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1 GUÍA PRÁCTICA DE INFORMACIÓN. PE/2017/27 SUBVENCIONES PARA LA PROSPECCIÓN Y DETECCIÓN DE NECESIDADES FORMATIVAS EN EL ÁMBITO DE CASTILLA - LA MANCHA PARA LA ANUALIDAD 2017

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GUÍA PRÁCTICA DE INFORMACIÓN.

PE/2017/27

SUBVENCIONES PARA LA PROSPECCIÓN Y DETECCIÓN DE NECESIDADES FORMATIVAS

EN EL ÁMBITO DE CASTILLA - LA MANCHA PARA LA ANUALIDAD 2017

2

Índic

e

Organismos facilitadores en la Formación para el Empleo 3

Sistema de Formación para el Empleo 7

Financiación de la Formación para el Empleo 8

Certificados de Profesionalidad 13

Modalidades de impartición de la Formación para el Empleo 14

Directorio de Centros de Formación de Castilla-La Mancha 14

3

Los Organismos que de una manera u otra intervienen en la ordenación, organización y financiación de la

Formación Profesional en el Empleo son:

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España es el actual departamento ministerial con competen-

cias en trabajo, seguridad social, extranjería, inmigración y emigración.

A través de su página en internet puede accederse a informaciones diversas sobre temas relacionados con el

mundo del empleo tanto a nivel individual como empresarial.

Enlace a página web: www.empleo.gob.es/

Del Ministerio de Empleo depende el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) que es un organismo

autónomo, que, junto con los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, forma el Sistema

Nacional de Empleo. Es competente en materia de formación para el empleo.

En materia de formación, a través de su página web se puede acceder a:

• Un buscador de cursos

• Los centros de Referencia Nacional

• Los Centros y Entidades de formación

• Un buscador de especialidades formativas

• Certificados de Profesionalidad

• Tele-formación

• Poder certificar la experiencia laboral

• Programa PREPARA

• Refernet

Enlace a página web: http://www.sepe.es

Twitter: https://twitter.com/empleo_SEPE

Facebook: https://www.facebook.com/SEPE.EMPLEO/

Youtube: http://www.youtube.com/c/SEPEServicioPublicoEmpleoEstatal

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FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO (FUNDAE)

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) es una fundación estatal española encargada

de impulsar y coordinar la ejecución de las políticas públicas en materia de Formación Profesional, en el ám-

bito del empleo y las relaciones laborales. En su patronato participan las organizaciones sindicales y empresa-

riales más representativas, las comunidades autónomas y la Administración General del Estado, a través de la

Secretaría de Estado de Empleo.

Su trabajo consiste en contribuir a que empresarios y empresarias y trabajadores y trabajadoras puedan

mejorar las competencias que les preparen para los cambios del mercado laboral y los sectores productivos,

en favorecer el acceso a una formación gratuita y de calidad para todos los trabajadores y trabajadoras (en

activo y desempleados).

Actúa de acuerdo con los fines de la Fundación Estatal (FUNDAE) detallados en los Estatutos (art. 8), desarro-

llando las funciones contempladas en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de

Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y las que figuran en el Convenio de colaboración

firmado con el Servicio Público de Empleo Estatal.

Cada año la Fundación elabora un "Plan anual actuación (2018)" en el que se recogen las líneas principales de

actividad y publica sus memorias de actividades, la última publicada es la Memoria de Actividades 2016.

Colabora con el Servicio Público de Empleo Estatal en la gestión de las iniciativas de formación que compo-

nen el Sistema de Formación para el Empleo y apoya las actividades de evaluación, seguimiento y control, así

como la implantación de sistemas telemáticos para su desarrollo y ejecución:

• Formación programada por las empresas para sus trabajadores.

• Oferta formativa de las administraciones competentes para trabajadores ocupados.

• Permisos Individuales de Formación.

• Proyectos de jóvenes menores de 30 años.

• Orientación y atención a los usuarios y a las empresas.

Para el análisis de la evolución y de los resultados de la formación, la Fundación cuenta con un sistema de

recopilación de datos y con estudios que permiten la planificación de la demanda formativa, la prospección

sectorial y territorial y la evaluación de los resultados y la calidad. En este sentido, desarrolla las siguientes

actividades:

• Publicaciones, Libros, Estudios y Evaluaciones.

• Estudios, investigaciones y proyectos europeos.

• Observatorio de la formación y sistema de información estadística de resultados.

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• Planificación sectorial.

• Evaluación y calidad de la formación.

La Fundación organiza y participa en foros nacionales e internacionales relacionados con la formación. Ade-

más, realiza eventos y otras actividades de difusión para garantizar la concurrencia y el acceso de empresas y

trabajadores y trabajadoras a la formación.

Web: https://www.fundae.es/Pages/default.aspx

Twitter: @Fundae_es

Facebook: https://www.facebook.com/Fundae.es/

Youtube: https://www.youtube.com/c/FUNDAEFundaci%C3%B3nEstatalFormaci%C3%B3nenelEmpleo

Google: https://plus.google.com/+FUNDAEFundaci%C3%B3nEstatalFormaci%C3%B3nenelEmpleo

Linked in: https://www.linkedin.com/company/fundacion-estatal-para-la-formacion-en-el-empleo

Blog: https://blog.fundae.es/

INSTITUTO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES (INCUAL)

El INCUAL, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, fue creado por el Real Decreto

375/1999, de 5 de marzo. Es el instrumento técnico del Consejo General de Formación Profesional. Tiene

encomendada la misión de aproximar el mundo profesional al formativo, mediante la observación e identifi-

cación de referentes en el sistema productivo que se materializan en la elaboración, revisión y actualización

del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Elabora y actualiza dicho catálogo.

Este Catálogo, que constituye el eje vertebrador del Sistema Nacional de Cualificaciones y FP, permite la inte-

gración entre los sistemas de Formación Profesional en el ámbito educativo y de Formación Profesional para

el Empleo, y es el referente para la Acreditación de las Competencias profesionales adquiridas por la expe-

riencia laboral y aprendizajes no formales.

El INCUAL elabora cualificaciones profesionales e instrumentos para la acreditación de las competencias pro-

fesional, con el fin de alcanzar la excelencia y promover la difusión del sistema nacional de formación profe-

sional.

En su página web puede consultarse información referente a:

6

• Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Oferta formativa, títulos de formación profesional, certificados de profesionalidad, títulos de enseñanzas

deportivas, títulos de artes plásticas y diseño.

• Familias Profesionales. Se encuentran relacionadas todas las familias profesionales del Catálogo Na-

cional de Cualificaciones Profesionales.

Enlaces a información sobre cualificaciones profesionales en comunidades autónomas.:

http://incual.mecd.es/convocatorias

• Enlaces a información sobre cualificaciones profesionales en diferentes lugares del mundo.

Enlace a página web del Instituto Nacional de las Cualificaciones:

http://incual.mecd.es/

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Sistema de Formación para el Empleo La Formación Profesional en España está integrada por dos sistemas:

• Sistema de Formación Profesional Reglada o inicial, que depende del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte y de las Comunidades Autónomas.

• Sistema de Formación para el Empleo, vinculado al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y a las

Comunidades Autónomas.

El Sistema de Formación para el Empleo tiene la misión de formar y capacitar a las personas para el trabajo y

actualizar sus competencias y conocimientos a lo largo de su vida profesional. Esta regulado por la Ley

30/2015 de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el

ámbito laboral y por el Real Decreto 694/2017 de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 de 9 de

septiembre.

Los fines del Sistema de Formación para el Empleo son:

Para el Trabajador:

• Mejora de las competencias profesionales e itinerarios de empleo y formación.

• Mejora de la empleabilidad de trabajadores con mayores dificultades

• Acreditación de competencias adquiridas por formación o experiencia

• Garantizar la accesibilidad a las tecnologías de la información y comunicación de los trabajadores y las

trabajadoras ayudando a reducir la brecha digital existente.

Para la Empresa::

• Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

Para el Mercado de Trabajo:

• Atender a los requerimientos del mercado de trabajo y a las necesidades de las empresas, proporcio-

nando a los trabajadores y trabajadoras las competencias , los conocimientos y las prácticas adecua-

das.

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8

Financiación de la formación para el Empleo en la empresa El Sistema de Formación para el Empleo se financia principalmente con los recursos procedentes de la recau-

dación de la cuota de formación profesional que empresas y trabajadores y trabajadoras aportan a la Seguri-

dad Social (0,7% sobre la base de cotización por contingencias comunes del que el 0,6% lo aporta la empresa

y el 0,1% restante los trabajadores y trabajadoras). A ellos se suman otros recursos procedentes del Fondo

Social Europeo y aportaciones que realiza el Estado a través de los Presupuestos del Servicio Público de Em-

pleo Estatal.

A continuación expondremos los pasos a seguir para poder tener acceso a la formación bonificada. Para su

redacción nos hemos basado en la Guía “Bonificación en 8 pasos” que aparece en la página de FUNDAE.

¿Cómo bonificarte?

Para acceder a las bonificaciones a las que tiene derecho una empresa cuando pone en marcha una acción

formativa debe seguir los pasos siguientes:

1.- Calcular tu crédito

2.-Obtener el certificado digital

3.-Acceder y darse de alta en la aplicación telemática

4.-Informar a la representación legal de los trabajadores

5.-Comunicar el inicio del curso

6.-Realizar la formación

7.-Comunicar la finalización del curso

8.-Aplicar la bonificación

PASO 1

Para calcular el crédito disponible para cada empresa se debe de:

• Consultar los datos que se encuentran en los Recibos de Liquidación de Cotizaciones ingresados del

ejercicio anterior.

• Calcular la plantilla media: Suma de todas las personas trabajadoras (recibo de liquidación de cotiza-

ciones) dividido entre 12.

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Con estos datos se aplica la fórmula siguiente:

O bien, accediendo al simulador de la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) en el siguiente enlace:

https://empresas.fundae.es/app/simuladorCostes/sim_credito.aspx

PASO 2

La tramitación de las ayudas para la formación en las empresas se realiza telemáticamente, y para ello se debe de estar en posesión del certificado digital de persona jurídica (clase 2 CA).

Si eres autónomo, tendrás que tener el certificado persona física, pero solo podrás acceder para gestionar la bonificación de las personas que trabajan para ti.

A continuación te proporcionamos el enlace a la guía de uso de los certificados digitales:

PASO 3

Toda la tramitación de las ayudas para la formación en las empresas se realiza a través de una aplicación tele-

mática “Formación programada para las empresas”. El enlace web es:

https://empresas.fundae.es/Lanzadera

PASO 4.

Siempre que la empresa tenga Representación Legal de Trabajadores, antes del inicio de los cursos la empre-

sa debe de presentar una serie de documentos a la RLT:

• Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.

• Colectivos destinatarios y número de participantes por acción formativa.

• Calendario previsto de ejecución.

• Medios pedagógicos.

• Criterios de selección de los participantes.

• Lugar previsto de impartición.

Certificados

digitales.pdf

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• Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.

Si no existe RLT, los trabajadores/as afectados/as por la formación deben de presentar su conformidad.

PASO 5

Para poder bonificar una acción formativa se debe comunicar dicha acción formativa a FUNDAE con 7 días

naturales de antelación a la fecha de comienzo de cada curso, y se debe de comunicar:

Fecha, horarios, lugar de impartición, denominación y contenidos de la acción, modalidad y grupos formati-

vos. Adjuntamos enlace a video tutorial de FUNDAE de comunicación de acción formativa:

https://www.youtube.com/watch?v=ADMqACDQGFg

Cambios y modificaciones:

La cancelación del grupo o el cambio de horario, localidad o fechas de impartición, deberá comunicarse con

una antelación de 4 días naturales sobre la fecha prevista de inicio.

Si el cambio afecta a la fecha de inicio, deberán transcurrir 7 días naturales entre la comunicación de la modi-

ficación y el nuevo inicio.

El resto de cambios bastará con comunicarlos antes del comienzo del curso.

PASO 6

Realización de la formación

ASPECTOS A TENER EN CUENTA DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN:

Duración mínima del curso será de 2 horas.

Los trabajadores no podrán participar en acciones formativas con duración superior a 8 horas diarias.

La formación debe ser gratuita para los participantes.

La empresa debe custodiar los documentos de control de asistencia diaria de los trabajadores al curso

En el caso de las acciones formativas impartidas bajo la modalidad de tele-formación, las plataformas debe-

rán posibilitar el registro de la actividad de los participantes, actuando dicho registro como control de asis-

tencia.

Una vez finalizada la acción formativa, la empresa podrá imprimir, desde la aplicación, el diploma para cada

uno de los participantes (si se opta por la entrega de uno propio, deberá contener como mínimo los datos de

este modelo).

La empresa, o en su caso, el centro impartidor debe hacer entrega, en el plazo máximo de 2 meses a partir de

la fecha de finalización, de dicho certificado o diploma, debiendo conservar justificación documental de su

entrega o envío.

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La evaluación de los cursos, por parte de los participantes se realizará utilizando un modelo de cuestionario

obligatorio "Cuestionario de evaluación de calidad" .Disponible en:

https://www.fundae.es/Empresas%20y%20organizaciones/Pages/Bonificacion-8pasos.aspx

PASO 7

La comunicación de la finalización del curso también se realiza a través de la aplicación telemática de la pági-

na web de la FUNDAE. Adjuntamos enlace a video tutorial de FUNDAE de comunicación de finalización de

acción formativa:

https://www.youtube.com/watch?v=vWABF40aAbs

Podrá realizarse a partir de que el curso haya terminado y antes de la presentación del boletín de cotización

del mes de diciembre.

En esta comunicación debe de informarse de:

• Listado de participantes que han finalizado la formación (realización de al menos el 75% del curso).

• Costes del curso: directos (directamente relacionados con la impartición) + indirectos (limitados a un

10% del coste total de la actividad formativa) + costes de organización (sólo en el caso de encomendar

la organización a una entidad externa, y limitados a un 10% del coste de la actividad formativa (15%

en el caso de empresas de entre 6 y 9 trabajadores, y 20% en el de empresas de hasta 5 trabajadores).

• Cuantía y mes en el que se aplicará la bonificación.

Y la aplicación calculará automáticamente el coste máximo por el cual se podrá bonificar la empresa tenien-

do en cuenta tres importes:

• Crédito disponible.

• Costes incurridos en el desarrollo de la formación (teniendo en cuenta la cofinanciación a la cual la

empresa está obligada en función de su plantilla).

• Importe máximo financiable de acuerdo con los módulos económicos aplicables en función de la mo-

dalidad y el nivel de la formación.

Las empresas de 1 a 5 trabajadores quedan exentas de cofinanciar con sus propios recursos la formación. Así

mismo, los Permisos Individuales de Formación quedan excluidos de la obligación de la cofinanciación priva-

da.

Enlace a página web FUNDAE dónde se describen con detalle estos 8 pasos descritos anteriormente:

https://www.fundae.es/Empresas%20y%20organizaciones/Pages/Bonificacion-8pasos.aspx

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PASO 8

La empresa podrá practicar la bonificación a partir de la comunicación de la finalización del grupo en la apli-

cación, hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso (Las bonificaciones corres-

pondientes a los Permisos Individuales de Formación podrán practicarse a medida que se abonen los salarios

a los trabajadores).

Si el saldo es acreedor (el importe a bonificar es superior a la cotización de la empresa), la TGSS procederá a su reembolso. Una vez finalizado el ejercicio, la FUNDAE comprobará las bonificaciones practicadas, así como el cumplimiento de los requisitos y obligaciones, incluyendo el resultado de las actuaciones de se-guimiento y control, si las hubiere.

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Certificados de Profesionalidad El certificado de profesionalidad es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales

del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la Administración laboral que acredita

la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo.

Un certificado de profesionalidad configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias

profesionales identificable en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral.

Tienen carácter oficial y validez profesional en todo el territorio nacional, independientemente de donde se

obtenga y son emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o, en su caso, por las Comunidades

Autónomas.

Se pueden obtener de dos formas:

• A través de la experiencia laboral que habrá que demostrar siguiendo procedimientos establecidos

para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales. (PROGRAMA ACREDITA).

• Superar todos los módulos publicados en la orden del Boletín Oficial del Estado de cada certificado de

profesionalidad.

PROGRAMA ACREDITA

Es un programa a través del cual se pueden acreditar unidades de competencia adquiridas a través de la ex-

periencia laboral y vías no formales de formación.

Estas unidades de competencia se corresponden con las que componen los estudios de Formación Profesio-

nal.

El PROGRAMA ACREDITA es un proceso mediante el cual se otorga una acreditación oficial, a la persona can-

didata, previa evaluación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no

formales de formación. El Real Decreto 1224/2009 , de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias

profesionales adquiridas por experiencia laboral, determina el procedimiento único, tanto para el ámbito

educativo como para el laboral, para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiri-

das a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, del que trata el artículo 8.2 de la

Ley Orgánica 5/2002 , de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Este Real Decreto

conlleva la realización de convocatorias por las Administraciones competentes para evaluar y en su caso,

acreditar la competencia profesional de los candidatos que deseen verla reconocida. Enlace a la página web

del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la que se describe en que consiste y como funciona:

http://www.todofp.es/acreditacion -de-competencias.html

Son las administraciones autonómicas las encargadas de realizar las convocatorias y definir que perfiles pro-

fesionales podrán acreditarse en cada convocatoria. En Castilla-La Mancha se pueden seguir las convocato-

rias en el Portal de Orientación Profesional (POP) en el siguiente enlace a su web:

http://pop.jccm.es/acredita/

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MODALIDADES DE IMPARTICIÓN DE LA FORMACIÓN PARA EL EM-PLEO A partir del 1 de enero de 2016, la formación profesional para el empleo podrá impartirse:

• De forma presencial.

• A través de tele-formación, bajo plataformas y contenidos accesibles a las personas con discapacidad.

• O bien de forma mixta, mediante la combinación de las dos modalidades anteriores.

DIRECTORIO DE CENTROS DE FORMACIÓN DE CASTILLA -LA MANCHA

El directorio está accesible en el siguiente enlace de la Oficina Virtual de la Consejería de Econo-mía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha.

https://e-empleo.jccm.es/formacion/jsp/listadoCentroformacion.jsp

En la página a la que lleva este enlace se pueden localizar tanto centros de formación como cursos programa-

dos por dichos centros.

Se puede hacer una búsqueda seleccionando:

• Familia profesional

• Especialidad

• Provincia

• Localidad