionador, además de las multas a que se refiere el apartado primero, los órganos competentes podrán imponer las siguientes sanciones accesorias:

a) Clausura temporal de las instalaciones, locales o establecimientos por un plazo máximo de un año para las infracciones graves y de dos años para las muy graves.

b) Prohibición temporal para el ejercicio de actividades comerciales reguladas por la presente Ordenanza, por un plazo máximo de un año para las infracciones graves y dos para las muy graves.

c) Decomiso de los animales para las infracciones graves o muy graves. d) Prohibición de la tenencia de animales por un periodo máximo de dos años para las graves y cuatro para las muy graves. Artículo 53. Graduación de las sanciones. La graduación de las sanciones previstas en esta Ordenanza se hará conforme a los siguientes criterios: a) La transcendencia social o sanitaria y el perjuicio causado por la infracción. b) El ánimo de lucro y la cuantía del beneficio económico obtenido en la comisión de la infracción. c) La importancia del daño causado al animal. d) La reiteración en la comisión de infracciones. e) Cualquier otra que pueda incidir en el grado de reprochabilidad de la infracción, en un sentido atenuante o agravante. A tal

efecto tendrá una especial significación la violencia en presencia de menores o discapacitados psíquicos. Artículo 54. Medidas Provisionales. 1. Iniciado el procedimiento sancionador, la autoridad administrativa instructora podrá adoptar, previa motivación, las siguientes

medidas provisionales en los casos de presunta comisión de infracciones graves o muy graves previstas en esta Ordenanza: a) La retirada preventiva de los animales y la custodia de los mismos en los centros para la recogida de animales. a) La suspensión temporal de autorizaciones. c) La clausura preventiva de las instalaciones, locales o establecimientos. 2. Las medidas provisionales se mantendrán mientras persistan las causas que motivaron su adopción. Artículo 55. Procedimiento y competencia sancionadora. 1. Para imponer las sanciones a las infracciones previstas por la presente Ordenanza, será de aplicación el procedimiento que

reglamentariamente se establezca. 2. Serán competentes para imponer las sanciones previstas en la presente Ordenanza, de acuerdo con el artº.44-2 de la Ley

11/2003: a) La Consejería de Agricultura y Pesca, para todos los casos de infracciones que afecten a los animales de renta y de

experimentación. b) La Consejería de Gobernación, para la imposición de sanciones muy graves y graves que afecten a los animales de

compañía. c) El Ayuntamiento será competente para la imposición de sanciones leves que afecten a los animales de compañía. 3. En cualquier caso, los órganos reseñados habrán de comunicar a los correspondientes de las demás Administraciones

Públicas que tengan competencia en la materia objeto de la presente Ordenanza cuantas sanciones hayan sido impuestas en el ejercicio de sus funciones.

Disposición Adicional Primera. IMPOSICIÓN TRIBUTARIA. La actividad municipal que se preste o realice en el ámbito de esta Ordenanza podrá ser objeto de tributación municipal si así

se establece en las correspondientes ordenanzas fiscales municipales. Disposición Adicional Segunda. CONVENIOS. El Ayuntamiento podrá suscribir Convenios de Colaboración con otras Administraciones Públicas, con Instituciones, Colegios

Profesionales o Asociaciones de Protección de los Animales sobre las materias objeto de esta Ordenanza. Disposición Transitoria Primera. CENTROS VETERINARIOS Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y

CUIDADO TEMPORAL DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA. Los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía habrán de

ajustarse a los requisitos establecidos en la presente Ley en el plazo de un año desde la entrada en vigor. Disposición Transitoria Segunda. PROPIETARIOS Y POSEEDORES. Se establece el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ordenanza para que los propietarios y poseedores de

animales de compañía adecuen su actual situación a las previsiones de la misma. No obstante, respecto a lo dispuesto en el artículo 27.1, el plazo será de un año respecto de los animales de compañía nacidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza.

Disposición Derogatoria. Quedan derogadas las normas contenidas en las Ordenanzas municipales que se opongan a lo dispuesto en ésta, y con

carácter singular queda derogada la Ordenanza Reguladora de la Tenencia, Protección y Disfrute de Animales aprobada por este Ayuntamiento en fecha 15 de diciembre de 2000.

Disposición Final. ENTRADA EN VIGOR. La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos, significando que contra el presente acuerdo cabe recurso

contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de 2 meses a partir de su publicación en el BOP.

En Uleila del Campo, a 4 de febrero de 2015. EL ALCALDE, Juan José Fuentes Yepes.

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E D I C T O Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno Corporativo celebrada el día 27 de enero de 2015, expediente de

Modificación Puntual núm.- 21 y de la ordenación detallada en el ámbito del Sector RC - 6 del T.M. de Vera, promovida por Inversiones Inmobiliarias Can Vives S.L.U., según documentación técnica redactada por el arquitecto D. Fernando Benito Pey, el mismo queda expuesto al público durante el plazo de un mes, a contar del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP de Almería, al efecto de las reclamaciones, sugerencias y alegaciones por todos los que se consideren interesados, quedando el expediente a disposición de los mismos en los Servicios de Urbanismo Municipales, donde podrá ser examinado en horario de oficina.

Del mismo modo, se somete a información pública, tras su aprobación inicial, el Estudio de Impacto Ambiental, afecto al Proyecto de Modificación Puntual número 21 del PGOU de Vera, haciéndose público que el mencionado Estudio, se podrá examinar durante el plazo de treinta días hábiles en horas de oficina en los Servicios de Secretaría del Ayuntamiento y en las dependencias de la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en C/ Canónigo Molina Alonso, 8 - 04071 Almería.

Todo lo cual se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 32, 33 y 38 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Vera, a 30 de enero de 2015. EL ALCALDE-PRESIDENTE, José Carmelo Jorge Blanco.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL838/15

AYUNTAMIENTO DE VERA

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A N U N C I O Por Resolución de fecha 23 de enero de 2.015 y en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo Número 2 de Almería en relación al Procedimiento Ordinario 1095/2014 Negociado: PG en el que es recurrente Endesa Energía XXI contra: "Desestimación presunta de reclamación previa de 09/07/14 por reclamación de cantidad en relación a facturas de consumo de energía eléctrica", se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49,1 de la LJCA, mediante el presente anuncio se emplaza a cuantos pudieran ser interesados en él para que puedan personarse como demandados en el recurso ante dicho Juzgado en el plazo de nueve días en legal forma, mediante Abogado y Procurador o sólo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que de personarse fuera de plazo se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, de no personarse oportunamente continuará el procedimiento sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Balanegra, 28 de enero de 2015. LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Mercedes Tapia Sánchez.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL800/15

ENTIDAD LOCAL MENOR DE BALANEGRA

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A N U N C I O Aprobados el Presupuesto General y la Plantilla de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Almería para el ejercicio 2015 en el

Pleno celebrado el día 22 de diciembre de 2014, que incluye el Presupuesto y Plantilla del Patronato Municipal de Deportes, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 29 de diciembre de 2014, se procede a la publicación de la Plantilla de Personal del Patronato Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Almería para general conocimiento, de acuerdo con el siguiente detalle:

PLANTILLA 2015 DE PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES PARA 2015

PERSONAL LABORAL NIVEL TITULACIÓN ACCESO

1 Técnico Superior Deportes Universitario Superior

1 Técnico Superior de Programas Deportivos Universitario Superior

1 Coordinador Deportivo Universitario Medio

1 Arquitecto Técnico Universitario Medio

1 Técnico de Gestión Sanitaria Universitario Medio

2 Técnico de Gestión Deportiva Universitario Medio

3 Administrativos Bachiller Superior

8 Animadores Deportivos Bachiller Superior

3 Auxiliar Administrativo Graduado Escolar

2 Oficial Conservación Graduado Escolar

8 Subalternos Certificado Escolaridad

1 Peón de Obras Certificado Escolaridad (Lab. Fijo adscrito PMD)

2 Peones de Mantenimiento Certificado Escolaridad

1 Responsable de Almacén Graduado Escolar

Almería, 3 de febrero de 2014. EL VICEPRESIDENTE DEL PATRONATO, Juan José Alonso Bonillo.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL793/15

PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERIA

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E D I C T O Se intentó la notificación de resolución de justiprecio del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa acordada en la sesión de

20.11.2014, en la que se valoraron los bienes de Carole Joan Harding. El expropiante fue el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con motivo de las obras de "Gasoducto Almería-Chinchilla (eje transversal), sus addendas, n° s1 y 2 y sus instalaciones auxiliares", finca AL-LG-117/7V del término municipal de LOS GALLARDOS (Almería), siendo Enagas, S.A, la entidad beneficiaría de la expropiación. La notificación no se ha podido llevar a cabo. Se efectuó en el apartado de correos n° 68 de Garrucha (Almería), que consta en la pieza separada de justiprecio. Por tanto, ahora se practica de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre (BOE 27.11.92), en su redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero.

La resolución es susceptible de recurso potestativo de reposición, que deberá interponerse en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente Edicto, ante este Jurado de Expropiación, o de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, con sede en Granada, o de cualquier otro que estimare pertinente.

Almería, a 22 de enero de 2015. EL SECRETARIO GENERAL, Luis Hernández Jiménez-Casquet.

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ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO449/15

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ALMERIA

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N.I.G.: 0401344S20130000397 Procedimiento: 99/13 Ejecución N°: 330/2014. Negociado: MR De: D/Da.: FRANCISCO FERNANDEZ SANCHEZ Contra: D/Da.: VIDAL Y FORNIELES CB

E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 330/2014, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

FRANCISCO FERNANDEZ SANCHEZ contra VIDAL Y FORNIELES CB, en la que con fecha 20/01/15 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

DECRETO Secretario Judicial Sustituta D/Da MARIA JOSE SAEZ NAVARRO En Almería, a veinte de enero de dos mil quince ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto con orden general de ejecución de fecha 01/12/14, a favor del

ejecutante FRANCISCO FERNANDEZ SANCHEZ, y frente a VIDAL Y FORNIELES CB, por la cantidad de 4.300,01 € de Principal. PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Acceder al PUNTO NEUTRO JUDICIAL. - Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada,

VIDAL Y FORNIELES CB, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes. - Requerir de pago al ejecutado, VIDAL Y FORNIELES CB, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses

devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase, en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta.

Notifíquese la presente resolución MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito

que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del SANTANDER IBAN ES55 0049-3569-9200-0500-1274, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en forma a VIDAL Y FORNIELES CB, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 85_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA381/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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N.I.G.: 0401344S20120004955 Procedimiento: 1211/12 Ejecución N°: 292/2014. Negociado: MR De: D/Da.: MALIKA LEMHADDEN Contra: D/Da.: ANTONIO SANTIAGO CORTES

E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 292/2014, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

MALIKA LEMHADDEN contra ANTONIO SANTIAGO CORTES, en la que con fecha 15/12/14 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

AUTO En Almería, a quince de diciembre de dos mil catorce. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de

reposición. Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. DIEGO MIGUEL ALARCON, MAGISTRADO/JUEZ del

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA. Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a ANTONIO SANTIAGO CORTES, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen,

libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 86_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA382/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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N.I.G.: 0401344S20140001779 Procedimiento: 465/14 Ejecución Nº: 208/2014. Negociado: MR De: D/Da.: NIKKOLYAN HAYKAZ Contra: D/Da.: REYROSA ALMERIA SL

E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 208/2014, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

NIKKOLYAN HAYKAZ contra REYROSA ALMERIA SL, en la que con fecha 17/12/14 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

DECRETO Secretario/a Judicial, Sr./a.: ALFREDO MORENO GONZALEZ En Almería, a diecisiete de diciembre de dos mil catorce. ANTECEDENTES DE HECHO Unico.- En el presente procedimiento consta que se ha dado satisfacción a la/s deuda/s que constaba/n en el título por el que

se despachó ejecución en favor de la parte ejecutante NIKKOLYAN HAYKAZ. PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de NIKKOLYAN HAYKAZ, frente a

REYROSA ALMERIA SL 2.- Alzar, en su caso, todos los embargos y librar para ello los correspondientes despachos. 3.- Archivar el presente procedimiento. MODO DE IMPUGNACION: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el

plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, (art. 188 LRJS). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de VEINTICINCO EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones del SANTANDER IBAN ES55 0049-3569-9200-0500-1274 del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.- Y para que sirva de notificación en forma a REYROSA ALMERIA SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el

presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 87_______________________________________________________________________________

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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N.I.G.: 0401344S20120003402 Procedimiento: 831/12 Ejecución N°: 148/2014. Negociado: MR De: D/Da.: PATRICIA EVELYN FAVRET Contra: D/Da.: CARMEN BELEN PEREZ GARCIA y MANUEL FERNANDEZ SANTIAGO

E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 148/2014, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

PATRICIA EVELYN FAVRET contra CARMEN BELEN PEREZ GARCIA y MANUEL FERNANDEZ SANTIAGO, en la que con fecha 20/01/15 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

DECRETO Secretario Judicial Sustituta D/Da MARIA JOSE SAEZ NAVARRO En Almería, a veinte de enero de dos mil quince Notifíquese la presente resolución MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien

dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° 0030-1846-42-0005001274 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en forma a CARMEN BELEN PEREZ GARCIA y MANUEL FERNANDEZ SANTIAGO, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 123/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140000379 De: D/Da. BERNARDO LIROLA MALDONADO Contra: D/Da. AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO y EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO SA (ELSUR

SA) Y OTROS

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 123/2014 seguidos a instancias de BERNARDO LIROLA MALDONADO contra AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO y EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO SA (ELSUR SA) Y OTROS sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a 14-RAFAEL BARBERO GODOY, 26-FRANCISCO BRAVO LUPIAÑEZ, 36-FRANCISCO RAUL DEL BARCO MARTINEZ, 70-FRANCISCO GODOY MORENO, 132-JUAN PEDRO MUÑOZ MARTINEZ, 168-MANUEL ROMERO GONZALEZ, 170-ANTONIO ROSILLO CALVENTE, 181-JOSE SANCHEZ DELGADO, 182-AGUSTIN SANCHEZ GRANADOS, 185-JOSE SANTIAGO SANTIAGO, 189-MANUEL SUAREZ MARTIN, 206-ANTONIO ALCARAZ DURAN, 207-FRANCISCO A. AMAT MARTIN, como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 26/MAYO/2015; 11:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a 14- RAFAEL BARBERO GODOY, 26-FRANCISCO BRAVO LUPIAÑEZ, 36-FRANCISCO RAUL DEL BARCO MARTINEZ, 70-FRANCISCO GODOY MORENO, 132-JUAN PEDRO MUÑOZ MARTINEZ, 168-MANUEL ROMERO GONZALEZ, 170-ANTONIO ROSILLO CALVENTE, 181-JOSE SANCHEZ DELGADO, 182-AGUSTIN SANCHEZ GRANADOS, 185-JOSE SANTIAGO SANTIAGO, 189-MANUEL SUAREZ MARTIN, 206-ANTONIO ALCARAZ DURAN, 207-FRANCISCO A. AMAT MARTIN, para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA385/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1317/2013 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20130005458 De: D/Da. VERONIQUE MENDY Contra: D/Da. HORTIPONIENTE 2007, SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 1317/2013 seguidos a instancias de VERONIQUE MENDY contra HORTIPONIENTE 2007, SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a HORTIPONIENTE 2007, SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 03/MARZO/2015 A LAS 11:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a HORTIPONIENTE 2007, SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1439/2013 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20130005942 De: D/Da. PATRICIA MARTINEZ SOLER Contra: D/Da. GREEN SHAPIRE SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 1439/2013 seguidos a instancias de PATRICIA MARTINEZ SOLER contra GREEN SHAPIRE SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a GREEN SHAPIRE SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 24/MARZO/2015 A LAS 11:45 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a GREEN SHAPIRE SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1479/2013 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20130006113 De: D/Da. LAURA SANCHIZ LEON Contra: D/Da. CAMPONORIAS SL, DUNIA CAMPOALMERIA SL, FRANCISCO GIMENEZ FELICES (AD. CONCURSAL), LUIS

CARLOS GARCIA AYUSO (AD. CONCURSAL) y FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA)

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 1479/2013 seguidos a instancias de LAURA SANCHIZ LEON contra CAMPONORIAS SL, DUNIA CAMPOALMERIA SL, FRANCISCO GIMENEZ FELICES (AD. CONCURSAL), LUIS CARLOS GARCIA AYUSO (AD. CONCURSAL) y FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a CAMPONORIAS SL y DUNIA CAMPOALMERIA SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 26/MARZO/2015 A LAS 11:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a CAMPONORIAS SL y DUNIA CAMPOALMERIA SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 92_______________________________________________________________________________

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1449/2013 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20130005985 De: D/Da. HRISTO STOYANOV SANOV Contra: D/Da. TAXIS TORSAN SLU

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 1449/2013 seguidos a instancias de HRISTO STOYANOV SANOV contra TAXIS TORSAN SLU sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a TAXIS TORSAN SLU y HRISTO STOYANOV SANOV como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 24/MARZO/2015 A LAS 12:30 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a TAXIS TORSAN SLU y HRISTO STOYANOV SANOV para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 93_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA389/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1330/2013 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130005508 De: D/Da. SERAFIN JESUS ROMERA ROMERO Contra: D/Da. BIO MANTIS SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 1330/2013, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de SERAFIN JESUS ROMERA ROMERO contra BIO MANTIS SL, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 3 DE MARZO DE 2015 A LAS 12 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a BIO MANTIS SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 94_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA390/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1573/2013 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20130006489 De: D/Da. JOSE IGNACIO LAGO MUÑOZ Contra: D/Da. MUNDO NEWLAR SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 1573/2013 seguidos a instancias de JOSE IGNACIO LAGO MUÑOZ contra MUNDO NEWLAR SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a MUNDO NEWLAR SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 09/ABRIL/2015; A LAS 13:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a MUNDO NEWLAR SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 95_______________________________________________________________________________

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1358/2013 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130005621 De: D/Da. JUAN JOSE FERNANDEZ MALDONADO Contra: D/Da. JUAN ANTONIO VARGAS CRESPO

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 1358/2013, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de JUAN JOSE FERNANDEZ MALDONADO contra JUAN ANTONIO VARGAS CRESPO, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 10 DE MARZO DE 2015 A LAS 13 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a JUAN ANTONIO VARGAS CRESPO, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 96_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA393/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 97: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1426/2013 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130005893 De: D/Da. ENRIQUE SANCHEZ RIQUELME Contra: D/Da. DIEGO JESUS CERVANTES INVERNON y CERVANTES VENDING ALMERIA SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 1426/2013, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de ENRIQUE SANCHEZ RIQUELME contra DIEGO JESUS CERVANTES INVERNON y CERVANTES VENDING ALMERIA SL, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 17 DE MARZO DE 2015 A LAS 12,15 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a, DIEGO JESUS CERVANTES INVERNON y CERVANTES VENDING ALMERIA SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince: EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 97_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA394/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 98: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1432/2013 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130005911 De: D/Da. JERONIMO MORALES CALLEJON Contra: D/Da. HIERROS Y ALUMINIOS EL EJIDO SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 1432/2013, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de JERONIMO MORALES CALLEJON contra HIERROS Y ALUMINIOS EL EJIDO SL, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 17 DE MARZO DE 2015 A LAS 13 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a HIERROS Y ALUMINIOS EL EJIDO SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 98_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA395/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 99: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1428/2013 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130005897 De: D/Da. ANDRES NICOLAS SANCHEZ GARCIA Contra: D/Da. AL ANDALUS SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 1428/2013, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de ANDRES NICOLAS SANCHEZ GARCIA contra AL ANDALUS SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 17 DE MARZO DE 2015 A LAS 12,30 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a AL ANDALUS SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 99_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA396/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 100: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1448/2013 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130005976 De: D/Da. LUCIAN VALI ANDRUS Contra: D/Da. SIMAÑAS TECNOLOGIA SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 1448/2013, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de LUCIAN VALI ANDRUS contra SIMAÑAS TECNOLOGIA SL, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 24 DE MARZO DE 2015 A LAS 12,15 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a SIMAÑAS TECNOLOGIA SL cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 100_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA398/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 101: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 146/2014 Negociado: MS Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20140000467 De: D/Dª. ISABEL NAVIO NAVARRO Contra: D/Da. UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 146/2014, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL

NUMERO 1 DE ALMERIA y su provincia en materia de Despido Objetivo Individual, a instancia de ISABEL NAVIO NAVARRO contra UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 5 DE MAYO DE 2015 A LAS 12,15 HORAS en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

Dado en Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 101_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA399/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 102: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 147/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140000469 De: D/Da. EMILIA GUIRADO CORRAL Contra: D/Da. UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 147/2014 seguidos a instancias de EMILIA GUIRADO CORRAL contra UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 05/MAYO/2015; A LAS 12:30 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a UNION GERIATRICA DE ALMERIA SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 102_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA437/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 103: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 149/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140000480 De: D/Da. MARIA ANGUSTIAS MOLINA DELGADO Contra: D/Da. FOGASA y GESTION INTEGRAL DE GASOLINERAS SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 149/2014 seguidos a instancias de MARIA ANGUSTIAS MOLINA DELGADO contra FOGASA y GESTION INTEGRAL DE GASOLINERAS SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a GESTION INTEGRAL DE GASOLINERAS SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 05/MAYO/2015; A LAS 12:45 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a GESTION INTEGRAL DE GASOLINERAS SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 103_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA438/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 104: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 211/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140000740 De: D/Da. JOSE CARLOS DIAZ GIL Contra: D/Da. ADOLFO OLMEDO VILLAREJO SL, NAVERO MERCANTE SL, REPOSICIONES JUNCARIL SL y DANONE SA

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 211/2014 seguidos a instancias de JOSE CARLOS DIAZ GIL contra ADOLFO OLMEDO VILLAREJO SL, NAVERO MERCANTE SL, REPOSICIONES JUNCARIL SL y DANONE SA sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a NAVERO MERCANTE SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 12/MAYO/2015; A LAS 12:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a NAVERO MERCANTE SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 104_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA439/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 105: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 287/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140001040 De: D/Da. MARIA ELOISA LOPEZ MONTERO Contra: D/Da. ISABEL PICHEL ROMERO

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 287/2014 seguidos a instancias de MARIA ELOISA LOPEZ MONTERO contra ISABEL PICHEL ROMERO sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a ISABEL PICHEL ROMERO como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 21/MAYO/2015; A LAS 12:45 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a ISABEL PICHEL ROMERO para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 105_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA440/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 106: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 353/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140001313 De: D/Da. ADRIAN MARTINEZ CARRETERO Contra: D/Da. CONTENUR SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 353/2014 seguidos a instancias de ADRIAN MARTINEZ CARRETERO contra CONTENUR SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a CONTENUR SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 02/JUNIO/2015 A LAS 12:15 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a CONTENUR SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 106_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA441/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 107: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 383/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140001431 De: D/Da. ALFONSO HARO SANCHEZ Contra: D/Da. PROINERSOL SL

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 383/2014 seguidos a instancias de ALFONSO HARO SANCHEZ contra PROINERSOL SL sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a PROINERSOL SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 04/JUNIO/2015; A LAS 12:30 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a PROINERSOL SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 107_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA442/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 361/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140001354 De: D/Da. ANTONIA VIZARRAGA FERNANDEZ Contra: D/Da. ALSA GRUPO SLU, ACCIONA FACILITY SERVICES SA, LIMPIEZA INDUSTRIAL DE AUTOBUSES SL y NEX

CONTINENTAL HOLDINGS SLU

EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. DIEGO MIGUEL ALARCON, Magistrado del JUZGADO DE

LO SOCIAL NUMERO 1 DE ALMERIA, en los autos número 361/2014 seguidos a instancias de ANTONIA VIZARRAGA FERNANDEZ contra ALSA GRUPO SLU, ACCIONA FACILITY SERVICES SA, LIMPIEZA INDUSTRIAL DE AUTOBUSES SL y NEX CONTINENTAL HOLDINGS SLU sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a LIMPIEZA INDUSTRIAL DE AUTOBUSES SL como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 02/JUNIO/2015; A LAS 12:45 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a LIMPIEZA INDUSTRIAL DE AUTOBUSES SL para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Almería, a doce de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 108_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA443/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Social Ordinario 204/2013 Negociado: A Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD N.I.G.: 0401344S20130000869 De: D/Da. ALEJANDRO JESUS SANCHEZ LOPEZ Contra: D/Da. ANA MARIA RECENA GOMEZ

E D I C T O D/Da Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 204/2013 a instancia de la parte actora D/Da.

ALEJANDRO JESUS SANCHEZ LOPEZ contra ANA MARIA RECENA GOMEZ sobre Social Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 27/11/2014 del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NUM. 493/2014 En la Ciudad de Almería a veintisiete de noviembre de dos mil catorce. El Ilmo. Sr. D. DIEGO MIGUEL ALARCON CANDELA, Magistrado-Juez del Juzgado de los Social Núm. Uno de los de Almería y su provincia, en nombre del Rey, ha dictado la

siguiente Sentencia: Habiendo visto los presentes autos núm. 204/2.013, seguidos entre partes, de la una como demandante D. ALEJANDRO

JESÚS SÁNCHEZ LOPEZ, representado y asistido por el Letrado D. Mariano Blanco Lao y de la otra como demandada la empresa ANA MARIA RECENA GOMEZ. En materia de salarios.

FALLO Que estimando íntegramente la demanda formulada por D. ALEJANDRO JESÚS SÁNCHEZ LOPEZ, debo condenar y

condeno a la mercantil demandada Da. ANA MARIA RECENA GOMEZ, a que abone al actor la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SEIS CENTIMOS (3.863,06 €), mas los intereses legales de la misma en la forma que se reseña en el Fundamento Jurídico Tercero de esta resolución.

Llévese testimonio literal de esta Sentencia a las Autos principales archivándose la misma en el legajo correspondiente, y notifíquese a las partes en legal forma, haciéndoles saber que de conformidad con lo establecido en el Art. 97.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, contra la presente resolución pueden interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de CINCO DIAS contados desde el siguiente a la notificación de la misma, que deberá anunciarse mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación de la parte ante este Juzgado de lo Social. Si recurriese la demandada, de conformidad con los requisitos y excepciones que establece el Art. 229 de la misma ley, vendrá obligada a acreditar en el momento de anunciar Recurso, haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado de lo Social, en el Banco Español de Crédito, oficina Principal de esta Ciudad, con el número 0231000065, el importe de la condena y al formalizarlo, acreditar igualmente haber efectuado el depósito especial de 300 Euros en la cuenta abierta en el BANESTO con el número 0231000034, siendo imprescindible indicar en el momento del ingreso el núm. de Autos a que el mismo corresponde. Las cantidades objeto de condena podrá ser sustituidas por aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, de lo contrario se le tendrá por desistido en el recurso. Igualmente a la hora de formalizar el recurso, la parte que recurrente esta obligada a ingresar en el Tesoro Publico, la tasa que impone la ley 10/2012, de 20 de noviembre de tasa judiciales

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado ANA MARIA RECENA GOMEZ actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a nueve de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 109_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA444/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Social Ordinario 250/2013 Negociado: A Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD N.I.G.: 0401344S20130001041 De: D/Da. ALBERTO ANTONIO SANCHEZ FUENTES Contra: D/Da. RAFAEL ANTON PELLICER

E D I C T O D/Da Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 250/2013 a instancia de la parte actora D/Da.

ALBERTO ANTONIO SANCHEZ FUENTES contra RAFAEL ANTON PELLICER sobre Social Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 05/12/2014 del tenor literal siguiente:

Proceso Núm. 250/2.013 SENTENCIA NÚM. 519/2014 En la Ciudad de Almería a cinco de Diciembre de dos mil catorce. El Ilmo. Sr. D. DIEGO MIGUEL ALARCON CANDELA, Magistrado-Juez del Juzgado de los Social Núm. Uno de los de Almería

y su provincia, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente Sentencia: Habiendo visto los presentes autos núm. 250/2.013, seguidos entre partes, de la una como demandante D. ALBERTO

ANTONIO SANCHEZ FUENTES, representado y asistido por el letrado D. Enrique Ocaña Morales y de la otra como demandada la empresa RAFAEL ANTON PELLICER, incomparecida. En materia de Salarios.

FALLO Que estimando íntegramente la demanda formulada por D. ALBERTO ANTONIO SANCHEZ FUENTES, frente a la empresa

RAFAEL ANTON PELLICER, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTISIETE CENTIMOS (2.659,27 €), mas los intereses legales de la misma en la forma que se reseña en el Fundamento Jurídico Tercero de esta resolución.

Llévese testimonio literal de esta Sentencia a los Autos principales archivándose la misma en el legajo correspondiente y notifíquese a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno por razón de la cuantía, de conformidad con lo establecido en el Art. 191.2. g) de la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social, al ser la cuantía litigiosa inferior a 3.000 Euros.

Así por esta mí Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado RAFAEL ANTON PELLICER actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a nueve de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 110_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA445/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 350/2013 Negociado: A Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20130001469 De: D/Da. VASILE ADRIAN ZAGREAN Contra: D/ Da TOMARAF SAT

E D I C T O D/Da Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 350/2013 a instancia de la parte actora D/Da.

VASILE ADRIAN ZAGREAN contra TOMARAF SAT sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado SENTENCIA de fecha 01 de diciembre de 2014 del tenor literal siguiente:

Proceso Núm. 350/2.013 SENTENCIA NÚM. 495/2014 En la Ciudad de Almería a uno de Diciembre de dos mil catorce. El Ilmo. Sr. D. DIEGO MIGUEL ALARCON CANDELA, Magistrado-Juez del Juzgado de los Social Núm. Uno de los de Almería y su provincia, en nombre del Rey, ha dictado la

siguiente Sentencia: Habiendo visto los presentes autos núm. 350/2.013, seguidos entre partes, de la una como demandante D. VASILE ADRIAN

ZAGREAN, asistido por el Letrado D. José Ruiz Cazorla y de la otra como demandada la empresa TOMARAF, SAT, incomparecida. En materia de despido.

FALLO Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Letrado D. José Ruiz Cazorla, en nombre y representación de

D. VASILE ADRIAN ZAGREAN, frente a la empresa TOMARAF, SAT, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el actor y debo condenar y condeno a la demandada, a optar en el plazo de 5 días a partir de la notificación de la presente sentencia, a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo o a indemnizarlo en la cantidad de 2.413,29 €. En el caso que la empresa opte por la readmisión estará obligada a abonarle los salarios dejados de percibir a razón de 46,67 € diarios, desde la fecha del despido el día 14 de Enero de 2.013, hasta el de la notificación de la presente resolución, haciendo constar que el no ejercicio de la opción en el plazo indicado, se entenderá que la empresa opta por la readmisión

Llévese testimonio literal de esta Sentencia a las Autos principales archivándose la misma en el legajo correspondiente, y notifíquese a las partes en legal forma, haciéndoles saber que de conformidad con lo establecido en el Art. 97.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, contra la presente resolución pueden interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de CINCO DIAS contados desde el siguiente a la notificación de la misma, que deberá anunciarse mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación de la parte ante este Juzgado de lo Social. Si recurriese la demandada, de conformidad con los requisitos y excepciones que establece el Art. 229 de la misma ley, vendrá obligada a acreditar en el momento de anunciar Recurso, haber ingresado en la cuenta corriente de éste Juzgado de lo Social, en el Banco Español de Crédito, oficina Principal de esta Ciudad, con el número 0231000065, el importe de la condena y al formalizarlo, acreditar igualmente haber efectuado el depósito especial de 300 Euros en la cuenta abierta en el BANESTO con el número 0231000034, siendo imprescindible indicar en el momento del ingreso el núm. de Autos a que el mismo corresponde. Las cantidades objeto de condena podrá ser sustituidas por aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, de lo contrario se le tendrá por desistido en el recurso. Igualmente a la hora de formalizar el recurso, la parte que recurrente esta obligada a ingresar en el Tesoro Publico, la tasa que impone la ley 10/2012, de 20 de noviembre de tasa judiciales.

Así por esta mí Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado TOMARAF SAT actualmente en paradero desconocido, expido el presente para

su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a nueve de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 111_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA446/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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N.I.G.: 0401344S20110004584 Procedimiento: 1058/11 Ejecución N°: 328/2014. Negociado: MR De: D/Da.: ANTONIO GALAN OLMO Contra: D/Da.: INVERSIONES AGOSAN S.L.

E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 328/2014, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de

ANTONIO GALAN OLMO contra INVERSIONES AGOSAN S.L., en la que con fecha 08/01/15 se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

DECRETO Secretario Judicial D/Da ALFREDO MORENO GONZALEZ En Almería, a ocho de enero de dos mil quince ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante D/Da ANTONIO GALAN

OLMO y de otra como ejecutado/a INVERSIONES AGOSAN S.L. se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 27/11/14 para cubrir la cantidad de 13.829 euros de principal.

SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Por este Juzgado en el procedimiento de ejecución número 259/12, se ha dictado auto de insolvencia en fecha

05/06/12 de la misma empresa. CUARTO.- Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasen

bienes o derechos susceptibles de embargo, sin que se haya hecho manifestación alguna en el plazo dado. PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s INVERSIONES AGOSAN S.L., en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 13.829

euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo

sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese la presente resolución MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien

dicta la resolución en el plazo de TRES DIAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° en el SANTANDER IBAN ES55 0049-3569-9200-0500-1274 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en forma a INVERSIONES AGOSAN S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERIA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 112_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA447/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 698/2014 Negociado: PR Sobre: DESPIDO N.I.G.: 0401344S20140002735 De: D/Da. DANIELA ANDREA NASCU Contra: D/Da. GABRIEL SANCHEZ OGAYAR, FEROGA SC y FOGASA

E D I C T O D/Da Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 698/2014 a instancia de la parte actora D/Da.

DANIELA ANDREA NASCU contra GABRIEL SANCHEZ OGAYAR. FEROGA SC y FOGASA sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado RESOLUCION de fecha 29/9/2014 del tenor literal siguiente:

FALLO Que estimando íntegramente, la demanda formulada por Da. DANIELA ANDREA NASCU, frente a FEROGA S.C. y D. GABRIEL

SÁNCHEZ OYONARTE, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto la actora debiendo condenar y condenando a los demandados a optar por readmitir la trabajadora demandante con abono de los salarios dejados de percibir o bien, abonar a la trabajadora la cantidad de 88,03 € por el concepto de indemnización por el despido.

Llévese testimonio literal de esta Sentencia a las Autos principales archivándose la misma en el legajo correspondiente, y notifíquese a las partes en legal forma, haciéndoles saber que de conformidad con lo establecido en el Art. 97.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, contra la presente resolución pueden interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de CINCO DIAS contados desde el siguiente a la notificación de la misma, que deberá anunciarse mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación de la parte ante este Juzgado de lo Social. Si recurriese la demandada, de conformidad con los requisitos y excepciones que establece el Art. 229 de la misma ley, vendrá obligada a acreditar en el momento de anunciar Recurso, haber ingresado en la cuenta corriente de éste Juzgado de lo Social, en el Banco Español de Crédito, oficina Principal de esta Ciudad, con el número 0231000065, el importe de la condena y al formalizarlo, acreditar igualmente haber efectuado el depósito especial de 300 Euros en la cuenta abierta en el BANESTO con el número 0231000034, siendo imprescindible indicar en el momento del ingreso el núm. de Autos a que el mismo corresponde. Las cantidades objeto de condena podrá ser sustituidas por aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, de lo contrario se le tendrá por desistido en el recurso. Igualmente a la hora de formalizar el recurso, la parte que recurrente esta obligada a ingresar en el Tesoro Público, la tasa que impone la ley 10/2012, de 20 de noviembre de tasa judiciales.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo Y para que sirva de notificación al demandado GABRIEL SANCHEZ OGAYAR y FEROGA SC actualmente en paradero

desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a diecinueve de diciembre de dos mil catorce. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 113_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA448/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 114: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 3/2015 Negociado: A Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140002704 De: D/Da. VALENTINA LOBODA Contra: D/Da. YULIYA YAPANYESHNIKOVA

E D I C T O D/Da Luisa Escobar Ramírez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 3/2015 a instancia de la parte actora D/Da.

VALENTINA LOBODA contra YULIYA YAPANYESHNIKOVA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 19/1/15 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA 1.- Se acuerda la ejecución definitiva de la sentencia de fecha 7 DE NOVIEMBRE DE 2.014 dictada en los autos de Despido a

favor de VALENTINA LOBODA contra la empresa YULIYA YEPANYESHNIKOVA. 2.- En orden a la ejecución de la obligación de readmitir, y de conformidad al 280 LRJS, óigase a las partes en comparecencia

sobre los hechos de la no readmisión alegada, y cíteseles con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, para el próximo día 12 DE MARZO de DOS MIL QUINCE a las 9.50 horas.

Con la advertencia que de no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, si no lo hiciere el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Modo de impugnarla por la ejecutada: Mediante escrito formulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesales como las razones de fondo), que habrá de presentarse en este Juzgado de lo Social, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 556 y siguientes LEC), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 LEC).

Modo de impugnarla por la ejecutante: Contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 551.4 LEC). Ni obstante, si la Ejecutante entiende denegada parcialmente la ejecución, podrá interponer recurso de reposición ante el Juez (artículo 552.2 de la LEC) mediante escrito presentado en la Oficina en los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.2 y 187.1 de la LRJS).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida (artículo 186.3 de la LRJS). Para la admisión del recuso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo

ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto n° 0232 0000 30 "seguido del número del expediente salvo quienes tenga reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social n° DOS de ALMERIA, y en "Observaciones" se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos, separado por un espacio, el Código "30" y "Social-Reposición"

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. JOSE ALBERTO BARBOSA GONZALEZ, JUEZ DE REFUERZO del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ALMERIA. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado YULIYA YAPANYESHNIKOVA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a diecinueve de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Luisa Escobar Ramírez.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 114_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA418/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1003/2013 Negociado: A Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20130004120 De: D/Da. TOMAS MORALES MILLA Contra: D/Da. MESON RESTAURANTE EL POTRO SOCIEDAD LIMITADA

E D I C T O D/Da Luisa Escobar Ramírez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1003/2013 a instancia de la parte actora

D/Da TOMAS MORALES MILLA contra MESON RESTAURANTE EL POTRO SOCIEDAD LIMITADA sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha 3/11/14 del tenor literal siguiente:

AUTO En Almería, a tres de noviembre de dos mil catorce. HECHOS PRIMERO.- En los autos seguidos en este Juzgado con el número 1003/2013 a instancia de TOMAS MORALES MILLA, contra

MESON RESTAURANTE EL POTRO SOCIEDAD LIMITADA, recayó SENTENCIA DE 9/10/14 SEGUNDO.- Con fecha 23/10/14 se presentó escrito por la parte demandante, solicitando aclaración de la Sentencia en el

sentido indicado en el mismo. RAZONAMIENTOS JURIDICOS PRIMERO.- A tenor del art. 267,1 y 2 LOPJ, los Jueces y Tribunales pueden suplir cualquier omisión o corregir los errores

materiales manifiestos que contengan las resoluciones judiciales. En el presente supuesto procede la aclaración del error padecido, aclarando la antigüedad de la trabajadora, que es de 12-XI-02, y asimismo condenando a la demandada al abono de la cantidad que reclama en su demanda, por importe de 2433,1 €.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación. S.Sa. Ilma. ACUERDA: PARTE DISPOSITIVA Acuerdo aclarar la sentencia recaída especificando que la antigüedad de la trabajadora, que es de 12-XI-02, y asimismo

condenando a la demandada al abono de la cantidad que reclama en su demanda, por importe de 2433,1 €. Notifíquese la presente resolución a las partes, llevando el original al legajo de autos correspondiente y dejando testimonio

literal en los autos principales. Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. JESUS ANDRES NEVADO NEVADO,

MAGISTRADO/JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ALMERIA. Doy fe. EL/LA MAGISTRADO/JUEZ EL/LA SECRETARIO/A

Y para que sirva de notificación al demandado MESON RESTAURANTE EL POTRO SOCIEDAD LIMITADA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Almería, a dieciséis de enero de dos mil quince. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Luisa Escobar Ramírez.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 115_______________________________________________________________________________

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ALMERIA

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 262/2014 Negociado: D N.I.G.: 4109144S20110009508 De: D/Da. FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION Contra: D/Da. CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL

E D I C T O D/Da Ma Fernanda Tuñón Lázaro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Sevilla. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 262/2014 a instancia de la parte actora

D/Da. FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO Y DECRETO, AMBOS DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2014 del tenor literal siguiente:

AUTO En SEVILLA, a catorce de noviembre de dos mil catorce. Dada cuenta del anterior escrito, únase y; HECHOS PRIMERO.- En los autos de referencia, seguidos a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra

CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL se dictó resolución judicial en fecha 15/10/13, por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma.

SEGUNDO.-Dicha resolución judicial es firme. TERCERO.-Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha

satisfecho el importe de la cantidad líquida, objeto de la condena. RAZONAMIENTOS JURIDICOS PRIMERO.-Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de procesos,

corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Española y artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SEGUNDO.-Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 237 y siguientes de la LRJS, la ejecución se llevará a efecto por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en primera instancia, y, una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sus trámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesarios en virtud del art.237 de la LOPJ, asimismo lo acordado en conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el Juzgados de lo Social; tendrá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juzgado (art. 84.4 de la LRJS).

TERCERO.-Si la sentencia condenare al pago de cantidad determinada y líquida, se procederá siempre, y sin necesidad de previo requerimiento personal al condenado, al embargo de sus bienes en la forma y por el orden prevenido en el art. 592 de la LEC, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 584 del mismo cuerpo legal, así mismo el ejecutado está obligado a efectuar, a requerimiento del Órgano Judicial, manifestación sobre sus bienes o derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicando a su vez las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución, todo ello de conformidad con el artículo 249.1 de la LRJS.

CUARTO.-De conformidad con los artículos 583 y 585 de la LEC, el ejecutado podrá evitar el embargo pagando o consignando la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución.

PARTE DISPOSITIVA S.Sa. Iltma. DIJO: Procédase a despachar ejecución frente a CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL, en cantidad

suficiente a cubrir la sumare 329,74 euros en concepto de principal, más la de 65,94 euros, calculadas para intereses, costas y gastos.

Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de REPOSICION en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. PABLO SURROCA CASAS, MAGISTRADO-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE SEVILLA. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DILIGENCIA.-Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 116_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA421/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE SEVILLA.

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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DECRETO Secretario Judicial D/Da Ma FERNANDA TUÑÓN LÁZARO En SEVILLA, a catorce de noviembre de dos mil catorce ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el día de la fecha este Juzgado ha dictado auto de orden general de ejecución y despacho de la misma a favor

de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.-Dictado el auto despachando ejecución por el Tribunal, el Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el

mismo día o en el siguiente día hábil dictará decreto conforme al artículo 551.3 de la LEC, en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 239 LR.J.S.

PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en

cantidad suficiente a cubrir la suma de 329,74 euros en concepto de principal, más la de 65,94 euros, calculadas para intereses, costas y gastos.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos A.E.A.T., I.N.S.S., T.G.S.S, INEM Y CORPME, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 250 de la L.R.J.S., y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la Base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y D.G.T. la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará.

Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas.

Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la A.E.A.T. que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes. MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito

que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación (Art. 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso "Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá realizarse en la cuenta de Banesto número, indicando en el concepto de la transferencia los 16 dígitos de la cuenta de expediente judicial antes relacionados. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL Y para que sirva de notificación al demandado CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS ADRASOL SL actualmente en paradero

desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a catorce de noviembre de dos mil catorce. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Ma Fernanda Tuñón Lázaro.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 117_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 258/2014 Negociado: D

N.I.G.: 4109144S20110009575

De: D/Da. FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION

Contra: D/Da. FRAHENAR SL

E D I C T O

D/Da Ma Fernanda Tuñón Lázaro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Sevilla.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 258/2014 a instancia de la parte actora D/Da.

FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra FRAHENAR SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado

AUTO Y DECRETO, AMBOS DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2014 del tenor literal siguiente:

AUTO

En SEVILLA, a catorce de noviembre de dos mil catorce.

Dada cuenta del anterior escrito, únase y;

HECHOS

PRIMERO.- En los autos de referencia, seguidos a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra

FRAHENAR SL se dictó resolución judicial en fecha 14/10/13, por la que se condenaba a la demandada al abono de las

cantidades que se indican en la misma.

SEGUNDO.-Dicha resolución judicial es firme.

TERCERO.-Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha

satisfecho el importe de la cantidad líquida, objeto de la condena.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.-Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de procesos,

corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y

procedimiento que las mismas establezcan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Española y

artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SEGUNDO.-Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 237 y siguientes de la LRJS, la ejecución se llevará a efecto

por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en primera instancia, y, una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sus

trámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesarios en virtud del art. 237 de la LOPJ, asimismo lo acordado en

conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes, sin

necesidad de ratificación ante el Juzgados de lo Social; tendrá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juzgado (art.

84.4 de la LRJS).

TERCERO.-Si la sentencia condenare al pago de cantidad determinada y líquida, se procederá siempre, y sin necesidad de

previo requerimiento personal al condenado, al embargo de sus bienes en la forma y por el orden prevenido en el art. 592 de la

LEC, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 584 del mismo cuerpo legal, así mismo el ejecutado está obligado a efectuar, a

requerimiento del Órgano Judicial, manifestación sobre sus bienes o derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus

responsabilidades, indicando a su vez las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar

sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución, todo ello de conformidad con el

artículo 249.1 de la LRJS.

CUARTO.-De conformidad con los artículos 583 y 585 de la LEC, el ejecutado podrá evitar el embargo pagando o consignando

la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

S.Sa. Iltma. DIJO: Procédase a despachar ejecución frente a FRAHENAR SL en cantidad suficiente a cubrir la suma de 865,16

euros en concepto de principal, más la de 173,03 euros, calculadas para intereses, costas y gastos.

Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C.,

notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en

cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de

REPOSICION en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. PABLO SURROCA CASAS, MAGISTRADO-JUEZ del

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE SEVILLA. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

DILIGENCIA.-Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 118_______________________________________________________________________________

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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE SEVILLA.

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DECRETO Secretario Judicial D/Da Ma FERNANDA TUÑÓN LÁZARO En SEVILLA, a catorce de noviembre de dos mil catorce ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el día de la fecha este Juzgado ha dictado auto de orden general de ejecución y despacho de la misma a favor

de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra FRAHENAR SL FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.-Dictado el auto despachando ejecución por el Tribunal, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el

mismo día o en el siguiente día hábil dictará decreto conforme al artículo 551.3 de la LEC, en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 239 LR.J.S.

PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en

cantidad suficiente a cubrir la suma de 865,16 euros en concepto de principal, más la de 173,03 euros, calculadas para intereses, costas y gastos.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos A.E.A.T., I.N.S.S., T.G.S.S, INEM Y CORPME, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 250 de la L.R.J.S., y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la Base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y D.G.T. la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará.

Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancadas practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas.

Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la A.E.A.T. que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes. MODO DE IMPUGNACION: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito

que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación (Art. 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario, de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso "Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá realizarse en la cuenta de Banesto número, indicando en el concepto de la transferencia los 16 dígitos de la cuenta de expediente judicial antes relacionados. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL Y para que sirva de notificación al demandado FRAHENAR SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para

su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a catorce de noviembre de dos mil catorce. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Ma Fernanda Tuñón Lázaro.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 119_______________________________________________________________________________

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E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 0254/13, seguidos a instancias de

Manuel Sierra Sánchez, sobre Incapacidad Permanente, contra la entidad Ranil Fruit S.L. (Sonne Nature S.L.) por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 4 OCTUBRE 2016 próximo a las 9,30 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 5 enero 2015. EL SECRETARIO, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 120_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA400/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 1011/2014, seguidos a instancias

de EVA BELEN ROVIRA SALCEDO, sobre DESPIDO, contra la entidad GUARDERIA INFANTIL LABORAL NTRA. SRA. DEL CARMEN, por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 24 DE MARZO DE 2015 próximo a las 10:40 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se requiere a la entidad demandada, a fin de que en el acto del Juicio, aporte los documentos interesados de contrario, y que

figuran relacionados en el otrosí digo del escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 12 de enero de 2015. EL SECRETARIO, firma ilegible.

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA401/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del Presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 270/14

sobre Despido, a instancia de D. El Oussine Aljaoui contra Indaperfil S.L., aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es Como sigue: Ejec.

270/14 DILIGENCIA DE CONSTANCIA.- En la Ciudad de Almería a doce de Enero de dos mil quince. La extiendo yo, el Secretario Judicial para hacer constar que se presentó el anterior escrito con su copia por la representación

del trabajador demandante en las presentes actuaciones, instando la ejecución del auto de extinción dictado en las mismas, de lo que doy cuenta a S.Sa, doy fe.

AUTO En la Ciudad de Almería a doce de Enero de dos mil quince. Dada Cuenta y concurriendo los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre DESPIDO, de una y

como demandante a D. EL OUSSINE ALJAOUI, con N.I.E. n° X-6271609-S, vecino de Almería, y de otra y como demandado, la empresa INDAPERFIL S.L., con cif n° B04281390 y con último domicilio conocido en Crta Garrucha-Palomares s/n, Palomares, Cuevas de Almanzora, se dictó auto en fecha 29-10-14-, por el que se declaraba extinguidas las relaciones laborales existentes entre el actor y la empresa demandada, condenando a este último a que abonara a la actora cantidades por Indemnización, así como por Salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de dicha resolución, por importe total de 31.963,485 Euros.-

SEGUNDO.- La referida resolución adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes. TERCERO: Tuvo entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución del auto de extinción por la

vía de apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- El Ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente, a

los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan (art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ).

SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 237.1 y siguientes de la Ley Reguladora Jurisdicción Social, las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada (art. 239 LRJS).

TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma.

En atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Procédase a la ejecución del auto de extinción firme de condena recaída en las presentes actuaciones a instancia de D. EL

OUSSINE ALJAOUI, y frente a la empresa, INDAPERFIL S.L. por la cantidad de 31.963,485 Euros de principal, más la de 3.196,34 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 3.196,34 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma cabe recurso de reposición en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los términos contenidos en el art. 239.punto 4 de La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; todo ello, ante este juzgado en el plazo de TRES días hábiles siguiente al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, haber constituido el depósito de 25 Euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial al n° 0238000068027014---, debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "recurso de reposición" seguido del código "30".

Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA- Doy fe.

DECRETO En la Ciudad de Almería a doce de Enero de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.- Por resolución de hoy, se ha acordado en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor,

INDAPERFIL S.L., que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia y auto de extinción dictado en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 31.963,485 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 3.196,34 Euros calculados para intereses y otros 3.196,34 Euros presupuestados para gastos y costas.

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA402/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por el

Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse.

En Atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, INDAPERFIL S.L.,

suficientes para cubrir la cantidad de 31.963,485 Euros en concepto de principal, más la de 3.196,34 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 3.196,34 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Juzgado para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de tres días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano, en BANESTO, entidad 0030, oficina 3085, al núm. 0238-0000-64-027014, debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "Recurso de Revisión" seguido del Código "31"".

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL.-

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, Indaperfil S.L., que se encuentra/n actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/ Crta Garrucha-Palomares s/n, expido el presente en Almería a 12 de Enero de dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 123_______________________________________________________________________________

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del Presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 440/14

sobre Cantidad, a instancia de D. José Rodríguez Magdaleno contra Carvelo Balerma S.L., aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es Como sigue:

DILIGENCIA DE CONSTANCIA.- En la Ciudad de Almería a trece de Enero de dos mil quince. La extiendo yo, el Secretario Judicial para hacer constar que se presentó el anterior escrito con su copia por la representación

del trabajador demandante en las presentes actuaciones, instando la ejecución de la sentencia dictada en las mismas, de lo que doy cuenta a S.Sa, doy fe.

AUTO En la Ciudad de Almería a trece de Enero de dos mil quince. Dada Cuenta y concurriendo los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre CANTIDAD, de una y

como demandante a D. JOSE RODRIGUEZ MAGDALENO, con D.N.I. n° 27.257.475-Z, vecino de Almería, y de otra y como demandado, la empresa CARVELO BALERMA S.L., con cif n° B-04555652 y con domicilio en Avd. Carlos III n° 144, bajo, Aguadulce (Almería), se dicto sentencia en fecha 5-09-14, estimando la demanda y condenando al demandado al abono de las cantidades señaladas en la misma.

SEGUNDO.- La referida resolución adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes. TERCERO: Tuvo entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución de la sentencia por la vía de

apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- El Ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente, a

los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan (art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ).

SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 237.1 y siguientes de la Ley Reguladora Jurisdicción Social, las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada (art. 239 LRJS).

TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma.

En atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Procédase a la ejecución de la Sentencia dictada en las presentes actuaciones a instancia de D. JOSE RODRÍGUEZ

MAGDALENO, y frente a la empresa, CARVELO BALERMA S.L., por la cantidad de 4.046,97 Euros de principal, más la de 404,69 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 404,69 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma cabe recurso de reposición en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los términos contenidos en el art. 239.punto 4 de La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; todo ello, ante este juzgado en el plazo de TRES días hábiles siguiente al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, haber constituido el depósito de 25 Euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial al n° 0238000068044014-, debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "recurso de reposición" seguido del código "30".

Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA.- Doy fe.

DECRETO En la Ciudad de Almería a trece de enero de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.- Por resolución de hoy, se ha acordado en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor, CARVELO

BALERMA S.L., que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 4.046,97 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 404,69 Euros calculados para intereses y otros 404,69 Euros presupuestados para gastos y costas.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 124_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA403/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por el

Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse.

En Atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, CARVELO BALERMA

S.L., suficientes para cubrir la cantidad de 4.046,97 Euros en concepto de principal, más la de 404,69 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 404,69 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Juzgado para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de tres días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano, en BANESTO, entidad 0030, oficina 3085, al núm. 0238-0000-64-044014 debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "Recurso de Revisión" seguido del Código "31"".

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería. D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, CARVELO BALERMA S.L., que se encuentra/n actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio/conocido en Avd. Carlos III, bajo, Aguadulce (Almería), expido el presente en Almería a trece de Enero de dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 125_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 0298/13, seguidos a instancias de

Yuliyan Georgiev Binev, sobre Reclamación Cantidad, contra la entidad Vetiver Construcciones y Promociones S.L., por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 12 NOVIEMBRE 2015 próximo a las 10,00 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se requiere a la entidad demandada, a fin de que en el acto del Juicio, aporte los documentos interesados de contrario, y que

figuran relacionados en el otrosí digo del escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 15 de enero de 2015. EL SECRETARIO, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 126_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA404/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

Page 127: SUMARIO - dipalme.org...000388-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 1479/2013 DE LAURA SANCHEZ LEON CONTRA CAMPONORIAS SL Y OTROS. 92 000389-15 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL

E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del Presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 4/15

sobre Cantidad, a instancia de D. Constantin Emanuel Dumitru contra Indalecio Cesar Sánchez, aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

AUTO En la Ciudad de Almería a diecinueve de enero de dos mil quince. Dada Cuenta y concurriendo los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre CANTIDAD, de una y

como demandante a D. CONSTANTIN EMANUEL DUMITRU con NIE n° Y-2129551-H vecino de Almería, y de otra y como demandado, la empresa INDALECIO CESAR SÁNCHEZ, con D.N.I. n° 75.240.907-H y con domicilio en C/ Traiña n° 2, Almería, se dictó sentencia en fecha 29-10-14, estimando la demanda y condenando al demandado al abono de las cantidades señaladas en la misma.

SEGUNDO.- La referida resolución adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes. TERCERO: Tuvo entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución de la sentencia por la vía de

apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- El Ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente, a

los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan (art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ).

SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 237.1 y siguientes de la Ley Reguladora Jurisdicción Social, las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada (art. 239 LRJS).

TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma.

En atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones a instancia de D. CONSTANTIN EMANUEL

DUMITRU, y frente a la empresa, INDALECIO CESAR SÁNCHEZ, por la cantidad de 2.067,38 Euros de principal, más la de 200 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 150 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma cabe recurso de reposición en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los términos contenidos en el art. 239.punto 4 de La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; todo ello, ante este juzgado en el plazo de TRES días hábiles siguiente al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, haber constituido el depósito de 25 Euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial al n° 0238000068000415-, debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "recurso de reposición" seguido del código "30".

Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA.- Doy fe.

DECRETO En la Ciudad de Almería a diecinueve de Enero de dos mil quince. ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.- Por resolución de hoy, se ha acordado en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor, INDALECIO

CESAR SÁNCHEZ, que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 2.067,38 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 200 Euros calculados para intereses y otros 150 Euros presupuestados para gastos y costas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por el

Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 127_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA406/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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En Atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, INDALECIO CESAR

SÁNCHEZ suficientes para cubrir la cantidad de 2.067,38 Euros en concepto de principal, más la de 200 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 150 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Juzgado para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución.

Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de tres días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano, en BANESTO, entidad 0030, oficina 3085, al núm. 0238-0000-64-000415, debiendo especificarse por la parte en el campo "concepto" del documento, que se trata de un "Recurso de Revisión" seguido del Código "31"".

Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL.-

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, INDALECIO CESAR SANCHEZ, que se encuentra/n actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/ La Traiña, El Alquián (Almería), expido el presente en Almería a 19 de Enero de dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

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_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 677/2014 Negociado: JM Sobre: **Despidos N.I.G.: 0401344S20140002762 De: D/Da. ANA MARTINEZ JIMENEZ Contra: D/Dª RESIDENCIA PUERTO AGUADULCE S.L., FOGASA, HAND YOUR WORL S.L,, PARTICIPACIONES

SOCIETARIAS TECNOLOGICAS Y EMPRESARIALES S.L, CROSS HOTELS S.L., EXCLUSIVE MARKETING HOTELS TURISM LEISURE S.L. y MADAR DESARROLLOS S.L.

E D I C T O

En cumplimiento de lo acordado en resolución del día de la fecha, dictado en los autos núm. 677/14 seguidos a instancias de

DOÑA ANA MARTÍNEZ JIMENEZ, sobre DESPIDO, contra las entidades RESIDENCIA PUERTO AGUADULCE S.L. KROSS HOTELS SL, HAND YOUR WORLD SL, por medio del presente se cita a los legales representantes de dichas entidades, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 23 DE JUNIO DE 2015 a las 11:00 horas de su mañana el juicio y a las 10:00 la conciliación, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (artº 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 19 de enero de 2015. EL SECRETARIO, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 129_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA408/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del Presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución num. 341/14

sobre Despido, a instancia de D. MILIA MENDES PATE contra la empresa HORTIPONIENTE, 2007, S.L. aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue:

Juzgado de lo social n° 3 de Almería Ejecutoria 341/2014 (Autos 1318/2013) Juez José Alberto Barbosa González

AUTO DE ACLARACIÓN En Almería, a doce de enero de dos mil quince. HECHOS PRIMERO.- En el presente procedimiento se dictó auto de aclaración de fecha 12 de enero de 2015 del Auto recaído en la

Ejecutoria 341/14 en la que se produjeron los siguientes errores: 1. El cálculo de la indemnización se realizó a fecha 20/11/14, siendo que la fecha de extinción de la relación debe ser la del

Auto de Ejecución, esto es, 5/12/14. En conclusión, desde la fecha del despido (9/9/13) hasta la del Auto (5/12/14) transcurrieron 459 días, a razón de un salario de

31,40€/día supone un total de 14412,60 euros, de los que se debe descontar un día de SMI por hallarse la trabajadora de alta, En conclusión, corresponde a la ejecutada satisfacer a la ejecutante la cantidad de 14.391,09 euros en concepto de salarios de

tramitación. (459 x 31,40 = 14.412,60 - 21,51 = 14.391,09€) 2. La fecha de extinción de la relación laboral es la del Auto despachando ejecución, es decir, el 5 de diciembre de dos mil

catorce. 3. Como manifiesta la ejecutante, la fecha de inicio de la relación laboral es el 19 de marzo de 2009. SEGUNDO.- Por la representación de Da. Milia Mendes Pate se presentó escrito solicitando rectificación de error material

evidente, pasando los autos a resolver en el día de hoy. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- La subsanación de la resolución solicitada al amparo del artículo 215 de la LEC y 267 de la LOPJ se funda en la

necesidad de rectificación de error material evidente, por consagrarse en el auto de ejecución los tres errores consignados en el Hecho Primero del presente Auto.

SEGUNDO.- Comprobada la existencia del citado error es preciso proceder a rectificarlo, haciendo constar que: 1. El cálculo de la indemnización se realizó a fecha 20/11/14, siendo que la fecha de extinción de la relación debe ser la del

Auto de Ejecución, esto es, 5/12/14. En conclusión, desde la fecha del despido (9/9/13) hasta la del Auto (5/12/14) transcurrieron 459 días, a razón de un salario de

31,40€/día supone un total de 14412,60 euros, de los que se debe descontar un día de SMI por hallarse la trabajadora de alta, En conclusión, corresponde a la ejecutada satisfacer a la ejecutante la cantidad de 14.391,09 euros en concepto de salarios de

tramitación. (459 x 31,40 = 14.412,60 - 21,51 = 14.391,09€) 2. La fecha de extinción de la relación laboral es la del Auto despachando ejecución, es decir, el 5 de diciembre de dos mil

catorce. 3. Como manifiesta la ejecutante, la fecha de inicio de la relación laboral es el 19 de marzo de 2009. Vistos los preceptos legales citados, PARTE DISPOSITIVA Debo subsanar y subsano el Auto de Ejecución de 5 de diciembre de 2014 recaído en la Ejecutoria 341/2014 de los Autos

1318/13 haciendo constar que: 1. El cálculo de la indemnización se realizó a fecha 20/11/14, siendo que la fecha de extinción de la relación debe ser la del

Auto de Ejecución, esto es, 5/12/14. En conclusión, desde la fecha del despido (9/9/13) hasta la del Auto (5/12/14) transcurrieron 459 días, a razón de un salario de

31,40€/día supone un total de 14412,60 euros, de los que se debe descontar un día de SMI por hallarse la trabajadora de alta, En conclusión, corresponde a la ejecutada satisfacer a la ejecutante la cantidad de 14.391,09 euros en concepto de salarios de

tramitación. (459 x 31,40 = 14.412,60 - 21,51 = 14.391,096) 2. La fecha de extinción de la relación laboral es la del Auto despachando ejecución, es decir, el 5 de diciembre de dos mil

catorce. 3. Como manifiesta la ejecutante, la fecha de inicio de la relación laboral es el 19 de marzo de 2009.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 130_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA410/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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Notifíquese el presente auto aclaratorio dictado en este procedimiento a las partes, frente al cual no cabe recurso alguno. Así lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A LA EMPRESA EJECUTADA HORTIPONIENTE 2007, S.L. que se encuentra

actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Ctra. Pista La Mojonera s/n apto. 99, C.P. 04745 de La Mojonera (Almería) expido el presente que firmo en Almería a doce de Enero de dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 131_______________________________________________________________________________

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 1447/12

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 500 -En Almería a treinta y uno de Octubre del dos mil catorce. Visto por mí el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de

esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Reclamación de Cantidad por Ramón Oliver Martínez frente a Explorima S.L. Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Ramón Oliver Martínez debo condenar y condeno a la empresa

Explorima SL a abonar a la parte actora la cantidad de 11.249,19 €, más el 10% de interés anual en concepto de indemnización por mora.

Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, siendo indispensable que hasta el momento de formalizar la suplicación, si es la parte demandada quién lo interpone, acredite haber consignado 300 €. En BANESTO sito e Paseo de Almería, Oficina 3085 c/c núm.0238000036144712. Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la c/c. núm. 02380000651447/12 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse esta última consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado EXPLORIMA S.L que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Macael (Almería) Polígono Industrial Rubira Sola Parcela B 8a expido el presente en Almería a 19 de enero de dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 132_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA412/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 1223/2014, seguidos a instancias

de Dª SILVIA LOPEZ VAZQUEZ, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, contra la entidad 1.- MADAR DESARROLLOS, S.L., por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 18 DE OCTUBRE DE 2016 próximo a las 10:00 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se requiere a la entidad demandada, a fin de que en el acto del Juicio, aporte los documentos interesados de contrario, y que

figuran relacionados en el otrosí digo del escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 19 de Enero de 2015. EL SECRETARIO, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 133_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA413/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 1004/14, seguidos a instancias de

Mª del Mar Sánchez Matarín, sobre Reclamación Cantidad, contra la entidad Gabriel David Cara Sánchez, por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 17 MAYO 2016 próximo a las 10,20 horas de su mañana, y para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial el mismo día y hora de las 9,20, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se requiere a la entidad demandada, a fin de que en el acto del Juicio, aporte los documentos interesados de contrario, y que

figuran relacionados en el otrosí digo del escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar

justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 19 enero 2015. EL SECRETARIO, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 134_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA414/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 272/14

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 11/15 -En Almería a diecinueve de Enero del dos mil quince. Visto por mí el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de

esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Extinción de la Relación Laboral por Alberto Rodríguez Santisteban frente a Ecofield One S.L.U.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Alberto Rodríguez Santiesteban frente a la empresa Ecofield SLU debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que ha sido objeto el actor y en consecuencia condeno a la empresa demandada a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de sentencia, entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se opte por la readmisión en su puesto de trabajo, o extinguir la relación laboral, en cuyo caso deberá pagar al trabajador una indemnización por despido de 2.550,87 €. Igualmente condeno a la demandada a pagar al demandante la cantidad de 7.199,51 € más un diez por ciento anual en concepto de indemnización por mora, por los salarios dejados de percibir en los meses de septiembre, octubre noviembre y diciembre de 2013, la paga extra de diciembre de dicho año y los meses de enero y febrero de 2014 (5 días).

Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA al demandado ECOFIELD ONE S.L.U. que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Almería Avda. Nueva Almería, 75 expido el presente en Almería a 19 de Enero del dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 135_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA415/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 272/14

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 11 -En Almería a diecinueve de Enero del dos mil quince. Visto por mí el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de

esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre E.R.L. por Alberto Rodríguez Santisteban frente a Ecofíeld One S.L.U. Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Alberto Rodríguez Santiesteban frente a la empresa Ecofield SLU

debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que ha sido objeto el actor y en consecuencia condeno a la empresa demandada a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de sentencia, entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se opte por la readmisión en su puesto de trabajo, o extinguir la relación laboral, en cuyo caso deberá pagar al trabajador una indemnización por despido de 2.550,87 €. Igualmente condeno a la demandada a pagar al demandante la cantidad de 7.199,51 € más un diez por ciento anual en concepto de indemnización por mora, por los salarios dejados de percibir en los meses de septiembre, octubre noviembre y diciembre de 2013, la paga extra de diciembre de dicho año y los meses de enero y febrero de 2014 (5 días). Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del art. 33 del ET.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado ECOFIELD ONE S.L.U. que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Almería, Avda. Nueva Almería, 75 expido el presente en Almería a 19 de enero del dos mil quince.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 136_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA416/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social N° Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 342/14

aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: "SENTENCIA NÚM. 12 -En Almería a 19 de Enero del dos mil quince. Visto por mí el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de

esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Extinción de Relación Laboral por Vasile Temes frente a Gestora de Residuos del Sur S.L.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Vasile Temes frente a la empresa Gestora de Residuos del Sur SL debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre las partes a partir de la fecha de esta resolución, y en consecuencia condeno a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 3.130,16 € en concepto de indemnización por dicha extinción. Igualmente condeno a dicha empresa a pagar al demandante la cantidad de 19.515,69 € más un diez por ciento anual en concepto de indemnización por mora por salarios dejados de percibir durante el perdido comprendido entre el 1-8-13 y el 15-1-14.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado GESTORA DE RESIDUOS DEL SUR S.L. que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Viator (Almería) Polígono La Juaida, C/ Orce, 10 expido el presente en Almería a 19 de Enero del dos mil catorce.

EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 137_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA417/15

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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N.I.G.: 0401342C20110018418 Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2090/2011. Negociado: TP Sobre: De: FCE BANK PLC Procurador/a: Sr/a. JESUS GUIJARRO MARTINEZ Letrado: Sr/a. RAFAEL DURAN MUIÑOS Contra: DANYELIS MARYANIS PEREZ SOSA y JHON FABIO CARO CEBALLOS

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2090/2011 seguido en el JUZGADO DE 1a INSTANCIA N° 3 DE ALMERIA

(ANTIGUO MIXTO N° 5) a instancia de FCE BANK PLC contra DANYELIS MARYANIS PEREZ SOSA y JHON FABIO CARO CEBALLOS sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.° 126/2014 En Almería, a 1 de Octubre de 2014. Vistos por mí, D. David Villagrá Álvarez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.° Tres de Almería, los autos de

Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado bajo el n.° 2090/11, a instancia de la entidad "FCE BANK PLC", representada por el Procurador Sr. GUIJARRO MARTINEZ, contra DANYELIS MARYANIS PEREZ SOSA y JHON FABIO CARO CEBALLOS, en situación procesal de rebeldía, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes.

FALLO Que estimando íntegramente el escrito inicial de demanda presentado la entidad "FCE BANK PLC", representada por el

Procurador Sr. GUIJARRO MARTINEZ, debo condenar y condeno a DANYELIS MARYANIS PEREZ SOSA y JHON FABIO CARO CEBALLOS al pago de 11.281,73 euros, intereses de demora del 10% desde el 03/03/2010 hasta su completo pago, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería, que, en su caso, deberá presentarse ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s DANYELIS MARYANIS PEREZ SOSA y JHON FABIO CARO CEBALLOS, extiendo y firmo la presente en Almería a diecinueve de diciembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 26 Lunes, 09 de febrero de 2015 Pág. 138_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA136/15

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 3 DE ALMERIA

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ANUNCIO DE CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA D. Rafael Parra Carrión, con DNI 27.133.381-M, en calidad de Presidente de la Comunidad de Regantes de la Fuente de Cela,

hace saber a todos los interesados que por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno, por la presente se proceda a realizar: CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA COMUNIDAD DE REGANTES DE LA FUENTE DE CELA,

que tendrá lugar el próximo 27 de Febrero de 2015 en el Centro Cultural Fidela Campiña de Tíjola (Casa de la Cultura). A las 19:30 horas en primera convocatoria, y a las 20 horas en segunda convocatoria, con el siguiente orden del día:

Primero: Lectura del Acta de la Asamblea anterior y aprobación en su caso. Segundo: Informe del Señor Presidente. Tercero: Informe del Sr. Letrado de la Comunidad de los procesos judiciales en curso. Cuarto: Examen y aprobación en su caso de la Cuenta de Resultados del ejercicio 2014. Quinto: Examen y aprobación en su caso del presupuesto para el ejercicio 2015. Sexto: Ruegos y preguntas. En Tíjola a 23 de enero de 2015. EL PRESIDENTE, Rafael Parra Carrión.

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ANUNCIOS EN GENERAL Y COMUNICACIONES OFICIALES611/15

COMUNIDAD DE REGANTES FUENTE DE CELA DE TÍJOLA

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